BOLETÍN FINAL SEPTIEMBRE 08 DE 2014 ATLETISMO

BOLETÍN FINAL SEPTIEMBRE 08 DE 2014 ATLETISMO VIII JUEGOS DE INTEGRACIÓN DEL SECTOR EDUCATIVO LIGA DE ATLETISMO DE BOGOTÁ Estadio de Atletismo - Unid

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Culiacán, Sinaloa, 08 de abril de 2014
M AN UA L D E O R G A NI Z A CI Ó N Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Culiacán, Sinaloa, 08 de abril de 2014 Elaboró: Lic. Jorge Mil

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BOLETÍN FINAL SEPTIEMBRE 08 DE 2014

ATLETISMO VIII JUEGOS DE INTEGRACIÓN DEL SECTOR EDUCATIVO LIGA DE ATLETISMO DE BOGOTÁ Estadio de Atletismo - Unidad Deportiva El Salitre Agosto 30 y 31 de 2014 Resultados Oficiales / I Jornada

VIII JUEGOS DE INTEGRACIÓN DEL SECTOR EDUCATIVO LIGA DE ATLETISMO DE BOGOTÁ Estadio de Atletismo - Unidad Deportiva El Salitre Agosto 30 y 31 de 2014 Resultados Oficiales / II Jornada

CAPITULO XIV NORMAS GENERALES PARA TODOS LOS DEPORTES ARTICULO 43º. El documento oficial de juego será la CEDULA DE CIUDADANÍA o la contraseña expedida por la Registraduría con el sello de autorización y sin laminar, con fotografía debidamente autorizada, la cual deberá presentarse al inicio de cada encuentro deportivo. ARTICULO 44º. EL COMITÉ DE LA DIRECCION GENERAL DE LOS VIII JUEGOS DE INTEGRACION DEL SECTOR EDUCATIVO brinda toda la infraestructura y logística para el desarrollo de los mismos, sin ningún costo para sus participantes. (Coordinación general, coordinación técnica, coordinación local, gestores deportivos, escenarios deportivos, jueces, apoyo médico y veedurías como todas las premiaciones en cada modalidad deportiva) por lo cual si el Comité de Dirección de los Juegos considera que con la aplicación de un W. O. y/o expulsión del torneo de un participante o equipo se afecta pecuniariamente la organización, éste será sancionado con la no participación en la próxima versión de los juegos. ARTICULO 45º. Todo equipo participante, en las diferentes modalidades, nombra un delegado quien es el conducto regular entre su equipo y las autoridades del torneo; deben gozar de plena autonomía para las decisiones a que haya lugar y deberán hacerse presentes obligatoriamente en la reunión técnica y en todas aquellas citadas por la organización del torneo. La no asistencia de uno ó varios delegados, no les exime de acatar las decisiones y recomendaciones que allí se presenten y tomen. ARTICULO 46º. El delegado de cada equipo participante en las diferentes modalidades deportivas es el encargado de diligenciar, registrar y entregar la planilla oficial de juego de los VIII JUEGOS DE INTEGRACION DEL SECTOR EDUCATIVO.

ARTICULO 47º. Todo reclamo, solicitud y/o trámite que se desee realizar ante la organización, por presuntas violaciones o vulneraciones de los derechos de los participantes o las normas vigentes, deberá presentarse al correo: [email protected] con las pruebas de lo expuesto y las pretensiones del equipo, el plazo para remitir la reclamación o solicitud será de 24 horas hábiles después de la realización del encuentro deportivo en mención.

PARAGRAFO 1°. La recepción de la solicitud NO implica ACEPTACION. PARAGRAFO 2°. Cualquier solicitud o trámite carente de uno o varios de los requisitos mencionados se abstendrán de ser cursada. PARAGRAFO 3°. Como demanda se entiende, la actuación que persigue la nulidad de un partido o fallo sobre los puntos, diferentes del resultado obtenido y anotado en la planilla de juego, interpuesta por violación a los derechos de los participantes o de las normas reglamentarias u otros aspectos relacionados con el desarrollo de los torneos. Las demás peticiones que persigan otros objetivos, serán consideradas como reclamaciones. No se resolverá ninguna demanda cuyas evidencias debieron ponerse de manifiesto durante la realización del partido, como por ejemplo una presunta suplantación ó alineación irregular, que se considera cuando el jugador sancionado o no inscrito es alineado en el campo de juego. PARÁGRAFO 4°. También cuando la demanda sea por situaciones o circunstancias originadas en la ejecución de los eventos, que no se hayan advertido antes o que no estén contempladas en la presente Carta Fundamental que ameriten fallo o modificación alguna, se aplica lo resuelto al caso presentado, no será retroactivo ni afectará resultados deportivos anteriores y pasará a ser parte del presente reglamento, en todo caso primará lo deportivo sobre lo administrativo. PARAGRAFO 5°. Toda demanda deberá ser presentada a través del delegado del equipo afectado, ante la Dirección Técnica del Torneo, dentro de las 24 horas siguientes al hecho que motiva la reclamación. Para partidos del día sábado ó domingo, las 24 horas son hasta el día lunes siguiente a las 5 PM. La carta de demanda o reclamación debe concretarse al hecho que la origina sin hacer uso de las generalidades, ni antecedentes por casos análogos. El demandante debe presentar el texto de la demanda en el plazo establecido y lo debe hacer en la oficina los VIII JUEGOSDE INTEGRACIÓN DEL SECTOR EDUCATIVO, ubicada en la sede administrativa de Compensar (Casa Yuste Parqueadero 1) en la Av. Cra. 68 No. 49A - 47). ARTICULO 48º. Ningún jugador podrá portar objetos peligrosos para sí o para los otros jugadores. El calzado tiene que satisfacer las condiciones de uso de los diferentes escenarios deportivos y serán causales de expulsión del torneo:

