CÓDIGO DE ÉTICA EMPRESARIAL

CÓDIGO DE ÉTICA EMPRESARIAL INDICE Introducción Enfoque y Ámbito de Aplicación Objetivos del Código de Ética Definiciones básicas Misión y Visión V

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CÓDIGO DE ÉTICA EMPRESARIAL

INDICE

Introducción Enfoque y Ámbito de Aplicación Objetivos del Código de Ética Definiciones básicas Misión y Visión Valores Empresariales Disposiciones generales Disposiciones Específicas Criterios éticos y elementos operativos I Manejo de quejas II Trabajo Infantil III Trabajo Forzoso IV Trato Justo V Remuneración y Beneficios VI Coacción y Abuso de autoridad

VII Medidas disciplinarias en el trabajo VIII Discriminación IX Practicas Consuetudinarias, el derecho y obligación del Trabajador y empresa X Conducta apropiada, buen proceder, código de moral y ética XI Acoso sexual XII Ética, moral y transparencia en los negocios XIII Negociación Colectiva XIV Proyección social, conducta ética ante comunidades XV Principios generales de Derechos Humanos Disposiciones Finales Bibliografía

INTRODUCCION

El presente Código de Ética del Grupo de Empresas de Agroindustrial Palma Real es un

instrumento para garantizar

productividad como también en la

un alto estándar de calidad tanto en ética e integridad, como una empresa

legalmente establecida, socialmente responsable y sobretodo garante del cumplimiento de los derechos, deberes y normas en todos los sectores que son partes interesadas en nuestras operaciones. El presente Código de ética configura la filosofía de nuestra empresa con la mayor precisión como medio eficaz para cumplir con los valores que nos definen y diferencian. Indica las pautas de conducta y los criterios éticos por los cuales se regirán las partes interesadas en nuestras operaciones al realizar acciones o tomar decisiones en el contexto de la actividad empresarial que nos ocupa.

Es responsabilidad de la Alta Gerencia de AGROPALMA la correcta difusión e implementación del Código de Ética como una forma de clarificar, unificar criterios y políticas empresariales; y los integrantes de las empresas no deben visualizarlo como un elemento que acota el desempeño y la conducta, sino, como una guía que facilita el trabajo, permitiendo alcanzar los objetivos de la organización, en línea con sus principios y valores.

La implementación el Código de Ética no prevalece sobre las disposiciones legales, más aun, buscara alcanzar estar a tono por exigido por las leyes vigentes.

ENFOQUE Y AMBITO DE APLICACIÓN DEL CODIGO DE ETICA EMPRESARIAL

El presente Código de Ética empresarial, efectivo a partir de su aprobación, está dirigido a toda la estructura organizacional de AGROPALMA, y refleja sus valores empresariales

de

eficacia,

innovación,

integridad,

mejora

continua,

responsabilidad, trabajo en equipo y transparencia. Si bien es cierto este código representa las actividades y practicas relacionadas con la organización, no cubre todos los aspectos que puedan presentarse en el desarrollo de su engranaje. Sino que establece principios claves de guías representativas de las políticas, normas y condiciones de trabajo de la empresa.

Comprendiendo a todas y cada una de las dependencias e instalaciones de la empresa (finca, área administrativa, planta extractora.) el cual

está dirigido a

todos los niveles, tanto a los directivos como a cada uno de los trabajadores, colaboradores directos o indirectos subcontratados, proveedores y demás personal que tenga relación comercial con

AGROPALMA

en todas sus

dependencias que mantiene en la actualidad y pueden formas parte en el futuro.

OBJETIVOS DEL CODIGO DE ETICA

El objetivo principal del presente Código de Ética es establecer modelos específicos de conducta, con énfasis en los principios inherentes a nuestros valores empresariales; orientados a quienes integran nuestra familia empresarial.

Disponer de un instrumento eficaz para dilucidar y preveer conflictos; valorar conductas y

comportamientos; aplicar incentivos tendientes a

mejorar el ambiente de trabajo,

y por ende la productividad de

AGROPALMA.

