CONCURSO OFERTA CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO

BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 012 -2012-SENCICO SEGUNDA CONVOCATORIA DERIVADO DE LICITACION PUBLICA Nº 003-2012-SENCICO BAJO

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BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA Nº 012 -2012-SENCICO SEGUNDA CONVOCATORIA DERIVADO DE LICITACION PUBLICA Nº 003-2012-SENCICO BAJO EL AMBITO DEL DECRETO DE URGENCIA N°016-2012

CONCURSO OFERTA CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO”

SECCIÓN GENERAL DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO PUEDE MODIFICARSE EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD, SALVO AQUELLAS DISPOSICIONES QUE EXPRESAMENTE SE INDIQUE EN LAS BASES QUE PUEDEN SER INCLUIDAS Y/U OMITIDAS)

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CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1 CONVOCATORIA De conformidad con lo señalado en el artículo 51º del Reglamento, la convocatoria se efectuará a través de su publicación en el SEACE, oportunidad en la que deberá publicarse las Bases, sin perjuicio de las invitaciones que se pueda cursar a uno (1) o más proveedores, según corresponda, en atención a la oportunidad, al monto, a la complejidad, envergadura o sofisticación de la contratación, bajo sanción de nulidad. 1.2

− − − − − − − − − −

BASE LEGAL Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal respectivo. Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2004-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus modificatorias y complementarias. Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Decreto de Urgencia Nº 016-2012, dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional. Decreto Supremo Nº 011-79-VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado. MUY IMPORTANTE: Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de dos (2) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55º y 57º del Reglamento. 1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 54º, 55º, 56º y 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato. MUY IMPORTANTE: No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. 1.6. ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LA ENTIDAD De conformidad con el artículo 28º de la Ley, los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al Titular de la Entidad, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE, siempre que el valor referencial del proceso sea menor a trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. El plazo que tiene el Titular de la Entidad para emitir y notificar el Pronunciamiento a través del SEACE será no mayor de ocho (8) días hábiles. Este plazo es improrrogable y será contado desde la presentación de la solicitud de elevación de las Bases. La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento es indelegable. 1.7. INTEGRACIÓN DE LAS BASES El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el

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Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad. Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento. De conformidad con el Artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad. 1.8. FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCE DE LAS PROPUESTAS Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. 1.9.

ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor. El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario o Juez de Paz (en los lugares donde no exista Notario) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al artículo 68 del Reglamento. Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario o Juez de Paz (en los lugares donde no exista Notario) procederá a sellar y firmar cada hoja de todos los

documentos originales de cada propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario o Juez de Paz (en los lugares donde no exista Notario) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario o Juez de Paz (en los lugares donde no exista Notario), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la buena pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. Efectuada la invitación al representante del Sistema Nacional de Control, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10.

EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica: 100 puntos Propuesta Económica: 100 puntos 1.10.1

Evaluación Técnica

Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica. 1.10.2

Evaluación Económica

Si la propuesta económica excede en más del 10% o es menor al 90% del valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i

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Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica NOTA: La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 39 de su Reglamento. 1.11.

ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

El Comité Especial hará de conocimiento de los postores las propuestas técnicas que cumplieron los requisitos establecidos en el expediente técnico y en las presentes Bases, indicando además las propuestas descalificadas, de ser el caso. A continuación, el Notario procederá a la entrega al Comité Especial de los sobres que contienen las propuestas económicas. El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas de aquellos postores cuyas propuestas técnicas hubieran cumplido los requisitos establecidos en el expediente y en las presentes Bases. La evaluación de las propuestas económicas, así como la determinación del puntaje total, se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario o Juez de paz (en los lugares donde no exista Notario), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE. 1.12. CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, siempre que los postores no hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haberse producido. 1.13.

CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1

Recurso de apelación A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad. Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal. El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

2.2

Plazos de interposición del recurso de apelación La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO III SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1

DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. “La citación al postor ganador de la buena pro para la suscripción del contrato se notificará de manera escrita. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.” El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

· · · · ·

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; Garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta el consentimiento de la liquidación final; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso; Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el Registro Nacional de Proveedores; El desagregado de partidas que dio origen a su propuesta, en caso de obras convocadas a suma alzada.

3.2 VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el consentimiento de la liquidación y se efectúe el pago correspondiente. 3.3. DE LAS GARANTÍAS 3.3.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases. El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato. Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato. El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

3.3.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final. Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, siempre que:

-

El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas en función al avance de la obra.

3.4 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al sólo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. 3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento. 3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la ejecución de la obra requerida y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento. De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL CONTRATO 3.7 DEL PRECIO La oferta será formulada en estricta concordancia con los metrados correspondientes a cada partida. Al formular su propuesta, el postor tendrá en cuenta todos los insumos a utilizar en la obra. Los costos para cada una de las partidas serán ofertados en nuevos soles y las valorizaciones que se deriven estarán sujetas a reajustes, de acuerdo a la fórmula polinómica considerada en el expediente técnico y en aplicación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). 3.8 RESIDENTE DE OBRA Persona natural designada por el contratista y en concordancia con su propuesta técnica, el

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cual será un ingeniero o arquitecto colegiado, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, que acredite que se encuentra hábil en el ejercicio de la profesión. El residente de obra, por su sola designación representa al Contratista, para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato. La sustitución del Residente solo procederá previa autorización escrita del funcionario de la Entidad que cuente con facultades suficientes para ello, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad. Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento se considerará aprobada la solicitud. El reemplazante deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado. 3.9 SUPERVISOR Persona natural encargada de velar por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato, debiendo cumplir por lo menos con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el Residente de la Obra. Recibirá todas las facilidades necesarias del Contratista para el cumplimiento de su función, las cuales estarán estrictamente relacionadas con ésta. 3.10 CUADERNO DE OBRA En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el Inspector/Supervisor y por el Residente. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra. El Cuaderno de Obra deberá tener una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de ellas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor (el que se haya designado). El original de dicho Cuaderno debe permanecer en obra, bajo custodia del residente, no pudiendo impedirse su acceso al mismo. De acuerdo con el artículo 194 del Reglamento, si el contratista no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias será causal de aplicación de multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización por cada día de dicho impedimento. Concluida la ejecución de la obra, el original quedará en poder de la Entidad. 3.11 OCURRENCIAS Son hechos relevantes relacionados con la ejecución de la obra que deben ser anotados en el Cuaderno de Obra, firmando al pie de cada anotación el Inspector/Supervisor o el Residente, según quien sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el Cuaderno de Obra, se harán directamente a la Entidad por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita. 3.12 ADELANTOS

3.12.1 ADELANTO DIRECTO La Entidad entregará al Contratista, dentro de los siete (7) días naturales de presentada formalmente la solicitud por escrito, adjuntando la correspondiente garantía y el comprobante de pago correspondiente, el adelanto hasta el veinte por ciento (20%) del monto del contrato original, siempre que haya sido solicitado por el Contratista dentro de los ocho (8) días siguientes de la suscripción del contrato.

3.12.2 ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS Se otorgará para la adquisición de materiales o insumos, hasta el cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista, adjuntando la correspondiente garantía.

3.13 INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA El plazo de ejecución de obra inicia a partir del día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones establecidas en el artículo 184º del Reglamento:

a. b. c. d.

Que se designe al Inspector o supervisor, según corresponda. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en el artículo 187º del Reglamento.

3.14 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD La Entidad es responsable por las modificaciones que ordene o apruebe respecto del Expediente Técnico, estudios, informes o similares, o por aquellas que se generen debido a la necesidad de la ejecución de los mismos, sin perjuicio de las responsabilidades que corresponden a quienes elaboraron el proyecto. 3.15 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO Los contratistas están obligados a cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, así como a lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artículos 1774º del Código Civil. 3.16 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Queda claramente establecido que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Civil y en el artículo 50º de la Ley, que establece, entre otros, un periodo de garantía y responsabilidad del ejecutor de las obras no menor de siete (07) años. Todos los demás aspectos relativos al presente proceso de selección, contratación, construcción, ejecución, recepción de obra, liquidación de obra, etc., no contemplados en esta sección o en las Bases se regirán por la Ley y su Reglamento. 3.17 DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (En esta sección la Entidad deberá completar la información exigida de acuerdo a las instrucciones indicadas)

CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1 ENTIDAD CONVOCANTE Nombre: SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION RUC N°: 20131377810 1.2 DOMICILIO LEGAL Av. De la Poesía 351, San Borja, Lima 1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso tiene por objeto la ejecución de la obra CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO” 1.4 VALOR REFERENCIAL El valor referencial asciende a S/ 5 490,000.00 (Cinco millones cuatrocientos noventa mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de agosto de 2012. Los límites máximos y mínimos del valor referencial total ascienden a: 90 % del Valor Referencial

Valor Referencial

110% del Valor Referencial

5 490,000.00 4 941,000.00 6 039,000.00 Cuatro Millones novecientos Cinco Millones cuatrocientos Seis Millones treinta y nueve cuarenta y un mil con 00/100 noventa mil con 00/100 Nuevos mil con 00/100 Nuevos Soles Soles Nuevos Soles

Las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor referencial y aquellas que fueren inferiores al noventa por ciento (90%) serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el límite antes establecido, deberá contarse con la asignación suficiente de créditos presupuestarios y la aprobación del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta económica a un monto igual o menor al valor referencial, conforme al artículo 76 del Reglamento. El plazo para otorgar la buena pro no excederá de diez (10) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad del Titular. 1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante el formato de aprobación del 03 de Septiembre de 2012. 1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Directamente Recaudados 1.7 SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

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1.8 MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL Concurso Oferta 1.9 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS El requerimiento está definido en el Capítulo III de la presente sección. 1.10 BASE LEGAL

• • • • • • •

Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1017, en adelante la Ley. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF, en adelante el Reglamento. D.U. 016-2012 Directivas OSCE. Norma Técnica de Metrados para Obras de Edificación y Habilitaciones Urbanas.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso. 1.11 LOCALIZACIÓN DE LA OBRA La obra se encuentra localizada en: Centro Poblado: Salcedo. Distrito : Puno Provincia : Puno. Departamento : Puno. Región : Puno. 1.12 PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA El plazo de ejecución de la obra es de doscientos setenta (270) días calendarios

CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1.

CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1

Convocatoria

12 de noviembre de 2012

Registro de Participantes

Del 13 al 17 de noviembre de 2012.

Formulación de Consultas y/u Observaciones a las Bases Absolución de Consultas y Observaciones a las Bases

Del 13 al 14 de noviembre de 2012. El 15 de noviembre de 2012.

Integración de las Bases

El 16 de noviembre de 2012.

Presentación de Propuestas

El 23 de noviembre de 2012 El Acto Público se Realizara en Auditorio Auxiliar del

SENCICO a las 09.00 hs.

Calificación y Evaluación de Propuestas El 23 de noviembre de 2012 Otorgamiento de la Buena Pro

El 23 de noviembre de 2012 El Acto Público se Realizara en Auditorio Auxiliar del SENCICO a las 16.00 hs.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES El registro de los participantes se realizará en el departamento de Abastecimientos, sito en Av. De la Poesía Nº 351, San Borja, Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08.30 hrs. a 17.00 hrs., previo pago de la suma S/.10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación. En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: el número y objeto del proceso, el nombre o razón social del participante, el nombre y firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción. 2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas en Mesa de Partes de la entidad, sito en Av. de la Poesía Nº 351, San Borja, Lima, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08.30 horas a 17.00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 012-2012SENCICO, pudiendo acompañar opcionalmente un CD conteniendo las consultas y/u observaciones. En el caso que los participantes decidan solicitar la elevación de observaciones al OSCE, dicha solicitud junto con los requisitos establecidos para ello deberán ser presentados en Mesa de Partes de la entidad sito en Av. de la Poesía Nº 351, San Borja, Lima, en el horario de 08.30 horas a 17.00 horas.

1

La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.

16

2.4. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en acto público, en Auditorio Auxiliar de SENCICO sito en Av. de la Poesía Nº 351, San Borja, Lima, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la presencia de Notario. Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 012-2012-SENCICO, conforme al siguiente detalle: Señores SENCICO

Av. De la Poesía 351, San Borja Att. Comité Especial AMC N° 012-2012-SENCICO – SEGUNDA CONVOCATORIA Objeto del proceso: “CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO

DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO” SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

Nº DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR Señores SENCICO

Av. De la Poesía 351, San Borja Att. Comité Especial AMC N° 012-2012-SENCICO – SEGUNDA CONVOCATORIA Objeto del proceso: “CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO

DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO” SOBRE N° 02: PROPUESTA ECONÓMICA NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA: Se presentará en original y dos copias El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos la siguiente documentación2: Documentación de presentación obligatoria: i) Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores en los registros de consultor de Obra y de Ejecutor de Obra

2

La omisión del índice no descalifica la propuesta ya que su no presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.

ii) Documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos del postor y del personal propuesto contenidos en el Capítulo III de la presente sección. Para tal efecto deberá presentar copia simple de los contratos y las conformidades de servicio y/o cuando corresponda, acta de recepción de obra; así como copia de las constancias, títulos y certificados de trabajo que acrediten la experiencia del postor y las calificaciones de los profesionales propuestos. iii) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 01. iv) Declaración Jurada del Plazo de Ejecución. Anexo Nº 02. v) Promesa de consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. Anexo Nº 03 La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la descalificación de la propuesta. Documentación de presentación facultativa: i) Para la acreditación de los factores “Experiencia en obras en general” y “Experiencia en obras similares” deberá presentarse: Copia simple de contratos con su respectiva acta de recepción y conformidad. ii) Para la acreditación del factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” deberá presentarse: Copia simple de contratos con conformidad, constancias o certificados a nombre de los profesionales propuestos. iii) Para la acreditación del factor “Cumplimiento en la ejecución de obras”, deberá requerirse: Constancias o certificados referidos a los contratos presentados para acreditar la experiencia del postor.

2.5.2. SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: i) Oferta económica en letras y números, el cual deberá incluir todos los impuestos, tributos, gastos generales, utilidad, seguros, transporte, inspecciones, pruebas, o cualquier otro concepto, de acuerdo al Anexo Nº 04, el que no podrá tener borradura alguna, enmendadura o corrección, caso contrario se considerará como no presentada. El monto total de la propuesta económica deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. El monto total de la propuesta será en Nuevos Soles . ii) Carta Fianza de garantía de seriedad de oferta por un monto de S/.109,800.00 (Ciento nueve mil ochocientos con 00/100 Nuevos Soles), por un período no menor de dos (2) meses, computados a partir del día siguiente de la presentación de propuestas.

18

2.5.3 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula: PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30 2.6. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Conforme a los artículos 141 y 183 del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, adicionalmente a los documentos consignados en la sección general de las Bases, el ganador de la buena pro deberá presentar los siguientes documentos: a) Copia de DNI del Representante Legal; b) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder; c) Calendario de ejecución contractual, indicando fechas estimadas por actividades Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una Carta Fianza para efectos de garantizar el fiel cumplimiento del contrato Adicionalmente, podrá requerirse, entre otros, los siguientes documentos:

a. b. c. d. e.

Copia de DNI del Representante Legal; Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado; Copia del RUC de la empresa; Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder.

2.7 PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro de un plazo de cinco (05) días hábiles contados desde el día siguiente recibido la notificación respectiva. La citada documentación deberá ser presentada en Av. De la Poesía 351, San Borja. 2.8 ADELANTOS 2.8.1. ADELANTO DIRECTO La Entidad entregará al Contratista, dentro de los siete (7) días naturales de presentada formalmente la solicitud por escrito, adjuntando la correspondiente garantía y el comprobante de pago correspondiente, el adelanto por el veinte por ciento ( 20%) del monto del contrato original, siempre que haya sido solicitado por el Contratista dentro de los ocho (8) días siguientes de la suscripción del contrato.

2.8.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS Se otorgará para la adquisición de materiales o insumos, el cuarenta por ciento ( 40%) del monto del contrato original, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista, previa presentación de la garantía respectiva.

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CAPÍTULO III REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA POR CONCURSO OFERTA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Y EJECUCIÓN DE LA OBRA: “CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO”

1

ANTECEDENTES SENCICO cuenta con el proyecto de Inversión Pública – PIP viable, signado con Código SNIP 153993, “Construcción de la Infraestructura del Centro de Capacitación SENCICO Zonal Puno” con un monto de inversión de S/. 5’089,439.00 (Cinco Millones Ochenta y Nueve Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve con 00/100 Nuevos Soles; encontrándose apto para pasar a la siguiente fase de inversión, mediante la formulación del Expediente Técnico y Ejecución de Obra.

2

FINALIDAD PÚBLICA Adecuadas condiciones físicas para el desarrollo de servicio de capacitación para la actividades de la construcción en la Gerencia Zonal SENCICO - Puno, en una infraestructura construida de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones y de acuerdo a la normatividad educativa y debidamente equipada, con mayor cobertura y cursos de capacitación, alumnos motivados y con la comodidad adecuada, y con recursos humanos capacitados y empleados en la Región Puno por parte de las empresas constructoras, logrando como impacto final mayor desarrollo de las actividades para la construcción en la localidad de Puno.

3

MARCO LEGAL La ejecución del estudio deberá realizarse de acuerdo con las disposiciones legales y normas técnicas vigentes: Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE). Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1017, en adelante la Ley. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF, en adelante el Reglamento. Directivas OSCE. Norma Técnica de Metrados para Obras de Edificación y Habilitaciones Urbanas. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

4

ASPECTOS GENERALES 4.1 DENOMINACIÓN: “CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO”. 4.2.OBJETO Y FINALIDAD: Los procesos de adjudicación y contratación corresponden a una Consultoría de Obra y Ejecución de Obra. Tienen por objeto contratar a El Contratista que asumirá la responsabilidad de desarrollar el Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra, definido en el PIP que se indica y adjunta, en los cuales se detalla la ubicación y alcance de todas las infraestructuras proyectadas, que deberán ser verificadas, en su oportunidad, por El Contratista. OBJETIVO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Determinar el procedimiento teórico y técnico que regirá el desarrollo de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, así como las pautas de organización y requerimiento de la infraestructura a proyectar; los lineamientos generales del proyecto, los procedimientos, limitaciones, exigencias y requisitos mínimos para la prestación del Servicio. Estos Términos de Referencia son considerados generales, no siendo excluyentes ni limitativos, debiendo El Postor efectuar los aportes necesarios para la correcta complementación y prestación del servicio para la Elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de Obra. Los presentes Términos de Referencia formarán parte integrante del Contrato. Su acatamiento y cumplimiento constituye una obligación esencial de El Postor. Los aportes y ofrecimientos que formule El Postor en su Oferta Técnica, pasarán a complementar e integrar los presentes Términos de Referencia, y, por consiguiente, al Contrato. El Postor estará obligado a su cumplimiento, al haberlo ofertado voluntariamente, habiendo, además, servido para la calificación que le mereció la Buena Pro. 4.3. OBJETIVOS DE LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Y EJECUCIÓN OBRA:

DE LA

a. OBJETIVO GENERAL: Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO”, conforme a lo establecido en el Estudio de Pre inversión a nivel de perfil (código SNIP 153993).

b. OBJETIVOS y METAS ESPECIFICOS: METAS DEL PROYECTO: El proyecto consiste en la realización del Expediente Técnico y Ejecución de Obra para el proyecto “Construcción de la Infraestructura del Centro de Capacitación SENCICO Zonal Puno". Área del Terreno: Ubicación:

5,000 metros cuadrados Centro Poblado Salcedo – Puno

22

METAS PREVISTAS

PRIMER NIVEL N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27

Ambiente Áreas (m2) TALLER DE CONDUCCION DE VEHICULOS + DEP 167.50 TALLER DE ENCOFRADO FIERRERIA + DEP 190.00 TALLER DE ALBAÑILERIA + DEP 190.00 TALLER DE INSTALACIONES SANITARIAS + DEP 190.00 TALLER DE INSTALACIONES ELECTRICAS + DEP 190.00 TALLER DE INSTALACIONES DE GAS + DEP 190.00 SALA DE PROFESORES 50.00 ESTACIONAMIENTO 200.00 ALMACEN GENERAL 50.00 VESTUARIO VARONES 38.00 VESTUARIO DAMAS 27.00 S.H. VARONES 20.00 S.H. DAMAS 24.00 COORDINACION CITEC 35.00 COORDINACION ESCUELA SUPERIOR 56.50 COORDINACION CENTRO DE FORMACION 56.50 AUDITORIUM + AREAS COMPLEMENTARIAS 290.00 INFORMES 18.00 LAB. DE COMPUTO 01 80.00 LAB. DE COMPUTO 02 80.00 LAB. DE COMPUTO 03 80.00 LAB. DE COMPUTO 04 80.00 S.H. D/V 36.00 LAB. DE ENSAYO DE MATERIALES + DEP/ARCH + CUBICULO 125.00 CIRCULACION + 1er NIVEL 1,165.00 GUARDIANIA 7.00 PATIO DE MANIOBRAS 800.00 AREA TOTAL 4,435.50

SEGUNDO NIVEL N° Ambiente 1 S.H. D/V (A) 2 AULA TALLER – 201 3 AULA TALLER – 202 4 AULA TALLER – 203 5 AULA TALLER – 204 6 AULA TALLER – 205 7 SALA DE PROFESORES 8 BIBLIOTECA + AREAS COMPLEMENTAREIAS 9 GERENCIA ZONAL + S.H. 10 ADMINISTRACION 11 SECRETARIA + ESPERA 12 SALA DE REUNIONES + S.H. 13 S.H. D/V (B) 14 CIRCULACION 2do NIVEL

Áreas (m2) 30 78 78 78 78 78 70 110 26 24 38 50 30 418 AREA TOTAL 1,186.00

4.4 OBJETIVOS COMPLEMENTARIOS: Tomar conocimiento puntual de las características y condiciones físicas, técnicas, normativas, funcionales, climatológicas, topográficas, geológicas, etc., que tengan implicancias en el proyecto a desarrollar. Definir las características técnicas de diseño y estructuración en base al anteproyecto arquitectónico. Definir las especificaciones de construcción del proyecto indicado. Establecer el costo de la obra proyectada sin exceder el monto de inversión aprobado en el Estudio de Pre inversión, así como determinar el cronograma de ejecución para la construcción de la obra en (09) Nueve meses. El Expediente Técnico deberá ser elaborado de manera tal que, al momento de ejecutar la Obra, no se haga necesaria la aprobación de partidas adicionales, o rectificaciones por omisiones, errores, falta de previsión o planificación; de ser este el caso el Postor ganador (El Contratista) asumirá la responsabilidad de los mismos a su costo; salvo casos extremos fortuitos e imprevisibles al momento de elaborar el expediente técnico.

