CARGAS IMPOSITIVAS SOBRE LAS EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES EN COSTA RICA

VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES DIRECCIÓN DE REDES Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES GERENCIA DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES CARGAS IMPOSITIVA

5 downloads 143 Views 10MB Size

Recommend Stories


2010. Viceministerio de Telecomunicaciones de Costa Rica
26/3/2010 Viceministerio de Telecomunicaciones de Costa Rica Estudio de la bandas de espectro radioeléctrico designadas a Televisión Digital Televi

EL CRECIMIENTO INCLUSIVO DE LAS EMPRESAS EN COSTA RICA
EL CRECIMIENTO INCLUSIVO DE LAS EMPRESAS EN COSTA RICA RESUMEN Este estudio presenta evidencia sobre los principales obstáculos que las empresas cost

Las Municipalidades en Costa Rica:
Banco Interamericano de Desarrollo Sector de Capacidad Institucional y Finanzas DOCUMENTO DE DEBATE Las Municipalidades en Costa Rica: Evaluación de

Story Transcript

VICEMINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES DIRECCIÓN DE REDES Y SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES GERENCIA DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES

CARGAS IMPOSITIVAS SOBRE LAS EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES EN COSTA RICA

AGOSTO 2010

Cargas impositivas

Créditos Hannia Vega Viceministra de Telecomunicaciones

Coordinador José Pablo Rivera I. Gerente de Sistemas de Telecomunicaciones Equipo técnico, Gerencia de Sistemas de Telecomunicaciones Tayutic Mena R. Hanny Rodríguez S.

República de Costa Rica Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones Viceministerio de Telecomunicaciones Dirección de Redes y Sistemas de Telecomunicaciones Gerencia de Sistemas de Telecomunicaciones Citación Recomendada: MINAET (2010). Cargas impositivas sobre las empresas de telecomunicaciones en Costa Rica. (PRO-2010-004) Agosto 2010. 61 Págs.

2

Cargas impositivas

Siglas BLS CCSS CFIA DGAC DGT EHPM FONATEL ICE IFAM INEC INVU LGT MEIC MIDEPLAN MINAET MOPT MS PNDT PGR RECOPE RLG Retel SINAC SETENA Sutel YB

Bureau of Labor Statistics Caja Costarricense del Seguro Social Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos Dirección General de Aviación Civil Dirección General de Tributación Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples Fondo Nacional de Telecomunicaciones Instituto Costarricense de Electricidad Instituto de Fomento y Asesoría Municipal Instituto Nacional de Estadística y Censos Instituto de Vivienda y Urbanismo Ley General de Telecomunicaciones N°8642 Ministerio de Economía, Industria y Comercio Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones Ministerio de Obras Públicas y Transportes Ministerio de Salud Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones Procuraduría General de la República Refinadora Costarricense de Petróleo Renta Líquida Gravable Rectoría de Telecomunicaciones Sistema Nacional de Áreas de Conservación Secretaría Técnica Ambiental Superintendencia de Telecomunicaciones Ingreso Bruto

3

Cargas impositivas

Resumen Ejecutivo

Como parte de sus funciones ordinarias, así definidas en el artículo 39 de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de las Telecomunicaciones N.8660 y en concordancia con la Estrategia de Simplificación de Trámites del Sector de Telecomunicaciones, la Rectoría de Telecomunicaciones se propuso la realización de un estudio precursor sobre el impacto de las cargas impositivas que recaen sobre las empresas de telecomunicaciones. Este primer estudio, mediante un análisis detallado del listado de impuestos, cánones y demás cargas impositivas, muestra entre otras cosas que las empresas que tienden a pagar más en términos relativos son las más pequeñas. Otro hallazgo relevante es que el cálculo del peso relativo de estas cargas se complica en el tanto los impuestos muchas veces difieren en cuanto a su base imponible y aún más, difieren a nivel cantonal siendo que cada municipalidad posee metodologías y montos de cobro de patentes diferentes, lo que complica el panorama impositivo del país. El principal resultado de estudio es que la carga impositiva promedio sobre las empresas del sector es de cerca de un 13% de sus ingresos brutos con una desviación de +/- 3% que puede significar una carga de entre un 50% y un 100% de sus ingresos operativos antes de impuestos. Por otra parte, al considerar la incidencia del impuesto de ventas, la recaudación fiscal es de casi 24% de los ingresos brutos de las empresas, con lo que se demuestra que el Estado posee una fuente de ingresos importante que podría alcanzar hasta 250 millones de dólares anualmente. Lo anterior sin tomar en cuenta la recaudación fiscal por concepto de aranceles de importación. Junto con estas conclusiones la Rectoría desarrolla finalmente una serie de recomendaciones iniciales para mejorar la definición de las cargas impositivas (especialmente aquellas que pueden modificarse vía reglamentaria) así como simplificar el proceso de pago de estas imposiciones.

4

Cargas impositivas

Contenido Introducción....................................................................................................................................... 7 1.

Marco teórico ............................................................................................................................ 8 1.1 Tipos de impuestos ................................................................................................................. 8 1.2.

Progresividad y Aplicación ................................................................................................ 10

1.2.1

La progresividad impositiva ....................................................................................... 10

1.2.2

Forma de aplicación de los impuestos ...................................................................... 11

1.3

Incidencia de los Impuestos .............................................................................................. 12

1.3.1 2.

3.

4.

Impuestos específicos sobre productos .................................................................... 12

Metodología aplicable ............................................................................................................. 17 2.1

Etapas para la construcción del análisis ........................................................................... 18

2.2

Supuestos y disponibilidad de la información .................................................................. 19

2.3

Análisis de los impuestos y cargas considerados.............................................................. 19

2.3.1

Identificación de cargas impositivas ............................................................................. 20

2.3.2

Cargas impositivas aplicables ........................................................................................ 22

2.3.2.1

Caja Costarricense del Seguro Social ..................................................................... 22

2.3.2.2

Sutel ....................................................................................................................... 23

2.3.2.3

Departamento de Control Nacional de Radio........................................................ 27

2.3.2.4

Dirección General de Tributación .......................................................................... 28

2.3.2.5

Municipalidades ..................................................................................................... 30

2.3.2.6

Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAC) ..................................................... 32

Cálculo de las cargas impositivas............................................................................................. 35 3.1.

Principales variables ...................................................................................................... 35

3.2

. Perfil de empresas ....................................................................................................... 36

3.3

Resultados ..................................................................................................................... 47

3.5

Utilización del Ingreso Operativo .................................................................................. 53

Conclusiones y recomendaciones ........................................................................................... 55

5

Cargas impositivas

Tablas Tabla 1: Impuestos corporativo, tasa promedio por región ........................................................... 17 Tabla 2: Instituciones involucradas en los procesos de trámites del Sector de Telecomunicaciones, periodo 2010.................................................................................................................................... 21 Tabla 3: Distribución de las cargas sociales según destino y responsable ...................................... 22 Tabla 4: Cálculo del Impuesto de Patentes Municipales ................................................................. 31 Tabla 5: Canon de puestos de telecomunicaciones en áreas protegidas ....................................... 32 Tabla 6: Cálculo del canon de puestos en áreas protegidas ........................................................... 33 Tabla 7: Listado de impuestos, montos y periodicidad ................................................................... 34 Tabla 8: Fórmulas aplicadas para el cálculo impositivo .................................................................. 35 Tabla 9: Servicios de telecomunicaciones, cantidad y variedad a enero del 2010 ......................... 37 Tabla 10: Cantidad de empleados por cada 1000 suscriptores de telefonía fija y móvil................ 39 Tabla 11: Perfil laboral de los empleados de telecomunicaciones ................................................. 40 Tabla 12: Perfil laboral de los empleados de emisión y difusión .................................................... 44 Tabla 13: Participación relativa de los impuestos según perfil de empresa ................................... 47 Tabla 14: Tabla Resumen de acciones propuestas según carga impositiva1 .................................. 56

Gráficos Gráfico 1: impuesto sobre la demanda ........................................................................................... 13 Gráfico 2: impuestos sobre la oferta ............................................................................................... 13 Gráfico 3: impuesto ad valorem ...................................................................................................... 14 Gráfico 4: impuestos sobre las nóminas.......................................................................................... 15 Gráfico 5: impuesto específico sobre un monopolio ...................................................................... 15 Gráfico 6: Participación de las cargas impositivas en los ingresos del Gobierno Central con respecto al PIB, período 2001-2009 ................................................................................................ 20 Gráfico 7: Cantones con mayor número de solicitudes de visado de planos constructivos para infraestructura de telecomunicaciones para el periodo 2007-2010............................................... 30 Gráfico 8: Ingresos esperados en la Industria de Telecomunicaciones según título obtenido....... 41 Gráfico 9: Tamaño de las empresas de la Industria de Difusión y Programación ........................... 44 Gráfico 10: Carga impositiva total sobre los ingresos brutos.......................................................... 48 Gráfico 11: Importancia relativa de los impuestos en la carga impositiva total ............................. 49 Gráfico 12: Distribución de las cargas impositivas en una empresa de telecomunicaciones promedio ......................................................................................................................................... 50 Gráfico 13: Distribución de las cargas impositivas en una empresa de radio y TV promedio ........ 50 Gráfico 14: La carga impositiva ante cambios en la Renta Líquida Gravable.................................. 51 Gráfico 15: La carga impositiva ante la inclusión del Impuesto sobre las ventas ........................... 52 Gráfico 16: Utilización del OIBT como variable de referencia......................................................... 53

Anexos Anexo 1: Montos estimados para el cálculo de los impuestos según perfil de las empresas ........ 60 Anexo 2: Peso de las cargas impositivas en los ingresos netos....................................................... 61

6

Cargas impositivas

Introducción En los últimos años, Costa Rica se ha caracterizado por presentar un aparato complejo de tramitología para la instalación y funcionamiento de las empresas. Esto se confirma año con año en el informe de competitividad elaborado por el Foro Económico Mundial. Para el último informe del 2010, el mayor problema señalado en términos de la competitividad del país fue justamente un aparato burocrático ineficiente. Esta problemática comprende también la complejidad de un sistema tributario con múltiples fuentes de recaudación tanto nacionales como regionales (municipales). Las empresas del sector de Telecomunicaciones no escapan a esta situación pero aún más, con la promulgación de las Leyes del Sector a mediados del 2008, han debido adaptarse al pago de una serie de nuevos cánones e impuestos adicionales sobre sus actividades. Como parte de sus funciones ordinarias, y en concordancia con la Estrategia de Simplificación de Trámites del Sector de Telecomunicaciones, la Gerencia de Sistemas de Telecomunicaciones se propuso la realización de un estudio para evaluar el impacto de estas cargas, tanto en las empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones según lo define la Ley General de Telecomunicaciones así como en las empresas de radiodifusión sonora y televisa. A pesar de las limitaciones propias de este tipo de ejercicio, se espera que los resultados sirvan como un primer insumo para fortalecer la discusión y el debate, de modo que la Rectoría posea la línea base para generar recomendaciones en materia de simplificación de trámites así como en materia de política tributaria e industrial. Con el fin de llevar a cabo el estudio, en primera instancia se realizó un mapeo de las instituciones involucradas en los procesos de instalación y operación de las empresas de telecomunicaciones y de radiodifusión sonora y televisa. Posteriormente se aplicaron las cargas impositivas directas más relevantes (así como las contribuciones en materia de seguridad social), determinando el sustento jurídico, aplicabilidad, periodicidad y metodología de cobro. Con base en estos elementos se construyeron perfiles hipotéticos de empresas del sector y se evaluó el efecto de las cargas sobre sus ingresos brutos y netos. La investigación que se presenta a continuación se divide en cuatro grandes secciones. Una primera sección brinda el marco teórico que sustenta el estudio. Posteriormente, la segunda sección detalla el listado de cargas impositivas que recaen sobre las empresas del sector. De seguido se efectúa el análisis de la carga relativa para diferentes perfiles de empresas y finalmente se emiten una serie de conclusiones y recomendaciones para promover un entorno impositivo que incentive el desarrollo de las empresas del sector. 7

Cargas impositivas

1. Marco teórico En esta sección se presentan los conceptos más importantes a tener en consideración al realizar un análisis impositivo. En primer lugar se presentan las diferentes formas en las que se presentan los impuestos y las formas en las que se pueden clasificar. Posteriormente se trata el impacto que estos ejercen, ya sea sobre la recaudación gubernamental o en términos de justicia distributiva. Los principales conceptos han sido extraídos del trabajo de Rodríguez (2008).

1.1 Tipos de impuestos Según cita Rodríguez (2008), con base en el libro El Sistema Tributario Costarricense de la Contraloría General de la República (2002), los impuestos se pueden dividir en cuatro grandes categorías: 

Impuesto sobre la renta: Este impuesto lo conforman los gravámenes a las utilidades de empresas y de las personas físicas que realizan actividades lucrativas, el impuesto sobre las rentas del trabajo personal dependiente, los impuestos sobre las remesas al exterior y el impuesto a los dividendos e intereses de títulos valores. Costa Rica aplica el principio de territorialidad, de tal forma que el impuesto se cobra sobre los ingresos generados en el territorio nacional. Esto implica que los ingresos generados por los costarricenses en otros países (por ejemplo, por consultorías, rentas realizadas o intereses) están exentos. Un principio alternativo al de la territorialidad es el de la universalidad, que es el que se aplica en la mayoría de los países desarrollados, así como en ciertos países en desarrollo, entre los que destaca Chile y México. De acuerdo con este principio, todas las rentas de los ciudadanos residentes son sujeto de impuesto, independientemente de donde se hayan generado. Uno de los mayores problemas de este principio es que impide a la autoridad tributaria gravar las rentas que perciben en forma recurrente ciudadanos y residentes, especialmente profesionales liberales y gerentes de empresas, a quienes se les retribuye una parte de su trabajo en Costa Rica y otra en el extranjero. Resulta también importante mencionar, que en Costa Rica el impuesto sobre la renta se aplica de forma cedular, o sea que se cobra de modo independiente (y hasta con diferentes tasas) sobre los distintos ingresos de una misma persona. Esta modalidad no sigue la tendencia que impera en otros países, donde el impuesto sobre la renta se aplica en forma global; esto implica que todos los ingresos (salarios, intereses, dividendos, entre otros) se suman para conformar un ingreso total y sobre esa base se cobra el impuesto. 8

Cargas impositivas El impuesto proporcional sobre la renta es un ejemplo de los estabilizadores automáticos. De acuerdo con Dornbusch, Fischer y Startz (1998), un estabilizador automático se define como “cualquier mecanismo de la economía que reduce automáticamente la cuantía en que varía la producción en respuesta a una variación de la demanda autónoma” (Dornbusch et al. Pág. 143.) 

Impuestos al gasto: Por su naturaleza, los impuestos que gravan la propiedad se fundamentan en dos principios tributarios: capacidad de pago y facilidad de cobro. En Costa Rica, han imperado básicamente los siguientes impuestos sobre la propiedad:  Impuesto sobre los bienes e inmuebles, antes llamado Territorial, el cual constituye el rubro más importante de la recaudación en esta categoría. Establecido en 1976.  El que grava los vehículos automotores, establecido en 1982 por la Ley 6810 y modificado en 1987 por la Ley 7888.  Impuesto a las casas de lujo.



