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CONTRATO DE SUMINISTRO
Servicio de arriendo de vehículos, camiones recolectores de residuos sólidos domiciliarios, banedora y maquinaria para la Comuna de Natales ., lA-
En Puerto Natales, a siete días del mes de agosto del año dos mil trece, entre la Ilustre Municipalidad de Natales, R.U.T. N° 69.250.100-4, representada por su Alcalde don FERNANDO PAREDES MANSILLA, R.U.T. N° 8.830.032-7, ambos con domicilio en calle Carlos Bories l\lo 398 de Puerto Natales; y el proveedor SERVICIOS AGROTUR LIMITADA, R.U.T. N° 76.367.450-9, representado para estos efectos, según se acreditará, por don JAVIER ALEJANDRO CASTRO PAVEZ R.U.T. N° 14.384.116-2 ambos con domicilio en calle Lago Llanquihue N° 0246, San Bernardo, Santiago, se establece el siguiente Contrato de suministro para el servicio de arriendo de vehículos, camiones recolectores de residuos sólidos domiciliarios, barredora y maquinaria para la Comuna de Natales"
PRIMERO
De acuerdo al llamado a Licitación Pública N° 2663-53-LP 13, Y mediante Decreto Alcaldicio N° 2755 de fecha 29 de Julio de 2013, la Municipalidad adjudicó al proveedor SERVICIOS AGROTUR LIMITADA el "Contrato de Suministro para el servicio de arriendo de vehículos, camiones recolectores de residuos sólidos domiciliarios, barredora y maquinaria para la Comuna de Natales".
SEGUNDO Por el presente contrato, la l. Municipalidad de l\latales encarga al proveedor adjudicado comprometerse a entregar los servicios solicitados de acuerdo a la necesidad del Municipio, a requerimiento de la Unidad Técnica, de acuerdo a todo lo dispuesto en Bases Administrativas Generales y Especiales ; Especificaciones Técnicas; Anexos , aclaraciones del llamado a propuesta, así como todos loS, antecedentes de la "Oferta Técnica y "Oferta Económica'" presentado por el proveedor; informe de Evaluación Propuesta Pública, de fecha 23 de Julio de 2013; Decreto Alcaldicio N° 2755 de fecha 29 de Julio de 2013 que adjudicó la presente licitación, antecedentes que forman parte integrante del presente contrato para todos los efectos legales.
TERCERO
El precio de los servicIos requeridos por el municipio será el que indique en la oferta. Este valor mensual de los servicios será reajustado una vez al año de acuerdo a la variación que experimente el I.P .C. entre el mes anterior a la fecha de cumplimiento de año y el mes anterior de inicio, considerando el 100% de la variación anual que experimente el I.P.C Los valores adjudicados son los siguientes:
Camión RSD 16 mts.3
$ 7.000.000
Camión RSD 07 mts.3 Barredoras de calles Aceras Camión Plano
$ 6.000.000
mensual
l. PRIORIDAD
Contenedores Camión Aljibe
2. PRIORIDAD
Cargador Frontal Retroexcavadora Moto niveladora Excavadora Bulldozer Camión Tolva
CUARTO
mensual $ 480.000 diario, or 8 hrs. $ 270.000 diario, or 8 hrs. $ 100.000 diario, or 8 hrs. $ 320.000 diario, 8 hrs. $ 130.000 diario, 8 hrs. $ 150.000 diario, 8 hrs. $ 250.000 diario, or 8 hrs $ 220.000 diario, 8 hrs. $ 240.000 diario, 8 hrs. $ 350.000 diario, 8 hrs.
Los pagos se realizarán mensualmente por periodos vencidos contra factura y dentro de los diez primeros días hábiles al mes posterior en que se prestaron los servicios. Será obligación del proveedor informar mensualmente por escrito el trabajo realizado a la Administración Municipal de la Ilustre Municipalidad de Natales, según corresponda. Este informe técnico deberá tener yOB o del Administrador Municipal, y este deberá anexarse a la factura para el pago correspondiente. En
lo demás deberá observarse lo señalado en los puntos 21, 22, 23 Y 24 de las bases administrativas y especiales de la licitación materia del presente contrato. QUINTO
El presente "Contrato de Suministro para el servicio de arriendo de vehículos, camiones recolectores de residuos sólidos domiciliarios, barredora y maquinaria para la Comuna de Natales", tendrá una vigencia de 3 años a contar desde la fecha de suscripción del mismo.
SEXTO
La Municipalidad declara que el proveedor garantizó en este acto el Fiel Cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y previsionales, mediante Boleta de Garantía N° 0167989 del Banco de Crédito e inversiones "B.C.I" a favor de la Ilustre Municipalidad de Natales, por un monto $ 5.000.000.- (cinco millones de pesos) con vigencia hasta el 30-11-2016 que equivale a 60 días hábiles adicionales al plazo de término del contrato.
