CAPITULO I CLAUSULAS PARTICULARES

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O CAPITULO I CLAUSULAS PARTICULARES Art. 1° OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Por la adquisición de DOS (2) Aviones

6 downloads 86 Views 256KB Size

Recommend Stories

Story Transcript

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

CAPITULO I CLAUSULAS PARTICULARES Art. 1° OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: Por la adquisición de DOS (2) Aviones biturbohélice, uno (1) versión patrullero marítimo y otro utilitario, cursos de formación, repuestos y herramental con destino a la Prefectura Naval Argentina. Art. 2° NORMATIVA APLICABLE: La presente contratación se regirá por las disposiciones del Decreto Nº 1023/01 y el Reglamento para la Aquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Decreto Nº 436/00, el Manual Práctico para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Resolución N° 515/00/SH, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Resolución N° 834/00/ME, todas las circulares vigentes aplicables al presente llamado, emitidas por la Oficina Nacional de Contrataciones, Ley Nº 19.971 y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas. Asimismo se han tenido en cuenta para la elaboración del presente pliego las Leyes Nº 25.300 de fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y su Decreto Reglamentario Nº 1075/01 y Nº 25.551 Compre Trabajo Argentino y sus Decretos Reglamentarios. Art. 3º RETIRO U OBTENCIÓN DEL PLIEGO- CONSULTAS AL MISMO: Previo al retiro u obtención del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, ambos podrán ser consultados en el Departamento de Contrataciones y Suministros del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, calle Sarmiento Nº 329, 2º Piso - contrafrente, Ciudad de Buenos Aires, o en el sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, cuya dirección es http://www.argentinacompra.gov.ar/ 1

RETIRO

El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrán retirarse en el Departamento de Contrataciones y Suministros del Ministerio, calle Sarmiento Nº 329, 2º Piso - contrafrente, Ciudad de Buenos Aires. En esa misma ocasión, los interesados deberán identificarse y constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este domicilio será considerado como domicilio constituido donde se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen. 2

OBTENCION

El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y el Pliego de Bases y Condiciones Particulares podrán obtenerse gratuitamente en el sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones, cuya dirección es http://www.argentinacompra.gov.ar/. Para los interesados que opten por este mecanismo, no será necesario retirar los pliegos establecidos en el artículo 3.1. Para que la obtención de los pliegos permita a los interesados presentar oferta, se deberá proceder de la siguiente manera: 1.

2.

1

Los interesados deberán comunicar que obtuvieron los pliegos a través de Internet, mediante el envío de un mensaje a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected] , indicando número de la clave única de identificación tributaria (C.U.l.T.), razón social o nombre y apellido completos, los datos del procedimiento de selección de que se trate y una dirección de correo electrónico en la que serán válidas las circulares y demás comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas. Los interesados deberán imprimir los mensajes enviados al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y la constancia de recepción del mismo que les sea remitida y presentarlos junto con la oferta.

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

CONSULTAS SOBRE EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Las consultas sobre el pliego de Bases y Condiciones Particulares podrá efectuarse por escrito o por correo electrónico, en ambos casos hasta setenta y dos (72) horas hábiles antes de la fecha fijada para la apertura, las que serán contestadas con hasta veinticuatro (24) horas hábiles de anticipación a dicha fecha. Las consultas por escrito deberán presentarse en el Departamento de Contrataciones y Suministros sito en Sarmiento 327/329, 2º piso contrafrente, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de 10:00 a 17:00 horas, teléfonos 4328-3015 al 3019 int. 2251 al 2255. Las consultas por correo electrónico deberán enviarse a la siguiente dirección: [email protected] No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término Art. 4º GARANTÍA DEL MATERIAL: a)

El Adjudicatario al entregar cada una de las aeronaves, deberá presentar por escrito las garantías que a continuación se detallan contra toda falla del material, defecto de armado o vicio oculto no detectable a simple vista en la recepción: a.1) Partes manufacturadas por el fabricante de la aeronave: no menor a 5 (cinco) años, sin límite de horas, a partir del momento de su entrega en las instalaciones del fabricante. a.3) Sistema, equipos y componentes no manufacturados por el fabricante de la aeronave: no menor a 2 (dos) años, sin límite de horas, a partir del momento de su entrega en las instalaciones del fabricante o desde su recepción en las instalaciones del Servicio de Aviación para los repuestos y equipos de apoyo. a.3) Pintura exterior y detalles de interior: no menor a 2 (dos) años o cuatrocientas (400) horas de vuelo, lo que ocurra primero, a partir de la entrega en las instalaciones del fabricante. a.4) Planta de poder: no menor a 5 (cinco) años o 2.500 horas, según lo que ocurra primero, a partir del momento de la entrega en las instalaciones del fabricante.

b) En caso de ser necesario el envío de material, equipos, componentes y/o repuestos que se encuentren amparados por su garantía, para su reparación o reemplazo en el país de origen, el transporte, los gastos de flete, seguros, carga, descarga y los gastos que demande el envío y reimportación correrán por cuenta del Adjudicatario. Art. 5° REPRESENTACIÓN a) No se admitirán ofertas de firmas radicadas en el exterior, las mismas deberán cotizar a través de sus sucursales y/o Distribuidor Oficial y/o Representante de ventas en el país de la fábrica radicada en el exterior debidamente inscriptas en el país, debido a que se requiere un asentamiento en la República Argentina para la atención post venta de los elementos adquiridos. b) La persona jurídica que se presente en carácter de Sucursal y/o Distribuidor Oficial de la fábrica radicada en el exterior y/o representante para ventas en el país de la fábrica radicada en el exterior, deberá agregar a su cotización la constancia que acredite tal condición, otorgada por el fabricante del exterior, o en su defecto, copia certificada debidamente apostillada y legalizada. Art. 6º CONDICION DE CALIDAD: Las aeronaves como todos sus componentes, accesorios, repuestos y herramental deberán ser nuevos, sin uso y provistos por el fabricante. 2

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

Art. 7º NORMAS INTERNACIONALES QUE DEBERÁN CUMPLIR LAS AERONAVES- REQUISITOS ESPECIALES: a) Las aeronaves deberán estar certificados por las autoridades internacionales FAA (Federal Aviation Administration) de los Estados Unidos de América y/o la E.A.S.A. (European Aviation Safety Agency) de la Unión Europea y la D.N.A ( Dirección Nacional de Aeronavegabilidad). b) Del modelo ofertado de aeronave, deberá existir por lo menos una aeronave versión patrullero, operando para una autoridad estatal del mundo y encontrarse en producción. NOTA: Al momento de la oferta, el oferente deberá documentar el punto 7) a) mediante la presentación en original o copia certificada por escribano publico nacional, la correspondiente certificación que lo acredite; para el punto 7) b) deberá ser acreditada mediante nota, la que tendrá carácter de Declaración Jurada. Art. 8º CONSULTAS TÉCNICAS: Las consultas técnicas deberán ser realizadas en la Dirección de Operaciones, Servicio de Aviación de la Prefectura Naval Argentina, –Aeropuerto Internacional San Fernando- Pcia. de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 hs, TE. 4714-6792. Art. 9º PRESENTACION DE OFERTAS: (Art. 65, Dec. Nº 436/00) Se deberán presentar por duplicado, individualizadas como Original y Duplicado, exclusivamente en la Dirección de Servicios Técnico Administrativos y Suministros – Departamento Contrataciones y Suministros, sito en la calle Sarmiento 329 – 2º Piso contrafrente, Capital Federal, en días hábiles, de lunes a viernes, de 10.00 a 17.00 horas, TEL/FAX 4328-5642 y hasta el día y horario fijado para la apertura del acto licitatorio, de acuerdo al siguiente detalle: a) En un sobre, caja o paquete separado debidamente cerrado, con identificación del procedimiento de selección, día y hora de la apertura y la identificación del Oferente con su correspondiente N° de CUIT, con toda la documentación restante que compone la oferta. b) Se deberá acompañar indefectiblemente a cada oferta las constancias relativas al retiro del Pliego de Bases y Condiciones, o las constancias de remisión y recepción de los mensajes enviados por correo electrónico que dan fe de la obtención de los Pliegos por Internet. c) Se deberá cotizar en condición “CIF”o “CIP” Puerto y/o Aeropuerto de de la República Argentina en dólares estadounidenses o en la moneda del país de origen del producto cotizado. d) Deberá agregarse a la oferta la constancia de adquisición del Pliego de Bases y Condiciones abonada en el Departamento Tesorería del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. e) Deberá adjuntarse la garantía de mantenimiento de la oferta, correspondiente al CINCO POR CIENTO (5 %) del valor total de la oferta. Su incumplimiento será causal de inadmisibilidad de la oferta (Art. 74 del Dec. N° 436/00). f) Los Oferentes deberán fijar domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correo electrónico y número de fax en los cuales se efectuarán todas las comunicaciones que se realicen durante el proceso licitatorio. g) No se aceptarán ofertas que condicionen la invariabilidad de sus precios o sujeten el pago a eventuales fluctuaciones de los mismos. h) En los casos que invoque ser sucursal y/o Representante Oficial de la fábrica radicada en el exterior y/o representante autorizado de una empresa extranjera deberá acompañar la documentación debidamente legalizada por lo agentes consulares de la República Argentina en el exterior (Decreto 1629/01) o en su caso, contener certificación por Apostilla (Convención de la Haya 1961), debiendo cubrir adecuadamente los plazos del contrato. i) 3

Los documentos redactados en idioma extranjero, deberán acompañarse con su correspondiente traducción hecha por un Traductor Público Nacional.

