Boletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 61 Viernes, 28 de marzo de 2014 Pág. 19991 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍ

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I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2014, de la Dirección General de Relaciones Institucionales y Acción Exterior, por la que se ordena la publicación íntegra en el «Boletín Oficial de Castilla y León» del acuerdo denominado: «Convenio de Cooperación Educativa entre la Comunidad de Castilla y León (Consejería de Educación) y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT) para la realización de un programa de Formación Dual para alumnos que cursan enseñanzas de Formación Profesional». En virtud del Decreto 66/2013, de 17 de octubre, por el que se regula el Registro General Electrónico de Convenios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Dirección General ordena la publicación íntegra del acuerdo denominado: CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN (CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN) Y EL CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS (CIEMAT) PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL PARA ALUMNOS QUE CURSAN ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, (N.º 2013/1/35), que figura como Anexo a esta resolución. Valladolid, 17 de marzo de 2014. La Directora General, Fdo.: María de Diego Durántez

CONVENIO DE COOPERACIÓN EDUCATIVA ENTRE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN (CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN) Y EL CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS (CIEMAT) PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL PARA ALUMNOS QUE CURSAN ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL En Soria, a 29 de noviembre de 2013. REUNIDOS De una parte, en representación de la Comunidad de Castilla y León, el Excmo. Sr. D. Juan José Mateos Otero, Consejero de Educación de la Junta de Castilla y León, nombrado por Acuerdo 9/2011, de 27 de junio, de su Presidente, en ejercicio de la competencia referida en el artículo 26.1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

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Y de otra parte: De otra, D. Cayetano López Martínez, Director General del CENTRO DE INVESTIGACIONES ENERGÉTICAS, MEDIOAMBIENTALES Y TECNOLÓGICAS (en adelante CIEMAT), con CIF Q2820002-J y sede en Madrid, Avenida Complutense n.º 40, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 69/2010, de 29 de enero («B.O.E.» núm. 26, de 30 de enero), en nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le son atribuidas por el Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre («B.O.E.» n.º 289 de 2 de diciembre). Ambas partes se reconocen, en el concepto en que respectivamente intervienen, la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio y, a tal efecto, EXPONEN El presente convenio se suscribe por la Comunidad de Castilla y León con arreglo a sus competencias de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades atribuidas por el artículo 73.1 de su Estatuto de Autonomía. Estas competencias son ejercidas, en el ámbito de la Administración Autonómica, por la Consejería de Educación de acuerdo con el Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece su estructura orgánica. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Con este fin se crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, en cuyo marco se orientarán las acciones formativas programadas y desarrolladas en coordinación con las políticas activas de empleo y de fomento de la libre circulación de trabajadores. La Ley define la formación profesional como un conjunto de acciones formativas que capaciten para el desempeño cualificado de las distintas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica, e incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores así como las acciones orientadas a la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales. El Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación dual, establece que los Centros autorizados para impartir Formación Profesional podrán impartir Formación Profesional Dual con un contenido formativo vinculado a la actividad empresarial de su entorno productivo. Es este sentido y en tanto se desarrolla esta norma, se considera adecuado realizar algunas experiencias piloto que mejoren la calidad de las enseñanzas de Formación Profesional y la empleabilidad de la población en edad activa, reforzando el vínculo entre la formación profesional y las empresas tal y como se recoge entre los objetivos estratégicos del Plan de Formación Profesional de Castilla y León 2012/2015. La Comunidad de Castilla y León quiere mejorar las cualificaciones profesionales de los alumnos que cursan las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo adecuándolas a las realidades del proceso productivo del entorno empresarial más próximo, mejorando así la empleabilidad de los mismos. El Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (en adelante CIEMAT), Organismo Público de Investigación adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, está focalizado principalmente en los ámbitos de la energía y el medio ambiente y los campos tecnológicos relacionados con ambos. Ocupa una posición intermedia en la CV: BOCYL-D-28032014-4

