BASES ESPECIFICAS PARA PROVEER CARGO DE DIRECTOR(A) CENTRO DE SALUD FAMILIAR ELEUTERIO RAMIREZ

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BASES ESPECIFICAS PARA PROVEER CARGO DE DIRECTOR(A) CENTRO DE SALUD FAMILIAR “ELEUTERIO RAMIREZ”

I.- ANTECEDENTES GENERALES: El presente llamado a Concurso Público se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.378 Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal”. II.- IDENTIFICACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD: MUNICIPALIDAD DE CURANILAHUE - DEPARTAMENTO DE SALUD PROVINCIA REGIÓN DIRECCIÓN R.U.T. Nº

: : : :

ARAUCO OCTAVA ARTURO PRAT Nº 801 69.160.202-8

III.- IDENTIFICACIÓN DEL CONCURSO: Llámese a Concurso Público para proveer el cargo de DIRECTOR(A) del Centro de Salud Familiar “Eleuterio Ramírez”, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 33 de la Ley Nº 19.378/95 y 15 de Decreto Nº 1.889/95. CATEGORÍ Nº DE A CARGOS

A -B

1

CARGO

DIRECTOR(A )

CALIDAD

TITULAR 3 AÑOS

Nº DE HORA S

44

ESTABLECIMIENTO

CENTRO DE SALUD FAMILIAR

“ELEUTERIO RAMÍREZ”

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IV.- DESCRIPCIÓN GENERAL DEL CARGO: El cargo requiere un/a profesional con alta vocación de servicio, compromiso institucional y capacidad de liderazgo efectivo para conducir al equipo de salud y el funcionamiento del establecimiento en pos de la consecución de la misión institucional. OBJETIVO O PROPÓSITO DEL CARGO:  Favorecer y propiciar la adecuada gestión del Centro de Salud Familiar “Eleuterio Ramírez”, de acuerdo a los nuevos desafíos en salud y consolidar el Modelo de Salud Familiar con Enfoque Comunitario, como asimismo la gestión de los establecimientos de salud rural -Posta Rural y Estaciones Médico Rurales-. FUNCIONES PRINCIPALES CARGO DE DIRECTOR: 1.- Dirigir y liderar al Equipo de Salud del establecimiento y la comunidad en el proceso de consolidación del desarrollo del Modelo de Salud Familiar con Enfoque Comunitario. 2.- Gestionar de manera adecuada los recursos humanos, técnicos, físicos y financieros, para satisfacer en forma eficiente y oportuna las necesidades y expectativas de salud de la población a su cargo. 3.- Gestionar el cumplimiento de objetivos comprometidos en metas sanitarias, IAAPS., compromisos de gestión, Convenios y Programas Complementarias. 4.- Colaborar en el proceso de gestión de la red de salud de la comuna.

5.- Proponer y dar cumplimiento a la cartera de prestaciones en los establecimientos de salud de atención primaria de Salud municipal: CESFAM, POSTA Y ESTACIONES MÉDICO RURALES. 6.- Activar y posibilitar el trabajo intersectorial, integrando instituciones y organizaciones sociales de la Comunidad. 7.- Atender permanentemente la misión de otorgar el mejor servicio de atención a usuarios y usuarias, velando por el buen trato con los funcionarios y en general, resguardando la adecuada convivencia en los establecimientos de salud bajo su dependencia. 8.- Liderar, estimular y coordinar programas y actividades orientados a fortalecer y facilitar la participación social con grupos y organismos de la Comunidad.

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9.- Participar en el proceso de Planificación y Programación de la red comunal de salud. 10.- Gestionar y favorecer el desarrollo de nuevas capacidades y competencias del Equipo de Salud, en su conjunto. 11.- Apoyar en la gestión de los proyectos de desarrollo o inversión en los establecimientos de su dependencia. 12.- Atender la adecuada gestión y ejecución de los Programas de Salud en Convenio con el Servicio de Salud Arauco u otros Organismos. 13.- Elaboración y envío oportuno, al Servicio de Salud Arauco, Departamento de Salud Municipal, Hospital local, entre otros Organismos, de la información necesaria para la gestión. Para ser Director/a de Establecimiento de Atención Primaria de Salud Municipal-Centro de Salud Familiar-, deberá cumplir los siguientes requisitos: V.- REQUISITOS GENERALES:

Los indicados en la Ley Nº 19.378 “Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal”. a) Ser Ciudadano/a chileno(a). En caso de excepción, determinados por la comisión de concurso establecida en el Art. 35 de la Ley 19.378, podrán ingresar profesionales extranjeros que posean titulo legalmente reconocido. En todo caso en igualdad de condiciones se preferirá a los profesionales chilenos. b) Cumplir con los requisitos de estudios exigidos para la categoría funcionaria que corresponda, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 19.378 c) Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente. d) Salud compatible con el desempeño del cargo, requisito que se debe acreditar con un certificado de salud compatible con el cargo, emitido por un profesional médico de la entidad de salud autorizada. ( articulo 11 ley 18.884/1.989) e) No estar inhabilitado/a o suspendido/a en el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado/a o sometido/a a proceso por resolución ejecutoriada por crimen o simple delito.

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f) No haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria, aplicada en conformidad a las normas de la Ley 18.834, Estatuto administrativo, a menos que hayan transcurrido cinco años o más desde el término de los servicios. g) No estar afecto/a a las incompatibilidades / inhabilidades previstas en la Ley Nº 18.575 “Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”, agregadas por la Ley Nº 19.653 “Probidad Administrativa aplicable de los Órganos de la Administración del Estado”. VI.- REQUISITOS ESPECIFICOS:

1.- Cumplir con los requisitos a que se refiere, el artículo 33º de la Ley Nº 19.378: Estar en posesión de un Título correspondiente a las siguientes profesiones: a) Médicos Cirujanos, Farmacéuticos, Químicos-Farmacéuticos, Bioquímicos y Cirujanos Dentistas. b) Asistentes Sociales, Enfermeras, Kinesiólogos, Matronas, Nutricionistas, Tecnólogos Médicos, Terapeutas Ocupacionales y Fonoaudiólogos. c) Otros con formación en el área de la Salud Pública, debidamente acreditada. 2.- Deseable acreditar experiencia en Dirección de Establecimientos de Atención Primaria de Salud, en Consultorios Generales Rurales (C.G.R.), Consultorios Generales Urbanos (C.G.U.), Centros de Salud (C.E.S.), Centros de Salud Familiar (Cesfam). También se considerarán los cargos de Directivos o Jefaturas de otras Instituciones ya sean públicas o privadas. 3.- Deseable contar con Diplomado en Salud Familiar y capacitaciones en área de Gestión y Administración. VI.- DOCUMENTOS A PRESENTAR: • • • • •



• • •

Carta de presentación y postulación al cargo dirigida al Sr. Alcalde de la Comuna. Currículum Vitae Cédula de identidad por ambos lados ( fotocopia) Certificado de situación militar al día, cuando proceda (fotocopia) Certificado del título profesional (fotocopia) En caso de Médico Cirujano, categoría A, egresado a partir del año 2009, adjuntar además certificado Examen Único Nacional Conocimiento de Medicina (EUNACOM) (fotocopia) Certificados que acrediten experiencia laboral emitidos por Directores de Departamento de Salud Municipal, u Oficinas de Personal de las Instituciones donde ha prestado servicios (fotocopia) Certificados que acrediten el desempeño laboral, emitidos por Jefatura Superior (fotocopia) Certificados que acrediten capacitación (fotocopia) Declaración jurada simple de no estar inhabilitado(a) o suspendido(a) en el ejercicio de funciones a cargos públicos, ni hallarse condenado(a) o sometido(a) a





proceso por resolución ejecutoria por crimen o simple delito. Declaración jurada simple no haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria, aplicada en conformidad a las normas de la Ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, a menos que hayan transcurrido cinco o más años desde el término de los servicios. Declaración jurada simple, de no estar afecto a las inhabilidades/ incompatibilidades previstas en la Ley Nº 18.575 “Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”. Agregadas por la Ley Nº 19.653 “Probidad Administrativa aplicable de los Órganos de la Administración del Estado”. El siguiente antecedente deberá ser presentado una vez resuelto el concurso público por quien se adjudique el cargo.



Certificado de salud compatible con el cargo, emitido por un profesional Médico de la Entidad de Salud autorizada. ( Art 11 ley 18.884)

VII.- FECHA DE PUBLICACIÓN: La publicación del llamado a Concurso Público, se efectuará en un Diario de circulación regional, provincial con fecha 28 de agosto de 2014. VIII.- ENTREGA DE BASES: Las Bases del Concurso Público, estarán disponibles en la página web de la Municipalidad de Curanilahue -www.munichue.cl- y además podrán ser retiradas en horario de 08:30 hrs a 13:00 hrs y de 14:00 a 16 hrs., de Lunes a Viernes, a partir del 28 de agosto y hasta el 26 de septiembre hasta las 16:00 horas en la oficina de Partes de la Municipalidad de Curanilahue, ubicado en calle Arturo Prat Nº 801.