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

j)

Toda la documentación que compone la oferta, deberá estar firmada en todas sus hojas por el oferente, su representante legal o apoderado y estar certificadas por Escribano Público, autoridades Judiciales o Administrativas competentes. k) A partir de la hora fijada como término para la recepción de las ofertas no podrán recibirse otras. En el caso que no se haya entregado el sobre con anticipación se deberá concurrir al acto de apertura con la debida antelación, teniendo en cuenta los controles de seguridad establecidos para el ingreso al edificio. l) CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR: El oferente deberá poseer el “Certificado Fiscal para Contratar” vigente, expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido por la Resolución General AFIP Nº 1814/2005 cuando su oferta sea igual o mayor a pesos cincuenta mil $ 50.000. m) La Unidad operativa de contrataciones verificará la vigencia del mismo ingresando en la página web http://www.afip.gov.ar o en la página http://www.argentinacompra.gov.ar/ e imprimirá la constancia respectiva. (Circular ONC nº 18/05) n) LIBRE DEUDA PREVISIONAL:En los casos en que el oferente cotice la licitación por un monto inferior a pesos cincuenta mil ($50.000), deberá cumplir con el requisito de acreditación de Libre Deuda Previsional, mediante la presentación de una Declaración Jurada respecto de la no existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y toda otra obligación previsional. Queda eximido de presentar la citada declaración jurada, si el oferente posee el Certificado Fiscal para Contratar vigente, indicado en el punto anterior. (Circular ONC nº 19/05). o)

REGISTRO INDUSTRIAL DE LA NACIÓN: Se deberá presentar la constancia de inscripción en el REGISTRO INDUSTRIAL DE LA NACIÓN (Art. 1º y 6º de la Ley Nº 19.971), en caso de estar comprendido. De no ser así deberá declararse bajo juramento o bien presentar el Certificado de Excepción extendido por la Secretaria de Desarrollo Industrial.

k) INFORMACION A SUMINISTRAR POR LOS OFERENTES: En el momento de presentar la oferta y formando parte de la misma, los oferentes deberán suministrar la totalidad de la documentación respaldatoria, exigida en el Artículo 12 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado mediante Resolución N° 834/00 del MINISTERIO DE ECONOMIA, a excepción del punto e incisos I y II los cuales se rigen por las Circulares 18 y 19 emitidas por la Oficina Nacional de Contrataciones. La no-presentación de la documentación exigida facultará a este Organismo a desestimar la oferta, sin más trámite. a) PARA OFERENTES NO INCORPORADOS AL SIPRO

De acuerdo con lo indicado en el articulo 1º del Anexo I de la Resolución de la Subsecretaría de la Gestión Pública nº 39/2005 los interesados en participar en la presente contratación y, a los fines de su incorporación a la base de datos del Sistema de Información de Proveedores, deberán cumplimentar el procedimiento de “Preinscripción por Internet”. El acceso al procedimiento se deberá realizar accediendo a la página http://www.argentinacompra.gov.ar/ y seguir las instrucciones que allí se especifican para completar los formularios relativos a la referida preinscripción. IMPORTANTE: EN TODOS LOS CASOS LOS OFERENTES DEBERAN ACOMPAÑAR LA DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA QUE ACREDITE LA INFORMACION SUMINISTRADA Y UTILIZANDO LOS FORMULARIOS ESTANDAR QUE SE DETALLAN A CONTINUACION LOS CUALES SON DE PRESENTACION OBLIGATORIA. EL FORMULARIO 1 ES EL QUE EMITE EL SISTEMA AL FINALIZAR LA PREINSCRIPCION. EN LOS CASOS EN QUE EL OFERENTE NO CONTARE CON LA INFORMACION REFERIDA EN LOS FORMULARIOS 12 Y 15 IGUALMENTE DEBERAN PRESENTARLOS INDICANDO EN EL CAMPO OBSERVACIONES LOS MOTIVOS POR LOS CUALES NO RESULTA POSIBLE SUMINISTRAR LA INFORMACION ALLI REQUERIDA. FORMULARIOS 4

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

Personas Físicas 1. Formulario de datos básicos de proveedores (Formularios 1 y 2) 2. Informe de los principales clientes (Formulario 12) 3. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (Formulario 13) 4. Declaración jurada de juicios con el Estado Nacional (Formulario 14) Personas Jurídicas 1. Formulario de datos básicos de proveedores (Formularios 1, 3, 4 si correspondiere y 5) 2. Informe de los principales clientes (Formulario 12) 3. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (Formulario 13) 4. Declaración jurada de juicios con el Estado Nacional (Formulario 14) 5. Informe de balances de cierre de ejercicio (Formulario 15) Agrupaciones de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas 1. Formulario de datos básicos de proveedores (Formularios 1, 6, 7 si correspondiere y 8) 2. Informe de los principales clientes (Formulario 12) 3. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (Formulario 13) 4. Declaración jurada de juicios con el Estado Nacional (Formulario 14) 5. Informe de balances de cierre de ejercicio (Formulario 15) Cooperativas, Mutuales, Otros: 1. Formulario de datos básicos de proveedores (Formularios 1, 9, 10 si correspondiere y 11) 2. Informe de los principales clientes (Formulario 12) 3. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (Formulario 13) 4. Declaración jurada de juicios con el Estado Nacional (Formulario 14) 5. Informe de balances de cierre de ejercicio (Formulario 15) Organismos Públicos 1. Formulario de datos básicos de proveedores (Formulario 1) b) PARA OFERENTES INCORPORADOS AL SIPRO Los interesados en participar en procedimientos de selección que ya estuvieran incorporados al Sistema de Información de Proveedores, deberán presentar junto con la oferta: 1. Declaración jurada de habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional (Formulario 13). En caso que los datos básicos hubieran variado desde su última presentación deberán adjuntar la información que se modifique, en la misma forma prevista para la presentación original Art. 10 COMPRE TRABAJO ARGENTINO (LEY 25551)

A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del Régimen de Compre de Trabajo Argentino, toda oferta nacional deberá ser acompañada por una Declaración Jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal de acuerdo a lo establecido por el artículo 11 del decreto 1600/2002. La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional. Se deja constancia que la precisión en las descripciones de los productos, se rige por el sistema de identificación de bienes y servicios de utilización común creado por la Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11/6/1997, identificado por el número de catálogo que acompaña cada renglón. Art. 11º COMPRE MIPYME (LEY 25.300 y Decreto Nº 1075/01)) A fin de garantizar el efectivo cumplimiento del Régimen de Compre MIPYME, todo oferente incluido en el mismo deberá cumplimentar el Anexo DATOS COMPLEMENTARIOS- LEY COMPRE MIPYME del presente pliego 5