Abrir un canal de comunicación y una herramienta al alcance de todos los integrantes de nuestra empresa, evitando así, la comisión de infracciones legales todo ello; bajo un ambiente de armonía, respeto mutuo, compromiso, lealtad y responsabilidad social.

Clarificar aquellos procedimientos; que por la naturaleza del trabajo no estén específicamente regulados en las legislaciones contentivas en el derecho positivo vigente.

DEFINICIONES BASICAS

Ética: Es una serie de normas morales que regula las relaciones o conductas de los hombres en un ámbito determinado. Ética Empresarial: Es la rama de la ética que se encarga especial y exclusivamente de las cuestiones de índole moral que surgen o se plantean a instancia del mundo de los negocios dentro de las empresas. Ámbito: Delimitación de una actuación regulada por la ley Consuetudinario: Calificativo del derecho adquirido por efecto de la costumbre salvo prohibición legal. Convenio Internacional: Son expresiones formales de voluntad entre los Estados, mediante las cuales se crean obligaciones jurídicas. Tratado Internacional: Es un acuerdo escrito entre ciertos Estados, y que se encuentra regido por el derecho internacional, que puede constar en uno o varios instrumentos jurídicos conexos y siendo indiferente su denominación. Derechos Humanos: Son la fuente básica del derecho y regula las condiciones que le permiten a una persona su total realización, la subsume de aquellas libertades, derechos y facultades por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna. Trabajador: Es toda persona natural que preste a otra u otras, natural o jurídica, servicios materiales, intelectuales o de ambos géneros, mediante el pago de una remuneración y en virtud de un contrato o relación de trabajo utiliza los servicios de uno o más trabajadores, en virtud de un contrato o relación de trabajo.

Patrono: Es toda persona natural o jurídica, particular o de derecho público, que utiliza los servicios de uno o más trabajadores, en virtud de un contrato o relación de trabajo. Representantes de los Patronos: Es la persona que en nombre del patrono y ejerce funciones de dirección o administración. Medidas Disciplinarias: Es el conjunto de directrices que se establecen a fin de mantener el orden y disciplina en un espacio o sitio determinado. OIT: Organización Internacional del Trabajo Comité Regulador: Es el ente encargado de aplicar los valores, principios, filosofía empresarial y normas éticas propias de la empresa. En la empresa existen regulaciones específicas orientadas al estricto cumplimiento de los Valores Éticos Empresariales, los cuales serán regulados por

tres

diferentes niveles de conducta: 1. Conductas Obligatorias 2. Conductas Deseables u Optimas 3. Conductas Prohibidas o Reprochables Dichas conductas serán dilucidadas por un Comité Regulador, que será el ente encargado de plantear las vías adecuadas, identificar, investigar, clasificar, percibir, plantear, solucionar y orientar todos los dilemas o conflictos éticos que se presenten dentro de la organización. Conductas Obligatorias: Son las conductas que de acuerdo a la teoría ética o filosofía moral de la empresa, constituyen un deber ineludible y deben cumplirse siempre, sin excepción. El no cumplimiento de una ética obligatoria causa un mal por “omisión” de una conducta ineludible. Conductas Deseables u Óptimas: Son las que simbolizan de forma excelente los ideales éticos de la empresa. Estos siempre deben buscarse para perfeccionar al

ser humano, a la organización y al conjunto de la sociedad. Estas conductas alientan o fortalecen los ideales de valores éticos asumidos por la empresa. Conductas Prohibidas: Son las que perjudican a la persona, a la organización y al conjunto de la sociedad en sus derechos fundamentales, de manera tal que jamás, en ninguna circunstancia deben tolerarse. A través de la práctica prohibida, se causa el mal por “comisión”.