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IX.-

PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES: Para formalizar la postulación, los profesionales interesados, deberán presentar CURRICULUM VITAE con FICHA DE POSTULACIÓN y sus respectivos Anexos, adjuntando certificados que acrediten el cumplimiento de los requisitos generales y específicos, todo en sobre cerrado y caratulado en su anverso, como sigue: POSTULACIÓN: “LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO DE ANTECEDENTES” CARGO DIRECTOR/A EN CESFAM “ELEUTERIO RAMÍREZ” NOMBRE: ……………………………………………

Los antecedentes deberán entregarse en sobre cerrado, indicando en su exterior que postula al cargo, con su nombre y cédula de identidad. La presentación de los antecedentes señalados anteriormente, deberá efectuarse en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Curanilahue, ubicada en calle Arturo Prat Nº 801 Curanilahue hasta las 16ºº horas del 26 de septiembre de 2014 o remitirla por correo certificado dentro del mismo plazo a la Municipalidad de Curanilahue . X.

RESOLUCIÓN : Una vez finalizado el trabajo de la Comisión y con el resultado del Concurso, propondrá al Alcalde una terna con los nombres de los postulantes que hubieren obtenido los más altos puntajes totales. El Alcalde en uso de las facultades legales, seleccionará a uno de los postulantes de la terna, al que se le notificará, la adjudicación del cargo, personalmente o por carta certificada, dirigida al domicilio indicado en los documentos de la postulación. El postulante seleccionado deberá ratificar por escrito la aceptación al cargo, dentro de los tres días hábiles siguientes, contados desde la notificación, plazo que será claramente establecido en la carta señalada en el párrafo anterior. Si el Postulante rechazare el cargo o no diera respuesta dentro del plazo establecido, se asumirá de oficio que éste se

ha desistido de la postulación. En tal caso se solicitará al Alcalde que seleccione a otro postulante de la terna, procediéndose con éste de la misma forma previamente descrita.

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El postulante seleccionado deberá acompañar los documentos originales que acrediten cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley 19.378. Con todo, el Concurso se resolverá teniendo como fecha tope el día 27 de octubre. EL/LA POSTULANTE SELECCIONADO(A) Y UNA VEZ NOTIFICADO/A, DEBERÁ PRESENTARSE EN EL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL, EN EL PLAZO ESTIPULADO, CON LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL XI.-

INGRESO A LA DOTACIÓN

:

Una vez aceptado el cargo, por parte del/la Postulante será incorporado/a a la Dotación del Centro de Salud “Eleuterio Ramírez” a contar del 01 de noviembre de 2014 y por un período de 3 años. El ingreso a ésta se efectuará según lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto Nº 1.889 del 1995 del Ministerio de Salud, Reglamento de la Ley Nº 19.378, se procederá a la dictación del respectivo Decreto Alcaldicio. XII.-

DECLARACIÓN

:

El Concurso será declarado desierto, solamente por falta de Postulantes, entendiéndose por ello, sí ninguno de los Postulantes ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las presentes Bases. XIII.CONSULTAS: Se recibirán las consultas en la oficina de Personal del Departamento de Salud Municipal de Curanilahue, ubicado en calle Arturo Prat Nº 653, Teléfonos (41) 405939- (41)405938 y (41)405980. IMPORTANTE: -

La Comisión desestimará las Postulaciones que no cumplan o adolezcan de alguno de los requisitos.

-

No se recepcionarán postulaciones ni se adicionarán documentos a ellas una vez concluido el plazo para la recepción de antecedentes.

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FACTORES DE SELECCIÓN Y PONDERACIÓN CURRICULAR CARGO DIRECTOR(A) CENTRO DE SALUD FAMILIAR “ELEUTERIO RAMÍREZ” ANTECEDENTES A EVALUAR Los/as postulantes serán evaluados/as en los siguientes rubros, para lo cual deberán presentar las certificaciones y antecedentes correspondientes a: • • • • • • PONDERACIÓN: 1.-

Calificación del Título. Experiencia Laboral. Desempeño en cargos de responsabilidad. Formación post grado y actividades capacitación. Evaluación Psicológica Entrevista Personal.

