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Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la Subsecretaría de Coordinación de Políticas Ambientales, dependiente de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, el Programa “Separación de residuos en origen en los edificios públicos”.
Artículo 2°.- El Programa tendrá los siguientes objetivos: a) reducir la cantidad de residuos domiciliarios originados por las dependencias públicas nacionales, b) generar conciencia ambiental en los empleados públicos, para que además de aplicarla en su lugar de trabajo, repliquen el modelo en sus domicilios, c) iniciar un cambio cultural dentro del sector público nacional respecto de la toma de conciencia del cuidado ambiental, d) reducir paulatinamente el negativo impacto ambiental que producen los residuos domiciliarios, mediante su separación en origen y eventual reciclado y reutilización.
Artículo 3.- El Programa se llevará a cabo en los edificios de la Administración Pública Nacional, tanto central como organismos descentralizados. Será implementado a través de la colocación de contenedores de basura diferenciados, debidamente identificados, distinguiendo entre desechos secos/reciclables y húmedos/orgánicos. A su vez los primeros se dividirán entre plásticos, vidrios y cartones/papales, lo que produce una totalidad de 4 contenedores de basura diferentes.
Artículo 4°.- Los contenedores de basura serán colocados en lugares comunes a todos los empleados en cada piso de los distintos edificios públicos, donde puedan acceder todos de manera cómoda y directa. Será la autoridad de aplicación quien determine dónde y cuántos contenedores de basura se pondrán en cada piso, atendiendo a la necesidad de que este nuevo procedimiento no signifique un problema u obstáculo al trabajo diario de los empleados.
Artículo 5°.- Las empresas contratadas para la limpieza y recolección de la basura en los edificios públicos, deberán comenzar a utilizar bolsas de distintos colores que diferencien los residuos de cada contenedor de basura. La recolección y el transporte serán coordinados por las autoridades competentes designadas por la Ley 25.916 de Gestión de Residuos Domiciliarios.
Artículo 6°.- Como complemento del artículo precedente, los máximos responsables de cada una de las dependencias públicas deberán debidamente identificar cada uno de los contenedores de basura con los carteles correspondientes, además de una descripción detallada de qué tipo de residuos corresponde tirar en cada uno de ellos.
Artículo 7°.- Todo el proceso de incorporación de contenedores de basura de separación de residuos en origen, deberá ir acompañado de una campaña de difusión, concientización y capacitación de los empleados públicos de las distintas dependencias, para que incorporen la práctica de separación de residuos como una rutina habitual en su lugar de trabajo. Para lograr dicho objetivo podrán cursarse invitaciones a las organizaciones de la Sociedad Civil especializadas en el tema, para que brinden un asesoramiento completo. La autoridad de aplicación de la presente ley determinará el responsable de gestionar esta iniciativa en cada una de las dependencias públicas.
Artículo 8°.- En aquellas jurisdicciones que aún no se lleven adelante una recolección y transporte diferenciado de residuos, el Poder Ejecutivo Nacional alentará a que comiencen a hacerlo lo antes posible en el marco de la obligación impuesta por la ley 25.916. Además, en estos casos, se procederá a una separación de la basura diferenciada con un menor nivel de segregación, dividiéndola solamente en 2 contenedores de basura/bolsas: seca/reciclable en bolsas verdes y húmedo/orgánico en bolsas negras.
Artículo 9°.- Para cumplir con el artículo 6° de la presente ley serán celebrados convenios con organizaciones de la sociedad civil que se dediquen al tratamiento de los distintos tipos de residuos por separado, para que las empresas recolectoras, les lleven en la forma en que sea más conveniente, las bolsas retiradas de las dependencias públicas. Para dar cumplimiento al presente artículo se trabajará conjunta y coordinadamente con las autoridades designadas por la Ley 25.916, en el marco del Capítulo V “Tratamiento, transferencia y disposición final”.
Artículo 10.- El presente proyecto de separación de residuos en origen en las dependencias públicas de la Administración Pública Nacional central y organismos descentralizados, será llevado adelante por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y por todas aquellas subsecretarías y direcciones que la Secretaría estime necesario. Podrá solicitar asesoramiento y colaboración al Consejo Federal de Medio Ambiente en todas aquellas cuestiones en que así lo requiriere.