Impuestos de ventas: El impuesto sobre las ventas se caracteriza por ser una tasa única de imposición, sin mayor diferenciación, lo que lo hace sencillo de administrar. Tiene la ventaja de aplicarse en el momento del consumo y, por tanto, no discrimina por el origen de la producción, igual sucede para el caso de los bienes producidos en el país como para los importados, lo que evita efectos de tipo proteccionista. Funciona sobre todos los bienes, excepto una canasta de bienes exentos que permite liberar a los sectores más pobres de la sociedad y con ello, fomenta el objetivo de equidad vertical. A pesar de sus ventajas, en Costa Rica, la lista de productos exonerados no sólo contiene bienes de consumo básico sino que es demasiado amplia, y por lo tanto, afecta la base del impuesto. Además, en nuestro país este impuesto no se aplica sobre la globalidad de los servicios, como en otros países, sino que se cobra sólo sobre servicios que taxativamente indica la Ley.



Impuesto selectivo al consumo: Este impuesto se aplica sobre los bienes y servicios que tienen una alta elasticidad ingreso y una baja elasticidad precio. El hecho de que tengan una alta elasticidad ingreso implica que su consumo aumenta más que proporcionalmente cuando aumenta el ingreso (son bienes de lujo), mientras que la baja elasticidad precio implica que el consumo del bien no se reduce sustancialmente por el 9

Cargas impositivas incremento en el precio generado por el impuesto, por lo que la distorsión producida por el mismo es pequeña. Algunos sectores apoyan el tributo porque lo consideran una forma de redistribuir el ingreso a favor de los grupos más pobres, ya que es un impuesto sobre bienes específicos y no sobre bienes básicos. Este impuesto también considera algunos bienes y servicios que inducen a la adicción, como el tabaco, los licores y las apuestas. En estos casos se justifica la aplicación del impuesto para trasladar a los consumidores el costo de atender los problemas sociales derivados de su consumo. De la misma manera es común que se graven productos con efectos ambientales negativos, como los hidrocarburos y los vehículos, ya que en la literatura económica se sostiene que estos impuestos corrigen las distorsiones asociadas a las externalidades, las que surgen cuando el costo privado de producir o consumir un bien es distinto (y en los casos anteriores, inferior) al costo social. El impuesto selectivo al consumo presenta algunas desventajas, entre las que destacan:  Al aplicarse en forma indiscriminada sobre conjuntos particulares de bienes con tarifas heterogéneas, distorsionan los precios relativos en la economía.  Puede fomentar el comercio desleal, pues los altos impuestos pueden estimular el contrabando, la subfacturación, la corrupción en la recaudación tributaria y el aumento del comercio informal.  Si se aplica sobre muchos productos, el costo de la administración puede resultar alto en comparación con la recaudación final. Resulta importante mencionar, que dentro del sistema tributario costarricense se pueden encontrar otros impuestos, pero éstos pueden catalogarse como impuestos menores.

1.2.

Progresividad y Aplicación

Según Tresch (2002), los impuestos también se pueden clasificar de acuerdo a su progresividad y a su forma de aplicación.

1.2.1 La progresividad impositiva De acuerdo a la progresividad, los impuestos se pueden agrupar en proporcionales, progresivos o regresivos. • •

Impuesto Proporcional: Describe la situación en la que la proporción de los impuestos en relación con la renta es constante con independencia de cuál sea el nivel de renta. Impuesto Progresivo: Es cuando el tipo impositivo medio aumenta con la renta. 10

Cargas impositivas •

Impuesto Regresivo: Es cuando el tipo impositivo medio disminuye con la renta.

Para medir el grado de progresividad fiscal se han propuesto varias alternativas de las que se destacan las siguientes: a. Cuanto mayor es el aumento de los tipos impositivos medios a medida que aumenta la renta, más progresivo es el sistema. Esto se puede representar algebraicamente de la siguiente manera: v1 = T1/R1 – T0/R0 R1 –R0

T0 y T1 = Contribuciones impositivas verdaderas. R0 y R1= Niveles de renta. V1 = Medida de progresividad.

(1)

El sistema fiscal que presente un valor más alto de v1 se considera que es el más progresivo. b. Un sistema es más progresivo que otro si la elasticidad de los ingresos impositivos respecto a la renta (es decir, la variación porcentual de los ingresos impositivos dividida entre la variación porcentual de la renta) es mayor. v2 = (T1 – T0)/T0 (2) (R1 –R0)/R0

1.2.2 Forma de aplicación de los impuestos Los impuestos pueden ser aplicados de forma directa o indirecta, entendiéndose por cada una de estas formas lo siguiente. •



Impuestos directos: se aplican de forma directa sobre el patrimonio, afectando principalmente los ingresos o pertenencias como la propiedad de autos o casas. También se aplican directamente sobre la renta, mediante la aplicación de un porcentaje sobre éstas. El impuesto directo más importante es el impuesto sobre la renta. Impuestos indirectos: afectan a personas distintas del contribuyente. En otros términos, el contribuyente que enajena bienes o presta servicios, traslada la carga del impuesto a quienes los adquieren o reciben. Dentro de éstos se encuentran los impuestos al valor agregado (IVA, impuesto al consumo de las personas y empresas) y los impuestos especiales a gasolinas, alcoholes y tabacos. Estos últimos suelen llamarse Impuestos Internos. En algunos países e incluso llegan a gravar artículos suntuarios.

11

Cargas impositivas 1.3 Incidencia de los Impuestos Principalmente, se vislumbran tres tipos de incidencia de los impuestos, a saber: 1. La incidencia de presupuesto equilibrado, muestra el efecto combinado de la recaudación impositiva y del gasto público que se realiza con esos ingresos. En general el efecto distributivo de un impuesto depende de cómo gaste el Estado ese dinero. 2. La Incidencia impositiva diferencial. En la mayoría de los casos, los ingresos impositivos no están asignados a partidas de gasto específicas. Por tanto, lo que se debe analizar no es como gasta el dinero el Estado, sino como cambia la incidencia impositiva cuando un impuesto es reemplazado por otro, suponiendo que el presupuesto público se mantiene constante. Para ello se requiere utilizar un impuesto de referencia, que generalmente es uno de cuota fija, es decir un impuesto de contribución individual con independencia de la renta. 3. La incidencia impositiva absoluta, analiza los efectos de un impuesto cuando no se producen cambios ni en otros impuestos ni en el gasto público. Los impuestos afectan la distribución de la renta, a través de las alteraciones que provocan en los precios relativos. De aquí, que conocer cómo se determinan los precios sea una cuestión básica del análisis, que se aclara con los modelos de equilibrio parcial de determinación de precios. Estos precios se fijan únicamente en el mercado en el que se establece el impuesto.

1.3.1 Impuestos específicos sobre productos Se llaman impuestos específicos o por unidad porque se recauda una cantidad fija por cada unidad que se vende del producto. Por ejemplo, si se establece un impuesto sobre los cigarrillos de 25 colones por cajetilla, sucede lo siguiente:

12

Cargas impositivas •

Incidencia de un impuesto específico sobre la demanda Gráfico 1: impuesto sobre la demanda A = Equilibrio antes del establecimiento del impuesto.

P

T = Impuesto.

Pc P0 Pp

K

Pp = (P0 – T): Ingreso que perciben los oferentes por cada cajetilla de cigarrillos.

H

T

A

F

Pc = Precio que pagan los consumidores después del impuesto, es equivalente a P0 + T.

N

Ingresos recaudados = Q1 * T (KFHN)

D

El impuesto: • Reduce la cantidad vendida. • La tasa del impuesto la asume tanto el consumidor como el productor (ambos se ven perjudicados).

D`

Q

Q1 Q0

Fuente: Libro Hacienda Pública. Harvey Rosen, 2002 (pag. 258)

La incidencia de un impuesto específico es independiente de que el mismo se exija a los consumidores o a los productores. •

Incidencia de un impuesto específico sobre la oferta Gráfico 2: impuestos sobre la oferta

Q1 = Equilibrio después del T

O1 Pc P0 Pp

Pc = Precio que pagan los consumidores

O0 Cuña o Brecha Fiscal

T

D

Pp = (Pc – T): Precio que perciben los productores. Q1` = Q1, Pc`= Pc y Pn`= Pn: La incidencia del T es específico es independiente del lado del mercado en el que se recaude.

Q1 Q0 Qi Fuente: Libro Hacienda Pública. Harvey Rosen, 2002 (pag 259).

13

Cargas impositivas Lo importante es la magnitud de la diferencia que el impuesto introduce entre el precio pagado por los consumidores y el recibido por los productores, y no del lado del mercado en el que se introduce esa disparidad. La diferencia inducida por el impuesto entre el precio pagado por el consumidor y el precio percibido por el productor, se llama: Cuña o Brecha Fiscal. La incidencia de un impuesto específico depende de las elasticidades de la oferta y la demanda. En general, mientras más elástica es la curva de demanda, menor es la carga impositiva que soportan los consumidores, ceteris paribus. Igualmente, mientras más elástica es la curva de oferta, menor es la carga soportada por los productores, ceteris paribus. Intuitivamente, la elasticidad proporciona una medida aproximada de la capacidad que tienen los agentes para evitar el impuesto. Cuánto más elástica es la demanda, resulta más fácil para los consumidores acudir a otros productos cuando sube el precio y, por tanto, la mayor parte del impuesto que soportan los productores, y viceversa.



Impuestos Ad valorem Gráfico 3: impuesto ad valorem A = Equilibrio sin T. Pc = Precio que pagan los consumidores. Pp = Precio que perciben los productores.

A

O

D D` Q1

Q0

El Impuesto Advalorem no contrae la demanda en una misma cantidad absoluta para cada nivel de producto, sino la contrae en la misma proporción. La incidencia impositiva está determinada por las elasticidades de la oferta y la demanda.

Fuente: Libro Hacienda Pública. Harvey Rosen, 2002 (pag. 262)

La cuantía de este impuesto se fija como una proporción del precio. •

Impuestos sobre los factores de producción

El impuesto sobre las nóminas: Se utiliza para financiar el sistema de Seguridad Social. Los empresarios deben pagar por concepto de este impuesto un porcentaje del salario de cada trabajador, y éstos a su vez deben de pagar un porcentaje igual del mismo. La incidencia de este impuesto sobre el trabajo viene determinada únicamente por la brecha que el impuesto abre entre lo que pagan los empresarios y lo que reciben los trabajadores. Cabe resaltar, que la amplitud de la brecha dependerá de las elasticidades, sin embargo, al menos en el corto plazo, el trabajo probablemente soporta la parte del impuesto sobre las nóminas. 14

Cargas impositivas Gráfico 4: impuestos sobre las nóminas

OL = Oferta de trabajo.

OL

DL = Demanda de trabajo. Wp = W 0 W0 = Salario de equilibrio antes del impuesto. Wc DL DL´

L0 = L1

El impuesto advaloren sobre el trabajo, desplaza la curva de demanda efectiva. Esto hace que los trabajadores perciban un salario más bajo (Wc), mientras que el salario pagado por el patrono se mantiene en W0 (Wp).

Fuente: Libro Hacienda Pública. Harvey Rosen, 2002 (pag. 263)



Imposición sobre productos en ausencia de competencia

a. Monopolio: Existencia de un solo vendedor Gráfico 5: impuesto específico sobre un monopolio

CM = Costo Marginal. CM

Pc Pm

CMT

CMT = Costo Medio Total. IM = Ingreso Marginal. T = Impuesto.

P0

IM = CM: Condición de máximo beneficio. IM IM´

D D´

Ingreso Medio – CMT= Beneficios Económicos Totales (área sombreada).

X1 X0 Fuente: Libro Hacienda Pública. Harvey Rosen, 2002 (pag. 266).

Considerando las condiciones del cuadro, si se establece un impuesto específico sobre el bien x, la curva de demanda efectiva a la que se enfrenta el productor se desplaza hacia abajo paralelamente y la curva de ingreso marginal a la que se enfrenta la empresa también se desplaza hacia abajo, porque el ingreso marginal que la empresa recibe por cada unidad que vende se reduce en la cuantía del impuesto. El precio recibido por el monopolista es Pm, mientras que el precio pagado por los consumidores es Pc (Pm + T). Los beneficios económicos del monopolio después de impuesto corresponden al área sombreada. ¿Qué efectos tiene el impuesto? La cantidad demandada se reduce, el precio pagado por los consumidores aumenta y el precio que recibe el monopolista desciende. 15

Cargas impositivas Además los beneficios del monopolio se reducen. Resulta importante destacar que la porción concreta de la carga que soportan los consumidores depende de la elasticidad de la curva de demanda. b. Oligopolio: Entre la competencia perfecta y el monopolio se encuentra la estructura de mercado oligopolista, en la que existen "pocos" vendedores. No existe una teoría bien desarrollada de la incidencia impositiva en el oligopolio, por lo tanto, la incidencia depende fundamentalmente de cómo varían los precios relativos cuando se introducen impuestos. Desde el punto de vista de las empresas, la situación ideal sería ponerse de acuerdo para producir conjuntamente la cantidad de producto que hace máximos los beneficios de la industria en su conjunto, generando un nivel de producción denominado solución del cartel (grupo de productores que actúan conjuntamente para hacer máximos sus beneficios, por ejemplo el cartel internacional del petróleo, la OPEP). La solución del cartel exige que cada empresa contraiga su propia producción para presionar al alza el precio del mercado. El problema de las empresas es que la solución del cartel es difícil de conseguir, ya que una vez que se acuerda cuánto debe producir cada empresa, todas ellas tienen un incentivo para incumplir el acuerdo, porque podrían aprovecharse del mayor precio produciendo por encima de la cuota que individualmente les corresponde. En consecuencia, el nivel de producción de un oligopolio normalmente está por encima de la solución del cartel. Todas las empresas estarían mejor si existiera algún mecanismo que les forzara a reducir su producción. Ahora bien, conociendo las características del oligopolio, se puede describir que pasaría si se le aplica un impuesto. Como en los casos de la competencia y del monopolio, las empresas reducen su nivel de producción, pero a diferencia de lo que ocurre en otras estructuras de mercado, esto no es necesariamente perjudicial para las empresas. Sea cual sea el nivel de beneficios antes de impuestos, la situación de las empresas empeorará si tienen que pagar un impuesto. Sin embargo, en la medida en que las empresas recorten su producción, se estarán aproximando a la solución del cartel, y los beneficios antes de impuestos aumentarán. Teóricamente es posible que los beneficios antes de impuestos aumenten de tal modo que, incluso después de pagar los impuestos, la situación de las empresas sea mejor (véase Delipalla y Keen, 1992). Por supuesto, también es posible que las empresas estén en peor situación. Para encontrar una respuesta concluyente se requiere de mayor información sobre cuánto reducen su producción exactamente las empresas.