Misión Somos una empresa que se dedica a la producción de aceite crudo y productos derivados de la palma aceitera, nos enfocamos en ofrecer productos de alta calidad con la mayor eficiencia y eficacia, disminuyendo el impacto negativo en el medio ambiente, cumpliendo con las especificaciones y requerimientos de calidad y seguridad satisfaciendo las exigencias de nuestros clientes, empleados y la retribución satisfactoria de los accionistas

Visión Ser la empresa Agroindustrial hondureña líder en calidad y extracción de productos derivados de palma aceitera a nivel nacional, cumpliendo con los parámetros de calidad que el mercado internacional exige a través de la mejora continua.

VALORES EMPRESARIALES

VALORES QUE CONFORMAN NUESTRO DESEMPEÑO:

1- LEALTAD 2- RESPONSABILIDAD 3- HONESTIDAD 4- RESPETO 5- SOLIDARIDAD 6- EFICIENCIA 7- CALIDAD 8- COMPETITIVIDAD

DISPOSICIONES GENERALES

Confidencialidad Referente al manejo de la información de la empresa Conflictos de Intereses Manejo de intereses institucionales, frente a los intereses personales

Favores comerciales/regalos/entretenimiento Políticas de la empresa acerca de intercambio de regalos o agradecimientos entre la empresa, sus clientes o proveedores, referentes a lo permitido o no.

Temas Informáticos Políticas en relación a la compra y uso de software, así como las condiciones de uso de herramientas informáticas, como páginas de Internet, correo electrónico y el tipo de información que se manejara por estos medios.

Manejo de Información Postura de la empresa frente al manejo y uso de información a terceros (clientes, proveedores, comunidad, etc.) establecer el tipo de información confidencial.

Declaraciones Proceso de manejo de información a través de medios de comunicación (radios, televisión, diarios, etc.)

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

Realizar la actividad empresarial con integridad, honradez, eficiencia, diligencia, respeto mutuo y compromiso laboral. Conocer, leer, comprender y aplicar todas aquellas normas contempladas en el presente Código de Ética y las derivaciones que resultan de la inobservancia e incumplimiento de las prácticas y procedimientos acordados en este instrumento. El respeto a los derechos personales, sociales, culturales y económicos, como parte de nuestra política empresarial, a fin de alcanzar el desarrollo integral de quienes forman parte de nuestra empresa garantizando un nivel de vida adecuado.

Demostrar respeto a las normas de conducta contenidas en este Código de Ética, respeto mutuo en las diferentes áreas de trabajo entre compañeros del mismo o de distinto rango o jerarquía dentro de la empresa. Respetar todo tipo de medidas de seguridad, observar, aplicar y cumplir el significado de las señales de advertencia sobre instrucciones que por higiene y seguridad sean colocadas.

Cumplir con todas las condiciones referentes a la circulación en las distintas áreas de trabajo así como respeto a horarios y demás condiciones especificadas en el Reglamento Interno de la Empresa. Cumplir con los tratados y convenios ratificados por Honduras, leyes, reglamentos y disposiciones locales, nacionales e internacionales aplicables.

CRITERIOS ETICOS Y ELEMENTOS OPERATIVOS I MANEJO DE QUEJAS Y RECLAMOS LABORALES. (RECEPCIÓN, INVESTIGACIÓN, SOLUCIÓN Y RESPUESTAS)

La recepción de quejas, reclamos y sugerencias laborales, se realizara a través de un sistema o procedimiento acordado por todas las partes. El que garantiza la confidencialidad, protección y pronta resolución de las quejas, conflictos, desacuerdos o controversias y sugerencias que en el desempeño de las actividades, tengan lugar en el centro de trabajo. El proceso investigativo se llevara a cabo conforme a los procedimientos establecidos para tal fin, en estricto cumplimiento a los derechos de los involucrados; con el propósito de encontrar una solución mutuamente satisfactoria para las partes implicadas. Las soluciones y respuestas

que se deriven del procedimiento anteriormente

descrito, serán documentadas de manera que sean accesibles y observables para

evitar situaciones similares en el futuro, siempre y cuando, estas, no menoscaben la dignidad e imagen de los involucrados.

