BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 16 DE OCTUBRE DE 2008

Ayuntamiento de Carreño BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 16 DE OCTUBRE DE 2008. En el Salón d

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BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DÍA 16 DE OCTUBRE DE 2008. En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial, se reúne la Junta de Gobierno, en sesión ordinaria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Manuel Ángel Riego González y concurriendo Dª Áurea Gutiérrez Suárez, D. Celestino Gutiérrez García y D. Joaquín R. Rodríguez Rodríguez. Concejales ausentes: Dª Amelia Fernández López y Melania Álvarez García. Secretario: D. Fernando Mora Bongera. Interventora: Dª Mª Teresa Salamanca Corteguera. Abierta la sesión y declarada pública por la Presidencia, a las 13 horas y treinta minutos y una vez comprobado por el Secretario que existe quorum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día. 1. Aprobación del borrador de las actas anteriores, de fecha 4 y 30 de Septiembre de 2008. Aprobadas por unanimidad. HACIENDA Y ESPECIAL DE CUENTAS.2.- Facturas mes de agosto de 2008. Vista la relación de facturas con el siguiente desglose: MES DE AGOSTO URBANISMO .......... HACIENDA .......... CULTURA ..........

81.050,72.- € 121.669,86.- € 5.763,90.- €

IMPORTE ..........

208.484,48.- €

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda la aprobación de la relación de facturas indicada, por el importe expresado, con cargo al Presupuesto vigente.

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3.- Trofeos. Visto el escrito presentado por el Ayuntamiento de Laviana en demanda de colaboración mediante la donación de un trofeo para el XLVIII Concurso Exposición Local de Ganado Vacuno de las razas Asturiana de los Valles y Asturiana de la Montaña, el próximo día 12 de octubre de 2008. Visto el informe desfavorable de la Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas de fecha 10 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda desestimar la concesión del trofeo anteriormente relacionado, al no cumplir los criterios de concejo limítrofe, mancomunado o consorciado. 4.- Solicitud de D. Jesús Manuel Patallo Álvarez de abono de los gastos por renovación del carné de conducir. Vista la solicitud presentada por el Sr. Patallo, Policía Local de este Ayuntamiento, relativa al abono de la renovación de los gastos del permiso de conducir. Visto informe emitido por la Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas de fecha 10-10-2008, indicando que el abono del permiso de conducir viene recogido en el convenio que está suspendido, pero que no obstante se viene abonando como gratificación. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los Sres. asistentes, acuerda el abono a D. Jesús M. Patallo Álvarez, de los gastos por renovación del permiso de conducir, en la forma de gratificación. 5.- Comunidad de Propietarios de Ramón y Cajal nº 1 solicitando el abono de la parte correspondiente por obras en el edificio. Visto el escrito presentado por la Comunidad de Propietarios de Ramón y Cajal nº 1 solicitando el abono de 310,69,- € cantidad que le corresponde al Ayuntamiento por la limpieza de los canalones y pintura de rodapié del patio de luces en el edificio. Visto informe emitido por la Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas celebrada el día 10-10-2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda el abono de la parte correspondiente de las obras de limpieza y pintura, conforme a las cuotas de participación de los respectivos bajos del edificio, que asciende a la cantidad de trescientos diez euros con sesenta y nueve céntimos.

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6.- ACSUR Las Segovias, solicita el abono anticipado de la subvención de cooperación concedida en 2007.- Visto el escrito presentado por la Asociación ACSUR y que por la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de septiembre de 2007 se le concedió una subvención por importe de 5.000,- € para el proyecto “Iniciativas integrales de Desarrollo Comunitario en la Mixteca Alta Oaxaca y los Montes Azules, Chiapas, México”. Teniendo en cuenta que en las Bases que regulan la convocatoria de estas subvenciones, en su artículo 9º recoge que previa solicitud del beneficiario e informe favorable de la Comisión informativa de Hacienda podrá procederse al abono anticipado. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda abonar anticipadamente a ACSUR Las Segovias, la subvención concedida en 2007 de importe 5.000,-€ para el proyecto “Iniciativas integrales de Desarrollo Comunitario en la Mixteca Alta Oaxaca y los Montes Azules, Chiapas, México ” siempre y cuando la Agencia Asturiana de Cooperación nos informe que no existe algún tipo de irregularidad en la asociación ACSUR. 7.- Certificación-liquidación de obra presentada por Tratamientos Asfálticos S.A. correspondiente a las oras de “Reforma del Camino de Piedeloro a la Estación de Zanzabornín”. En relación con la certificación-liquidación de obra, presentada por TRATAMIENTOS ASFALTICOS S.A correspondiente a las obras de “Reforma del Camino de Piedeloro a la Estación de Zanzabornín” Visto que la obra fue adjudicada por importe de CIENTO VENTICUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SEIS CÉNTIMOS (124.534,06.-€), presentándose hasta la fecha certificaciones por el importe total de la obra. Visto que la liquidación presentada asciende a OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (8.472,85.-€), lo que según informa la Intervención de Fondos representa el 6,8036 % del presupuesto de adjudicación, admitiéndose en la cláusula 78 del pliego de cláusulas administrativas generales de Contratos de la Administración del Estado, las liquidaciones hasta el 10% de la adjudicación sin necesidad de tramitar un expediente de modificación u obra complementaria. c/ Santolaya, 1 y 3 – Candás – CARREÑO – Telf. 985870205/06 – Fax 985884711- E mail:[email protected]

