CONCEPTOS GENERALES DE LA REFORMA DE LA PAC

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“APLICACIÓN DE LA PAC 2015-2020 EN EL SECTOR AGRARIO ALAVES”

CONCEPTOS GENERALES DE LA REFORMA DE LA PAC Elena M. Cores García Subdirectora General de Cultivos Herbáceos e Industriales DG Producciones y Mercados Agrarios MAGRAMA Vitoria, 17 de diciembre de 2015

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ÍNDICE • Introducción a la reforma de la PAC • Retos y objetivos de la PAC. Instrumentos • La reforma de la PAC: pagos directos y su modelo de aplicación en España Agricultor activo / actividad agraria Régimen de pago básico Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente Pago para jóvenes agricultores Ayuda asociada Régimen para pequeños agricultores

• Situación actual 2

ANTECEDENTES • Octubre 2011: Propuesta de reforma de la PAC presentada por la Comisión Europea • Junio 2013: Acuerdo político interinstitucional (Consejo - Parlamento Europeo - Comisión) – Participación del PE • Diciembre 2013: Publicación reglamentos (DOUE) 3

MARCO FINANCIERO PLURIANUAL (MFP) 2014-2020 29 de junio de 2011: “Un presupuesto para Europa 2020” Reglamento (UE) nº 1311/2013 por el que se establece el marco financiero plurianual 2014-2020 • Financiación de la PAC:

Rúbrica 2: 373.179 millones Euros, a precios 2011, para el periodo 2014-2020. • Mantenimiento de los 2 pilares de la PAC y de su proporción (1 pilar 76% / 2 pilar 24% - cofinanciado) • Incluye orientaciones para la reforma de la PAC: Mantiene la estructura básica de dos pilares de la PAC Ecologización de los pagos directos (“Greening”) Convergencia de pagos (externa) Limitación del nivel de los pagos directos (“Capping”)

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RETOS Y OBJETIVOS DE LA PAC

Retos

Económico

Medioambiental

Territorial

Objetivos

Producción viable de alimentos

Desarrollo sostenible de los recursos naturales y acción sobre el clima Desarrollo territorial equilibrado

Reforma PAC

Incremento competitividad

Mejora de la sostenibilidad

Mayor efectividad

6 Fuente: Comisión Europea

INSTRUMENTOS DE LA NUEVA PAC Incremento de la competitividad

Mejora de la sostenibilidad

Mayor efectividad

• Mejora de las herrramientas económicas para orientarse al desarrollo del mercado

• Nuevo pago “verde” en el Pilar I

• Gestión de crisis

• Condicionalidad

• Mejora de la posición de los agricultores dentro de la cadena alimentaria (OP, AOP, OI) • Investigación, innovación, transferencia de conocimientos y mejora de los servicios de asesoramiento

• Desarrollo rural (dos prioridades ambientales) • Investigación, innovación y transferencia de conocimientos y mejora de los servicios de asesoramiento

Mayor integración de los instrumentos del 1 y 2 pilar de la PAC

Fuente: Comisión Europea

• Rediseño de la arquitectura de los pagos directos para un mejor objetivo • Marco estratégico común para los fondos UE – acuerdo de asociación • Redistribución de los pagos directos entre EEMM • Redistribución de los sobres de desarrolllo rural

Mayor flexibilidad en la aplicación para ajustarse a necesidades/condiciones específicas

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DIRECTOS

ORGANIZACIÓN COMÚN DE MERCADO

PAC DESARROLLO RURAL

DISEÑO DE LA PAC: LOS PILARES

PAGOS

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LA REFORMA DE LA PAC 2020 • Paquete legislativo: Publicación en el DOUE de 20 de diciembre de 2013 – Reglamento 1307/2013 por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la PAC – Reglamento 1308/2013 por el que se crea la organización común de mercados de productos agrarios (OCMA) – Reglamento 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del FEADER. – Reglamento 1306/2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la PAC 9

LA REFORMA DEL PRIMER PILAR DE LA PAC: PAGOS DIRECTOS Aplicación en España: • Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a las agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural • Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobré asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común

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NUEVO MODELO DE PAGOS DIRECTOS DE LA PAC Ayuda asociada voluntaria

Zonas Limitaciones Naturales

• Varios sectores • hasta 10% o 15% del sobre nacional (decisión del EEMM).

