COLEGIO PARTICULAR SUBVENCIONADO

COLEGIO PARTICULAR SUBVENCIONADO SANTA SABINA CONCEPCION RBD 004646-9 DECRETO COOPERADOR 002699/83 REGLAMENTO INTERNO Y NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOL

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COLEGIO PARTICULAR SUBVENCIONADO

SANTA SABINA CONCEPCION

RBD 004646-9 DECRETO COOPERADOR 002699/83

REGLAMENTO INTERNO Y NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

AÑO 2013

INTRODUCCIÓN: El presente Reglamento cumple la función de regular y normar divers os aspectos de índole técnico pedagógico, disciplinario y administrativo para garantizar un funcionamiento ordenado y un accionar regulado y normado objetivamente donde los pasos a seguir estén claramente definidos Para el cumplimiento eficaz de este regla mento es indispensable que cada miembro de la comunidad escolar tenga conocimiento de los márgenes establecidos en sus deberes y derechos y de esta forma asuma con responsabilidad su rol en el Colegio Santa Sabina. FUNDAMENTACION: En cumplimiento a lo establecido en la Constitución Política de la República de Chile de 1980, en la LGE N° 20.370 de 2009, las Leyes, Decretos y Normas emanadas del Ministerio de Educación y todas las Normas Legales que tiene relación con el quehacer educativo. Además, d el Decreto Cooperador Resolución Exenta Nº 002699/83. Se promulga el siguiente Reglamento El presente Reglamento tiene como base jurídica los siguientes cuerpos legales:  Constitución Política de la República de Chile.  Ley General de Educación Nº 20.370 del 12/09/2009  Ley 20536 del 17/09/2011, que modifica la Ley General de Educación.  Declaración Universal de los Derechos Humanos.  Declaración Universal de los Derechos del Niño.  Ley de Drogas Nº 20.000, artículo 50 del 02/02/2005.  Reglamento de Convivencia Escolar (2004), emanado del Ministerio de Educación. Además, tiene como marco referencial el Proyecto Educativo Institucional y el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO Y NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR: 1. Normar la estructura y definir las funciones e interrelación de los distintos estamentos del Colegio Santa Sabina, con el propósito de lograr la consecución de los objetivos propuestos por el establecimiento en su Proyecto Educativo. 2. Contribuir a crear condiciones técnico-pedagógicas y administrativas que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo. 3. Propiciar y regular las Normas de Convivencia Escolar entre el Colegio Santa Sabina y la comunidad organizada, en función del logro de los propósitos educativos. 4. Conocer y asumir responsablemente los derechos y deberes que competen a cada uno de los miembros de la comunidad educativa Colegio Santa Sabina, cautelando su cumplimiento y promoviendo el desarrollo personal y social. 5. Los medios o estrategias de difusión de las Normas de Convivencia Escolar serán: Agenda Escolar, Página Web, Panel Mural, Consejos de Curso, Reuniones de Apoderados, boletines informativos y circulares. DEFINICIONES Comunidad Escolar: Se entiende por Comunidad Escolar a todo el personal, padres y/o apoderados y alumnos(as), quienes deben relacionarse entre sí respetando los principios y valores que sustenta la institución. Convivencia Escolar: De acuerdo al documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), la Convivencia Escolar “es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.”. Agrega, que “La convivencia escolar es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados(as)” Sana convivencia Escolar: Según el Reglamento, emanado del Ministerio de Educación, sana convivencia escolar es “un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desa rrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes”

Según la Ley 20536, la buena convivencia escolar se entiende como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva ent re ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. De acuerdo a lo expuesto en el documento “Orientaciones para la elaboración y revisión de Reglamentos de Convivencia Escolar”, emanado de la División Educación General (2011), se pueden presentar diversas situaciones en el ambiente escolar y que deben distinguirse entre ellas. A saber:  Agresividad: “Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de e nfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad”.  Conflicto: “Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles”.  Violencia: “todas las definiciones de violencia tienen en común: el uso del poder y de la fuerza, sea física o psicológica y el daño al otro como una consecuencia”.  Bullying: “Es una manifestación de violencia en la que un es tudiante es agredido(a) y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones por parte de uno a más compañeros(as). Se puede manifestar como un maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de El Colegio Particular Subvencionado Santa Sabina promulga el siguiente reglamento. CAPITULO I NORMAS GENERALES DE INDOLE TECNICO-PEDAGOGICO DEL FUNCIONAMIENTO: Art. 1.El Colegio Santa Sabina de Concepción es un Establecimiento de Educación Particular Subvencionada, Rol Base de Datos Nº 004646-9, su Sostenedor es la Sociedad Educacional Margnol Limitada, Rut. 77.382.480-0. El Colegio se encuentra ubicado en la comuna de Concepción, calle Los Lleuque 1477 Villa Universidad de Concepción. Art. 2.- El Colegio Santa Sabina atiende los siguientes niveles:  Nivel de Prebásica: Primer y Segundo Nivel de Transición  Nivel Básico: De Primero a Octavo año.  Nivel Medio: De Primero a Cuarto año  Proyecto de Integración Escolar Decreto 170/2010 (En algunos niveles y cursos) Art. 3.- El Colegio Santa Sabina funciona en Jornada Escolar Completa en todos sus niveles Art. 4.- La comunidad escolar del Colegio Santa Sabina estará conformada por: Sostenedor, Dirección, Docentes, Alumnos, Apoderados y Personal Asistente de la Educación DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS: Art. 5.- Los cursos y niveles se regirán por los siguiente Planes y Programas de Estudios NIVEL PREBASICO: Bases Curriculares para la Educación Parvularia. Decreto 289/2001 – PRIMERO A TERCERO BASICO: Asignaturas Científico Humanistas Decreto 439/2012 - Asignaturas Técnico Artísticas y Educación Física Decreto 232/2002 CUARTO AÑO BASICO: Asignaturas Científico Humanistas Decreto 232/2002 - Asignaturas Técnico Artísticas y Educación Física Decreto 232/2002 QUINTO A OCTAVO AÑO BASICO: Asignaturas Científico Humanistas Decreto 256/2009 - Asignaturas Técnico Artísticas y Educación Física Decreto 232/2002 PRIMER Y SEGUNDO AÑO MEDIO: Asignaturas Científico Humanistas De creto 254/2009 - Asignaturas Técnico Artísticas y Educación Física Decreto 232/2002 TERCER AÑO MEDIO: Asignaturas Científico Humanistas Decreto 220/1998 - Asignaturas Técnico Artísticas y Educación Física Decreto 220/1998 CUARTO AÑO MEDIO: Asignaturas Científico Humanistas Decreto 220/1998 - Asignaturas Técnico Artísticas y Educación Física Decreto 220/1998 DEL CONSEJO DE PROFESORES: Art. 6.- El Colegio Santa Sabina tendrá las siguientes instancias regulares de trabajo Administrativo y Técnico Pedagógico:

INSTANCIA Consejo Escolar

INTEGRANTES Director, Sostenedor, Presidente Centro de Padres, Centro de Alumnos y Representante Profesores Equipo de Gestión Administración, Docentes Directivos y Asesores Comité de Encargado de Convivencia Escolar, Inspector General, Convivencia Escolar Representante de los Profesores por ciclo, Psicólogo, Presidente Centro de Padres, Presidente Centro de Alumnos Gestión Pedagógica Sostenedor, Director Académico, Jefe de UTP, Coordinadores y Asesores Pedagógicos Taller de Profesores Directivos Docentes y Profesores Consejo de Profesores Directivos Docentes y Profesores Consejos Especiales Según corresponda

FUNCIONAMIENTO 2 Semestrales Semanal Mensual Semanal Semanal Mensual Extraordinario

CAPITULO II NORMAS TECNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO Art. 7.- Organigrama funcional del Colegio Santa Sabina de Concepción.

OBLIGACIONES GENERALES DEL PERSONAL: Art. 8.- En general, las obligaciones fundamentales de todo el pe rsonal son el cumplimiento estricto de las estipulaciones contenidas en el respectivo contrato de trabajo , respeto y compromiso con el Proyecto Educativo Institucional y las Normas de Convivencia Escolar, por lo tanto, son obligaciones: a) Firmar los comprobantes de pago de remuneraciones. b) Firmar el libro de asistencia a la hora de entrada y salida, diariamente de acuerdo al horario de trabajo establecido. c) Cumplir las órdenes que reciban de sus jefes relacionados con sus respectivas actividades y funciones . d) Observar buen comportamiento, orden y disciplina desde su llegada al Establecimiento y hasta su retirada de él. Demostrando en todo momento ser formadores y modelos para nuestros alumnos . e) En sus relaciones con alumnos, apoderados y compañeros de trabajo deb e prestar atención eficiente , eficaz con el debido respeto y cortesía. f) No abandonar su lugar de trabajo, salvo motivos de fuerza mayor o peligro inminente, dando el aviso respectivo, y contando con la aprobación del empleador o a aquel que éste haya desig nado.

