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COLECCIÓN DE REGLAMENTOS UNIFORMIDAD Y VESTUARIO Uniformidad en las FAS.—Denominación, composición y utilización de los uniformes. Regulación. _____________
Orden Ministerial número 6/1989, de 20 de enero, por la que se regula la denominación, composición y utilización de los uniformes en las Fuerzas Armadas.
La experiencia adquirida desde la promulgación de la Orden Ministerial 1.647/1979, de 17 de mayo, por la que se establecían normas conjuntas de equiparación, numeración y designación de uniformes del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, aconseja una simplificación, tanto en el número de uniformes como en su composición y designación y, en consecuencia, una modificación de los criterios para su uso. Por otra parte, la creación de los Cuerpos Militar de Intervención y Jurídico Militar de la Defensa y la incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas obligan a ampliar aquellas normas a dichos Cuerpos y a los que en el futuro puedan crearse con el mismo carácter, y a fijar en todo caso la composición de los uniformes femeninos. En su virtud, en uso de las facultades que me confiere el artículo único de la Ley número 63/1978, de 26 de diciembre, y previo acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de enero de 1989. DISPONGO: Primero.—La denominación de los diferentes uniformes del Ejército de Tierra, de la Armada, del Ejército del Aire y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas será la siguiente: de Diario, de Gala, de Etiqueta, de Gran Etiqueta, de Trabajo, de Instrucción o Campaña y Especiales. "Segundo.—1. La composición y utilización de los uniformes de diario, gala, etiqueta, gran etiqueta y trabajo del personal militar de las Fuerzas Armadas, exceptuada la Tropa y Marinería, serán las que se especifican en el anexo a esta Orden Ministerial. _______________ Observación: No se han modificado los uniformes femeninos establecidos por los puntos 1.4.2.b), 1.4.3.b) y 2.4.2.b) de esta O. M. por no coincidir las prendas establecidas en dichos puntos con las descritas en la O. M. que dispone su modificación (10).
_______________ 2. En el diseño, composición y utilización del uniforme de instrucción o campaña primarán, para la totalidad de las Fuerzas Armadas y siempre que no se menoscabe la operatividad, criterios de normalización y racionalización, estableciéndose a tal efecto la correspondiente instrucción del Jefe del Estado Mayor de la Defensa.(*) 3. La composición y utilización de los uniformes especiales, así como la uniformidad de la Tropa y Marinería, se regirán por los respectivos Reglamentos de Uniformidad de los Ejércitos. 4. La utilización de las diferentes modalidades de los uniformes deberá supeditarse a la observación de la necesaria homogeneidad en ámbitos geográficos diferenciados, así como con ocasión de acontecimientos de importancia,. Por parte del Jefe del Estado Mayor de la Defensa se efectuará la coordinación general en este sentido, dictando las instrucciones precisas a tal fin."(9) Tercero.—El Subsecretario de Defensa y los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las instrucciones que consideren precisas para el desarrollo de lo que en esta Orden Ministerial se establece. Cuarto.—El emblema del Cuerpo Jurídico Militar de la Defensa estará constituido por un haz de líctores enfilado por alabarda, orlado de dos ramas de roble nervadas y frutadas, unidas por sus troncos y liadas en punta. Sus especificaciones técnicas serán las que se determinan en el apartado 1.2 del anexo a la Orden Ministerial 38/1986, de 28 de abril. Quinto.—Las prendas de nueva creación citadas en la norma primera del anexo entrarán en vigor con arreglo a los plazos que las Autoridades mencionadas en el apartado 3 señalen para cada caso. Las prendas de la uniformidad actual que resultan sustituidas, tendrán un plazo de utilización transitorio, que será señalado por las mismas Autoridades. Los plazos antes citados no podrán, en todo caso, deferirse más allá del 1 de enero de 1990. Las prendas que resultan suprimidas dejarán de utilizarse en el momento de entrada en vigor de la presente Orden Ministerial. Sexto.—Quedan modificados en la forma establecida en esta Orden Ministerial los actuales Reglamentos y Normas de uniformidad vigentes. ……………………………………… (*) Los trabajos necesarios para elaborar la instrucción referida en el punto 2 del texto que se inserta en el apartado único de la presente orden serán realizados en el marco de Comité Logístico de las Fuerzas Armadas, establecido mediante Orden Ministerial 271/1999, de 30 de noviembre. Hasta su entrada en vigor, la composición y utilización del uniforme de Instrucción o Campaña seguirán rigiéndose por los respectivos Reglamentos de Uniformidad de los Ejércitos.