• Hasta el 5% del sobre nacional. • Voluntario para los EEMM

CONDICIONALIDAD

Pago Redistributivo • Voluntario

Pequeños Agricultores

. Hasta 30% del techo nacional

Jóvenes Agricultores • Inicio de la actividad • < 40 años

• Simplificación de solicitud y controles

• Durante 5 años • Hasta el 2% del sobre nacional

• Obligatorio para el EEMM, voluntario para el agricultor

Pago Verde • Diversificación de cultivos • 30% del techo nacional • Pastos permanentes • Zonas de interés ecológico

Pago Básico • Aplicación Nacional o Regional • Convergencia Interna

“Capping” Fuente: Comisión Europea

• Sin % fijo

O

NUEVO MODELO DE AYUDAS DIRECTAS DE LA PAC: aplicación en España Pago Redistributivo

Regímenes voluntarios

Pago Zonas Limitaciones Naturales

Ayuda Asociada Voluntaria

PAGO “VERDE” (Greening)

Regímenes obligatorios

Agricultor activo

CONDICIONALIDAD

Pago jóvenes agricultores

Régimen de Pequeños Agricultores

Pago Básico

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IMPORTES Y LIMITES 2019 Millones de €

5.000

Ayuda asociada: 584,9 millones de € (12,08%) Pago para jóvenes agricultores: 97,8 millones de € (2 %)

4.000

Pago “Verde”: 1.468 millones de € (30 % fijo)

Limite máximo nacional 3.000

4.893 millones de € 2.000

Pago Básico

1.000

2.743 millones de €

0

AGRICULTOR ACTIVO

Agricultor activo (artículo 9 del Reglamento) Objetivo: EEMM deben abstenerse de conceder pagos directos a personas físicas o jurídicas a menos que puedan demostrar que su actividad agrícola no es marginal

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AGRICULTOR ACTIVO Determinación de la figura de Agricultor activo • Se concederán pagos directos a personas físicas o jurídicas si: a) Sus ingresos agrarios distintos de los pagos directos suponen, al menos, el 20% de sus ingresos agrarios totales; y b) El solicitante se encuentre inscrito en los registros correspondientes También puede ser considerados agricultores activos los beneficiarios que no cumplen la regla del 20%. En este caso, la situación de estos beneficiarios será considerada de riesgo, siendo objeto de control, en el que se comprobará si son titulares de una explotación agraria y si asumen el riesgo empresarial derivado de la actividad que declaran. Asimismo, se comprobará que mantienen las superficies de su explotación en un estado adecuado y no se encuentran en estado de abandono

• No se aplicará a los agricultores que el año anterior solo hayan recibido pagos directos por un importe inferior a 1.250 euros

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AGRICULTOR ACTIVO Agricultor activo: lista negativa • Lista negativa: no se concederán pagos directos a aeropuertos, servicios ferroviarios, instalaciones de abastecimiento de agua, servicios inmobiliarios, instalaciones deportivas y recreativas permanentes. • No obstante se consideraran agricultores activos si aportan pruebas verificables que demuestren alguna de estas circunstancias: a) Que el importe anual de los pagos directos es, al menos, del 5% de los ingresos totales que obtienen a partir de actividades no agrarias. b) Que su actividad agraria no es insignificante, sobre la base de que sus ingresos agrarios distintos de los pagos directos sean el 20% o más de sus ingresos agrarios totales. c) Que dentro de sus estatutos figure la actividad agraria como su principal objeto social.

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ACTIVIDAD AGRARIA Actividad agraria (artículo 2 del Reglamento) i.

