CONVENIO RENFE GUARDIA CIVIL

T. E. Nº 2 III.2 - 17.1.2 VIGENCIA A PARTIR DE 01-01-2016 CONVENIO RENFE – GUARDIA CIVIL A partir del 1 de enero de 2016 el personal con derecho a r

1 downloads 230 Views 442KB Size

Recommend Stories


CONVENIO RENFE GUARDIA CIVIL
TARIFA ESPECIAL Nº 2 Convenio Renfe – Guardia Civil CONVENIO RENFE – GUARDIA CIVIL AVE–Larga Distancia Urbanos e Interurbanos Cercanías de Madrid

CONVENIO RENFE MINISTERIO DE DEFENSA
TARIFA ESPECIAL Nº 2 Convenio Renfe - Ministerio de Defensa ÁREA DE NEGOCIO DE VIAJEROS CONVENIO RENFE – MINISTERIO DE DEFENSA OBJETO Regulación d

SIMULACRO EXAMEN GUARDIA CIVIL
SIMULACRO EXAMEN GUARDIA CIVIL SIMULACRO EXAMEN GUARDIA CIVIL Este simulacro de examen consta de tres partes escritas. La primera es una prueba de o

TEMARIO ASCENSO SUBOFICIAL GUARDIA CIVIL
TEMARIO ASCENSO SUBOFICIAL GUARDIA CIVIL TEST GENERAL Nº 6 ATSAIP TEMARIOS [email protected] TEMARIO ASCENSO SUBOFICIAL GUARDIA CIVIL TEST GENERA

AUTOR Guardia Civil. D. IVÁN M. P
G.C D.Iván M.P Autoría: GC D. Iván M.P LEY 4-2015 SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA COMENTADA CON SENTENCIAS Y LEGISLACIÓN AUTOR Guardia Civil. D. IVÁN M.

BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL
BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL Núm. 4 Martes 26 de enero de 2016 Sección I Sección I: Disposiciones Generales Disposiciones de la Guardia Civ

BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL
BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL Núm. 9 Martes 25 de febrero de 2014 Sección I Sección I: Disposiciones Generales Disposiciones de la Guardia Ci

Story Transcript

T. E. Nº 2 III.2 - 17.1.2

VIGENCIA A PARTIR DE 01-01-2016

CONVENIO RENFE – GUARDIA CIVIL A partir del 1 de enero de 2016 el personal con derecho a reducción podrá obtener una bonificación, con cargo a la Dirección General de la Guardia Civil, para sus viajes por Cuenta Propia en servicios AVE y Larga Distancia.

Disposiciones sobre la aplicación del Convenio firmado entre Renfe y la Dirección General de la Guardia Civil (D.G.G.C.), para los viajes del personal de este organismo, bien por Cuenta Propia o por Cuenta del Estado, que estén en posesión de la Tarjeta de Identificación Militar de la Guardia Civil (T.I.M.), o de la correspondiente “Autorización de Viaje”. ÁMBITO DE APLICACIÓN Trenes AVE, Larga Distancia, Avant, Media Distancia Convencional, Cercanías y Ancho Métrico.

APARTADO A: VIAJES POR CUENTA DEL ESTADO DOCUMENTOS “AUTORIZACIÓN DE VIAJE” es el documento establecido en este Convenio para obtener los títulos de transporte. PERÍODO DE UTILIZACIÓN Y VALIDEZ La fecha de expendición del billete y la del viaje se deben encontrar dentro del período de validez de la “Autorización de Viaje”. Serán válidos para los trayectos y clases especificados en la “Autorización de viaje”, excepto en el caso recogido en el apartado “Mejora de clase”. Siempre se podrá utilizar clase inferior a la indicada en la Autorización de viaje.