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

detallando el valor de las ventas anuales a fin de poder extraer el promedio de los tres últimos años a partir del último balance exigible o documentación contable equivalente al momento de la apertura de la licitación. Dichos valores serán verificados en el SIPRO por lo que en caso de no contar con dicha información deberán presentar los balances (personas jurídicas) o información contable equivalente (personas físicas) respaldatoria debidamente suscriptas por Contador Pública y certificadas ante el Consejo Profesional respectivo de los datos que se deberán consignar en el anexo citado. Serán consideradas MIPYMES aquellas que registren hasta el nivel máximo de ventas totales anuales (excluidos el Impuesto al Valor Agregado y los impuestos internos expresados en pesos) de acuerdo a los valores fijados por la SUBSECRETARIA DE PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL para cada sector (Disposición 147/2006 SPYME). A los efectos de la categorización, será utilizada la escala vigente al momento de la apertura considerando, valor de ventas totales anuales al que surja del promedio de los últimos tres años, a partir del último balance inclusive o información contable equivalente, adecuadamente documentada. Art. 12° GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: Los oferentes deberán presentar junto con su oferta, una garantía de mantenimiento de aquella, equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del precio total general de la oferta, la que podrá constituirse por cualquiera de las formas previstas en el Art. 53 del Decreto N° 436/00. No será necesario presentar garantías reglamentarias cuando el monto de las mismas no supere los PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500,00). Art. 13° CUESTIONES JUDICIALES: Las cuestiones judiciales que se planteen con relación al presente contrato, se sustanciarán ante los jueces de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 14° MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS: Los oferentes se comprometen a mantener sus ofertas por un plazo de TREINTA (30) días hábiles. Si no manifestaran en forma fehaciente su voluntad de no renovar las ofertas con una antelación mínima de DIEZ (10) días hábiles al vencimiento del plazo mencionado, aquellas se considerarán prorrogadas automáticamente por un lapso igual al inicial, y así sucesivamente. Art. 15º PENALIDADES Y SANCIONES: a) Los Oferentes/Adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes penalidades: a1) Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. a2) Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones. a3) Rescisión por su culpa. b) Sin perjuicio de las correspondientes penalidades los Oferentes/Adjudicatarios podrán ser pasibles de las siguientes sanciones, las que serán aplicadas por la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros: b1) Apercibimiento. b2) Suspensión. b3) Inhabilitación. c) Las cuestiones judiciales que se planteen con relación al presente contrato, se sustanciarán ante los jueces de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 16° APERTURA DE LAS OFERTAS: Las ofertas recibidas serán abiertas en un acto formal ante los funcionarios designados a tal efecto, y ante todos aquellos que desearen presenciarlo, quienes podrán verificar la existencia, número y procedencia de los sobres, cajas, paquetes o diskettes dispuestos para ser abiertos. Asimismo, se labrará un acta que será firmada por los mencionados funcionarios y por los oferentes presentes que desearan hacerlo.

6

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

Art. 17° CRITERIO DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE OFERTAS: Previo a la evaluación económica de las ofertas, se analizara la información aportada por los oferentes, a fin de determinar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de cada renglón y las cláusulas del presente pliego a fin de considerar la admisibilidad de las ofertas. De las empresas consideradas admisibles y convenientes, la Comisión Evaluadora determinará el orden de mérito teniendo en cuenta el precio cotizado por cada una de ellas. Asimismo se aplicarán las Leyes de Compra a MIPYME y Compre Trabajo Nacional en los casos que corresponda. El dictamen de evaluación se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes dentro de los tres (3) días hábiles de emitido. Los interesados podrán formular impugnaciones dentro de los cinco (5) días hábiles de notificados. Si el total cotizado para cada renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último multiplicado por la cantidad indicada como precio cotizado. Art. 18º GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del precio total general de la oferta, a través de cualquiera de los medios previstos en el art. 53 del Decreto N° 436/00, dentro del término de OCHO (8) días de recibida la Orden de Compra. Vencido dicho plazo, en caso de incumplimiento, se rescindirá el contrato. Podrá eximirse de tal requisito, el contratista que cumpla con el objeto del contrato, en el plazo indicado en el párrafo anterior. Art. 19º PLAZO DE ENTREGA Y DE NEGOCIACION: a) El plazo de entrega será de treinta meses (30) meses a partir de la apertura de la carta de crédito correspondiente. b) El plazo de entrega comienza a regir a partir del día posterior a la fecha de apertura de la carta de crédito. c) El plazo de negociación comienza a regir a partir del día siguiente de la emisión del documento de embarque respectivo. d) En caso de que el adjudicatario necesitare una prórroga del plazo de vencimiento de la entrega o del vencimiento de la negociación, deberá solicitarla mediante nota con una anticipación mínima del vencimiento de siete (7) días hábiles al vencimiento original adjuntando la documentación emitida por quien corresponda, que acredite las causales invocadas. Idéntico procedimiento deberá efectuarse en caso de requerirse una rehabilitación de contrato. e) Se autoriza la entrega parcial del material de repuestos, previa conformidad del contratante. Art. 20º CONTROLES EN FABRICA: a) Previo a la aceptación de la aeronave, se efectuará un control de las aeronaves en condición de vuelo que tendrá lugar en la fábrica, lo que una vez superado permitirá dicha aceptación, la que estará a cargo de un Oficial Superior designado a tal efecto por el Sr. Prefecto Nacional Naval como representante de esta Institución. b) Ensayos en vuelo: las operaciones en tierra y en vuelo que se realicen para evaluar las performances de la aeronave, en fábrica, deberán ser verificadas a bordo por un Oficial Piloto Aviador y un Oficial Técnico a designar por ésta Institución. c) Los gastos de pasaje, viáticos y tarjeta médica derivados del envío de Personal de ésta Institución correrán por cuenta del Adjudicatario, tomándose como referencia los Anexos III y IV y los niveles jerárquicos III y IV del decreto Nº 280/95 del Poder Ejecutivo Nacional. Art. 21 LUGAR DE ENTREGA Y RECEPCION: a) El lugar de entrega será, PUERTO/AEROPUERTO BUENOS AIRES, siendo el destino final de la aeronave, equipamiento, repuesto y consumibles, el SERVICIO DE AVIACIÓN, sito en el Aeropuerto Internacional San Fernando, San Fernando - Pcia. de Buenos Aires, República Argentina. b) El traslado de la aeronave será realizado por personal designado por la firma adjudicataria, en vuelo “Ferry”, desde la fábrica hasta el Puerto/Aeropuerto de Buenos Aires, debiendo el adjudicatario absorber la totalidad 7

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

de los gastos que este demande, incluido los viáticos; debiendo gestionar las diferentes autorizaciones necesarias para el traslado de los aviones. c)

Las entregas deberán coordinarse con CUARENTA Y OCHO (48) HORAS de anticipación a efectos de convocar a la COMISIÓN DE RECEPCIÓN DE MERCADERÍAS.

d) La conformidad definitiva, no liberará al Adjudicatario y a su fabricante de las responsabilidades emergentes de vicios redhibitorios. Art. 22º NACIONALIZACIÓN DE LAS AERONAVES: La nacionalización de las aeronaves solicitadas correrá por cuenta de la Prefectura Naval Argentina, siendo responsabilidad del adjudicatario brindar la documentación de orígen necesaria. Art. 23° EMBALAJES: a) Los equipos, repuestos y consumibles desmontados serán correctamente embalados por el fabricante, protegidos tanto para su traslado internacional como nacional, con identificación, lugar de envío y embalado con productos que inhiban la humedad y los golpes para lograr la conservación en buenas condiciones del material, de forma tal que permitan su manipuleo sin riesgo, su estibaje y almacenaje prolongado. b) No se aceptarán embalajes violados, rotos o con algún otro tipo de deterioros. c)

Queda a cargo del Adjudicatario el costo y diseño de los embalajes.

d) Queda bajo la responsabilidad del adjudicatario los daños que se produjeren como consecuencia de embalajes defectuosos. Art.24 FLETES Y SEGUROS: (Art. 68, Inc. e), Dec. Nº 436/00) a) La contratación de fletes y seguros se regirá por las leyes y reglamentos vigentes. b) La póliza del seguro contratado para cubrir los riesgos del traslado deberá constituirse en la moneda seleccionada para ofertar. c) El monto de la cobertura de la póliza de seguro, descripta precedentemente, deberá cubrir el CIEN POR CIENTO (100 %) del valor “CIF” de los bienes embarcados. d) La cobertura del seguro por el desplazamiento de los bienes licitados, así como los bienes transportados, estará a cargo del Adjudicatario y deberá cubrir el trayecto comprendido entre el lugar de embarque y el lugar de entrega establecido. Art. 25 ASISTENCIA TECNICA Y SOPORTE LOGISTICO PARA LA OPERACIÓN Y SERVICIO: a) El adjudicatario deberá asegurar: a.1) La presencia en el país de un técnico de la empresa para brindar asistencia técnica por seis (6) meses a partir de la llegada de las aeronaves al lugar de entrega definitiva. a.2) Deberá presentar una nota con carácter de declaración jurada al momento de la oferta donde asegure la provisión, a requerimiento y con cargo para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, de repuestos mayores, herramientas especiales, equipamiento, repuestos menores y consumibles necesarios para la operación y mantenimiento de las aeronaves adquiridas, por un período no menor a cinco (5) años. l ad b) El adjudicatario deberá presentar con la oferta un listado valorizado formulado acorde el Manual de Mantenimiento de la aeronave a efectos de asegurar la operación por quinientas (500) horas discriminado por: a.1)Lote de repuestos consumibles a.2)Lote de herramientas especiales y equipamiento de apoyo

