CAFESALUD EPS S.A. INVITACIÓN PÚBLICA No OBJETO:

CAFESALUD EPS S.A. INVITACIÓN PÚBLICA No 001 -2016 OBJETO: “REALIZAR LA AUDITORIA INTEGRAL (CONCURRENTE Y DE CUENTAS MÉDICAS, RETROSPECTIVA Y ADMINI

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EPS EMAPAT SRL MEMORIA DESCRIPTIVA 1. DATOS GENERALES 1.1 SECTOR 1.2 PLIEGO : GOBIERNOS LOCALES : EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE ALCANTARILLA

$80.00 SA $ TA $70.00 SA $ % SA09
Mar-08 LISTA DE PRECIOS PUBLICO 2008 I.- PESCADOS AHUMADOS: Clave Codigo Ean SA02 7503002289013 SA03 7502011020235 TA01 7502011020242 SA10 SA09 750201

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CAFESALUD EPS S.A.

INVITACIÓN PÚBLICA No 001 -2016

OBJETO: “REALIZAR LA AUDITORIA INTEGRAL (CONCURRENTE Y DE CUENTAS MÉDICAS, RETROSPECTIVA Y ADMINISTRATIVA-FINANCIERA) A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD DE LA EPS Y EPS S A NIVEL NACIONAL”CAFESALUD EPS S.A. .

BOGOTÁ D.C. SEPTIEMBRE DE 2016

Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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PRESENTACIÓN CAFESALUD EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. sociedad anónima domiciliada en Bogotá D.C., identificada con NIT.800.140.949-6, constituida bajo escritura pública número 4459 del 18 de septiembre de 1991 de la Notaría 37 de Bogotá, calidad que acredita con el Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá; sujeta en todos sus actos y contratos al régimen de derecho privado y quien en adelante, para los efectos de este documento, se denominará simplemente CAFESALUD EPS S.A., se permite invitar a participar a todas las personas jurídicas, cuyo objeto social comprenda la prestación de servicios de que trata el presente documento de forma independiente y autónoma. Tal y como se ha indicado, la sociedad se rige por el derecho privado y las normas internas que la regulan, en especial lo previsto por el Artículo 209 de la Constitución Política, al igual que las leyes 100 de 1993, legislación mercantil, civil y las demás disposiciones que les reglamenten, además de otras que resulten pertinentes y en todo caso, todas aquellas que se relacionen con la prestación de servicios autónomos e independientes a favor de terceros Si el proponente encuentra discrepancias u omisiones en los presentes términos, o en los demás documentos que forman parte de la presente invitación pública , o si presenta alguna duda relacionada con algún aspecto de los términos, deberá dirigirse por escrito y en las oportunidades previstas para tales efectos, a la Gerencia de Contratación – Vicepresidencia Administrativa, y obtener la aclaración que corresponda antes de la presentación de su propuesta y dentro del plazo establecido en los presentes términos. En caso de no hacer lo anterior, se entenderá que no existen dudas y que se aceptan totalmente las condiciones de los términos objeto de la presente invitación pública. Los presentes términos de referencia no constituyen jurídicamente una propuesta, si no invitaciones a los interesados a presentar sus propuestas a CAFESALUD EPS S.A., quien por ese hecho no asume compromiso alguno de continuar con el proceso de selección o de concluirlo mediante selección de alguna de las propuestas. En consecuencia y en atención a los intereses de CAFESALUD EPS S.A., ésta podrá en cualquier momento dar por terminado el proceso sin seleccionar ninguna de las propuestas. Sólo serán evaluadas las propuestas que se presenten dentro del término previsto en el cronograma y cumplan las estipulaciones contenidas en los presentes términos de referencia.

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1. 1.1

GENERALIDADES OBJETO DEL PROCESO

“REALIZAR LA AUDITORIA INTEGRAL (CONCURRENTE Y DE CUENTAS MÉDICAS, RETROSPECTIVA Y ADMINISTRATIVA-FINANCIERA) A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD DE LA EPS Y EPS S A NIVEL NACIONAL” CAFESALUD EPS S.A. 1.2 . JUSTIFICACIÓN La Constitución Política de Colombia en su artículo 48, dispone que la Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado. En desarrollo de dicho mandato constitucional, la Ley 100 de 1993 creó el Sistema de Seguridad Social Integral, que tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para procurar un nivel de vida que respete la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten. Dentro de sus objetivos principales se encuentran los de regular acciones y crear mecanismos, a fin de brindar servicios de salud con oportunidad y calidad a la población colombiana, así como ampliar la cobertura para que toda la población acceda a él. A su vez, en el artículo 2º de la Ley 1438 de 2011 dispone el propósito del Sistema General de Seguridad Social en Salud para “(…) generar condiciones que protejan la salud de los colombianos, siendo el bienestar del usuario el eje central y núcleo articulador de las políticas en salud. Para esto concurrirán acciones de salud pública, promoción de la salud, prevención de la enfermedad y demás prestaciones que, en el marco de una estrategia de Atención Primaria en Salud, sean necesarias para promover de manera constante la salud de la población. Para lograr este propósito, se unificará el Plan de Beneficios para todos los residentes, se garantizará la universalidad del aseguramiento, la portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país y se preservará la sostenibilidad financiera del Sistema, entre otros”. Por otra parte, el Artículo 2º del Decreto 1485 de 1994 Por el cual se regula la organización y funcionamiento de las Entidades Promotoras de Salud y la protección al usuario en el Sistema Nacional de Seguridad Social estableció como funciones de las Entidades Promotoras de Salud “(…) a. Promover la afiliación de los habitantes de Colombia al Sistema General de Seguridad Social en Salud en su ámbito geográfico de influencia, bien sea a través del régimen contributivo o del régimen subsidiado, garantizando siempre la libre escogencia del usuario y remitir al Fondo de Solidaridad y Garantía la información relativa a la afiliación del trabajador y su familia, a las novedades laborales, a los recaudos por cotizaciones y a los desembolsos por el pago de la prestación de servicios. b. Administrar el riesgo en salud de sus afiliados, procurando disminuir la ocurrencia de eventos previsibles de enfermedad o de eventos de enfermedad sin atención, evitando en todo caso la discriminación de personas con altos riesgos o enfermedades costosas en el Sistema. Se exceptúa de lo previsto en el presente literal a las entidades que por su propia naturaleza deban celebrar contratos de reaseguro. c. Movilizar los recursos para el funcionamiento del Sistema de Seguridad Social en Salud mediante el recaudo de las cotizaciones por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía; girar los excedentes entre los recaudos, la cotización y el valor de la unidad de pago por capitación a dicho fondo, o cobrar la diferencia en caso de ser negativa; y pagar los servicios de Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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salud a los prestadores con los cuales tenga contrato. d. Organizar y garantizar la prestación de los servicios de salud previstos en el Plan Obligatorio de Salud, con el fin de obtener el mejor estado de salud de sus afiliados con cargo a las Unidades de Pago por Capitación correspondientes. Con este propósito gestionarán y coordinarán la oferta de servicios de salud, directamente o a través de la contratación con Instituciones Prestadoras y con Profesionales de la Salud; implementarán sistemas de control de costos; informarán y educarán a los usuarios para el uso racional del sistema; establecerán procedimientos de garantía de calidad para la atención integral, eficiente y oportuna de los usuarios en las instituciones prestadoras de salud. e. Organizar la prestación del servicio de salud derivado del sistema de riesgos profesionales, conforme a las disposiciones legales que rijan la materia. f. Organizar facultativamente la prestación de planes complementarios al Plan Obligatorio de Salud, según lo prevea su propia naturaleza. Lo anterior sustenta la necesidad de implementar procesos que propendan por el cumplimiento de las funciones a cargo de CAFESALUD EPS S.A. con un flujo de caja y utilización oportuna y eficiente de los recursos del sector salud conforme a lo previsto en el Decreto 1281 de 2002. Cabe precisar que algunos de los procesos a contratar tienen un marco normativo específico, que sustenta su necesidad, por lo que se incluye cada uno como sub numeral: 1.2.1