PARAGRAFO 1°. Si a un participante se le detecta aliento de alcohol o estar bajo el efecto de sustancias alucinógenas no se le permitirá participar en el juego, hecho que será comunicado al delegado del equipo por parte del árbitro, veedor y gestor del plan de bienestar social. PARAGRAFO 2°. Si el Director Técnico, Delegado, auxiliares, jugadores ó integrantes de la barras toman parte de un juego y se detecta aliento de alcohol o se comprueba que está bajo efectos de sustancias alucinógenas, será expulsado del terreno de juego y del TORNEO. PARAGRAFO 3°. El uso, intimidación y porte de armas en los campos deportivos, por parte del Director Técnico, Delegado, auxiliares, jugadores ó integrantes de las barras, serán causales de expulsión del equipo del torneo en el que participa y motivo de apertura para sanción disciplinaria.

PARAGRAFO 4°. Por seguridad, los integrantes de las barras y todos los espectadores acompañantes deberán permanecer fuera del área de juego, ya que no se asume ningún tipo de responsabilidad por lesiones ó accidentes que se presenten en el transcurso de los partidos. ARTICULO 49º. La fijación de horarios y escenarios para los partidos son competencia exclusiva de la organización del Torneo. La programación deportiva se desarrollará los sábados a partir de la 12:00 m, domingos y festivos a partir de las 8:00 a.m. y de lunes a viernes (en caso de ser necesario) a partir de las 6:00 p.m. en escenarios cumplan con las especificaciones establecidas por la organización.

PARAGRAFO. Para efectos de programación, por ningún motivo se darán concesiones especiales en cuanto a calendario, horario o escenario.

ARTICULO 50º. Suministro de Programaciones. Semanalmente se emitirá un boletín oficial de resultados, tabla de posiciones y puntuación, resolución de penas y sanciones y programación, el cual se publicara los días miércoles de cada semana a partir de las 4:30 PM. En caso de lunes festivo se correrá un día. Esta se encontrará en la página oficial de la organización:

www.sedbogota.edu.co o en los portales: 1. punto de atención de cada circuito 2. Página Web: www.compensar.com 3. Página Web: www.canapro.org.co

PARAGRAFO 1:°. Ningún funcionario de Secretaría de Educación Distrital, Canapro ó Compensar está autorizado a dar información telefónica o vía fax. PARAGRAFO 2°. La dirección del Torneo no se hace responsable del envío de programaciones remitidas vía fax ó correo electrónico al igual que de las informaciones que por alguna razón sean suministradas telefónicamente. ARTICULO 51º. Aplazamiento de Partidos. Después de elaborada, expedida y recibida la programación por el delegado, NO se aceptarán aplazamientos de partidos por ningún motivo. ARTICULO 52º. Para aplicar el W.O. o la no presentación de jugadores se esperan quince (15) minutos a partir de la hora programada. Si el partido anterior sufre retardo en su finalización, el juego debe comenzar inmediatamente el campo este libre es decir para este caso NO SE ESPERARAN LOS 15 MINUTOS.

PARAGRAFO 1°. El tiempo de espera para todos los deportes tanto individuales como deportes de conjunto y equipo será de 15 minutos; si transcurrido este lapso se da la no presentación ó presentación incompleta o reducida (menos de los jugadores mínimos reglamentarios autorizados) de uno o los dos equipos en la hora, fecha y campo designado por la dirección del Torneo, o presentarse sin todos los documentos establecidos para la identificación en el torneo o se presentan y se detecta una presunta alineación irregular, o se generan falta de garantías, o se presentan sin uniforme; los

