COMERCIALIZACIÓN DE ELECTRICIDAD

LA VIABILIDAD DE LA COMERCIALIZACIÓN DE ELECTRICIDAD ÍNDICE 2 1. La liberalización del mercado eléctrico 2. Actores del nuevo mercado eléctrico

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LA VIABILIDAD DE LA COMERCIALIZACIÓN DE ELECTRICIDAD

ÍNDICE

2

1.

La liberalización del mercado eléctrico

2.

Actores del nuevo mercado eléctrico

3.

La comercialización

4.

Diferentes sociedades comercializadoras 1.

C Comercializadoras i li d d Último de Úl i R Recurso

2.

Comercializadoras del Mercado Libre

3.

Las Cooperativas como Comercializadoras

4.

El Bono Social

1. LA LIBERALIZACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO 1.1 CONCEPTO DE LIBERALIZACIÓN

‰Privatización. Privatización 9 Paso de servicio público de titularidad estatal a titularidad privada. ‰Reestructuración 9 Generación: libre instalación 9 Transporte y Distribución: libre acceso de terceros a las Redes. Redes 9 Comercialización: Libertad de los consumidores para la contratación de la ct c a a tarifa ta a o a ttravés av s de una u a empresa p sa suministradora su st a o a / comercializadora co ca a o aa electricidad un precio libremente pactado (Consumidor Cualificado).

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1. LA LIBERALIZACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO 1.2 PROCESO DE LIBERALIZACIÓN

‰Proceso gradual de liberalización para los consumidores CONSUMIDOR CUALIFICADO

4

RÉGIMEN A ELEGIR

SUMINISTRADOR

 ENTRADA EN VIGOR

LEY 54/1997

Consumo > 15 GWh

Suministro a Tarifa /       Suministro a Tarifa / Tarifa Libre Acuerdo

Distribuidor /  Distribuidor / Comercializador

1998

RD 2820/1998

 Consumo > 5 ‐ 3 ‐ 2 ‐ 1 GWh  (Gradual)

Suministro a Tarifa /       Tarifa Libre Acuerdo

Distribuidor /  Comercializador

1999

RDL 6/1999

Tensión de suministro > 1000 V

Suministro a Tarifa /       Suministro a Tarifa / Tarifa Libre Acuerdo

Distribuidor /  Distribuidor / Comercializador

2000

RDL 6/2000

Todos los consumidores

Suministro a Tarifa /       Tarifa Libre Acuerdo

Distribuidor /  Comercializador

2003

RD 485/2009

Todos los consumidores

Tarifa Libre Acuerdo /      Tarifa Libre Acuerdo / Comercializador / Comercializador /  Tarifa Último Recurso CUR

2009

2. ACTORES DEL NUEVO MERCADO ELÉCTRICO

TRANSPORTE

DISTRIBUCIÓN

PRODUCTOR

CLIENTE

COMERCIALIZADOR

Flujo Energético Flujo Comercial 5

3. LA COMERCIALIZACIÓN

COMERCIALIZADOR PRODUCTORES

CONT. CONT BILATERALES

CONSUMIDOR

PEAJES

DISTRIBUCIÓN Ó TRANSPORTE

6

VENTA ENERGÍA

ANTIGUO SUMINISTRO A TARIFA

4. SOCIEDADES COMERCIALIZADORAS 4.1 COMERCIALIZADORAS DE ÚLTIMO RECURSO El art. 6 de la ITC/1659/2009 define la Tarifa de Ultimo Recurso: ‰ Las tarifas de último recurso serán de aplicación a los consumidores conectados en baja tensión y con potencia contratada menor o igual a 10 kW, que contraten el suministro con un comercializador de último recurso. ‰Existirá un único tipo de tarifas de último recurso denominado Tarifa TUR que se aplicará a los suministros efectuados a tensiones no superiores a 1 kV y con potencia contratada menor o igual a 10 kW.

COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO Endesa Energía XXI, S.L.  Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U. G Gas Natural S.U.R., SDG, S.A. lS S G S Hidrocantábrico Energía Último Recurso S.A.U. E.ON Comercializadora de Último Recurso, S.L.

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4. SOCIEDADES COMERCIALIZADORAS 4.2 COMERCIALIZADORAS DE MERCADO LIBRE

COMERCIALIZADORA MERCADO LIBRE Aduriz Energía SLU  Bassols Energía Comercial S.L. Céntrica Energía Generación, S.L.U. Céntrica Energía S.L.U. Céntrica Energías Especiales S.L.U.  Cide Hcenergía, S.A.  Comercializadora Eléctrica de Cádiz, S.A.U.  Comercializadora Lersa, S.L.  , Comercializadora Suministros Especiales Alginetenses, S.L.  Compañía Escandinava de Electricidad de España, S.L.  Electra Caldense Energía, S.A.  Electra del Cardener Energía, S.A.  Electra Energía S A U Electra Energía, S.A.U.  Electracomercial Centelles, S.L.U. Eléctrica Sollerense, S.A.U.  Elektrizitäts‐Gesellschaft Laufenburg España, S.L. 

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COMERCIALIZADORA MERCADO LIBRE Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta, S.A.  Endesa Energía, S.A.U.  Enerco Cuellar, S.L.  Eon Energía, S.L  Estabanell y Pahisa Mercator, S.A.  Factor Energía, S.A.  Gas Natural Servicios SDG, S.A.  Gesternova, S.A. , Hidrocantábrico Energía, S.A.U  Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A.  Hidroeléctrica del Valira, S.L.  Iberdrola Generación, S.A.U.  Iberdrola S A Iberdrola S.A.  Naturgas Energía Comercializadora, S.A.U.  Nexus Energía, S.A. Unión Fenosa Comecial, S.L.

4. SOCIEDADES COMERCIALIZADORAS 4.3 LAS COOPERATIVAS COMO COMERCIALIZADORAS

‰En España hay 20 cooperativas eléctricas, de las que 16 están en la Comunitat Valenciana, con más de 60.000 socios-clientes

‰El RD 485-2009 establece en el artículo 73 punto 2: “Para acreditar su capacidad legal, las empresas que realizan la actividad de comercialización deberán ser sociedades mercantiles o equivalente en su país de origen en cuyo objeto social no existan limitaciones o reservas al ejercicio de dicha actividad actividad”

‰Las cooperativas eléctricas han tenido que hacer un esfuerzo creando mercantiles para poder ofrecer a sus clientes la comercialización

‰Con previsión de una futura modificación del RD 485-2009 La gran oportunidad se presenta ahora con la posibilidad de que todas las cooperativas constituyeran una central de compras

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4. SOCIEDADES COMERCIALIZADORAS 4.4 EL BONO SOCIAL

‰El Real Decreto 485/2009 que regulará la tarifa de último recurso (TUR), que califica el suministro a tarifa como una actividad liberalizada, sólo permitirá que ejerzan este tipo de actividad las cinco grandes distribuidoras de Unesa, dejando a las otras 300 pequeñas eléctricas que hay en España, sin la posibilidad de vender con tarifa a sus clientes

‰El Bono Social es la nueva tarifa que lanza el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para suministros domésticos en baja tensión, tensión por la que no se pagará término fijo de potencia y el término de energía será igual que en la tarifa 2.0.1., es decir no se pagará por la potencia contratada

‰El Bono Social es una subvención al consumidor final para evitar que le repercuta la subida de Tarifa, sin embargo esta siendo gestionado exclusivamente por las comercializadoras de último recurso con el perjuicio correspondiente a las comercializadoras del mercado libre

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MUCHAS GRACIAS

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