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Séptimo.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo único de la Ley 63/1978 y por haberlo así resuelto el Consejo de Ministros, queda derogado el Decreto de 18 de julio de 1940 que crea la banda y el cordón militar. Quedan derogadas, asimismo, la Orden Ministerial 1.647/1979, de 17 de mayo, por la que se establecen normas conjuntas de equiparación, numeración y designación de uniformes del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden Ministerial. Octavo.—La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día 1 de marzo de 1989. "Disposición adicional primera. Descripción de la prenda de cabeza. 1. El sombrero establecido para los diferentes uniformes femeninos en el apartado único de esta Orden Ministerial estará constituido por armazón, banda ajustable y, en su caso, cubierta desmontable. El armazón será rígido con forma de corona ovalada y con ala levantada por los laterales, recubierto de sarga del color que corresponda para cada modalidad de uniforme. La banda se ajustará por su parte frontal y trasera. La cubierta será de poliéster/algodón de color blanco. Llevará barbuquejo dorado sujeto a los laterales por dos botones dorados con el emblema del ejército al que se pertenezca o con el escudo de España para los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. 2. En esta prenda de cabeza se usará la galleta que corresponda, según el Ejército o Cuerpo Común al que pertenezca y empleo que tenga la interesada. 3. De la forma que establezca la autoridad competente en cada caso, esta prenda podrá llevar los ornamentos reglamentarios que se consideren necesarios para los diferentes empleos. Disposición adicional segunda. Mandatos ejecutivos. 1. El sombrero establecido para los uniformes femeninos de diario, gala y trabajo será de dotación personal, siendo gratuita la primera entrega, para todas las militares profesionales en activo y de nuevo ingreso, así como para las reservistas voluntarias. Las siguientes reposiciones serán a cargo de las interesadas. 2. El Subsecretario de Defensa y los Jefe de Estado Mayor, en el ámbito de su competencia, darán las instrucciones oportunas para que por parte del Mando o Jefatura de Apoyo Logístico que corresponda se redacten las especificaciones técnicas de la nueva prenda de cabeza. 3. La Subdirección General de Enseñanza Militar será la encargada de suministrar la nueva prenda de cabeza, de los uniformes de diario, gala y trabajo, a todo el personal militar femenino de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas que actualmente se encuentre en la situación de servicio activo, o con compromiso en vigor como reservista voluntaria. Al personal que ingrese en las Fuerzas Armadas con posterioridad a la entrada en vigor de esta orden ministerial, se le entregará esta prenda de cabeza, junto con el resto de la uniformidad pertinente, en el Centro Docente Militar donde efectúen su ingreso. Disposición transitoria única. Uso de la prenda de cabeza sustituida. El personal militar femenino afectado por esta orden ministerial podrá seguir usando la prenda de cabeza reglamentaria que se sustituye sólo hasta que se le entregue la nueva. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Ministerial. Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Ministerio de Defensa"."(10) _____________ O. M. Def. 6/1989, de 20.01.1989 BOD. 16/1989. Modificada por: (1) O. M. Def. 52/1993, de 11.05.1993. BOD. 92/1993. (2) O. M. Def. 232/1997, de 27.11.1997. BOD. 238/1997. [Derogada por (4)] (3) O. M. Def. 11/1999, de 15.01.1999. BOD. 15/1999. [Modificada por (5)] (4) O. M. Def. 56/2000, de 02.03.2000. BOD. 54/2000. (5) O. M. Def. 57/2000, de 02.03.2000. BOD. 57/2000. (6) O. M. Def. 344/2000, de 17.11.2000. BOD. 231/2000. (7) O. M. Def. 383/2000, de 26.12.2000. BOD. 4/2001. (8) O. M. Def. 243/2001, de 20.11.2001. BOD. 233/2001. (9) O. M. Def. 37/2006, de 13.03.2006. BOD. 60/2006. (10) O. M. Def. 151/2006, de 21.12.2006. BOD. 1/2007.