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Visto que según informe de la Intervención de Fondos existe crédito disponible en la partida 511 61100 “Plan Integral Zona Rural” para aprobar el gasto. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: APROBAR la Certificación-Liquidación de obra, correspondiente a las obras de “Reforma del Camino de Piedeloro a la Estación de Zanzabornín”, a favor de TRATAMIENTOS ASFALTICOS S.A, por importe de OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (8.472,85.-€), IVA incluido, autorizándose el pago de la misma con cargo a la partida 511 61100 “Plan Integral Zona Rural”. 8.- Certificación de obra nº 10 presentada por OCA Construcciones y Proyectos, correspondiente a las obras de “Rehabilitación, reforma y ampliación del edificio Les Escueles de Candás para Centro de Día de personas mayores dependientes y Centro de Apoyo a la integración de personas discapacitadas. En relación con la certificación ordinaria de obra número diez, presentada por OCA, Construcciones y Proyectos, correspondiente a las obras de “REHABILITACIÓN, REFORMA Y AMPLIACIÓN del edificio Les Escueles de Candás para CENTRO DE DÍA de personas mayores dependientes y CENTRO DE APOYO a la integración de personas discapacitadas” . Resultando que el contrato perfeccionado es un contrato de obra adjudicado por concurso con tramitación ordinaria. Visto el artículo 145 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de acuerdo con el cual la Administración expedirá mensualmente, a los efectos del pago, certificaciones que comprendan la obra ejecutada durante dicho período de tiempo, salvo prevención en contra del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Visto asimismo el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de este expediente, aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha 12 de abril de 2007, el cual en su cláusula 15.- ABONOS AL CONTRATISTA .....”El importe de las obras ejecutadas se acreditará por medio de certificaciones con la periodicidad establecida...., expedidas por el Director

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Facultativo de las obras, tomando como base la relación valorada redactada por el mismo. Considerando que resulta de la competencia de la Junta de Gobierno Local la aprobación de dichas certificaciones, autorizándose el pago con cargo a la partida 313 622.07 “Centro de Día Mayores Dependientes y Apoyo a Discapacitados” del Presupuesto general de la Corporación. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: APROBAR la Certificación de Obra Ordinaria Número Diez, correspondiente a las obras de “REHABILITACIÓN, REFORMA Y AMPLIACIÓN del edificio Les Escueles de Candás para CENTRO DE DÍA de personas mayores dependientes y CENTRO DE APOYO a la integración de personas discapacitadas” a favor de OCA, Construcciones y Proyectos, por importe de CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS EUROS (41.500.-€) IVA incluido, autorizándose el pago de la misma con cargo a la partida 313 622.07 “Centro de Día Mayores Dependientes y Apoyo a Discapacitados” del Presupuesto general de la Corporación. ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA. 9.- Proyecto Aparcamiento y Edificio de Almacén en parcela anexa al Centro Social de Pervera. Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008 ,obrante en el expediente, donde se señala que el proyecto de referencia que contempla la ejecución de un aparcamiento con capacidad para 34 plazas, la construcción de un edificio de almacén de unos 60 m2 de superficie y el cierre de la totalidad de la parcela en que se ubicarán las instalaciones, anexa al Centro Social de Pervera, en el bº Xelaz, por un importe total de 97.728,26 € (IVA incluido). La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: Primero.- Aprobar el Proyecto de Aparcamiento y Edificio de Almacén en parcela anexa al Centro Social de Pervera, cuyo importe asciende a la cantidad de 97.728,26 € (IVA incluido). Segundo.- Dar traslado del expediente al Servicio de Contratación

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10.- Proyecto prolongación acera y Red de servicios en La Güelga, Tamón. As-327 Cancienes-Tamón, margen izquierda. Visto Informe emitido por la Comisión Municipal de Ordenación del Territorio,

Infraestructuras y Vivienda de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: Primero.- Aprobar el Proyecto de prolongación de Acera y red de servicios en Bº La Güelga, Tamón. AS-327 Cancienes-Tamón, por su margen izquierda, redactado por la Oficina Técnica Municipal, cuyo importe asciende a 69.218,59 € (IVA incluido). Segundo.- Dar traslado del expediente al Servicio de Contratación. 11 .,- Dª ANA ISABEL GOMEZ MORAN (469/2007): ampliación de licencia de obras de construcción de vivienda unifamiliar en EL CAMPANAL, PERLORA. Interesado D/Dª ANA ISABEL GOMEZ MORAN Obras CONSTRUCCION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA. Situación BARRIO CAMPANAL 5 PERLORA CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto POLÍGONO 29, PARCELAS 230, 234 Y 231 (PARTE) 155.140 € Clasificación del suelo No urbanizable Calificación o categoría Núcleo rural nº 12 Examinada la documentación final de obra presentada y efectuada visita de comprobación, se comprueba que se ha realizado un aumento de obra consistente en el cambio de posición de la vivienda en la parcela, la modificación del acceso al garaje situado en la planta semisótano y la ampliación de dicha planta. Las modificaciones no afectan significativamente al volumen de la edificación proyectada inicialmente y con ellas tampoco se superan los parámetros establecidos por las Ordenanzas relativas al Suelo No