5

UBICACIÓN DEL PROYECTO: La ubicación del proyecto se encuentra en. Centro Poblado Distrito Provincia Departamento

6

: : : :

Salcedo Puno Puno Puno

GENERALIDADES DE LA ADJUDICACIÓN: SISTEMA DE CONTRATACIÓN:

24

A suma alzada. 6.1

ENTIDAD CONTRATANTE: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción

6.2.

MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL: Concurso Oferta

6.3.

ORGANO SUPERVISOR Y REVISOR: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción

6.4

Medidas de control SENCICO contratará a un supervisor (persona natural o jurídica) que se encargará de las acciones correspondientes para monitorear el normal desarrollo del proyecto acorde a lo estipulado en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Gerencia Zonal SENCICO Puno, como área usuaria, coordinará con la supervisión los temas referidos al proyecto, y podrá hacer las consultas que considere pertinentes con la Oficina de Desarrollo, Mantenimiento e Infraestructura, de la Sede Central. La Gerencia Zonal Puno, es la responsable de emitir la conformidad de cumplimiento del servicio luego de recibir el Informe Técnico favorable de la Oficina de Desarrollo Mantenimiento e Infraestructura.

6.5 Citas y Referencias:

a. b. c. d.

e. f. g. 7

Cuando en el presente documento se mencione la palabra “Ley”, sin especificarla, se entenderá que se está haciendo referencia directa a la Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017. Bajo el mismo concepto, la mención al término “Reglamento” se entenderá como referida al Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1842004-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias. La mención a las siglas OSCE, hace referencia directa al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, antes llamado CONSUCODE. El término “El Postor”, hace referencia a la persona jurídica, que, legalmente capacitada, participa en el proceso selectivo para la contratación de la elaboración del expediente técnico y la ejecución de obra que se regirá a través de los presentes Términos de Referencia. La mención a los términos “El Contratista”, harán referencia directa a la empresa contratista, o al Consorcio, que haya suscrito el contrato de la ejecución de la obra que se regirá a través de los presentes Términos de Referencia. La expresión “Términos de Referencia”; hace referencia directa al presente documento. La expresión al término “La Entidad”, hace referencia al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO.

REQUERIMIENTOS TECNICOS MÍNIMOS: 7.1 Del Postor

a.

Para el desarrollo del Proyecto (Expediente Técnico y Ejecución de Obra) se requerirá los servicios de un contratista, sea persona natural o jurídica, con inscripción vigente en el Registro de Consultores de Obras del RNP a cargo del OSCE, en la especialidad de Consultoría en Obras Urbanas, Edificaciones y afines y/o consultoría de obras

menores; así como en el Registro de Ejecutores de Obras del RNP a cargo del OSCE; con una capacidad libre de contratación mayor o igual al Valor Referencial. El certificado de inscripción de El Postor debe estar vigente a la fecha de presentación de las propuestas y a la firma de contrato.

b.

El Postor no deberá mantener sanción vigente aplicada por el OSCE, ni estar impedido, temporal o permanentemente, para contratar con el Estado Peruano. Por consiguiente, El Postor no deberá encontrarse incluido en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.

c.

El Postor, podrá participar en forma individual o en consorcio.

d.

El Postor deberá acreditar experiencia comprobada en la elaboración y desarrollo de expedientes técnicos referidos a obras de carácter educativo, tales como colegios, institutos técnicos o de educación superior, Universidades, en número mínimo de 06 durante los últimos cinco (05) años.

e.

El Postor, deberá contar además con experiencia en la contratación de proyectos de construcción de obras en infraestructura pública o privada en número mínimo de 12 en los últimos cinco (05) años. Siendo mínimo 06 obras de infraestructura educativa publica o privada.

f.

En la evaluación de la experiencia de El Postor en obras de infraestructura de carácter educativo se brindara especial atención al número de proyectos (Expediente Técnico y Ejecución de Obra) de obras de infraestructura de carácter educativo, tales como colegios, institutos técnicos o de educación superior, realizado en los últimos cinco (05) años.

7.2

Del Equipo Profesional

a.

Todo el equipo profesional que participe en la elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de Obra deberá ser colegiado, de conformidad con la Ley Nro.16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos y de Ingenieros.

b.

En vista que los requerimientos técnicos y profesionales para el desarrollo de proyectos (Expediente Técnico y ejecución de Obra) para el caso de obras de infraestructura de carácter educativo demandan una experiencia adicional y comprobada, el personal profesional requerido para la prestación, deberá acreditar experiencia comprobada en el desarrollo de proyectos de obras de infraestructura (Expediente Técnico y Ejecución de Obra) de carácter educativo, tales como colegios, institutos técnicos o de educación superior, durante los últimos cinco (05) años. Con la finalidad de garantizar una adecuada prestación de los servicios y cumplir con los plazos establecidos en las bases, se exigirá la participación exclusiva de los profesionales presentados en la propuesta para participar en el servicio, de ser el caso que se realice cambio en el personal, este deberá cumplir con lo solicitado en los presentes términos de referencia, para lo cual deberá presentar la propuesta a la Oficina de Desarrollo Mantenimiento e Infraestructura y/o a la Gerencia Zonal Puno para su evaluación y aprobación.

A.- Para la Elaboración del Expediente Técnico El personal profesional requerido para la prestación de la elaboración del Expediente Técnico, debe cumplir los siguientes requisitos mínimos:

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· JEFE DE PROYECTO -Profesional en Ingeniería Civil o Arquitectura con un mínimo de Quince (15) años de ejercicio profesional a partir de su colegiatura.

-Acreditara experiencia como Jefe de Proyecto. Haber participado en la elaboración

de proyectos de Edificación en número mínimo de 10 durante los últimos ocho (08) años. En este periodo debe tener mínimo tres (3) proyectos de edificación de instituciones de carácter educativo, ya sean estos, colegios, institutos técnicos o institutos de educación superior, Universidades. Para ambos casos, acreditado con sus respectivos contratos, constancias o certificados del servicio • ARQUITECTO RESPONSABLE DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO •Arquitecto colegiado con un mínimo de Diez (10) años de ejercicio profesional a partir de su colegiatura. •Acreditará ocho (08) años de experiencia en la programación y diseño arquitectónico de Obras de edificación, Experiencia en la elaboración de expedientes técnicos de proyectos de Infraestructura Educativa (Colegios, Universidades Institutos técnico o de educación superior), con un mínimo de seis(06) en los últimos cuatro (04 años) •Para lo cual deberá acreditar dicha experiencia mediante contratos y su respectiva conformidad, certificados y/o constancias de trabajo, en los cuales se acredite de manera fehaciente el tiempo de experiencia. •Para todos los casos, acreditado con sus respectivos contratos, o constancias o certificados del servicio. •Es el responsable del diseño arquitectónico de la Edificación, el cual comprende: La calidad arquitectónica, los cálculos de áreas, las dimensiones de los componentes arquitectónicos, las especificaciones técnicas del Proyecto Arquitectónico, los acabados de la obra, el cumplimiento de los parámetros urbanísticos y edificatorios exigibles para edificar en el inmueble correspondiente. Asimismo es el responsable de que sus planos, y los elaborados por los otros profesionales responsables del proyecto, sean compatibles entre sí. • INGENIERO CIVIL CALCULISTA RESPONSABLE DEL PROYECTO DE ESTRUCTURAS

•Profesional en Ingeniería Civil con un mínimo de Diez (10) años de ejercicio

profesional a partir de su colegiatura. •Experiencia en la elaboración de cálculo estructural para obras de edificación, con un mínimo de cuatro (04) años. • La experiencia se acreditará para ambos casos, con sus respectivos contratos, o constancias o certificados del servicio. •Es el responsable del diseño Estructural de una Edificación, el cual comprende: Los cálculos, las dimensiones de los componentes estructurales, las especificaciones técnicas del Proyecto Estructural, y las consideraciones de diseño sismo resistente. Asimismo es responsable de la correspondencia de su proyecto de estructuras con el Estudio de Suelos. •

INGENIERO CIVIL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE TOPOGRAFIA

MECANICA

DE

SUELOS Y

•Profesional en Ingeniería Civil con un mínimo de Diez (10) años de ejercicio profesional a partir de su colegiatura.

•Experiencia en la elaboración de estudios de mecánica de suelos y elaboración de

estudios Topográficos, con un mínimo de tres (03) años para cada uno. Para ambos casos, acreditado con sus respectivos contratos, o constancias o certificados del servicio.



INGENIERO ELECTRICISTA Y/O INGENIERO ELECTROMECANICO Y/O INGENIERO MECANICO ELECTRICO RESPONSABLE DEL PROYECTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS •Profesional en Ingeniería Eléctrica y/o Ingeniería Electromecánica y/o Ingeniería Mecánica Eléctrica con un mínimo de Diez (10) años de ejercicio profesional a partir de su colegiatura. •Experiencia mínima cinco (05) años en la elaboración de diseño y cálculo de instalaciones eléctricas, para Obras de Edificación, debiendo tener mínimo 05 proyectos de infraestructura educativa, acreditado con sus respectivos contratos, o constancias o certificados del servicio.



INGENIERO SANITARIO RESPONSABLE DEL PROYECTO DE INSTALACIONES SANITARIAS

•Profesional en Ingeniería Sanitaria con un mínimo de Diez (10) años de ejercicio profesional a partir de su colegiatura.

•Experiencia en la elaboración de cálculo y diseño de redes e instalaciones sanitarias de agua y desagüe en general, con un mínimo de tres (03) años, acreditado con sus respectivos contratos, o constancias o certificados del servicio.



INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO, ESPECIALISTA EN METRADOS, COSTOS, PRESUPUESTOS Y PROGRAMACIÓN DE OBRAS.

•Ingeniero Civil o Arquitecto colegiado, con un mínimo de diez (10) años de

experiencia profesional como colegiado. •Experiencia de cinco (05) años como Analista de Metrados, Costos y Presupuestos para Obras de edificación, formulación de costos para Obras civiles de edificación. Para lo cual deberá acreditar dicha experiencia mediante contratos y su respectiva conformidad, certificados y/o constancias de trabajo, en los cuales se acredite de manera fehaciente el tiempo de experiencia. B.- Para la Ejecución de la Obra El personal profesional requerido para la prestación de la ejecución de la Obra, debe cumplir los siguientes requisitos mínimos: • RESIDENTE DE OBRA • Profesional en Ingeniería Civil, con un mínimo de Diez (10) años de ejercicio profesional a partir de su colegiatura. • Experiencia mínima de ocho (08) años en Residencia de Obras de Edificación y acreditar residencia de obras en Infraestructura de carácter educativo, como colegios, institutos de educación técnica o superior, universidades en un mínimo de 04 obras de este tipo, en los últimos 03 años. • Para ambos casos, acreditado con sus respectivos contratos, o constancias o certificados del servicio. •

8.

ASISTENTE DEL RESIDENTE DE OBRA • Profesional en Arquitectura y/o Ingeniería Civil (Asistente del Residente de Obra) con Un (01) año de ejercicio profesional a partir de su colegiatura.

ALCANCES DEL PROYECTO: 8.1 Implicancias del Proyecto El objeto de la presente convocatoria incluye la elaboración de los estudios básicos (Levantamiento Topográfico, Estudio de Suelos, Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos, Vulnerabilidad del Terreno y otros que requiera

28

el proyecto), expediente técnico y ejecución de obra, de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia y el perfil aprobado para el desarrollo de estos proyectos. a. El Expediente Técnico que elaborará El Contratista, así como la ejecución de la Obra que se derivará de éste, se constituyen en parte integrante del Proyecto de Inversión Pública (SNIP N° 153993), y como tal, están regidos por la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Ley Nro. 27293, modificada por al Ley Nro. 28802. b. La elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de Obra detallado debe ceñirse a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad y observar el cronograma de ejecución del estudio de pre inversión con el que se declaro la viabilidad. c. En cualquier etapa en que se encontrase vigente el contrato, La Entidad rechazará el Expediente Técnico sí éste no se ha desarrollado respetando los alcances establecidos en el Estudio de Pre inversión aprobado; reservándose el derecho de resolver el Contrato por incumplimiento de El Contratista d. Durante el desarrollo de las etapas previstas, El Contratista deberá informar oportunamente a La Entidad, sobre cualquier modificación, incongruencia o factor que pueda generar la alteración de los alcances establecidos en el estudio de pre inversión. La omisión de dicha comunicación, constituye falta de El Contratista, quien asumirá la absoluta responsabilidad por los hechos que se deriven de ello. e. Las Generalidades que enmarcan el Estudio de Pre inversión son los siguientes: 9

Código SNIP del PIP: 153993 Nombre del PIP: CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO. Ubicación del PIP: Centro Poblado Salcedo Distrito Puno, Provincia Puno, Departamento de Puno Unidad Formuladora: SENCICO Unidad Ejecutora: SENCICO Autor Responsable: SENCICO Nivel del Estudio de Pre inversión: Perfil.

MARCO TEÓRICO CONCEPTUAL DEL PROYECTO REQUERIDO - IMAGEN OBJETIVO: El Proyecto deberá estar orientado a lograr el cumplimiento de los siguientes objetivos básicos: a. Cumplimiento de las normas técnicas y municipales de edificación, zonificación, integración urbanística, seguridad, habitabilidad, etc. b. Máximo aprovechamiento de la disposición arquitectónica y de los servicios básicos. c. Proyecto constructivo de ejecución viable y no onerosa. d. Propuesta que responda al uso público, al limitado mantenimiento, a la intemperie, etc.

10

SERVICIOS QUE PRESTARÁ EL CONTRATISTA: El Contratista realizará a favor de la entidad las siguientes prestaciones: 10.1 Elaboración del Expediente Técnico i.Recopilación, evaluación y aprovechamiento de información base: Documentos, planos, mapas, normas, leyes, reglamentos, levantamientos, fotografía, etc. ii.Ejecución y/o contratación de los ensayos y pruebas requeridas y/o pruebas o estudios

necesarios para la elaboración del expediente técnico. iii.Obtención y financiamiento de permisos, certificaciones y factibilidades de servicios básicos. iv.Elaboración del levantamiento topográfico. Formulación de conclusiones y recomendaciones. v.Estudio de levantamiento de información de campo: Clima, servicios básicos, vulnerabilidades, etc. Formulación de conclusiones y recomendaciones. vi.Elaboración del estudio de mecánica de suelos. Formulación de conclusiones y recomendaciones. vii.Desarrollo de proyecto integral de construcción, en las especialidades de arquitectura, estructuración y cimentación, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, tanto de obras de infraestructura en general como Infraestructura Educativa. viii.Elaboración de especificaciones técnicas en las especialidades de arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias e instalaciones eléctricas. ix.Elaboración de metrados y costos de edificación en las especialidades de arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas. x.Formulación de costos y del presupuesto referencial de ejecución de la Obra. xi.Elaboración de fórmulas polinómicas de reajuste de precios. xii.Determinación de plazo de ejecución de la Obra y elaboración de calendarios y cronogramas de avance de Obra. xiii.Memorias descriptivas y de cálculo en las especialidades de arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias y eléctricas. xiv.Absolución permanente de las consultas referidas a la documentación técnica que elabore o presente como parte del mismo. xv.Tramitar y obtener la conformidad del órgano municipal competente, del Proyecto, como paso previo a la Licencia de Construcción. xvi.El Expediente Técnico debe ser desarrollado en base a las Metas del proyecto detalladas en el Proyecto de Inversión y SNIP Viable, que forman parte de los presentes Términos de Referencia. 10.2 Ejecución de la Obra i. ii. iii.

iv.

v. vi.

Designar al Residente de Obra. Ejecutar la Obra de acuerdo al Expediente Técnico aprobado. El Contratista suministrará toda la mano de obra, dirección, materiales, alumbrado, combustible, agua, herramientas, instrumentos, equipos, abastecimiento y otros medios de construcción necesaria o adecuada para la ejecución y terminación de la Obra. Protegerá las obras durante su ejecución, realizándolas de manera compatible con la seguridad de la vida y propiedad a satisfacción del Supervisor y de acuerdo a los Documentos de Licitación y a los del Contrato. Hasta la aceptación final de la obra por parte de La Entidad, El Contratista será responsable de mantener las obras a su costo y cuidado, tomando todas las precauciones contra daños o desperfectos a cualquier parte del mismo, por cualquier causa, bien sea originada por la ejecución o la falta de ejecución del trabajo. El Contratista deberá reconstruir, reparar, reponer y responder por todos los daños o desperfectos que sufra cualquier parte de la obra y correrá por su cuenta el costo de los mismos, con excepción de daños producidos por acciones imprevisibles como terremotos, marejadas, cataclismos, terrorismo y otros que estén cubiertos por las respectivas pólizas de seguros, según lo establecido en el Contrato. En casos de suspensión de los trabajos por cualquier causa, el Contratista será responsable del mantenimiento de la obra y deberá construir cualquier estructura provisional que fuese necesaria para proteger las obras ejecutadas. El Contratista deberá informar al Supervisor de la ocurrencia de cualquier accidente sucedido durante la ejecución de los trabajos en forma inmediata y en el término de la distancia, debiendo además efectuar la denuncia respectiva a la autoridad competente de la jurisdicción de la ocurrencia. Así mismo deberá mantener un archivo exacto de todos los accidentes ocurridos que resulten en muerte, enfermedad

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ocupacional, lesión incapacitante y daño a la propiedad del Estado o Privada. El archivo de accidentes deberá estar disponible en todo momento para ser inspeccionado por el Supervisor. vii. El Contratista deberá sujetarse a las disposiciones legales vigentes de Seguridad Laboral a fin de controlar los riesgos de accidentes en la obra, y en concordancia con dichas normas diseñar, aplicar y responsabilizarse de un programa de seguridad para sus trabajadores. Además debe contar con informes actualizados de mantenimiento de los vehículos y equipos que se utilizan en la ejecución de la obra según normas vigentes. viii. Es responsabilidad del Supervisor programar periódicamente y a intervalos apropiados las respectivas inspecciones de la implementación de los planes de seguridad. El Supervisor debe coordinar con el Contratista y elaborar un Informe de observación con las indicaciones respectivas cuando se verifique la necesidad de prever un ajuste o subsanar un vacío en cuanto medidas de seguridad. ix. El Contratista, mantendrá limpio el lugar de las obras durante la construcción y después de ésta, hasta la recepción de las mismas, realizará todo el trabajo y pagará los gastos incidentales que dé lugar. Reparará y reconstruirá todas las estructuras y propiedades que, a juicio del Supervisor fueran dañadas o afectadas durante la ejecución de las obras. x. El Contratista mantendrá las instalaciones y campamentos que fueran necesarios y según lo que establezca el Contrato; así como las herramientas y equipos que sean requeridos para efectuar las Obras en forma aceptable y a satisfacción del Supervisor y/o como lo especifique el Contrato. Se utilizarán únicamente equipos de eficiencia comprobada por el Supervisor, y El Contratista será el único responsable por la bondad de los mismos, aunque el Supervisor haya dado previamente su aprobación. xi. El Contratista, antes, durante y a la terminación de las obras, reparará y reconstruirá todas las áreas naturales que, a juicio del Supervisor fueran dañadas o afectadas por negligencia, descuido. xii. La responsabilidad por la calidad de la obra es única y exclusivamente de El Contratista y la Supervisión. Cualquier revisión, inspección o comprobación que efectúe la Supervisión no exime al Contratista de su obligación sobre la calidad de la obra. xiii. El Contratista tiene la responsabilidad de estar completamente informado de todas las leyes, códigos, ordenanzas, reglamentos, ordenes y decretos de cuerpos o tribunales que tengan cualquier jurisdicción o autoridad, que en cualquier forma afecten el manejo de la obra. xiv. El contratista observará y cumplirá en todo momento con dichas leyes, códigos, ordenanzas, reglamentos, ordenes y decretos, debiendo dejar a salvo a La Entidad y a sus representantes contra cualquier juicio, reclamo o demanda por cualquier daño o perjuicio que ocasione cualquier persona o propiedad durante la ejecución de la obra por responsabilidad original o basada en la violación de cualquiera de tales leyes, códigos, ordenanzas, reglamentos, ordenes y decretos. xv. Los daños que se ocasionen en redes de servicios públicos, restos arqueológicos o históricos, andenes, pavimentos, edificaciones, puentes, obras de arte y demás estructuras vecinas a la vía, por causas imputables a El Contratista debido a la operación de sus equipos, entre otras causas, serán reparadas por su cuenta y a su costo. xvi. El Contratista deberá cumplir con las leyes nacionales y reglamentos vigentes, sobre control de contaminación del ambiente y protección del medio ambiente. xvii. El Contratista es el único responsable del uso y pago de regalías y cualquier costo relacionado con el uso de patentes, marcas registradas y derechos reservados ya sea de equipo, dispositivos, materiales, procedimientos u otros. En los precios contractuales deberá incluir estos costos, ya que el Contratante no reconocerá ningún pago por estos conceptos. xviii. El Contratista deberá cumplir con toda la reglamentación sobre salubridad ocupacional. Es responsabilidad de El Contratista mantener en estado óptimo los espacios ambientales de trabajo, la eliminación de factores contaminantes y el control de los riesgos que afectan la salud del trabajador.