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 1 de 8

RECORRIDOS Las Autorizaciones podrán ser de ida o de ida y vuelta, según deberá constar en el propio documento. BONIFICACIÓN Renfe, en todos los trenes de ámbito nacional, aplicará una bonificación del 100% del precio del transporte, que se facturará a la Dirección General de la Guardia Civil. TARIFAS ADMITIDAS Según se especifica en el Anexo de esta norma. CLASES Y PLAZAS Se emitirá el billete en la clase y número de plazas (sentadas y acostadas) que figuren en la Autorización de Viaje. CANALES DE VENTA Los billetes se podrán adquirir exclusivamente en los puntos de venta (taquillas) de las estaciones, agencias de viaje autorizadas y Oficina de Venta de Ceuta. OPERATIVA EN SISTEMAS DE VENTA Según se especifica en el Anexo de esta norma. OPERATIVA EN SISTEMAS DE VENTA Según se especifica en el Anexo de esta norma. CAMBIOS Y ANULACIONES Serán de aplicación las condiciones establecidas para las ofertas comerciales con las cuales se haya adquirido el billete, facturándose los gastos de cambio y anulación a cargo de la Dirección General de la Guardia Civil. Para el resto, se aplica lo recogido en la Tarifa Especial nº 1 “Cambios y Anulaciones – Apartado A: Anulaciones y Apartado B: Cambios” y en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico. PÉRDIDA DEL TREN En caso de pérdida de trenes AVE y Larga Distancia por causas no imputables a Renfe, será de aplicación lo señalado en la Tarifa Especial nº 3 “Pérdida del tren” y en las condiciones establecidas en las ofertas comerciales aplicadas en el billete.

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 2 de 8

CONTROL DE ACCESO Y EN RUTA El cliente, en el control de acceso o en ruta, deberá presentar el billete (formalización del viaje) junto con la Autorización de Viaje, y conservar ambos hasta la finalización del mismo. Se requerirá por el personal encargado, el documento que acredite la identidad del titular y acompañantes recogidos en la Autorización de Viaje, para verificar siempre con especial atención el número y la identidad de éstos. Caso de no coincidir, los billetes serán canjeados, notificando en el Boletín de Cuenta Estado tal incidencia y se les considerará a los viajeros desprovistos de título de transporte válido para viajar y estará sujeto a lo indicado en la Tarifa Especial nº1 – “Viajeros sin título de transporte válido – Prolongación de recorrido – Mejora de clase” y en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico. Únicamente se podrán adquirir billetes en ruta en aquellas situaciones señaladas en los puntos 1 (estación sin venta de billetes o periodo de cierre de taquillas) y 2 (estación con venta de billetes en circunstancias especiales que impiden la expendición de los billetes) del epígrafe “Regularización del billete en ruta” de la Tarifa Especial nº1 – “Viajeros sin título de transporte válido – Prolongación de recorrido – Mejora de clase”. ACCESO DIRECTO AL TREN Dado el carácter excepcional de las Fuerzas de Seguridad del Estado, se autoriza el acceso al tren sin título de transporte en los siguientes casos: a) Miembros del Servicio de Información de la Guardia Civil provistos de placa identificativa. b) Personal Profesional uniformado, con Tarjeta de Identificación Militar en trenes de Cercanías, Media Distancia Convencional, Ancho Métrico (Media Distancia y Cercanías). c) Personal con Autorización de Viajes consignada con la diligencia: ”ESTA COMISIÓN DE SERVICIO ES PRIORITARIA REALIZARLA EN ESTA FECHA”. En estos casos, el personal encargado del control en ruta emitirá sin abono alguno por parte del viajero el correspondiente billete a través de los sistemas de venta en ruta (VERTA y equipos Casio) o, en su defecto, un Boletín de Percepción en Ruta de Cuenta Estado tasado a tarifa General/Base, donde deberá quedar recogido el código de organismo (040, 041 ó 043) y el número la Tarjeta de Identificación Militar o de la Autorización de Viaje. PROLONGACIÓN DE RECORRIDO Podrá realizarse en las condiciones señaladas en la Tarifa Especial nº 1 “Viajeros sin título de transporte válido – Prolongación de recorrido – Mejora de clase” y en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico. El importe a abonar, por cuenta del interesado, será el correspondiente al nuevo trayecto a tarifa General/Base/Sencillo. Si el viajero reúne las condiciones del Apartado B: VIAJES POR CUENTA PROPIA, le será aplicada la bonificación que en el mismo figura.