16

Cargas impositivas

2. Metodología aplicable Dado que el objetivo primario del estudio consiste en determinar la carga impositiva, ésta debe presentarse a través de un indicador que sea comprensible y fácilmente comparable, tanto a nivel internacional como con respecto a otros sectores. Para el caso de Costa Rica no se encontraron evaluaciones de cargas impositivas para industrias específicas; en su mayoría, los estudios sobre este tema abordan las cargas impositivas desde un enfoque macro, principalmente para evaluar elementos como la composición de los ingresos del Estado, regresividad y reforma fiscal. A nivel micro se han realizado estudios como el de Cardoza y Vargas (2005), que evalúa la incidencia impositiva del impuesto sobre las ventas. En el caso del Sector de Telecomunicaciones, el enfoque se ha centrado en el efecto que la carga impositiva presenta sobre los precios y por ende sobre los consumidores, (Mackay, 2004; Pociask, 2004). La GSM Association ha realizado un estudio comparativo de los regímenes impositivos a nivel internacional, que aunque mantiene su enfoque centrado sobre el consumidor, han generado un apartado con respecto a las cargas corporativas1. Sus principales resultados se pueden ver en la siguiente tabla: Tabla 1: Impuestos corporativo, tasa promedio por región Región Asia Pacifico CEE EU15 América Latina Maghreb y Medio Oriente África SubSaharaniana

tasa promedio del impuesto corporativo 31% 20% 28% 24% 29% 32%

Fuente: Deloitte, GSMA (2008) Recientemente, en Estados Unidos se han realizado varios estudios con el fin de determinar las cargas impositivas que pesan sobre las empresas de telecomunicaciones. El trabajo más completo es el realizado por la Telecommunications Tax Task Force del Council on State Taxation2 (COST, por sus siglas en inglés). Desde 1999 y hasta el 2005 ha realizado una serie de mediciones para determinar el escenario impositivo bajo el cual se desarrollan las empresas de telecomunicaciones en 50 Estados de los Estados Unidos de América.

1

La carga corporativa suele hacer referencia al impuesto sobre los ingresos gravables netos. Organización conformada por más 600 corporaciones basada en Washington DC. Para más información: http://www.cost.org/AboutCost.aspx 2

17

Cargas impositivas Estos documentos han servido como base para una gran cantidad de artículos y estudios sobre las cargas impositivas del Sector y sus efectos sobre el consumidor. El estudio realiza una consulta nacional en la que las empresas participantes se encargaron de identificar cada uno de los elementos del proceso impositivo para el caso de la venta de los productos personales tangibles (negocios en general) y algunos servicios de base imponible (telecomunicaciones). Se incluyeron las exenciones en el impuesto de ventas, los impuestos a la propiedad y sus exenciones y se excluyeron los impuestos sobre la renta. A pesar de poseer características de mercado, regulatorias e impositivas diferentes, algunos de los principios de la metodología aplicada resultan replicables para el caso de Costa Rica. En primera instancia, todos los estudios utilizan una variable de referencia. Dado que el enfoque es sobre las finanzas de las empresas, se escogió el ingreso bruto de las éstas.

2.1

Etapas para la construcción del análisis

A continuación se presentan los pasos que se siguieron con el fin de obtener la carga impositiva total.  Identificación de las instituciones involucradas en el proceso de instalación y operación de las empresas del Sector. En esta sección se realizó un mapeo de las instituciones, el tipo de trámite, la identificación de cargas impositivas, el tipo de cobro y la escogencia de aquellos impuestos que aplican.  Descripción general de las cargas impositivas. En esta sección se evaluaron elementos más específicos, como lo es el sustento normativo, la metodología de cobro y la periodicidad.  Establecimiento de uno o varios perfiles de ingresos. Se requiere establecer un perfil de ingresos de una empresa de telecomunicaciones “típica”. La mejor fuente de información proviene de los Estados Financieros de las empresas de capital público de telefonía móvil. Ej: Telefónica, América Móvil, Tigo, Cable & Wireless. Para el caso de las empresas de radio y televisión en Costa Rica, la disponibilidad de datos es poca y por ende se requirió de la generación de supuestos adicionales sobre los perfiles asignados.  Cálculo de carga impositiva en función del ingreso bruto anual. En esta etapa se obtuvieron cifras en valores absolutos para el pago de cada uno de los impuestos. Para obtener la carga impositiva total se adicionaron dichos valores y se dispusieron como una proporción de los ingresos brutos anuales.

18

Cargas impositivas 2.2

Supuestos y disponibilidad de la información

Dado que la metodología escogida exige la obtención de valores en términos absolutos, a lo largo del estudio se realizaron una serie de supuestos con el fin de facilitar la realización de los cálculos. La mayor limitante consiste en la poca disponibilidad de información contable y financiera de empresas consolidadas en la industria para el caso de Costa Rica, por lo que muchos valores poseen un carácter presuntivo. A pesar de esta limitante, siempre que fue posible se aplicaron valores de empresas representativas del sector de telecomunicaciones a nivel internacional, así como datos de empresas de radio y televisión locales.

2.3

Análisis de los impuestos y cargas considerados

En esta sección se realiza el análisis de los impuestos considerados en el estudio. Se debe recordar que se consideraron como “impuestos” todas aquellas cargas impuestas por el Estado según el concepto de incidencia económica. De este modo, tanto los cánones, cargas sociales, e impuestos como tales entran en esta categoría. A nivel agregado, los principales ingresos corrientes del Gobierno Central provienen de las cargas tributarias, que alcanzan un 90% de los ingresos totales. En el 2009 la carga impositiva total alcanzó el 13.7%, registrando una fuerte caída con respecto al 15.4% registrado en el 2008. El año 2009 es un año bastante atípico debido a la crisis por lo que se consideró que el 2008 sería más representativo. Para ese año los principales impuestos corresponden a los de aduanas, que representaron un 5,7% del PIB; le sigue el impuesto sobre la renta, con un 4.2% del PIB para ese mismo año y el impuesto sobre las ventas, con un 2.7% del PIB. Como se puede ver en la siguiente gráfica, estos tres impuestos han representado en conjunto cerca de un 80% del total de los ingresos recaudados en los últimos 5 años, de ahí su importancia para las finanzas del Estado y el cobro de éstos a las empresas radicadas en el país.

19

Cargas impositivas Gráfico 6:: Participación de las cargas impositivas en los ingresos del Gobierno Central con respecto al PIB, período 2001-2009 18 15

Otros Banano

% PIB

12

Café 9

Especies fiscales Derechos de exportacion

6

Consumo Ventas

3

Renta 0

Aduanas 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Año

Fuente: Elaboración propia con datos de MIDEPLAN, disponibles en http://www.mideplan.go.cr/sides/economico/05 http://www.mideplan.go.cr/sides/economico/05-03.htm

2.3.1 Identificación de cargas impositivas A nivel del sector de Telecomunicaciones, lo primero que se debe realizar es identificar las instituciones involucradas en los procesos para la instalación y operación de las empresas del Sector. Para esto, se realizó ó un levantamiento de los procesos de instalación y operación de las empresas de telecomunicaciones, a partir de información insumo recopilada por el equipo de trámites de la Rectoría de Telecomunicaciones3. En la siguiente tabla se indican las instituciones institucio involucradas en cada una de las etapas de instalación y operación de una empresa de telecomunicaciones:

3

Para mayor información, se puede consultar el Estudio de Tramitología del el Sector Telecomunicaciones y la Estrategia de Simplificación de Trámites del Sector Telecomunicaciones disponibles en www.telecom.go.cr 20

Cargas impositivas Tabla 2: Instituciones involucradas en los procesos de trámites del Sector de Telecomunicaciones, periodo 2010 Institución

Proceso

Detalle

Tipo de cobro Único

Dirección General de Tributación, CCSS, Registro Mercantil. Sutel, MINAET MS, MOPT, RECOPE, Setena, Sinac, CFIA, DGAC, INVU, ICE, Municipalidad. Sutel, CCSS, Dirección General de Tributación, Municipalidad, SINAC. MINAET

Formalización

Inscripción de la empresa



Proceso de Autorización Instalación de infraestructura1/

Proceso de licitación o autorización de uso de espectro. Estudios uso de suelo, permisos de construcción, solicitud de patentes comerciales. Pago de cargas sociales, impuesto sobre ventas, renta, de patentes, canon de áreas protegidas, contribuciones parafiscales, por uso de espectro y de regulación.



Operación



Periódico





Fuente: Elaboración Propia 1/ El proceso de instalación de infraestructura es continuo en el tiempo, aunque el trámite para la instalación de cada una de las infraestructuras deba realizarse una sola vez.

Los procesos de cobro único representan trámites que las empresas deben realizar por única vez; sus montos no suelen estar ligados a los ingresos de éstas y usualmente son montos que individualmente no son significativos. En esta investigación se trataron únicamente los cobros de tipo periódico. Es decir, aquellos que las empresas deben pagar permanentemente y que se encuentran en la etapa de operación. Tampoco se están incluyendo impuestos como el de importación de bienes (aduanas), ni las posibles exenciones ligadas a regímenes especiales de exportación o programas de incentivos. El impuesto sobre la renta, aunque se excluyó en el modelo de COST, fue incluido por considerársele de gran importancia para las empresas. En el caso del impuesto de ventas, se consideró que aunque las empresas son en teoría recaudadores del Estado, dependiendo de las condiciones competitivas (elasticidad), puede existir un efecto de traspaso entre el vendedor y el consumidor. Es por ello que en la última parte del trabajo se incluye una estimación del impacto de este impuesto sobre la carga impositiva total. En general, para escoger las cargas a analizar se utilizaron una serie de criterios que permitieron la escogencia de un total de 10 cargas impositivas.

21

Cargas impositivas

2.3.2 Cargas impositivas aplicables En segunda instancia se realizó un proceso de recopilación de información sobre las cargas impositivas que deben pagar los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones (su tipo de pago, montos y periodicidad), a parti partirr del análisis de la legislación vigente sobre el tema e información suministrada por las instituciones mapeadas en el punto anterior, ya fuese a través de sus sitios web o de consulta telefónica directa directa. 2.3.2.1

Caja Costarricense del Seguro Social

La Caja Costarricense del Seguro Social se encuentra en la obligación de garantizar que todos los empleados del país se encuentren inscritos en un seguro obligatorio, según lo establece la Constitución Política (Artículo 73) y la Ley Constitutiva de la Caj Cajaa Costarricense de Seguro Social, (Artículo 3). El financiamiento de dicho fondo proviene de tres fuentes: los patronos, el trabajador y el Estado. Tal y como se puede observar en la siguiente tabla, los patronos se ven en la obligación de aportar un 26.17 26.17% % del salario del empleado para sufragar el financiamiento de los seguros administrados por la CCSS y las actividades de otras instituciones del Estado. Tabla 3:: Distribución de las cargas sociales según destino y responsable Concepto

Patrono

Trabajador

Estado

Total

Seguro Enfermedad y Maternidad

9.25%

5.50%

0.25%

15.00%

Seguro Invalidez, Vejez y Muerte

4.92%

2.67%

0.41%

8.00%

TOTAL CCSS

14.17%

8.17%

0.66%

23.00%

Banco Popular

0.25%

1.00%

-

1.25%

Banco Popular LPT

0.25%

-

0.25%

22

Cargas impositivas FODESAF

5.00%

-

-

5.00%

IMAS

0.50%

-

-

0.50%

INA*

1.50%

-

-

1.50%

FCL

3.00%

-

-

3.00%

ROPC

1.50%

-

-

1.50%

TOTALES

26.17%

9.17%

0.66%

36.00%

Fuente: Caja Costarricense del Seguro Social, 2010.

2.3.2.2

Sutel

De acuerdo con la normativa vigente, las empresas de telecomunicaciones deben pagar los siguientes cánones: 2.3.2.2.1 Canon de reserva del espectro El artículo 63 de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) N° 8642 estipula que “los operadores de redes y los proveedores de servicios de telecomunicaciones deberán cancelar, anualmente, un canon de reserva del espectro radioeléctrico. Serán sujetos pasivos de esta tasa los operadores de redes o proveedores de servicios de telecomunicaciones, a los cuales se haya asignado bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico, independientemente de que hagan uso de dichas bandas o no.” El monto correspondiente a este canon será determinado por la Sutel, a partir de la consideración de los siguientes parámetros: • • • • • • • • •

La cantidad de espectro reservado. La reserva exclusiva y excluyente del espectro. El plazo de la concesión. La densidad poblacional y el índice de desarrollo humano de su población. La potencia de los equipos de transmisión. La utilidad para la sociedad asociada con la prestación de los servicios. Las frecuencias adjudicadas. La cantidad de servicios brindados con el espectro concesionado. El ancho de banda.

Con los recursos obtenidos a partir del cobro de este canon, se busca financiar la planificación, la administración y el control del uso del espectro radioeléctrico, actividades que le corresponde desarrollar a la Sutel, conforme a los artículos 7 y 8 de la LGT. El Poder Ejecutivo tiene la potestad de ajustar este canon vía decreto ejecutivo. La administración de este canon se hará por la 23

Cargas impositivas Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, La Tesorería Nacional estará en la obligación de depositar los dineros recaudados en una cuenta separada a nombre de la Sutel, dentro de los quince días naturales del mes siguiente a su ingreso a la Tesorería. En enero del 2010, la Sutel sacó a consulta el Procedimiento para el Cálculo del Canon de Reserva de Espectro Radioeléctrico. Sin embargo, este método poseía varias deficiencias señaladas tanto por las empresas reguladas como por la Rectoría de Telecomunicaciones. Dentro de las principales observaciones, se consideró que la ausencia de una ponderación sobre los ingresos de las empresas haría que el pago fuese desproporcionado y por ende muchas no podrían realizar el pago. A la fecha de publicación de este estudio la Sutel aún no se había pronunciado de manera oficial con respecto al cálculo de este canon, aunque el 05 de agosto remitió a consulta una segunda versión. 2.3.2.2.2 Contribución parafiscal El Artículo 38 de la LGT, indica, en su inciso e) que el Fondo Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FONATEL) se financiará con “una contribución especial parafiscal que recaerá sobre los ingresos brutos devengados por los operadores de redes públicas de telecomunicaciones y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, la cual será fijada, anualmente, por la Sutel…” De acuerdo con el artículo 39 de la LGT, esta contribución corresponde a un porcentaje de los ingresos brutos obtenidos por los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones, directamente, por la operación de redes públicas de telecomunicaciones o por proveer servicios de telecomunicaciones disponibles al público. El monto del aporte, que puede oscilar entre en un 1,5% y un 3%, será fijado por la Sutel a más tardar el 30 de noviembre del período fiscal respectivo, de acuerdo con las metas estimadas de los costos de los proyectos por ser ejecutados para el siguiente ejercicio presupuestario y las metas de ingresos estimados para dicho siguiente ejercicio.

