CATALOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS PLAN GENERAL DE TERESA DE COFRENTES. SECCION PATRIMONIO CULTURAL

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CATALOGO PLAN GENERAL DE TERESA DE COFRENTES

CATALOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS PLAN GENERAL DE TERESA DE COFRENTES. SECCION PATRIMONIO CULTURAL

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INDICE PAGINA 1.- PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA 1.1.- MEMORIA DESCRIPTIVA

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1.2.- MEMORIA JUSTIFICATIVA

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1.3,- ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS

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1.4,- PLANOS DE INFORMACION

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2.- PARTE CON EFICACIA NORMATIVA 2.1.- FICHAS DE ELEMENTOS CATALOGADOS

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2.2.- PLANOS

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2.3.- NORMATIVA DE APLICACIÓN

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1.- PARTE SIN EFICACIA NORMATIVA

1.1.- MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROCESO DE OBTENCIÓN DE LA INFORMACION

1.1.1.- FUENTES DOCUMENTALES El Catálogo de protecciones abarca, de manera sucinta, el estudio y evaluación de todos los campos de interés patrimonial de naturaleza inmueble que tienen presencia en el municipio según establece el artículo 47.2 de la LPCV o Ley del Patrimonio Cultural Valenciano Para la elaboración de este Catálogo se han utilizado las siguientes fuentes documentales: -

Informe de la Unidad de Inspección del Patrimonio Histórico Artístico de la Dirección Territorial de Cultura de Valencia de fecha 5 de marzo de 2003.

-

Página Web de la DG de Patrimonio.

-

Normas Susbsidiarias de Teresa de Cofrentes aprobadas de definitivamente el 29 de noviembre de 1988. Orígenes y Evolución Histórica contenidos en la Memoria de la Información y Avance.

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Libro de Poveda Mora, J.V. “Historia del Valle de Ayora-Cofrentes”. Volumenes I y II, Mancomunidad del Valle de Ayora-Cofrentes. Valencia 2001.

-

Resto de bibliografía.

De acuerdo con dichas fuentes se ha realizado el inventario de elementos catalogados provisionalmente que están contenidos en el siguiente estudio de antecedentes.

1.1.2.- EQUIPO REDACTOR DEL CATALOGO DE PROTECCIONES

- Alejandro Samper Lasso, Licenciado en Historia y Arqueólogo - Arturo José Gómez García, Licenciado en Historia y Arqueólogo - Javier Marzo Muñoz, Biológo. - Vega Cerdá Hernández, Arquitecta - José Cerdá Martínez, Arquitecto

1.1.3.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS

A.-Introducción Histórica. Reseña a partir de los yacimientos arqueológicos y monumentos del término. Los rasgos históricos de Teresa de Cofrentes vienen marcados por su situación geográfica a loeste de la provincia de Valencia límite con Castilla. Esta población se encuentra en la comarca valenciana del Valle de Ayora-Cofrentes, ("la valle" para los lugareños). Está formada por lo que antiguamente se conocía por los lugares del Señorío de Cofrentes (Cofrentes, Jalance, Jarafuel, Teresa y Zarra) y la villa de Ayora, viviendo su historia con las características propias de un territorio fronterizo entre dos antiguos reinos, el de Valencia y el de Castilla, siendo testigo directo de grandes acontecimientos de la historia de España. En el valle hay unos 18 yacimientos desde el paleolítico al eneolítico, sin representación en Teresa de Cofrentes. De la Edad del Bronce hay unos 30 yacimientos, 6 de éstos en el término, ubicados en cerros y abrigos naturales: Cueva Negra, Pico del Choto, Cueva de la Ceniza, El Promontorio, Media Barchilla y el Caroche. Varios de ellos continúan en uso en

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época ibérica, según los datos de la DGPV son los siguientes yacimientos: la Cueva Negra, el Promontorio y Media Barchilla. A los que cabría añadir la posibilidad de continuidad cronológica del Pico del Choto, o el yacimiento del Alto del Losar (ubicado en el Puntal del Borrego)1. Los romanos irrumpieron en el Valle en torno al 200 a.C., cuando controlan la zona, bajan de los asentamientos en las montañas a la población local, para controlarla mejor y trabajar las tierras (Villas), de estos momentos son los cimientos del antiguo castillo de Teresa, restaurado y utilizado por los árabes . Esta noticia no está contrastada por otros medios. De la Edad Media, se puede atribuir el Yacimiento de Eudemia, que ya en el SVIII puede pasar a ser una alquería musulmana, los restos encontrados datan su final hacia el S. XI. A partir de este siglo cambia la situación geopolítica del Valle y aumenta la población, creándose nuevas infraestructuras. En el S.XI se data El Castillo de Teresa (del que se sabe que en 1621 debía encontrarse en ruinas, durante la posesión de la localidad por el Duque de Gandía, con la población que se aglutinaría en la alquería de Theresa (casco antiguo de Teresa), fue en algunos momentos la aljama más importante del Valle, contaba también con la población de Palazuelos (alquería fortificada, actual castillo de Palaz, en ruinas), una obra hidráulica en el barranco de la Argongeña, una acequia a varios metros del suelo, siendo en la práctica un acueducto (conocido como obra de los moros). Hay otro importante yacimiento no inventariado, dentro del casco urbano, bajo la actual Plaza de la Iglesia, se sitúa un gran muro con sillares, del que salen varios contrafuertes de gran entidad, se trata de los restos de la Mezquita de Teresa (S.XI-XVI), Las aljamas musulmanas de Cofrentes, Jarafuel, Teresa y Zarra, y mientras estuvo habitado, Palazuelos, siguieron contando únicamente con sus antiguas mezquitas hasta bien entrado el S.XVI. En 1221, Fernando III de Castilla queda a las puertas del Valle pero no lo conquista. Posteriormente, en 1239, Jaime I de Aragón también detuvo sus huestes en la frontera del río Júcar, desde Chirel hasta Valencia pasando por Alcira. En la relación de Cartas Pueblas, figura la fecha de 1328 para las otorgadas en el Valle de Ayora a Cofrentes, Jalance, Jarafuel, Zarra, Palazuelos y Teresa. Desde la toma de poder por parte de los reinos cristianos, el Valle es un punto de confrontación entre Castilla y Aragón. Ya en la Edad moderna, en 1525 por decreto de Carlos I, obliga a convertirse al cristianismo a todos los musulmanes del reino, expulsando al que no se convirtiese al año siguiente, y que al tercer día de su edicto, se cerraran todas las mezquitas, unos diez años después se enviaron curas a cada aljama y remozaron las mezquitas convirtiéndolas en iglesias. En Teresa se construyó una iglesia que pronto, se quedó pequeña (por el aumento de población), en 1570 fue derruida y se pasó a hacer las misas en la antigua mezquita mientras se construía la nueva. En 1587 pasa una inspección del "señor visitador“ y viendo que las obras van mal, multa a los constructores y manda derruir la mezquita (para que haya más interés en reconstruir la iglesia). En 1609 se decreta la expulsión de los moriscos, formándose múltiples revueltas (en realidad hay revueltas desde 1525, 1574, y 1609, ésta desde la aljama de Teresa), y provocando posteriormente una gran pérdida de población. En 1610 empiezan las repoblaciones, primero de las poblaciones cercanas (como Ayora, que era feudo cristiano desde hace mucho tiempo), también de Requena, Carcelén, Villa de Ves, Villamalea, Montealegre, etc., y en 1611 se otorga de nuevo la carta puebla, de forma general al Valle de Cofrentes, de manos de Pedro Centelles. Con esta nueva población en progresivo aumento, se sigue construyendo la Iglesia dedicada a Nuestra Señora de la Asunción, ésta se fue inaugurando por partes, iniciadas las obras de nuevo en 1636, se sucede la construcción de capillas a lo largo de este siglo y se termina con la construcción de la torre campanario que se acabará a principios del S.XVIII. Continuando con la historia de los edificios religiosos del término, cabe indicar que en 1702 se construyó la Ermita de San Apolinar (o de la Virgen del Carmen). En 1760 se bendice la Ermita de la Santa Cruz, levantada aprovechando algunos lienzos de muralla del derruido castillo. La Iglesia de Ntra. Sra. De la Asunción se reformo en 1773 para darle más luz y amplitud, pero en 1779 quedó medio derruida por la acción de un rayo, levantándose una nueva a lo largo del S.XIX. Mientras tanto la Ermita de la Santa Cruz y tras sólo 24 años en funcionamiento, queda derruida en 1784. En 1810 se desplazan por edicto los cementerios fuera del casco urbano, pasando a enterrar en lo que era el aljibe del castillo, situado en el centro de esta ermita. En el verano de 1816 se comienza a usar el actual cementerio situado tras la Ermita de San Apolinar. A lo largo de la historia hay varias descripciones de el Valle y de Teresa en particular, como recogen, varios inventarios medievales, o la visita realizada por el gobernador de Cofrentes (1783), o las descripciones de Cavanilles (1793), o los distintos censos realizados sobre todo a partir del S.XVII, distintas documentaciones describen por ejemplo, la evolución del casco urbano, desde el S.XVI, en concreto hay datos de 1625, 1675, y 1723. Otras del S.XIX y XX, como los diccionarios estadísticos, históricos y geográficos (Madoz y otros), nos indican también la industria (batanes, molinos, etc.), nº de vecinos, agricultura (olivo, vid...), etc., así como hechos importantes como las riadas de 1864 y de 1982 o ya en la actualidad la construcción de la central de Cofrentes (1974 a 1981), son todas de gran ayuda para la elaboración de este catálogo.