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Urbanizable de las NN.SS. vigentes para las viviendas en los Núcleos Rurales. Por lo expuesto y una vez efectuada la liquidación complementaria de tasas municipales que proceda por el incremento de obra ejecutada, tampoco se observa inconveniente para informar de manera favorable la concesión de la Licencia de Primera Ocupación. Incremento PEM = 16.040,00 € Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda conceder la licencia solicitada por Dª ANA ISABEL GOMEZ MORAN, para AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR AISLADA en BARRIO CAMPANAL 5 PERLORA CARREÑO (ASTURIAS), sin perjuicio del abono de las tasas municipales correspondientes por el incremento señalado y con el cumplimiento de las condiciones indicadas. 12.- D. ENRIQUE CARLOS MUÑIZ GONZALEZ (1269/2007): demolición de edificio en ENRIQUE ALAU 8, CANDÁS. Interesado D/Dª ENRIQUE CARLOS MUÑIZ GONZALEZ Obras DEMOLICIÓN DE EDIFICIO Situación CALLE ENRIQUE ALAU FLORES 8 CANDAS CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto 68023-11 2.130 € Clasificación del suelo Urbano Calificación o categoría Peri (La Iglesia) En respuesta al ofrecimiento realizado por la Comisión Municipal de Ordenación del Territorio, Infraestructuras y Vivienda, (reunión 22/01/2008), de estudiar propuestas de rehabilitación del edificio, el interesado presenta un informe técnico que concluye en solicitar la declaración de ruina del edificio. c/ Santolaya, 1 y 3 – Candás – CARREÑO – Telf. 985870205/06 – Fax 985884711- E mail:[email protected]

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Respecto a las situaciones legales de ruina, el art. 596.1 del Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, establece lo siguiente: “Cuando se trate de una edificación o construcción no catalogada ni protegida por la legislación sectorial de protección del patrimonio cultural, ni sujeta a procedimiento alguno a tales efectos, la declaración de la situación de ruina determinará para su propietario la obligación de proceder, a su elección, a la completa rehabilitación o a la demolición. En los restantes supuestos, el propietario deberá adoptar las medidas urgentes y realizar los trabajos y las obras necesarias para mantener y, en su caso, recuperar, la estabilidad y la seguridad. En este caso, la Administración urbanística podrá convenir con el propietario los términos de la rehabilitación definitiva. De no alcanzarse acuerdo, la Administración podrá optar entre ordenar las obras de rehabilitación necesarias, con otorgamiento simultáneo de ayuda económica adecuada, o proceder a la sustitución del propietario incumplidor, aplicando las determinaciones que a tales efectos establece el artículo 207 del texto refundido. Sólo podrá otorgarse licencia de demolición para edificios y construcciones no catalogadas y que no sean objeto de un procedimiento tendente a su catalogación (art.234.5 TROTU).” Por lo expuesto y teniendo en cuenta que el inmueble se encuentra incluido en el listado correspondiente al patrimonio arquitectónico del Documento de Aprobación Inicial del Catálogo Urbanístico del concejo, no resulta posible autorizar su demolición, procediendo reiterar al solicitante la disposición municipal a convenir los términos de su rehabilitación.” Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, acuerda: Primero.- DENEGAR la licencia solicitada por D. ENRIQUE CARLOS MUÑIZ GONZALEZ, para DEMOLICIÓN DE EDIFICIO en CALLE ENRIQUE ALAU FLORES 8 CANDAS, CARREÑO.

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Segundo.- Reiterar al interesado la disposición municipal a estudiar propuestas de rehabilitación del edificio en los términos y condiciones establecidos en el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias. 13.- D. HUGO GARCIA ALONSO (1505/2008): construcción de vivienda unifamiliar en SEBADES, LOGREZANA. Interesado D/Dª HUGO GARCIA ALONSO Obras CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR Situación SEBADES LOGREZANA CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral POLÍGONO 27, PARCELA 116 Clasificación del suelo No urbanizable Calificación o categoría Núcleo rural nº 15

Parcela mínima

Sup. Construible: Directamente Altura máxima Retranqueos: A linderos A camino

Presupuesto 149.500 €

NORMATIVA PROYECTO No se fija. (Implícitamente 1.680 m² 2.252 m2. para una edificación de 250 m².) 335,12 m². s/r. 2P + BC < 7 m

285,05 m² 2P < 7 m.

50%H > 3 m. 4,50 m. al eje 1,50 m. al borde

Cumple “

Cubierta: Pendiente < 30° Material Teja curva roja Saneamiento Debe garantizarse Acabados Carga y pintura blanca o tonos suaves en toda su extensión

Cumple “ Fosa séptica Cumple

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Se plantea la construcción de una vivienda unifamiliar aislada que cumple con los parámetros urbanísticos de aplicación y con las Normas de Diseño para edificios destinados a vivienda del Principado de Asturias. Por lo expuesto, teniendo en cuenta que también se cumplen en general el resto de condiciones (estéticas, higiénicas, etc.) exigidas por las Ordenanzas relativas al S.N.U. de las NN. SS. vigentes, no se observa inconveniente para informar favorablemente la licencia solicitada con las siguientes condiciones: 1ª) La fosa séptica proyectada se situará a una distancia mínima de 5 m. de cualquier lindero. El vertido del efluente depurado deberá resolverse en el propio terreno, por medio de pozos absorbentes o zanjas filtrantes suficientemente dimensionados para evitar la contaminación del sistema hídrico superficial. 2ª) El aplacado de piedra proyectado para las fachadas se ejecutará mediante piezas de traza sensiblemente cuadrada o rectangular 3ª) Siempre que así se pretenda, se solicitará licencia expresa para el cierre de parcela, que deberá adecuarse a las siguientes condiciones: a) Retranqueos: A camino municipal: La mayor de las siguientes distancias: • 4,50 metros al eje ó • 1,50 metros al borde. b) Altura máxima: 2 metros. c) Materiales: Seto vivo o estacas y alambrada Mampostería de piedra hasta 1,20m. 4ª) Al finalizar las obras deberá presentarse el certificado final de dirección de las mismas, acompañado del presupuesto actualizado del proyecto, ambos visados por el Colegio Oficial correspondiente y solicitarse la Licencia de Primera Ocupación. Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente

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La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda conceder la licencia solicitada por D. HUGO GARCIA ALONSO, para CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR en SEBADES LOGREZANA CARREÑO (ASTURIAS), sin perjuicio del abono de las tasas municipales correspondientes y con el cumplimiento de las condiciones indicadas. 14.- D. JESUS FERNANDEZ DIAZ (1610/2008): instalación de caseta de chapa para aperos de labranza en C/ UROGALLO, CANDÁS. Interesado D/Dª JESUS FERNANDEZ DIAZ Obras INSTALACIÓN DE CASETA DE CHAPA PARA APEROS DE LABRANZA Situación CALLE UROGALLO CANDAS CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto 63064-03 y 63064-04 2.500 € Clasificación del suelo Urbano Calificación o categoría Residencial Piñeres Las parcelas en las que se pretende la instalación tienen uso residencial y se encuentran sin edificar. Las Ordenanzas del Plan Parcial de Piñeres no prevén la instalación de este tipo de construcciones que son propias del suelo no urbanizable. Por lo expuesto, se informa desfavorablemente la concesión de la licencia solicitada. Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, acuerda DENEGAR la licencia solicitada por D. JESUS FERNANDEZ DIAZ, para INSTALACIÓN DE CASETA DE APEROS en CALLE UROGALLO, CANDAS, CARREÑO.

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15 .,- D MANUEL GARCIA VIEJO (1683/2008): instalación de fosa séptica en SEBADES, LOGREZANA. Interesado D. MANUEL GARCIA VIEJO Obras INSTALACION DE FOSA SEPTICA Situación BARRIO SEBADES 12 LOGREZANA CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto POLÍGONO 27, PARCELA 173 970 € Clasificación del suelo No urbanizable Calificación o categoría Núcleo rural nº 16 A la vista de la solicitud presentada no observamos inconveniente para informar favorablemente la concesión de la licencia solicitada para la instalación de una fosa séptica para servicio de su vivienda, debiendo cumplir las siguientes condiciones:

1. El vertido del efluente depurado deberá resolverse en el propio terreno, por medio de pozo absorbente o zanja filtrante que evite la contaminación del sistema hídrico superficial. 2. Retranqueo mínimo a linderos: 5 metros. Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda conceder la licencia solicitada por D. MANUEL GARCIA VIEJO, para INSTALACION DE FOSA SEPTICA en BARRIO SEBADES 12, LOGREZANA, sin perjuicio del abono de las tasas municipales correspondientes y con el cumplimiento de las condiciones indicadas.

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16 .,- LA VINADA C.B. (1692/2008): división de nave en 6 almacenes en BARRERES 5, CAMINO DEL PONCARRAL 1, PRENDES. Interesado LA VINADA C.B. Obras DIVISION DE NAVE EN 6 ALMACENES Situación BARRIO BARRERES 5 CAMINO DEL PONCARRAL1. PRENDES CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto 9.816,59 € Clasificación del suelo Urbanizable Calificación o categoría Industrial Se trata de una nave existente con antigüedad según información catastral de 48 años. Analizado el proyecto facultativo presentado, éste contempla la subdivisión de la nave en seis almacenes sin uso específico. Disponen de las instalaciones de agua, saneamiento y electricidad, así como de las medidas adecuadas de protección contra incendios. El proyecto facultativo da cumplimiento a lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación sobre seguridad de uso y seguridad contra incendios, por lo que no se observa inconveniente para informar de modo favorable la licencia de obra solicitada para la división de Nave Industrial en 6 Almacenes sin uso específico. Condicional : Previamente a la puesta en uso de los almacenes, deberán tramitarse las correspondientes licencias de actividad. Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda conceder la licencia solicitada por LA VINADA C.B., para DIVISION DE NAVE EN 6 ALMACENES en BARRIO BARRERES 5, CAMINO DEL PONCARRAL1, PRENDES, CARREÑO (ASTURIAS) , sin perjuicio del abono de las tasas municipales correspondientes y con el cumplimiento de la condicional indicada.

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17.- D. JOSE MANUEL ARGUELLES ALLENDE (1702/2008): instalación de caseta de madera para aperos en CABODEVILLA 14, LOGREZANA. Interesado D/Dª JOSE MANUEL ARGUELLES ALLENDE Obras INSTALACION DE CASETA DE MADERA PARA APEROS Situación BARRIO CABOVILLA 14 LOGREZANA CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto POLÍGONO 26, PARCELA 52 900 € Clasificación del suelo No urbanizable Calificación o categoría Núcleo rural nº 13 El interesado solicita la instalación de una caseta prefabricada de madera, vinculada a la vivienda existente, para guardar aperos de labranza. De acuerdo con las Ordenanzas relativas al Suelo No Urbanizable de las NNSS vigentes las construcciones prefabricadas están sujetas al cumplimiento de las condiciones estéticas y constructivas planteadas con carácter general para los edificios en las distintas situaciones consideradas. El art. 86 de las citadas ordenanzas permite la construcción de edificaciones auxiliares de la vivienda, siempre que la superficie construida no supere 50 m2 ni disten más de 15 metros de la vivienda a la que sirven. Igualmente, sería de aplicación el acuerdo de CUOTA (sesión de 13/04/1994) por el que se establecen los aspectos urbanísticos de las edificaciones prefabricadas, y en el que se fijan las condiciones estéticas, de tipología y constructivas que deben cumplir las casetas o almacenes auxiliares de la vivienda. Por lo expuesto, no veríamos inconveniente en informar de manera favorable la concesión de licencia para la instalación de una caseta de aperos de madera, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: a) b) c) d)

Distancia máxima a la vivienda: 15 metros Superficie máxima: 50 m2 Altura máxima: 3 metros, con una sola planta Las cubiertas deberán ser a dos aguas, con pendiente entre los 15º y 30º.