jueces y árbitros decretan el W.O. LOS EQUIPOS Y LOS JUECES NECESARIAMENTE SE DEBEN PRESENTAR AL TERRENO DE JUEGO y CUMPLIR LO PERTINENTE. PARAGRAFO 2°: Equipo que pierda dos (2) partidos por W.O, quedara excluido del Torneo. PARAGRAFO 3°: Si la reducción se presenta en ambos bandos, el partido se dará por terminado y ambos equipos perderán los puntos marcados hasta ese momento, el marcador oficial de ese partido es igual al establecido para el W.O. ARTICULO 53° Toda programación de eventos deportivos genera infraestructura y logística, por tal razón, participante que no se presente al encuentro deportivo ocasionando con su inasistencia la perdida por “WO”, sin ninguna causa de fuerza mayor (Calamidad domestica demostrada, incapacidad por la EPS u otra circunstancia imperativa), deberá radicar su justificación 48 horas después del evento deportivo o el día hábil inmediato a la programación, para no ser sancionado, en el centro de atención de cada circuito o en COMPENSAR, en la oficina los VIII JUEGOS DE INTEGRACIÓN DEL SECTOR EDUCATIVO, ubicada en la sede administrativa de Compensar (Casa Yuste - Parqueadero 1) en la Av. Cra. 68 No. 49A - 47) ; de no hacerlo será sancionado para participar en deportes del siguiente trimestre ó para participar en la modalidad deportiva a la cual se inscribió y no asistió, conforme lo comunique y exprese el Comité de Dirección General de los Juegos de integración del sector educativo. ARTICULO 54º. Si en la ronda clasificatoria se presenta empate en puntos para definir un puesto dentro de un mismo grupo, clasificará primero quien tenga mejor JUEGO LIMPIO (el equipo de menor acumulado). Si persiste el empate se tiene en cuenta los ítems específicos por modalidad deportiva.

TÍTULO IV DE LA JUSTICIA DEPORTIVA CAPITULO XV DE LAS REGLAS DE JUEGO Y ARBITRAJE ARTICULO 55º. Las reglas de juego para las diferentes modalidades deportivas son las establecidas y promulgadas por las Federaciones Internacionales acogidas por la Federación colombiana del respectivo deporte y por la Dirección del torneo. ARTICULO 56º. La Dirección de los VIII JUEGOS DE INTEGRACION DEL SECTOR EDUCATIVO no se hace responsable CIVIL ó PENALMENTE, POR LESIONES O ACCIDENTES QUE SUFRAN LOS PARTICIPANTES ó SUS ACOMPAÑANTES, dentro o fuera del terreno de juego, DURANTE EL DESARROLLO DEL TORNEO.

PARÁGRAFO 1°. Cada deportista debe portar su documento de identidad, carné de EPS y ARP. PARÁGRAFO 2°. En cada encuentro deportivo se contará con un apoyo médico quien prestará los Primeros auxilios, orientará sobre los procedimientos médicos y registro en planillas de juego.

ARTICULO 57º. El juzgamiento del torneo estará a cargo de profesionales adscritos a colegios y/o ligas debidamente reconocidos por su nivel. ARTICULO 58º. El árbitro o juez deportivo es la suprema autoridad en el terreno del juego y en la dirección de los encuentros. Sus fallos y decisiones son asuntos de hecho y en cuanto a los resultados de los partidos son inapelables. ARTICULO 59º. La organización proveerá a los árbitros de la planilla de juego. La firma de los jueces dará fe de lo que en ella se anote, debiendo constar en todos los casos: a) Nombre de los equipos que se enfrentan, circuito, campo de juego, la fecha y hora de iniciación, los retardos o esperas y la hora de finalización del juego. b) los nombres y números de los jugadores que actúan en cada partido. c) los nombres y firmas de todo el cuerpo arbitral responsable del partido. d) el informe claro y detallado de las incidencias del partido, en caso de problemas técnicos o disciplinarios, señalando las amonestados y/o expulsados y explicando claramente la conducta individual de los jugadores, equipos, barras y toda la información pertinente, que sirva para establecer la aplicación de sanciones por parte del Tribunal Disciplinario del Torneo. ARTICULO 60º. Los árbitros no son recusables por los jugadores, entrenadores, directivos, barras o los equipos participantes. La dirección del torneo designará Veedores quienes presentarán el respectivo informe de cada partido, incluyendo la actuación del árbitro. ARTICULO 61º. Cuando el normal desarrollo de un partido, sea entorpecido en su labor arbitral con demostrada resistencia a cumplir órdenes ó por falta de garantías a sus colaboradores, por parte del delegado, suplentes, barras, jugadores de uno o ambos equipos, el árbitro exigirá al capitán o capitanes materia de juicio su efectiva colaboración para la correcta culminación del partido. Si su solicitud no es atendida satisfactoriamente, el árbitro suspenderá el partido por falta de garantías, así mismo, los hará si se presenta inmovilidad o renuncia al juego, por retiro voluntario de los jugadores o en caso de agresión contra él o sus colaboradores. El equipo que cometa la falta perderá los puntos con un marcador en contra (según la modalidad deportiva) aunque estuviese ganando el partido, sin perjuicio de cualquier otra sanción, que imponga el Tribunal Disciplinario. En caso de reincidencia, el equipo será retirado automáticamente del Torneo. Si el marcador del equipo contrario es superior al mínimo exigido, éste se mantendrá y ganará los puntos. Si son ambos equipos los involucrados en la falta, a los dos se les aplicarán lo dispuesto en este artículo.