Auditoría de Cuentas Médicas

La auditoría de cuentas médicas se da para atender las disposiciones asociadas a su regulación y estandarización, tales como el Decreto 4747 de 2007 donde “(….) definen algunos aspectos de las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de la población a su cargo y se dictan otras disposiciones”, y la Resolución 3047 de 2008 (modificada por la Resolución 416 del 18 de febrero de 2009) donde “(…) definen los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos a ser implementados en las relaciones entre prestadores de servicios de salud y entidades responsables del pago de servicios de salud”. 1.2.2

Auditoría Concurrente

La implementación de un proceso de auditoría concurrente en las entidades promotoras de salud se establece como mecanismo para dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto 1011 de 2006 y el Decreto 780 de 2016, en relación a que: “(….) Estas entidades deberán adoptar criterios, indicadores y estándares que les permitan precisar los parámetros de calidad esperada en sus procesos de atención, con base en los cuales se adelantarán acciones preventivas, de seguimiento y coyunturales consistentes en la evaluación continua y sistemática de la concordancia entre tales parámetros y los resultados obtenidos, para propender por el cumplimiento de sus funciones de garantizar el acceso, seguridad, oportunidad, pertinencia y continuidad de la atención y la satisfacción de los usuarios.” 1.2.3

Auditoría de Promoción y Prevención

La implementación de la auditoría de promoción y prevención se da en el marco del cumplimiento de lo previsto en la Resolución 412 del 2000 “(…) por la cual se establecen las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento y se adoptan las normas técnicas y guías de atención para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud pública. Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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1.2.4

Auditoría de Medicamentos

La Auditoría a los procesos relacionados con la utilización de medicamentos se da en el marco del cumplimiento de lo previsto en el Decreto 2200 del 2005. “(…) por el cual se reglamenta las actividades y procesos del servicio farmacéutico, la Resolución 1403 de 2007 “(…) por la cual se establece el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, la Resolución 2003 de 2014. “(…) por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los Prestadores de Servicios de Salud y de habilitación de servicios de salud y el Decreto 1485 de 1994. “(…) Por el cual se regula la organización y funcionamiento de las entidades promotoras de salud y la protección al usuario en el sistema nacional de seguridad social en salud. 1.3 COBERTURA DEL CONTRATO Para la prestación de los servicios de que trata la presente invitación se suscribirá contrato de adhesión con cobertura a nivel nacional de acuerdo a los Anexos que hacen parte integral del mismo. 2. CONDICIONES ESPECIALES DE LA CONTRATACIÓN 2.1. PARTICIPANTES Podrán participar en el presente proceso las personas jurídicas, que tengan interés en él y cuyo objeto social comprenda las actividades de Auditoria (auditoría de cuentas médicas; y/o auditoria médica; y/o auditoría jurídica en salud;; y/o ii) Realizar auditoría externa de gestión y/o de desempeño en entidades y/o instituciones de salud, seguros en salud y/o riesgos profesionales; y/o iii) Realizar interventoría a contratos de auditoría en las áreas, especialidades y/o campos antes señalados y/o iv) Realizar la auditoría concurrente y/o de contratos especiales en entidades y/o instituciones de salud, seguros en salud y/o riesgos profesionales). El número mínimo de participantes que validan el presente proceso de selección podrá ser de uno (1), siempre que su ofrecimiento no incurra en causal de rechazo, sin perjuicio de lo que más adelante se indica. 2.2. ALCANCE DE LA INVITACIÓN E INTERRUPCIÓN - CONCLUSIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Cuando surjan circunstancias administrativas o presupuestales, o cualquiera otra que a juicio de CAFESALUD EPS S.A. hagan inconveniente o innecesario continuar con la presente invitación Pública, CAFESALUD EPS S.A. se reserva la facultad de dar por terminado el proceso de selección o interrumpirlo en el estado en el que se encuentre, sin que por ello haya lugar a reclamación alguna, condición que aceptan los proponentes con el sólo hecho de presentar propuesta, liberando a CAFESALUD EPS S.A. de cualquier responsabilidad. Igualmente, si se tuviese solo una propuesta habilitada para contratar, es decir, que sólo una propuesta hubiere superado la etapa de requisitos mínimos, CAFESALUD EPS S.A. se reserva la facultad de seleccionar o no la propuesta, habida consideración de la conveniencia de la respectiva propuesta.

