BOLETÍN
OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT Edita: Excma. Diputación Provincial - Alicante 26 de noviembre de 2012
Edita: Excma. Diputació Provincial - Alacant 26 de novembre de 2012
Sumario Pág. Núm.
Pág. Núm.
ADMINISTRACIÓN CENTRAL: CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR VALENCIA. -CONCESIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS DEL CAUCE EN EL T.M. DE SANTA POLA (ALICANTE) -AUTORIZACIÓN DE VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES EN EL T.M. DE BENIFALLIM (ALICANTE) -CONCESIÓN DE AGUAS SUPERFICIALES DEL RÍO PENÁGUILA PARTIDA SECANS T.M. DE COCENTAINA (ALICANTE) CON DESTINO A RIEGO CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA MURCIA. -AMPLIACIÓN Y REGULARIZACIÓN PUNTOS CAPTACIÓN AGUAS SUBTERRÁNEAS DE LOS QUE SE ABASTECE EL T.M. DE PINOSO (ALICANTE) SERVICIO DE COSTAS ALICANTE. -INFORMACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE SOLICITUD CONCESIÓN ADMINISTRATIVA OCUPACIÓN TERRENOS DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE CON INSTALACIÓN DE SIETE ÁREAS BIOSALUDABLES -INFORMACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE SOLICITUD CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA OCUPACIÓN DEL DPMT CON INSTALACIONES FIJAS TM TORREVIEJA -INFORMACIÓN PÚBLICA EXPEDIENTE SOLICITUD CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA OCUPACIÓN DEL DPMT CON INSTALACIONES FIJAS TM FINESTRAT SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL. -NOTIFICACIÓN DE INFRACCIONES CON SUSPENSIÓN, REVOCACIÓN O EXTINCIÓN DE PRESTACIONES POR DESEMPLEO
-NOTIFICACIÓN -NOTIFICACIÓN -NOTIFICACIÓN -NOTIFICACIÓN 3 3 3
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RESOLUCIÓN BAJA NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0139 RESOLUCIÓN BAJA NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0127 RESOLUCIÓN BAJA NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0196 POR DESCONOCIDOS
DIRECCIÓN TERRITORIAL -NOTIFICACIÓN ACUERDO HIGI/07TA12/852 -NOTIFICACIÓN ACUERDO HIGI/07TA12/779 -NOTIFICACIÓN ACUERDO HIGI/07TA12/902 -NOTIFICACIÓN ACUERDO HIGI/07TA12/941
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DE SANIDAD. INICIACIÓN EXPEDIENTE 11 INICIACIÓN EXPEDIENTE 11 INICIACIÓN EXPEDIENTE 11 INICIACIÓN EXPEDIENTE 12
SERVICIO TERRITORIAL DE ENERGÍA . -INFORMACIÓN PÚBLICA L.E. 220 KV, DC TORREMENDO-ST SAN MIGUEL DE SALINAS -INFORMACION PÚBLICA DE AUT. ADMINISTRATIVA Y APROBACION PROYECTO DE EJECUCION SOTERRAMIENTO TRAMO L.A.A.T. 66 KV EXPTE. ATLIRE/2012/46/03
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4 4
SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA ALICANTE. -NOTIFICACIÓN REQUERIMIENTO APORTACIÓN DOCUMENTACIÓN -NOTIFICACIÓN TRÁMITE DE AUDIENCIA -NOTIFICACIÓN TRÁMITE DE AUDIENCIA
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ADMINISTRACIÓN LOCAL:
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AYUNTAMIENTO ALGORFA. -APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 04/2012 CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
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AYUNTAMIENTO ALTEA. -EMPLAZAMIENTO INTERESADOS EN EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 000547/2012 INTERPUESTO CONTRA AYUNTAMIENTO
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ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:
AYUNTAMIENTO BENITACHELL. -ALTERACIÓN JURÍDICA CAMINO CATASTRAL 9009
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DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y AGUA. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN BAJA NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0223
AYUNTAMIENTO EL CAMPELLO. -APROBACIÓN CADUCIDAD AUTORIZACIONES PARA EL USO DE CADA UNO DE LOS HUERTOS URBANOS CONCEDIDOS
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SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO COMUNIDAD VALENCIANA ALICANTE. -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES -NOTIFICACIONES PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES -NOTIFICACIONES ACUERDOS DE INICIACIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES -NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES
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Sumario Pág. Núm. AYUNTAMIENTO CASTALLA. -RENUNCIA DELEGACIONES Y ÓRGANOS DE GOBIERNO -RENUNCIA DELEGACIONES Y ÓRGANOS DE GOBIERNO AYUNTAMIENTO ELCHE. -BASES SUBVENCIONES MANTENIMIENTO CONDICIONES SEGURIDAD, SALUBRIDAD Y ORNATO PÚBLICO EDIFICIOS INTEGRADOS ÁREAS DE RENOVACIÓN URBANA
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AYUNTAMIENTO FINESTRAT. -NOTIFICACIÓN DE CARÁCTER COLECTIVO EN EXPEDIENTES DE RESTAURACIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA
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AYUNTAMIENTO FORMENTERA DEL SEGURA. -NOTIFICACIÓN LIMPIEZA SOLAR -NOTIFICACIÓN LIMPIEZA SOLAR
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AYUNTAMIENTO GORGA. -APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL DE LAS TASAS DE RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
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AYUNTAMIENTO GUARDAMAR DEL SEGURA. -APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN PUNTUAL 11 DEL PGOU
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AYUNTAMIENTO HONDÓN DE LAS NIEVES. -APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS -APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS -APROBACIÓN INICIAL ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA DE BUZONES CONCENTRADOS DOMICILIARIOS -APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LICENCIAS AMBIENTALES Y COMUNICACIONES AMBIENTALES -APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Pág. Núm. -NOTIFICACIÓN INTERESADO -DECRETO Nº 1830 SOBRE REVOCACIÓN DE VARIAS DELEGACIONES Y NUEVOS NOMBRAMIENTOS GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE. -NOTIFICACIÓN DECRETO INCOACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR SIMPLIFICADO -NOTIFICACIÓN MULTA COERCITIVA Nº 1 OBRAS REALIZADAS SIN LICENCIA DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE. -CONOCATORIA BECA DE FORMACIÓN CON DESTINO AL DEPARTAMENTO DE INTERVENCIÓN
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ALICANTE. -PROCEDIMIENTO 566/12 CITACIÓN -PROCEDIMIENTO 302/11 RESOLUCIÓN -PROCEDIMIENTO 598/11 CITACIÓN
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ALICANTE. -EJECUCIÓN 203/12 AUTO Y DECRETO -EJECUCIÓN 171/12 AUTO Y DECRETO -EJECUCIÓN 49/12 AUTO Y DECRETO -PROCEDIMIENTO 305/12 DECRETO
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO ALICANTE. -PROCEDIMIENTO 640/12 CITACIÓN
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO ALICANTE. -EJECUCIÓN 87/12 AUTO Y DECRETO -EJECUCIÓN 248/12 DECRETO
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AYUNTAMIENTO MONFORTE DEL CID. -NOTIFICACIÓN SANCIÓN INFRACCIÓN URBANÍSTICA
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEIS ALICANTE. -AUTOS 24/11 SENTENCIA -AUTOS 1067/10 SENTENCIA -AUTOS 1050/10 SENTENCIA -AUTOS 445/12 SENTENCIA -AUTOS 464/12 SENTENCIA -AUTOS 1078/10 SENTENCIA -AUTOS 1084/10 SENTENCIA -EJECUCIÓN 196/12 AUTO -EJECUCIÓN 239/12 AUTO -EJECUCIÓN 358/09 DECRETO -EJECUCIÓN 221/12 AUTO -EJECUCIÓN 241/12 AUTO -AUTOS 690/10 CITACIÓN
AYUNTAMIENTO LOS MONTESINOS. -NOTIFICACIÓN PERSONAL POR DOMICILIO DESCONOCIDO
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM. -EJECUTORIA 283/12 DECRETO
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AYUNTAMIENTO NOVELDA. -EXPOSICIÓN PÚBLICA CUENTAS GENERALES EJERCICIOS 2003 A 2011
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AYUNTAMIENTO LA NUCÍA. -NOTIFICACIÓN OBRAS EN EJECUCIÓN SIN LICENCIA EXPEDIENTES 349, 365 Y 372/2012
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE. -EJECUCIÓN 191/12 RESOLUCIONES -PROCEDIMIENTOS 1136/11, 44/11 Y 314/11 CITACIONES -PROCEDIMIENTOS 279/12 Y 293/12 CITACIONES -PROCEDIMIENTOS 912/12 Y 927/12 CITACIONES
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE. -EJECUCIÓN 582/11 AUTO -EJECUCIÓN 250/12 AUTO -EJECUCIÓN 151/12 AUTO -EJECUCIÓN 256/12 AUTO
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO MURCIA. -PROCEDIMIENTO 658/12 RESOLUCIÓN
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO BENIDORM. -EXPEDIENTE DE DOMINIO 2082/11 EXCESO DE CABIDA
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO IBI. -JUICIO VERBAL 979/09 RESOLUCIÓN
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AYUNTAMIENTO IBI. -APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA I.B.I.
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AYUNTAMIENTO JÁVEA. -NOTIFICACIÓN EMPLAZAMIENTO RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ORDINARIO Nº 321/2012 -DELEGACIÓN ESPECIAL CONCEJAL -APROBACIÓN BASES CONVOCATORIA SUBVENCIONES PARA DEPORTISTAS LOCALES PARA 2012
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AYUNTAMIENTO REDOVÁN. -APROBACIÓN PADRÓN 4º BIMESTRE TASA SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO
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AYUNTAMIENTO ROJALES. -NOTIFICACIÓN ARCHIVO EXPEDIENTE DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO -NOTIFICACIONES APERTURAS DE ESTABLECIMIENTOS
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AYUNTAMIENTO SAX. -INFORMACIÓN PÚBLICA ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA PROYECTO CONSTRUCCIÓN VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA EN POLÍGONO 13 PARCELA 77
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AYUNTAMIENTO TEULADA. -APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 18 DE ORDENACIÓN ESTRUCTURAL DEL PLAN GENERAL DE TEULADA
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AYUNTAMIENTO EL VERGER. -NOTIFICACIÓN PROVIDENCIA VEHÍCULO ABANDONADO
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JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES BENIDORM. -JUICIO DE FALTAS 238/12 SENTENCIA -JUICIO DE FALTAS 128/12 SENTENCIA -JUICIO DE FALTAS 331/12 SENTENCIA -JUICIO DE FALTAS 182/12 SENTENCIA
AYUNTAMIENTO VILLENA. -AVOCACIÓN TEMPORAL PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES
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JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO BENIDORM. -JUICIO DE FALTAS 307/12 SENTENCIA
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ADMINISTRACIÓN CENTRAL - VOLUMEN ANUAL: 8.735 m3/año. - MUNICIPIO DEL VERTIDO: BENIFALLIM (ALICAN-
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR VALENCIA TE). NOTA ANUNCIO DE CARACTERÍSTICAS La S.A.T. nº 2125 Virgen del Loreto ha solicitado la inscripción en el Registro de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar, en base a la DT 1ª . 1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio, de un aprovechamiento con las siguientes características EXPEDIENTE: 2012RI0001 PETICIONARIO: S.A.T. Nº 2.125 VIRGEN DE LORETO TÉRMINO DE LA TOMA: Santa Pola PROVINCIA DE LA TOMA: Alicante TOMA: E.D.A.R. SANTA POLA COORDENADAS: X:713391 Y: 4232969 USO DEL AGUA: Riego VOLUMEN MÁXIMO ANUAL (m3/año): 1.682.280 SUPERFICIE REGABLE (Ha): 345,41 TITULO DE DERECHO: Cesión de aguas residuales procedentes del Alcantarillado del Municipio al Grupo Sindical de Colonización nº 10013, con destino a riegos otorgada en Pleno del Ayuntamiento de Santa Pola en sesión celebrada el 26-10-1968 en base al Art. 13 de la Ley de Aguas de 13 de Junio de 1879, con aclaración específica de la competencia del Ayuntamiento para su concesión por Real Orden de 2 de Agosto de 1883 De conformidad con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R. D. Legislativo 1/2001 de 20 de Julio) y en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de Abril de 1986, se abre información pública sobre dicha petición por un plazo de UN MES, contado desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante dicho plazo podrá ser examinada en esta Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, nº 48 de Valencia), la documentación aportada al expediente, así como formular las reclamaciones que se estimen pertinentes. Los escritos de reclamación podrán presentarse en el Registro de la Confederación Hidrográfica, o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Valencia 16 de octubre de 2012 EL SECRETARIO GENERAL Fdo: Carlos Fernández Gonzalo *1221245*
- COORDENADAS U.T.M. DEL PUNTO DE VERTIDO: X: 725.899; Y: 4.283.038. HUSO: 30 (ED50). - TRATAMIENTO DE DEPURACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES: - Pretratamiento mediante desbaste. - Tratamiento secundario mediante fangos activados. - Tratamiento más riguroso consistente en nitrificacióndesnitrificación. Lo que se hace público en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 248.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986 y modificado por el R.D. 606/2003 de 23 de mayo, a fin de que, en el plazo de TREINTA DÍAS contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, quienes se consideren afectados presenten las oportunas alegaciones en el Registro de la Confederación Hidrográfica del Júcar (Avda. Blasco Ibáñez, 48-46010 VALENCIA), donde se halla de manifiesto el expediente de referencia, o por cualquier otro medio admitido por las disposiciones vigentes. Valencia, 16 de octubre de 2012. EL SECRETARIO GENERAL. Fdo: Carlos Fernández Gonzalo. *1221246*
ANUNCIO En el expediente instado por COMBUSTIBLES SERVICIOS AUTOMÓVIL ALCOY S.L. sobre concesión de aguas superficiales a derivar del cauce del río Penáguila, en la partida SECANS, en el término municipal de Cocentaina (Alicante), con un volumen máximo anual de 9.770 m³/año y un caudal máximo instantáneo de 3,98 l/seg., con destino a riego por goteo de 8,85 Has, sitas en el término municipal de Cocentaina (Alicante), se ha resuelto favorablemente con arreglo a las condiciones impuestas por esta Confederación Hidrográfica del Júcar, autorizando dicha legalización en el expediente referencia 2003CR0019. Lo que por orden de su Presidencia se hace público en cumplimiento de las disposiciones vigentes. Valencia, 16 de octubre de 2012. JEFE DEL ÁREA DE GESTIÓN DEL D.P.H. JOSÉ ANTONIO SORIA VIDAL.
ANUNCIO ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE VERTIDO DE AGUAS RESIDUALES. EL AYUNTAMIENTO DE BENIFALLIM solicita de la Confederación Hidrográfica del Júcar autorización para verter aguas residuales, procedentes del SANEAMIENTO DE LA POBLACIÓN con las siguientes características: - REFERENCIA DEL EXPEDIENTE: 1974VS0041. - TITULAR: AYUNTAMIENTO DE BENIFALLIM. - DESTINO DEL VERTIDO: Aguas subterráneas. - TIPO DE VERTIDO: Indirecto. - MEDIO RECEPTOR: BARRANCO DE LA MARRA. - NATURALEZA DEL VERTIDO: Aguas residuales urbanas. - UNIDAD HIDROGEOLÓGICA: 8.44 BARRANCONESCARRASQUETA. - HABITANTES EQUIVALENTES: 375 - CAUDAL DIARIO MÁXIMO DE AGUAS RESIDUALES: 9,375 m3/h. - CAUDAL DIARIO MEDIO DE AGUAS RESIDUALES: 24 m3/día.
*1222167*
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL SEGURA MURCIA ANUNCIO En este Organismo se tramita el expediente de solicitud del Ayuntamiento de Pinoso (Alicante), de regularización y concesión de un volumen total de 859.300 m3/año de los pozos Raspay IV y Paredón 2. La ampliación y regularización de puntos de captación de aguas subterráneas de los que se abastece el término municipal de Pinoso (Alicante) con cargo a la cuenca del Segura comprendería un volumen total de 859.300 m3/año y consistiría en el paso a concesión de la autorización provisional del sondeo Raspay IV, con un volumen de 719.478 m3/ año; y el otorgamiento de una nueva concesión para el aprovechamiento compuesto por el sondeo Paredón 2, con un volumen de 139.822 m3/año.
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Al ser preceptivo en la tramitación del expediente realizar un periodo de información pública (sin competencia de proyectos, al tratarse de una concesión de agua para abastecimiento, según se indica en el art. 122 del Reglamento de D.P.H.), se abre dicho periodo por un plazo de UN MES contado a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, a fin de que los interesados puedan comparecer y exponer las alegaciones que consideren pertinentes. Las características fundamentales de la petición presentada se exponen a continuación: TITULAR: Ayuntamiento de Pinoso. PARAJE: El Paredón. TÉRMINO MUNICIPAL Y PROVINCIA: Pinoso, Alicante. CORRIENTE O ACUÍFERO: U.H. 07.11.44 SerralSalinas. CLASE Y AFECCIÓN: Abastecimiento. COORDENADAS UTM (ETRS 89) DE LA TOMA: - Sondeo Raspay IV: 668.884; 4.257.718. - Sondeo Paredón 2: 669.215; 4.257.147. VOLUMEN MÁXIMO ANUAL: 859.300 m3 (719.478 m3 procedentes del sondeo Raspay IV y 139.822 m3 procedentes del sondeo Paredón 2). CAUDAL INSTANTÁNEO: 80 l/s (sondeo Raspay IV); 25 l/s (sondeo Paredón 2). Los escritos, citando la referencia, se podrán dirigir a las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Segura, con domicilio en Plaza de Fontes, 1, 30001 Murcia, donde asimismo podrá examinarse, en el Área de Dominio Público Hidráulico, el expediente en horas de oficina. Murcia, 31 de octubre de 2012. EL COMISARIO DE AGUAS. José Carlos González Martínez. *1222126*
SERVICIO DE COSTAS ALICANTE EDICTO INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE EL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA OCUPACIÓN DE TERRENOS DE DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE CON LA INSTALACIÓN DE SIETE ÁREAS BIOSALUDABLES EN LAS PLAYAS DE LOS TT.MM. DE TEULADA, BENISA, ALTEA, ALFAZ DEL PI, BENIDORM, FINESTRAT Y ELCHE (ALICANTE). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 22/1988, de 28 de Julio, de Costas y en el apartado 8 del artículo 146 del Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento para Desarrollo y Ejecución de la citada Ley 22/1988, se somete a informa-ción pública el Proyecto promovido por la Agencia Valenciana de Turismo, de la Consellería de Turismo, de la Generalitat Valenciana. . El Proyecto estará a disposición del público durante un plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, pudiendo ser examinado en las oficinas de este Servicio Provincial de Costas en Alicante, Plaza de la Montañeta, 9, en horario hábil de Lunes a Viernes, de 9.00 a 14.00 horas, y en las dependencias de los Ayuntamientos citados, plazo durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas. En virtud de lo establecido en el artículo 74.3, apartado segundo, en su redacción dada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, si durante el trámite de información pública se presentara nueva solicitud de ocupación del dominio público marítimo terrestre con objeto similar, el procedimiento se tramitará respetando los principios de
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publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva. ALICANTE, 10 de septiembre de 2012. LA JEFA DEL SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS EN ALICANTE. ROSA DE LOS RIOS JIMENO. *1220336*
EDICTO INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE EL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PRESENTADA POR EL AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA PARA LA OCUPACIÓN DEL DPMT CON INSTALACIONES FIJAS MUNICIPALES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TORREVIEJA (ALICANTE). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley de Costas y en el apartado 8 del artículo 146 del Reglamento para Desarrollo y Ejecución de la citada Ley, se somete a informa-ción pública el Proyecto promovido por el Ayuntamiento de Torrevieja. El Proyecto estará a disposición del público durante un plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, pudiendo ser examinado en las oficinas de este Servicio Provincial de Costas en Alicante, Pl. de la Montañeta, 9, en horario hábil de Lunes a Viernes, de 9.00 a 14.00 horas, y en las dependencias del Ayuntamiento de Torrevieja, plazo durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas. En virtud de lo establecido en el artículo 74.3, apartado segundo, en su redacción dada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, si durante el trámite de información pública se presentara nueva solicitud de ocupación del dominio público marítimo terrestre con objeto similar, el procedimiento se tramitará respetando los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva. ALICANTE, 3 de septiembre de 2012. La Jefa del Servicio Provincial de Costas en Alicante. Fdo. Rosa de los Ríos Jimeno. *1220345*
EDICTO INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE EL EXPEDIENTE DE SOLICITUD DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PRESENTADA POR EL AYUNTAMIENTO DE FINESTRAT PARA LA OCUPACIÓN DEL DPMT CON INSTALACIONES FIJAS MUNICIPALES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE FINESTRAT (ALICANTE). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley de Costas y en el apartado 8 del artículo 146 del Reglamento para Desarrollo y Ejecución de la citada Ley, se somete a informa-ción pública el Proyecto promovido por el Ayuntamiento de Finestrat. El Proyecto estará a disposición del público durante un plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, pudiendo ser examinado en las oficinas de este Servicio Provincial de Costas en Alicante, Pl de la Montañeta, 9, en horario hábil de Lunes a Viernes, de 9.00 a 14.00 horas, y en las dependencias del Ayuntamiento de Finestrat, plazo durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas.