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 3 de 8

MEJORA DE CLASE La mejora de clase será siempre por cuenta del interesado. Cuando Renfe no pueda prestar el servicio en las condiciones establecidas en la Autorización de Viaje por inexistencia de trenes o clases del tipo que en él figuren, se facilitará, con cargo al Estado, el billete de clase o tipo superior que más se aproxime en precio al de la clase de la Autorización. En estos casos, el expendedor que facilite el billete, expresará por escrito en la Autorización de Viaje las circunstancias que motivaron el cambio. En ruta, podrá realizarse en las condiciones señaladas en la Tarifa Especial nº 1 “Viajeros sin título de transporte válido – Prolongación de recorrido – Mejora de clase”. El importe a abonar, por cuenta del interesado, será el correspondiente a la nueva plaza a tarifa General/Base menos el precio del trayecto del viaje original. POSVENTA En función del tren utilizado, el cliente podrá realizar la reclamación de una indemnización a través de la funcionalidad “Indemnizaciones Automáticas” en las taquillas de las estaciones y en las agencias de viaje autorizadas. La indemnización que pudiera corresponder se reembolsará a la Dirección General de la Guardia Civil a través del sistema de venta (indemnizaciones automáticas). Para el resto de condiciones, y billetes no cubiertos por el sistema de indemnizaciones automáticas, es de aplicación lo recogido en la Tarifa Especial nº 1 “Condiciones de Posventa” o en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico. PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN Los billetes de viajes realizados por Cuenta del Estado podrán ser susceptibles de beneficiarse del programa de fidelización. Para ello, deberá coincidir el titular de la Autorización de Viaje con el titular de la tarjeta de fidelización. Los acompañantes no bonifican. OTRAS CONDICIONES Lo no recogido en la presente norma se rige por lo señalado en las Tarifas Especiales correspondientes y/o Condiciones Generales de los Contratos de Transporte relativas al servicio utilizado en cada caso.

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 4 de 8

APARTADO B: VIAJES POR CUENTA PROPIA DOCUMENTOS Podrán acogerse a este Convenio todos los titulares de las tarjetas de identidad que se reproducen en esta norma, independientemente de la situación o graduación que en ellas figure. La Tarjeta de Identidad Militar podrá ser sustituida por el Certificado Único Acreditativo del Derecho a Bonificación correspondiente, donde deberá figurar el nombre, empleo y número de T.I.M. BONIFICACIÓN La bonificación se efectuará sobre cualquier recorrido, y tren de ámbito nacional. a) Trenes AVE y Larga Distancia El viajero abonará el 95% del precio del billete, siendo el 5% restante con cargo a la Dirección General de la Guardia Civil. b) Trenes Avant, Media Distancia Convencional y Ancho Métrico (Media Distancia) El viajero abonará el 85% del precio del billete, siendo el 15% restante con cargo a la Dirección General de la Guardia Civil. c) Trenes de Cercanías y Ancho Métrico (Cercanías) El viajero abonará el 40% del precio del billete, siendo el 60% restante con cargo a la Dirección General de la Guardia Civil. TARIFAS ADMITIDAS Según se especifica en el Anexo de esta norma. COMPATIBILIDAD CON OTROS DESCUENTOS En el caso que el personal de la Guardia Civil pueda además acogerse al descuento por Familia Numerosa, esta bonificación se realizará sobre la parte del precio del billete a cargo del viajero una vez aplicada, en su caso, la tarifa comercial elegida. CLASES Y PLAZAS Todas las clases (plazas sentadas y acostadas).

