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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS POR EL QUE HA DE REGIRSE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN DIVERSOS EDIFICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE SALINAS.
AYUNTAMIENTO
DE
SAN MIGUEL DE SALINAS
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS POR EL QUE HA DE REGIRSE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE DIVERSOS EDIFICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE SALINAS.
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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS POR EL QUE HA DE REGIRSE EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN DIVERSOS EDIFICIOS MUNICIPALES DEL MUNICIPIO DE SAN MIGUEL DE SALINAS.
CAPITULO I.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. Artículo 1º.- Objeto. El objeto de este documento es establecer los requisitos e instrucciones de orden técnico con arreglo a las cuales ha de ejecutarse la prestación por parte del contratista. Su función es concretar técnicamente junto con el pliego de cláusulas administrativas el contenido del contrato del servicio de diversos edificios municipales, ubicados en el municipio de San Miguel de Salinas y que se relacionan en el apartado
Relación de Inmuebles que incluye como
destinatarios de la prestación de servicio de la presente contratación. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación.
Relación
de
Inmuebles
que
incluye
como
destinatarios
de
la
prestación de servicio de la presente contratación: Denominación Colegio de
Nombre Gloria Fuertes
Educación Infantil y
Domicilio C/ Miguel García
Localidad San Miguel de
Galán nº 5
Salinas
Primaria Nueva Casa
Ayuntamiento de
C/ 19 de Abril, nº
San Miguel de
Consistorial
San Miguel de
36
Salinas
Policía Local
C/ Galán Delgado
San Miguel de
Centro Social
nº 20 C/ Vicente Blasco
Salinas San Miguel de
Casa de la Cultura
Ibáñez nº 1 Plaza Jaime
Salinas San Miguel de
Primero nº 4
Salinas
Salinas
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Artículo 3º.- Condiciones de aplicación y desarrollo del servicio. 1.- Nueva Casa Consistorial y Colegio Publico Gloria Fuertes 3.1.- El servicio de limpieza será diario tanto en el Colegio como en el Ayuntamiento, (Con el condicionante que en el siguiente punto se establece para con los periodos no lectivos del colegio). En ambos centros, en ningún caso deberá transcurrir ninguna fecha lectiva del calendario escolar sin que se atienda la limpieza, lo que habrá de tenerse en cuenta en el calendario laboral elaborado por el adjudicatario ya que, en ningún caso podrá establecer como día no laborable para la adjudicataria un día lectivo o laborable para ambos inmuebles. 3.2.- Al mismo tiempo, los periodos no lectivos del colegio serán aprovechados para la realización de una limpieza general y profunda de las instalaciones del centro. 3.3.- La prestación del servicio ordinario de limpieza se efectuará, con carácter general fuera del horario principal de funcionamiento de los servicios educativos y laborales ubicados en cada edificio, dependencia o instalación. Los trabajos no entorpecerán las funciones propias educativas y laborales del centro escolar y del Ayuntamiento, adaptando el horario fuera del tramo de jornada lectiva o asistencial establecida. De no ser ello posible, y de forma excepcional o conveniente por causa justificada, se procurará que el horario de prestación del servicio sea coincidente con el de menor intensidad de las actividades que en cada centro de trabajo se realicen, con el objeto de reducir al mínimo las interferencias del servicio de limpieza ordinaria respecto de la operatividad de los servicios en ellos ubicados. 3.4.- Los aularios del Colegio, deberán estar limpios diariamente antes del inicio de las clases, así como las dependencias del Ayuntamiento.