Los recursos obtenidos serán destinados al cumplimiento de los objetivos de acceso universal, servicio universal y solidaridad, y responden al beneficio que obtienen los operadores y proveedores de servicios de telecomunicaciones, por la maximización del uso de las redes de telecomunicaciones y el incremento de los usuarios de servicios de comunicaciones impulsados por la ejecución de proyectos en torno a los objetivos citados. La administración de los fondos recaudados por este concepto, corresponde a la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional estará en la obligación de depositarlos en una cuenta separada a nombre de la Sutel y girarlos a FONATEL dentro de los 24

Cargas impositivas quince días naturales del mes siguiente a su ingreso a dicha cuenta. Según acuerdo de la Sutel 004 tomado en sesión 040-2009, del 10 de setiembre del 2009, se acordó fijar la tarifa de contribución especial parafiscal para FONATEL en 1,5% de los ingresos brutos. 2.3.2.2.3 Canon de regulación El artículo 62 de la LGT indica con respecto a este canon que “cada operador de redes de telecomunicaciones y proveedor de servicios de telecomunicaciones, deberá pagar un único cargo de regulación anual que se determinará de conformidad con el artículo 59 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, N.º 7593, de 9 de agosto de 1996. El Estado velará porque no se impongan cargas tributarias.” Cálculo del canon: el artículo 82 de la LGT establece que por cada actividad regulada, la Autoridad Reguladora cobrará un canon consistente en un cargo anual. Éste se calculará de acuerdo con el principio de servicio al costo y deberá establecer un sistema de costeo apropiado para cada actividad regulada. Cuando la regulación por actividad involucre varias empresas, la distribución del canon seguirá criterios de proporcionalidad y equidad. De acuerdo con el comunicado de la Sutel publicado en la Gaceta N° 180 del 16 de septiembre del 2009, la Contraloría General de la República aprobó para el 2010 el cobro de ¢4.914 millones por concepto del canon de regulación para el mercado de telecomunicaciones para el año 2010. De acuerdo con el Reglamento para la distribución del Canon de Regulación, publicado por la Sutel, el cálculo de dicho canon se estableció siguiendo las siguientes fórmulas:

Distribución del monto mensual a cobrar:

25

Cargas impositivas Distribución del monto mensual a cobrar para cada regulado:

En el informe técnico IT-GST-2010-01 “Canon de Regulación, Implicaciones económicas de su distribución y recomendaciones”, la Rectoría realizó un análisis de la metodología empleada por parte de la Sutel para calcular este canon. Entre sus principales conclusiones se destaca que “el modelo de cálculo del canon de regulación presentado por la Sutel presenta una metodología sencilla y fácil de aplicar. Esta simplicidad es sugerida por la UIT de manera consistente, especialmente en los primero momentos de conformación de la regulación cuando seguramente las capacidades técnicas e institucionales aún no se encuentran debidamente desarrolladas. Nótese que esta premisa es válida también para otros procesos, tales como la fijación tarifaria o la fijación de las condiciones de interconexión.” Sin embargo también se generan algunas recomendaciones: 1. En el corto plazo pronunciarse con respecto a la deducción de los cánones sobre el impuesto sobre la renta. 2. En el corto plazo valorar la modificación de la metodología actual para utilizar un EBIT modificado y establecer umbrales de ingreso. 3. Realizar un estudio que permita determinar la relación entre los ingresos y los costos de regulación. Esto permitirá levantar el supuesto sobre los ingresos, realizar los ajustes necesarios y disminuir la incertidumbre de las empresas. Eventualmente, si se logra comprobar la existencia de una relación proporcional y estable, el modelo tanto a nivel de ingresos como de otro indicador alternativo (EBIT) se ve legitimado de cara a los administrados. 26

Cargas impositivas

4. Fortalecer la metodología actual de cálculo del canon con pruebas adicionales cada cierto tiempo. Por ejemplo se pueden aplicar metodologías alternativas utilizando horas/hombre, como la propuesta por los actores regulados, para realizar una verificación cruzada. 5. El órgano regulador debe planificar presupuestariamente las actividades y/o proyectos a desarrollar de manera tal que logre cumplir con sus objetivos. No resulta aconsejable la generación de excesivos superávits, ya que esto reflejaría una gestión ineficiente por parte de la misma, afectando las posibilidades de incrementar sus recursos de un período a otro. 6. La separación de costos según origen. La Sutel debe preparar su contabilidad considerando que posee distintas fuentes de ingresos (canon de regulación, de espectro radioeléctrico, transferencias, etc.), todas orientadas al financiamiento de actividades y/o proyectos específicos. Por tanto, para cumplir con el principio de orientación a costos, debe disponer de un sistema, método y/o instrumento que le permita determinar los costos asociados a cada una de esas fuentes de ingresos siempre que la ley así lo requiera. Esto contribuirá a precisar sus estimaciones presupuestarias futuras.

2.3.2.3

Departamento de Control Nacional de Radio

Debe indicarse que, de acuerdo con el dictamen de la Procuraduría General de la República (PGR), C-89-2010 publicado el 30 de abril del 2010, las empresas de televisión y radio no deben pagar el canon de regulación de la Sutel, pues aunque hacen uso de las redes de telecomunicaciones, no ofrecen servicios de telecomunicaciones. Se indica además que cuando estas empresas estén tecnológicamente habilitadas para ofrecerlos, que sería con la aplicación de la Radio y Televisión digitales, éstas estarán sujetas, ya no a la Ley de Radio N°1758, sino a la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) N°8642. Se indica además que dichas empresas están sujetas al cobro del canon establecido en el artículo 18 de la Ley de Radio, el cual indica lo siguiente: “A partir de la vigencia de la presente ley deberá pagarse un impuesto anual de radiodifusión en la siguiente forma: Las radiodifusoras de onda larga pagarán ajustándose a la siguiente tarifa proporcional a su potencia: Hasta 1000 watts, mil colones (¢1,000.00) De 1001 a 2500 watts, mil quinientos colones (¢1,500.00) 27

Cargas impositivas De 2501 a 5000 watts, dos mil colones (¢2,000.00) De 5001 a 10.000 watts, dos mil quinientos colones (¢2,500.00) De 10.001 watts en adelante, tres mil colones (¢3,000.00) Las estaciones radiodifusoras de onda corta para servicio internacional pagarán por año mil quinientos colones (¢1,500.00); y Las estaciones de fonía privadas dedicadas a actividades agrícolas o industriales pagarán cien colones (¢100.00) al año y las otras que sirvan a actividades comerciales pagarán quinientos colones (¢500.00).” De acuerdo con el dictamen de la Procuraduría General de la República C-029-2006, del 30 de enero del 2006, “la tarifa establecida en el artículo 18, inciso c) debe ser cubierta en relación con el derecho de uso de cada frecuencia asignada en la licencia correspondiente”. Se indica en dicho dictamen que en concordancia con el oficio N° ALG-2040-2005 del 9 de diciembre del 2005, emitido por el Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, se toma como base el monto del inciso c) del artículo 18 “que para el caso en concreto (servicios privados que se dediquen a actividades de tipo comercial que utilizan un ancho de banda de 25 kHz) es de quinientos colones”. Con base en estos criterios, el Departamento de Control de Radio del Viceministerio de Telecomunicaciones genera los enteros a favor del Estado cobrando 500 colones por cada 25 kHz concesionados para estimar el monto del impuesto anual de radiodifusión. Dicho impuesto se traslada actualmente a la Caja Única del Estado. Aunque no tiene destino específico, la Ley de Radio en su artículo 21 establece que deberá ser destinado a la organización del Departamento de Control Nacional de Radio, cuyas funciones actualmente se encuentran repartidas entre el Departamento de Control de Radio del Viceministerio de Telecomunicaciones y la Sutel. De acuerdo con el Dictamen C-89-2010 de la PGR, el Ejecutivo podría realizar la transferencia de este monto a la Sutel para que sufrague los costos de administración del espectro radioeléctrico correspondientes a las empresas de radio y televisión.

2.3.2.4

Dirección General de Tributación

La Dirección General de Tributación es la entidad encargada de recaudar, entre otros, los impuestos de ventas y de renta. La aplicación de estos dos tipos de impuestos posee implicaciones diferentes para las empresas de telecomunicaciones:

28

Cargas impositivas 2.3.2.4.1 Impuesto sobre las ventas El impuesto general sobre las ventas es un impuesto que recae sobre el valor agregado en la venta de mercancías y en la prestación de algunos servicios específicamente indicados en la Ley No. 6826 del 8 de noviembre de 1982 y sus reformas. Es un impuesto de tipo indirecto que recae sobre las compras de bienes y servicios. Éste no realiza distinción entre los ingresos de quienes realizan dicha transacción; es decir que todos pagan en términos absolutos la misma cantidad de dinero, aún cuando en términos relativos este monto represente una proporción menor o mayor del ingreso del contribuyente. Aunque se suele considerar que el vendedor es únicamente un intermediario en la recaudación de este impuesto, en la práctica su traslado dependerá, entre otras cosas, de la elasticidad precio de la demanda, de la estructura del mercado y del tipo de producto. El monto del impuesto se determina aplicando el 13% sobre el precio neto de la venta, que incluye el impuesto selectivo de consumo cuando las mercancías de que se trate estén afectas al mismo. A este resultado se le resta el impuesto de ventas pagado sobre las compras, dando como resultado el impuesto por pagar. Este impuesto se paga de manera mensual. 2.3.2.4.2 Impuesto sobre la renta (sobre las utilidades) “Este impuesto grava las utilidades generadas por cualquier actividad o negocio de carácter lucrativo, que realicen las personas físicas o jurídicas en el territorio nacional durante el período fiscal” (DGT, 2010). El impuesto sobre la renta es un impuesto directo, y afecta directamente la riqueza de la persona física o jurídica de manera proporcional a su ingreso. El impuesto se declara anualmente, aunque su pago se realiza trimestralmente. A continuación se presentan los tramos de cobro del impuesto en función de la renta neta total. Período 2010, Tarifa (Se aplica sobre renta neta total) Ingresos brutos hasta Ingresos brutos hasta Ingresos brutos superiores a

¢41.112.000 ¢82.698.000 ¢82.698.000

10% 20% 30%

Fuente: Dirección General de Tributación, 2010.

29

Cargas impositivas 2.3.2.5

Municipalidades

Al analizar las cargas de carácter tributario que deben cancelar las empresas de telecomunicaciones para el desarrollo de sus funciones en el país, se encuentran aquellas relacionadas con los gobiernos locales. El pago de sumas fijas como parte de los trámites para la obtención de la patente comercial y el permiso de construcción, básicamente relacionados con la compra de timbres, se excluyen de dell presente análisis debido a que son considerablemente bajas y a que deben ser canceladas solo una vez. Por tanto, en este punto se incluirán solamente el pago de la suma o el porcentaje descontado por concepto del impuesto de patente comercial relacionado do con el derecho que le otorga dicha licencia para su funcionamiento, el cual debe realizarse de forma periódica; y el pago del impuesto de bienes inmuebles, de pago anual. 2.3.2.5.1 Impuesto de patente comercial De acuerdo con una consulta realizada aal Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), no existe un registro actualizado de los sistemas de cobro de las patentes para las 81 municipalidades, por lo que se debe revisar cada una de las leyes de patentes. Para facilitar el análisis se tomó una muestra de las 10 municipalidades que poseen la mayor cantidad de solicitudes de torres de telecomunicaciones para el periodo 2007 2007-2010: Alajuela, Puntarenas, San José, Pérez Zeledón, Liberia, Garabito, Nicoya, San Carlos, San Ramón y Santa Cruz (ver gráfico 7), junto con otras 4 municipalidades con concentraciones demográficas o ubicaciones importantes, como lo son Cartago, Curridabat, at, Santa Ana y Tibás Tibás. Gráfico 7: Cantones con mayor número de solicitudes de visado de planos constructivos constructiv para infraestructura de telecomunicaciones para el periodo 2007-2010. 2010. ALAJUELA PUNTARENAS SAN JOSE Cantón

PEREZ ZELEDON LIBERIA GARABITO NICOYA SAN CARLOS SAN RAMON SANTA CRUZ 0

20

40

60

80

100

Número de Solicitudes Fuente: Retel, con base en datos del CFIA, junio 2010.

30

Cargas impositivas En términos generales, las municipalidades coinciden en que la base para el cálculo del impuesto inherente a la licencia comercial, son los ingresos brutos anuales o el monto de las ventas (YB)4 que perciban las personas físicas o jurídicas sujetas al impuesto, durante el período fiscal anterior al año que se grava. También suelen considerar la Renta Líquida Gravable (RLG)5. De igual manera, las municipalidades analizadas recaudan de manera trimestral dicho impuesto. A pesar de las similitudes mencionadas en el párrafo anterior, las metodologías empleadas para el cálculo del impuesto de patentes suelen diferir en el tamaño del porcentaje que recae sobre los YB y/o la RLG. En algunos casos las diferencias son inherentes a la estructura del método o en el mecanismo para el cálculo del mismo, tal y como puede apreciarse en la Tabla N° 4. Tabla 4: Cálculo del Impuesto de Patentes Municipales Municipalidad

Tipo

Metodología de Cálculo Renta Líquida Gravable

Alajuela

Puntarenas

escala de ingresos por segmentos

Fórmula

Ventas o Ingresos Brutos

T Trimestral

De ¢1.600.001 o más

De ¢30.000.001 en adelante, ¢100.00 por c/d mil adicional De ¢30.000.001

¢6.000.000

De ¢1.400.000 a ¢1.600.000

De ¢25.000.001 a ¢30.000.000

¢5.400.000

(…)

(…)

(…)

De ¢ 25.001 a ¢50.000

De ¢500.001 a ¢1.000.000

¢300.000

De ¢ 12.501 a ¢25.000

De ¢250.001 a ¢500.000

¢200.002

De ¢ 0 a ¢12.500

De ¢0 a ¢250.000

¢100.000

(0,002*YB) + (0,0015)*RLG)/4 Primer año: (0,0025*YB)/4

San José

Fórmula

Segundo año: (0,0030*YB)/4 Tercer año y más: (0,0035*YB)/4 (0,002*YB)/4

Pérez Zeledón Liberia Garabito

Fórmula Fórmula Fórmula

Nicoya

Fórmula

(0,0015*YB) + (0,009)*RLG)/4

San Carlos

Fórmula

(0,0015*YB) + (0,010)*RLG)/4

San Ramón

Fórmula

(0,0015*YB) + (0,003)*RLG)/4

Santa Cruz

Fórmula

(0,001*YB) + (0,008)*RLG)/4

Santa Ana

Fórmula

(0,001*YB) + (0,008*RLG)/4

Tibás

Fórmula

(0,0025*YB)/4

(0,002*YB)/4 (0,001*YB) + (0,009)*RLG)/4

4

Estos se determinan a través de declaración jurada presentada por las personas físicas o jurídicas sujetas al impuesto. 5 De acuerdo con el Artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, N° 7092, la Renta Líquida Gravable o Renta Disponible es el remanente de que se pueda disponer y que resulte de deducir de la renta imponible el impuesto a que se refiere el artículo 15 anterior.

