Criterios de agrupación de familia para Productos de Gas y Seguridad

Criterios de agrupación de familia para Productos de Gas y Seguridad. 1 DATCER-161.09 I N D I C E 1. Familia de modelos. .........................

2 downloads 115 Views 151KB Size

Recommend Stories


CRITERIOS DE COBERTURA DE LA DEMANDA DE GAS Capítulo 10. Capítulo 10 CRITERIOS DE COBERTURA DE LA DEMANDA DE GAS
CRITERIOS DE COBERTURA DE LA DEMANDA DE GAS Capítulo 10 Capítulo 10 CRITERIOS DE COBERTURA DE LA DEMANDA DE GAS RETELGAS 13/09/2002 CRITERIOS DE

Sección de Terapia de Familia y Pareja CRITERIOS DE ACREDITACIÓN
1 Sección de Terapia de Familia y Pareja CRITERIOS DE ACREDITACIÓN Iº.- CRITERIOS MINIMOS PARA LA ACREDITACION DE PSICOTERAPEUTAS. 1.- Titulación P

FAMILIA 70 ROCA GAS MURAL
FAMILIA 70 ROCA GAS MURAL CODIGO PIEZAS (especificaciones tecnicas) 70-9831105 Bobina Magnetica 60MM NGM 13/20 Roca 70-00560308 Bujia Encendido

Soluciones para productividad y seguridad visual Para las industrias de gas, petróleo y química
www.bradylatinamerica.com Soluciones para productividad y seguridad visual Para las industrias de gas, petróleo y química Los visuales mejoran la s

HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS
HOJA DE DATOS DE SEGURIDAD DE PRODUCTOS OXIQUIM S.A., pide al cliente o a quien reciba la presente Hoja de Seguridad, leerla cuidadosamente para que c

Story Transcript

Criterios de agrupación de familia para Productos de Gas y Seguridad.

1

DATCER-161.09

I N D I C E 1. Familia de modelos. ............................................................................................................ 3 2. Definición de una familia de modelos. ................................................................................ 3 3. Criterios establecidos para definir la familia de modelos. .................................................. 3 3.1 NOM-008-SESH/SCFI-2010 "Recipientes transportables para contener gas L.P. especificaciones de fabricación y métodos de prueba”………………………………………………3 3.2 NOM-009-SESH-2011 “Recipientes para contener gas L.P., tipo no transportable. Especificaciones y metodos de prueba”......................................................................................... 4 3.3 NOM-012-SESH-2010 "Calefactores de ambiente para uso domestico que empleen como

combustible gas L.P. o natural. Requisitos de seguridad y métodos de prueba”. ........................... 4 3.4 NOM-018/3-SCFI-1993. "Distribución y consumo de gas L.P. - recipientes portátiles y sus accesorios parte 3.- Cobre y sus aleaciones – Conexión Integral (cola de cochino) para uso en gas L.P.”, .................................................................................................................................... 6 3.5 NOM-018/4-SCFI-1993 “Distribución y consumo de gas L.P., recipientes portátiles y sus accesorios parte 4.- Reguladores de baja presión para gases licuados de petróleo”. ................. 6 3.6 NOM-019-SEDG-2002 “Aparatos domésticos para cocinar alimentos que utilizan gas natural o L.P. Especificaciones y métodos de prueba.” ................................................................. 6 3.7 NOM-020-SEDG-2003 “Calentadores para agua que utilizan como combustible gas L.P. o natural, de uso doméstico y comercial. Requisitos de seguridad, métodos de prueba y marcado” ......................................................................................................................................... 8 3.8 NOM-090-SCFI-2004 “Encendedores portátiles, desechables y recargables – Especificaciones de seguridad” ...................................................................................................... 9 3.9 NOM-093-SCFI-1994 “Válvulas de relevo de presión (seguridad, seguridad – alivio y alivio) operadas por resorte y piloto; fabricadas de acero y bronce” ........................................... 10 3.10 NOM-113-SCFI-1995 “Líquido para frenos hidráulicos empleado en vehículos automotores – Especificaciones de seguridad y métodos de prueba” ........................................ 10 3.11 NOM-113-STPS-2009 “Seguridad – Equipo de protección personal – Calzado de protección – Clasificación, especificaciones y métodos de prueba. ............................................... 11 3.12 NOM-115-STPS-2009 “Seguridad-Equipo de protección personal-Cascos de protecciónClasificación, especificaciones y métodos de prueba.” ............................................................... 12 3.13 NOM-118-SCFI-2004 “Industria cerillera - Cerillos y fósforos - Especificaciones de seguridad” ..................................................................................................................................... 12 3.14 NOM-133/1-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de andaderas para la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba” ................................................. 12 3.15 NOM-133/2-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de carriolas para la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba” ................................................. 13 3.16 NOM-133/3-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de corrales y encierros Especificaciones y métodos de prueba”....................................................................................... 14 3.17 NOM-140-SCFI-1999 “Artículos escolares - Tijeras- Especificaciones y Métodos de prueba” .......................................................................................................................................... 14 3.18 NMX-X-033-SCFI-2007 “Industria del gas - termostatos utilizados en hornos de uso doméstico - especificaciones y métodos de prueba” ................................................................... 15 3.19 NMX-X-041-SCFI-2009 “Industria del gas - Válvulas reguladoras de gas L.P. y/o natural de operación manual, que se utilizan en aparatos de uso doméstico para el cocinado de alimentos - Especificaciones y métodos de prueba” .................................................................... 15 3.20 NMX-X-042-SCFI-2010 “Gas L.P. – Válvula de servicio que se utiliza en recipientes transportables para contener gas L.P. - especificaciones y métodos de prueba”. .................... 16 3.21 NMX-X-016-SCFI-2006 “Industria del Gas – Termopares y pilotos para uso en sistemas de seguridad contra falla de flama - especificaciones y métodos de prueba”............................. 16 3.22 NMX-X-018-SCFI-2006 “Industria del gas – Válvulas termostáticas y semiautomáticas con sistema de seguridad contra falla de flama, para ser usadas en calentadores de agua y calefactores de ambiente que utilizan como combustible gas L.P. o gas natural especificaciones y métodos de prueba” ....................................................................................... 17