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Durante los meses de julio y agosto se llevan a cabo en el colegio actividades socio-educativas, obras importantes, etc., con una utilización parcial de los centros, de lo que se informará con antelación a la empresa adjudicataria para la correspondiente adaptación del servicio prestado. 3.5.- El servicio de limpieza del Centro Escolar incluye, además de los propios edificios, los patios, aceras interiores y exteriores. 3.6.- El servicio de limpieza incluye todas las dependencias de que dispone el centro en el momento de la adjudicación, independientemente de que estén o no en servicio, prestando el servicio en el momento en que se utilicen. 3.7.- No se incluirán en el servicio las viviendas de porteros, ni la limpieza de suelos y mobiliario correspondientes a las zonas de comedores y cocinas, (en caso del Colegio Publico), pero si se incluyen los cristales de los comedores. 2.- Policía Local 3.1.- El servicio de limpieza será diario. 3.2.- La prestación del servicio ordinario de limpieza se efectuará, con carácter general fuera del horario principal de funcionamiento. Los trabajos no entorpecerán las funciones propias, adaptando el horario a los requerimiento del responsable del servicio de la Policía Local De no ser ello posible, y de forma excepcional o conveniente por causa justificada, se procurará que el horario de prestación del servicio sea coincidente con el de menor intensidad de las actividades que en cada centro de trabajo se realicen, con el objeto de reducir al mínimo las interferencias del servicio de limpieza ordinaria respecto de la operatividad de los servicios en ellos ubicados.
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3.3.- El servicio de limpieza de estas instalaciones incluye, además del propio edificio, los patios, aceras interiores y exteriores. 3.4.- El servicio de limpieza incluye todas las dependencias de que dispone el centro en el momento de la adjudicación, independientemente de que estén o no en servicio, prestando el servicio en el momento en que se utilicen. 3.- Centro Social 3.1.- El servicio de limpieza se realizara con las siguientes frecuencias: La planta sótano tendrá una frecuencia mensual La
planta
baja
y
elementos
comunes
de
todas
las
plantas,
comunicaciones verticales y baños, tendrán una frecuencia diaria. La planta primera y segunda, se limpiara con una frecuencia de tres días. 3.2.- .- La prestación del servicio ordinario de limpieza se efectuará, con carácter general fuera del horario principal de funcionamiento. Los trabajos no entorpecerán las funciones propias de dicha instalacion, adaptando el horario a los requerimiento del responsable del servicio del centro social. De no ser ello posible, y de forma excepcional o conveniente por causa justificada, se procurará que el horario de prestación del servicio sea coincidente con el de menor intensidad de las actividades que en cada centro de trabajo se realicen, con el objeto de reducir al mínimo las interferencias del servicio de limpieza ordinaria respecto de la operatividad de los servicios en ellos ubicados. 3.3.- El servicio de limpieza de estas instalaciones incluye, además del propio edificio, los patios, aceras interiores y exteriores. 3.4.- El servicio de limpieza incluye todas las dependencias de que dispone el centro en el momento de la adjudicación, independientemente de que estén o no en servicio, prestando el servicio en el momento en que se utilicen.
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4.- Casa de la Cultura 3.1.- El servicio de limpieza será semanal. 3.2.- La prestación del servicio ordinario de limpieza se efectuará, con carácter general fuera del horario principal de funcionamiento. Los trabajos no entorpecerán las funciones propias, adaptando el horario a los requerimiento del responsable del servicio de Cultura De no ser ello posible, y de forma excepcional o conveniente por causa justificada, se procurará que el horario de prestación del servicio sea coincidente con el de menor intensidad de las actividades que en cada centro de trabajo se realicen, con el objeto de reducir al mínimo las interferencias del servicio de limpieza ordinaria respecto de la operatividad de los servicios en ellos ubicados. 3.3.- El servicio de limpieza de estas instalaciones incluye, además del propio edificio, los patios, aceras interiores y exteriores. 3.4.- El servicio de limpieza incluye todas las dependencias de que dispone el centro en el momento de la adjudicación, independientemente de que estén o no en servicio, prestando el servicio en el momento en que se utilicen. Artículo 4º.- Inclusión de aplicaciones complementarias al servicio. Estará incluida en la contrata la limpieza y desatascado de las instalaciones de saneamiento del centro, incluido fosas sépticas, hasta su conexión con la red de alcantarillado público donde lo hubiere, excepto el desatascado de las instalaciones de las cocinas de los comedores escolares, realizándose en un plazo no superior a 24 horas desde su notificación. También se incluirán la limpieza de los patios y la recogida de papeles de todas las estancias, despachos y dependencias municipales, llevándose al punto recogida fijado por el Servicio Municipal de Limpieza. Artículo 5º.-
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La empresa proveerá de toallas a los toalleros automáticos o manuales de los aseos de todos los edificios. Así mismo la empresa contratada proveerá, en el caso del centro educativo, de papeleras las aulas y patios en caso de no haberlas actualmente o que proceda incrementar su número, y se ocupará de su mantenimiento, limpieza y reposición en caso de deterioro. Se considera que el número mínimo de papeleras, para el centro Educativo, es el indicado en la tabla que se adjunta a continuación: TABLA NUM. 1.Patios y zonas exteriores: 2 papeleras cada 300 m2. Aulas: 4 por aula. Pasillos y escaleras: 1 cada 20 m2. Resto
de
dependencias:
1
en
cada
dependencia de colegios.
