CRÓNICA JUDICIAL 1. Chiclayo, Miércoles 27 de Abril del

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CRÓNICA

Chiclayo, Miércoles 27 de abril del 2016

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Chiclayo, Miércoles 27 de abril del 2016

1. REMATE JUDICIAL

REMATES BIENES INMUEBLES

Telf: 481030 - 239182

PRIMER REMATE JUDICIAL (EXP. N° 2957-2013) En los seguidos por EDPYME ALTERNATIVA contra OLGA CRISTINA PORTILLA GARCIA, sobre Obligación de dar suma de dinero, el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo a cargo del Juez Doctor García Mayorga Juan Francisco y Especialista Legal Dr. Victor Arbulu Norabuena, han dispuesto, sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: INMUEBLE ubicado en la Mz. “E”, Lote 16, del Asentamiento Humano los Girasoles, Distrito de Paijan, Provincia de Ascope y Departamento de La Libertad, inscrita en la Partida N° 04054766, de la Zona Registral N° V Sede Trujillo. TASACION: US$ 9,000.00 (Nueve mil con 00/100 dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 6,000.00 (Seis mil con 00/100 dólares americanos), que son las dos terceras partes de la tasación. GRAVAMENES: 1) Embargo mediante Resolución N° 01 de fecha 05/09/2013, expedida por la Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, Dra. Carta Yolanda Paredes Ciccia, se ha ordenado la medida cautelar de embargo sobre el inmueble inscrito en la presente partida electrónica hasta por la suma de s/. 30,000.00 nuevos soles, a favor de EDPYME ALTERNATIVA en los seguidos contra OLGA CRISTINA PORTILLA GARCIA; sobre medida cautelar fuera de proceso, en el Exp. N° 2957-2013, así consta de la copias certificadas de fecha 26/09/2013, expedida por secretaria judicial Rocio del Pilar Medina Cisneros, asiento D00001. DIA Y HORA DEL REMATE: 17de mayo del 2016 a las 10:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En La Sala de Remates sito en la calle San José N° 1052, 2° Piso, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Remate que será ejecutado por el Martillero Público Lenin Eduardo Chávez Ydrugo, con Registro N° 165, designado en autos. LOS POSTORES: Oblarán el 10 % de la tasación en cheque de gerencia a su nombre o en efectivo (esto es US$ 900.00), adjuntando la tasa judicial en original y copia de la misma en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI. Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Teléfonos: RPM #947413142. Chiclayo marzo del 2016 LENIN EDUARDO CHÁVEZ YDRUGO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 165 DR. VICTOR M. ARBULÚ NORABUENA SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5266480 F/ 1196 S/. 72.00 27, 28, 29 Abril, 02, 03, 04 Mayo

TERCER REMATE JUDICIAL (EXP. N° 056-2011) En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA S.A. contra HEREDEROS LEGALES DE VERA GUEVARA GERARDO, BECERRA PEREZ GLORIA Y OTROS, VASQUEZ FARRO TEODOLINDA, VERA BECERRA EDUARDO, VERA BECERRA MANUEL, VERA BECERRA MARIA YOLANDA, VERA BECERRA ORLANDO JAIME,VERA BECERRA RAMON Y VERA BECERRA SEGUNDO GERARDO sobre EJECUCION DE GARANTÍAS, por orden del señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especializado en lo Comercial de Chiclayo - Lambayeque, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dr. Fabrizio Carbajal Bravo, han dispuesto sacar a Remate Público en TERCERA CONVOCATORIA, sobre el bien inmueble rustico dado en garantía, denominado Tabacal del Distrito de Chongoyape, de la Provincia de Chiclayo; Departamento de Lambayeque, inmueble cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio corren inscrito en la Partida N° 02300970, del registro de predios de la oficina Registral N° II sede Chiclayo, remate que será efectuado por el Martillero Público Lenin Eduardo Chávez Ydrugo con Reg. N° 165, designado en autos. VALOR DE TASACIÓN: US$ 59,965.40 (Cincuenta y nueve mil novecientos sesenta y cinco con 40/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 28,883.34 (Veintiocho mil ochocientos ochenta y tres con 34/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación, menos dos veces el 15% de deducción del precio base de la primera convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1.- Constitución de Hipoteca, El propietario del inmueble inscrito en la presente Partida en calidad de deudor, constituye hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. hasta por la suma de US$ 47,738.00 dólares americanos, así y más consta en la escritura publico N° 1228 de fecha 04/05/2009, otorgada ante Notario Público Antonio Enrique Vera Méndez en la Ciudad de Chiclayo. DIA Y HORA DEL REMATE: 16 de mayo del 2016 a las 11:30 horas del día. LUGAR DEL REMATE: En La Sala de Remates sito en la calle San José N° 1052-2° Piso Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Oblarán el 10 % de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o Efectivo (esto es US$ 5,996.54 dólares), adjuntando la tasa judicial en original y copia de la misma en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario, teléfono RPM #947413142. Chiclayo marzo del 2016 LENIN EDUARDO CHÁVEZ YDRUGO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 165 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIO JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5264396 F/ 1180 S/. 37.00 27, 28, 29 Abril

AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL Exp. N° 2039-2001-0-1706-JR-CI-06. SCOTIABANK PERU S.A.A. contra JOSE ORLANDO REYES ERAZO, MARIA MAGDALENA REYES ERAZO, y MARIA ISABEL VÁSQUEZ MATEO de REYES, sobre EJECUCION DE GARANTIA. BIEN EN REMATE: El Sexto Juzgado Especializado Civil de Chiclayo, a cargo de la señora Juez, Elvira Rojas Senmache, y Especialista Legal, Diana Yamunaque Seclen, ha ordenado que el suscrito Martillero Publico, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, con Reg. N° 210, realice el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA del bien inmueble de propiedad de los ejecutados José Orlando Reyes Erazo y María Isabel Vásquez Mateo, consistente en el Predio Rústico signado como Parcela N° 13159, que formo parte del Precio Fundo Capote, Distrito de Picsi, Provincia de Ferreñafe, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, características, área, linderos y medidas perimétricas están inscritos con la Ficha N° 12074, trasladada a la Partida Electrónica N° 02295412 del Registro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Chiclayo. VALORIZACION: S/. 80,064.00 (Ochenta mil sesentaicuatro y 00/100 Nuevos Soles). PRECIO BASE: S/. 45,369.60 (CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 60/100 NUEVOS SOLES) equivalente a dos terceras partes de su valorización, reducido en 15 % por ser segunda convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) Asiento d-3, Primera y Preferencial Hipoteca del 25.01.1999 a favor del Banco Wiese Ltdo. hasta por US$. 14,500.00. FECHA, HORA Y LUGAR: El día JUEVES 12 DE MAYO DE 2016 A LAS 10.00 HORAS EN LA SALA DE REMATES, ubicada en la sede principal del Distrito Judicial de Lambayeque, sito en calle San Jose N° 1052, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Participan con dinero en efectivo o cheque de gerencia negociable a su nombre, con una cantidad no menor del 10 % de la valorización, se presentan con original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial con código N° 7153 por derecho de participación en remate de inmueble, indicando expediente, juzgado, DNI y/o RUC, nombre y firma, que debe estar debidamente sellado por el Registro de Martilleros del Poder Judicial de Chiclayo; y de ser el caso de Vigencia y Poder, con facultades para participar en remate de fecha actual. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Finalizado el remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Publico más el I.G.V., de conformidad con la Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S.0082005-JUS). Chiclayo, marzo 31 de 2016. GPLmartilleropublico@yahoo. es. [email protected]. / (51)(44) 94-789-3343 94-936-5850 34-7544 / RPM *661990. GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 210 DIANA YAMUNAQUE SECLEN SECRETARIO JUDICIAL SEXTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV P/ 5260821 F/ 1173 S/. 33.50 26, 27, 28 Abril PRIMER REMATE JUDICIAL EXP. N° 0332-2011 (Corte Superior de Justicia de Lambayeque) en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA., contra VICTOR SANCHEZ HUACACHE Y OTROS, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. 332-2011, por orden del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, Especialista Legal Dra. Betty del Socorro Varias Céspedes, ha dispuesto a sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATORIA, los bienes inmuebles constituidos por: 1) STAND 04, BLOCK T SEGUNDO PISO, Av. Mariscal Nieto N° 480 Urbanización Campodónico, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos y demás medidas perimétricas obran inscritas en la partida Registral N° 11084039, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: US$ 27,494.91 (VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 91/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: US$ 18,324.94 (DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE CON 94/100 DÓLARES AMERICANOS, que son las dos terceras partes de la tasación. 2) STAND 05, BLOCK F PRIMER PISO, Av. Mariscal Nieto N° 480, Urbanización Campodónico, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos y demás medidas perimétricas obran inscritas en la partida Registral N° 11083322, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: US$ 27, 494.91 (VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS Y CUATRO CON 91/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: US$ 18,329.94 (DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE CON 94/100 DÓLARES AMERICANOS, que son las dos terceras partes de la tasación. CARGAS Y GRÁVAMENES: EN AMBOS INMUEBLES DE LA PARTIDA MATRIZ N° 11056037. I) RECTIFICACION DE OFICIO. A) HIPOTECA. A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA, hasta por la suma de US$ 586,400.00 Dólares americanos, inscrita en el D00003 de la Partida N° 02006303 B) HIPOTECA. A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA, hasta por la suma de US$ 461,000.00 Dólares americanos, inscrita en el asiento D00004 de la Partida N° 02188147. C) HIPOTECA. A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA, hasta por la suma de US$ 385,300.00 Dólares americanos, inscrita en el asiento D00004 de la Partida N° 02007703. Se realiza la presente aclaración teniendo a la vista el titulo archivado N° 200600039386 del 15/09/2006. Asiento D00001, Chiclayo 15 de noviembre del 2006. P. E. N° 11083322 Y P.E. N° 11084039 II) CONSTITUCION DE HIPTECA.- El propietario del inmueble inscrito en la presente Partida en calidad de garante ha constituido hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA., hasta por la suma de US$ 2105.680.00 Dolores americanos. Asiento D00002, Chiclayo 11 de diciembre del 2006.- P. E. N° 11083322 Y P.E. N° 11084039. III) AMPLIACION DE HIPOTECA inscrita en el asiento D00002 de la presente partida, hasta por la suma de US$ 2105,680.00 Dólares americanos, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRU-