2

DATCER-161.09

1.

Familia de modelos.

Es el conjunto de modelos del mismo tipo de producto, que presentan características comunes y cuyas variantes entre ellos, cumplen con las especificaciones establecidas en las normas oficiales mexicanas o normas mexicanas aplicables y/o criterios de certificación correspondientes, permitiéndose con ello el agruparlos dentro de un certificado de conformidad, facilitando así el proceso de certificación. 2.

Definición de una familia de modelos.

Una vez que la agrupación propuesta por el cliente es analizada y aceptada por el personal del área de certificación de ANCE, el responsable de atender la solicitud, debe seleccionar el o los modelos representativos de la familia, para que el solicitante proceda al envío de las muestras al laboratorio de pruebas seleccionado por el cliente. La aprobación de la familia por el área de certificación, debe obtenerse previo ingreso de la solicitud de servicios de certificación. Para el análisis correspondiente es necesario presentar, según sea el caso, la información indicada en la hoja de revisión preliminar para ingresar solicitudes y/o la especificada en el complemento de solicitud de servicios de certificación. 3.

Criterios establecidos para definir la familia de modelos.

3.1 NOM-008-SESH/SCFI-2010 "Recipientes transportables para contener gas L.P. especificaciones de fabricación y métodos de prueba.” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-008-SESH/SCFI-2010 es indispensable cumplir con los siguientes criterios: a)

b)

c)

Clase I. Recipientes de acero microaleado. i. Tipo A.- Común ii. Tipo B.- Semicapsulado iii. Tipo C.- Especial Clase II. Recipientes de acero inoxidable. i. Tipo A.- Con soldadura longitudinal ii. Tipo B.- Sin soldadura longitudinal Clase III. Recipientes de materiales compuestos. i. Tipo A.- Con forro metálico ii. Tipo B.- Con forro no metálico iii. Tipo C.- Sin forro

Para la realización de la pruebas, el solicitante debe poner a disposición del organismo de certificación un lote muestra de al menos 50 recipientes y que sea representativo del modelo a certificar, de los cuales se seleccionarán: Clase I “23 piezas”, clase II “21” piezas y clase III “23 piezas”.

3

DATCER-161.09

3.2 NOM-009-SESH-2011, “Recipientes para contener Gas L.P., tipo no transportable. Especificaciones y métodos de prueba”. Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-009-SESH-2011 es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Tipo A. Recipientes con capacidad nominal mayor a 5 000 y hasta 455 000 litros de agua, destinados a colocarse a la intemperie en plantas de distribución, estaciones de Gas L.P. para carburación e instalaciones de aprovechamiento. En el caso de los recipientes de forma esférica, la capacidad máxima será de 378 000 litros de agua. Tipo B. Recipientes destinados a colocarse a la intemperie en instalaciones de aprovechamiento y estaciones de Gas L.P. para carburación, mismos que se dividen en: Tipo B1. Con capacidad nominal de 100 a 1 000 litros de agua Tipo B2. Con capacidad nominal mayor a 1 000 y hasta 5 000 litros de agua. Tipo C. Recipientes con capacidad máxima de 300 litros, para utilizarse como depósitos de combustible para motores de combustión interna que carburan a Gas L.P., mismos que se dividen en: Tipo C1. Cuando los accesorios de control y seguridad se encuentran colocados en el cuerpo del recipiente Tipo C2. Cuando los accesorios de control y seguridad se encuentren colocados en cualquiera de las cabezas del recipiente; Tipo C3. Cuando los accesorios de control y seguridad se encuentren colocados tanto en el cuerpo como en cualquiera de las cabezas del recipiente. Tipo D. Recipientes con capacidad máxima de 55 000 litros de agua, para el transporte o distribución de Gas L.P. en auto-tanques, remolques y semirremolques. Tipo E. Recipientes esféricos con capacidad mayor a 378 000 litros de agua para temperatura ambiente.