Producción, cría o el cultivo de productos agrarios ii. Mantenimiento de una superficie agraria en un estado adecuado para pastos o cultivo iii. Realización de una actividad mínima definida por los EEMM, en superficies agrarias naturalmente mantenidas en un estado adecuado para pasto o cultivo 17

ACTIVIDAD AGRARIA • Producción, cría o cultivo • declaración de cultivo o aprovechamiento en la solicitud • Pastos: código de explotación REGA con especies ganaderas y dimensión compatibles con las superficies declaradas (> 0,2 UGM/ha) • Mantenimiento en estado adecuado: • realización de, al menos, una actividad anual sobre las parcelas de entre una lista de actividades de mantenimiento del terreno o pasto. • Las superficies agrarias de una explotación no podrán estar en estado de abandono. • Situación riesgo a efectos de control: – Barbecho o no cultivo reiterado (3 años o más) – Mantenimiento de pastos mediante prácticas distintas al pastoreo 18

RÉGIMEN DE PAGO BASICO • Se establece un nuevo régimen de pago básico (RPB), desacoplado de la producción, para los agricultores que ejerzan la actividad agraria y sean agricultores activos • Sustituye al anterior régimen de pago único • Proceso de convergencia interna • Fondos: no hay un presupuesto fijo. Límite máximo nacional despues de detraer los importes del resto de pagos directos.

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RÉGIMEN DE PAGO BASICO: MODELO DE REGIONALIZACION • Modelo de aplicación nacional basado en regiones agrarias: reflejar la realidad agronómica, socioeconómica y administrativa • Unidad básica administrativa son las comarcas agrarias las cuales se agrupan en diferentes regiones en función de: – Orientación productiva que prensentaba cada una de las hectáreas en la campaña de referencia 2013 • • • •

Tierras de cultivo de secano Tierras de cultivo de regadío Cultivos permanetes Pastos permanentes

– Potencial productivo agrario basado en los rendimientos y capacidad productiva de cada una de las orientaciones productivas en las comarcas agrarias 20

REGIMEN DE PAGO BASICO Se han agrupado las diferentes orientaciones productivas comarcales, de tal modo que se ha establecido un número final de 50 regiones.



Se establecerán 50 regiones en toda España, con importes unitarios de ayuda diferentes (tasa tasa regional). regional Región 1 Región 2 Región 3 Región 4 Comarca A

Comarca B

Comarca C

Región 5

CONVERGENCIA INTERNA

Máx 30 % Media Región

90 %

1/3 dif 90 % 60 %

60 %

PAGO PARA PRACTICAS AGRICOLAS BENEFICIOSAS PARA EL CLIMA Y EL MEDIO AMBIENTE

ambientales

Beneficios

El nuevo modelo “VERDE” de la PAC

Desarrollo Rural

“Greening” Condicionalidad

Fuente: Comisión Europea

Mecanismo de aplicación Voluntario (compensación por los costes adicionales y pérdidas de ingreso)

OBLIGATORIO con apoyo financiero (pago “verde” desacoplado y por hectárea) Obligatorio (Requisitos Legales de Gestión y Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales) 23

Pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (“greening”) • Nuevo pago “verde” obligatorio para todos los EEMM • Objetivo: mejora del comportamiento medioambiental a través de un componente de ecologización obligatorio de los pagos directos que apoye prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente. • Deben ir mas allá de la condicionalidad. • Reconocimiento de los beneficios ambientales de los sistemas de agricultura ecológica. • EEMM deben emplear parte de sus limites máximos nacionales de los pagos directos para conceder un pago anual como suplemento del pago básico. 30% del sobre de los pagos directos 24

Prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente (“greening”) •

Prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente: 1. Diversificación de cultivos 2. Mantenimiento de pastos permanentes 3. Superficie de interés ecológico (SIE)

Agricultura ecológica cumple ipso facto el greening

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PRÁCTICAS DE “GREENING” 1.