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2.3. ALCANCE DEL OBJETO CONTRACTUAL Los servicios requeridos deberán atender el cumplimiento de las actividades detalladas en los Anexos de los presentes términos de referencia, enumerados a continuación: Anexo 1. Auditoría de concurrencia de los contratos de prestación de los servicios de salud:  Auditoría de Programas de Salud  Auditoría de Población Sana (PYP y Salud Oral)  Auditoría de Prestación a la Cápita y Modelo de Atención.  Auditoría de Medicamentos y Dispositivos Médicos  Auditoría de Contratos Especiales  Auditoría de Concurrencia Anexo 2. Auditoría de Cuentas Médicas.  Lo anterior para régimen contributivo y régimen subsidiado a nivel nacional. Los servicios requeridos por CAFESALUD EPS S.A. se encuentran detallados en los anexos, no obstante lo anterior y en el entendido que los servicios requeridos pueden variar, los proponentes y posterior contratista, aceptan desde ya dichas variaciones y se someterán en todo lo relacionado a la creación, disminución, sustitución o aumento de los servicios requeridos, según sea necesario en su momento, de acuerdo con lo indicado por CAFESALUD EPS S.A. En todos los casos, EL CONTRATISTA deberá atender la totalidad de condiciones contractuales establecidas y exigencias de CAFESALUD EPS S.A. derivadas de la prestación de servicios independientes y autónomos. El proponente deberá leer cuidadosamente cada una de las disposiciones de estos términos y evaluará conforme con su experiencia y criterio profesional autónomo, los riesgos de la contratación, razón por la cual, los desequilibrios que afecten la propuesta del proponente deberán ser asumidos en su integridad por éste. Así mismo deberá tener en cuenta al momento de presentar su propuesta, que los servicios autónomos e independientes que se podrían prestar, se realizarán bajo su exclusiva responsabilidad y que para la prestación del servicio, deberá contar con el personal idóneo, servicios y los demás aspectos que consideren necesarios para la adecuada, suficiente y eficiente prestación del servicio a contratar. Los gastos generados por concepto de tiquetes, alojamiento, gastos notariales, transporte terrestre y demás en que deba incurrir EL CONTRATISTA ocasionalmente en la prestación de los servicios contratados serán asumidos por EL CONTRATISTA. 2.4. REQUISITOS GENERALES DE LOS SERVICIOS El proponente que sea seleccionado deberá cumplir con las actividades requeridas por CAFESALUD EPS S.A., para lo cual se obligará a contar con el personal, infraestructura tecnológica y las demás herramientas que requiera para su ejecución. Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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Los servicios descritos en los anexos incluidos en el alcance son los requeridos para llevar a cabo la operación solicitada por CAFESALUD EPS S.A., sin embargo el supervisor del contrato podrá solicitar la modificación de los servicios descritos en dichos anexos; los demás aspectos deberán ser regulados en otro si (Si Aplica) que suscribirán las partes, una vez surja la necesidad, sin que ello implique variación en el precio. Se entenderá como condiciones técnicas de calidad mínimas en el servicio, las previstas en los anexos, las cuales son necesarias para llevar a cabo el servicio solicitado por CAFESALUD EPS S.A. 2.5. LEYES Y JURISDICCIÓN APLICABLE La presente invitación, así como el contrato que se suscriba como resultado de la selección de la propuesta a través de la siguiente invitación pública, están sometidos a la legislación y jurisdicción colombiana, así como al Manual de Contratación de CAFESALUD EPS S.A. 2.6. PRESUPUESTO El presupuesto destinado para esta contratación es la suma de SESENTA MIL SESENTA Y SIETE MILLONES SESENTA MIL OCHOCIENTOS PESOS ($60.067.060.800) M/CTE, incluidos todos costos directos y asociados y los impuestos a que haya lugar. En el siguiente cuadro se discriminan los valores estimados para cada proceso que compone el presupuesto oficial para el presente proceso de selección: DESCRIPCIÓN

CANTIDAD DE FACTURACIÓN APROBADA TRAMITADAPOR MES 1- 70.000

70.001-150.000

MAS DE 150.001

1. CUENTAS MÉDICAS COSTO FIJO POR PROPONENTE (A) COSTO UNITARIO VARIABLE POR CUENTA MÉDICA CANTIDAD ESTIMADA POR PROPONENTE COMISIÓN VARIABLE ESTIMADA (COSTO UNITARIO x CANTIDAD ESTIMADA) (D) CANTIDAD PROPONENTES (B) (COBERTURA 100% FACTURACIÓN) COSTO MES CUENTAS MÉDICAS

$87.161.987 5.000 70.000 350.000.000 8,43 3.686.338.160

$168.098.118 4.500 150.000 675.000.000 4,37 3.686.338.160

$734.987.416 4.000 737.838 2.951.350.744 1,00 3.686.338.160

2. CONCURRENCIA COSTO FIJO (C) COSTO VARIABLE (E) COSTO MES CONCURRENCIA

197.887.536 1.121.362.704 1.319.250.240

197.887.536 1.121.362.704 1.319.250.240

197.887.536 1.121.362.704 1.319.250.240

TOTAL COSTO FIJO MES 1. (A*B) + 2. (C) TOTAL COSTO VARIABLE MES (ESTIMADO) 1. (D*B) + 2.(E)

932.874.952 4.072.713.448

932.874.952 4.072.713.448

932.874.952 4.072.713.448

$5.005.588.400

$5.005.588.400

$5.005.588.400

TOTAL POR ESCENARIO

La estimación anual corresponde a 12 meses de concurrencia y 100% de cuentas médicas aprobadas por mes.