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 5 de 8

CANALES DE VENTA Los billetes se podrán adquirir en puntos de venta (taquillas) en las estaciones, www.renfe.com, agencias de viajes y Oficina de Ventas de Ceuta. También se podrán adquirir en ruta en los casos previstos en la Tarifa Especial nº 1 “Viajeros sin título de transporte válido – Prolongación de recorrido – Mejora de clase”. OPERATIVA EN SISTEMAS DE VENTA Según se especifica en el Anexo de esta norma. CAMBIOS Y ANULACIONES Serán de aplicación las condiciones establecidas para las ofertas comerciales con las cuales se haya adquirido el billete. Los gastos de cambio y anulación serán soportados de la siguiente forma: a) Trenes AVE y Larga Distancia El viajero abonará sobre el 95% del precio del billete, y sobre el 5% restante la Dirección General de la Guardia Civil. b) Trenes Avant, Media Distancia Convencional El viajero abonará sobre el 85% del precio del billete, y sobre el 15% restante la Dirección General de la Guardia Civil. c) Trenes de Cercanías El viajero abonará sobre el 40% del precio del billete, y sobre el 60% restante la Dirección General de la Guardia Civil. Para el resto, se aplica lo recogido en la Tarifa Especial nº 1 “Cambios y Anulaciones – Apartado A: Anulaciones y Apartado B: Cambios” ” y en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico. PÉRDIDA DEL TREN En caso de pérdida del tren por causas no imputables a Renfe, será de aplicación lo señalado en la Tarifa Especial nº 3 “Pérdida del tren” (solamente servicios AVE y Larga Distancia) y en las condiciones establecidas en las ofertas comerciales aplicadas en el billete.

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 6 de 8

CONTROL DE ACCESO Y EN RUTA El cliente, en el control de acceso o en ruta, deberá presentar el billete (formalización del viaje) junto con la T.I.M. o Certificado Único Acreditativo del Derecho a Bonificación, así como el D.N.I., N.I.E. o Pasaporte, además de la documentación requerida para los descuentos aplicados, y conservarlos hasta el final del viaje. Caso de no coincidir los datos del billete con la identidad del viajero el billete será canjeado, notificando en el Boletín de Cuenta Estado tal incidencia, y se considerará al viajero desprovisto de título de transporte válido para viajar y estará sujeto a lo indicado en la Tarifa Especial nº 1 “Viajeros sin título de transporte válido-Prolongación de recorrido-Mejora de clase” y en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico. Únicamente se podrán adquirir billetes en ruta, en aquellas situaciones señaladas en los puntos 1 (estación sin venta de billetes o periodo de cierre de taquillas) y 2 (estación con venta de billetes en circunstancias especiales que impiden la expendición de los billetes) del epígrafe “Regularización del billete en ruta” de la Tarifa Especial nº 1 “Viajeros sin título de transporte válido-Prolongación de recorrido-Mejora de clase”. PROLONGACIÓN DE RECORRIDO Podrá realizarse en las condiciones señaladas en la Tarifa Especial nº 1 “Viajeros sin título de transporte válido – Prolongación de recorrido – Mejora de clase” y en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico. El importe a abonar, por cuenta del interesado, será el correspondiente al nuevo trayecto a tarifa General/Base/Sencillo, pudiéndose aplicar la bonificación recogida en esta norma. MEJORA DE CLASE Podrá realizarse en las condiciones señaladas en la Tarifa Especial nº 1 “Viajeros sin transporte válido – Prolongación de recorrido – Mejora de clase”. El importe a abonar por parte del cliente será el de la nueva plaza con su correspondiente bonificación menos el precio que figura en el billete original. POSVENTA En función del tren utilizado, el cliente podrá realizar la reclamación de una indemnización a través de la funcionalidad “Indemnizaciones Automáticas”. Se indemnizará al organismo sobre la parte que ha abonado, y al viajero sobre la parte abonada por él. Para el resto de condiciones, y billetes no cubiertos por el sistema de indemnizaciones automáticas, es de aplicación lo recogido en la Tarifa Especial nº 1 “Condiciones de Posventa” o en las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Cercanías y Media Distancia de Ancho Métrico.