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cadena que va desde la creación de conocimiento básico a la aplicación industrial, de forma que su ámbito de actividad busca siempre servir de puente entre la l+D+i y los objetivos de interés social. Una parcela en el trabajo del CIEMAT son las energías renovables, área en la que España ocupa una posición destacada internacionalmente, y para cuyo desarrollo, fomento e investigación, el Organismo cuenta desde hace ya veinticinco años con el Centro de Desarrollo de Energías Renovables (en adelante CEDER), situado en la Comunidad Autónoma de Castilla y León a escasos kilómetros de Soria capital. Así, el CIEMAT, a través de su Centro en Soria, pretende colaborar en la consecución de los objetivos señalados por la Comunidad de Castilla y León, a través de la cooperación con la administración educativa, en la formación de los jóvenes que han de desarrollar su posterior actividad laboral en el tejido productivo de la Región. La Comunidad de Castilla y León y el CIEMAT, dada la coincidencia de intereses, están de acuerdo en instrumentar la colaboración que resulte necesaria para mejorar la formación profesional de los jóvenes de Castilla y León, realizando actuaciones conjuntas que permitan incrementar el número de alumnos que cursan estas enseñanzas, con el fin de promover una mejor inserción laboral de los jóvenes, adecuar mejor la oferta formativa a la demanda del mercado laboral y potenciar la autonomía de las personas mediante el desarrollo de capacidades a lo largo de su vida. De acuerdo con la normativa referida y con el objeto de hacer confluir estos dos objetivos se pretende desarrollar, con alumnos de segundo curso de Ciclos Formativos de Grado Superior del CIFP Pico Frentes, un programa que contemple al mismo tiempo un periodo de formación en el aula y la estancia de los alumnos en la empresa. Por las razones expuestas, y en orden a garantizar el eficaz desarrollo de este programa de colaboración, ambas partes formalizan el presente acuerdo, adquiriendo en sus respectivos ámbitos los compromisos que se exponen en las siguientes CLÁUSULAS Primera.– El objeto de este convenio es el establecimiento de los mecanismos de colaboración entre la Comunidad de Castilla y León (Consejería de Educación) y el CIEMAT para organizar y desarrollar conjuntamente un programa destinado a establecer un plan de formación hasta el 30 de junio de 2015, dirigido a 4 alumnos que cursan el 2.º curso del Ciclo Formativos de Grado Superior de Formación Profesional Mantenimiento de Equipos Industriales» y 2 alumnos que cursan el 2.º curso del Ciclo Formativo de Grado Superior de Formación Profesional de «Automoción». Segunda.– La Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León, se compromete a: 1.º– Elaborar, mediante los profesores que impartan clase en el centro educativo y conjuntamente con los responsables de la formación en la empresa, el plan de formación. Dicho plan contemplará los contenidos considerados como mínimo establecidos en el Real Decreto que establece el título, así como el resto de contenidos adicionales establecidos en el currículo autonómico, que no tienen dicha calificación. 2.º– Establecer en el citado plan de formación los procedimientos de coordinación, seguimiento y evaluación del mismo. Este plan de formación se adjunta como Anexo I a este convenio, e incluye los datos esenciales del programa: duración, número de alumnos participantes, distribución de periodos y horarios entre la empresa y el centro educativo. CV: BOCYL-D-28032014-4

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3.º– El tutor del grupo al que pertenecen los alumnos participantes, ejercerá también las funciones de profesor tutor del programa, ejerciendo para ello las tareas de: – Coordinación con todos los profesores implicados así como con el tutor de la empresa. – Atención a los alumnos participantes para resolver cualquier tipo de incidencia que surja. 4.º– Tener en cuenta, para la evaluación y calificación de los módulos profesionales, por parte de los profesores del centro educativo, últimos responsables de la evaluación, las aportaciones de los formadores de la empresa, mediante un procedimiento establecido conjuntamente. 4.º– Participar junto con la empresa en la selección de los alumnos que voluntariamente hayan solicitado participar en el programa y aceptado sus condiciones. 5.º– Realizar un seguro que cubra la responsabilidad civil que pudiera derivarse del desarrollo de este proyecto. 6.º– Prestar a través del CIFP Pico Frentes información y orientación sobre cualquier aspecto referido al contenido de este convenio a los estudiantes, y en caso de ser menores de edad a los tutores legales. 7.º– Comunicar el desarrollo del programa a la Inspección de trabajo. 8.º– Expedir el correspondiente título a los alumnos que superen el plan de formación y reúnan los requisitos establecidos en la normativa vigente. Tercera.– El CIEMAT por su parte se compromete a: 1.º– Asumir el plan de formación establecido conjuntamente con el centro educativo sin introducir cambios unilaterales y respetar la duración total del Ciclo Formativo determinada en el Real Decreto que establece el título. 2.º– Designar, entre su plantilla, una persona que ejerza la tutoría de la formación en la empresa con la cualificación o experiencia profesional adecuada. La persona que ejerza la tutoría en la empresa será responsable del seguimiento del plan de formación y de la comunicación con el centro; además, deberá elaborar, al finalizar la actividad del alumno en la empresa, un informe sobre el desempeño de las actividades formativas realizadas. 3.º– Participar junto con la Consejería en la selección de los alumnos que voluntariamente hayan solicitado participar en el programa, estableciendo criterios de selección objetivos, públicos y acordes con la actividad de la empresa, sin discriminación por razón de sexo, creencia o ideología. 4.º– Conceder al alumno del programa, durante el período que reciba formación en la empresa, una beca que financiará en su totalidad. La cuantía de la beca ascenderá a 300 euros mensuales. 5.º– Dar de alta a los alumnos, durante su estancia en la empresa, en el Régimen General de la Seguridad Social como becarios.