xix. El equipo a ser utilizado por El Contratista deberá estar ubicado adecuadamente en sitios donde no perturbe a la población y al medio ambiente y contar además, con sistemas de silenciadores (especialmente el equipo de compactación de material, etc.), sobre todo si se trabaja en zonas vulnerables o se perturba la tranquilidad, lo cual contará con autorización del supervisor. xx. El Contratista deberá mantener los equipos de construcción en óptimas condiciones, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños en los mismos. Las máquinas, equipos y herramientas manuales deberán ser de buen diseño y construcción teniendo en cuenta los principios de la seguridad, la salud y la ergonomía en lo que atañe a su diseño. Deben tener como edad máxima la que corresponde a su vida útil. La mala calidad de los equipos o los daños que ellos puedan sufrir, no serán causal que exima a El Contratista del cumplimiento de sus obligaciones. xxi. El Contratista deberá disponer mediante procedimientos adecuados, todos los desechos, escombros, sobrantes y demás residuos provenientes de los trabajos necesarios para la ejecución de las obras, en los sitios indicados en los documentos del proyecto o autorizados por La Entidad, los que serán debidamente acondicionados y preparados para recibirlos. xxii. Todos los empleados y obreros para la obra serán contratados por El Contratista, quien deberá cumplir con todas las disposiciones legales sobre la contratación del personal. Así mismo, se obliga al pago de todos los salarios y beneficios sociales que se establezcan en relación con los trabajadores y empleados. Ninguna obligación de tal naturaleza corresponde a La Entidad y éste no asume responsabilidad, ni solidaridad alguna. xxiii. El Contratista debe asegurarse de que todos los trabajadores estén bien informados de los riesgos relacionados con sus labores y con la conservación del medio ambiente de su zona de trabajo, el conocimiento de las leyes y reglamentos laborales, las normas técnicas y las instrucciones relacionado con la prevención de accidentes y los riesgos para la salud. xxiv. El Contratista deberá tomar todas las disposiciones necesarias para facilitar el control por parte del Supervisor. Este, a su vez, efectuará todas las medidas que estime convenientes, sin perjuicio del avance de los trabajos. xxv. El Contratista debe emplear métodos y prácticas de trabajo que protejan a los trabajadores contra los efectos nocivos de agentes químicos (gases, vapores líquidos o sólidos), físicos (condiciones de ambiente: ruido, vibraciones, humedad, energía radiante, temperatura excesiva, iluminación defectuosa, variación de la presión) y biológicos (agentes infecciosos tipo virus o bacterias que causan tuberculosis, pulmonía, tifoidea, hongos y parásitos) xxvi. Participar en la Recepción de la Obra xxvii. Efectuar la liquidación de la Obra. 11

INFORMACIÓN QUE BRINDARA LA ENTIDAD. a. La Entidad suministrará a El Contratista, una copia simple de los siguientes documentos: i. Estudio de Pre inversión a Nivel de Perfil del Proyecto de Inversión Pública materia de los presentes Términos de Referencia. ii. Anteproyecto referencial iii. Título de propiedad. iv. Certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios. v. Credenciales a El Contratista para los fines de coordinación con otras entidades estatales o privadas.

12. RESPONSABILIDADES DE EL CONTRATISTA: Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Contratista, conforme a los dispositivos legales y reglamentarios vigentes, y que son inherentes a La Ejecución de Obra contratada, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente:

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a. Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente, aplicable al objeto de la Ejecución de la Obra. b. Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes Términos de Referencia. c. Visitar la localidad, el terreno y/o inmueble que será materia de aplicación de la Ejecución de Obra. d. Tomar conocimiento de los alcances del Estudio de Pre inversión aprobada, efectuando oportunamente ante La Entidad, las observaciones o consultas que correspondan. e. Efectuar los trabajos de campo que sean necesarios para verificar el estado y características topográficas, geográficas, climáticas y de servicios básicos, análisis de impacto ambiental todos correspondientes a la localidad y al terreno sobre el que se ejecuta el proyecto. f. El Contratista es responsable por presentar el Proyecto Definitivo ante la Municipalidad, efectuando los trámites y pagos que correspondan, así como el seguimiento respectivo hasta obtener la conformidad de los mismos, subsanando las observaciones que estas Entidades le puedan hacer. g. El Contratista es responsable por presentar el proyecto ante Empresas Concesionarias, Empresas Prestadoras de Servicios; efectuando los trámites que correspondan, así como el seguimiento respectivo hasta obtener la aprobación de los mismos, subsanando las observaciones que estas Entidades le puedan hacer. h. Determinar las características y la capacidad portante del terreno, mediante la ejecución del Estudio de Mecánica de Suelos. i. Garantizar la participación del personal profesional mínimo que se exige en el presente documento, así como de los servicios, equipos y personal técnico y auxiliar que garanticen la buena y oportuna ejecución de la Obra. j. Es de su exclusiva responsabilidad, cumplir con los plazos parciales y con el plazo total programado para la elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra. k. Asumir la responsabilidad, total y exclusiva, por la calidad de la Obra ejecutada, para lo cual mantendrá coordinación permanente con La Entidad sobre los trabajos que se ejecuten. l. El Contratista será legalmente responsable, en el campo administrativo, civil y penal; por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas en la Obra que recomiende ejecutar como producto de los estudios efectuados. m. El Contratista está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas municipales, parámetros urbanísticos y edificatorios, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de la Ejecución de Obra, así como para sustentar adecuadamente la documentación técnica que formulará para La Entidad. n. De ser necesario, el Contratista brindará las máximas facilidades para el cumplimiento de sus funciones al Coordinador que designará La Entidad, así como al Equipo Revisor que, eventualmente, tendrá a su cargo la revisión de los documentos que vaya elaborando El Contratista. o. El Contrato establecerá las demás responsabilidades y obligaciones esenciales de El Contratista; las que se complementarán con los aquí listados. p. La revisión de los documentos y planos así como la declaratoria de conformidad del Proyecto Definitivo, por parte de la Municipalidad, Empresas Prestadoras de Servicio, Empresas Concesionarias, no exime a El Contratista de la responsabilidad final y total del mismo, técnica y/o administrativa por las probables fallas ocultas no declaradas y/o que por su dificultad no hayan podido ser detectadas y observadas a tiempo por los responsables de la revisión del mismo. q. El Contratista es responsable por la precisión de los metrados del Proyecto, los cuales deben estar dentro de un rango razonable de los metrados reales de obra, definido por un diferencial del orden de más o menos 5% de los metrados reales. r. En atención a que El Contratista es el responsable absoluto de la Obra que realiza, deberá garantizar su calidad y responder por el trabajo realizado, dentro de los términos que establecen las normas durante los siguientes siete (7) años, desde la fecha de recepción de la Obra, por lo que en caso de ser requerido por SENCICO, para

absolver defectos, fallas y/o vicios ocultos que presenta la obra ejecutada, no podrá negar su participación y absolución de dichos requerimientos mencionados. s. En caso de no contestar por escrito y/o no concurrir a la citación antes indicada, se hará conocer su negativa al OSCE y a la Contraloría General de la República, a los efectos legales consiguientes, en razón de que el servicio prestado es un acto administrativo por el cual es responsable ante el Estado. t. El Postor, en su propuesta técnica o mediante Carta Notarial, deberá designar a su representante con domicilio legal en la ciudad de Lima, a donde SENCICO, deberá cursar toda la documentación oficial que se origine del proceso de elaboración, presentación, revisión de informes, cumplimiento de plazos, Liquidación de Obra, etc. Asimismo, el contratista deberá designar al Jefe de Proyecto. 13. CONDICIONES GENERALES PARA LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO EJECUCION DE OBRA:

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13.1 Organización: a. El Contratista deberá presentar el equipo profesional y técnico que participará en la Elaboración del Expediente Técnico y en la Ejecución de la Obra, incluyendo un organigrama donde se especifique las funciones y responsabilidades correspondientes de cada uno de ellos. Dicho programa se entregará dentro de los Cinco (05) días naturales posteriores al Consentimiento de la Buena Pro. b. El Contratista deberá garantizar la participación de personal profesional, técnico y auxiliar calificado y experimentado en labores similares a la que se contrata. El personal colegiado, deberá demostrar encontrarse hábil para el ejercicio profesional en las especialidades de arquitectura, ingeniería civil, ingeniería sanitaria e ingeniería eléctrica, según lo exige la Ley Nro. 16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos e Ingenieros. Tal condición será acreditada con la presentación periódica de la Boleta, Certificado y/o Constancia que emitirá el Colegio Profesional correspondiente (Original o copia legalizada). c. Los bachilleres y técnicos podrán integrar el equipo de El Contratista en calidad de asistentes. Sin embargo, no podrán asumir individualmente el desarrollo y la suscripción de los documentos que se formulen. Dicha documentación deberá ser supervisada y avalada por un profesional competente y colegiado. d. El Contratista podrá efectuar modificaciones y/o reemplazos entre su personal, por causa fortuita o fuerza mayor. No obstante, requerirá de la aprobación que le otorgará La Entidad para formalizar dicho reemplazo. El incumplimiento de dicha obligación constituye causal de resolución contractual atribuible a El Contratista, por incumplimiento. e. El personal profesional que sea reemplazado deberá reunir similares o mejores cualidades que el personal original. Tales cambios no irrogarán gasto adicional a La Entidad. f. El Contratista, así como el equipo profesional que presente para el desarrollo del expediente técnico y la ejecución de la Obra, deberán contar con experiencia comprobada en el desarrollo de Proyectos de Construcción y de Expedientes Técnicos así como de Ejecución de Obra; con la debida organización administrativa, la capacidad y respaldo técnico, y la solvencia económica suficiente. Acreditará, igualmente, domicilio legal conocido y estable. 13.2

Responsabilidades y Funciones del Equipo Profesional Responsable de la Ejecución del Expediente Técnico: El personal profesional requerido para la prestación de la elaboración del Expediente Técnico debe cumplir lo siguiente:

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·

JEFE DE PROYECTO · Representará a El Contratista en todos los asuntos técnicos que competan a la Elaboración del Expediente Técnico, no pudiendo sus decisiones en ese respecto, ser enervadas o desconocidas por El Contratista. · Planificar, coordinar y dirigir a los profesionales que conformarán el equipo técnico para la elaboración del expediente técnico. · Será el responsable de conducir todas las actividades de la elaboración del Expediente Técnico y de coordinar el desarrollo del expediente técnico y los documentos que lo sustenten. · Solicitará y aprobará los trabajos desarrollados por los especialistas del equipo técnico en los plazos fijados según cronograma aprobado. · Participará en la elaboración del Resumen Ejecutivo del Proyecto descritos en el Volumen I del Anexo 5 de las Bases · Participará en la elaboración del Informe de Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos descritos en el Volumen III del Anexo 5 de las Bases. · Participará en la elaboración de la Filmación y Registro Fotográfico descritos en el Volumen III del Anexo 5 de las Bases. · Efectuar los trámites correspondientes así como el seguimiento respectivo hasta obtener la Factibilidad de Suministro de Agua Potable, Alcantarillado y Energía Eléctrica ante las Empresas Concesionarias, Empresas Prestadoras de Servicio de Agua Potable, Desagüe y Energía Eléctrica. · Organizará las entregas parciales y el Proyecto Definitivo y hará entrega de éstos para su aprobación y/o conformidad ante las instancias correspondientes en la Municipalidad Distrital, Provincial, Empresas Concesionarias, Empresas Prestadoras de Servicio de Agua Potable, Desagüe, Energía Eléctrica y SENCICO. · Deberá sellar y firmar todos los documentos que se generen del proyecto, siendo responsable del contenido técnico.

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ARQUITECTO RESPONSABLE DEL PROYECTO ARQUITECTÓNICO · Elaboración del Proyecto Definitivo de Arquitectura (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Cálculo, Especificaciones Técnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Análisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Fórmula Polinómica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos de Arquitectura) descritos en el Volumen II del Anexo 01 de los Términos de Referencia · Participará en la elaboración de la Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP), Términos de Referencia y el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), hasta la obtención de la Certificación Ambiental requerido según la clasificación de categoría y requerimientos que determine Instituto Nacional de Cultura del Perú (INC), Volumen III del Anexo 5 de las Bases. · Proporcionará la información necesaria al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.

·

INGENIERO CIVIL CALCULISTA RESPONSABLE DEL PROYECTO DE ESTRUCTURAS · Elaboración del Proyecto Definitivo de Estructuras (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Cálculo, Especificaciones Técnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Análisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Fórmula Polinómica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos de Estructuras) descritos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. · Participará en la elaboración del Informe de Vulnerabilidades descritos en el Volumen III del Anexo 5 de las bases. · Proporcionará la información necesaria al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.

13.3

·

INGENIERO CIVIL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE MECANICA DE SUELOS Y TOPOGRAFIA · Participará en la elaboración del Estudio Básico de “Levantamiento Topográfico” que se detalla en el Anexo 02 de los presentes Términos de Referencia. · Participará en la elaboración del Estudio Básico de “Estudio de Mecánica de Suelos” que se detalla en el Anexo 03 de los presentes Términos de Referencia. · Participará en la elaboración del “Diseño de Concretos”. · Proporcionará la información necesaria al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.

·

INGENIERO ELECTRICISTA Y/O INGENIERO ELECTROMECANICO Y/O INGENIERO MECANICO ELECTRICO RESPONSABLE DEL PROYECTO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS · Elaboración del Proyecto Definitivo de Instalaciones Eléctricas y Electromecánicas (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Cálculo, Especificaciones Técnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Análisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Fórmula Polinómica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos de Instalaciones Eléctricas y Electromecánicas) descritos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. · Proporcionará la información necesaria al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.

·

INGENIERO SANITARIO RESPONSABLE DEL PROYECTO DE INSTALACIONES SANITARIAS · Elaboración del Proyecto Definitivo de Instalaciones Sanitarias (incluye Memoria Descriptiva, Memoria de Cálculo, Especificaciones Técnicas, Planilla de Metrados, Presupuestos, Análisis de Costos Unitarios, Lista de Insumos, Fórmula Polinómica, Desagregado de Gastos Generales, Cotizaciones y Planos Definitivos de Instalaciones Sanitarias) descritos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. · Proporcionará la información necesaria al jefe del proyecto para la elaboración del expediente técnico.

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INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO, ESPECIALISTA EN METRADOS, COSTOS, PRESUPUESTOS Y PROGRAMACIÓN DE OBRAS · Elaboración del Presupuesto total de Obra y por especialidad; los costos que componen el presupuesto referencial deberán estar actualizados a la fecha de la presentación final, y deben guardar relación con las cotizaciones efectuadas (incluye Valor referencial, metrados por especialidad con su correspondiente planilla de verificación, presupuestos por especialidad, resumen de presupuesto, presupuesto desagregado, relación de insumos, fórmulas polinómicas, análisis de costos unitarios, Cronograma de ejecución de obra expresado en diagrama de red PERT – CPM y GANTT, cronograma valorizado referencial de ejecución de obra mensual, cronograma de desembolsos, cotización de materiales, equipos, etc.). · Estudio de cantera para los agregados (distancias de la obra), ubicación de los botaderos autorizados mediante plano esquemático.

Responsabilidades y Funciones del Equipo Profesional Responsable de la Ejecución de la Obra: El personal profesional requerido para la Ejecución de la Obra debe cumplir lo siguiente:

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RESIDENTE DE OBRA · Se contará de manera permanente y directa con un profesional colegiado, habilitado y especializado designado por el Contratista, previa conformidad de la Entidad, como Residente de la Obra, el cual podrá ser Ingeniero Civil. · El Residente representa al Contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato. · Abrir, firmar, hacer anotaciones y custodiar el Cuaderno de Obra y otras que le faculte la norma. · Participar en la Recepción de la Obra.

·

ASISTENTE DEL RESIDENTE DE OBRA · Asistir en todas las funciones que se designen al Ingeniero Residente de Obra.  El personal que presente El Contratista, deberá ser, obligatoriamente, el que desarrolle directamente la elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra contratada, salvo casos aislados debidamente justificados y previamente aceptados por La Entidad. Dicho compromiso constituye obligación esencial de El Contratista. Su incumplimiento es causal de resolución contractual.  El personal profesional que participe en la elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra objeto de los presentes Términos de Referencia, deberá expresar, por escrito, su dedicación al desarrollo del Servicio.  La Entidad, en cualquier momento, podrá exigir el reemplazo del personal de El Contratista, cuando lo considere conveniente al beneficio de la Obra contratada.

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INFORMES DE LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO: La Elaboración del Expediente Técnico se efectuará en Dos (02) Informes de cumplimiento obligatorio, cuyos requerimientos y contenidos mínimos se detallan en los presentes términos de referencia. El Contratista podrá, sobre la base de su experiencia y responsabilidad profesional y contractual, recomendar la inclusión o desarrollo de algún trabajo o documento técnico que permita mejorar, precisar o complementar el Servicio y el objeto del mismo. Sin embargo, no podrá dejar de cumplir con lo siguiente:

14.1

PRIMER INFORME.- ESTUDIOS BASICOS, PLANOS PRELIMINARES DEL PROYECTO DEFINITIVO Y EXPOSICION Este Informe tiene por finalidad la presentación de los Estudios Básicos, Planos Preliminares del Proyecto (en calidad de borrador) y Exposición. Contenido y Desarrollo: Este Informe estará conformada por: · · · · ·

El Estudio Básico: “Levantamiento Topográfico” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 y Anexo 02 de los presentes Términos de Referencia. El Estudio Básico: “Estudio de Mecánica de Suelos” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 y 03. El Informe de: “Vulnerabilidad del Terreno” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. El Informe de “Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos” según los contenidos establecidos en el Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. Cargos de las cartas con las cuales se ha solicitado la factibilidad de servicio eléctrico, servicio de agua potable y/o descarga de alcantarillado sanitario y Telefonía, a las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias responsables del área de intervención según corresponda. Este documento es

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·

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14.2

obligatorio para los casos que el proyecto considere la ejecución de estos servicios. Desarrollo de los Planos Preliminares de todas las especialidades del Proyecto (en calidad de Borrador) a. El proyecto deberá ser ejecutado, debidamente compatibilizado con la normatividad reglamentaria vigente en la zona y con los alcances de los estudios básicos. b. Con la finalidad de verificar que el proyecto esté desarrollado en base a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad, se deberá presentar un Cuadro Comparativo de las Metas Físicas y Financieras establecidas en el Estudio de Pre inversión con las Metas Físicas y Financieras Propuestas en el desarrollo del Proyecto a nivel de Planos Preliminares. c. Los planos preliminares de cada especialidad (Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas – Electromecánicas, Seguridad y Señalización) deberán ser presentados con sus respectivas memorias descriptivas y memorias de cálculo en calidad de borrador que sustenten y justifiquen el desarrollo del proyecto. d. La propuesta preliminar de cada especialidad representará la alternativa más conveniente desde el punto de vista organizativo, funcional, estético, volumétrico, estructural, presupuestal, etc. En tal sentido, deberá ser permanentemente puesto en consideración de La Entidad, a efectos de que se formulen las críticas técnicas que el caso amerite. e. La propuesta preliminar se planteará respetando en todo momento, los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Secciones de vía, Alineamiento definidos por la Municipalidad correspondiente. f. La propuesta preliminar se planteará respetando en todo momento, los alcances y limitaciones establecidos en el Estudio de Pre inversión (Perfil) aprobado. Dentro de los quince (15) días naturales de iniciado el servicio, presentación del Cargo del documento de Entrega a la Municipalidad del Proyecto Arquitectónico (el que incluye presentación de Memoria Descriptiva y planos del Proyecto con el sello de recepción de la Municipalidad Local). La presentación de este documento de cargo de entrega es de carácter obligatorio, caso contrario, se considerará incompleta la documentación presentada. Exposición del Proyecto Preliminar. a. El Contratista deberá exponer el Proyecto Preliminar ante los funcionarios de SENCICO. Oficina de Desarrollo Mantenimiento e Infraestructura así como Gerencia Zonal Puno. Dicha exposición se efectuará a fin de recoger todas las observaciones del personal de la entidad e incorporar la subsanación de éstas en dicho proyecto que servirá para su implementación del Expediente Técnico. La exposición se podrá realizar a partir del quinto día de la presentación del Primer Informe y no podrá exceder del décimo día de dicha presentación. Dicha exposición podrá ser presentada en formato Power Point u otro similar, planos en Físico etc. con una duración mínima de 20 minutos en las oficinas de SENCICO, Av. Dela Poesía Nº 351 San Borja - Lima. b. Para la aprobación de este Informe es requisito indispensable la realización de esta exposición, de no presentarse el contratista a dicha exposición no se podrá dar por aprobada este Informe bajo responsabilidad del contratista y aplicación de las penalidades calculadas de acuerdo a la formula establecida en articulo 165° y 166° del Reglamento por cada día de atraso.