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En virtud de lo establecido en el artículo 74.3, apartado segundo, en su redacción dada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, si durante el trámite de información pública se presentara nueva solicitud de ocupación del dominio público marítimo terrestre con objeto similar, el
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procedimiento se tramitará respetando los principios de publicidad, objetividad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva. ALICANTE, 3 de septiembre de 2012. La Jefa del Servicio Provincial de Costas en Alicante. Fdo. Rosa de los Ríos Jimeno. *1220346*
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL EDICTO Don Manuel Sánchez Gallego, Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Alicante, HAGO SABER: Que en su día se dictaron acuerdos/resoluciones respecto a los expedientes instruidos como consecuencia de haberse detectado el incumplimiento de obligaciones de los perceptores de prestaciones/subsidios por desempleo, lo que ha motivado la suspensión/extinción de la prestación al considerarlos incursos en infracción conforme establece la Ley General de la Seguridad Social en su art. 212, 213, 231 y 232 (Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio) y la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto). Al resultar infructuosas cuantas gestiones se han realizado para su notificación, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace saber a los interesados que abajo se citan el contenido del acuerdo/resolución, informándoles están a su disposición durante el plazo de DIEZ DÍAS en la Sección de Control de Prestaciones de esta Dirección Provincial de Alicante, calle San Juan Bosco nº 15, 2º planta, Alicante. Contra los mencionados acuerdos de propuesta de suspensión/extinción y conforme lo dispuesto en el nº 4 del artículo 37, del Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE nº 132 de 3 de junio), dispone de 15 días a partir del día siguiente a la fecha de publicación para formular, por escrito, ante el Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, las ALEGACIONES que estime oportunas, documentalmente acreditadas, presentándolas en su Oficina de Empleo (Prestaciones) y citando como referencia el número de expediente y la causa. Transcurrido dicho plazo se dictará la Resolución correspondiente. Contra las mencionadas resoluciones, se advierte que de no estar conforme con el acuerdo adoptado, dispone de 30 días, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución para interponer ante este Organismo, a través de su Oficina de Empleo (Prestaciones), la preceptiva reclamación previa a la vía jurisdiccional, según lo dispuesto en el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE nº 86, de 11 de abril). APELLIDOS, NOMBRE
IPF
COMUNICACIÓN
CAUSA
SANCIÓN
AGUDELO PALACIO, SANTIAGO AGUIRRE CASTRILLON, JHON JAIRO AIVAZI HERNANDEZ, AMIR ISMAEL AJJAL, ABDELKRIM AKDIME BOUSHAIB, AHMED ALDEGUER ARACIL, NORMANDO ALEPUZ OLIVER, JOSEFA AMOROS MANRESA, ANTONIA AMOROS MANRESA, JOSE RAMON ANDRÉS LUGO, JUAN DOMINGO ANDREU ALONSO, JUAN ANDREU FERRANDIZ, MANUEL JAIME ANGEL GRAS, JORGE ANGEL LOPEZ, ENOBER ARBONA GOMEZ, ANTONIO ARGILES REMON, VICENTE ARRIBAS LAMBAS, FRANCISCO ARSHAD, MAHMOOD BAENAICHA, BAKHTA BARAJAS MARTIN, GEMA BARREIRA FACAL, JOSE LUIS BARREIRA MEZZETTA, LAURA LILIAN BARRETO RODRIGUEZ, GUSTAVO ALBERTO BARRETO RODRIGUEZ, GUSTAVO ALBERTO BAS FERRER, ALBERTO BASUALDO, FERNANDA GABRIE BELTRA MORENO, ESTER BEN ADDI, AMAR BERNAL ANIORTE, PENELOPE BERRAHI, MOHAMMED BLASCO PEREZ, MANUEL JOSE BOLAÑOS BELDAD, MIGUEL ANGEL BOLLEMEIJER, JOHANNES BONILLA CARDONA, PAOLA ANDREA BOUHELAL, ABDEL ILLAH BOUKAYOUH, AHMED BOUTAIBI, LAID BOUTICHE, AICHA BRAAMS, ROBERT ALFRED BROTONS PEREZ, JAIME JOSE BUITRAGO GAITAN, DIANA CRISTINA BUSQUIER RODRIGUEZ, JOSE MANUEL BUSTAMANTE HEREDIA, JUAN BUSTELO, WALTER ARTURO CABANES RAMIREZ, JORGE
X4222966 46089550 21690255 X3884725 48797640 48348308 21479792 21971331 21449850 X7379145 48365428 73993880 44769340 X3297712 53216315 21406309 9685204 X5108499 X4320335 46862797 35299870 53237517 Y1502134 Y1502134 53217565 Y0069006 48362079 X2393030 48367473 X3143250 74245431 06243009 X7619967 X3796517 X2857173 X6618671 X1365890 X4531319 X8829834 74223444 48795854 52770423 24088026 21808398 21677489
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN COMUNICACIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN
NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR INCOMPARECENCIA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INCUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO DE ACTIVIDAD INCUMPLIMIENTO DEL COMPROMISO DE ACTIVIDAD NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INCOMPARECENCIA A LA CITACIÓN NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES INFRACCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA
SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO EXTINCIÓN DEL DERECHO EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES ANULACIÓN SUSPENSIÓN EXTINCIÓN DEL DERECHO EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES
COBRO INDEBIDO
PERIODO
1708,93
01/01/2010 A 30/07/2012
1249,58
13/01/2012 A 28/02/2012
1377,4
17/01/2012 A 23/04/2012
1022,4
19/04/2012 A 30/06/2012
10224
01/06/2010 A 30/05/2012
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6
butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
APELLIDOS, NOMBRE
IPF
COMUNICACIÓN
CAUSA
SANCIÓN
CABRERA, JORGE DANIEL CABRERA NAULA, GUSTAVO ARIOLFO CALPENA SEGURA, ANDRES CAMARA PORTUGUES, MANUEL CAMARA PORTUGUES, MANUEL CANDELA MACIA, SALVADOR CAÑETE SANCHEZ, JULIAN CARBONARO, VINCENZO CARBONELL VALOR, RAFAEL CARREÑO MAESTRE, ISABEL CARRUEGO, CARMEN ELINA CASANELLAS TORRES, MONTSERRAT CAUSON, LAETITIA CERDA PEREZ, CARLOS CERVANTES SABATER, CRISTIAN CHAVES LOPEZ, ANTONIO CIUDAD SUCH, MARIA ANGELES CLEMENT MORESI, MONICA COELLO PROCEL, JOSE JUSTO CONEJERO GRACIA, VIRTUDES CONTRERAS MINGUEZ, ANTONIO FERNAND CORREAS LOPEZ, MARIA ISABEL COSTACHE, CIPRIAN COY ALGARRA, M.ISABEL CRESPO GUILLEN, CARMEN CUELLAR COSTA, CARLOS CUENCA LÓPEZ, VANESA CUEVAS EGEA, DOLORES DANIEL, BARBARA BIANCA DE LA FUENTE LARRAZABAL, CLAUDIA DIAZ BRITO, M VALLE DIZY MACHIO, DORIAN DYKES, STUART ALAN EL KADERY, ABDELAZIZ ES SAID, FATIMA ESCAPLES SERNA, MARIA ELENA ESCLAPEZ MAÑUZ, ANDRES ESCUDERO ALMARCHA, DOLORES ESPI MARTIN, FRANCISCO M ESPINOSA MARTINEZ, CAROLINA FAJARDO BAILON, FEDERICO FAJARDO CAMPOS, CONSOLACION FAZAKAS, DENISA AURELIAN FERNANDEZ PEDRAZA, CRISTINA FERREIRA PEREIRA, MAGDALENA F. GALLEGO ROMEU, FILIBERTO GARCIA CORDERO, ANTONIO GARCIA DELGADO, NATALIA MARIA GARCIA ESQUIVA, FCO JAVIER GARCIA TOMAS, SOLEDAD GAUBERT CANTOS, JAVIER GHARBI, YOUSSEF GHITRI, ABDELMALEK GIMENEZ, MAXIMILIANO GIMENEZ VERA, NOELIA GLONSKI PERDOMO, ROMULO ERNESTO GOGBERASHVILI, GELA GONZALEZ, RODOLFO EDUARDO GONZALEZ ALONSO, VICENTE GONZALEZ CAMPOS, MARIA JOSEFA GONZALEZ GIMENEZ, FRANCISCO GONZALEZ MOGARRA, SARA GRANADA RAMÍREZ, JUAN PABLO GRZEGORZEWSKI, RYSZARD GUERRERO JOVER, MARIA LUISA GUIRADO PASTOR, PEDRO ANTONIO HANNA, YOUSSEF HARIZANOV HARIZANOV, IVAN DIMITROV HEREDIA ESTEVEZ, DAVINIA HERRERO FELIPE, IRENE ILIEVA, RUSKA IVANOV JABALOY MORA, LAURA JAVEGA HERAS, ANTONIO JIMENEZ CASTILLO, GERMAN DANIEL JIMENEZ CAZORLA, ANTONIO JIMENEZ GIMENEZ, DIEGO JOSA FREIRA, JORGE ALBERTO JUAN MAS, DIONISIA KHARRAJ, HABBAB KRESSI HEIM, NESTOR FABIAN LACOSTA RODRIGUEZ, RUBEN LEON, FABIANA CARMEN LIN, MEIQIN LLAMAS POVEDA, ELISA LLAMAZARES MARTIN, BLANCA LLANQUI PARACTA, ROMAN LOPEZ CLEMENT, PEDRO LOPEZ GONZALEZ, LEONOR LOPEZ GONZALEZ, M DOLORES LOPEZ MOSCATA, DAMIAN LOPEZ NEIRA, XAVIER LOPEZ RINCON, LEIDY YANETH LOPEZ SUAREZ, RAFAEL LOPEZ VALDES, MARIA AMPARO LÓPEZ PÉREZ, FCO. CARLOS LOYOLA MORA, ULISES MARCEL LUCERO PEREZ, PATRICIA CARMEN LUNA LLOPIS, FRANCISCO MACIAS MANOTA, SANDRA
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RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN REVISIÓN DE OFICIO REVISIÓN DE OFICIO RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN COMUNICACIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN
NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE DEMANDA NO RENOVACIÓN DE DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INCOMPARECENCIA A LA CITACIÓN REVOCACIÓN DEL DERECHO EN GENERAL CON DEVOLUCIÓN CUANTÍA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES EXCLUSIÓN RAI POR INCOMPARECENCIA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INCOMPARECENCIA A LA CITACIÓN EXCLUSIÓN RAI POR INCOMPARECENCIA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INCOMPARECENCIA A LA CITACIÓN NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INCOMPARECENCIA A LA CITACIÓN NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA SUSPENSIÓN POR UNIDAD FAMILIAR CON RENTAS PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA
SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SIN SANCIÓN SIN SANCIÓN SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES ANULACIÓN SUSPENSIÓN SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES REVOCACIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES ANULACIÓN EXCLUSIÓN RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCION SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN SUSPENSIÓN 1 MES ANULACIÓN SUSPENSIÓN SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES
COBRO INDEBIDO
PERIODO
1590,4
09/03/2012 A 30/06/2012
1315,98
03/02/2009 A 30/04/2009
241,4
13/10/2011 A 29/10/2011
2201
01/09/2011 A 05/02/2012
7231,2
07/07/2011 A 04/05/2012
213
16/04/2012 A 30/04/2012
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APELLIDOS, NOMBRE
IPF
COMUNICACIÓN
CAUSA
SANCIÓN
MAIQUEZ PEREZ, FRANCISCO MARCOGIUSEPPE, JUAN JOSÉ MARCOS BERNAL, NIEVES MARQUEZ EGEA, ASCENSION MARTINEZ CLIMENT, DIANA MARTINEZ DUQUE, PAULA ANDREA MARTINEZ GARAMENDI, GONZALO MARTINEZ GARCIA, ANTONIA MARTINEZ SALA, RAMON MARTOS ARANZANA, MANUEL MAS MAS, JUAN ANTONIO MATA TALAVERA, ESTEFANIA MAURI PEREZ, MARIA ANGELA MENDEZ ARANEDA, NELSON RAMON MENDEZ REVELO, AIDA IRENE MENESES CABALLERO, DORA MARINA MERATI, STEPHANIE MIELES CEDEÑO, KERLY VIRGINIA MILAN VERDU, CRISTOBAL MIRALLES LOPEZ, DIDIER MOLINA PRIETO, VIRTUDES MONEDERO VIÑA, SALVADOR JOSE MORA PASCUAL, GERARDO MORENO ALBERT, ANTONIO JOSE MORENO FUENTES, MARIA DOLORES MORENO SANCHEZ, JUAN CARLOS MUÑOZ GUILLEN, DANIEL NACHER COBO, JESUS HAZAEL NARANJO RUBIO, ANTONIA NAZARENO RICCI, PABLO MARTIN NAZARKEVYCH, OLEH NEVES GASPAR, PEDRO MIGUEL NOWAK, JOANNA NSUE LUEMBE, CRISTINA NUMAN, MUHAMMAD OLIVA RODRIGUEZ, PEDRO ORTIZ GARCIA, ORLANDO RODOLFO PALACIO GIMENEZ, VICENTE PALAO VICENTE, LIDIA PALOMARES GOMIS, BELLA MARIA PANIAGUA DORADO, OMAR PARDO MARTINEZ, GERMAN PASTOR QUEREDA, MARIA PASTOR SAAVEDRA, TANIA PAUNESCU, PETRUTA PEREZ GARCIA, EVA MARIA PEREZ SERRANO, MARIA CARMEN PETROV PETROV, ALEXANDAR ILIE PIEDRAFITA DE DUBINI, ALICIA MARCELA PIMIENTA, NICOLAS PINO ALVAREZ, YASSER PIQUERAS RUIZ, ISABEL MARIA POVEDA MOLINA, FRANCISCO POVEDA RAMIREZ, IVAN QUIÑONEZ GONZALES, CRISTIAN ANDRES RAMIREZ SEGARRA, NATALIA RODENAS PALACIN, MARIA VICTORIA RODRIGUEZ MARTINEZ, WILSON EDILBERT RODRIGUEZ NAVARRO, MIGUEL RODRIGUEZ PACHECO, PEDRO LUIS RODRIGUEZ PRIEGO, FERNANDO ROMACHO MATEOS, MICAELA ROMERO GUAMAN, AGUSTIN ROMERO MARÍN, MIGUEL ESTEBAN ROSA HERNANDEZ, RAQUEL RUCIAN MAS, IMANOL RUIZ GONZALEZ, M LLANOS RUIZ PIZARROS, FRANCISCO SALIDO NAVARRO, ROSA SAMPER SANCHEZ, FRANCISCO SANCHEZ BERNAL, VALERIA SOLEDAD SANCHEZ BLAZQUEZ, ANTONIO SANCHEZ LORENZO, LILLIAM ROSINA SANCHEZ QUESADA, MARIA JOSE SANCHEZ VALDIVIEZO, FLOR OTILIA SÁNCHEZ BRITO, ALDRIN GABRIEL SANTOS COSTA, SALUD SAPENA REUS, RUBEN SEGOVIA ATIENZAR, ANA ROSA SERRANO ORIA, SANDRA SGROMO AGUIRRE, ORLANDO HUMBERT SINISTERRA ESTUPIÑAN, VICTOR SUAREZ ESPAÑA, ANA SUNTASIG VEGA, SEGUNDO EUGENIO SVILENOVA MIHALEVA, TSENA TABANE, MBARACK TABANE, MBARACK TACHBOUTI DJEZERI, RAQUEL TENEMAZA LEMA, JUAN BELISARIO TEPAN ZAMBRANO, ROCIO ALEXANDRA TOLEDO, NADIA LIS TORREIRA SANTOS, JAVIER TORRES LILLO, BEATRIZ TRONCOSO ASTUDILLO, CLAUDIA ANGELIC VALENCIANO DELGADO, ASUNCION VAN DONGEN, KARIN AGNES VAZQUEZ PROSKURKIN, EMILIO VENTURO NIÑO, FRANCISCO VIDAL PEREZ, LUCIA
21373036 X4845373 48318143 21962404 48340903 23901797 30677254 85084981 48371596 26204769 48475432 48351167 85085902 48828853 74536381 50385449 Y1524452 X7709260 29069364 74243894 21962294 50767443 22001261 22131036 48534844 22009434 53242511 42191190 52787129 Y0037221 X6457226 X1577600 X6898440 46885886 X3329246 21946597 48793907 29026486 74006425 48320953 X5134026 49372982 48538207 53236537 X6626359 48367133 33484053 X8529529 X5886798 X6434984 49370491 52764517 22143573 44770751 X8244536 74386280 48567433 X6015700 21695651 74158974 53625562 52519433 X3250064 X3110469 74372151 72474659 21476956 48354278 21635368 22137399 X6691481 21652178 X4766780 79105442 46085709 74531294 22098741 21499034 21663953 70048141 X4791420 X8624330 21956620 X6457224 X5331367 X3297250 X3297250 53238225 48773076 48790666 X7315827 44821346 52774135 50382243 21467442 X2156573 48321222 48757679 15419406
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCION RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN COMUNICACIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN COMUNICACIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN COMUNICACIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN COMUNICACIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN
NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INFRACCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA SUSPENSIÓN POR UNIDAD FAMILIAR CON RENTAS INCOMPARECENCIA A LA CITACIÓN NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INFRACCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INFRACCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE LA RAI NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES INFRACCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES EXCLUSIÓN RAI POR NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA INFRACCIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD INCOMPARECENCIA A LA CITACIÓN PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES PERCEPCIÓN INDEBIDA DE PRESTACIONES NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA PERCEPCIÓN INDEBIDA DE LA RAI NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA NO RENOVACIÓN DE LA DEMANDA
SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES ANULACIÓN SUSPENSIÓN SUSPENSIÓN 1 MES ANULACIÓN SUSPENSIÓN SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXCLUSIÓN PROGRAMA RAI SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES
SOCIAL
SOCIAL
SOCIAL
SOCIAL
SOCIAL
COBRO INDEBIDO
PERIODO
2925,2
01/02/2011 A 26/08/2011
1171,06
17/03/2012 A 30/04/2012
2825,8
12/11/2011 A 30/05/2012
5694
28/09/2010 A 30/11/2011
3209,2
15/12/2011 A 05/07/2012
2385,6
15/09/2011 A 02/03/2012
4966,29 4966,29
07/05/2011 A 04/05/2012 07/05/2011 A 04/05/2012
4529,8
01/08/2011 A 19/06/2012
boletín oficial de la provincia - alicante, 26 noviembre 2012 - n.º 225
8
APELLIDOS, NOMBRE
IPF
COMUNICACIÓN
CAUSA
VIENES DIBLASI, JUAN PABLO VILLANUEVA SOTO, FRANCISCO WU, FANG WEI YACELGA CABASCANGO, LUIS EDUARDO YORDANOV KIRILOV, SIMEON ZARAGOZI LLORET, MIGUEL ZHOU, SONCHUA
X5362199 74003995 X5955503 50381038 X5562494 48301238 X5017834
RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN
NO RENOVACIÓN DE LA NO RENOVACIÓN DE LA PERCEPCIÓN INDEBIDA NO RENOVACIÓN DE LA NO RENOVACIÓN DE LA NO RENOVACIÓN DE LA NO RENOVACIÓN DE LA
butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
SANCIÓN DEMANDA DEMANDA DE PRESTACIONES DEMANDA DEMANDA DEMANDA DEMANDA
COBRO INDEBIDO
SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES EXTINCIÓN DEL DERECHO SUSPENSIÓN 3 MESES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES SUSPENSIÓN 1 MES
2241,31
PERIODO
26/10/2011 A 30/01/2011
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42.4 de la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de Enero, y en la Orden de 14 de Abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente: El nº del expediente que se inicia con esta Comunicación es el de su D.N.I., Pasaporte o N.I.E. EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL D. Manuel Sánchez Gallego *1222374* SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO COMUNIDAD VALENCIANA ALICANTE EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1.992), se hace pública notificación de RESOLUCIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, incoado a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la respectiva notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Contra dichas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor ministro del Interior dentro del plazo de un mes, contado desde el día de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte que una vez transcurrido dicho plazo, y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su cobro por la Delegación de Hacienda que corresponda. Los expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, pudiendo ser consultados en el plazo anteriormente citado. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE
D.N.I.
ANASTASIO FERRANDIZ MARTINEZ 2012/1968 EUGENIO SILVA MUÑOZ 2012/2987 ACHARAF BENGHRIB 2012/2992 AZZOUZ BELGHITI 2012/2999 DAVID RECHE PEREZ 2012/3052 DIEGO LUIS GIL JIMENEZ 2012/3075 DIEGO GARCIA GONZALEZ 2012/3094 JONATAN SANCHEZ MARTINEZ 2012/3098 AIMAR SALINAS TIRADO 2012/3118 MARIO DEL CARMEN CATALDO INOSTROZA 2012/3133 FERNANDO VAZQUEZ LORENTE 2012/3181 DANIEL TORRES VINOS 2012/3231 MARIA CARMEN FERNANDEZ GARCIA 2012/3336 SILVIO DAMIAN BOGGON 2012/3353 JUAN ANTONIO YUSTE MOLINA 2012/3447 ANTONIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ 2012/3462 JOSE MANUEL REIG NOLASCO 2012/3481
C/ PEDRO LORCA, 1, 2º B 25384584J 10/18/2012 TORREVIEJA (ALICANTE) C/ PINTOR GASTON CASTELLO, 15, 1º-IZQ. 48675550Y 10/19/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ ESTRELLA ALTAIR Nº 3, 2ºD- 4 X9580488E 10/16/2012 SEVILLA (SEVILLA) C/ SAN EMIGDIO, Nº25, 2ºJ X8486414N 10/19/2012 TORREVIEJA (ALICANTE) C/ TRIDENTE, 35 1º C 53235206G 10/18/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ BARRERA, Nº12, P04, DCHA 74235113Z 10/19/2012 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ TARONGER 4 P03 D 74361134H 10/19/2012 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ VILA Nº. 6, 4º. IZDA. 74361341H 10/19/2012 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ LOIOLA ANDER DEUNA 50 3º DR 16075144F 10/19/2012 SOPELANA (BIZKAIA) C/ ALCALA DE GUADAIRA, 19 BAJO X7057511F 10/19/2012 BARCELONA (BARCELONA) C/ INMACULADA DEL PLA, 14, 5ºD 48622608X 10/19/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ JOSEP MARIA SEGARRA 227 52161833H 10/23/2012 SANT PERE DE VILAMAJOR (BARCELONA) C/ LA PERLA, 9, 3º IZ 79104976H 10/25/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ CONDE LUMIARES 27 EN C Y1281202R 10/29/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) AVDA. DE LOS JARALES, Nº 6, 6º D 21450207Q 10/18/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ SANTA ROSALIA 5B - 4ºIZQ 21510254X 10/30/2012 NOVELDA (ALICANTE) C/ JUAN XXIII MIRADORES 6 P01 C 53230988H 10/30/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE)
FECHA
DOMICILIO LOCALIDAD
INFRACCIÓN SANCIÓN L.O. 1/1992 80 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 600 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 600 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L 19/2007 600 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS
- 26.I)
DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE
D.N.I.
JESUS MARTINEZ MARTIN-MORENO 2012/3484
C/ CANOVAS DEL CASTILLO 56 P04 IZ 48321030P 10/30/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE)
FECHA
DOMICILIO LOCALIDAD
INFRACCIÓN SANCIÓN L.O. 1/1992 - 25.1 450 EUROS
Alicante, 14/11/2012 EL SECRETARIO GENERAL Juan Antonio Gómez Rodríguez *1222538*
EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1.992), se hace pública notificaciones de PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, incoados a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la respectiva notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente y a consultar los mismos, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE
D.N.I.
FECHA
DOMICILIO LOCALIDAD
INFRACCIÓN SANCIÓN
C/ PLAZA COLON, 8 (REPRESENTANTE LEGAL DE.) PINÓS (EL)/PINOSO (ALICANTE) C/ SAN VICENTE, 52, P03, 10 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE)
L.O. 1/1992 - 25.1 301 EUROS L.O. 1/1992 - 26.I) 80 EUROS
- 23.A) - 25.1 - 23.A) - 25.1 - 25.1
JOAQUIN MARIA ABAD PICO 2012/3414 OCTAVIO ALBA RIZO 2012/4088
44763992N 9/5/2012 48360477X 11/6/2012
Alicante, 14 de noviembre de 2012 EL SECRETARIO GENERAL Juan Antonio Gómez Rodríguez *1222540*
- 25.1 - 25.1 - 25.1
EDICTO
- 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1 22.3 - 25.1 - 25.1
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1.992), se hace pública notificaciones de ACUERDOS DE INICIACIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, incoados a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la respectiva notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobier-
boletín oficial de la provincia - alicante, 26 noviembre 2012 - n.º 225
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no en Alicante, ante la cual les asiste el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estime conveniente y a consultar los mismos, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo, se dictarán las oportunas resoluciones. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE RAFAEL CARBONELL DIAZ 2012/4880 ABEL PALAO LOZANO
D.N.I.
FECHA
53245458K 10/10/2012
2012/4977 GUILLERMO CASTRO RAMON 2012/4988 JOSE ANGEL LOPEZ MARCOS 2012/5003 JAVIER GOMEZ MENDOZA 2012/5043 FRANCISCO JAVIER ILLESCAS BERBAL 2012/5131 MARIA ANGELES BORRAZ CONTENTO 2012/5132 MARIA ANGELES LEONOR CANA FERNANDEZ 2012/5147 JOSE MIGUEL ESCUDERO OLIVER 2012/5156 VERONICA STOICA 2012/5163 ISMAEL LOPEZ MARTINEZ 2012/5191 ABDELILAH HALLAOUI 2012/5193 FRANCISCO JOSE GONZALEZ GARCIA 2012/5194 FRANCISCO JAVIER ILLESCAS BERBAL
74013068B 10/15/2012
2012/5195 JAIME ENRIQUE GRANDA BUSTAMANTE
51919344H 10/23/2012
DOMINGO SORIANO MARTINEZ 2012/5256 DAVID LUENGO GOMEZ 2012/5271 JUAN CARLOS PEÑALVER GOMEZ 2012/5278 LUIS FERNANDO BELMONTE CEREZO 2012/5288 LORENA GALVEZ ROYON 2012/5311 ELIAS SEGUR JUAREZ 2012/5316 IGNACIO REDONDO BEGOÑA Y 26.H) 2012/5317 SOUFIANE BELADI 2012/5326 NICOLAS DAVID DREHSEN 2012/5346 JIMMY ALEXANDER AGUILAR POTES 2012/5347 JESUS VACA GARCIA 2012/5356 PEDRO CRUZ ARIAS 2012/5400 SONIA ZAFRA GARRIDO 2012/5412 RAUL CRESPO SANZ 2012/5425 ANTONIO MIGUEL CORTES LUCAS 2012/5443 BELKHIR BOUDIAF 2012/5476 JOSE MANUEL SANCHEZ MARTINEZ 2012/5515
21423285G 10/16/2012 33498113Q 10/16/2012 Y0551706L 10/16/2012 51919344H 10/22/2012 08984326C 10/22/2012 32610361H 10/22/2012 21508446L 10/22/2012 X4594101N 10/23/2012 15482094N 10/23/2012 X2580453Z 10/23/2012 74361609X 10/23/2012
22007724J 10/25/2012 48296757T 10/26/2012 21444505H 10/26/2012 21485482D 10/26/2012
50754165L 10/29/2012 06574172J 10/29/2012
DOMICILIO LOCALIDAD
DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE
D.N.I.
MANUEL CUESTA ALMANSA 2012/5525
CAMINO FARO URB CABOMAR 2 BW 15 48782690N 11/2/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE)
FECHA
DOMICILIO LOCALIDAD
150 EUROS L.O. 1/1992 750 EUROS L.O. 1/1992 150 EUROS L.O. 1/1992 150 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L 19/2007 3.001 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L 39/2003 60 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS
INFRACCIÓN SANCIÓN L.O. 1/1992 - 25.1 301 EUROS
Alicante, 15 de noviembre de 2012 EL SECRETARIO GENERAL Juan Antonio Gómez Rodríguez
INFRACCIÓN SANCIÓN
*1222544*
C/ ALONSO CANO, 82, 8-BJ-A L.O. 1/1992 - 23.A) ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) 450 EUROS C/ MONTE DE SANTA POLA, Nº35, BW 135 L.O. 1/1992 - 25.1 (GRAN ALACANT) SANTA POLA (ALICANTE) 301 EUROS C/ PINTOR PEDRO CAMACHO 5 10 P01 B L.O. 1/1992 - 25.1 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) 301 EUROS PARTIDA VALVERDE BAJO POLIGONO 1 57 B L.O. 1/1992 - 23.A) ELCHE/ELX (ALICANTE) 301 EUROS C/ ALBARICOQUE Nº 11 BAJO L.O. 1/1992 - 23.A) ALPEDRETE (MADRID) 600 EUROS C/ PERSEO 17, PUERTA 70-B L.O. 1/1992 - 25.1 TORREVIEJA (ALICANTE) 301 EUROS C/ OTELO 15, PUERTA 28 L.O. 1/1992 - 23.I) TORREVIEJA (ALICANTE) 900 EUROS C/ MALDONADO 51, ATICO E L.O. 1/1992 - 25.1 TORREVIEJA (ALICANTE) 301 EUROS C/ SENADOR ALBERTO PEREZ FERRER 8 P05 B 2 L.O. 1/1992 - 25.1 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) 301 EUROS C/ DR. BUADES, 8 - 1º - 1ª L.O. 1/1992 - 25.1 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) 301 EUROS C/ ASTURIAS, BAJO, Nº12 L.O. 1/1992 - 25.1 TORRE-PACHECO (MURCIA) 450 EUROS C/ CORREDERA Nº 3 L.O. 1/1992 - 23.A) YECLA (MURCIA) 301 EUROS C/ LA MARINA POL I 25 L.O. 1/1992 - 23.A) ELCHE/ELX (ALICANTE) 301 EUROS C/ ENRIQUE GARCIA ALVAREZ 5 P01 C L.O. 1/1992 - 23.A) 28031 - MADRID MADRID (MADRID) 301 EUROS RAMBLA JUAN MATEO 73, 3º 7ª IZQ. L.O. 1/1992 - 25.1 TORREVIEJA (ALICANTE) 450 EUROS C/ JOSE NAVARRO ORTS 43 P03 L.O. 1/1992 - 25.1 ELCHE/ELX (ALICANTE) 301 EUROS C/ NORUEGA, 4, 2, 13, H L.O. 1/1992 - 25.1 BENIDORM (ALICANTE) 301 EUROS C/ PROFESORES HERMANOS MUÑOZ Nº 6, P 4D L.O. 1/1992 - 25.1 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) 301 EUROS C/ VIRGEN GRACIA 4 P02 DH L.O. 1/1992 - 25.1 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) 301 EUROS C/ MEDICO JORGE TORREGROSA, Nº 7, 3º F4 L.O. 1/1992 - 26.I) Y 26.H) VILLAJOYOSA/VILA JOIOSA (LA) (ALICANTE) 150 EUROS C/ POETA CARMELO CALVO, 3 - 40 L.O. 1/1992 - 25.1 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) 301 EUROS URBZ. CASAS CABANES, Nº 29 1º DR L.O. 1/1992 - 26.I)
30601755W 10/29/2012 VILLENA (ALICANTE) C/ ANTONIO GOMIS VICENT 4-P02 X2919854G 10/29/2012 ELCHE/ELX (ALICANTE) PARTIDA TORRECARRALS, Nº 93 X2608422S 10/29/2012 DÉNIA (ALICANTE) C/ REYES CATOLICOS, Nº 2, 4º D X5605327C 10/29/2012 VILLAJOYOSA/VILA JOIOSA (LA) (ALICANTE) AVDA. ALGORFA, 4-2-A 74219880F 10/29/2012 ALMORADÍ (ALICANTE) C/ ALGOL, Nº 37, 1º IZQ 21361927X 10/30/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ MANUEL VICENTE PASTOR 48 1ºIZQ. 74226871Y 10/30/2012 ELCHE/ELX (ALICANTE) AVDA. CATEDRÁTICO SOLER, 47, 2ºB 48360651T 10/30/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ PUBLICISTA JOSE TARÍ, Nº 5, BJ, C 29020608J 10/30/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) P.º NIT DE L’ALBA, Nº 31, 2º, 1ª X3566946Z 10/31/2012 ELCHE/ELX (ALICANTE) C/ HERRERÍA 20 P01 F 1 48326309C 11/2/2012 ALFÀS DEL PI (L’) (ALICANTE)
butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
- 25.1 - 26.I) - 26.I) - 25.1 22.2 - 25.1 - 25.1
EDICTO De conformidad con lo dispuesto en el articulo 59,4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285 de 27 de noviembre de 1.992), se hace pública notificación de RESOLUCIÓN de los expedientes sancionadores que se indican, incoado a los interesados que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la respectiva notificación en el último domicilio conocido, éstas no se han podido practicar. Contra dichas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor ministro del Interior dentro del plazo de un mes, contado desde el día de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Se advierte que una vez transcurrido dicho plazo, y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda para proceder a su cobro por la Delegación de Hacienda que corresponda. Los expedientes obran en la Sección de Derechos Ciudadanos de esta Subdelegación del Gobierno en Alicante, pudiendo ser consultados en el plazo anteriormente citado. DENUNCIADO Nº EXPEDIENTE ANDRES GARCIA HERRERO 2012/1578 JORGE DONADO GARCIA 2012/3153 MOHAMED EL MOUDEN 2012/3167 AITOR ROYUELA SORIANO 2012/3175 JOSE MANUEL HERNANDEZ CALVO 2012/3185 FERNANDO MANZANO CABRERIZO 2012/3215 VALERIA CICHERO BENEYTO 2012/3223 ORTANSA GHEORGHE 2012/3256 JOSE ANTONIO PALAZAON 2012/3257 ANDRES FERNANDEZ VELOSO 2012/3304 ANGEL SANCHEZ CALCARCEL 2012/3333 ZAKARIA RIAHI 2012/3342
D.N.I.
