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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LA CONTRATACIÓN
DEL
SERVICIO
DE
ILUMINACION
ARTÍSTICA
DE
DETERMINADAS CALLES Y PLAZAS, DURANTE LA FERIA DE SAN LUCAS (OCTUBRE DE 2011), Y DURANTE LAS FIESTAS DE NAVIDAD-REYES 2011/2012 EN LA CIUDAD DE JAEN.-
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la prestación del servicio de Iluminación artística de determinadas calles y plazas durante la Feria de San Lucas (Octubre de 2011) y durante las Fiestas de Navidad-Reyes 2011-2012, en la ciudad de Jaén, según se recoge en el ANEXO I de este Pliego. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de servicios tal y como establece el artículo 10 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. El contrato se ejecutará de acuerdo con los pliegos de prescripciones técnicas y el de cláusulas administrativas particulares, los cuales formarán parte del mismo.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
El objeto del contrato es la prestación del servicio de Iluminación artística de determinadas calles y plazas durante la Feria de San Lucas (Octubre de 2011) y durante las Fiestas de Navidad-Reyes 2011-2012, en la ciudad de Jaén. La forma de adjudicación del contrato de servicio de, será el procedimiento abierto, atendiendo a varios criterios de adjudicación, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
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Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá de atenderse a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 134.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y con la cláusula octava de este Pliego.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.aytojaen.es. En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 126 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público se indica que la convocatoria de licitaciones por procedimiento se publicaran obligatoriamente en el Boletín Oficial, que en este caso es el de la Provincia.
CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación
El precio de licitación se fija en el de 643.725,67 euros (iva excluido), de los cuales 70.859,91 € + 18% de Iva,
corresponden a la Feria de Octubre, y
572.865,76 € + 18% de iva corresponden a Navidad-Reyes 2011/2012, cantidad que podrá ser mejorada a la baja por los licitadores en sus ofertas. La partida correspondiente al Impuesto del Valor añadido es de 115.870,62 euros. El precio se abonará con cargo a la partida 4510-22627 “Instalación alumbrado diversas fiestas” y RC nº 201100002014, del vigente Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura, efectuándose para su financiación una retención de crédito de 83.614’69 euros € correspondiente al ejercicio 2011, y el resto, correspondiente al año 2012, al tratarse de un gasto plurianual, se subordina el gasto al crédito que para ese ejercicio autorice el respectivo presupuesto. 2
No procede revisión de precios.
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, quedando asimismo obligado a cumplir los plazos de instalación determinados por el Patronato de Cultura, con el compromiso de que el encendido y apagado se podrá realizar en las siguientes fechas: Feria de San Lucas: Del 15 al 23 de octubre. Ambos inclusive. Navidad-Reyes: del 1 de diciembre de 2011 al 7 de enero de 2012. CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica. 1. La capacidad de obrar del empresario se acreditará: a. De los empresarios que fueren personas físicas mediante fotocopia compulsada del DNI y documento acreditativo de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. (IAE). b. De los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. c. De los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. 3
d. De los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
2. La prueba, por parte de los empresarios, de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones para contratar reguladas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, modificado por Ley 34/2010, de 5 de Agosto; podrá realizarse conforme al modelo que se inserta como anexo.
La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito se exigirá antes de la adjudicación definitiva. 3. La solvencia del empresario: 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. c) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
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3.2 La solvencia técnica se acreditará aportando uno o varios de los siguientes documentos:
a)
Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado; a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos.
b)
Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
c)
Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
d)
Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
e)
Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Registro del Patronato Municipal de Cultura, sito en c/ Bernardo López, s/n, en el plazo de 15 días naturales y hasta las 12 horas del último día, contados a partir siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil del contratante. En el caso de que el último día de plazo sea sábado o festivo en la ciudad de Jaén, éste se prorrogará al lunes o día hábil siguiente.
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Las proposiciones podrán presentarse por correo, en cuyo caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, titulo completo del objeto del contrato y nombre del candidato. Si la remisión por correo se realizara el último día del plazo de presentación la comunicación por telegrama, télex o fax se hará antes de las 12 horas. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la oferta si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos cinco días siguientes a ésa fecha sin que se haya recibido la documentación, ésta no será admitida.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.
Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación Técnica.