CRÓNICA

JILLO SA. Se amplía a la suma de US$ 2497,364.00 Dólares Americanos. Siendo este el monto actual del gravamen, así consta por Escritura pública de 27/04/207 que otorga ante notario VERA MENDEZ ANTONIO, en la ciudad de Chiclayo. Asiento D00003 Chiclayo 07 de mayo de 2007.- P. E. N° 11083322 Y P.E. N° 11084039. IV) AMPLIACION DE HIPOTECA la hipoteca inscrita en el asiento D0003 de la presente partida hasta por el monto de US$ 2497,364.00 Dólares americanos a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA., se amplía en conveniencia con las partes, hasta por la suma de US$ 3239,868.00 Dólares americanos. Siendo este el monto actual del gravamen, así consta En escritura Pública del 19/06/2007 ante Notario VERA MENDEZ ANTONIO, en la ciudad de Chiclayo. Asiento D00004. Chiclayo 21 de junio de 2007.- P. E. N° 11083322 Y P.E. N° 11084039. V) AMPLIACION DE HIPOTECA la hipoteca inscrita en el asiento D0002, ampliada en el asiento D00003 y D0004 de la presente partida, hasta por la monto de US$ 3239,868.00 Dólares americanos a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO SA. Se amplía en conveniencia de las partes, hasta por un monto de US$ 5440,574.00 Dólares Americanos siendo este el monto actual del gravamen. Asiento D00005. Chiclayo 14 de septiembre de 2007.- P.E. N° 11083322 y P. E. N° 11084039. DIA Y HORA DEL REMATE: 1) STAND 04, BLOCK T SEGUNDO PISO, Av. Mariscal Nieto N° 480, Urbanización Campodónico distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque el 12 DE MAYO DEL 2016 A LAS 12:00 HORAS. 2) STAND 05, BLOCK F PRIMER PISO, Av. Mariscal Nieto N° 480, Urbanización Campodónico, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque el 12 DE MAYO DEL 2016 A LAS 12:30 HORAS. LUGAR DE REMATE: ambos inmuebles respectivamente. En el Local de la sala de Remates ubicado en CALLE SAN JOSE 1052 - SEGUNDO PISO, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque.- POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en cheque de gerencia, girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, presentarán la tasa judicial correspondiente, en original y copia del arancel, suscribiendo el Numero del expediente y generales de ley, adjuntando además, copia de su DNI, Los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del adjudicatario según (D.S.-008-2005-JUS) de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Rosa Francisca Diaz Garcia Martillero Publico Reg. Nacional N° 168. ROSA FRANCISCA DIAZ GARCIA MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 168 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5259622 F/ 1165 S/. 175.00 25, 26, 27, 28, 29 Abril, 02 Mayo PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra VICTOR MANUEL RUIZ MURO sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 284-2013, el Octavo Juzgado Civil Sub-Especialidad Comercial de Chiclayo a cargo del Señor Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista legal Dra. Cecilia Guillermo Zambrano, han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, el inmueble ubicado en la Manzana

JUDICIAL C, Lote 23, Sección 501, Habilitación Urbana Los Sauces, del Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la partida electrónica P10159087 del Registro de Propiedad Inmueble - Registro de Predios de la Zona Registral II - Sede Chiclayo. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 24,253.00 (veinticuatro mil doscientos cincuenta y tres con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 16,168.66 (dieciséis mil ciento sesenta y ocho con 66/100 Dólares Americanos) equivalente a las 2/3 partes de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: D00004 HIPOTECA El propietario del inmueble inscrito en la presente partida, en calidad de deudor, ha constituido hipoteca a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A.A. hasta por la suma de US$ 20,133.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar un préstamo dinerario de S/.42,000.00 Nuevos Soles. Así y más consta en la Escritura Pública N° 2053 de fecha 10/08/2012 otorgada ante Notario Público Paul Richard pineda Gavilán, por licencia concedida al Dr. Henry Macedo Villanueva en la ciudad de Chiclayo. DIA Y HORA DE REMATE: El 20 de mayo de 2016 a las 10:30 horas. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates ubicada en la antigua Corte Superior de Justicia de Chiclayo sito en la Calle San Jose N° 1052, Provincia y Departamento de Chiclayo. LOS POSTORES: deberán presentar antes del remate una cantidad no menor al 10 % del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Validar la tasa en el área de Recaudación Judicial con el sello respectivo para su utilización en el remate según Oficio Circular N° 50-2012-GAD-CSJLA-PJ. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALANTE MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 305 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5259621 F/ 1164 S/. 74.00 25, 26, 27, 28, 29 Abril, 02 Mayo AVISO DE REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA EXPEDIENTE N°: 112-2014 En el proceso Judicial sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, que sigue BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en contra de QUINDE JIMENEZ, FANY FLORENCIA, y de acuerdo a lo ordenado por el Sr. Juez del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán y Especialista Legal Dra. Carolina Portocarrero Estela, facultado al Martillero Publico Sr. Raúl Ignacio Garcia Céspedes con Reg. N° 134, el cual sacaré a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: BIEN INMUEBLE: Predio ubicado en la calle Las Mandarinas N° 275, departamento 501, de la Urbanización Los Jardines de Santa Rosa, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritas en el Asiento D00003 de la Partida Electrónica N° 11168178 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral número II - Sede Chiclayo. GRAVAMENES PROCESO UNICO DE EJECUCION.- Por resolución N° 01 de fecha seis de marzo del dos

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mil catorce expedida por el Juez del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán y Especialista Legal Dra. Aura Nuñez Manayay, se resuelve admitir a trámite la demanda interpuesta por BANCO DE CREDITO DE PERÚ representada por Oswaldo Mendoza Barandiarán contra FANY FLORENCIA QUINDE JIMENEZ sobre ejecución de garantías, Dictándose MANDATO EJECUTIVO, encontrándose la garantía de Hipoteca debidamente inscrita sobre el inmueble de propiedad del ejecutado FANY FLORENCIA QUINDE JIMENEZ en el asiento D00003 de la Partida N° 11168178 del Registro de la Propiedad Inmueble [Registro de Predios] de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, hasta por la suma S/. 251,522.92 VALOR TASACION: US$ 88,653.74 Dólares Americanos BASE DEL REMATE: Por ser Segunda Convocatoria se deduce sobre la base del quince por ciento menos del precio base de la primera convocatoria equivalente a US$. 59,102.49 Dólares Americanos, esto es la suma de $ 50,237.12 Dólares Americanos. REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA PARA EL DIA 13 DE MAYO DEL 2016 A HORAS 12:30 P.M. LUGAR DEL REMATE Se llevara a cabo en la sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Chiclayo, sito en Calle San Jose N° 1052-1070 Chiclayo (Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque). LOS POSTORES depositaran el diez por ciento del valor de tasación en efectivo o mediante cheque de Gerencia y presentaran su Arancel Judicial (CON COPIA DEL MISMO Y DNI, DEBIDAMENTE FIRMADOS) con número de expediente y generales de Ley. Funcionario que llevará la diligencia de Remate Martillero Publico Raúl I. Garcia Céspedes. Por seis días. Chiclayo, 28 de Marzo de 2016 RAÚL I. GARCÍA CÉSPEDES MATRICULA N° 134 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5259625 F/ 1167 S/. 74.00 25, 26, 27, 28, 29 Abril, 02 Mayo TERCERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL EXP. N° 215-2012 En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra EMPRESA EUROMOTOS EIRL, HUAYNATES FLORES ROLF HAROLD Y MIRES RODRÍGUEZ BLANCA INES sobre Ejecución de Garantías por orden del Señor Juez del 08 Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Cecilia Guillermo Zambrano, ha dispuesto sacar a Remate Publico en TERCERA CONVOCATORIA los siguientes bienes inmuebles dados en garantías consistentes en: 1) El Inmueble ubicado en la Manzana O, Lote 18 (Actualmente Calle Abancay Nro, 299), Urbanización Popular Miraflores, del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida registran número 11123639 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo. Remate que será efectuado por la señora Martillero Publico JUDITH MARLENI CHAVEZ COTRINA con Reg. N° 169 designado en autos. VALOR DE TASACIÓN: US$ 28,842.00 (Veintiocho Mil Ochocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Dólares Americanos. PRECIO BASE DE REMATE: US$ 13,892.23 (Trece Mil Ochocientos

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Chiclayo, Miércoles 27 de abril del 2016