3.3 NOM-012-SESH-2010 "Calefactores de ambiente para uso domestico que empleen como combustible gas L.P. o natural. Requisitos de seguridad y métodos de prueba”. Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-012-SESH-2010, indispensable cumplir con los siguientes criterios:

es

Calefactor de ambiente fijo. Familia a) Tipo convección Familia b) Tipo infrarrojo Familia c) Tipo tiro balanceado Calefactor de ambiente móvil. Familia a) Tipo convección Familia b) Tipo infrarrojo Calefactor de ambiente fijo con ventilador. Familia a) Tipo convección

4

DATCER-161.09

Familia b) Tipo infrarrojo Familia c) Tipo tiro balanceado Calefactor de ambiente móvil con ventilador. Familia a) Tipo convección Familia b) Tipo infrarrojo Adicionalmente, los modelos también deben cumplir con cada uno de los criterios indicados a continuación: 1) 2) 3) 4) 5)

6)

7) 8) 9) 10) 11) 12)

13) 14) 15) 16)

Se permiten cambios estéticos, gráficos y variaciones de color. No se permiten variaciones en el número de quemadores. La capacidad térmica de los quemadores debe ser la misma individualmente y deben estar en la misma posición. Deben tener la misma tensión eléctrica. No se permite agrupar en una misma familia a productos en los cuales su sistema sea totalmente a gas con productos que cuentan con elementos calefactores como medio de calentamiento (productos híbridos o combinados). Para productos con elementos calefactores y sistema a gas, deben tener el mismo número de elementos calefactores con mismo consumo de corriente y misma posición. Los diferentes modelos deben ser fabricados en la misma planta productiva. Se permiten diferentes marcas, siempre y cuando sean fabricadas por la misma planta productiva. Se permiten variantes de componentes externos (por ejemplo: puertas, perillas, jaladeras, etc.), en cuanto a forma y diseño. Mismos materiales utilizados en la fabricación. Deben tener el mismo tipo de encendido. Equipo eléctrico: Pueden clasificarse en la misma familia modelos con diferentes accesorios eléctricos (lámpara, reloj o control de tiempo, motor de convección, etc.) siempre y cuando se evalúe el modelo más completo. Deben especificarse las características eléctricas nominales para cada modelo. Deben tener el mismo tipo de control de gas. Se permite la variación en tamaños de los calefactores siempre y cuando sea evaluado el de menor tamaño. Mismo tipo de gas. Mismo sistema de fijación o soportes de fijación.

Para efectos de certificación inicial se tendrá que enviar a pruebas de laboratorio el o los modelos más representativos de la familia propuesta. En caso de que algún modelo cuente adicionalmente con características diferentes, dicho modelo también será enviado a pruebas de laboratorio. El número de modelos que pertenezcan a una familia, para ser certificada, no está restringido, siempre y cuando cumplan con cada uno de los criterios aplicables e indicados anteriormente

5

DATCER-161.09

3.4 NOM-018/3-SCFI-1993 "Distribución y consumo de gas L.P. - recipientes portátiles y sus accesorios parte 3.- Cobre y sus aleaciones – Conexión Integral (cola de cochino) para uso en gas L.P.”. Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-018/3-SCFI-1993, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Conexión sencilla. 3.5 NOM-018/4-SCFI-1993 “Distribución y consumo de gas L.P., recipientes portátiles y sus accesorios parte 4.- Reguladores de baja presión para gases licuados de petróleo”. Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-018/4-SCFI-1993, es indispensable cumplir con los siguientes criterios:

Tipo de regulador

Una entrada Dos entradas Acoplamiento directo

Misma capacidad de flujo (en m3/h) SI SI

Criterio (para cada modelo) Mismo tipo de Mismo diámetro de roscas de entrada y roscas de entrada y salida salida SI SI SI SI

SI

No Aplica

No Aplica

3.6 NOM-019-SEDG-2002 “Aparatos domésticos para cocinar alimentos que utilizan gas natural o L.P. Especificaciones y métodos de prueba”. Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-019-SEDG-2002, indispensable cumplir con los siguientes criterios:

es

I. Mismo tipo de producto: 1 Estufa Con o sin calentador de alimentos. 1.1 De piso 1.2 Para empotrar 2 Parrillas 2.1 Abierta 2.2 Para sobreponer 2.3 Con gabinete 2.4 Para empotrar 3 Hornos y asadores para empotrar o sobreponer 3.1 Horno 3.2 Horno parrilla 3.3 Asador-Horno 3.4 Horno-Asador-Parrilla 3.5 Asador 3.6 Asador abierto 3.7 Asador-Parrilla Adicionalmente:

6

DATCER-161.09

1) Se permiten cambios estéticos, gráficos, identificación de quemadores y variaciones de color. 2) Se permiten variaciones en cuanto al número de quemadores superiores, siempre y cuando: La capacidad térmica de los quemadores sea la misma individualmente y estén en la misma posición. Se permite la eliminación de quemadores entre los diferentes modelos. Se permite la adición de quemadores siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias que demuestren el cumplimiento con la norma. La capacidad térmica del quemador del horno debe ser la misma entre los diferentes modelos. 3) Mismas características eléctricas: Tensión: 127 V ± 10% ó 220 V ± 10% Frecuencia: 60 Hz Corriente: de 0,0 – 1,5 A Para valores de corrientes mayores de 1,5 A los aparatos agrupados en familia deberán tener el mismo valor de corriente. 4) No se permite agrupar en una misma familia a productos en los cuales su sistema de cocción es totalmente a gas con productos que cuentan con elementos calefactores en parte superior o en el horno. (Productos híbridos). 5) Para productos con elementos calefactores y sistema de cocción a gas, mismo número de elementos calefactores con mismo consumo de corriente y misma posición. 6) Se permiten diferentes marcas, siempre y cuando sean fabricadas por la misma planta productiva. 7) Se permiten variantes de componentes externos (copete, capelo, puertas de horno, perillas, jaladeras, patas, niveladores, etc.), en cuanto a forma, diseño y material, siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias que demuestren cumplimiento con la norma. 8) Mismo tipo de encendido: - De piloto. - Eléctrico, electrónico o manual (siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias). 9) Equipo eléctrico: Pueden clasificarse en la misma familia modelos con diferentes accesorios eléctricos (lámpara, reloj o control de tiempo, sistema de encendido eléctrico o electrónico, motor de convección, etc.) siempre y cuando se evalúe el modelo más completo o se realicen las pruebas complementarias. Además deben especificarse las características eléctricas nominales para cada modelo y cumplir con el punto 3 anterior. 10) Tipo de control para el horno: Termostato o termocontrol (siempre y cuando se evalúe el modelo con termostato o se realicen las pruebas complementarias). II. En estufas: - Mismo tamaño: a. 20” b. 30” c. etc - Si cuenta con horno.

7

DATCER-161.09

a. b.

Con asador Sin asador

Nota 1: pueden agruparse en la misma familia modelos con y sin asador, siempre y cuando, se utilice el mismo quemador tanto para la función de hornear como para la función de asar. Se evalúa el modelo con asador o se realicen las pruebas complementarias relacionadas con el asador. Nota 2: pueden agruparse en la misma familia modelos con y sin asador, con un quemador adicional para asar en parte superior de la cavidad del horno, siempre y cuando el quemador del horno tenga la misma capacidad térmica. Se evalúa el modelo con asador superior en la cavidad del horno o se realicen las pruebas complementarias relacionadas con el asador. III.

En parrillas.

- Se evaluará la parrilla más completa, considerando que si existen parrillas de diferentes tamaños en la misma familia, se deben realizar pruebas complementarias que demuestren el cumplimiento con la norma. - Se permiten variaciones en cuanto al número de quemadores, siempre y cuando: Se conserve el mismo tamaño de las parrillas. La capacidad térmica de los quemadores sea la misma individualmente y estén en la misma posición. Se permite la eliminación de quemadores entre los diferentes modelos. Se permite la adición de quemadores siempre y cuando se realicen las pruebas complementarias que demuestren el cumplimiento. - Se permite la variación en tamaños de las parrillas, siempre y cuando se conserve el mismo número de quemadores con la misma capacidad térmica y en la misma posición y sea evaluada la parrilla con el menor tamaño. 3.7 NOM-020-SEDG-2003 “Calentadores para agua que utilizan como combustible gas L.P. o natural, de uso doméstico y comercial. Requisitos de seguridad, métodos de prueba y marcado” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-020-SEDG-2003, indispensable cumplir con los siguientes criterios:

es

Todos los calentadores de agua se clasificarán de acuerdo a su carga térmica en: Doméstico, cuya carga térmica es menor o igual a 35 kW y Comercial, cuya carga térmica es mayor a 35 kW y menor o igual a 108 kW Misma carga térmica Adicionalmente en: Calentadores de agua tipo almacenamiento. - Automático con aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Automático con aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Automático sin aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Automático sin aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Semiautomático con aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Semiautomático con aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Semiautomático sin aislamiento térmico y depósito galvanizado.