8

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

NOTA: Para los lotes de Repuestos Consumibles, Herramientas Especiales y Equipos de apoyo, será potestad de la Prefectura Naval Argentina, a través del Servicio de Aviación, determinar los mismos una vez realizados los Cursos de Formación. Art. 26 DICTADO DE CURSOS: El dictado de los cursos enunciados a continuación, se efectuarán en el momento del control de las aeronaves en fábrica, durante los controles en fábrica, de acuerdo al siguiente detalle: · Curso de Operación teórico y práctico de la aeronave, para siete (7) pilotos, con certificado de aprobación del fabricante, con un mínimo de siete (7) horas de vuelo sobre la aeronave adquirida. · Curso de Capacitación teórico y práctico de Mantenimiento de aeronave para doce (12) alumnos con certificado de aprobación del fabricante. · Curso de operación teórico y práctico del equipamiento FLIR y radar de busqueda, para cuatro (4) alumnos con certificado de aprobación del fabricante. · Curso de Capacitación teórico y práctico de mantenimiento del equipamiento FLIR y radar de búsqueda, para seis (6) alumnos con certificado de aprobación del fabricante Los costos de viáticos y traslados de ida y vuelta para el personal, deberá ser absorbido por el adjudicatario. Art. 27° CONDICION DE LA OPERACIÓN: a) Las cotizaciones se establecerán en condición “CIF” o “CIP”, Puerto o Aeropuerto de la República Argentina b) El Adjudicatario deberá: I) Comunicar a la División Adquisiciones en el Exterior, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.58, TE / FAX 4318-7517, (C.P. 1106), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la fecha de cada embarque con una anticipación mínima de SIETE (7) DÍAS HÁBILES a su concreción. II)Arbitrar los medios necesarios para que la documentación de embarque, (Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Libre Deuda), se encuentre disponible en forma inmediata y libre de impedimentos para su liberación a plaza, debiendo afrontar los gastos que esto involucre. c) Serán a cargo de la Prefectura Naval Argentina los siguientes gastos: I) Los que se generen en concepto de Tasa de estadística y cualquier otro tipo de gravamen aduanero propio de la importación que pudiere ser de aplicación. II) Las comisiones que perciba el Banco de la Nación Argentina en concepto de Apertura de la Carta de Crédito, acuse de recibo de documentación entre el Banco de la Nación Argentina y el Banco Corresponsal o viceversa y notificación al Banco Corresponsal autorizando el pago del Crédito Documentario, incluidos los gastos de IVA. de tales operaciones. d) Serán a cargo del Adjudicatario los siguientes gastos: d.1) Los gastos portuarios y aeroportuarios, de depósito fiscal y de alquiler del contenedor en caso que se presentare este tipo de erogación, tanto en el exterior como en la República Argentina. d.2) Los que se generen como consecuencia de revisaciones y/o inspecciones que se deban realizar a la carga, por haber sido declarada en mala condición por el Depósito Fiscal interviniente. d.3)Los que se originen por la contratación de servicios para la carga, fletes y seguro desde las instalaciones del depósito fiscal del país, hasta al Puerto/Aeropuerto de la Republica Argentina, incluyendo la maniobra de descarga de los bienes. d.4) Los que generen el traslado de las aeronaves en vuelo “Ferry” d.5) Todos los gastos bancarios que se generen en el exterior (Comisiones del Banco Corresponsal, del Banco Avisador, etc.). d.6) Los débitos producidos en las cuentas bancarias de la Prefectura Naval Argentina en concepto de comunicaciones de modificaciones a la Carta de Crédito del presente acto licitario tales como: Concesiones de prorrogas, levantamientos de discrepancias, cambios de Banco Avisador, etc. y los que se generen como 9

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

consecuencia de solicitudes presentadas por esta Institución ante el Banco de la Nación Argentina a requerimiento del adjudicatario para conocer la fecha de notificación del beneficiario en el exterior, la fecha de pago, etc., incluidos los gastos de IVA de tales operaciones. Art. 28° DATOS PARA LA APERTURA DE LA CARTA DE CREDITO En la oferta y a efectos de emitir oportunamente en forma correcta el respectivo Crédito Documentario, se deberán indicar claramente los siguientes datos: a) Nombre del beneficiario del exterior. b) País de origen, provincia, ciudad, dirección y código postal. c) Número de teléfono, télex, fax, e-mail, etc. d) Todo otro dato que se considere importante para ubicar al Oferente. Art. 29 NOTIFICACIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO: a) El Adjudicatario será notificado por el Banco Corresponsal sobre la apertura de la Carta de Crédito. b) En caso de rechazo de la misma, el Adjudicatario deberá efectivizarlo mediante un cable / fax dirigido a la Prefectura Naval Argentina, (División Adquisiciones en el Exterior), al TE. 4318-7517, sita en la Av. E. Madero 235, Piso 7º, Of. 7.58, (C.P. 1106), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, dentro de las SETENTA Y DOS (72) HORAS de haber sido notificado. c) Una vez cumplido dicho plazo y de no haberse recepcionado la documentación aludida precedentemente, se tomará como aceptada la mencionada Carta de Crédito. Art. 30 FORMA DE PAGO: Los pagos serán efectuados en la moneda que haya sido cotizado, mediante Transferencia Bancaria y/o Carta de Crédito a la vista, confirmada, irrevocable y transferible abierta a favor de la firma adjudicataria y/o beneficiario que la empresa oferente deberá indicar al momento de la apertura de ofertas, debiendo indicar la totalidad de los datos necesarios para la apertura de la misma, con embarques y pagos parciales permitidos y de acuerdo al siguiente detalle: a) Un 30% (treinta por ciento) del total cotizado, AL MOMENTO DE LA FIRMA DEL CONTRATO RESPECTIVO, en forma anticipada, con la entrega de la Orden de Compra y apertura de la Carta de Crédito o transferencia bancaria. El adjudicatario deberá presentar la contra-garantía por el monto equivalente al anticipo mencionado, en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 52º inciso “c” de Decreto 436/2000. Para el caso de presentarse una Póliza de Caución o Aval Bancario las entidades emisoras deberán ser de primera línea y reconocidas como tal en el mercado. b) Un 35% (treinta y ciento por ciento) del total cotizado, entre los DOCE Y DIECISEIS MESES de iniciado el Contrato, CONTRA LA PRESENTACIÓN DE TODA LA DOCUMENTACIÓN COMERCIAL REQUERIDA AL MOMENTO DEL CONTROL DE LA AERONAVE -VERSION UTILITARIO - EN FABRICA, contemplando este monto, el pago de los cursos de formación, entrega de repuestos, herramental y equipos de apoyo en tierra, acorde Punto 20), mediante la apertura de una Carta de Crédito o transferencia bancaria. c)

El restante 35% (Treinta y cinco por ciento), CONTRA LA PRESENTACIÓN DE TODA LA DOCUMENTACIÓN COMERCIAL REQUERIDA AL MOMENTO DEL CONTROL DE LA AERONAVE - VERSION PATRULLERO MARITIMO - EN FABRICA, mediante la apertura de una Carta de Crédito o transferencia bancaria. El adjudicatario deberá presentar la contra-garantía por el monto equivalente al pago mencionado, en cumplimiento de las disposiciones del Artículo 52º inciso “c” de Decreto 436/2000. Para el caso de presentarse una Póliza de Caución o Aval Bancario las entidades emisoras deberán ser de primera línea y reconocidas como tal en el mercado.