B.-Introducción Histórica. Reseña a partir del libro de Poveda Mora, J.V. “Historia del Valle de AyoraCofrentes”.

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En el alto del Cerro del Castillo se encuentra el origen del casco urbano de Teresa de Cofrentes. Precisamente a los pies de un castillo romano, que existió en el lugar que hoy ocupa una ermita derruida, inicia su desarrollo el núcleo de población. Desde el siglo XIII al siglo XVI Teresa fue una importante aljama mora que creció descolgándose por las faldas del cerro. Los actuales trazados de calles, plazas y callejones sin salida, nos muestran una trama urbana de trazado árabe que hoy en día aún se conserva. La aljama bajomedieval ocupaba las calles de Jarafuel, Travesía, Trassagrario, Medio, Desamparados, Manuel Reig Forquet – Larga, más las plazas de la Iglesia y Nueva y algunas otras callejuelas, hoy desaparecidas, que subían hacia la cumbre del cerro. El mayor crecimiento urbano debió de producirse en el siglo XVI, pues el número de casas y la población se quintuplicó: de 100 casas, existentes a finales del siglo XV, se pasó a 500 y de 495 habitantes a 2520. Nunca Teresa volverá a tener tantos habitantes como entonces. Prácticamente la aljama mora del XVI, una de las más importantes del reino de Valencia, debió ocupar gran parte del actual casco urbano de Teresa, extendiéndose por las siguientes calles y plazas: Alta, Honda, Portillo, Picaderas, Roya, San José, Blases, Santísimo, Comandante Gozálvez, Santísimo, Niño, Miguelones, Ayora y Abrevadero. De esta gran aljama mora permanece el trazado actual de calles y plazas. En 1609 se producen dos acontecimientos que marcarán un cambio en la evolución del casco urbano: la expulsión definitiva de los moriscos y un gran seísmo que destruyó la mayor parte de las aljamas del valle. Teresa sufrirá una gran transformación, pasando de ser una importante aljama mora a una reducida villa cristiana. En el otoño de 1609, se produce el terremoto, que junto con la destrucción causada por la lucha para expulsar a los moriscos, llevan a la antigua rica aljama a un estado de despoblamiento, ruinas y abandono. Teresa, tras la expulsión definitiva de los moriscos, en diciembre de 1609, se repuebla rápidamente con cristianos. A partir de 1611, se iniciará la reconstrucción de la villa cristiana, a partir de las ruinas y respetando el trazado árabe existente. Por entonces, sólo había 131 viviendas y unos 500 vecinos, lo que indica que únicamente se reconstruyó una pequeña parte de la aljama destruida. La imposición de la religión cristiana en el valle, conllevó que los lugares de culto de los musulmanes, las mezquitas, se cerraran y acabaran destruidas. En su lugar se construyeron iglesias y ermitas. La mezquita teresina es la única de la que aún queda algún resto arquitectónico visible: un muro de tapial con argamasa apoyado en varios contrafuertes, que circunda la actual plaza de la iglesia. La iglesia de Teresa que había sido construida a regañadientes por los moriscos en el siglo XVI, estaba destruida. En 1636 se inicia la construcción de la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción, que no se finalizará hasta principios del setecientos. ´ Durante el siglo XVIII, Teresa vuelve a expandirse, duplicando su caserío hasta rondar los 450 hogares a finales de siglo. Se construye a principios de siglo la ermita de San Apolinar, alejada del casco urbano. En 1760, en lo alto del cerro, presidiendo la villa cristiana, se bendice la ermita de la Santa Cruz. En 1773 se realiza una importante ampliación y reforma de la iglesia, pero en 1779 cae un rayo en la torrecampanario, destruyendo gran parte de la iglesia. Por lo que se vuelven a realizar obras de restauración. Después del paso de dos siglos, desde su construcción y la posterior destrucción por un rayo, en el XIX se construye la actual iglesia.

1.1.4.- ANTECEDENTES ARQUEOLÓGICOS Y ETNOLÓGICOS Después de consultar el inventario de la DGPA existen 12 yacimientos arqueológicos inventariados que afectan al área de actuación y 3 BRL: BARRANCO DE ARGONGEÑA Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 671991 UTMn: 4328250

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Altura:710 Acceso: Fácil. Saliendo desde Teresa de Cofrentes cogemos la carretera que saliendo por el sur de la población cruza el rio Reconque, tomamos el segundo desvío a mano derecha que es un camino sin asfaltar y lo seguimos hasta encontrar una zona recreativa. Paisaje: Barranco de río sin prácticamente vegetación Noticias: Simplemente mencionar que es conocido en la región como obra de moros y hasta los más viejos del lugar la recuerdan construida. Tipo: Acueducto Adscripción: Indeterminada Cronología: Indeterminada Conservación: Regular Estructuras: Muro de canalización realizado con bolos irregulares trabados contierra. Descripción: Se trata de una estructura adosada a la pared del barranco. Posiblemente serviría para ganar nivel y poder trasladar el agua a puntos altos, pues el barranco ha llevado agua hasta hace muy poco. Es una estructura realizada con piedra demediano tamaño.

CASCO ANTIGUO DE TERESA DE COFRENTES Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 668598 UTMn: 4330464 Acceso: Núcleo urbano. Paisaje: Urbano. Bibliografía: Gran Enciclopedia de la Región Valenciana; dirigida por Manuel Mas, Valencia, 1973. Tipo: Lugar de habitación Adscripción: Medieval Cronología: IX-XV Conservación: Malo Descripción: Centro urbano que, según la bibliografía, tiene su origen en la época medieval. Autor: Evarist Aznar, Reyes Borredà

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CASTILLICO DE TERESA DE COFRENTES O ERMITA DE TERESA DE COFRENTES [Tiene 2 fichas de Yacimiento: 1 como ermita y 1 como castillo + 1 ficha de BRL (genérico) por ser ermita (Ermita de la Santa Cruz)] Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 668535 UTMn: 4330757 Acceso: Saliendo desde Ayora seguir por la carretera 330 hasta arribar a Teresa. La ermita está encima del pueblo. Paisaje: Pinar. Tipo: Ermita Adscripción: Medieval Cronología: XI-XV Conservación: Regular Datos registro material. Cerámicos: Sí. Estructuras: Sí Descripción: El conocido como Castillico de Teresa más que un castillo parece una ermita de origen medieval. Está situada en la parte más alta del pueblo. Autor: Evarist Aznar, Reyes Borredà

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BRL Código: 46.19.239-003 Denominación: Ermita de la Santa Cruz Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-AyoraProvincia: Valencia Localización: Época: Uso primitivo: Uso actual: Estilo: Tipología: Edificios religiosos - Iglesias - Ermitas Estado: BRL (Genérico) Categoría: Monumento de interés local Modalidad: Bien de Relevancia Local según la Disposición Adicional Quinta de la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOCV Núm. 5.449 / 13/02/2007). CASTILLICO DE TERESA DE COFRENTES O ERMITA DE TERESA DE COFRENTES Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 668535 UTMn: 4330757 Acceso: Saliendo desde Ayora seguir por la carretera 330 hasta arribar a Teresa. La ermita está encima del pueblo. Paisaje: Pinar. Tipo: Castillo Adscripción: Medieval Cronología: S. XI-XV Conservación: Mala Datos registro material: SI Estructuras: SI Descripción: El conocido como Castillico de Teresa más que un castillo parece una ermita de origen medieval. Está situada en la parte más alta del pueblo. Durante nuestras visitas, se estaba procediendo a la consolidación de la estructura y se vació el aljibe debajo.

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CASTILLICO PALAZ Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 669809 UTMn: 4327399 Altura: 562 Acceso: Saliendo desde Teresa de Cofrentes por la CV-4450 y nada más atravesar el río Reconque tomamos la pista asfaltada a la derecha. Esta pista va a dar a otra de tierra que no abandonamos (Camino de la Dehesa). A la derecha saldrá una pista que nos deja debajo Paisaje: Campos de cereal. Incoado BIC: NO Declar. BIC: Disposición adicional primera. Tipo: Castillo Adscripción: Medieval Cronología: S. XI-XV Conservación: Mala Cerámicos: Material de Construcción, cerámica común. Estructuras: SI Descripción: Restos del antiguo castillo medieval, sólo se conservan en pie una parte de los muros. Se encuentra situado sobre una pequeña elevación que domina el entorno. Éste actualmente se encuentra cultivado de cereal.

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CEMENTERIO Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 668964 UTMn: 4330774 Altura: 496 m. Acceso: Saliendo desde Teresa de Cofrentes, por la parte este del pueblo, por el camino que nos conduce al río Reconque. El yacimiento queda justo debajo del tendido eléctrico a la izquierda del camino. Paisaje: Cultivos de secano (olivos) Tipo: Necrópolis Adscripción: Indeterminada Cronología: Indeterminada Conservación: Regular Peligro: Indeterminado Datos Registro Material: Cerámicos: Cerámica vidriada Huesos: Abundancia de restos humanos. Descripción: Se trata de un campo de olivos que fue removido. Se aprecian numerosísimos fragmentos de restos óseos humanos, aunque el material que aparece no aporta una cronología clara. Se aprecia cerámica vidriada en superficie.