Artículo 11.- La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, como autoridad de aplicación, deberá presentar anualmente al Congreso de la Nación, un informe detallado del funcionamiento del plan de separación de residuos en origen, para que oportunamente se puedan implementar los mecanismos necesarios para evaluar el impacto ambiental de la presente iniciativa.
Artículo 12.- Presupuesto. Los gastos que demande la aplicación de la presente ley serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Artículo 13.- De forma.
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FUNDAMENTOS
Señor Presidente, El presente proyecto de ley se inserta en el marco de la ley 25.916 de Gestión de Residuos Domiciliarios que en su artículo 1° establece: “Las disposiciones de la presente ley establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de los residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de aquellos que se encuentren regulados por normas específicas”.
Asimismo la ley establece en su artículo 4°: Son objetivos de la presente ley: a) Lograr un adecuado y racional manejo de los residuos domiciliarios mediante su gestión integral, a fin de proteger el ambiente y la calidad de vida de la población; b) Promover la valorización de los residuos domiciliarios, a través de la implementación de métodos y procesos adecuados; c) Minimizar los impactos negativos que estos residuos puedan producir sobre el ambiente; d) Lograr la minimización de los residuos con destino a disposición final.
Entendemos que los residuos de las dependencias públicas son residuos domésticos de tipo institucional, caracterizados especialmente por el gran volumen que adquieren debido a la cantidad de personas que trabajan en el sector. Es importante resaltar la falta de datos oficiales completos sobre empleo público en todas las jurisdicciones; particularmente en Nación, como así también la discontinuidad de los informes que elaboraba y difundía periódicamente la Dirección Nacional de Ocupación y
Salarios del Sector Público. Sin embargo según números de elaboración propia sobre la base de datos parciales contenidos en el último Boletín Fiscal (III trimestre 2011) y relevamiento elaborado por FIEL respecto de Empleo Público podemos afirmar que hay: 452 mil aproximadamente en total en el Sector Público Nacional. Según datos relevados en el último estudio realizado conjuntamente entre el CEAMSE y el Instituto de Ingeniería Sanitaria de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires en 2009, en Argentina las personas producen aproximadamente 1kg de basura por día, esto quiere decir que en el Sector Público Nacional se genera por día al menos 452.000 kg de basura, o sea, 452 toneladas diarias aproximadamente. Al mes este número asciende a 13.748 toneladas, correspondiente solamente al Sector Público Nacional. Al año son 164.980 toneladas.
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La basura representa, para las ciudades y pueblos, un alto costo ambiental además del elevado gasto económico y social de su manejo. Es por esto que es fundamental reducir el volumen de lo que tiramos y el primer paso para lograrlo es empezar a clasificarlos y a separarlos en origen. Si bien estas prácticas requieren del acompañamiento de un cambio cultural, creemos que es importante desde el Estado mostrarse como un ejemplo para que luego las personas incorporen estas conductas en sus hogares particulares. Cuantos más sean los pueblos y ciudades que realicen campañas de comunicación y educación para concientizar a la población sobre la reducción de la generación de basura y la utilización de productos más duraderos o reutilizables, la separación y el reciclaje de productos susceptibles de serlo, mayores serán los ciudadanos que, con información suficiente, se comprometan y sean fieles representantes y transmisores de un ambiente más sano. El efecto multiplicador de una nueva cultura ambiental retornará en ciudades más responsables y saludables involucradas en la construcción de su presente y futuro. Esta iniciativa incide directamente en la disminución de los rellenos sanitarios, ya que numerosas organizaciones de la sociedad civil han logrado demostrar que más del 50% de los desechos pueden ser reutilizados. Hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos la gran parte de los residuos de las dependencias públicas tienen que ver con el papel, con lo cual el reciclado es muy fácil, incluso para que lo practiquen las personas en su casa.
El objetivo de sacar los contenedores de basura de basura de los escritorios individuales y ponerlos en lugares comunes es lograr que los empleados se involucren con el proceso de separación de residuos, ya que son desechos generados por ellos mismos. Cuanto más comprometidos los empleados estén con esta iniciativa, mejores resultados habrán. Cuidar el medioambiente es una responsabilidad de todos, y si desde el Estado se comienza a dar el ejemplo, luego se podrá esperar que los ciudadanos mantengan las mismas tesituras.
Por todos los motivos anteriormente expuestos es que solicito a mis pares el acompañamiento.