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El costo variable se reconoce únicamente sobre la facturación que resulte aprobada total o aprobada parcialmente (con aplicación de glosa). Para las aprobaciones que resulten del proceso de evaluación de respuesta a glosa (glosa levantada) se reconocerá sólo el 50% del valor de la comisión variable prevista, siempre que, su levantamiento no se derive de una aplicación errada de la auditoría. Si como resultado de los procesos de validación sobre la auditoría aplicada a la facturación presentada para pago de la comisión variable se evidencian errores atribuibles al contratista, se aplicarán descuentos sobre la misma correspondientes al 0,5 % del valor bruto de la facturación inmersa en las causales de yerro. Nota: CAFESALUD S.A. EPS Y EPS - S no le garantiza al contratista un volumen determinado de cuentas médicas a auditar, pues aquél depende de la demanda de prestaciones; en consecuencia, las estimaciones que sirven de supuesto para elaborar el presupuesto de este proceso, tienen carácter informativo y no son vinculantes. Toda vez que el contrato de prestación de Servicios se suscribe con una Entidad Promotora de Salud cuyos recursos provienen del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y con base en que las adquisiciones de bienes y/o servicios que hacen las EPS con recursos correspondientes a la Unidad de Pago por Capitación – UPC a fin de efectuar directa o indirectamente las prestaciones propias del POS están excluidas del Impuesto al Valor Agregado; se considera que basados en el artículo 48 de la Carta política y lo establecido en la Ley 100 de 1993 el presente contrato no puede ser objeto de ningún gravamen, toda vez que los recursos con que se efectúan los pagos son de naturaleza parafiscal. El proponente deberá tener en cuenta para la presentación de su propuesta, todos los costos directos e indirectos como impuestos, tasas de carácter nacional y/o distrital, costos fijos, costos variables, costos de administración, aprendices SENA actuales y futuros, imprevistos y utilidad que se encuentren vigentes a la ejecución del contrato, los costos que demande su ejecución y aquellos que surjan con motivo del mismo. 2.7. REQUISITOS MÍNIMOS Las evaluaciones jurídicas, financieras y técnicas, según el caso, determinarán si las propuestas presentadas cumplen con los requisitos mínimos para efectuar la evaluación y posterior ponderación y comparación de las propuestas. La propuesta deberá cumplir con los requerimientos mínimos (Jurídico, Financiero y Técnico) que más adelante se describen, so pena que las propuestas sean evaluadas como No cumplen jurídica, financiera y técnicamente; sin que ello signifique que no puedan solicitarse a juicio de CAFESALUD EPS S.A., documentos que inicialmente no se hayan presentado siempre que con ellos no se pretenda hacer la comparación o calificación de las mismas, en cuyo caso su ausencia será insubsanable.

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2.8. ADENDAS Y AVISOS Cualquier interesado, puede solicitar por escrito aclaraciones sobre los términos de la invitación, hasta la fecha establecida en el cronograma, las cuales deben radicarse únicamente en sede administrativa de CAFESALUD EPS S.A. en Bogotá, ubicada en la Avenida Carrera 45 N° 108 – 27 Torre 1 Piso 5 de la ciudad de Bogotá D.C., y al siguiente correo electrónico [email protected] CAFESALUD EPS S.A. publicará las respuestas del caso y los adendas a que haya lugar en la página web de la entidad www.cafesalud.com.co Nota: No son admisibles las consultas telefónicas ni las visitas personales; no se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal, ni las observaciones que lleguen extemporáneas. Una vez se realicen las respuestas respectivas o los adendas a que haya lugar, estos harán parte integral de la presente invitación pública y por lo tanto serán de obligatorio cumplimiento frente a la presentación de las propuestas. De igual manera la presente invitación, los adendas resultantes y las respuestas emitidas, serán de obligatorio cumplimiento y por lo tanto serán incluidas en el contrato de adhesión que se suscribirá con el proponente ganador. 2.9. LUGAR, HORA Y FECHA DE ENTREGA DE LAS PROPUESTAS Los proponentes dentro de la presente invitación Pública deberán presentar propuesta en original y dos (2) copias, con el lleno de los requisitos de los presentes términos. Las propuestas deberán ser radicadas, en sobre cerrado y marcado como original o copia según sea el caso, en la Gerencia de Contratación de CAFESALUD EPS S.A., ubicada en la Avenida Carrera 45 N° 108 – 27 Torre 1 Piso 5 de Bogotá D.C., hasta el día y hora establecido en el cronograma de la invitación. El proponente deberá entregar la propuesta en original y dos (2) copias, debidamente numeradas y foliadas, escritas en cualquier medio mecánico, en idioma español, acompañadas de la carta de presentación según se señala, sin enmendaduras, tachones ni borrones. Toda tachadura o enmendadura para ser tenida en cuenta, debe estar aclarada o convalidada con la firma al pie de la misma, de quien suscribe la carta de presentación de la propuesta. El original y copias deberán venir cada una dentro de un sobre, paquete o caja cerrado y rotulado con el nombre del proponente. Estos sobres deberán numerarse: original, 1ª copia, 2ª copia y dirigirse así: CAFESALUD EPS S.A. Avenida Carrera 45 N° 108 – 27 Torre 1 Piso 5 de Bogotá D.C. Invitación Pública N° 001 – 2016