CUEVA DE LA CENIZA Municipio: Teresa de Cofrentes

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Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 673833 UTMn: 4327447 Altura: 740 Acceso: Saliendo desde Teresa de Cofrentes por la carretera que cruza el ríio Reconque, seguir por un camino asfaltado a la derecha. En el cruce hay una señal de madera que marca Romanal. No abandonamos ese camino hasta encontrar una masía llamada Casa Solana. Paisaje: Monte bajo. Noticias: Un anciano del pueblo cuenta que cuando iba a la escuela el maestro los llevaba a sacar cerámica de la cueva. Tipo: Cueva Adscripción: Bronce. Datos registro material: Cerámicos: Fragmento de borde de cerámica a mano bruñida. Descripción: La entrada a la Cueva es una pequeña abertura, ya que se han producido desprendimientos que tapan parcialmente su entrada. La estancia principal tendrá alrededor de 40 m.2 y se aprecian galerías laterales a las que no podemos acceder por encontrarse taponadas.

CUEVA NEGRA Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 671363 UTMn: 4332021 Altura: 794 Acceso: Saliendo desde Teresa de Cofrentes tomar la carretera CV-4450 pasado el Km. 3 unos 550 metros tomar el camino (de los escalones) a mano derecha. Otra posibilidad es continuar desde la carretera el barranco de la Juanjordana (existe una senda de cazadores) Paisaje: Pinos Tipo: Cueva Adscripción: Bronce a Medieval Conservación: malo Datos Registro Material: Cerámicos: Cerámica a mano, ibérica y vidriada. Estructuras: Modernas

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Descripción: Se trata de un abrigo natural que se ha utilizado como refugio para el ganado. Actualmente se encuentra cerrada con un muro de piedra en seco para crear el redil. La cueva es de grandes dimensiones y está orientada al SW.

EL CAROCHE Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 680433 UTMn: 4329016 Altura: 1126 Acceso: Saliendo de Teresa de Cofrentes, seguir por la carretera que lleva al Caroche y que continúa por un camino hasta llegar a la cima del Caroche, donde está el yacimiento. Actualización: Por GR-7 hasta el observatorio que hay en la cima del Caroche. Paisaje: Vegetación termomediterránea, en la parte más alta, sólo hay matorrales. Romaní, argelaga. Tipo: Lugar de habitación, poblado en altura. Adscripción: Bronce e ibérica. Cronología: 1900-1200 a.C. Conservación: Malo. Peligro: Se encuentra vigilado por la presencia del observatorio. Datos Registro Material: Cerámicos: Cerámica a mano del bronce, ibéricas. En el ayuntamiento de Teresa de Cofrentes hay una bolsa de material que fue recogida con motivo de las obras de acondicionamiento de la pista. Descripción: Asentamiento del Bronce situado en los alrededores de la caseta del ICONA, en el monte Caroche. Aparecen fragmentos de cerámica a mano. Actualización: El acceso se realiza por el Gr-7 (pista de Teresa a Bicorp) hasta el observatorio que hay justo en la cima del Cerro. Se trata de un cerro amesetado con vegetación termomediterránea, aunque en la parte alta sólo aparecen matorrales debido a la construcción del camino de acceso al observatorio. Se trata de un yacimiento bastante grande que se extiende desde el lugar donde se ubica el punto geodésico hasta el final del cerro. Los materiales cerámicos se observan a simple vista con cronologías que van desde la edad del Bronce hasta el mundo ibérico, aunque sin más detalles, pues no aparecen fósiles directores. (El material se recoge para su estudio). No se documentan estructuras, aunque al tratarse de un cerro es posibleque se encuentren muy erosionadas o cubiertas por la abundante pinocha. Autor: Evarist Aznar, Reyes Borredà

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EL PROMONTORIO Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 678204 UTMn: 4328857 Altura: 982 Acceso: Pista forestal de Teresa a Bicorp (GR-/) hasta llegar a la balsa del Collado. De aquí desvío al oeste hasta la casa del Olmo. En este punto y en dirección suroeste la muela más visible. Paisaje: Monte bajo de matorral (romero, zarzas, aliagas). Tipo: Atalaya. Adscripción: Bronce e Ibérico. Cronología: 2000 a.C. Ss. VI-IV a.C. Periodo: Bronce Conservación: Buena, con erosión natural. Peligro: Presencia de excavaciones clandestinas. Datos Registro Material: Cerámicos: A mano del Bronce, Ibéricas y áticas. Estructuras:Si. Muy arrasadas tanto en el cerro como posibles aterrazamientos en la ladera Sur y Este. Otros: Pondus ibérico. Descripción: Se trata de un cerro escarpado con una vegetación típica de monte bajo (zarzas, romeros, aliagas) de difícil acceso ya que para acceder a la zona más alta del asentamiento hay que trepar un cortado rocoso. Una vez arriba se observan restos de un poblado en altura (atalaya) muy erosionado de forma natural en el que se recogen cerámicas a mano (del bronce) e ibéricas. Se recogen también junto a las cerámicas ibéricas antiguas, tres fragmentos de cerámica ática, uno de ellos decorado con figuras rojas, probablemente del pintor de Viena, que aporta una cronología del siglo IV a. C. No se observan formas del ibérico pleno. Si bien en la zona del Promontorio la ocupación es del bronce e ibérica, en la ladera vemos posibles restos de aterrazamienos y abundante cerámica del bronce, siendo muy escasa la cerámica ibérica. A pesar de que el acceso es difícil, la parte alta aparece afectada por excavaciones incontroladas.

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EUDEMIA Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 677060 UTMn: 4335154 Altura: 720 Paisaje: campos de cultivo Datos Administrativos Incoado BIC: NO Declar. BIC: NO Inc. PGOU: NO Datos Bibliográficos Y Culturales: Noticias: Madoz- Diccionario Estadístico-Histórico de Alicante, Castellón y Valencia. Bibliografía: José Vicente Poveda Mora. 2001. Historia del Valle de Ayora-Cofrentes. Jalance, Jarafuel, Teresa de Cofrentes y Zarra. Tipo: Despoblado Adscripción: Islámica Conservación: Mala Datos Registro Material: Cerámicos: Escasos fragmentos cerámicos de difícil datación. Descripción: Madoz, recogido en Poveda Mora, J.V. dice: "No lejos de este sitio (la casa del cura) y encima de la cueva de la Almagra, hubo en tiempo de los sarracenos una población llamada Eudemia, de la cual (año 1842) sólo aparecen escombros y sepulturas"(Madoz).

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MEDIA BARCHILLA Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora UTMe: 679495 UTMn: 4328951 Altura: 1082 Acceso: Partiendo desde el observatorio del Caroche y siguiendo la pista forestal, al llegar a un giro brusco a la izquierda nos encontramos debajo del mismo. Paisaje: Monte bajo de matorral (romero, zarzas, aliagas). Tipo: Asentamiento en ladera. Adscripción: Bronce e ibérica. Cronología: 2000 a.C. - VI-IV a.C. Conservación: Excelente. Peligro: Zona muy accesible. Datos registro material: Cerámicos: A mano del Bronce, Ibéricas y áticas. Estructuras: Aterrazamientos en ladera. Descripción: Es uno de los tres cerros amesetados que conforman una unidad geográfica en la serranía de los Caroches, denominados Barchilla, Media Barchilla y Celemín, en relación a unidades de medida en uso en la zona. Es un cerro rematado por una muela rocosa de paredes muy abruptas debido a la erosión. El acceso a la parte alta ha sido imposible, aunque no parece posible que en algún momento haya habido ocupación. Sin embargo, la ladera que mira al Sur aparece plagada de materiales tanto del bronce como ibéricos, abundando las formas y destacando un fragmento de cerámica ática (posible forma L-40 "Kantaros"). También se observan a simple vista aterrazamientos de la ladera. Es un yacimiento del que no se tenía ninguna noticia, no conocido ni por la gente del lugar. Aunque se encuentra cerca de una pista forestal, no se detecta presencia de clandestinos.

PICO DEL CHOTO

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Municipio: Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora MT Nº:768-II Caroche Escala: 1:25.000 UTMe: 675641 UTMn: 4334155 Altura: 891 Acceso: Abandonar el GR-7 en la casa del Portillo, seguir la pista hasta el final y caminar en dirección noroeste sobre la hilera de crestas, dejando el barranco de Bayart a la izquierda, el Choto es la última cresta a 1,5 Km. del final de la senda. Paisaje: Monte bajo de matorral (romero, zarzas, aliagas) Datos Bibliográficos Y Culturales: Noticias: Hay noticias referentes a este yacimiento, pero mal ubicado y confundido con otra cresta. Tipo: Atalaya. Adscripción: Bronce. Cronología: II milenio. Periodo: Bronce Conservación: Excelente. Datos Registro Material: Cerámicos: A mano del Bronce valenciano. Otros: Material de construcción. Descripción: Es el último espolón de una cadena de cerros que en dirección Noroeste-Suroeste que se extienden entre el GR-7 y la rambla de Vallart a una altitud de 891 msnm. Es un espolón amesetado triangular de unos 22 metros de ancho, naturalmente defendido por su cara Suroeste que es de carácter rocosa y abrupta, y también por los lados Este y Oeste, que caen al barranco. Es la cara Norte la más accesible, la que aparece cubierta por aterrazamientos característicos del Bronce. Se trata de un paramento ataludado de grandes piedras calizas sin carear que forma un arco de círculo desde el afloramiento rocoso oriental al occidental. En el recinto se distinguen dos sectores: el primero es una cumbre amesetada donde los afloramientos horizontales o aplanados de caliza alternan con zonas de tierra negra y piedras donde se adivina algo de potencia estratigráfica, material relativamente escaso de adscripción al Bronce valenciano. Hacia el Norte se extiende un segundo sector (descrito anteriormente) que ocupa el vértice más ancho del triángulo y cuya cara septentrional está delimitada por el aterrazamiento. Aquí también el material es escaso y fragmentado, aunque confirma una cronología del segundo milenio a.C. El estado de conservación es excelente y no se aprecian actuaciones de clandestinos. El paisaje es de monte bajo y pinar.