CALIFICACIÓN DEL TÍTULO: MÁX. 10 PUNTOS TITULO PROFESIONAL PUNTOS Médico Cirujano 10 Farmacéutico

de

Químico Farmacéutico Bioquímico y Cirujano Dentista Asistente Social, 7.5 Enfermera (a) Kinesiólogo(a) Matrón (a) Nutricionista Tecnólogo Medico, Terapeuta Ocupacional y Fonoaudiólogo. Otros profesionales 5.0 con formación en el área de la salud pública, debidamente acreditada.

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2.-

EXPERIENCIA LABORAL: MÁX.: 10 PUNTOS TIPO DE EXPERIENCIA LABORAL EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PÚBLICO, PRIVADO, OTROS (1 PUNTO POR CADA AÑO CUMPLIDO O FRACCIÓN SUPERIOR A 6 MESES) EN ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD (1 PUNTO POR CADA AÑO CUMPLIDO O FRACCIÓN SUPERIOR A 6 MESES)

PUNTAJE 10 máximo

10 máximo

3.- DESEMPEÑO DE CARGOS DE RESPONSABILIDAD: MÁX. 10 PUNTOS Se considerarán los siguientes cargos de responsabilidad directiva: a) Directores Comunales DAS, Directores de Atención Primaria, Directores de Consultorios Urbanos, Directores de Centro de Salud,

Directores de Hospitales, Directores de Centros de Salud Familiar (CESFAM). 5 puntos b) Subdirectores Médicos Hospitales 4 puntos c) 3 puntos d)

y

Directores

Subdirectores administrativos de Consultorios

Profesionales

Rurales Supervisores

2 puntos e) Jefaturas de Programas 1 puntos Se computará un punto por cada año cumplido, no se considerarán las fracciones de meses. Los cargos deben haberse desempeñado durante los últimos 5 años. 4.- CAPACITACIÓN - Magíster - Diplomados - Otros cursos de post grado

: MÁX. 10 PUNTOS 10 puntos 5 puntos 5 puntos

Curso de post grado sobre 40 horas con aprobación, en los últimos cinco años: 01 puntos por cada curso y bajo 40 horas con 0, 5 puntos por cada curso. Se considerarán válidos para otorgar puntajes sólo aquellas certificaciones que sean pertinentes con las funciones del cargo de Director/a.

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5.- EVALUACIÓN PSICOLÓGICA

: MÁX. 25 PUNTOS

5.1 Aplicación de Test Psicológico (Máximo 5 puntos) Se realizará la aplicación de test para medir aptitudes, personalidad y habilidades de los postulantes:  A mayor cercanía del perfil esperado para el cargo : 5 puntos  A mediana cercanía del perfil esperado para el cargo: 3 puntos  A menor cercanía del perfil esperado para el cargo : 1 punto

5.2 Entrevista Psicológica :(Máximo 20 puntos) Corresponde a la Entrevista con Psicólogo, de acuerdo al perfil y los requerimientos del cargo. 6.ENTREVISTA DE LA COMISIÓN DE CONCURSO: MÁX. 40 PUNTOS Corresponde a la evaluación que realiza la Comisión de Concurso, para determinar las aptitudes que el Postulante presenta para ocupar el cargo de Director/a. La Comisión de Concurso, preseleccionará a quienes provisoriamente obtengan un mínimo de 15 puntos, en consideración a todos los factores de evaluación, antecedentes curriculares, evaluación psicológica y efectuará una entrevista personal a cada uno de los Postulantes. En el caso de que el número fuera inferior a seis, convocará, en este caso, a todos los Postulantes al cargo. La Comisión de Concurso, realizará la entrevista a los Postulantes preseleccionados, formulará las preguntas y cada Integrante de la Comisión evaluará las respuestas y asignará entre 1 a 100 puntos a cada uno de ellos, posteriormente por regla de 3 simple, realizará la conversión del puntaje en base a los promedios obtenidos. El puntaje obtenido por el postulante como resultado de la entrevista realizada en la comisión será sumada al total del puntaje obtenido por el postulante, seleccionándose una terna con los tres más altos puntajes en conformidad a lo establecido en la ley la cual será presentada al señor Alcalde de la comuna.

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Deberá estipularse en la respectiva Acta, los criterios y acuerdos que adopte la Comisión.

En caso que existan criterios no definidos en estas Bases, se faculta a la Comisión para tomar el Acuerdo que más convenga al propósito del Concurso.

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