B) LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL MANCOMUNADA DE ASEO INTEGRAL DE LA CUENCA DEL JUBONES (EMMAICJ)

ACUERDO OPERATIVO DE CAPACITACIÓN PARA LA COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL AZUAY Y LA EMPRESA P
Author:  Gustavo Torres Rey

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ACUERDO OPERATIVO DE CAPACITACIÓN PARA LA COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL AZUAY Y LA EMPRESA PUBLICA MUNICIPAL MANCOMUNADA DE ASEO INTEGRAL DE LA CUENCA DEL JUBONES (EMMAICJ) COMPARECIENTES Intervienen en la suscripción del presente Acuerdo Operativo de Capacitación: la Dirección Provincial de Educación del Azuay, representada legalmente por la Licenciada Dolores Vanegas Zeas, en calidad de Directora Provincial de Educación del Azuay y la Empresa Pública Municipal Mancomunada de Aseo Integral de la Cuenca del Jubones (EMMAICJ) representada legalmente por el Ing. Marcelo Encalada Ochoa, en calidad de Gerente General Encargado de la Empresa, Ing. Juan José Vidal Notario, Representante de IPADE para Ecuador, quienes acuerdan suscribir el presente Acuerdo Operativo de Cooperación en Capacitación. Los comparecientes, libre y voluntariamente, expresan que se someten a las siguientes cláusulas :

PRIMERA: ANTECEDENTES A) La DIRECCION PROVINCIAL DE EDUCACION DEL AZUAY La Dirección Provincial de Educación del Azuay, Institución con personería jurídica, tiene competencia para suscribir Acuerdo Operativo de Capacitación con otras Instituciones y, mediante Acuerdo Ministerial N. 4526, del 21 de noviembre de 2002, en el artículo 2, el Ministerio de Educación desconcentra las funciones de la Dirección Nacional de Mejoramiento Profesional (DINAMEP), a favor de las Direcciones Provinciales de Educación, en el literal f), cuando faculta: ”acreditar y certificar eventos de capacitación para asenso de categoría”, delegación que será operativizada por la División Provincial de Mejoramiento Profesional del Azuay (DIPROMEP). B) LA EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL MANCOMUNADA DE ASEO INTEGRAL DE LA CUENCA DEL JUBONES (EMMAICJ) La Ilustre Municipalidad de Santa Isabel conjuntamente con el Gobierno Municipal de Girón, han constituido la “Empresa Pública Municipal Mancomunada de Aseo Integral de la Cuenca del Jubones”, que se encargará de la recogida selectiva domiciliaria de desechos sólidos, el reciclaje de materia orgánica, plásticos, papel, cartón y metales, así como el tratamiento adecuado de residuos tóxicos y peligrosos y la disposición final en el Sector de Huascachaca, ubicado a 10 km. al sureste de la ciudad de Santa Isabel. La Empresa fue aprobada mediante ordenanza el 21 de mayo del 2008. Cuenta con personería jurídica propia, independiente de las municipalidades tanto en el aspecto técnico, administrativo, financiero y patrimonial. La creación de esta Empresa se realiza en el marco de la ejecución del Proyecto “Fortalecimiento de los Municipios de Girón y Santa Isabel mediante la creación de la Mancomunidad para la Gestión Integral de Residuos Sólidos”, que está siendo

impulsada por la Fundación española Instituto de Promoción y Apoyo al Desarrollo (IPADE), con el apoyo y aval de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y el Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador (CODEMPE). C) LA FUNDACIÓN IPADE es una Organización no Gubernamental Española, sin fines de lucro. La Fundación IPADE ha recibido el apoyo y financiamiento de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo AECID, a través de la convocatoria de proyectos y programas correspondientes al presupuesto 2006, para la ejecución del proyecto en referencia, en beneficio de las dos Municipalidades y otras que se incorporen en el mediano plazo. IPADE de nacionalidad española, creada en 1988 es una ONGD especializada en desarrollo rural y medioambiente. La Fundación IPADE lleva 17 años cooperando en proyectos de desarrollo en países del Sur y 5 años promoviendo campañas y proyectos de sensibilización y educación para el desarrollo con el objetivo de combatir la pobreza y promover un desarrollo sostenible. Apoya a poblaciones vulnerables que habitan en zonas desfavorecidas del medio rural en tres continentes para que su desarrollo sea económicamente viable, socialmente justo y medioambiental sostenible.

SEGUNDA: OBJETO DEL ACUERDO OPERATIVO DE CAPACITACIÓN . Capacitar a los docentes de nivel primario y secundario de los cantones de Girón y Santa Isabel para que se integren y participen activamente en el proceso de Gestión Integral de Residuos Sólidos, a través de un Taller de 30 horas de duración para la elaboración de Guías Didácticas Ambientales que serán aplicadas por los maestros en el aula escolar.

TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Las obligaciones de las partes son las siguientes: a. Promover relaciones de cooperación con personas naturales y jurídicas, organismos públicos y privados que potencien el cumplimiento de los objetivos planteados. b. Afianzar los niveles de coordinación con la Dirección Provincial de Educación , la planificación, ejecución, monitoreo y evaluación de las acciones del Acuerdo Operativo de Capacitación.