10

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

En referencia a las Cartas de Crédito se establece como requisitos de cumplimiento estricto para la liberación de las mismas, lo siguiente: ·

Toda la documentación comercial necesaria y requerida por el Banco para efectivizar el Crédito Documentario y Acta de Recepción Definitiva, emitida por el Área Técnica de la Prefectura Naval Argentina, o bien la entrega por parte del adjudicatario de una Póliza de Caución por el monto correspondiente a la Carta de Crédito que se trate, como garantía de cumplimiento de la calidad técnica ofertada, la cuál será reintegrada una vez que se produzca la recepción definitiva en el lugar establecido.

·

Los remitos serán emitidos por triplicado: original y duplicado para el proveedor, y el triplicado para el Organismo Contratante.

Art. 31° PLAN DE ENTREGAS: Se podrán realizar entregas y pagos parciales según sean autorizadas por el organismo contratante. Art. 32º LIBERACIÓN A PLAZA: a) La tramitación de liberación a plaza de los bienes estará a cargo de la Prefectura Naval Argentina acorde las normas vigentes para éste tipo de operatoria al momento de la adjudicación. b) Previamente, el Adjudicatario, deberá entregar en la División Adquisiciones en el Exterior, la documentación correspondiente: originales de la guía aérea, del conocimiento de embarque, etc., para la liberación a plaza de los repuestos, siendo a su cargo y responsabilidad los gastos de libre deuda y manejo de la documentación respectiva. c) El adjudicatario a través de personal designado a tal efecto, deberá asistir al personal de la Prefectura Naval Argentina encargado de las tramitaciones aduaneras y demás tareas posteriores conexas. d) Para ello destacará a las personas designadas toda vez que le sean requeridas y deberá presentar con DOS (2) DÍAS HÁBILES de anticipación al trámite a realizar, una nota con sus nombres y apellidos, números de documentos, números de teléfonos, horarios y todo otro dato necesario para su correcta localización. Art. 33 TRASBORDOS: a) Se podrán realizar trasbordos sólo en los casos expresamente autorizados por la Prefectura Naval Argentina. b) El Adjudicatario, una vez recibida la Orden de Compra respectiva, deberá solicitar por nota a la División Adquisiciones en el Exterior, la aprobación de los trasbordos propuestos. (En caso que los hubiere). c) La nota mencionada precedentemente deberá ser entregada con una anticipación mínima de SIETE (7) DÍAS HÁBILES respecto a la fecha de entrega fijada en la Orden de Compra. Art. 34 LUGAR DE EMBARQUE: Se deberá indicar en la oferta, el país, la ciudad y el puerto / aeropuerto de embarque de los bienes. Art. 35 RECHAZO DE MATERIALES: (Art. 98, Inc. b - Decreto Nº 436/00). a) En caso que dentro del período que cubre la garantía fuese necesaria la devolución al exterior de bienes licitados, correrán por cuenta del Adjudicatario en forma solidariamente responsable con el fabricante, los costos de despacho, derechos, tasas y servicios aduaneros, fletes, seguros y demás gastos portuarios y/o aeroportuarios generados al respecto, referidos tanto a la Exportación Temporaria como a su Reimportación Definitiva. b) El Adjudicatario deberá designar el Agente de Carga y poner dicha información a disposición de la División Adquisiciones al Exterior, dentro de las SETENTA Y DOS (72) HORAS de haber sido notificado por la aludida División, vía fax, que el material se encuentra disponible para ser exportado.

11

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

c)

La participación de la Institución en estos casos, se limitará al trámite del despacho aduanero por exportación y reimportación.

Art. 36 DOCUMENTOS QUE SERÁN REQUERIDOS AL ADJUDICATARIO POR EL BANCO CORRESPONSAL PARA HACER EFECTIVO EL PAGO DE LA CARTA DE CRÉDITO a) Factura Comercial: UNA (1) COPIA. a.1) Dicha Factura deberá contener la siguiente declaración jurada del Adjudicatario: Declaro bajo juramento que todos los datos que contiene esta Factura son el fiel reflejo de la verdad y que los precios indicados son los realmente pagados o a pagarse. Declaro en igual forma que no existen convenios que permitan alteraciones de estos precios y que la presente Factura corresponde total, o parcialmente, a la prestación estipulada en la Orden de Compra Nº… Renglón/es Nº/ros… (valor expresado en la moneda de la cotización). a.2)Si es que previamente se hubiere acordado con la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA entregas parciales, el Adjudicatario deberá enviar por cada embarque parcial la documentación adecuada, siendo ésta la Guía Aérea o Conocimiento de Embarque, la Factura, el Packing List, el Certificado de Origen y el Seguro correspondiente a cada embarque de esta índole. b) Certificado de Origen: UNA (1) COPIA. Emitido por Organismo competente. c) Documentación de Embarque: UNA (1) COPIA. Consistente en: Guía Aérea y/o Conocimiento de Embarque no negociable a bordo, sin observación, evidenciando el valor del flete, extendidos en ambos casos a la orden de Prefectura Naval Argentina con la leyenda “Notifíquese a Prefectura Naval Argentina”, División Adquisiciones en el Exterior, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.58, (C.P. 1106), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, TE. 4318-7517. d) Nota de Empaque (Packing List): UNA (1) COPIA. Deberá contener: peso y volumen de cada uno de los bultos, indicando también si los repuestos enviados corresponden al total o al parcial del contrato y su valor. e) Seguro: UNA (1) COPIA Consistente en: Certificado de cobertura o póliza de seguro, que cubra los riesgos de traslado de los bienes de referencia, desde el lugar de embarque hasta el SERVICIO DE AVIACIÓN - División Abastecimiento Aeropuerto Internacional San Fernando, San Fernando - Pcia. de Buenos Aires, Republica Argentina, por el CIEN POR CIENTO (100 %) del valor CIF de los bienes embarcados. NOTA: Los originales de toda la documentación mencionada precedentemente deberán ser enviados a la Prefectura Naval Argentina y el Adjudicatario, para que se efectivice la Carta de Crédito, deberá presentar en el Banco Corresponsal el comprobante de haberlos enviado por courier a esta Institución o bien el recibo extendido por la Prefectura Naval Argentina, en caso de entrega personalizada. EL PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES DEBERA SER CONSULTADO EN EL SITIO WEB DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, www.argentinacompra.gov.ar ACCEDIENDO AL LINK “TRANSPARENCIA”.

12

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

CAPITULO II ESPECIFICACIONES TECNICAS RENGLON Nº1, ITEM 1 MODELO UTILITARIO MODELO UTILITARIO CONFIGURACION GENERAL: Avión de usos múltiples con características de aterrizaje y despegue normal, de fácil reconfiguración interna que permita el transporte de pasajeros, transporte de carga y/o camillas para evacuación sanitaria, configurado para permitir el vuelo diurno/nocturno, puesto de comando para piloto y puesto de comando para copiloto, con tren de aterrizaje tipo triciclo retráctil que permita la operación en campos no pavimentados, bimotor turbohélice, de estructura metálica y con cabina de pilotos y de pasajeros presurizada, con un peso máximo de despegue no menor de 7.000 Kg. y un techo máximo de servicio no inferior a 35.000 pies. Las dimensiones no deberán superar los 7 (siete) metros de altura máxima y los 20 (veinte) metros de envergadura. La aeronave deberá estar Certificada bajo Normas FAR por la FAA (Federal Aviation Administración) de los Estados Unidos de América, y/o norma equivalente de la E.A.S.A. (European Aviation Safety Agency) de la Unión Europea y D.N.A. (Direccion Nacional de Aeronavegabilidad), debiendo estar certificado para operar con un solo piloto. 13

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

INSTRUMENTAL DE VUELO Y NAVEGACION La indicación de todos los datos de vuelo y de navegación podrá ser mediante la presentación en pantallas de LCD, en instrumentos digitales, en instrumentos analógicos o en una combinación de los mismos. La información a presentar será aquella que corresponda al equipamiento básico de la aeronave y cumpla con las certificaciones solicitadas: · · · · · · · · · ·

Velocidad del aire. Altitud barométrica. Altitud radio altimétrica. Velocidad Vertical. Actitud. Desviación lateral (FMS, LOC, VOR, ADF). Desviación vertical (FMS, GLS). Distancia DME. Reloj Horario. Radar.

INSTRUMENTAL DE MOTOR La indicación de los parámetros de funcionamiento de ambos motores y del sistema de combustible podrá ser mediante la presentación en pantallas de LCD, en instrumentos digitales, en instrumentos analógicos o en una combinación de los mismos. La información a presentar será aquella que corresponda al equipamiento básico de la aeronave y cumpla con las certificaciones solicitadas: · · · · · ·

Torque Temperatura de turbina. R.P.M. etapa generadora de gases. R.P.M. de hélices. Presión y temperatura de aceite. Flujo de combustible.