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e) f)

g)

Las formas exteriores tendrán que adoptar formas sencillas, con planta cuadrada o rectangular. En cuanto a colores y materiales exteriores se emplearán los mismos colores y texturas superficiales que la vivienda principal. Se mantendrán retranqueos de 5 metros al eje de los caminos y 3 metros a linderos.

Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda conceder la licencia solicitada por D. JOSE MANUEL ARGUELLES ALLENDE, para INSTALACION DE CASETA DE MADERA PARA APEROS en BARRIO CABOVILLA 14, LOGREZANA CARREÑO (ASTURIAS), sin perjuicio del abono de las tasas municipales correspondientes y con el cumplimiento de las condiciones indicadas. 18.- HC ENERGIA HIDROCANTABRICO DISTRIBUCION ELECTRICA S.A.U. (1723/2008): reforma del centro de transformación "GUIMARAN”. Interesado HC ENERGIA HIDROCANTABRICO DISTRIBUCION ELECTRICA S.A.U. Obras REFORMA DEL CENTRO DE TRANSFORMACION "GUIMARAN". REF. J.3239 A (AT-8520) Situación BARRIO CESPEDERA GUIMARAN CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto 1.807,75 € Clasificación del suelo No urbanizable Calificación o categoría Especial protección Se trata de la reforma del actual Edificio del Centro de Transformación “Guimarán” existente, con motivo de las obras de acondicionamiento de la carretera CE-6 de Ambás.

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Analizado el proyecto facultativo presentado, se contempla el retranqueo del actual edificio del C.T. existente, sustituyéndolo por otro de tipo prefabricado; renovación de apoyo fin de línea y reforma necesaria de la línea de 20 kV en el último vano de la Derivación al C.T. “Guimarán”, la cual pertenece a la LAT (20 kV) “Directa Piedeloro”. No se observa inconveniente para informar de manera favorable la licencia solicitada para la reforma descrita, necesaria para la ampliación y acondicionamiento de la citada carretera CE-6. Por otra parte y en contestación al escrito recibido el 30/09/2008 de la Consejería de Industria y Empleo, Servicio Autorizaciones Energéticas, procede remitir copia del informe o de la autorización que se conceda en relación con la actuación objeto del presente expediente. Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: Primero.- Conceder la licencia solicitada por HC ENERGIA HIDROCANTABRICO DISTRIBUCION ELECTRICA S.A.U., para REFORMA DEL CENTRO DE TRANSFORMACION "GUIMARAN". REF. J.3239 A (AT-8520) en BARRIO CESPEDERA GUIMARAN CARREÑO (ASTURIAS), sin perjuicio del abono de las tasas municipales correspondientes y con el cumplimiento de las condiciones indicadas. 19 .,- Dª VANESA COSTALES GONZALEZ (1726/2008): traslado de hórreo (DE SAN ANDRES DE LOS TACONES EN GIJÓN A RODIL EN AMBÁS) .

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Interesado D/Dª VANESA COSTALES GONZALEZ Obras TRASLADO DE HORREO (DE SAN ANDRES DE LOS TACONES EN GIJÓN A RODIL EN AMBÁS) Situación BARRIO EL RODIL 4 AMBAS CARREÑO (ASTURIAS) Referencia Catastral Presupuesto POLÍGONO 40, PARCELA 190 1.200 € Clasificación del suelo No Urbanizable Calificación o categoría Especial protección El art. 27.3 de las Ordenanzas relativas al Suelo No Urbanizable de las NN.SS. vigentes establece que cuando sea imprescindible el traslado de un hórreo, será preceptiva la autorización de la Comisión del Patrimonio Histórico, que podrá decidir sobre la nueva localización, o denegar la autorización. Recibido informe favorable del Consejo de Patrimonio Cultural de Asturias de la Consejería de Cultura y Turismo, acordado en su Permanente de fecha 24/07/2008, no vemos inconveniente en informar de manera favorable la concesión de la licencia solicitada siempre que se cumplan las prescripciones técnicas que en el citado informe se señalan y los siguientes retranqueos: • A linderos: 3 metros • A camino municipal: 4 metros al borde Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda y Transportes, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda conceder la licencia solicitada por Dª VANESA COSTALES GONZALEZ, para TRASLADO DE HORREO (DE SAN ANDRES DE LOS TACONES EN GIJÓN A RODIL EN AMBÁS) en BARRIO EL RODIL 4 AMBAS, CARREÑO, sin perjuicio del abono de las tasas municipales correspondientes y con el cumplimiento de las condiciones indicadas.