TRABAJO INFANTIL AGROPALMA. No permite la contratación de mano de obra infantil en ninguna de las áreas de cultivo, procesamiento o administrativas. La edad mínima requerida para laborar en la empresa será de dieciocho (18) años, en cumplimiento a lo establecido en el Código de Trabajo y los Convenios y Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Honduras. Colocando a disposición la documentación contentiva de identificación plena concerniente a la edad cronológica de nuestros empleados. EXCEPCION: Autorización de la Secretaria del Trabajo para la contratación de menores de edad la normativa vigente sobre esta disposición se remite al siguiente marco legal de carácter nacional e internacional a través de los convenios y tratados suscritos y ratificados por Honduras.

TRABAJO FORZOSO AGROPALMA rechaza el sometimiento a trabajo forzoso en todas sus formas, bajo promesas, amenazas o coacción por medios más sutiles como ser la acumulación de sumas adeudadas a fin de adoptar una posición de sumisión o ventaja sobre cualquier persona que tenga relación con nuestra empresa. Trabajo forzoso incluye cualquier obligación contra su voluntad de carácter laboral, humano, físico y sexual donde se vea lesionada su dignidad humana.

En AGROPALMA se considera discriminación cualquier práctica análoga a la esclavitud condenada por la legislación nacional e internacional.

TRATO JUSTO

AGROPALMA procura un entorno de trabajo agradable, productivo, seguro, sin discriminaciones. Fomentando armonía

entre

las partes involucradas

reciban un trato apropiado de acuerdo a condición

y que

o comportamientos.

Reconociendo que el trabajo es fuente de dignidad personal, estabilidad familiar, paz en la comunidad y acciones democráticas que actúan en beneficio de todos, como una ayuda recíproca entre la oportunidad de trabajo productivo y el desarrollo empresarial. La relación entre la empresa AGROPALMA y sus colaboradores, se basa en los valores éticos, a través del cumplimiento irrestricto de lo establecido por las leyes de la naturaleza, el derecho positivo vigente y la legislación internacional. Los empleados representan un recurso valioso para la empresa, a partir de una política de colaboración mutua en el desarrollo de nuestras operaciones.

REMUNERACION Y BENEFICIOS En cumplimiento con las disposiciones legales tendientes a regular las condiciones de trabajo, en materia de salarios, y beneficios que garanticen un salario digno y todo aquello que beneficie a nuestros empleados y trabajadores.

COERCION, ABUSO DE AUTORIDAD AGROPALMA rechaza todo tipo de acto que conlleve a coaccionar o condicionar el comportamiento del personal y trabajadores a través de una pena, sanción, multa o imposición arbitraria que sea lesiva a su integridad física, emocional y psicológica. AGROPALMA objeta todo tipo de abuso de autoridad o abuso de funciones, en la relación laboral con sus trabajadores, en toda situación donde la autoridad o individuo que tiene poder sobre otro debido a su posición social, conocimiento o riqueza utiliza ese poder para su beneficio y a su vez, permite que otros sean explotados.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS EN EL TRABAJO AGROPALMA para la aplicación de cualquier medida disciplinaria toma como fundamento el incumplimiento de las obligaciones de los trabajadores y las prohibiciones establecidas a estos, tanto en el Código del Trabajo, como en el Reglamento Interno de la empresa debidamente aprobado e inscrito por la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social.

DISCRIMINACION AGROPALMA promueve, divulga y practica la igualdad de oportunidades, rechaza la discriminación basada en raza, casta, origen nacional, religión, discapacidad, genero, afiliación política, orientación sexual, asociación sindical o exclusión alguna por razones de edad.

La verificación de dicho principio se aplicara de acuerdo a las directrices aprobadas por el Comité Regulador de Quejas y Reclamos Laborales siguiendo los protocolos acordados. Para AGROPALMA su personal es el activo más valioso, basado en el principio de igualdad de oportunidades para todos sus empleados, colaboradores, proveedores, sub proveedores e incita a sus compradores y clientes a combatir la discriminación en todas sus formas, aplicando políticas de prevención a fin de proteger el bienestar de sus trabajadores.