EQUIPOS DE RADIO, COMUNICACIÓN Y NAVEGACION · · · · · · · · · · · · · · · · 14

1 (UN) Sistema de interfono. 4 (CUATRO) Unidades de control de Audio: piloto, copiloto, mecánico de a bordo y puerta principal de acceso. 4 (CUATRO) Auriculares. 2 (DOS) VHF/AM en Banda Aeronáutica 1 (UN) VHF/FM con la siguiente característica: Banda Marítima a partir de 154.000 MHz., con separación entre canales de 5 KHz. 1 (UN) HF. 1 (UN) VOR/ILS/MKR 1 (UN) VOR/ILS/ADF/MKR 1 (UN) Radio Altímetro. 1 (UN) DME. 1 (UN) TCAS I 1 (UN) Transponder (modo S). 1 (UN) Sistema FMS con receptor GPS y patrones de búsqueda incorporados. 1 (UNA) Base de datos de navegación actualizable 1 (UNA) Radiobaliza E.L.T. de 406 MHz. 1 (UN) Sistema de alarma de proximidad a tierra.

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

· · · · · ·

1 (UN) Radar meteorológico con capacidad de detección de turbulencias. 1 (UN) Director de Vuelo y Piloto Automático. 1 (UN) Computador de datos de aire. 1(UN) Sistema stand by de emergencia alimentado por una batería de back-up que asegure mantener datos de vuelo, de navegación y comunicaciones esenciales ante una falla eléctrica. 1(UN) Sistema computarizado de diagnóstico para Mantenimiento. 1(UN) Teléfono inalámbrico satelital con antena exterior.

Un mismo equipo podrá cumplir diferentes funciones, además el control de los equipos de navegación y comunicación podrá efectuarse a través de unidades independientes ó integradas. El sistema de interfono debe ser compatible con el uso de auriculares y un sistema compuesto por micrófono de mano y parlantes. SISTEMA ELÉCTRICO Y DE ILUMINACIÓN: · · · · · · · · · · · · ·

2 (DOS) Arrancadores/generadores, uno por motor, de 28 VDC. 1(UN) Sistema de iluminación de los tableros de instrumentos de intensidad regulable. 1 (UN) Sistema de iluminación general de la cabina de pilotos. 1 (UN) Sistema de Iluminación de la cabina de pasajeros y baño. 1 (UNA) Toma externa para puesta en marcha y/o servicio de mantenimiento. 1(UNA) Linterna. 1(UN) Sistema de luces de emergencia en cabina. 3 (TRES) Luces de posición. 2 (DOS) Luces anti-colisión. 2 (DOS) Faros de aterrizaje. 2 (DOS) Luces de inspección de ala. Batería Indicación de Corriente Continua (CC)

CABINA: Cabina de pilotos presurizada dotada de un amplio campo visual para ambos pilotos en todas las actitudes posibles del avión, equipado con limpiaparabrisas y sistema calefaccionado de los parabrisas. Cabina de carga/pasajeros presurizada de sección constante y con capacidad de carga, con compartimiento de baño equipado con inodoro químico de accionamiento eléctrico. Con capacidad para al menos 8 (ocho) asientos para pasajeros. Un sistema que incluya agua potable con posibilidad de calentar agua. El interior de la cabina principal deberá estar protegido termoacusticamente y dotado de un sistema de detección de despresurización con alarma acústica/luminosa en el panel de alarmas. El fuselaje estará equipado con una puerta de acceso para tripulación/pasajeros y dos salidas de emergencias en el fuselaje, tanto para la tripulación como para los pasajeros. GRUPO MOTOPROPULSOR: · · · · · · · · 15

2 (DOS) motores turbohélice. 2 (DOS) hélices de paso variable y reversible con protección eléctrica contra formación de hielo. 1 (UN) tapón magnético detector de partículas. 1 (UN) sistema de antihielo en cada motor. 2 (DOS) sistemas de combustible con sus respectivas bombas e indicación de bajo nivel en cabina. 1 (UN) sistema de detección de incendio por motor. 1 (UN) sistema extintor de fuego por cada motor. 1 (UN) sistema de arranque automático por motor.

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

·

1 (UN) sistema sincronizador de hélices.

TREN DE ATERRIZAJE Y FRENOS: Tren de aterrizaje triciclo con un sistema de extensión y retracción de accionamiento hidráulico. Equipado con amortiguadores y sistema de frenos. El tren de aterrizaje de nariz debe contar con un mecanismo de guiado de la rueda. El tren de aterrizaje debe contar con un sistema de accionamiento de emergencia y un sistema de indicación visual y auditivo de su posición. Deberá contar con un sistema deshelador de frenos. PINTURA: Pintura exterior: Fondo poliuretánico blanco brillante y esquema de pintura acorde a normas suministradas por la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el esquema será puesto a disposición del adjudicatario a partir de los SESENTA (60) días de la entrega de la Orden de Compra y apertura de la Carta de Crédito o transferencia bancaria. MANDOS DE VUELO: Mandos de vuelo convencionales que permitan la operación dual desde ambos puestos de pilotaje para comandos primarios (timones de altura, dirección y alerones) y mandos para operación de comandos secundarios (compensadores de mandos antes citados y flaps). Los flaps deben ser de operación eléctrica ó hidráulica y controlados desde cabina. KIT DE ABORDO: · · · · · · · · · ·

Fundas de tubo pitot. Tapas de entrada de aire de motores. Tapas de toberas de escape. Tapas para puntera de hélices 1 (UN) Bolso para documentación de la aeronave. 2 (DOS) Extintores de fuego portátiles de cabina (vuelo y carga/pasajeros). 1 ( UN) Botiquín de primeros auxilios 1 (UN) Hacha de mano 1 (UNA) barra de remolque de aeronave. 1 (UN) Una alfombra adicional para el pasillo central.

EQUIPAMIENTO BASICO DE LA AERONAVE. · · · · · · · ·

16

Aire acondicionado y recirculación de aire para ambas cabinas. Sistema de oxígeno principal, máscaras para la tripulación de vuelo de colocación rápida con micrófono. Sistema de oxigeno de emergencia para los pasajeros. Sistema de insonorización para la cabina de pilotos/pasajeros. Sistema de calefacción controlado desde cabina de pilotos para ambas cabinas por sangrado de aire de los compresores de motor. Sistema de ventilación para ambas cabinas. Sistema deshelador / antihielo (alas, empenajes, hélices, entradas de aire de motor y parabrisas) que permitan la operación del avión en condiciones de formación de hielo y/o nieve. Sistema hidráulico para el accionamiento de apertura y cierre del tren de aterrizaje y frenos. El sistema deberá contar con una bomba hidráulica principal y una bomba manual para uso en casos de emergencia.

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

DESEMPEÑOS PRINCIPALES. CON DOS MOTORES OPERATIVOS: Con un peso máximo de despegue equipado con todos sus opcionales la velocidad crucero recomendado o normal, no deberá ser inferior a 250 NUDOS. AUTONOMIA: Con tanques normales, no inferior a siete (7) horas a velocidad crucero recomendado o normal. El alcance a velocidad de crucero máximo, con tanques normales, máximo peso de despegue, equipamiento opcional y cinco (5) tripulantes, no deberá ser inferior a 2000 MN más una reserva de 100 MN. TEMPERATURAS DE OPERACIÓN: Entre - 40 ° C y + 50 ° C. DOCUMENTACION TECNICA DE LA AERONAVE: Deberá estar organizada de acuerdo al código ATA 100. · · · · · · · · · · · · ·

MANUAL DE VUELO y de poseer MANUAL DE OPERACIONES MANUAL DE MANTENIMIENTO PROGRAMA RECOMENDADO DE MANTENIMIENTO MANUAL DE MANTENIMIENTO DE COMPONENTES (AVION ESTÁNDAR Y OPCIONALES) MANUAL DE CABLEADO MANUAL DE REPARACIONES ESTRUCTURALES CATALOGO DE HERRAMIENTAS CATALOGO ILUSTRADO DE PARTES (AVION ESTÁNDAR Y OPCIONALES) BOLETINES DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) LETRAS DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) LISTA DE CHEQUEO MANUAL DE PESOS Y CENTRADO MANUAL DE INSTRUCCIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS (AVION ESTÁNDAR Y OPCIONALES) · MASTER MINIMUN EQUIPMENT LIST (M MEL) DE MOTOR: · · · · ·

MANUAL DE MANTENIMIENTO CATALOGO ILUSTRADO DE PARTES BOLETINES DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) LETRAS DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) MANUAL DE INSTRUCCIÓN DE MOTOR

La documentación deberá estar contenida en idioma ingles y/o castellano, en formato CD ROM o DVD. El fabricante de la aeronave garantizará mediante declaración jurada, que dicha documentación será actualizada durante cinco años sin cargo a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, contados a partir de la fecha de entrega del avión en la fábrica.