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20.,- D.ª JUAN LUIS MENENDEZ IZAGUIRRE (462/2008): Recurso contra acuerdo Junta de Gobierno Local de fecha 26/06/2008 por la que se ordena la adecuación de una caseta de aperos en Guimarán a las condiciones de la licencia de obras concedida.- Visto que el acuerdo de la Junta de Gobierno Local recurrido disponía: “Primero.- Requerir a D. Juan Luis Menéndez Izaguirre para que en el plazo de DOS MESES ajuste las obras a las condiciones de la licencia obtenida. Lo que supondrá ajustar la construcción a la superficie autorizada (8m2), demoler el porche y la construcción menor adosada a la caseta, así como el cumplimiento del resto de las condiciones indicadas en el acuerdo de concesión de licencia. Igualmente deberá retirarse la caseta prefabricada que se encuentra instalada en la finca. Segundo.- Finalizado el procedimiento de legalización, a tenor de lo establecido en el art. 252 del Decreto Legislativo 1/2004, se iniciará procedimiento sancionador, siempre con los límites establecidos en el art. 255, y de conformidad con el procedimiento legalmente previsto. “ Considerando que las alegaciones formuladas en el recurso presentado por el interesado no aportan elementos nuevos a considerar. Visto que la parcela se encuentra clasificada en Suelo No Urbanizable en la categoría de Interés. Visto informe emitido por la Comisión Municipal de Urbanismo, de fecha 7 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, acuerda: 1º) DESESTIMAR el recurso presentado y, en consecuencia, confirmar el acuerdo recurrido por el que se requería el ajuste de las obras a la licencia concedida y se acordaba, una vez finalizado el procedimiento de legalización, el inicio del procedimiento sancionador correspondiente, recordando que, el ajuste ordenado, exige la demolición del porche y la construcción menor adosada a la caseta. Así mismo, deberá retirarse la caseta prefabricada que se encuentra instalada en la finca, y cumplir las condiciones indicadas en el acuerdo de fecha 29-03-2007, por el que se concedió la licencia para la construcción de la caseta (los paramentos verticales se acabarán mediante enfoscado de mortero y pintura de color blanco; la carpintería será de madera para pintar; etc.)

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2º) Informar al interesado de las normas de carácter general y el régimen de usos previstos en la normativa subsidiaria vigente para el Suelo No Urbanizable de Interés que son los siguientes: “NORMAS DE CARÁCTER GENERAL. 1. Dado el carácter básicamente productivo de las áreas que constituyen esta clase de suelo, los usos preferentes serán los de mantenimiento de la capacidad productiva. 2. Se prohíbe el cambio de uso agrícola a forestal con especies no autóctonas de crecimiento rápido, o viceversa, salvo informe favorable del Departamento de Agricultura. 3. En las áreas o polígonos que han sido objeto de concentración parcelaria, no podrá realizarse ninguna construcción que no esté directamente ligada a la explotación agrícola. REGIMEN PARTICULAR DE USOS. Con las condiciones y requisitos que correspondan para cada uso de los recogidos en el Título 3, se consideran admisibles los siguientes: 1. USOS PERMITIDOS: • Actividades agrícolas: en todas las modalidades. • Forestales: en todas sus categorías. • Ganaderos y piscícolas: ganadería vinculada a la explotación del suelo. • Ampliación de edificaciones agrícolas existentes y construcción de nuevas instalaciones directamente vinculadas a la explotación. 2. USOS AUTORIZABLES: • Ganadería industrializada y piscícola. • Actividades al servicio de las obras públicas: cuando no exista posibilidad de utilizar otro suelo no urbanizable de inferior categoría. • Industrias extractivas, canteras y actividades mineras, en este último caso, únicamente de explotación subterránea, limitadas a su área estricta, siempre y cuando se trate de vetas de importancia así consideradas por la Consejería de Industria y Comercio y se informe favorablemente por la Agencia de Medio Ambiente y la Consejería de Agricultura y Pesca. El procedimiento de autorización será el propio art. 44 del Reglamento de Gestión.

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• Industrias vinculadas al medio rural: solamente las correspondientes a explotación familiar agraria o talleres artesanales vinculados a vivienda existente. • Vivienda familiar de carácter agrario, con la siguientes condiciones: a) Altura: 2 plantas y 7 metros como máximo al arranque de la cubierta y posibilidad de uso bajo-cubierta y con una altura máxima a cumbrera de 9 metros. La pendiente máxima de la cubierta será de 30°. b) En aquellos terrenos en que exista una vivienda agrícola, o una quintana tradicional, sólo podrá construirse otra vivienda a una distancia no superior a 15 metros de la anterior. Debiendo justificarse la vinculación con la explotación agraria. c) Si es una vivienda agrícola de nueva explotación, deberá respetar las siguientes condiciones terrenales: • Superficie de parcela mínima: 5.000 m2. Debiendo poder inscribirse un círculo de 40 metros de radio. • Superficie vinculada mínima: 1,00 Ha. De terreno de zonas de Especial Protección o de Interés que reúnen las condiciones especificadas en el art.91.2 de estas Normas, que dice: "Superficie vinculada. Extensión de terreno que queda registralmente unida a la autorización de edificar. La superficie vinculada puede pertenecer a la misma finca que la definida como superficie edificable u obtenerse por adscripción de predios distintos, dentro del Concejo, que no disten entre sí más de 1.000 metros". d) Distancia mínima a borde de caminos: 5 metros. e) Distancia mínima a linderos: 3 metros. f) Superficie máxima construible: 300 m2. 3.

USOS PROHIBIDOS: Todos los demás, con la excepción de los usos de industria extractiva que, con la existencia demostrada de posibilidades de explotación, podrán autorizarse cumpliendo los requisitos que corresponden a los Usos Incompatibles.”

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21.- EUROTRANSPORTES PRINCIPADO S.L. adecuación de nave para transporte de mercancías.