PARÁGRAFO. El (Los) jugador (es) reportados por la organización que con su comportamiento afecten el normal desarrollo de un partido y sean expulsados del torneo, NO podrán participar en la siguiente versión de los juegos, situación que será comunicada mediante una resolución.

ARTICULO 62º. Los jugadores, el delegado ó los capitanes de los deportes de conjunto son los responsables de la actuación de sus equipos y de las barras acompañantes. En caso de comportamientos inadecuados de alguno de los mencionados, a solicitud del árbitro del compromiso

se les pedirá que se retiren voluntariamente de las instalaciones deportivas. En caso de no ser atendida de manera satisfactoria la solicitud, el árbitro culminará el encuentro por falta de garantías y al equipo al cual pertenezcan las mismas se aplicará las sanciones contempladas en la Carta Fundamental. ARTICULO 63º. Todo partido en el cual se haya jugado más del 75% del tiempo oficial si no fuere posible su culminación por causas de fuerza mayor, el árbitro lo dará por terminado con el marcador que exista en el momento de ser suspendido. Si el tiempo es inferior al 75% del total, el partido se reiniciará en lo posible bajo la Dirección del mismo árbitro y jueces que lo estaban dirigiendo. También se tendrá en cuenta la misma ubicación dentro del terreno de juego por parte de los equipos si se desarrolla en el mismo campo. Si es en otro Campo, se sorteará la posición de los equipos y se jugará el tiempo restante.

PARÁGRAFO 1°. En voleibol el 75% se considera cuando se ha jugado un set y en el segundo set se tiene un marcador mínimo de 13 puntos. Si el marcador es menor el partido se reinicia totalmente. PARÁGRAFO 2°. Si es necesario se designarán otros jueces para la continuidad de un partido, sin que por esta causa haya derecho a demanda o reclamación alguna. PARÁGRAFO 3°. Para la continuación de un partido que haya sido suspendido se mantiene la cuenta de los cambios, la nómina, el marcador, las amonestaciones, las sanciones y el tiempo restante, deben mantenerse igual que al momento de la suspensión; para lo cual el árbitro y el veedor reportarán en su informe dicho historial. En estos casos NO HAY TIEMPO DE ESPERA. PARÁGRAFO 4°. Se consideran causas de fuerza mayor, para suspender un partido: 1 Invasión al terreno de juego por parte del público ajeno a los equipos, si no fuere posible lograr su desalojo. 2 La falta de luz natural o artificial. 3 Condiciones atmosféricas inadecuadas o que pongan en peligro la integridad física de los jugadores. 4 Los demás factores que a juicio razonable del juez, el veedor y el gestor deportivo consideren pertinentes. PARÁGRAFO 5°. Se considera causal de terminación forzosa, cuando durante el desarrollo del partido se presume una alineación irregular, como la suplantación ó la alineación de un jugador sancionado para esa fecha; en este caso el equipo infractor recibe la sanción establecidas en los Art. 74 y 75 de la presente carta fundamental y las establecidas por el reglamento del deporte específico.

CAPITULO XVI DEL CÓDIGO GENERAL DE PENAS Y SANCIONES ARTICULO 64º. Las sanciones y suspensiones serán dispuestas por cada reglamento específico y las no contempladas serán definidas por el Tribunal Disciplinario.

PARÁGRAFO. Los directores, coordinadores, veedores, delegados de equipos, entrenadores y deportistas que con sus acciones manipulen o intervengan en los resultados deportivos para favorecer o desfavorecer a terceros, estarán atentando contra el juego limpio y serán sancionados ejemplarmente por la Dirección general de los juegos.

ARTICULO 65º. La ofensa o injuria verbal contra cualquiera de los estamentos de los VIII JUEGOS DE INTEGRACION DEL SECTOR EDUCATIVO será sancionada con dos (2) fechas de suspensión. La reincidencia ocasionará la expulsión del Torneo.