g) Los funcionarios y Profesores deben mantener una presentación personal acorde con su función. Los Docentes para el desarrollo de sus actividades en el aula deberán usar guardapolvo o delantal blanco. Las Educadoras de Párvulo y Educadoras Diferenciales usarán sus uniformes oficiales. h) Evitar involucrarse en convivencias sociales con alumnos y apoderados fuera del establecimiento y/o en actividades ajenas al quehacer del colegio Art. 9.- Son obligaciones especiales del personal docente, considerándose p arte de sus funciones las siguientes: a) Diagnosticar, Planificar, organizar y evaluar el proceso enseñanza -aprendizaje que contribuye al desarrollo del alumno. b) Contribuir a desarrollar en el alumno valores, actitudes y hábitos en concordancia con los objetivos de la Educación chilena. c) Realizar una efectiva orientación educacional y/o vocacional, adecuada a las necesidades formativas, actitudes e intereses de los alumnos. d) Responsabilizarse de los aspectos disciplinarios de los alumnos cumpliendo y haciendo cumplir las normas de seguridad, higiene , bienestar y convivencia escolar e) Mantener comunicación permanente con los padres y apoderados para vincularlos al desarrollo del proceso educativo. f) Llevar al día los documentos legales y técnicos que correspondan al manejo del curso como son: libro de clases, programa computacional de calificaciones y administración (Mateo Net), Planificaciones, estadística, registros de observaciones, expedientes, proyectos (JEC, Integración, otros) y cualquier otro documento solicitado por la Dirección Académica y/o Inspectoría General, los cuales deberán ser entregados expedita y oportunamente. g) Participar en los Talleres y Consejos de Profesores. En los Talleres y Consejos deberá abocarse al trabajo establecido para él; no realizando otras actividades tales como: revisión de pruebas, revisión de E Mail, etc. h) Asesorar al Subcentro de Padres de su curso. i) Informar oportunamente a los padres y apoderados so bre el rendimiento y(o problemas de carácter conductual de los alumnos. j) Procurar la formación de hábitos de higiene, modales y cortesía de los alumnos, cultivo de valores relevantes que fortalezcan su desarrollo personal, cultural y espiritual. k) Asistir a actos cívicos, culturales y académicos que el colegio organice y/o participe. PROHIBICIONES Art. 10.- Están prohibido a todo el personal del Establecimiento los siguientes actos: a) Introducir, vender o consumir bebidas alcohólicas y/o drogas en el interior del establecimiento y mientras éste funcione, como también ventas diversas a los alu mnos y apoderados. b) Ejecutar cualquier acción que altere el orden y/o la disciplina en el establecimiento. c) Realizar dentro de las horas de trabajo negocios y/o asuntos personales, ajenos a su labor; recibir y/o atender a personas ajenas a las actividades propias del establecimiento. d) Comprometer voluntariamente la seguridad y/o la reputación de cualquier miembro de la comunidad escolar. e) Realizar actividades políticas y/o ajenas a la naturaleza del Colegio. f) Sacar el Libro de Clases fuera de l Colegio. g) Dar cumplimiento a la Ley 19.419/95 que prohíbe fumar en recintos públicos. REVISAR LEY h) Hablar por teléfono celular al interior de la sala de clases (Mantener apagado o en silencio) i) Lo tipificado en la Ley Nº 20.005/05 sobre Acoso (especificar en situaciones en e l colegio) j) Utilizar para efectos personales y/o situaciones ajenas a los objetivos de la clase y al trabajo dentro del aula: Internet, Correo Electrónico, Redes Sociales, Chat, Juegos, etc. DE LOS PERMISOS Y LICENCIAS. Art. 11.- La Dirección Administrativa del colegio podrá autorizar permisos, en circunstancias debidamente ponderadas, con o sin goce de remuneración. El docente debe velar porque su inasistencia no altere la labor general del Establecimiento, Art. 12.- Cualquier atraso o inasistencia imprevista debe ser avisada en forma inmediata, vía telefónica y/o correo electrónico, a la Dirección Académica. Y una vez reintegrado a sus funciones debe presentarse ante la Dirección Administrativa. Art. 13.- Las licencias médicas deben ser presentadas en el lugar de trabajo dentro de las 48 horas y correctamente extendidas. No se aceptarán licencias fotocopiadas, incompletas o con borrones. DEL FERIADO ANUAL Art. 14.- El feriado de los docentes se regirá por las disposiciones establecidas en el Artículo 37 de la Ley Nº 19.070 de 1991 y la Ley 19.410 de 1996. Art. 15.- El feriado se extenderá en las fechas que anualmente fija el Ministerio de Educación.

Art. 16.- Durante la suspensión de actividades de invierno o los primeros 15 días del mes de enero los docentes deberán estar a disposición de Colegio para instancias de capacitación, perfeccionamiento o actividades técnico-pedagógicas, de acuerdo a las normas legales vigentes. ORGANIZACIÓN INTERNA: Art. 17.- En el colegio funcionaran las siguientes organizaciones internas: a) EQUIPO DE GESTIÓN ESCOLAR: Estará integrado por Sostenedor, Docentes Directivos y Directivos Técnicos, se reunirá semanalmente y será presidido por el Sostenedor. b) CONSEJO ESCOLAR: Estará integrado por el Sostenedor, Director y un representa nte de los Profesores, Centro de Alumnos y Centro de Padres, se reunirá a lo menos dos veces en cada semestre y será presidio por el Director. c) CONSEJO DE PROFESORES: Estará integrado por todos los docentes del Colegio, será presidido por el Director, se realizaran mensualmente o cuando sea requerido, será resolutivo en materias técnico-pedagógica. d) CENTRO DE ALUMNOS: Organización de los alumnos de acuerdo al Decreto Nº 524 (20.04.1990 y su reformulación del año 2006 del MINEDUC) e) CENTRO DE PADRES: Organización de los Padres y Apoderados de acuerdo al Decreto Supremo Nº 565 (08.11.1990. MINEDUC) f) COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia de la comunidad escolar, creando e impulsando acciones que fortalezcan los valores institucionales. Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos conforme al presente Reglamento. Está integrado por: El Encargado de Convivencia Escolar del establecimiento, quien la preside y representa a la Dirección, Un Inspector General, Psicólogo(a), Un Profesor representante de cada Ciclo, un representante del centro de alumnos y un representante del Centro de Padres . Sesionará mensualmente en forma ordinaria y extraordinariamente las veces que se requiera, con a lo menos dos tercios de sus miembros El Comité tiene los siguientes objetivos: i. Diseñar, implementar, promover y evaluar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento. ii. Determinar qué alumnos o alumnas precisan de apoyo para superar sus problemas de comportamiento. iii. Cautelar que las instancias correspondientes apliquen las medidas indicadas en este Reglamento, en los casos fundamentados y pertinentes. iv. Optimizar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el Colegio. v. Mantener informada permanentemente a Rectoría sobre el diseño y ejecución de planes de Convivencia Escolar y asesorarla en la toma de decisiones. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL SOSTENEDOR: Art. 18.- Es la persona Natural o Jurídica que asume ante el Estado la responsabilidad de mantener el funcionamiento del Establecimiento educacional en forma y condiciones que señala la Ley. Sus principales deberes y funciones son: a) Velar por el funcionamiento del esta blecimiento de acuerdo a las normas y legislación vigente sobre el particular. b) Administrar el Colegio en cuanto a su funcionamiento, mantención, conservación e higiene, contratación del personal, procesos de matricula, creación o supresión de cursos, cambio o suspensión de actividades. DEL DIRECTOR ADMINISTRATIVO Art 19.- Es el profesional, responsable de la dirección administrativa, tiene la calidad de empleado de confianza del sostenedor. Sus principales deberes y funciones son: a) Administración de Personal (Recursos Humanos) b) Entrevistas sociales de admisión c) Informar oportunamente a los apoderados de los aranceles de cada año d) Promover el desarrollo profesional de los integrantes del Colegio e) Velar por el clima organizacional y la convivencia del personal f) Las que asigne el Sostenedor en su representación

DEL DIRECTOR ACADEMICO: Art. 20.- Es el docente Jefe del Colegio, responsable de la dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes, tiene la calidad de empleado de confianza del sostenedor. Sus principales deberes y atribuciones son: a) Dirigir el establecimiento de acuerdo Al Marco de la Buena Dirección del Mineduc, teniendo siempre presente que la principal función del Colegio es educar. b) Cautelar que los objetivos propios del Colegio y del Proyecto Educativo Institucional se logren eficazmente en concordancia con los requerimientos de la comunidad escolar. c) Planificar, coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo . d) Proponer la estructura organizativa técnico -pedagógica del establecimiento, salvaguardando los niveles básicos de Dirección, Planificación, Ejecución y Control. e) Propiciar un ambiente educativo estimulante al trabajo y crear condiciones favorables para la obtención de los objetivos del Colegio y del Proyecto Educativo. f) Cautelar una adecuada organización, funcionamiento y evolución del currículo, procurando una eficiente distribución de los recursos humanos. g) Presidir el Consejo Escolar, el Consejo de Profesores, los Consejos Técnicos, El Comité de Convivencia Escolar y delegar funciones cuando corresponda. h) Velar por el cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del Colegio. i) Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autorida des educacionales y enviar oportunamente los documentos que le sean exigible conforme a la reglamentación y legislación vigente. j) Informar oportunamente al sostenedor respecto de las necesidades, problemas y/o situaciones especiales que ameriten su conocimiento y/o superior resolución. DEL INSPECTOR GENERAL: Art. 21.- Es el encargado de velar por el cumplimiento de las normas y reglamentos que regulan la convivencia al interior de la comunidad educativa y colabora con el funcionamiento y puesta en marcha d e las actividades docentes del establecimiento. Corresponde a Inspectoría General: a) Subrogar al Director Académico cuando corresponda b) Colaborar con el Director en todas las actividades culturales, sociales y deportivas del Colegio c) Llevar el control administrativo de los Libros de Clases. d) Cautelar el orden, disciplina, puntualidad, presentación y en general todas las obligaciones del alumnado. e) Cautelar el orden, puntualidad, presentación y en general todas las obligaciones del personal. f) Llevar los libros y documentos que correspondan de: control de atrasos, inasistencias, retiro de alumnos, certificados médicos y justificaciones de los apoderados g) Matricula de los alumnos e ingreso a las plataformas digitales (SIGE y Mateo Net) h) Controlar el horario de trabajo de todo el personal del Establecimiento. i) Supervisar el correcto uso de las distintas dependencias y del material didáctico j) Llevar el control general de inventarios k) Supervisar que se cumplan los deberes y derechos de cada funcionario manteniendo una hoja de vida del personal administrativo y de servicio. l) Mantener informado al Equipo de Gestión y Dirección Académica de todas las novedades de su áreas DE LA JEFE UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA: Art. 22.- La Jefe de Unidad Técnica Pedagógica forma parte de la Dirección Académica y es responsable de la ejecución, orientación, supervisión y control de las actividades curriculares. Sus principales deberes y funciones son: a. Participar en el Equipo de Gestión b. Trabajar en equipo junto la Dirección Académica , Inspectoría General, Coordinación de Actividades No Lectivas. c. Mantener informado al Director Académico y Equipo de Gestión del desarrollo del proceso técnico pedagógico d. Articular la comunicación entre los profesores de los distintos niveles y la Dirección Académica en materias técnico pedagógico. e. Supervisión y control del trabajo técnico pedagógico de los profesores en el aula. f. Ejecutar, supervisar y asesorar el desarrollo del currículo de acuerdo al Marco Curricular vigente, en el establecimiento. g. Asesorar en Didáctica a partir del acompañamiento docente al Aula. h. Planificar, coordinar y supervisar las actividades de evaluación de acuerdo al enfoque evaluativo vigente.

i. j. k. l. m. n. o.

p.