31

Cargas impositivas (0,003*YB)/4 Curridabat

Fórmula

(0,005*YB) + (0,0015)*RLG)/4

Cartago

Fórmula

(0,002*YB) + (0,008)*RLG)/4

PROMEDIO

Fórmula

((0,0034)YB+(0,0055)RLG)/4

Fuente: Elaboración propia con base en las leyes de patentes de las municipalidades respectivas. Disponibles en: http://www.tramites.go.cr/manual/espanol/11/11-2.htm

2.3.2.5.2 Impuesto de bienes inmuebles El impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles se estableció en la Ley de Impuesto sobre bienes Inmuebles Ley 7509 y su reforma Ley 7729. Este impuesto se estableció a favor de la municipalidad donde el bien se encuentre ubicado. El monto a cobrar corresponde a una tarifa de un 0, 25% del Valor Registrado. Los casos de exención aplican para valores inferiores a 12.141.000,00 siempre y cuando no pertenezca a una sociedad y el propietario no posea otros bienes. Cuando el inmueble supere dicho monto el impuesto se cobra sobre el exceso del monto.

2.3.2.6

Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAC)

El decreto N°26187-MINAE que Regula Puestos de Telecomunicaciones en Áreas Silvestres Protegidas, establece el cobro de un canon según se establece en la siguiente tabla: Tabla 5: Canon de puestos de telecomunicaciones en áreas protegidas Tipo de puesto

Tipo de cobro

Periodicidad

Para televisión

En especie (espacios, uso de equipos) o su equivalente en dinero. En especie (espacios, uso de equipos) o su equivalente en dinero. 100,00 colones. Se cobran 20,000 colones por antena adicional para más de 10 antenas. Excepción de pago

Anual

Para Radiodifusión Para Radiodifusión Privada

Para el Estado y otras instituciones públicas

Anual Anual

No Aplica

Fuente: Elaboración propia

Este canon presenta una serie de deficiencias, en tanto la posibilidad de canje en lo que respecta a los puestos de televisión y de radiodifusión resulta confusa y de aplicarse, resulta incluso desproporcional. Por ejemplo, en el caso de los puestos para televisión, dentro de las condiciones

32

Cargas impositivas del canje se estipula el “transmitir durante las horas de mayor audiencia, dos cuñas al día de 30 segundos cada una”. Tabla 6: Cálculo del canon de puestos en áreas protegidas Variable Total de cuñas (anual) Valor promedio de la cuña de 30 segundos (TB) en colones Valor promedio de la cuña de 30 segundos (TAAA) en colones Total (colones)

Escenario de cobro mínimo 2*365=730 190.000 -

Escenario de cobro máximo 2*365=730

730*190.000= 138.700.000,00

730*695.000= 490.925.000,00

672.500

Fuente: Elaboración propia con base en las tarifas de las principales emisoras de televisión de Costa Rica

De cumplirse con el canje, y tomando en consideración que de no darse el pago en especie deberá darse el equivalente en dinero (cobrado a valor de mercado), un sencillo cálculo permite ver que se convierte en un pago cuyo monto no corresponde a la realidad económica de las empresas que deben tributar. En total el administrado podría llegar a pagar casi 491 millones de colones por la instalación de un puesto de telecomunicaciones. Debido a este tipo de problemas, la mayoría de las empresas de radio y televisión no han realizado los pagos en años, mientras que el SINAC, ente encargado del cobro, no ha utilizado los espacios que le corresponden ni ha realizado esfuerzos por aplicar el cobro monetario. Actualmente, el Viceministerio de Telecomunicaciones, en conjunto con el SINAC, se encuentra realizando una revisión de este decreto como parte de las metas del Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones (PNDT), lo que incluye la revisión de los montos del canon. Inicialmente, la metodología propuesta lleva a triplicar el monto único anual, pasando de cerca de 100.000 colones a 350.000 colones anuales por puesto, con incentivos para el uso compartido de infraestructura. A continuación se presenta una tabla resumen de los impuestos evaluados.

33

Cargas impositivas Tabla 7: Listado de impuestos, montos y periodicidad Impuesto

Empresa regular

Empresa Telco

Empresa Radiodifusión sonora y televisa

Cargas Sociales







26.2% sobre los salarios

Mensual

CCSS

Impuestos sobre ventas







13%

Mensual

Ministerio de Hacienda

Impuesto sobre la renta







10-30% sobre los ingresos netos

trimestral

Ministerio de Hacienda

Impuestos patente comercial







variable

trimestral

Municipalidad

Impuesto sobre bienes inmuebles







0.25% sobre el valor del bien inmueble

anual

Municipalidad

Canon de puestos en áreas protegidas





100.000 colones

anual

SINAC

Canon de regulación empresas de telecomunicaciones



4.914 millones de colones al 2009

Mensual, a pagar entre todos los regulados según market share.

SUTEL

500 colones por cada 25 KHz

anual

Ministerio de 1/ Hacienda

anual

SUTEL

trimestral

SUTEL



Canon anual de radiodifusión

Monto

Canon por reserva del espectro



A definir

Contribución Parafiscal



1.5%-3%. Para el 2010 se definió un 1,5% sobre los ingresos.

Periodicidad del pago

Entidad

Fuente: Elaboración propia 1/ De acuerdo con el criterio de la PGR, esta canon, que actualmente va a Caja Única del Estado, debería trasladarse a la Sutel.

34

Cargas impositivas

3. Cálculo de las cargas impositivas Dado que el objetivo primario del estudio consiste en determinar la carga impositiva, ésta debe presentarse a través de un indicador que sea comprensible y fácilmente comparable, tanto a nivel internacional En esta sección se realizaron tres ejercicios con el fin de realizar el cálculo de la carga impositiva total. En primera instancia se realizó un levantamiento de las variables intermedias que deben obtenerse para calcular cada uno de los impuestos. Posteriormente se analizaron las características de las industrias a evaluar para determinar los perfiles de empresas más relevantes. Con estos datos se aplicó un análisis de sensibilidad para determinar el impacto impositivo sobre el ingreso bruto. 3.1.

Principales variables

Cada carga impositiva requirió de la aplicación de una serie de variables intermedias. En la tabla 8 se muestran con mayor detalle las variables utilizadas, así como las fórmulas de cálculo.

Tabla 8: Fórmulas aplicadas para el cálculo impositivo Impuesto

Variables

Fórmula de cantidad recaudada absoluta

Cargas Sociales (TCS)

• • •

Cantidad de empleados (n) Salario promedio (W) % Cargas Social (tcs)



TCS= n*W*tcs

Impuestos sobre ventas (TS)

• •

Ingresos brutos o ventas totales (IT) % Impuesto sobre las ventas (ts)



TS=IT*ts

Impuesto sobre la renta (TR)

• •

Ingreso Gravable Neto (IGN= OIBT) % Impuesto sobre la renta ( tr)



TR= IGN*tr

Impuestos patente comercial cantonal (TPCC)

• • •

Fórmula de impuesto de patente comercial: Ingreso Bruto Cantonal (ITcant) Ingreso Gravable Neto a nivel de cantón (IGNcant.)

• • •

TPCC=0,346%(IT cant)+0,555%(IGN cant) ITcant. = IT/81 IGNcant= IT/81*%IGN

• • • •

Valor de una torre de telecomunicaciones. (VTT) Cantidad de torres propias (qt) Valor total en bienes inmuebles (VBT) %Impuesto sobre bienes inmuebles (tbi)

• •

VBT= VTT*qt TBI=VBT*tbi

Impuesto sobre inmuebles (TBI)

bienes

35

Cargas impositivas Canon de puestos en áreas protegidas (TAP)

• •

Monto Fijo=100000 Cantidad de puestos en áreas protegidas (p)



TAP=100.000*p

Canon de regulación empresas de telecomunicaciones (TRET)

• • • •

Monto de regulación (MR) Ingresos del Sector (IS) Ingreso bruto total (IT) % Participación de mercado (ms)

• •

ms= IT/IS TRET= MR*ms

Canon anual de radiodifusión (CAR)

• •

Monto por Mhz (40*500 Colones) Cantidad de MHz concesionados. (qMHz)



CAR=(40*500)*qMHz

Canon por espectro

del



A definir



Uso de valores de referencia calculados anteriormente.

Parafiscal

• •

Ingresos brutos (IT) % tpe



TPE=IT*tpe

Contribución Especial (TPE)

reserva

Fuente: Elaboración propia.

Aunque parecen ser bastantes variables intermedias, en realidad se requiere generar información con respecto a tres macro caracter características de las empresas; la composición de los ingresos, el empleo y la infraestructura instalada, según se puede ver en el siguiente esquema: Composición de los ingresos

Empleo

Infraestructura

Condiciones generales del mercado

•Ingresos del Sector •Ingresos brutos •%Ingresos netos (EBIT)

•Cantidad Cantidad de empleados •Salarios

•Valor de infraestructura (torres+edifcios) •Cantidad de torres propias •Cantidad de torres en áreas protegidas

•Condiciones Condiciones impositivas actuales con un mercado desarrollado. •Mercado Mercado competitivo con libre determinación de precios.

•Fuentes: Empresas consultoras; Estados de resultados de empresas internacionales, montos presuntivos de EBIT y OIBT.

•Fuentes: Fuentes: EHPM 2009. Directorio de Establecimientos, Empresas consultadas; Estadísticas internacionales

•Fuentes: Empresas consultadas; Medios de comunicación; DCR.

3.2 . Perfil de empresas Debido a que los impuestos recaen sobre valores como el ingreso bruto, la infraestructura instalada, la cobertura geográfica del negocio y su naturaleza misma, fue necesario generar una serie de perfiles para las empresas mpresas de telecomunicaciones y de radiodifusión sonora y televisa. televisa

36

Cargas impositivas Se definieron dos tipos de negocios siguiendo la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU Rev.4). La Industria de Telecomunicaciones y la de Programación y Difusión. Se escogieron estos dos macro perfiles, puesto que las empresas del Sector Contenidos, aunque no pagan muchos de los cánones de regulación específicos de telecomunicaciones, comparten muchas similitudes en materia de instalación de infraestructura. A continuación se presentan las principales características de las industrias seleccionadas. Industria de Telecomunicaciones Definición: Las empresas de la Industria de Telecomunicaciones, según lo indica el Instituto Nacional de Estadísticas de Chile “incluye las actividades de suministro de telecomunicaciones y actividades de servicios conexas, es decir transmisión de voz, datos, texto, sonidos y video. Las instalaciones de transmisión que realizan estas actividades pueden ser en base a una sola tecnología o una combinación de tecnologías. En general las actividades clasificadas en esta división se refieren a la transmisión de contenidos, sin por el momento comprometer su creación. El desglose en esta división se basa de acuerdo al tipo de infraestructura que se esté operando”. (INE, 2005), La industria se divide, por tanto, en cuatro sectores principales: alámbricos, inalámbrico, satelital y otros. Servicios: El tipo de servicio que brindan las empresas de telecomunicaciones determina en gran medida el tipo de infraestructura que utilizan. En Costa Rica la cantidad y variedad de los servicios ha aumentado de manera significativa desde julio del 2009 cuando se brindó la primera autorización por parte de la Sutel. Para enero del 2010, 65 empresas brindaban 154 servicios de telecomunicaciones de 12 tipos diferentes. Los servicios más comunes corresponden a accesos a Internet (correspondientes a Cafés Internet principalmente) con un 27% de participación, seguidos por los servicios de Telefonía IP, con un 20% y la transferencia de datos, con un 14% (ver tabla 8). Tabla 9: Servicios de telecomunicaciones, cantidad y variedad a enero del 2010 Tipo de Servicios

Cantidad

Participación relativa

Acceso a Internet

41

27%

Telefonía IP( prepago y postpago)

31

20%

Transferencia datos

21

14%

Canales punto a punto

15

10%

Redes privadas virtuales

11

7%

Carriers (telefonía IP, Internet, transferencia de datos)

9

6%

Canales punto a multipunto

7

5%

Voz sobre IP

5

3%

Otros Servicios

4

3%

Video-Conferencia

4

3%

37

Cargas impositivas TV IP

3

2%

TV por cable (analógico y digital)

3

2%

154

100%

Total

Fuente: Elaboración propia con base en la lista de autorizaciones de la Sutel, con 65 empresas autorizadas al 26 de enero del 2010.

A pesar de su relevancia para el desarrollo del sector, aún no han entrado a competir empresas de telefonía móvil en el mercado costarricense, aunque en el borrador del Cartel de mayo del 2010 la Sutel estimó en tres los espacios a concesionar. Debido a su importancia, este tipo de empresas deben incluirse entre los perfiles a evaluar en el estudio. Infraestructura: •

Cantidad: en materia de telefonía móvil las empresas pueden instalar su propia infraestructura o utilizar la infraestructura de otra, convirtiéndose en una operadora virtual (Mobile Virtual Network Operator, o MVNO). Resulta difícil determinar las necesidades de instalación de infraestructura para las empresas de telefonía móvil, la topografía del terreno, la distribución geográfica de la población, su concentración, las bandas de espectro radioeléctrico asignadas, y uso de los servicios son tan importantes como la disponibilidad de terrenos, su precio y los trámites ligados a la instalación o interconexión. Estos elementos hacen particularmente complejo el estimar la cantidad total de infraestructura, y aún más la proporción de ésta que sería propia6 o alquilada. A pesar de esta limitación, podría obtenerse una estimación con base en los requerimientos del ICE para su red 3G, la cual requería, de acuerdo con una noticia del periódico El Financiero, cerca de 800 radio bases7 para poner en completa operación este servicio. En lo que respecta a servicios como telefonía o voz sobre IP, más allá de la provisión de los equipos y su instalación en los comercios deseados, este tipo de servicio no requiere de la instalación de infraestructura con la extensión o la inversión requerida por una empresa de telefonía móvil o de TV por cable. Por lo que sus gastos en este rubro, en términos relativos están más ligados a la instalación de sus oficinas centrales y/o regionales.



6 7

Ubicación: en el caso de la infraestructura para telefonía móvil, las radio bases deberían instalarse en una escala nacional, es decir, que existiría al menos una radio base en cada uno de los cantones del país. Algunas empresas podrían tener además sucursales y puestos de ventas en los principales centros de población, tanto en la Gran Área

Esto es fundamental para calcular el impuesto sobre bienes inmuebles. Información obtenida de : http://www.elfinancierocr.com/ef_archivo/2009/julio/05/tecnologia2004946.html 38

Cargas impositivas Metropolitana, como fuera de ésta. En el caso de las empresas más pequeñas cuyos servicios no serían de telefonía móvil, es menos probable que desarrollen una infraestructura de ventas tan extensa, enfocándose en la venta de servicios a través de terceros o en locales muy bien ubicados. Su infraestructura estaría ubicada principalmente en la Gran Área Metropolitana o en alguno de los principales centros de población fuera del Valle Central (como Pérez Zeledón, San Carlos y Liberia). Empleo e Ingresos: Con respecto a la cantidad de empleados en la industria de telecomunicaciones este es un dato difícil de cuantificar debido a que en Costa Rica no existen antecedentes de contratación en condiciones de competencia, por lo que los datos de empleo no necesariamente reflejan condiciones de eficiencia competitiva. Con el fin de determinar un parámetro válido se realizó una comparación a nivel latinoamericano. Tabla 10: Cantidad de empleados por cada 1000 suscriptores de telefonía fija y móvil. País Belice Bolivia Brasil Chile Costa Rica Ecuador El Salvador Honduras México Panamá Perú Uruguay Venezuela, RB Promedio (sin CR) Promedio (con CR)

2003 5,15 1,73 0,81 nd 2,56 nd 1,75 6,67 1,94 5,75 2,21 nd 1,72 3,08 3,03

2004 3,53 1,47 0,72 nd 2,58 1,51 1,15 5,38 1,64 3,88 1,79 nd 1,48 2,26 2,29

2005 3,22 1,23 2,43 0,76 2,18 1,51 0,85 5,34 1,51 2,96 1,49 2,86 nd 2,20 2,20

2006

2007 3,17 2,66 2,37 1,18 2,01 1,95 0,61 3,59 1,35 2,53 1,60 1,82 1,81 2,05 2,05

nd nd 2,80 1,70 2,13 nd 0,60 2,56 1,27 4,37 nd 1,51 1,09 1,99 2,00

2008 nd nd nd 1,69 2,01 nd 0,44 nd 1,19 2,63 nd 1,45 nd 1,48 1,57

Fuente: Elaboración propia con base en datos del Banco Mundial.

