Story Transcript
REFORMA DE LA PAC. ESPECIAL REFERENCIA A LOS PAGOS DIRECTOS Consejería de Agricultura Dirección General de Agricultura y Ganadería Servicio de Ayudas y Pagos Directos Albacete, 29 de septiembre de 2014
CALENDARIO DE LA FUTURA REFORMA DE LA PAC
2015. NUEVO SISTEMA AYUDAS DIRECTAS
REFORMA PAC 2014 – 2020 PAGOS DIRECTOS JOVEN AGRICULTOR
PAGO ÚNICO
GREENING
PAGO BÁSICO
PAGOS ACOPLADOS
AYUDAS ART. 68
AYUDAS ACOPLADAS A CULTIVOS
AYUDAS ACOPLADAS GANADERÍA
DISTRIBUCIÓN DE IMPORTES
Ayudas acopladas acopladas (cultivos (cultivos yy ganadería) ganadería) Ayudas Régimen jóvenes jóvenes agricultores agricultores Régimen Pago “Verde” “Verde” Pago (Cumplimiento de de medidas medidas de de interés interés (Cumplimiento medioambiental) medioambiental)
Aprox. 12 % Máx 2 % 30 %
Aprox. 88%
Pago Básico Básico (regionalizable) (regionalizable) Pago ++ Reserva Nacional Nacional Reserva
56 %
Aplicación individual
DISTRIBUCIÓN DE IMPORTES A NIVEL INDIVIDUAL
Régimen jóvenes jóvenes agricultores agricultores Régimen
25% del DPB
Pago “Verde” “Verde” Pago (Cumplimiento de de medidas medidas de de interés interés (Cumplimiento medioambiental) medioambiental)
52 % del DPB
Pago Básico Básico Pago
58 % Ayudas 2014
DISTRIBUCIÓN DE LOS IMPORTES
• PAGO BASICO + PAGO VERDE + JOVEN AGRICULTOR podrá ser una cantidad de un orden de magnitud semejante al PAGO UNICO.
PB + PV + JA= PU
REQUISTOS MÍNIMOS PARA LA PERCEPCIÓN DE AYUDAS DIRECTAS REQUISITOS AGRICULTOR ACTIVO INGRESOS AGRARIOS (>1250 EUROS Ayudas Directas SU 2014) • Máx. 80% Ayudas Directas (Pago Único, Rotación Secano, …..) • Mín. 20% Resto Ingresos agrarios (Ventas, Ayudas FEADER, Resto Ayudas FEAGA, Subvención ENESA, indemnización Agroseguro,….)
No cumple: Verificar con los ingresos agrarios los dos años anteriores (2013 y 2012) Nuevas incorporaciones: justificarán en el segundo año al de la primera solicitud REGISTRO (TODOS LOS AGRICULTORES) • Inscritos en el Registro de trazabilidad (MAGRAMA). Oficio con los datos de la SU 2015 • REGA: Asignar DPB en Pastos, dados de alta en el REGA en el momento de la SU
REQUISTOS MÍNIMOS PARA LA PERCEPCIÓN DE AYUDAS DIRECTAS ACTIVIDAD AGRARIA MÍNIMA – Declaración a nivel de parcela agrícola en la SU 2015, de las siguientes actuaciones: – TIERRAS CULTIVOS Y CULTIVOS PERMANENTES • Cultivo o aprovechamiento o Labor de mantenimiento – Declaración de 3 años consecutivos de barbecho o no cultivo se considerará criterio de riesgo (CST) – PASTOS • Pastoreo: ovejas, cabras, vacuno, equino o cerdo (extensivo o mixto). 0,2 UGM/ha • Labores mantenimiento: – PA y PR: desbroce de la maleza – PS: Siega – Se considerará criterio de riesgo para la extracción de la muestra de CST – Las parcelas para activar DPB deben estar a disposición del agricultor a 31 de mayo del año de la SU, en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, o asignación por autoridad pública gestora.