PARÁGRAFO. El (Los) jugador (es) reportados por la organización que con su comportamiento afecten el normal desarrollo de un partido y sean expulsados del torneo, NO podrán participar en la siguiente versión de los juegos, lo cual que será comunicado mediante una resolución, con copia del informe a la Dirección Talento Humano de la Secretaría de Educación (SED). ARTICULO 66º. Cuando un equipo se retira del campo de juego por ir perdiendo o rehúsa a iniciar (o continuar) el partido, quedará automáticamente expulsado del torneo. El árbitro dará por finalizado el encuentro con un marcador en contra del equipo infractor según lo disponga el reglamento de cada modalidad deportiva. ARTÍCULO 67º. Todo Acto antideportivo, que se cometa al final de un partido o del Torneo y que se escape a las posibilidades de sanción durante el mismo, será estudiado y penalizado por el Tribunal Disciplinario, quien informara de este hecho a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito, el cual hará cumplir la sanción, en las fechas que se reporten y/o el próximo Torneo en el que participe el equipo según el caso. Además el Capitán y el Delegado del equipo serán sancionados de acuerdo a la gravedad de la falta, que puede llegar a la expulsión del torneo para los casos de suplantación, registro irregular y entrega de datos falsos.

PARÁGRAFO. Se contemplarán las acciones cometidas durante veinte cuatro horas (24) después de finalizado el partido o el primer día hábil después de jugarse el partido. ARTÍCULO 68º. Todo jugador que sea descalificado del terreno de juego, queda automáticamente suspendido para actuar en el siguiente partido que dispute su equipo, sin perjuicio de las sanciones adicionales que el reglamento o el Tribunal Disciplinario estipule, de acuerdo con la gravedad de la falta cometida. ARTICULO 69º. En el evento de presentarse que un jugador acumule dos (2) amonestaciones sea sancionado y suspendido para jugar la próxima fecha y sea alineado para el siguiente juego, el jugador será expulsado del Torneo y su equipo perderá el partido con el marcador estipulado según la modalidad deportiva, a favor del adversario. Si el marcador es superior se mantendrá el registrado en la planilla de juego para el equipo contrario y cero (0) para el infractor. Además el Capitán y el Delegado del equipo serán sancionados con una (1) fecha de suspensión cada uno en desarrollo de la programación deportiva.

PARÁGRAFO. Los delegados, capitanes y jugadores deben llevar un estricto control de las amonestaciones para evitar inconvenientes por dificultades en la obtención de la información, aún si ésta no ha sido publicada en el Boletín Oficial de programación. ARTICULO 70º. Las fechas de suspensión se cumplen en los partidos que sean programados y jugados por el equipo al cual pertenece el jugador sancionado. NO se considera cumplida cuando exista fecha de descanso para el equipo o en partidos aplazados.

PARÁGRAFO 1°. En caso que un equipo gane por W.O. (no presentación de su contrincante) un partido, se considera como cumplida una fecha para el jugador que se encuentre sancionado. PARÁGRAFO 2°. En caso que un equipo pierda por W.O. un partido, NO se considera como cumplida una fecha para el jugador que se encuentre sancionado. PARÁGRAFO 3°. Un jugador o técnico que este en cumplimiento de suspensión no podrá dirigir ni permanecer en el banco de sustitutos (suplentes) de su equipo. ARTICULO 71º. Los delegados o capitanes están en la obligación de suministrar al árbitro, veedores o Directivos, el nombre de los miembros de la delegación que cometan infracciones. Así mismo deben colaborar, en los casos de dudas sobre la identidad de uno o varios jugadores, para que los implicados presenten su cédula u otro documento con foto que ayude a corroborar la identidad. Si se niegan a ello o suministran datos falsos, se harán acreedores a sanciones de acuerdo con la gravedad de la falta, que incluso podrán llegar a la expulsión del Torneo. ARTICULO 72º. El equipo que suplante jugadores en los partidos del torneo, inscriba deportistas sin que estos llenen los requisitos para participar en el torneo, inscriba y dispute partidos con un jugador que por reglamento pertenece a otro circuito o presente los nombres de estos por otras personas aun estando inscritos en la planilla oficial de inscripción o de juego, o de igual forma adultere o falsifique documentos relacionados con el Torneo será expulsado del mismo. Para efectos de clasificación, el equipo perderá por W.O. todos los partidos jugados o por disputar, y los puntos y las anotaciones le serán otorgados al equipo rival. De igual forma se sancionara al deportista de modalidad individual que cometa la misma falta.

PARÁGRAFO. Igualmente se sancionará al jugador con la imposibilidad para participar en la siguiente versión de los JUEGOS DEL SECTOR EDUCATIVO por un (1) año. De la falta se informará a la Secretaría de Educación del Distrito Capital, a COMPENSAR y CANAPRO.

