CONSERVACION DE LA VERDAD EN LOS ARGUMENTOS INFORMALES?

¿“CONSERVACION DE LA VERDAD” EN LOS ARGUMENTOS INFORMALES? Ángel Tolaba En esta ponencia trataremos de sugerir una dirección analógica entre el tratam

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¿“CONSERVACION DE LA VERDAD” EN LOS ARGUMENTOS INFORMALES? Ángel Tolaba En esta ponencia trataremos de sugerir una dirección analógica entre el tratamiento que se suele hacer de los razonamientos formales en cuanto a la relación entre validez y verdad y el tratamiento similar que podemos hacer de los razonamientos informales. Si bien es cierto el concepto de validez formal sólo es propio del ámbito de la lógica, en el ámbito de la teoría de la argumentación informal es posible tomar algunos razonamientos y evaluarlos para saber si es posible determinar en ellos alguna regla, no de carácter lógico, pero sí de otra naturaleza, que nos permita plantear la siguiente regla: si un argumento informal respeta tal regla y además tiene premisas verdaderas, entonces su conclusión también deberá ser verdadera. Con lo cual se reproduce, de alguna manera, el esquema de la conservación de la verdad en los argumentos buenos. Aclaro que esta tarea que emprendemos ahora es sólo un anticipo de un estudio que debe proponerse un análisis más completo. No obstante, lo que podamos plantear aquí como problemas legítimos de la argumentación informal son sólo algunos puntos que debieran animarnos para una línea de análisis para la discusión. Para comprender el tema que voy a desarrollar, el de las reglas informales que hacen a un argumento informal correcto o no, debo hacer referencia a los razonamientos formales, puesto que esto permitirá -mediante la comparación- comprender mejor el tema de este análisis. Cuando se estudia, por ejemplo, las formas de silogismos correctos de la lógica aristotélica, se advierte que hay muchas formas de razonamientos que pueden ser consideradas válidas (64) más allá aun de la verdad o falsedad de sus premisas. Esto es así debido a que

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la validez lógica tiene que ver con la forma lógica más bien que con el contenido. A continuación voy a dar un ejemplo de silogismo válido, primero con premisas falsas y luego uno con premisas verdaderas. Todos los delfines son mamíferos. Todos los mamíferos son animales. Por lo tanto todos los delfines son animales. No es necesario hacerle a este silogismo la prueba a través de diagramas de Venn (modo de demostración de la validez de un silogismo) para saber si es un razonamiento válido. Lo es y además tiene premisas verdaderas. Ahora voy a ofrecer un silogismo con la misma forma (es decir también válido), pero con proposiciones falsas: Todo los delfines son aves. Todas las aves son minerales Por lo tanto todos los delfines son minerales. No cuesta mucho ver que la forma del razonamiento es la misma que el anterior, pero este silogismo está construido con proposiciones falsas. Pese a esto, se dice que es un silogismo válido desde el punto de vista de la forma. En lógica esta diferencia se suele presentar del siguiente modo: si los razonamientos además de ser válidos tienen proposiciones verdaderas, entonces también se dicen que son buenos razonamientos. Dado que la validez de un razonamiento formal lo da sólo su forma, se suele utilizar también una vía condicionada para definir la validez de un razonamiento: si un razonamiento válido tiene premisas verdaderas, entonces su conclusión necesariamente también deberá ser verdadera. Esto se conoce con el nombre de la conservación de la verdad en todo razonamiento que además de válido tiene premisas verdaderas. Obviamente, para definir esto se da antes por supuesto que un razonamiento es válido en virtud de su forma. ¿Qué pasa con los argumentos informales? ¿Existe para estos tipos de argumentos reglas de alguna naturaleza que sirvan para diferenciar los argumentos informales buenos de los que no lo son? Si

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estas reglas puede de algún modo definirse, ¿puede servirnos -de forma análoga- como una suerte de criterio de la “conservación de la verdad”? Para tratar de responde en parte a estos interrogantes comenzaré el análisis sobre un tipo de argumento, sin embargo, el anticipo de estos análisis -así lo creo- puede servir de muestra para sugerir que la tarea de definir reglas y de plantear una conservación de la verdad en los argumentos informales puede realizarse de forma más satisfactoria. Comenzaremos con los requisitos que Juan Manuel Comesaña plantea para con los argumentos que apelan a la autoridad: “Las apelaciones a la autoridad constituyen una maniobra argumental muy común en distintos tipos de contextos. Se hace una apelación a la autoridad cuando, como razón para creer en la verdad o falsedad de una afirmación, se cita la opinión de alguna autoridad. Aunque apelar a una autoridad no tiene nada de malo en sí mismo, deben observarse ciertas reglas para que la apelación no resulte falaz” (Comesaña, 1998: 63) Luego de esta definición, Comesaña detalla la serie de requisitos que un correcto argumento que apela a la autoridad debe cumplir, resumimos los mismos: 1. La fuente citada debe ser, efectivamente, una autoridad en la materia en cuestión. La violación de esta regla es una maniobra publicitaria ampliamente utilizada. Así, es frecuente escuchar a futbolistas promocionando las bondades de una cierta pomada medicinal, o hasta de un cierto partido político. Debe notarse que la mayoría de las disciplinas (sobre todo en las “maduras”) una autoridad en una rama particular puede no serlo (y generalmente no lo es) en otra. Así, apelar a la opinión de un abogado criminalista sobre u caso de divorcio, si bien es menos falaz que apelar a la opinión de un cocinero, constituye de todos modos una falacia. Y apelar a la autoridad de un físico especializado en “ciencia de los materiales” sobre el principio de complementariedad cuántica también puede resultar peligroso.