IMPORTE MÍNIMO Y REDUCCION DE PAGOS IMPORTE MÍNIMO: • 2015: 100 euros • 2016: 200 euros • 2017: 300 euros REDUCCIÓN DE PAGOS: • Reducción 5%: más de 150.000 euros (RPB) • Restará los costes laborales • Cooperativas y SAT: Reducción a nivel de socio
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO PARTICIPACION EN EL RPB
• Primera asignación 2015 • Reserva nacional derechos PB • Transferencia de derechos PB
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (PARTICIPACIÓN)
PRIMERA ASIGNACIÓN DPB 2015 • Solicitar su inclusión en el año 2015 con has. admisibles, y • Ser perceptor de ayudas directas en la SU 2013 (antes de reducciones y exclusiones) con hectáreas admisibles determinadas en dicha solicitud “llave 2013”, o • Tener asignación de Reserva Nacional PU en 2014. • Además, ser Agricultor Activo en 2015,
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (PARTICIPACIÓN)
TRANSMISION LLAVE 2013 • Compras o arrendamientos de tierras hasta el 15/05/2014 con DPU 2014. OFICIO • Compras o arrendamiento de tierras a partir del 16/05/2014, se requiere firma del cedente.
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO
PRIMERA ASIGNACION. NUMERO DE DERECHOS A ASIGNAR Núm. Derechos RPB = número menor de Has. Adm. 2013 o 2015 Incremento 2015 vs 2013 = Tierra + importe asociado Mínimo solicitud: 0,2 ha Compra o arrendamiento de tierras: • Hasta el 15 de mayo sin DPU 2014 o • Después del 15 de mayo sin cesión de importe 2014 NO GENERARAN DERECHOS DE PAGO BÁSICO
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO PRIMERA ASIGANACION. IMPORTE PAGO BÁSICO “MOCHILA 2014” • IMPORTE AYUDAS DIRECTAS 2014 (coeficiente reductor Aprox. 58%)
– Pago Único – Aprox. 50% Derechos de Vaca Nodriza + Complementaria FEAGA – Rotación de Secano. Art. 68 – Calidad de Tabaco. Art. 68 – Calidad del Algodón. Art. 68
Importe medio DPB = Importe total RPB / Num. DPB
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO
REGIONALIZACION VS TASA PLANA – Limitar trasvases: • Agricultores • Sectores • Territorios
– basado en los importes de ayuda recibidos en cada comarca agraria y, dentro de cada comarca, en cada tipo de superficie: cultivos de secano, de cultivos de regadío, de cultivos permanentes y de pastos.
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION)
LIMITACION TRASVASE TERRITORIOS • Comarca agraria: unidad geográfica perfectamente conocida por el sector, en la que se agrupan los municipios con características agronómicas semejantes. – basado en el Plan de Regionalización productiva que establecía rendimientos históricos para tierras de secano y de regadío (1996). 326 comarcas nacionales (32 CLM)
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION)
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION) LIMITACION TRASVASE ENTRE SECTORES
• dentro de cada comarca agraria los importes se distribuyen entre los siguientes tipos de superficie: – – – –
Las superficies de tierras de cultivo de secano. Las superficies de tierras de cultivo de regadío. Las superficies de cultivos permanentes. Las superficies de pastos.
A simple vista
•
En cada comarca agraria existirían hasta 4 tipos de importe unitario distintos, establecidos a nivel de recinto SIGPAC de 2013 100
Tierra de cultivo de REGADIO Tierra de cultivo de SECANO Cultivos Permanentes
150
300 250
Pastos
Comarca A (€/ha)
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION)
• Importe medio subcomarca (€/ha) – Importes percibidos en la comarca y tipo de superficie (€) – Tipo superficie declarada de la comarca (ha)
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION) RESUMEN DEL FLUJO DE IMPORTES IMPORTE PN ROTACION SECANO 2014: Tierra Cultivo Secano IMPORTE VACA NODRIZA 2014: Tierra Cultivo y Pastos Permanentes IMPORTE TABACO ART. 68 2014: Tierra Cultivo Regadío IMPORTE ALGODÓN ART. 68 2014: Tierra Cultivo Regadío IMPORTE PAGO UNICO 2014: Tipo de Superficie donde se generó en el periodo de referencia. PAGO UNICO GANADERÍA: Tierra cultivo y Pastos (REGA) PAGO UNICO ACEITE OLIVA, DESTILACION, MOSTO, FRUTOS CÁSCARA: Cultivos permanentes, PAGO UNICO HERBACEOS, LEGUMINOSAS, PROTEAGINOSAS, TRIGO DURO: Tierra cultivo
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION)