BRL

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Código: 46.19.239-002 Denominación: Ermita de San Apolinar Municipio:Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora Provincia: Valencia Localización: Época: Uso primitivo: Uso actual: Estilo: Tipología: Edificios religiosos - Iglesias - Ermitas Estado: BRL (Genérico) Categoría: Monumento de interés local Modalidad: Bien de Relevancia Local según la Disposición Adicional Quinta de la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOCV Núm. 5.449 / 13/02/2007).

Código: 46.19.239-001 Denominación: Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción Municipio:Teresa de Cofrentes Comarca: El Valle de Cofrentes-Ayora Provincia: Valencia Localización: Época: Uso primitivo: Uso actual: Estilo: Tipología: Edificios religiosos - Iglesias - Ermitas Estado: BRL (Genérico) Categoría: Monumento de interés local Modalidad: Bien de Relevancia Local según la Disposición Adicional Quinta de la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOCV Núm. 5.449 / 13/02/2007).

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A estos dos BRL, hay que sumar la Ermita del Castillo de Teresa o Ermita de la Santa Cruz, descrita anteriormente.

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1.2.- MEMORIA JUSTIFICATIVA

1.2.1.- RELACIÓN DE ELEMENTOS CATALOGADOS

La relación de elementos catalogados se encuentra junto a las fichas correspondientes de cada una de las tres partes en que se han agrupado, existiendo por tanto tres listados: -

Relación elementos catalogados arquitectura Relación elementos catalogados arqueología Relación elementos catalogados etnología.

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1.2.2.- JUSTIFICACION DE LA DELIMITACION DEL NUCLEO HISTORICO TRADICIONAL

Para la delimitación del NHT se han tenido en cuenta los siguientes documentos: -

Vuelo americano 1956-57

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-

Plano catastral I-02 con alineaciones, parcelación y alturas existentes.

-

Plano de información I-18 del Plan General de alturas de la edificación.

-

Plano de información I-01 de parcelación, manzanas y alturas NHT. .

-

Estudio de tipología de manzanas, de parcelación y longitudes de fachada de información del Plan General.

-

Normas urbanísticas de las Normas Subsidiarias de Teresa de Cofrentes vigentes. En especial la normativa referente a alineaciones, parcelación, alturas de la edificación y regulación de las mismas en casos singulares.

No se han detectado inmuebles con interés patrimonial específico, a excepción del BRL de la Iglesia de N.S. de la Asunción. Sin embargo se han detectado los siguientes componentes o variables que justifican la delimitación de un Núcleo Histórico Tradicional: -

1.- La trama urbana o alineaciones: se trata del único componente que se ha mantenido intacto a través de un período histórico considerable, si bien la trama actual tiene su origen más en los siglos XVII y XVIII ya bien consolidada la época cristiana que en el siglo XVI y precedentes, teniendo en cuenta los acontecimientos históricos de principios del XVII.

-

2.- El número y disposición de las plantas, composición de fachadas, proporciones de huecos y cuerpos volados de la tipología de vivienda existente.

-

3.- Cromatismo y texturas de las fachadas.

Estas variables definen una Protección General Ambiental tal como se establece en el Anexo VI de la LEY 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana (LOTUP) porque se trata de características morfológicas que forman parte de la escena o ambiente urbano percibido desde el espacio público. Se han detectado numerosos edificios impropios, no tanto por alturas o no ajustarse a la trama, como por tratarse de sustituciones de todo el edificio o por reformas generales con gran incidencia en las fachadas, lo que origina la existencia de elementos impropios respecto a las variables 2 y 3. De hecho este ha sido el criterio determinante para delimitar el Núcleo Histórico Tradicional: -

Delimitación del Núcleo Histórico Tradicional: se ha delimitado como tal la zona donde, además de conservarse la trama histórica, los invariantes formales y cromáticos están mayoritariamente presentes en la edificación

-

Exclusión del Núcleo Histórico Tradicional: se ha excluido de la delimitación a aquellas áreas próximas en las que, aun manteniéndose la trama urbana histórica, la edificación tiene carencia de todos o la mayoría de dichos invariantes formales, dominando los elementos impropios.

La delimitación se contiene en el Plano de delimitación del Núcleo Histórico Tradicional P.01 que contiene también el área de seguimiento arqueológico, así como los números de las fotografías del archivo informático de los edificios de dicho Núcleo. Entorno de afección del Núcleo Histórico Tradicional: no se considera necesario el establecimiento de un entorno de afección o protección del NHT por los siguientes motivos, La naturaleza de Protección General Ambiental definida se basa en las variables 1,2 y 3 anteriormente enunciadas, si bien las diferencias respecto al entorno se fundamentan básicamente en las variables 2 y 3. El entorno próximo, comparte con la zona delimitada como NHT, su ajuste a la trama urbana y unas alturas semejantes, y en consecuencia los elementos impropios de las variables 2 y 3 citadas, respecto a las

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cuales se ha establecido la presencia en dicho entorno de su impropiedad, no obstaculizan, mediatizan o impiden la percepción de los valores estimados en dicho NHT ni afectan negativamente a sus silueta paisajística. A continuación se analizan las tres variables determinantes de la delimitación relativas a los edificios contenidos en la misma. 1.2.3.- TRAMA URBANA Y ALINEACIONES. La delimitación del Núcleo Histórico Tradicional se superpone sobre parte de las zonas urbanizadas residenciales ZUR-RE1 y ZUR-RE2 en el Plan General de Teresa de Cofrentes, que coinciden con las actuales zonas R1 y R2 de las vigentes Normas Subsidiarias de Teresa de Cofrentes. La regulación de las alineaciones están contenidas en las Normas Urbanísticas (NS) de las mismas. En la zona R1 se protege la alineación existente ya que establece en el artículo 83 de las NS que, 1.- Las alineaciones de la edificación serán las determinadas gráficamente en el plano PU6 suelo Urbano: zonificación y alineaciones. 2.- Solo se permitirán los retranqueos de manzana en la forma establecida en el artículo 74: (Retranqueo) De manzana: cuando afectan a todo un lado de manzana o al menos originan un polígono de manzana diferente mediante la formación de un lado completo. Se permitirán de forma general, siempre que la superficie que deje libre el retranqueo se ceda para vía pública y la nueva configuración de manzana y espacio público se aprecie por el Ayuntamiento como más convincente que la preexistente. Se incorporará esta normativa a las normas del Catálogo complementándola de forma que la trama histórica protegida se materialice de alguna forma en el supuesto de un nuevo espacio público creado. En la zona R2 se protege la alineación existente ya que establece en el artículo 88 a) y b) de las NS las mismas determinaciones que en la R1. Sin embargo se añade otro supuesto de retranqueo en el artículo 88 c) que no sería de aplicación en la parte de esta zona contenida en el Núcleo Histórico Tradicional y por consiguiente para todo el ámbito del mismo se aplicará la normativa señalada en el párrafo anterior.

1.2.4.- JUSTIFICACIÓN Y ANALISIS DE TIPOLOGIAS, SISTEMAS DE COMPOSICIÓN, SISTEMAS CONSTRUCTIVOS Y MATERIALES PROPIOS: INVARIANTES TIPOLOGIAS La tipología existente es la de vivienda agrícola tradicional con una o dos plantas de vivienda más la cambra, originariamente con uso de almacén agrícola, directamente bajo cubierta. La ocupación de parcela se ha ampliado respecto a la original por cuanto las funciones agrícola-ganaderas de los patios primitivos ha desaparecido totalmente, por lo que los actuales patios son mínimos excepto en las parcelas situadas en los bordes urbanos. No existen tipologías de palacios, casas nobles, jardines interiores, patios porticados, etc., lo que se explica dado el origen histórico árabe de la población y su proximidad a Ayora, el centro de poder tradicional cristiano en el valle. SISTEMAS CONSTRUCTIVOS El sistema constructivo utilizado en el Núcleo Histórico Tradicional es, para los edificios con uso de vivienda, el de estructura vertical de muros portantes, estructura horizontal de forjado unidireccional con viguetas y bovedillas y estructura de cubierta inclinada con forjado igualmente unidireccional bajo tablero de teja curva cerámica. En los edificios de uso religioso catalogados se mantiene el empleo de la estructura vertical de muros portantes, pero la estructura horizontal se sustituye por un sistema de arcos, bóvedas y cúpulas.

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SISTEMAS DE COMPOSICIÓN Tipología de edificación y elementos de composición Siendo la tipología dominante la de edificación entre medianeras, los elementos de composición básicos son la fachada y la cubierta. Alineación de macizos y huecos de fachada El sistema constructivo de muros portantes determina el sistema compositivo de fachadas mediante la alineación vertical de macizos y huecos dispuestos de manera alternativa con el fin de optimizar las características resistentes de los muros. El número de líneas o ejes verticales de macizos y huecos varía en función del ancho de fachada., siendo los casos mas frecuentes los de dos y tres ejes de huecos. Asimetría e irregularidad en la distribución de huecos Son muy frecuentes las alineaciones con ausencia de huecos en alguna planta, lo que origina asimetrías y ausencia de regularidad en la distribución de huecos, a menudo acentuada por las variaciones en los tamaños de los mismos.

Regularidad, 3 plantas, 3 ejes de huecos.

Regularidad, 3 plantas, 2 ejes de huecos.