Noventa y Dos con 23/100 Dólares Americanos); que son las dos terceras partes de la tasación menos dos veces el 15%. GRAVAMENES: CONSTITUCION DE HIPOTECA: La empresa propietaria del inmueble inscrito en la presente Partida, debidamente representada y en calidad de Deudora, constituye Hipoteca a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU debidamente representado hasta por la suma de US$ 37,500.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar todas las deudas y obligaciones de la deudora que consisten en contratos y/o títulos valores, derivadas de los créditos directos e indirectos que le haya otorgado y/o otorgue en el futuro el acreedor en cualquiera de sus oficinas del país o del exterior, en moneda nacional y/o extranjera por concepto de préstamos o mutuos dinerarios, créditos o sobre giros en cuenta corriente, adelantos en cuenta corriente, obligaciones derivadas, de tarjetas de créditos de títulos valores, advance account, cartas de crédito, cartas de créditos simple o documentarios, cartas fianza, operaciones de factoring y arrendamiento financieros u otras modalidades de deudas y obligaciones adicionales y accesorias que se generen como consecuencia de ellos sus no acciones y las refinanciaciones eventuales que el acreedor pueda conceder incluyendo los saldos en cuenta corriente que eventualmente puedan generarse como consecuencia de los cargos por dichas deudas y gastos notariales, judiciales y extrajudiciales que se deriven de las obligaciones o/o deudas de la deudora frente al acreedor. Así y más ampliamente consta en la Escritura Publica N° 2683 de fecha 11/08/2010, otorgada ante Notario Público Antonio Vera Mendez en la ciudad de Chiclayo. Asiento D00003. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 12 de Mayo DEL 2016, Horas 11.00 horas. LUGAR DE REMATE: En la Sala de remates ubicado en la calle San José N° 1052 -Chiclayo - Segundo Piso (Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque) 2) El inmueble ubicado en la Manzana O, Lote 20, (actualmente Calle Abancay S/N), Urbanización Popular Miraflores, del Distrito de Jose Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en partida Registral número 02024303 del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, remate que será, efectuado por la Sra. Martillero Publico Judith Marleni Chavez Cotrina con Reg. N 169 designada en autos. VALOR DE TASACIÓN: US$ 64,264.77 (Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Sesenta y Cuatro con 77/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$ 30,954.20 (Treinta Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro con 20/100 Dólares Americanos) que son las dos terceras partes de la tasación menos dos veces el 15%. GRAVAMENS: 1) CONSTITUCION DE HIPOTECA: Los propietarios del inmueble inscrita en la presente Partida, en calidad de garantes hipotecarios constituyen Hipoteca a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU debidamente representado hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Americanos, con el objeto de garantizar y respaldar todas las deudas y obligaciones del cliente (EUROMOTOS E.I.R.L) y/o otorgantes que consisten en contratos y/o títulos valores, derivadas de los créditos directos e indirectos que le haya otorgado y/o que en el futuro les otorgue el banco en cualquiera de sus oficinas del país o del exterior, en moneda nacional y/o extranjera por concepto de préstamos o mutuos dinerarios, créditos o sobregiros en cuenta corriente, adelantos en cuenta corriente, obligaciones derivadas, de tarjetas de créditos, descuentos de títulos valores, advance account, cartas de créditos simple o documentarios, cartas fianza, operaciones de factoring

CRÓNICA y arrendamiento financieros y otras modalidades de créditos y sus respectivas ampliaciones y/o modificaciones incluyendo todas las deudas y obligaciones adicionales y accesorias que se generen como consecuencia de ellos, sus no acciones y las refinanciaciones eventuales que el banco pueda conceder incluyendo los saldos deudores en cuenta corriente que eventualmente puedan generarse como consecuencia de los cargos por dichas deudas, incluyendo los intereses compensatorios y moratorios, comisiones tributos y gastos notariales, judiciales y extrajudiciales que se deriven de las obligaciones y/o deudas frente al banco. Así mismo las obligaciones que los clientes y/o otorgantes tienen contraídas y/o en el futuro pudiese contraer con el banco como fiador o avalista de terceros deudores de el banco incluyendo aquellas obligaciones asumidas originalmente por el cliente a favor de terceros en contratos y/o títulos valores y que hayan sido transferidas, cedidas o endosadas a favor del banco. Así consta en la Escritura Publica N° 2684 de fecha 11/ 08/2010, otorgada ante Notario Público Antonio Vera Mendez en la ciudad de Chiclayo. Asiento D00002. 2) AMPLIACION DE HIPOTECA: La hipoteca inscrita en e Asiento D00002 de la presente partida, constituida hasta por el monto de US$ 35,000.00 Dólares Americanos a favor de BANCO DE CREDITO DRL PERU SE AMPLIA hasta por el monto de US$ 63,022.80 Dólares Americanos, siendo este el monto actual del gravamen. Así y más ampliamente consta en la Escritura Publica N° 465 de fecha 10/02/2011 otorgada ante Notario Público Domingo Dávila Fernandez por licencia concedida al titular Antonio Vera Mendez en la ciudad de Chiclayo. Asiento D0004. 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Por Resolución N° 02 de fecha 04 de Enero del 2012, expedida por el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo Dr. Miguel Angel Peralta Lui se ha resuelto CONCEDER MEDIDA CAUTELAR EN FORMA DE INSCRIPCION sobre el DERECHO EXPECTATIVA QUE TIEN EL CONYUGUE ROLF HAROLD HUAYNATES FLORES sobre la totalidad de acciones y derechos del bien inmueble inscrito en la presente partida y que solo podrá ser ejecutada luego de producida la liquidación de la sociedad de gananciales, el embargo es hasta por la suma de S/. 15,000.00 (QUINCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES. Así consta de las partes judiciales remitidos mediante Oficio N° 3165-2011-37-1JPLOCH en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA S.A.C. contra GOLDEN BUSINESS EXPODRT IMPORT S.A.C. sobre MEDIDA CAUTELAR FUERA DEL PROCESO. Asiento D00005. DÍA Y HORA DEL REMATE: Día 12 de Mayo del 2016, Hora 11.30 horas LUGAR DEL REMATE: En la Sala de remates ubicado en la calle San Jose N° 1052 - Chiclayo - Segundo (Sede antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque). LOS POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en Cheque de Gerencia, girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, suma que será devuelta a los postores no beneficiados, asimismo presentaran la tasa judicial correspondiente, en original y copia del arancel, suscribiendo el número del expediente y generales de ley, adjuntando además, copia de su DNI, en caso de personas jurídicas presentaran copia del RUC y poderes correspondientes. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario según (D.S-008-2005JUS) de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. JUDITH MARLENI CHAVEZ COTRINA ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

REG. N° 169 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5259624 F/ 1166 S/. 105.50 25, 26, 27 Abril REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 00565 - 2014 seguido por JOSE IVAN DAMIAN VALDERA contra JOSE LUIS SANTISTEBAN CASTRO sobre ejecución de garantías, el Octavo Juzgado Especializado en lo Civil con Subespecialidad Comercial de Lambayeque, a cargo de la señora Juez Dra. Lourdes Cristina Quiroz Vigil, asistido por la Especialista Legal Cecilia Guillermo Zambrano, ha facultado al Martillero Publico Carlos Alberto Gonzales Barzotti con Registro N° 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN TERCERA CONVOCATORIA del Bien Inmueble ubicado en la Manzana G Lote 21 de la Urbanización La Plata I del Distrito de Pimentel, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica No. 11093869 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede de Chiclayo. VALOR DE LA TASACION: S/. 180,000.00 (Ciento Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles). BASE DE REMATE: S/. 86,700.00 (Ochenta y seis Mil Setecientos y 00/100 Nuevos Soles) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación de la Primera Convocatoria, menos el 15% por la Segunda Convocatoria, menos el 15% por tratarse de la Tercera Convocatoria. AFECTACIONES: 1) Hipoteca.- A favor de Jose Ivan Damian Valdera hasta por la suma de S/. 80,000.00 Nuevos Soles, así consta inscrito en el asiento D00002 de la Partida Electrónica No. 11093869 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede de Chiclayo; 2) Ampliación de Hipoteca.- La hipoteca inscrita en el Asiento D00002 se amplía hasta por la suma de S/. 120,000.00 Nuevos Soles, así consta inscrito en el Asiento D00003 de la Partida Electrónica No. 11093869 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede de Chiclayo. DIA Y HORA DEL REMATE: 10 de Mayo del 2016 a horas 10:00 a.m. (diez de la mañana). LUGAR DE REMATE: En el local de la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en la calle San Jose N° 1052 - Chiclayo. LOS POSTORES: Depositaran el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participar en remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732 del C6digo Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martillero Publico Registro N° 195; Especialista Legal Cecilia Guillermo Zambrano, Octavo Juzgado Especializado en lo Civil con Subespecialidad Comercial de Lambayeque. CARLOS ALBERTO GONZALES BARZOTTI MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 195 CECILIA GUILLERMO ZAMBRANO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5259039 B/ 1856 S/. 33.50 25, 26, 27 Abril