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Objeto: “REALIZAR LA AUDITORIA INTEGRAL (CONCURRENTE Y DE CUENTAS MÉDICAS, RETROSPECTIVA Y ADMINISTRATIVA-FINANCIERA) A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD DE LA EPS Y EPS S A NIVEL NACIONAL”CAFESALUD EPS S.A. No se aceptarán propuestas radicadas en un lugar diferente a la Gerencia de Contratación de CAFESALUD EPS S.A.; tampoco se aceptarán aquellas enviadas por correo o vía fax, ni las que por cualquier causa lleguen con posterioridad a la fecha y hora señaladas para el cierre de la invitación. La validez de la propuesta no podrá ser inferior a sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de entrega de la misma. En caso de no expresar el término de validez de la propuesta se entenderá como tal el término de vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta. Queda entendido que con la firma del Representante Legal en la carta de presentación de la propuesta el proponente se compromete con todo lo establecido su propuesta. CAFESALUD EPS S.A., podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la propuesta y por ende la ampliación de la garantía de seriedad por el término que se requiera, siempre y cuando así lo acepte el proponente. La propuesta debe contener toda la información solicitada en estos términos de referencia que permita la comparación objetiva frente a las demás propuestas. Para este efecto los proponentes deberán examinar cuidadosamente los términos e informarse de todas las exigencias y circunstancias que tengan incidencia de cualquier manera en la presente invitación, en el contrato y sus costos. El proponente presentará una propuesta que contenga los bienes y servicios requeridos en este documento. Es dable que presente alternativas parciales por Regional y alternativas de propuestas con la fase de Radicación de Cuentas Médicas, siempre que se den como capítulos independientes previendo en todos los casos el objeto contractual. En el caso de que el proponente presente oferta para la fase de Radicación de Cuentas Médicas este alcance será optativo y no hará en principio parte del objeto contractual a contratar. Acorde con las propuestas que hayan sido debidamente radicadas, la Gerencia de Contratación de CAFESALUD EPS S.A. de conformidad con el cronograma de la presente invitación, se levantará un acta con el nombre de las propuestas recibidas 2.10. PRÓRROGA DEL CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN Cuando CAFESALUD EPS S.A. lo estime conveniente, prorrogará antes de su vencimiento, cualquiera de los términos y fechas previstos en el cronograma de la presente invitación, lo cual comunicará en la página web de la entidad www.cafesalud.com.co.

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2.11. COSTOS Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA Serán de cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, y CAFESALUD EPS S.A. en ningún caso se hará responsable de los mismos. Así mismo se señala, que en el evento de presentarse alguna discrepancia entre el original de la propuesta y las copias, prevalecerá el original. 2.12. ACLARACIÓN Y MODIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS No se aceptarán modificaciones con posterioridad a la entrega de las propuestas de conformidad con el cronograma establecido de la presente invitación CAFESALUD EPS S.A. podrá solicitar la aclaración de cualquier documento o afirmación efectuada por el proponente en su propuesta, en el evento en que encuentre información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria. Estas aclaraciones se aceptarán siempre que se puedan realizar sin modificar la propuesta. En el evento en que la aclaración implique una modificación de la propuesta, no se tendrá en cuenta. En el evento en que no se presenten, o se presenten extemporáneamente, CAFESALUD EPS S.A. podrá rechazar la propuesta. 2.13. SUBSANABILIDAD Serán subsanables aquellos documentos de soporte de la propuesta o los que acrediten las condiciones de habilitación, siempre y cuando éstos no afecten la calificación de la propuesta u otorguen puntaje. En este caso CAFESALUD EPS S.A. solicitará que se subsane dentro del plazo perentorio que ella conceda para el efecto. En caso de no presentación de la subsanación o de hacerlo fuera del plazo o incorrectamente, procederá al rechazo de la propuesta. No se aceptarán subsanaciones que impliquen modificación de la propuesta. 2.14. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y SELECCIÓN DE LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE CAFESALUD EPS S.A. no aceptará la presentación de propuestas alternativas, ni parciales con relación al servicio a contratar, objeto de la presente invitación pública. Por lo cual los términos establecidos en la presente invitación, en las adendas que se realicen o en las respuestas que se emitan, serán de obligatorio cumplimiento y posteriormente serán trasladados al contrato de adhesión que se suscriba con el proponente ganador. Sólo se podrá presentar alternativas parciales por Regional y alternativas de propuestas con la fase de Radicación de Cuentas Médicas, siempre que se den como capítulos independientes previendo en todos los casos el objeto contractual. En el caso de que el proponente presente propuesta para la fase de Radicación de Cuentas Médicas este alcance será optativo y no hará en principio parte del objeto contractual a contratar. Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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Es de aclarar que la propuesta alternativa que se menciona en el párrafo anterior, no genera para CAFESALUD EPS S.A. obligación de acogerla, sin que ello derive en el rechazo total de la oferta. CAFESALUD EPS S.A. realizará el estudio de las propuestas en sus ámbitos jurídico, financiero y técnico. La evaluación jurídica será requisito indispensable para continuar con la evaluación de la solvencia financiera del proponente y está a su vez, lo será para evaluar los requisitos técnicos mínimos exigidos, el cumplimiento de esta última evaluación será ineludible para que se califique su propuesta, según lo que más adelante se indica. El término de evaluación será el indicado en el cronograma de actividades. 2.15. PLAZO PARA LA SELECCIÓN DE LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE Finalizada la etapa anterior, CAFESALUD EPS S.A. procederá a seleccionar la propuesta más favorable o, si esto no fuere posible, a declarar desierta la presente invitación pública. La selección de la propuesta más favorable y el resultado de las evaluaciones definitivas, se comunicara a la cuenta de correo electrónico incluido en la carta que soporta la oferta. 2.16. SELECCIÓN DE LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE La selección de la propuesta más favorable o declaración de desierta de la presente invitación Pública de propuestas, se realizará el día señalado en el cronograma y su resultado será publicado en la página web de CAFESALUD EPS S.A.: www.cafesalud.com.co El proponente seleccionado previo cumplimiento de los requisitos legales deberá suscribir el contrato y presentar la póliza correspondiente dentro del término señalado para su legalización. Si el proponente seleccionado no suscribe el contrato o no presenta la póliza exigida en el contrato dentro del plazo señalado, CAFESALUD EPS S.A., le hará efectiva la póliza de seriedad de la propuesta y podrá adjudicar el primer contrato al proponente calificado en segundo lugar y a quien ocupe el tercer lugar se le adjudicará el segundo contrato y así sucesivamente, siempre que las propuestas sean igualmente favorables para la Entidad. En los casos de declaratoria de desierta de la invitación pública descritos en estos términos, la entidad podrá contratar directamente, sin necesidad de obtener previamente un número plural de propuestas. 2.17. CONDICIONES PARA DECLARATORIA DE DESIERTA El proceso culminará sin la aceptación de ninguna de las propuestas presentadas cuando sea imposible elegir entre éstas de manera objetiva y principalmente cuando: 1. Ninguna de las propuestas cumpla los requisitos mínimos habilitantes exigidos para el efecto en estos términos de referencia. 2. Todos los proponentes se encuentren inhabilitados. 3. Deban ser rechazadas todas las propuestas por las causales aquí dispuestas