Número y disposición de plantas La gran mayoría de edificios tienen dos o tres plantas. La planta baja suele disponer de los huecos de mayor tamaño, en especial la puerta que suele mantener la anchura original que permitía la entrada de animales de tiro o carga. Dispone de un zócalo de color más oscuro que el resto de fachada pero raramente existe algún elemento de separación que diferencie esta planta de las siguientes. En los casos de dos plantas los huecos de la primera planta son de dimensiones iguales o inferiores a los de planta baja, porque el uso es o ha sido en el pasado el de cambra y en consecuencia no existen balcones en esta planta. En los casos de tres plantas los huecos de la primera planta son de dimensiones mayores y con frecuencia disponen de balcón, mientras que en la segunda planta suelen ser de inferior tamaño por tener o venir del citado uso de cambra, siendo frecuente la presencia de uno o más huecos con toda la altura libre de la tercera planta, cerrado tan sólo por barandilla formando una galería.

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Regularidad, 2 plantas, 2 y 3 ejes de huecos

Regularidad, 2 plantas, 3 ejes de huecos

Irregularidad, 2 plantas, 3 ejes de huecos, galería.

Irregularidad, 3 plantas, 3 ejes de huecos, balcón

Forma y proporción de huecos Los huecos tienen forma rectangular o cuadrada, con la proporción alto/ancho que oscila entre 2,5/1 y 1/1, a excepción de los huecos sin carpintería o galerías que se forman en la tercera planta de algunos edificios donde la dimensión mayor puede ser la horizontal. También se exceptúan los huecos impropios abiertos o ampliados recientemente, así como la apertura de huecos para puertas de garaje. Es frecuente el recercado de huecos.

Cuerpos volados Los únicos vuelos existentes son los balcones presentes en la planta primera de la edificación con tres plantas. Tienen un ancho máximo de 40 cm., el voladizo basal tiene como máximo 15 cm. de espesor en todo el vuelo, o al menos en el borde. Las barandillas son de forja con el embarrado predominante vertical.

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Regularidad, 3 plantas, 3 ejes, galerías

Irregularidad, 3 plantas, 4 ejes, galería

Irregularidad, 3 plantas, 2 ejes, balcón, galería

Irregularidad, 3 plantas, 5 ejes, galerías

Cubiertas La cubierta principal del edificio es siempre inclinada con pendientes comprendidas entre el 25 % y el 40%. El material de cobertura es teja curva cerámica. El encuentro con la fachada se resuelve siempre con alero y nunca con remate superior de fachada que oculte la cubierta. El vuelo máximo de alero es de 40 cm. impuesto por los materiales cerámicos que lo forman, ladrillo macizo y teja, con varios modelos en función de la combinatoria de ambos materiales.

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MATERIALES DE FACHADA PROPIOS La parte maciza de las fachadas se forman habitualmente por muros de mampostería ya que la piedra es muy abundante en el entorno y muy raramente de ladrillo macizo (sólo en la Iglesia y algún recercado). En contadas ocasiones se presenta la piedra o ladrillo vistos, pues lo habitual es el enfoscado o revoco de los muros, con acabado de pintura. El color más abundante es el blanco y con cierta frecuencia se emplean los ocres en toda su gama, desde los más suaves hasta los rosados y rojizos. En los recercados y zócalos se emplean colores diferentes, en general azules y verdes muy intensos, así como ocres si la fachada es blanca u ocre claro. En ausencia de recercados en los huecos o acompañando a los mismos, es frecuente pintar, con la misma gama de colores indicados, las jambas de los huecos y en su caso el dintel. La carpintería es de madera barnizada o lacada con frecuente empleo de contraventanas como sistema de oscurecimiento. La mayoría de puertas de madera es de dos hojas macizas. La cerrajería es de forja e incluye tanto los enrejados de protección de huecos en planta baja como las barandillas de los balcones, siendo el acabado más habitual la pintura en color negro. Los aleros se forman con ladrillo macizo y/o tejas cerámicas curvas. El color habitual es el propio del material, pero con frecuencia se pintan con el mismo color de la fachada o con colores fuertes para mayor diferenciación del elemento. En ocasiones se revisten con enfoscado previo a la pintura.

Fachada blanca, zócalo, jambas y dintel bermellón

Fachada ocre, carpintería madera, alero teja y ladrillo

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Fachada blanca, recercado azul, alero teja

Fachada blanca, jamba y dintel ocre, alero teja

Fachadas blancas y ocre rojizo, zócalos, jambas y dinteles en ocre y azul, recercado ladrillo visto.

Fachada blanca, zócalos, jambas y dinteles en azul

Fachada blanca, jambas y dinteles en verde

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1.2.5,- ESTUDIO CROMATICO Y DE TEXTURAS

Se realiza un estudio cromático de las fachadas de la edificación pertenecientes al centro histórico tradicional. Los datos, que se obtienen tras este estudio, se recogen en las siguientes tablas: COMPOSICIÓN 1

CROMATISMO

Nº DETALLE

TEXTURA

1. MUROS

Encalado color blanco.

Lisa con imperfecciones

1-2-3-4

2. ZÓCALO

Colores intensos: azul/ verde/ ocre

Acabado picado

3-4

3. RECERCADO

Sin recercos. Jambas y dintel de color similar al zócalo

-

1-2-3-4

4. ALERO

Teja pintada color blanco

-

5

5. CARPINTERÍA

Madera vista, color caoba/ cerezo

-

1-2

6. CERRAJERÍA

Forja color negro

Mate lisa

4

COMPOSICIÓN 1: DETALLES

1

2

4

3

5

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COMPOSICIÓN 2

CROMATISMO

TEXTURA

Nº DETALLE

1. MUROS

Encalado color blanco.

Lisa con imperfecciones

1-2-3-4

2. ZÓCALO

Gris/ 0cre

Acabado picado

1-2-3-4

3. RECERCADO

Sin recercos. Jambas y dintel de color blanco.

-

1-2-3-4

4. ALERO

Teja pintada color blanco/ sin pintar

-

1-2-3

5. CARPINTERÍA

Madera vista color cerezo / Aluminio

-

2-4

6. CERRAJERÍA

Forja color negro

Mate lisa

1-3-4

COMPOSICIÓN 2: DETALLES

1

2

4

29

3

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COMPOSICIÓN 3

CROMATISMO

TEXTURA

Nº DETALLE

1. MUROS

Encalado color blanco

Lisa con imperfecciones

1-2-3-4

2. ZÓCALO

Aplacado piedra/ cerámico

-

1-2-3-4

3. RECERCADO

Sin recercos. Jambas y dintel blanco/color

-

1-2-3-4

4. ALERO

Teja pintada color blanco/ sin pintar

-

1-2-3

5. CARPINTERÍA

Madera vista color cerezo / Aluminio

-

2-4

6. CERRAJERÍA

Forja color negro

Mate lisa

1-3-4

COMPOSICIÓN 3: DETALLES

1

2

4

30

3

5

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COMPOSICIÓN 4

CROMATISMO

TEXTURA

Nº DETALLE

1. MUROS

Encalado color ocre claro

Lisa con imperfecciones

1-2-3-4-5-6

2. ZÓCALO

Gris, 0cre/ Aplacado cerámico

Acabado picado/ lisa

1-2-3/ 5-6

3. RECERCADO

Sin recercos.

-

1-2-3-4-5-6

4. ALERO

Teja pintada color ocre/color blanco

-

2-3-4-5-6/1

5. CARPINTERÍA

Madera vista / Aluminio

-

2-3-4-5/1-6

6. CERRAJERÍA

Forja color negro/ gris

Mate lisa

5-6/1-2-3

COMPOSICIÓN 4: DETALLES

1

2

4

5

31

3

6

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COMPOSICIÓN 5

CROMATISMO

TEXTURA

Nº DETALLE

1. MUROS

Encalado color blanco/ocre/azul

Lisa con imperfecciones

1-2-3-4-5-6

2. ZÓCALO

Gris/Aplacado cerámico/Piedra

Acabado picado/ lisa/ careada

5/1-4/2-3

3. RECERCADO

Recercos pintados ocre/azul

-

1-2-3-4-5-6

4. ALERO

Teja pintada color blanco/ocre/madera

-

5/1-2-4/3

5. CARPINTERÍA

Aluminio

-

1-2-3-4-5

6. CERRAJERÍA

Forja color negro

Mate lisa

1-2-3-4-5

COMPOSICIÓN 5: DETALLES

1

3

2

4

32

5

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1.3.- ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS 1.3.1.- ARCHIVO INFORMATICO DE FOTOGRAFIAS DE TODOS LOS EDIFICIOS DEL NHT (CD) 1.3.2,- ESTUDIO SOBRE REGULACION DE PLANTAS EN CASOS SINGULARES En el área delimitada como Núcleo Histórico Tradicional, al igual que en otras zonas del suelo urbano de Teresa de Cofrentes, existen considerables desniveles provocados por su situación en laderas con fuertes pendientes. Todo ello produce situaciones físicas concretas que si no se regulan adecuadamente pueden provocar que la edificación resultante rompa la silueta urbana objeto de protección. Por ello se incorpora el estudio de situaciones singulares contenidas en el articulado las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias, de obligado cumplimiento en el ámbito del Núcleo Histórico Tradicional. Articulo 76.- Regulación, Nº de plantas en casos singulares En los casos regulados en este artículo, el número de plantas aquí fijado prevalecerá sobre el que corresponde con la ordenanza de la subzona.

Nomenclatura utilizada:

V1

vial / calle superior

V2

vial / calle inferior

H

desnivel existente entre V1 y V2.