• Regionalización de 1.304 subcomarcas inviable • Reducción de comarcas = 24“regiones PAC” o estratos
• Región PAC = Conjunto de subcomarcas con importe medios dentro de un estrato
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION)
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION) TIERRA SECANO
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION) TIERRA REGADIO
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION) CULTIVOS PERMANENTES
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (REGIONALIZACION) PASTOS
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO REGIONALIZACION PROVINCIA ALBACETE 5 tipos de derechos: • Región 1: Sup. de pastos en toda la provincia • Región 3: Sup. de TCS (Almansa, Hellín, Sierra del Segura, Sierra Alcaraz y Centro) • Región 4: Sup. de TCS (Mancha y Manchuela) y Sup. CP (Almansa, Hellín y Sierra Segura) • Región 7: Sup. CP (Sierra Alcaraz, Mancha y Manchuela) • Región 11: Sup. TCR en toda la provincia
REGIMEN DE PAGO BASICO (CONVERGENCIA) 2015‐2019
Perdida max. 30% MEDIA ESTRATO 4 Nada, igual hasta final 90% media > 1/3 diferencia > 1/3 diferencia
60% media Mínimo. Subir valor hasta el 60 %
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (PARTICIPACIÓN)
RESERVA NACIONAL RPB (MÁX. 3%) • ACCESO A LA RESERVA NACIONAL – Sentencias o actos administrativos definitivos – Jóvenes Agricultores y nuevos agricultores – Causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
• REQUISITOS GENERALES, TODOS LOS SOLICITANTES: – Cumplir agricultor activo – Disponer de hectáreas admisibles y reflejarlas en la SU
RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (PARTICIPACIÓN)
TRANSFERENCIA DERECHOS PB: • Sólo se podrán ceder dentro de la misma región. • Venta o arrendamiento, con o sin tierras • Peajes: – Sin peaje: » para agricultores que perciban menos de 300 euros » Venta o arrendamiento con tierras » Venta sin tierra a un agricultor que inicie la actividad » Cambios de titularidad: Herencias, jubilaciones, cambios de denominación…. – Peaje 30%: » Venta o arrendamiento sin tierras
PAGO VERDE O GREENING Para la percepción de esta ayuda se requerirá que los agricultores o ganaderos posean Derechos de Pago Básico (DPB). El importe por hectárea dependerá del valor del DPB y supondrá aproximadamente un 52% del valor del DPB. ASPECTOS GENERALES 1º Las superficies cultivadas bajo la figura de Agricultura Ecológica, así como las de cultivos permanentes (viñedo, olivar, almendros…) cumplen ipso facto el pago verde.
PAGO VERDE O GREENING 2º Las hectáreas con derecho ayuda estarán limitadas al número de DPB, si bien las actuaciones se tendrán que hacer en toda la explotación independientemente de que se tengan menos DPB que superficie de cumplimiento del Pago Verde Si por ejemplo, un titular que tenga 100 hectáreas de tierra de cultivo y 75 derechos de pago base debe cumplir en las 100 hectáreas y no solamente en las 75 que le podrían servir para el cobro del pago verde
3º Los agricultores acogidos al régimen de pequeños agricultores (15 Ha. SIE mín.5% de TC. – Tipos de SIE: • Barbecho • Cultivos fijadores de nitrógeno • Superficie forestadas FEADER con compromiso en vigor. • Superficies de agrosilvicultura que hayan o reciban ayudas FEADER (Conservación de dehesas) – Ponderación: • 1 ha Barbecho = 1 ha SIE • 1 ha forestada = 1 ha SIE • 1 ha agrosilvicultura = 1 ha SIE • 1 ha Cultivos fijadores de nitrógeno = 0,7 SIE (1,43 ha de cultivos fijadores de nitrógeno = 1 SIE)
PAGO VERDE. GREENING SUPERFICIE DE INTERÉS ECOLÓGICO. – Barbecho: • No dedicarse a la producción agraria como mínimo 9 meses consecutivos desde la cosecha anterior • Periodo para dejar esos 9 meses: Entre octubre del año anterior de la SU y agosto del año de la SU – Cultivos fijadores nitrógeno: • Leguminosas grano para consumo humano o animal: judía, garbanzo, lenteja, guisante, habas y haboncillos, altramuz, algarroba, titarros, almorta, veza, yeros, alholva, alverja, alverjón. • Leguminosas forrajeras: alfalfa, veza forrajera, esparceta, zulla. • Después de una leguminosas, no se puede declarar barbecho
PAGO VERDE. GREENING. EXENCIONES MÁS RELEVANTES Sup. Ecológica en la Explotación.
