BASES Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR CURSO

EDICTO DE CONVOCATORIA DE LAS DE AYUDAS PARA LA ADQUISICION DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR PARA ALUMNOS QUE CURSEN EDUCACIÓN SECUNDARIA EN CENTROS PUBLI

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Nº Decreto: 201401808 FIRMADO KQCv1NM3B+9JnlL4GqN*vRw 1.- ALCALDE, CESAR SANCHEZ PEREZ, a 25 de Julio de 2014 2.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES

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EDICTO DE CONVOCATORIA DE LAS DE AYUDAS PARA LA ADQUISICION DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR PARA ALUMNOS QUE CURSEN EDUCACIÓN SECUNDARIA EN CENTROS PUBLICOS Y CONCERTADOS, EN EL CURSO 2011-2012. Aprobadas las bases que han de regir el otorgamiento de ayudas a escolares del municipio que cursen educación secundaria en centros públicos y concertados, para la adquisición de libros de texto y material escolar durante el curso 2011-2012, mediante el presente se convocan las referidas ayudas, señalándose que el plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a partir de la fecha de publicación del presente, y que las mismas se regirán por las siguientes:

BASES Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR CURSO 2011-12 La Concejalía de Cultura y Educación del Ayuntamiento de Bétera con el objetivo de garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación y en aras de hacer efectiva la obligación constitucional de una enseñanza básica, obligatoria y gratuita, con independencia de las becas y ayudas al estudio convocadas por otras Administraciones, tiene voluntad de establecer un sistema de ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar del alumnado menor de edad que curse estudios de secundaria empadronado en este municipio con cargo a los Presupuestos de esta Corporación, a tenor de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre General de Subvenciones. Por ello, a fin de conseguir los citados objetivos y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto de alcaldía de fecha 13 de Junio de 2011, convoco concurso público para la concesión de ayudas para la compra de libros y material escolar durante el Curso escolar 20112012, con arreglo a las siguientes bases:

NORMA 1ª. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y BENEFICIARIOS.

1. El objeto de las presentes Bases Reguladoras, es la ordenación de las ayudas para libros de texto y material escolar dirigidas al alumnado menor de edad matriculado en el ciclo de educación secundaria obligatoria de centros públicos o concertados de la provincia de Valencia, que no perciban otra subvención para los mismos fines, de cualquier Administración Pública, toda vez que los alumnos de 1º , 2º ,3º, 4º, 5º y 6º de este ciclo resultan beneficiarios del programa de gratuidad de los libros de texto para el alumnado de la Enseñanza Básica en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana, de conformidad con la Orden de 14 de diciembre de 2010, de la Consellería de Educación. Siempre que las familias estén empadronadas, con una antigüedad mínima de un año, en el municipio de Bétera, y se aporte con carácter previo la factura ó copia que acredite detalladamente el gasto objeto de la Subvención 2. Podrán ser personas beneficiarias de estas Ayudas en sus respectivos ámbitos, los padres o tutores legales de los menores escolarizados en educación secundaria mencionados anteriormente. 3. No podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de ayudas los alumnos que hayan de cursar el 1º, 2º, 3º, 4º,5º y 6º curso de Educación Primaria en el curso escolar 2011-2012, al ir a ellos dirigido el programa de gratuidad de los libros de texto para el alumnado de la Enseñanza Básica en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana, de conformidad con la Orden de 14 de diciembre de 2010, de la Consellería de Educación, así como los alumnos que cursen 1º, 2º, 3º y 4º de la ESO que perciban subvención de cualquier otra Administración Pública .

NORMA 2ª. REQUISITOS PARA SER PERSONA BENEFICIARIA DEL BONO CHEQUE ESCOLAR.

Las personas beneficiarias de estas ayudas, deberán reunir los siguientes requisitos: • Tanto el menor como los padres, o los tutores legales, precisarán estar empadronados en el municipio de Bétera con una antigüedad de un año en el momento de formalizar la solicitud y durante el curso escolar en el que sean beneficiarios del mismo. • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Bétera y con las demás Administraciones Públicas en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. • Que los menores de edad estén matriculados en centros de Educación Secundaria públicos o concertados de la provincia de Valencia y acrediten tal condición mediante la presentación del certificado de matrícula expedido por el centro. • Que acrediten detalladamente el gasto realizado en la adquisición de libros de texto y material escolar (excluyéndose la compra de ropa, mochilas y otros complementos escolares) mediante la presentación de la factura/ticket original y con el sello/justificante de estar pagado. • Realizar la adquisición de los libros y del material escolar en Papelerías con sede en el término municipal de Bétera ó a través de las AMPAS, o en los centros escolares donde cursan estudios los alumnos

NORMA 3ª. CUANTÍA, PARTIDA PRESUPUESTARIA E INCOMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS.