H1

altura cornisa V1

H2

altura cornisa V2

P

profundidad edificable

R

retranqueo de plantas superiores

Las situaciones que se regulan son:

1) Edificación entre dos calles con profundidad menor de 12 m.

a)

H ≤ 2,80 m. P ≤ 12 m

33

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Se permite mantener la altura de V1, permitiéndose alturas de forjado diferentes.

b)

2,80 m. ≤ H ≤ 5,30 m. P ≤ 12 m

Se establece un máximo de dos plantas para la fachada en V1 y tres plantas para V2.

c)

H > 5,30 m. P ≤ 12 m

34

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Se establece un máximo de dos plantas para la fachada en V1 y se autoriza un máximo de cuatro plantas para V2, si bien para dicha autorización se precisará que respecto a V1 que se apliquen las alturas mínimas de forjado y no se permitan semisótanos.

2) Edificación entre dos calles con profundidad mayor de 12 m.

d)

H ≥ 2,80 m. P > 12 m R ≥ 4,00 m

El número de plantas en cada calle será el correspondiente a las ordenanzas de subzona, efectuándose los retranqueos iguales o mayores a 4 m., para efectuar la transición de alturas.

35

CATALOGO PLAN GENERAL DE TERESA DE COFRENTES

3) Edificación con esquina a dos calles:

Se permitirá continuar en V2 la altura definida en el último tramo de V1en una longitud a hasta un máximo de 12 m. desde la esquina. A continuación se efectuará la transición a la altura que corresponda a V2 en tramos de longitud igual o mayor al 80% de la establecida para fachada mínima.

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CATALOGO PLAN GENERAL DE TERESA DE COFRENTES

4) En las zonas en que se permita un máximo de dos plantas, se permitirá un altillo mediante la elevación de la altura de cornisa 1, 40 m. como máximo sobre la altura permitida: En los casos regulados anteriormente en este artículo sólo se permitirá el altillo respecto a la fachada en que no se permitan más de dos plantas.

5) Se permitirán los altillos o “terrados” abiertos, formados por prolongaciones de un faldón siempre que su frente quede a una distancia igual o mayor de 4 m. de la fachada y que la altura máxima sobre la permitida no sea mayor de 2,50 m.

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1.3.2,- ESTUDIO DE TIPOLOGÍA DE MANZANAS, DE PARCELACIÓN Y LONGITUDES DE FACHADA DE INFORMACIÓN DEL PLAN GENERAL. La información gráfica referente a los valores de este cuadro está en el Plano de parcelación, manzanas y alturas del Núcleo Histórico Tradicional. Los números de manzana son los contenidos en el correspondiente plano de información I-18 del Plan General y I-01de este Catálogo. Nº MANZANA

TIPO

SUPERFICIE M2

Nº PARCELAS

PARCELA MEDIA

PARCELA MÍNIMA

LONGITUD FACHADA MÍNIMA

LONGITUD FACHADA MEDIA

1

BA

3000

18

163

67

4,80

8,50

2

BA

1650

10

165

90

6,05

7,00

9

TAfs

3400

17

200

86-96

4,80-5,75

7,80

10

BA-A

1970

16

123

55

5,50

11,00

11

TAfs

3680

32

115

42-46

4,40

7,00

12

TAfs

3550

26

136

58,80

4,70

7,70

23

A

1360

9

151

74

4,10

6,80

24

A

1050

14

146

80

4,80

6,60

25

A

2300

14

164

92

4,20

6,00

26

A

3950

23

171

87

4,15

7,30

29

A

560

3

186

161

7,35

9,90

31

A

1650

12

140

90

1,50-4,60

7,00

32

A

440

4

110

51

5,70

8,70

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35

A

580

4

145

70

6,60

11,50

36

BABAfs

3925

29

135

33-56

4,30

8,20

41

BA

2850

20

142

56

4,30

8,80

1.4,- PLANOS DE INFORMACION

-

Plano de información I-01 de parcelación, manzanas y alturas NHT.

-

Plano de información catastral I-02 con alineaciones, parcelación y alturas existentes.

-

Plano de información I-18 del Plan General de alturas de la edificación. .

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2.- PARTE CON EFICACIA NORMATIVA

2.1.- FICHAS Y FOTOGRAFIAS DE ELEMENTOS CATALOGADOS Se han agrupado en tres partes: -

Fichas arquitectura

-

Fichas arqueología

-

Fichas etnología

2.2.- PLANOS -

P01-DELIMITACION NHT Y SITUACION BRL

-

P02-SITUACION BRL C03

2.2.- NORMATIVA DE APLICACIÓN Artículo 1.- Objeto del catálogo de protecciones El catálogo de protecciones es el instrumento de ordenación de ámbito municipal, mediante el cual se determinan aquellos elementos territoriales, espacios o bienes inmuebles que, en razón de sus especiales valores culturales, naturales, paisajísticos u otros, requieren de un régimen de conservación específico y, en su caso, la adopción de medidas cautelares de protección o de fomento y puesta en valor. El catálogo de protecciones contiene todos los elementos territoriales existentes en el municipio sobre los que recae algún tipo de protección derivada de la legislación del patrimonio cultural, del patrimonio natural y del paisaje, así como de los instrumentos previstos en dichas legislaciones para su concreción y desarrollo Los elementos que forman parte del catálogo de protecciones se identifican tanto individualmente, como formando parte de un conjunto. Artículo 2.- Secciones del catálogo de protecciones El presente catálogo de protecciones consta de tres secciones: patrimonio cultural, patrimonio natural y paisaje y el contenido de las mismas será el señalado en el artículo 42.4 a) a f) de la LOTUP Artículo 3.- Bienes integrantes de la ordenación estructural y de la ordenación pormenorizada De acuerdo con lo estipulado en el artículo 4.6 de la LOTUP, a los efectos de la sección de patrimonio cultural, se considera que conforma la ordenación estructural los bienes integrantes del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, que incluye los Bienes de Interés Cultural y los Bienes de Relevancia Local, incluso el Núcleo Histórico Tradicional-BRL En consecuencia el resto de bienes y normativa estarán integrados en la ordenación pormenorizada. Artículo 4.- Modificación del catálogo de protecciones Las modificaciones del presente catálogo deberán ser informadas por la consellería competente en materia de cultura conforme señala el artículo 47.3 de la LPCV.

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Artículo 5.- Niveles de protección de los bienes catalogados Conforme establece el Anexo VI 9) de la LOTUP, a efectos urbanísticos y territoriales y para el caso del patrimonio cultural y el paisaje, los niveles de protección se ajustarán a los siguientes criterios: – Protección general: integral, cuando los valores apreciados se presentan de manera generalizada en el elemento o conjunto, lo que supone que la mayoría de sus componentes principales tienen interés de cara a su conservación y además, poseen un carácter material. Podrá haber algún componente, además de los anteriores que presente interés para la conservación de carácter ambiental o tipológico. Los componentes caracterizados como irrelevantes o impropios deberán por tanto ser minoría. – Protección general: parcial, cuando los valores apreciados se presentan solo en algunas partes del elemento o conjunto catalogado, lo que supone también que solo algunos de los componentes principales de carácter material tendrán interés para su conservación. Otros componentes pueden tener interés desde el punto de vista ambiental o tipológico y el resto, o bien carecen de interés (son irrelevantes) o constituyen elementos impropios. – Protección general: ambiental, cuando lo que se pretende conservar del elemento o conjunto no es ningún componente material concreto, sino algunas de sus características morfológicas que forman parte de la escena o ambiente rural o urbano, según se percibe desde el espacio público. Ello supone que debe tener algún componente de interés con ese carácter y no tener ningún componente de interés de carácter material, en cuyo caso sería PG parcial. Un ejemplo de PG ambiental puede ser una forma de composición de las fachadas o determinados tratamientos cromáticos. – Protección general: tipológica, cuando lo que se pretende conservar, de manera análoga a la protección anterior, son algunas características tipológicas del elemento o conjunto, como puede ser por ejemplo, un tipo de parcelación, la utilización de determinadas técnicas constructivas, la situación de los patios de luces, un programa funcional arquetípico, etc. Artículo 6.- Tipos de actuación o intervención. Los tipos de actuación o intervención previstos sobre los bienes catalogados o sus componentes principales son los siguientes: 1.- Mantenimiento o conservación: se trata de actuaciones cuyo único objetivo es mantener las condiciones ya existentes, lo que supone que afectará a los bienes o componentes en buen estado con el fin de evitar su posible deterioro y asegurar las correctas condiciones de uso de los mismos. 2.- Restauración: se trata de actuaciones cuyo objetivo es recuperar las condiciones originales, tanto formales como funcionales, de un bien o componente previamente deteriorado y en consecuencia en mal estado. Implica por tanto información precisa de las condiciones iniciales y reproducción fiel de las mismas. 3.- Acondicionamiento: se trata de actuaciones cuyo objetivo es la introducción de cambios formales y/o funcionales en un bien o componente, bien para mejorar su integración formal en su entorno o para adaptarlos a otros usos en función de su obsolescencia. 4.- Eliminación: se trata de actuaciones cuyo objetivo es la desaparición de alguno de los componentes formales y/o funcionales. En general se tratará de suprimir elementos impropios con el fin de recuperar el estado original del bien o mejorarlo sustancialmente. 5.- Rehabilitación: se trata de actuaciones complejas sobre un bien en la que sus componentes formales y funcionales pueden ser objeto de varios de los tipos de actuación enunciados anteriormente. El estado de conservación y uso de los componentes determinará el tipo de actuación simple a aplicar sobre ellos en función del nivel de protección definido sobre dicho bien. 6.- Sustitución: se trata de actuaciones cuyo objetivo es la eliminación y posterior implantación de alguno de los componentes formales y/o funcionales. En general se tratará de suprimir elementos impropios y sustituirlos por otros cuando razones funcionales y formales así lo justifiquen.