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4. Exista evidencia acerca de la configuración de colusión entre los diferentes proponentes o cuando exista fundamento cierto para concluir acerca de la configuración de irregularidades derivadas de acuerdos indebidos o connivencia entre uno o varios de los proponentes y el o los responsables de la estructuración o la dirección del correspondiente procedimiento de selección o de la evaluación de las propuestas. 5. Ninguna de las propuestas resulte conveniente para la entidad por razón de factores objetivos tales como la calidad de los servicios requeridos, los precios, la tecnología o especificaciones correspondientes o las garantías de mantenimiento o soporte, en relación con las condiciones del mercado. 6. CAFESALUD EPS S.A. no reciba ninguna propuesta. 7. Las demás que en estos términos puedan preverse. 2.18. CRONOGRAMA DE LA INVITACIÓN PÚBLICA DE PROPUESTAS Publicación en Diario de amplia circulación de la Invitación Pública.

09 de Septiembre 2016

Publicación de Términos para la contratación en la página de CAFESALUD: www.cafesalud.com.co

11 de Septiembre de 2016 26 de Septiembre de 2016 30 de Septiembre 2016 4:30 p.m.

Plazo para recepción de manifestación de interés por parte de los proveedores. Recibo de solicitudes de observaciones, preguntas y/o aclaraciones de los términos y anexos mediante comunicación formal radicada en la sede administrativa de CAFESALUD EPS S.A. en Bogotá, ubicada en la Avenida Carrera 45 N° 108 – 27 Torre 1 Piso 5 de la ciudad de Bogotá D.C., y/o al siguiente correo electrónico [email protected] Respuesta a observaciones y/o aclaraciones. Publicación de adendas, si hubiere lugar. Recepción de propuestas en Bogotá D.C., en sobre sellado con identificación del proponente dirigidas a la Gerencia de Contratación, ubicada en la Av. Carrera 45 N° 108-27 Torre 1, Piso 5, habilitada entre las 7:00 am y las 11:00 am.

07 de Octubre 2016 Hasta las 4:30 p.m.

19 de Octubre de 2016 21 de Octubre 2016 3 de Noviembre de2016

Cierre del proceso y apertura de propuestas Av. Carrera 45 N° 108-27 Torre 1, Piso 5; a las 2:00 pm

4 de Noviembre 2016

Evaluación jurídica, técnica, económica y financiera

10 de Noviembre 2016

Presentación a Junta Directiva

15 de Noviembre de 2016

Notificación y publicación del acta de adjudicación

29 de Noviembre 2016

Suscripción y legalización del contrato

01 de Diciembre de 2016

* CAFESALUD EPS S.A. se guarda el derecho de invitar o no a los proponentes, en caso tal de requerir su presencia procederá a notificarlos a través del correo electrónico informado en la carta de presentación, y les hará llegar el reglamento y procedimiento para adelantar dicha audiencia. Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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Cuando CAFESALUD EPS S.A., lo estime conveniente, prorrogará antes de su vencimiento, cualquiera de los términos y fechas previstos en el cronograma de la presente invitación pública, lo cual dará a conocer a los participantes a través de la página web www.cafesalud.com.co 2.19. ACLARACIÓN DE DOCUMENTOS CAFESALUD EPS S.A. podrá solicitar la aclaración de cualquier documento o afirmación efectuada por el proponente en su propuesta, en el evento en que encuentre expresiones equívocas, confusas o aparentemente contradictorias, de manera que el proponente pueda aclarar su sentido sin alterar el alcance de la propuesta. En el evento en que la aclaración se presente extemporáneamente o implique una modificación de la propuesta, no se tendrá en cuenta. 3. REQUISITOS MÍNIMOS DE LA PROPUESTA 3.1. ESTUDIO JURÍDICO 3.1.1. CALIDADES DE LOS PROPONENTES Los participantes en el presente proceso de selección, personas jurídicas legalmente constituidas en Colombia en caso Unión Temporal o Consorcio al menos uno de las firmas deberá tener domicilio en Colombia deberán comprender dentro de su objeto social auditoría de cuentas médicas; y/o auditoria médica; y/o auditoría jurídica en salud; y/o ii) Realizar auditoría externa de gestión y/o de desempeño en entidades y/o instituciones de salud, seguros en salud y/o riesgos profesionales; y/o iii) Realizar interventoría a contratos de auditoría en las áreas, especialidades y/o campos antes señalados y/o iv) Realizar la auditoría concurrente y/o de contratos especiales en entidades y/o instituciones de salud, seguros en salud y/o riesgos profesionales y servicios independientes y autónomos descritos en la presente invitación y adicionalmente, no podrán encontrarse incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad y prohibiciones consagradas en el Manual de Contratación de CAFESALUD EPS S.A., la Ley y la Constitución Política; que lo inhabilite o lo ponga en situación de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición con ocasión de la presentación de su propuesta y del contrato que va a ser adjudicado, ni inmersos en algún conflicto de interés de los previstos en tales disposiciones, ni tampoco estar reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República, y, deberán cumplir los demás requisitos requeridos en el presente concurso, los cuales se acreditarán mediante los documentos certificados expedidos por la entidad y/o autoridad que fuere competente, conforme con la ley Colombiana. Cuando el representante legal de la sociedad se encuentre limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la sociedad, deberá acreditar mediante los documentos exigidos por la ley, que ha sido facultado para presentar propuesta y firmar el contrato hasta por el valor total del mismo. El Proponente no debe estar en causal de inhabilidad o incompatibilidad que le impida ser parte del Proceso de Contratación, ni del Contrato. Para el efecto, la CAFESALUD EPS S.A. hará la revisión pertinente.

