Concejal JORGE R. BOASSO Bloque Radical VISTO La
Ordenanza
N°8734/2011
que
crea el Programa
de
Protección y Asistencia al Celíaco. El Decreto 39945/2013 que solicita se de cumplimiento a la Ordenanza N°8734/2011.
Y CONSIDERANDO Que la Ordenanza 8734/2011 crea el Programa de Protección y Asistencia al Celíaco dentro del ámbito de la Ciudad de Rosario, en concordancia con la legislación nacional, provincial y local. Que la Ordenanza 8.734/2011 tiene como fin principal garantizar la protección integral, contención social y atención médico asistencial del enfermo celíaco, mejorando su calidad de vida y la de su entorno familiar. Que
la celiaquía es una enfermedad que
consiste en una intolerancia permanente al gluten, grupo proteico de las prolaminas, que contienen en mayor medida el trigo y el centeno, y en menor proporción la cebada y la avena. Es una enfermedad que básicamente tiene que ver con la respuesta inmunológica que el organismo del celíaco produce ante la presencia de este agente agresor
que
está
científicamente
individualizado
(enfermedad
autoinmune). El efecto principal que produce en las personas predispuestas genéticamente a padecer esta dolencia es una severa
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Concejal JORGE R. BOASSO Bloque Radical atrofia de las vellosidades del intestino que desencadenan un síndrome de mala absorción, con lo cual no ingresan en forma normal y sostenida los nutrientes vitales para sus organismos Que la Ordenanza 8734/2010 crea el Plan de Apoyo y Protección al Enfermo Celíaco en la Ciudad de Rosario, donde los objetivos clínicos deben, necesariamente, coordinarse con los económico-sociales. Que el remedio contra la enfermedad celíaca no tiene costo porque el único remedio es no comer productos con gluten. Pero el costo de cuidarse es altísimo. Y, por eso, las personas con menos recursos económicos son las más perjudicadas en su salud. Los celíacos necesitan consumir productos sin gluten, que está presente en las harinas de trigo, avena, cebada y centeno (T.A.C.C.) y sus derivados. Pero ahora son pocas las etiquetas rotuladas claramente. Mientras que, según los consumidores, muchos de los alimentos sin T.A.C.C. son hasta cuatro o cinco veces más caros que los productos comunes. Que se encuentra vigente la Ley Provincial Nº 10.112/87 que crea el Registro Provincial del Celíaco; la Ordenanza Nº 6.093/95 que crea en el ámbito de la Secretaría de Salud Pública de la Municipalidad de Rosario un Registro de Pacientes Celíacos y la Ordenanza Nº 7.670/04 que establece el día 9 de agosto de cada año como el día de la lucha contra la enfermedad celíaca. Por su parte, el D.E. mediante los Decretos 504/04 y 475/05 ha suscripto convenios
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Concejal JORGE R. BOASSO Bloque Radical de
colaboración
con
ACELA
(ASISTENCIA
AL
CELIACO
DE
ARGENTINA) delegación Rosario. Que actualmente muchos locales gastronómicos aun no ofrecen un menú apto para celíacos impidiendo así la integración social del celíaco en un marco de lógica tolerancia frente a su problema. Es por lo expuesto que el Concejal abajo firmante propone para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO: Artículo 1º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo para que a través de la repartición correspondiente proceda a informar respecto a la Ordenanza 8734/2011 Programa de Protección y Asistencia al Celíaco, en un plazo de 30 (treinta) días de aprobado el presente lo siguiente: Acciones realizadas en cumplimiento de la Ordenanza 8734/2011. Asistencia prestada actualmente en establecimientos públicos, privados y/o efectores de la salud tanto en el plano clínico como psicosocial según lo establece el art. 4° de dicha Ordenanza. Si los Centros de Salud y Hospitales Públicos Municipales realizan gratuitamente
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Concejal JORGE R. BOASSO Bloque Radical los análisis clínicos de detección de la enfermedad celíaca. Programas llevados adelante de información a pacientes y población en general sobre la enfermedad celíaca como intolerancia permanente al gluten, sus consecuencias y complicaciones. Gestiones realizadas ante el Ministerio de Educación de la Provincia para la incorporación, en los contenidos curriculares de las escuelas primarias y secundarias de la ciudad de Rosario, clases especiales sobre las características de la celiaquía y su dieta nutricional. Acciones realizadas para la implementación del Plan de apoyo y protección al enfermo celíaco, creado por la Ordenanza. Entre ellas nombrar avances en los distintos objetivos
que
plantea
el
plan:
realización
de
investigaciones sobre la enfermedad celíaca; programas de control de alimentos, mediante la realización de análisis y procedimientos para detectar la presencia de la proteína gluten en dichas sustancias; presencia de un menú libre de gluten en todo establecimiento alimentario dependiente del Municipio; presencia de alimentos en todos los comercios y supermercados que expendan alimentos en la ciudad de Rosario, las góndolas o estanterías específicas que deben exhibirlos debe estar -4– www.boasso24horas.com.ar
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Concejal JORGE R. BOASSO Bloque Radical perfectamente marquesinas;
individualizadas las
casas
de
con
carteles
comidas
o
rápidas,
restaurantes y bares de la ciudad de Rosario deberán contener en la oferta de productos para el consumo dentro del menú, una opción libre de gluten, la oferta será mantenida durante todo el año y exhibida en sus cartas mencionando la existencia del mismo en su publicidad. Fondos asignados a la puesta en marcha y desarrollo del Plan de Apoyo y Protección al Enfermo Celíaco. Artículo
2º:
Remita
a
este
cuerpo
copia
certificada
de
la
documentación respaldatoria de la información solicitada en el artículo 1°. Artículo 3º: Comuníquese con sus considerandos. De forma.
Antesalas, 29 de mayo de 2014
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