FECHA
DOMICILIO LOCALIDAD
C/ PLAZA COLÓN, 8 45928040F 10/23/2012 PINÓS (EL)/PINOSO (ALICANTE) C/ SAN LOREZONO 40 P1, A 48362917N 10/19/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) CAMINO NACIONAL TRESCIENTOS CUARENTA, Nº 6, 33 X7651468N 10/23/2012 COX (ALICANTE) C/ AUSO MONZO 1 P07 C 48574219J 10/23/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) PASAJE MIRALMAR Nº 10, 2º B 21487211J 10/23/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ GENERAL ESPARTERO, Nº 24, 4º 53232872Q 10/23/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ PASSATGE EL RAVALET, 9 BJ C X9847394J 10/23/2012 MUTXAMEL (ALICANTE) C/ SOL 16 PBJ X8401095T 10/23/2012 ASPE (ALICANTE) C/ LA HOYA 15 44765139D 10/24/2012 SAX (ALICANTE) C/ MAESTRO ESTEBAN, 8 48459764Y 10/24/2012 ORIHUELA (ALICANTE) C/ JAIME SEGARRA 42 P04 DR 21461741G 10/24/2012 ALACANT/ALICANTE (ALICANTE) C/ LOS ALMENDROS, Nº 8 41º F X4172031S 10/25/2012 CALP (ALICANTE)
INFRACCIÓN SANCIÓN L.O. 1/1992 - 25.1 301 EUROS L.O. 1/1992 - 25.1 301 EUROS L 39/2003 - 90.2.E) 60 EUROS L 39/2003 60 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS L.O. 1/1992 301 EUROS
90.2.E) - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 23.A) - 25.1 - 25.1 - 25.1 - 25.1
- 25.1 90.2.E) - 25.1
Alicante, 16/11/2012 EL SECRETARIO GENERAL Juan Antonio Gómez Rodríguez *1222545*
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y AGUA EDICTO «CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA»
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, en relación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, no habiéndose podido realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado, por causa no imputable a esta Administración, por la presente se cita al mismo,
boletín oficial de la provincia - alicante, 26 noviembre 2012 - n.º 225
que a continuación se relaciona, para que comparezca en el plazo de DIEZ DIAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente citación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante al que se le ha remitido esta comunicación, en la sede de esta Dirección Territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, sita en calle Profesor Manuel Sala nº. 2, planta 1ª, en Alicante, en días laborables de lunes a viernes, y de 9 a 14 horas, al efecto de ser notificado de los actos relativos al procedimiento que se indicará, de cuya tramitación es responsable estos Servicios. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiese comparecido, se tendrá por practicada la correspondiente notificación desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. RELACIÓN QUE SE CITA: INTERESADO DOMICILIO
PROCEDIMIENTO
SALVADOR BLASCO PÉREZ C/ GENERAL ELIZAICIN, 13-1º NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN BAJA 03013-ALICANTE NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0223
Alicante, 5 de noviembre de 2012 LA JEFA DE SECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y SANIDAD ANIMAL Isabel Alonso Bartolomé *1222174*
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butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
enero, no habiéndose podido realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado, por causa no imputable a esta Administración, por la presente se cita al mismo, que a continuación se relaciona, para que comparezca en el plazo de DIEZ DIAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente citación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante al que se le ha remitido esta comunicación, en la sede de esta Dirección Territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, sita en calle Profesor Manuel Sala nº. 2, planta 1ª, en Alicante, en días laborables de lunes a viernes, y de 9 a 14 horas, al efecto de ser notificado de los actos relativos al procedimiento que se indicará, de cuya tramitación es responsable estos Servicios. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiese comparecido, se tendrá por practicada la correspondiente notificación desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. RELACIÓN QUE SE CITA: INTERESADO
DOMICILIO
PROCEDIMIENTO
COMERCIAL TORMO «EL EDÉN II»
C/ MARINA BAIXA, 7 03580-ALFAZ DEL PI
NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN BAJA NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0127
Alicante, 6 de noviembre de 2012 LA JEFA DE SECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y SANIDAD ANIMAL Isabel Alonso Bartolomé *1222178*
EDICTO «CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA» De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, en relación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, no habiéndose podido realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado, por causa no imputable a esta Administración, por la presente se cita al mismo, que a continuación se relaciona, para que comparezca en el plazo de DIEZ DIAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente citación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante al que se le ha remitido esta comunicación, en la sede de esta Dirección Territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, sita en calle Profesor Manuel Sala nº. 2, planta 1ª, en Alicante, en días laborables de lunes a viernes, y de 9 a 14 horas, al efecto de ser notificado de los actos relativos al procedimiento que se indicará, de cuya tramitación es responsable estos Servicios. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiese comparecido, se tendrá por practicada la correspondiente notificación desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. RELACIÓN QUE SE CITA: INTERESADO DOMICILIO
PROCEDIMIENTO
NIEVES BOSCA ROCA «PAJARERÍA EL EDÉN»
NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN BAJA NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0139
C/ IBIZA, 9, GEMELOS IV, LOCAL 6 03500-BENIDORM
Alicante, 6 de noviembre de 2012 LA JEFA DE SECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y SANIDAD ANIMAL Isabel Alonso Bartolomé *1222176*
EDICTO «CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA» De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, en relación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, no habiéndose podido realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado, por causa no imputable a esta Administración, por la presente se cita al mismo, que a continuación se relaciona, para que comparezca en el plazo de DIEZ DIAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente citación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante al que se le ha remitido esta comunicación, en la sede de esta Dirección Territorial de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, sita en calle Profesor Manuel Sala nº. 2, planta 1ª, en Alicante, en días laborables de lunes a viernes, y de 9 a 14 horas, al efecto de ser notificado de los actos relativos al procedimiento que se indicará, de cuya tramitación es responsable estos Servicios. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiese comparecido, se tendrá por practicada la correspondiente notificación desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. RELACIÓN QUE SE CITA: INTERESADO
DOMICILIO
Alicante, 6 de noviembre de 2012 LA JEFA DE SECCIÓN DE PRODUCCIÓN Y SANIDAD ANIMAL Isabel Alonso Bartolomé *1222179*
EDICTO «CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA» De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, en relación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de
PROCEDIMIENTO
VIRTUDES MIGUEL SIGUENZA PARTIDA ORGEGIA, 131 NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN BAJA «LA VILLA DE LOS CABALLOS» NÚCLEO ZOOLÓGICO A-0196
EDICTO CITACIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR COMPARECENCIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61, en relación con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de
boletín oficial de la provincia - alicante, 26 noviembre 2012 - n.º 225
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero, no habiéndose podido realizar la notificación correspondiente en el domicilio del interesado por causa no imputable a esta Administración, por la presente se le cita para que comparezca, en el plazo de DIEZ DIAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente citación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante al que se le ha remitido esta comunicación, en la sede de esta Dirección Territorial de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, sita en calle Profesor Manuel Sala nº 2, planta 3ª, en Alicante, en días laborables de lunes a viernes, y de 9 a 14 horas, al efecto de ser notificado de los actos relativos al procedimiento que se indica, de cuya tramitación es responsable esta Dirección Territorial. Si transcurrido dicho plazo no hubiese comparecido, se tendrán por practicadas las correspondientes notificaciones desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. INTERESADO
DOMICILIO
PROCEDIMIENTO
MOHAMMED SIDKI DNI/CIF: X3213591P AMMAR ZAMRI DNI/CIF: X1337753G
AVDA. DIEGO RAMIREZ, 144 03181 TORREVIEJA (ALICANTE) LA LOMA, Nº 90 P03, K 8 03182 TORREVIEJA (ALICANTE)
PROPUESTA RESOLUCIÓN EXPEDIENTE Nº 03-054/2011 INCOACIÓN EXPEDIENTE Nº 03-197/2011
Alicante, 9 de noviembre de 2012 El Instructor Fdo.: Francisco Trillo González *1222597*
DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA12/852 Interesado: B54510656 - BELLIN’S ACTIV SL Domicilio: C\ CARRETERA CALLOSA Num. 17 LC 2 Población: Altea - ALICANTE Fase: Acuerdo Iniciación Preceptos infringidos: Para el HECHO ÚNICO: Artículo 6.2 del Anexo II del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004) y Artículo 2 y Anexo II de Decreto 20/2012 de 27 de enero, del Consell, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (DOCV núm. 6705 de 2 de febrero de 2012). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 20 de Noviembre de 2012 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1222532*
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butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA12/779 Interesado: B54441373 - MARONAPES, S.L. Domicilio: C\ Botella de Hornos, 2 Población: Alacant/Alicante - ALICANTE Fase: Acuerdo Iniciación Preceptos infringidos: Para el HECHO PRIMERO: Artículo 6 punto 2 y artículo 7 punto 1 del Real Decreto 3484/ 2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de 12.01.2001). Para el HECHO SEGUNDO: Capítulo VIII punto 1 del Anexo II del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004). Para el HECHO TERCERO: Capítulo XII del Anexo II del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 20 de Noviembre de 2012 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1222534*
EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA12/902 Interesado: E54388954 - BAR EL PASEO, C.B. Domicilio: C/ Obispo Barrachina nº 34 Población: Elx/Elche - ALICANTE Fase: Acuerdo Iniciación Preceptos infringidos: Para el HECHO PRIMERO: Artículo 3.6 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de 12.01.2001). Para el HECHO SEGUNDO: Capítulo XII punto 1 del Anexo II del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004).
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Para el HECHO TERCERO: Artículo 3.5 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de 12.01.2001). Para el HECHO CUARTO: Artículo 3.1 del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE núm.11, de 12.01.2001). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 20 de Noviembre de 2012 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1222536*
EDICTO Por no haber sido posible practicar en el domicilio del interesado la notificación que se relaciona a continuación se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de lo dispuesto en el Artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Pro-
butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
cedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/11/1992). Se advierte que de acuerdo con el contenido del Artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993 (B.O.E. 04/08/1993), la publicación de este Edicto interrumpe el plazo de tramitación del procedimiento. Expediente: HIGI/07TA12/941 Interesado: 40108164D - GIOVANNI MARCINI Domicilio: C\ Andres Lambert nº 5 Población: Xàbia/Jávea - ALICANTE Fase: Acuerdo Iniciación Preceptos infringidos: Para el HECHO ÚNICO: Artículo 6 punto 2 del Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Diario Oficial de la Unión Europea L. 226, de 25 de junio de 2004) y Artículo 2 y Anexo I del Decreto 20/2012 de 27 de enero, del Consell, por el que se crea el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (DOCV núm. 6705 de 2 de febrero de 2012). Para conocer el contenido íntegro del acto deberán comparecer en la Dirección Territorial de Sanidad,calle Girona, 26 - Sección Sanciones y Recursos - en el plazo de 5 días desde el siguiente a la publicación de este Edicto, transcurrido el cual se entenderá notificado a todos los efectos. Alicante, 20 de Noviembre de 2012 EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANIDAD Fdo: José Ángel Sánchez Navajas *1222537*
SERVICIO TERRITORIAL DE ENERGÍA ANUNCIO Instalación eléctrica. Expediente ATLINE/2012/65/03. Información pública de la solicitud de autorización, aprobación de proyecto y declaración en concreto de utilidad pública. A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 88/2005, de 29 de abril, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat Valenciana, y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2008 de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, en los artículos 20 y 31 del Decreto 162/1990, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 2/1989, de 3 de marzo, de Impacto Ambiental, y en el Decreto 32/2006, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 162/1990, y en el artículo 58 del Decreto 120/2006, de 11 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se indica: Peticionario: RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A. Emplazamiento de la instalación: Términos municipales de Orihuela, San Miguel de Salinas, Almoradí y Los Montesinos de la provincia de Alicante. Documentos sometidos a información pública: - Proyecto. - Denominación: L.A.A.T. 220 KV ST TORREMENDO-ST SAN MIGUEL DE SALINAS - Relación de Bienes y Derechos Afectados - Estudio de Impacto Ambiental - Estudio de Integración Paisajística Presupuesto: 6.645.089 € Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en el Servicio Territorial de Energía, sito en C/ Churruca, 29 de Alicante, así como dirigir al citado Servicio Territorial las alegaciones (por duplicado) que se consideren oportunas en el plazo de treinta días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Transcurrido dicho plazo sin realizar alegaciones, se le tendrá por conforme, decayendo en el derecho al trámite correspondiente. Ello, sin perjuicio de la interposición de los recursos que procedan contra la resolución definitiva del procedimiento, en los plazos legal y reglamentariamente establecidos. ALICANTE, 8 DE OCTUBRE DE 2012.EL JEFE DEL SERVICIO TERRITORIAL DE ENERGIA: RAFAEL MUÑOZ GÓMEZ.
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Relación de bienes y derechos afectados L/AÉREA 220 KV DC TORREMENDO-SAN MIGUEL DE SALINAS. LOS ORGANISMOS OFICIALES SE INCLUYEN CON CARÁCTER INFORMATIVO Y A LOS EFECTOS DE LOS PUNTOS 2 Y 3 DEL ART. 149 DEL R.D. 1955/2000 RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS DE LÍNEA AÉREA Y ACCESOS TRAMO AÉREO T.M. ORIHUELA (ALICANTE)
COD.
PROPIETARIO
ORH-1 ORH-3 ORH-5
EL PEÑON DE TORREMENDO S L AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA MAS VEGARA JESUS, HUERTAS MARTINEZ JOSE, BARO RODRIGUEZ JESUS, HERNANDEZ CAMARA MAGDALENA ORH-6 NUEVA PAMAYA SL ORH-7 MAÑOGRIL CONESA JOAQUIN ORH-8 NUEVA PAMAYA SL ORH-9 MARTINEZ LORENTE CARMEN ORH-10 AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA ORH-11 MARTINEZ LORENTE ANDREA ORH-12 AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA ORH-13 MARTINEZ IBERNON LUISA ORH-13-1 MARTINEZ MOYA CONCEPCION ORH-13-2 MARTINEZ IMBERNON LUIS ORH-14 MARTINEZ IMBERNON LUIS ORH-15 ALCOCER CARCELES VICENTE MANUEL, ALCOCER ALMAGRO M CARMEN ORH-16 ALCOCER QUESADA VICENTE ORH-17 MARTINEZ ALCOCER JOSE VICENTE
DIRECCIÓN
REF. CATASTRAL
POL.
ZONA DE SERV. SEGUVUELO RIDAD PARC. (M2) (M2)
CL LAS PALOMAS. 03190 PILAR DE LA HORADADA (ALACANT) CL MARQUES ARNEVA 1. 03300 ORIHUELA (ALACANT) AV DE LA PAZ 13. 03310 JACARILLA (ALACANT)
03099A105000070000FM 03099A105090010000FF 03099A105000060000FF
105 105 105
7 9001 6
1613 141 9651
317 63 1723
CL CL CL AV CL PR CL CL CL AV AV AV
03099A105000040000FL 03099A105000050000FT 03099A105000160000FI 03099A105000170000FJ 03099A106090120000FO 03099A106000660000FH 03099A106090110000FM 03099A106000740000FG 03099A106000680000FA 03099A106000600000FI 03099A106000590000FE 03099A106000900000FD
105 105 105 105 106 106 106 106 106 106 106 106
4 5 16 17 9012 66 9011 74 68 60 59 90
3693 2296 1518 1108 216 7406 169 2857
597 492 615 417 74 2724 47 1004
8198 1919
1538 262
03099A106000610000FJ 03099A106000650000FU
106 106
61 65
4027 5523
PAZ 16. 03380 BIGASTRO (ALACANT) EN EL MUNICIPIO. 03300 ORIHUELA (ALACANT) PAZ 16. 03380 BIGASTRO (ALACANT) DUQUE DE TAMAMES 19 PL:6 PT:B. 03300 ORIHUELA (ALACANT) MARQUES ARNEVA 1. 03300 ORIHUELA (ALACANT) DUQUE TAMAMES 29 PL:3 PT:DA. 03300 ORIHUELA (ALACANT) MARQUES ARNEVA 1. 03300 ORIHUELA JOSE ANTONIO 8. 03313 ORIHUELA (ALACANT) ANTONIO MACHADO 2. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) DUQUE TAMAMES 45 PL:3 PT:E. 03300 ORIHUELA (ALACANT) DUQUE TAMAMES 45 PL:3 PT:E. 03300 ORIHUELA (ALACANT) ORIHUELA TORREMENDO 8. 03300 ORIHUELA (ALACANT)
SERV. DE ACCESO PASO/ AL ACCESO APOYO (M2) NATURALEZA DEL TERRENO
1098
ALMENDRO SECANO, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO ALMENDRO SECANO
25
T-3
137
1600
T-4
31
1600
T-5
123
1600
1040 1582
T-6
123
70 1531
T-3
404
T-4, T-5 945 T-4, T-5 873 T-4, T-5 384 T-5 141 T-5 456 T-5 1309
ALMENDRO REGADÍO, ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO AGRIOS REGADÍO ALMENDRO REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO ALMENDRO SECANO, MATORRAL VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO ALMENDRO SECANO, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO ALMENDRO SECANO, MATORRAL, ARBOLADO LABOR O LABRADÍO SECANO IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO ALMENDRO SECANO
ORH-18
BAÑULS Y LOPEZ SL
CL PAIS VALENCIANO 9. 03380 BIGASTRO (ALACANT)
03099A106000450000FL
106
45
5284
2076
T-7
114
1600
T-6, T-7 1857
ORH-20 ORH-22
GUILLAMON CUENCA JULIO MARTINEZ LORENTE JOSEFINA, MARTINEZ LORENTE JOSEFINA, TORREGROSA MARTINEZ MARIA JOSE, TORREGROSA MARTINEZ SALVADOR, TORREGROSA MARTINEZ VICENTE, TORREGROSA MARTINEZ MARIA JOSE, TORREGROSA MARTINEZ SALVADOR, TORREGROSA MARTINEZ VICENTE TORREGROSA MARTINEZ SALVADOR, TORREGROSA MARTINEZ MARIA JOSE, TORREGROSA MARTINEZ VICENTE VALERO HERNANDEZ ANTONIO
CL CALVO SOTELO 50. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) CL OLIVO 11. 03313 ORIHUELA (ALACANT)
03099A106000430000FQ 03099A106000690000FB
106 106
43 69
1569 3581
801 1039
T-8
33
1567 34
T-7, T-8 1286 T-8 584
ALMENDRO SECANO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO, MATORRAL, ARBOLADO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO, MATORRAL, ARBOLADO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, MATORRAL, ARBOLADO ALMENDRO SECANO
CL OLIVO 11. 03313 ORIHUELA (ALACANT)
03099A106000420000FG
106
42
4740
986
T-8, T-9 1563
ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO
LG TORREMENDO CL FEDERACION 9. 03300 ORIHUELA (ALACANT)
03099A106000310000FS
106
31
6118
1693
T-8, T-9 1675
CL JAIME I 6 PL:BA. 03300 ORIHUELA (ALACANT)
03099A106000850000FK
106
85
ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, MATORRAL, MIMBRERAS O CAÑAVERALES, ARBOLADO ALMENDRO SECANO
CR CL LG CL CL CR CL AV
ORH-23
ORH-24
CL ALMENDRO-TORREMENDO 13. 03300 ORIHUELA (ALACANT) CL EL ALGARROBO 25. 03313 ORIHUELA (ALACANT)
SUP. APOYOS Y ANILLO OC. TIERRA TEMPORAL APOYOS (M2) AL (M2)
ORH-24-1 CARRASCO MARTINEZ ANA ISABEL, CARRASCO MARTINEZ MARIA JOAQUINA, CARRASCO MARTINEZ MARIA CARMEN ORH-25 AGRICOLA MIRA COSTA SA ORH-26 SAEZ LORENTE LUIS ORH-27 ALMAGRO GODOY JOSE ORH-28 SAEZ LORENTE LUIS ORH-29 GENERALITAT VALENCIANA ORH-30 AGRICOLA MIRA COSTA SA ORH-30-1 GIL MARTINEZ REMEDIOS ORH-30-2 SAEZ CASTRO ANA MARIA, SAEZ CASTRO HILARIO ORH-31 GAMASOL CONSULTING Y VENTAS SL ORH-32 DEL ARROYO PARDO MANUEL PILAR ORH-32-2 GAMASOL CONSULTING Y VENTAS SL ORH-32-3 GAMASOL CONSULTING Y VENTAS SL ORH-33 GAMASOL CONSULTING Y VENTAS SL
REBATE FINCA SAN PASCUAL. 03300 ORIHUELA (ALACANT) LO SASTRE 20. 03187 LOS MONTESINOS (ALACANT) TORREMENDO CL IGLESIA 10. 03300 ORIHUELA (ALACANT) LO SASTRE 20. 03187 LOS MONTESINOS (ALACANT) CABALLEROS 2. 46001 VALENCIA (VALENCIA) REBATE FINCA SAN PASCUAL. 03300 ORIHUELA (ALACANT) REYES CATOLICOS TORREMDO 4. 03300 ORIHUELA (ALACANT) DE ORIHUELA 7 PL:1 PT:1. 03300 ORIHUELA (ALACANT)
03099A106000390000FG 03099A106000380000FY 03099A106000370000FB 03099A106000360000FA 03099A107090030000FH 03099A107000120000FW 03099A107000020000FI 03099A107000010000FX
106 106 106 106 107 107 107 107
39 9984 2183 38 2267 822 37 6156 1772 36 33 112 9003 265 62 12 16522 3189 2 1
AV EUSEBIO SEMPERE 22 PL:EN PT:1. 03003 ALICANTE/ALACANT (ALACANT) CL NUÑEZ DE BALBOA 42. MADRID (MADRID) AV EUSEBIO SEMPERE 22 PL:EN PT:1. 03003 ALICANTE/ALACANT (ALACANT) AV EUSEBIO SEMPERE 22 PL:EN PT:1. 03003 ALICANTE/ALACANT (ALACANT) AV EUSEBIO SEMPERE 22 PL:EN PT:1. 03003 ALICANTE/ALACANT (ALACANT)
03099A107001160000FL 03099A107000030000FJ 03099A107001150000FP 03099A107001140000FQ 03099A107001100000FA
107 107 107 107 107
116 3 115 114 110
ORH-35
CL MARQUES ARNEVA 1. 03300 ORIHUELA (ALACANT)
03099A107090080000FG
107
CL ESPARTINAS 5 PL:3 PT:D. 28001 MADRID (MADRID) CL NUÑEZ DE BALBOA 65 PL:7 PT:A. 28001 MADRID (MADRID) CL AZORIN 9 PL:7 PT:C. 03184 TORREVIEJA (ALACANT)
03120A012000410000GT 03120A012000390000GF 03120A012000350000GQ
CL APATEL. 03380 BIGASTRO (ALACANT)
T.M. SAN SMG-1 SMG-2 SMG-3
AYUNTAMIENTO DE ORIHUELA
MIGUEL DE SALINAS (ALICANTE) ARROYO GONZALEZ PINTADO ESPERANZA RODRIGUEZ GARCIA M ISABEL HERNANDEZ MATEO PEDRO, SAMPER CONESA MARIA CARMEN, SAMPER CONESA MARIA CARMEN, HERNANDEZ MATEO PEDRO SMG-4 SAT N 7112 EXPLOTACIONES AGRICOLAS BIGASTRENSES SMG-5 SAT N 7112 EXPLOTACIONES AGRICOLAS BIGASTRENSES SMG-6 GENERALITAT VALENCIANA SMG-7 PASTOR COSTA MIGUEL RAMON, MARIN PEREZ FRANCISCO, SANCHEZ BAEZA MARIA PILAR, PASTOR COSTA MIGUEL RAMON SMG-8 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-9 MARIN PEREZ FRANCISCO, PASTOR COSTA MIGUEL RAMON SMG-10 BELMONTE ANDREU CARLOS SMG-12 MARTINEZ SOTO CARMEN SMG-12-1 MARTINEZ ORTUÑO AMANCIO MARTINEZ ORTUÑO JOAQUIN MIGUEL SMG-13 QUESADA TORREGROSA JOSE SMG-14 QUESADA TORREGROSA JOAQUIN
T-9
146
1600
T-6
2241
T-9
173
T-10
123
1757
137
1432 169 1600
T-10
T-11
T-11 T-11
755 384
T-12
146
1600
T-12 T-12 T-12
1621 75 225
8879 1092 10640 3237 T-13, T-14 268
3200
8971
2630
1600
T-13, T-13, T-14 T-13 T-13, T-15
263 1853 29 1015 490
9008
220
64
AGRIOS REGADÍO, ALMENDRO SECANO, LABOR SECANO ALMENDRO SECANO, LABOR REGADÍO, ARBOLADO ALMENDRO SECANO, LABOR SECANO ALMENDRO SECANO, LABOR SECANO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, LABOR REGADÍO, PASTOS, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO
12 12 12
41 39 35
2986 1182 2547
782 352 889
MATORRAL AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO
03120A012000340000GG
12
34
6834
1456
CL APATEL. 03380 BIGASTRO (ALACANT)
03120A012000320000GB
12
32
2525
868
T-17
137
1544
T-17
310
AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO
CL CABALLEROS 2. 46001 VALENCIA (VALENCIA) CL JOAQUIN ORTUÑO 3. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT)
03120A012090030000GM 03120A012000290000GB
12 12
9003 29
159 9649
68 3236
T-18
35
1600
T-18
780
VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, PASTOS, ARBOLADO
CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT)
03120A011090030000GI
11
9003
231
56
CL JOAQUIN ORTUÑO 3. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A011000020000GM CL VELAZQUEZ 41. 03380 BIGASTRO (ALACANT) 03120A011001350000GD CL LIMON 3 PL:3 PT:M. 03300 ORIHUELA (ALACANT) 03120A011001330000GK CL DIECINUEVE ABRIL 13. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A011001150000GW
11 11 11 11
2 135 133 115
5061 2588 3803
1406 823 1312
CL ALBACETE CIUDAD COMUNICA 3. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A011001240000GP CL MIGUEL PEREZ MATEO 6. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A011000940000GP
11 11
124 94
9807 2943
1863 1304
T-15
T-16
115
146
1600
T-16
745
AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO ALMENDRO SECANO, MATORRAL AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, LABOR REGADÍO, ARBOLADO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO, MATORRAL VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, LABOR O LABRADÍO REGADÍO ALGARROBO SECANO, IMPRODUCTIVO
AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO
VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO T-19
134
T-20
134
1370 231 1600
T-21
33
1595
T-18, T-19 848 T-20 T-20
531 211
AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO IMPRODUCTIVO, INVERNADEROS HORTALIZAS, LABOR O LABRADÍO SECANO ALMENDRO SECANO, LABOR REGADÍO IMPRODUCTIVO, OLIVOS SECANO, PASTOS
T-21
597
AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, MATORRAL AGRIOS REGADÍO, ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, MATORRAL, ARBOLADO
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COD.
PROPIETARIO
DIRECCIÓN
REF. CATASTRAL
SMG-15
RESIDENCIAL MIRA LLEVANT SL, DESARROLLO DE INVERSIONES ILICITANAS SA
CL DIAGONAL PALACIO 10. 03202 ELCHE/ELX (ALACANT)
03120A011000920000GG
SMG-16 SMG-17
GENERALITAT VALENCIANA RESIDENCIAL MIRA LLEVANT SL, DESARROLLO DE INVERSIONES ILICITANAS SA, RESIDENCIAL MIRA LLEVANT SL SMG-18 EUROBRISAS SA SMG-19 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-22 PEREZ PEREZ JESUS PEREZ PEREZ MANUEL SMG-25 PEREZ PEREZ FRANCISCO SMG-26 GIMENEZ PEREZ BALBINA SMG-27 CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI SMG-30 CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI SMG-31 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-32 GIMENEZ PEREZ TRINIDAD SMG-33 HURTADO PEREZ MIGUEL SMG-35 HURTADO RODRIGUEZ JOSE ANTONIO SMG-36 CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI SMG-37 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-38 CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI SMG-39 PEREZ ANTOLINO TRINIDAD SMG-41 LORENTE TORREGROSA JOAQUIN, LORENTE TORREGROSA VICENTE ANTONIO SMG-42 PEREZ PEREZ ASCENSION SMG-43 LORENTE TORREGROSA JOAQUIN SMG-44 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-46 LORENTE TORREGROSA JOAQUIN SMG-48 GENERALITAT VALENCIANA SMG-49 PEREZ GIMENEZ CARMEN SMG-50 ZAFRA GIMENEZ CONCEPCION SMG-51 MUÑOZ TOVAR MARIA SMG-52 MUÑOZ TOVAR MARIA SMG-53 PUJANTE LARROSA MARIA BELEN, PUJANTE LARROSA JUAN JOSE, PUJANTE LARROSA ALBERTO, PUJANTE LARROSA GUSTAVO SMG-58 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-60 GARCIA MUÑOZ JOSEFA SMG-61 GARCIA MUÑOZ JOSEFA, GARCIA MUÑOZ JOSEFA SMG-62 PASTOR LORENZO ALFREDO SMG-63 GARCIA MURPHY PEDRO SMG-64 HUERTAS VALERO ROSA MARIA SMG-65 CARCEL PEREZ JUAN SMG-66 SANCHEZ MARTINEZ CELESTINA CARMEN SMG-67 SANCHEZ MARTINEZ CELESTINA CARMEN SMG-69 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-71 CARCEL PEREZ JUAN SMG-72 HUERTAS ROS LUCRECIA SMG-75 HERNANDEZ HERNANDEZ JOSE FERNANDO SMG-75-4 HUERTAS VALERO FRANCISCO SMG-76 LORENTE LOPEZ ANTONIO SMG-77 HUERTAS MORA JOSE LUIS SMG-78 MATEO ORTUÑO LUIS CLEMENTE, MATEO ORTUÑO IRENE MARIA SMG-80 GEA HUERTAS GINES SMG-81 HURTADO GARCIA MIGUEL SMG-83 SANCHEZ PASTOR M CARMEN SMG-84 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-85 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-88 ANIORTE MARTINEZ FRANCISCO SMG-90 AYUNTAMIENTO DE SAN MIGUEL DE SALINAS SMG-94 KETTERER GIL DE PAREJA MARIANO KETTERER PEREZ-CABRERO MARIA KETTERER PEREZ-CABRERO LOURDES G. SMG-95 IBERDROLA SA T.M. ALMORADÍ (ALICANTE) AMD-3 CAJA PAGADORA II DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE RURAL Y MARI AMD-4 AYUNTAMIENTO DE ALMORADI AMD-5 DESCONOCIDO AMD-6 HUERTAS MORA JOSE LUIS AMD-7 MARCOS GARCIA MANUEL AMD-8 AYUNTAMIENTO DE ALMORADI T.M. LOS MTS-1 MTS-2 MTS-4
MONTESINOS (ALICANTE) GENERALITAT VALENCIANA ORTIZ MORA JOSE VENANCIO UNIDAD DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO ALICANTE MTS-5 GALIANO BENAVENTE EMILIOS MTS-6 CELEBRACIONES VEGA BAJA SL MTS-6-1 AYUNTAMIENTO DE LOS MONTESINOS MTS-7 CELEBRACIONES VEGA BAJA SL MTS-8 CELEBRACIONES VEGA BAJA SL
14
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POL.