SEGUNDO INFORME.- EXPEDIENTE TECNICO. Este Informe tiene por finalidad la presentación del Expediente Técnico materia del contrato, el cual deberá estar de acuerdo a los términos de referencia, Proyectos

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Definitivos Aprobados por las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias del área de intervención según corresponda, debiéndose integrar las correcciones a las observaciones que se hubieran realizado, todos estos documentos deberán ser presentados sin enmendaduras, ni borrones, en calidad óptima de presentación, considerando los formatos especificados en el Anexo 04 de los presentes términos de referencia. Además para este informe deberá ya contar con la Conformidad de la Municipalidad Local del Proyecto Definitivo y Aprobación de las empresas prestadoras de servicio y/o concesionaria de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telefonía, siendo obligación de El Contratista obtener dicha conformidad y aprobación correspondiente. Contenido y Desarrollo: Este Informe estará conformada por: · ·

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Resumen Ejecutivo del Proyecto según los contenidos establecidos en el Volumen I del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. Desarrollo del Proyecto en todas sus especialidades (Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas – Electromecánicas, Seguridad y Señalización) según los contenidos establecidos en el Volumen II del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. a. El proyecto deberá ser ejecutado, debidamente compatibilizado con la normatividad reglamentaria vigente en la zona y con los alcances de los estudios básicos. b. Con la finalidad de verificar que el proyecto esté desarrollado en base a los parámetros bajo los cuales fue otorgada la declaración de viabilidad, se deberá presentar un Cuadro Comparativo de las Metas Físicas y Financieras establecidas en el Estudio de Pre inversión con las Metas Físicas y Financieras Propuestas en el Proyecto Definitivo. Desarrollo del Proyecto Definitivo de Arquitectura contempla el desarrollo de los siguientes trabajos: a. Comprende el planteamiento de la propuesta arquitectónica para la infraestructura Educativa requerida, desarrollada a nivel de Proyecto Definitivo completo, al cual se adjuntará la Memoria Descriptiva que sustente y justifique la toma de partido asumida por El Contratista b. El Proyecto Definitivo de Arquitectura representará la alternativa más conveniente desde el punto de vista organizativo, funcional, estético, volumétrico, estructural, presupuestal, etc. En tal sentido, el proyecto deberá ser permanentemente puesto en consideración de La Entidad, a efectos de que se formulen las críticas técnicas que el caso amerite c. El proyecto se planteará respetando en todo momento, los Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Secciones de vía, Alineamiento definidos por la Municipalidad correspondiente d. El proyecto se planteará respetando en todo momento, los alcances y limitaciones establecidos en el Estudio de Pre inversión (Perfil) aprobado. e. El proyecto contendrá Memoria Descriptiva, Plano de Localización a escala 1/5,000, Plano de Ubicación, a escala 1/500, Planos de Plantas a escala 1/50, Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales por zona de intervención, Planos de Elevaciones, Alzados o Fachadas, Frentes y exteriores, a escala 1/50, Dos (02) Perspectivas Exteriores a color a escala 1/50, Dos (02) Perspectivas Interiores a color, escala 1/50, Planos de Detalles Constructivos de todos los elementos que participen y formen parte de la Ejecución de la Obra Desarrollo del Proyecto de las demás Especialidades (Estructuras, Instalaciones Sanitarias, Instalaciones Eléctricas – Electromecánicas, Seguridad y Señalización) según los contenidos establecidos en el Volumen II del Anexo 01

· · ·

·

de los presentes Términos de Referencia. Cotizaciones según los contenidos establecidos en el Volumen IV del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia. Planos Definitivos del Proyecto conforme al Volumen V del Anexo 01 de los presentes Términos de Referencia, debidamente sustentados mediante Memorias Descriptivas y Memorias de Cálculo por cada Especialidad. Presentación del documento de Conformidad al Proyecto Definitivo por parte de la Municipalidad Local. La presentación de este documento es de carácter obligatorio, caso contrario, se considerará incompleta la documentación presentada. La Conformidad del Municipio Local (incluye presentación de planos con el sello de conformidad de la Municipalidad Local) será presentado indefectiblemente a la Entrega de este Informe. Presentación del documento de Aprobación al Proyecto Definitivo por parte de las empresas prestadoras de servicio y/o concesionaria del área de intervención según corresponda de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telefonía. La presentación de este documento es de carácter obligatorio, caso contrario, se considerará incompleta la documentación presentada. La Aprobación de los mismos ante las empresas prestadoras de servicio y/o concesionaria de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario, electricidad y telefonía será presentado indefectiblemente a la Entrega de este Informe.

15. OPORTUNIDAD DE PRESENTACION, EVALUACION Y APROBACION DEL EXPEDIENTE TECNICO: Durante el proceso de formulación del estudio, El Contratista efectuará Dos (02) entregas oficiales y obligatorias, que corresponderá a los Informes que se define el Numeral 14 de los presentes Términos de Referencia. 15.1 OPORTUNIDAD DE PRESENTACION: a. Para cada una de los Informes (Primer y Segundo) de la Elaboración

b.

c.

d.

e.

del Expediente Técnico, El Contratista presentará en calidad de “borrador” al SENCICO (La Entidad), la documentación indicada en el numeral 14 de los presentes Términos de Referencia, debidamente sellada y firmada por cada profesional responsable de su elaboración, Jefe del Proyecto y el Representante Legal del Contratista. Los sellos deben ser legibles y contener el número de colegiatura correspondiente. Dicha documentación deberá ser presentada adicionalmente en Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente al Informe respectivo con los formatos y software requeridos en el anexo 04. Los CD’s deberán estar debidamente rotulados. El Contratista deberá presentar los informes correspondientes en los siguientes plazos. Primer Informe a los Quince (15 ) días naturales de iniciado el servicio, según la definición de fecha de inicio indicado en el numeral 19.2 de los presentes Términos de Referencia. Segundo Informe a los Quince (15) días naturales computados a partir del día siguiente en que se le comunicó al Contratista la conformidad del Primer Informe. Todo retraso en la entrega total de la documentación establecida en el numeral 14 de los presentes Términos de Referencia, que exceda el plazo otorgado, se considerará como mora para efecto de la penalidad respectiva, de ser el caso; según lo señalado en el Numeral 23° del presente documento. De ser el caso que existan demoras que excedan a la fecha del levantamiento de observaciones del Informe Final (incluyendo el periodo máximo de revisión y levantamiento de observaciones) por parte de la Municipalidad en emitir la conformidad al Proyecto Definitivo ó demora de las empresas prestadoras de

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servicio y/o concesionarias en emitir la aprobación de los proyectos respectivos, se considerará este periodo de demora como tiempo muerto, no generándose la aplicación de penalidades al contratista, siempre que se demuestre haber cumplido con la presentación oportuna de dichos proyectos ante la Municipalidad, empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias, presentaciones que no podrá exceder de los plazos establecidos en el numeral 15 de los presentes Términos de Referencia y asimismo que demuestre haber subsanado oportunamente las observaciones que el Municipio y/o las empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias le pudiera haber efectuado (subsanación dentro del plazo establecido para subsanación de observaciones establecido en los términos de referencia). Este tiempo de demora tampoco generará a favor del contratista derecho por concepto de intereses ni ampliaciones de plazo alguno. La demora de la Municipalidad, empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias en dar la conformidad y/o aprobación correspondiente, no es impedimento para que el contratista cumpla con presentar ante la Entidad el resto de la documentación en el plazo establecido para la presentación de cada una de los Informes del Expediente Técnico. f. No se considerará como entrega oficial, cuando El Contratista efectúe la presentación incompleta de los documentos exigidos en el Informe correspondiente. En este caso, y para todo efecto, se considerará como no efectuada la entrega. g. El Informe que se formule deberá ser firmado y sellado por el Representante Legal de El Contratista, y por el Jefe del Proyecto, y por el profesional colegiado responsable de su elaboración. 15.2 REVISIÓN, EVALUACION Y APROBACION: a. La Entidad revisará los volúmenes correspondientes del Expediente Técnico, en

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un plazo referencial de Diez (10) días naturales computados desde el día siguiente a la fecha en que fue recibida la documentación completa. De existir observaciones, éstas serán notificadas por escrito a El Contratista para su subsanación, adjuntándose el expediente observado. El Plazo que se tomen en revisar, evaluar, dar conformidad y/o aprobar la Municipalidad Local y empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias a los Informes y/o documentaciones correspondientes no deberá afectar al desarrollo del Expediente Técnico, por tanto, el Contratista debe cumplir con presentarlos la documentación correspondiente en la oportunidad establecida en el numeral 15 de los presentes Términos de Referencia, no debiéndose generar penalidades al Contratista, ni derecho de pago de interés algunos según las condiciones que se explican en el literal “e” del numeral 16.1 de los presentes Términos de Referencia. El Contratista contará con Cinco (05) días naturales, computados desde el día siguiente a la fecha en que recibe las observaciones del SENCICO, para disponer la subsanación total y nueva entrega. El Contratista contará con Cinco (05) días naturales, computados desde el día siguiente a la fecha en que recibe las observaciones de la Municipalidad Local, empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias, para disponer la subsanación total y nueva entrega. La totalidad de la Subsanación de Observaciones efectuadas por el SENCICO será presentado en la Oficina se Desarrollo Mantenimiento e Infraestructura del SENCICO Sede central Lima. La totalidad de la Subsanación de Observaciones efectuadas por la Municipalidad Local, empresas prestadoras de servicio y/o concesionarias, será presentado directamente ante dichas entidades y empresas mediante documento, cuyo cargo de entrega será entregado al SENCICO, siendo obligación del Contratista hacer el seguimiento y subsanar las observaciones que estas empresas le pudieran hacer hasta obtener las conformidades y/o

aprobaciones correspondientes. g. Todo retraso en la entrega de los documentos corregidos que exceda el plazo

indicado, se considerará como mora para efecto de la penalidad respectiva, cuya penalidad diaria se calculará de acuerdo a lo señalado en los términos de referencia y artículo 165° del Reglamento. El Contratista adjuntará al expediente corregido, el expediente observado, a efectos de facilitar el control de las correcciones efectuadas. h. El Contratista no contará con plazo adicional para levantar observaciones no subsanadas, o que se deriven de correcciones fallidas. En este caso, la penalidad por mora se computará desde el mismo día en que se reciba el Pliego de Observaciones No Subsanadas. 15.3 CONFORMIDAD Y APROBACIÓN: a. La Entidad, luego de verificar el cumplimiento de cada una de los Informes,

procederá a otorgar la Conformidad del Informe correspondiente de la elaboración del Expediente Técnico. b. La Entidad, luego de otorgar Conformidad al Primer y Segundo Informe procederá a otorgar la Aprobación del Expediente Técnico. c. La notificación de la conformidad de cada uno de los Informes le será cursada por escrito al Contratista. La aprobación y conformidad definitiva se otorgará, con la aprobación del Expediente Técnico por parte de la Entidad. d. No será procedente la Conformidad parcial para ningún Informe. Es decir que el contratista deberá cumplir con presentar todos los volúmenes indicados y requeridos, caso contrario su presentación será incompleta y no se podrá dar por concluida el Informe correspondiente, debiéndose aplicar al contratista la penalidad correspondiente. e. El Contratista, dentro de los Cinco (05) días naturales siguientes a la aprobación de cada uno de los Informes (Primer y Segundo), hará entrega a La Entidad de lo siguiente: - Un (01) ejemplar original completo, compatibilizado e integrado, de cada uno de los documentos indicados en el Numeral 14 de los presentes Términos de Referencia. Para documentos en formato A4 se empleará papel bond extra blanco alcalino de 80 gramos y para formatos A1 y A3 se empleará papel bond extra blanco de 90 gramos. Todos los ejemplares estarán debidamente suscritos y sellados por los profesionales responsables, Jefe del Proyecto y por el Representante Legal de El Contratista. Se presentarán en Pioneres A-4 de tres anillos y tapa plastificada rígida. Los expedientes deberán ser debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo. - Tres (03) copias simples (Fotocopia) completa de cada uno de los volúmenes originales. Se presentarán en Pioneres A-4 de tres anillos y tapa plastificada rígida. Los expedientes deberán ser debidamente rotulados con carátula frontal y en el lomo, e identificado como “COPIA”. Deben constar las firmas correspondientes. - Tres (03) Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente a cada uno de los Informes con cada uno de los archivos electrónicos en los formatos indicados en el Anexo 10 de las Bases. Dicha información debe contener toda la documentación que se indica en el Anexo 01. Los CD’s deberán estar debidamente rotulados. - Tres (03) Discos Compactos (CD) con los archivos digitalizados de la información correspondiente a cada una de los Informes con cada una de las hojas debidamente escaneadas y foliadas (según orden establecido en el Anexo 01) que contengan los sellos y firmas del Representante Legal del Contratista, Jefe del proyecto y el Profesional Responsable de su elaboración. Dicha información debe contener toda la documentación que se indica en el Anexo 01 en formato PDF. Los CD’s deberán estar debidamente rotulados.

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La documentación digitalizada que presentará El Contratista, deberá incluir todas las modificaciones que se hayan suscitado durante el proceso de desarrollo del Expediente Técnico. En tal sentido, deberá rectificar, implementar, consolidar y compatibilizar dichos archivos con los documentos impresos, de manera tal que conforme un archivo integrado y completo.

16. RESPONSABILIDAD POR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE: a. El Contratista es el único responsable por la calidad y contenido técnico de la

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documentación que elabore, proyecte, solicite, obtenga, procese, analice o incorpore al Expediente Técnico y/o Ejecución de Obra que entregará a La Entidad. Dicha responsabilidad es intransferible, e ineludible. La Entidad rechazará, en cualquier momento, informe, o circunstancia en que se encuentre la elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de Obra contratada; toda aquella documentación técnica que elabore El Contratista cuando ésta no se encuentre en concordancia con cualquier Norma Técnica, Reglamento, Directiva o Parámetro Normativo vigente que regule la ejecución o diseño respectivo. Sobre la base de lo expuesto, El Contratista está obligado a conocer la normatividad y reglamentación vigente, tanto en el ámbito nacional, regional o local; y que sea aplicable a la elaboración del Expediente Técnico y a la Ejecución de la Obra. Su incumplimiento será considerado como causal de resolución del Contrato atribuible a El Contratista. En este orden de ideas, cuando se determine que la documentación técnica que haya elaborado, ya sea total o parcialmente, incumple la normatividad vigente; El Contratista se obliga y compromete a rectificarla a su costo, incluso en aquellos casos en que por omisión, error o desconocimiento, ésta haya sido aprobada por La Entidad. Dicha responsabilidad no podrá ser, en ninguna circunstancia, negada por El Contratista, quien tampoco podrá excusarse aduciendo contar con la aprobación del Coordinador y/o Revisor. El plazo que amerite dichas rectificaciones, será similar al asignado para subsanar las observaciones del Informe a la que correspondió la elaboración de tal documentación. Superado dicho plazo, El Contratista incurre en mora, siéndole aplicable la penalidad prevista. Los adicionales y ampliaciones de plazo del Contrato de Ejecución de Obra estarán sujetos a los alcances y procedimientos establecidos en la Ley, así como a la evaluación y sustentación de la etapa efectivamente afectada (Ruta crítica).

17. PARÁMETROS NORMATIVOS Y TÉCNICOS QUE DEBERÁ APLICAR EL CONTRATISTA: La documentación técnica que elaborará y presentará El Contratista, estará sujeta obligatoriamente al cumplimiento de las siguientes normas, reglamentos y procedimientos. Su cumplimiento se considera obligación esencial de El Contratista: i.

ii. iii. iv. v. vi. vii.

Reglamento Nacional de Edificaciones (Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA). Aplicable al diseño integral del edificio, de sus componentes, definición de especificaciones técnicas, y demás documentos aplicables directamente al diseño y a la construcción. Norma Técnica Nacional de Edificación E.020: Cargas. Aplicable al Cálculo y Diseño de las Estructuras. Norma Técnica Nacional de Edificación E.030: Diseño Sismo Resistente. Aplicable al Cálculo y Diseño de las Estructuras. Norma Técnica Nacional de Edificación E.050: Suelos y Cimentaciones. Aplicable al Estudio de Mecánica de Suelos. Norma Técnica Nacional de Edificación E.060: Concreto Armado. Aplicable al Cálculo y Diseño de las Estructuras y demás elementos de concreto armado. Norma Técnica Nacional de Edificación E.070: Albañilería. Aplicable al Cálculo y Diseño de muros y tabiques. Norma Técnica Nacional de Edificación E.102: Diseño y Construcción con Madera.

Aplicable al Cálculo y Diseño de elementos estructurales, de ser el caso. viii. Norma Técnica Nacional de Edificación E.110: Vidrios. Aplicable al Diseño de ix. x. xi. xii.

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xiv. xv. xvi. xvii.

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Ventanas, mamparas, etc. Reglamento de Metrados para Obras de Edificación (D.S. Nro. 013-79-VC). Aplicable al metraje a efectuar. Reglamento de Metrados para Obras de Habilitación Urbana (D.S. Nro. 028-79VC). Aplicable al metraje de exteriores, de ser el caso. Reglamento del Régimen de Fórmulas Polinómicas (D.S. Nro. 011-79-VC). Aplicable en la elaboración de las fórmulas polinómicas de reajuste de precios. Norma Técnica de Edificación A.060 / Norma Técnica Nacional de Adecuación Arquitectónica para Personas con Discapacidad (R.M. Nro. 069-2001-MTC/15.04). Aplicable al diseño arquitectónico. Norma Técnica de Edificación U.190 / Norma Técnica Nacional de Adecuación Urbanística para Personas con Discapacidad” (R.M. Nro. 069-2001-MTC/15.04). Aplicable al diseño arquitectónico, de ser el caso. Código Nacional de Electricidad. Parámetros Urbanísticos y Edificatorios de la Municipalidad correspondiente. Aplicable al diseño arquitectónico. Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público, aprobadas mediante Resolución de Contraloría Nro. 072-98-CG. Ley y Reglamento de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común (Ley Nro. 27157 y D.S. Nro. 008-2000-MTC). Aplicable al trámite de consulta previa del proyecto arquitectónico, y a la estimación del costo de la obtención de la Licencia de Obra. El Contratista asumirá solidariamente la responsabilidad que le corresponda al profesional responsable de la elaboración de aquellos documentos técnicos que puedan ser motivo de observación por parte de los organismos de fiscalización del Estado, por no haber sido formulados en atención a las normas vigentes. Todos los documentos serán redactados en idioma castellano, usándose el sistema métrico decimal, ajustándose, además; a las Normas Técnicas emitidas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección a la Propiedad Intelectual – INDECOPI (Ex - INTINTEC); según corresponda.

18. FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOS DE LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Y DOCUMENTOS TECNICOS DE LA EJECUCION DE OBRA: El cumplimiento de los formatos y normas de presentación de los documentos técnicos, se constituyen para El Contratista en obligación esencial, siendo requisito de primer orden en las entregas parciales, o en la entrega final, estando establecidos los formatos de presentación en el anexo N° 04. 19. COMPUTO DE PLAZOS: 19.1 Generalidades: a. Según lo indicado en el Artículo 151° del Reglamento de la Ley, los plazos de

ejecución del servicio se computan en días naturales, excepto en los casos indicados por dicho Reglamento. Se incluyen los días sábados, domingos y feriados. b. Las solicitudes de ampliación del Plazo de Ejecución, se gestionan según lo indicado en el Artículo 41° de la Ley, y en el Artículo 175° del Reglamento. c. El vínculo contractual quedará disuelto cuando quede consentida la Liquidación del Contrato. d. La entrega del Adelanto Directo; siempre y cuando haya sido solicitado por el Contratista dentro del marco establecido en el Numeral 21° del presente documento, el cual no representará obstáculo alguno para el Cómputo de los Plazos de elaboración del Expediente Técnico.

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e. La entrega de la información que deberá proveer La Entidad, que se lista en el

Numeral 11° de este documento, se efectuará como máximo al día siguiente de la suscripción del Contrato. f. El Acta de Reconocimiento del Terreno donde se construirá la obra deberá suscribirse al día siguiente de la fecha de suscripción del contrato, para lo cual deberá efectuarse el reconocimiento de la zona sobre la cual se proyectará el expediente técnico materia del contrato. En dicho reconocimiento participará el Jefe de Proyecto y un representante del SENCICO, Sede Zonal Puno. En caso de no asistir el Jefe del Proyecto en el mencionado reconocimiento, se aplicará la penalidad de 1% por cada día de atraso hasta un tope del 10% del Monto Ofertado del Contrato para la Elaboración del Expediente Técnico. 19.2 Inicio del Plazo de Ejecución de la Elaboración del Expediente Técnico: El Plazo de la Elaboración del Expediente Técnico se computará a partir del día siguiente de la suscripción del Contrato. 19.3 Inicio del Plazo de la Ejecución de Obra: El Plazo de Ejecución de la Obra se inicia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 184 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2004-EF, incluidas sus ampliatorias y modificatorias. 20. FORMA DE PAGO: 20.1 Valorizaciones o Pagos a Cuenta: a. El abono de las valorizaciones de El Contratista se efectuará contra prestación y

con la conformidad de La Entidad.

b. Las Valorizaciones (Pagos a cuenta), que se efectuarán de la siguiente manera:

i.- Del Expediente Técnico Equivalente al Cien por ciento (100%) del Monto Ofertado del Contrato para la Elaboración del Expediente Técnico, contra presentación del mismo y conformidad de La Entidad. ii.- De la Ejecución de la Obra Valorizaciones de Obra: De acuerdo a las Valorizaciones que se encuentra directamente relacionado al Avance Ejecutado de la Obra hasta un Monto Equivalente al Monto Ofertado del Contrato para la Ejecución de la Obra, mas reintegros. c. La Entidad abonará la Valorización en trámite a más tardar dentro del plazo

establecido en el Artículo 197° del Reglamento. La demora por parte del Contratista en la presentación de la solicitud de pago y/o demora en la presentación del Recibo de Honorarios o Factura dentro del plazo establecido y que origine demora en el pago por parte de la Entidad, no generará derecho al Contratista por concepto de interés. 21

SOLICITUD Y ABONO DE ADELANTOS:

21.1 Adelanto Directo a. A solicitud escrita de El Contratista, La Entidad abonará, el Adelanto Directo, hasta por el Veinte por ciento (20%) del del valor del contrato. b. El abono del Adelanto Directo estará condicionado a la presentación que deberá efectuar El Contratista, de una garantía bancaria (Carta Fianza), por igual monto del adelanto, que deberá estar vigente hasta la amortización total del adelanto otorgado. c. La garantía deberá expresar literalmente las condiciones de: Solidaria, Irrevocable,

Incondicionada y de Realización Automática a solo requerimiento de la Entidad. Dicho adelanto será descontado o amortizado proporcionalmente en cada uno de los pagos previstos en el presente documento. d. El plazo para que El Contratista solicite el Adelanto Directo será de ocho (08) días naturales computados a partir de la suscripción del Contrato. La solicitud será efectuada por escrito, debiéndose adjuntar, necesariamente, el original de la garantía correspondiente y el recibo de honorario o factura correspondiente. La Entidad entregará el Adelanto Directo dentro de los siete (07) días naturales de haber recibido la garantía correspondiente. 21.2 Adelanto de materiales a.

