Convocan CATEGORÍAS DE PARTICIPACIÓN: Aportación De la o el Joven Beneficiado. Monto máximo de aportación a cargo de la convocatoria

2015 El Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE) y el Instituto Municipal de la Juventud con fundamento en las Políticas de Operación del IMJUVE cor

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2015 El Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE) y el Instituto Municipal de la Juventud con fundamento en las Políticas de Operación del IMJUVE correspondiente a la Categoría Emprendedores Juveniles.

Convocan A las y los Jóvenes de 18 a 29 años de edad (cumplidos al 31 de agosto de 2015), para que inicien nuevas empresas o negocios, o quienes ya cuenten con una empresa o negocio y deseen crecer o fortalecerlos. Interesados presentar sus proyectos de emprendimiento para concursar en el Componente Subsidios a Programas para Jóvenes. Este Programa se opera a través de un esquema de coinversión IMJUVE– Instituto Municipal de la Juventud-Emprendedor (a); dicha Convocatoria cierra el 31 de agosto de 2015, y se operará de acuerdo a los siguientes lineamientos:

CATEGORÍAS DE PARTICIPACIÓN:

Categoría

“A”

Constitución Legal

Las y los jóvenes en lo individual o en grupo, que inicien nuevas empresas o negocios, que hayan tramitado su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el transcurso del registro de proyecto en la Convocatoria durante el periodo enero-agosto de 2015, como personas física o moral en cualquier régimen fiscal de actividades empresariales.

Monto Máximo Del Recurso

Aportación De la o el Joven Beneficiado

Monto máximo de aportación a cargo de la convocatoria

$25,000.00

10 %

$22,500.00

Categoría

Constitución Legal Monto Máximo Del Recurso

“B”

$45,000.00

Aportación De la o el Joven Beneficiado

Monto máximo de aportación a cargo de

10%

$40,500.00

10%

$90,000.00

la convocatoria

Las y los jóvenes en lo individual o en grupo, que cuenten con un negocio o empresa en crecimiento y deseen fortalecerlo. Que presenten Registro Federal de Contribuyentes, con alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, durante el periodo enerodiciembre 2014, como persona física o moral en cualquier régimen fiscal de actividades empresariales.

“C”

$100,000.00

Las y los Jóvenes en lo individual o en grupo, que cuenten con un negocio o empresa en crecimiento y deseen fortalecerlo. Que presenten Registro Fiscal de Contribuyentes, emitido durante el periodo enerodiciembre del 2013, como persona física o moral en cualquier régimen fiscal de actividades empresariales. TEMÁTICAS Los proyectos presentados para la presente Convocatoria deberán incidir por lo menos en una de las siguientes temáticas: • Incentivar la generación de cooperativas juveniles y/o empresas sociales para proyecto de desarrollo comunitario. • Desarrollo de empresas de jóvenes con impacto social y/o proyectos sostenibles. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE LAS Y LOS BENEFICIARIOS Para determinar a las y los beneficiarios de este programa, el Instituto Municipal de la Juventud analizará que los expedientes recibidos cumplan con los siguientes requisitos. Sólo se beneficiará a un o una joven por familia. REQUISITOS • Realizar su registro ante el instituto Municipal de la Juventud en Calle Pedro de Lille y Rodrigo M. Quevedo. • Presentar el proyecto en original • Copia simple de:

1. 2. 3. 4.

Acta de nacimiento o certificado de nacionalidad. Clave única de registro de población (CURP). Identificación oficial, (credencial de elector ó pasaporte). Comprobante de domicilio de la emprendedora o emprendedor (recibo telefónico o luz, con vigencia no mayor a 3 meses). • Contar con un tutor solidario del proyecto, entendiéndose como tal a un representante de Institución Pública, Privada, Social o Persona Física, mayor de edad, no familiar. • Carta compromiso del Tutor Solidario avalando el alcance del proyecto. • Identificación oficial del Tutor Solidario (Credencial de Elector ó Pasaporte), copia simple. • Presentar una referencia (no familiar), anexar copia de Credencial de Elector frente y reverso, así como carta donde haga constar conocer a la beneficiaria o beneficiario, proporcionar un número telefónico ya sea celular o particular. • Presentar Copia simple del Registro Federal de Contribuyentes, (de acuerdo a la categoría) en donde se especifique el giro y/o actividad económica e historial ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. • Copia simple de la Escritura Pública Constitutiva, en caso de estar constituido legalmente en cualquier figura jurídica asociativa *. • El emprendedor (a) deberá exhibir el monto de su aportación al proyecto, en especie y/o en efectivo (mediante cuenta bancaria a su nombre, o bien mediante notas, facturas o recibos y fotografías en caso de ser esta aportación en especie).

* En caso de grupo, cada uno de los integrantes, deberá cumplir con los requisitos generales antes señalados. PASOS A SEGUIR PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA: • Para obtener información podrá llamar por teléfono 1183310, o bien acudir al Instituto Municipal de la Juventud o acceso a al Facebook Oficial https://www.facebook.com/InstitutoJuventudParral • Solicitar la guía del Emprendedor (a) • Solicitar asesoría (en caso de ser necesario) para el llenado de la guía del Emprendedor (a) • El cierre oficial de la Convocatoria será el día 31 de agosto de 2015 a las 18:00 horas. COBERTURA MUNICIPAL ENTREGABLES • En el primer bimestre a partir de la recepción del recurso, el o la emprendedora deberá presentar un Reporte Financiero Minucioso de los gastos devengados, así como copia de comprobantes fiscales en formato CFDI a nombre de la razón social del Registro Federal de Contribuyentes registrado. Asimismo entregará evidencia fotográfica digital a partir de la recepción del recurso financiero (antes y durante la puesta en marcha del Proyecto). • Durante 12 meses a partir de la recepción del recurso la o el emprendedor, presentará de manera obligatoria reportes bimestrales indicando de forma detalla los avances y obstáculos del crecimiento del Proyecto • En el último reporte la o el emprendedor entregará un informe general desde el inicio del proyecto, informe financiero, así como deberá presentar el producto o evidencia del servicio que proporcione según sea el caso.

• El IMJUVE Y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD, solicitaran bajos los procedimientos legales la devolución del total del recurso económico entregado, en los casos que él o la emprendedora no compruebe la correcta ejecución del recurso recibido, bajo la normatividad establecida. CIERRE DE LA CONVOCATORIA

En todos los casos las y los jóvenes aspirantes a participar en el Programa Emprendedores Juveniles 2015, deberán entregar en EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA JUVENTUD a partir del día 1 de agosto de 2015 y a más tardar a las 18:00 horas del día 31 de agosto de 2015, la documentación requerida debidamente foliada, de conformidad con las bases de la presente Convocatoria. El monto a otorgar, será determinado por el Consejo Técnico Evaluador, una vez que el Instituto Municipal de la Juventud realice un análisis previo del presupuesto asignado para el Programa. Se ofrecerá el servicio de asesoría y acompañamiento para todo participante que así lo requieran, pudiendo ser para la presente y/o posteriores convocatorias de beneficio a las y los jóvenes emprendedores. Para cualquier otra disposición no contemplada en esta Convocatoria entrará en función el IMJUVE a través de la Dirección de Bienestar y Estímulos a la Juventud en coordinación con el Instituto Municipal de la Juventud La participación en esta Convocatoria implica total conocimiento y aceptación de las presentes bases.

“Este Programa es de carácter público, producto de una coinversión entre el Gobierno Federal y el Local, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa, deberá ser denunciado y sancionado, de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”

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