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Otra cuestión importante que esta regla hace surgir es que es a menudo difícil determinar si alguien es o no una autoridad en el tema en cuestión, y es más difícil aún si lo quiere hacerse sin apelar a las opiniones de otras autoridades. 2. Si la discusión es entre expertos, entonces la apelación a la autoridad es falaz. Esta regla se deriva de la anterior ya que si son expertos en la cuestión quienes están discutiendo, entonces no hay una autoridad para ellos. Así, en la discusión entre Einstein y Bohr acerca de ciertos principios fundamentales de la física cuántica, si uno de ellos hubiera apelado a la opinión de otro físico acerca del tema hubiera cometido una falacia de apelación a la autoridad. Puede sostenerse que algo de eso hizo Einstein al decirle a Bohr “Dios no juega a los dados”. Para quien crea en Dios, sin embargo, y crea también que Dios establece las leyes físicas, ésta sería una apelación legítima a la autoridad (aunque la dificultad en este caso estaría en establecer la verdad de la premisa). El comentario anterior trae a colación una consideración importante con respecto a esta regla. A menudo la autoridad viene en grados: hay ciertos grupos de gente que es experta en cierto tema con respecto a otro grupo, pero no lo es con respecto a un tercer grupo. Así, ceteris paribus, un estudiante de sociología es una autoridad en sociología con respecto a un estudiante en matemáticas, pero no lo es con respecto a sus profesores. Y seguramente algunos de sus profesores no serán una autoridad en el tema son respecto a otras personas. Lo que es falaz en una discusión entre expertos es apelar a la autoridad de un experto de grado inferior, pero no lo es apelar a la autoridad de un experto de grado superior. Por supuesto, así como puede haber dificultades para evaluar quiénes son expertos en ciertas materias, puede también haber dificultades (quizás mayores) àra evaluar qué grado de autoridad tiene un determinado experto. 3. Si los expertos no están de acuerdo entre sí, entonces la apelación es falaz. Así, ofrecer como razón a favor de la existencia real de la indeterminación la interpretación de Popper de la física cuántica es

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cometer una falacia de apelación a la autoridad, ya que ni físicos ni filósofos están de acuerdo sobre el tema. Lo que es pertinente aquí es ofrecer razonamiento, llamémoslos así, directos, y no apelar a las opiniones de un tercero. En cierto sentido, si los expertos no se ponen de acuerdo, entonces es porque, en el tema en cuestión, no hay expertos, lo que muestra que es ya regla también se sigue de la primera. Estas consideraciones nos llevan directamente a la regla siguiente. 4. Deben existir expertos en el tema, la materia en cuestión debe ser una disciplina establecida. ¿Podemos plantear que en un argumento en que se apela a la autoridad, respeta estas reglas y además posee premisas verdaderas, su conclusión “debe” también ser verdadera? Es claro que no se puede pretender que en el caso de los argumentos informales la “conservación de la verdad” posea el carácter necesario que tal conservación tiene en los razonamientos validos con premisas verdaderas. Sin embargo, hay más posibilidades de que, si un argumento de autoridad respeta las reglas exigidas al mismo y además tiene premisas verdaderas, entonces su conclusión sea verdadera. ¿Aparte de los argumentos que apelan a la autoridad, los otros tipos de argumentos informales son también susceptibles de un tratamiento semejante? Si es así, entonces es posible para los argumentos informales una especie de “conservación de la verdad”.

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Bibliografía: COMESAÑA, J. M (1998): Lógica informal, falacias y argumentos filosóficos, Bs. As, EUDEBA. MIRANDA ALONSO, T (1995): El juego de la argumentación, Madrid, Ediciones de la Torre. PLANTIN, Christian (1998): La argumentación, Barcelona, Ariel WESTON, A (1994): Las claves de la argumentación, Barcelona, Ariel.

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