CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO

CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO Comparecen, ante el señor Inspector del Trabajo, por una parte la señora MARÍA FABIOLA ALEGRIA CORDOVA VACA, portador

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CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO Comparecen, ante el señor Inspector del Trabajo, por una parte la señora MARÍA FABIOLA ALEGRIA CORDOVA VACA, portadora de la cedula de ciudadanía No. 100056343-5; en su calidad de EMPLEADORA y

por otra

parte el señor JOSÉ EFRÉN VILLOTA VÁSQUEZ portador de la cédula de ciudadanía

No.

040106316-9

en

calidad

de

TRABAJADOR.

Los

comparecientes son ecuatorianos, domiciliados en la ciudad de Ibarra, provincia

de

Imbabura,

respectivamente

y

Cantón

capaces

Espejo,

para

Parroquia

contratar,

San

quienes

Isidro

libre

y

voluntariamente convienen en celebrar un contrato de trabajo a PLAZO FIJO con sujeción a las declaraciones y estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas: La

EMPLEADORA

y

el

TRABAJADOR

en

adelante

se

las

denominará

conjuntamente como “Partes” e individualmente como “Parte”. PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: La EMPLEADORA para el cumplimiento de sus actividades y desarrollo de las tareas propias de su actividad necesita contratar los servicios laborales de Un trabajador en General, que se ocupe del cuidado de la Hacienda

“LA

COCHA”

perteneciente

a

San

Eduardo

-

San

Isidro,

revisados los antecedentes del señor JOSE EFREN VILLORA VASQUEZ, éste declara tener los conocimientos necesarios para el desempeño del cargo indicado, por lo que en base a las consideraciones anteriores y por lo expresado en los numerales siguientes, la EMPLEADORA

y el TRABAJADOR

proceden a celebrar el presente Contrato de Trabajo. SEGUNDA.- JORNADA ORDINARIA Y HORAS EXTRAORDINARIAS.El TRABAJADOR se obliga y acepta, por su parte, a laborar ocho horas diarias por jornadas de trabajo, las máximas diarias y semanal de Lunes

a

Viernes

de

08:00

a

17:00,

con

una

hora

de

almuerzo

en

conformidad con la Ley, en los horarios establecidos por la EMPLEADORA de acuerdo a sus necesidades y actividades. Así mismo, las Partes podrán convenir que, el TRABAJADOR

labore tiempo extraordinario y

suplementario cuando las circunstancias lo ameriten y tan solo por orden escrita del EMPLEADOR. TERCERA.- REMUNERACIÓN.La EMPLEADORA pagará al TRABAJADOR por la prestación de sus servicios la remuneración convenida de mutuo acuerdo en la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$ 292,oo). La

EMPLEADORA

sociales

y

reconocerá

los

demás

también

beneficios

al

TRABAJADOR

establecidos

las

en

obligaciones

la

legislación

ecuatoriana. CUARTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá una duración de UN AÑO.

Con un periodo de

prueba de hasta 90 días conforme lo establecido en el Art. 15 del Código de Trabajo. Este contrato podrá terminar por las causales establecidas en el Art. 169 del Código de Trabajo en cuanto sean aplicables para este tipo de contrato. QUINTA.- LUGAR DE TRABAJO.El

TRABAJADOR

desempeñará

las

funciones

para

las

cuales

ha

sido

contratado en las instalaciones ubicadas en la Hacienda “LA COCHA”, Parroquia San Isidro, en el Cantón Espejo, provincia del Carchi, para el cumplimiento cabal de las funciones a él encomendadas. SEXTA.- Obligaciones de los TRABAJADORES Y EMPLEADORES: En lo que respecta a las obligaciones, derecho y prohibiciones del empleador y trabajador, estos se sujetan estrictamente a lo dispuesto en el Código de Trabajo en su Capítulo IV de las obligaciones del empleador y del trabajador, a más de las estipuladas en este contrato. Se

consideran

como

faltas

graves

suficientes para dar por terminadas

del

trabajador,

la relación laboral.

y

por

tanto

SÉPTIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las reconocen y aceptan las partes, éstas se sujetan al Código del Trabajo. OCTAVA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.En caso de suscitarse discrepancias en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato y cuando no fuere posible llegar a un acuerdo amistoso entre las Partes, estas se someterán a los jueces competentes del lugar

en que este contrato ha sido celebrado, así

como al procedimiento oral determinados por la Ley. NOVENA.- SUSCRIPCIÓN.Las

partes

se

ratifican

en

todas

y

cada

una

de

las

cláusulas

precedentes y para constancia y plena validez de lo estipulado firman este contrato en original y dos ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad de Ibarra el día primero del mes de Febrero del año 2012