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6.º– Desarrollar en sus instalaciones las actividades programadas conforme al plan formativo. Dichas actividades estarán sujetas al régimen y horario que la empresa determine, bajo la supervisión del tutor, por aquella designado, que velará por el correcto desarrollo del programa. Cualquier incidencia respecto al cumplimiento de las obligaciones del alumno dentro de la empresa, se comunicará al centro educativo en el plazo más breve posible, a fin de acordar con el tutor del centro las medidas correctoras más convenientes. Cuarta.– Para dar cumplimiento de lo acordado y realizar el seguimiento y evaluación del presente convenio así como para la resolución de las dudas que se deriven de su interpretación y aplicación, se constituirá una comisión de seguimiento integrada por dos representantes de la Consejería de Educación y dos representantes designados por la Empresa. Esta Comisión se reunirá siempre que lo solicite una de las partes. Quinta.– El presente convenio surtirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá vigencia para dos cursos académicos del programa, fijándose como fecha de finalización el 30 de junio de 2015. Por acuerdo expreso de las partes la vigencia del convenio podrá prorrogarse para cursos académicos posteriores al 2014/2015. Sexta.– Será causa de resolución de este convenio cualquiera de las siguientes: a) El mutuo acuerdo de las partes. b) La denuncia por escrito de alguna de las partes formulada con una antelación mínima de tres días a la fecha de su vencimiento. En este caso, la eficacia del convenio se extinguirá al finalizar las actividades programadas. Séptima.– La publicidad que se realice del presente convenio, así como las publicaciones, comunicaciones o documentos relativos a actividades realizadas en el marco del mismo, incluirán la referencia a la colaboración de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León y el CIEMAT y serán respetuosas con la imagen de las instituciones comprometidas. En todas las actividades que se realicen en virtud de este convenio figurarán los respectivos logotipos. Octava.– La naturaleza jurídica de este convenio es administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que no sean objeto de conciliación entre las partes, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con sede en la Comunidad de Castilla y León. Y, para que así conste, las partes firman el presente convenio, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. Por la Consejería de Educación El Consejero de Educación, Fdo.: Juan José Mateos Otero Por el CIEMAT El Director General, Fdo.: Cayetano López Martínez CV: BOCYL-D-28032014-4

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ANEXO I. PLAN DE FORMACIÓN PROGRAMA FORMATIVO-FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL «PICO FRENTES» CENTRO DE DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES (CEDER-CIEMAT) I. Familia Profesional: MANTENIMIENTO Y SERVICIOS A LA PRODUCCIÓN Ciclo Formativo de Grado Superior: MANTENIMIENTO DE EQUIPO INDUSTRIAL II. Familia Profesional: MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOPROPULSADOS Ciclo Formativo de Grado Superior: AUTOMOCIÓN

I. Familia Profesional: MANTENIMIENTO Y SERVICIOS A LA PRODUCCIÓN Ciclo Formativo de Grado Superior: MANTENIMIENTO DE EQUIPO INDUSTRIAL 1. INTRODUCCIÓN. El Centro de Desarrollo de Energías Renovables cuenta en sus instalaciones con más de 13.000 m2 de edificaciones ocupadas por laboratorios, servicios administrativos y generales, naves de plantas piloto y almacenes. Este conjunto de instalaciones tecnológicas avanzadas, todas ellas dotadas de los equipos e instrumental adecuado, están destinadas a la realización de actividades de investigación aplicada en energías renovables. La disponibilidad de instalaciones a escala semiindustrial para la realización de ensayos y la ejecución de proyectos y servicios técnicos a empresas, permiten ofertar una variedad de procesos e instalaciones relacionadas con el Ciclo Formativo de Grado Superior «MANTENIMIENTO DE EQUIPO INDUSTRIAL» para la correcta formación de los alumnos. Estas instalaciones reúnen las condiciones de habitabilidad y de seguridad que se señalan en la legislación vigente, permitiendo acoger el número de estudiantes que participan en el programa. El CEDER se compromete a informar a la representación legal de los trabajadores sobre los acuerdos y convenios suscritos al amparo del programa, además de a designar uno o varios tutores con la cualificación o experiencia profesional adecuada, que serán responsables del seguimiento del programa formativo, así como de la elaboración de un informe final de evaluación sobre el desempeño de la actividad del alumnado en el Centro. 2. ALUMNOS PARTICIPANTES. Los alumnos que han sido seleccionados para participar en el programa son: – Estiven Arias Marín, NIF: 72899221P – Jorge Asensio Calvo, NIF: 72888304Q – Andrés Lizama Caballero, NIF: 18441747W