PRÁCTICAS CONSUETUDINARIAS, EL DERECHO Y LA OBLIGACION DEL TRABAJADOR Y EMPRESA AGROPALMA efectúa una participación activa en el manejo de las prácticas consuetudinarias en relación a los derechos no legales como forma de compensación a sus trabajadores.

CONDUCTA APROPIADA, BUEN PROCEDER, CODIGO DE MORAL Y ETICA

Siendo el pilar fundamental de nuestra empresa y más valioso activo el respeto a los derechos de nuestros empleados, colaboradores directos e indirectos, sus familias y la comunidad, cada día renovamos nuestro compromiso para cumplir con las disposiciones convenidas en el presente Código de Ética, así mismo, convertirnos en garantes de su aplicación, continua revisión y actualización; implementando políticas y protocolos objetivos que nos sirven de base para la verificación de cumplimiento.

En caso de incumplimiento del presente criterio, se implementara lo estipulado en la política del criterio uno (I) en relación al manejo de quejas y demás políticas necesarias para atender cualquier denuncia o sugerencia que pueda presentarse

ACOSO SEXUAL AGROPALMA considera inadmisible todo tipo de acoso sexual mediando subordinación, exceso de confianza, comportamientos inapropiados de acuerdo a la moral y las buenas costumbres dentro de las áreas de trabajo, sean estas planta procesadora, fincas, edificios administrativos, áreas de descanso o recreación. Se declara impropio cualquier tipo de contacto físico, verbal o ademanes que evoque un contenido sexual o afectivo entre el personal cualquiera que sea su posición jerárquica dentro de la organización.

DEFINICION DE ACOSO SEXUAL SEGÚN LA OIT

La OIT expone una definición del acoso sexual en el ámbito laboral haciendo referencia y distinción del acoso sexual en el trabajo y el acoso sexual de sexo en el trabajo, sin embargo, tanto una como otra son muestra de desigualdad de mujeres y hombres en el ámbito laboral, lo cual se refiere a vulneraciones al principio de igualdad, debiendo comprender que este es subyacente a una discriminación por razón de sexo.

Acoso por razón de trabajo: Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. Este tipo de acoso supone un tipo de situaciones laborales más amplias y no tiene por qué existir intencionalidad sexual por parte de la persona agresora. Es el paraguas o la base en la cual se da el acoso sexual en el trabajo.

Acoso sexual en el trabajo: Cualquier conducta física o verbal, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno laboral intimidatorio, degradante, u ofensivo. Se circunscribe al ámbito de lo sexual.

NEGOCIACION COLECTIVA Y REPRESENTACION DE LOS TRABAJADORES (LINEAMIENTOS ETICOS)

La negociación colectiva es un proceso complejo que involucra a toda la organización, las personas, valores, intereses y posiciones, esta función es una tarea compartida entre AGROPALMA y las comisiones mixtas.

PROYECCION SOCIAL CONDUCTA ETICA ANTE LA COMUNIDAD Y LAS PARTES INTERESADAS EXTERNAS.

Trabajamos arduamente aunando esfuerzos en apoyo a

los programas

sociales, empresariales así como estatales, orientados hacia la salud y la educación a la conservación de los recursos naturales y el ambiente, encaminados a ser una empresa socialmente responsable (RSE).

PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHOS HUMANOS

Garantizamos el respeto irrestricto y cumplimiento a los derechos humanos inherentes a la persona humana, garantías y libertades, derechos sociales, derechos económicos políticos y culturales en todas sus manifestaciones. AGROPALMA a través del Comité Regulador para el manejo de quejas, conflictos, controversias y sugerencias, da cumplimiento al Protocolo que vela por la protección de los derechos humanos.

DISPOSICIONES FINALES El presente instrumento está sujeto a las reformas que como resultado de revisiones periódicas consensuadas entre la empresa AGROPALMA, los representantes de los trabajadores y demás colaboradores involucrados en su actividad comercial determinen, a fin de mantener la armonía en el trabajo, el bienestar de nuestros empleados y la actualización en el mundo de los negocios y sobretodo aunar sus esfuerzos a alcanzar la visión empresarial que aspiramos.

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