Articula las acciones tendientes a regularizar el proceso evaluativo de los alumnos Analizar resultados de rendimiento, proponer medidas remediales y llevar las estadísticas correspondientes. Coordinar la ejecución, control y evaluación del Proyecto de Integración Educativa (Decreto 170/09) Atender a Alumnos y Apoderados por situaciones técnicas pedagógicas . Participar del proceso de postulación y admisión de alumnos nuevos, al colegio. Participar y asesorar en el proceso de asignación de cursos y cargas horarias de los profesores. Gestionar recursos de apoyo a la docencia. Supervisar y asesorar las acciones de los profesionales de apoyo (psicóloga – orientador)

DE EVALUACION Y CURRICULO: Art. 23.- La En cargada de Evaluación y Currículo forma parte de la Dirección Académica y es responsable de la ejecución, orientación, supervisión y control de las actividades evaluativas. Sus principales deberes y funciones son: a) Participar en el Equipo de Gestión. b) Trabajar en equipo junto a la Jefa de Unidad Técnica, Dirección Académica e Inspectoría General. c) Mantener informado al Director Académico y Equipo de Gestión del desarrollo del proceso técnico pedagógico y evaluativo. d) Proporcionar apoyo Técnico Pedagógico en currículo, asesorando y velando por la adecuada implementación y aplicación de los planes y programas de estudio vigentes a través del diseño de planificaciones para las diferentes asignaturas y niveles. e) Realizar acompañamientos al aula a los docentes f) Apoyar y asesorar a los docentes en didáctica de la enseñanza de acuerdo a los lineamientos del Marco de la Buena Enseñanza. g) Coordinar y supervisar la calendarización de evaluaciones semestrales de todos los cursos de Enseñanza básica y media y velar por el cumplimiento de éste. h) Gestionar con los apoderados y/o alumnos situaciones de evaluación pendientes y/o especiales, velando con el cumplimiento de los plaz os y niveles de exigencia que correspondan en cada situación. i) Analizar resultados de rendimiento y resultados, proponer medidas remediales y llevar las estadísticas correspondientes j) Supervisar, controlar y proporcionar apoyo técnico en la construcción de instrumentos de evaluación, cautelando que éstos cumplan con los criterios de validez y confiabilidad. k) Diseñar, construir y coordinar las evaluaciones de Síntesis lineales para las asignaturas y niveles que la Dirección Académica determine. l) Atender las solicitudes de los alumnos con evaluación diferenciada, gestionando, comunicando y registrando oportunamente sus resoluciones. m) Revisar periódicamente la correcta y oportuna consignación de calificaciones en los Libros de clases de acuerdo a los plazos establecidos por el Colegio. n) Atender a Alumnos y apoderados por situaciones relacionadas con los procedimientos de evaluación. DEL ORIENTADOR: Art. 24.- Es el docente responsable de Planificar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de orientación educacional, vocacional, profesional y de programas vinculados con orie ntación y atender las situaciones a nivel grupal o individual de acuerdo a las Normas de Convivencia Escolar. Deberá mantener informado al Equipo de Gestión y Dirección Académica de todos los casos que este tratando. DEL COORDINADOR PROYECTO INTEGRACIÓN Art. 25.- Es un docente o asistente profesional, quien establece el vínculo permanente entre el equipo multidisciplinario y la Dirección del establecimiento, velando por el cumplimiento de los objetivos del Proyecto. Sus principales deberes y funciones son: a. Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con NEE permanentes y transitorias. b. Ingresar alumnos a la Plataforma del MINEDUC, corroborando que todo s los datos correspondan y estén bien ingresados.

c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. m.

Conocer y diseñar los horarios de atención de los distintos profesionales del equipo, y de los profesores de aula regular en conjunto con el Inspector General. de acuerdo a horas requeridas según normativa vigente. Supervisar el cumplimiento de las funciones de todos los integrantes del equipo (cumplimiento horario de atención establecido, registros diarios de intervención, firma diaria libro de aula regular, entre otras). Propiciar y conducir el trabajo de planificación y evaluación del equipo de Integración. Coordinar la ejecución de las actividades planificadas para el año en conjunto con el equipo multidisciplinario. Coordinar trabajo colaborativo de planificación y evaluación del equipo de integración con los docentes de aula regular y UTP. Promover y mantener en orden y accesible, toda la documentación referida al Proyecto. Delegar funciones que favorezcan el logro de los objetivos del Proyecto entre los miembros del equipo. Informar y proponer a la Dirección Administrativa la necesidad de contratación de personal para el equipo, de materiales, perfeccionamiento e infraestructura, indispensables para el buen funcionamiento del Proyecto, previo análisis con el equipo de integración. Trabajar coordinadamente con los colaboradores técnicos y con el profesor regular, proveyendo los apoyos, tanto fuera como dentro del aula, de acuerdo a sus competencias profesionales y a las NEE que presenten los estudiantes. Participar activamente en la realización de clases en aula regular y en aula de recurso, según las necesidades del proyecto y del establecimiento. Participar activamente en el equipo de gestión del establecimiento, en las materias pertinentes y cuando sea requerido.

DEL PROFESOR JEFE: Art. 26.- Es el docente que, en cumplimiento de su función, es responsable de la gestión administrativa, pedagógica, y de orientación de su curso. Sus principales deberes y funciones son: a) Planificar de acuerdo a las directrices del Proyecto Educativo del Colegio b) Ejecutar, supervisar y evaluar el proceso de orientación en el aula. c) Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas de Orientación d) Mantener al día la documentación relacionada con la identificación de cada alumno y gestión pedagógica del curso. e) Confeccionar los informes de desarrollo personal de sus alumnos f) Cautelar que el libro de clases de su curso se encuentre al día y de acuerdo a las exigencias administrativa y técnico pedagógica. g) Revisar periódicamente las observaciones de sus alumnos y comunicar opo rtunamente a Inspectoría General la reiteración de faltas y/o observaciones h) Revisar periódicamente las calificaciones y observaciones de sus alumnos, e informar a los padres y apoderados. i) Realizar reuniones de Padres y Apoderados, de acuerdo a la programación del establecimiento. j) Realizar Tutorías de acuerdo a las necesidades de cada curso. k) Disponer de un horario de atención a alumnos, Padres y Apoderados. l) Cautelar y controlar que los recursos que se generen en los subcentros estén a buen resguardo, además, se debe dar cuenta de ellos al 20 de Diciembre de cada año a la Dirección del establecimiento. DEL PROFESOR DE ASIGNATURA Art. 27.- Son los docentes encargados de impartir las distintas asignaturas del plan de estudio. Sus principales deberes y atribuciones son: a) Educar a los niños, niñas, jóvenes y enseñar su especialidad, manteniendo una actitud de respeto hacia el alumno y obrando en forma criteriosa de acuerdo al nivel en que se desempeñe. b) Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades docentes de su sector. c) Fomentar e internalizar en el alumno valores, hábitos y actitudes, y desarrollar la disciplina de los alumnos, especialmente a través del ejemplo personal. d) Articular las habilidades y contenidos propios de su asignatura con los otros saberes. e) Desarrollar las actividades de colaboración que le fueren designadas. f) Cumplir el horario de clases para el cual fue contratado. g) Cumplir las disposiciones de índole técnico pedagógica emanadas del MINEDUC y las disposiciones internas emanadas del Equipo de Gestión en relación con el Proyecto Pedagógico del Colegio. h) Asistir a las actividades organizadas por el establecimiento. i) Cuidar los bienes del Colegio y los que sean confiados.

j) k) l) m) n) o) p) q) r) s)

Mantener al día los documentos relacionados con su función y e ntregar en forma precisa y oportuna la información que la Dirección solicite. Mantener comunicación permanente con los Profesores Jefes, Padres y Apoderados de sus alumnos, con relación al desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje. Resguardar el cumplimiento de los objetivos de los planes y programas de estudios en el desempeño de su labor docente, teniendo como meta el logro de los objetivos de aprendizaje. Pasar lista, registrar asistencia y/o atrasos, firmar y registrar contenidos clase a clase en el Libro de clases; consignando la asistencia en la hoja de subvención al termino de la segunda hora de clases. Respetar las fechas de las pruebas o evaluaciones programadas Participar en el Consejo de Profesores, Consejos técnicos y Talleres, cuando se a requerido. Informar oportunamente al Profesor Jefe de los problemas particulares de aprendizaje o disciplina que pudiera tener algún alumno Fomentar en los niños y niñas el desarrollo de las habilidades del pensamiento y expresión artística, deportiva y cultural. Velar porque todos sus alumnos logren los objetivos de aprendizaje. Velar por el aseo y mantención de la sala durante su clase.

DEL PERSONAL ASISTENTE DE LA EDUCACION DEL FONOAUDIÓLOGO Art. 28.- El Fonoaudiólogo es el profesional que debe de sarrollar las siguientes funciones: a. Realizar evaluación de ingreso, reevaluación, informes evolutivos y egresos o altas (aplicar protocolos, generar informes, completar FUN). b. Asesorar y colaborar en materias técnicas, según corresponda, en consejos técnicos, talleres, reuniones de padres u otras instancias. c. Asesorar a la Dirección, Equipo Directivo y Docentes del establecimiento, en materias relativas a su especialización. d. Realizar plan de intervención individual y horas requeridas según normativa vigente, en aula de recursos y/o en aula. e. Elaborar programas y pautas de estimulación temprana del lenguaje para la comunidad educativa. f. Llevar registro diario de intervención en libro de clases PIE y libro de clases regular, según corresponda. g. Participar en reuniones de coordinación del equipo de integración. h. En casos necesarios, atención a apoderados. DEL PSICÓLOGO Art. 29.- El Psicólogo es el profesional que debe desarrollar las siguientes funciones: a. Evaluaciones psicométricas y emocionales (social-conductual) de los estudiantes. b. Apoyo psicológico en base a un plan de intervención (intervención en crisis, resolución de conflictos, desarrollo y reforzamiento de autoestima y/o habilidades sociales, desarrollo y estimulación a través de proyecto de vida, prevención en el consumo de drogas, violencia escolar, autocuidado). c. Desarrollo de talleres psico-educativos para padres, con el fin de involucrarlos en el proceso de desarrollo de sus hijos, entregarles información con respecto a temáticas específicas, capacitarlos en habilidades parentales, contenerlos en las dificultades asociadas a su rol (autocuidado), otros. d. Participar en reuniones de profesores relacionadas con problemáticas de los alumnos, consejos disciplinarios, manejo conductual de alumnos y violencia esco lar. e. Derivación a Orientación de casos que requieran redes de apoyo. f. En casos necesarios, efectuar visitas domiciliarias de evaluación, seguimiento, reforzamiento de ciertos aspectos, etc. DEL BIBLIOTECARIO/A Art. 30.- El Bibliotecario/a es el encargado de apoyar la labor educativa y el proceso de enseñanza aprendizaje, promoviendo y realizando acciones para fortalecer el mismo. Sus principales funciones son: a. Organizar eficientemente el funcionamiento de la Biblioteca para los requerimientos de los alumnos y el personal del Colegio. b. Coordinarse con el personal docente y Jefatura de UTP para efectuar la selección y preparación del material de apoyo. c. Difundir oportunamente los nuevos textos o materiales que se incorporen, señalándolo las características y niveles que corresponden. d. Mantener actualizados los registros e inventarios del material a su cargo, responsabilizándose de él. e. Velar por la conservación del material, efectuando las reparaciones menores que sean necesarias.

f.

Asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de los recursos documentales y materiales propios de la biblioteca. g. Difundir entre los docentes y los alumnos, materiales didácticos y recursos pedagógicos y tecnológicos. h. Colaborar con la información necesaria para la planificación y desarrollo del trabajo escolar, favoreciendo la utilización de diferentes recursos existentes en la Biblioteca. i. Atender a los alumnos que utilicen la biblioteca, facilitándoles el acceso a diferentes fuentes de información y orientándoles sobre s u utilización. j. Colaborar en la promoción de la lectura como medio de aprendizaje, información y entretenimiento. k. Mantener actualizado el inventario del material propio de la Biblioteca y dar un orden adecuado a dicha dependencia. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Art. 31.- Son funcionarios que desempeñan funciones administrativas propias del Colegio , entre ellas: a. Cumplir funciones de Asistentes de la Educación apoyando el proceso educativo b. Llevar archivos, registros y documentación al día. c. Controlar atrasos e inasistencias de los alumnos. d. Clasificar y archivar documentos oficiales del colegio. e. Atención de Apoderados. f. Realizar las tareas específicas que le sean asignadas DEL PERSONAL DE SERVICIO Art. 32.- El personal de servicio Los son los responsables directos de la vigilancia, cuidado y mantención de los muebles, enseres e instalaciones del colegio y sus principales deberes y funciones son: a. Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del Colegio. b. Desempeñar las funciones de portero. (El funcionario asignado a esta tarea) c. Desarrollar las tareas que le sean asignada (entregar y/o retirar correspondencia o materiales, etc.) d. Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden. CAPITULO III DE LOS ALUMNOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS: Art. 33.- Todos los alumnos tienen derecho a: a) A recibir una atención preferencial dentro del establecimiento. b) Conocer el Proyecto Educativo, Manual de Convivencia Escolar y Reglamento de Evaluación c) Ser tratados en forma digna (sin insultos ni maltrato físico y/o psicológico) d) Ser atendido rápidamente en situaciones de accidentes escolares. e) Conocer las fechas de evaluaciones sumativas y contenidos a evaluar con anticipación a la fecha de aplicación. f) Conocer los resultados de las evaluaciones: pruebas escritas y orales, trabajos escritos o computacionales, test, etc., dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles después de su aplicación. De no cumplirse con esta disposición los alumnos podrán establecer su reclamo en la Unidad Técnico Pedagógica con la Encargada de Evaluación, quien deberá resolver a la brevedad la situación. g) Revisar cada evaluación sumativa en la clase que es entregada y consultar al profesor responsable las dudas que surjan al respecto de la corrección. Posterior a dicha clase no se aceptarán reclamos. h) Apelar en la Unidad Técnico Pedagógica ante situaciones de evaluación que ameriten algún tipo de revisión, con un plazo máximo de una semana. i) Conocer la pauta de evaluación y adjuntar esta al trabajo al momento de la entreg a de las calificaciones, si la modalidad a evaluar consiste en trabajos técnicos -artístico, exposiciones u otros de naturaleza similar, y al momento de la entrega de las calificaciones, sí esta corresponde a una modalidad escrita (tradicional) j) Solicitar alguna dependencia del Colegio para actividades grupales o de curso, con la debida anticipación, siempre que estén avalados por el profesor responsable de la actividad k) Ocupar la Sala de Informática para realizar trabajos escolares, en el horario estipulado y previa inscripción con el encargado de la sala. Se avisará a los alumnos respecto de cualquier cambio de horario, con la debida antelación. DEBERES DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS: Art. 34.- Todos los Alumnos y Alumnas de l Colegio Santa Sabina deberán firmar un Compromiso de Rendimiento y Conducta, inserto en la Agenda Escolar Oficial, adhiriéndose al Proyecto Educativo, el cual

será evaluado Semestralmente en Consejo de Profesores y para tal efecto los siguientes son sus deberes específicos: a) Practicar y respetar las normas establecidas en este Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar, a partir de su difusión y/o toma de conocimiento. b) Participar en las actividades educacionales, respetando las normas y valores definidos en este Manual y en el PEI del Colegio. c) Respetar el pensamiento, ideas, sentimientos de sus profesores y de sus compañeros, así como respetar los símbolos patrios, los valores propios de la nacionalidad y los componentes del patrimonio cultural de la nación. d) Conocer el Manual de Convivencia Escolar y el Reglamento de Evaluación, cumpliendo con cada una de las normas establecidas. e) Demostrar en toda circunstancia y lugar, una conducta acorde a su calidad de estudiante, tanto en su presentación personal como en su comportamiento; ateniénd ose a las normas del Ministerio de Educación y las establecidas en el Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar del Colegio Santa Sabina f) Lograr los objetivos de aprendizajes y ser promovido de curso. En el caso de ser promovidos con una o dos asignaturas deficientes, quedará con condicionalidad académica para el año siguiente. g) Asistir al Colegio correctamente uniformado, de acuerdo al uniforme oficial estipulado en este reglamento h) No portar accesorios que llamen la atención (aros grandes, piercing, gorros, capucha, pañuelos de cuello y otros). Los Alumnos deberán usar un corte adecuado de sus cabellos (Varones que no pase el cuello de la camisa y/o polera), ordenado, peinado, sin peinado de fantasía. Las Alumnas no deberán usar maquillajes de tonos llamativos, ni cabellos desordenados, el largo de la falda debe permitir moverse y sentarse apropiadamente. i) Aceptar y participar de la acción pedagógica remedial frente a la amonestación, por una falta debidamente comprobada respetando responsablemente la medida impuesta, reconociendo y asumiendo las consecuencias de sus propios actos, sin buscar impunidad ni complicidad en acciones que perjudiquen a otros/as. j) Debe velar por el cuidado de su persona y de quienes le rodean, manteniendo una actitud de respeto para sí mismo, los demás y su entorno, evitando situaciones riesgosas y que puedan causar daños, lesiones físicas y/o psicológicas, tanto a su integridad como a la de otras personas. k) Debe tener una actitud positiva y receptiva frente al proceso de apren dizaje, demostrando disposición hacia el saber, de modo que su conducta sea un aporte para este proceso. l) Conocer y respetar las fechas de realización de evaluaciones y entrega de trabajos, asumiendo su responsabilidad en casos de inasistencia m) Durante el desarrollo de las evaluaciones escritas no podrán tener sobre su mesa ningún elemento distinto a lo solicitado por el profesor. n) Con el propósito de no atrasarse en sus deberes escolares, y participar de las clases plenamente, los Alumnos y Alumnas deberán presentar todos sus materiales y textos requeridos. o) Respetar a sus compañeros que los representen en la Directiva de su Curso, del Centro de Alumnos, como también los acuerdos que en ellos se adopten. p) Brindar un trato deferente, sin discriminación y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa sin distingo de edad, sexo, religión, etnia o condición social. q) Mantener el medioambiente en condiciones óptimas y saludables; preservando el entorno natural en el cual se encuentra inserto el Colegio. r) Mantener y cuidar las dependencias y bienes del Colegio, contribuyendo al adecuado uso y preservación de éstos. s) Solucionar los conflictos o problemas a través del diálogo y reflexión compartida, utilizando el conducto regular establecido. t) Brindar, sin discriminación, un trato deferente y respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa, dentro y fuera del Colegio y en toda instancia de convivencia escolar u) Asistir y participar en todas las actividades escolares que le corresponden como Alumno(a), inclu idas las de formación personal. (Actos Cívicos, Celebraciones, Visitas, Salidas a Terreno, etc.). v) No traer al Colegio elementos considerado peligroso para su integridad física y la de los demás, los que serán retirado por el Docente a cargo, Inspector o funcionario que se haya percatado del hecho y lo entregará a Inspectoría general para ser devuelto al Apoderado previa citación. w) Permanecer en el patio y otro lugar distinto al de la sala de clases durante el tiempo de recreo, salvo indicación explícita dada por un Docente, Inspector o Directivo. x) Cuidar y velar por el buen uso de los materiales deportivos, del laboratorio de ciencias, de computación e informática, de Biblioteca, de música, etc., de acuerdo a los reglamentos internos de cada sala Art. 35.- Deberes específicos dentro del aula: a) Mantener la sala limpia y ordenada.

b) c) d) e) f) g)

Respetar los materiales y propiedades de sus compañeros. Cuidar mobiliario y otros elementos. Escuchar con respeto y esperar turno de opinión y participación. Respetar la labor docente, escuchando y participando de acuerdo a instrucciones dadas. Dejar la sala ordenada y en condiciones óptimas después de usarla y en los cambios de hora. Volver después del recreo, en tiempo prudente a la sala. en caso de atraso deberá solicitar pase en Inspectoría de su ciclo, ingresando al aula en forma inmediata. h) Mantener una postura correcta en la silla. i) Utilizar el uniforme de acuerdo a las normas. (No usar gorros, capuchas, pañuelo para el cuello) j) Cuidar los elementos audio-visuales utilizados en la sala de clases (Pizarra, video, radio, computador, data, parlantes, etc.). k) No utilizar en la sala de clases ipod, ipad, mp3, mp4, audífonos, juegos, etc. l) No usar el teléfono celular, salvo autorización del profesor m) Utilizar la sala de clases solamente para acciones propias de la unidad educativa. n) Cuidar la información de diario mural u otra que sea de interés para el estudiante y profesores. Art. 36.- Deberes específicos en el Recreo a) Respetar la integridad física y moral de sus compañeros(as) y adultos. b) Cuidar el entorno que utiliza durante el recreo. c) Mantener un lenguaje acorde a su condición de alumno . (Sin groserías) d) Mantener una actitud de respeto ante observación de Inspectores, Profesores y Directivos e) Respetar los espacios asignados de acuerdo al ciclo . Art. 37.- Deberes específicos en las Actividades No Lectivas. (actividades extraescolares) a) Cumplir con asistencia, horario estipulado y cuidado del material entregado. b) Cumplir con las exigencias establecidas por el Colegio (Asistencia, vestimenta, puntualidad, comportamiento, etc.). c) Cuidar entorno físico no provocando daño. d) Entregar limpio y ordenado el espacio utilizado, ya sea en el colegio o en el lugar en que se desarrolle la actividad. e) Mantener conducta respetuosa frente a sus compañeros y personas q ue concurran al Colegio y/o en el lugar donde se desarrollen las actividades . f) Mantener disciplina y orden al interior de los medios de transporte en que se trasladen al lugar de la actividad. g) Representar al Colegio con responsabilidad y compromiso, en eventos de carácter inter escolar. Art. 38.- La Agenda del Colegio es el medio oficial de comunicación entre el hogar y el Colegio, por lo tanto el Alumno y Alumna siempre debe traerla consigo, además de mantenerla en buen estado, limpia y con sus datos actualizados. Art. 39.- Los alumnos deberán ingresar en forma ordenada al inicio de la jornada y después de los recreos. Al término de la jornada deberán salir en forma ordenada desde su sala. Art. 40.- Todos los accesorios que no sean solicitados por el Colegio (Teléfonos celulares, Tablet, notebook, netbook, cámara fotográfica, iPod, revistas, joyas, relojes, juguetes, Mp3, Mp4, y cualquier elemento multimedial de alta tecnología), serán de exclusiva responsabilidad de quienes los porten y no podrán ser usados en horas de clases. Por lo mismo, ningún estamento del Colegio se hará responsable por el extravío o deterioro de ellos. Art. 41.- Durante la clase los alumnos no deben salir de la sala sin autorización del profesor. Art. 42.- En los cambios de hora, cuando no hay recreos, los alumnos deben permanecer en el interior de la sala. Art. 43.- Al inicio de un recreo los alumnos deben abandonar la sala, siendo responsabilidad del profesor cerrar la sala. Art. 44.- Los alumnos deben presentarse a clases con los diferentes materiales requeridos por el profesor de cada asignatura. El incumplimiento de estas obligaciones influirá en las eva luaciones parciales y finales. No se aceptarán la recepción de materiale s, trabajos, colaciones, dinero, llaves, implementación de educación física u otros durante la jornada escolar. Art. 45.- Los comportamientos y actitudes positivas o negativas de los alumnos serán registrados en su hoja de vida, las que se considerarán para la elaboración del informe de desarrollo de persona lidad. Art. 46.- Queda prohibida toda actitud desmedida que atente contra el respeto de las personas, la moral y las buenas costumbres, como gritos, groserías, silbatos, chillidos y/o insultos a viva voz, tanto dentro del colegio como en su entorno. Art. 47.- Queda prohibido el ingreso a alumnos y alumnas que se encuentren bajo la influencia del alcohol o droga. Ante este caso el establecimiento se comunicará en forma inmediata con el apoderado para que lo venga a retirar y quede bajo su responsabilidad. Art. 48.- No está permitido ningún tipo de comercio, propaganda , campañas o colectas dentro del establecimiento, que no cuente con la autorización de la Dirección

DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Art. 49.- Para ser promovidos los alumnos y alumnas deberán hab er asistido a lo menos el 85% a clases sistemáticas en el año lectivo. De acuerdo a las disposiciones de los Decretos de Evaluación vigente. Art. 50.- Los alumnos y alumnas serán evaluados según lo establecido en los Decretos Nº 511/97, Nº 107/03, N° 112/99 y Nº 83/01, según corresponda. Art. 51.- Los alumnos no podrán faltar a clases cuando se les haya fijado una evaluación o en fechas que deben hacer entrega de trabajos especiales o de investigación, previo conocimiento de su calendarización, a menos que su inasistencia se deba a fuerza mayor, como enfermedad (debida y oportunamente justificada), duelo de familiar directo. El Certificado Médico deberá ser entregado exclusivamente en Inspectoría general cuando el alumno se reintegre a clases. No se aceptaran certificados médicos extemporáneos Art. 52.- Los alumnos que falten a evaluaciones en cualquier contexto, por razones justificadas (enfermedad o urgencia familiar) tendrán derecho a una evaluación de recuperación fijada de mutuo acuerdo con su profesor o en su defecto con la Unidad Técnica Pedagógica, con un porcentaje de exigencia de un 60 % mínimo de aprobación del logro de objetivos. Los alumnos que no tengan justificació n deberán rendir la evaluación en la clase siguiente o cuando el profesor lo determine, con un nivel mínimo de exigencia de un 75%. Art. 53.- El apoderado deberá tomar conocimiento de la recalendarización de las evaluaciones pendientes a través de la agenda o acercarse al profesor jefe/asignatura dentro de su horario de atenció n, previa solicitud de entrevista. Art. 54.- Si este no se presenta a rendir la evaluación (fijada de mutuo acuerdo), entonces el profesor la aplicará en clase siguiente con un 75% de exigencia, perdiendo su garantía del 60%. Art. 55.- Si el alumno se niega a rendir la prueba en la clase , debe entregar el instrumento con su nombre , será calificado con una nota mínima 1.0, situación que será registrada en su hoja de vida y comunicada al apoderado por el profesor. Art. 56.- El Alumno que se sorprenda copiando y/o dejándose copiar, será reevaluado con otro instrumento (oral o por escrito) con un 80% de exigencia en el mismo momento o cuando el profesor lo determine. E l profesor anotará la observación correspondiente a la falta en la hoja de vida del alumno, y deberá citarle apoderado para que tome conocimiento de la situación. Art. 57.- Los alumnos deberán consignar sus nombres y apellidos en todos los instrumentos de evaluación que se le apliquen, de no hacerlo, será su responsabilidad asumir las consecuencias de ello. Art. 58.- En las evaluaciones se aplicará una escala de notas de 1.0 a 7.0. Los alumnos serán evaluados con un nivel de exigencia del 60%, a cuyo porcentaje corresponderá la nota 4.0 Art. 59.- Las situaciones especiales referente a evaluación y promoción, serán resueltas por la Dirección o el Consejo de Profesores cuando corresponda. DE LAS EXIMICIONES Y SITUACIONES ESPECIALES: Art. 60.a) El alumno que por sugerencia médica debe eximirse de una asignatura, deberá el apoderado hacer una petición escrita al director, adjuntando la certificación médica de un especialista indicando el diagnostico correspondiente, dentro de los 15 días de iniciado el año escolar o cuando ocurra la enfermedad b) Los alumnos que son evaluados con ajuste de escala al 50% en uno o más sector(es) de aprendizaje, deberán revisar inmediatamente la correcta aplicación de dicho porcentaje de exigencia. Frente a dudas y consultas éstas deberán ser resueltas por los profesores correspondientes y/o UTP en caso de ser necesario en un plazo no superior a 15 días después de la entrega del instrumento al alumno. DE LAS FALTAS, MEDIDAS REMEDIALES Y SUS CONSECUENCIAS : Art. 61.- Las faltas a las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia Escolar serán leves, graves y muy graves. Las consecuencias en relación a las faltas, serán de acuerdo a la gravedad. Además, su aplicación será en forma criteriosa de acuerdo a los niveles (Prebásica, básica y media). Otras faltas no contempladas en este Manual, serán calificadas por la Dirección y el Comité de Convivencia Escolar en cuanto a su gravedad y medidas remediales a aplicar. Art. 62.- Se considerarán faltas leves aquellas que entorpezcan en forma menor el proceso educativo ya sea en el plano individual o colectivo: Son faltas leves entre otras: a) Llegar atrasado a las clases (Impuntualidad) b) Presentarse sin la agenda oficial del colegio. c) Consumir cualquier alimento durante la clase y /o actos cívicos d) Presentarse sin uniforme completo, sin equipo de educación física o con deficiente aseo personal e) No usar el uniforme. f) Uso de buzo en horario que no corresponda. g) Conversar y distraerse permanentemente en clase

h) Conductas inadecuadas (Pasearse por la sala sin autorización, interrumpir la clase, ensuciar, tirar desperdicios fuera de los basureros, etc.) i) Conductas inadecuadas en todas las dependencias del establecimiento (sala de clases, talleres y laboratorios, biblioteca, oficinas, gimnasios, galerías y patios) j) Manifestar conductas afectivas de pareja, que impliquen contacto físico exagerado (besos y abrazos apasionados) Todas estas faltas se considerarán leves, siempre y cuando no constituya reincidencia Art. 63.- Las medidas remediales y sus consecuencias a aplicar para las faltas leves son las siguientes: a) Utilización constante del refuerzo positivo b) Amonestación verbal: La aplica cualquier miembro de la Comunidad Escolar. c) Dialogo personal con el alumno. d) Cuando la falta leve es reiterativa corresponderá una anotación negativa en la hoja de vida del Alumno o Alumna en el libro de clases. La aplica cualquier miembro de la Dirección, Inspectoría General o Personal Docente. e) Citación y Entrevista al Apoderado: La aplica cualquier miembro de la Dirección o Docente. Se debe informar a Inspectores y Profesor(a) Jefe, dejando constancia en el Re gistro de Observaciones del Libro de Clases, como asimismo, la entrevista registrada y firmada por el Apoderado. f) Trabajo de reparación de la falta, previa Derivación a Orientación y/o Profesional Externo (Psicólogo(a), Psicopedagogo(a), Neurólogo, etc.) Art. 64.- Se consideran faltas graves aquellas que atenten notoriamente contra el proceso educativo tanto en el plano individual o colectivo. Son faltas graves entre otras: a) Faltar a la honestidad durante el desarrollo de las pruebas escritas u orales (Copiar o entregar información en las pruebas). Y en el desarrollo de trabajos. b) No presentar tareas ni materiales de trabajo (Irresponsabilidad) c) Ausentarse de la clase o abandonar el colegio sin autorización. d) Faltar a clases o llegar atrasado a ellas, encontrándose en el establecimiento e) Incumplimiento de órdenes emanadas de docentes, directivos, inspectores y Asistentes de la Educación. f) Destrucción de materiales de sus compañeros o compañeras, mobiliario, infraestructura, rayado de paredes, puertas y mesas, etc. g) No registrar materias y negarse al trabajo escolar en clases. h) Uso de los computadores del colegio en temas ajenos al quehacer escolar (chatear o uso de Facebook, Twitter, Skipe, WhatsApp, u otras redes sociales, etc.). i) Uso de los computadores personales y/u otro medios de comunicación digital, durante la clase, en temas ajenos al quehacer escolar (chatear o uso de Facebook, Twitter, Skipe, WhatsApp u otras redes sociales, etc.). j) Inasistencia a sesiones de tutorías familiar, cuando corresponda, sin justificación k) Inasistencia de los alumnos a los talleres de mejoramiento educativo l) Promover desordenes, al interior del establecimiento, que entorpezcan el normal desarrollo de la jornada escolar (protestas, pugilatos, ruidos molestos, etc.) m) Mostrar conducta reprochable en la vía pública, vistiendo el uniforme del colegio. n) Conductas negativas por descontrol con miembros de la comunidad educativa, manifestadas a través de agresiones físicas, sustracción de objetos, destrucción de bienes materiales, etc. o) Permanente cuestionamiento y oposición a las normativas del colegio y/o a su proyecto educativo institucional p) Impedir el normal desarrollo de la clase y no atender a las indicaciones o advertencias del profesor q) Uso incorrecto y/o conducta irrespetuosa en el comedor escolar r) Uso de planchas de pelo o onduladores en las salas, baños y camarines. s) Faltar a clases sin el conocimiento de Padres o Apoderados. t) Falta de respeto a cualquier funcionario del Colegio (Groserías, amenazas, desobedecer instrucciones, etc.) . u) Vender mercancías u otros objetos (ropa, libros, golosinas, otros) sin autorización. v) Demostrar conductas afectivas exageradas, mediante contactos físicos íntimos, dentro del establecimiento. w) Utilizar teléfonos celulares o dispositivos electrónicos dentro o fuera de la hora de clases con la intención de dañar a un compañero o compañera (fotos inapropiadas, grabaciones, amenazas, etc.). x) Exponerse o exponer a sus compañeros , compañeras o algún miembro de la comunidad educativa a riesgos físicos. y) Manifestar actitudes de amenaza, burlas u hostigamiento a un compañero, compañera u otro miembro de la comunidad. z) Propinar empujones, insultos, uso de apodos o menosprecio público hacia un compañero o compañera.