8

DATCER-161.09

- Semiautomático sin aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Misma válvula termostática (termostato) o válvula semiautomática. - Misma capacidad volumétrica en litros. Calentadores de agua de paso, tipo instantáneo. - Tipo 1, flujo de agua fijo y flujo de gas variable. - Tipo 2, flujo de agua variable y flujo de gas variable. - Tipo 3, flujo automático de agua y flujo automático de gas. - Clase A, presión de apertura menor o igual a 9,8 kPa - Clase B, presión de apertura mayor a 9,8 kPa y menor o igual a 19 kPa - Clase C, presión de apertura mayor a 19 kPa y menor o igual a 98 kPa - Clase D, presión de apertura mayor a 98 kPa - Mismo flujo de agua en litros por minuto (L/min). Calentadores de agua de paso tipo rápida recuperación. - Clase A, con aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Clase B, con aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Clase C, sin aislamiento térmico y depósito galvanizado. - Clase D, sin aislamiento térmico y depósito porcelanizado. - Misma válvula termostática (termostato). - Misma capacidad de flujo de agua en litros por minuto (L/min). No pueden considerarse de la misma familia los modelos de productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familia antes expuesta. 3.8 NOM-090-SCFI-2004 “Encendedores portátiles, desechables y recargables – Especificaciones de seguridad” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-090-SCFI-2004, indispensable cumplir con los siguientes criterios:

es

Con base al Criterio en Materia de Certificación aprobado por la Secretaría de Economía el día 30 de julio de 2004, deben cumplir con las siguientes condiciones: Mismo tipo. Misma marca. Mismos materiales usados en su construcción, elaboración o fabricación. Mismo mecanismo de encendido. Misma capacidad del recipiente de almacenamiento de combustible. Misma forma del recipiente de almacenamiento de combustible. Misma forma externa del producto, permitiéndose variaciones estéticas y de serigrafía. Misma fábrica (Indicar nombre del fabricante, dirección y teléfono de la fábrica). Para estos productos por tipo se debe entender: recargable, desechable, de combustible líquido, de combustible gas, ajustable, no ajustable. Nota 1: De acuerdo a las diferentes condiciones y tipos, se contemplan “n” números de familias que puedan resultar de las combinaciones de dichas condiciones para cada tipo de encendedor. Nota 2: Como información complementaria el cliente debe ingresar información técnica que describa la forma del recipiente de almacenamiento de gas y el sistema de encendido (fotografías, diagramas de trazo, etc.).

9

DATCER-161.09

MUESTREO El número de piezas a seleccionarse, estará sujeto al siguiente criterio: * Encendedores Desechables: 50 Unidades. * Encendedores Recargables de Plástico: 50 Unidades. * Encendedores Recargables Metálicos: 5 unidades. 3.9 NOM-093-SCFI-1994 “Válvulas de relevo de presión (seguridad, seguridad – alivio y alivio) operadas por resorte y piloto; fabricadas de acero y bronce” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma indispensable cumplir con los siguientes criterios:

NOM-093-SCFI-1994,

es

1er.- Criterio Misma marca. Mismo mecanismo. Misma capacidad. 2do.- Criterio.- Con base en su uso: Tipo I Válvulas de seguridad. Tipo II Válvulas de seguridad –alivio. Tipo III Válvulas de alivio. 3er.- Criterio.- Con base a su forma de operación, cada tipo de válvula sé subclasifican en dos subtipos: Subtipo I Válvula operada por resorte. Subtipo II Válvula operada por piloto. 4to.- Criterio.- Con base a su material de fabricación, las válvulas sé subclasifican en dos subtipos: Subtipo I Acero. Subtipo II Bronce. 5to.- Criterio.- Con base a su intervalo de presión de ajuste, las válvulas sé subclasifican en dos subtipos: Subtipo I Subtipo II

103,45 a 41 379,31 kPa para acero. 34,48 a 2 068,67 kPa para bronce.

NOTA: La muestra estará constituida por nueve válvulas, debe incluir tres juegos de tres válvulas, de tres orificios diferentes y cada juego de tres, debe ajustarse a la misma presión de ajuste. En el caso que la familia incluya modelos con asientos blandos, se requiere una válvula adicional por cada tamaño; calibrada a 13 793 kPa, es decir tres válvulas adicionales. 3.10 NOM-113-SCFI-1995 “Líquido para frenos hidráulicos empleado en vehículos automotores – Especificaciones de seguridad y métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-113-SCFI-1995, es indispensable cumplir con los siguientes criterios:

10

DATCER-161.09

1.- Misma Marca. 2.- Misma composición: Liquido para frenos Liquido para frenos Liquido para frenos Liquido para frenos

LF3. LF4. LF5 (Base silicón). LF5.1 (Base sin silicón).