ZONA DE SERV. SEGUVUELO RIDAD PARC. (M2) (M2)
SUP. APOYOS Y ANILLO OC. TIERRA TEMPORAL APOYOS (M2) AL (M2)
11
92
3925
1290
CL CABALLEROS 2. 46001 VALENCIA (VALENCIA) 03120A011090010000GD CL JOSEP JOAQUIM LANDERER 42 PL:6. 03202 ELCHE/ELX (ALACANT) 03120A013000210000GO
11 13
9001 21
179 636
46 261
UR BALCON COSTA BLANCA. 03180 TORREVIEJA (ALACANT) CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) CL MUNICIPIO. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT)
03120A013000220000GK 03120A013090130000GO 03120A013000920000GX
13 13 13
22 12084 2884 9013 761 127 92 7980 1961
CL DIECINUEVE DE ABRIL 40. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) CL ANGEL ALCARAZ 10. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) PZ SAN JUAN DE LA CRUZ. 28003 MADRID (MADRID)
03120A013000890000GX 03120A013000880000GD 03120A013090140000GK
13 13 13
89 88 9014
2438 546 153
719 155 56
IMPRODUCTIVO, LABOR REGADÍO, PASTOS ALMENDRO SECANO, PASTOS HIDROGRAFÍA CONSTRUIDA (EMBALSE, CANAL..)
PZ SAN JUAN DE LA CRUZ. 28003 MADRID (MADRID)
HIDROGRAFÍA CONSTRUIDA (EMBALSE, CANAL..)
03120A013090120000GM
13
9012
350
106
CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A013090100000GT CL ANGEL ALCARAZ 11. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A013000780000GL CL LUIS CARACENA 6. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A013000730000GB CL MIGUEL HERNANDEZ 25. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A013000740000GY PZ SAN JUAN DE LA CRUZ. 28003 MADRID (MADRID) 03120A013090070000GT
13 13 13 13 13
9010 78 73 74 9007
92 4522 834 1103 991
35 1419 146 243 210
CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A013090060000GL PZ SAN JUAN DE LA CRUZ. 28003 MADRID (MADRID) 03120A013090050000GP
13 13
9006 9005
350 425
81 103
CL MUNICIPIO. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) AV DE LA CRUZ 32. 03310 JACARILLA (ALACANT)
03120A013000670000GH 03120A013000700000GH
13 13
67 70
510 3228
133 975
PARQUE LA MANGA MAR MENOR 2. 30370 CARTAGENA (MURCIA) 03120A013000680000GW AV CRUZ 34. 03310 JACARILLA (ALACANT) 03120A013000690000GA CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002090340000GQ AV CRUZ 34. 03310 JACARILLA (ALACANT) 03120A002000030000GA CL CABALLEROS 2. 46001 VALENCIA (VALENCIA) 03120A002090010000GG CL GARCIA MORATO 14. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000050000GY CL AUDITORIUM 1. 30008 MURCIA (MURCIA) 03120A002000040000GB CR ZENETA 107. 30130 BENIEL (MURCIA) 03120A002000060000GG CR ZENETA 107. 30130 BENIEL (MURCIA) 03120A002000070000GQ
13 13 2 2 2 2 2 2 2
68 69 9034 3 9001 5 4 6 7
1095 2072 325 1388 148 1167 796 1327 1438
196 238 58 250 27 130 379 229 441
PZ SANTA ISABEL 4 ES:1 PL:3 PT:C. 30004 MURCIA (MURCIA) 03120A002000080000GP CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002090320000GY CR DE ZENETA 6. 30130 BENIEL (MURCIA) 03120A002000100000GQ CR DE ZENETA 6. 30130 BENIEL (MURCIA) 03120A002000370000GY CL JUAN XXIII 7. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000120000GL CL MUNICIPIO. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000130000GT CL SORALLA 4. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000220000GD CR ZENETA 6. 30130 BENIEL (MURCIA) 03120A002000270000GS CL ALMORADI 7 PL:B. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000230000GX CL ALMORADI 7 PL:B. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000240000GI CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002090270000GA CR ZENETA 6. 30130 BENIEL (MURCIA) 03120A002000260000GE CL MUNICIPIO. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000290000GU CL 19 DE ABRIL 21 PL:A PT:J. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000190000GD CL SAN PANCRACIO 9. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000300000GS CL ARNICHES 3. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000180000GR CL CHAPAPRIETA 8 ES:1 PL:5 PT:A. 03181 TORREVIEJA (ALACANT) 03120A002000170000GK
2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
8 9032 10 37 12 13 22 27 23 24 9027 26 29 19 30 18 17
9587 149 6403 924 1030 120 1709 860 560 58 751 932 1676
2791 42 2036 426 317 10 83 798 366 390 29 349 421 693
1456 1363
390 275
CL MURILLO 2. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000970000GH CL PEDRO LORCA 69 PL:4 PT:B. 03182 TORREVIEJA (ALACANT) 03120A002000160000GO CL TOMAS PEREZ 9. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002000980000GW CL VICENTE FUENTES 19. 03205 ELCHE/ELX (ALACANT) 03120A002001140000GK CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002090200000GJ CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A002090250000GH AV DE LOS MARINEROS 4 PL:5 PT:C. 03182 TORREVIEJA (ALACANT) 03120A003000100000GH CL DIECINUEVE ABRIL 36. 03193 SAN MIGUEL DE SALINAS (ALACANT) 03120A003090270000GE CL DEL CARMEN 59 PL:5 PT:C. 30201 CARTAGENA (MURCIA) 03120A003000070000GH
2 2 2 2 2 2 3 3 3
97 16 98 114 9020 9025 10 9027 7
721 874 1832 2148 12 48 1666 65 3583
224 283 475 1110 23 21 517 25 1316
PZ EUSKADI 5. 48009 BILBAO (BIZKAIA)
03120A003001590000GI
3
159
478
171
PZ SAN JUAN DE LA CRUZ. 28003 MADRID (MADRID)
03015A015090070000KS
15
9007
8
11
PZ CL CL PZ PZ
03015A015090010000KR 03015A015000430000KX 03015A015000440000KI 03015A015000460000KE 03015A015090300000KM
15 15 15 15 15
9001 43 44 46 9030
129 859 374 2085 47
53 359 175 1062 16
CL CABALLEROS 2. 46001 VALENCIA (VALENCIA) CL JOSE ANTONIO 14. 03300 ORIHUELA (ALACANT) PZ MONTAÑETA 5. 03001 ALICANTE/ALACANT (ALACANT)
03141A005090200000YH 03141A005001320000YP 03141A005090270000YP
5 5 5
9020 132 9027
138 8541 3079
45 2635 759
CL CL PZ CL CL
03141A005001180000YU 03141A005001160000YS 03141A005090250000YG 03141A005001150000YE 03141A005001140000YJ
5 5 5 5 5
118 116 9025 115 114
1881 549
581 309
2082
820
CONSTITUCION 1. 03160 ALMORADI (ALACANT) REYES CATOLICOS 39. 03003 ALICANTE/ALACANT (ALACANT) CHAPAPRIETA 8 ES:1 PL:5 PT:A. 03181 TORREVIEJA (ALACANT) NUEVA 1. 03300 ORIHUELA (ALACANT) CONSTITUCION 1. 03160 ALMORADI (ALACANT)
SOR PATROCINIO 15. 03300 ORIHUELA (ALACANT) LORQUI 2 PL:BJ. 30740 SAN PEDRO DEL PINATAR (MURCIA) DEL AYUNTAMIENTO 1. 03187 LOS MONTESINOS (ALACANT) LORQUI 2 PL:BJ. 30740 SAN PEDRO DEL PINATAR (MURCIA) LORQUI 2 PL:BJ. 30740 SAN PEDRO DEL PINATAR (MURCIA)
T-22
198
1600
SERV. DE ACCESO PASO/ AL ACCESO APOYO (M2) NATURALEZA DEL TERRENO
T-22
313
AGRIOS REGADÍO, ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, INVERNADEROS HORTALIZAS, MATORRAL, PASTOS, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, MATORRAL
ALGARROBO SECANO, IMPRODUCTIVO, MATORRAL VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO ALGARROBO SECANO, ALMENDRO SECANO, PASTOS
T-23
217
1600
T-23
363
T-24
162
1394
T-24
386
T-25
123
1600
T-25
472
VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO ALMENDRO SECANO, IMPRODUCTIVO, MATORRAL, PASTOS, ARBOLADO AGRIOS REGADÍO, MATORRAL PASTOS HIDROGRAFÍA CONSTRUIDA (EMBALSE, CANAL..) VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO HIDROGRAFÍA CONSTRUIDA (EMBALSE, CANAL..)
T-26
171
1589
T-26
1413
AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO
25 488
AGRIOS REGADÍO AGRIOS REGADÍO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO ALMENDRO REGADÍO, IMPRODUCTIVO AGRIOS REGADÍO AGRIOS REGADÍO AGRIOS REGADÍO
97 T-27
198
1415
T-28
104
1600
T-29 T-30
104 94
1600 985 302 196
T-27 T-27
T-27, T-28 197 T-29 T-30
478 755
473 T-31
31
1242
T-31
239
T-32
162
1600
T-32 T-32
472 21
T-33
21
AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO AGRIOS REGADÍO AGRIOS REGADÍO PASTOS AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO AGRIOS REGADÍO LABOR REGADÍO, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS REGADÍO AGRIOS REGADÍO AGRIOS REGADÍO, ALMENDRO REGADÍO LABOR REGADÍO ALMENDRO REGADÍO AGRIOS REGADÍO, MATORRAL
T-33
33
1600
T-33
407
T-38
115
1620
T-38
158
MATORRAL MATORRAL AGRIOS REGADÍO ALMENDRO REGADÍO, MATORRAL VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO, MATORRAL
T-39
171
1581
T-39
612
IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO
HIDROGRAFÍA NATURAL (RÍO, ARROYO.), LAGUNA
T-34
33
1600
T-34
822
T-35
162
1600
T-35
735
T-36
123
1087
T-36 T-36 T-36 T-36
75 189 460 105
416
VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO IMPRODUCTIVO AGRIOS REGADÍO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO
VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS REGADÍO, IMPRODUCTIVO, LABOR REGADÍO, ARBOLADO VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO AGRIOS AGRIOS VÍA DE AGRIOS AGRIOS
REGADÍO, IMPRODUCTIVO REGADÍO COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO REGADÍO REGADÍO
boletín oficial de la provincia - alicante, 26 noviembre 2012 - n.º 225
15
butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
COD.
PROPIETARIO
DIRECCIÓN
REF. CATASTRAL
MTS-9
UNIDAD DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO ALICANTE FRUBESOL SL ANIORTE MARTINEZ CONCEPCION ANIORTE MARTINEZ JOSEFINA ANIORTE MARTINEZ FRANCISCO
PZ MONTAÑETA 5. 03001 ALICANTE/ALACANT (ALACANT)
03141A004090280000YR
4
9028
771
245
CT CL CL AV
03141A004000930000YP 03141A004001370000YJ 03141A004000900000YY 03141A004001720000YJ
4 4 4 4
93 137 90 172
2304 290 3356 699
1023 452 646 188
MTS-10 MTS-11 MTS-12 MTS-13
ARNEVA AL MOJON 2. 03300 ORIHUELA (ALACANT) SOL 5. 03300 ORIHUELA (ALACANT) TORREJON S BRUN 168. 03170 ROJALES (ALACANT) DE LOS MARINEROS 4 PL:5 PT:C. 03182 TORREVIEJA (ALACANT)
POL.
ZONA DE SERV. SEGUVUELO RIDAD PARC. (M2) (M2)
SUP. APOYOS Y ANILLO OC. TIERRA TEMPORAL APOYOS (M2) AL (M2)
SERV. DE ACCESO PASO/ AL ACCESO APOYO (M2) NATURALEZA DEL TERRENO
VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO T-37
104
1600
T-37
473
AGRIOS REGADÍO, LABOR REGADÍO LABOR O LABRADÍO REGADÍO IMPRODUCTIVO, LABOR REGADÍO AGRIOS REGADÍO
RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS DE LÍNEA AÉREA Y ACCESOS TRAMO SUBTERRÁNEO T.M. SAN MIGUEL DE SALINAS (ALICANTE) CÓDIGO
PROPIETARIO
DIRECCIÓN
REFERENCIA CATASTRAL
POL.
PAR.
SERV. SUBTERRÁNEA (M2)
CÁMARA DE EMPALME
SMG-95
IBERDROLA SA
PZ EUSKADI 5. 48009 BILBAO (BIZKAIA)
03120A003001590000GI
3
159
150
T-39, AT01, AT02, AT03
SUP. CÁMARA EMPALME (M2)
OCUPACIÓN TEMPORAL (M2)
NATURALEZA DEL TERRENO
564
IMPRODUCTIVO, LABOR SECANO
*1222600* ANUNCIO Instalación eléctrica. Expediente ATLIRE/2012/46/03. Información pública de la solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución. A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 88/ 2005, de 29 de abril, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat Valenciana, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se indica: Peticionario: ALCOA TRANSFORMACION DE PRODUCTOS, S.L. Emplazamiento de la instalación: VIA PARQUE, TRAMO AVDA. LORENZO CARBONELL-EL PALMERAL – Alacant. Documentos sometidos a información pública: - Proyecto. Denominación: SOTERRAMIENTO DE UN TRAMO DE L.A.A.T. 66 KV. «INESPAL», CON UNA LONGITUD TOTAL DE 300 m. Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en el Servicio Territorial de Energía, sito en C/ Churruca, 29 de Alicante, así como dirigir al citado Servicio Territorial las alegaciones (por duplicado) que se consideren oportunas en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Transcurrido dicho plazo sin realizar alegaciones, se le tendrá por conforme, decayendo en el derecho al trámite correspondiente. Ello, sin perjuicio de la interposición de los recursos que procedan contra la resolución definitiva del procedimiento, en los plazos legal y reglamentariamente establecidos.ALICANTE, 6 de noviembre de 2012.EL JEFE DEL SERVICIO TERRITORIAL DE ENERGIA, FDO.: RAFAEL MUÑOZ GÓMEZ. *1222601*
SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA ALICANTE ANUNCIO Por haber sido imposible practicar en el domicilio del interesado la notificación del acto administrativo que se relaciona a continuación, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, a efectos de los dis-
puesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre B.O.E. 27/11/1992). Expediente: PQALSP/2008/2/03 Interesado: GRUAS PRIMITIVO, S.L. Ultimo domicilio conocido: Parcela A 24 a Polígono Industrial I-8 03339 CREVILLENTE Acto: Requerimiento de documentación, para que en el plazo de 10 días hábiles presente la documentación requerida al Servicio Territorial de Industria de Alicante. TEXTO: INSTALACIÓN DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS. Con relación al expediente de referencia, deberá presentar la siguiente documentación: - Fichas de datos de seguridad de los productos químicos almacenados. A tal efecto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, se le concede un plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la recepción de esta notificación, para que se remita dicha documentación, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución. Alicante, 19 de noviembre de 2012 LA JEFA DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA Fdo: Emilia González Carrión. *1222520*
ANUNCIO Por haber sido imposible practicar en el domicilio del interesado la notificación del acto administrativo que se relaciona a continuación, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/ 11/1992). Expediente: APCRAL/2011/3/03 Interesado: MERMAID, S.L. Último domicilio conocido: Complejo Kristal Mar, 16 Ctra. Moraira-Calpe de Teulada (Alicante) Acto: Trámite de Audiencia para que en el plazo de 10 días hábiles pueda examinar el procedimiento instruido, formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones consideren oportunos ante el Servicio Territorial de Industria de Alicante.
boletín oficial de la provincia - alicante, 26 noviembre 2012 - n.º 225
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Texto: ASUNTO: CERTIFICADO DE RECONOCIMIENTO PARA INSTALACIONES DE CARGA Y CONTROL DE BOTELLAS DE EQUIPOS RESPIRATORIOS AUTÓNOMOS EN ACTIVIDADES SUBACUATICAS En fecha 26/07/2011 se solicitó documentación relativa al expediente de referencia y, habiendo transcurrido el plazo para su presentación sin que ésta haya sido aportada, este Servicio Territorial en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 97/2011, de 26 de agosto, del Consell por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación y de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre de 1992) y antes de redactar la propuesta de resolución, Acuerda, La iniciación del trámite de audiencia para que en el plazo de 10 días hábiles pueda examinar el procedimiento instruido, formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones consideren oportunos. Mediante este documento se notifica a MERMAID, S.L. según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992). Alicante, 19 de noviembre de 2012 LA JEFA DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA FDO. Emilia González Carrión. *1222521*
ANUNCIO Por haber sido imposible practicar en el domicilio del interesado la notificación del acto administrativo que se relaciona a continuación, se procede a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, a efectos de lo dispues-
butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225
to en el artículo 59.5 y 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre, B.O.E. 27/ 11/1992). Expediente: ISCOEI/2012/39/03 Interesado: CLIMAJAI ALCOY 2005, S.L. Último domicilio conocido: C/ Dr. Sempere, 27 local izq. Alcoy (Alicante) Acto: Trámite de Audiencia para que en el plazo de 10 días hábiles pueda examinar el procedimiento instruido, formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones consideren oportunos ante el Servicio Territorial de Industria de Alicante. Texto: En fecha 27/03/2012 se solicitó documentación relativa al expediente de referencia y, habiendo transcurrido el plazo para su presentación sin que ésta haya sido aportada, este Servicio Territorial en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto 97/2011, de 26 de agosto, del Consell por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación y de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre de 1992) y antes de redactar la propuesta de resolución, Acuerda, La iniciación del trámite de audiencia para que en el plazo de 10 días hábiles pueda examinar el procedimiento instruido, formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones consideren oportunos. Mediante este documento se notifica a CLIMAJAI ALCOY 2005, S.L. según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992). Alicante, 19 de noviembre de 2012 LA JEFA DEL SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA Fdo.: Emilia González Carrión. *1222546*
ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALGORFA EDICTO En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario fecha 22 de octubre de 2012, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 04/2012 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado Mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto, que se hace público resumido por capítulos: 1º.- Créditos extraordinarios y suplementos de créditos:
CAPÍTULO
DENOMINACIÓN
6
INVERSIONES REALES TOTAL
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS EUROS
SUPLEMENTOS CRÉDITOS EUROS
11.000,00 11.000,00
0,00 0,00
2º.- Financiación de las expresadas modificaciones de crédito de la forma siguiente: a)Mediante anulaciones o bajas de créditos de las siguientes partidas presupuestarias:
CAPÍTULO
DENOMINACIÓN
6
INVERSIONES REALES TOTAL
IMPORTE EUROS 11.000,00 11.000,00
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado. Alcalde Presidente, Fdo.: Antonio Lorenzo Paredes. *1222727* AYUNTAMIENTO DE ALTEA EDICTO Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número Dos de Alicante, D. Jorge Bonastre Hernández en
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nombre y representación de D. José María Llopis Senante y Dª. Ana Llopis Senante ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo nº 000547/2012, contra el Ayuntamiento de Altea. En consecuencia esta Alcaldía- Presidencia ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1988, para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días. En Altea a, 12 de noviembre de 2012. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Miguel Ortiz Zaragoza. *1222602*
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mero 163/2011 de veinte de junio, por la que se delegaba en Dª FRANCISCA GUILL SERRANO, el ejercicio de las competencias de dirección y gestión en SERVICIOS SOCIALES, PROMOCIÓN SOCIAL Y ASISTENCIA A DEPENDIENTES de este Ayuntamiento, agradeciéndole el esfuerzo y la dedicación empleados. SEGUNDO.- Cesar a Dª FRANCISCA GUILL SERRANO como miembro de la Junta de Gobierno y 1ER. Teniente de Alcalde. Dichos nombramientos fueron efectuados respectivamente, en resoluciones 161/2011 y 162/2011 de veinte de junio. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos citados. Castalla, 16 de noviembre de 2012. LA ALCALDESA, Fdo. Mª Teresa Gimeno Piña. *1222372*
AYUNTAMIENTO DE BENITACHELL EDICTO ANUNCIO En este Ayuntamiento se tramita expediente de alteración de la calificación jurídica para desafectar de dominio público y declarar como bien patrimonial de propios de esta Corporación parte de la parcela de terreno, sita en este municipio, de una superficie de 150 m2, del camino catastral 9009 del Polígono VII, de conformidad con la documentación obrante en el expediente. En cumplimiento de lo establecido en el art. 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales se somete a información pública por plazo de un mes a contar desde la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que durante dicho plazo puedan formularse las observaciones y reclamaciones oportunas. Lo que se hace público para general conocimiento. En Benitatxell, a 13 de noviembre de 2012. El Alcalde - Fdo. Josep Antoni Femenía i Mas *1222375* AYUNTAMIENTO DE EL CAMPELLO ANUNCIO El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2012 aprobó la caducidad de las autorizaciones para el uso de cada uno de los huertos urbanos concedidos, en base a lo dispuesto en los arts. 4 y 22 del Reglamento de Régimen de Uso de Huertos Urbanos, de modo que el 25 de marzo de 2013 se dan por finalizadas dichas autorizaciones sin derecho a indemnización a favor de los adjudicatarios. Lo cual se publica durante el plazo de 30 días para la presentación de las alegaciones/sugerencias que se estimen oportunas. El Campello, 9 de noviembre de 2012 El Alcalde Fdo. Juan José Berenguer Alcobendas *1221943* AYUNTAMIENTO DE CASTALLA ANUNCIO Esta Alcaldía, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 44, 46 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por resolución número 446/2012 de fecha de hoy, dieciséis de noviembre, HA RESUELTO: «… PRIMERO.- Revocar y dejar sin efecto a partir del día de hoy, la Resolución de esta Alcaldía-Presidencia nú-
Esta Alcaldía, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 44, 46 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por resolución número 446/2012 de fecha de hoy, dieciséis de noviembre, HA RESUELTO: «…PRIMERO.- Revocar y dejar sin efecto a partir del día de hoy, la Resolución de esta Alcaldía-Presidencia número 150/2012 de veinte de abril, por la que se delegaba en D. JUAN ANTONIO RICO MIRA, el ejercicio de las competencias de dirección y gestión en las áreas de PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO URBANO, PLAN GENERAL, AREA DE URBANISMO Y FUNCIONAMIENTO de este Ayuntamiento, agradeciéndole el esfuerzo y la dedicación empleados. SEGUNDO.- Cesar a D. JUAN ANTONIO RICO MIRA como miembro de la Junta de Gobierno, nombramiento efectuado por resolución 161/2011 de veinte de junio. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos citados. Castalla, 16 de noviembre de 2012. LA ALCALDESA, Fdo. Mª Teresa Gimeno Piña. *1222373* AYUNTAMIENTO DE ELCHE EDICTO La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Elche, en sesión celebrada el día 9 de noviembre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo: «PRIMERO.- Aprobar la modificación de las Bases de la convocatoria de subvenciones para el mantenimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público en edificios integrados en Áreas de Renovación Urbana del ejercicio de 2011, aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de diciembre de 2011, en los términos que se señalan en el Anexo. SEGUNDO.- Ordenar la publicación de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Anexo MODIFICACIÓN de LAS BASES de la convocatoria de subvenciones para el mantenimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público en edificios integrados en Áreas de Renovación Urbana del ejercicio de 2011, aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 2 de diciembre de 2011. Primero.- La Base Primera queda redactada de la siguiente forma:
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PRIMERA.- OBJETO. Es objeto de las presentes bases el regular el régimen de subvenciones en el ámbito conjunto de las Concejalías de Barrios, Renovación urbana, y Urbanismo, destinadas a la realización de obras de conservación de inmuebles incluidos en zonas declaradas en proceso de degradación y/o áreas de renovación urbana. Se consideran obras de conservación subvencionables tanto las actuaciones ya realizadas como las que se encuentran por desarrollar. La finalidad de la actuación consiste en facilitar el mantenimiento de las condiciones necesarias de seguridad, salubridad y ornato público de aquellos edificios incluidos en dichas áreas, en el período que media hasta la ejecución de la acción de renovación que corresponda. Segundo.- La Base Cuarta queda redactada de la siguiente forma: CUARTA.- SOLICITUDES, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. La solicitud de subvención se formalizará según modelo de solicitud que figura como Anexo I de las presentes Bases, y será presentada junto con la documentación requerida, en el Registro General Municipal o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente al de la notificación de la correspondiente orden de ejecución, para el caso de que se opte por la ejecución por sus propios medios. En el caso de que se haya optado por la ejecución subsidiaria por parte del Ayuntamiento, el plazo de 30 días comenzará a contar desde la fecha de notificación de la correspondiente liquidación por el Ayuntamiento. Para las actuaciones ya ejecutadas, el plazo de presentación de solicitudes comenzará a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y se extenderá hasta el 15 de enero de 2013". Lo que se hace público para general conocimiento. En Elche, a 14 de noviembre de 2012. El Teniente de Alcalde de Ordenación Urbana, Infraestructuras y Asesoría Jurídica Fdo.: Vicente J. Granero Miralles *1222369* AYUNTAMIENTO DE FINESTRAT EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación de carácter colectivo en expedientes de restauración de la legalidad urbanística, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante legal, sin que haya sido posible practicarla, por causas no imputables a este Ayuntamiento, se ponen de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar las siguientes actuaciones: NOMBRE
Nº EXPTE
ASUNTO
JOSEPH RAFFY MARIE JUAN ESCRIVA GARCIA EDUARD RADICH CLAUS TRONHJEM FLOWER E. JIRON GUACA ESTIBALIZ ALPIÑANIZ ALDEGUER CLAUS TRONHJEM
D-IUO-2012/027 D-IUO-2012/038 D-IUO-2012/033 D-IUO-2012/013 D-IUO-2012/034 D-IUO-2012-035 D-IUO-2012/039
RESTAURACIÓN RESTAURACIÓN RESTAURACIÓN RESTAURACIÓN RESTAURACIÓN RESTAURACIÓN RESTAURACIÓN
LEGALIDAD LEGALIDAD LEGALIDAD LEGALIDAD LEGALIDAD LEGALIDAD LEGALIDAD
URBANA. URBANA. URBANA. URBANA. URBANA. URBANA. URBANA.
En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados relacionados deberán comparecer en el plazo de 10 días contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Servicio de Urbanismo, sito en Plaça de l’Ajuntament, nº 1, 2ª planta, al efecto de practicar la notificación de las citadas resoluciones.