(225/2008):

Interesado EUROTRANSPORTES PRINCIPADO S.L. Obras ADECUACIÓN DE NAVE PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS Situación Presupuesto POLIGONO DE FALMURIA C/ ALBANDI 15, 387,48 € PRENDES CARREÑO (ASTURIAS) Clasificación del suelo Urbano Calificación o categoría Industrial (Prendes-Falmuria) Se trata de la Adecuación de una nave existente, construida al amparo de la licencia (Expte.: 267/1990. Titular: POLÍGONO INDUTRIAL PRENDES CARREÑO S. A.), concedida para la construcción de 10 naves en las parcelas 1 a 9, por Resolución de la Alcaldía de fecha 18 de noviembre de 1992. Analizado el proyecto facultativo presentado para la nave 8, de Adecuación, Instalaciones y medidas Correctoras para actividad de Transporte de Mercancías, el uso no está en contradicción con los admitidos para la categoría I4 de conformidad con las Ordenanzas relativas al Suelo Urbano (artículo 220 – 221) de las Normas Subsidiarias vigentes. Cumple lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales del R. D. 2267/2004 de 3 de diciembre y demás normativa de aplicación. Así mismo no prevén vertidos de aguas residuales industriales a los sistemas públicos de saneamiento, no precisando autorización específica a tenor de lo dispuesto en la Ley del Principado de Asturias 5/2002 de 3 de junio. Por lo expuesto no vemos inconveniente para informar de modo favorable la licencia solicitada de acuerdo con el proyecto presentado.

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INFORME R.A.M.I.N.P. Desde el punto de vista de las molestias, por ruidos y vibraciones, conforme con el proyecto facultativo presentado y medidas correctoras contempladas en el mismo, no vemos inconveniente para informar de modo favorable la licencia provisional de actividad de nave vinculada a Transporte de Mercancías solicitada. Condicional: Al finalizar las obras deberá presentar el certificado final de la dirección de las mismas acompañada del presupuesto actualizado del proyecto visado por el Colegio Oficial correspondiente, a los efectos de efectuar la correspondiente visita de comprobación, previa al inicio de la actividad. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: Primero.- Conceder a EUROTRANSPORTES PRINCIPADO S.L., Licencia Municipal de Obras para ADECUACIÓN DE NAVE PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS en POLIGONO DE FALMURIA C/ ALBANDI 15, PRENDES CARREÑO (ASTURIAS), sin perjuicio del

abono de las tasas municipales correspondientes y con el cumplimiento de las condiciones indicadas. Deberá cumplir las MEDIDAS CORRECTORAS que se numeran del 1 al 12 en el INFORME DE CALIFICACIÓN DE ACTIVIDAD CLASIFICADA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, remitiéndose junto a este acuerdo copia compulsada de dicho informe. Segundo.- Conceder Licencia de Primera Instalación para la actividad indicada, debiendo cumplir las condiciones reseñadas.

FUERA DEL ORDEN DEL DÍA.- Previa declaración de urgencia, por unanimidad, se acordó lo siguiente:

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PARTICIPACIÓN CIUDADANA, DEPORTES Y FESTEJOS 1.- Subvenciones Festejos 2008 (Expte: 846/2008): Visto el Dictamen de la Comisión Municipal de Participación Ciudadana, Deportes y Festejos de fecha 10 de octubre de 2008 ,obrante en el expediente, donde se señala a tener en cuenta que la AA.VV. San Juan de Tamón no solicitó subvención este año y que la AA.VV. La Torre de Prendes comunicó telefónicamente la baja como asociación de vecinos. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: Primero.- Considerar como subvenciones extraordinarias las solicitudes presentadas por la AA.VV. de Poal y por la Comunidad de Propietarios de Xivares, debiendo darse traslado de los expedientes a la Alcaldía para su valoración si procede. Segundo.- Comunicar a la AA.VV. el Filandón de Carrió, así como a la AA.VV. Logrezana Existe, que las cantidades concedidas tienen que destinarse al desarrollo y fomento de las fiestas patronales y no para otro tipo de eventos o celebraciones. Tercero.- Considerar como extraordinario el suplemento recibido por las entidades motivado por la no presentación de solicitud de subvención este año, por parte de la AA.VV. de Tamón, y la baja como asociación de la AA.VV. La Torre de Prendes. Cuarto.- Conceder las subvenciones ordinarias de festejos, que básicamente consiste en repartir proporcionalmente la cantidad disponible entre las entidades en función de lo recibido en el ejercicio pasado, conforme a la siguiente relación:

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Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 10

ENTIDAD AA.VV. SANTIAGO DE ALBANDI AA.VV. SAN JUAN DE PERVERA COM. FESTEJOS EL SALVADOR DE PERLORA COM. FIESTAS EL VALLE SOC. FESTEJOS SANTIAGO DE AMBÁS SOC. FESTEJOS GUIMARÁN AA.VV. EL FILANDÓN DE CARRIÓ ASOCIACIÓN GANADEROS PIEDELORO AA.VV. LOGREZANA EXISTE TOTAL

IMPORTE 4.504,40.-€ 4.504,40.-€ 4.926,60.-€ 3.153,10.-€ 2.816,60.-€ 4.785,90.-€ 1.300,00.-€ 3.519,00.-€ 1.300,00.-€ 30.810,00.-€

............... 2.- Subvenciones deportivas 2008 (Expte.: 845/08).Visto el Dictamen de la Comisión Municipal de Participación Ciudadana, Deportes y Festejos de fecha 10 de octubre de 2008 obrante en el expediente, donde se señala que para este año existen tres nuevas entidades que solicitan subvención: el club de Surf Indians, la Peña Bolística el Resbalón de Guimarán-Valle y Deportes Autóctonos de Perlora, y teniendo las bajas del Canijo Fútbol Sala y del club Deporte Rural de Guimarán, estos últimos al no haber solicitado la subvención para este año. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda Primero.- La concesión de una subvención extraordinaria al Candás C.F. por importe de 6.000.-€, como compensación al perjuicio que pueda suponer durante la temporada el no poder acometer las obras pendientes en el campo. Segundo.- Que se comunique a las entidades deportivas que los beneficiarios de las subvenciones adquieren el compromiso de colaborar en la celebración de algún tipo de acto o prueba en el Concejo si así lo estimase conveniente el Ayuntamiento de Carreño.