3.- Puede variar el contenido y forma de los recipientes (presentación). 3.11 NOM-113-STPS-2009 “Seguridad – Equipo de protección personal – Calzado de protección – Clasificación, especificaciones y métodos de prueba. I.- La certificación del calzado de protección se llevará a cabo por tipo de protección, por familia o por modelo, a elección del solicitante. Se considera como familia a aquellos modelos o estilos de calzado con la misma marca, el mismo tipo de protección, mismo país de origen, así como con los mismos factores indicados en la siguiente tabla, según el tipo de calzado de que se trate. En lo que se refiere al material del corte, corresponden a diferentes familias los tres grupos siguientes: a) Cuero con flor entera o corregida. b) Cuero carnaza. c) Otros materiales diferentes al cuero. Factores para agrupamiento por familia de productos. Tipo de calzado Tipo I Ocupacional

Pruebas

Factores para agrupamiento por familia Resistencia al desgarre, absorción- Material del corte. desabsorción de agua (véase aplicabilidad según numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4), permeabilidad al vapor de agua, determinación de pH en cuero y contenido de cromo (véase aplicabilidad según numerales 6.1.5, 6.1.6 y 6.1.7).

Tipo II Con puntera

Resistencia al compresión.

Tipo III Dieléctrico

Rigidez dieléctrica.

impacto

y

a

Mismo material de la suela y mismo sistema de fabricación.

Tipo IV Con protección Resistencia al impacto metatarsal. metatarsal

Tipo V Conductivo

Resistencia conductivo.

eléctrica

la Mismo material de la puntera y mismo sistema de fabricación.

Mismo material de la protección metatarsal, mismo material de la puntera y mismo sistema de fabricación.

para

calzado Mismo material de la suela, de la planta y de la plantilla.

Tipo VI Resistente a la Resistencia a la penetración.

Mismo material del inserto

11

DATCER-161.09

penetración Tipo VII Antiestático.

resistente a la penetración. Resistencia eléctrica antiestático.

para

calzado Mismo material de la suela, de la planta y de la plantilla.

II.- Cuando a un modelo o familia de modelos que hubiera sido ya certificado (calzado base) se le agregue una o más características de protección, y se solicite la generación de un nuevo certificado para la nueva protección, se realizarán únicamente las pruebas que correspondan a tal característica adicional, por lo que no será necesario repetir las pruebas que ya hubieran sido realizadas para avalar la certificación del calzado base, salvo que los cambios realizados al producto original hubieran alterado las características con las que originalmente se hubiera certificado. 3.12 NOM-115-STPS-2009 “Seguridad-Equipo de protección protección-Clasificación, especificaciones y métodos de prueba.”

personal-Cascos

de

Para definir la familia de modelos correspondientes a la norma NOM-115-STPS-2009, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: La certificación de los cascos de protección se llevará a cabo por clasificación y designación. Se considera como clasificación, a su nivel de desempeño contra riesgos por impactos y tensión eléctrica, en las clases: -

Clase G (General)

-

Clase E (Dieléctrico) y

-

Clase C (Conductor),

-

así como con los valores establecidos en las especificaciones de resistencia al impacto y a la tensión eléctrica.

NOTA: El certificado ampara sólo aquellos modelos que hubieran cumplido con los requisitos aplicables establecidos en esta Norma, previa evaluación del organismo de certificación y del laboratorio de pruebas respectivos. 3.13 NOM-118-SCFI-2004 “Industria cerillera - Cerillos y fósforos - Especificaciones de seguridad” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-118-SCFI-2004, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Misma marca. Mismo material de los cerillos o fósforos. 3.14 NOM-133/1-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de andaderas para la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-133/1-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: • Del mismo tipo Tipo 1: Andadera de plegado en X. Tipo 2: Andadera de altura ajustable. Tipo 3: Andadera mecedora. Tipo 4: Andadera Fija.

12

DATCER-161.09

• • • • • • •

Misma marca. Mismo diseño de la estructura. Mismo mecanismo de enganche (aplica a los tipo 1). Mismo mecanismo de ajuste de altura. Mismo número de ruedas. Mismo material. Misma cantidad de resortes.

Nota 1. Para la certificación inicial se deberán enviar a pruebas junto con todos sus accesorios instalados en la propia andadera, la que incluya el mayor numero de accesorios y/o piezas adicionadas como variantes de modelo los cuales deben evidenciar el cumplimiento establecido en la norma oficial mexicana NOM-133/1-SCFI-1999. Nota 2. Adicional, el interesado debe de ingresar al organismo de certificación la información para cada producto a certificar, siguiente: Tipo de andadera Cantidad de ruedas Materiales de la estructura, de las ruedas, de los accesorios y protectores de los resortes. Fotografías de cada uno de los productos, frontal, laterales, trasera superior e inferior. Mecanismo de enganche (cuando aplique) Mecanismo de ajuste (cuando aplique) Marca de los productos a certificarse. Instructivo y leyendas precautorias. 3.15 NOM-133/2-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de carriolas para la seguridad del infante - Especificaciones y métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-133/2-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: • a) b) c)

Del mismo tipo: De bastón plegable Mango abatible plegable Plegable

• • • • • • • • •

Misma marca. Mismo diseño de estructura. Mismo material. Mismo número de ruedas. Mismo número de ocupantes. Para carriolas de múltiples ocupantes, misma disposición de los mismos. Mismo mecanismo de seguridad. Mismo sistema de frenado. Misma cantidad de resortes.