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COLECCIÓN DE REGLAMENTOS ANEXO
NORMAS SOBRE COMPOSICION Y UTILIZACION DE LOS UNIFORMES EN LAS FUERZAS ARMADAS Primera.—La descripción de los uniformes militares es la siguiente: 1 UNIFORME DE DIARIO 1.1. Ejército de Tierra 1.1.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Guerrera caqui, camisa amarilla grisácea de manga larga; corbata caqui de nudo, pantalón caqui; zapatos y calcetines negros; guantes negros; gorra de plato caqui o prenda específica de la Unidad; capote o gabardina caqui. b) Uniforme femenino: Guerrera caqui, camisa amarilla grisácea de manga larga; corbata caqui de nudo; falda caqui; zapatos negros; medias color natural; guantes negros; gorra de plato caqui o prenda específica de la Unidad; bolso negro; capote o gabardina caqui. 1.1.2. Modalidad B Ambos uniformes iguales a los de la modalidad A. 1.1.3. Modalidad C a) Uniforme masculino: Camisa amarilla grisácea de manga corta con hombreras portadivisas; pantalón caqui, cinturón amarillo grisáceo; zapatos y calcetines negros; boina caqui o prenda específica de la Unidad. b) Uniforme femenino: Camisa amarilla grisácea de manga corta con hombreras portadivisas; falda caqui; cinturón amarillo grisáceo; zapatos negros; medias color natural; boina caqui o prenda específica de la Unidad; bolso negro. 1.2. Armada 1.2.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Chaqueta azul marino; camisa blanca de manga larga y cuello vuelto semirrígido; corbata negra de nudo; pantalón azul marino; zapatos y calcetines negros; guantes avellana; gorra de plato blanca; capote ruso o gabardina azul marino. b) Uniforme femenino: Chaqueta azul marino; camisa blanca de manga larga y cuello vuelto semirrígido; corbata negra de nudo; falda azul marino; zapatos negros; medias negras; guantes avellana; "sombrero blanco"(10); bolso negro; capote ruso o gabardina azul marino. 1.2.2. Modalidad B a) Uniforme masculino: Marinera blanca con palas portadivisas; camisa blanca de manga larga y cuello blando; pantalón blanco; zapatos y calcetines blancos; gorra de plato blanca. b) Uniforme femenino: Marinera blanca con palas portadivisas; camisa blanca de manga larga y cuello blando; falda blanca; zapatos blancos; medias color natural; "sombrero blanco"(10); bolso blanco. 1.2.3. Modalidad C a) Uniforme masculino: Camisa blanca de manga corta con palas portadivisas; pantalón blanco; cinturón blanco de cajeta; zapatos y calcetines blancos; gorra de plato blanca. b) Uniforme femenino: Camisa blanca de manga corta con palas portadivisas, falda blanca; cinturón blanco de cajeta; zapatos blancos; medias color natural; "sombrero blanco"(10); bolso blanco. 1.3. Ejército del Aire 1.3.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Guerrera gris aviación; camisa azul claro de manga larga; corbata negra de nudo; pantalón gris aviación; zapatos y calcetines negros; guantes grises; gorra de plato gris aviación o prenda específica de la Unidad; gabardina gris aviación.
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b) Uniforme femenino: Guerrera gris aviación; camisa azul claro de manga larga; corbata negra de nudo; falda gris aviación; zapatos negros; medias color natural; guantes grises; "sombrero gris aviación"(10) o prenda específica de la Unidad; bolso negro; gabardina gris aviación. 1.3.2. Modalidad B “Ambos uniformes iguales a los de la modalidad A.”(1) 1.3.3. Modalidad C a) Uniforme masculino: Camisa azul claro de manga corta con manguitos portadivisas; pantalón gris aviación; cinturón de lona gris; zapatos y calcetines negros; gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad. b) Uniforme femenino: Camisa azul claro de manga corta con manguitos portadivisas; falda gris aviación; cinturón de lona gris; zapatos negros; medias color natural; gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad; bolso negro. 1.4. Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas. 1.4.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Guerrera verde musgo; camisa verde oliva de manga larga; corbata verde musgo de nudo; pantalón verde gris claro; zapatos y calcetines negros; guantes negros; gorra de plato verde musgo; gabardina verde musgo. b) Uniforme femenino: Guerrera verde musgo; camisa verde oliva de manga larga; corbata verde musgo de nudo; falda verde gris claro; zapatos negros; medias color natural; guantes negros; "sombrero verde musgo"(10); bolso negro; gabardina verde musgo. 1.4.2. Modalidad B “a) Uniforme masculino: Guerrera cerrada blanca con palas portadivisas; camisa blanca de cuello blando; pantalón blanco; zapatos y calcetines blancos; gorra de plato verde musgo con funda blanca.”