MARIA FABIOLA CORDOVA VACA

JOSE EFREN VILLOTA VASQUEZ

LA EMPLEADORA

EL TRABAJADOR

C.C. 100056343-5

C.C. 040106316-9

CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO Comparecen, ante el señor Inspector del Trabajo, por una parte el Ingeniero WALTER FERNANDO CARANQUI IBADANGO, portador de la cédula de ciudadanía Nro. 100263972-0 en su calidad de EMPLEADOR y por otra parte la Ingeniera CRISTINA MARCELA MORALES ESPINOZA portadora de la cédula de ciudadanía Nro. 100287122-4 en calidad de TRABAJADORA. Los comparecientes son ecuatorianos, domiciliados en la ciudad de Ibarra y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar un contrato de trabajo a PLAZO FIJO con sujeción a las declaraciones y estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas: El EMPLEADOR y la TRABAJADORA en adelante se las denominará conjuntamente como “Partes” e individualmente como “Parte”. PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: El EMPLEADOR para el cumplimiento de sus actividades y desarrollo de las tareas propias de su actividad necesita contratar los servicios laborales de Una TRABAJADORA EN GENERAL, revisados los antecedentes de la señora CRISTINA MARCELA MORALES ESPINOZA, ésta declara tener los conocimientos necesarios para el desempeño del cargo indicado, por lo que en base a las consideraciones anteriores y por lo expresado en los numerales siguientes, el EMPLEADOR y la TRABAJADORA proceden a celebrar el presente Contrato de Trabajo. SEGUNDA.- JORNADA ORDINARIA Y HORAS EXTRAORDINARIAS.- La TRABAJADORA se obliga y acepta, por su parte, a laborar ocho horas diarias por jornadas de trabajo, las máximas diarias y semanales de acuerdo al Art. 47 del Código de Trabajo: De lunes a Viernes de 09:00 a 18:00, con una hora de almuerzo. Así mismo, las Partes podrán convenir que la TRABAJADORA labore tiempo extraordinario y suplementario cuando las circunstancias lo ameriten y tan solo por orden escrita del EMPLEADOR. TERCERA.- REMUNERACIÓN.- El EMPLEADOR pagará a la TRABAJADORA por la prestación de sus servicios la remuneración convenida de mutuo acuerdo en la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$ 292,oo). El EMPLEADOR reconocerá también a la TRABAJADORA las obligaciones sociales y los demás beneficios establecidos en la legislación ecuatoriana. CUARTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá una duración de UN AÑO, con un periodo de prueba de hasta 90 días conforme lo establecido en el Art. 15 del Código de Trabajo. Este contrato podrá terminar por las causales establecidas en el Art. 169 del Código de Trabajo en cuanto sean aplicables para este tipo de contrato. QUINTA.- LUGAR DE TRABAJO.- La TRABAJADORA desempeñará las funciones para las cuales ha sido contratado en el Restaurante “EL CEIBO” ubicado en la Calle Olmedo 10-15 y Velasco, en la ciudad de Ibarra,

provincia de Imbabura, para el cumplimiento cabal de las funciones a ella encomendadas. SEXTA.- Obligaciones de los TRABAJADORES Y EMPLEADORES: En lo que respecta a las obligaciones, derecho y prohibiciones del empleador y trabajador, estos se sujetan estrictamente a lo dispuesto en el Código de Trabajo en su Capítulo IV de las obligaciones del empleador y del trabajador, a más de las estipuladas en este contrato. Se consideran como faltas graves del trabajador, y por tanto suficientes para dar por terminadas la relación laboral. SÉPTIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE.En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las reconocen y aceptan las partes, éstas se sujetan al Código del Trabajo. OCTAVA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.En caso de suscitarse discrepancias en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato y cuando no fuere posible llegar a un acuerdo amistoso entre las Partes, estas se someterán a los jueces competentes del lugar en que este contrato ha sido celebrado, así como al procedimiento oral determinados por la Ley. NOVENA.- SUSCRIPCIÓN.- Las partes se ratifican en todas y cada una de las cláusulas precedentes y para constancia y plena validez de lo estipulado firman este contrato en original y dos ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad de Ibarra el día 05 del mes de Julio del año 2012.