CAPITULO II.- FRECUENCIA Y CARACTERISTICAS DEL SERVICIO. Artículo 6º.El calendario que rige el funcionamiento de los inmuebles objeto de este contrato, hace que la utilización de estos sea diversa en el transcurso del año. Teniendo en cuenta esta característica, se clasificarán los trabajos a realizar por el Servicio de Limpieza de la siguiente manera: En periodo lectivo: Trabajos para la ejecución diaria. Trabajos de ejecución semanal. Trabajos de ejecución mensual. En periodo de vacaciones:
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Trabajos a realizar en vacaciones de navidad. Trabajos en vacaciones de verano. Artículo 7º.Trabajos diarios Durante el período de clases y trabajo, habrán de realizar todos los días de las frecuencias (a excepción de domingos y festivos) los siguientes trabajos: (se excluyen las unidades o dependencias que no necesitan limpieza diaria). a)
Barrido de los suelos de vestíbulos, pasillos, aulas, patios, despachos y
en general todas las dependencias de los Centros Escolares (Talleres y si hubiere, sala de proyecciones, etc.) y Dependencias Municipales. El barrido habrá de efectuarse en las áreas en que el pavimento lo permita, empleando serrín humedecido para evitar el levantamiento de polvo. Los pavimentos de madera se barrerán con mopsec y papel fixpolvo (o similares). b)
Fregado del suelo del vestíbulo, pasillos y escaleras y zonas de paso
interiores del edificio y todas las aulas de preescolar o párvulos que existan, empleando detergente en cantidad suficiente. Deberá de señalizar mediante conos de la zona en la que se está trabajando o bien no esté seco el suelo.
c) y
Limpieza y desinfección de lavabos, urinarios y retretes y de sus suelos paredes,
empleando
detergentes
líquidos
neutros
y
desinfectantes
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perfumados, en cantidad suficiente. Asimismo se realizará, si fuese preciso, el desatascado de los sanitarios, empleando para ello los medios mecánicos o químicos más convenientes. También
se
desatascarán
en
caso
necesario
las
conducciones
de
alcantarillado, interiores del centro d)
Desempolvado de muebles puertas y ventanas.
e)
Vaciado de papeleras, así como su posterior fregado y desinfección.
f)
Limpieza del polvo depositado en los cajetines de las pizarras.
g)
Limpieza de todo ensuciamiento ocasional de evidente necesidad, que
deberá realizarse en el momento que se advierta. Con especial mención retirada de cualquier tipo de cartel anunciador, pegatina, propaganda, pintada o similar colocado en paramentos no autorizados para tal fin tanto de la edificación en las zonas interiores como de carpinterías, zócalos y paredes del interior. Este apartado se realizará de forma inmediata a su localización. h)
Limpieza de los cristales de las puertas. i)
Aireación y ventilación de todas las estancias.
ii)
Retirada de embalajes de tamaño compacto inferior a 1 m 3, desperdicios y objetos que deterioren la imagen del servicio del interior del edificio correspondiente trasladándolos al lugar asignado por el Ayuntamiento para ello (contenedores, etc.)