(6) b) Uniforme femenino: Guerrera cerrada blanca con palas portadivisas; camisa blanca de cuello blando; falda blanca; zapatos blancos; medias color natural; gorra de plato con funda blanca, bolso blanco. 1.4.3. Modalidad C a) Uniforme masculino: Camisa blanca de manga corta con palas portadivisas, pantalón blanco; cinturón blanco de cajeta; zapatos y calcetines blancos; gorra de plato con funda blanca. b) Uniforme femenino: Camisa blanca de manga corta con palas portadivisas; falda blanca; cinturón blanco de cajeta; zapatos blancos; medias color natural; gorra de plato con funda blanca; bolso blanco. 2. UNIFORME DE GALA 2.1. Ejército de Tierra 2.1.l. Modalidad A a) Uniforme masculino: Guerrera caqui; camisa blanca de manga larga; corbata negra de nudo; pantalón caqui; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato caqui o prenda específica de la Unidad; ceñidor de gala; capote o gabardina caqui. b) Uniforme femenino: Guerrera caqui; camisa blanca de manga larga; corbata negra de nudo; falda caqui; zapatos negros; medias color natural; guantes blancos; gorra de plato caqui o prenda específica de la Unidad; ceñidor de gala; bolso negro, capote o gabardina caqui. 2.1.2. Modalidad B Ambos uniformes iguales a los de la Modalidad A. 2.2. Armada 2.2.1. Modalidad A
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a) Uniforme masculino: — Oficiales Generales y Oficiales: Levita azul marino; camisa blanca de manga larga y cuello vuelto semirrígido; corbata negra de nudo; pantalón azul marino, cinturón de levita, zapatos y calcetines negros; guantes blancos, gorra de plato blanca. — Suboficiales: Chaqueta azul marino, camisa blanca de manga larga y cuello vuelto semirrígido, corbata negra de nudo, pantalón azul marino; zapatos y calcetines negros, guantes blancos; gorra de plato blanca; capote ruso o gabardina azul marino. b) Uniforme femenino: “Oficiales Generales y Oficiales: Levita azul marino; camisa blanca de manga larga y cuello vuelto semirrígido; lazo negro liso; pantalón azul marino; cinturón de levita; zapatos negros; calcetines negros; guantes blancos; "sombrero blanco"(10); bolso negro. Suboficiales: Chaqueta azul marino; camisa blanca de manga larga y cuello vuelto semirrígido; lazo negro liso; falda azul marino; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; "sombrero blanco"(10); bolso negro; capote ruso o gabardina azul marino.”(7) 2.2.2. Modalidad B a) Uniforme masculino: Marinera blanca con palas portadivisas; camisa blanca de manga larga y cuello blando; pantalón blanco; zapatos y calcetines blancos; guantes blancos; gorra de plato blanca. b) Uniforme femenino: Marinera blanca con palas portadivisas; camisa blanca de manga larga y cuello blando; falda blanca; zapatos blancos; medias color natural; guantes blancos; "sombrero blanco"(10); bolso blanco. 2.3. Ejército del Aire 2.3.1. Modalidad A a) Uniforme Masculino: Guerrera gris aviación; camisa blanca de manga larga; corbata negra de nudo; pantalón gris aviación; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato gris aviación; gabardina gris aviación. b) Uniforme femenino: Guerrera gris aviación; camisa blanca de manga larga; corbata negra de nudo; falda gris aviación; zapatos negros; medias color natural; guantes blancos; "sombrero gris de aviación"(10); bolso negro; gabardina gris aviación. 2.3.2. Modalidad B “Ambos uniformes iguales a los de la modalidad A.”(1) 2.4. Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas 2.4.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Guerrera verde musgo; Camisa blanca de manga larga; corbata negra de nudo; pantalón verde gris claro; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato verde musgo; ceñidor de gala; gabardina verde musgo. b) Uniforme femenino: Guerrera verde musgo; camisa blanca de manga larga; corbata negra de nudo; falda verde gris claro; zapatos negros; medias color natural; guantes blancos; "sombrero verde musgo"(10); ceñidor de gala; bolso negro; gabardina verde musgo. 2.4.2. Modalidad B “a) Uniforme masculino: Guerrera cerrada blanca con palas portadivisas; camisa blanca de cuello blando; pantalón blanco; zapatos y calcetines blancos; guantes blancos; gorra de plato verde musgo con funda blanca.”(6) b) Uniforme femenino: Guerrera cerrada blanca con palas portadivisas; camisa blanca de cuello blando; falda blanca; zapatos blancos; medias color natural; guantes blancos; gorra de plato con funda blanca; bolso blanco. 3. UNIFORME DE ETIQUETA 3.l. Ejército de Tierra 3.l.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Guerrera azul con tirilla y puños blancos; pantalón azul; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra azul; capa negra.