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Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Finestrat, 08 de noviembre de 2012. El Alcalde- Presidente Fdo. Honorato Algado Martínez. *1222222* AYUNTAMIENTO DE FORMENTERA DEL SEGURA EDICTO D. Francisco Cano Murcia Alcalde del Ayuntamiento de Formentera del Segura, hace saber que teniendo que proceder a la notificación del Decreto Nº 203/2012, y fecha de 20 de septiembre de 2012, dirigida a HARZI-NATI SL, con dirección a efecto de notificaciones en C/ Mayor, 65, 03140 Guardamar del Segura, Alicante, propietaria de la parcela urbana sita en C/ Las Palmeras, esquina C/ El Pantano, de Formentera del Segura, ha sido devuelta por los servicios de correos, por encontrarse ausente en su domicilio. Y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notificación y posterior exposición en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de 20 días, para que el interesado actúe como mejor considere, cuyo texto íntegro es el siguiente: NOTIFICACIÓN DE DECRETO. El secretario-interventor del Excmo. Ayuntamiento de Formentera del Segura, según Decreto de Alcaldía Nº 203/ 2012 de 20 de septiembre de 2012. NOTIFICA: D. Francisco Cano Murcia Alcalde de Formentera del Segura, de conformidad con la legislación aplicable, y en uso de la competencia legalmente atribuida, visto el informe de los servicios técnicos municipales, en referencia a limpieza de solar sito en calle Pantano, esquina Las Palmeras: 1.- Que los propietarios de terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo; de conformidad con lo previsto en los artículos 206, de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana-en adelante la LUV-, y 10 y 11 del Reglamento de Disciplina Urbanística. Vengo a disponer: Primero.- Que habiendo realizado limpieza de solar agotado el plazo concedido para que la mercantil ejecutase dichos trabajos. Dando un plazo para que se realizase la limpieza de 15 días. Segundo.- El Ayuntamiento acomete las obras de limpieza del solar por un importe de 401,20 •. Tercero.- Dar cuenta de esta resolución a los interesados para su conocimiento, de que procedan abonar dicho importe en las cuentas del Ayuntamiento de Formentera del Segura. El ingreso se efectuara en periodo voluntario según los plazos establecidos: Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. SI la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. CAM: 2090 7220 73 0200017685. RURAL: 3005 0030 69 1139248627. Lo que pongo en su conocimiento, a los efectos oportunos, haciéndole saber que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el mismo órgano que dictó el acuerdo, o
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recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio (Art. 116 de la Ley 30792, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Formentera del Segura, a 11 de Mayo de 2012. El Secretario-Interventor. D. Juan Carlos Martínez Marín. Lo que se hace público para conocimiento de HARZINATI SL, a los efectos oportunos en Formentera del Segura, a veintiuno de noviembre de dos mil doce. El Alcalde. D. Francisco Cano Murcia. *1222775*
EDICTO D. Francisco Cano Murcia Alcalde del Ayuntamiento de Formentera del Segura, hace saber que teniendo que proceder a la notificación del Decreto Nº 204/2012, y fecha de 20 de septiembre de 2012, dirigida a GESTIONES Y ALQUILERES ALVIMA SL, con dirección a efecto de notificaciones en Avd/ País Valenciano, 55 1º centro, 03201 Elche, Alicante, propietaria de la parcela urbana sita en Avd. Constitución, 82, de Formentera del Segura, ha sido devuelta por los servicios de correos, por encontrarse ausente en su domicilio. Y de conformidad en lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede al anuncio de la expresada notificación y posterior exposición en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento durante el plazo de 20 días, para que el interesado actúe como mejor considere, cuyo texto íntegro es el siguiente: NOTIFICACIÓN DE DECRETO. El secretario-interventor del Excmo. Ayuntamiento de Formentera del Segura, según Decreto de Alcaldía Nº 204/ 2012 de 20 de septiembre de 2012. NOTIFICA: D. Francisco Cano Murcia Alcalde de Formentera del Segura, de conformidad con la legislación aplicable, y en uso de la competencia legalmente atribuida, visto el informe de los servicios técnicos municipales, en referencia a limpieza de solar sito en Avd. Constitución, 82: 1.- Que los propietarios de terrenos, construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras precisas para conservar o rehabilitar en ellos las condiciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo; de conformidad con lo previsto en los artículos 206, de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana-en adelante la LUV-, y 10 y 11 del Reglamento de Disciplina Urbanística. Vengo a disponer: Primero.- Que habiendo realizado limpieza de solar agotado el plazo concedido para que la mercantil ejecutase dichos trabajos. Dando un plazo para que se realizase la limpieza de 15 días. Segundo.- El Ayuntamiento acomete las obras de limpieza del solar por un importe de 767,00 •. Tercero.- Dar cuenta de esta resolución a los interesados para su conocimiento, de que procedan abonar dicho importe en las cuentas del Ayuntamiento de Formentera del Segura. El ingreso se efectuara en periodo voluntario según los plazos establecidos: Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. SI la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
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CAM: 2090 7220 73 0200017685 RURAL: 3005 0030 69 1139248627 Contra esta resolución podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o cualquier otra vía que estime oportuno. Lo que pongo en su conocimiento, a los efectos oportunos, haciéndole saber que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el mismo órgano que dictó el acuerdo, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio (Art. 116 de la Ley 30792, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Formentera del Segura, a 20 de septiembre de 2012. El Secretario-Interventor. D. Juan Carlos Martínez Marín. Lo que se hace público para conocimiento de GESTIONES Y ALQUILERES ALVIMA SL, a los efectos oportunos en Formentera del Segura, a veintiuno de noviembre de dos mil doce. El Alcalde. D. Francisco Cano Murcia. *1222776* AYUNTAMIENTO DE GORGA EDICTO ANUNCIO DE APROBACIÓN INICIAL El Pleno del Ayuntamiento de Gorga, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre de 2012, acordó la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Gorga, a 22 de noviembre de 2012 EL ALCALDE, Fdo.: Blas Calbo Ferrándiz. *1222869* AYUNTAMIENTO DE GUARDAMAR DEL SEGURA ANUNCIO Dña. Carmen Verdú García, Alcaldesa Presidenta del M.I. Ayuntamiento de Guardamar del Segura (Alicante). HACE SABER: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, y el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación Puntual nº 11 del Plan General de Ordenación Urbana, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de octubre 2012, que a continuación se trascribe, así como el texto de la modificación aprobada:
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«Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Planificación y Ordenación del Territorio, reunida en sesión de 18 de octubre de 2012, que dice: «Dada cuenta de la propuesta de la Sra. AlcaldesaPresidenta, Dña. Carmen Verdú García, que dice así: «El 28 de junio de 2012 Ayuntamiento Pleno acordó aprobar con carácter inicial la MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº11 DEL PGOU DE GUARDAMAR DEL SEGURA RELATIVA AL CAMBIO DE PARCELAS Y REDISTRIBUCION DE TIPOLOGÍAS EN UE1 SECTOR ZO-3. Visto que el indicado expediente ha sido sometido a información pública por periodo de un mes, mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (del 10/08/ 2012 al 10/09/2012), en el periódico La Verdad de Elche de fecha 2 de agosto de 2012, y en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana nº 6.837 de 9 de agosto 2012. Visto el informe emitido por la Secretaria Accidental del Ayuntamiento de fecha 28 de septiembre de 2012, en el que se indica que no consta la presentación de alegaciones respecto al expediente de que se trata durante el plazo comprendido entre el 10/08/2012 y el 10/09/2012. Se propone al Pleno Municipal, la adopción de los siguientes ACUERDOS: PRIMERO.- Aprobar definitivamente la MODIFICACION PUNTUAL Nº11 DEL PGOU DE GUARDAMAR DEL SEGURA RELATIVA AL CAMBIO DE PARCELAS Y REDISTRIBUCION DE TIPOLOGIAS EN UE1 SECTOR ZO3. SEGUNDO.- Publicar íntegramente el presente acuerdo de aprobación definitiva, junto con las normas urbanísticas objeto de aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 16/2005 de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, indicando que, según el articulo 107 de la citada Ley, los planes entran en vigor, y son inmediatamente ejecutivos a todos los efectos, a los quince días de la publicación de la resolución aprobatoria con trascripción de las normas y restantes documentos con eficacia normativa. TERCERO.-Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la realización de cuantas gestiones y actos resulten necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo.» La Comisión Informativa de Planificación y Ordenación del Territorio, con el voto favorable de los Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista, la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal d’Esquerra Unida y con el voto favorable de los Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular, por mayoría absoluta, ACUERDA dictaminar favorablemente la propuesta y su elevación al Ayuntamiento Pleno.» …///… El Ayuntamiento Pleno, con el voto favorable de los Srs. Concejales del Grupo Municipal Socialista, la abstención del Sr. Concejal del Grupo Municipal de Esquerra Unida y el voto favorable de los Srs. Concejales del Grupo Municipal Popular, por mayoría absoluta, acuerda APROBAR la propuesta en los términos en los que ha sido presentada.» Así mismo, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 16/2005 Urbanística Valenciana, se da publicidad a las normas urbanísticas y demás documentos con eficacia normativa que son objeto del presente expediente: CUADRO DE TIPOLOGIAS, SUPERFICIES Y EDIFICABILIDADES.
PARCELA
USO
24 25 26 27 29 30 31 32 33 34 TOTAL
RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL RESIDENCIAL TERCIARIO
TIPOLOGÍA AIS AIS AIS AIS AIS AIS AIS ADO-1 ADO-2 TBE
SUPERFICIE M 2S
EDIFICABILIDAD M2 T
286,58 286,75 264,73 233,08 282,44 369,69 374,89 1.283,43 2.855,73 604,51 6.841,83
160 160 148,25 130,52 158,17 207,03 209,94 513,37 2.855,73 804 5.347,01
EDIFICABILIDAD % 0,5583 0,5580 0,5600 0,5600 0,5600 0,5600 0,5600 0,4000 1,0000 1,3300
ALTURA
VIVIENDAS
PB+1 PB+1 PB+1 PB+1 PB+1 PB+1 PB+1 PB+1 PB+2 -
1 1 1 1 1 1 1 8 45 60
Las condiciones de edificación de las parcelas afectadas son las mismas que ostentan en la ordenación vigente: - las parcelas numeradas de la 24 a la 31 son de tipología Aislada, uso residencial. Su ficha de zona es la correspondiente al código AIS en el Plan General.
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- La parcela numerada como 32 es de tipología Adosada, uso residencial. Su ficha de zona es la correspondiente al código ADO-1 en el Plan General. - La parcela numerada como 33 es de tipología Adosada, uso residencial. Su ficha de zona es la correspondiente al código ADO-2 en el Plan General. - La parcela numerada como 34 es de uso terciario. Su ficha de zona es la correspondiente al código TBE en el Plan General. Cuarta.- Documentación. Se acompaña documento de refundición que refleja las nuevas determinaciones, a fin de reemplazar o ampliar la antigua documentación: - Plano de localización del Sector ZO 3 en el Plan General. - Plano de ordenación pormenorizada (OP-38) del PGOU vigente (1:1000). - Plano modificado de ordenación pormenorizada (MOD11) (OP-34) del PGOU (1:1000).» Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento, con carácter previo y potestativo; y, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, sin que dicho recurso suspenda la ejecución del acuerdo y sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. La presente modificación entrará en vigor según lo previsto en el artículo 107 de la Ley Urbanística Valenciana, transcurridos quince días contados a partir de la presente publicación. Guardamar del Segura (Alicante), 9 de noviembre de 2012. LA ALCALDESA-PRESIDENTA. Fdo.: Carmen Verdú García. *1222603* AYUNTAMIENTO DE HONDÓN DE LAS NIEVES EDICTO ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL El Pleno del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2012 acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de residuos sólidos urbanos. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Hondón de las Nieves, a 22 de noviembre de 2012. EL ALCALDE, Fdo.: Victoriano Sánchez Botella *1222810*
EDICTO ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL El Pleno del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construc-
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ciones, instalaciones y obras en el término municipal de Hondón de las Nieves. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Hondón de las Nieves, a 22 de noviembre de 2012. EL ALCALDE, Fdo.: Victoriano Sánchez Botella
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Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Hondón de las Nieves, a 22 de noviembre de 2012. EL ALCALDE, Fdo.: Victoriano Sánchez Botella *1222814*
*1222811* AYUNTAMIENTO DE IBI ANUNCIO
EDICTO
El Pleno del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2012, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la tasa de buzones concentrados domiciliarios, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Hondón de las Nieves, a 22 de noviembre de 2012. EL ALCALDE, Fdo.: Victoriano Sánchez Botella *1222812*
EDICTO ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL El Pleno del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias ambientales y comunicaciones ambientales. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. En Hondón de las Nieves, a 22 de noviembre de 2012. EL ALCALDE, Fdo.: Victoriano Sánchez Botella *1222813*
EDICTO ANUNCIO DE APROBACIÓN PROVISIONAL El Pleno del Ayuntamiento de Hondón de las Nieves, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES de Hondón de las Nieves.
Transcurrido el período de exposición e información pública y audiencia de los interesados, sobre los acuerdos provisionales adoptados por esta Corporación, en sesión plenaria nº 12/2.012, celebrada el día 24 de septiembre del año 2.012, en el punto 4º, sin que haya sido presentada reclamación o sugerencia alguna, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.3 del R.D.L. 2/2.004, de 05 de Marzo y lo acordado por la Corporación, han sido automáticamente elevado a definitivo, el acuerdo de imposición y ordenación de la Ordenanza Municipal que se relaciona, cuyo texto íntegro, es el siguiente: Primero.- Aprobar provisionalmente el ejercicio de las facultades que confiere la ley en orden a la fijación de los elementos necesarios para la determinación de la cuota tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, así como la modificación de la correspondiente Ordenanza fiscal, artículos 5º y 6º, quedando redactados de la siguiente manera: «Artículo 5º.- Obligaciones formales de los sujetos pasivos en relación con el impuesto. Los sujetos pasivos están obligados a presentar la declaración de alta, baja o modificación de la descripción catastral de los bienes inmuebles que tengan trascendencia a efectos de este impuesto. El plazo de presentación de las declaraciones, hasta que el Ministerio de Hacienda determine otros, será el siguiente: a) Para las modificaciones o variaciones de los datos físicos, dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de finalización de las obras. b) Para las modificaciones o variaciones de los datos económicos, dos meses, contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la autorización administrativa de la modificación de uso o destino de que se trate. c) Para las modificaciones o variaciones de los datos jurídicos, dos meses, contados a partir del día siguiente al de la escritura pública o, si procede, del documento en que se formalice la variación. Artículo 6º.- Normas de competencia y gestión del impuesto. 1. La competencia para la gestión y liquidación del impuesto será ejercida directamente por los órganos y por los procedimientos establecidos en la Ley, sin perjuicio de los convenios u otras fórmulas de colaboración que se celebren con cualquiera de las Administraciones públicas en los términos previstos en la Ley 7/1.985 de 2 de Abril, con aplicación de las formas supletorias de lo dispuesto en el Título I de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre. En los supuestos de delegación o convenios de colaboración expresados, las atribuciones de los órganos municipales, se ejercerán por la Administración convenida La liquidación y recaudación, así como la revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria de este impuesto, será competencia exclusiva de Suma. Gestión Tributaria, en tanto en cuanto se mantenga en vigor la delegación de competencias, y comprenderá las funciones de reconocimiento y denegación de exenciones y bonificaciones, realización de las liquidaciones, emisión de los documentos
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cobratorios, resolución de los expedientes de devolución de ingresos indebidos, resolución de los recursos contra los mencionados actos y actuaciones para la asistencia y información al contribuyente en estas materias. No será necesaria la notificación individual de las liquidaciones tributarias en los supuestos en que se hayan practicado previamente las notificaciones del valor catastral y base liquidable previstas en los procedimientos de valoración colectiva. Una vez transcurrido el plazo de impugnación previsto en las mencionadas notificaciones sin que se hayan presentado los recursos pertinentes, se considerarán consentidas y firmes las bases imponibles y liquidables notificadas, sin que puedan ser objeto de impugnación cuando se procede a la exacción anual del Impuesto. Se podrá agrupar en un solo documento de cobro todas las cuotas de este impuesto relativas a un mismo sujeto pasivo, cuando se trate de inmuebles rústicos de este municipio. 2. Para el procedimiento de gestión y recaudación, no señalados en esta Ordenanza, deberá aplicarse lo que dispone la legislación vigente y la Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección de Suma dictada al amparo de lo que prevé el artículo 106.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, los artículos 11, 12.2 y 15.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLHL) y la Disposición adicional cuarta, apartado 3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, contiene normas comunes, tanto sustantivas como procedimentales, que complementan las ordenanzas aprobadas por los municipios, otras administraciones u organismos públicos, que hayan encomendado o delegado en la Diputación de Alicante sus facultades de gestión, liquidación, inspección y recaudación de los ingresos de derecho público, así como las propias ordenanzas aprobadas por la Excma. Diputación de Alicante.» Segundo.- Exponer al público el expediente durante el período de treinta días, mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, dentro de los cuales, los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. El citado anuncio, deberá publicarse, en todo caso, en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los diarios de mayor difusión. Tercero.- Entender aprobado definitivamente, el acuerdo provisional, si transcurrido el período de exposición pública, no se hubieren presentado reclamaciones, procediéndose, en ese momento, a publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, el acuerdo elevado a definitivo y el texto íntegro de la modificación aprobada, no entrando en vigor, hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.» Contra el presente acuerdo de imposición y ordenación de la ordenanza fiscal citada, los interesados podrán interponer el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estos acuerdos y del texto integrado por los artículos modificados de las Ordenanzas citadas, en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17.4 del R.D.L. 2/2.004, de 05 de Marzo y 70.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril. Ibi, a 22 de noviembre del año 2.012 El Teniente de Alcalde, Rafael Serralta Vilaplana. *1222843* AYUNTAMIENTO DE JÁVEA ANUNCIO De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se practica notificación edictal a Dª Teresa de Jesús Aracil Catalá, por haber resultado infructuosa la misma y radicar su último domicilio conocido en este municipio, emplazándola como interesada directa en el recurso contencioso-administrativo ordinario nº 321/2012 interpuesto por PROMOCIONES JAVEA, S.L. contra Resolución nº 2012/286 de la Alcaldía de 29 de febrero, que aprueba la cuota de liquidación definitiva del Proyecto de Reparcelación
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forzosa de la Unidad de Ejecución única del sector Pla 1 de Jávea, para que pueda personarse en autos, si a su derecho conviene, en calidad de demandada, en plazo de nueve días, contados a partir del día siguiente a la presente publicación. Xàbia, 16 de noviembre de 2012 LA SECRETARIA GENERAL, María Consuelo de S. Moreno Grau *1222366*
ANUNCIO Por Resolución 2012/1250 de la Alcaldia, de fecha 14 de los corrientes, se ha conferido al concejal de este Ayuntamiento, D. Antonio Miragall Espasa, delegación especial para la firma de las actas previas a la ocupación del proyecto «Gaseoducto Marina Alta Fase II» los próximos días 19 y 20 de noviembre de 2012. Lo que se publica, de conformidad con lo previsto en el art. 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Xàbia, 15 de noviembre de 2012 LA SECRETARIA GENERAL, María Consuelo de S. Moreno Grau *1222368*
ANUNCIO La Junta de Gobierno Local del M.I. Ayuntamiento de Xàbia, mediante la sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2012, aprobó la convocatoria de las subvenciones para deportistas locales, anualidad 2012. Extracto de las bases: SUBVENCIONES PARA DEPORTISTAS LOCALES. Objeto. Es la concesión de ayudas a deportistas locales para 2012, por total de 6.000’00 euros, con la finalidad de colaborar en los gastos para la preparación y la formación deportiva. Requisitos: Estar empadronado en Xàbia durante al menos cinco años o pertenecer a algún club deportivo local durante al menos cinco años. Practicar un deporte en niveles de rendimiento y tener condición de deportista federado. Estar vinculado a club (deporte no profesional). Estar al corriente de obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y a la Hacienda Municipal. No hallarse incluido en programa de Ayudas a Deportistas Olímpicos (ADO). No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario. Solicitudes: Los aspirantes dirigirán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Alcalde-presidente del M.I. Ayuntamiento de Xàbia según modelo en el Registro General, con correspondiente documentación, presentándose en referido registro general, sito en la Avenida Amanecer nº 2, en un plazo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en Boletín Oficial de Provincia. Documentación: Sobre A: Fotocopia compulsada del D.N.I. y certificado de empadronamiento durante al menos cinco años, además de documento que acredite pertenencia al Club durante al menos cinco años. En caso de menor de edad sin D.N.I., fotocopia compulsada del libro de familia. Copia compulsada de la licencia federativa del año 2012 o de las temporadas 2011-2012 y 2012-2013. Declaración de no hallarse incurso en el programa ADO (Anexo I). Certificado acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y a la Hacienda Pública (Anexo I). Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario (Anexo I). Declaración jurada de la veracidad de los documentos aportados (Anexo I). Sobre B: Historial deportivo solicitante, visado por la federación deportiva territorial, referido a la anualidad 2012 y un límite hasta a la fecha de la finalización
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de la solicitud presentada(Anexo II). Memoria del año con competiciones programadas y realizadas, y balance económico con ingresos y gastos (Anexo III). Copia de declaración de renta del cabeza de familia correspondiente al año anterior; y del cónyuge, en caso de realización de declaración por separado. Relación de facturas y facturas originales de los gastos en el año 2012. Copia del listado de deportistas de élite de la C.V. en el año 2012 publicada en el DOGV. Los interesados podrán encontrar las bases en el área de deportes del M.I. Ayuntamiento de Xàbia, ubicado en Palau M. Esports «M.B.A.», de lunes a viernes, de 9’00 horas a 14’00 horas y de 15’00 a 21’00 horas; y en la página web municipal: www.ajxabia.com Xàbia, 21 de noviembre de 2012. La Secretaria Accidental, Tairé Vera Paredes.
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Transcurrido dicho plazo sin que hubieran comparecido, las notificaciones se entenderán efectuadas a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer, continuando la tramitación de los expedientes. INTERESADO
EXPEDIENTE ASUNTO
RONALD TAMES HALE LM 32/12
RESOLUCIÓN A NOTIFICAR
ACRISTALAMIENTO ALUMINIO DESMONTABLE TRÁMITE DE AUDIENCIA PREVIA A DENEGACIÓN DE LICENCIA
Los Montesinos, 14 de noviembre de 2012. El Alcalde, José Manuel Butrón Sánchez. *1222486*
*1222794* AYUNTAMIENTO DE NOVELDA AYUNTAMIENTO DE MONFORTE DEL CID
EDICTO
EDICTO
Dictaminadas por la Comisión Especial de Cuentas de fecha 8 de noviembre de 2012, las Cuentas Generales correspondiente a los ejercicios 2003, 2004, 2005, 2006, 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/ 2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al público durante el periodo de quince días. Durante este plazo y ocho días más, se admitirán reclamaciones referentes al citado documento. Lo que se hace público para general conocimiento. Novelda, 9 de noviembre de 2012. LA ALCALDESA. Fdo: Mª Milagrosa Martínez Navarro.
Que según los datos obrantes en este Ayuntamiento, se han realizado obras sin licencia urbanística y que las mismas están sujetas a la concesión de la correspondiente licencia urbanística según lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley 16/ 2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana. Que con fecha 30 de marzo y 22 de octubre de 2012 y Resoluciones de Alcaldía nº 125 y 349 se ha incoado e impuesto sanción del procedimiento sancionador por infracción urbanística al propietario de este Término Municipal de Monforte del Cid que a continuación se detalla: EXP.
TITULAR
SITUACIÓN OBRAS
13/2012
D. JOSE MIGUEL IBAÑEZ GUILLEN
PTDA. PILETAS, POL. 20, PARC. 170
*1221828*
Por no haber sido posible la notificación al interesado en base al art. 59.4, de la Ley 30/1992, de 26 de abril, de RJAP y PAC, mediante este edicto se comunica al propietario anteriormente mencionado la imposición de una sanción de 22.500.-€ equivalente al 37% del valor de las obras ejecutadas de acuerdo con los Arts. 241.4 y 249.1 de la Ley 16/2005 Ley Urbanística Valenciana, y la orden de demolición de las obras ejecutadas en un plazo no superior a 30 días, contados desde el siguiente a la publicación del presente decreto, advirtiendo al interesado que, en caso de incumplimiento, se procederá a la ejecución subsidiaria por cuenta del obligado. Lo que pongo en su conocimiento, a los efectos oportunos. Monforte del Cid, 15 de noviembre de 2012 LA ALCALDESA Fdo. Antonia Cervera Carrasco *1222453*
AYUNTAMIENTO DE LOS MONTESINOS EDICTO Intentada sin exito la notificación personal, en su último domicilio conocido, a los interesados en los expedientes de restauración de la legalidad, y no habiéndose logrado practicar la misma, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se les requiere mediante el presente edicto para su comparecencia en el Ayuntamiento de Los Montesinos (Negociado de Urbanismo) a los efectos de practicar dichas notificaciones, en el plazo máximo de 10 días, contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Tablón de edictos del Ayuntamiento.
AYUNTAMIENTO DE LA NUCÍA EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y modificada por la Ley 4/1999, se hace pública la notificación de los siguientes Decretos OBRAS EN EJECUCIÓN SIN LICENCIA FECHA DECRETO: 16/10/12 EXPTE. PARALIZ.: 349/2012 EMPLAZAMIENTO: C. Sofia nº 4 TITULAR: D. CONSISTENTES EN: Infracción urbanística consistente en ampliación de vivienda. FECHA DECRETO: 25/10/12 EXPTE. PARALIZ.: 365/2012 EMPLAZAMIENTO: Pda. Sentenilla de Baix Pol. 2 Parc. 317 TITULAR: D. CONSISTENTES EN: Infracción urbanística consistente en creación de estructura metálica cubierta, en suelo no urbanizable. FECHA DECRETO: 31/10/12 EXPTE. PARALIZ.: 372/2012 EMPLAZAMIENTO: C. Serra de L´Alguenya nº 43 TITULAR: D. CONSISTENTES EN: Infracción urbanística consistente en reforma interior de baño. DECRETO: Vista la denuncia formulada por los Servicios Municipales de Inspección con números de referencia arriba detallados. Considerando los informes del Técnico Municipal incluidos en cada expediente.
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Vistos los artículos 191, 221 y 232 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana, (DO. Generalitat Valenciana de 31 diciembre de 2005, núm. 5167). DECRETA: 1.- La inmediata suspensión de las obras de edificación anteriormente relacionadas. 2.- Que por la Policía Municipal se realice la notificación procedente y se adopten las medidas oportunas para asegurar la efectiva suspensión de la ejecución de las obras objeto de la presente orden. 3.- Advertir, que caso de incumplirse esta orden de suspensión, y de proseguir en su actitud, de conformidad con el artículo 228.2 y 3 de la Ley Urbanística Valenciana, se acordara la imposición por la Administración de multas coercitivas, hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restauración. Las multas coercitivas se podrán imponer por periodos de un mes y en cuantía de 600 a 3.000 euros cada una de ellas. Con independencia de lo anterior, la administración actuante dará cuenta del incumplimiento al Ministerio Fiscal a los efectos de la exigencia de la responsabilidad penal que pudiera proceder. 4.- No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223 de la Ley Urbanística Valenciana, se le requiere para que, en el plazo de dos meses contados desde la notificación de la suspensión, solicite la oportuna licencia o autorización urbanística que corresponda o, en su caso, ajuste las obras a la autorización urbanística concedida. Si transcurrido el plazo de dos meses el interesado no hubiere solicitado la autorización urbanística que corresponda, la administración actuante acordará las medidas de restauración de la legalidad en la forma establecida en la Ley Urbanística Valenciana. 5.- De conformidad con el artículo 528 del Real Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, se le informa del efecto suspensivo del plazo de prescripción previsto en el 238.4 de la Ley Urbanística Valenciana, producido por la notificación de la incoación del procedimiento de protección de la legalidad urbanística. 6.- Advertir al interesado que, en el supuesto de no cumplir la presente orden de suspensión, se dará traslado de la misma a las compañías suministradoras de servicios públicos, para que suspendan el suministro, así como al Registro de la Propiedad para su constancia mediante nota marginal. Ya que habiéndose intentado la notificación a los mismos en el último domicilio conocido esta no se ha podido practicar. La Nucía, a 19 de noviembre de 2012 P.D. El Concejal de Urbanismo, El Secretario, *1222379* AYUNTAMIENTO DE REDOVÁN ANUNCIO Por Decreto de Alcaldía nº 878/2012, de fecha 21 de noviembre de 2012, se ha aprobado el padrón de facturación correspondiente al cuarto bimestre de 2012, que contiene los conceptos de las tasas por suministro de agua potable, alcantarillado, y canon de saneamiento, por importe de 151.470,67 euros, incluidas las cantidades que en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido corresponden. Dicho padrón se expone al público por un plazo de quince días en el Ayuntamiento de Redován, a los efectos de que por los interesados puedan examinarse y, en su caso, presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas. Por su parte, se pone en conocimiento de los interesados que el periodo de cobranza de dichos padrones en periodo voluntario será de dos meses contados a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.