aa) No devolver oportunamente los materiales e implementos facilitad os (libros de bibliotecas, materia l de laboratorio, material deportivo o extraescolar, etc.) bb) Presenciar y no informar sobre hechos de maltrato psicológico, virtual y/o físico entre sus pares cc) Cometer reiteradamente faltas Leves (3), aún habiéndose aplicado las sanciones correspondientes. Art. 65.- Considerando el aula, taller, laboratorio y gimnasio como el lugar de trabajo para el aprendizaje, las faltas cometidas en su interior se calificaran como graves, ya que interrumpen el proceso de enseñanza aprendizaje, estas son: a) Tirar papeles, basuras o ensuciar su entorno. b) Destruir, rayar, etc. mesas, sillas u otros. c) Burlarse, interrumpir las exposiciones, explicaciones, discursos, comentarios de profesores, compañeros, compañeras y otros invitados a sala, auditorio y cualquier dependencia del establecimiento o durante las actividades en que el Colegio participe. d) No atender instrucciones, no trabajar en tareas asignadas, falta de materiales u otros e) Contestar groseramente o de mala forma al Docente, ante un llamado de atención. f) Utilizar lenguaje grosero o despectivo en sus intervenciones o en el trato con sus compañeros, compañeras u otras personas. g) Dejar mobiliario desordenado, sucio, deteriorado, etc. h) Rayar paredes, quebrar vidrios, otros. i) Mentir al Docente y dirigirse a otros lugares del establecimiento distintos al que le corresponde por horario o actividad curricular. j) Hacer mal uso de los elementos audiovisuales , destruir o dañar con intención los medios mencionados. k) Utilizar celulares en horas de clases interrumpiendo el desarrollo de ésta. El Colegio no se responsabilizará por estos objetos. l) Utilizar, dispositivos electrónicos de música, juegos, etc. sin autorización. m) Utilizar la sala para comer, dormir, jugar, maquillarse o como zona de recreos. n) Grabar y/o fotografiar sin su autorización a cualquier funcionario del Colegio o) Destruir material de Laboratorio no autorizado a manipular. Art. 66.- Faltas graves en los recreos: a) Realizar juegos que pongan en peligro la integridad física de las personas. Ej. puntapiés, puñetes, estrellones, enfrentamiento cuerpo a cuerpo, etc. b) Utilizar elementos u objetos peligrosos Ej. Elásticos, tijeras, corta cartón, palos, piedras, cortaplumas, etc. c) Agredir verbalmente y/o de hecho a sus compañeros, profesores, inspectores, directivos, asistentes de la educación u otras personas. d) Realizar juegos que atenten contra la integridad de las personas. e) Hacer mal uso o deterioro de las diferentes depe ndencias o servicios. Ej. Rayar paredes, tirar objetos a sanitarios, mal uso del papel higiénico y toallas, romper puertas, etc. Art. 67.- De las Faltas en las Actividades No Lectivas. (Actividades Extraescolares) a) No asistir o dejar de hacerlo sin justificar. b) Destruir material a cargo. c) No devolver útiles o materiales a cargo d) Deteriorar entorno provocando daño en infraestructura y dependencias del Colegio y/o lugar donde se desarrolle la actividad. Como también a los medios de transporte que los traslada e) Insultar, agredir o maltratar a sus compañeros , compañeras o personas presentes. f) No asistir a los eventos Extraescolares, cuando se ha inscrito por propia voluntad para representar al Colegio. g) Mantener un comportamiento grosero o agresivo con el resto de los participantes y/o Profesores. h) Escapar de la actividad. Art. 68.- Las medidas remediales y sus consecuencias a aplicar para las faltas graves son las siguientes: a) Citación y Entrevista al Apoderado y evaluación de la Falta, si es necesario: La aplica cualquier miembro de la Dirección o Docente. Se debe informar al Inspector(a), Orientador(a) y Profesor(a) Jefe, dejando constancia en el Registro de Observaciones del Libro de Clases como asimismo, la entrevista registrada y firmada por el Apoderado. b) Suspensión de clases por uno hasta tres días y citación del Apo derado. La decide el Director o Inspector(a) General por propia iniciativa o solicitud debidamente fundada de cualquier Profesor(a) del Establecimiento. El hecho, debe quedar consignado en el Registro de Observaciones del Alumno(a). c) Condicionalidad de la Matrícula. En caso de reincidencia en falta s medianamente graves, el Colegio puede condicionar la permanencia y matrícula del Alumno(a). Dicha condicionalidad será decidida y levantada por el Consejo de Profesores y/o Equipo de Gestión. d) Trabajo de Reparación de la Falta o de Colaboración, previa de rivación a Especialista (Neurólogo, Psicólogo u otro según corresponda)

e) La condicionalidad de un Alumno(a) será analizada o discutida por el Equipo de Gestión y el Consejo de Profesores. La condicionalidad por dos años consecutivos será causal de la no con tinuidad de estudios en el colegio. Art. 69.- Faltas muy graves: Son las que atentan contra la integridad física y moral de las personas y todas aquellas que están penadas por el Código Civil y Criminal (En el caso de las acciones que constituyen delito, es deber del Colegio hacer la denuncia a los Tribunales de Justicia que corresponda), como las siguientes: a) Agresión de hecho o de palabra a cualquier miembro del Colegio, dentro o fuera del establecimiento. b) Adulterar notas en el Libro de Clases, pruebas escritas o documentos del establecimiento. c) Cometer hurto o robo en el establecimiento d) Faltar a la honradez y a la veracidad: falsificaciones de firmas, timbre y documentos. e) Participar de destrozos de materiales o deterioro del mobiliario e infraestructura del establecimiento. f) Participar en actividades que atenten contra el normal desarrollo del proceso educativo y funcionamiento del Colegio. g) Fugarse del establecimiento. h) Distribución, utilización, tráfico y difusión de pornografía, alcohol, fármacos, drogas al interior del colegio y/o alrededores. Como asimismo, en salidas a terreno, giras de estudio o cualquier instancia que se vea comprometido el prestigio del Colegio o seguridad de los alumnos. i) Portar cualquier tipo de arma en el establecimiento. j) La participación directa o indirecta de alumnos en la difusión, promoción de artículos, imágenes atentatorias contra la dignidad y honorabilidad de cualquier miembro de la comunidad educativa, incluidas las de violación de la intimidad, como captación de videos, grabaciones, fotografías y su difusión en medios de comunicación masiva (redes sociales, diarios, revistas, radios, canales de televisión, etc.). k) Empleo de lenguaje grosero, gestual o intimidatorio hacia cualquier miembro de la comunidad educativa l) Acoso psicológico, virtual y/o físico a cualquier miembro de la comunidad escolar m) Consumo o tenencia de bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas u otra sustancia dentro del establecimiento. n) Consumo o tenencia de bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas u otra sust ancia fuera del establecimiento con uniforme del colegio. o) Las conductas de connotación sexual como: tocaciones, acoso, movimientos eróticos, etc., ya sea de carácter homosexual o heterosexual p) Reiteración de faltas graves en más de dos oportunidades q) Otras que la Dirección, Orientación o Inspectoría considere graves, previa consulta al Consejo de Profesores o Equipo de Gestión. r) Infringir normas legales del Estado de Chile. Art. 70.- Las medidas remediales y sus consecuencias a aplicar para las faltas muy g raves son las siguientes: a) Trabajo remedial social, comunitario, según sea el caso decidido por el Equipo de Gestión y el Consejo de Profesores. b) La Condicionalidad y Cancelación de matrícula en estos u otros casos será analizado en reunión del Equipo de Gestión y del Consejo de Profesores. c) El mantenimiento de la condicionalidad por dos años seguido será causal de cancelación de matricula al fin del año escolar. d) Si el que comete una falta muy grave es alumno de cuarto año medio, el Consejo de Profesores podrá aplicar sanciones tales como: suspensión de participar en actividades de licenciatura e) Término del Contrato de Prestación del Servicio Educativo, previa consulta al Equipo de Gestión y acuerdo del Consejo General de Profesores, lo que será informado a las respectivas autoridades provinciales de Educación. f) El Alumno(a) y/o su Apoderado podrá apelar de esta decisión a la Dirección del Establecimiento por escrito y personalmente, entregándosele una respuesta hasta 72 horas posteriores a la decisión del Consejo de Profesores y del Equipo de Gestión. DEL BULLYING Art. 71 El Bullying se utiliza para describir acciones o comportamiento no deseados por niños y adolescentes, se define como: Una conducta de persecución física y/o psicológica que realiza una o varios alumnos contra otro(s), al que eligen como víctima de repetidos ataques, de un modo continuó, y provocando graves efectos negativos en la víctima. Maltrato físico y/o psicológico deliberado y continuado que recibe un niño por parte de otro u otros, que se comportan con él cruelmente con el objetivo de someterlo y asustarlo, con el propósito a obtener algún resultado favorable para los acosadores o simplemente a satisfacer la necesidad de agredir y destruir que éstos suelen presentar. Art. 72 Las faltas que constituyen acciones de bullying son:

a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. m.