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3. PROGRAMA. El programa a desarrollar en el Centro de Desarrollo de Energías Renovables incluye las actividades previstas en la programación del segundo trimestre del curso, que implica a los siguientes módulos, bloques y unidades: MÓDULO: PROCESOS Y GESTIÓN DEL MANTENIMIENTO. Tutor en el CEDER: Mariano Martín Martínez, responsable de obras e infraestructuras. Horas: A lo largo del trimestre, en jornada de lunes a viernes, en horario de 07:45 a 15:15, este módulo implicará una dedicación al período de formación durante la estancia del alumno en el CEDER del 25% de su tiempo. Actividades: – BLOQUE 1: CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL MANTENIMIENTO:

UD3. Optimización de la gestión económica del mantenimiento.

– BLOQUE 2: PARTICULARIDADES DEL MANTENIMIENTO:

UD4. Almacén y material de mantenimiento.



UD5. Calidad del mantenimiento.



UD6. Mantenimiento energético y ambiental.



El programa de formación en el CEDER se abordará mediante las siguientes actividades: - Analizar la documentación técnica de maquinaria, equipos industriales e instalaciones auxiliares, identificando componentes y operaciones necesarias para planificar el proceso de mantenimiento. - Colaborar en la elaboración de procedimientos de intervención del mantenimiento y reparación de máquinas. - Aplicar técnicas de programación para la elaboración de los programas de intervención y seguimiento del mantenimiento. - Colaborar en la elaboración de procedimientos de fabricación de piezas mecánicas para la reconstrucción de elementos deteriorados, determinando operaciones, materiales, medios y control de las piezas ejecutadas. - Determinar los costes del mantenimiento de las máquinas.

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- Elaborar el catálogo de repuestos de las máquinas, estableciendo las especificaciones técnicas y las condiciones de almacenaje, incluyendo la programación y la gestión de los suministros y su almacenamiento. - Analizar las normas de seguridad existentes en los procesos de mantenimiento de máquinas, para determinar los criterios y directrices de aplicación, garantizando el cumplimiento de las normas de seguridad. MÓDULO: CALIDAD EN EL MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS E INSTALACIONES. Tutor en el CEDER: Jaime Ortiz Gutiérrez, responsable del gabinete de apoyo. Horas: A lo largo del trimestre, en jornada de lunes a viernes, en horario de 07:45 a 15:15, este módulo implicará una dedicación al período de formación durante la estancia del alumno en el CEDER del 25% de su tiempo. Actividades: - BLOQUE 3:

UT 3: Gestión de calidad.



UT 4: Sistemas de gestión de calidad.



El programa de formación en el CEDER se abordará mediante las siguientes actividades: - Evaluar la calidad en la ejecución del mantenimiento y montaje de equipos en el CEDER, relacionándolo con la política de calidad establecida. - Analizar los diferentes documentos del Sistema de Gestión de la Calidad y realizar una auditoría del sistema.

MÓDULO: MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS AUTOMÁTICOS DE PRODUCCIÓN. Tutor en el CEDER: Ricardo Escalada, técnico de la unidad de procesos de conversión térmica. Horas: A lo largo del trimestre, en jornada de lunes a viernes, en horario de 07:45 a 15:15, este módulo implicará una dedicación al período de formación durante la estancia del alumno en el CEDER del 15% de su tiempo. Actividades: – BLOQUE 2:

U. T. 7 Automatización de un alimentador por gravedad con almacén vertical.



U. T. 8 Automatización de cinta transportadora lineal.



U. T. 9 Automatización de estación de manipulación electroneumática.



U. T. 10 Automatización de estación de mecanizado.

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El programa de formación en el CEDER se abordará mediante las siguientes actividades: - Conocer la estructura de los alimentadores por gravedad y de las cintas transportadoras, así como la de sus distintos componentes, identificando elementos, conexiones, alimentación, programación y operaciones de mantenimiento. - Revisar y analizar los programas de control de sistemas automáticos programables existentes en el CEDER. - Colaborar en la configuración de sistemas para automatizar procesos integrando distintas tecnologías (neumática, mecánica, eléctrica, hidráulica,...).