A partir de la tabla anterior, se puede observar que en prácticamente todos los países, el ratio empleados-suscriptores ha mostrado una caída constante en los últimos años, con la clara excepción de Brasil y Chile. Debe observarse que Panamá muestra uno de los ratios más altos, con 2,63 empleados por cada 1000 suscriptores en el 2008, muy por encima del promedio de la muestra de cerca de 1,57.

39

Cargas impositivas Para efectos de Costa Rica, se esperaría un efecto neto positivo sobre el empleo del sector, aunque depende en gran medida de la estructura del mercado. Por ejemplo, la mayoría de las empresas de telecomunicaciones a nivel internacional se caracterizan por poseer una planilla bastante grande, siendo de cientos e incluso de miles de empleados. Si se utiliza el ejemplo de Panamá, la empresa Cable & Wireless posee cerca de 2000 empleados en este país8. Se estimó que con una población de 4.5 millones de personas, Costa Rica podría dar cabida a entre 10.000 15.000 empleados directos para el sector móvil. De acuerdo a estos datos se determinó que una empresa de telecomunicaciones con una participación de mercado igual o superior al 25% podría emplear a entre 1000 y 2000 empleados. Para el caso de las empresas de telecomunicaciones instaladas a julio del 2009, se obtuvieron los siguientes resultados en cuanto al perfil de sus empleados: Tabla 11: Perfil laboral de los empleados de telecomunicaciones Participación Femenina 29.1%

Perfil Educativo Edad

Nivel de Estudios Instrucción Superiores El 67% es El 50% de los Resalta que el 45% menor de ocupados posee al de los ocupados no 33 años. menos secundaria posee algún título completa / El 22% / De los que asisten a estudios posee un grado el 90% lo hacen a universitario completo o postla Universidad. Grado.

Carreras Afines Enseñanza comercial y administración / Informática / Ingeniería y profesiones afines / Especialidades técnicas.

Dominio de Idiomas El 53.4% habla inglés / Menos de un 1% habla francés.

Perfil del Contratación De sus ocupados el 71% son empleados u obreros de la empresa privada / El 29% son empleados u obreros del Estado.

Ingresos Promedio esperados ₡491.300

Fuente: Extraído del Estudio Diagnóstico de la Economía de la Información (MINAET, 2010). Datos obtenidos de la EHPM (INEC 2009).

Sin embargo, aunque los ingresos promedio son cercanos a los 500 mil colones, es poco probable que estos salarios se mantengan dado que con la apertura del mercado, es previsible que la presión por recurso humano calificado genere un aumento real de los salarios. Al desagregar el ingreso según título obtenido, en el siguiente gráfico se puede observar que el ingreso promedio esperado global de 491.300 colones se ubica en un nivel cercano al de un técnico, por lo que el salario promedio actual de un licenciado o un empleado con grados superiores sería una mejor aproximación al salario esperado en esta industria.

8

http://www.sap.com/mexico/ecosystem/customers/pdf/cable-wire.pdf 40

Cargas impositivas

Millares

Gráfico 8:: Ingresos esperados en la Industria de Telecomunicaciones según título obtenido ₡1.800 ₡1.600 ₡1.400 ₡1.200 ₡1.000 ₡800 ₡600 ₡400 ₡200 ₡0 No tiene título

Técnico, perito o diplomado

Bachillerato

Licenciatura

Posgrado(Maestría, doctorado)

Ingreso Promedio General

Fuente: Elaboración propia con datos atos obtenidos de la EHPM (INEC 2009).

Composición de los ingresos Este conjunto de variables reviste la mayor importancia para efectos del estudio. En este caso se buscó determinar los ingresos brutos totales y los ingresos netos gravables. Sobre estos dos indicadores financieros recaen en la mayoría de los impuestos y es sobre estos que se evalúa la carga impositiva. Para determinar los ingresos netos se debe determinar la estructura de costos de las empresas, lo que implica realizar una serie de supuestos de eficiencia, economías de escala, ala, estructura y estrategia de mercado. Por tal motivo se realizó un análisis de Estados de Resultados de varias empresas internacionales de telecomunicaciones con el fin de poseer un mejor criterio con respecto a dicha estructura de costos. Los Estados de Resultados brindan una serie de indicadores financieros, como lo es el EBITDA, el EBIT, el CapEx o el OIBDA. Para el caso de los Ingresos brutos, se utilizó el indicador de Ingresos Totales. El monto de referencia utilizado corresponde al mo monto nto estimado que valdría el sector de telecomunicaciones con el mercado completamente desarrollado. Dicho monto se estima en USD 996 millones de dólares de acuerdo con una investigación realizada por Pyramid Research en el 2008. De acuerdo con dicha icha empres empresa, el mercado móvil poseería ingresos de 581 millones de dólares al 2013. Para determinar el monto total de ingresos de una empresa de telecomunicaciones se debe realizar un supuesto sobre su penetración de mercado, por lo que cualquier ingreso establecido establec tendrá algún elemento de arbitrariedad. A pesar de esta limitante, y suponiendo que en el 41

Cargas impositivas mercado entren 3 operadores adicionales, se podría suponer una penetración máxima de un 25% para el mayor de ellos. Para el caso de los ingresos netos existen una serie de indicadores intermedios que suelen brindar las empresas. En este caso se utilizó el indicador de Ingresos Operativos Antes de Impuestos (OIBT, por sus siglas en inglés). Se utilizó el OIBT debido a que permite diferenciar entre los ingresos puramente operativos y aquellos debidos a ganancias de capital que no necesariamente se repiten todos los años. El OIBT además excluye el pago de intereses, la depreciación y las amortizaciones, por lo que el monto sobre el que recaerían los impuestos es una mejor aproximación de la base imponible menos deducciones. En el caso de una de estas empresas interesadas en entrar al mercado costarricense de las telecomunicaciones, se realizó un análisis de su estado de resultados, obteniendo un OIBT promedio para sus operaciones en Latinoamérica9 de 25,05% con respecto a sus ingresos operativos brutos. Se consideró que para efectos del estudio los perfiles de empresas que se deben evaluar deberían incluir tres tipos de servicios: telefonía móvil con infraestructura instalada, telefonía móvil sin infraestructura instalada (MVNO), y empresa oferente de servicios de Telefonía u Voz sobre IP que no requiere instalar infraestructura. Aunque debe indicarse que estos perfiles son únicamente ilustrativos, en tanto existe una gran cantidad de empresas de telecomunicaciones que no se ajustarían a dichos perfiles o que podrían ofrecer otros servicios además de los aquí expuestos. Industria de Difusión y Programación Definición: El Bureau of Labor Statistics (BLS) de los Estados Unidos brinda una adecuada descripción de las características de esta industria: “está compuesta por las estaciones de radio y televisión y las cadenas que crean contenido o transmiten el derecho de emitir programas de televisión y radio pre-grabados. Las cadenas transmiten sus señales desde los estudios de grabación mediante señales vía satélite hacia las estaciones locales o distribuidores de cable. Las señales transmitidas viajan a través de líneas de televisión por cable, sistemas de distribución satelitales o las ondas de las torres de transmisión de una estación, hacia las antenas de los radios y televisores. Cualquiera dentro del área de cobertura de la señal puede recibir la programación.10 Las estaciones de radio y televisión y las cadenas producen una variedad de programas, tanto de noticias nacionales y locales, talk shows, programas de músicas, películas, comedias y publicidad, por ejemplo.

9

Muestra de países o regiones: México, Brasil, Mercosur, Colombia, Andes, Centroamérica, Estado Unidos, Caribe, República Dominicana. 10 Cabe indicar que los distribuidores de televisión por cable se incluyen específicamente en la industria de telecomunicaciones. 42

Cargas impositivas Servicios: Al respecto el BLS indica que “aunque la producción de las noticias suele ser generada a nivel interno, gran parte de la programación es producida fuera de la industria. Los ingresos de las estaciones de radio y televisión comerciales provienen de la venta de tiempo de publicidad. Los montos a pagar dependen del tamaño y las características (edad, género, ingreso promedio, entre otros) de la audiencia del programa. Las estaciones educativas y no comerciales obtienen la mayoría de sus ingresos de las donaciones de individuos, fundaciones, gobiernos y corporaciones. Estas estaciones generalmente, son propiedad de organizaciones de difusión pública, instituciones religiosas o sistemas escolares. Las firmas que producen la programación para radio y televisión pero no la transmiten pertenecen a la industria del cine y el video” (Bureau of Labor Statistics, U.S. Department of Labor, 2009). Infraestructura: La infraestructura requerida por las empresas de radiodifusión sonora y televisa básicamente consiste en un local desde dónde se emite el mensaje, sea de radio o televisión, y radio bases que funcionan como repetidoras.

Cantidad: la cantidad de radio bases establecidas depende del alcance de la señal. •

Ubicación: existe una gran cantidad de radioemisoras comunitarias cuyo alcance es regional, por lo que no requieren de una gran cantidad de repetidoras. Por otro lado, algunas empresas de radio, y las empresas de televisión más importantes, poseen alcance nacional, lo que implica la instalación de una serie de radio bases en lugares estratégicos, como lo es el Parque Nacional Volcán Irazú. De acuerdo con datos del Departamento de Control de Radio del Viceministerio de Telecomunicaciones, en su mayoría, las empresas más grandes no poseen más de 5 repetidoras para poder cubrir todo el territorio nacional, en su mayoría ubicadas en zonas con algún grado de protección ambiental.

Empleo e Ingresos Como se puede observar en el siguiente gráfico, cerca de un 80% de todas las empresas de la Industria de Difusión y Programación son micro (48%) y pequeñas empresas (33%)11, con menos de 30 empleados cada una. Este perfil es particularmente cierto para las empresas de radio, entre las cuales más de un 52% son microempresas. A su vez, un 54% de las empresas de televisión son micro y pequeñas empresas.

11

Clasificación de tamaño: Micro (de 1 a 5 empleados), pequeñas (de 6 a 30), medianas (de 31 a 100), grandes (más de 100 empleados). 43

Cargas impositivas

Gráfico 9: Tamaño de las empre empresas de la Industria de Difusión y Programación 52

63

100%

11

90% 80% 70% Ignorado

60%

Grande

50%

Mediana

40%

Pequeña

30%

Micro

20% 10% 0% Actividades de programación y difusión

Difusión de radio

Actividades de programación y difusión televisiva

Fuente: Elaboración propia con base en el Directorio de Establecimientos 2009, INEC.

Aunque en términos relativos un 27% de las 11 empresas de televisión identificadas son empresas grandes con más de 100 empleados, en términos absolutos son apenas 3 empresas que además son fácilmente identificables. Con respecto al perfil de los emplead empleados de la Industria de Radiodifusión sonora y televisa, televisa se obtuvo el siguiente resultado: Tabla 12:: Perfil laboral de los empleados de emisión y difusión Perfil Educativo Participación Femenina 15.9%

Edad Es una de las actividades económicas más heterogéneas: De 15 a 23 años (28%) / De 24 a 27 años (14%) /De 28 a 32 años (14%) / De 33 a 42 (23%) / Más de 43 años (21%)

Dominio de Idiomas El 56% de los El 100% de los Humanidades El 9% de ocupados posee ocupados que / Periodismo e los nivel inferior a asisten a información. ocupados educación instituciones de la secundaria. educativas lo hacen a industria la Universidad. habla inglés. Nivel de Instrucción

Estudios Superiores

Carreras Afines

Perfil del Contratación

Ingresos Esperados

De sus ocupados el ₡305.900 65% son empleados u obreros de la empresa privada / El 27% son empleados u obreros del estado / 8% son patronos o socios activos.

Fuente: Extraído del Estudio Diagnóstico de la Economía de la Información (MINAET, 2010). Datos obtenidos de la EHPM (INEC 2009).

44

Cargas impositivas

Composición de los ingresos En cuanto a la composición de los ingresos, para estas variables no fue posible obtener estados de resultados recientes pues las empresas de este secto sector no suelen cotizar en bolsa, por lo que sus resultados financieros no se hacen públicos. Sin embargo, con base en entrevistas con empresarios del Sector se estableció que una empresa pequeña de radio puede obtener ingresos brutos por cerca de 60 millones de colones al año. En contraposición, las empresas de televisión de alcance nacional pueden obtener ingresos muy superiores. Para visualizar esta diferencia se realizó un ejercicio sencillo para determinar ingresos por venta de espacios publicitarios en los momentos de mayor audiencia. A All respecto se obtuvo que sus ingresos se ubican en un rango de entre USD 3 millones y USD 7 millones anuales. Perfil de las empresas: A continuación se presenta un breve resumen de las características de ambas industrias:

Con base en la información anterior, y teniendo en consideración la estructura de mercado de las respectivas industrias, se generaron 5 perfiles, según se detallan a continuación:

45

Cargas impositivas •

• •





Empresa de telecomunicaciones, oferente de servicios de telefonía móvil a nivel nacional, con infraestructura de telecomunicaciones instalada en el país, considerada como gran empresa (más de 100 empleados) y con ingresos elevados. Empresa oferente de servicios de telecomunicaciones, considerada mediana empresa (entre 30 y 100 empleados), con ingresos moderados. Empresa de telecomunicaciones, oferente de servicios de telecomunicaciones, con entre 5 y 30 empleados, con bajos ingresos y sin infraestructura de telecomunicaciones instalada. Empresa de programación y difusión, oferente de servicios de radio y televisión gratuita a nivel nacional, con infraestructura de telecomunicaciones instalada en el país, entre 5 y 30 empleados, con bajos ingresos. Empresa de programación y difusión, oferente de servicios de radio y televisión gratuita a nivel nacional, con infraestructura de telecomunicaciones instalada en el país, considerada gran empresa, (más de 100 empleados), con ingresos medios.