ARTICULO 73º. Para todos los casos, en que el Tribunal Disciplinario decrete como sanción la expulsión del Torneo, se enviará informe del hecho a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación de Bogotá D. C., a COMPENSAR y CANAPRO, informando mediante Resolución el tipo de sanción, el tiempo establecido y los efectos ocasionados para la premiación. ARTICULO 74º. El daño en las instalaciones o cosa ajena en forma premeditada, el uso de bebidas embriagantes, estupefacientes o porte de armas en los campos deportivos, por parte del delegado, jugadores o barras serán causales de expulsión del Torneo del deportista en las modalidades individuales y del equipo en las de conjunto o equipo. ARTICULO 75º. Actos de violencia, agresión física, riñas, lesiones contra árbitro, veedor, jugadores, espectadores o directivos, gresca generalizada, genera expulsión del jugador o del equipo del Torneo con informe a la Dirección de Talento Humano de la Secretearía de Educación del Distrito Capital. Toda expulsión será reportada por el árbitro, adjuntando el informe y explicando los motivos. El delegado, suplentes y las barras quedarán sometidos a las mismas sanciones, en caso de incurrir en las faltas que trata el presente artículo.

CAPITULO XIV DEPORTES INDIVIDUALES DEPORTES DE MARCA Y TIEMPO GENERALIDADES ARTICULO 191º. El torneo se realizará en rama Femenina y Masculina, por categorías. PARAGRAFO 1°. Para que una prueba se realice deben estar mínimo cinco (5) inscritos y participantes en la línea de partida o de lo contrario se declarara DESIERTA la prueba. PARAGRAFO 2°. Para la programación de las pruebas, se realizara una etapa de preinscripción, por modalidad, prueba y categoría; si no se cumple con el parámetro mínimo de inscritos no se programara dicha prueba. ARTICULO 192º. El sistema de competencia es por series. Clasificación final por tiempos. PARAGRAFO 1°. La organización se reserva el derecho de establecer el sistema de juego de acuerdo con el número total de deportistas inscritos. PARAGRAFO 2°. Para participar en la modalidad de relevos es requisito haber participado en la modalidad individual.

ATLETISMO ARTICULO 193. El torneo se realizará en rama Femenina y Masculina, para ser lanzada una prueba deben presentarse en la línea de partida, mínimo cinco (5) competidores. PARAGRAFO 1°. Al momento de la competición, los atletas deben cumplir los requisitos de edad correspondientes a su categoría, así: CATEGORIA A (De 20 a 30 años) CATEGORIA B (De 31 a 40 años) CATEGORIA C (De 41 a 50 años) CATEGORIA D (De 51 a 60 años) CATEGORIA E (De 61 en adelante) POSTA 4 X 100: MASCULINO Y FEMENINA, categoría única y una posta por circuito. POSTA 4 X 400: MASCULINO Y FEMENINA, categoría única y una posta por circuito POSTA SUECA; PRUEBAS, 800m, 400m, 200m y 100m: MIXTO 2 HOMBRES Y 2 MUJERES. Categoría única y una posta por circuito. PARAGRAFO 2° La prueba de la POSTA se conformara el día de las competencias, Para poder tomar parte en la posta es requisito haber participado mínimo en una prueba individual. ARTICULO 194º. Se competirá en las modalidades de:

- Velocidad: 100 mts, 200 mts, 400 mts (ramas Femenina y Masculino) - Semifondo: En rama Femenina se competirá en 800 mts, 1.500 mts y 3000 mts -- En rama Masculino se competirá en 800 mts 1.500 mts y 5000 mts - Fondo: 10.000 mts (mujeres) y Media Maratón (hombres) - Relevos: 4 x 100 mts (en rama Femenina y rama Masculino) - Posta sueca (en rama Femenina y rama Masculino) - Salto Largo (en rama Femenina y rama Masculino) - Lanzamiento de jabalina: 600 g (mujeres) y 800 g (hombres) - Lanzamiento del disco: 1 Kg. (mujeres) y 2 Kg. (mujeres) - Impulsión de bala: 4 Kg. (mujeres) y 7.26 Kg. (hombres) - Carrera pedestre (10K) PARAGRAFO. Cada deportista podrá participar en dos pruebas de pista, una de campo y un relevo o posta, o lo podrá hacer en dos pruebas de campo, una de pista y un relvo o posta, siempre y cuando no haya tomado parte en otras competencias individuales, de conjunto o equipo programadas. ARTICULO 195º. El sistema de competencia es por series. Clasificación final por tiempos. PARAGRAFO 1°. Se aceptaran inscripciones hasta el día de la reunión informativa. De acuerdo a esto, se programan las pruebas y se premia de igual forma. PARAGRAFO 2°. Inscripciones simultáneas. Si un atleta está inscrito en una carrera ó en más de una prueba de concurso, que se efectúan simultáneamente, el respectivo Juez (Árbitro) puede, en cada vuelta ó en cada intento en salto largo, permitirle realizarlos en orden diferente del decidido por sorteo antes de iniciarse la competición. Sin embargo, si posteriormente un atleta no está presente para cualquier intento, se considerará que "pasa" una vez que el tiempo permitido para el intento haya transcurrido. PARAGRAFO 3°. Para el caso de las pruebas de pista y campo, si un atleta no está presente cuando todos los demás atletas que están presentes han terminado la competición, el Juez (Árbitro) considerará que él abandonó la competición desde el momento que el tiempo autorizado para dar inicio a la prueba haya transcurrido ARTICULO 196º. Los atletas deben usar ropa adecuada, diseñada para la competencia. La ropa debe estar confeccionada con un tejido que no sea transparente ni aun estando mojado. Los atletas no podrán usar ropa que pueda impedir la visión de los jueces. Los atletas pueden competir con pies descalzos o con calzado en uno o los dos pies. El propósito de las zapatillas para competición es proporcionar protección y estabilidad a los pies y una firme adherencia sobre el suelo. Tales zapatillas, sin embargo, no deben estar construidas de tal modo que supongan una ayuda adicional para el atleta, ni pueden contener ningún muelle o dispositivo de cualquier naturaleza. Cada atleta irá provisto de dos dorsales que, durante la competición, llevará puestos de modo visible sobre el pecho y la espalda. Los números tienen que coincidir con los que figuran en el programa; estos dorsales deben ser llevados colocados tal como fueron entregados, sin cortes ni pliegues ni ocultamiento alguno. En las carreras de largas distancias los dorsales pueden perforarse para ayudar a la circulación del aire, pero las perforaciones no deben afectar ni a los caracteres ni a las cifras impresas.