1. Es obligación de la EMMAICJ: a) Presentar anualmente a la DIPROMEP-A., en el primer mes el año lectivo para su aprobación, el Plan Operativo de las acciones objeto de este convenio, con la información relativa a la infraestructura física, material y de servicio para el funcionamiento de los eventos de capacitación y perfeccionamiento docente.

b) Planificar, desarrollar y evaluar los eventos de capacitación, con apego a las leyes, reglamentos e instructivos que normen los eventos de capacitación y mejoramiento profesional. c) Disponer de la infraestructura física, material y de servicios para el funcionamiento de los eventos que se efectúen, con fines de capacitación docente. d) Presentar, con quince días de anticipación en DIPROMEP-A.: el proyecto, la programación analítica diaria, el documento de apoyo, el curriculo de los facilitadores, el pre-test y el instrumento de evaluación de los aprendizajes de cada uno de los eventos de capacitación y perfeccionamiento docente, para su estudio y evaluación. e) Facilitar el cumplimiento de las funciones del coordinador del evento, que sea designado por el Jefe de DIPROMEP-A. f) Presentar la documentación reglamentaria, requerida, al final del evento, en un plazo no mayor a los 8 días de su conclusión. g) Realizar las actividades de capacitación, de conformidad al programa establecido y, de acuerdo a la modalidad y metodología establecida para los cursos. h) Cumplir con las acciones que implica la promoción del curso, la ejecución y evaluación. i) Contar con FACILITADORES de reconocida calidad académica, profesional y humana, que deberán recibir el aval de la DIPROMEP-A. j) Presentar a DIPROMEP-A., el informe anual de las acciones cumplidas y de los logros alcanzados, durante el tiempo de vigencia del mismo.

2. Es compromiso de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL AZUAY: a. Elaborar una planificación conjunta encaminada al mejoramiento de la calidad de la educación. b. Estudiar y aprobar los proyectos educativos, la programación y demás instrumentos curriculares presentados por los Directores –as de los establecimientos educativos. c. Coordinar los cursos, hacer el seguimiento y evaluación de los eventos. d. Proporcionar orientaciones sobre aspectos técnico-pedagógicos, asesoramiento y capacitación a los maestros y maestras. e. Proporcionar orientaciones sobre enfoques y contenidos de programas de capacitación. f. Autorizar y avalar la realización de los cursos de mejoramiento profesional y otros eventos de carácter educativo a docentes de los diferentes niveles. g. Emitir, otorgar y legalizar los certificados correspondientes, para méritos o ascenso de categoría, de acuerdo a las disposiciones de la DIPROMEP-A

h. Elaboración de un plan de monitoreo y seguimiento por parte de supervisión de la Dirección Provincial de Educación i. Comprometer el trabajo y cooperación para con los establecimientos educativos, la Empresa Mancomunada de Aseo Integral de la Cuenca del Jubones, y otras instituciones que se sumen a la consecución de estos objetivos. j. Revisar propuestas e iniciativas de la Empresa Mancomunada de Aseo Integral de la Cuenca del Jubones y sus organizaciones con las que trabaja, que estén enmarcadas dentro del área educativa.

3. Compromisos Mutuos: a. Elaborar el programa anual de capacitación entre DIPROMEP-A., y EMMAICJ. b. Coordinar la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de los diferentes eventos de mejoramiento docente, con la DIPROMEP-A. c. Mantener un permanente intercambio de información, materiales y recursos que permitan operativizar opciones de calidad dentro de los establecimientos educativos en la provincia.

CUARTA: DE LOS MECANISMOS DE GESTIÓN a. La administración y control financiero de los aportes económicos que se efectivizarán, al tenor de estos compromisos, se realizarán conforme a la reglamentación vigente de cada institución suscriptora del presente Acuerdo Operativo de Capacitación. b. El seguimiento a la aplicación del presente Acuerdo Operativo de Capacitación será permanente y de responsabilidad directa de los Coordinadores, Directores y Técnicos de la Dirección Provincial de Educación y la EMMAICJ c. Semestralmente se levantará un informe de evaluación para conocimiento de los directivos de las dos instituciones.

QUINTA: TIEMPO DE DURACIÓN El presente Acuerdo Operativo de Capacitación tendrá una duración de dos años, y podrá ser renovado, por tiempo similar de así convenir a las partes; quienes manifestarán por escrito y con treinta (30) días de anticipación, su voluntad de renovar el mismo.

SEXTA: MODIFICACIONES CAPACITACIÓN

DEL

ACUERDO

OPERATIVO

DE

El presente Acuerdo Operativo de Capacitación sólo podrá ser modificado, por un nuevo acuerdo entre la Dirección Provincial de Educación y la Empresa Pública Municipal Mancomunada de Aseo Integral de la Cuenca del Jubones (EMMAICJ Dicho acuerdo deberá ser necesariamente por escrito y previa aprobación de las partes para que surtan efecto.

SÉPTIMA: TERMINACIÓN CAPACITACIÓN

DEL

ACUERDO

OPERATIVO

DE

El Acuerdo Operativo de Capacitación terminará por las siguientes causas: a) Por incumplimiento b) Por voluntad unilateral de las partes, expresada por escrito y debidamente justificado; c) Por incumplimiento de los estipulado en las cláusulas que anteceden; d) Por caso fortuito o fuerza mayor, y; e) Por las demás causas determinadas en la Ley.

OCTAVA: CONTROVERSIAS . En caso de suscitarse controversias, por incumplimiento del Acuerdo Operativo de Capacitación, se entenderá incorporadas las leyes de la materia. Para constancia y en fe de lo actuado, firman las partes, en tres originales y respectivas copias, en la ciudad de Cuenca, provincia del Azuay a los 22 días del

mes de Julio de 2008

_______________________ Lic. Dolores Vanegas DIRECTORA PROVINCIAL DE EDUCACIÓN DEL AZUAY

_________________________ Ing. Marcelo Encalada GERENTE DE LA EMMAICJ (E)

_____________________________________ Ing. Juan José Vidal REPRESENTANTE D E IPADE EN ECUADOR

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