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 7 de 8

PROGRAMA DE FIDELIZACIÓN Los billetes de viajes realizados por Cuenta Propia podrán ser susceptibles de beneficiarse del programa de fidelización. OTRAS CONDICIONES Lo no recogido en la presente norma se rige por lo señalado en las Tarifas Especiales correspondientes y/o Condiciones Generales de los Contratos de Transporte relativas al servicio utilizado en cada caso. Anula y sustituye a la Tarifa Especial nº 2 III.2 de fecha 1 de enero de 2014 y a todos sus Anexos.

FRANCISCO CAÑAMERO PALACIOS Director de Comercial Vº Bº RAMÓN AZUARA SÁNCHEZ Director General de Renfe Viajeros

T.E.2 III.2.1 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 8 de 8

ANEXO 1 TARIFAS ADMITIDAS PARA VIAJES POR CUENTA DEL ESTADO

Serán de aplicación las condiciones establecidas para las ofertas comerciales con las cuales se haya adquirido el billete:   

Ida Billete Flexible Ida y Vuelta

T.E.2 III.2.2 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 1 de 1

ANEXO 2 OPERATIVA DE VENTA PARA VIAJES POR CUENTA DEL ESTADO Para poder obtener billete será imprescindible la presentación de la “Autorización de Viaje por Cuenta del Estado” debidamente cumplimentada. En el proceso de venta, una vez introducidos los datos del viaje, en el campo o lista desplegable "Tarifa" se seleccionará para cada beneficiario una de las opciones siguientes: CÓD.

VCX

081 090 090 095 286 287 288

x x x x

VLA (*) x x x x

VISIR

AM

VERTA

x

x

x

x x x

x x

x x x

TARIFA MDEF/DGP/G.CIVIL IDA MDEF/DGP/G.CIVIL IDA MDEF/DGP/G.CIVIL IDA (FLEXIBLE) MDEF/DGP/G.CIVIL I/V MDEF/G.CIVIL I/V MDEF/DGP/G.CIVIL I/V MDEF/DGP/G.CIVIL Form. I/V

AVE y LD

Avant

MDC

CER

AM

x

x

x

x

x x

x x x

x

x x x

(*) Agencias de viajes autorizadas

En el campo "Organismo" se introducirá 040, 041 ó 043, conforme a lo figurado en la Autorización de Viaje, para teclear posteriormente los 9 dígitos correspondientes al número de dicho documento. Para trenes AVE y Larga Distancia, además se deberá elegir, entre las opciones de la lista desplegable "Clase max.", la clase autorizada para viajar que figura en la Autorización de Viaje. Una vez emitido el billete, se figurará en el margen izquierdo o derecho de la Autorización el sello de la oficina, tren, fecha de viaje, origen y destino. El billete, junto con la Autorización, se entregará al interesado. ANCHO MÉTRICO En la tabla de selección de tarifas aparecerá un botón con la tarifa Guardia Civil. Una vez seleccionada se solicitará el tipo de viaje “Cuenta Estado”, se introducirá el código de tres dígitos 040, 041, 043 que figura en la Autorización de Viaje. A continuación se introducirá el código de 9 dígitos de la Autorización de Viaje y se mostrarán las tarifas disponibles para el tipo de viaje seleccionado. Posteriormente, se mostrará la pantalla de impresión del billete. Se imprime el billete Una vez emitido el billete, se figurará en el margen izquierdo o derecho de la Autorización el sello de la oficina, tren, fecha de viaje, origen y destino. El billete, junto con la Autorización, se entregará al interesado.