SEPTlMO
El proveedor adjudicado tendrá como contraparte la Inspección Técnica del Servicio recayendo está en la administración municipal quien supervisará la labor realizada y velará por el fiel cumplimiento del contrato como asimismo de las obligaciones laborales y previsionales. Para ello mantendrá contacto permanente con el proveedor adjudicado y les solicitará los informes correspondientes, sin perjuicio de la facultad del municipio de cambiar la inspección técnica previa comunicación oportuna al contratista.
OCTAVO Sin perjuicio de la aplicación íntegra del punto 25 de las bases
administrativas generales y especiales de la licitación materia del presente contrato, si la Inspección Técnica notara deficiencias de cualquier naturaleza en la prestación del servicio contratado, deberá notificar de inmediato y por escrito al contratista para que dé solución a la infracción detectada. Dichas notificaciones podrán efectuarse en el libro de inspección u otro documento escrito (incluido el correo electrónico) emanado de la Municipalidad. El proveedor del servicio, al ser notificado de alguna sanción o multa, podrá apelar o presentar sus descargos dentro de los 5 días hábiles a la fecha de notificación, apelación o descargos que serán evaluados en derecho por el Asesor Jurídico del Municipio, remitiendo los antecedentes al Sr. Alcalde, quien ratificará, rebajará o dejará sin efecto la sanción o multa sugerida de acuerdo a lo informado por la Asesoría Jurídica.
Una vez resuelta la apelación, el Asesor Jurídico del Municipio, deberá emitir el Decreto Alcaldicio correspondiente para ser enviado al Proveedor del Servicio, al Departamento de Administración y Finanzas (quienes descontarán del pago más próximo la multa aplicada) y a las Unidades Técnicas (Administración Municipal) además del Departamento de, Operaciones y Unidad de Control de la Municipalidad.
Las multas a aplicar son las siguientes: • Deficiencias con respecto a la conducta del personal realiza el servicio: 1.
2. 3.
I 4.
5.
Solicitar dádivas, por persona. No usar el uniforme propuesto, por cada trabajador. Comportamiento impropio hacia el pÚblico o Personal municipal, por trabajador, debidamente acreditado. Cambiarse de ropa en la vía pÚblica durante las horas de trabajo. Uso de uniforme propuesto incompleto
que
lUTM
Estas multas se aplicarán sin perjuicio de las acciones que tome el proveedor del servicio en forma ulterior hacia el trabajador. • Deficiencias con respecto a la parte administrativa del contrato
• Deficiencias con respecto al control del desarrollo y la calidad 6.
7.
8.
9.
No cumplir con las obligaciones laborales y/o previsionales. No proporcionar la implementación Y elementos de seguridad necesarias al personal para desarrollar el trabajo a desempeñar según sea el caso. Una vez notificado No mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de contrato antes del vencimiento, por cada día de atraso en la entrega. No mantener la dotación de choferes propuestos para el servicio. Por cada día de incumplimiento. del servicio por parte del proveedor del servicio
3UTM
5 UTM
10.
11.-
12.
13.-
14.
15.
16.
NOVENO
Por no efectuar el cambio de vehículo 15 UTM
cuando sea requerido por la inspección
técnica (en caso de estar en mal estado
el ofertado para el servicio requerido)
5 UTM Por cualquier desobediencia aIITO, respecto al cumplimiento de las
obligaciones establecidas en las bases y
EETT.
No efectuar el correspondiente lavado de 5 UTM los vehículos y maquinarias cuando sea
requerido.
5 UTM Cambiar, sin autorización de la
administración municipal, los camiones, la ruta, horarios y frecuencias de vehículo, en cada caso detectado. No disponer de la dotación de vehículos y 5 UTM maquinarias, ya sea en términos de cantidad y a los años, no inferior a los ofertados. Por díg de incumplimiento 5UTM Por la no presentación a la inspección técnica de maquinarias y vehículos arrendados. En caso de ser requerido Abandono de vehículo en la vía pública, 5 UTM por causas ajenas a desperfectos mecánicos.
El contrato se extinguirá entre otras por las siguientes causales, sin perjuicio de las demás acciones legales que se puedan emprender para resguardar los intereses municipales: Vencimiento del plazo de vigencia Quiebra del Contratista Mutuo acuerdo Fallecimiento del contratista y/o disolución de la sociedad. Aplicación de una tercera multa del servicio licitado. Paralización de los servicios por más de tres días, sin justificación alguna por parte del contratista. • Fuerza mayor o caso fortuito. • Condena del contratista por delito que merezca pena aflictiva. • Infracción a las bases o a las clausulas del contrato que se suscriba
• • • • • •
Lo anterior sin perJUIcIo de las multas que la inspección técnica curse, según lo contemplado en las Bases Administrativas y en el presente contrato. DÉCIMO
Serán cargo del adjudicatario, todos los gastos e impuestos que emanen de la celebración del presente contrato, incluido el costo de garantía y los gastos notQriales como así mismo los que se produzcan por este cÓilG-epto: hasta,su liquidación final. :.',.
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UNDÉCIMO Para todos los efectos legales,' de~ivQdos del presente contrato, las partes fijan domicilio;ésp~éial eryl