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3.2. DOCUMENTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA 3.2.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA. La propuesta deberá acompañarse de una carta de presentación firmada por el Representante Legal o por el Apoderado constituido para tal efecto, la cual podrá diligenciarse según formato establecido en el Anexo No. 3 del presente Proceso de Selección. En caso de que la oferta sea presentada por un Consorcio, o Unión Temporal, la carta de presentación debe ser suscrita por la persona que represente el Consorcio, o Unión Temporal. Con la firma de dicho documento, el oferente declara bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en alguna causal de incompatibilidad y/o inhabilidad para presentar la oferta y acepta y conviene expresamente en los procedimientos, contenidos y obligaciones recíprocos derivados de esta invitación pública. En el evento que la oferta se presente a través de apoderado, éste deberá encontrarse debidamente facultado para participar en el proceso de selección y suscribir el contrato que se derive de éste, para tal efecto los documentos deberán cumplir con las formalidades legales. En el Anexo No. 3 de carta de presentación de la propuesta es indispensable incluir el número de Fax, correo electrónico y demás datos relacionados en el citado anexo, a fin de que CAFESALUD EPS S.A. surta los requerimientos a través de dichos medios, cuando así se disponga. De igual manera, deberá indicar cuál información de la suministrada en su propuesta es de carácter reservado, señalando la norma que le otorga tal carácter, salvo que ella se requiera para la comparación de las propuestas y la determinación de la mejor, en relación con la cual, al optar por concursar en el presente proceso, los proponentes aceptan que a dicha información podrá acceder cualquier participante. La validez de la propuesta no podrá ser inferior a sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha límite de presentación de su propuesta. Se entenderán por no escritas y carecerán de toda validez, cualquier condicionamiento en el texto de la carta de presentación de la propuesta o en documento separado, a cualquiera de los términos y condiciones previstos en este documento, situación que conoce y manifiesta aceptar el proponente con la presentación de la propuesta. Apoderados Los Proponentes podrán presentar Ofertas directamente o por intermedio de apoderado, evento en el cual deberán anexar el poder otorgado en legal forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del Contrato. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al Proponente y a todos los integrantes de la Estructura plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) formular propuesta para el Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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proceso de selección que trata esta invitación pública; (ii) dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite CAFESALUD EPS S.A. en el curso del presente proceso; (iii) recibir las notificaciones a que haya lugar dentro del proceso, incluyendo la aceptación de la propuesta; (iv) Suscribir en nombre y representación del proponente el Contrato. Los poderes otorgados deberán cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y 82), así como con los aspectos referidos a la autenticación, Consularización o apostille y traducción, establecidos por la legislación colombiana. Apoderado personas extranjeras Las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y ésta Invitación Pública. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, Consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en éste pliego. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal. 3.2.2. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y AUTORIZACIÓN El proponente deberá anexar el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva. Cuando el representante legal de la persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar con su propuesta el documento de autorización expresa del órgano social competente, en el cual conste que está facultado para presentar la propuesta y firmar el contrato hasta por el valor presupuestado. La certificación sobre existencia y representación legal, deberá haber sido expedida con fecha no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de su propuesta. En este certificado debe constar que el término de duración de la persona jurídica no será inferior a la del plazo de vigencia del contrato y un año más. Personas Jurídicas Extranjeras Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los mismos requisitos de objeto y duración establecidos en invitación pública para las personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional, para lo cual deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera, legalizados a más tardar dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección, en los que conste la siguiente información: Av. Kr. 45 No. 108-27 Torre 1 P.5Bogotá, D.C.

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i. ii. iii.

iv. v. vi.

Nombre o razón social completa. Nombre del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica. Facultades del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica, en la que se señale expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente. La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, una vez solicitado por la entidad, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la oferta. Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica Duración de la persona jurídica

Cuando en los documentos aportados que acreditan la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad de juramento. En caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de los integrantes deberá aportar este documento, los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. Tratándose de documentos públicos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización, Consularización o apostille y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior y que puedan obrar como prueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 251 del Código General del Proceso, de la República de Colombia y lo previsto en esta invitación pública. En el evento de la legalización de documentos emanados de autoridades de países integrantes del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1998. Si la Oferta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario, mediante la presentación del Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre de la presente Invitación Pública. Cuando el representante legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad. Documento de conformación de Consorcios o Uniones Temporales. Los consorcios o Uniones Temporales deberán cumplir con los requisitos generales del pliego de condiciones, y estarán sujetos a las siguientes condiciones:

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a) Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal. En el caso de Uniones Temporales, señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la duración del contrato, términos que no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de CAFESALUD EPS S.A. b) Los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal deberán presentar el documento de constitución, el cual deberá expresar claramente su conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos y su responsabilidad e igualmente deseo de participar en la presentación conjunta de la propuesta y de suscribir el contrato. A su vez, designarán a la persona que actuará como representante legal del Consorcio o de la unión Temporal. c) Los miembros del Consorcio responderán solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y en consecuencia por las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en el desarrollo de la propuesta y del contrato, afectando a todos los miembros que la conforman. d) Los integrantes de la Unión Temporal responderán solidariamente por el cumplimiento de la propuesta y del objeto del contrato, se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros que la conforman. e) Los consorciados o unidos temporalmente, deben permanecer en Consorcio o Unidos Temporalmente durante el término de la vigencia del contrato y (1) año más En consecuencia deberá indicarse en la propuesta que durante este término no será disuelta ni liquidada ninguna de estas normas de asociación, ni habrá cesión del contrato a terceros o quienes integran el Consorcio o la Unión Temporal, sin previa aprobación de CAFESALUD EPS S.A. f) Indistintamente de la denominación que se otorgue a la modalidad mediante la cual se presentará la propuesta, los proponentes aceptarán sin condicionamiento alguno la asunción de una obligación solidaria e indivisible en relación con la presentación de la oferta, la suscripción y legalización del contrato, así como de su cumplimiento, liquidación, garantía y en general, para todos los efectos que del contrato se deriven. g) Existe responsabilidad solidaria e indivisible en todas las fases del contrato (precontractual, contractual y pos contractual) y para la existencia de esta bastará con que la oferta se presente en forma conjunta bien sea a través de un Consorcio o Unión Temporal. 3.2.3. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El Proponente deberá constituir y entregar junto con la propuesta, una garantía de seriedad de la misma, expedida por una compañía aseguradora legalmente constituida en Colombia y autorizada por la Superintendencia Financiera a favor de entidades particulares, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del tope presupuestal de la presente invitación pública y por una vigencia de 60 días calendario contados a partir de la fecha límite de presentación de la propuesta. En caso de prórroga del plazo de la presente invitación pública, se deberá ampliar la garantía por el período de la prórroga si la vigencia inicial no cubre este nuevo término, si así lo acepta el proponente. En caso de que la garantía sea con póliza de seguros, los certificados que se expidan con ocasión de las modificaciones o ampliaciones introducidas a los Términos de Referencia, deberán ser expedidos por la misma aseguradora que expidió la póliza inicial.

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Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el proponente seleccionado no cumpliere las condiciones y obligaciones establecidas en esta invitación pública, y en especial la de suscribir oportunamente el contrato, contribuir a la legalización del mismo dentro de los términos señalados o a mantener lo ofrecido en su propuesta, la garantía de seriedad se hará efectiva a favor de CAFESALUD EPS S.A. sin perjuicio de que ésta pueda recurrir a las demás acciones civiles y penales que puedan ser instauradas. CAFESALUD EPS S.A. devolverá la garantía a solicitud de los proponentes no favorecidos en la presente invitación, desde la declaratoria de desierto del proceso de selección o desde la suscripción del contrato con el proponente adjudicatario según sea el caso, si así los solicitan. Al contratista seleccionado se le devolverá su garantía, cuando se haya aprobado por parte de CAFESALUD EPS S.A. su respectiva garantía de cumplimiento, si así lo solicita. El proponente deberá adjuntar la certificación de pago de la prima de la póliza, expedido por la compañía aseguradora emisora del certificado aportado, acompañada con las condiciones generales de la misma. CAFESALUD EPS S.A. no aceptará certificaciones de no expiración de la póliza por la falta de pago de la prima. 3.2.4. CERTIFICACIÓN DE PAGOS Y APORTES DE LEY 3.2.4.1

Persona Jurídica

El proponente deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensión, administradora de riesgos laborales (ARL), caja de compensación familiar, ICBF, y SENA de los últimos seis (6) meses, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley o en su defecto por el representante legal y expedida de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. La Entidad se reserva el derecho a solicitar copia de la anterior documentación y en el caso de consorcios y uniones temporales cada uno deberá cumplir con dicha obligación. 3.2.4.2

Fotocopia del RUT

3.2.4.3

Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.

3.2.4.4. Evidencia de cumplimiento al Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), de conformidad con lo establecido en el Capítulo Décimo Primero del Título 1 de la Circular Básica Jurídica (C. E. 007 de 1996), las Circulares Externas 026 de 2008, 002 de 2010, las Circulares 014, 037 y 052 de 2007 expedidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Para lo cual deberá el certificado correspondiente.

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4. REQUISITOS FINANCIEROS DE LA PROPUESTA CAFESALUD EPS realizará una evaluación financiera, con la cual de acuerdo con los índices establecidos a continuación se determinará si el proponente cumple o no financieramente 4.1. DOCUMENTOS FINANCIEROS DE LA PROPUESTA 4.1.1. Estados financieros básicos (Balance General y Estado de Resultados), cierre a 31 de diciembre de 2015, con sus respectivas notas aclaratorias. Los estados financieros deben estar debidamente clasificados según lo dispuesto en las normas de contabilidad para comerciantes. 4.1.2. Certificación individual para los estados financieros (cierre a diciembre de 2015 suscrita por el representante legal y el contador de la empresa, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 222 de 1995). 4.1.3. Copia de la Declaración de Renta de 2015 presentada de conformidad con lo dispuesto en el estatuto tributario, firmada por el representante legal, contador y/o revisor fiscal. 4.1.4. Copia de la tarjeta profesional del contador. 4.1.5. Anexo de cartera por edades o por altura de mora 4.2.

INDICADORES DE EVALUACIÓN

Para el caso de las UT el cálculo de los indicadores tomará el cálculo de las variables a partir de los estados financieros y se sumaran horizontalmente de acuerdo a la proporción definida sobre la participación de la UT. Los proponentes deben cumplir con el total de los indicadores financieros. N°

NOMBRE INDICADOR

FORMULA

RELACIÓN

VALOR

OBJETIVO

1

RAZÓN CORRIENTE

ACTIVO CORRIENTE / PASIVO CORRIENTE

>=

120%

Los activos corrientes deben ser superiores en al menos el 20% a los pasivos corrientes

2

CAPITAL TRABAJO

(ACTIVO CORRIENTE -PASIVO CORRIENTE) / PRESUPUESTO ANUAL

>=

16,7%

El capital de trabajo debe permitir por lo menos absorber 120 días de cartera sin que se vuelva insuficiente

3

ENDEUDAMIENTO

PASIVO/PATRIMONIO

=

20%

5

CONTRIBUCIÓN AL INGRESO

PRESUPUESTO ANUAL /(INGRESOS+ PRESUPUESTO ANUAL)

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