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7.- Implantación: se trata de actuaciones cuyo objetivo es la introducción de nuevos componentes formales y/o funcionales. En general se tratará de introducir únicamente nuevos elementos o componentes cuando razones funcionales y formales así lo justifiquen. Artículo 7.- Tipos de actuación permitidas en los bienes catalogados En función del nivel de protección definido sobre cada bien se permitirán las siguientes actuaciones: a) Protección general integral: sólo se permitirán las actuaciones de mantenimiento y restauración de los componentes propios, las de eliminación de los componentes impropios y las de rehabilitación que incluyan todas o algunas de las actuaciones anteriores. No obstante se podrán permitir actuaciones de acondicionamiento de elementos irrelevantes en mal estado, así como de elementos impropios cuando sea más conveniente para la conservación del bien que su eliminación. b) Protección general parcial: se permitirán las actuaciones de mantenimiento y restauración de los componentes propios, las de eliminación de los componentes impropios y las de rehabilitación que incluyan todas o algunas de las actuaciones anteriores. Las actuaciones de eliminación de elementos irrelevantes y el resto de actuaciones referidas tanto a elementos impropios como irrelevantes se permitirán si se demuestra que las mismas no afectan a la protección parcial establecida sobre el resto de componentes. b) Protección general ambiental y tipológica: se permitirán todos los tipos de actuaciones previstas siempre y cuando no se lesionen las variables definitorias de la protección ambiental o tipológica. En los casos de sustituciones o implantaciones será obligatorio el empleo de dichos invariantes para la definición de nuevos componentes del elemento o conjunto considerado. Artículo 8.- Licencias municipales 1.- Los Ayuntamientos no podrán otorgar licencias ni dictar actos equivalentes, que habiliten actuaciones de edificación y uso del suelo relativas a inmuebles declarados de interés cultural, o a sus entornos, sin haberse acreditado por el interesado la obtención de la autorización de la Conselleria competente en materia de cultura, cuando sea preceptiva conforme a lo dispuesto en el artículo 35de la LPCV. 2.- Será también necesario que el solicitante acredite haber obtenido la preceptiva autorización de la conselleria competente en materia de cultura para la concesión de permisos o licencias de actividad que supongan cambio en el uso de un bien inmueble de interés cultural. 3. En ningún caso se concederán licencias condicionadas a la posterior obtención de las autorizaciones exigidas en los apartados anteriores. Artículo 9.- Comunicación de licencias municipales 4.- Los Ayuntamientos comunicarán a la Conselleria competente en materia de cultura, las licencias y permisos urbanísticos y de actividad que afecten a bienes sujetos a tutela patrimonial, dentro de los diez días siguientes a su concesión. Tratándose de Monumentos, Jardines Históricos y Espacios Etnológicos, de inmuebles comprendidos en sus entornos y de bienes inmuebles de Relevancia Local la comunicación se hará de forma simultánea a la notificación al interesado 5.- Dentro del mes siguiente a la conclusión de la intervención, el promotor del proyecto presentará ante el ayuntamiento que otorgó la licencia, para su remisión a la conselleria competente en materia de cultura, una memoria descriptiva de la obra realizada y de los tratamientos aplicados, con la documentación gráfica del proceso de intervención elaborada por la dirección facultativa. Se excluyen de lo dispuesto en este apartado los inmuebles comprendidos en conjuntos históricos que no tengan por sí mismos la condición de bienes de interés cultural. 6.- Las licencias municipales de intervención en los bienes inmuebles de relevancia local, los actos de análoga naturaleza y las órdenes de ejecución de obras de reparación, conservación y rehabilitación, se ajustarán estrictamente a las determinaciones establecidas en los catálogos. Los ayuntamientos deberán comunicar a la consellería competente en materia de cultura, simultáneamente a la notificación al interesado, las actuaciones

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que ellos mismos vayan a realizar, las licencias de intervención concedidas y las órdenes de ejecución que dicten sobre dichos bienes. Artículo 10.- Núcleo Histórico Tradicional: definición y normativa El Núcleo Histórico Tradicional de Teresa de Cofrentes constituye la zona residencial primaria Zona Urbanizada Núcleo Histórico ZUR-NH del Plan General, que se superpone a parte de las zonas residenciales ZUR-RE1 y ZUR-RE2 coincidentes con las actuales zonas R1 y R2 de las vigentes Normas Subsidiarias de Teresa de Cofrentes. En consecuencia la normativa de aplicación en el NHT será la contenida en las Normas Urbanísticas (NS) de las mismas para las citadas zonas R1 y R2 en lo no regulado directamente por estas normas, en tanto no se formule el plan de ordenación pormenorizada del suelo urbano.

Artículo 11.- Núcleo Histórico Tradicional: actuaciones previstas Conservación y rehabilitación: con carácter general se fomentará la conservación de los inmuebles y su rehabilitación, incluyendo todas o algunas de las actuaciones tipo 1, 2, 3 y 4 señaladas en el artículo 6 de estas normas. Se exceptúan aquellos otros que no se ajusten a los parámetros básicos de las edificaciones tradicionales de la zona y que se califiquen como impropios. Demoliciones y sustituciones: se podrán realizar demoliciones de inmuebles bien porque se trate de edificios impropios o simplemente para asegurar la continuidad de los procesos de renovación urbana En cualquier caso se garantizará la edificación sustitutoria condicionándose la concesión de la licencia de demolición a la valoración del correspondiente proyecto de edificación Los inmuebles que sean sustituidos a consecuencia de su eliminación por cualquier circunstancia tomarán como referencia la tipología arquitectónica del NHT y la trama urbana del mismo. La implantación de nuevos edificios en solares existentes tomará como referencia la tipología arquitectónica del NHT y se ajustará a la normativa prevista en los artículos 10, 12,13 y 14.

Artículo 12.- Núcleo Histórico Tradicional: mantenimiento de la trama urbana 1.- Trama urbana: Se mantendrá la estructura urbana y arquitectónica del conjunto y las características generales del ambiente y de la silueta paisajística. No se permitirán modificaciones de alineaciones, alteraciones de la edificabilidad, parcelaciones ni agregaciones de inmuebles, salvo que contribuyan a la mejor conservación general del conjunto. A tal efecto en el ámbito del NHT las alineaciones cumplirán 1.- Las alineaciones de la edificación serán las determinadas gráficamente en el plano PU6 suelo Urbano: zonificación y alineaciones de las actuales Normas Subsidiarias. 2.- Solo se permitirán los retranqueos de manzana cuando afectan a todo un lado de manzana o al menos originan un polígono de manzana diferente mediante la formación de un lado completo. Se permitirán de forma general, siempre que la superficie que deje libre el retranqueo se ceda para vía pública y la nueva configuración de manzana y espacio público se aprecie por el Ayuntamiento como más conveniente que la preexistente. 3.- Cuando se forme un nuevo espacio público a consecuencia de alguna actuación de las señaladas en el párrafo anterior, el diseño de tal espacio reflejará mediante señalización con elementos de la propia urbanización el trazado primitivo de la trama urbana para su constancia histórica. Artículo 13.- Núcleo Histórico Tradicional: parámetros de sistemas de composición La tipología es la de edificación entre medianeras y los elementos de composición básicos son la fachada y la cubierta que cumplirán los siguientes parámetros.

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Nº de plantas y altura de la edificación Se permitirán dos plantas con la altura máxima correspondiente, si bien se permiten 3 plantas en los siguientes casos: a) En los edificios que actualmente tengan tres plantas, aun en los casos de derribo y reconstrucción. b) En los solares o edificios ubicados entre edificaciones con tres plantas. c) En aquellos casos en que el edificio actual con tres plantas sea el único con tal altura en su tramo de alineación, podrá conservar su altura en caso de obra de reforma, pero en caso de derribo y reconstrucción no podrá superar las dos plantas. d) Las alturas de forjado, se adaptarán en la medida de lo posible a las de la edificación adyacente, siempre que lo permita la legislación específica de vivienda. e) No constituirán inmueble impropio y se permitirán las alturas y nº de plantas fijados en los supuestos contemplados en el artículo 76.1.b) y c) de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias. Composición de fachadas La composición de fachada será libre con las siguientes limitaciones: a) En todas las plantas los huecos tendrán una proporción alto/ancho entre 2,5/1 y 1/1 b) En los casos en que se permiten tres alturas en la última planta o cambra se permitirán huecos con una proprción alto/ancho hasta 1/2.

c) Los zócalos de planta baja tendrán una altura máxima de 1 m. d) En congruencia con lo expuesto en el artículo 12.2 no se permitirán los patios ni retranqueos en fachada, salvo los dispuestos en el artículo 76 de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias. Cuerpos volados Son las partes de la edificación habitables u ocupables que sobresalen de los cerramientos de fachada o de patios. Los cuerpos volados permitidos tendrán las siguientes limitaciones: a) Quedan prohibidos en planta baja y a una altura libre sobre la rasante inferior a 3,50m. b) La separación a medianeras será como mínimo 0,60 cm., o una distancia igual al vuelo, si este superase dicha dimensión. c) Quedan prohibidos en las calles, o tramos de calle, con ancho inferior a 3m. En intersección de calles en que alguna de ellas tenga ancho inferior al citado los cuerpos volados se separarán al menos 1,5 m. de la esquina. d) Los únicos vuelos permitidos serán balcones con barandillas de barras verticales de forja o acero con un vuelo máximo de 0,40 m. sobre la alineación, espesor máximo 15 cm. y una longitud máxima del 50% de fachada en la primera planta, si bien la distribución del total de la longitud permitida se podrá disponer libremente a lo largo de la misma. Cubiertas a) La cubierta principal del edificio será inclinada con pendientes entre el 25% y el 40%. Se permite cubrir las plantas inferiores con cubiertas planas en patios interiores. b) Los materiales empleados serán teja cerámica u otros que proporcionen un acabado similar, quedando expresamente prohibidas las cubiertas de pizarra y similares, las metálicas y de fibrocemento. c) Los aleros de cubierta cumplirán la normativa de vuelos máximos autorizados, sin que en ningún caso sobrepasen los 40 cm. de vuelo, ni 20 cm. de espesor. Parcelación No siendo la parcelación uno de los parámetros relevantes detectados en la definición y delimitación del NHT su regulación es la contenida en los artículos 82 y 87 para las zonas R1 y R2 respectivamente de las Normas Urbanísticas de las Normas Subsidiarias.