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Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos:
SOBRE «A» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA1 a) Documentos que acrediten la personalidad del empresario. b) Documentos que acrediten la representación. — Los que comparezcan o firmen ofertas en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación, bastanteado por el Secretario de la Corporación. — Si el candidato fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando sea exigible legalmente. — Igualmente la persona con poder bastanteado a efectos de representación, deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad. c) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. d) Documentos que justifiquen el cumplimiento de los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional. e) Las empresas extranjeras presentarán declaración de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas
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las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al candidato. f) En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE.
SOBRE «B» OFERTA ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA a) Oferta económica. Se presentará conforme al siguiente modelo: D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la adjudicación, por procedimiento abierto, para la prestación del , en la ciudad de Jaén, en el que constan los criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º ___, de fecha _______, y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, así como el de Cláusulas Administrativas Particulares, que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por importe de _______ € + 18% de Iva. En ____________, a ___ de ________ de 2011 Firma del licitador, Fdo.: _________________». 8
b) Documentos que permitan a la Mesa de Contratación valorar las condiciones de las ofertas según los criterios de adjudicación.
CLÁUSULA OCTAVA. Criterios de adjudicación
Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del servicio de referencia son los siguientes:
CRITERIOS
PUNTUACION
Mejora sobre el tipo de licitación.
De 0 a 10 puntos. Características y composición técnica del equipo humano De 0 a 5 encargado del mantenimiento. (mejora sobre lo mínimo puntos. establecido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión) Mejora y originalidad en los diseños.
De 0 puntos. Mejoras de características técnicas sobre las bases de De 0 licitación. puntos.
a
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a
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Adaptación estética a los criterios del cliente, tales como la De 0 utilización del olivo como elemento decorativo en algunos puntos. casos, y, en general, la flexibilidad del licitador en la modificación de los diseños definitivos para la personalización del alumbrado.
a
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Para la valoración de las ofertas se atenderá al criterio de proporcionalidad inversa, en el caso de la mejora sobre el tipo de licitación, y de proporcionalidad directa en el resto de los criterios.
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CLÁUSULA NOVENA. Mesa de Contratación
Conformarán la Mesa de contratación: -La Sra. Presidenta del Patronato Municipal de Cultura, Turismo y Fiestas, o Concejal/a en quien delegue. - Un miembro de cada uno de los Grupos Políticos. - El Secretario del Patronato de Cultura. -El Interventor del Excmo. Ayuntamiento. - Un técnico del Patronato Municipal de Cultura, que actuará como vocal. - La Jefa de la Sección Administrativa del Patronato Municipal Cultura, que actuará como Secretaria de la Mesa o funcionario en quien delegue.
CLÁUSULA
DÉCIMA.
ÓRGANO
DE
CONTRATACIÓN
Y
Prerrogativas de la Administración.
El Órgano de Contratación será la Presidenta del Patronato Municipal de Cultura, Turismo y Fiestas, en virtud de la delegación expresa de la Presidencia de dicho Patronato, según Decreto del Iltmo. Sr. Alcalde de fecha 24 de junio de 2011.
El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato. b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento. c) Modificación del contrato por razones de interés público. d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
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CLÁUSULA UNDÉCIMA. Apertura de Ofertas y Clasificación de las ofertas. La Mesa de Contratación se constituirá a partir del segundo día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, y calificará la documentación administrativa contenida en los sobres «A».
Y posteriormente, en acto público, procederá a la apertura y examen del sobre «B», pudiendo en ese momento la Mesa solicitar cuantos informes técnicos considere precisos. La Mesa de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Recibidos los informes, y reunida de nuevo la Mesa de Contratación, realizará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Garantía Definitiva
Los que resulten adjudicatarios de los contratos deberán constituir una garantía del 5% del importe de adjudicación, excluido el impuesto del valor añadido. Esta garantía podrá prestarse en alguna de las siguientes formas: a) En efectivo o en valores de Deuda Pública, con sujeción, en cada caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de esta Ley. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en las Cajas o establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes ante las que deban surtir efectos, en la forma y con las condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan. 11
b) Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de esta Ley, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en la letra a) anterior. c) Mediante contrato de seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en la letra a anterior. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato. Esta garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 88 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación del Contrato y notificación de la adjudicación
Una vez emitido el informe o informes técnicos correspondientes, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de no tener deudas con el Ayuntamiento de Jaén y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. 12
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Formalización del Contrato
Los
contratos
que
celebren
las
Administraciones
Públicas
deberán
formalizarse, dentro de los quince días hábiles siguientes al de haber recibido la notificación de adjudicación,
en documento administrativo que se ajuste con
exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de condiciones Técnicas, si no estuvieran Incorporados al mismo.