A solicitud escrita de El Contratista, La Entidad abonará, el Adelanto de materiales para materiales o insumos a utilizarse en el objeto del contrato, hasta por el cuarenta por ciento (40%).

b.

Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos deberán ser realizadas con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución contractual, en concordancia con el calendario de adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista.

c.

No procederá el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales e insumos.

d.

La amortización del adelanto directo se hará mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones de obra.

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Cualquier diferencia que se produzca respecto de la amortización de los adelantos se tomará en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le corresponda al contratista y/o en la liquidación.

f.

La Entidad entregará el Adelanto Directo dentro de los siete (07) días naturales de haber recibido la garantía correspondiente.

22. CONTROL, SUPERVISIÓN Y REVISIÓN: 22.1 Control: a. El Contratista estará sujeto a fiscalización permanente por parte de los

funcionarios que designe La Entidad, quienes verificarán el cumplimiento de los avances de la elaboración del Expediente Técnico, avances de la Ejecución de la Obra y de los compromisos contractuales asumidos. b. La Entidad designará un Coordinador, el que será acreditado de su propio plantel profesional (Arquitecto o Ingeniero); así como, eventualmente, un Equipo Revisor, que podrá ser contratado o de su propio plantel profesional; a quienes El Contratista brindará todas las facilidades del caso para el cumplimiento de sus funciones durante la elaboración del Expediente Técnico y durante la Ejecución de la Obra. c. El Coordinador estará encargado del seguimiento, control, coordinación y revisión básica de los documentos formulados por El Contratista. Controlará el cumplimiento de los alcances, plazos y compromisos contractuales asumidos por ambas partes. También tendrá a su cargo, informar sobre la procedencia de pago de las valorizaciones del Servicio; gestionando los documentos administrativos que se requiera. d. La Entidad, en aplicación de su derecho de fiscalizar y supervisar el desarrollo del objeto del Contrato, podrá convocar a El Contratista, en las oportunidades que

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h.

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22.2

crea necesario, para efectuar coordinaciones y revisiones al avance obtenido en la elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra; así como para que informe o asesore en asuntos concernientes al objeto del contrato. Son competentes para evaluar, revisar y pronunciarse sobre el contenido técnico de los informes que presente El Contratista: Oficina Desarrollo Mantenimiento e Infraestructura, Gerencia Zonal Puno, el Coordinador y el Equipo Revisor. El Contratista deberá levantar la totalidad de las observaciones que pudiera formularle La Entidad, dentro de los plazos límites establecidos en el presente documento. No procederá la aprobación de los documentos presentados por El Contratista si éste no ha efectivizado la entrega de la etapa completa, incluida la subsanación de las observaciones formuladas. El Contratista deberá garantizar que las actividades y documentos técnicos derivados de estos Términos de Referencia, serán asumidos directamente por los profesionales que presente a La Entidad como parte de su equipo técnico. Cualquier reemplazo en el equipo profesional que deba efectuar El Contratista, deberá ser autorizada por La Entidad, y deberá justificarse en causas fortuitas o de fuerza mayor. El incumplimiento de esta obligación ameritará la aplicación de la penalidad establecida en el Numeral 23° del presente documento. La reincidencia en esta falta, se constituye en causal de resolución del Contrato, por incumplimiento de una obligación esencial de El Contratista. La calidad del Servicio prestado es de exclusiva responsabilidad de El Contratista. En tal sentido, no podrá negarse a la rectificación y/o subsanación de las observaciones técnicas sustentadas y justificadas que le formule La Entidad, todas las veces que sea necesario; sin corresponderle por ello, reconocimiento de mayores gastos. Coordinación y Seguimiento:

a. El Contratista, bajo su exclusiva responsabilidad, deberá efectuar continuas

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reuniones con El Coordinador designado por la Entidad, a efectos de uniformizar los criterios técnicos que servirán de base para el desarrollo de los diferentes rubros y etapas del estudio. Las coordinaciones están orientadas a minimizar las eventuales observaciones que pudieran presentarse al momento de efectuar la revisión oficial de los documentos técnicos por parte de La Entidad. Durante el desarrollo de la elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra, y en cualquier etapa de ejecución en que se encuentre éste, El Contratista deberá tomar en consideración las recomendaciones que le formulen los profesionales del SENCICO, ya sean éstos: Oficina de Desarrollo mantenimiento e infraestructura, Gerencia Zonal Puno, el Coordinador, los Revisores o algún asesor externo convocado por La Entidad. La Entidad es la última instancia facultada a pronunciarse sobre la consistencia técnica y formal de los estudios, ensayos, evaluaciones, y demás documentos formulados por El Contratista. En tal sentido, El Contratista no podrá negarse a subsanar las observaciones que la Entidad le formule a cualquier etapa del Servicio prestado, aduciendo haber sido aprobado previamente por otro funcionario o instancia técnica de La Entidad. La Entidad, en protección de los intereses del Estado, se reserva el pleno derecho de rechazar el Expediente Técnico elaborado por El Contratista, sí dicho documento no contase con la calidad y consistencia técnica requerida. La Entidad se reserva el derecho de requerir a El Contratista información complementaria a la elaborada y presentada por éste, cuando ésta presente inconsistencia técnica, o resulte ser incoherente, incongruente, ilógica o poco clara. El Contratista no podrá negarse a su cumplimiento. Dicha exigencia no implica ampliación de plazo, ni reconocimiento o pago de prestaciones adicionales.

23. PENALIDAD APLICABLE El Contratista será merecedor a que se le aplique la penalidad por mora prevista en el Contrato, cuando exceda los plazos previstos para la entrega de las etapas establecidas, o exceda los plazos que se le otorgarán para subsanar observaciones a que fueran realizadas por El SENCICO, Municipalidad Local, empresas prestadoras de servicio y/o empresas concesionarias de los servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y electricidad. La Entidad deducirá dicha penalidad en cualquiera de las oportunidades previstas en el Artículo 165° del Reglamento de la Ley. El cumplimiento de los plazos de cada etapa es individual, y conlleva a la aplicación de penalidad por mora exclusivamente sobre la etapa que experimente el atraso. Las penalidades serán deducidas en cualquiera de las oportunidades previstas en el Artículo 165° del Reglamento de la Ley. Si La Entidad se excediera en los plazos referenciales que se han establecido para la revisión o aprobación de las etapas, dicho atraso no será computado con cargo a El Contratista. La Entidad no está sujeta a la aplicación de ningún tipo de penalidad por mora en la revisión y/o aprobación de las etapas del objeto del contrato. Cuando el acumulado de las penalidades alcance el Diez por ciento (10%) del Monto Contractual Actualizado, La Entidad podrá resolver el Contrato por incumplimiento de El Contratista, según lo previsto por el Artículo 169° del Reglamento. 24. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: a. La Liquidación del Contrato se practicará de acuerdo con el procedimiento, plazos y

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formalidades establecidos en el Artículo 211° del Reglamento y Directiva N° 007/2005/CONSUCODE/PRE. La Liquidación del Contrato será formulada por El Contratista, y presentada por éste a La Entidad, sólo después de aprobada la última prestación del objeto del contrato. Para efectos de la Liquidación del Contrato, se entenderá que la aprobación de la “Última Prestación” corresponde a la Recepción de la Obra, por parte de la Entidad. La Liquidación del Contrato quedará consentida para todos sus efectos, cuando formulada y presentada por una de las partes, la otra no la observe dentro del plazo que establezcan la Ley, el Reglamento, Directiva N° 007/2005/CONSUCODE/PRE. o en defecto, El Contrato. Una vez que la Liquidación quede consentida, no cabrá reclamo o impugnación alguna sobre ella. La Liquidación consentida cierra el vínculo contractual; salvo en lo concerniente al plazo de garantía que otorga El Contratista por la calidad de la Obra ejecutada, y a lo establecido en el Numeral 12° literal “r” del presente documento.

25. EXTENSIÓN DEL COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA: a. El Contratista y su equipo profesional, asume con La Entidad el compromiso

permanente de absolver y/o subsanar oportunamente, cualquier observación o consulta referida al Expediente Técnico y Ejecución de la Obra que elaborará para ésta, y que pueda provenir de La Entidad, de parte de la Municipalidad correspondiente durante el trámite de obtención autorizaciones y/o licencias, de parte del Supervisor durante la ejecución de la Obra; o de los órganos de fiscalización y control del Estado, o de la propia Entidad, en las oportunidades que éstas últimas lo estimen necesario. b. El Contratista se compromete expresamente a subsanar y/o rectificar, a su propio peculio, los documentos que integran el Expediente Técnico y el Proyecto Definitivo de Construcción, sí estos son observados durante el trámite de obtención de autorizaciones y/o Licencias. c. El Contratista asume estos compromisos bajo responsabilidad, para cuyo cumplimiento La Entidad podrá requerirlo para subsanar observaciones, ya sea por escrito, a través

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de reuniones de coordinación o mediante su presencia en la Obra; y en las oportunidades que sean necesarias. El Contratista no podrá negarse a cumplir dicha obligación bajo excusa alguna, salvo casos fortuitos o fuerza mayor debidamente comprobada. d. El compromiso que asume El Contratista, implica tanto la absolución de las consultas en forma escrita, o en forma personal; ya sea en las oficinas de La Entidad o en lugar donde se ejecute la Obra. e. El Contratista asume solidariamente con los profesionales que participaron en la elaboración del estudio, la responsabilidad por el contenido de la documentación técnica que lo integra. 26. PLAZO DE EJECUCIÓN PARA LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO Y EJECUCION DE LA OBRA: El plazo para la ejecución total es de Doscientos Setenta (270) días naturales (30 días naturales para la elaboración del Expediente Técnico y 240 días naturales para la Ejecución de la Obra), contados a partir del día siguiente a la fecha en que se cumplan las condiciones establecidas en el Numeral 19° del presente documento. No se contabilizarán como parte del plazo de ejecución que tiene el contratista: i. El tiempo de revisión por parte de la Municipalidad Local y el SENCICO. ii. El tiempo que demore la Municipalidad Local, en dar conformidad al proyecto.

El Plazo de Ejecución para la elaboración del Expediente Técnico y para la Ejecución de la Obra está constituido por la sumatoria de los plazos parciales establecidos para el desarrollo de las diferentes etapas previstas para el cumplimiento del objeto del contrato. En este plazo no se consideran, los plazos previstos para las revisiones respectivas ni los plazos considerados para la subsanación de observaciones, contabilizándose solo los plazos que tiene el contratista para la presentación del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra. El Contratista podrá realizar la elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra en un plazo menor al pactado para el desarrollo de cada etapa. Sin embargo, queda plenamente establecido que los días no empleados en dicha etapa, no se acumularán para el desarrollo de las otras etapas, o para cubrir el atraso en que haya incurrido en etapas previas. Tampoco podrá adicionar dichos días al plazo para subsanar observaciones. La entrega anticipada genera automáticamente el recorte del Plazo de Ejecución. En tal sentido, El Contratista deberá cerciorarse que la entrega que efectúe cumpla con todos los servicios, documentos y requisitos establecidos, así como con la calidad técnica exigida. En todo caso, es recomendable, como previsión, que El Contratista emplee todo su plazo para el desarrollo del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra. Cada etapa, además, con plazos definidos para la revisión que efectuará La Entidad y para la formulación de las observaciones que ésta considere pertinentes, de ser el caso. Asimismo, se han establecido plazos para que El Contratista efectúe las subsanaciones o correcciones que correspondan, estos plazos establecidos para la subsanación de observaciones los que no serán computados dentro del plazo de ejecución de cada etapa, razón por la cual no están sujetos a penalidad por mora. No obstante, los plazos que El Contratista requiera para subsanar nuevas observaciones, o para corregir observaciones no subsanadas, que se deriven ambas del pliego original de observaciones, ya sea por omisión o rectificación fallida; sí se considerarán dentro del Plazo de Ejecución, derivando en atraso, lo que conllevará a la aplicación inmediata de la penalidad por mora en dicha etapa; según lo previsto en el Contrato, y en el Numeral 23° del presente documento.

CAPÍTULO IV

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) A. Factor “Experiencia en obras en general” (20 puntos) Se calificará considerando las obras en general ejecutadas por el postor en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la obra materia de convocatoria. Incluye a todas las obras ejecutadas por los postores. Igual al valor referencial Mas de 1 hasta 2 veces el valor referencial Mas de 2 hasta menos de 5 veces el valor referencial Igual a 5 veces el valor referencial

05.00 10.00 15.00 20.00

puntos puntos puntos puntos

Para evaluar la experiencia de postores que presenten contratos ejecutados en consorcio deberá acompañarse la documentación que sustente cuál ha sido el porcentaje de su participación en dicho consorcio, de lo contrario no podrá considerarse la experiencia proveniente de dicho contrato. B. Factor “Experiencia en obras similares” (30 puntos) Se calificará considerando las obras similares ejecutadas en los últimos diez (10) años a la fecha de presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado equivalente al valor referencial de la obra materia de convocatoria, siendo el valor mínimo de cada obra similar el quince por ciento (15%) del valor referencial. Únicamente resultarán validas aquellas obras iguales o similares al objeto de la convocatoria. Las obras que son consideradas similares son: Colegios, Universidades, o cualquier tipo de infraestructura educativa Mayor del 50% a menos del 65% del Valor Referencial 5.00 puntos Del 65% a menos del 80% del Valor Referencial 10.00 puntos Del 80% hasta menos del 100% del Valor Referencial 20.00 puntos 100% del Valor Referencial 30.00 puntos La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares sirve para acreditar experiencia en obras en general Para evaluar la experiencia de postores que presenten contratos ejecutados en consorcio deberá acompañarse la documentación que sustente cuál ha sido el porcentaje de su participación en dicho consorcio, de lo contrario no podrá considerarse la experiencia proveniente de dicho contrato. C. Factor “Experiencia y calificaciones del personal propuesto” (35 Puntos) Jefe de Proyecto (10 puntos) Ejercicio de la profesión : (6 puntos) Se entregará un punto adicional por cada año de experiencia profesional que acredite, adicional al requerimiento mínimo hasta un máximo de 6 puntos.

50

Experiencia en Obras similares: (4 puntos) Se entregará un punto adicional por cada obra similar (colegios, Universidades, o cualquier tipo de infraestructura Educativa) en la que el profesional haya participado por encima del requerimiento mínimo, hasta un máximo de 4 puntos. Arquitecto (8 puntos) Ejercicio de la profesión: (4 puntos) Se entregará un punto adicional por cada año de experiencia adicional que acredite, al requerimiento mínimo hasta un máximo de 4 puntos. Experiencia en Obras similares: (4 puntos) Se entregará un punto adicional por cada obra similar (colegios, Universidades, o cualquier tipo de infraestructura Educativa) en la que el profesional haya participado por encima del requerimiento mínimo, hasta un máximo de 4 puntos. Residente de Obra (7 puntos) Ejercicio de la profesión: (4 puntos) - Se entregará un punto adicional por cada año de experiencia adicional que acredite, al requerimiento mínimo hasta un máximo de 4 puntos. Experiencia en Obras similares: (3 puntos) - Se entregará un punto adicional por cada obra similar (colegios, Universidades, o cualquier tipo de infraestructura Educativa) en la que el profesional haya participado por encima del requerimiento mínimo, hasta un máximo de 3 puntos. Ingeniero Especialista en Estructuras (2.5 puntos) Se entregará medio punto adicional por cada año de experiencia adicional que acredite, al requerimiento mínimo hasta un máximo de 2.5 puntos. Ingeniero de Mecánica de Suelos (2.5 puntos) Se entregará medio punto adicional por cada año de experiencia adicional que acredite, al requerimiento mínimo hasta un máximo de 2.5 puntos. Ingeniero Electromecánico (2.5 puntos) Se entregará medio punto adicional por cada año de experiencia adicional que acredite, al requerimiento mínimo hasta un máximo de 2.5 puntos. Ingeniero Especialista en Instalaciones Sanitarias (2.5 puntos) Se entregará medio punto adicional por cada año de experiencia adicional que acredite, al requerimiento mínimo hasta un máximo de 2.5 puntos. D. Factor “Cumplimiento en la ejecución de obras” (15 puntos) Se evaluará en función al número de constancias o certificados en el que se acredite que el postor ejecutó y liquidó contratos sin que haya incurrido en penalidades, hasta un máximo de diez (10) contratos de obra en general y/o similares. Por ejemplo se puede utilizar la siguiente fórmula de evaluación: PCP= PF x CBC NC

Donde: PCP

=

Puntaje a otorgarse al postor

PF

=

Puntaje máximo del Factor

NC

=

Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor

CBC

=

Número de constancias de buen cumplimento de la prestación

Asimismo, el factor podrá ser acreditado mediante la presentación de cualquier documento en el que conste o se evidencie que la prestación presentada para acreditar la experiencia fue ejecutada sin penalidades, independientemente de la denominación que tal documento reciba. Los certificados o constancias deben referirse a las obras que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En caso la experiencia se haya acreditado con un número mayor de diez obras, para la aplicación de la fórmula propuesta, se considerará que se han presentado únicamente diez (10), ya que tal es el número máximo de constancias de cumplimiento permitidas por la normativa. Ver Pronunciamientos Nº 108-2010/DTN y Nº 112-2010/DTN.

El puntaje total debe ser igual a 100 PUNTOS. LOS FACTORES DE EVALUACIÓN NO PUEDEN CALIFICAR CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS.

CON

PUNTAJE

EL

PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE SESENTA (60) PUNTOS.

52

CAPÍTULO V PROFORMA DE CONTRATO Conste por el presente documento, el contrato de ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEL CENTRO DE CAPACITACION SENCICO ZONAL PUNO” , que celebra de una parte el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción , en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº ………, con domicilio legal en …………, representada por …………, identificado con DNI Nº ……………., y de otra parte ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Y OBJETO Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0012-2012 para la elaboración del expediente técnico y ejecución de la obra Construcción de la Infraestructura del Centro de Capacitación SENCICO Zonal Puno, cuyos detalles e importes, constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: MONTO El monto total del presente contrato asciende …………., incluido el Impuesto General a las Ventas. Este monto comprende la mano de obra y cumplimiento de la normativa laboral, pagos a Entidades de Seguridad Social, SENCICO, costo de equipos, maquinaria, herramientas, materiales, fletes, seguros e impuestos; protección y mantenimiento de la obra durante el período de construcción y hasta la entrega de la misma, dirección técnica, gastos generales, utilidad, y todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la obra hasta su total terminación y entrega. CLÁUSULA TERCERA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En los aspectos y cuestiones que no estén expresamente contemplados en el presente contrato, regirán las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias y el Código Civil vigente. CLÁUSULA CUARTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA QUINTA: VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del presente contrato será a partir del día siguiente de la suscripción del mismo hasta el consentimiento de la liquidación final de la obra. CLÁUSULA SEXTA: VALORIZACIONES Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas de conformidad con lo establecido en el artículo 197 del Reglamento.

CLAUSULA SÉTIMA: DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA El contratista declara que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA OCTAVA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: - De fiel cumplimiento del contrato: S/…………………., a través de la Carta Fianza Nº ………………… Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato y tiene una vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final. CLÁUSULA NOVENA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar la garantía de fiel cumplimiento de contrato cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarla. CLÁUSULA DÉCIMA: PLAZOS 10.1. PLAZO DE ENTREGA DEL TERRENO El terreno o lugar donde se ejecutará la obra será entregado al contratista dentro de los cinco días siguientes a la aprobación del expediente técnico. 10.2. INICIO Y TÉRMINO DEL PLAZO DE EJECUCIÓN El CONTRATISTA se obliga a ejecutar las obras materia de este contrato, en un plazo de 270 días calendarios, contados a partir del día siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 184 del Reglamento. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, queda establecido que el Expediente Técnico motivo del presente proceso, deberá ser entregado a la ENTIDAD, para su evaluación, dentro de los primeros treinta (30) días calendarios de ejecución del contrato. El plazo sólo podrá ser ampliado en los casos contemplados en el artículo 200 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLAUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA planeará y será responsable por los métodos de trabajo y la eficiencia de los equipos empleados en la ejecución de la obra, los que deberán asegurar un ritmo apropiado y calidad satisfactoria. Durante la ejecución de la obra, el CONTRATISTA está obligado a cumplir los plazos parciales establecidos en el calendario valorizado de avance de obra. En caso de producirse retraso injustificado se procederá de acuerdo al artículo 205 del Reglamento. El CONTRATISTA abrirá en el acto de entrega del terreno, el cuaderno de obras debidamente foliado, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el inspector/supervisor y el residente. En este cuaderno de obras se anotarán las indicaciones, órdenes, autorizaciones, reparos, variantes, consultas y anotaciones que consideren convenientes para la ejecución de la obra.