Trabajos diarios alternos
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Fregado de aulas del colegio así como zonas comunes, oficinas, gabinetes y despachos, salones de actos, pasillos y escaleras. Se empleará detergentes desinfectantes neutros. Deberá de señalizar mediante conos las zona en la que se esta trabajando o bien no esta seco el suelo. Artículo 8º.Los trabajos de ejecución semanal serán los siguientes: a)
Aspirado de moquetas, alfombras y butacas, si las hubiere. En las clases
de párvulos dos veces por semana. b)
Barrido de aceras, porches, pistas deportivas y aceras exteriores de
colegios, en horario de ausencia de actividad. c)
Fregado mesas, excepto párvulos.
d)
Limpieza de pantallas, equipos telefónicos, informáticos y ofimáticas, con
productos adecuados. e)
Limpieza de repisas interiores de ventanas (alfeizares, rejas, antepechos
de balcones, ventanas de fachadas, accesorios de piedra, mármol, ladrillos, etc., ventanas, rejas, celosías, persianas, mallorquinas, cornisas, marquesinas, antepechos, lunas. Limpieza de muebles, armarios y ventanas. Limpieza del polvo de libros de estanterías. Limpieza a fondo de material lúdico-educativo (juguetes, puzles, etc.)
Artículo 9º.-
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Los trabajos de ejecución mensual serán los siguientes: a)
Limpieza de cristales por ambas caras. Para este trabajo se utilizarán
materiales y productos adecuados. b)
Limpieza de muebles, puertas y ventanas, y abrillantado de metales y
dorados. Los muebles metálicos habrán de limpiarse con bayetas no abrasivas humedecidas con detergentes neutros. Para los muebles de madera se emplearán productos que contengan ceras. El abrillantado de dorados se realizará con limpia metales exentos de sales amoniacales. c)
Desempolvado y limpieza por aspiración de cortinas, visillos, estores, tapices,
etc. d)
Rejillas de aire acondicionado y radiadores se cuidará de que sus zonas
próximas se mantengan igualadas en limpieza con el resto de techo y paramentos. e)
Barrido y fregado a fondo de patios interiores, terrazas, voladizos accesibles
normalmente y zonas similares anejas a la edificación. f)
Limpieza a fondo de puertas de acceso a los edificios de cada uno de los
centros objeto de este Pliego de Condiciones, esto es, Colegio y Ayuntamiento. g)
Manteniendo los desagües de terrazas internas y patios interiores libres de
obstáculos,
retirando
brozas
y
utilizando
desatascadores
para
su
correcto
funcionamiento.
Artículo 10º.-
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Los trabajos a ejecutar en las vacaciones de Navidad y Semana Santa serán los siguientes: a)
Desempolvado de techos y paredes.
b)
Limpieza y fregado de persianas.
c)
Limpieza de lámparas y aparatos de iluminación, radiadores de
calefacción y similares; utilizando productos adecuados y procediendo a su desmontaje en caso de necesidad para realizar la tarea. d)
Limpieza
de
alfombras
en
lavandería
(presentando
el
recibo
correspondiente) e)
Durante las vacaciones de verano se efectuará una limpieza general que
comprenderá, todos los trabajos que con distinta frecuencia se han realizado a lo largo del año. f)
Al principio de cada curso escolar, y donde existan se limpiarán de
matorrales todas las zonas pisables (no ajardinadas) del centro y las terrazas y canaletas de desagüe que lo requieran para evitar emboces por arrastre de cañas y carretillas. Artículo 11º.a)
Durante la época de clases, el horario en que se habrá de realizar la
tarea de limpieza no podrá coincidir con el horario de clases en los Centros Escolares.
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En las Dependencias Municipales el horario se acordará con el director de las distintas Dependencias para no entorpecer el funcionamiento de estas. b)
La empresa concesionaria deberá estar localizable para emergencias
todos los días laborables del año, incluidas las vacaciones. CAPITULO III.- MATERIAL, UTILLAJE, MAQUINARIA Y PERSONAL. Artículo 12º.La empresa adjudicataria empleará, para la correcta ejecución de los trabajos a realizar, los materiales, utillaje y maquinaria necesarios. Preferentemente se requiere el uso de pértigas exteriores para la limpieza de cristales, a fin de evitar la instalación de andamios y escaleras. Artículo 13º.Se considera necesario el empleo, como mínimo, en cantidades suficientes, de los materiales siguientes: -
Detergente neutro.