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CLÁUSULA
DECIMOQUINTA.
Características
Técnicas
y
Obligaciones del contratista
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
1.- El adjudicatario vendrá obligado a cumplir las disposiciones legales vigentes en materia laboral y de seguridad social, así como de prevención de riegos laborales y mas concretamente en lo establecido en el Real Decreto 614/2001 de 8 de junio sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. 2.- No cabe la subcontratación del presente contrato, más que en los términos establecidos en la legislación de contratos del Sector Público.
3.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato, quedando asimismo obligado a cumplir los plazos de instalación con el compromiso de que el encendido y apagado se podrá realizar en las siguientes fechas: Navidad-Reyes: del 1 de diciembre de 2011 al 7 de enero de 2012, ambos inclusive. Feria de Octubre: del 15 al 23 de octubre de 2011, ambos inclusive. 4.- Igualmente todas las instalaciones deberán quedar desmontadas quince días después de finalizada la actividad.
5.- El mantenimiento de las instalaciones correrá a cargo del adjudicatario, que contará con el material humano y técnico necesario y suficiente para cualquier contingencia, para lo que deberá facilitar un teléfono móvil con horario de 9 a 21 horas, para atender y solucionar diariamente todas las averías que se produzcan en las mismas. Este personal deberá girar visitas de instalación y estará controlado por los Servicios Técnicos Municipales y Policía Local.
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6.- El adjudicatario junto con los Servicios Técnicos Municipales inspeccionará la instalación objeto del contrato antes del comienzo del encendido, corrigiéndose por parte del adjudicatario todas las anomalías detectadas de forma inmediata.
7.- El adjudicatario deberá formalizar una póliza de seguros que cubra cualquier daño o perjuicio que se pueda ocasionar tanto a personas como a bienes o cosas públicas o privadas.
8.- El adjudicatario se compromete a instalar para cada una de las actividades el tipo de adornos y arcos de iluminación que se le indique por el Patronato Municipal de Cultura, Turismo y Fiestas de entre las alternativas presentadas.
9.-La altura mínima permitida desde el suelo hasta la parte más baja del arco decorativo o adornos será la exigida por la reglamentación vigente, siendo en la actualidad de 3 metros en zonas peatonales y de 6 metros en vía de tráfico rodado.
10.- Queda prohibido enganchar a los elementos del alumbrado público tales como báculos, columnas, etc., para la sujeción de los arcos de alumbrado decorativo, pero, si por cualquier motivo excepcional tuvieran que ser utilizados dichos soportes, la empresa adjudicataria, será la única responsable de los daños materiales y personales que se pudieran derivar como consecuencia del amarre a estos elementos de alumbrado público, debiendo comprobar, antes de su utilización, la resistencia estructural y de estabilidad de los apoyos, a los nuevos esfuerzos solicitados como consecuencia del amarre de los arcos de iluminación decorativa, mediante certificado acreditativo expedido por Técnico competente.
11.- Se observará lo establecido en el Reglamento de Baja Tensión (RD 842/2002) y en especial lo indicado en la ITC-BT-034, Instalaciones con fines especiales, Ferias y Stand, así como en la INSTRUCCIÓN de 29 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, complementaria de la Instrucción de 31 de marzo de 2004, sobre procedimiento de puesta en servicio y materiales y equipos a 15
utilizar en instalaciones temporales de ferias, verbenas, exornos navideños y manifestaciones análogas.
12.- Se observara en las instalaciones lo establecido en REAL DECRETO 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
13.- Previo al montaje de la iluminación decorativa, se realizará un replanteo de la instalación, en el que participarán los Servicios Técnicos Municipales y la Empresa contratista de la conservación y entretenimiento de las instalaciones de alumbrado público de la Ciudad, a fin de indicarle a la Empresa Adjudicataria la ubicación de los dispositivos de encendido de las instalaciones del alumbrado público y evitar apagones fortuitos por la acción de la luminancia emitida por el alumbrado decorativo.
14.- El adjudicatario, una vez terminado el montaje, enviará relación nominal y medios de localización del personal de guardia, a los Servicios Técnicos Municipales y Autoridad Municipal (Policía Local y Bomberos), a los que se deberá atender de manera inmediata a cualquier orden que estos dicten.