Nota 1. Para la certificación inicial se deberá enviar a pruebas junto con todos sus accesorios instalados en la propia carriola, la que incluya el mayor numero de accesorios y/o piezas adicionadas como variantes de modelo los cuales deben evidenciar cumplimiento con lo establecido en la norma oficial mexicana NOM-133-SCFI-1999. Nota2. Adicional, el interesado debe de ingresar al organismo de certificación la información para cada producto a certificar, siguiente: Tipo de carriola Cantidad de ruedas. Materiales de la estructura, de las ruedas, de los accesorios y protectores de los resortes. Fotografías de cada uno de los productos frontal, laterales, trasera, superior e inferior.

13

DATCER-161.09

Mecanismo de seguridad. Mecanismo de posiciones para respaldo. Número de ocupantes. Mecanismo de freno. Ubicación del mecanismo de freno. Numero de resortes, así como material que lo protege (cuando aplique). Marca de los productos a certificar Instructivo y leyendas precautorias. 3.16 NOM-133/3-SCFI-1999 “Productos infantiles – Funcionamiento de corrales y encierros - Especificaciones y métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-133/3-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Los modelos de producto se consideran de la misma familia, siempre y cuando cumplan con las condiciones siguientes • Ser del mismo tipo de forma de acuerdo a la clasificación siguiente: Tipo 1. Forma circular. Tipo 2. Forma rectangular. Tipo 3. Forma hexagonal. Tipo 4. Otras. • • • •

Misma marca. Mismo diseño de estructura. Mismo sistema de enganche o candado. Mismo material.

Nota 1: para la certificación inicial se deberá enviar a pruebas junto con todos sus /accesorios instalados en el propio encierro y/o corral la que incluya el mayor numero de accesorios y/o piezas adicionadas como variantes de modelo, los cuales deben evidenciar cumplimiento con lo establecido en la norma oficial mexicana NOM-133/3-SCFI-1999. Nota2. Adicional, el interesado debe de ingresar al organismo de certificación la información para cada producto a certificar siguiente: Tipo de forma del corral o encierro. Materiales de la estructura y de los accesorios. Fotografías de cada uno de los productos frontal, laterales, trasera, superior e inferior. Marca de los productos a certificar. Sistema de enganche o candado. Instructivo y leyendas precautorias. 3.17 NOM-140-SCFI-1999 “Artículos escolares - Tijeras- Especificaciones y Métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NOM-140-SCFI-1999, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: Ser del mismo tipo: Tijera escolar Tijera escolar papelera Ser de los mismos materiales como por ejemplo: Metálicas con:

14

DATCER-161.09

Acero inoxidable Acero al carbón Otros materiales metálicos (de la misma mezcla de dos o más materiales) Mixtas (plástico y metal): Puños de plástico con hojas de acero inoxidable Puños de plástico con hojas de acero al carbón Puños de plástico con hojas de otros materiales metálicos Cuerpo de plástico con hojas insertadas de acero inoxidable Cuerpo de plástico con hojas insertadas de acero al carbón Cuerpo de plástico con hojas insertadas de otros materiales metálicos Plástico: Cuerpo totalmente de plástico Cuerpo totalmente de plástico, articuladas por un eje metálico Definiciones: Tijera Escolar. Instrumento para cortar, compuesto por dos piezas denominadas hojas cuya geometría en la punta es redondeada (punta roma), articuladas por un eje que puede ser un tornillo o un remache capaz de cortar materiales tales como papel bond, cartulina e hilos de estambre, empleados en la educación básica obligatoria, cuya geometría y propiedades garanticen la integridad física del usuario, con una longitud que oscila entre 76,2 mm hasta 152,4 mm. Tijera Papelera Escolar. Instrumento para cortar, compuesto por dos piezas denominadas hojas cuya geometría en la punta es redondeada (punta roma), articuladas por un eje que puede ser un tornillo o un remache capaz de cortar papel bond empleado en la educación básica obligatoria, cuya geometría y propiedades garanticen la integridad física del usuario, con una longitud que oscila entre 76,2 mm hasta 152,4 mm. 3.18 NMX-X-033-SCFI-2007 “Industria del gas - termostatos utilizados en hornos de uso doméstico - especificaciones y métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondiente a la norma NMX-X-033-SCFI-2007, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: - Mismos materiales del cuerpo del termóstato. - Por tipo: Tipo 1.- termostato a gas. Tipo 2.- termostato eléctrico. - Los termostatos tipo 1 se subclasifican en: a) b) c) d)

Sencillo con sensor de flama. Múltiple con sensor de flama. Sencillo sin sensor de flama. Múltiple sin sensor de flama.