ARTICULO 197º. Exclusión y/o Descalificación. Si un atleta es descalificado de una prueba por causa de la infracción de las reglas técnicas de la IAFF, deberá quedar constancia del hecho y se respetará lo estipulado en la reglamentación oficial, es decir: PARAGRAFO. Un atleta será excluido de participar en todas las siguientes pruebas en la competición, incluidos los relevos, en todos los casos en que: a) Se haya dado una confirmación definitiva de que el atleta participaría en una prueba, pero luego no lo hizo; b) Se haya calificado en eliminatorias ó series preliminares para participar en otra posterior, pero luego se abstiene de participar. ARTICULO 198º. La salida de una prueba se efectuará al disparo de una pistola u otro aparato de salidas aprobado, después de que el juez de salidas haya comprobado que todos los atletas están absolutamente inmóviles en sus puestos y en la correcta posición de salida en todas las competiciones. Ningún atleta podrá tocar la línea de salida o el suelo que está delante de ella con sus manos o pies cuando esté en sus puestos. Si, por cualquier razón, el juez de salidas no está satisfecho de que todos los atletas estén en sus puestos, debe ordenar a todos ellos que se retiren de sus puestos, y los ayudantes de dicho juez deben situarlos nuevamente en sus puestos respectivos en la línea de reunión. Después de haber adoptado su posición plena y definitiva de partida, solamente se le permite iniciar su movimiento de salida después de la detonación de la pistola o aparato de salida aprobado. Si, a juicio del juez de salida, incumple hacerlo así, será considerada salida nula. También se considerará salida nula si a juicio del juez de salidas: 1 El atleta incumple las órdenes de "¡a sus puestos!" o "¡listos!", según sea el caso, después de un tiempo razonable. 2 Un atleta después de la orden de "¡a sus puestos!", molesta a los otros atletas en la carrera, haciendo ruido o de otra manera. Todo participante que haga una salida falsa será advertido. Excepto en las pruebas combinadas, solamente se permitirá una salida falsa por carrera sin la descalificación del atleta o atletas que realizan dicha salida falsa. Todo atleta o atletas que hagan salidas falsas posteriores en la carrera serán descalificados de la misma. El juez de salidas, o cualquier adjunto, en cuya opinión la salida no fue correcta, hará volver a los atletas disparando la pistola. NOTA.- En la práctica, cuando uno o más atletas hacen una salida falsa, otros tienen tendencia a seguirle, y, en teoría, cualquier atleta que lo hace así, también ha efectuado una salida falsa. El juez de salidas deberá advertir solamente al o a los atletas que, en su opinión, fueron responsables de la salida falsa. Podrán ser así más de un atleta los advertidos. Si la salida falsa no es atribuible a ningún atleta, nadie será advertido. ARTICULO 199º. LA CARRERA. La dirección de la carrera se efectuará teniendo el bordillo de la calle interior (carril) a la izquierda. Las calles (carriles) estarán numeradas, siendo la Nº 1 la que tiene el bordillo interior a la izquierda. Cualquier atleta de carreras o de marcha que empuje u obstruya a otro impidiéndole avanzar, se expone a ser descalificado de esa prueba. El juez árbitro tendrá poder para ordenar que la prueba se dispute de nuevo con la exclusión del atleta descalificado o, si se trata de una eliminatoria, podrá permitir a cualquier atleta o atletas seriamente afectados por un empujón o una obstrucción (con excepción del atleta o atletas