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CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de la obra por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES En caso de retraso injustificado del CONTRATISTA en la ejecución de la obra, aquél se hará acreedor a una penalidad por mora, por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual vigente. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o, si fuera necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato 0.15 x plazo en días Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el contrato por incumplimiento. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RECEPCIÓN DE LA OBRA La recepción de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 210 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: LIQUIDACIÓN DE LA OBRA La liquidación de la obra se sujetará a lo establecido en el artículo 211, 212 y 213 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS ATRIBUIBLES AL CONTRATISTA En caso de incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna de sus obligaciones, que haya sido previamente observada por LA ENTIDAD, y que no haya sido materia de subsanación, esta última podrá resolver el presente Contrato, en forma total o parcial, mediante remisión por la vía notarial del documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica, de conformidad con el procedimiento y formalidades previstos en los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado, y en el artículo 209 de su Reglamento. En este supuesto, se ejecutarán las garantías que EL CONTRATISTA hubiera otorgado de conformidad con el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios ulteriores que pueda exigir. CLAUSULA DÉCIMO SÉTIMA: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Sin perjuicio de la indemnización por los mayores daños y perjuicios irrogados, las sanciones administrativas y pecuniarias que pudieran aplicarse a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas, ni lo eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar.

CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Todos los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado. La controversia surgida será resuelta por un Árbitro Único y mediante Arbitraje de Derecho, para cuyo efecto las partes convienen en someter la controversia al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara Peruana de la Construcción, con domicilio en la Av. Víctor Andrés Belaunde Nº 147, Edificio Real 3, Piso 14, Oficina Nº 1402 San Isidro; sometiéndose igualmente a las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento de dicho Centro Arbitral y a lo establecido en la Ley General de Arbitraje. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA VIGÉSIMA: VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato. De acuerdo con las Bases, la propuesta técnico económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de ………. al …………………………

“LA ENTIDAD”

“EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

FORMATO N° 01 MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN DEL REPRESENTANTE (Fecha), ……………….. Señores COMITÉ ESPECIAL ……………………. (indicar denominación del proceso) Presente.-

……………………………… (nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC Nº ……………………………… nos dirigimos a ustedes, en relación con ……………………………… (indicar denominación del proceso), a fin de acreditar a nuestro representante (o apoderado en caso de personas naturales): ……………………………. (nombre del representante legal, del representante legal común del consorcio o apoderado) identificado con DNI Nº ……………………………… quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección.

………………………….………………….. Firma y sello del representante legal Nombre / Razón Social del postor

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ANEXO N° 01 DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO) Señores COMITÉ ESPECIAL ……………………. (indicar denominación del proceso) Presente.De nuestra consideración: (Nombres y Apellidos del Representante Legal), identificado con DNI Nº ................, domiciliado en .........................................., Representante Legal de la empresa ……………………………; que se presenta como postor de la …………………………….. (indicar denominación del proceso), para la EJECUCIÓN DE LA OBRA ………………. ……………, declaro bajo juramento: 1.- No tengo impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley. 2.- Conozco, acepto y se someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. 3.- Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento para efectos del presente proceso de selección. 4.- Me comprometo a mantener mi oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conozco las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

(Fecha), ………………………………………

…….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados

ANEXO Nº 02 DECLARACIÓN JURADA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN

Señores: COMITÉ ESPECIAL ……………………. (indicar denominación del proceso) Presente.El que suscribe, ........................................, identificado con DNI Nº ............................., Representante Legal de ..............................., con RUC. Nº ............................, declara que mi representada se compromete a ejecutar la Obra ………………………(incluir denominación), materia de ……………………………….(incluir denominación del proceso), de acuerdo al respectivo Expediente Técnico, en el plazo siguiente: PLAZO OFERTADO: (Indicar plazo fijado en el expediente técnico) DÍAS CALENDARIO. (Fecha), …………………………………..

…….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

60

ANEXO N° 03 PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor) Señores COMITÉ ESPECIAL ……………………. (indicar denominación del proceso) Presente.Estimados señores: Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para proveer y presentar una propuesta conjunta para la……………………. (indicar denominación del proceso) responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. ......................................., identificado con D.N.I. Nº…………………….. como representante legal común del Consorcio y fijamos nuestro domicilio legal común en................................., para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y a suscribir con la Entidad ……………………. el contrato correspondiente. OBLIGACIONES DE ……………….: � ……………………… � ………………………

% participación

OBLIGACIONES DE ….……………: � …………………….. � ……………………..

% participación

………………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del

………………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del

Representante Legal Empresa 1

Representante Legal Empresa 2

(Fecha), …………………………………………

ANEXO N° 04 CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO) Señores: COMITÉ ESPECIAL ……………………. (indicar denominación del proceso) Presente.Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que de acuerdo con el monto referencial del presente proceso de selección y el expediente técnico de la obra, mi propuesta económica es la siguiente: CONCEPTO

COSTO (Consignar moneda)

total

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar. (Fecha), ……………………………………… …….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

NOTA : El postor formulará su propuesta considerando los trabajos que resulten necesarios para el cumplimiento de la prestación requerida según los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Técnico, en ese orden de prelación; considerándose que el desagregado por partidas que da origen a su propuesta y que debe presentar para la suscripción del contrato, es referencial.

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FORMATO Nº 2 PRESUPUESTO DETALLADO (Este documento deberá ser presentado para la suscripción del contrato) para la suscripción del contrato) Sistema de Contratación: Suma Alzada COSTO PARCIAL

DESCRIPCIÓN

TOTAL COSTO DIRECTO (1) GASTOS GENERALES

(2)

UTILIDAD

(3)

TOTAL COSTO (1)+(2)+(3) IGV (18%) TOTAL GENERAL (*)

(*)Este monto incluye gastos generales, utilidad y tributos

…….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

FORMATO Nº 3

(De acuerdo al Capítulo III de la Sección Específica) PROFESIONALES REQUERIDOS

CANT.

RELACIÓN DEL PERSONAL PROFESIONAL

…….......................................................... Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

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ANEXO 5

CONTENIDO MINIMO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO. VOLUMEN – I: RESUMEN EJECUTIVO · a).- Nombre del proyecto, b).- Antecedentes, c).- Ubicación del Proyecto (Acceso al área en estudio, Condición climática y Altitud de la zona), d).Objetivo del Proyecto, e).- Descripción del Área en Estudio (Área y perímetro del terreno, Límites y medidas perimétricas, Área construida existente), f).- Diagnóstico de la situación actual (Diagnóstico de la situación actual por cada Especialidad, Conclusiones y Recomendaciones del Levantamiento Topográfico, Conclusiones y Recomendaciones del Estudio de Mecánica de Suelos, Conclusiones y Recomendaciones de la Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de Servicios Básicos, g).- Metas del Proyecto (Metas Físicas expresadas en Áreas y Ambientes), h).- Descripción técnica del proyecto, i).- Mapa de la Zona y Plano de Ubicación, j).- Valor Referencial de Ejecución de Obra (Desagregado por Especialidades, Obras Exteriores, Gastos Generales, Utilidades e IGV), k).- Fuente de Financiamiento, l).Modalidad de Ejecución, m).- Plazo de Ejecución de Obra. · Resumen Ejecutivo del Proyecto. Considera el resumen general del proyecto, exponiendo en forma genérica, pero clara el contenido y objetivo del mismo conteniendo los siguientes puntos: VOLUMEN – II: DESARROLLO DEL PROYECTO POR CADA ESPECIALIDAD · El desarrollo del Proyecto por cada Especialidad deberán ser presentados de manera independiente para cada uno de los requerimientos indicados en el numeral 4.0 Objetivos de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, de los Presentes Términos de Referencia. · Memorias Descriptivas del Proyecto, correspondiente a cada una de las especialidades como: Arquitectura y acabados, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias e instalaciones eléctricas. · Especificaciones Técnicas del Proyecto, correspondiente a cada una de las partidas del Presupuesto Referencial y por cada una de las especialidades de: Arquitectura y acabados, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, Obras Exteriores, etc. Cada Especificación Técnica se estructurará considerando, como mínimo, los siguientes ítems, debiendo ser claramente identificados y descritos: Descripción de trabajos, Calidad de los materiales, Procedimiento constructivo, Sistema de control de calidad, Métodos de medición y Condiciones de pago. · Planilla Descriptiva de Cálculo de Metrados. A cada partida específica que conforme el Presupuesto Referencial, le corresponderá, necesariamente, un Metrado que se genera a partir de los Planos del Proyecto (indicar referencia del Plano que corresponda). No podrá existir partida consignada en el Presupuesto Referencial que no cuente con su respectiva Planilla de Metrado. Los Metrados deben ser detallados. El Contratista deberá evitar el empleo de Metrados Globales o Estimados. Las partidas deben ser debidamente cuantificadas. · Presupuesto Referencial de Obra, estructurado por las especialidades de: Obras provisionales, Arquitectura y acabados, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, instalaciones electromecánicas y obras exteriores. Incluye Cuadro

·

·

· ·

·

·

·

·

Resumen. Los Costos que componen el Presupuesto Referencial que presente El Contratista, deberán ser actualizados a la fecha de la presentación final. Se deberá incluir las partidas y costos correspondientes a las conexiones domiciliarias definitivas de los servicios de: Agua, Desagüe y Energía Eléctrica. Los costos deben guardar relación con las cotizaciones efectuadas. Presupuesto Analítico por cada una de las especialidades: Arquitectura, Estructuras, Instalaciones Sanitarias e Instalaciones Eléctricas y Electromecánicas y Obras Exteriores. Estará estructurado por Específicas del Gasto, desagregados sin considerar la Utilidad. Análisis de Costos Unitarios, para todas y cada una de las partidas del Presupuesto Referencial, el mismo que estará justificado mediante un Análisis de Costo Unitario, en el que se muestre los rendimientos para la ejecución de la partida, las cantidades y precios de los materiales mano de obra y equipos que intervienen en la ejecución de la partida. Relación de Insumos y Recursos. En esta lista aparecerán los insumos y recursos con las cantidades requeridas para la ejecución del proyecto. Fórmulas Polinómicas de Reajuste Automático de Precios. Para la actualización del presupuesto General de la Obra, se elaborarán las Fórmulas Polinómicas por especialidad: Arquitectura, cimentación y estructuración, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas e instalaciones electromecánicas, Obras Exteriores, etc. Estarán sujetas a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 01-079-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Plazo de Ejecución de Obra expresado en Diagrama de Barras Gantt de cada una de las partidas que conforman el presupuesto de ejecución de obra, acompañado de la determinación de Cuadrillas de Mano de Obra óptimas para la zona de trabajo, de rendimientos y recursos acordes con los usados en los Análisis de Precios Unitarios. Debe incluir cada una de las Partidas del Presupuesto consideradas en los diferentes componentes del proyecto a ser desarrolladas mediante el software Ms Project. Al respecto, en el Diagrama de Barras GANTT, se debe expresar numéricamente la duración total del proyecto y de cada una de las actividades, asi como las fechas de inicio y fin, predecesoras, y la ruta crítica en color rojo. Plazo de Ejecución de Obra expresado Diagrama de Red PERT-CPM (Critical Path Method o Método de la Ruta Crítica) de cada una de las partidas que conforman el presupuesto de ejecución de obra. Debe incluir cada una de las Partidas del Presupuesto consideradas en los diferentes componentes del proyecto a ser desarrolladas mediante el software Ms Project. Al respecto, en el Diagrama de Red PERT-CPM, se debe expresar numéricamente la duración total del proyecto y de cada una de las actividades, así como las fechas de inicio y fin, predecesoras, y la ruta crítica en color rojo. Desagregado de Gastos Generales. Los Gastos Generales estarán conformados por los Gastos Directos e Indirectos. Los gastos Indirectos son los gastos que están vinculados con el tiempo como el personal, oficina y varios. Los Gastos Directos son los referidos a los gastos incurridos como costos fijos para la realización del proyecto. Cronograma Valorizado Referencial de Ejecución de Obra mensual. El Cronograma Valorizado de Ejecución de Obra indicará el flujo económico de la ejecución de la obra en función a los tiempos y duraciones previstas en el Diagrama de Barras Gantt. El cronograma valorizado deberá ser expresado en periodos mensuales y/o quincenales.

·

·

· ·

· · ·

· ·

Cronograma de Desembolsos (A coordinar con La Entidad). El Calendario de Desembolsos indicará el flujo económico de pagos que deberá realizar la entidad mensualmente por la ejecución de la Obra. Relación de Equipo Mínimo de Construcción, Listado, Cuantificación y Características de los Equipos Mínimos necesarios para efectuar la Construcción de la Obra. Memoria de Cálculo Estructural. Memoria de Cálculo de dotación de agua potable de consumo y agua contra incendio. Cálculo reglamentario de volumen de cisterna y tanque elevado. Cálculo de la capacidad de electro bombas. Memoria de Cálculo de Carga Eléctrica y Máxima Demanda. Memoria de Cálculo de los equipos mecánico eléctricos. Manual de Mantenimiento. Misión y Visión de las entidades responsables del mantenimiento, las políticas del sector y objetivos del mantenimiento. Conceptos de mantenimiento a utilizar en el Manual, como mantenimiento correctivo, mantenimiento preventivo, mantenibilidad, etc. Determinar los materiales, equipos necesarios a utilizar, disponibilidad. Periodicidad del mantenimiento preventivo. Mantenibilidad requerido para el mantenimiento preventivo y tiempos aproximados para el mantenimiento correctivo. Recursos humanos para la realización de cada tipo de mantenimiento (preventivo y correctivo). Realización del Presupuesto Anual de mantenimiento. Identificar de manera precisa que institución(es) serían responsables del mantenimiento. Conformidad al Proyecto de parte del Municipio Local. Aprobación al Proyecto de parte de las empresas prestadoras de servicio y/o concesionaria de agua potable, alcantarillado sanitario y de electricidad.

VOLUMEN – III: ESTUDIOS BÁSICOS El desarrollo de los Estudios Básicos deberán ser presentados de manera independiente para cada uno de los requerimientos indicados en el numeral 4.0 Objetivos de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, de los Presentes Términos de Referencia. Levantamiento Topográfico del Terreno: a. Comprende la identificación, la definición y la descripción de las características físicas de la superficie del terreno. La definición de las cotas (curvas de nivel), pendientes, perímetro, linderos, colindancias, área, ángulos y vértices del terreno, referencias a las coordenadas UTM. Se incluye la formulación de las conclusiones y recomendaciones del caso; así como la comparación analítica entre la realidad física y los documentos de propiedad, en cuanto a las dimensiones del terreno; exponiendo las posibles causales que lo originan. Se presentarán curvas de nivel, cortes, cotas, ángulos, vértices, vistas fotográficas, etc. (Escala 1:50, 1:75 o 1:100, según corresponda la magnitud del terreno). b. Los Levantamientos Topográficos del Terreno deberán ser desarrollados para cada uno de los requerimientos indicados en el numeral 4.0 Objetivos de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, de los Presentes Términos de Referencia. c. El Levantamiento Topográfico se efectuará tomando la base el Anexo - 02: “Exigencias para el Levantamiento Topográfico”. Estudio de Mecánica de Suelos para fines de Pavimentación, Cimentación y Obras de Saneamiento:

Estudio de Mecánica de Suelos con fines de Cimentación, Pavimentación y Obras de Saneamiento, ejecutado según sea aplicable la Norma Técnica Nacional E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones. Comprende la determinación y sustento de la capacidad portante del suelo, así como la determinación de su tipología y de sus características físicas y químicas: Gravas, limos, arcillas, cloruros, sulfatos, nivel de humedad, ubicación de calicatas, perfiles estratigráficos, ubicación de la napa freática, permeabilidad del suelo, sismicidad, geodinámica, asentamientos, etc. b. El Informe Técnico deberá incluir, necesariamente, los capítulos de: Trabajos de campo, ensayos y pruebas, análisis, conclusiones, y recomendaciones. c. Los Estudios de Suelos del Terreno deberán ser desarrollados para cada uno de los requerimientos indicados en el numeral 4.0 Objetivos de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, de los Presentes Términos de Referencia. El Número de Calicatas no deberá ser inferior a Una (01) Calicata por cada 400 m2 de Área Construida, sin embargo el número mínimo de calicatas para todo el proyecto no deberá ser menor a Doce (12)Calicatas. d. Estos estudios deberán efectuarse bajo las consideraciones que se exponen en los presentes Términos de Referencia y en el Anexo - 03: “Exigencias para el Estudio de Mecánica de Suelos”. a.

Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos: a. Comprende la exploración, identificación, descripción, evaluación y replanteo de las redes públicas, y de las conexiones domiciliarias existentes, referidas a los servicios de agua potable, desagüe, energía eléctrica y telefonía. Incluye pronunciamiento sobre la calidad y frecuencia de los servicios indicados. b. La Evaluación de Factibilidad y Levantamiento de los Servicios Básicos deberán ser desarrollados para cada uno de los requerimientos indicados en el numeral 4.0 Objetivos de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, de los Presentes Términos de Referencia. c. Memoria Descriptiva de los Servicios Básicos existentes, con indicación de su estado operativo, diámetros, calibres, materiales, sistemas, demandas, capacidades, etc. Se presentará la documentación sustentatoria del caso, incluido el análisis, las conclusiones y recomendaciones correspondientes. Se incluirá un anexo fotográfico que permita visualizar la situación expuesta. En caso de no existir dichos servicios públicos en la localidad, se describirán y evaluarán los sistemas alternativos empleados por los lugareños. d. El Contratista formulará el levantamiento y la evaluación de los servicios básicos con los que cuente el terreno o inmueble, tomando en consideración, como mínimo, los siguientes puntos:

Agua Potable: Se identificará, o descartará, la existencia de redes o conexiones domiciliarias y públicas de abastecimiento de agua. Se describirá su situación operativa, su origen (Red pública, pozo, manantial, etc.), la ubicación exacta de la acometida en el terreno, la frecuencia horaria del abastecimiento, la existencia de medidor, el diámetro de la tubería de acometida, los sistemas alternativos de suministro, etc. Asimismo, se aportará cualquier otra información complementaria. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.) El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones. ii. Desagüe: Se identificará, o descartará, la existencia de redes o conexiones domiciliarias y públicas de desagüe. Se describirá su situación operativa, su origen (Red pública, pozo de percolación, acequia, etc.), la ubicación exacta por la cual sale del terreno, diámetro de la tubería de evacuación, pendiente, los sistemas alternativos de evacuación, etc., así como cualquier otra información complementaria: Buzones, acequias, etc. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.). El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones. iii. Energía Eléctrica: Se identificará, o descartará, la existencia de redes y conexiones domiciliarias y públicas de suministro eléctrico. Se describirá su situación operativa, su origen (red pública, generador eléctrico, etc.), la ubicación exacta de la acometida en el terreno, la frecuencia horaria del suministro, la existencia de medidor, el tipo de suministro (monofásico, trifásico), el tipo de acometida (aérea, subterránea), los sistemas alternativos de alumbrado, etc., así como cualquier otra información complementaria. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.). El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones. iv. Telefonía: Se identificará o descartará la existencia de redes domiciliarias y públicas de telefonía, la ubicación exacta de la acometida en el terreno, el tipo de acometida (Aérea, subterránea), etc., así como cualquier otra información complementaria. La información será expuesta por escrito y mediante gráficos (Planos, esquemas, etc.). El Informe contendrá los ítems: Descripción, evaluación, conclusiones y recomendaciones. i.

Informe de Vulnerabilidades del Terreno: a. Se presentará la documentación sustentatoria del caso, incluida la descripción de los factores, el análisis o evaluación de los mismos, así como las conclusiones y recomendaciones correspondientes. Se anexarán los gráficos, mapas, planos o vistas fotográficas que permitan visualizar dichas vulnerabilidades. b. Comprende la identificación, descripción y evaluación de los factores, existentes o potenciales, así como de las situaciones de riesgo o vulnerabilidad, que puedan afectar o actuar sobre el terreno, y, por consiguiente, sobre la Obra a proyectar, como pueden ser: Aludes, deslizamientos, inundaciones, filtraciones, sismos, precipitaciones, asentamientos, afloramientos, pendientes, invasiones, etc. Se incluye la formulación de las conclusiones y recomendaciones correspondientes. c. El Informe de Vulnerabilidades del Terreno deberán ser desarrollados para cada uno de los requerimientos indicados en el numeral 4.0 Objetivos de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, de los Presentes Términos de Referencia.