– •
Ejemplo. Explotación de 100 ha T. Cultivo, de las cuales 92 ha se cultivan bajo AE. 100 – 92 = 8 has 75 vacas: 50 % Importe unitario: aprox. 90 €/animal
AYUDAS A LOS GANADEROS
AYUDA COMPLEMENTARIA DERECHOS ESPECIALES Ayuda complementaria al resto de acopladas a la ganadería Requisitos: Ganadero con DPU especiales 2014 y no declara Sup. admisible en 2015 y siguientes. (puede tener DPU normales y/o RN) REGA: ovino, caprino o vacuno. Tiene que cumplir los requisitos de las acopladas a la ganadería IMPORTE DE LA AYUDA: Para mantener el importe de sus DPU especiales 2014 deberá mantener como mínimo el mismo número y especie de animales hasta 2019
NO SON DERECHOS DE PAGO BASICO
RÉGIMEN PARA PEQUEÑOS AGRICULTORES
Agricultores < 1.250 euros Ayudas Directas 2015 OFICIO. Podrán salirse e incorporarse al RPB. Comunicación antes 15/10/2015 Exentos: Componente verde Controles de condicionalidad Convergencia. Importe 2015 = Importe 2019
GRACIAS
NOVEDADES AGROAMBIENTALES 20142020 Consejería de Agricultura
Albacete, septiembre de 2014
AGROAMBIENTALES
CONSIDERACIONES PREVIAS • El borrador de PDR 2014-2020 se presentó en el pasado mes de julio. La Comisión tiene un plazo de 3 meses para hacer observaciones al mismo, por tanto hasta la segunda quincena del próximo mes de octubre no se sabrá nada de las operaciones en el diseñadas y las posibles modificaciones a introducir. • Por tanto, todo lo que se hable, está condicionado a la aprobación del Programa de Desarrollo Rural, y por tanto, “cogido con alfileres” hasta que no estén aprobados los textos reguladores.
AGROAMBIENTALES
CONSIDERACIONES REGLAMENTARIAS • En el periodo 2007-2013, todas las submedidas estaban incluidas dentro de una única medida, la medida 214 Ayudas agroambientales. • En el periodo 2014-2020, se separa esta medida en dos: – Agroambiente y clima (artículo 28 del Reglamento (UE) nº 1305/2013). – Agricultura ecológica (artículo 29 del R(UE) nº 1305/2013).
• Por tanto, la agricultura ecológica sale de las medidas agroambientales para formar una medida aparte.
AGROAMBIENTALES
PRINCIPIOS BÁSICOS
• Obtener beneficios ambientales. • Mejora de las prácticas agrarias que contribuyan positivamente al medio ambiente. • No son ayudas a la renta. Se subvencionan los costes adicionales derivados de los compromisos realizados, en comparación con la práctica agraria normal. • No se subvenciona elementos vinculados a inversiones. • Compromisos agroambientales voluntarios y por 5 años. • Siempre se piden mayores exigencias que los requisitos obligatorios de la línea de base.
AGROAMBIENTALES
CONSIDERACIONES GENERALES • Presentación de solicitud inicial y anual durante todos los años del contrato. Lugar y plazos iguales a Solicitud Unificada (Nueva aplicación informática en desarrollo por el FEGA). • Ayudas plurianuales. Sólo en el caso de la operación referida a razas autóctonas en peligro de extinción el pago se hará por UGM. En el resto, el pago se realizará por hectárea. • Formación. Sigue siendo un requisito obligatoria. • Transferencia de la explotación. Se permite al igual que en el periodo anterior. Únicamente, en este periodo, se revisarán los casos en los que se autorice la misma. • Transformación o conversión de compromisos. Al igual que en el periodo 2007-2013 se podrá autorizar. • Extensificación de la ganadería. La totalidad de la
AGROAMBIENTALES