Se permiten variantes de modelo por: -

Dimensiones en los componentes del termostato. Cambios estéticos

No pueden considerarse de la misma familia los productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familias antes expuesta.

15

DATCER-161.09

3.19 NMX-X-041-SCFI-2009 “Industria del gas - Válvulas reguladoras de gas L.P. y/o natural de operación manual, que se utilizan en aparatos de uso doméstico para el cocinado de alimentos - Especificaciones y métodos de prueba” Para definir la familia de modelos correspondientes a la NMX-X-041-SCFI-2009, es indispensable cumplir con los siguientes criterios: - Mismo material del cuerpo de la válvula. - Por tipo: Tipo 1, con orificio (esprea) a la salida. Tipo 2, con salida a conexión de tubo. - También se subclasifican en: a) b) c) d)

Sencilla con dispositivo de seguridad. Múltiple con dispositivo de seguridad. Sencilla sin dispositivo de seguridad. Múltiple sin dispositivo de seguridad.

- Se permite variantes de modelo por: - dimensiones en los componentes de las válvula - cambios estéticos No pueden considerarse de la misma familia los productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familias antes expuesta. 3.20 NMX-X-042-SCFI-2010 “Gas L.P. – Válvula de servicio que se utiliza en recipientes transportables para contener gas L.P. - especificaciones y métodos de prueba”. Para efectos de certificación, las válvulas se pueden agrupar en familia siempre y cuando, en los diferentes modelos, no exista alguna diferencia que afecte el cumplimiento con algún inciso de la Norma de referencia. Para definir una familia de modelos es indispensable cumplir con lo siguiente: Misma capacidad de desfogue: Tipo 1; de 10 m3/min como mínimo. Tipo 2; mínimo de 3 m3/min hasta menos de 10 m3/min. Por su uso o aplicación: Tipo 1; se utiliza en recipientes transportables. Tipo 2; se utiliza en recipientes portátiles. Para válvulas tipo 2, también se debe cumplir lo siguiente: Válvulas con acoplamiento directo. Válvulas con válvula de no retroceso. Válvulas sin válvula de no retroceso. Válvulas con dispositivo de máximo llenado. Válvulas con dispositivo de obturación automática (VS). Válvulas con dispositivo de prevención de sobre llenado (OPD). Válvulas con rosca externa ACME en la salida. Adicionalmente:

16

DATCER-161.09

Deben ser fabricadas en la misma planta productiva No pueden considerarse de la misma familia los modelos de productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familia antes expuesta. 3.21 NMX-X-016-SCFI-2006 “Industria del Gas – Termopares y pilotos para uso en sistemas de seguridad contra falla de flama - especificaciones y métodos de prueba” Para efectos de certificación, los termopares y pilotos se pueden agrupar en familia siempre y cuando, en los diferentes modelos, no exista alguna diferencia que afecte el cumplimiento con algún inciso de la Norma de referencia. Para definir una familia de modelos es indispensable cumplir con lo siguiente: Termopares: -

Mismo valor de tensión. Mismos materiales Misma resistencia de unión entre el contactor y el alambre del termopar. Misma planta productiva

Pilotos: -

Mismos materiales. Misma planta productiva

No pueden considerarse de la misma familia los modelos de productos que no cumplan con uno o más de los criterios de familia antes expuesta. 3.22 NMX-X-018-SCFI-2006 “Industria del gas – Válvulas termostáticas y semiautomáticas con sistema de seguridad contra falla de flama, para ser usadas en calentadores de agua y calefactores de ambiente que utilizan como combustible gas L.P. o gas natural - especificaciones y métodos de prueba” Para efectos de certificación, las válvulas termostáticas y semiautomáticas se pueden agrupar en familia siempre y cuando, en los diferentes modelos, no exista alguna diferencia que afecte el cumplimiento con algún inciso de la Norma de referencia. Para definir una familia de modelos es indispensable cumplir con lo siguiente: a) válvula termostática para calentador de agua (termostato para calentador) - con regulador de presión de gas al quemador - sin regulador de presión de gas al quemador - con regulador de presión de gas al piloto - sin regulador de presión de gas al piloto - con interruptor térmico para alta temperatura - sin interruptor térmico para alta temperatura b) válvula termostática para calefactor de ambiente (termostato para calefactor); - con regulador de presión de gas al quemador - sin regulador de presión de gas al quemador - con regulador de presión de gas al piloto - sin regulador de presión de gas al piloto c) válvula semiautomática para calentador de agua y/o calefactor de ambiente.

17

DATCER-161.09

- con regulador de presión de gas al quemador - sin regulador de presión de gas al quemador - con regulador de presión de gas al piloto - sin regulador de presión de gas al piloto d) Misma capacidad de flujo e) Si tienen o no válvula de seguridad f) Misma planta productiva No pueden considerarse de la misma familia los modelos de productos que no cumplan con uno o más de los criterios de familia antes expuesta.

18

DATCER-161.09

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.