1. La Cuantía individual máxima de las ayudas será de 70 €. 2. La convocatoria se financiará con cargo al crédito de la partida presupuestaria 3200/48902 “Enseñanza: Ayudas a escolares bono-cheques 2011-12 con un crédito inicial de 13.000 € los cuales se prorrogarán con efectos de 1 de enero de 2012 de no contar con el Presupuesto aprobado para dicho ejercicio. 3. Las presentes ayudas serán incompatibles con cualquier instituciones públicas con el mismo objeto.

otra que se otorgue por

NORMA 4ª. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

1. Presentadas las solicitudes mediante el modelo recogido en Anexo, se examinarán por los Servicios Municipales de Educación y cultura y se expondrán al público los listados provisionales de solicitudes admitidas a tramitación, solicitudes a subsanar y solicitudes excluidas, abriéndose un plazo de DIEZ DÍAS hábiles a partir de la publicación en el tablón de edictos de la casa consistorial y pagina web del ayuntamiento, para que las personas interesadas subsanen la falta de documentación y puedan formular las alegaciones que estimen oportunas, advirtiéndose que si así no lo hiciera, se le tendrá desistido en su petición y se procederá a su archivo sin más trámite, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. 2. Finalizado el plazo de subsanación y alegaciones, se elevará propuesta por la Concejalía de Educación y Cultura para que, por la Junta de Gobierno Local, se apruebe la concesión de la Ayuda correspondiente y el pago, previa fiscalización del expediente por la Intervención Municipal. Los listados definitivos se publicarán igualmente en tablón de edictos de la casa consistorial y pagina web del ayuntamiento de Bétera (www.betera.es) 3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución al interesado será de 6 meses, desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4. El acuerdo de aprobación de las presentes Bases pondrán fin a la vía Administrativa y podrán ser recurridas potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Bétera o ser impugnadas mediante la interposición de recurso contencioso administrativo. 5. A los beneficiarios de las Ayudas que se convocan por las presentes Bases, no les serán de aplicación las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.

NORMA 5ª. FORMALIZACIÓN, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y CADUCIDAD DE LAS SOLICITUDES.

1. Las Ayudas reguladas mediante esta convocatoria se solicitarán a través de instancia dirigida a la Alcaldía según Anexo y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento debiendo cumplimentarse todos y cada uno de los apartados que constan en dicha solicitud. 2. Deberán acompañarse a la solicitud los siguientes documentos: •

Certificado de matrícula emitido por el Centro Escolar, en el que conste el curso en el que está matriculado el alumno.



Factura/ticket original1 expedida por Papelerías ubicadas en el término municipal de Bétera o por las AMPAS del centro escolar donde curse estudios el alumno que acredite detalladamente el gasto realizado objeto de Subvención.



Fotocopia de la 1ª Hoja de la Libreta Bancaria o Caja de Ahorros o Certificado actualizado de la Entidad Bancaria donde se encuentra la cuenta corriente, en el que conste la denominación de la entidad, la oficina, el dígito de control y el número de cuenta en que se abonará el importe de la ayuda, salvo que ya obre en poder del Ayuntamiento y se haga constar en el apartado de Declaración Responsable del modelo oficial de solicitud de la Ayuda.



Volante de empadronamiento expedido por el órgano municipal correspondiente, en el que conste la antigüedad del alumno y de la unidad familiar en la que se integra, salvo que se autorice al Ayuntamiento a comprobar esta circunstancia cumplimentando el apartado de autorización que obra en el modelo oficial de Solicitud de la Ayuda.



Cualesquiera otras manifestaciones y compromisos que se estimen oportunos aportar. La falsedad de alguno de los datos en los documentos requeridos implicará la revocación inmediata de la ayuda.

3. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a partir de la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. 4. La ayuda se hará efectiva tras la resolución por el órgano competente, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada en la solicitud.

NORMA 6ª. PUBLICIDAD Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.

1. Las presentes Normas reguladoras se publicarán íntegramente en el BOP, en el Tablón de Edictos de la casa consistorial y página web del Ayuntamiento, y en cualesquiera otros medios que, en su caso, permitan la mayor difusión de la convocatoria, al objeto de su sometimiento a información pública durante el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a su publicación en el BOP, una vez hayan sido aprobadas por el órgano municipal correspondiente para el otorgamiento de las ayudas que se regulan en las mismas. 1

No será valida la factura/ticket que no cumpla los requisitos previstos en el RD 1496/2003

2. La adjudicación de las ayudas se hará según orden de fecha del registro de entrada de la solicitud, hasta donde lo permitan las disponibilidades presupuestarias.

NORMA 7ª. LEGISLACIÓN APLICABLE.

En lo no previsto en las presentes normas reguladoras, se estará a lo determinado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local (modificada por Ley 11/99, de 21 de abril y Ley 57/2003, de 16 de diciembre), R.D. 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, Orden de 14 de diciembre de 2010 de la Consellería de Educación, por la que se continúa el programa de gratuidad de los libros de texto para el alumnado de la Enseñanza Básica en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Valenciana , Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y cuantas disposiciones son concordantes y de aplicación en materia de concesión de subvenciones a organismos públicos o particulares por las entidades locales. El texto íntegro de las bases que se publican, se encuentran a disposición de las personas interesadas tanto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, como en su página Web (www.betera.es). Lo que se hace público para general conocimiento, y a los efectos oportunos en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 17 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.

Bétera a veintidós de septiembre de 2011 EL ALCALDE.