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el expediente N° 01000-2012-01703-JR-CI-02, seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA SAC contra JUAN VÁSQUEZ ROJAS, sobre Ejecución de Garantías, tramitado ante el Segundo Juzgado Especializado Civil de Jaén que despacha el Dr. José Rudecindo Damián Sandoval. Especialista Legal Dr. Edinson Enrique Soberón Hoyos, se ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA EL INMUEBLE CONSTITUIDO POR EL PREDIO RUAL UBICADO EN EL SECTOR EL HUINGO, PREDIO EL HUARANGO, DEISTRITO DE CAJARURO, PROVINCIA DE UCTUBAMBA DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS, inscrito en la Partida Electrónica N° 02020238, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Bagua. TASACION: Veintiún mil trescientos con 00/100 dólares americanos (US$ 21.300.00).PRECIO BASE DEL REMATE: CATORCE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 14,200.00) equivalente a las dos terceras partes de la tasación. CARGAS Y GRAVAMENES: 1. HIPOTECA a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura hasta por la suma de US$ 11,360.00 dólares americanos, tal como consta en la Escritura Pública N° 182 de fecha 26.02.2010 otorgada ante el Notario Diógenes Celis Jiménez. LUGAR, FECHA Y HORA DE LA DILIGENCIA: El día CINCO (05) DE MAYO DEL 2016 A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS (09:30 a.m.).En el local de la Sala de Remates (Oficina de Sub Administración) ubicada en el Segundo Piso de la calle Mariscal Castilla N° 490 del Distrito y Provincia de Jaén en el Departamento de Amazonas. REQUISITOS DEL POSTOR: Para ser postor se deberá depositar (oblar) en efectivo o en cheque de gerencia a nombre del postor (no consignar el término: NO NEGOCIABLE) el equivalente al 10% del valor de la tasación, es decir, la suma de US$ 2,130.00 dólares americanos, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. Asimismo deberán de presentar su DNI y la tasa judicial por participación en remate en original y copia (por S/. 395.00, consignando Juzgado Civil de Lambayeque, N° de expediente, N° de documento de identidad del postor). MARTILLERO A CARGO DEL REMATE: Abog. Wilder Quintana Chuquizuta. Registro N° 274.- HONORARIOS DEL MARTILLERO: Los honorarios serán de cargo del adjudicatario, de conformidad con los montos establecidos en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV, debiendo ser cancelados al finalizar el acto de remate. Informes: Cel. 947003175, RPM: #310709, e_mail: [email protected]. Jaén, 25 de febrero del 2016 WILDER QUINTANA CHUQUIZUTA ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 274 EDINSÓN E. SOBERÓN HOYOS SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL – JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5259504 F/ 307 S/. 72.00 22, 25, 26, 27, 28, 29 Abril PRIMER REMATE JUDICIAL (EXP. N° 00011-2015-0-1706-JR-CO08) En los seguidos por SCOTLABANK PERÚ S.A.A. contra DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA GUIAME JESUS MI JOSÉ E.L.R.L. MANUELA JESÚS SAONA VIUDA DE REYES sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS (Exp. 11-2015), el Martillero Publico Frany Heber Díaz Díaz con Reg. N° 278, por orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo - Lambayeque, Juez Dr. Sandro O. Aguilar Gai-

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV tán y Esp. Legal Carolina Portocarrero Estela, ha dispuesto sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATORIA el predio UBICADO EN LA MZ. U2 LOTE 5° SECTOR 1 DEL AAHH LA VICTORIA, PROVINCIA DE CHICLAYO Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE cuyo dominio y otros corren inscritas en la Partida Registral N° P10007596 del Registro de Registro de Predios de la Zona Registral N° II-Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: S/. 233,712.58 Nuevos Soles. BASE DE REMATE: S/. 155,808.39 (ciento cincuenta y cinco mil ochocientos ocho y 39/100 Nuevos Soles); que son las 2/3 partes de la tasación.CARGAS Y GRAVÁMENES: HIPOTECA.- Asiento 00010.- A favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por S/. 180,073.61 Nuevos Soles. Esc. Púb. del 04.05.13 Not. Antonio Vera Méndez. EMBARGO. Asiento 00011.A favor de HUMBERTO OSWALDO VERGA GATELUMENDI hasta por US$ 3,700.00 Dólares Americanos, según Res. 01 del 21.05.15 juez del 2° J.P.L. de Chiclayo Willy Arnaldo López Fernandez. DIA Y HORA DEL REMATE: 12 DE MAYO DEL 2016 A LAS 09:30 HORAS. LUGAR DE REMATE: Sito en la calle San Jose N° 1052 Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Adjuntar arancel judicial (Código 07153) consignando N° Exp., juzgado, copia del DNI, copia del RUC y poderes; asimismo, entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, (S/. 23,371.25). De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de 3er día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios (del Martillero Publico serán a cargo del adjudicatario, cerrada el acta de remate. Art. 732° del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18° del Reglam. D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.Frany H. Diaz Diaz Martillero Publico Reg. 278 Celular 995738170 (RPM #995738170) correo [email protected]. FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL REG. N° 278 CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5256638 F/ 1137 S/. 70.00 22, 25, 26, 27, 28, 29 Abril AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL Exp. Nº 00077-2012-0-1703-JP-CI02. CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A. contra JORGE LUIS ALVARADO MARQUINA en su calidad de obligado principal y ELSA VASQUEZ BOCANEGRA en su calidad de fiadora solidaria, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA. BIENES EN REMATE: El SEGUNDO JUZGADO CIVIL MIXTO DE JAÉN, a cargo del Señor Juez, Rudecindo José Damián Sandoval, y Especialista Legal, Leidi Yanina Oliva Díaz; ha ordenado que el suscrito Martillero Público, Guillermo Eulogio Paredes Landauro con Reg. Nº 210, realice el REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA DE DOS (02) BIENES INMUEBLES, según el orden siguiente: 1°) BIEN INMUEBLE N° 01: Predio rural denominado “La Enrramada”, con U.C. N° 01341, Sector el Huingo, Distrito de Cajacuro, Provincia de Utcubamba, Departamento de Amazonas; cuya área, características, linderos, y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica Nº 02026818, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Bagua. Valorización: Comercial US$.

CRÓNICA

50,000.00 (Cincuenta mil con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Precio Base: US$. 33,333.33 (TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), que representan dos tercios de su valorización por ser primer remate. Gravámenes y Cargas: 1) Asiento D00003, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. otorgado por Juan Vásquez Rojas, hasta por US$. 20,000.00, del 30.04.2010.; y, 2) Asiento D00002, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. otorgado por el comprador mutuatario Jorge Luis Alvarado, hasta por US$. 59,700.00, del 09.08.2011. 2°) BIEN INMUEBLE N° 02: Predio rural denominado “Las Palmas”, con U.C. N° 01324, Sector el Huingo, Distrito de Cajacuro, Provincia de Utcubamba, Departamento de Amazonas; cuya área, características, linderos, y medidas perimétricas se encuentran inscritas en la Partida Electrónica Nº 02020327, del Registro de Predios de la Oficina Registral de Bagua. Valorización: Comercial US$. 26,500.00 (Veintiséis mil quinientos con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Precio Base: US$. 17,666.67 (DIECISIETE MIL SEIS CIENTOS SESENTA Y SEIS,CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA), que representan dos tercios de su valorización por ser primer remate. Gravámenes y Cargas: 1) Asiento D00003, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. otorgado por Juan Vásquez Rojas, hasta por US$. 10,600.00, del 30.04.2010.; 2) Asiento D00005, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. otorgado por el comprador mutuatario Jorge Luis Alvarado Marquina y fiadora solidaria Elsa Vásquez Bocanegra, hasta por US$. 33,125.00, del 16.08.2011.; y 3) Asiento D00006, Rectificación de Oficio del Asiento D00005 del 22.05.2011, en el extremo que la obligación lo garantiza la hipoteca otorgada por el propio deudor Jorge Luis Alvarado Marquina. FECHA, HORA Y LUGAR: El remate judicial de los dos (02) inmuebles mencionados, se hará respetando el orden antes indicado, y se programa para el día VIERNES 06 DE MAYO DE 2016 A LAS 09.20 Y 09.30 HORAS RESPECTIVAMENTE, EN LA SALA DE REMATES, ubicado en el local de la Administración de la sub sede del Poder Judicial de Jaén, sito en calle Mariscal Castilla N° 490, 2° piso, Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Por cada inmueble en remate, deben depositar en dinero en efectivo o con cheque de gerencia, negociable a su nombre, una cantidad no menor del 10 % de su valorización, no mayor de 30 días de antigüedad, adjuntar original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial con código 7153 por derecho de participación en remate, indicando Juzgado, Expediente, DNI y/o RUC, nombre completo, domicilio y firma; y de ser el caso de vigencia y facultades de poder de fecha actual. HONORARIOS DEL MARTILLERO: Inmediatamente culminada la diligencia de remate, el adjudicatario paga los honorarios del Martillero Público más el I.G.V., de conformidad con la Ley Nº 27728, Ley Nº 28371 y su Reglamento (D.S. Nº 008-2005-JUS). Jaén, marzo 03 de 2016. (51)(44) 94-789-3343 94-936-5850 34-7544 RPM *661990. [email protected] [email protected]. GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. Nº 210 LEIDI OLIVA DÍAZ SECRETARIA JUDICIAL