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b) Uniforme femenino: Guerrera azul con tirilla y puños blancos; falda azul; zapatos negros; medias negras, guantes blancos, gorra azul; bolso acharolado negro; capa negra. 3.1.2. Modalidad B La misma descrita como modalidad A, para ambos uniformes. 3.2. Armada 3.2.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Chupa azul marino; camisa blanca de pechera con cuello vuelto; corbata negra de lazo; pantalón azul marino; faja de raso negro; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato blanca; capa azul marino. b) Uniforme femenino: Chupa azul marino; camisa blanca; lazo negro; falda azul marino; faja de raso negro; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; "sombrero blanco"(10); “bolso negro”(7); capa azul marino. 3.2.2. Modalidad B a) Uniforme masculino: Chupa blanca con palas portadivisas; camisa blanca de pechera con cuello vuelto; corbata negra de lazo; pantalón azul marino; faja de raso negro; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato blanca. b) Uniforme femenino: Chupa blanca con palas portadivisas; camisa blanca; lazo negro; falda azul marino; faja de raso negro; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; "sombrero blanco"(10); “bolso negro.”(7) 3.3. Ejército del Aire “3.3.1. Modalidad única. a) Uniforme masculino: Chupa azul negro; camisa blanca de pechera con cuello vuelto; fajín; corbata negra de lazo; pantalón azul negro; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato azul negra; capa azul negra.”(5) b) Uniforme femenino: Chupa azul negro; camisa blanca; lazo negro; falda azul negro; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; "sombrero azul negro"(10); bolso acharolado negro; capa azul negra. 3.3.2. Modalidad B “Ambos uniformes iguales a los de la modalidad A.”(1) 3.4. Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas 3.4.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Guerrera azul; con tirilla y puños blancos; pantalón azul; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato azul; capa negra. b) Uniforme femenino: Guerrera azul con tirilla y puños blancos; falda azul; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; "sombrero azul"(10); bolso acharolado negro; capa negra. 3.4.2. Modalidad B La misma descrita como Modalidad A, para ambos uniformes. 4. UNIFORME DE GRAN ETIQUETA 4.1. Ejército de Tierra Modalidad única a) Uniforme masculino: Guerrera azul, con tirilla y puños blancos; pantalón azul; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato azul; ceñidor de gala; capa negra.
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b) Uniforme femenino: Guerrera azul con tirilla y puños blancos; falda larga azul; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; gorra de plato azul; ceñidor de gala; bolso acharolado negro; capa negra. 4.2. Armada Modalidad única a) Uniforme masculino: Frac azul marino; chaleco blanco; camisa blanca de pechera con cuello de pajarita; corbata blanca de lazo; pantalón azul marino; zapatos acharolados negros; calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato blanca; capa azul marino. b) Uniforme femenino: Chupa azul marino; camisa blanca; lazo negro; falda larga azul marino; faja de raso negro; “zapatos acharolados negros;”(7) medias negras; guantes blancos; "sombrero blanco"(10); bolso acharolado negro, capa azul marino. 4.3. Ejercito del Aire “4.3.1. Modalidad A. a) Uniforme masculino (equivalente al frac): frac azul negro; chaleco blanco; camisa blanca de pechera con cuello de pajarita; corbata blanca de lazo; pantalón azul negro; zapatos acharolados negros; calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato azul negra; capa azul negra. b) Uniforme femenino (equivalente al frac y al chaqué): chupa azul negro; camisa blanca; lazo negro; falda larga azul negro; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; "sombrero azul negro"(10); bolso acharolado negro; capa azul negra.”(4) “4.3.2. Modalidad B. a) Uniforme masculino (equivalente al chaqué): frac azul negro; chaleco blanco; camisa blanca de pechera con cuello vuelto; corbata negra de lazo; pantalón azul negro; zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato azul negra; capa azul negra.”(4) 4.4. Cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas Modalidad única a) Uniforme masculino: Guerrera azul, con tirilla y puños blancos; pantalón azul, zapatos y calcetines negros; guantes blancos; gorra de plato azul; ceñidor de gala; capa negra. b) Uniforme femenino: Guerrera azul con tirilla y puños blancos; falda larga azul; zapatos negros; medias negras; guantes blancos; "sombrero azul"(10); ceñidor de gala; bolso acharolado negro; capa negra. 5. UNIFORME DE TRABAJO 5.1. Ejército de Tierra 5.1.