17

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

RENGLON Nº1, ITEM 2 MODELO PATRULLERO CONFIGURACION GENERAL: Avión preparado para llevar a cabo misiones de vigilancia marítima, control de zonas pesqueras, control de tráfico marítimo, control de la contaminación marina y misiones de búsqueda y salvamento. Configurado para permitir el vuelo diurno/nocturno, doble comando, con tren de aterrizaje tipo triciclo retráctil, bimotor turbohélice, de estructura metálica y con cabina de pilotos y de pasajeros presurizada, con características de aterrizaje y despegue normal con un peso máximo de despegue no menor de 7.000 Kg. y un techo máximo de servicio no inferior a 35.000 pies. Las dimensiones no deberán superar los 7 (siete) metros de altura máxima y los 21 (veintiuno) metros de envergadura. La aeronave deberá estar Certificada bajo Normas FAR por la FAA (Federal Aviation Administración) de los Estados Unidos de América, y/o norma equivalente de la E.A.S.A. (European Aviation Safety Agency) de la Unión Europea y D.N.A. (Direccion Nacional de Aeronavegabilidad), debiendo estar certificado para operar con un solo piloto. INSTRUMENTAL DE VUELO Y NAVEGACION La indicación de todos los datos de vuelo y de navegación podrá ser mediante la presentación en pantallas de LCD, en instrumentos digitales, en instrumentos analógicos o en una combinación de los mismos. La información a presentar será aquella que corresponda al equipamiento básico de la aeronave y cumpla con las certificaciones solicitadas: · Velocidad del aire. · Altitud barométrica. · Altitud radio altimétrica. · Velocidad Vertical. · Actitud. · Desviación lateral (FMS, LOC, VOR). · Desviación vertical (FMS, GLS). · Distancia DME. · Reloj Horario. · Radar. INSTRUMENTAL DE MOTOR La indicación de los parámetros de funcionamiento de ambos motores y del sistema de combustible podrá ser mediante la presentación en pantallas de LCD, en instrumentos digitales, en instrumentos analógicos o en una combinación de los mismos. La información a presentar será aquella que corresponda al equipamiento básico de la aeronave y cumpla con las certificaciones solicitadas: · · · · · ·

Torque Temperatura de turbina. R.P.M. etapa generadora de gases. R.P.M. de hélices. Presión y temperatura de aceite. Flujo de combustible

EQUIPOS DE RADIO, COMUNICACIÓN, NAVEGACION Y MISIÓN · 1 (UN) Sistema de interfono. · 6 (SEIS) Unidades de control de Audio: piloto, copiloto, mecánico de a bordo, operador de consola de misión, y dos observadores. · 6 (SEIS) Auriculares 18

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

· · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · · ·

2 (DOS) VHF/AM en Banda Aeronáutica 1 (UN) VHF/FM con la siguiente característica: Banda Marítima a partir de 154,000 MHz., con separación entre canales de 5 KHz. 1 (UN) HF. 1(UN) VOR/ILS/MKR 1(UN) VOR/ILS/ADF/MKR 1 (UN) Radio Altímetro. 1 (UN) DME 1 (UN) TCAS I 1 (UN) Sistema de alarma de proximidad a tierra. 1 (UN) DF. 1 (UN) Transponder (Modo S). 2 (DOS) Sistema FMS con 2 (DOS) receptores GPS y patrones de búsqueda incorporados. 1 (UN) Computador de datos de aire 1 (UNA) Base de datos de navegación actualizable 1 (UNA) Radiobaliza E.L.T. de 406 MHz. 1 (UN) Radar meteorológico con capacidad de detección de turbulencias. 1 (UN) Radar de Vigilancia Marítima, con un barrido de 360º en azimut. 1 (UN) Director de Vuelo y Piloto Automático. 1 (UN) Sistema AIS. 1(UN) Sistema stand by de emergencia alimentado por una batería de back-up que asegure mantener datos de vuelo, de navegación y comunicaciones esenciales ante una falla eléctrica. 1(UN) Sistema computarizado de diagnóstico para mantenimiento 1(UN) Teléfono inalámbrico satelital con antena exterior. 1 (UN) Sistema retractil giroestabilizado de captación de imágenes diurno / nocturno de visión infrarroja y presentación de imágenes para reconocimiento e identificación diurnas y nocturnas, fabricado bajo normas RTCA/DO-160C, MIL-STD-810 y MIL-STD-461 (esto último deberá ser documentado con una declaración jurada al presentar la oferta), con tecnología de 3ª generación, basado en un multisensor electro-óptico estabilizado, con capacidad de detectar e identificar objetivos a larga distancia en condiciones de muy baja luz o meteorológicas adversas (neblina, vapor, agua etc.) y en ambientes marítimos, debiendo operar normalmente en un rango de temperatura de – 55º C a + 55º C, poseer información de posicionamiento geográfico, medidor de distancia al blanco, seguimientos automático de blancos, procesamiento digital de imágenes y auto foco, ademas poseer interfases con sistema de navegación, radar, “moving map system” y información de posición geográfica del blanco, debiendo estar compuesto el conjunto por: ·

1 (UNA) TORRETA CON ESFERA GIROESTABILIZADA la cual debera contar con una cobertura en azimut: 360º, cobertura en elevación: variable en + y en -, estabilización para todas las imágenes captadas, incluso las capturadas por el teleobjetivo más potente y iluminador láser incorporado asimismo deberá contar con el siguiente equipamiento: ·

1 (UNA) CÁMARA TÉRMICA:

· · ·

Tipo de detector 3ra. Generación. Campo Espectral matriz de plano 3 – 5 µm Campo de visión (gran angular a tele) deberá contar por lo menos con cuatro campos bien diferenciados: Ancho (W) : mínimo 25º Medio (M) : mínimo 5º Angosto(N) : mínimo 0.90º Súper angosto (SN) : mínimo 0.30º

· · · · 19

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

· ·

1 (UNA) CAMARA DE DÍA CON LENTE ZOOM: · · · ·

·

Zoom electrónico

Cámara de TV: 3 CCD color Formato: PAL ó NTSC Campo Horizontal de visión FOV óptico con gran angular mínimo 27º, teleobjetivo mínimo 1.4º Autofocus

1 (UNA) CAMARA DOBLE CANAL CON LENTE SUPER ZOOM ·

Prestaciones diurnas:

·

· Cámara 3 CCD color · Formato PAL ó NTSC · Campo de visión mínimo Horizontal en teleobjetivo mínimo 0,28º col · Autofocus · Para bajas condiciones de luz deberá contar con: Prestaciones nocturnas: · · · · ·

Dispositivo electrónico carga múltiple CCD Blanco y Negro PAL o NTSC Luz mínima de .025 lux Lente súper tele Apertura focal 90mm Campo visual horizontal mínimo 0.29º mono

NOTA: Un mismo equipo podrá cumplir diferentes funciones, además el control de los equipos de navegación y comunicación podrá efectuarse a través de unidades independientes ó integradas. El sistema de interfono debe ser compatible con el uso de auriculares y un sistema compuesto por micrófono de mano y parlantes. SISTEMA ELÉCTRICO Y DE ILUMINACIÓN: · · · · · · · · · · · · ·

1 (UN) Sistema de generación eléctrica independiente por cada motor de 28 VDC. 1 (UN) Sistema de iluminación de los tableros de instrumentos de intensidad regulable. 1 (UN) Sistema de iluminación general de la cabina de pilotos. 1 (UN) Sistema de Iluminación de la cabina/baño. 1 (UNA) Toma eléctrica en cabina de 28 VCC. 3 (TRES) Luces de posición. 2 (DOS) Luces anti-colisión. 2 (DOS) Faros de aterrizaje. 2 (DOS) Luces de inspección de ala. 1 (UNA) Toma externa para puesta en marcha y/o servicio de mantenimiento. 1(UNA) Linterna. Batería Indicación de Corriente Continua