Ing. Walter Fernando Caranqui EL EMPLEADOR C.C. 100263972-0

Ing. Cristina Marcela Morales LA TRABAJADORA C.C. 100287122-4

CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO FIJO Comparecen, ante el señor Inspector del Trabajo, por una parte................, a través de su representante legal,........................ (en caso de personas jurídicas); en su calidad de EMPLEADOR y por otra parte el señor _______________________ portador de la cédula de ciudadanía # ___________su calidad de TRABAJADOR. Los comparecientes son ecuatorianos, domiciliados en la ciudad de............ y capaces para contratar, quienes libre y voluntariamente convienen en celebrar un contrato de trabajo a PLAZO FIJO con sujeción a las declaraciones y estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas:

El EMPLEADOR y TRABAJADOR en adelante se las denominará conjuntamente como “Partes” e individualmente como “Parte”. PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: El EMPLEADOR para el cumplimiento de sus actividades y desarrollo de las tareas propias de su actividad necesita contratar los servicios laborales de …………………(Nota explicativa: Un solo cargo Ejemplo: Mecánico, secretaria), revisados los antecedentes del(de la) señor(a)(ita) ……………………, éste(a) declara tener los conocimientos necesarios para el desempeño del cargo indicado, por lo que en base a las consideraciones anteriores y por lo expresado en los numerales siguientes, el EMPLEADOR y el TRABAJADOR (a) proceden a celebrar el presente Contrato de Trabajo. SEGUNDA.- JORNADA ORDINARIA Y HORAS EXTRAORDINARIAS.El TRABAJADOR (a) se obliga y acepta, por su parte, a laborar ocho horas diarias por jornadas de trabajo, las máximas diarias y semanal desde las………… hasta las…………, en conformidad con la Ley, en los horarios establecidos por el EMPLEADOR de acuerdo a sus necesidades y actividades. Así mismo, las Partes podrán convenir que, el TRABAJADOR labore tiempo extraordinario y suplementario cuando las circunstancias lo ameriten y tan solo por orden escrita del EMPLEADOR. (Nota: Especificar horario de acuerdo al Art. 47 del Código de Trabajo. Ejemplo: De lunes a Viernes de 08:00 a 17:00, con una hora de almuerzo, y de ser el caso citar el Art.49 del mismo cuerpo legal correspondiente a la jornada nocturna. TERCERA.- REMUNERACIÓN.El EMPLEADOR pagará al TRABAJADOR (a) por la prestación de sus servicios la remuneración convenida de mutuo acuerdo en la suma de…………………………. DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD$ …,oo). El EMPLEADOR reconocerá también al TRABAJADOR las obligaciones sociales y los demás beneficios establecidos en la legislación ecuatoriana.

CUARTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato tendrá una duración de _______________ (Puede estipularse un plazo no inferior a un año ni superior a dos años). (Es facultativo estipular un periodo de prueba de hasta 90 días conforme lo establecido en el Art. 15 del Código de Trabajo). Este contrato podrá terminar por las causales establecidas en el Art. 169 del Código de Trabajo en cuanto sean aplicables para este tipo de contrato. QUINTA.- LUGAR DE TRABAJO.El TRABAJADOR (a) desempeñará las funciones para las cuales ha sido contratado en las instalaciones ubicadas en…………………. ( Dirección), en la ciudad de …………………(Quito), provincia de ……….. (Pichincha), para el cumplimiento cabal de las funciones a él encomendadas. SEXTA.- Obligaciones de los TRABAJADORES Y EMPLEADORES: En lo que respecta a las obligaciones, derecho y prohibiciones del empleador y trabajador, estos se sujetan estrictamente a lo dispuesto en el Código de Trabajo en su Capítulo IV de las obligaciones del empleador y del trabajador, a más de las estipuladas en este contrato. Se consideran como faltas graves del trabajador, y por tanto suficientes para dar por terminadas la relación laboral. SEPTIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE En todo lo no previsto en este Contrato, cuyas modalidades especiales las reconocen y aceptan las partes, éstas se sujetan al Código del Trabajo. OCTAVA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.En caso de suscitarse discrepancias en la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato y cuando no fuere posible llegar a un acuerdo amistoso entre las Partes, estas se someterán a los jueces competentes del lugar en que este contrato ha sido celebrado, así como al procedimiento oral determinados por la Ley. NOVENA.- SUSCRIPCIÓN.Las partes se ratifican en todas y cada una de las cláusulas precedentes y para constancia y plena validez de lo estipulado firman este contrato en original y dos ejemplares de igual tenor y valor, en la ciudad de........... el día ___ del mes de _____del año ___________

EL EMPLEADORA C.C.

EL TRABAJADOR (a)

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