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Cazadora caqui; camisa amarilla grisácea de manga larga; corbata caqui de nudo; pantalón caqui; cinturón amarillo grisáceo; zapatos y calcetines negros; guantes negros; prenda de cabeza reglamentaria; gabardina o chaquetón caqui. b) Uniforme femenino: Cazadora caqui, camisa amarilla grisácea de manga larga; corbata caqui de nudo; falda caqui; cinturón amarillo grisáceo; zapatos negros; medias color natural; guantes negros; prenda de cabeza reglamentaria; bolso negro; gabardina o chaquetón caqui. 5.1.2. Modalidad B a) Uniforme masculino: Camisa amarilla grisácea de manga larga con bolsillo de cartera y hombreras portadivisas; corbata caqui de nudo; pasador sujetacorbatas; pantalón caqui; cinturón amarillo grisáceo; zapatos y calcetines negros; prenda de cabeza reglamentaria. b) Uniforme femenino: Camisa amarilla grisácea de manga larga con bolsillo de cartera y hombreras portadivisas; corbata caqui de nudo; pasador sujetacorbatas; falda caqui; cinturón amarillo grisáceo; zapatos negros; medias de color natural; prenda de cabeza reglamentaria; bolso negro.
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5.1.3. Modalidad C a) Uniforme masculino: Camisa amarilla grisácea de manga corta con hombreras portadivisas; pantalón caqui, cinturón amarillo grisáceo; zapatos y calcetines negros; boina caqui o prenda específica de la Unidad. b) Uniforme femenino: Camisa amarilla grisácea de manga corta con hombreras portadivisas; falda caqui; cinturón amarillo grisáceo; zapatos negros; medias color natural; boina caqui o prenda específica de la Unidad; bolso negro. 5.2. Armada "5.2.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: jersey azul marino de cuello de pico con manguitos portadivisas; camisa blanca de manga larga, corbata negra de nudo; pasador sujetacorbatas; pantalón azul marino; cinturón negro de cajeta; zapatos y calcetines negros; gorra de plato blanca o boina negra; gabardina, chaquetón azul marino o cazadora azul. b) Uniforme femenino: jersey azul marino de cuello de pico con manguitos portadivisas; camisa blanca de manga larga; corbata negra de nudo; pasador sujetacorbatas; falda azul marino; cinturón negro de cajeta; zapatos negros; medias de color natural; sombrero blanco o boina negra; bolso negro; gabardina, chaquetón azul marino o cazadora azul."(10) 5.2.2. Modalidad B a) Uniforme masculino: Camisa blanca de manga larga con bolsillos de cartera y hombreras portadivisas; corbata negra de nudo; pasador sujetacorbatas; pantalón azul marino; cinturón negro de cajeta; zapatos y calcetines negros; gorra de plato blanca o boina negra. b) Uniforme femenino: Camisa blanca de manga larga con bolsillos de cartera y hombreras portadivisas; corbata negra de nudo; pasador sujetacorbatas; falda azul marino; cinturón negro de cajeta; zapatos negros; "medias de color natural"(10); "sombrero blanco"(10) o boina negra; bolso negro. 5.2.3. Modalidad C a) Uniforme masculino: Camisa blanca de manga corta con hombreras portadivisas; pantalón azul marino; cinturón negro de cajeta; zapatos y calcetines negros; gorra de plato blanca o boina negra. b) Uniforme femenino: Camisa blanca de manga corta con hombreras portadivisas; falda azul marino; cinturón negro de cajeta; zapatos negros; medias color natural; "sombrero blanco"(10) o boina negra; bolso negro. 5.3. Ejército del Aire 5.3.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Cazadora gris aviación; camisa azul claro de manga larga; corbata negra de nudo; pantalón gris aviación; cinturón de lona gris; zapatos y calcetines negros; gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad; gabardina o chaquetón, gris aviación. b) Uniforme femenino: Cazadora gris aviación; camisa azul claro de manga larga; corbata negra de nudo; falda gris aviación; cinturón de lona gris; zapatos negros; medias color natural; gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad; bolso negro; gabardina o chaquetón, gris aviación. 5.3.2. Modalidad B a) Uniforme masculino: Camisa azul claro de manga larga con bolsillos de cartera y hombreras con manguitos portadivisas, corbata negra de nudo; pasador sujetacorbatas; pantalón gris aviación; cinturón de lona gris; zapatos y calcetines negros; gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad. b) Uniforme femenino: Camisa azul claro de manga larga con bolsillos de cartera y hombreras con manguitos portadivisas; corbata negra de nudo; pasador sujetacorbatas; falda gris aviación; cinturón de lona gris; zapatos negros; medias color natural; gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad; bolso negro. 5.3.3. Modalidad C a) Uniforme masculino: Camisa azul claro de manga corta con manguitos portadivisas; pantalón gris aviación; cinturón de lona gris; zapatos y calcetines negros; gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad.