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El pago podrá efectuarse mediante domiciliación bancaria o en cualquiera de las entidades bancarias de la localidad,. Una vez finalizado el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes de pago incurrirán en los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, devengando los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Contra la aprobación de las cuotas individuales, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde la publicación del presente edicto (artículo 14.2 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales), o recurso Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su sede el órgano administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde la resolución expresa o presunta del recurso de reposición. La presentación de recurso no paralizará el procedimiento de cobranza sino en los términos y condiciones que señala la normativa aplicable. Todo ello, sin perjuicio, de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.. Redován, 22 de noviembre de 2012.El Alcalde, don Emilio Fernández Escudero. *1222854* AYUNTAMIENTO DE ROJALES EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación de la resolución 806/2012 recaída en el expediente en materia de tramitación del expediente A72/2009 de Licencia de Apertura al interesado TYRONE JAMES HARDY, con domicilio en Cl Los Arcos, 17 Local 4 de este municipio y habiéndose intentado la notificación al interesado, sin que haya sido posible practicarla, por causas no imputables a este Ayuntamiento, se ponen de manifiesto, mediante el presente edicto. Examinada la documentación aportada por el interesado en el expediente indicado, se apreciaron deficiencias entre la documentación presentada, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procedió por este Ayuntamiento a la concesión del plazo máximo de 10 días hábiles, para la subsanación de las deficiencias y/o aportación de los documentos preceptivos para tramitar su solicitud. Ocurriendo que el mencionado plazo precluyó y que por el interesado no fue presentado documento alguno de subsanación de su solicitud, surte efectos el apercibimiento cursado en su día al interesado, teniéndosele por desistido de su solicitud de licencia; por lo que en consecuencia, y en uso de las facultades legales que me son atribuidas se resuelve el archivo del mencionado expediente. Es cuanto se le comunica, a los efectos prevenidos. Rojales, a 16 de noviembre de 2012 El Alcalde.Fdo.: Antonio Pérez García *1222431*
ANUNCIO No habiéndose podido practicar notificaciones, intentadas las mismas, a SUBWAY QUESADA C.B., MICHELLE EDWARDS, EMMERSON WADE y DEAN CHARLES PARLOUR, con domicilios en Avda. Jorge Martínez «Aspar» Local 19, Avda Las Naciones, 1 A Local 11, Cl Turismo, 1-G y Cl Turismo, 1-B respectivamente, en los expedientes de licencias ambientales números A66/08, A5/08, A21/06 y A116/08 por medio del presente se les hace saber que: De conformidad con el Artículo 9 de la LEY 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos,
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Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos con carácter previo al inicio de la actividad, deberá comunicar por escrito a este Ayuntamiento el inicio de la actividad junto con una Certificación del técnico director de la ejecución del proyecto en la que se especifique la conformidad de instalación o actividad a la licencia ambiental.» Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos prevenidos en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Rojales, 16 de noviembre de 2012. El Alcalde, Antonio Pérez García. *1222443* AYUNTAMIENTO DE SAX ANUNCIO De conformidad con lo que se dispone en el artículo 58.2 del Decreto 120/2006, de 11 de agosto, por el que se aprobó el Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana, se somete a información pública, durante quince días, contados a partir del siguiente al de inserción de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, el Estudio de Integración Paisajística referido al proyecto de construcción de VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA Y MODIFICACIÓN DE VIVIENDA-BARBACOA A GARAJE, ALMACÉN Y TRASTERO AGRÍCOLA, con emplazamiento en POLÍGONO 13, PARCELA 77, promovido por Doña VANESA MONTERO CRUZ. El estudio, redactado por el Arquitecto Don Javier Pérez Vera se encuentra en el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Sax, durante el referido plazo de exposición. Sax, a 13 de noviembre de 2012 EL ALCALDE Fdo.: Vicente Gil Sauco
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AYUNTAMIENTO DE EL VERGER EDICTO Instruido el procedimiento al amparo del artículo 85 y 86 de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, por la que se modifica el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, 02 de marzo, en materia sancionadora y artículo 76 de la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación, a efectos de tratamiento como residuo sólido urbano, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 10/ 1998, de 21 de abril, de Residuos, del vehículo indicado, por haber transcurrido más de dos meses desde que dicho vehículo se encuentra en el Depósito Municipal, tras su retirada de la vía pública sin que la persona responsable del mismo lo haya reclamado. De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por la presente se requiere al titular del vehículo descrito para que, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, retire el vehículo, con la advertencia de que en caso contrario, se procederá a ordenar su traslado a un Centro de Tratamiento Autorizado para su posterior destrucción y descontaminación, aplicándose al mismo el tratamiento de residuo sólido urbano, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos. CLASE:
MARCA:
MODELO:
MATRÍCULA:
TITULAR:
TURISMO
NISSAN
ALMERA
A0182CX
EL HOUCINE LAMALMI
El Verger, a 31 de octubre de 2012 El Alcalde Fdo.: Miguel González Bañó *1221359*
*1222264* AYUNTAMIENTO DE VILLENA AYUNTAMIENTO DE TEULADA EDICTO EDICTO El Ayuntamiento Pleno de Teulada, en la sesión celebrada con carácter ordinario el día 31 de octubre de 2012, adoptó el acuerdo de aprobación provisional de la Modificación Puntual nº 18 de Ordenación Estructural del Plan General de Teulada, consistente en el cambio de categorización de un suelo urbano, manteniendo básicamente su calificación como dotacional, incluyéndose la dotación pública «Dotacional Uso Múltiple (MD)» en el art. 4.2 del Plan General de Teulada, cuya parte dispositiva establece: «PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la Modificación Puntual nº 18 (Estructural) del Plan General de Teulada. SEGUNDO.- Remitir a la Conselleria de Territorio y Vivienda el proyecto aprobado provisionalmente de Modificación Puntual nº 18 de Ordenación Estructural del Plan General, así como el expediente administrativo instruido, a los efectos de interesar su aprobación definitiva. TERCERO.- Notificar a los que se hayan constituido como interesados o resulten afectados directamente en sus derechos subjetivos por las modificaciones introducidas, sin perjuicio de que, pese a no ser preceptiva, se proceda a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de difusión territorial en la Comunidad Valenciana del acuerdo de aprobación provisional.» EL ALCALDE Antoni J. Bertomeu Vallés Ante mí: EL SECRETARIO GRAL. Simeón García García *1221902*
Mediante Decreto nº 1263 de fecha 02/08/12, la Alcaldía ha dictado lo siguiente: «Esta Alcaldía tiene delegada en la Junta de Gobierno Local, la competencia para la resolución de los expedientes sancionadores por infracción urbanística. Así resulta de lo ordenado en Decreto 864/2011, de 16.06.2011, que resultó complementado por Decreto 880/2011, de 22.06.2011. Teniendo lugar las celebraciones ordinarias de la Junta de Gobierno Local los lunes de cada semana, y encontrándonos en período estival, concurrirá la circunstancia de inexistencia, en algunos lunes, de tal celebración. Habida cuenta de la necesidad de resolver, dentro de los plazos establecidos, los procedimientos sancionadores en curso, se hace preciso disponer lo necesario para garantizar su resolución en debida forma. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 114 y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, En su virtud, en el ejercicio de las facultades que tengo reconocidas, RESUELVO: 1. La avocación temporal en la Alcaldía de la facultad de resolución de los procedimientos sancionadores por infracción urbanística, en el período comprendido entre el día 1 de agosto de 2012 y el 15 de septiembre de 2012, y referida a aquellos procedimientos sancionadores cuya resolución de inicio se haya dictado entre el 01.02.2012 y el 30.04.2012.
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2.- Hacer pública esta Resolución mediante la inserción del correspondiente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia». Villena, 6 de noviembre de 2012, EL ALCALDE, Fco. Javier Esquembre Menor *1222367*
EDICTO Habiéndose intentado infructuosamente la notificación a D. Rafael Hurtado Bernal, propietario catastral de bien inmueble sito en polígono catastral 38 parcela 49 al resultar el domicilio y D.N.I. desconocido, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a requerimiento del Club Villena Orientación, se pone en conocimiento del mismo que la parcela ha sido incluida por el citado Club en el itinerario de la Primera Prueba de la Liga Nacional de Orientación 2013, promovida por el Club Villena Orientación. Lo que comunico para su conocimiento y efectos. Villena a 31 de octubre de 2012 El Concejal de Medio Ambiente Fdo.: Jose Tomás Molina Prats
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indicando a los designados, que se requiere su aceptación expresa de las Delegaciones otorgadas. No obstante, la Delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles, contados desde la notificación de esta resolución, el destinatario no hace manifestación expresa ante la Alcaldía de que no acepta la Delegación. Quinto.- Las delegaciones efectuadas entrarán en vigor al día siguiente de la presente resolución, excepto las delegaciones de Mercado e Igualdad que serán con efectos del día 1 de diciembre de 2012. Sexto.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios Municipal. Séptimo.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que éste celebre. Lo que se hace público para su debido conocimiento y efectos. Villena, a 16 de noviembre de 2012 EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Fco. Javier Esquembre Menor *1222529* GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALICANTE EDICTO
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EDICTO Con fecha 16 de noviembre de 2012, esta AlcaldíaPresidencia, ha dictado el siguiente Decreto: DECRETO Nº 1830 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 y artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y artículos 13 y 14 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, RESUELVO: Primero.- Revocar las siguientes delegaciones efectuadas por Decreto de Alcaldía nº 865, de fecha 16 de junio de 2011, a favor de los Concejales que, a continuación, se indican: Concejal/a Delegado/a Servicio Municipal Dª Virtudes Hernández Francés Recursos Humanos y Mercado. Dª Mercedes Menor Céspedes Igualdad D. David Molina Motos Educación Segundo.- Efectuar las siguientes delegaciones, que han sido revocadas, respecto de los servicios municipales que se especifican, a favor de los Concejales que, a continuación, se indican, a excepción de la delegación de Recursos Humanos que la asume la Alcaldía-Presidencia: Concejal/a Delegado/a Servicio Municipal Dª Virtudes Hernández Francés Educación e Igualdad D. Juan Carlos Pedrosa Mira Mercado Tercero.- Las Delegaciones efectuadas abarcarán las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondientes servicios, así como contratos menores, incluyendo la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, con la firma correspondiente. Cuarto.- Notificar la presente resolución a los Concejales interesados para su conocimiento y efectos oportunos,
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante legal, sin que haya sido posible practicarla, por causas no imputables a esta Gerencia Municipal de Urbanismo, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar la siguiente Resolución: NOMBRE
Nº DE EXPEDIENTE
SERVICIOS EN MAQUINA JUKE BOX, S.L.(B53750329) (DECRETO INCOACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR SIMPLIFICADO)
A08-2012000036
En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados relacionados deberán comparecer en el plazo de 10 días contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Servicio Jurídico Administrativo, Departamento Jurídico Administrativo de Sanciones, sito en Rambla de Méndez Núñez, 40- 3ª planta, al efecto de practicar la notificación de las citadas resoluciones. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Alicante, a 16 de noviembre de 2012 El presente Edicto está firmado por el Jefe del Departamento J.A. de Sanciones y la Concejala de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante. *1222371*
EDICTO De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación de carácter colectivo de la multa coercitiva de las obras realizadas sin licencia, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante legal, sin que haya sido posible practicarla, por causas no imputables a esta Gerencia Municipal de Urbanismo, se ponen de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar las siguientes multas:
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NOMBRE
Nº DE MULTA
Nº DE EXPEDIENTE
LYUDMILA MOROZAVA (NIE: X-5979407-M)
1
R2012000064
En virtud de lo anterior, dispongo que los interesados relacionados deberán comparecer en el plazo de 10 días contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Servicio Jurídico Administrativo, Departamento Jurídico Administrativo de Sanciones, sito en Rambla de Méndez Núñez, 40- 3ª planta, al efecto de practicar la notificación de las citadas resoluciones. Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer. Alicante, a 16 de noviembre de 2012 El presente edicto está firmado por el Jefe del Departamento J. A. de Sanciones, la Sra. Concejala de Urbanismo y el Sr. Vicesecretario del Excmo. Ayuntamiento de Alicante. *1222528* DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE ANUNCIO Se comunica la Convocatoria de una Beca de Formación en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales, por parte del Colegio Oficial de Economistas de Alicante, con destino al Departamento de Intervención de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 2 de mayo de 2012. BASES DE LA CONVOCATORIA 1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses. El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 900,00 € e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre. El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación. Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al I.R.P.F. y Seguridad Social a cargo del becario. 2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Intervención de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante. 3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente: a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante. b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca. c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca. 4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
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a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio y de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial. b) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación: b.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso. b.2) Curriculum. b.3) Certificado de empadronamiento. b.4) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos. b.5) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono. c) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante. d) Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en esta Base, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 2 días hábiles, complete dicha documentación exigida. En caso de no ser así se considerará que desiste de su petición y ésta será archivada. 5ª.- Las becas son incompatibles con otras que pudieran concederse para la misma o similar actividad. El beneficiario de una beca convocada por el Colegio Oficial, en colaboración con la Diputación, no podrá disfrutar durante el mismo ejercicio, de otras convocadas dentro del marco establecido por los convenios para la formación entre la Diputación y el Colegio Oficial. 6ª.- Son obligaciones del beneficiario: a) Colaborar con el personal técnico del Departamento de Intervención de la Diputación de Alicante, en las materias objeto de la beca, por cuyo motivo deberá permanecer en horas laborables en los locales del centro correspondiente durante el tiempo de duración de la beca, realizando las tareas que se le encarguen. Se nombrará un tutor para el becario que será el responsable de encargarle las tareas específicas. b) Acreditar ante la Diputación Provincial la realización de la actividad encomendada. En este sentido el tutor, supervisará periódicamente la tarea realizada y la formación técnica adquirida por los becarios. c) Redactar una memoria detallada de las tareas realizadas. Esta memoria que tendrá un mínimo de 7 folios y un máximo de 10, se habrá de presentar en el registro del Departamento de Intervención de la Diputación, en el plazo de tres días una vez finalizada la beca, de la que se remitirá copia al Colegio. En la memoria deberá constar: nombre y apellidos del Colegiado/a, edad, titulación, nombre del Tutor/ a asignado por parte de la Excma. Diputación de Alicante, nombre del Tutor/a asignado por el Ilustre Colegio de Economistas de Alicante, Área o Áreas en la que ha desempeñado sus tareas; descripción de las funciones y tareas desarrolladas indicando su grado de dificultad en una escala del 1a 5 e indicando su utilidad desde una perspectiva profesional; opinión sobre la labor técnica desarrollada por el Tutor responsable de las funciones y tareas encomendadas; valoración de la satisfacción global del desarrollo de la beca en una escala del 1 al 5; sugerencias y observaciones. La memoria deberá ser suscrita por el Colegiado/a con el visto bueno de los Tutores responsables tanto de la Excma. Diputación de Alicante como del Ilustre Colegio Oficial de Economistas de Alicante. d) Comunicar al Colegio y a la Diputación Provincial la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finali-
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dad, procedentes de otras Administraciones o Entes públicos o privados. e) Dada su condición de Economista, el becario estará sujeto al cumplimiento de los principios deontológicos de los economistas valencianos, en especial deberán guardar el debido sigilo con relación a los asuntos que conozcan en el desempeño de sus tareas. Así mismo, por el Colegio de Economistas de Alicante se nombrará un tutor que será el vocal del Colegio que tenga la responsabilidad de la Comisión de Servicio de Empleo, que supervisará periódicamente la tarea realizada y la formación técnica adquirida por los becarios. 7ª.- Los beneficios de la beca podrán dejarse sin efecto, a juicio de la Comisión Calificadora a que se refiere la Base Octava, si a la vista de los informes emitidos por el Tutor asignado por la Diputación, se apreciare que el becario no ha cumplido sus compromisos relativos a las tareas y servicios de formación que se le hayan encomendado. 8ª.- Para la valoración de los méritos de los solicitantes se constituirá una Comisión Calificadora integrada por: Presidente, el Vicepresidente 2º y Diputado de Economía y Hacienda de la Excma. Diputación de Alicante. Vicepresidente, el Decano del Colegio Oficial de Economistas de Alicante. Vocales, el Interventor/a, el Jefe del Servicio de Contabilidad y Control Financiero de la Excma. Diputación Provincial y el responsable del Servicio de Empleo del Colegio Oficial de Economistas de Alicante. Secretario, el Secretario Técnico del Colegio Oficial de Economistas de Alicante. La Comisión Calificadora elaborará su propuesta dentro del plazo más breve posible desde el día siguiente al que finalice el plazo de presentación de instancias, disponiendo de facultades para realizar por medio de sus miembros cuantas comprobaciones estime necesarias para la calificación de los méritos aducidos. Una vez finalizada la correspondiente valoración de cada uno de los aspirantes, la Comisión Calificadora formulará una relación en la que habrán de figurar, por orden de puntuación, los aspirantes a la Beca, y elevará a la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación, con propuesta de concesión de la Beca a favor del solicitante que haya obtenido mayor puntuación, quedando los restantes en situación de suplencia. El acuerdo por el que se adjudique la Beca será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y expuesto al público en el Tablón de Anuncios de la Excma. Diputación Provincial y del Colegio Oficial de Economistas.
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9ª.- El proceso de selección constará de dos fases 9.1. Primera Fase eliminatoria. En ella se evaluará lo siguiente: a) Expediente académico personal, hasta 7,5 puntos b) Otros méritos relacionados con la materia objeto de esta convocatoria, que estime la Comisión calificadora que deban ser valorados, conseguidos tras la finalización de la licenciatura o grado, hasta 1.5 puntos. 9.2. Segunda fase. En ella se evaluará lo siguiente: a) Entrevista personal, hasta 1 punto. En esta segunda fase sólo participarán los que obtengan una puntuación suficiente en la primera fase, que haga posible que sumada a la puntación de la entrevista puedan ser adjudicatarios de la beca. 10ª.- En el caso de que alguno de los beneficiarios propuesto renunciase a la Beca, ésta podrá recaer, previo nombramiento por la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación, en el primero de los suplentes propuesto por la Comisión Calificadora. Por otra parte, si por cualquier motivo, la Beca concedida quedase sin efecto, recaerá la misma en el solicitante que, por puntuación, siga como suplente en el orden establecido por la Comisión Calificadora, quien podrá disfrutarla durante el tiempo que restase al sustituido, extremo que deberá aprobarse mediante resolución de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. Si en el plazo de tres meses contado desde el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes no se produjese la resolución de esta Convocatoria, se entenderá, que todas las peticiones quedan desestimadas. 11ª.- El hecho de haber disfrutado de la Beca no establece ningún tipo de relación laboral con el Colegio Oficial, ni con la Diputación Provincial de Alicante, ni supone ningún compromiso de incorporación posterior a las plantillas de los mismos. Alicante, a 16 de noviembre de 2012 EL OFICIAL MAYOR P.D., Fdo.: José Vicente Catalá Martí EL VICEPRESIDENTE 2º Y DIPUTADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Fdo.: César Augusto Asencio Adsuar *1222815*
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ALICANTE EDICTO JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 1 DE LOS DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO - 000566/2012 a instancias de MANUEL BERNAL SANCHEZ, PRIMITIVO NAVARRO VILLENA, ALBERTO MANUEL MENARGUEZ PEÑARRUBIA, JESUS RAYA OYA y JAVIER ROMERO BENITO contra MOLDES LA RUEDA SL y FONDO DE GARANTIA SALARIAL en el que, por medio del presente se cita a MOLDES LA RUEDA SL, quien se halla en ignorado paradero y cuyo último domicilio conocido es POLIG. IND. EL PASTORET, C/ ANDALUCIA Nº 8, -03640 MONOVAR- para que comparezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Calle PARDO GIMENO,43 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 06 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 11:00 HORAS horas, con advertencia
de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. En Alicante, a nueve de noviembre de dos mil doce. EL SECRETARIO JUDICIAL *1222381*
EDICTO D.JOSE AGUSTIN RIFE FERNANDEZ RAMOS, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO UNO DE ALICANTE. HACE SABER: Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado de lo Social con el nº 000302/2011, 106/12 por Seguridad Social: Prestaciones, instado por LUIS VILAPLANA GONZALEZ, frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y NEWDOLCISS SL, se ha dictado cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: DILIGENCIA DE ORDENACION DE S.Sª EL SECRETARIO SR. D. JOSE AGUSTIN RIFE FERNANDEZ RAMOS.- En Alicante a nueve de noviembre de dos mil doce.
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De conformidad con el art. 197 LRJS 36/2011, se tiene por interpuesto, en tiempo y forma, el recurso de Suplicación en su día anunciado por la parte INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, dése traslado del mismo a la parte demadante y codemandadas, para que en el plazo de cinco días, y por escrito con firma de Letrado/ Graduado Social, pueda impugnarlo. En los escritos de impugnación, que se presentarán acompañados de tantas copias como sean las demás partes para su traslado a las mismas, podrán alegarse motivos de inadmisibilidad del recurso, así como eventuales rectificaciones de hecho o causas de oposición subsidiarias aunque no hubieran sido estimadas en la sentencia. Del escrito o escritos de impugnación se dará traslado a las partes. De haberse formulado en dichos escritos alegaciones sobre inadmisibilidad del recurso o los motivos, las demás partes podrán presentar directamente sus alegaciones al respecto, junto con las correspondientes copias para su traslado a las demás partes, dentro de los dos días siguientes a recibir el traslado del escrito de impugnación. Transcurrido el plazo de impugnación y en su caso el de alegaciones del apartado anterior, háyanse presentado o no escritos en tal sentido y previo traslado de las alegaciones si se hubieran presentado, se elevarán los autos a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, junto con el recurso y escritos presentados. En el escrito de impugnación deberá hacerse constar un domicilio en la Sede de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a efectos de notificaciones; tal designación de domicilio deberá efectuarse, en todo caso, dentro del mencionado plazo. Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer ante este mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 3 días desde su notitficación, debiendo consignar la cantidad de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado en cualquier sucursal de Banesto (0111- 0000- 30-000302/ 2011) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, con la advertencia de que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituído. Doy fe . Y para que sirva de notificación a NEWDOLCISS, S.L., cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido lo fue en c/Dos de Mayo, nº 71 de Elda, expido la presente en nueve de noviembre de dos mil doce. EL SECRETARIO JUDICIAL. *1222386*
EDICTO JOSÉ AGUSTÍN RIFE FERNÁNDEZ RAMOS, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM 1 DE LOS DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen autos PROCEDIMIENTO ORDINARIO - 000598/2011 a instancias de CARMEN LAURA AGUDO RODRIGUEZ contra ASISTENCIA GESTRANS SLU y FOGASA en el que, por medio del presente se cita a ASISTENCIA GESTRANS SLU, quien se halla en ignorado paradero y cuyo último domicilio conocido es C/ MANUEL ANTON Nº 13, 2º DRCH, -03004 ALICANTE- para que comparezca ante este JUZGADO DE LO SOCIAL, sito en Calle PARDO GIMENO,43 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio, el día 31 DE ENERO DE 2013 A LAS 09:30 HORAS horas, con advertencia de que el juicio no se suspenderá por la incomparecencia injustificada de las partes. En Alicante, a siete de noviembre de dos mil doce. EL SECRETARIO JUDICIAL *1222388*
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ALICANTE EDICTO D/Dª MARÍA ISABEL MARTINEZ BERENGUER, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES DE ALICANTE. HAGO SABER: Que en el procedimiento de este Juzgado nº 001051/2011 en trámites de ejecución nº 000203/2012, en reclamación de DESPIDO, a instancias de JORGE JUAN LAZARO RODRIGUEZ, contra CALZADOS EXCEL SLU. se ha dictado auto con fecha 25.09.12 Y DECRETO EJECUCION DE 13.11.12, cuyas partes dispositivas dicen: «Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en los presentes autos a favor del/los ejecutante/s JORGE JUAN LAZARO RODRIGUEZ contra los bienes del/ los condenado/s CALZADOS EXCEL SLU, por cuantía de 8.182,41 € de principal adeudado, más 1.304,38 € presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Pudiendo el embargo de saldos en cuentas bancarias que se decreten, perder efectividad de notificarse de manera inmediata al ejecutado, demórese la práctica de la notificación durante el tiempo indispensable para lograr dicha efectividad. Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado.» «En orden a dar efectividad a las medidas concretas que resultan procedentes para el cumplimiento de la orden general de ejecución, acuerdo: a) Proceder a la averiguación de bienes del apremiado mediante el acceso a las aplicaciones informáticas disponibles a través del Punto Neutro Judicial y al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobre de cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión, ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso las de pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, así como sobre las cantidades que por cualquier concepto le deba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para su efectividad los mandamientos necesarios y respecto a la Agencia Tributaria cursando, a través de la aplicación informática correspondiente, alta de solicitud de embargo y dejando en autos copia de los mismos para su constancia. b) La práctica de diligencia de embargo sobre bienes o derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido en el Art. 592.2 de la LEC y depositándose los bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para la Comisión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual queda facultada para entrar en el local de negocios o vivienda particular y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública. c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términos expuestos en el razonamiento jurídico «TERCERO». d) La información obtenida a través del Punto Neutro Judicial, únase a los presentes autos. Líbrense oficios y remítanse a las entidades bancarias que constan en la misma, BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A., comunicándoles que con esta fecha se acuerda el embargo sobre los saldos en cuentas de todo tipo abiertas en esa entidad bancaria a nombre del ejecutado CALZADOS EXCEL SLU interesando la retención y puesta disposición de este Juzgado del importe que pudiera existir en dichas cuentas, suficiente a cubrir las responsabilidades fijadas en 8.182,41 euros, en concepto de principal, mas 1.304,38 euros presupuestados provisionalmente para intereses y
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costas. Interesándose la retención hasta que este Juzgado comunique la cantidad exacta que ha de ser transferida y los datos oportunos para ello. Se acuerda el embargo de los créditos que la empresa ejecutada pudiera tener a su favor contra las empresas COPICOSA PIEL, S.L., CURTIDOS ELDA, S.L.PANCHO PREFABRICADOS, S.L. Y FLORENCIA MARCO S.L., librando los despachos necesarios a fin de que procedan a la retención e ingreso en la cuenta de consignaciones del Juzgado de las cantidades reclamadas en el presente procedimiento. Se procede a consultar la aplicacion informatica del registro Mercantil a fin de averiguar el domicilio social de las mencionadas mercantiles uniéndose su resultado. e) Dese traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresados en el razonamiento jurídico «CUARTO».» Y para que sirva de notificación al demandado CALZADOS EXCEL SLU, del que se ignora su actual paradero y el último conocido lo fue en ELDA, se expide la presente con la advertencia de que las siguientes comunicaciones con la parte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Alicante, a 13.11.12 SECRETARIO JUDICIAL *1222392*
EDICTO D/Dª MARÍA ISABEL MARTINEZ BERENGUER, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES DE ALICANTE. HAGO SABER: Que en el procedimiento de este Juzgado nº 000340/2010 en trámites de ejecución nº 000171/2012, en reclamación de CANTIDAD, a instancias de JORDI GARCIA MIRA, contra MONTAJES SINC SL. se ha dictado auto y decreto con fecha 25.07.12 Y DECRETO INSOLVENCIA DE 15.11.12, cuyas partes dispositivas dicen: «Se acuerda decretar orden general de Ejecución solicitada por JORDI GARCIA MIRA, frente a MONTAJES SINC SL, de la Sentencia de fecha 14.03.12, dictada por este Juzgado de lo Social; por cuantía de 10.379,48, en concepto de PRINCIPAL (de los cuales 1757,52 euros corresponden a interés por mora), más la cantidad de 1.660,71, presupuestados provisionalmente para INTERESES y COSTAS, respectivamente, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado.» «ACUERDO: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.» «ACUERDO: a) Declarar al/a los ejecutado/s MONTAJES SINC SL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 10.379,48 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Una vez firme la declaración de insolvencia decretada se hará constar en el registro correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 276.5 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social.