JUDICIAL 2 JUZGADO CIVIL - JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5256993 F/ 300 S/. 97.20 22, 25, 26, 27, 28, 29 Abril REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. N° 00128-2011-0-1703JR-CI-01, proceso sobre Ejecución de Garantías Reales seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA SAC. contra ALFREDO GUSTAVO BECERRA CASTRO, el señor Juez del Primer Juzgado Civil de Jaén Dr. Lucién Eli Montoya Urbina, interviniendo el Especialista Legal Dr. John Vladimir Cayatopa Calderón, ha dispuesto se saque a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes bienes: 1. Predio ubicado en el Lote 01 (calle N° 25, esquina Av. Pacífico - con un área de 230.00 m2, así lo indica la tasación pericial de autos), Manzana L’ (prima), Urbanización Ciudad del Chofer, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N ° 11077011 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo. PRECIO BASE US$ 6,133.33 (SEIS MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON 33/100 DÓLARES AMERICANOS). TASACIÓN COMERCIAL: US$ 9,200.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). La base es equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVAMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 7,360,00 obrando inscrito en el asiento D00001 de la indicada Partida Electrónica N° 11077011. DIA Y HORA DEL REMATE 10-05-2016 a horas 08.30 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates sito en Av. Mariscal Castilla N° 490 - 2do. piso, Distrito y Provincia Jaén, Departamento de Cajamarca. 2. Predio ubicado en el Lote 22 (calle N° 24, esquina Av. Pacífico - con un área de 230.00 m2, así lo indica la tasación pericial de autos). Manzana L’ (prima), Urbanización Ciudad del Chofer, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica N° 1107028 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - sede Chiclayo. PRECIO BASE: US$ 6,133.33 (SEIS MIL CENTO TREINTA y tres CON 33/100 DOLARES AMERICANOS). TASACION COMERCIAL; US$ 9,200.00 (NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). La base es equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVAMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de US$ 7,200.00 obrando inscrito en el asiento D00002 de la indicada Partida Electrónica N° 11071028. DÍA Y HORA DEL REMATE: 10-05-2016 a horas 09.00 a.m. LUGAR del REMATE: En la sala de remates sito en Av. Mariscal Castilla N’ 490 - 2do. piso, Distrito y Provincia Jaén, Departamento de Cajamarca. LOS POSTORES: Deberán oblar en efectivo ó con cheque de gerencia girado a su nombre (el cheque debe ser negociable) el 10% del valor de tasación según corresponda a cada inmueble y además, deberán presentar el arancel por derecho de participación en remate judicial de bien inmueble (presentar un arancel por cada inmueble al que se participa). Los postores en forma anticipada deberán VALIDAR dichos aranceles de participación ante la oficina de Administración (sito también en Av. Mariscal Castilla N° 490 Distrito de Jaén). Los postores además deberán presentarse con su DNI. En el caso de personas jurídicas ó de quienes actúen como apoderados, deberán presentarse también con los documentos que sustenten su representación legal. El poder del representante (pre-

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sentarlo en duplicado) debe autorizarlo para participar en el remate y sea el caso, otorgarle la facultad de endosar cheques. PAGO DE HONORARIOS: El adjudicatario a la firma del acta de remate deberá cancelar la comisión del Martillero Publico de conformidad con el artículo 18 del D.S. N° 008-2005JUS. Consultas celular 949307024. Jaén, 21 de enero del 2016 JORGE LUIS ÑAUPA CONTRERAS ABOGADO MARTILLERO PÚBLICO REG. 251 ABOG. JOHN VLADIMIR CAYATOPA CALDERÓN SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO CIVIL – JAÉN PODER JUDICIAL P/ 5256983 F/ 300 S/. 97.20 22, 25, 26, 27, 28, 29 Abril

2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la señora Juez Dra. BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO con la asistencia del Especialista Legal Dr. SANTOS FLORES RAMOS en el Exp. N° 1084 - 2015, seguido por CINDY CLARISA DE LA CRUZ OLIVOS, se encuentra tramitando la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que se cambie el año cronológico de su nacimiento que aparece erróneamente como “1997”, siendo lo correcto 03 de febrero de 1996, debiendo quedar escrito en forma correcta la fecha de su nacimiento como: 03 de febrero de 1996. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley. Lambayeque, 22 de Abril del 2016 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL CSJL P/ 5264054 B/ 1895 S/. 15.00 27, 28, 29 Abril RECTIFICACIÓN DE PARTIDA En el proceso N° 00183-2016-0-1706JP-CI-1, seguidos por ROSA ELIZABETH URCIA HUAMANCHUMO Y OTTRA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio Dra. Ingrid Araceli Vera Montenegro y Secretario Judicial Víctor Cercado Sáenz ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCION UNO: 02-03-2016.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en via del proceso No Contencioso la demanda interpuesta por ROSA ELIZABETH URCIA HUAMANCHUMO Y JENY URCIA HUAMANCHUMO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; respecto que se consigna como los nombres de sus padres como Severo Urcia H. y Aurora Huamanchumo, siendo lo correcto Severo Urcia Huamanchumo y María Huamanchumo Llontop.- SE RESUELVE: PUBLIQUESE, un extracto de la presente y resolución, por una sola vez en el diario oficial de los avisos judiciales “La Republica” y el “Peruano’”, y demuestre su cumplimiento anexando los ejemplares de los diarios donde se publicaron. VICTOR MANUEL CERCADO SAÉNZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5264233 B/ 1899

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Chiclayo, Miércoles 27 de abril del 2016

S/. 6.00 27 Abril

CRÓNICA SECRETARIA JUDICIAL CUARTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA 27, 28, 29 Abril

INEFICACIA DE TÍTULO VALOR INEFICACIA DE TITULO VALOR EXPEDIENTE: N° 27-2016 Por ante este Juzgado de Paz Letrado de Tumán, que despacha la señora Juez Doctora Jessica Pupuche Senador, asistido de la secretario, José Luis Zumaran Cruzado, mediante Exp. N° 27-2016 se ha ordenado la publicación de la presente, en los términos siguientes: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en PROCESO SUMARISIMO la demanda interpuesta por doña URSULA C. CALDERON VARGAS VDA DE BUSTAMANTE contra la EMPRESA AGROINDUSTRIAL TUMAN SAA, sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR; en consecuencia por OFRECIDOS los medios probatorios, agregándose a los autos los anexos que se presentan; CONFIERASE TRASLADO de la demanda para que dentro del término de CINCO DIAS de notificada la empresa demandada comparezca al proceso y conteste la demanda; ORDENESE a la emplazada la retención de pago de las obligaciones representadas por el título valor materia de la ineficacia y EFECTUESE las publicaciones de ley por CINCO DIAS hábiles consecutivos en el Diario Oficial “La Republica”. Tumán, 11 de Abril del 2016 JOSÉ LUIS ZUMARAN CRUZADO SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TUMÁN SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TUMÁN PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5260816 F/ 1172 S/. 31.50 26, 27, 28, 29 Abril, 02 Mayo

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA El Juez del 4° Juzgado Civil de Chiclayo, Dr. Héctor Conteña Vizcarra, y Especialista Legal Yessenia Gordillo Carbonel, en el Exp. N° 0402-20160-1706-JR-CI-04, seguidos por MARTIN SANCHEZ GUZMAN y MARIA ENCARNACION BANCES DE FARROÑAN contra la COOPERATIVA AGRARIA DE TRABAJADORES SAN MARTIN LTDA N° 177 EN LIQUIDACION sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO ha ordenado PUBLICAR UN EXTRACTO DE LA DEMANDA Y RESOLUCION ADMISORIA. Petitorio: Demanda prescripción adquisitiva de dominio del Predio Rustico denominado POMARROSA II con un área de 1.2423 has ubicado en el Sector Chacupe, distrito de La Victoria-Chiclayo, y que forma parte del bien inscrito en la Partida N° 02190329. Resolución admisoria: RESOLUCION DOS: (31/03/2016); SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por MARTIN SANCHEZ GUZMAN y MARIA ENCARNACION BANCES DE FARROÑAN contra COOPERATIVA AGRARIA DE TRABAJADORES SAN MARTIN LTDA N° 177 EN LIQUIDACION sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, en vía proceso ABREVIADO, por ofrecidos los medios probatorios que indica, confiérase traslado de demanda para su absolución por CUARENTA Y CINCO DIAS, a efecto de que se apersonen al proceso y contesten la demanda, por tratarse de personas indeterminadas o inciertas; bajo apercibimiento de nombrar curador procesal. PUBLIQUESE un extracto de la demanda y la presente resolución por tres veces, en el diario “EL PERUANO”, y “LA REPUBLICA”. Chiclayo 15 de ABRIL del 2016 YESSENIA GORDILLO CARBONEL

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Con motivo del expediente N° 02862015, el Señor Juez del Juzgado Mixto de Ferreñafe Dr. Manuel Antonio Mendoza Zavaleta, ha expedido la siguiente resolución; Resolución número: TRES (auto admisorio), donde se Resuelve: Admitir a trámite via de PROCESO ABREVIADO la demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA interpuesta por MARCOS MAURICIO MINGUILLO VELASQUEZ, en representación de don BENJAMIN FUENTES GUTIERREZ contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO representada por su Alcalde señor WILMER SENCIE LLANOS; confiérase TRASLADO a la demandada para que dentro del plazo de DIEZ DIAS hábiles de notificado se apersone al proceso y ejercite su derecho de defensa; bajo apercibimiento de seguírsele el proceso en rebeldía; téngase por ofrecidos sus medios probatorios; PÚBLIQUESE un extracto de la demanda y la presente resolución en el diario oficial y en otro de mayor circulación por tres veces y con un intervalo entre una y otra de tres días; póngase en conocimiento de los colindantes la demanda y admisorio. Ferreñafe, 22 de abril del año 2016 SILVIA G. DIAZ CUBAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5265022 B/ 1909 S/. 18.00 27 Abril, 03, 09 Mayo

SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA En el proceso N° 00684-2016-0-1706JP-CI-1, seguidos por OLGA VIOLETA MONTENEGRO MANAY sobre SUCESION INTESTADA la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio Dra. Ingrid Araceli Montenegro Vera y Secretario Judicial Victor Cercado Sáenz ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCION UNO: 23-03-2015. SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en via del proceso No Contencioso la demanda interpuesta por OLGA VIOLETA MONTENEGRO MANAY sobre SUCESION INTESTADA respecto de su causante Eleuterio Montenegro Ugaz.- SE RESUELVE: PUBLIQUESE, un extracto de la presente resolucion, por una sola vez en el diario oficial de los avisos judiciales “La República” y el “Peruano”, y demuestre su cumplimiento anexando los ejemplares de los diarios donde se publicaron. VICTOR MANUEL CERCADO SAÉNZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5264727 B/ 1908 S/. 5.00 27 Abril SUCESIÓN INTESTADA En el proceso N° 0216-2016-0-1706JP-CI-01, seguido por CARMEN ACOSTA CAVERO sobre SUCESION INTESTADA, la señorita Juez del Juzgado de Paz Letrado Civil Transitorio Dra. Yngrid Vera Montenegro y Secretario Judicial Manuel Herrera Vallejos ha dispuesto la notificación por Edictos publicándose un extracto de la RESOLUCION UNO de fecha 02-03-2016. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la via del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud sobre SUCESION INTESTADA presentada por CARMEN ACOSTA CAVERO, respecto de su difunta madre Justina Cavero Bances,