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b) Uniforme femenino: Camisa azul claro de manga corta con manguitos portadivisas, falda gris aviación, cinturón de lona gris, zapatos negros, medias color natural, gorro gris aviación o prenda específica de la Unidad; bolso negro. 5.4. Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas 5.4.1. Modalidad A a) Uniforme masculino: Cazadora verde musgo; camisa verde oliva de manga larga; corbata verde musgo de nudo; pantalón verde gris claro; cinturón de lona verde musgo; zapatos y calcetines negros; gorra de plato verde musgo; gabardina verde musgo. b) Uniforme femenino: Cazadora verde musgo; camisa verde oliva de manga larga; corbata verde musgo de nudo; falda verde gris claro; cinturón de lona verde musgo; zapatos negros; medias color natural; "sombrero verde musgo"(10); bolso negro; gabardina verde musgo. 5.4.2. Modalidad B a) Uniforme masculino: Camisa verde oliva de manga larga con bolsillos de cartera, palas portadivisas, corbata verde musgo de nudo; pasador sujetacorbatas; pantalón verde gris claro; cinturón de lona verde; zapatos y calcetines negros; gorra de plato verde musgo. b) Uniforme femenino: Camisa verde oliva de manga larga con bolsillos de cartera; palas portadivisas; corbata verde musgo de nudo, pasador sujetacorbatas; falda verde gris claro; cinturón de lona verde; zapatos negros; medias color natural; "sombrero verde musgo"(10); bolso negro. 5.4.3. Modalidad C “a) Uniforme masculino: Camisa blanca de manga corta; palas portadivisas; pantalón verde gris claro; cinturón de lona verde; zapatos y calcetines negros; gorra de plato verde musgo con funda blanca. b) Uniforme femenino: Camisa blanca de manga corta; palas portadivisas; falda verde gris claro; cinturón de lona verde; zapatos negros; medias color natural; bolso negro; "sombrero verde musgo."(10) Segunda.—La utilización de los uniformes descritos se regirá por los criterios generales siguientes: a) El uso de una u otra modalidad de los uniformes será fijado por la autoridad competente. b) El Uniforme de Diario se utilizará, en general, en las actividades normales del servicio. Será preceptivo, en sus modalidades A o B, para comisiones, presentaciones y despedidas, y actos militares y sociales en que no se preceptúe concretamente otro uniforme.(**) c) El Uniforme de Gala se utilizará para los actos que se determinen en los días señalados de gala en el calendario de festividades de las Fuerzas Armadas; en actos oficiales y actividades militares de marcada significación y, salvo que específicamente se ordene otro, en actos a los que asista S. M. el Rey. En formación de Gala el personal de Infantería de Marina al mando de tropa de su Cuerpo, vestirá, con el Uniforme de Gala que corresponda, pantalón de franja. d) Además de los uniformes descritos para la Armada, el personal de Infantería de Marina utilizará el de franja, tradicional en su Cuerpo, que es el siguiente: Modalidad A Guerrera azul marino cerrada con emblema en las hombreras; camisa blanca de manga larga y cuello blando; pantalón azul marino con franja partida grana; cinturón de cuero negro; zapatos y calcetines negros; guantes avellana; gorra de plato blanca. "El personal femenino usara con este uniforme falda azul marino con franja partida grana; medias negras, bolso negro y sombrero blanco."(10) Modalidad B Marinera blanca con palas portadivisas; camisa blanca de manga larga y cuello blando; pantalón azul marino con franja partida grana; zapatos y calcetines negros; gorra de plato blanca. "El personal femenino usará con este uniforme falda azul marino con franja partida grana; medias color natural; bolso negro y sombrero blanco."(10) Modalidad C Camisa blanca de manga corta con palas portadivisas; pantalón azul marino con franja partida grana; cinturón de cuero negro; zapatos y calcetines negros; gorra de plato blanca. "El personal femenino usará con este uniforme falda azul marino con franja partida grana; medias color natural; bolso negro y sombrero blanco."(10) ……………………………………… (**) Ver: O. M. Def. 56/1989, de 04.07.1989. BOD. 128/1989, que establece algunas precisiones en la utilización del uniforme diario para presentaciones, despedidas y comisiones y actos militares y sociales de especial relevancia.