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c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.» Y para que sirva de notificación al demandado MONTAJES SINC SL, del que se ignora su actual paradero y el último conocido lo fue en ALCOI, se expide la presente con la advertencia de que las siguientes comunicaciones con la parte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Alicante, a 15.11.12 SECRETARIO JUDICIAL *1222393*
EDICTO D/Dª MARÍA ISABEL MARTINEZ BERENGUER, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES DE ALICANTE. HAGO SABER: Que en el procedimiento de este Juzgado nº 000724/2011 en trámites de ejecución nº 000049/2012, en reclamación de EXTINCION DE CONTRATO, a instancias de FRANCISCO PEREZ GONZALEZ, contra AUTOBAZAR DEYMA SL. se ha dictado auto y decreto ejecucion con fecha 11.04.12 Y DECRETO DE INSOLVENCIA DE 12.11.12, cuyas partes dispositivas dicen: «Despachar orden general de ejecución de la sentencia dictada en los presentes autos a favor del/los ejecutante/s FRANCISCO PÉREZ GONZÁLEZ contra los bienes del/los condenado/s AUTOBAZAR DEYMA, S.L., por cuantía de 76.494,60 € de principal adeudado, más 12.239,13 € presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Regístrese la ejecución parcial expidiéndose para ello testimonio de la presente resolución. Pudiendo el embargo de saldos en cuentas bancarias que se decreten, perder efectividad de notificarse de manera inmediata al ejecutado, demórese la práctica de la notificación durante el tiempo indispensable para lograr dicha efectividad. Si la parte ejecutada cumpliera en su integridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales si procedieran, dentro del plazo de los veinte días siguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, no se le impondrán las costas de la ejecución que se hubiere instado» «En orden a dar efectividad a las medidas concretas que resultan procedentes para el cumplimiento de la orden general de ejecución, acuerdo: a) Proceder a la averiguación de bienes del apremiado mediante el acceso a las aplicaciones informáticas disponibles a través del Punto Neutro Judicial y al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobre de cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión, ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso las de pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, así como sobre las cantidades que por cualquier concepto le deba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para su efectividad los mandamientos necesarios y respecto a la Agencia Tributaria cursando, a través de la aplicación informática correspondiente, alta de solicitud de embargo y dejando en autos copia de los mismos para su constancia. b) La práctica de diligencia de embargo sobre bienes o derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido en el Art. 592.2 de la LEC y depositándose los bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para la Comisión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual queda facultada para entrar
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en el local de negocios o vivienda particular y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública. c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términos expuestos en el razonamiento jurídico «TERCERO». d) La información obtenida a través del Punto Neutro Judicial, únase a los presentes autos. Líbrense oficios y remítanse a las entidades bancarias que constan en la misma, BANCO CAM, BANCO ESPAÑOL DE CREDITO, S.A. Y CAIXABANK, S.A., comunicándoles que con esta fecha se acuerda el embargo sobre los saldos en cuentas de todo tipo abiertas en esa entidad bancaria a nombre del ejecutado AUTOBAZAR DEYMA SL interesando la retención y puesta disposición de este Juzgado del importe que pudiera existir en dichas cuentas, suficiente a cubrir las responsabilidades fijadas en 76.494,60 euros, en concepto de principal, mas 12.239,13 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas. Interesándose la retención hasta que este Juzgado comunique la cantidad exacta que ha de ser transferida y los datos oportunos para ello. Igualmente, apareciendo que el deudor en las presentes actuaciones tiene inscrito a su nombre los siguientes vehículos CICLOMOTOR DOS RUEDAS, Marca MTR, Modelo Fire matrícula C9214BTW, CICLOMOTOR DOS RUEDAS, Marca MTR, Modelo Fire, Matrícula C4187BTW Y CICLOMOTOR DOS RUEDAS, Marca TGB, Modelo Delibery, matrícula C0072BTR, se declaran embargados para responder de las cantidades reclamadas en autos. A tal efectos remítase mandamiento al Registro de Bienes Muebles de Alicante interesando se practique la correspondiente anotación de embargo sobre ellos. e) Dese traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresados en el razonamiento jurídico «CUARTO».» «ACUERDO: a) Declarar al/a los ejecutado/s AUTOBAZAR DEYMA SL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 76.494,60 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. b) Una vez firme la declaración de insolvencia decretada se hará constar en el registro correspondiente conforme a lo dispuesto en el artículo 276.5 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social. c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.» Y para que sirva de notificación al demandado AUTOBAZAR DEYMA SL, del que se ignora su actual paradero y el último conocido lo fue en ALICANTE, se expide la presente con la advertencia de que las siguientes comunicaciones con la parte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Alicante, a 12.11.12 SECRETARIO JUDICIAL *1222395*
EDICTO Dª MARIA ISABEL MARTINEZ BERENGUER, SECRETARIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE ALICANTE, HAGO SABER: Que en el procedimiento número 000305/ 2012 seguido ante este Juzgado en reclamación de DESPIDO a instancia de PEDRO JULIAN LOZANO CUADROS contra AUTOMOVILES MURCIA SL se ha dictado DECRETO de fecha 17/07/2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: Se tiene al demandante por desistido de la demanda a que se refiere el hecho primero de esta resolución; archívese lo actuado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante
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escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188 de la LRJS). INFORMACION SOBRE EL DEPÓSITO PARA RECURRIR EN REVISION: De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25 €, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente (0113 0000 64 0383 10) indicando, en el campo «concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (0030-3230-10-0000000000), se indicará en el campo «concepto» el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior. En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase. Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores. Así lo acuerda, .Doy fe. Y para que sirva de notificación a la demandada AUTOMOVILES MURCIA SL, cuyo domicilio actual se desconoce y el último conocido lo fue en AUTOVIA DEL MEDITERRANEO NUMERO 375 PETRER 03610 y siendo su administrador legal D. MANUEL MURCIA CORREAS con domicilio actual en SAX en el PARAJE DEL CHORRILLO desconociendo número, se expide el presente, advirtiéndose que las siguientes comunicaciones con dicha parte, se harán en Estrados, salvo las que deben revestir forma de Auto, Sentencia o se trate de emplazamiento. En Alicante, a doce de noviembre de dos mil doce. *1222405* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO ALICANTE EDICTO DOÑA MARTA MARTÍN RUIZ, LICENCIADA EN DERECHO Y SECRETARIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, CON CARGO Y EJERCICIO EN EL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALICANTE.HAGO SABER: Que en el Procedimiento seguido en este Juzgado bajo el Nº: 000640/2012, sobre DESPIDO, promovido por JOSE-ANTONIO POYO MOLINA, contra AUXINA SL/// FOGASA /// Mº FISCAL, en cuyas actuaciones se ha señalado para la celebración del acto de Juicio el día 20 DE DICIEMBRE DE 2012 A LAS 10:40 HORAS, en la Sala de Audiencia de este Juzgado e ignorándose el actual paradero del AUXINA SL, cuyo último domicilio conocido fue en Barraco Rabosero s/n, C.P. 03680-ASPE y a su Administrador unico D. VICENTE TORREGROSA TOMÁS, cuyo último domicilio conocido fue en C/ Jaime I el Conquistador nº 36 de ALICANTE, por el presente se lse cita para dicho acto, con la prevención que de no comparecer les pararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y de que las siguientes comunicaciones a las partes a las que va dirigida la presente se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de Auto, Sentencia o se trate de Emplazamiento.»
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Y para que sirva de CITACION en legal forma al REPRESENTANTE LEGAL DE AUXINA SL y a su Administrador único D. VICENTE TORREGROSA TOMÁS; expido y firmo el presente en Alicante, a quince de noviembre de dos mil doce. LA SECRETARIO JUDICIAL *1222417* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO ALICANTE EDICTO EL/LA SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CINCO DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Ejecución nº 000087/2012, a instancias de JOSE LUIS ALBERO GIL y CARMEN SOLA ALBEA contra CARMELA LUXE S.L. y UTILLAJES PARA EL CALZADO ARAGÓN, S.L.U., en cuyas actuaciones se ha dictado Auto de orden general de ejecucion y Decreto de fecha doce de noviembre de dos mil doce cuyas partes dispositivas dicen literalmente: Parte dispositiva del Auto: Despachar orden general de ejecución a favor del/los demandante/s JOSE LUIS ALBERO GIL y CARMEN SOLA ALBEA contra los bienes del/los demandado/s CARMELA LUXE S.L. y UTILLAJES PARA EL CALZADO ARAGÓN, S.L.U., por cuantía de 36929,32 € de principal adeudado, más 7755,16 € presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Pudiendo el embargo de saldos en cuentas bancarias que se decreten, perder efectividad de notificarse de manera inmediata al ejecutado, demórese la práctica de la notificación durante el tiempo indispensable para lograr dicha efectividad. Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición en el PLAZO DE TRES DIAS, en el que, además podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, y siempre, en ambos casos, por los motivos contenidos en el art. 239.4 de la LRJS. Tal como dispone la D.A. 15 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberán, para la interposición del recurso, efectuar la consignación como depósito de 25 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado. No admitiéndose a trámite el recurso cuyo depósito no esté constituido. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresados conllevará su inadmisión. El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente nº: 0115/0000/64/0087/12, indicando en el campo «concepto» el código «30 SOCIAL-REPOSICION y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos: 0030/3230/10/0000000000), se indicará en el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expediente 0115/0000/64/0087/12 seguido (separado por un espacio) del código y tipo concreto de recurso en la misma forma expuesta en el párrafo anterior. Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo. Parte dispositiva del Decreto: En orden a dar efectividad a las medidas concretas que resultan procedentes para el cumplimiento de la orden general de ejecución, acuerdo: PRIMERO.- Proceder a la investigación judicial del patrimonio del ejecutado, que quedará unida a las presentes actuaciones, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.
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Para la averiguación de bienes, domicilio y demás datos que sean necesarios para la consecución de la presente ejecución se autoriza la consulta en las bases de datos informáticas del Punto Neutro Judicial del CGPJ y del Registro Mercantil Central. SEGUNDO.- El embargo sobre los saldos favorables de cuentas y depósitos obrantes en bancos, cajas o cualquier otra persona o entidad pública o privada de depósito, crédito, ahorro y financiación, que resulten de la documentación obtenida en el Punto Neutro Judicial, decretándose tanto el embargo de los saltos existentes en el momento del embargo, como los que se produzcan posteriormente, disponiendo la retención y puesta a disposición del juzgado de cualesquiera bienes o cantidades que se devengaren en el futuro a favor del ejecutado como consecuencia de las relaciones de éste con la entidad depositaria y con el límite máximo del importe a que asciende el principal más intereses y costas reclamado (art. 254 LRJS. Las solicitudes de embargo se remitirán preferentemente de forma telemática para aquellas entidades financieras que consten dadas de alta en el servicio del Punto Neutro Judicial, y por correo para el resto de entidades o cuando se produzcan fallos no previstos en los servicios telemáticos. TERCERO.- El embargo sobre las cantidades que por cualquier concepto deba reintegrar la Hacienda Pública al ejecutado, petición que se efectuará de forma telemática. CUARTO.- La práctica de diligencia de embargo por la Comisión Judicial constituida al efecto, sobre bienes o derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido en el Art. 592.2 de la LEC y depositándose los bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para la Comisión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual queda facultada para entrar en el local de negocios o vivienda particular y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública. QUINTO.- Requerir al/los ejecutado/s o a sus administradores o representantes, de tratarse de personas jurídicas o de grupos sin personalidad, a fin de que en el plazo de TRES DIAS, manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. SEXTO.- Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresados en el razonamiento jurídico «CUARTO». Para la efectividad de los embargos se librarán los mandamientos necesarios, dejando en autos copia de los mismos para su constancia. Los embargos acordados en la presente resolución, se practicarán en cantidad suficiente a cubrir el principal más intereses y costas reclamado. De conformidad con el art. 54.3 de la LRJS, demórese la notificación de la presente resolución a la parte ejecutada, por el tiempo indispensable para lograr la efectividad de los embargos acordados en la presente resolución. MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Juez que hubiere dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 551.5 de la LEC y 187 y 188 de la LRJS). DEPÓSITO DEL RECURSO: De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ 1/2009, de 3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, para la interposición del recurso deberán efectuar la consignación como depósito de
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25 € que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresados conllevará su inadmisión. El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente nº: 0115/0000/64/0087/12, indicando en el campo «concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos: 0030/3230/10/0000000000), se indicará en el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expediente 0115/0000/64/0087/12 seguido (separado por un espacio) del código y tipo concreto de recurso en la misma forma expuesta en el párrafo anterior. Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada UTILLAJES PARA EL CALZADO ARAGÓN, S.L.U., y con la advertencia de que en el futuro se le notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos en los estrados del juzgado, con las excepciones previstas en la Ley, expido el presente en Alicante a doce de noviembre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL *1222435*
EDICTO EL/LA SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO CINCO DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Ejecución nº 000248/2012, a instancias de TANIA RAMIREZ GARCIA y MARIA CRISTINA GOMEZ HERNANDEZ contra MARCO CANINO, en cuyas actuaciones se ha dictado DECRETO de Ejecución de fecha treinta de octubre de dos mil doce cuya parte dispositiva dice literalmente: En orden a dar efectividad a las medidas concretas que resultan procedentes para el cumplimiento de la orden general de ejecución descritas en el «Antecedente de Hecho Único» contra MARCO CANINO, ACUERDO: PRIMERO.- La acumulación de las ejecuciones registradas con los números 267/12 a la presente registrada con el número 000248/2012, dejando constancia en aquellas mediante testimonio de la presente resolución, siguiendo la ejecución por un principal total para los procesos acumulados ascendente a la cantidad de 9426,99 € más otros 1979,66 € presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. SEGUNDO.- Proceder a la investigación judicial del patrimonio del ejecutado, que quedará unida a las presentes actuaciones, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia. Para la averiguación de bienes, domicilio y demás datos que sean necesarios para la consecución de la presente ejecución se autoriza la consulta en las bases de datos informáticas del Punto Neutro Judicial del CGPJ y del Registro Mercantil Central. TERCERO.- El embargo sobre los saldos favorables de cuentas y depósitos obrantes en bancos, cajas o cualquier otra persona o entidad pública o privada de depósito, crédito, ahorro y financiación, que resulten de la documentación obtenida en el Punto Neutro Judicial, decretándose tanto el embargo de los saltos existentes en el momento del embargo, como los que se produzcan posteriormente, disponiendo la retención y puesta a disposición del juzgado de cualesquiera bienes o cantidades que se devengaren en el futuro a favor del ejecutado como consecuencia de las relaciones de éste con la entidad depositaria y con el límite máximo del importe a que asciende el principal más intereses y costas reclamado (art. 254 LRJS. Las solicitudes de embargo se remitirán preferentemente de forma telemática para aquellas
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entidades financieras que consten dadas de alta en el servicio del Punto Neutro Judicial, y por correo para el resto de entidades o cuando se produzcan fallos no previstos en los servicios telemáticos. CUARTO.- El embargo sobre las cantidades que por cualquier concepto deba reintegrar la Hacienda Pública al ejecutado, petición que se efectuará de forma telemática. QUINTO.- La práctica de diligencia de embargo por la Comisión Judicial constituida al efecto, sobre bienes o derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido en el Art. 592.2 de la LEC y depositándose los bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma para la Comisión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual queda facultada para entrar en el local de negocios o vivienda particular y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública. SEXTO.- Requerir al/los ejecutado/s o a sus administradores o representantes, de tratarse de personas jurídicas o de grupos sin personalidad, a fin de que en el plazo de TRES DIAS, manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. SEPTIMO.- Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresados en el razonamiento jurídico «CUARTO». Para la efectividad de los embargos se librarán los mandamientos necesarios, dejando en autos copia de los mismos para su constancia. Los embargos acordados en la presente resolución, se practicarán en cantidad suficiente a cubrir el principal más intereses y costas reclamado. De conformidad con el art. 54.3 de la LRJS, demórese la notificación de la presente resolución a la parte ejecutada, por el tiempo indispensable para lograr la efectividad de los embargos acordados en la presente resolución. MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el Juez que hubiere dictado la orden general de ejecución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 551.5 de la LEC y 187 y 188 de la LRJS). DEPÓSITO DEL RECURSO: De conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ 1/2009, de 3 de noviembre, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, para la interposición del recurso deberán efectuar la consignación como depósito de 25 € que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresados conllevará su inadmisión. El recurrente deberá ingresar la citada cantidad en el banco BANESTO, en la cuenta correspondiente a este expediente nº: 0115/0000/64/0248/12, indicando en el campo «concepto» el código «31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial» y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente (CCC, 20 dígitos: 0030/3230/10/0000000000), se indicará en el campo «concepto» los 16 dígitos de la cuenta expediente 0115/0000/64/0248/12 seguido (separado por un espacio) del código y tipo concreto de recurso en la misma forma expuesta en el párrafo anterior. Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada MARCO CANINO, y con la advertencia de que en el futuro se le notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos en los
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estrados del juzgado, con las excepciones previstas en la Ley, expido el presente en Alicante a treinta de octubre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL *1222449* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEIS ALICANTE
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Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de NOTIFICACION a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, a treinta y uno de octubre de dos mil doce. LA SECRETARIA JUDICIAL
EDICTO DE NOTIFICACION La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero Seis de Alicante, HACE SABER: Que en los autos nº 24/11 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: SENTENCIA núm. 394 En la ciudad de Alicante a quince de Octubre de dos mil doce. Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Social número SEIS de Alicante y su provincia, DON ANTONIO HERAS TOLEDO, los precedentes autos número 24/11, seguidos a instancia de D. VICENTE SOBRINO FERNÁNDEZ, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; IBERMUTUAMUR, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NÚM. 274 y TRANSROCAMORA LEVANTE, S.L., sobre PRESTACIONES IT. FALLO Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por D. VICENTE SOBRINO FERNÁNDEZ, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL; IBERMUTUAMUR, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NÚM. 274 y TRANSROCAMORA LEVANTE, S.L., sobre PRESTACIONES DE IT; debo condenar y condeno a la empresa TRANSROCAMORA LEVANTE, S.L. al abono al demandante de la cantidad de 463,25 euros, correspondiente al período del 8 al 19 de Enero/10, de cuyo pago debe responder subsidiariamente la MUTUA, quien, igualmente, anticipará dicho abono; sin perjuicio de repetir contra la empresa directamente condenada; condenando, igualmente, a la reiterada MUTUA al pago directo al actor de otros 9.024,60 euros, por el resto del período reclamado; siendo el INSS responsable subsidiario de la MUTUA, para el caso de que ésta fuera declarada insolvente. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS; siendo indispensable para el Ente Gestor, presentar ante este Juzgado, al anunciar el Recurso, la Certificación acreditativa de que comienza el abono de la prestación y que lo proseguirá puntualmente durante la tramitación del mismo; resultando obligado para la Mutua y empresa demandadas que, al tiempo de anunciarlo, acrediten haber consignado el importe del subsidio correspondiente a las mensualidades ya vencidas, así como la obligación de abonar durante la tramitación del Recurso los correspondientes a los períodos que se vayan devengando. Así mismo, deberán constituir otro depósito por importe de 300 Euros en el Banco Español de Crédito, S.A. urbana Benalúa, Calle Foglietti, núm. 24 de Alicante, en la cuenta corriente, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0024 11 de este Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso, sin cuyos requisitos no podrá ser admitido.
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EDICTO DE NOTIFICACION La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero Seis de Alicante, HACE SABER: Que en los autos nº 1067/10 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: SENTENCIA núm. 387 En la Ciudad de Alicante, a quince de Octubre de dos mil doce. Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número SEIS de Alicante y su provincia, DON ANTONIO HERAS TOLE-DO, los precedentes autos número 1067/10 seguidos a instancia de FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN frente a GRANATE PROMOCIONES ALICANTE, S.L.U., sobre CANTIDAD. FALLO Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN frente a GRANATE PROMOCIONES ALICANTE, S.L.U., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 44,03 Euros, más 11,92 euros, en concepto de interés por mora. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer Recurso alguno. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de NOTIFICACION a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, a treinta y uno de octubre de dos mil doce. *1222425*
EDICTO DE NOTIFICACION La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero Seis de Alicante, HACE SABER: Que en los autos nº 1050/10 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: SENTENCIA núm. 378 En la Ciudad de Alicante, a diez de octubre de dos mil doce. Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Social número SEIS de Alicante y su provincia, DON ANTONIO HERAS TOLEDO, los precedentes autos número 1050/ 10, seguidos a instancia de D. RAUL MOYA ANDREU frente a PROHALDING SERVICE, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre CANTIDAD.
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FALLO Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. RAUL MOYA ANDREU frente a la empresa PROHALDING SERVICE, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 3.214,34 euros, más otros 515 euros, en concepto de interés por mora; y al FOGASA, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A. urbana Benalúa, C/ Foglietti, núm. 24 de Alicante, cuenta corriente de este Juzgado, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 1050 10 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Igualmente, deberá acreditar que ha constituido un depósito, por un importe de 300 euros, en la cuenta anteriormente referida del mismo Banco, presentado el resguardo correspondiente en el indicado momento del anuncio. Si el anuncio del recurso se hubiere efectuado por medio de mera manifestación en el momento de la notificación de la sentencia, el depósito y la consignación o aseguramiento podrá efectuarse hasta la expiración del plazo establecido para el anuncio, debiendo en este último caso acreditar dichos extremos dentro del mismo plazo ante la oficina judicial mediante los justificantes correspondientes. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de NOTIFICACION a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, a treinta y uno de octubre de dos mil doce. LA SECRETARIA JUDICIAL *1222426*
EDICTO DE NOTIFICACION La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero Seis de Alicante, HACE SABER: Que en los autos nº 445/12 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: SENTENCIA núm. 385 En la Ciudad de Alicante, a diez de octubre de dos mil doce. Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Social número SEIS de Alicante y su provincia, DON ANTONIO HERAS TOLEDO, los precedentes autos número 445/ 12, seguidos a instancia de Dª GEMMA SELLES PEIDRÓ frente a la empresa COMERCIAL FONTANERA, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre DESPIDO. FALLO Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dª GEMMA SELLES PEIDRÓ frente a la empresa COMERCIAL FONTANERA, S.L. Y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre DESPIDO, debo declarar y declaro la NULIDAD del mismo y debo de condenar y conde-
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no a la empresa a que ante la imposibilidad de readmisión abone a la parte actora, en concepto de indemnización, por la extinción de la relación laboral que se declara resuelta, la cantidad de 32.395,73 euros; así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de esta Sentencia, a razón del salario decla-rado probado en el hecho primero; y al FOGASA, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS; siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A. urbana Benalúa, C/ Foglietti, núm. 24 de Alicante, cuenta corriente de este Juzgado, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0445 12 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Igualmente, en el citado momento del anuncio, deberá acreditar que ha constituido un depósito por un importe de 300 euros en la cuenta mencionada del mismo Banco, presentado el resguardo correspondiente. Si el anuncio del recurso se hubiere efectuado por medio de mera manifestación en el momento de la notificación de la sentencia, el depósito y la consignación, o aseguramiento, podrá efectuarse hasta la expiración del plazo establecido para el anuncio; debiendo, en este último caso, acreditar dichos extremos, dentro del mismo plazo, mediante los justificantes correspondientes. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de NOTIFICACION a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, a treinta y uno de octubre de dos mil doce. LA SECRETARIA JUDICIAL *1222428*
EDICTO DE NOTIFICACION La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero Seis de Alicante, HACE SABER: Que en los autos nº 464/12 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: SENTENCIA núm. 396 En la Ciudad de Alicante, a quince de Octubre de dos mil doce. Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Social número SEIS de Alicante y su provincia, DON ANTONIO HERAS TOLEDO, los precedentes autos número 464/ 12, seguidos a instancia de D. VICENTE MONTERO VILCHES frente a la empresa MOTOR TRACCION SPORT, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre DESPIDO. FALLO Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. VICENTE MONTERO VILCHES frente a la empresa MOTOR TRACCIÓN SPORT, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL por DESPIDO, debo declarar y declaro la NULIDAD del mismo y debo de condenar y condeno a la empresa a que ante la imposibilidad de readmisión abone a la parte actora, en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral, que se declara
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resuelta, la cantidad de 9.503,84 euros; así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la notificación de esta Sentencia, a razón del salario decla-rado probado en el hecho primero; y al FOGASA, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS; siendo indispensable que, al tiempo de anunciarlo, la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A. urbana Benalúa, C/ Foglietti, núm. 24 de Alicante, cuenta corriente de este Juzgado, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0464 12 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Igualmente, en el citado momento del anuncio, deberá acreditar que ha constituido un depósito por un importe de 300 euros en la cuenta mencionada del mismo Banco, presentado el resguardo correspondiente. Si el anuncio del recurso se hubiere efectuado por medio de mera manifestación en el momento de la notificación de la sentencia, el depósito y la consignación, o aseguramiento, podrá efectuarse hasta la expiración del plazo establecido para el anuncio; debiendo, en este último caso, acreditar dichos extremos, dentro del mismo plazo, mediante los justificantes correspondientes. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de NOTIFICACION a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, a treinta y uno de octubre de dos mil doce. LA SECRETARIA JUDICIAL *1222430*
EDICTO DE NOTIFICACION La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero Seis de Alicante, HACE SABER: Que en los autos nº 1078/10 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: SENTENCIA núm. 403 En la Ciudad de Alicante, a veinticinco de octubre de dos mil doce. Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Social número SEIS de Alicante y su provincia, DON ANTONIO HERAS TOLE-DO, los precedentes autos número 1078/10, seguidos a instancia de D. GABRIEL RODRIGUEZ GARCÍA frente a COMERCIAL DE ÓPTICA Y AUDIOLOGÍA, S.C.P. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre CANTIDAD. FALLO Estimando parcialmente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. GABRIEL RODRIGUEZ GARCÍA frente a COMERCIAL DE ÓPTICA Y AUDIOLOGÍA, S.C.P. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 7.819,03 euros; absolviéndola del resto de las pretensiones deducidas en su contra; y al FOGASA, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración.
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Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A. urbana Benalúa, C/ Foglietti, núm. 24 de Alicante, cuenta corriente de este Juzgado, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 1078 10 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Igualmente, deberá acreditar que ha constituido un depósito, por un importe de 300 euros, en la cuenta anteriormente referida del mismo Banco, presentado el resguardo correspondiente en el indicado momento del anuncio. Si el anuncio del recurso se hubiere efectuado por medio de mera manifestación en el momento de la notificación de la sentencia, el depósito y la consignación o aseguramiento podrá efectuarse hasta la expiración del plazo establecido para el anuncio, debiendo en este último caso acreditar dichos extremos dentro del mismo plazo ante la oficina judicial mediante los justificantes correspondientes. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de NOTIFICACION a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, a trece de noviembre de dos mil doce. LA SECRETARIA JUDICIAL *1222433*
EDICTO DE NOTIFICACION La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero Seis de Alicante, HACE SABER: Que en los autos nº 1084/10 que se siguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente: SENTENCIA núm. 405 En la Ciudad de Alicante, a veinticinco de octubre de dos mil doce. Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado del Juzgado de lo Social número SEIS de Alicante y su provincia, DON ANTONIO HERAS TOLE-DO, los precedentes autos número 1084/ 10, seguidos a instancia de Dª ELENA GANDIA COMPAÑ frente a CBH, CONSULTORA INMOBILIARIA DEL MEDITERRANEO, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL sobre CANTIDAD. FALLO Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dª ELENA GANDIA COMPAÑ frente a CBH, CONSULTORA INMOBILIARIA DEL MEDITERRANEO, S.L. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad de 10.040 euros, más otros 2.504 euros, en concepto de interés por mora; y al FOGASA, en su condición de responsable legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente
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fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 194 y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A. urbana Benalúa, C/ Foglietti, núm. 24 de Alicante, cuenta corriente de este Juzgado, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 1084 10 o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Igualmente, deberá acreditar que ha constituido un depósito, por un importe de 300 euros, en la cuenta anteriormente referida del mismo Banco, presentado el resguardo correspondiente en el indicado momento del anuncio. Si el anuncio del recurso se hubiere efectuado por medio de mera manifestación en el momento de la notificación de la sentencia, el depósito y la consignación o aseguramiento podrá efectuarse hasta la expiración del plazo establecido para el anuncio, debiendo en este último caso acreditar dichos extremos dentro del mismo plazo ante la oficina judicial mediante los justificantes correspondientes. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y con el fin de que el presente sirva de NOTIFICACION a la parte demandada y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en el Tablón de anuncios de este Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de Auto o Sentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sello para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y su fijación en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Alicante, a trece de noviembre de dos mil doce. LA SECRETARIA JUDICIAL *1222434*
EDICTO D. MARIA DOLORES MILLAN PEREZ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000060/2012, Ejecución núm. 000196/2012 a instancias de JUAN BAUTISTA FERNANDEZ y JUAN ANTONIO PEREZ PEIRO contra PLASTICOS SOPLADOS CAMARA S.L. en la que el día 16 de agosto de 2012 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: «DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de sentencia firme a favor de la parte ejecutante, JUAN BAUTISTA FERNANDEZ y JUAN ANTONIO PEREZ PEIRO, frente a PLASTICOS SOPLADOS CAMARA S.L., parte ejecutada, por importe de 95558,88 euros, de principal, más la cantidad de 5733 euros, calculados para intereses, y otras 9555 euros presupuestados para costas. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0060 12 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. Así lo manda y firma D. ANTONIO HERAS TOLEDO, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº. Seis de Alicante. Doy fe» Y Decreto de fecha 16 de agosto de 2012 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Requerir al ejecutado, PLASTICOS SOPLADOS CAMARA S.L., para que designe bienes y derechos suficientes,
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para responder por la cantidad reclamada en concepto de principal, intereses y costas, procediendo al embargo de los mismos. -Procedase a la averiguación de bienes en la base de datos del Punto Neutro Judicial, y líbrense oficios a las entidades bancarias que se mencionan en el mismo a fin de que se retenga y remita a este Juzgado los saldos que pudiera tener la demandada. - El embargo sobre las cantidades que la Hacienda Publica tenga pendiente de abonar a la demandada PLASTICOS SOPLADOS CAMARA S.L.. - Oficíese al Servicio de Indices al objeto de que informen sobre los bienes o derechos del ejecutado de los que tenga constancia. - Dese traslado al FOGASA y a la parte actora, para que en el plazo de QUINCE DIAS, pueda designar bienes o instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0060 12 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. LA SECRETARIO JUDICIAL» Y para que conste y sirva de notificación a PLASTICOS SOPLADOS CAMARA S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante a veintiseis de octubre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222436*
EDICTO D. MARIA DOLORES MILLAN PEREZ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000912/2010, Ejecución núm. 000239/2012 a instancias de NURIA YOR ESCANDELL contra B2B TRANSPORTVILLE SA en la que el día 19 de octubre de 2012 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: «DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de sentencia firme a favor de la parte ejecutante, NURIA YOR ESCANDELL, frente a B2B TRANSPORTVILLE SA, parte ejecutada,, por importe de 1126,74 euros, de principal, más la cantidad de 67 euros, calculados para intereses, y otras 112 euros presupuestados para costas. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0912 10 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. Así lo manda y firma D. ANTONIO HERAS TOLEDO, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº. Seis de Alicante. Doy fe» Y Decreto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
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«En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Requerir al ejecutado, B2B TRANSPORTVILLE SA, para que designe bienes y derechos suficientes, para responder por la cantidad reclamada en concepto de principal, intereses y costas, procediendo al embargo de los mismos. -Procedase a la averiguación de bienes en la base de datos del Punto Neutro Judicial, y líbrense oficios a las entidades bancarias que se mencionan en el mismo a fin de que se retenga y remita a este Juzgado los saldos que pudiera tener la demandada. - El embargo sobre las cantidades que la Hacienda Publica tenga pendiente de abonar a la demandada B2B TRANSPORTVILLE SA. - Oficíese al Servicio de Indices al objeto de que informen sobre los bienes o derechos del ejecutado de los que tenga constancia. - Dese traslado al FOGASA y a la parte actora, para que en el plazo de QUINCE DIAS, pueda designar bienes o instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0912 10 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. LA SECRETARIO JUDICIAL» Y para que conste y sirva de notificación a B2B TRANSPORTVILLE SA que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante a diecinueve de octubre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222437*
EDICTO D. MARIA DOLORES MILLAN PEREZ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000256/2009, Ejecución núm. 000358/2009 a instancias de PEDRO PABLO BELLO IRADIEL contra ASTILLEROS LEVANTE S.L. y GUDGEDA SL en la que el día 23/05/ 2012 se ha dictado Decreto cuya parte dispositiva dice: «Que debo desestimar y desestimo el recurso de reposición formulado por el demandante PEDRO PABLO BELLO IRADIEL frente a la diligencia de ordenación de fecha 16/01/ 12 que se mantiene íntegramente. Dando vista al demandante PEDRO PABLO BELLO IRADIEL del testimonio del exhorto unido a autos en el que por el Juzgado de lo Mercantil numero 1 de Alicante en los autos 944/11 la demandada ASTILLEROS LEVANTE S.L., ha sido declarada en concurso. Y respecto de la petición subsidiaria contenida en el escrito de recurso que ahora se resuelve estese a lo que se acuerde en el auto de nulidad de actuaciones advertida. Contra este decreto no cabe recurso. Así, lo acuerdo y firmo, doy fe» Y Auto de fecha 25/05/2012 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «1º.- Que debo declarar la nulidad parcial del Auto de fecha 03/04/09, y del Decreto de fecha 01/02/11, respecto de la cantidad de 7.486 euros, que viene fijada en concepto de indemnización.