-
Limpiametales.
-
Amoniaco.
-
Desatascadores químicos.
-
Aerosoles ambientadores.
-
Mospsec.
-
Papel fixpolvo.
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-
Limpiamuebles a la cera.
Artículo 14º.Para la aplicación de los materiales de limpieza se empleará como mínimo el siguiente utillaje: -
Gamuzas Polvo.
-
Gamuzas cristales o de cuero.
-
Spontex.
-
Bayetas.
-
Mopas.
-
Cubos.
-
Escobillas W.C
-
Cepillos.
-
Limpiatechos.
-
Rasquetas Limpiacristales
-
Escaleras.
Artículo 15º.-
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Las empresas licitadoras podrán proponer en sus ofertas otros procedimientos de limpieza distintos de los especificados en el presente Pliego de Condiciones, así como el uso de diferentes materiales de limpieza, siempre que, a juicio de la Administración y la concesionaria, supongan una mejora en la calidad del servicio. Queda bien entendido que las especificaciones dadas en los artículos anteriores tienen por objeto fijar unas calidades mínimas en el servicio. Artículo 16º.En función del grado de mecanización que pretenden ofrecer las empresas licitadoras podrán proponer el empleo de máquinas barredoras, aspiradoras, fregadoras, abrillantadores, luceradoras y otras que entienda la empresa haya lugar, que sin menoscabo de la calidad del servicio, permitan acelerar la prestación del mismo. Artículo 17º.El personal que utilice el Adjudicatario no tendrá relación jurídica, laboral, ni de ninguna otra índole con el Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo.
Artículo 18º.Todo el personal que sea empleado por el concesionario, deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y percibir, como mínimo, los haberes fijados por las disposiciones laborales que les sean de aplicación.
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En ningún caso podrán llevar a personas ajenas a la Empresa contratada para ayudarles en el servicio. Deberán ir uniformadas conforme dicte la Empresa Adjudicataria previa aprobación de la Jefatura del Servicio. Artículo 19º.Será de la exclusiva competencia del Concesionario la organización del trabajo, fijación de la plantilla necesaria y grado de mecanización del servicio. Si por un deficiente planteamiento del servicio, este no resultara aceptable y fuera necesaria su reestructuración, esta no tendrá en ningún caso repercusión económica para el Ayuntamiento. La empresa contratada pasará relación del personal asignado a cada centro y notificará cualquier cambio por sustitución enfermedad etc. CAPITULO IV.- CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DEL CONTRATO.Artículo 20º.La prestación del Servicio de Limpieza para los centros objeto de este concurso, la adjudicará el Ayuntamiento con carácter exclusivo y por tanto se obliga a no conceder licencias, autorización o concesiones de cualquier clase, que estén relacionadas con el servicio, mientras permanezca en vigor el Contrato.
Artículo 21º.-
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La empresa que resulte adjudicataria deberá comenzar la prestación del Servicio en un plazo no superior a un mes, contando a partir de la formalización del contrato Transcurrido dicho plazo, por cada día de retraso en la iniciación del servicio, se aplicará una sanción equivalente al doble del importe diario del servicio. Artículo 22º.En las ofertas que se presenten se realizará un estudio económico sobre el coste de la limpieza desglosando los distintos conceptos en los que la empresa base su oferta. CAPITULO VI.- INSPECCIÓN Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO.Artículo 23º.La comprobación de la calidad del servicio la efectuará el Excmo. Ayuntamiento por medio del Servicio de Inspección de Limpieza o servicio técnico designado al efecto. Artículo 24º.La inspección se realizará con estadillos al efecto, que recogerán todos los trabajos a realizar individualmente en los grupos de ejecución diaria, semanal, mensual, y en período de vacaciones de Navidad, Semana Santa y de verano. En dichos estadillos los directores de centro anotarán las anomalías observadas y periódicamente el inspector del Servicio Municipal o técnico municipal designado al efecto realizará la inspección de los Centros. Artículo 25º.Sobre los resultados de la inspección se realizará una valoración global del servicio, en la totalidad de los centros contratados, a los efectos que procedan.