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ARMADA
COLECCIÓN DE REGLAMENTOS
Este uniforme se utilizará en las siguientes ocasiones: — Preceptivamente, en formación de diario cuando la Tropa vista de franja. Si la formación es de gala se vestirá pantalón de franja con el uniforme de Gala correspondiente. — Potestativamente, en las actividades normales del servicio y actos militares y sociales en los que no se preceptúe otro uniforme. e) Los Uniformes de Etiqueta y Gran Etiqueta se utilizarán en actos oficiales o sociales no específicamente militares en que al personal civil se pida etiqueta o cuando se autoricen u ordenen expresamente. “f) Los Oficiales Generales usarán la faja roja en el uniforme de gala. Los de la Armada usarán el fajín en los uniformes de etiqueta y gran etiqueta. Los del Ejército del Aire usarán el fajín con el uniforme de etiqueta. Los del Ejército de Tierra y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas usarán la faja roja con el uniforme de gran etiqueta.”(5) g) Los oficiales diplomados de Estado Mayor del Ejército de Tierra que ocupen destino con exigencia de dicho Diploma usarán la faja azul, en sustitución del ceñidor de gala, en los uniformes de Gala y Gran Etiqueta. h) El Uniforme de Trabajo se utilizará en Unidades, Buques, Centro y Organismos. En sus Modalidades A o C, podrá utilizarse también en desplazamientos y actividades del servicio que tengan lugar fuera de recintos militares. i) En razón de determinadas actividades específicas, el Uniforme de Trabajo podrá estar constituido por otras prendas, según regulación interna de la Autoridad competente. j) En los uniformes femeninos de Diario y Trabajo, la falda podrá ser sustituida, cuando así se ordene o autorice, por pantalón del mismo tejido y color. k) Las condecoraciones se llevarán: — En tamaño normal, sobre el Uniforme de Gala. — En miniatura, sobre los Uniformes de Etiqueta y Gran Etiqueta. — En pasador, sobre Uniforme de Diario. Se exceptúan las Grandes Cruces, Placas y Veneras, que en el Uniforme de Gran Etiqueta se llevarán en tamaño normal. Las condecoraciones de la Real y Militar Orden de San Fernando y la Medalla Militar se llevarán con arreglo a lo dispuesto en sus respectivos Reglamentos, siempre en tamaño normal. l) Serán de uso potestativo, salvo orden expresa: — El Uniforme de Diario confeccionado en tejido más ligero. — El Uniforme de Gran Etiqueta. — Los guantes, excepto en actos oficiales militares, presentaciones y despedidas, o con los Uniformes de Gala y Gran Etiqueta. — Las medias de los uniformes femeninos en las modalidades B y C del de Diario y en la modalidad C del de Trabajo. — El bolso en los uniformes femeninos de Diario y Trabajo. — La prenda de abrigo en todos los uniformes. — “En la Armada, el pantalón en los uniformes femeninos de Diario y Trabajo.”(7) “m) No serán exigibles, salvo en las Unidades, Centros y Organismos que se determinen. — El capote en el Ejército de Tierra y en la Armada. — Los Uniformes de Etiqueta para suboficiales y de Gran Etiqueta, para oficiales y suboficiales, en la Armada. — Los Uniformes de Etiqueta para los suboficiales que no lo hayan recibido como dotación personal, y de Gran Etiqueta, para oficiales y suboficiales, en el Ejército del Aire. — Las prendas de cabeza y de abrigo de los Uniformes de Etiqueta y Gran Etiqueta.”(8) n) En el extranjero se llevará el uniforme equivalente al que lleven los militares del país. En caso de no asistir éstos, o cuando el anfitrión pertenezca a las Fuerzas Armadas españolas, se seguirán las normas precedentes. En cualquier caso, el Agregado de Defensa podrá adaptar estas normas a las circunstancias locales. “ñ) En la Armada, el personal femenino, al mando de Fuerzas con armas, no usará bolso.”(7)
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