Empujones Insultos Uso de apodos Menosprecio público Propinar patadas y golpes Agresión con objetos Destrucción del material de un compañero Burlas permanentes Levantar rumores falsos Aislamiento o aplicación de “le y del hielo” Mensajes ofensivos a través de celulares, correos electrónicos u otros medios tecnológicos. Grabaciones no consentidas Amenazas en el Chat, foros, blogs, fotolog, Messenger, Facebook, twitter y/o a través de cualquier tipo de red social n. Grabar peleas y agresiones con celulares u otros medios y difundirlas en medios de comunicación social masiva (Internet, Youtube, facebook, twitter, etc.). Art. 73.- De las medidas remediales para enfrentar situaciones de Bullying: a) Amonestación verbal y escrita b) Entrevistas personales a los alumnos y sus padres. c) Mediación. d) Apoyo con mensajes sobre el valor quincenal en diarios murales de cada sala e) Derivación a Orientación. f) Confección de diarios murales de cada sala referidos a unidades de orientación. g) Realización de tutorías para alumnos, padres y apoderados. h) En todos los subsectores procurar realizar actividades que motiven el comp añerismo y el trabajo en equipo, el buen uso de Internet y otros medios de comunicación. i) Derivación a especialistas: neurólogo , psicólogo. j) Designar tutor al agresor y víctima. k) Seguimiento del caso (Orientación) l) Condicionalidad extrema, con consulta al Equipo de Gestión y Consejo de Profesores m) Cancelación de matrícula, con consulta al Equipo de Gestión y Consejo de Profesores Art. 74.- Aspectos legal: Es importante conocer las leyes y sus alcances con el Bullying. Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Nº 20.084 y Nº 19968. Principales Consecuencias Penales del Bullying  Au xilio d e Su icid io : Art. 393. El que con conocimiento de ca usa prestare auxilio a otro para que se suicide, sufrirá la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo, si se efectúa la muerte.  Le s io n es Gra ve s: Art. 397. El que hiriere, golpeare o maltratare de obra a otro, será castigado como responsable de lesiones graves: produjeren al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.  Ho micid io : Art. 3 9 1 . E l q u e ma te a o tro .  Tra fico d e Dro g a s : Tra fico , p ro d u cció n , tra n s p o rte , e tc. (le y 2 0 .0 0 0 ) Imp u ta b ilid a d  C a p a cid a d De Se r Su je to Activo De l Tip o P e n a l.  E n ma te ria d e me n o re s e ra la d e cla ra to ria d e d is ce rn imie n to .  E xis te n ca u s a le s d e in imp u ta b ilid a d q u e s ig u e n vig e n te s y q u e s e a p lica n a lo s me n o re s (d e me n cia , fu e rz a irre s is tib le , e tc.). Imp u ta b ilid a d Ad o le s ce n te  Situ a ció n a n te rio r a la le y 2 0 .0 8 4 : Me n o re s d e 1 8 y ma yo re s d e 1 6 Imp u ta b ilid a d re la tiva s u je ta a d e cla ra ció n d e d is ce rn imie n to .  Situ a ció n Actu a l: Me n o re s d e 1 8 y ma yo re s d e 1 4 imp u ta b ilid a d p le n a, p e ro e sp ecia l. DE LA P RE VE NC IO N DE L C O NSUMO Y TRAFIC O DE DRO GAS Art. 75.- Se manifiesta una clara oposición al consumo y tráfico de drogas, coordinándose con la red de prevención, seguridad y protección existentes. Velando para que se desarrollen continua y técnicamente los programas preventivos, en todos los niveles (”Actitud”), s e trabajará el tema con apoderados en diferentes instancias, desde pre básica a Enseñanza Media. Art. 76.- Ante casos de consumo o sospecha se procederá de acuerdo a los protocolos de actuación existentes en el establecimiento y se dará curso a lo ahí es tipulado siguiendo sus directrices y orientaciones para abordar un caso de esta índole.

DE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS: Art. 77.- La alumnas embarazadas podrán continuar estudios una vez comprobada su situación, previa presentación del certificado medico corre spondiente, donde deberán indicarse las facilidades a considerar. Una vez oficializado su embarazo, Dirección Académica, emitirá un informe indicando las estrategias que faciliten la continuidad de su proceso educativo, en cuanto a asistencia y evaluaciones. DE LOS ALUMNOS REPITENTES: Art. 78.- Los alumnos repitentes pueden solicitar continuar estudios en el establecimiento a través de una petición formal del apoderado a Dirección, adjuntando los antecedentes que avalen la solicitud. El colegio se reserva la aceptación (con condicionalidad firmada por el apoderado) o rechazo de esta, previa consulta al Consejo de Profesores. Los alumnos que repitan por segunda vez, durante su permanencia en el colegio, no podrán continuar estudios en el establecimiento DEL COMPORTAMIENTO FUERA DEL COLEGIO: Art. 79.- Los alumnos deben guardar un correcto comportamiento fuera del Colegio, actuando de acuerdo a la moral y buenas costumbres y usando un vocabulario adecuado, especialmente cuando vistan el uniforme del Colegio. Art. 80.- No se permitirán relaciones que atenten contra la moral y buenas costumbres dentro del colegio y su entorno DE LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES DEL COLEGIO Art. 81.- El alumno que deba asistir a alguna actividad en el Colegio y/o fuera de el, en horario o fuera del horario de clases, deberá hacerlo de uniforme o con buzo, según le haya sido requerido. RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS Art. 82.- Los alumnos que lo ameriten serán destacados en su hoja de vida, en los informes de comportamiento, en los actos académicos, en ceremonias especiales, en tutorías, diario mural, cuadro de honor, sitio Web del colegio, reuniones de subcentro e informes a padres y apoderados oportunamente. a) Todos aquellos estudiantes que se destaquen por sus méritos intelectuales, artísticos, deportivos, científicos y personales, serán reconocidos públicamente a través de actos cívicos o especiales, donde recibirán diplomas, premios o medallas de reconocimiento b) Una vez al año el Establecimiento entrega es tímulos a los alumnos de stacados en el Acto de finalización de las actividades. c) Existirá un Cuadro de honor en el sitio Web del colegio con los alumnos destacados en rendimiento de cada curso, información, que además, se exhibirá en un lugar visible al ingreso del establecimiento d) Se entregará Premio al mejor alumno de la promoción egresado de Cuarto Medio. e) Se becará con un porcentaje de exención del pago de Financiamiento Compartido a los dos mejores alumnos destacados en rendimiento, de 4º Básico en adelante . según lo acuerde el Equipo de Gestión del colegio. f) Se publicará en la página web del Colegio las noticias y fotos de estudiantes que se destaquen por logros personales. DE LA ASISTENCIA E INGRESO A CLASES, ATRASOS Y RETIROS. Art. 83.- Los alumnos deben llegar puntualmente a clases, de acuerdo al horario fijado por el establecimiento. Art. 84.- El Horario de Clases para los cursos de primero básico a cuarto medio corresponderá al de JEC. Iniciándose la jornada a las 08.00 horas. Art. 85.- Las horas de clases serán de 45 minutos Art. 86.- Los horarios de Pre-Kinder y Kinder, corresponderá al de JEC, iniciándose la jornada a las 08.00 horas. Art. 87.- Para ser promovido de curso el alumno o alumna deberá haber asistido a lo menos el 85% de las clases sistemáticas del año lectivo. en caso contrario será matriculado con Condicionalidad por Asistencia el año siguiente. Art. 88.- La asistencia a clases es obligatoria y cualquier inasistencia debe ser justificada personalmente por el apoderado en Inspectoría, en ningún caso por teléfono. Sólo se aceptará la justificación de la inasistencia vía Agenda oficial del Colegio si esta se acompaña de certificado médico correspondiente. Art. 89.- El alumno que se presente con atraso al inicio de su jornada de clases, deberá permanecer en el lugar que se le indique hasta el cambio de la primera hora, momento en que podrá ingresar al aula con pase de inspectoría. Si tiene evaluación, deberá rendirla de manera inmediata al momento que ingresa al aula, asumiendo el tiempo transcurrido por su atra so Si un alumno llega atrasado desde la segunda hora en adelante, 08:45 horas, deberá hacerlo con la presencia de su apoderado.

Art. 90.- Después de tres atrasos, al inicio de la jornada escolar, el Inspector de Ciclo citará por escrito y/o por teléfono al apoderado a entrevista con el Inspector General para informar de la situación. De no presentarse el apoderado, el alumno no podrá ingresar a clases hasta que regrese con su apoderado. Art. 91.- De volver a incurrir en lo descrito por el artículo anterior, se citará al apoderado para notificarle que ante un nuevo atraso habrá suspensión (por un día). Si ese día tuviera evaluación, deberá asistir específicamente a rendir dicha evaluación en el horario que corresponda con su apoderado. En caso contrario se aplicara la evaluación el día jueves próximo con un 75% de exigencia. Art. 92.- Las inasistencias a talleres, reforzamiento y/o actividades No lectivas también deberán ser justificadas por el apoderado. Art 93.- El alumno que necesite retirarse del establecimiento sin haber terminado la jornada de clases, deberá hacerlo con su APODERADO, con la autorización de Inspectoría General y previa firma y número de RUT en el Libro de Salida. El retiro se hará efectivo después de rendir las evaluaciones programadas pa ra ese día. DEL UNIFORME Art. 94.- Los alumnos deben presentarse con su uniforme completo. (Cualquier situación especial deberá ser solicitada por el apoderado) El uniforme oficial del colegio comprenderá lo siguiente:  Damas: o Blazer color azul marino oficial o Chaleco verde (según diseño oficial) o Blusa blanca con corbata oficial o Falda plisada (según diseño) o Calcetas verde o Zapatos negros o En invierno y cuando las condiciones climáticas lo ameriten, se autorizará el uso de pantalón azul marino corte recto (no ajustado y a la cintura) o Delantal blanco o Parka oficial o Durante el año la alumna podrá usar la Polera Oficial, pero en actividades formales deberá usar blusa y corbata  Los Varones: o Vestón azul marino oficial o Camisa blanca con corbata oficial o Chaleco o sweater verde (según diseño oficial) o Pantalón gris, corte recto a la cintura o Calcetín gris o azul. o Zapatos negros o Delantal blanco o Parka oficial o Durante el año el alumno podrá usar la Polera Oficial, pero en actividades formales deberá usar blusa y corbata Art. 95.- El uniforme deportivo para las clases de Educación Física y Talleres Deportivo - Recreativo y Actividades Extraescolares, tanto para damas como varones, comprenderá:  Buzo oficial del Colegio  Zapatilla deportiva no plana color blanco, gris o negra.  Polera blanca para actividades deportivas (cuello polo)  Pantalón corto color azul  Calceta deportiva color blanco Art. 96.- Queda prohibido combinar otras prendas de vestir que no correspondan con las establecidas en el presente reglamento. Art. 97.- Cualquier cambio en el uniforme oficial, serán comunicadas en el mes de Octubre anterior al período escolar correspondiente. Art. 98.- El uso del delantal color blanco será obligatorio de 1º a 5º Básico todos los días de la semana, para los alumnos de 6º básico a cuarto año medio será obligatorio para las clases de laborat orio, arte y Tecnología. Art. 99.- Para los alumnos de Séptimo año básico a Cuarto año medio (damas y varones) el uso del buzo del colegio esta restringido a las clase de Educación Física y a los Talleres deportivo-recreativos, por lo tanto deberán cambiarse en el horario correspondiente, antes y después de dicha actividad deberá usar su uniforme habitual. El uso de zapatillas queda prohibido con el uniforme del colegio y se restringe solo a las actividades de Educación física. Para la clase de Educación Física será obligatorio traer sus útiles de aseo personal.