46

Cargas impositivas

3.3 Resultados Las variables utilizadas para el cálculo de cada impuesto, sus valores y supuestos se presentan en el Anexo 1. En la tabla 13 se pueden apreciar los cargos en términos relativos. Tabla 13: Participación relativa de los impuestos según perfil de empresa Impuesto

Cargas Sociales (TCS) Impuestos sobre ventas (TS) Impuesto sobre la renta (TR) Impuestos patente comercial cantonal (TPCC) Impuesto sobre bienes inmuebles (TBI) Canon de puestos en áreas protegidas (TAP) Canon de regulación empresas de telecomunicaciones (TRET) Canon anual de radiodifusión (CAR) Canon por reserva del espectro Contribución Parafiscal Especial (TPE) Total (sin TS) Total (50% TS) Total (con TS)

Telco grande

Telco mediana

Telco pequeña

Empresa Empresa de pequeña de televisión radio o TV grande 2,27% 0,34% 13,00% 13,00% 5,00% 7,50% 0,48% 0,48%

0,35% 13,00% 7,50% 0,48%

0,63% 13,00% 7,50% 0,48%

0,66% 13,00% 7,50% 0,48%

0,06%

0,02%

0,01%

0,30%

0,02%

0,03%

0,01%

0,01%

1,32%

0,03%

0,91%

0,91%

0,91%

na

na

na 0,35% 1,50%

na 1,59% 1,50%

na 1,66% 1,50%

0,04% na na

0,38% na na

11,18% 17,68% 24,18%

12,65% 19,15% 25,65%

12,74% 19,24% 25,74%

9,41% 15,91% 22,41%

8,74% 15,24% 21,74%

Fuente: Elaboración propia.

Con respecto a la tabla anterior se debe indicar que el impuesto sobre la renta posee el mismo peso para todos los perfiles, pues se asumió que la Renta Líquida Gravable es de un 25% de los ingresos brutos para todos los perfiles y, con excepción de la empresa de radio (que debe pagar un 20%), todos deben pagar un 30% de impuesto en este rubro. Más adelante se realizan cambios en el ingreso neto con el fin de determinar la sensibilidad de la estimación a cambios en esta variable. En primera instancia se puede observar que con excepción de las empresas de Radiodifusión sonora y televisa, que poseen cargas de un 8.7% y un 9,4%, las demás empresas se ubican en un rango de entre 11% y 13% de los ingresos brutos. Las diferencias entre las empresas, (más allá de los supuestos realizados para cada una), se deben fundamentalmente a que con excepción de los

47

Cargas impositivas cargos sobre la renta,, regulación y de patente comercial, las demás cargas impositivas no están en función de los ingresos, lo que resulta en un esquema impositivo regresivo regresivo. Como se puede observar en el siguiente gráfico, las empresas pequeñas tanto de telecomunicaciones como de radio y televisión, son las que más deben pagar con respecto a sus ingresos brutos. Gráfico 10:: Carga impositiva total sobre los ingresos brutos Impuesto sobre la renta

Empresa de televisión grande

Cargas Sociales Empresa pequeña de radio o TV

Impuestos patente comercial

Impuesto sobre bienes inmuebles Telco pequeña Canon áreas protegidas

Canon de regulación Telco mediana Canon anual de radiodifusión Telco grande

Canon por reserva del espectro

Contribución Parafiscal Especial 0%

3%

6%

9%

12%

15%

Fuente: Elaboración propia

Esto se debe principalmente a que el monto establecido para el canon por reserva del Espectro Radioeléctrico, tal cual está planteado en el borrador de la Sutel, no está sujeto a los ingresos de las empresas, lo que hace que una empresa pequeña de telecomunicaciones nicaciones deba pagar en términos relativos una mayor proporción de sus ingresos. Mientras tanto, las cargas sociales para la empresa pequeña de radio es la principal carga impositiva, superando all impuesto sobre la renta, que se asumió en un 20% para este caso. En el siguiente gráfico se puede observar que para las empresas grandes, el impuesto sobre la renta puede alcanzar entre un 60 60% y un 75% del total de la carga impositiva. Mientras tanto, conforme disminuye el tamaño de la empresa, otros impuestos como el de canon por reserva del Espectro o el de regulación adquieren una importancia relativa ca cada da vez mayor. En el caso de la Telco pequeña, estos montos pueden llegar a ser de hasta u un 25% % del total a pagar. 48

Cargas impositivas Gráfico 11: Importancia relativa de los impuestos en la carga impositiva total 100% 90% 80%

Contribución Parafiscal Especial

70%

Canon por reserva del espectro

60%

Canon anual de radiodifusión

50%

Canon de regulación

40%

Canon áreas protegidas

30%

Impuesto sobre bienes inmuebles

20%

Impuestos patente comercial

10%

Cargas Sociales

0%

Impuesto sobre la renta Telco grande

Telco mediana

Telco Empresa Empresa de pequeña pequeña de televisión radio o TV grande

Fuente: Elaboración propia

Para el caso de las empresas de radio pequeñas, además del impuesto sobre laa renta, las cargas sociales es pueden representar hasta un 224% de la carga tributaria. Le siguen en importancia los montos por concepto del canon de puesto en áreas prot protegidas gidas y el de bienes inmuebles. Esto concuerda con el esquema de costos de estas empresas, en las cuales los costos de instalaciones y de personal representan las princ principales erogaciones a realizar. Otro elemento a considerar es que el canon de áreas protegida protegidas, que actualmente es de 100.000 colones, una vez ajustado por la inflación y proyectado con un monto de 350.000 350 colones, representa menos de un 0,02% % de los ingresos brutos de las empresas de telecomunicaciones y un 0,03% de los ingresos brutos de la empresa de televisión. En el caso de la empresa pequeña de radio,, el monto alcanza un 11,32% de los os ingresos y representa un 11,81% 11,81 de la carga impositiva total a pagar por la empresa. La carga impositiva promedio a nivel general se ubica en un 11% de los ingresos brutos, sin embargo, cuando se evalúa según industria se puede observar que ambas industrias poseen cargas impositivas relativas muy di diferentes, con un promedio para Telcos elcos de 12% y para empresas de radio y TV de 9% de los ingresos brutos. Al evaluar la importancia relativa de las cargas en los perfiles promedio según industria, se puede observar que en las empresas de telecomunicaciones, el impuesto esto sobre la renta es bastante importante, con un 66% de participación. Le sigue la contribución parafiscal, que aunque cobra un 1,5% sobre los ingresos brutos, representa un 13% del total a pagar. Le sigue el canon de regulación, con un 8%. 49

Cargas impositivas Gráfico 12:: Distribución de las cargas impositivas en una empresa de telecomunicaciones promedio 0%

5%

Impuesto sobre la renta

4%

8%

3%

1%

Contribución Parafiscal Especial Canon por reserva del espectro

13% 66%

Canon de regulación Cargas Sociales Impuestos patente comercial Canon áreas protegidas Impuesto sobre bienes inmuebles

Fuente: Elaboración propia

Mientras tanto, para el caso de las empresas de Radio y TV, el impuesto sobre la renta representa un 69% de la carga impositiva, seguido por las cargas sociales, con un 14% y el canon de áreas protegidas con un 8%. Gráfico 13: Distribución de las cargas impositivas en una empresa de radio y TV promedio 2% 2% 5%

8% Impuesto sobre la renta Cargas Sociales

14%

Impuestos patente comercial 69%

Canon áreas protegidas Canon anual de radiodifusión Impuesto sobre bienes inmuebles

Fuente: Elaboración propia Con el fin de fortalecer la estimac estimación, ión, se realizó un análisis de sensibilidad del modelo ante cambios en algunos de los supuestos supuestos,, para lo que se utilizó un promedio de los 5 perfiles analizados.. Dado que la mayoría de los impuestos no son sensibles a los ing ingresos, resos, el principal elemento de variación de la carga impositiva corresponder correspondería ía a dos variables, el nivel de ingresos brutos y el porcentaje de los ingresos brutos que corresponden a llaa renta líquida gravable. gravable 50

Cargas impositivas Al respecto, el análisis de sensibilidad mostró una carga impositiva promedio que variaba entre el 7% y el 14 % ante cambios en la RLG de entre 30% y un 5%, según se puede observar en el siguiente gráfico.

Carga impositiva sobre el YB

Gráfico 14:: La carga im impositiva positiva ante cambios en la Renta Líquida Gravable

15% 14% 13% 12% 11% 10% 9% 8% 7% 6% 5% 4% 3% 2% 1% 0%

Impuesto sobre bienes inmuebles Canon anual de radiodifusión Canon áreas protegidas Impuestos patente comercial Cargas Sociales Canon de regulación Canon por reserva del espectro Contribución Parafiscal Especial 30%

25%

20%

15%

10%

5%

Impuesto sobre la renta

Ingreso Neto Gravable Fuente: Elaboración propia

Con el escenario base de una RLG de 25%, la carga impositiva promedio se ub ubicó icó en un 12.5% 12.5 de los ingresos brutos. Mientras ta tanto, con una RLG optimista de 30%, %, se obtuvo una carga impositiva mpositiva promedio cercana al 14 14%. En la parte más baja se ubicó un RLG de 5%, con lo que se obtiene unaa carga impositiva cercana al 6.8 6.8%. Teniendo en consideración que no es posible realizar una prueba de hipótesis dada la escasez de datos dispon disponibles, ibles, se considera que la aproximación inicial de la carga impositiva de un 112.5% sobre los ingresos brutos con +/- 3 puntos porcentuales de desviación sirve como base para profundizar en el tema y realizar estimaciones iniciales. Hasta ahora en el estudio no se ha tomado en cuenta el impuesto sobre las ventas, aunque en la teoría económica se plantea la posibilidad de que bajo ciertas condiciones competitivas éste debe ser asumido en parte o totalmente talmente por el oferente. Esto se puede dar por ejemplo cuando cuan la disminución de los precios por parte de otros competidores lleva all oferente a reducir tarifas, no por mejoras en la eficiencia, sino mediante reducci reducción ón del margen de beneficios, lo que en última instancia se traduce en una transferencia del vendedor al consumidor. Con el fin de determinar el impacto que este impuesto puede tener sobre la carga impositiva, se estimó una transferencia de un 50% del impuesto sobre las ventas, es decir, un 6,5% ,5% del impuesto total sobre 51

Cargas impositivas los ingresos brutos. Con este supue supuesto, se obtiene una carga impositiva de 19.02% % de los ingresos brutos para una RLG de un 25%. Nótese que incluso con una RLG menos optimista de un 10%, se obtiene una recaudación de las empresas de cerca de un 15%, y si se suma todo el impuesto sobre las ventas entas esta alcanza un 21% de los Ingresos Brutos. Gráfico 15:: La carga impositiva ante la inclusión del Impuesto sobre las ventas 30% 27% 24% 21% 18%

Total (con TS)

15% Total (50% TS)

12%

Total (sin TS)

9% 6% 3% 0% 30%

25%

20%

15%

10%

5%

Fuente: Elaboración propia

Para efectos del Estado, la contribución impositiva total para ef efectos ectos fiscales, llegaría a un 25% 25 +/- 3% % sobre los ingresos brutos, incluyendo el impuesto de ventas ventas.. Así por ejemplo, con un valor agregado actual de cerca de USD 500 millones anuales y con una proyección del doble para un periodo de cinco años, se puede estimar, de manera conservadora, que el Estado recibirá ingresos del Sector Telecomunicaciones de manera directa o indirecta por montos de entre 120 y 250 0 USD millones por año, de los cuales ente 60 y 130 USD millones corresponderían al impuesto sobre las ventas. Con el fin de fortalecer aún más esta estimación, se realizó un una simulación de escenarios, con 5575 perfiles diferentes. Se establecieron dos rangos fundamentales, el valor de los ingresos brutos se estableció para que variara entre 0 y 30 millones de dólares anuales. Mientras que los ingresos netos se dispusieron para que variaran aleatoriamente entre un 5% y un 25% de los ingresos brutos. Se excluyó del cálculo el canon de espectro radioeléctrico por la gran cantidad de variables intermedias requeridas para obtener una estimación acorde con el perfil de cada empresa.

52

Cargas impositivas Se obtuvo, incluyendo el 13% del impuesto sobre las vventas, entas, una carga impositiva de 23.45% sobre los ingresos brutos, con una desviación estándar de 1.87 puntos porcentuales. Por tal motivo, se consideró que las estimaciones anteriores de los perfiles, resultan una buena aproximación de la base impositiva de las empresas. De agregarse otros impuestos, como los selectivos de consumo, de importación y otros impuestos que recaen sobre los consumidores, la carga impositiva aumentaría aún más. 3.5 Utilización del Ingreso Operativo Los ingresos operativos antes de im impuestos puestos (OIBT) constituyen un indicador que permite visualizar el impacto que tienen las cargas impositivas sobre los ingresos de las empresas, empresas derivados únicamente de sus ingresos operativo operativoss y excluyendo tanto los gastos (de capital u otros) como los ingresos esos no operativos, lo que da una mejor medida de los verdaderos ingresos de las empresas. En general se suele utilizar esta medida para efectos de cálculo de la utilidad neta antes de impuestos.

Gráfico 16:: Utilización del OIBT como variable de referencia

Carga/OIBT

250% 200% 150% 100%

Total (sin TS)

50%

Total (50% TS)

0% 30%

25%

20%

15%

10%

5%

OIBT

Fuente: Elaboración propia

Como se puede ver en el gráfico anterior,, aún cuando la carga impositiva alcance un 6.8% del ingreso bruto, con un OIBT del 5% esta representaría más de un 100% de éste. De agregarse la mitad del impuesto mpuesto sobre las ventas, las empresas menos rentables o que han realizado mayores inversiones pueden verse obligadas a pagar más de un 200% de sus utilidades tan solo en cargas impositivas. Incluso con un OIBT de 15% la carga impositiva tanto con parte d del el impuesto sobre las ventas como sin él, sobrepasa el 50% del OIBT. Este esquema, ya de por si regresivo para con la pequeña empresa, es aún más regresivo con aquellas empresas menos eficientes o que han debido realizar inversiones en capital fijo (muy us usuales uales en las telecomunicaciones, por lo que se recomienda además observar el CapEx), que han reducido sustancialmente sus utilidades netas.

53

Cargas impositivas Por lo anterior, y de mantenerse el esquema actual, es de esperar que en el mediano plazo las cargas impositivas se conviertan en un elemento importante en la conformación de un mercado de telecomunicaciones con poco actores o muy concentrado, donde las empresas que logren economías de escala tendrían la ventaja de la obtención de utilidades netas superiores y que por ende permiten absorber las cargas establecidas sin poner en riesgo la estabilidad financiera de estas.