descalificados) participar en una posterior ronda de la prueba. Normalmente el atleta afectado deberá haber acabado la prueba con auténtico esfuerzo. Sin tener en cuenta si hubo o no una descalificación, el juez árbitro, en circunstancias excepcionales, tendrá el poder de ordenar que una carrera sea disputada de nuevo si lo considera justo y razonable. PARAGRAFO. Un atleta, después de abandonar voluntariamente la pista, no se le permitirá continuar en la carrera. (ABANDONO DE LA PISTA). ARTICULO 200º. LAS CARRERAS POR CALLES (CARRILES). En todas las carreras por calles, cada atleta debe mantenerse desde la salida hasta la meta en la calle que le fue asignada. Esto se aplicará también a cualquier parte de una carrera que se realice parcialmente por calles. Si el juez árbitro se muestra conforme con el parte de un juez, auxiliar o de otro modo, de que un atleta ha corrido fuera de su calle, deberá ser descalificado. Si un atleta es empujado o forzado por otra persona a correr fuera de su calle y no obtiene ninguna ventaja material no deberá ser descalificado. Si un atleta: Corre fuera de su calle (carril) en la recta y no obtiene ninguna ventaja material, o corre fuera de la línea externa de su calle (carril) en la curva, sin haber obtenido con ello ventaja material y no ha sido obstruido otro corredor, tampoco deberá ser descalificado. En las competiciones o prueba de 800 m. se correrá por calles (carriles) hasta la línea de calle libre marcada después de la primera curva, lugar donde los atletas pueden dejar sus respectivas calles. La línea de calle (carril) libre será una línea curvada de 5 cm. de ancho a través de la pista señalada en cada extremo por un banderín de, al menos, 1,50 m. de altura situado al exterior de la pista. ARTICULO 201º. DESARROLLO DE LAS CARRERAS. Para las carreras de 400 m. o menos, cada atleta tendrá una calle individual en la salida. Las carreras hasta 200 m. inclusive se correrán enteramente por calles (carriles). Las carreras superiores a 200 m. y menores de 800 m. se iniciarán y continuarán en calles (carriles) hasta el final de la 2ª curva. En las carreras de 800 m., a cada atleta se le puede asignar una calle individual en la salida o puede darse una salida en grupos, utilizando preferiblemente las calles 1 y 3. Las carreras de más de 800 m. se correrán sin usar calles, utilizando una línea de salida curvada o salidas en grupo. En los 100 mts, 200mts y 400 mts el atleta debe mantenerse en el carril (calle asignada) NO puede cambiar de carril (calle). ARTICULO 202°. Para iniciar las competencias el atleta debe estar en perfecto estado de sobriedad y presentarse treinta (30) minutos antes de la hora programada en la cámara de llamado. Durante las competencias, los participantes no pueden consumir bebidas alcohólicas y o sustancias psicoactivas; de hacerlo se aplicará lo establecido en el artículo 63 parágrafos 1 y 2 de la carta fundamental. ARTICULO 203°. Para el atletismo de campo, en lo relacionado con los lanzamientos se tendrá en cuenta: Impulsión de la BALA, en las categorías D y E, en la rama femenina el implemento tendrá un peso de 3 Kg. En la rama masculina, en las mismas categorías, tendrá un peso de 5 Kg.

Lanzamiento de la jabalina, en la rama femenina, categorías D y E, el peso del implemento será de 500 g. y en la rama masculina su peso será de 600 g. ARTICULO 204°. Respecto a los intentos se tendrá en cuenta: Si existen más de seis (6) competidores se autorizan cinco (5) intentos. Si existen seis (6) competidores se autorizan (4) intentos.

Atención de Emergencias y Lesiones: La organización ofrece un servicio de apoyo médico acorde a los parámetros establecidos por las autoridades competentes; De acuerdo con ello, cualquier incidente será valorado por el apoyo médico presente según los parámetros legales. Cualquier caso se remitirá a la respectiva A.R.L.

EXITOS EN SUS COMPETENCIAS DEPORTIVAS OPERADOR TÉCNICO Lic. LUIS ENRIQUE GARZÓN DÍAZ Liga de Atletismo de Bogotá. [email protected] 3106669806

GRUPO OPERATIVO CIRCUITO 3 [email protected]

COORDINADORA LUISA FERNANDA MOLINA MAESTRE CEL. 315 802 45 51

GESTORES DE BIENESTAR MARÍA DEL PILAR RICO RODRÍGUEZ CEL. 310 247 52 63 NÉSTOR AUGUSTO MAHECHA FONSECA CEL. 314 308 57 74 FABIÁN ARTURO ARIAS CASTRO CEL. 313 386 31 29

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