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Artículo 14.- Núcleo Histórico Tradicional: parámetros de materiales, cromatismo y texturas. Los elementos de composición de las fachadas cumplirán las siguientes condiciones referidas al empleo de materiales, cromatismo y texturas: Partes macizas a) Se permitirá el habitual enfoscado o revoco de los muros, con acabado de pintura mate, así como la fábrica vista de ladrillo cerámico tradicional junta enrasada y paramentos de mampostería piedra caliza. b) Se prohíbe la utilización de fábrica vista de ladrillos rojizos, blancos y de hormigón, así como de cualquier clase o color con junta rehundida Huecos a) Sólo se permitirán recercados de huecos mediante enfoscado con acabado en mate, utilizando preferentemente los colores del entorno próximo. b) En ausencia de recercados en los huecos o acompañando a los mismos, se podrá pintar, con la misma gama de texturas y colores indicados, las jambas de los huecos y en su caso el dintel. Carpintería exterior a) Los materiales admitidos en carpintería exterior serán la madera barnizada o lacada, así como el aluminio y acero lacados en mate b) Se prohíbe la utilización de aluminio en color natural, plateado o dorado. Zócalos a) Se utilizarán preferentemente los enfoscados lisos o picados, vistos o con recubrimiento mate. Si se utiliza piedra su acabado será liso, sin junta y en acabado mate. b) Se evitarán los zócalos de piedra imitación mampostería, los pétreos y cerámicos con brillo y terrazos.

Cerrajería a) Se utilizará la forja o acero en enrejados de huecos y balcones con acabado en color negro o gris oscuro y textura mate. b) Se prohíbe el empleo de aluminio color natural Aleros de cubierta

a) Se podrán utilizar las soluciones tradicionales a base de varias hiladas de ladrillo macizo o doblado de teja cerámica curva, tanto vistos como con recubrimiento mate. b) También se podrá utilizar el vuelo del canto de forjado cubierta reduciendo su canto a un máximo de 20 cm.

Artículo 15.- Núcleo Histórico Tradicional: elementos impropios. Se consideran elementos impropios graves los siguientes encontrados entre los edificios componentes del NHT: - Número de plantas mayor que las permitidas. - Existencia de mirador. - Cubierta plana. - Fábricas no permitidas en el artículo anterior. Se consideran elementos impropios leves: - Vuelos con ancho y/o canto superior al permitido. - Zócalos de piedra imitación mampostería, los pétreos y cerámicos con brillo y terrazos. - Carpinterías y cerrajerías de aluminio color natural, plateado o dorado. - Aleros con ancho y/o canto superior al permitido. - En general los que no se ajusten a los parámetros definidos en el artículo anterior.

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Las actuaciones sobre estos elementos podrán ser: - Eliminación, y en su caso sustitución, en aquellos casos en que esté en mal estado y se proceda a rehabilitación integral del edificio o parcial que afecte al elemento impropio. -Acondicionamiento si el elemento impropio está en buen estado, con el fin de minimizar en lo posible su impacto visual sobre el entorno. Artículo 16.- Núcleo Histórico Tradicional: elementos de urbanización En los proyectos y obras de urbanización en el Núcleo Histórico Tradicional se tendrán en cuenta los siguientes criterios: Pavimentos: Los pavimentos se proyectarán teniendo en cuenta el carácter doble de los mismos (peatonal y rodado), dada la imposibilidad de ejecutar aceras en la mayor parte del viario por su reducida anchura. Se utilizarán preferentemente las soluciones tradicionales para los centros históricos como empedrados, adoquinados de piedra, cerámicos o de hormigón, hormigones impresos. Se atenderá a sus propiedades antideslizantes en función de las fuertes pendientes existentes en el viario. Ajardinamiento y arbolado La introducción del ajardinamiento y arbolado, sólo posible en plazas, se utilizará para reforzar los usos de áreas de reposo peatonal y aparcamiento en las mismas, con los debidos alcorques de protección. Se prestará especial atención a que el arbolado refuerce la silueta urbana del NHT en el mirador de Cerro Córdoba y en los bordes urbanos E. y W., dada su función de elementos configuradores del paisaje urbano y de puntos de observación del paisaje del entorno territorial. Elementos de protección Los elementos de protección como muros de contención, barandas, etc., frecuentes por la abundancia de desniveles, se ejecutarán con los materiales y soluciones tradicionales y en cualquier caso con respeto a los valores estéticos del entorno. Alumbrado y Mobiliario urbano En la implantación del alumbrado y mobiliario urbano se atenderá, dada la anchura del viario, a que su emplazamiento e instalación no cause molestias al tráfico peatonal o rodado, concentrando el mobiliario básicamente en plazas y ensanchamientos. Se utilizarán aquellos elementos con características similares a las establecidas para los elementos propios en el artículo 14. Elementos de señalización Los carteles y rótulos anunciadores de servicios públicos, señalización y comerciales deberán armonizar con el entorno. Artículo 17.- Normativa en relación a yacimientos arqueológicos Leyes de Patrimonio de Aplicación. Ley 16/1985, de 25 junio, del Patrimonio Histórico Español. BOE n. 155/1985 (29-06-1985). Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano (DOGV núm.3.267, de 18 de junio). Ley 7/2004, de 19 de octubre, de la Generalitat, de Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. Ley 10/2012, de 21 de Diciembre, de la Generalitat, Capítulo IX, Modificación de la Ley 4/1998. (DOGV nº 6931/27-12-2012, págs. 36649 a 36652).

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1. Por el Art. 47 de la Ley 4/98, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos y sus modificaciones deberán ser informados con arreglo a la legislación urbanística por la Conselleria de Cultura previamente a su aprobación provisional y dicho informe tendrá carácter vinculante. En cumplimiento del artículo 58 de la citada Ley, la delimitación de los yacimientos arqueológicos deberá ser realizada por un técnico competente en la materia. Para elaborar las fichas de Catálogo de los yacimientos arqueológicos correspondientes, el técnico competente (arqueólogo) deberá visitar todos los yacimientos arqueológicos conocidos del municipio, estén o no contenidos en el Inventario de Yacimientos arqueológicos de la Dirección General de Patrimonio, verificar su existencia y su localización geográfica. Para realizar dicha visita se deberá, en virtud del art. 60 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, solicitar permiso de prospección arqueológica que deberá ser autorizada expresamente por la Consellería de Cultura y Deporte. 2. La ficha de catálogo correspondiente a cada yacimiento arqueológico, deberá contener su área de protección correspondiente, especificar cuáles son los elementos que se protegen, así como una identificación de tipo fotográfico, para un fácil reconocimiento. Se deberá referenciar su emplazamiento sobre plano catastral y coordenadas. La ficha incorporará, como mínimo, la siguiente información: 1. Aspectos Informativos: Número de ficha, denominación del yacimiento, coordenadas UTM que identifiquen su posición, información catastral de las parcelas afectadas, uso actual y edificaciones en caso de existir, datos geográficos (altura sobre nivel del mar, acceso, paisaje...), datos de registro material, otros datos necesarios para describir el yacimiento, estado de conservación y peligro de destrucción, prescripciones para mejorarlo, plano/ foto aérea con identificación del yacimiento, fotografías generales del yacimiento y otros datos de interés. 2. Aspectos Normativos: Grado de protección, entorno de protección en caso de requerirse y criterios para futuras actuaciones. 3. En cumplimiento del art. 50.3 y 58. 5 de Ley 4/98, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano, modificada por la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat Valenciana, los yacimientos arqueológicos de especial valor deben recibir la calificación de Bienes de Relevancia Local y se tiene que delimitar su entorno de protección. 4. Los ámbitos de los yacimientos arqueológicos y elementos de interés patrimonial en suelo no urbanizable, se deberán calificar como Suelo No Urbanizable Protegido. Su entorno de protección incluirá un área de, al menos, un radio de 100m a contar desde el perímetro exterior del yacimiento. En estas áreas será de aplicación el título III de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano. 5. La normativa del Plan General deberá incorporar que: Las áreas de suelo que en el anterior Plan General o Normas subsidiarias figuraran como Suelo No Urbanizable y que con el nuevo sean urbanizables requerirán de prospección arqueológica previa antes de su desarrollo urbanístico. Las áreas de suelo que en el Plan General en vigor figuren como Suelo Urbanizable pero que todavía no se hayan desarrollado urbanísticamente, requerirán de prospección arqueológica previa a su desarrollo, siempre y cuando ésta actuación arqueológica no se hubiese realizado con anterioridad. Toda actuación que se ejecute en Suelo no Urbanizable requerirá de prospección arqueológica previa a su aprobación en la Comisión Territorial de Urbanismo.

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