MÓDULO: PROYECTOS DE MODIFICACIÓN DE EQUIPO INDUSTRIAL. Tutor en el CEDER: Jaime Ortiz Gutiérrez, responsable del gabinete de apoyo. Horas: A lo largo del trimestre, en jornada de lunes a viernes, en horario de 07:45 a 15:15, este módulo implicará una dedicación al período de formación durante la estancia del alumno en el CEDER del 35% de su tiempo. Actividades: - BLOQUE 3: DESARROLLO DE PROYECTOS DE MODIFICACIÓN DE MAQUINARIA:

U. T.5. Proyecto de modificación de maquinaria.



U. T.6. lnstrucciones de uso y mantenimiento de la máquina modificada. Sistema de adquisición de datos.



El programa de formación en el CEDER se abordará mediante las siguientes actividades: - Planificar el desarrollo de proyectos de modificación de maquinaria y de implantación de los equipos e instalaciones experimentales del CEDER, analizando programa de necesidades, normas y reglamentos de aplicación y las instrucciones generales correspondientes, realizando el acopio de la información técnica necesaria para su desarrollo y estableciendo fases y procesos que se deben seguir. - Proponer soluciones adecuadas de instalaciones, ensamblado y montaje de equipos para lograr las condiciones de funcionalidad y prestaciones establecidas en las especificaciones. - Dibujar en el soporte adecuado los planos de conjunto y de detalle que componen la documentación gráfica de un proyecto de implantación de maquinaria y equipos. - Determinar y elaborar la documentación técnica del proyecto de modificación de maquinaria, montaje y mantenimiento del equipo industrial.

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4. COORDINACIÓN ENTRE EL CENTRO EDUCATIVO Y EL CENTRO DE DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES. Quincenalmente, los profesores-tutores del centro educativo y del CEDER realizarán un seguimiento del programa resolviendo los problemas técnicos o personales que pudieran plantearse. Estas reuniones de coordinación se realizarán alternativamente en ambos Centros. 5. EVALUACIÓN. La evaluación del alumnado se realizará por el profesorado adscrito a los módulos del ciclo formativo en el centro educativo, teniendo en cuenta los resultados de las actividades desarrolladas por el alumnado y de las aportaciones realizadas por el tutor de la empresa. La evaluación estará coordinada por el tutor del centro educativo. La evaluación de las actividades desarrolladas en el CEDER se recogerán en un documento en el que cada tutor realizará una valoración global sobre la adquisición de las capacidades terminales o resultados de aprendizaje recogidos en el proyecto. Este informe firmado por el tutor de la empresa será visado por el tutor del centro educativo.

II. Familia Profesional: MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOPROPULSADOS Ciclo Formativo de Grado Superior: AUTOMOCIÓN 1. INTRODUCCIÓN. El Centro de Desarrollo de Energías Renovables cuenta en sus instalaciones de Lubia con una flota de vehículos autopropulsados compuesta por tres vehículos tipo berlina, tres furgonetas de carga, una camioneta, dos todoterreno, dos tractores, carretillas, plataformas elevadoras, cuatro vehículos automóviles eléctricos y seis bicicletas eléctricas. La disponibilidad no solo de los vehículos, sino de instalaciones a escala semiindustrial para la realización de mantenimientos y pequeñas reparaciones, permiten ofertar una variedad de procesos e instalaciones relacionadas con el Ciclo Formativo de Grado Superior «AUTOMOCIÓN» para la correcta formación de los alumnos. Tanto los vehículos como las instalaciones reúnen las condiciones de habitabilidad y de seguridad que se señalan en la legislación vigente, permitiendo acoger el número de estudiantes que participan en el programa. El CEDER se compromete a informar a la representación legal de los trabajadores sobre los acuerdos y convenios suscritos al amparo del programa, además de a designar uno o varios tutores con la cualificación o experiencia profesional adecuada, que serán responsables del seguimiento del programa formativo, así como de la elaboración de un informe final de evaluación sobre el desempeño de la actividad del alumnado en el Centro.