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Tercero.-Conceder las subvenciones ordinarias deportivas, que básicamente consistiría en adjudicar 700 euros a las nuevas incorporaciones y repartir el resto proporcionalmente con las demás entidades en función de los ingresos del año pasado, conforme a la siguiente relación: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17

ENTIDAD AJEDREZ CANDÁS PEÑA BOLÍSTICA “CASA JENARO” NÁUTICO DE CARREÑO CLUB DE SURF INDIANS PEÑA BOLÍSTICA “EL RESBALÓN” VILLA DE CANDÁS FÚTBOL SALA DEPORTES AUTÓCTONOS DE PERLORA CLUB VICTORIA DE PERLORA CLUB BALONCESTO S. ANTONIO ESCUELA CICLISMO DE CARREÑO CLUB NÁNUTICO “CUATRO VIENTOS” CASINO DE CANDÁS LOS GORILAS CANDÁS C.F. ASOCIACIÓN “AMIGOS CARREÑO DOMINÓ” CLUB ATLETICO “OCLE” CLUB DEPORTIVO ABOÑO TOTAL

IMPORTE 807,55.-€ 922,61.-€ 5.764,80.-€ 700,00.-€ 700,00.-€ 691,77.-€ 700,00.-€ 5.188,42.-€ 1.729,43.-€ 3.920,60.-€ 1.152,96.-€ 576,58.-€ 6.917,75.-€ 5.188,42.-€ 1.383,90.-€ 1.729,44.-€ 4.035,67.-€ 42.109,90.-€

............... 3.- Subvenciones Asociaciones de Vecinos 2008. (Expte.: 842/08) Visto el Dictamen de la Comisión Municipal de Participación Ciudadana, Deportes y Festejos de fecha 10 de octubre de 2008, donde se informó favorablemente por mayoría, la concesión a las Asociaciones de Vecinos 2008, y donde se contemplaban las siguientes consideraciones: Tener en cuenta que la AA.VV. de Rebolleres no solicitó subvención este año y que la AA.VV. La Torre de Prendes comunicó telefónicamente la baja como asociación. Comunicar a los solicitante que el reparto de este año, no implica que el total de la subvención se consolide para el año que viene, ya que existe una parte que se concede de forma extraordinaria al haber menos

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Asociaciones y por tanto más dinero a repartir, circunstancia que puede no darse en otros ejercicios. Considerar la solicitud de subvención presentada por la Comunidad de Propietarios de Xivares como subvención extraordinaria y encuadrada en el apartado “Festejos·. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: Primero.- Considerar como extraordinario el suplemento recibido por las entidades motivado por la no presentación de solicitud de subvención este año por parte de la AA.VV. de Rebulleres y la baja como asociación de la AA.VV. La Torre de Prendes. Segundo.- Conceder las subvenciones a las Asociaciones de Vecinos 2008, según el siguiente desglose: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

ENTIDAD AA.VV. SANTIAGO DE ALBANDI AA.VV. SAN JUAN DE PERVERA AA.VV. RÍO ESPASA DE PERLORA AA.VV. DOLMEN GUIMARÁN-VALLE AA.VV. LOGREZANA EXISTE AA.VV. DE LA MATIELLA AA.VV. POAL AA.VV. SAN JUAN DE TAMÓN AA.VV. El TRANQUERU DE XIVARES AA.VV. AMIGOS DE CANDÁS AA.VV. EL FILANDÓN DE CARRIÓ AA.VV. L`ABLANAL EL REGUERAL AA.VV. SANTIAGO DE AMBÁS TOTAL

IMPORTE 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 750.-€ 9.750.-€

...............

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4.- Subvenciones ayudas a deportistas no profesionales (Expte.: 835/05).Visto el Dictamen de la Comisión Municipal de Participación Ciudadana, Deportes y Festejos de fecha 10 de octubre de 2008, obrante en el expediente. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad, acuerda: Primero.- Conceder una ayudad lineal de 275.-€ a todos los solicitantes. Segundo.- Asignar 250.-€ más por el título de campeón de España, y 150.€ por el de Asturias, quedando excluidos de esta valoración la categoría de más de 55 años (W-55). Tercero.- Conceder al alevín Álvaro Rodríguez Escudero 125.-€ más como ayuda a la promoción de los más jóvenes. Por lo que, según los criterios expuestos, el reparto de las ayudas propuestas se desglosa de la siguiente forma: Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 10

SOLICITANTE ALVARO RODRÍGUEZ ESCUDERO ALEJANDRO GARCÍA TORIELLO ELENA CUERVO CASTEJÓN SONIA ZAPATERO VÁZQUEZ SANDRA GONZÁLEZ SALAS RAFAEL SANTIAGO AREA DIEGO MARÍA OLIVA AREA DIEGO ALDARA ÁLVAREZ FUENTES COVADONGA SALAZAR CABALEIRO TOTAL

IMPORTE 400.-€ 675.-€ 425.-€ 425.-€ 425.-€ 275.-€ 275.-€ 675.-€ 425.-€ 4.000.-€

............... Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Presidencia se levanta la sesión, siendo las 14,10 horas, de todo lo cual, como Secretario, certifico.

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