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2º.- Que debo declarar extinguida la relación laboral existente entre el demandante PEDRO PABLO BELLO IRADIEL y las demandadas ASTILLEROS LEVANTE S.L. y GUDGEDA SL, con fecha de efectos de 03/12/09, condenando a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración, y a que a abonen al demandante 2.259,04 euros, en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha de notificación de la sentencia hasta la de la extinción de la relación laboral y otros 11.133,84 euros, en concepto de indemnización. 3º.- Que debo fijar en 21.191,84 euros la cantidad total en concepto de principal por la que debe entenderse despachada la ejecución y declarada la insolvencia de las demandadas. 4º.- Que debo mantener invariado el resto de lo acordado en aquellas resoluciones y todo lo actuado con posterioridad a las mismas. Contra esta resolución no cabe recurso. Así, lo pronuncio, mando y firmo» Y para que conste y sirva de notificación a ASTILLEROS LEVANTE S.L. y GUDGEDA SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante a veintitrés de octubre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222439*
EDICTO D. MARIA DOLORES MILLAN PEREZ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000852/2010, Ejecución núm. 000221/2012 a instancias de SANDRA ARACELI TOSTADO HERNANDEZ contra GRUPO BOTANERO SL y TRIBOS S.L. en la que el día ocho de octubre de dos mil doce se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: «DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de sentencia firme a favor de la parte ejecutante, SANDRA ARACELI TOSTADO HERNANDEZ, frente a GRUPO BOTANERO SL y TRIBOS S.L., parte ejecutada, por importe de 2991,98 euros, de principal, más la cantidad de 179 euros, calculados para intereses, y otras 299 euros presupuestados para costas. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0852 10 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. Así lo manda y firma D. ANTONIO HERAS TOLEDO, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº. Seis de Alicante. Doy fe» Y Decreto de fecha ocho de octubre de dos mil doce cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el
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plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0852 10 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. Y para que conste y sirva de notificación a GRUPO BOTANERO SL y TRIBOS SL que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante a ocho de octubre de dos mil doce LA SECRETARIO JUDICIAL *1222441*
EDICTO D. MARIA DOLORES MILLAN PEREZ, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE ALICANTE HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000670/2010, Ejecución núm. 000241/2012 a instancias de JOSE VICENTE PRETEL SEGARRA contra INFORMACION Y SISTEMAS DE DATOS S.L. en la que el día 3 de octubre de 2012 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: «DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de sentencia firme a favor de la parte ejecutante, JOSE VICENTE PRETEL SEGARRA, frente a INFORMACION Y SISTEMAS DE DATOS S.L., parte ejecutada,, por importe de 1169,19 euros, de principal, más la cantidad de 70 euros, calculados para intereses, y otras 116 euros presupuestados para costas. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0670 10 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. Así lo manda y firma D. ANTONIO HERAS TOLEDO, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº. Seis de Alicante. Doy fe» Y Decreto de fecha 3 de octubre de 2012 cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Requerir al ejecutado, INFORMACION Y SISTEMAS DE DATOS S.L., para que designe bienes y derechos suficientes, para responder por la cantidad reclamada en concepto de principal, intereses y costas, procediendo al embargo de los mismos. -Procedase a la averiguación de bienes en la base de datos del Punto Neutro Judicial, y líbrense oficios a las entidades bancarias que se mencionan en el mismo a fin de que se retenga y remita a este Juzgado los saldos que pudiera tener la demandada. - El embargo sobre las cantidades que la Hacienda Publica tenga pendiente de abonar a la demandada INFORMACION Y SISTEMAS DE DATOS S.L.. - Oficíese al Servicio de Indices al objeto de que informen sobre los bienes o derechos del ejecutado de los que tenga constancia.
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- Dese traslado al FOGASA y a la parte actora, para que en el plazo de QUINCE DIAS, pueda designar bienes o instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga. Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 € en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANESTO con número 0116 0000 65 0670 10 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición. LA SECRETARIO JUDICIAL» Y para que conste y sirva de notificación a INFORMACION Y SISTEMAS DE DATOS S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en Alicante a doce de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222444*
EDICTO CEDULA DE CITACION: El Iltmo. Sr. Magistrado Juez de lo Social numero Seis de Alicante, en resolución de esta fecha dictada en los autos sobre CANTIDAD numero 000690/2010, instados por GRACIA MARIA BECERRA JIMENEZ se ha acordado CITAR a la parte demandada KLUH LINAER ESPAÑA S.L., ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS SA, SANMARTIN Y MARTINEZ, SL. a fin de que el próximo día 31/01/2013 a las 10:22 HORAS horas comparezca en la Sala Audiencia de este Juzgado para la celebración de los actos de CONCILIACION Y JUICIO, haciéndole saber que en la secretaría se encuentran a su disposición las copias de la demanda y documentos presentados, advirtiéndole que al acto del juicio deberá concurrir con todos los medios de prueba de que intente valerse, apercibiéndole que de no comparecer se celebrará el juicio sin su presencia, que continuara sin necesidad de declarar su rebeldía. Y para su publicación, a fin de que sirva de citación en forma a la demandada KLUH LINAER ESPAÑA S.L., SANMARTIN Y MARTINES, S.L. ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS SA expido y firmo el presente edicto en Alicante, a veinticinco de octubre de dos mil doce EL SECRETARIO, *1222504* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM EDICTO D. JUAN ANTONIO GARCIA LAINEZ, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE BENIDORM (ALICANTE), por el presente hace saber: Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el número 000283/2012, dimanante de los autos de Despidos número 000930/2011, a instancia de VICENTE BELARDINO SOLIVERES MOLINES, contra la empresa AUTOCARES PEDRO DEVESA S.L., en reclamación de 14.159,45 € de principal, más 2.000,00 € para intereses y 2.000,00 € para costas, en cuyo procedimiento se ha dictado decreto con
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fecha 19 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva, literalmente copiada, es del siguiente tenor: PARTE DISPOSITIVA Declaro insolvente provisional a la empresa ejecutada AUTOCARES PEDRO DEVESA S.L., con CIF Nº B-03050424, por la cantidad de 14.159,45 € sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades que por principal, intereses y costas está obligada a satisfacer. Notifíquese el presente decreto a las partes y al FONDO DE GARANTIA SALARIAL haciéndoles saber que esta resolución procesal no es firme, y contra ella cabe recurso de reposición ante el Secretario que suscribe en plazo de tres días siguientes al de su notificación, conteniendo los requisitos establecidos en el artículo 187.1 de la de la Ley 36/ 2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Así lo dicto D. JUAN ANTONIO GARCIA LAINEZ, Funcionario del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales del Juzgado de lo Social número uno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutada AUTOCARES PEDRO DEVESA S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, expido el presente en Benidorm, a diecinueve de noviembre de dos mil doce. EL SECRETARIO *1222358* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE EDICTO D/ª WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario del Juzgado de lo Social nª 2 de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado de lo Social se tramita procedimiento sobre despido, registrado con el nº 398/11 (ejecución nº 000191/2012) a instancias de JOSEFINA MASSO LOPEZ contra ASADOR IMPERIAL S.L, en cuyas actuaciones se han dictado las resoluciones cuya parte dispositiva son del tenor literal siguiente: DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, JOSEFINA MASSO LOPEZ, frente a ASADOR IMPERIAL S.L, parte ejecutada, por importe de 11.897’18 euros en concepto de principal, más otros 2.400 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Contra este auto cabe recurso de reposición dentro del plazo de TRES DIAS, a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, en el que también podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, por los motivos recogidos en el art. 239.4 de la LJS. Y para que conste y sirva de notificación en forma al demandado ASADOR IMPERIAL S.L, y conocimiento del público en general expido el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincial y será expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las sucesivas comunicaciones se harán en estrados, salvo que se traten de auto, sentencia o emplazamiento, que firmo en Elche a diecinueve de noviembre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL *1222497*
EDICTO D. WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue procedimiento con el nº 001136/2011 en reclamación de DESEM-
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PLEO a instancias de ANTONIO ANDREO MOLINA contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL y TRANSPORTES Y DERRIBOS GEMA S.L. se cita al mencionado demandado TRANSPORTES Y DERRIBOS GEMA S.L., de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, BARRIO DE LOS PALMERALES calle AMETLER Nº 1, el próximo día 11 DE DICIEMBRE DE 2012, A LAS 9,50 horas DE SU MAÑANA para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada. Cítese para el interrogatorio solicitado al administrador/legal representante de la/s demandada/s, con facultades para responder al interrogatorio, con apercibimiento, que de no comparecer sin justa causa, podrá considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a los que se refieren las preguntas, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincial a los efectos pertinentes. Elche a quince de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL EDICTO D. WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue procedimiento con el nº 000044/2011 en reclamación de SEGURIDAD SOCIAL a instancias de FRANCISCO JOSE GIMENEZ RUIZ contra RESIDENCIAL VALLE DEL SOL S.L., INSS y TGSS se cita al mencionado demandado RESIDENCIAL VALLE DEL SOL S.L., de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, BARRIO DE LOS PALMERALES calle AMETLER Nº 1, el próximo día 11 DE DICIEMBRE DE 2012, A LAS 11,30 horas DE SU MAÑANA para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada. Cítese para el interrogatorio solicitado al administrador/legal representante de la/s demandada/s, con facultades para responder al interrogatorio, con apercibimiento, que de no comparecer sin justa causa, podrá considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a los que se refieren las preguntas, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincial a los efectos pertinentes. Elche a quince de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL EDICTO D. WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue procedimiento con el nº 000314/2011 en reclamación de CANTIDAD a instancias de JOSEFINA MASSO LOPEZ contra MUTUA UMIVALE, INSS, ASADOR IMPERIAL S.L. y FOGASA se cita al mencionado demandado ASADOR IMPERIAL S.L., de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, BARRIO DE LOS PALMERALES calle AMETLER Nº 1, el próximo día 11 DE DICIEMBRE DE 2012, 1A LAS 11,50 horas DE SU MAÑANA para celebrar el oportuno acto de conciliación,
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significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada. Cítese para el interrogatorio solicitado al administrador/legal representante de la/s demandada/s, con facultades para responder al interrogatorio, con apercibimiento, que de no comparecer sin justa causa, podrá considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a los que se refieren las preguntas, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincial a los efectos pertinentes. Elche a quince de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222547*
EDICTO D. WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue procedimiento con el nº 000279/2012 en reclamación de DESPIDO a instancias de ERWANN IVAN JAQUES ROBERT HORNYCH contra DIECISIETE TWINS S.L. y PUERTA DE ORAN,.SL se cita al mencionado demandado, de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, BARRIO DE LOS PALMERALES calle AMETLER Nº 1, el próximo día 10 DE DICIEMBRE DE 2012, A LAS 12,00 horas DE SU MAÑANA para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada. Cítese para el interrogatorio solicitado al administrador/legal representante de la/s demandada/s, con facultades para responder al interrogatorio, con apercibimiento, que de no comparecer sin justa causa, podrá considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a los que se refieren las preguntas, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincial a los efectos pertinentes. Elche a trece de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL EDICTO D. WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue procedimiento con el nº 000293/2012 en reclamación de DESPIDO a instancias de ERWANN IVAN JAQUES ROBERT HORNYCH contra PUERTA DE ORAN S.L. y DIECISIETE TWINS, S.L se cita al mencionado demandado, de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, BARRIO DE LOS PALMERALES calle AMETLER Nº 1, el próximo día 10 DE DICIEMBRE DE 2012, A LAS 12,10 horas DE SU MAÑANA para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada. Cítese para el interrogatorio solicitado al administrador/legal repre-
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sentante de la/s demandada/s, con facultades para responder al interrogatorio, con apercibimiento, que de no comparecer sin justa causa, podrá considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a los que se refieren las preguntas, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincial a los efectos pertinentes. Elche a trece de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222552*
EDICTO D. WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue procedimiento con el nº 000912/2012 en reclamación de DESPIDO a instancias de JOSE JOAQUIN GRAS RODRIGUEZ Y OTROS contra DIGIMOTION SERVICIOS GRAFICOS S.L se cita al mencionado demandado, de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, BARRIO DE LOS PALMERALES calle AMETLER Nº 1, el próximo día 13 DE MAYO DE 2013, A LAS 9,50 horas DE SU MAÑANA para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada. Cítese para el interrogatorio solicitado al administrador/legal representante de la/s demandada/s, con facultades para responder al interrogatorio, con apercibimiento, que de no comparecer sin justa causa, podrá considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a los que se refieren las preguntas, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincial a los efectos pertinentes. Elche a nueve de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL EDICTO D. WENCESLAO PLAZA CARRERO, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Elche. HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue procedimiento con el nº 000927/2012 en reclamación de DESPIDO a instancias de MATIAS BELLON LOPEZ Y OTROS contra ENCOFRADOS HUFAT S.L.U., MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA S.A. y NAVES Y PARQUES INDUSTRIALES S.A. se cita al mencionado demandado, de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, BARRIO DE LOS PALMERALES calle AMETLER Nº 1, el próximo día 13 DE MAYO DE 2013, A LAS 11,00 horas DE SU MAÑANA para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que en caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de la demandada, debidamente citada. Cítese para el interrogatorio solicitado al administrador/legal representante de la/s demandada/s, con facultades para responder al interrogatorio, con apercibimiento, que de no comparecer sin justa causa, podrá considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a los que se refieren las preguntas, y advirtiéndole de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados,
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salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial de la Provincial a los efectos pertinentes. Elche a doce de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222553* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE EDICTO ANA BELEN MANSILLA REDONDO SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES DE ELCHE: HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000582/2011 a instancias de CINTIA NOELIA MATEOS contra FOGASA y NINA JURCENKO en la que se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: DISPONGO: Se acuerda la ejecución del AUTO DE EXTINCION de fecha 30/11/2011 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de 6.698,39 euros de principal adeudadas, más 1.339,67 euros presupuestadas provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de TRES DIAS en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título. Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma D. JOSE ANTONIO BUENDIA JIMÉNEZ, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social núm. 3 de los de ELCHE. Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a FOGASA y NINA JURCENKO que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, diecinueve de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL
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ner RECURSO DE REPOSICIÓN, en el plazo de TRES DÍAS, ante este Juzgado, y con los requisitos establecidos en el artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo efectuar, quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, la previa consignación de 25 € en la cuenta de depósitos y consignaciones en BANESTO número 23270000-64-0037/11 especificando en el campo concepto: «RECURSO – 30 - SOCIAL REPOSICIÓN», no admitiéndose a trámite el recurso cuyo depósito no se encuentre constituido. Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a FOGASA y MONTAJES ELECTRICOS LA DAMA S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, diecinueve de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222394*
EDICTO D. ANA BELEN MANSILLA REDONDO, SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO SOCIAL NUM 3 ELX HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000151/2012 a instancias de JOAQUIN MANUEL SAEZ GARCIA contra FOGASA y TERRAZOS GARCIA S.L en la que el día 19/11/12 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: «DISPONGO: Declarar al/a los ejecutado/s TERRAZOS GARCIA S.L, en situación de INSOLVENCIA por importe de 80.119´29 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.» Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a FOGASA y TERRAZOS GARCIA S.L que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, diecinueve de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222551*
*1222391* EDICTO EDICTO ANA BELEN MANSILLA REDONDO SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES DE ELCHE: HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000250/2012 a instancias de AGUSTIN LOPEZ ESCOBAR contra FOGASA y MONTAJES ELECTRICOS LA DAMA S.L. en la que se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice PARTE DISPOSITIVA Que debo declarar y declaro extinguida, a partir de la fecha de esta resolución, la relación laboral que unía al demandante D. AGUSTÍN LÓPEZ ESCOBAR, con la demandada MONTAJES ELÉCTRICOS LA DAMA SL, condenando a dicha mercantil a que le abone la cantidad de 9.825,02 € en concepto de indemnización y la de 27.817,96 € en concepto de salarios de tramitación. Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interpo-
ANA BELEN MANSILLA REDONDO SECRETARIA JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO TRES DE ELCHE: HAGO SABER: Que en este Juzgado, se sigue Ejecución núm.000256/2012 a instancias de DAVID LOPEZ AGULLO, JOSE RAMIREZ SOLA y FRANCISCO JAVIER ORTEGA SEGURA contra FOGASA y SHAENTE S.L. en la que se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice: DISPONGO: Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 02/05/ 2012 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de 28.412,65 euros de principal adeudadas, más 1.682,53 euros presupuestadas provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de TRES DIAS en el que podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o
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excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título. Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma D. JOSE ANTONIO BUENDIA JIMÉNEZ, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social núm. 3 de los de ELCHE. Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a FOGASA y SHAENTE S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmente establecida, expido el presente en ELCHE a, diecinueve de noviembre de dos mil doce EL SECRETARIO JUDICIAL *1222554* JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO MURCIA EDICTO D/Dª MARIA DEL CARMEN ORTIZ GARRIDO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 005 de MURCIA, HAGO SABER: Que en el procedimiento SANCIONES 0000658 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª TRINIDAD PONCE MUÑOZ contra la empresa OFFISERV DONARPLAST ESPAÑA S.L., sobre SANCIONES, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: «PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: - Admitir a trámite la demanda presentada y en consecuencia: - Citar a las partes para que comparezcan el día VEINTICINCO DE ABRIL DE 2013 a las 10.00 HORAS en para la celebración del acto de conciliación ante el/la Secretario/a judicial y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, a las 10.15 HORAS del mismo día, en para la celebración del acto de juicio ante el/la magistrado/a. - Se advierte a la parte demandante, que en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía. - Incorpórese situación de la empresa obtenida a través de la Base de Datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, y a la vista de la misma cítese «ad cautelam» por edictos al demandado. - Respecto a lo solicitado en los otrosíes: Al otrosí Digo I, ha lugar a lo solicitado conforme al art. 90.2 de la LJS, sin perjuicio de que le momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (art. 87 LJS). Requiérase a la empresa demandada para que aporte los documentos solicitados, con la advertencia de que, de no hacerlo, podrán tenerse por probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada (art. 94 LJS). Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio, art. 87 de la LPL Al Otrosí Digo II, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de Abogado/a o Graduado Social a los efectos del art. 21.2 de la LPL/LJS. y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, art. 53 de la LJS. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la
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LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL» Y para que sirva de notificación en legal forma a OFFISERV DONARPLAST ESPAÑA S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ALICANTE. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En MURCIA, a trece de Noviembre de dos mil doce. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL *1222616*
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO BENIDORM EDICTO D. TOMAS MORA ZARAGOZA, SECRETARIO TITULAR DEL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA N°1 DE BENIDORM, HAGO SABER: Que en virtud de resolución dictada en el dia de hoy en el expediente de dominio que se tramita en este Juzgado con el nº 002082/2011, a instancias de Dª NATIVIDAD LLINARES ORTUÑO sobre EXCESO DE CABIDA con relación a la siguiente finca: Finca Registral numero 3.885 de Finestrat con INDUFIR n° 03016000036021 inscrita al Tomo 301 Libro 252 folio 157 Inscripción 1 con la siguiente descripción: Urbana un pedazo de tierra secana plantado de. diferentes árboles con una superficie de Noventa y seis areas, situado en término de Finestrat, partida de la Tapiada LINDA Norte: Miguel Llinares Llorca; Sur monte; Este Joaquin Agulló Climent y Oeste, Miguel Llinares Llorca. Sobre la finca de este número se ha construido la siguiente edificación: CASA de campo compuesta de unas sola planta, con una superficie de noventa metros cuadrados, aproximadamente, que consta de comedor-estar, paso tres dormitorios cocina y baño, teniendo además en planta de sótano garaje de aproximadamente treinta y cinco metros cuadrados. El resto de la superficie del terreno no ocupado por la edificación forma diversos bancales de secano y su mayor parte es monte. Linda toda la construcción con el terreno en que está situado. Se ha acordado expedir el presente, por el que se cita a los colindantes de la Finca arriba indicados, para que en el plazo de DIEZ DIAS puedan comparecer ante este Juzgado y alegar lo que a su derecho convenga. Dado en Benidorm, a veintinueve de octubre de dos mil doce EL SECRETARIO *1222612*
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO IBI EDICTO En el juicio verbal 000979/2009, se ha dictado la resolución cuyo fallo literal es el siguiente: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. Francisco Martínez Martínez, en nombre y representación de Aquagest Levante S.A., frente a D. Luís Bernabeu Pastor, debo declarar y declaro resuelto el contrato de suministro de agua potable que vincula a la actora con el demandado, debiendo el demandado permitir la entrada del personal técnico de la actora en el inmueble objeto de suministro a fin de proceder a la lectura del consumo registrado por el contador y a la retirada y desconexión del mismo, clausurando la instalación para poder cesar en el suministro, condenando, así mismo, al demandado a hacer abono a la actora de la cantidad de 1593’28 euros por los recibos impagados hasta la fecha de celebración del juicio, más todos los recibos que se devenguen con posterioridad a dicha fecha hasta la suspensión del suministro mediante la retirada y desconexión del contador. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y que contra ella no cabe recurso alguno. Así, por la presente resolución, lo acuerda, manda y firma, María del Carmen Díaz Zomeño, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. uno de Ibi y su partido. En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, que tuvo su domicilio en Ibi en la calle Joaquin Turina número 7, 3º Izquierda se ha acordado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, la publicación del presente edicto en el Boletin Oficil de la Provincia para llevar a efecto la diligencia de notificación. En IBI a veintitrés de octubre de dos mil doce EL / LA SECRETARIO JUDICIAL. *1222614* JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES BENIDORM CEDULA DE NOTIFICACION La Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción nº Tres de Benidorm (Antiguo Mixto nº Cinco), en las diligencias de Juicio Verbal de Faltas nº 238/12 seguidos ante este Juzgado, ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva, copiadas literalmente, dicen así: FALLO Que debo absolver y absuelvo a JUAN MANUEL GAMEZ ZAPATA de la falta que se le imputa declarando de oficio las costas procesales, si las hubiera, haciéndose saber a las partes, que contra esta Sentencia cabe Recurso de Apelación ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial den Alicante en el término de Cinco días, a partir de la notificación. Por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firma. Y para que sirva de notificación a MARIA REYES MARROQUI VIOLERO, en la actualidad en ignorado paradero y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Benidorm, a 5 DE NOVIEMBRE DE 2012. EL SECRETARIO *1222617*
CEDULA DE NOTIFICACION La Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción nº Tres de Benidorm (Antiguo Mixto nº Cinco), en las diligencias
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de Juicio Verbal de Faltas nº 128/12 seguidos ante este Juzgado, ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva, copiadas literalmente, dicen así: FALLO Que debo absolver y absuelvo a D. VANESA CUENCA LOPEZ, TRINIDAD CARBONELL DIAZ y CARMEN CARBONELL DIAZ de la falta que se le imputa declarando de oficio las costas procesales, si las hubiera, haciéndose saber a las partes, que contra esta Sentencia cabe Recurso de Apelación ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial den Alicante en el término de Cinco días, a partir de la última notificación. Por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firma. Y para que sirva de notificación a TRINIDAD CARBONELL DIAZ, en la actualidad en ignorado paradero y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Benidorm, a 5 DE NOVIEMBRE DE 2012 EL SECRETARIO *1222619*
CEDULA DE NOTIFICACION La Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción nº Tres de Benidorm (Antiguo Mixto nº Cinco), en las diligencias de Juicio Verbal de Faltas nº 331/12 seguidos ante este Juzgado, ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva, copiadas literalmente, dicen así: «SENTENCIA Nº. 234/12 En nombre de su Majestad el Rey. En Benidorm a tres de octubre de dos mil doce. La Sra. Dª MARIA LUZ JIMENEZ ZAFRILLA, MagistradaJuez del Juzgado de Instrucción nº Tres de Benidorm (Antiguo Mixto nº Cinco), y su Partido, ha visto y oído los autos del Juicio de Faltas que se sigue en este Juzgado bajo el nº 331/ 12 por una falta de LESIONES, con intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la Acción Pública y como implicados: ANASS BOUMGHAIT CHERGUI y DIDAC DÍAZ DELGADO, en calidad de denunciantes-denunciados. Dictando la presente resolución en base a los siguientes, FALLO.- Que debo absolver y absuelvo a ANASS BOUMGHAIT CHERGUI y DIDAC DÍAZ DELGADO, de la faltas por lesiones tipificadas en el Código Penal que se les imputaba, declarando de oficio las costas procesales, si las hubiera. Haciéndose saber a las partes, que contra esta Sentencia cabe Recurso de Apelación ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial den Alicante en el término de Cinco días, a partir de la notificación. Por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firma. SIGUE FIRMA.PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia, por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando el Acto del Juicio, en el mismo día de su fecha, ante mí el Secretario, que doy fe. - SIGUE FIRMA.-» Y para que sirva de notificación a DIDAC DIAZ DELGADO, en la actualidad en ignorado paradero y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Benidorm, a treinta y uno de octubre de dos mil doce. EL SECRETARIO *1222620*
CEDULA DE NOTIFICACION La Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción nº Tres de Benidorm (Antiguo Mixto nº Cinco), en las diligencias de Juicio Verbal de Faltas nº 182/12 seguidos ante este Juzgado, ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva, copiadas literalmente, dicen así: «SENTENCIA Nº. 198/12 En nombre de su Majestad el Rey. En Benidorm a veinticinco de julio de dos mil doce.
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La Sra. Dª MARIA LUZ JIMENEZ ZAFRILLA, MagistradaJuez del Juzgado de Instrucción nº Tres de Benidorm (Antiguo Mixto nº Cinco), y su Partido, ha visto y oído los autos del Juicio de Faltas que se sigue en este Juzgado bajo el nº 182/ 12 por una falta de estafa, con intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la Acción Pública y como implicados: JOSÉ VICENTE MUÑOZ LLEDO en calidad de denunciante y ANTONIO MONSERRAT CEJUDO en calidad de denunciados. Dictando la presente resolución en base a los siguientes, FALLO Que debo absolver y absuelvo a ANTONIO MONSERRAT CEJUDO de la falta de estafa tipificada en nuestro Código Penal que se le imputa, declarando de oficio las costas procesales, si las hubiera. Haciéndose saber a las partes, que contra esta Sentencia cabe Recurso de Apelación ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial den Alicante en el término de Cinco días, a partir de la notificación. Por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firma. sigue firma.PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior Sentencia, por la Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando el Acto del Juicio, en el mismo día de su fecha, ante mí el Secretario, que doy fe. .- sigue firma.-» Y para que sirva de notificación a ANTONIO MONSERRAT CEJUDO, en la actualidad en ignorado paradero y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido la presente en Benidorm, a seis de noviembre de dos mil doce. EL SECRETARIO *1222621*
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JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO BENIDORM EDICTO D/Dª. José Antonio Cano Molina, Secretario del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 5 DE BENIDORM (ANT. MIXTO 8) HAGO SABER: Que en este Juzgado se sigue Juicio de Faltas número 000307/2012 en relación a una presunta falta de estafa y desobediencia atribuida entre otros a ANTONIO LUNA TORRES, en la que dictó sentencia en fecha 10 de Agosto de 2.012 cuya parte dispositiva dice literalmente como sigue: Que debo condenar y condeno a D. Antonio Luna Torres como autor penalmente responsable de una falta continuada contra el orden público del art. 634 y 74 del Código Penal a una pena de 40 días de multa con una cuota diaria de 4 euros, en total 160 euros y de una falta de daños del art. 625 del mismo Código a una pena de 15 días de multa con igual cuota diaria, en total 60 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, así como a que indemnice a la Policía Nacional de Benidorm, en la persona de su legal representante, en la cantidad de 364,08 euros, con los intereses del art. 576 de la LEC, y al pago de las costas procesales. y para que sirva de notificación a ANTONIO LUNA TORRES, que se encuentran en ignorado paradero, expido la presente en Benidorm a siete de noviembre de dos mil doce. EL/A SECRETARIO/A JUDICIAL *1222100*
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