CONSOLA DE MISIÓN: Deberá poseer las siguientes unidades: 20

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

Del Sistema retractil giroestabilizado de captación de imágenes diurno / nocturno: · 1 (UNA) Unidad de Control · 1(UNA) Pantalla para la representación de datos · 1(UNA) Grabadora de datos Del Sistema de Radar de Vigilancia Marítima: · 1 (UNA) Unidad de Control · 1(UNA) Pantalla para la representación de datos Del Sistema de Interfono: · 1 (UNA) Unidad de Control de Audio (contemplada en equipos de radio, comunicación y navegación). Del sistema de Navegación: · 1(UN) Repetidor del Indicador del DF CABINA: Cabina de pilotos presurizada dotada de un amplio campo visual para ambos pilotos en todas las actitudes posibles del avión, equipado con limpiaparabrisas y sistema calefaccionado de los parabrisas. Cabina de carga/pasajeros de sección constante a lo largo de su longitud, con capacidad de carga, compartimiento de baño con inodoro químico de accionamiento eléctrico; deberá poseer una compuerta, en el piso (operable en vuelo), para el lanzamiento de bengalas de posicionamiento y/o balsa de supervivencia lanzable, y contar con dos (2) ventanas de observación del tipo burbuja, izquierda y derecha respectivamente. El interior de la cabina principal deberá estar protegido termoacusticamente y dotado de un sistema de detección de despresurización con alarma acústica/luminosa en panel de alarmas. Además deberá contar con un sistema de insonorización que absorba las vibraciones. El fuselaje estará equipado con una puerta de acceso para tripulación/pasajeros y dos salidas de emergencias en el fuselaje, tanto para la tripulación como para los pasajeros.

GRUPO MOTOPROPULSOR: · · · · · · · · ·

2 (DOS) motores turbo hélice. 2 (DOS) hélices de paso variable y reversible con protección eléctrica contra formación de hielo. 1 (UN) tapón magnético detector de partículas. 1 (UN) sistema de antihielo en cada motor. 2 (DOS) sistemas de combustible con sus respectivas bombas e indicación de bajo nivel en cabina. 1 (UN) sistema de detección de incendio por motor. 1 (UN) sistema extintor de fuego por cada motor. 1 (UN) sistema de arranque automático por motor. 1 (UN) sistema sincronizador de hélices

TREN DE ATERRIZAJE Y FRENOS: Tren de aterrizaje triciclo con un sistema de extensión y retracción de accionamiento hidráulico. Equipado con amortiguadores y sistema de frenos. El tren de aterrizaje de nariz debe contar con un mecanismo de guiado de la rueda. El tren de aterrizaje debe contar con un sistema de accionamiento de emergencia y un sistema de indicación visual y auditivo de su posición. Deberá contar con un sistema deshelador de frenos. PINTURA: 21

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

Pintura exterior: Fondo poliuretánico blanco brillante y esquema de pintura acorde a normas suministradas por la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el esquema será puesto a disposición del adjudicatario a partir de los SESENTA (60) días de la entrega de la Orden de Compra y apertura de la Carta de Crédito o transferencia bancaria. MANDOS DE VUELO: Mandos de vuelo convencionales que permitan la operación dual desde ambos puestos de pilotaje para comandos primarios (timones de altura, dirección y alerones) y mandos para operación de comandos secundarios (compensadores de mandos antes citados y flaps). Los flaps deben ser de operación eléctrica ó hidráulica y controlados desde cabina. KIT DE ABORDO: · · · · · · · · · ·

Fundas de tubo pitot. Tapas de entrada de aire de motores. Tapas de toberas de escape. Tapas para puntera de hélices 2 (DOS) auriculares c/micrófono con anulación de ruidos 1 (UN) Bolso para documentación de la aeronave. 2 (DOS) Extintores de fuego portátiles de cabina (vuelo y carga/pasajeros). 1 ( UN) Botiquín de primeros auxilios 1 (UN) Hacha de mano 1 (UNA) Barra de remolque de aeronave.

EQUIPAMIENTO BASICO DE LA AERONAVE. · · · · · · · · · · ·

Aire acondicionado y recirculación de aire para ambas cabinas. Sistema de oxígeno principal, máscaras para la tripulación de vuelo de colocación rápida con micrófono. Sistema de oxigeno de emergencia para los pasajeros. Sistema de insonorización para la cabina de pilotos/pasajeros. Sistema de calefacción controlado desde cabina de pilotos para ambas cabinas por sangrado de aire de los compresores de motor. Sistema de ventilación para ambas cabinas. Sistema deshelador / antihielo (alas, empenajes, hélices, entradas de aire de motor y parabrisas) que permitan la operación del avión en condiciones de formación de hielo y/o nieve. Sistema hidráulico para el accionamiento de apertura y cierre del tren de aterrizaje y frenos. El sistema deberá contar con una bomba hidráulica principal y una bomba manual para uso en casos de emergencia. Equipo de balsa salvavidas lanzable para náufragos. Chalecos salvavidas para una tripulación. Balsa salvavidas para la tripulación.

DESEMPEÑOS PRINCIPALES. CON DOS MOTORES OPERATIVOS: Con un peso máximo de despegue equipado con todos sus opcionales la velocidad de crucero máxima, no deberá ser inferior a 250 NUDOS. AUTONOMIA: 22

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

Con tanques normales, no inferior a siete (7) horas. El alcance a velocidad de crucero máximo, con tanques normales, máximo peso de despegue, equipamiento opcional y cinco (5) tripulantes, no deberá ser inferior a 1500 MN más una reserva de 100 MN. TEMPERATURAS DE OPERACIÓN: Entre - 40 ° C y + 50 ° C. DOCUMENTACION TECNICA. DE LA AERONAVE: Deberá estar organizada de acuerdo al código ATA 100. · · · · · · · · · · · · ·

MANUAL DE VUELO, y de poseer MANUAL DE OPERACIONES PROGRAMA RECOMENDADO DE MANTENIMIENTO MANUAL DE MANTENIMIENTO DE COMPONENTES (AVION ESTÁNDAR Y OPCIONALES) MANUAL DE CABLEADO MANUAL DE REPARACIONES ESTRUCTURALES CATALOGO DE HERRAMIENTAS CATALOGO ILUSTRADO DE PARTES (AVION ESTÁNDAR Y OPCIONALES) BOLETINES DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) LETRAS DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) MANUAL DE PESOS Y CENTRADO MANUAL DE INSTRUCCIÓN DE EQUIPOS Y SISTEMAS (AVION ESTÁNDAR Y OPCIONALES) MASTER MINIMUN EQUIPMENT LIST (M MEL)

DE MOTOR: · · · · ·

MANUAL DE MANTENIMIENTO CATALOGO ILUSTRADO DE PARTES BOLETINES DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) LETRAS DE SERVICIO (SUSCRIPCIÓN) MANUAL DE INSTRUCCIÓN DE MOTOR

La documentación deberá estar contenida en idioma ingles y/o castellano, en formato CD ROM o DVD. · El fabricante de la aeronave garantizará mediante declaración jurada, que dicha documentación será actualizada durante cinco años sin cargo a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, contados a partir de la fecha de entrega del avión en la fábrica.

23

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

.ANEXO I PLANILLA DE COTIZACION Por la adquisición de DOS (2) Aviones, uno (1) versión patrullero marítimo y otro utilitario, con destino a la Prefectura Naval Argentina.

Renglón Nº 1 1.1

24

Cantidad

DESCRIPCIÓN

1

(440-08974-0053) Avión biturbohélice, modelo UTILITARIO en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas contenidas en el capítulo II para ese modelo.

COSTO UNITARIO

COSTO TOTAL

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

1.2

1

(440-08974-0053) Avión biturbohélice, modelo PATRULLERO MARITIMO en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas contenidas en el capítulo II para ese modelo. TOTAL GENERAL EN MONEDA EXTRANJERA

SON….……………………………..: ............................................................................................................ ..........................................................................................................................................................................

COSTO DEL SEGURO:

ANEXO DATOS COMPLEMENTARIOS- LEY COMPRE MIPYME OFERENTE: …………………………………. Nº DE CUIT: ………………………………… 25

2009 – Año de Homenaje a RAÚL SCALABRINI O

AN

MONTO DE VENTAS TOTALES ANUALES

O $ $ $

FIRMA Y ACLARACION

26

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.