VOLUMEN – IV: COTIZACIONES · Informe Técnico de Evaluación de los Costos de Construcción. Se informará sobre la ubicación de los principales proveedores y puntos de abastecimiento de materiales y equipos más cercanos al lugar donde se ejecutará la Obra. · Se incluirá un listado resumen, de los materiales, insumos y equipos existentes en la localidad, así como el costo de los mismos, sin incluir el IGV. · Se sustentará con las cotizaciones formales correspondientes de los proveedores consultados. · Las cotizaciones deberán precisar, obligatoriamente, si el costo incluye el flete hasta el emplazamiento de la Obra. · Se presentará, asimismo; información similar a la descrita, para los casos en que deban efectuarse cotizaciones en otras localidades. · Se presentará y expondrán los criterios de cotización asumidos por El Contratista, así como el análisis efectuado, y las conclusiones y recomendaciones correspondientes. VOLUMEN – V: PLANOS Los planos deberán ser desarrollados para cada una de las zonas de intervención: (obras de edificación y obras exteriores) indicados en el numeral 4.0 Objetivos de la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de la Obra, de los Presentes Términos de Referencia. Dicha presentación como mínimo para cada intervención contendrá lo siguiente: Arquitectura: · Plano de Localización, a escala 1/5,000. · Plano de Ubicación, a escala 1/500. · Cuadro de Parámetros Urbanísticos, Edificatorios y/o secciones viales. · Cuadro de Áreas, altura de edificación, etc. · Plot Plan, a escala 1/100 o 1/125. Con proyección de sombras y volúmenes. · Planos de Plantas, a escala 1/50. · Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales, por zona de intervención. · Planos de Elevaciones, Alzados o Fachadas, Frentes y exteriores, a escala 1/50. · Plano de Techos, a escala 1/50. Se incluirán todos los techos del inmueble, indicando pendientes, cumbreras, aleros, coberturas, canaletas, montantes pluviales, etc. · Diseño de cercos, patios, puertas, ventanas, mamparas, escaleras, barandales, pasamanos, rampas, jardineras, etc., a escala 1/25, 1/20 o indicada. · Diseño y detalle de Servicios Higiénicos, a escala 1/25, 1/20 o indicada. · Diseño de mobiliario fijo, a escala 1/25, 1/20 o indicada. · Planos de Detalles Constructivos, a escalas 1/20, 1/25, 1/10, o indicada. · Cuadro General de Acabados, Calidades y Texturas. · Dos (02) Perspectivas Exteriores, a color, escala 1/50. · Dos (02) Perspectivas Interiores, a color, escala 1/50. · Vistas en 3D. Exterior e Interior. Elaboradas en el software Architectural

Desktop. Estructuras: · Planos de taludes, cortes y nivelaciones del terreno, a escala 1/50 o indicada. · Planos de cimentación, según corresponda, a escala 1/50. · Planos de estructuras de concreto y metálicas según corresponda, a escala 1/50. · Planos de columnas, vigas, losas aligeradas, dinteles y techos, a escala 1/50. · Planos de muros de contención, placas, calzaduras, rampas, escaleras, gradas, pilotes, etc.; según corresponda, a escala 1/50. · Planos de cisterna y tanque elevado, a escala 1/50 o 1/25. · Planos de tanque séptico, pozo percolador, sistema alternativo de desagüe propuesto y pozo de captación de agua, según corresponda o Planos de Instalaciones Sanitarias a escala 1/50 o 1/25. · Plano de veredas, losas, sardineles, a escala 1/50 o 1/25. · Planos de otros elementos estructurales considerados en el proyecto, a escala 1/50 o escala indicada. · Planos de detalles constructivos y especificaciones técnicas de los materiales, recubrimientos mínimos de armaduras, longitudes de empalmes, anclajes, traslapes, dobleces, etc. · Cuadro de zapatas, columnas, vigas, placas, cimientos, etc. Indicarán profundidad de cimentación, recubrimientos, estribos, etc. Los anclajes y empalmes cumplirán las Normas Técnicas de Edificación 020, 030 y 060. Instalaciones Sanitarias: · Redes generales interiores y exteriores de agua potable, fría y caliente, según corresponda, a escala 1/50. · Redes generales interiores y exteriores de desagüe, descarga y disposición final de las aguas servidas, a escala 1/50. · Redes generales de evacuación pluvial y drenajes, a escala 1/50 o 1/25. · Diseño de cisterna, tanque elevado, a escala 1/50 o indicada. · Diseño de tanque séptico, pozo de percolación o sistema propuesto, según corresponda, a escala 1/50 o indicada. · Diseño de pozo de captación de agua subterránea o sistema sustituto, según sea el caso, a escala 1/50 o indicada. · Planos de detalles constructivos y especificaciones técnicas de los materiales, etc.; a escala indicada. · Vistas isométricas de las redes de agua potable, desagüe y evacuación pluvial, a escala apropiada. · Diseño de conexión domiciliaria a la red pública o a la fuente de abastecimiento de agua propuesta. · Diseño de conexión domiciliaria a la red pública o a la fuente de alcantarillado propuesta. · Diseño del Sistema Contra-Incendio. Instalaciones Eléctricas: · Planos de acometidas eléctricas, telefónicas e informáticas, a escala 1/50. · Planos de circuitos y redes de alumbrado interior y exterior, a escala 1/50. · Planos de circuitos y redes de tomacorrientes, a escala 1/50. · Planos de circuitos y redes de telefonía interna y externa, a escala 1/50.

Planos de circuitos y redes de informática, a escala 1/50. Planos de circuitos y redes de ventiladores, alarmas, etc., a escala 1/50. Planos de circuitos y redes para detectores de incendios (Humos), a escala 1/50. · Diseño de tableros eléctricos, a escala indicada. · Diseño de pararrayos y pozos de tierra, a escala indicada. · Cuadro General de Cargas, Diagrama de Circuitos, etc. · Planos de detalles constructivos y Especificaciones Técnicas de los materiales, etc. · Planos de instalación de electro bombas, a escala indicada. · Planos de instalación de calentadores eléctricos, de ser el caso, a escala indicada. · Planos de instalación de sistema de comunicación radial: Antena, etc., a escala indicada. · Diseño de conexiones domiciliarias a la red pública o a la fuente de suministro eléctrico propuesto. Seguridad: · Planos de Plantas, a escala 1/50. · Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales, por zona de intervención. · Planos de Elevaciones, Alzados o Fachadas, Frentes y exteriores, a escala 1/50. · · ·

Señalización: · Plano de Localización, a escala 1/5,000. · Plano de Ubicación, a escala 1/500. · Planos de Plantas, a escala 1/50. · Planos de cimentación, según corresponda, a escala 1/50. · Planos de estructuras metálicas, a escala 1/50. · Planos de Cortes o Secciones, a escala 1/50, con un mínimo de Tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales, por zona de intervención. · Planos de Elevaciones, Alzados o Frentes, a escala 1/50.

ANEXO 6

EXIGENCIAS REFERENCIALES PARA EL LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO 1. GENERALIDADES: 1.1 Objetivo del Estudio: Indicar claramente el objetivo para el que ha sido encomendado el Levantamiento Topográfico 1.2 Metodología de Trabajo: Indicar claramente el planeamiento, reconocimiento, monumentado, los trabajos de campo, el trabajo de gabinete, etc. 1.3 Ubicación y Descripción del Área en Estudio: Deberá indicarse claramente la ubicación política y geográfica del área de estudio: Región, departamento, provincia, distrito, centro poblado, zona rural, etc. Referencias geográficas: Latitud y longitud. Se incluirá una breve descripción del terreno, teniendo en cuenta el área de terreno, perímetro, colindancias, los límites del mismo y pendiente o pendientes del terreno expresada en porcentaje, etc. 1.4 Acceso al Área de Estudio: Se deberá describir el acceso al área de estudio: Carretera ó pista asfaltada, trocha carrozable, etc. Los medios de transporte existentes en la zona, así como el tiempo aproximado de llegada al lugar desde las localidades más próximas e importantes. 1.5 Recopilación de Información: Se deberá recopilar información cartográfica y otras, relacionada al proyecto. 2. TRABAJOS DE CAMPO: Los trabajos de campo están constituidos por el conjunto de observaciones y actividades que se realizan directamente sobre el terreno para realizar las mediciones requeridas por el proyecto, de acuerdo con las normas aplicables. Los cálculos y comprobaciones de campo se considerarán como parte integral de las observaciones. Se hacen inmediatamente al final de las mismas. Tienen como propósito verificar el cumplimiento de los trabajos con las normas establecidas. 1.1 Reconocimiento del Área de Estudio.

2.1.1. Descripción del terreno en planimetría y altimetría. 2.1.2. Deberá describirse cada una de las construcciones u elementos existentes dentro de la propiedad. En el supuesto de que existan construcciones, se indicarán los ambientes existentes, sus medidas, su emplazamiento dentro del lote, alturas, espesores de muros, vanos, materiales constructivos, estado de conservación de paredes, columnas, vigas, tijerales, techos, pisos, veredas, losas, etc., el estado de la construcción, niveles de pisos interiores y exteriores, y otros que ayuden a la apreciación del terreno. De existir construcciones colindantes, se deberán indicar y describir las mismas, identificando: propietario, tipo de uso, tipo de construcción (materiales), número de pisos (alturas) y datos de la cimentación existente. 1.1.3. Indicar los linderos, perímetro, ángulos, diagonales y área del terreno, efectuando la comparación analítica entre la realidad física y los documentos de propiedad, en cuanto a las dimensiones del terreno; exponiendo las posibles causales que lo originan. 1.2 Red de Control Horizontal y Red de Control Vertical. 1.1.1 Monumentado de los Puntos Topográficos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) y Referencias. Descripción de materialización de los puntos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) y Referencias (mínimo 2 por cada Punto de Control).

1.3

1.4

1.5 1.6

Todos los puntos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo), deben ser referenciados mediante Puntos de Referencia de Posicionamiento existentes (arista de esquinas de vivienda, postes, etc.) o Puntos de Referencia de Posicionamiento monumentados durante la etapa del levantamiento topográfico, y deben estar ubicados fuera del área de futuros trabajos de movimiento de tierras. El posicionamiento de cada uno de los Puntos de Control Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) deben ser referenciadas, como mínimo por dos (02) Puntos de Referencia, expresadas mediante: a) Longitud (m) - Longitud (m), b) Longitud (m) – Angulo, c) Angulo – Angulo, etc. En el caso del Bench Mark (BM), adicionalmente se añadirá las cotas de los Puntos de Referencia. Los Bench Mark (BM) deben dejarse bien monumentados en el terreno, en un lugar fuera del área de movimiento de tierras y de manera que perduren. El hito tendrá la siguiente especificación: Concreto f’c= 140 Kg./cm2 de 20x20x40 cm. de profundidad, colocándole una plancha de bronce (tipo registro de 4”), en el cual estará indicado el BM. En su defecto podrá ser implementado en una tapa de buzón externa o un elemento que garantice su permanencia. 2.2.2 Precisión de los puntos de control horizontal (Poligonal Básica de Apoyo), el cual estará basado de acuerdo al Tipo de Precisión del Levantamiento Planimétrico empleado, siendo como mínimo una precisión de 1/10,000. Se debe verificar que el Error de Campo (Error en el eje Oeste-Este y Error en el Eje Norte-Sur) de la toma de datos, transformado a precisión, sea inferior a la precisión Teórica correspondiente al Tipo de Levantamiento Planimétrico utilizado. Se recomienda utilizar una Poligonal Básica de Apoyo Cerrada de Tres vértices como mínimo. 2.2.3 Precisión de los puntos de control vertical (Nivelación), el cual estará basado de acuerdo al Tipo de Nivelación empleado, pudiendo ser Nivelación Ordinaria, Nivelación de precisión, etc., verificándose que el Error de Campo de la toma de datos sea inferior al error teórico correspondiente al Tipo de Nivelación utilizado. La nivelación se debe efectuar como mínimo a los Puntos de la Poligonal de Básica de Apoyo y al Bench Mark (BM). Levantamiento Topográfico Planimétrico. Descripción de la recolección de Datos de Campo correspondientes al Levantamiento Topográfico Planimétrico. Presentar los Datos de Campo. El número de puntos taquimétricos y estaciones topográficas (Poligonal Básica de Apoyo), al efectuar el levantamiento o replanteo, debe ser tal, que se pueda obtener un rendimiento óptimo de cálculo. En algunos casos, por necesidad, se deberán indicar mas detalles. Todos estos puntos deberán aparecer dibujados en los planos auxiliares, con su ubicación y cotas respectivas, y estarán distanciados a una longitud no mayor de 20 m. Levantamiento Topográfico Vertical. Descripción de la recolección de Datos de campo, correspondientes al Levantamiento Topográfico Vertical. Presentar los Datos de Campo. El número de puntos de Nivelación Vertical contendrá como mínimo a los Puntos de la Poligonal de Básica de Apoyo y al Bench Mark (BM). Todos estos puntos deberán aparecer dibujados en los planos auxiliares, con su ubicación y cotas respectivas. Ficha Técnica. Será presentada de acuerdo con los formatos predefinidos por la Subdirección de Estudios. Ficha de Puntos Topográficos de Control Horizontal y Vertical. Será presentada de acuerdo con los formatos predefinidos por la Subdirección de Estudios.

1.7 Equipos Topográficos. Descripción de los equipos empleados, indicar el

modelo, características, descripción del funcionamiento y precisión del equipo. 3. TRABAJOS DE GABINETE: Los cálculos de gabinete se ejecutan inmediatamente después de la etapa anterior, y están constituidos por todas aquellas operaciones que, en forma ordenada y sistemática, calculan las correcciones y reducciones a las cantidades observadas; determinando los parámetros de interés mediante el empleo de criterios y fórmulas apropiadas que garanticen la exactitud requerida. El ajuste o compensación deberá seguir, cuando sea aplicable, al cálculo de gabinete. 1.1 Compensación y Cálculo de Coordenadas Planas UTM de los puntos de

control horizontal (Poligonal Básica de Apoyo). Presentar Cuadros explicativos. 1.2 Compensación y Cálculo de Coordenadas Planas UTM de los puntos de

1.3 1.4

1.5 1.6

1.7

1.8 1.9

control vertical (BM y Poligonal Básica de Apoyo). Presentar Cuadros explicativos. Procesamiento de la información topográfica tomada en campo y descripción de la metodología del software utilizado. Presentar Cuadros explicativos. Cálculo de Coordenadas Planas UTM, Geográficas (en grados, minutos y segundos sexagesimales), ángulos internos y Nivel de Cota de los vértices del terreno. Presentar Cuadros explicativos. Área del terreno, área construida por niveles de los edificios existentes, área libre, etc. Presentar Cuadros explicativos. Longitud de cada uno de los lados del terreno, Perímetro Total del terreno y Propiedad de las áreas colindantes, identificando: propietario, tipo de uso, tipo de construcción (materiales), número de pisos (alturas) y datos de la cimentación existente, Ejemplo: Ministerio de Educación, Colegio, albañilería confinada de ladrillo, dos pisos (altura=5.50m), cimentación superficial compuesta por zapatas de concreto armado. José Pérez, Vivienda, adobe, un piso (altura=3.00m), cimentación superficial corrida de concreto ciclópeo. Se adjuntará los documentos legales que acrediten su posesión: Escritura Pública, Margesí, Constancia, o documentos que acrediten la donación del terreno u otros. Plano de localización. Ver Numeral 6.0 “Contenido Mínimo de Planos”, del presente documento. Elaboración de planos topográficos a escalas adecuadas. Ver Numeral 6.0 “Contenido Mínimo de Planos”, del presente documento.

1. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES:

Relacionadas al Levantamiento topográfico y otros. 5. OTROS 5.1 Presentación de Filmación. El Contratista presentará un video descriptivo, donde se visualice las condiciones físicas del terreno y de su entorno inmediato; así como el estado de las conexiones públicas y domiciliarias de los servicios básicos, las vías y edificios adyacentes, etc. De existir edificios en el terreno, la filmación debe permitir visualizar su estado, distribución, etc. El video presentará también las secuencias más representativas del trabajo topográfico efectuado. La filmación debe contar con audio descriptivo, y con una duración no menor de 10 minutos. Se presentará en disco compacto en formato MPG o VCD; compatible con el Reproductor de Windows Media. 5.2 Presentación de Fotografías. Anexar fotografías incluyendo panorámica que sustente como mínimo: - Entorno urbano, calles, etc. - Levantamiento topográfico (Curvas de nivel, etc.)

- Se adjuntarán vistas fotográficas de cada uno de los Puntos de Control

Vertical (BM) y Horizontal (Poligonal Básica de apoyo) y Referencias. - Detalles de los edificios existentes (Estado del edificio, vanos, materiales,

etc.) - Área de demoliciones según sea el caso si aplica(Fallas, causas, etc.) - Una de las tomas debe ser panorámica (Incluir el esquema de trabajo de

campo). - Vistas panorámicas de los linderos e ingreso al local o terreno. - Cada fotografía mostrada debe presentar su respectiva ubicación en planta y

ángulo de la vista. 5.3 Presentación de Documentos. Según los formatos indicados en los numerales 17°, 18°, 19° y 20° de los Términos de Referencia. 6. CONTENIDO MÍNIMO DE PLANOS: 6.1 Plano de localización. Urbana o rural (escala 1/5000), con indicación de los lugares identificables, tales como plaza de armas o edificio importante de la localidad. Se presentará de acuerdo con el inciso d) del numeral 64.2 del Artículo 64° del Reglamento de la Ley de Regularización de Edificaciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común / Ley Nro. 27157 y su Reglamento / Decreto Supremo Nro. 008-2000-MTC. 1.2 Forma del Terreno. Medida de los linderos, que se verificará con los títulos de propiedad. Se indicarán las colindancias con terceros y la orientación del Norte Magnético (Escala 1/200). La orientación deberá coincidir entre el plano de planta y el de ubicación. 6.3 El Levantamiento Topográfico estará referido a las Coordenadas Geográficas del IGN (en grados, minutos y segundos sexagesimales) y Coordenadas UTM del terreno. 6.4 Cuadro de las Coordenadas de los Puntos Topográficos de Control Vertical (BM y Poligonal) y Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo) y Referencias, las mismas que deberán quedar monumentadas. Se consignará en un Cuadro Informativo, con los siguientes datos: o Identificación de cada uno de los Puntos Topográficos de Control Vertical y Horizontal. o Distancia entre cada uno de los Puntos Topográficos de Control Vertical y Horizontal. o Nivel de Cota de cada uno de Puntos Topográficos de Control Vertical y Horizontal. o Coordenadas UTM y Geográficas (grados, minutos y segundos sexagesimales) de cada uno de los vértices del terreno. o Ángulos y Azimut de la Poligonal Básica de Apoyo, en grados, minutos y segundos sexagesimales. 1.5 Curvas de nivel a cada 0.50 m. Cuando el terreno tenga una pendiente mayor al 10% se requiere las curvas a cada 0.25m. Los puntos de relleno taquimétrico se mantendrán en el plano, y estarán distanciados a una longitud no mayor de 20 m. Se deberá también definir los puntos de inflexión del terreno. Las curvas de nivel deberán proyectarse hasta las calles aledañas y/o lotes aledaños, de ser posible 1.6 Ubicación y levantamiento exacto de todos los elementos componentes de la topografía, como: Árboles, edificios, postes, veredas, jardines, calles colindantes, pozos, buzones de alcantarilla, canales, sardineles, escaleras, muros de contención, pircas, elevaciones, cambio de niveles, depresiones del terreno así como taludes, etc.

1.7 En el caso que dentro de la propiedad existan construcciones, se deberá

indicar su ubicación y replanteo de cada una de ellas. Realizar un levantamiento arquitectónico con plantas de distribución de ambientes y vanos, cortes y elevaciones, indicando materiales, niveles de pisos interiores y exteriores, dimensiones: Longitud, altura, espesor de muros, vanos, estado de conservación, etc. Se deberá presentar un cuadro general indicando detalles arquitectónicos y estructura, indicando el estado de conservación de los acabados de cada uno de los ambientes interiores, por ejemplo de la siguiente manera: TIPO SISTEMA

PUERTAS Y REVEST. Y INST. VENTANAS PINTURA- ELECT. Y (ZOCAL Y SANIT. C/ZOCAL) RECE SIN COLS. DE ADOBE CALAMIN CONCRETO METÁLICAS MORTERO I.E.: N.T. PCIO BUEN EST REVESTIDO- A TIJERAL BUEN BUEN DE YESO- I.S.: N.T. N REGUL M. ESTADO ESTADO M.EST

ESTADO DE CONSERVACI ÓN Y RECOMEND. MALO, DEMOLER

HALL APORTI LADRILLO CADO- REVESTIDOB.EST B. EST. DOR APORTI- CONCRETO MITO CADO- REVESTIDOR B.EST REG CER SIN COLS. VIVO: CO REGULAR ALAMBRESM. ESTAD

REGULAR, REHABILITAR

LOSA DEP. SS.H C/COLS H. METALREG.

MUROS

COBERTURA

PISOS

ALIGERA CONCRETO DO EST. MAL REGUL ESTADO ALIGERA MACHIEMB. DO BUEN EST. EST. REGULAR -

MADERA MORTERO I.E.: S.T.MAL P. LÁTEX- M.EST I.S.: ESTADO B.ESTAD S.T.-B.EST ALUMINIO MORTERO I.E.: S.T.ESTADO P.ESMALT- REG I.S.: REGULR REG S.T.-REG SIN REVEST. – MAL ESTADO CONCRETO CONCRETO I.E.: S.T.BUEN – EST. M.EST. I.S.: ESTADO REGULAR N.T. TABIQUES CALAMIN CONCRETO LADRILLO – MORTERO I.E.: S.T.DRYWALL- A TIJERAL MAL MAL P. LÁTEX- B.EST. I.S.: REGULAR M. ESTADO ESTADO REGUL. S.T.-REG.