T.E.2 III.2.3 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 1 de 1

ANEXO 3 TARIFAS ADMITIDAS PARA VIAJES POR CUENTA PROPIA

La bonificación será aplicable sobre las ofertas comerciales de:           

 

Ida Billete Flexible Ida y Vuelta Tarjeta Dorada Tarifa Promo Tarifa Promo + BonoAVE BonoAVE Flexible Abono Tarjeta Plus Tarjeta Plus 10 (excepto Tarjeta Plus 10 Estudiante) Abonos Mensuales de Media Distancia Convencional (excepto Abonos Mensuales Estudiantes):  Abono Mensual Regional  Abono Mensual Exprés  Tarjeta Mensual 40 Sencilla  Tarjeta Mensual 40 Libre Abono Mensual de Cercanías Carné Mensual de Ancho Métrico Cercanías (excepto Universitario)

debiendo el viajero reunir, además, las condiciones particulares de cada una de ellas.

T.E.2 III.2.4 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 1 de 1

ANEXO 4 OPERATIVA DE VENTA PARA VIAJES POR CUENTA PROPIA VENTA EN ESTACIONES Y AGENCIAS DE VIAJES Para obtener billete será necesaria la presentación de la Tarjeta de Identificación, cuyos distintos modelos se reproducen en esta norma. Los puntos de venta están obligados a comprobar que la fecha solicitada para el viaje está comprendida dentro del periodo de validez de la T.I.M. o Certificado Único Acreditativo del Derecho a Bonificación, pudiendo exigirse de forma complementaria la exhibición del D.N.I., conforme a lo descrito en el apartado DOCUMENTO. El número de las T.I.M. autorizadas para viajar consta de 12 caracteres alfanuméricos: los tres primeros y la letra final corresponden a un código interno de la Guardia Civil y los 8 dígitos restantes deberán coincidir con el D.N.I. del titular. Para que la “Tarjeta de Identidad de los Guardias Civiles Alumnos” y la “Tarjeta de Identidad de los Alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes” tengan validez para viajar, es necesario que en las mismas figure un número de 12 caracteres análogo al de las T.I.M. Con el número de documento introducido, en puntos de venta de las estaciones con VCX, Oficina de Ventas de Ceuta y en agencias de viajes, automáticamente se requiere una validación informática a la Dirección General de la Guardia Civil. En caso de no ser reconocida la codificación introducida como un usuario de la Guardia Civil, el sistema devuelve uno de los siguientes errores: 

PT51 - Error en la validación del documento. Cuando falla la validación del algoritmo del documento, el número de éste debe ser correctamente codificado.



PV01 - TIM rechazada por la Dirección General de la Guardia Civil. T.I.M. no autorizada para viajar, el titular puede consultar su situación con la Dirección General de la Guardia Civil a través del teléfono 902162062.



PTA7 - Por problemas técnicos no se puede realizar la validación de la T.I.M., inténtelo más tarde. Problema de comunicaciones entre ordenadores. Si este enlace Renfe–Dirección General de la Guardia Civil no está operativo, el sistema permite continuar con la venta del billete y validar la operación posteriormente.

T.E.2 III.2.5 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 1 de 3

Para la elección de tarifas y descuentos disponibles el expendedor codificará o seleccionará según el sistema de venta: CÓD.

070 070 071 073 075 153 154 155 156 157 177 162 163 164 165 166 171 172 486 796 492 494 510 515 533 537 544 545 568 571 572 574 596 595 598 598