54

Cargas impositivas

4. Conclusiones y recomendaciones La cuantificación de la carga impositiva total para las empresas de las Industrias de Telecomunicaciones y de Radiodifusión sonora y televisa resulta en un ejercicio complejo que requirió el levantamiento de una gran cantidad de supuestos y la búsqueda de valores para variables cuya información no siempre se encuentra disponible. A pesar de las limitantes propias del proceso de modelado de las cargas impositivas, la Rectoría de Telecomunicaciones considera que la información obtenida de este ejercicio resulta fundamental para evaluar el impacto de las políticas públicas en materia regulatoria y tarifaria en la instalación y despliegue de la infraestructura y servicios de telecomunicaciones. La inclusión de la industria de Difusión y Programación permite evaluar el impacto en una industria que comparte muchas características con la de telecomunicaciones en materia de infraestructura, aunque la naturaleza de sus servicios y el origen de sus ingresos, hace que difieran en las cargas impositivas que deben pagar. Destacan las siguientes conclusiones con respecto al esquema impositivo en el país: •



• • •

• •

Las metodologías de cobro de patentes comerciales a nivel municipal no se encuentran armonizadas. Incluso cuando se aplica la misma metodología de cálculo, los valores de ponderación pueden variar significativamente. La carga impositiva total sería de un 12.5% de los ingresos brutos con una desviación de un +/- 3%. Sin embargo, al considerar los ingresos netos, aproximados por medio del ingreso operativo antes de impuestos, la carga impositiva puede alcanzar entre un 50% y un 100%. La carga impositiva total, para efectos de recaudación del Estado, alcanzaría cerca de un 25% de los ingresos brutos incluyendo el impuesto sobre las ventas. El Estado, entendido como todas las instituciones involucradas en este estudio, puede esperar ingresos por un monto de entre 125 y 250 millones de dólares anuales. El sistema tributario es regresivo: las empresas pequeñas deben pagar, en términos relativos, más que las empresas grandes. Esto se debe a la existencia de una serie de cargas que no están ligadas a los ingresos, y que pueden afectar de manera directa la sostenibilidad de dichas empresas, como es el caso del borrador de canon de reserva del Espectro, las cargas sociales y los impuestos de bienes inmuebles. El canon de regulación presenta una metodología neutral con respecto al ingreso bruto, aunque regresiva en función de los ingresos netos. Algunas cargas impositivas presentan un efecto mínimo en la carga tributaria total, como el canon anual de radiodifusión o los pagos de patentes comerciales. 55

Cargas impositivas •

En el caso del canon de áreas protegidas, aún con un aumento del triple con respecto al monto cobrado hoy en día, éste no representa un gasto importante para ninguno de los perfiles creados.

Con base en las observaciones anteriores, la Rectoría de Telecomunicaciones posee una base de trabajo para iniciar futuras investigaciones en materia tributaria. Quedan todavía múltiples variables que requieren de una mayor investigación y que permitirían afinar la estimación conforme se vaya abriendo el mercado. Sin embargo, ya se pueden delinear áreas de trabajo en ese sentido. En primera instancia, se recomienda trabajar con las municipalidades para simplificar y homogenizar las metodologías de cobro. También se debe trabajar en la regresividad del esquema impositivo, en particular en lo que corresponde al canon de reserva del Espectro Radioeléctrico. El canon de regulación requiere de algunas reformas para aumentar su neutralidad, en particular en el uso del ingreso bruto como variable de referencia. Finalmente, en materia del canon de áreas protegidas y el de radiodifusión, se pudo observar que aún existe espacio para realizar ajustes en este sentido, incluyendo el diseño de una metodología de cálculo que refleje tanto el costo ambiental asociado en el primer caso, como el costo regulatorio en el segundo. Tabla 14: Tabla Resumen de acciones propuestas según carga impositiva1 Carga impositiva Canon de Regulación

Fortaleza Alta eficiencia y equidad.

Deficiencia Impacto sobre las utilidades netas puede ser elevado.

Canon de Espectro

Toma en cuenta las variables indicadas por Ley.

Contribución Parafiscal a FONATEL

Alta eficiencia y equidad.

Falta de eficiencia, equidad y alta regresividad. Impacto sobre los ingresos brutos y las utilidades netas puede ser muy elevado. Primer borrador no estaba asociado a los costos de gestión del espectro. Impacto sobre las utilidades netas puede ser elevado.

Patentes comerciales

Alta eficiencia y equidad.

Diferencias metodológicas importantes. Importante variación en los porcentajes de cobro puede generar distorsiones geográficas. Alta incertidumbre sobre el método de cobro a aplicar.

Acciones Utilizar otra variable de referencia: se recomienda el Ingreso Gravable Neto, o un indicador financiero que tome en cuenta los gastos de capital. Solicitar criterio a Procuraduría para que sea descontado del pago del impuesto sobre la renta. Velar porque las modificaciones al Borrador eliminen las deficiencias encontradas. Realizar las observaciones del caso al Borrador de Reglamento. Solicitar criterio a Procuraduría para que sea descontado del pago del impuesto sobre la renta. Solicitar a la Procuraduría y al Ministerio de Hacienda la modificación del criterio para que se pueda realizar un descuento del impuesto sobre la renta con base en la alta carga impositiva total. La metodología debe ser uniforme y tomar en cuenta las particularidades propias del Sector Telecomunicaciones, o se generan distorsiones geográficas e incertidumbre en el cobro. Colaborar en la aplicación de una metodología única. Apoyar a las 56

Cargas impositivas

Canon anual de radiodifusión

Sencillo de aplicar.

Canon de puestos en áreas protegidas

Sencillo de aplicar.

Dificultad para estimar el monto a pagar. El monto a cobrar no responde a ninguna metodología de estimación de costo de regulación. El Canon no evalúa el impacto ambiental. Castiga el uso compartido de la infraestructura. El valor es fijo y no responde a una metodología de cobro. El pago en especie está mal definido y puede resultar excesivo.

municipalidades con el equipo de trámites de la Rectoría de Telecomunicaciones. Se recomienda la actualización del monto con base en una metodología que refleje mejor el gasto regulatorio y el valor del Espectro utilizado. Desarrollar una metodología para la actualización del canon con base en criterios de impacto ambiental.

Fuente: Elaboración propia 1/ Se excluye el impuesto sobre la renta, de las ventas y el de bienes inmuebles pues no se encontraron acciones correctivas (sectoriales) sobre estos impuestos.

57

Cargas impositivas Bibliografía citada • • •



• • • •









Bureau of Labor Statistics (2010). U.S. Department of Labor. Consultado el 03 de agosto del 2010 en http://www.bls.gov/iag/home.htm Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS). Información consultada el 05 de junio del 2010. Disponible en http://www.ccss.sa.cr/html/linea/tramites_frecuentes/tr21.html Cardoza, David & Vargas Henry. Incidencia tributaria del impuesto sobre las ventas: el caso de Costa Rica. Disponible en: http://unpan1.un.org/intradoc/groups/public/documents/icap/unpan031700.pdf Contraloría General de la República Costa Rica. División de Fiscalización Operativa y Evaluativo. Área de Ingreso Públicos. El sistema tributario costarricense: contribuciones al debate nacional. Contraloría General de la República: editado por Fernando Herrero Acosta. –1 ed. –San José, Costa Rica: Publicaciones Contraloría General de la República, 2002. Council on State Taxation (COST). (2002) Telecommunications Tax Task Force 2001 State Study and Report on Telecommunications Taxation. Council on State Taxation (COST). (2005) Telecommunications Tax Task Force 2004 State Study and Report on Telecommunications Taxation. Dornbusch, Rudiger - Fischer Stanley – Startz Richard. Macroeconomía. Sétima edición, editorial Mac Graw Hill. España, 1998. GSM Association & Deloiite (2008). Global Mobile Tax Review 2006-2007. Tax regimes that recognize mobile phones as a need not a luxury benefit all stakeholders. Disponible en http://www.gsmworld.com/ Instituto Nacional de Estadística - INE (2005). CIIU Rev.4 Bosquejo (Last editorial change: 31/12/2005). Chile. [En línea]. Formato PDF. Disponible en: http://unstats.un.org/unsd/cr/registry/docs/isic4-051231-s.pdf Instituto Nacional de Estadística y Censos. (2009). Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2009. Costa Rica: INEC. Consulta de la base de datos Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2009, en Diciembre de 2009. [En línea]. Disponible en: http://www.inec.go.cr Instituto Nacional de Estadística y Censos. (2010). Directorio de Unidades Institucionales y Establecimientos 2008-2009, Metodología. Costa Rica: INEC. (Consultado en Enero de 2010). [En línea]. Disponible en: http://www.inec.go.cr Instituto Nacional de Estadística y Censos. (2010). Directorio de Unidades Institucionales y Establecimientos 2008-2009. Costa Rica: INEC. (Consultado en Enero de 2010). [En línea]. Disponible en: http://www.inec.go.cr

58

Cargas impositivas • •





• •

• •



Mackey, Scott (2004). The Excessive State and Local Tax Burden On Wireless Telecommunications Service. Special Report/Viewpoint. State Tax Notes, July 19 2004. Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones – MINAET. (Junio, 2010). Economía de la Información Costarricense: Estudio-Diagnóstico. Costa Rica: MINAET. Págs. 174. Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC). Leyes de patentes municipales. Consultadas el 18 de junio del 2010. Disponible en: http://www.tramites.go.cr/manual/espanol/11/11-2.htm Ministerio de Planificación Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), Sistema de Indicadores sobre Desarrollo Sostenible (SIDES). Tablas consultadas el 13 de julio del 2010. Disponibles en línea en: http://www.mideplan.go.cr/sides/economico/05-03.htm Pyramid Research. (Diciembre, 2008). Communications Markets in Costa Rica. Estados Unidos de América: Pyramid Research’s Latin AmericaCountry Intelligence Report Series. Pociask Stephen (2004). TeleNomic Research. Taxing High-Speed Services, a quantification of the Effects on the DSL Industry and Universal Service. New Millenium Research Council. Abril 2004. Washington D.C. Richard W. Tresch. Public Finance A Normative Theory. 2 Edición. Editorial Elsevier Science. Estados Unidos de Norteamérica, 2002. Rodríguez, Hanny, (2008). Propuesta de reforma tributaria para Costa Rica con base en la estructura fiscal de países industrializados (Alemania, Reino Unido, Estados Unidos y Japón). Tesis para optar por el grado de Licenciatura en Economía. Escuela de Economía, Facultad de Ciencias Económicas, Universidad Latina de Costa Rica. San José, Costa Rica. 2008. Superintendencia de Telecomunicaciones, SUTEL. (2010). Procedimiento para el cálculo del Canon de Reserva del Espectro Radioeléctrico. Enero 21, 2010. Bibliografía consultada



Viceministerio de Telecomunicaciones, MINAET. Estudio sobre los Trámites del Sector Telecomunicaciones. Octubre 2009. Disponible en www.telecom.go.cr



Viceministerio de Telecomunicaciones, MINAET. Estrategia de Simplificación de Trámites del Sector Telecomunicaciones. Febrero 2010. Disponible en www.telecom.go.cr

59

Cargas impositivas • Anexos Anexo 1: Montos estimados para el cálculo de los impuestos según perfil de las empresas Impuesto

Variables

Cargas Sociales (TCS)

Cantidad de empleados (n) Salario Promedio Ingresos brutos o ventas totales (IT) %Cargas Sociales (tcs) Monto total Ingresos brutos o ventas totales (IT) % Impuesto sobre las ventas (TS) Monto total Ingreso Gravable Neto % Ingreso Gravable Neto (IGN= OIBT) % Impuesto sobre la renta ( tr) Monto total % IT %IGN Monto total Valor de puesto de telecomunicaciones Cantidad de torres propias (qt) Valor total en bienes inmuebles (VBT) %Impuesto sobre bienes inmuebles (tbi) Monto total Cantidad de puestos en áreas protegidas (p) Monto Fijo=MF Monto total Monto de regulación (MR) Ingresos del Sector (IS) Ingresos brutos o ventas totales (IT) % Participación de mercado (ms) Monto total Cantidad de MHz concesionados. (qMHz) Monto por Mhz (40*500 Colones) A definir

Impuestos sobre ventas (TS)

Impuesto sobre la renta (TR)

Impuestos patente comercial cantonal (TPCC) Impuesto sobre bienes inmuebles (TBI)

Canon de puestos en áreas protegidas 1/ (TAP) Canon de regulación empresas de telecomunicaciones (TRET)

Canon anual de radiodifusión (CAR) Canon por reserva del espectro Contribución Parafiscal Especial (TPE)

Ingresos brutos o ventas totales (IT) % tpe Monto total Fuente: Elaboración propia

Telco grande

Telco mediana

Telco pequeña

1.500 1.280 145.095.875

300 1.280 15.884.036

100 1.280 5.054.600

Empresa pequeña de radio o TV 15 577 100.000

Empresa de televisión grande 100 577 4.500.000

26,17% 502.336 145.095.875

26,17% 100.467 15.884.036

26,17% 33.489 5.054.600

26,17% 2.266 100.000

26,17% 15.105 4.500.000

13% 18.862.463,75 25% 36.273.969 30% 10.882.191 0,35% 0,56% 703.352 60.000

13% 2.064.924,70 25% 3.971.009 30% 1.191.303 0,35% 0,56% 76.998 60.000

13% 657.098,00 25% 1.263.650 30% 379.095 0,35% 0,56% 24.502 60.000

13% 13.000,00 25% 25.000 20% 5.000 0,35% 0,56% 485 60.000

13% 585.000,00 25% 1.125.000 30% 337.500 0,35% 0,56% 21.814 60.000

600 36.000.000

25 1.500.000

5 300.000

2 120.000

5 300.000

0,25%

0,25%

0,25%

0,25%

0,25%

90.000 60

3.750 3

750 1

300 2

750 2

660 39.623 9.100.000 995.000.000 145.095.875

660 1.651 9.100.000 995.000.000 15.884.036

660 330 9.100.000 995.000.000 5.054.600

660 1.321 na na na

660 1.321 na na na

14,6% 1.327.008 30

1,6% 145.271 15

0,51% 46.228 5

na na 1

na na 450

na 503.864,67

na 251.932,34

na 83.977,45

38 na

16.981 na

145.095.875

15.884.036

5.054.600

na

na

1,5% 2.176.438

1,5% 238.261

1,5% 75.819

na na

na na

60

Cargas impositivas Tipo de cambio: 530 colones por dólar Tamaño proyectado del mercado: 995M USD 1/Canon de puestos en áreas protegidas actual de 100.000 colones anuales.

Anexo 2: Peso de las cargas impositivas en los ingresos netos Impuesto

Cargas Sociales (TCS) Impuestos sobre ventas (TS) Impuesto sobre la renta (TR) Impuestos patente comercial cantonal (TPCC) Impuesto sobre bienes inmuebles (TBI) Canon de puestos en áreas protegidas (TAP) Canon de regulación empresas de telecomunicaciones (TRET) Canon anual de radiodifusión (CAR) Canon por reserva del espectro Contribución Parafiscal Especial (TPE) Total (sin TS) Total (50% TS) Total (con TS)

Telco grande

Telco mediana

Telco pequeña

Empresa pequeña de radio o TV

Empresa de televisión grande

1,38% 52,00% 30,00% 1,94%

2,53% 52,00% 30,00% 1,94%

2,65% 52,00% 30,00% 1,94%

9,06% 52,00% 20,00% 1,94%

1,34% 52,00% 30,00% 1,94%

0,25%

0,09%

0,06%

1,20%

0,07%

0,11%

0,04%

0,03%

5,28%

0,12%

3,66%

3,66%

3,66%

na

na

na

na

na

0,15%

1,51%

1,39%

6,34%

6,65%

na

na

6,00%

6,00%

6,00%

na

na

44,73% 70,73% 96,73%

50,61% 76,61% 102,61%

50,98% 76,98% 102,98%

37,64% 63,64% 89,64%

34,98% 60,98% 86,98%

Fuente: Elaboración propia Se tomó un OIBT de 25% sobre los ingresos brutos para realizar el cálculo.

61

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.