LÍNEA DE BASE • Los compromisos agroambientales deben ir más allá de los elementos de la línea de base que está formada por: – La condicionalidad. En elaboración por el MAGRAMA del nuevo Real Decreto de condicionalidad. – Requisitos mínimos relativos a la utilización de abonos y productos fitosanitarios: Actuación en zonas vulnerables por contaminación de nitratos procedentes de fuentes agrarias. Real Decreto 1311/2012, por el que se establece el marco de actuación para conseguir el uso sostenible de los productos fitosanitarios (gestión integrada de plagas, contrato de asesoramiento o guías de gestión integrada de plaga, cuaderno actualizado de tratamientos fitosanitarios, inscripción en el ROPO, inscripción de equipos de aplicación en ROMA). – Mantenimiento de la superficie agraria en estado adecuado para pasto o cultivo. El MAGRAMA regulará la lista de actividades de mantenimiento mediante Real Decreto de aplicación de la PAC. – Prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente “Greening”. Este elemento es nuevo respecto al periodo de programación 2007-2013
AGROAMBIENTALES
GREENING (I) • En el cálculo de las ayudas a las medidas de Agroambiente y clima y agricultura ecológica se tendrá en cuenta únicamente los costes adicionales y/o las pérdidas de ingresos relacionadas con los compromisos que vayan más allá de las prácticas obligatorias pertinentes con arreglo al artículo 43 del R(UE) nº 1307/2013 de Pagos Directos. • Se consideran prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente según el citado Reglamento: – La diversificación de cultivos. – El mantenimiento de los pastos permanentes existentes. – Contar con superficies de interés ecológico en la superficie agraria: España ha elegido:
AGROAMBIENTALES
GREENING (II) • El riesgo de doble financiación depende de la naturaleza de los compromisos en relación a las prácticas del componente verde: – Caso 1: Compromisos de distinta naturaleza a las prácticas del greening: no existe riesgo de doble financiación. – Caso 2: Compromisos de naturaleza similar a las prácticas del greening: existe riesgo de doble financiación, y para evitarlo, las primas sólo deben cubrir los lucros cesantes y costes de compromisos que vayan más allá de las prácticas del greening.
• No obstante, a lo anterior, no existe riesgo de doble financiación en los siguientes casos: – Pequeños agricultores. En el caso de los agricultores dentro del régimen de pequeños agricultores de pagos directos (título V del R(UE) nº 1307/2013, ya que están exceptuados de realizar prácticas del componente verde.
AGROAMBIENTALES OPERACIONES EN VIGOR A PARTIR DE 2015 (I)
• Líneas antiguas (2000-2006) – Ayudas a la adopción de prácticas agrícolas compatibles con la conservación del hábitat para las Aves Esteparias. – Ayudas a la adopción de prácticas agrícolas compatibles con la conservación del hábitat en el área de influencia socioeconómica del P.N. de Cabañeros.
Sólo se permite renovación de compromisos hasta completar los 20 años de compromiso obligatorio.
• Líneas antiguas (2007-2013) – Agrosistemas extensivos de secano. – Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol de secano. – Agricultura ecológica (viñedo y olivar).
Son líneas que iniciaron compromisos en 2011
AGROAMBIENTALES OPERACIONES EN VIGOR A PARTIR DE 2015 (II) • Líneas PDR 2014-2020 • Medida 10 Agroambiente y clima – Operación 10.1: Apicultura para la mejora de la biodiversidad en zonas naturales. Similar a la del anterior periodo de programación. Asentamientos colmenares georeferenciados. Se incrementa la UMCA al doble. Y posiblemente, se pague la prima por colmena en vez de por hectárea. – Operación 10.2.a: Conservación de variedades vegetales autóctonas en riesgo de erosión genética. Es nueva en este periodo. Se va a comenzar con el albaricoquero, variedad Moniquí. – Operación 10.2.b: Conservación de razas autóctonas puras en peligro de extinción. Similar a la submedida 214.5 del periodo anterior. Es la única operación en la que la prima se paga por UGM.