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

fallecida en la ciudad de Barcelona - España, el día dieciséis de octubre del dos mil quince, registrada en el Consulado Peruano de dicha ciudad el día nueve de noviembre del dos mil quince; por señalado su domicilio procesal y Casilla Electrónica N° 13423, por OFRECIDOS sus medios probatorios; poniéndose en conocimiento de la presente a los presuntos herederos; así mismo, NOTIFÍQUESE a la Beneficencia Publico y PUBLIQUESE los avisos correspondientes en los Diarios “La República” y “El Peruano”, por el plazo de Ley. ANOTESE la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada, debiendo cursarse los Partes Judiciales a la Oficina de los Registros Públicos; con conocimiento del representante del Ministerio Publico. Chiclayo, 05 de Abril del 2016 MANUEL HERRERA VALLEJOS SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5258970 B/ 1847 S/. 22.50 25, 26, 27 Abril

3.NOTIFICACIONES EDICTO – ALIMENTOS Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, que despacha la Señora Juez Dra. BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO, Secretario Judicial Dr. SANTOS FLORES RAMOS Exp. N° 646 - 2010, seguido por MARIA NANCY ARCILA DIAZ contra LUIS ALBERTO VELEZ TESEN sobre ALIMENTOS. La señora Juez, ha dispuesto mediante resolución N° 22 la notificación al demandado con lo siguiente: RESOLUCION N° 22 de fecha 14 - 04 - 2016: la cual corre la APROBACION DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES, por la suma de S/.12,728.74, para que el demandado LUIS ALBERTO VELEZ TESEN, dentro del plazo de 03 días cumpla con pagar el integro de la suma antes indicada, bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. Lambayeque, 22 de Abril del 2016 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL CSJL P/ 5264064 B/ 1897 S/. 15.00 27, 28, 29 Abril EDICTO El Juez del 4° Juzgado Civil de Chiclayo, Dr. Hector Conteña Vizcarra, y Esp. Legal Yessenia Gordillo Carbonel, en el Exp. N° 3122-2014-01706-JR-CI-4, seguidos por BERTHA VIDARTE GASCO Y OTROS contra VICTOR VIDARTE GASCO sobre ANULABILIDAD DE TESTAMENTO ha ordenado NOTIFICAR POR EDICTOS a la sucesión de DORA TERESITA VIDARTE GASCO para que se apersonen al proceso dentro del plazo de SESENTA DIAS acreditando su condición con la documentación pertinente, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal; con extracto de la demanda: Demanda de ANULABILIDAD DE TESTAMENTO Y CANCELACION DE INSCRIPCION REGISTRAL DEL MISMO partida electrónica N° 12475465, testamento otorgado por doña Abigail Gasco Diaz ante la notaria del Dr. Cesar Humberto Bazán Navega de la ciudad de Lima con fecha 23 de abril del 2010. Resolución admisoria: RESOLUCION DOS: 08-092014; SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por DORA TERESITA VIDARTE GASCO DE TORRES, WALTER NAPOLEON VIDARTE GASCO, CARLOS WAG-

NER VIDARTE GASCO, y BERTHA VIDARTE GASCO contra VICTOR DANIEL VIDARTE GASCO, DACMAR VIDARTE GASCO, GLADYS EVA VIDARTE GASCO DE LLONTOP y el NOTARIO CESAR HUMBERTO BAZAN NAVEDA sobre ANULABILIDAD DE TESTAMENTO Y CANCELACION DE INSCRIPCION REGISTRAL DEL MISMO, PARTIDA ELECTRONICA N° 12475465, en via proceso de CONOCIMIENTO, por ofrecidos los medios probatorios que indica; debiendo publicarse en el diario oficial y en el de mayor circulación, por el termino de tres días hábiles. Chiclayo, 30 de Marzo del 2016 YESSENIA GORDILLO CARBONEL SECRETARIA JUDICIAL CUARTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5258411 B/ 1842 S/. 24.50 25, 26, 27 Abril NOTIFICACION POR EDICTOS EI señor Juez del Juzgado Mixto de San Ignacio, Abg. Harold Ortiz Carrasco, en el expediente N° 217-2015, seguido por Celia Rosa Pinzon Aranda contra Oscar Beltrán Noriega, sobre Nulidad de Acto Jurídico, ha dispuesto publicar un extracto de lo siguiente: 1) DEMANDA: Se pretende con la demanda, se declare Nulidad de Actos Jurídicos interpuesta por doña Celia Rosa Pinzon Aranda contra Oscar Beltrán Noriega. 2) RESOLUCION UNO: San Ignacio, siete de Mayo Del año dos mil quince.AUTOS Y VISTOS...SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda via proceso Conocimiento interpuesta por doña Celia Rosa Pinzon Aranda contra, sobre Nulidad de Acto Jurídico; por señalado su domicilio procesal, por ofrecidos los medios probatorios que se indica y traslado de la demanda por el plazo de treinta días a fin de que absuelva la incoada. Notifíquese con arreglo a ley.3) RESOLUCION CINCO: San Ignacio, Veintiuno de Enero Del año dos mil dieciséis.AUTOS Y VISTOS...SE RESUELVE: NOTIFICAR mediante EDICTOS a la sucesión de la demandado Eulalio German Vásquez Pinzon; con la trascripción sumaria de las resoluciones número uno de fecha siete de mayo del año dos mil quince y la presente, a fin de que se apersonen al proceso en el plazo de SESENTA DIAS, bajo apercibimiento de NOMBRARSELES CURADOR PROCESAL.- PUBLIQUESE los edictos tanto en el diario oficial el Peruano como en el diario la Republica, por tres días consecutivos. Notifíquese con arreglo a ley San Ignacio, 21 de enero del 2016 DAVID PEREZ REYES SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO SAN IGNACIO PODER JUDICIAL - CSJLA P/ 5261228 F/ 013-310 S/. 29.70 25, 26, 27 Abril

4. EDICTOS PENALES EDICTO Señor ELISEO SARMIENTO MONTENEGRO, mediante la presente cumplo con notificarla Investigacion N° 2962014.- en la que se ha resuelto to siguiente. Resolución número SIETE: Chiclayo, siete de marzo del dos mil dieciséis.- SE RESUELVE: 1.- ADECUAR el trámite del presente procedimiento a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura (R.A N° 242-2015-CE-PJ) y Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura (R.A

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV N° 243-2015-CE-PJ). 2.- Conforme al Cuarto considerando, PRESCINDASE de la copia del escrito de apelación solicitado al investigado, y conforme al estado del procedimiento, IMPRIMASE el reporte de medidas disciplinadas y póngase los autos a despacho para emitir el informe correspondiente. 3.NOTIFIQUESE. FDO. Dr. Wilberto Navarro Naranjo, Magistrado Integrante de La Unidad Desconcentrada de Quejas; FDO. Cynthia Galina Ruiz Hidalgo, Secretaria Judicial adscrita a la Unidad Desconcentrada de Quejas. Chiclayo 13 de Abril del 2016 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO TRANSITORIO DE CHICLAYO ESPECIALISTA: MIGUEL ANGEL GUZMAN CARRANZA CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos LUCIO SECLEN CHAPOÑAN, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día TRES DE MAYO del año dos mil dieciséis a horas DOS Y CUARENTA de la tarde (hora exacta), bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia injustificada; audiencia que se realizara en la sala de audiencia número diecisiete (17), del Juzgado Colegiado Transitorio de Chiclayo, sito en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico -Cuarto piso - Chiclayo; al haberse ordenado a si en el Exp. N° 04028-2014-47-1706-JR-PE, que se sigue en su contra por el delito de VIOLACION SEXUALD DE MENOR DE EDAD en agravio de MENOR DE INICIALES M.M.N.Q. Chiclayo, 18 de enero de 2016 RENE SANTOS ZELADA FLORES DIRECTOR DE DEBATES PODER JUDICIAL – CSJLA 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE -CUTERVO. CUADERNO: 271-2014- JPUP-CCSJLA /PJ JUEZ: DR. JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES. ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO CAMPOS El Juzgado Penal Unipersonal Permanente de la ciudad de Cutervo, Juez DR. JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES, CITA Y EMPLAZA a: BALTAZAR NUÑEZ ASENJO, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, derivado del Expediente N° 271-2014, por el delito de LESIONES LEVES, en agravio de CESAR ALBERTO VASQUEZ TORRES. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolucion número tres, de fecha quince de Enero del dos mil dieciséis, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el día TRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 PM) HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, se declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE PJ-CSJLAMB-CUTERVO 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 206-2016-0-1706JR-PE-7° ACUSADO: LA TORRE OCUPA MARLO DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: LA TORRE EFFIO MICAELA JUEZ: MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMAN ESPECIALISTA: Fernando Llontop