Art. 100.- Se prohíbe el uso del uniforme del Colegio para ingresar a lugares no aptos para escolares (videos, botillerías, lugares de juegos, etc.). Art. 101.- Todas las prendas del uniforme deberán estar marcadas con el nombre del alumno y el curso, para su seguridad en caso de extravío. DE LA PRESENTACIÓN, ASEO E HIGIENE PERSONAL Y MODALES Art. 102.- Los alumnos deben asistir al Colegio aseados, con las uñas cortas y limpias, con el cabello corto los niños y/o jóvenes, y tomado con un colé o cintillo azul o verde las niñas y/o jóvenes. Art. 103.- Las damas deben mantener su pelo ordenado y limpio, sin adornos vistosos, no se les pe rmitirá el uso de maquillaje, pinturas de uñas, ojos, labios, otros), ni pelo o mechones teñido Art. 104.- Los varones deberán usar el pelo con un corte moderado (que no toque el cuello de la camisa, que no cubra el rostro y sin usar moños). Rostro rasurado. Además no podrán usar barbas, bigotes, pearsin, aros o el cabello teñido o desteñido. Tampoco se permitirá el uso de melenas sobre las orejas de los alumnos. Art. 105.- Se prohíbe el uso de anillos, aros largos y todo tipo de joyas. El Colegio no se res ponsabiliza por la perdida de ellos. Art. 106.- Los alumnos y alumnas mantendrán sus cuadernos, útiles y libros bien con servados, y las materia tratadas al día en sus cuadernos. DE LA PÉRDIDA DE OBJETOS DE VALOR: Art. 107.- Queda estrictamente prohibido traer objetos de valor al Colegio, por lo tanto el Colegio no se responsabilizará de la perdida o extravío de ellas. DEL USO Y PRESERVACIÓN DE BIENES Y DEPENDENCIAS DEL COLEGIO Art. 108.- Será responsabilidad de los alumnos hacer buen uso de los bienes y dependencias del Establecimiento. Art. 109.- Será responsabilidad de los apoderados responder por los daños o perjuicios cometidos por su pupilo. DEL MOBILIARIO E INFRAESTRUCTURA: Art. 110.- Los alumnos deberán velar en todo momento por el cuidado del mob iliario y de la infraestructura que ocupe. DE LOS BAÑOS Y CAMARINES: Art. 111.- Los alumnos y alumnas deberán cautelar el buen uso y cuidado de los baños y camarines. DEL ASEO DE LAS SALAS: Art. 112.- Todos los alumnos y alumnas deberán velar por el aseo y mantención de su sala de clases. Art. 113.- Cada curso organizará la forma o sistema para mantener el aseo, orden y presentación de su sala de clases. DE LOS PADRES Y APODERADOS Art. 114.- Todos los alumnos deben tener un apoderado oficial que lo repre sente. y un apoderado suplente, los que deberán oficializar su responsabilidad frente al profesor jefe e inspectoría General. Estos pueden ser el padre o la madre del alumno y a falta de éstos, el familiar adulto más cercano que viva con él. Art. 115.- El apoderado deberá cumplir con todos los compromisos administrativos y económicos que adquiere al matricular a su pupilo en el establecimiento. Art. 116.- Es deber del apoderado asistir a todas las reuniones del Subcentro y Tutoría Familiares. Su inasistencia deberá ser justificada ante Inspectoría General. La inasistencia a estas reuniones debe ser justificada personalmente por el apoderado al día siguiente antes del inicio de la jornada . La falta de justificación impedirá el ingreso a clases del alumno. Art. 117.- Es deber del apoderado asistir a todas las citaciones dadas por la Dirección, Inspectoría, Unidad Técnico Pedagógica o Profesores. En caso de no asistir se suspenderá al alumno hasta que se presente con su apoderado. Art. 118.- Deberá preocuparse del cumplimiento de lecciones, tareas, trabajos y pruebas de su pupilo. Art. 119.- Deberá justificar personal y oportunamente las inasistencias y atrasos de su pupilo en Inspectoría. Art. 120.- Las responsabilidades por la pérdida, daño, accidente o mal uso del material, herramientas, materiales de laboratorio, quebradura de vidrios, equipos, máquinas y mobiliario de los talleres, laboratorios de computación, sala de clases y dependencias del Colegio, son personales, debiendo asumir el apoderado su reposición o reparación, según el caso, en no más de cinco días hábiles. Art. 121.- Deberá cooperar en todas las actividades organizadas por el Curso, Centro de Padres o el Colegio, ya que todo irá en beneficio de los alumnos y alumnas del colegio. Art. 122.- Deberá velar para que su pupilo asista regularmente a clases y también por el aprovechamiento útil de su tiempo de ocio o libre.

Art. 123.- Deberá evitar retirar a su pupilo durante la jornada de clases, salvo casos de enfermedad manifiesta. Art. 124.- Cumplir oportunamente con el pago de sus cuotas de Financiamiento Compartido y con los compromisos internos de su curso. Art. 125.a) Velar para que su pupilo asista a todas las evaluaciones fijadas con anticipación. La no concurrencia hará aplicable las normativas vigentes al respecto. (Reglamento de evaluación) b) Los apoderados de los alumnos que son evaluados con ajuste de escala al 50% en uno o más sector(es) de aprendizaje, deberán revisar inmediatamente la correcta aplicación de dicho porcentaje de exig encia. Frente a dudas y consultas éstas deberán ser resueltas por los profesores correspondientes y/o UTP , en caso de ser necesario, en un plazo no superior a 15 días después de la entrega del instrumento al alumno. Art. 126.- Sé prohíbe el acceso de los apoderados al interior del Colegio, sin autorización. Art. 127.- Todo apoderado que concurra a dejar a su pupilo al Colegio deberá hacerlo hasta la puerta de acceso. Por ningún motivo deberá interrumpir las clases. Art. 128.- Los apoderados deben asistir a las reuniones sin hijos menores. Art. 129.- Los apoderados deberán respetar los horarios de atención establecidos. Cabe recordar que la familia es la responsable de conocer el proceso académico y disciplinario del estudiante, de modo que periódicamente debe consultar, vía agenda o solicitando entrevista, para informarse al respecto. Art. 130- Se prohíbe grabar y/o fotografiar sin su autorización a cualquier funcionario del Colegio. Art. 131.- El colegio no autoriza ni patrocina paseos de fin de año. CAPITULO IV NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, DE HIGIENE Y DE SEGURIDAD DE LA ESTRUCTURA: Art. 132.- La infraestructura será de acuerdo a las normativas vigentes al respecto. DEL SOSTENEDOR Art. 133.- Será responsabilidad del Sostenedor a) Mantener el Colegio en buenas condiciones de seguridad e higiene, señalando las distintas áreas y dependencias del Establecimiento. b) Cautelar la formación y funcionamiento del Comité Paritario, de acuerdo a la legislación vigente. DEL DIRECTOR Art. 134.- En caso de accidente deberá proceder de acuerdo a lo señalado en el Decreto 313/72. Art. 135.- Cautelar que se realicen los operativos DEYSE DEL INSPECTOR GENERAL Art. 136.- Deberá coordinar la realización de operativos DEYSE, a lo menos dos veces en el año (una en cada semestre). Art. 137.- Deberá establecer servicios de turnos diarios de los inspectores de ciclo y personal de servicios. DE LOS PROFESORES Art. 138.- Deberán estar a disposición de Inspectoría General ante cualquier emergencia. Art. 139.- Deberán velar por el orden y la seguridad en su sala de clases y su mobiliario Art. 140.- Durante el desarrollo de las actividades escolares deberá velar por la seguridad de sus alumnos. Art. 141.- En caso de accidente o enfermedad repentina deberá prestar la primera atención a los alumnos. Art. 142.- Deberán participar activamente en el operativo DEYSE. DE LOS ALUMNOS Art. 143.- Deberán velar por el orden y la seguridad en su sala de clases y su mobiliario Art. 144.- Deberán circular en forma adecuada por las diversas dependencias. No realizar juegos bruscos o donde ponga en peligro su integridad personal o la de los demás. Art. 145.- En caso de emergencia deberán trasladarse a las zonas de seguridad del colegio DE LOS APODERADOS Art. 146.- Será obligación del apoderado informar oportunamente de todo cambio de domicilio y/o de teléfono a Inspectoría General, con el objeto de tener comunicación expedita ante cualquier emergencia Art. 147.- En caso de accidente el apoderado debe recibir el Formulario de Declaración Individua l de Accidente Escolar, dejando constancia de su recepción y presentarlo en el servicio de urgencia público. Art. 148.- El Seguro Escolar NO es válido en servicios de Salud Privado.

Art. 149.- El NO uso del Seguro Escolar debe ser comunicado al establecimiento quedando constancia de la renuncia a él. Y desligando al colegio de toda responsabilidad posterior. CAPITULO V RELACIONES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL CON LA COMUNIDAD Art. 150.- Toda relación del Colegio con la comunidad organizada deberá hace rse a través de la Administración o Dirección de Establecimiento. Art. 151.- Las relaciones del Colegio con la comunidad organizada deberán estar referidas al quehacer educativo del establecimiento. Art. 152.- Estas relaciones podrán ser a través de Convenios de cooperación, Charlas, Exposiciones, Visitas, Eventos, etc. CAPITULO VI DISPOSICIONES FINALES Art. 153.- Los alumnos deberán respetar las normativas estipuladas en los reglamentos propios de las Aulas, Auditórium, Laboratorio, Biblioteca, Sala Multitaller, Salas de Informática, Sala de Música, Comedor, Gimnasios y Camarines; los que estarán publicados en cada una de estas dependencias y serán dados a conocer por los encargados. Art. 154.- Cualquier modificación a estas Normas de Convivencia Escolar, deberá ser propuesta a la Dirección para ser analizada en el Consejo General de Profesores , en el Equipo de Gestión y en el Consejo Escolar, antes del término del año escolar. Art. 155.- Las presentes Normas de Convivencia Escolar entrarán en vigencia a partir del año lectivo 2013 y tendrá aplicabilidad en todos los estamentos y niveles de enseñanza que se imparten al interior del Establecimiento. Art. 156.- Será obligación de todo alumno, apoderado, profesor y funcionario del colegio conocer estas Normas de Convivencia Escolar y ceñirse a lo que en él se estipula. Art. 157.- Desde su incorporación al Colegio Santa Sabina, los Alumnos y Apoderados no podrán alegar ignorancia de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento Interno y Normas de Convivencia Escolar y se comprometen a respetarlo firmando al momento de la ma trícula, un registro que certifique su conocimiento. Art.- 158.- Cualquier situación no prevista en las Normas de Convivencia Escolar deberá ser resuelta por la Dirección y/o Equipo de Gestión, según corresponda, utilizando en el caso de la resolución de conflictos las estrategias del arbitraje y/o de la mediación escolar, que se estime conveniente para cada caso.

Manuel González Fernández Director

Última Modificación: Diciembre 2012

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