15.- Se suscribirá póliza de seguro “TODO RIESGO”, específico para la instalación del alumbrado decorativo objeto del contrato, con una cobertura de responsabilidad civil de UN MILLON DOSCIENTOS DOS MIL VEINTUCUATRO EUROS CON VEINTIÚN CÉNTIMOS DE EUROS (1.202.024´21 €) y temporalidad igual a la de cada instalación mas treinta días después de su finalización.
16.- Será por cuenta del adjudicatario, transporte de elementos, montaje, mantenimiento y desmontaje, seguro de responsabilidad civil, proyecto y certificado de instalación eléctrica de baja tensión así como su tramitación ante el Organismo
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Competente; y por cuenta del Excmo. Ayuntamiento la contratación de la póliza de suministro eléctrico con la compañía eléctrica. CLÁUSULA DECIMOSEXTA . Ejecución del Contrato
El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo y a la ejecución
conforme al proyecto aprobado por el
órgano de contratación. En todo caso, la Administración conservará los poderes necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato no podrá ser objeto de modificación de conformidad con lo previsto en el art. 92 bis, sin perjuicio de lo establecido en el art. 92 quáter, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DECIMOOCTAVA.- Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego; y en lo establecido en el artículo 262 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA DECIMONOVENA.- Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto 17
en él, será de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado. El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
ANEXO I FERIA DE SAN LUCAS (OCTUBRE 2011)
UBICACIÓN AVDA. DE GRANADA AVDA DE GRANADA CTRA. DE GRANADA C/ PLAZA DE TOROS ZONA DE CASETAS CTRA. DE GRANADA AVDA. DE GRANADA
UNI MATERIAL A INSTALAR D 15 ARCOS DE 9 MTS TIPO LED DE BAJO CONSUMO 3 ARCOS DE 12 MTS TIPO LED DE BAJO CONSUMO 4 ARCOS DE 18 MTS TIPO LED DE BAJO CONSUMO 5 ARCOS DE 8 MTS TIPO LED DE BAJO CONSUMO 35 ARCOS DE 5 MTS TIPO LED DE BAJO CONSUMO 1 DE 12 MTS TIPO LED DE BAJO CONSUMO 1 DE 12 MTS TIPO LED DE BAJO CONSUMO 1 ESCUDO
NAVIDAD-REYES 22011-2012.
CALLES C/ COLÓN
UNI D MATERIAL 4 C+LG LED 18
C/ MAESTRA C/ CAMPANAS C/ CERÓN C/ ÁLAMOS C/ DR. EDUARDO ARROYO C/ ESPARTERIA (DR. CIVERA) PLAZA LOS JARDINILLOS C/ SAN CLEMENTE MESONES (FEDERICO MEDIZABAL) C/ MADRE SOLEDAD TORRES ACOSTA CORREA WEGLISON C/ ROLDÁN Y MARÍN NAVAS DE TOLOSA COCA DE LA PIÑERA (AUTOBUSES) NUEVA C/ VIRGEN DE LA CAPILLA AVDA. DE MADRID PLAZA SAN INDELFONSO
10 8 8 5 8 10 20 1 7
C LED C+LG LED 5=C Y 5=C+L LED C+L LED C+LG LED C LED 20 ÁRBOLES LED ESTRELLA FUGAZ LED C+L LED C+L LED
5 C+L LED 5 5 20 8 8 1 6 5 32
1 C/ BERNABÉ SORIANO 16 PLAZA DEL POSITO 6 AVDA. ANDALUCÍA 150 PLAZA DE LAS BATALLAS 10 6 LOS MOLINOS 50 PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN 10 7 1 4 PESCADERÍA 5 6 C/ MUÑOZ GARNICA 7 C/ HURTADO 6 C/ IGNACIO FIGUEROA 3