CRÓNICA

Santisteban Por el presente edicto, el Señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, NOTTFICA al acusado LA TORRE OCUPA MARLO, con la resolucion judicial DOS, de fecha OCHO de marzo del dos mil dieciséis la misma que dispone: SE RESUELVE: 1. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 03 DE MAYO DEL AÑO 2016 a horas 12;Q0 PM.. en la SALA DE AUDIENCIA UNO - 2° PISO DE LA C.S.J.L. se NOTTFICA a los asistentes a la presente audiencia. 2. NOTTFIQUESE, al acusado LA TORRE OCUPA MARLO a través de EDICTOS 3. MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados para su asistencia a la audiencia convocada. MARIA MERCEDES DOMÍNGUEZ HUAMÁN JUEZ PJ-NCPP-CSJLAMB 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL EXP. N° 2488-2015-65-1708-JR-PE-01 JUEZ DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: JOEL VILLANUEVA MONTENEGRO AGRAVIADO: RITA MARITH MONTENEGRO PEREZ Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado JOEL VILLANUEVA MONTENEGRO, con DNI 33645585, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito CONTRA LA FAMILIA, en su modalidad de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de RITA MARITH MONTENEGRO PEREZ, señalada para el día TRES DE MAYO del año dos mil dieciséis a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al ACUSADO JOEL VILLANUEVA MONTENEGRO, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Publico el ubicado en JIRON DANIEL ALCIDES CARRION N° 195 - BAGUA GRANDE - UTCUBAMBA - AMAZONAS. Asimismo, NOTIFIQUESE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. NANCY RAMOS MONTOYA ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MBJ-MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 27, 28, 29 Abril EDICTO EN EL EXP. N° 8292- 2015-0 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA FLAGRANCIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DRA. SARA VERONICA VERA ZULOETA, CITA YEMPLAZA AL IMPUTADO JORGE ARMANDO VASQUEZ HOYOS, CON DNI N” 16442923, CONDOMICILIO SECTOR HUACA BANDERA DE PACORA - LAMBAYEQUE, HACIENDOLE CONOCER EL ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 21-03-16 RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA, la presente audiencia, por inconcurrencia del imputado, y se reprograma de acuerdo a la agenda del juzgado para el día TRES DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias, disponiendo la notificación del imputado Jorge Armando Vásquez Hoyos en su domicilio real ubicado en Huaca Ban-

JUDICIAL dera- Pacora -Lambayeque, librándose exhorto respectiva sin perjuicio de ser notificado mediante edictos. Quedando válidamente las partes procesales presentes, debiendo notificar al defensor público Roger Villanueva Collazos en su casilla electrónica. José Leonardo ortiz, 29 de marzo del 2016 SARA VERÓNICA VERA ZULOETA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL El SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQU1PADOR DE CHICLAYO DR- JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: JOSE FERNANDO CHAMAYA VILCHEZ. Por intermedio de la presente, notifico y emplazo al acusado JOSE GILBERTO CAJUSOL SANDOVAL con la resolucion cuarenta y dos de fecha 29 de Marzo del presente año, para que se presenten a este Juzgado sito en la calle San Jose 1052- Antigua Sede. a efecto de llevarse acabo la lectura de sentencia en audiencia de fecha TRES DE MAYO del año en curso a horas DIEZ Y TREINTA de la mañana por haberse ordenado en la presente instrucción N°-03008-2004 por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR Dr.- Jose Luis Chaname Parraguez-Juez- Especialista Legal Dr. Jose Fernando Chamaya Vilchez Chiclayo, 29 de marzo del 2016 JOSÉ LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 27, 28, 29 Abril EDICTO EXPEDIENTE N°: 01348-2015-991703-JR-PE-02 JUEZ: DR. ORLANDO PARI GONZALES ESP. DE JUZGADO: ABOG. VIOLETA CORONADO NUÑEZ SE HACE SABER A: l) SONIA MARGOT MUÑOZ GUEVARA, 2) HILDEBRANDO TORRES ARAUJO, 3) VICTOR ROLANDO MEJIA COTRINA, 4) WILLIAN ENRIQUE CUBAS FARRO, 5) JIMMY DANDY SECLEN PROTAL, 6) VICTOR ANDERSSON CHACON JULON El Señor Juez Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICAR LOS IMPUTADOS : l)SONIA MARGOT MUÑOZ GUEVARA, 2)HILDEBRANDO TORRES ARAUJO,3)VICTOR ROLANDO MEJIA COTRINA,4)WILLIAN ENRIQUE CUBAS FARRO,5)JIMMY DANDY SECLEN PROTAL6)VICTOR ANDERSSON CHACON JULON con el requerimiento de PRISION PREVENTIVA seguido contra SHESLLEY NEISER LABAN LEON Y OTROS , por el delito de AGRUPACION ILICITA PARA DELINQUIR en agravio de ESTADO PERUANO Y OTRO con la RES N° 07 de fecha 06 de abril del año dos mil dieciséis, en la que se ha resuelto lo siguiente: SE RESUELVE: 1.- NOTIFICAR a los imputados l)SONIA MARGOT MUNOZ GUEVARA, 2)HILDEBRANDO TORRES ARAUJO,3)VICTOR ROLANDO MEJIA COTRINA,4)WILLIAN ENRIQUE CUBAS FARRO,5)JIMMY DANDY SECLEN PROTAL6)VICTOR ANDERSSON CHACON JULON para que concurra a la audiencia de control de PRISION PREVENTIVA para el día 03 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE Y MEDIA DE LA MAÑANA. HORA EXACTA: Diligencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaen.

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Por haberse ordenado así en el Expediente Me dirijo a Usted, remitiendo el EDICTO derivado del Expediente 01348-2015-99-1703-JR-PE-02. Seguido contra SHESLLEY NEISER LABAN LEON OTRO, por el delito de AGRUPACION ILICITA PARA DELINQUIR en agravio de EL ESTADO Y OTRO Jaén, 06 de abril del 2016 DR. ORLANDO GERMÁN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN L. VIOLETA CORONADO NUÑEZ ESPECIALISTA JUDICIAL PJIP-JAEN 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 07751-2015-0-1706JR-PE-03 JUEZ: VICTOR ADOLFO TORRES SANCHEZ ESPECIALISTA : GIULIANA AGUILAR TORRES MINISTERIO PUBLICO: CESAR CELIZ ZAPATA IMPUTADO: IRVIN JONATAN GALLEGOS FIGUEROA DELITO: HURTO DE GANADO. AGRAVIADO: CHRISTIAN RAFAEL PIZARRO RIOS TRASLADO DE ACUSACION Y CITACION AUDIENCIA RESOLUCION NUMERO: TRES Chiclayo, cuatro de abril de año dos mil dieciséis.AUTOS Y VISTOS: Con la disposición fiscal N° Dos de fecha veintisiete de marzo del año dos mil dieciséis, sobre conclusión de la investigación preparatoria; y con el requerimiento Fiscal remitidos por el Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, donde formula ACUSACION contra IRVIN JONATAN GALLEGOS FIGUEROA y ALEXIS CARLINHOS MINO SANDOVAL, por el presunto delito contra el Patrimonio, en la modalidad de ROBO AGRAVADO, en agravio de Christian Rafael Pizarro Ríos. SE RESUELVE: 1.- TENER por recepcionada la disposición fiscal N° Dos de fecha veintisiete de marzo del año dos mil dieciséis, sobre conclusión de la investigación preparatoria.2.- OFICIESE al Coordinador de los Defensores Públicos Penales, a fin que DESIGNE Abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado ALEXIS CARLINHOS MINO SANDOVAL, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección, en cuyo caso lo comunicara inmediatamente al Juzgado, bajo apercibimiento de tenérsele por designado a el mismo, en caso de incumplimiento, debiendo comunicarlo a este Juzgado. 3.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el requerimiento de Acusación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otro medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.4.- CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, para el día TRES DE MAYO del año dos mil dieciséis, a horas UNA Y CUARENTA

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Chiclayo, Miércoles 27 de abril del 2016

DE LA TARDE (hora exacta)-fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias N° Tres del Tercer Juzgado de Investigacion Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; se realizara a TRAVES DEL SISTEMA DE VIDEO CONFERENCIA, BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor del acusado, v del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. NOTIFIQUESE al acusado ALEXIS CARLINHOS MINO SANDOVAL mediante Edictos que se publicaran en el diario “La Republica”.SECRETARIA: GUILIANA AGUILAR TORRES. Chiclayo, 4 de abril 2016 DR. VICTOR TORRES SANCHEZ JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL Oficio N° 3228-2014-0-1708-JR-PE-01/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA: al imputado de autos ERICK BALDERA SANTISTEBAN a efectos de notificarle con el tenor de la resolucion número SIETE de fecha 31 de marzo de 2016, que contiene la resolucion que REPROGRAMA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitoria de la ciudad de Lambayeque, sito en calle Victor Doig y Lora N° 185 - 5to piso –Lambayeque. Por haberse dispuesto así en el exp. N° 3228-2014-0-1708-JR-PE, seguida contra Erick Baldera Santisteban y otros, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Alexander Bardales Quiroz y otra.-Edictos que deberán ser publicados por el termino de tres días. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE, DRA. CORINA SILVA ZELADA. Por el presente: se CITA, LLAMA, EMPLAZA y NOTIFICA por tres días consecutivos al acusado: EDUARDO SUCLUPE VALDERA, identificado con D.N.I N° 17567588, NATURAL MORROPE - LAMBAYEQUE - LAMBAYEQUE, CON DOMICILIO REAL EN CALLE FEDERICO VILLARREAL LOTE 18 - TUCUME Y SEGUN FICHA RENIEC EN EL CENTRO POBLADO MENOR POSITOS - MORROPE, CON EL ACTA DE FECHA TREINTA Y UNO DE MARZO DEL AÑO EN