AGROAMBIENTALES OPERACIONES EN VIGOR A PARTIR DE 2015
(III) • Líneas PDR 2014-2020 • Medida 10 Agroambiente y clima – Operación 10.2.c: Conservación, uso y desarrollo sostenible de recursos zoogenéticos. Es nueva en este periodo. Similar a la anterior operación 10.2.b, pero para razas autóctonas de fomento (El Marco Nacional habla de razas incluidas en el Catálogo Oficial de Razas en Peligro de extinción (anexo I del Real Decreto 2129/2008, modificado por la Orden AAA/251/2012). – Operación 10.3: Fomento del pastoreo en las explotaciones de ovino y/o caprino. Similar a la submedida 214.13 del periodo anterior. El sistema de explotación deberá ser extensivo. Carga ganadera de pastoreo. – Operación 10.4: Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol y otros cultivos herbáceos extensivos de secano para la protección de la avifauna esteparia y conservación de la biodiversidad. Es una combinación de
AGROAMBIENTALES OPERACIONES EN VIGOR A PARTIR DE 2015 (IV) • Líneas PDR 2014-2020 • Medida 10 Agroambiente y clima – Operación 10.5: Producción Integrada del olivar y el viñedo extensible a otros cultivos. Es nueva en este periodo (nada que ver con la antigua control integrado del olivar). La ayuda se concederá por hectárea de superficie acogida en los que se apliquen métodos de producción integrada definidos en alguno de los Reglamentos Técnicos de producción integrada en Castilla-La Mancha (En elaboración por la DºGº de Agricultura y Ganadería). Dentro de otros cultivos estarían: el ajo, la cebolla y el melón. Deberán existir Organismos de Certificación autorizados por C-La Mancha, que certifiquen que se cumplen con dichos Reglamentos Técnicos. La prima por hectárea que se pague por grupo de cultivo será inferior que la de la ayuda a la agricultura ecológica. – Operación 10.6: Mantenimiento de superficies con presencia de cultivos permanentes en paisajes singulares. Es nueva en este periodo, aunque se asemejaría a la antigua submedida 214.11 Lucha contra la erosión en cultivos leñosos. Va dirigida a cultivos como la vid, el olivo y los frutos de cáscara (almendro, avellano, i h l)
AGROAMBIENTALES OPERACIONES EN VIGOR A PARTIR DE 2015 (V) • Líneas PDR 2014-2020 • Medida 11 Agricultura ecológica – Operación 11.1: Agricultura ecológica. – Operación 11.2: Ganadería ecológica. 1. Los beneficiarios son los agricultores y agrupaciones de agricultores que se comprometan voluntariamente a adoptar o a mantener prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (CE) nº 834/2007, o aquel Reglamento que lo sustituya (actualmente está en fase de modificación), y que se ajusten a la definición de agricultores activos recogida en el artículo 9 del R(UE) nº 1307/2013 y la recogida en el Real Decreto que elabore el MAGRAMA de aplicación de pagos directos a la agricultura y la ganadería. 2. El pago de la ayuda se realizará única y exclusivamente por hectárea, a diferencia del periodo 2007-2014, tanto para agricultura como ganadería ecológica (anexo II del Reglamento (UE) nº 1305/2013
AGROAMBIENTALES OPERACIÓN 10.4 PRÁCTICAS AGROAMBIENTALES EN EL CULTIVO DEL GIRASOL Y OTROS CULTIVOS HERBÁCEOS EXTENSIVOS DE SECANO PARA LA PROTECCIÓN DE LA AVIFAUNA ESTEPARIA Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD (I)
• Habrá qué seguir la posible compatibilidad con la ayuda asociada a cultivos proteicos del primer pilar (comarcas con índice de rendimiento comarcal superior a 2 t/ha en secano). • Elegibilidad: Disponer de superficies de cultivos herbáceos de secano en Castilla-La Mancha. A estos efectos, se entenderán por cultivos herbáceos los cereales, las oleaginosas, las proteaginosas y las leguminosas. • Dedicar como mínimo un 10% de la superficie anual acogida a la ayuda a cultivos de leguminosas, para grano o forraje. • Dedicar como mínimo un 10% de la superficie anual acogida a la ayuda a cultivos de cereales de ciclo largo. • Dedicar como mínimo un 10% de la superficie anual acogida a la ayuda al cultivo del girasol u otras oleaginosas y/o proteaginosas. • Mantener en la explotación nuevos linderos o islas de vegetación espontánea en al menos el 5% de la superficie.
AGROAMBIENTALES
OPERACIÓN 10.4 PRÁCTICAS AGROAMBIENTALES EN EL CULTIVO DEL GIRASOL Y OTROS CULTIVOS HERBÁCEOS EXTENSIVOS DE SECANO PARA LA PROTECCIÓN DE LA AVIFAUNA ESTEPARIA Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD (II)
• Incrementar las dosis habituales de semillas de cereales en un mínimo de 20 kg/ha. En las zonas afectadas por la estancia invernal de las grullas (Laguna del Hito) la dosis habitual se incrementará en 60 kg/ha. • La dosis mínima de siembra en leguminosas será de 80 kg/ha. • La dosis mínima de siembra para el cultivo del girasol será de 3,25 kg/ha, o su equivalente en unidades de siembra (0,32 unidades/ha).
GRACIAS