VCX VLA VLP

VISIR

AM

VERTA

TARIFA

AVE Avant MDC y LD

x

x

x

ORGANISMO ADULTO IDA

x

x

x

x

ORGANISMO ADULTO IDA (FLEXIBLE)

x

x

x

ORGANISMO ADULTO I/V

x

x

x

ORGANISMO T. DORADA

x

x

x

x

x

ORGANISMO ADULTO I/V

x

x

x

x

x

ORGANISMO promo

x

x

x

x

ORGANISMO promo

x

x

x

x

ORGANISMO promo

x

x

x

ORGANISMO promo

x

x

x

ORGANISMO promo

x

x

x

x

ORGANISMO promo

x

x

x

x

ORGANISMO promo +

x

x

x

x

ORGANISMO promo +

x

x

x

x

ORGANISMO promo +

x

x

x

ORGANISMO promo +

x

x

x

ORGANISMO promo +

x

x

x

x

ORGANISMO promo +

x

x

x

x

ORGANISMO promo +

x

x

x

x

BONOAVE

x x

x

x

BONOAVE FLEXIBLE

x

x

ABONO TARJETA PLUS

x

x

x

x

TARJETA PLUS 10

x

x

IDA

x

x

x

IDA Y REGRESO

x

x

ABONO MENSUAL REGIONAL

x

x

x

ABONO MENSUAL EXPRÉS

x

x

IDA Y VUELTA

x

x

REGRESO IDA Y VUELTA

x

TARJETA MENSUAL 40 SENCILLA

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x

x x

x

x

AM

x

x

x

CER

x

x

x

x

TARJETA DORADA IDA

x

x

x

x

x

TARJETA DORADA IDA Y RGSO

x

x

IDA Y VUELTA

x

x

x

ABONO MENSUAL (1)

x

x

ABONO MENSUAL (2)

x

TARJETA MENSUAL 40 LIBRE x

x

x

x

CARNÉ MENSUAL A.M. CERC

x

x

(1) Billetes sin banda magnética (2) Billetes con banda magnética

T.E.2 III.2.5 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 2 de 3

En el campo "Documento" o "Documento: Tarjeta Militar" se codificará los doce caracteres del número de la T.I.M. VENTA EN WWW.RENFE.COM Para la venta por Internet a través de www.renfe.com es necesario identificarse previamente como Guardia Civil introduciendo en el formulario "Identificación", tanto en el campo "Usuario" como en el campo "Contraseña", la letra G y los últimos 6 números del D.N.I. o N.I.E. Una vez identificado, se produce una validación informática por parte de la Dirección General de la Guardia Civil con las mismas características, y devolución de errores, que las referidas para VCX y VLA. Continúa la compra de la manera habitual hasta la pantalla de selección de tarifas y descuentos disponibles donde, además de las habituales, se podrán seleccionar las tarifas propias del organismo. En el campo "Tarjeta Militar" se codificará los doce caracteres del número de la T.I.M. (o, si corresponde, del Certificado Único Acreditativo del Derecho a Bonificación) y, en el caso de ser beneficiario de una Tarjeta Dorada, el número de ésta en su campo correspondiente. ANCHO MÉTRICO En la tabla de selección de tarifas aparecerá un botón con la tarifa Guardia Civil. Una vez seleccionada se solicitará el tipo de viaje “Cuenta Propia”, se solicitará número de la TIM. A continuación, se mostrarán las tarifas disponibles para el tipo de viaje seleccionado y posteriormente la pantalla de impresión del billete, desde la cual, se podrá añadir un descuento adicional derivado de ser titular de Familia Numerosa. Se imprime el billete.

T.E.2 III.2.5 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 3 de 3

ANEXO 5 FACSÍMILES DE DOCUMENTOS PARA VIAJES POR CUENTA DEL ESTADO FACSÍMIL DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE POR CUENTA DEL ESTADO

PLACA DE LOS MIEMBROS DEL SERVICIO DE INFORMACIÓN Placa de identificación

T.E.2 III.2.6 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 1 de 1

ANEXO 6 FACSÍMILES DE DOCUMENTOS PARA VIAJES POR CUENTA PROPIA Tarjeta de Identidad Militar

Tarjeta de Identidad de los Guardias Civiles Alumnos

Tarjeta de Identidad de los Alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes

T.E.2 III.2.7 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 1 de 2

Certificado Único Acreditativo del Derecho a Bonificación

T.E.2 III.2.7 - 17.1.2

01/01/16

Pág. 2 de 2

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.