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Sobre dicha valoración global se establecerá el grado de cumplimiento del contrato tanto en las tareas a realizar como en todos los demás puntos del contrato y Pliego de Condiciones, a los efectos que procedan. La empresa adjudicataria presentará control horario que se revisará para V° B° factura y deberá coincidir con jornadas del personal adscrito.
Artículo 26º.En caso de disconformidad, el adjudicatario podría recurrir, en el plazo máximo de 24 horas a partir de la recepción de la notificación correspondiente, ante el Servicio de Inspección del Ayuntamiento, en caso de desacuerdo podrá recurrir en las 24 horas siguientes ante el Ayuntamiento que previas las oportunas diligencias con el Negociado correspondiente, resolverá. CAPÍTULO VII.- CERTIFICACIONES.Artículo 27º.Las certificaciones del importe del Servicio, se realizarán mensualmente, valorando los trabajos realmente ejecutados. CAPITULO VIII.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y SANCIONES. Artículo 28º.El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del contrato, con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y a las órdenes que reciba del Responsable del contrato para la mejor realización del Servicio. Artículo 29º.-
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Las infracciones cometidas por el Adjudicatario en el cumplimiento del Contrato, se calificarán como faltas, que podrán ser leves, graves y muy graves, y serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas. Artículo 30º.El importe de las sanciones económicas será retraído de las certificaciones de abono al Contratista. Artículo 31º.En caso de huelga legal de los trabajadores afectos al Servicio, la Empresa deberá disponer a su costa de los medios necesarios para el cumplimiento de los servicios mínimos que se fijan a continuación: TABLA NUN. 2.Limpieza de aseos: Periodicidad diaria. Barrido de dependencias: Cada tres días.
CAPITULO IX.- DIMENSIONAMIENTO DE SUPERFICIES DEL COLEGIO PÚBLICO Y CASA CONSISTORIAL. 1. COLEGIO PUBLICO GLORIA FUERTES.a. Planta Baja: i. Superficie construida edificación: 1.924,60 m2. 19
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ii. Porche (100%): 481,00 m2. b. Planta Primera: i. Superficie construida edificación: 1.343,33 m2. c. Planta Segunda: i. Superficie construida edificación: 607,58 m2. Total Superficie Construida Edificación: 3.875,51 m2. Total Porche (100%): 481,00 m2. 2. NUEVA CASA CONSISTORIAL.a. Planta Sótano (Garaje-aparcamiento). Superficie útil: 625,22 m2. b. Planta Semisótano. Superficie útil: 591,87 m2. c. Planta Baja. Superficie útil: 632,68 m2. d. Planta Primera. Superficie útil: 595,58 m2. e. Planta Segunda. Superficie útil: 563,03 m2. Total superficie útil edificación: 2.383,16 m2. Total superficie útil garaje-aparcamiento: 625,22 m2.
3. POLICIA LOCAL.a. Planta principal . Superficie útil: 197,08 m2. b. Exteriores: 249,83 m2. c. Aparcamiento descubierto: 131,89 m2. Total superficie útil edificación: 197,08 m2. Total superficie útil patio y garaje-aparcamiento:381,22 m2. 20
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4. CENTRO SOCIAL.a. Planta Sótano. Superficie útil: 346,70 m2. b. Planta Baja. Superficie útil: 230,00 m2. ( EXCLUIDO LOCAL CAFETERIA) c. Planta Primera. Superficie útil: 350,59 m2. d. Planta Segunda. Superficie útil: 350.59 m2. Total superficie útil edificación: 931,18 m2. Total superficie útil garaje-aparcamiento: 346,70 m2. 5. CASA DE LA CULTURA.a. Planta principal . Superficie útil: 450,33 m2. Total superficie útil edificación: 450,33 m2.
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