BUENO MANTENER REGULAR REHABILITAR

MALO DEMOLER REGULAR REHABILITAR

Un cuadro general de acabados, mostrando cuadro de vanos, puertas, ventanas, medidas y materiales, pisos. 1.8 El Contratista deberá presentar como mínimo tres (03) cortes longitudinales y tres (03) transversales del área en estudio, mostrando e identificando, con claridad, los límites de propiedad los principales pabellones y vías aledañas, indicando con una línea vertical el límite de propiedad. Asimismo, se presentará el perfil longitudinal de las calles adyacentes, el cual estará referido al eje central de la calle y al Bench Mark (BM). Los cortes y perfiles longitudinales estarán relacionados a una trama reticular gráfica de referencia (indicando distancia en metros y cota en metros). 1.9 El número de puntos y estaciones, al efectuar el replanteo y/o levantamiento, debe ser tal que se pueda obtener un rendimiento óptimo de cálculo. En algunos casos por necesidad se deberán indicar mas detalles. Todos estos puntos, incluidos los puntos de relleno, deberán aparecer dibujados en los planos con su ubicación y cotas respectivas y estarán distanciados a una longitud no mayor de 20 m. 1.10 Ubicación y localización exacta del Bench Mark (BM) tomado o asumido. Este BM debe dejarse bien monumentado en el terreno en un lugar fuera del área de movimiento de tierras y de manera que perdure con la siguiente especificación: Concreto f’c= 140 Kg./cm2 de 20x20x40 cm. de profundidad colocándole una plancha de bronce (tipo registro de 4”), en el cual estará indicado el BM. En su defecto podrá ser implementado en una tapa de buzón externa o un elemento que garantice su permanencia. Con respecto al BM,

indicar cortes de vías existentes, también corte oficial de las vías de acuerdo al Plan Director. 1.11 Indicar linderos según título de propiedad u otro documento de Posesión y de acuerdo al levantamiento, indicar las medidas de todas las diagonales del terreno. Se consignará en un Cuadro Informativo, con los siguientes datos: o Identificación de cada uno de los vértices del terreno. o Medición de cada uno de los lados o Linderos del terreno. o Medición de los ángulos de cada uno de los vértices del terreno, en grados sexagesimales, minutos y segundos sexagesimales. o Niveles de cota de cada uno de los vértices del terreno, tanto interiores como exteriores. o Coordenadas UTM y Geográficas (grados, minutos y segundos sexagesimales) de cada uno de los vértices del terreno. o Azimut (grados, minutos y segundos sexagesimales) de los Lados o Linderos. Asimismo se deberá indicar de manera precisa la existencia de cercos existentes, medianeros o independientes con sus niveles, medidas, alturas, materiales y estructuras y datos de la cimentación así como su estado de conservación. 1.12 Indicación de los exteriores del terreno. Calles perimétricas, indicando, además, los puntos o cotas exteriores del muro perimétrico o linderos, sección de vías, buzones de alcantarilla con sus cotas respectivas (Tapa, fondo, llegadas, salidas, etc.), postes de luz, teléfono, subestación eléctrica, etc, todo ello referido al BM principal. Indicar con precisión las curvas y niveles de terrenos colindantes. Mínimo 3 metros a partir de linderos con vecinos. En el caso de calles todo su ancho. De existir construcciones vecinas señalar el propietario, tipo de uso, tipo de construcción (materiales), número de pisos (alturas) y datos de la cimentación existente. 1.13 Indicar dimensiones y niveles de veredas existentes, estado de conservación. 1.14 Presentar Cuadros de Áreas del terreno, área construida por niveles de los edificios existentes, área libre, etc. Indicar distancia del terreno a la esquina más cercana y la distancia del terreno a la Plaza de Armas o hito importante. 1.15 Presentar información de la existencia, características y situación actual de los servicios básicos de agua, desagüe, instalaciones eléctricas y telefonía. 1.16 Indicar el sentido y dirección flujo natural de aguas pluviales (escorrentía) y que se indique en los planos. 1.17 Incluir certificación de zonificación y alineación de vías. 1.18 Norte Magnético o Geográfico. Se establecerá y consignará, con toda claridad, el norte magnético o geográfico, según corresponda. 1.19 Los Planos incluirán un cuadro con los símbolos y leyendas, así como las escalas gráficas y numéricas empleadas. 7. FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS TÉCNICOS: 1.1 Documentos Técnicos Gráficos - Planos:

Determinados en el anexo 8 1.2 Documentos Técnicos – Redactados:

Determinados en el anexo 8.

ANEXO 07 EXIGENCIAS REFERENCIALES PARA EL ESTUDIO DE MECANICA DE SUELOS 1. GENERALIDADES: 1.1 Objetivo del Estudio. Indicar claramente el objetivo para lo que ha sido encomendado el Estudio de Mecánica de Suelos (EMS). 1.2 Normatividad. El estudio deberá estar en concordancia con la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Construcciones. 1.3 Ubicación y Descripción del Área en Estudio. 1.3.1 Deberá indicarse claramente la ubicación del área de estudio: Departamento, provincia, distrito, centro poblado, zona rural, etc. Así como una breve descripción del terreno. 1.3.2 Adjuntar mapa de la zona y plano de ubicación. 2. GEOLOGÍA Y SISMICIDAD DEL ÁREA EN ESTUDIO: 2.1 Geología. Describir los aspectos geológicos más importantes (Geomorfología y Estratigrafía) con sus respectivo Mapa Geológico de la zona en estudio; así como también de acuerdo con la Geodinámica Externa. Indicar los aspectos que pudieran incidir en la obra a ejecutar y sobre el que el proyectista debe tomar conocimiento para evaluar las soluciones a tener en cuenta. 2.2 Sismicidad. 2.2.1 Preferentemente los aspectos de micro zonificación sísmica definiendo los parámetros de diseño a tener en cuenta. 2.2.2 Adjuntar mapa de zonificación sísmica (Norma E-030.97 de Diseño Sismorresistente). 3. INVESTIGACIÓN DE CAMPO: 3.1 El Contratista deberá ejecutar las técnicas de investigación aplicables a los EMS, de acuerdo con las técnicas establecidas en la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Construcciones. Se debe explicar las características de las investigaciones de campo efectuadas, resumen de los trabajos de campo, etc. 3.2 El Contratista deberá definir su programa de investigación, debiendo necesaria y obligatoriamente, ubicarse dentro del área en la que se emplazarán las obras proyectadas (edificación, cercos perimétricos, losas deportivas, cisternas, tanques sépticos, etc), para cuyo efecto deberán demolerse áreas pavimentadas, si fuera necesario. Se debe explicar las características del programa de investigación efectuado. Resumen de los trabajos de campo. Muestreo de los registros de exploraciones, acompañadas de fotografías. 1.3 En el caso de encontrarse con niveles freáticos altos y no sea posible la excavación de las calicatas, es recomendable realizar el “Ensayo de Penetración Estándar (SPT)” ó utilizar equipos de bombeo y encofrados. 4. CIMENTACIÓN DE LAS ESTRUCTURAS A TOMAR EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA CAPACIDAD ADMISIBLE DE CARGA: El Contratista deberá tener en cuenta que las estructuras que se proyecten, eventualmente podrán ser del tipo mixto. Sobre este orden de ideas, para determinar la capacidad admisible o CBR de diseño del terreno, se contemplará: 4.1 El tipo de estructura que se proyecte, el cual eventualmente será el descrito en el párrafo anterior. 4.2 Dimensiones de cimentaciones, de acuerdo con las dimensiones geométricas a

utilizar en el proyecto. 4.3 En los suelos cuya capacidad admisible sea menor de 0.5 Kg/cm², El Contratista deberá presentar alternativas de solución. Dichas propuestas deberán ser económicas, funcionales y seguras para los intereses de La Entidad. 5. ENSAYOS DE LABORATORIO: Se realizarán como mínimo los siguientes ensayos: - Granulometría. - Clasificación de suelos. - Contenido de humedad. - Límites de Atterberg (Límite líquido, límite plástico, índice de plasticidad). - Análisis químico de agresividad del suelo. - Análisis químico de agresividad del agua (Cuando exista napa freática). - Peso unitario. - Densidad. - Ensayo apropiado para evaluar la resistencia al corte del suelo de acuerdo a las condiciones encontradas en el campo. - Ensayo apropiado para estimar los parámetros involucrados en la estimación de los asentamientos. 6. PERFILES ESTRATIGRÁFICOS: Se indicarán claramente los perfiles estratigráficos referidos al Punto Topográfico de Control Vertical (Bench Mark: BM) y a los Puntos Topográficos de Control Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo). El número de calicatas y de muestras. Su clasificación: Origen, nombre y símbolo del grupo de suelo, según el sistema unificado de suelos (SUCS, ASTM D 2487). El espesor y profundidad del estrato, color, humedad, plasticidad, consistencia y/o densidad relativa, descripción, porcentaje en peso y dimensiones de boleos, bolonería, etc. Tamaños máximos de agregado grueso, etc., de acuerdo con los niveles de la estratigrafía de los estratos subyacentes, indicando, además, la napa freática o nivel de filtración en caso de haberse encontrado en la excavación realizada. 7. ANÁLISIS DE LA CIMENTACIÓN: 7.1 Profundidad de la Cimentación. Se indicará claramente la profundidad mínima a la que deberán cimentarse las estructuras proyectadas. En caso de existir alternativas de cimentación, deberán indicarse las que se han tomado para el cálculo de la capacidad admisible de carga, y en el caso que se presenten diferentes profundidades de cimentación deberán indicarse los diferentes tipos utilizados para el cálculo de la capacidad admisible de carga. 7.2 Tipo y Dimensión de la Cimentación. Se hará de acuerdo con lo descrito en los ítems 4.1 y 4.2 de este documento. En el caso que se presenten diferentes dimensiones geométricas de los elementos de la cimentación, se deberá tener en cuenta cada tipo para el cálculo de la capacidad admisible de carga. 7.3 Cálculo y Análisis de la capacidad admisible de carga. El Contratista deberá presentar la metodología del cálculo con sus respectivas Tablas para la determinación de la capacidad admisible de carga, mostrando los parámetros o características físico mecánicas de los suelos ubicados dentro de la zona activa de la cimentación. La ubicación del nivel freático y valores numéricos que se están empleando, según sea el caso y teniendo en cuenta los ítems 7.1 y 7.2; fundamentando los criterios para el empleo de la formulación propuesta. 7.4 Cálculo de Asentamientos. El Contratista deberá presentar el cálculo que sustente la estimación de los asentamientos producidos por la presión inducida según los resultados de 7.3, en concordancia con las diferentes profundidades y tipos de cimentaciones de acuerdo a los ítems 7.1 y 7.2. Se señalarán

explícitamente los valores utilizados y la fuente de información. En concordancia con la normatividad vigente, los asentamientos diferenciales permisibles en ningún caso deben ocasionar una distorsión angular mayor a L/500. En los casos de que se presente este inconveniente, la capacidad admisible deberá ser reformulada. En el caso de que la zona activa de la cimentación, se encuentren en suelos granulares saturados sumergidos, ya sea arenas limos no plásticos, o gravas contenidas en una matriz de estos materiales; el informe deberá evaluar el potencial de licuefacción de suelos, de acuerdo a la sección 6.4 establecida en la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Construcciones. 7.5 Zonificación de Suelos. El Contratista deberá definir y presentar en un esquema la Zonificación de Suelos, con sus respectivos parámetros: Profundidades de la Cimentación, Tipos y Dimensiones de la Cimentación, Capacidades Admisibles de Carga, Asentamientos, etc. u otros parámetros que estime conveniente. La Zonificación de Suelos se graficará con un achurado a 45° grados sexagesimales en relación con alguna de las líneas principales del perímetro de la edificación, en el caso de existir mas de una Zona de Suelos, se graficarán con achurados perpendiculares a los utilizados anteriormente, de tal manera que en planta se diferencien unos de otros. 8. PROBLEMAS ESPECIALES DE LA CIMENTACIÓN: El Contratista deberá presentar su informe acerca de los problemas especiales de la cimentación establecidos en la Norma E-050: Suelos y Cimentaciones del Reglamento Nacional de Construcciones; procediendo a su investigación correspondiente y/o descartándolo. Estos son los siguientes: 8.1 Suelos Colapsables. El Contratista efectuará el estudio correspondiente para descartar o verificar la existencia de suelos colapsables, cuando estos puedan afectar a la estructura. 8.2 Ataque Químico a la Cimentación. El Contratista deberá adjuntar en el estudio el análisis químico de suelos, tales como los porcentajes de sulfatos o cloruros y otros que puedan ser encontrados en las muestras representativas y que ejerzan sobre los materiales y elementos constructivos: Corrosión, disgregación, disolución, erosión, etc., debiendo efectuar las recomendaciones para su protección y/o neutralización. De acuerdo con estos resultados, deberá recomendar el tipo de cemento a utilizar, o el tratamiento especial según sea el caso. En el caso que se evidencie la presencia de napa freática deberá adjuntar en el estudio el análisis químico del agua, tales como los porcentajes de sulfatos o cloruros y otros que puedan ser encontrados en las muestras representativas, de acuerdo a éstos resultados deberá recomendar el tipo de cemento a utilizar, o el tratamiento especial según sea el caso. 8.3 Suelos Expansivos. El Contratista efectuará el estudio correspondiente para descartar o verificar la existencia de suelos expansivos, cuando estos puedan afectar a la estructura. 8.4 Licuefacción de Suelos. El Contratista efectuará el estudio correspondiente para descartar o verificar la ocurrencia del fenómeno de Licuefacción en los suelos ubicados bajo la napa freática. 8.5 Calzaduras. Donde sea aplicable, el informe del EMS, deberá incluir los parámetros de suelos requeridos para el diseño de las obras de calzadura y sostenimiento de las edificaciones, muros perimetrales, pistas y terrenos vecinos, considerando que estos puedan ser desestabilizados como consecuencia directa de las excavaciones que se ejecuten para la construcción de las obras, o como consecuencia de un sismo o sobrecargas durante la

ejecución de obras, las que deberán ser consignadas en cálculos respectivos. Para cumplir con lo indicado, El Contratista deberá proveer toda la información referente al perfil de suelos que será involucrado por la obra de calzadura y/o sostenimiento. Dicha información deberá incluir como mínimo: El perfil del suelo mostrando sus diferentes estratos y el nivel freático tal como se detalla en el Numeral 6.0 del presente documento, las características físicas, el peso unitario, el valor de la cohesión y el ángulo de fricción interna de los diferentes estratos que lo componen, según se aplique, debiendo obtenerse conforme se indica la Norma E-050. Estos mismos parámetros deben ser proporcionados por El Contratista para el caso de una eventual saturación del suelo. En caso de ser requerido el bombeo de la napa freática para la construcción de las obras de calzadura y/o sostenimiento, El Contratista deberá proponer los coeficientes de permeabilidad horizontal y vertical del terreno, aplicables al cálculo del caudal de agua a extraer y deberá prevenir cualquier consecuencia negativa que pueda ocasionar a la obra o a las edificaciones existentes, el acto de bombear o abatir la napa freática. 9. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES: 9.1 Referencias. Se procederá a indicar con claridad las alternativas de solución recomendadas, tales como profundidad de cimentación (pueden ser varias por zonas), capacidad admisible de carga con su respectivo asentamiento, (pueden ser varias por zonas y en cada zona con diferentes valores de acuerdo a los tipos y dimensiones geométricas de cimentaciones a utilizar en el proyecto), tipo de cemento a emplear, drenajes, etc. 9.2 Figuras. Además del esquema de ubicación del Proyecto, se incluirá el esquema de ubicación de las calicatas, indicando la cota de cada una respecto al Bench Mark (BM) topográfico; referenciadas con medidas que permitan ubicar su posición con respecto a un punto claramente definido en el Proyecto, hito topográfico o edificio existente. 9.3 Tablas. Se deberán presentar cuatro tablas, que corresponden a: - Resumen de trabajos de campo. - Cantidad de ensayos de laboratorio. - Resumen de ensayos de laboratorio. - Elementos químicos agresivos a la cimentación. 9.4 Registro de Exploraciones. Se mostrarán todos los registros de exploraciones realizadas. 9.5 Ensayos de Laboratorio. Se mostrarán todos los ensayos de laboratorio y certificados de análisis químicos; en original. 10. OTROS: 10.1 Presentación de Fotografías. El número de fotografías a presentar en el informe de suelos debe mostrar la ubicación, metodología y ejecución de los trabajos de campo realizados. Deben mostrar vistas fotográficas de cada uno de los puntos de investigación (Calicatas, Penetración Dinámica, DPL, SPT, etc.), incluyendo detalles del local o terreno en estudio, interiores, exteriores y/o alrededores. Cada fotografía mostrada debe presentar su respectiva ubicación en planta y ángulo de la vista. Debe incluirse una fotografía panorámica del local o terreno en estudio, indicando la ubicación de las exploraciones realizadas. 1.2 Plano en Planta de Ubicación del Programa de Exploración y Zonificación. Se adjuntará un plano en Planta de Ubicación del Programa de Exploración y Zonificación. Se debe mostrar la ubicación en Planta (Coordenadas UTM) y Perfil (cota) de cada uno de los puntos de investigación (Calicatas, Penetración Dinámica, DPL, SPT, etc), debiendo estar relacionado y referido al Punto Topográfico de

Control Vertical (Bench Mark: BM) y a los Puntos Topográficos de Control Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo). Cada uno de los puntos de investigación realizados, deben ser referenciadas con medidas y/o ángulos que permitan ubicar su posición con respecto a un punto claramente definido en el Proyecto, hito topográfico o edificación existente. Se debe mostrar la Zonificación de Suelos con sus respectivos parámetros (Ejemplo, Zona Tipo I: Profundidades de la Cimentación, Tipos y Dimensiones de la Cimentación, Capacidades Admisibles de Carga, Asentamientos, etc.) La Zonificación de Suelos se graficará con un achurado a 45° grados sexagesimales en relación con alguna de las líneas principales del perímetro de la edificación, en el caso de existir mas de una Zona de Suelos, se graficarán con achurados perpendiculares a los utilizados anteriormente, de tal manera que en planta se diferencien unos de otros. El Plano mostrará las curvas de nivel a cada 0.50m. Cuando el terreno tenga una pendiente mayor al 10%, se requerirá las curvas cada 0.25m. Asimismo, deberán indicarse los linderos, propietario, usos del terreno, obras existentes, situación de la infraestructura, datos de la cimentación, disposición de las acequias y drenajes y se deberá mostrar la ubicación prevista para las obras según el Anteproyecto aprobado por La Entidad. En el plano de ubicación se emplearán nomenclaturas indicadas en la Tabla Nro. 2.4.2 de la Norma E-050. 10.3 Perfiles Estratigráficos en Corte Longitudinal y Transversal. Se adjuntarán Planos de los Perfiles Estratigráficos, en corte longitudinal y transversal al terreno; referidos al Punto Topográfico de Control Vertical (Bench Mark: BM) y a los Puntos Topográficos de Control Horizontal (Poligonal Básica de Apoyo), de tal manera que se pueda visualizar y relacionar las exploraciones efectuadas con el levantamiento topográfico y el proyecto arquitectónico. 10.4 Presentación de Documentos, Ensayos, Certificados. Todos los documentos, certificados y ensayos; serán firmados por los responsables y avalados por el profesional que ha recibido el encargo del estudio. 10.5 Para Casos de Obras Menores. Para el caso de obras menores, tales como cercos perimétricos, casetas, servicios higiénicos de 01 piso, etc.; se deberán de dar las recomendaciones pertinentes, teniendo en cuenta que trasmiten cargas mínimas y probablemente la profundidad de cimentación no sea necesariamente la que corresponde a la infraestructura principal. 10.6 Recomendación Referida a Capa de Afirmado o Material Granular. El Contratista deberá recomendar si es necesario colocar capa de afirmado, material granular u otro, indicando los espesores de éstos (mínimo 10 cm.), y los grados de compactación necesarios para recibir las capas de concreto en la ejecución de obras exteriores, como patios, veredas, losas deportivas, pisos, etc. De la misma manera se procederá para las obras interiores, es decir, los pisos interiores. En ambos casos, se señalará el tratamiento de la subrasante. 10.7 Recomendación Referida al Término de Trabajo e Investigación de Campo. El Contratista deberá, luego de efectuar su trabajo de investigación de campo, ejecutar la clausura de las exploraciones efectuadas, dejando la zona de trabajo, tal como fue encontrada. 11. FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: 1.3 Documentos Técnicos Gráficos - Planos: Determinados en el anexo 8 1.4 Documentos Técnicos – Redactados:

Determinados en el anexo 8.

ANEXO 8 FORMATOS DE PRESENTACION DE DOCUMENTOS TÉCNICOS

Documentos Técnicos Gráficos - Planos: a. Planos Topográficos, del Anteproyecto y del Proyecto de Construcción dibujados a través del software Autocad (Versión 2011 for Windows), Architectural Desktop (Versión 2010 for Windows). b. Planos impresos en Formato DIN – A1(84x59.4cm) y A3 (42x21cm) c. Los membretes de los planos con logotipo SENCICO se deberá solicitar membrete típico a la entidad. Documentos Técnicos – Redactados: a. Presupuestos, Análisis de Costos Unitarios, Fórmula Polinómica y Relación de Materiales y Base de datos completa, con la finalidad de actualizar el presupuesto; formulados a través del software S-10 (Versión 1.0 for Windows) y exportado al software Microsoft Excel (Versión compatible con Windows 98). b. Memorias Descriptivas, Especificaciones Técnicas y textos en general, formulados a través del software Microsoft Word (Versión compatible con Windows 98). c. Plantilla de Metrados y Memorias de Cálculo, formulados a través del software Microsoft Excel (Versión compatible con Windows 98) y/o software Microsoft Word (Versión compatible con Windows 98). d. Cronograma de Ejecución de Obra, Cronograma Valorizado de Avance de Obra, y Calendario Mensual de Desembolsos, formulados a través del software Microsoft Project (Versión compatible con Windows 98). e. Diagramas de Barras Gantt y Diagrama CPM (Critical Path Method o Método de la Ruta Crítica), formulados a través del software Microsoft Project (Versión compatible con Windows 98). Exposición: a. Será presentado en el software Microsoft Power Point (Versión compatible con Windows 98). Fuentes Tipográficas: a. En la redacción de los textos se empleará fuente “Century Gothic”. El tamaño de la letra para los Títulos Generales será de 12 puntos. Para Títulos de 11 puntos. Para los Subtítulos de 10 puntos, y para los Textos de 9.5 puntos. b. Se empleará espaciado interlineal sencillo y alineación justificada.

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