Diversificación de cultivos:



Tierras de cultivo a partir de 10 ha y que no esté completamente con cultivos bajo agua durante una parte significativa del año o del ciclo de cultivo – 10 - 30 ha: 2 cultivos diferentes; cultivo principal no supondrá más del 75% – >30 ha: 3 cultivos diferentes; cultivo principal no mas del 75%, los dos cultivos principales no mas del 95% Excepción para explotaciones cuando las tierras de cultivo se utilicen para hierbas, otros forrajes herbáceos, pastos permanentes o barbecho, en determinados casos que establece el reglamento



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PRÁCTICAS DE “GREENING” 2.

Mantenimiento de pastos permanentes:



Pastos permanentes medioambientalmente sensibles en zonas N2000 y otras zonas sensibles designadas por los EEMM: no se convertirán ni labrarán



Mantenimiento de la proporción de superficie dedicada a pastos permanentes en relación con la superficie agraria total: no disminuya más del 5% respecto a 2015

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PRÁCTICAS DE “GREENING” 3.

Superficie de interés ecológico

Tierra de cultivo de la explotación > 15 ha – al menos el 5% de dicha tierra de cultivo sea SIE Se consideran superficies de interés ecológico: Tierras en barbecho Superficies con cultivos fijadores de nitrógeno Superficies forestadas Superficie de agrosilvicultura

Excepción para explotaciones cuando las tierras de cultivo se utilicen para hierbas, otros forrajes herbáceos, pastos permanentes o barbecho, en determinados casos que establece el reglamento

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PAGO PARA JÓVENES AGRICULTORES •

Medida nueva en el 1º pilar, vinculado al pago básico: es un complemento a dicho pago.



Agricultores menores de 40 años



Que se instalen por primera vez en la explotación agraria como responsables de la misma, o que se hayan instalado en dicha explotación en los cinco años anteriores a la primera presentación de la solicitud.



Pago anual (máximo 5 años)



Límite financiero: 2% del “sobre” o límite máximo nacional



Compatible con la ayuda de incorporación de jóvenes agricultores de desarrollo rural 29

AYUDA ASOCIADA VOLUNTARIA Ayuda asociada voluntaria (artículos 52 a 55 del Reglamento) • Voluntaria para los EEMM • La ayuda solo podrá concederse a aquellos sectores que sean especialmente importantes por motivos económicos, sociales o medioambientales, que afronten determinadas dificultades • Incentivar el mantenimiento de los niveles de producción actuales • Acopladas a la producción • Pago anual dentro de límites cuantitativos definidos y basado en superficies y rendimiento fijos o en un número fijo de animales 30

AYUDA ASOCIADA VOLUNTARIA: aplicación en España SECTORES VACUNO DE ENGORDE VACA NODRIZA OVINO CAPRINO VACUNO LECHE REMOLACHA AZUCARERA ARROZ TOMATE PARA INDUSTRIA FRUTOS CASCARA Y ALGARROBAS CULTIVOS PROTEICOS LEGUMBRES DE CALIDAD TOTAL % ACOPLADOS/TECHO NACIONAL

IMPORTES PAGOS ACOPLADOS (000 €) 40.127 187.745 154.892 13.645 93.579 16.836 12.206 6.352 14.000 44.537 1.000 584.919 12,08% 31

RÉGIMEN PARA LOS PEQUEÑOS AGRICULTORES • • • • •

Régimen simplificado Agricultores que cobren pagos directos por un valor inferior a 1.250 Euros Inclusión de oficio en el régimen de pequeños, el beneficiario, si quiere, podrá salirse. Mantener un número de hectáreas correspondiente al número de derechos que se posean Exento de cumplir el “greening”, no serán controlados por condicionalidad, con una solicitud de ayuda más sencilla.

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SITUACIÓN ACTUAL 2015, primer año de aplicación de la nueva PAC Unión Europea (UE): •

Prioridad del nuevo Comisario de Agricultura: Simplificación de la PAC

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MUCHAS GRACIAS [email protected] [email protected]

Vitoria, 17 de diciembre de 2015

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