C+L LED ARBOLES LED C+L LED ARBOLES LED ARBOL EN FLOR LED C LED C+LG LED C + LG LED MOTIVO NACIMIENTO O SIMILAR LED C + LG LED ARBOLES LED DECORAR TRONCOS DE LOS 2 A 6 MTS 10 ÁRBOLES LED PALMERAS LED METROS DE GUIRNALDA LED ARBOLES LED PALMERAS MALLA LED ESTRELLA FUGAZ GIGANTE LED DECORACIONES FAROLA LED C + LED PALMERAS LED C + L LED C LED C + L LED 19
C/ ARCO DEL CONSUELO C/ Fco MARTÍN MORA / TURRONERIA AVD. MUÑOZ GRANDES JOAQUÍN TENORIO HASTA MERCADO FACHADA AYUNTAMIENTO PARQUE BULEVAR ALREDEDORES PARQUE BULEVAR (calle hacia el super) PZA AUDIENCIA Y MARTINEZ MOLINA AVDA GRANADA C/ EDUARDO Gª-TRIVIÑO LOPEZ AVDA BARCELONA CARRERA DE JESUS MNEZ MOLINA
PZA STA LUISA MARILLAC MILLAN DE PRIEGO PZA SAN FRANCISCO BERNARDO LOPEZ PARRA MERCADO 1 MERCADO 2 CTRA JABALCRUZ SENDA HUERTOS TOMILLO PASEO ESTACION TORRE A TORRE CASTILLO CIRCUNV Bº GLORIA A ROT GRANJA PZA SOBRE PARKING Pº ESTACION
8
C LED C LED
4 5
C+LG LED C+L LED
6 1 26
CASCADAS LED SOBREFAROLAS LED SOBREFAROLAS LED
11 C LED 5 6
C + L LED SOBRE FAROLAS LED
11 10 9 8 25 1 4 4 13 30 3 1 40 40 9 8 2 250
C + L LED ARBOLES CON MALLA LED ARCOS C + LG LED C LED ESTRELLA FUGAZ MIMBRE LED ARBOLES CON MINI BOMBILLA LED ARBOLES CON MINI BOMBILLA LED C+L LED ARBOLES LED C LED C LED CORTINILLA 1,5 X 2 LED CORTINILLA 3 X 0,50 LED SOBREFAROLAS LED SOBREFAROLAS LED ARCOS BOMBILLA LED TRONCOS ARB MALLA LED ESTRELLA GIGANTE CON SU SIST 1 SUJECION
70 SOBREFAROLAS LED 9 DECORAR TRONCOS DE ARBOLES 20
C/ ARJONA FUENTEZUELAS EUROPA PUENTE TABLAS GUADALQUIVIR LAS CANTERAS PILAR ARRABALEJO PUENSI PUERTA DE MARTOS PUERTA DEL ANGEL SAN EUFRASIO TORRE DEL CONCEJO VALDEASTILLAS MAGDALENA CENTER UNIDOS MERCED JUNTOS YA LAS INFANTAS LOMA ARROYO CAUCE
TOMILLO
EL ARIETE
LA GLORIA
LA GUITA LA UNION-PASSO S VTE PAU-STACAT-FALDAS SAGRADO CORAZON JESUS
1 ARBOL ARTIFICIAL 8 MTS 15 DECORAR TRONCOS 8 ARCOS LED ARCOS LED 4 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 4 ARCOS LED 1 PINO NATURAL LED 3 PALMERAS LED 1 PALMERAS LED 1 ARCOS LED 1 CN025 o similar + LG LED 2 ARBOLES LED 1 PALMERAS LED 1 PALMERAS LED 4 ARCOS LED FELIZ NAVIDAD + 2 C + 1 ESTRELLA 1 FUGAZ LED 3 ARCOS LED 12 ARBOLES LED 4 ARCOS LED 41 SOBRE FAROLAS LED 7 ARBOLES LED 4 PALMERAS LED 1 ROTULO + CN025 LED o similar 21
3 2 5 3 1 1
RESIDENCIAL AZAHAR ROTONDA LA GRANJA EL ALMENDRAL
1 2 2
ARCOS LED ARBOLES LED ARCOS LED SOBRE FAROLAS LED PINO NATURAL LED FELIZ NAVIDAD + 2 C LED ABETO ARTIFICIAL LED O ALMENDRO-OLIVO C + L LED ARBOLES LED
En Jaén 20 de julio de 2011 LA JEFA DE SECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
Fdo. Mª Teresa Araque Cuenca
INFORME DE SECRETARÍA: Visto el pliego que antecede, que ha de regir en la adjudicación, por procedimiento abierto para la prestación SERVICIO DE ILUMINACION ARTÍSTICA DE DETERMINADAS CALLES Y PLAZAS, DURANTE LA FERIA DE SAN LUCAS (OCTUBRE DE 2011), Y DURANTE LAS FIESTAS DE NAVIDAD-REYES 2011/2012 EN LA CIUDAD DE JAEN, el mismo cumple con las disposiciones legales vigentes. Jaén, 20 de julio de 2011 EL SECRETARIO
Fdo. Miguel Angel Velasco Gámez.
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