Fdo. Germán Cotanda Gil.

ANEXO: SOLICITUD AYUDA LIBROS DE TEXTOS Y MATERIAL ESCOLAR CURSO 2011/12 A LA ALCADIA-PRESIDENCIA DEL AYUNTAMIENTO DE BÉTERA 1.-Datos personales del Alumno (*): Nombre y Apellidos Alumno Cuantía Subvención Solicitada



70 € ( Educación Secundaria)

2.-Datos personales del Padre, Madre ó Tutor: Nombre y Apellidos Padre Nombre y Apellidos Madre

Nombre y Apellidos Tutor DNI padre/ DNI Madre/ Tutor

/

/

Domicilio Unidad familiar Localidad

Teléfonos 3.-Datos Académicos y del centro escolar Curso Centro Escolar

Localidad Centro Escolar 4.- Datos Bancarios para ingreso de la Subvención

Nº de Cta. De Banco o Caja del padre, madre o tutor

Entidad

Sucursal

D.C.

Nº de Cuenta

5.- Concurrencia con otras Subvenciones Recibe ayudas de otras Administraciones Públicas que directa ó indirectamente cubran la misma finalidad? SI Cuantía_____________ / NO No podrán ser beneficiarios los alumnos que perciban subvención de cualquier otra Administración Pública, para los mismos fines. Esta declaración será contrastada con los listados definitivos de Concesión de ayudas otorgadas por la Generalitat Valenciana.

6.- Autorización al Ayuntamiento Autorizo al Ayuntamiento de Bétera para que realice las gestiones oportunas a los efectos de comprobar el empadronamiento y la situación tributaria de la unidad familiar en la que se integra el alumno SI NO (En caso de no autorizarse, deberá presentar junto con esta solicitud Certificado de hallarse al corriente en el pago de los tributos y Volante de empadronamiento.)

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 1 MES A PARTIR PUBLICACIÓN BASES Y CONVOCATORIA. ∗NOTA INFORMATIVA : PARA NO RETRASAR LA APROBACION DE ESTA AYUDA, SE RUEGA CUMPLIMENTAR INTEGRAMENTE LA PRESENTE SOLICITUD Y ADJUNTAR TODOS Y CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS INDICADOS, ANTES DE SU PRESENTACIÓN EN EL REGISTRO GENERAL DE ESTE AYUNTAMIENTO. (*) Los datos facilitados por Ud. en este formulario pasarán a formar parte de los ficheros automatizados propiedad del Ayuntamiento de Bétera y podrán ser utilizados por el titular del fichero para el ejercicio de las funciones propias en el ámbito de sus competencias. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Ud. podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante instancia presentada ante el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Bétera.

REQUISITOS PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO en los términos recogidos en las Bases



 

 

Estar al corriente en el pago de Tributos Municipales con el Ayuntamiento de Bétera y con las demás Administraciones Públicas en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Que el alumno y la unidad familiar en la que se integra, estén empadronados en Bétera con una antigüedad mínima de un año en el momento de la presentación de la solicitud. Que el alumno esté matriculado en centros de Educación Secundaria, públicos o concertados de la provincia de Valencia, y acrediten tal condición mediante la presentación del certificado de matrícula expedido por el centro. Acreditar detalladamente el gasto realizado en la adquisición de libros de texto y material escolar.( Se excluye la compra de ropa, mochilas y otros complementos escolares). Realizar el gasto en Papelerías ubicadas en el término municipal de Bétera ó a través de las AMPAS, o de los centros escolares donde se estén cursando los estudios. DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ADJUNTAR CON LA PRESENTE SOLICITUD:

Volante de empadronamiento donde figure la antigüedad del alumno y la unidad familiar en la que se integra, salvo que se autorice al Ayuntamiento a comprobar esta circunstancia cumplimentando el apartado de autorización que obra en la presente solicitud. Certificado de hallarse al corriente en el pago de tributos municipales, salvo que se autorice al Ayuntamiento a comprobar esta circunstancia cumplimentando el apartado de autorización que obra en la presente solicitud. Certificado de Matricula expedido por el Centro Escolar. Fotocopia 1ª Hoja de Libreta Bancaria del titular del Padre/Madre/ Tutor, salvo que ya obre en poder del Ayuntamiento y se haga constar en el apartado de Declaración responsable de esta solicitud. Factura /Ticket Original , que acredite detalladamente el gasto realizado objeto de Subvención, CON EL SELLO O JUSTIFICANTE DE ESTAR PAGADA.

DECLARACIÓN RESPONSABLE (cumplimentar si procede) A los efectos de aportar la Fotocopia de la 1ª hoja de la libreta bancaria, declaro bajo mi responsabilidad, que éstos ya obran en poder del Ayuntamiento de Bétera, dado que se presentaron en el procedimiento administrativo de concesión de Ayudas para la adquisición de Libros de texto y material escolar de cursos anteriores. Todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones. Firma del Alumno/ Padre, Madre ó Tutor

Los abajo firmantes declaran que todos y cada uno de los datos arriba indicados son ciertos. Firma del Padre, Madre o Tutor.

Bétera, a_________de___________de 2011.

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