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2. ALUMNOS PARTICIPANTES. Para este programa ha sido seleccionado el siguiente alumno: - Sergio Corredor del Rincón, NIF: 72895138 L. 3. PROGRAMA. El programa a desarrollar en el Centro de Desarrollo de Energías Renovables incluye las siguientes actividades previstas en la programación del segundo trimestre del curso, que implica a los siguientes módulos, bloques y unidades: MÓDULO: SISTEMAS DE TRANSMISIÓN DE FUERZAS Y TRENES DE RODAJE. Tutor en el CEDER: Luis Hernández Callejo, responsable de la unidad de energía inteligente. Horas: A lo largo del trimestre, en jornada de lunes a viernes, en horario de 07:45 a 15:15, este módulo implicará una dedicación al período de formación durante la estancia del alumno en el CEDER del 25% de su tiempo. Actividades: Ut 5. Mantenimiento de/tren de rodaje. Ut 6. Técnicas de reparación: Ut 7. Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental. El programa de formación en el CEDER se abordará mediante actividades orientadas a la puesta a punto de los vehículos eléctricos disponibles en el Centro, incluyendo los aspectos relacionados con sus elementos, sistemas de carga y almacenamiento de energía. MÓDULO: GESTIÓN Y LOGÍSTICA DEL MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS. Tutor en el CEDER: Jaime Ortiz Gutiérrez, responsable del gabinete de apoyo. Horas: A lo largo del trimestre, en jornada de lunes a viernes, en horario de 07:45 a 15:15, este módulo implicará una dedicación al período de formación durante la estancia del alumno en el CEDER del 50% de su tiempo. Actividades: Ut 4: Mantenimiento de grandes flotas. Ut 5: Almacenamiento y control de almacén. Ut 6: Planes y normas de gestión medioambiental. Ut 8: Recepción y programas informáticos. Ut 7: Planes y normas de calidad y gestión ambiental.

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El programa de formación en el CEDER se abordará mediante las siguientes actividades: - Colaborar en la realización y programación de un sistema de mantenimiento de la flota de vehículos del CEDER, que incluya control de incidencias, revisiones periódicas y análisis de costes, así como su integración. - Conocer los procedimientos de compras de suministros y repuestos y colaborar en el desarrollo e implantación de un sistema informatizado de gestión de almacén. - Conocer y colaborar en la mejora del sistema integral de gestión (calidad, medio ambiente y prevención de riesgos laborales). MÓDULO: TÉCNICAS DE COMUNICACIÓN Y RELACIONES. Tutor en el CEDER: Jaime Ortiz Gutiérrez, responsable del gabinete de apoyo. Horas: A lo largo del trimestre, en jornada de lunes a viernes, en horario de 07:45 a 15:15, este módulo implicará una dedicación al período de formación durante la estancia del alumno en el CEDER del 25% de su tiempo. Actividades: Ut 4: Gestión de quejas, reclamaciones y sugerencias. Ut 5: Control de la calidad de los servicios. El programa de formación en el CEDER se abordará mediante las siguientes actividades: - Revisar y analizar los sistemas internos de gestión de quejas, reclamaciones y sugerencias, haciéndolo extensivo al taller de mantenimiento de vehículos del Centro. - Conocer y colaborar en la mejora del sistema integral de gestión (calidad, medio ambiente y prevención de riesgos laborales. 4. COORDINACIÓN ENTRE EL CENTRO EDUCATIVO Y EL CENTRO DE DESARROLLO DE ENERGÍAS RENOVABLES. Quincenalmente, los profesores-tutores del centro educativo y del CEDER realizarán un seguimiento del programa, resolviendo los problemas técnicos o personales que pudieran plantearse. Estas reuniones de coordinación se realizarán alternativamente en ambos Centros. 5. EVALUACIÓN. La evaluación del alumnado se realizará por el profesorado adscrito a los módulos del ciclo formativo en el centro educativo, teniendo en cuenta los resultados de las actividades

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desarrolladas por el alumnado y de las aportaciones realizadas por el tutor de la empresa. La evaluación estará coordinada por el tutor del centro educativo. La evaluación de las actividades desarrolladas en el CEDER se recogerá en un documento en el que cada tutor realizará una valoración global sobre la adquisición de las capacidades terminales o resultados de aprendizaje recogidos en el proyecto. Este informe firmado por el tutor de la empresa será visado por el tutor del centro educativo.

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