CRÓNICA CURSO QUE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la audiencia de Control de Acusación y reprogramar la misma para el día TRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA, en la sala N°3 de audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria Transitorio de Lambayeque, ubicado en Calle Victor Doig y Lora N° 185 - Quinto Piso - Lambayeque, quedando válidamente notificados las partes presentes en este acto, por haberse ordenado así en la instrucción N° 4465-2015-0-1708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus menores hijos VACNER VIDAL SUCLUPE Y JANINA MARIBEL SUCLUPE INOÑAN, representados por su madre CANDELARIA INOÑAN VENTURA. Especialista Judicial: Dante Quiñones Yahiro Lambayeque, Abril del 2016 DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 27, 28, 29 Abril EDICTO EXP. Nro. 02449-2016-0JULIO BENA VENTE DELGADO, EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DIAZ TARRILLO NOTIFICA AL ACUSADO MILTON CIEZA MERINO EXP. 02449-2016-0 JBD. POR EL DELITO DE CONDUCCION DE VEHICULO ENESTADO DE EBRIEDAD EN AGRA VIO DE LA SOCIEDAD. SELENOTIFICA LA.-RESOLUCION NUMERO: UNO Jose Leonardo Ortiz, cuatro de abril dedos mil dieciséis.-AUTOS y VISTOS; habiendo sido designado el Segundo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz, como órgano jurisdiccional para Incoación de Proceso Inmediato en caso de delitos de flagrancia, SE RESUELVE:1. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESOINMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISION A LAASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD -DROGADICCION requerido por el Señor Fiscal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz Dr. Jose Manuel Benavente MilIan contra el imputado MILTON CIEZA MERINO, para el día TRES DE MAYODEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE DEL MEDIODIA (hora exacta), en la sala de Audiencias número DOS de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz, ubicado en la calle Virrey Toledo N°1080 -Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, el propio imputado, bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85°inciso 1) del Nuevo Código Procesal Penal, modificado por laLey30076,portratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4del Código Procesal Penal, modificado por el Decreto Legislativo 1194.2. Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado MILTON CIEZA MERINO mediante EDICTO que a la brevedad posible se publicara en el diario oficial La Republica, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 3. NOTIFIQUESE al imputado MILTON CIEZA MERINO en su domicilio real sito en la Av. Augusto B. Leguía N° 2008 - Jose Leonardo Ortiz y al señor Fiscal en su local institucional o casilla electrónica 40846, INFORMANDOSE que si no concurre se REMITIRAN copias al Órgano de Control del Minis-

JUDICIAL

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terio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar dicho representante del Ministerio Publico con otro Fiscal ya que la Primera Fiscalía Provincial Penal de Jose Leonardo Ortiz esunente corporativo. Notifíquese con las formalidades de ley. REQUERIMIENTO DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PERMANENTE DEJOSE LEONARDO ORTIZ.JOSE MANUEL BENAVENTE MILLAN, Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincia Penal Corporativa de Jose Leonardo Ortiz. Casilla Electrónica N® 40846; a Listed, respetuosamente. me presento digo: Que en representación de la sociedad, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N® 1194 que modifica los artículos 446, 447 y 448 del Código Procesa! Penal y estando a los alcances del Protocolo de Actuación Interinstitucional para el Proceso inmediato de conformidad con la Resolucion Administrativa Nro. 102-2015-P-CE-P.I de fecha 26.11.2015 y estando a la Resolucion de SOLICITARLA INCOACION DE PROCESO INMEDIATO contra MILTON CIEZA MERINO por la comisión del delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA ENESTADO DEEBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Que, conforme al Acta de intervención Policial, de fecha 12 de Marzo de 2016. Que forma parte integrante del presente requerimiento, el día indicado, alas02:00horas,aproximadamente, en circunstancias que personal policial realizaba labores de patrullaje por la Avenida Leguía y España - Jose Leonardo Ortiz, se intervino el vehiculo automotor mayor de placa de rodaje M5N-757, marca FOTON, modelo AUMARK, color blanco, el cual era conducido por el imputado MILTON CIEZAMERINO, pudiéndose percatar los policías intervinientes que el Imputado presentaba visibles signos de estado de ebriedad, por lo que fue conducido a la Comisaria PNP del sector para los fines de ley. persona ha incuiTido en el delito de Conducción en Estado de Ebriedad Además, el imputado al haber rendido su manifestación con presencia del Fiscal y su abogado defensor, ha reconocido haberse encontrado manejando el vehículo de placa de rodaje M5N-757 en estado de ebriedad, con lo cual queda evidenciado que se ha cometido el delito imputado.- DELITO QUE SE atribuye al iMPUTADo Se atribuye al imputado MILTON CIEZA MERINO ser AUTOR del delito Contra Seguridad Publica en la figura de PELIGRO COMUN modalidad de CONDUCCION EN ESTADO DEEBRIEDAD, contemplado en el artículo 274® segundo párrafo del Código Penal, que establece que para los delitos de CONDUCCION EN ESTADO DEEBRIEDAD, la incoación Se ha reunido los siguientes elementos de convicción: El Acta de intervención Policial, de fecha 12 de Marzo de 2016, en el cual se detalla la intervención policial del investigado por parte de personal PNP, quienes advirtieron los signos de estado de ebriedad que presentaba el imputado. El Certificado de Dosaje Etílico N” 0023-0012959, emitido por la Jefe del Departamento de Dosaje Etílico del Hospital de la Sanidad de la PNP, en el que se detalla como resultado la presencia de 0.74 aramos de alcohol por litro de sanare en la muestra extraída al inculpado. Declaración del imputado Mitón Cieza Merino, Se solicita para el imputado la medida de COMPARECENCIA SIMPLE. requerimiento de principio de oportunidad De conformidad con lo establecido por el artículo 447” inciso 3 del Código Procesal Penal, el Ministerio Publico insta la aplicación del principio de oportunidad, requiriendo para su aprobación que el imputado pague a favor de LA SOCIEDAD la suma de S/. 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES) por concepto de reparación civil, de conformidad con lo establecido por el Anexo N” 01 de la Resolucion dela

Fiscalía de la Nación N° 2508-2013-MP-FN los mismos que deberán ser cancelados atravesó de depósito judicial / Los mismos que se detallan como elementos de convicción, los que se acompañan en copia certificada, sin perjuicio de poner a disposición del Juzgado ios originales el día de la audiencia de incoación que llegara su Despacho. Solicito a Usted Señor juez se sirva fijar día y hora para la realización de la Audiencia Jose Leonardo Ortiz 4 de Abril del 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BÁSICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 27, 28, 29 Abril EDICTO PENAL PROCESO N° 026-2015-FC-JPLH. Ante El Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huarango, que despacha el Doctor Felicito Guerrero Sandoval, Secretario Enrique Sánchez Jara, en el Expediente seguido por ITALA BOCANEGRA GARCIA contra ALBERTO SALDIVAR VEGA, por ALIMENTOS, mediante resolucion número 01 de fecha 29 de Abril del año 2015, se ha dispuesto la notificación del imputado ALBERTO SALDIVAR VEGA, mediante Edictos en el diario La República, para que dentro del término de CINCO DIAS absuelva la demanda de alimentos. Bajo apercibimiento de seguirse el trámite del proceso en su rebeldía. Jaén, 22 de abril del año 2016 FELICITO GUERRERO SANDOVAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO DISTRITO DE HUARANGO PODER JUDICIAL P/ 5264012 F/ 013-313 S/. 14.40 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL OF. 04987-1999- 2° JPLTCH/CILF SEGUNDO JUZSADO PENAL LIQUID/\DOR TRANSITORIO CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: DOROTHY OROZCO SIGUENAS ESPECIALISTA: SEGUNDO ROBINSON LOZANO SERRANO CITA Y EMPLAZA; al procesado SEGUNDO RODRIGO ROBLES RUIZ; a fin de notificarse con el tenor de la resolucion VEINTICUATRO fecha 01 de ABRIL del dos mil dieciséis, que contiene el auto que RESUELVE: 1) declarar de oficio FUNDADA LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL en la instrucción que se sigue contra SEGUNDO RODRIGO ROBLES RUIZ como autor del delito CONTRA LA FE PUBLICA en su figura de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, en agravio de la NOTARIA BARTUREN; DEL ESTADO Y BANCO DE LA NACION 2) consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolucion ANULESE sus antecedentes policiales y judiciales que se generaron en la presente Instrucción. Y 3) ARCHIVESE Y REMITASE el expediente al ARCHIVO CENTRAL. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 04987-1999, que se sigue en contra de SEGUNDO RODRIGO ROBLES RUIZ por el delito contra FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio de EL ESTADO Y OTROS. Chiclayo, 14 de Abril del 2016 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL Oficio N° 0032-2015-87-1708-JR-PE01/DRMQY

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; a la agraviada de autos GENESIS DEL CRISTAL CORDOVA BONILLA a efectos de notificarle con el tenor de la resolucion número CINCO - de fecha 11 de marzo de 2016, que contiene la resolucion que RESUELVE APROBAR EL ACUERDO DE TERMINACION ANTICIPADA solicitado por el representante del Ministerio Publico, en el proceso seguido contra LUIS ALBERTO BONILLA VEGA y JUAN RAMON BONILLA VEGA, como coautores del delito CONTRA EL PATRIMONIO - Hurto Agravado, en agravio de Génesis del Cristal Cordova Bonilla, imponiendo a LUIS ALBERTO BONILLA VEGA tres años cuatro meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de tres años y a JUANM RAMON BONILLA VEGA dos años seis meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de dos años, fijando el pago solidario por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada la suma de trescientos soles Por haberse dispuesto así en el exp. N° 0032-2015-87-1708-JR-PE, seguida contra Juan Bonilla Vega y otro, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Génesis del Cristal Cordova Bonilla. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL Oficio N° 7601-2014-94-1708-JR-PE01/DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CORINA SILVA ZELADA ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos MOISES ELIAS MONTENEGRO LOPEZ a efectos de notificarle con el tenor de la resolución numero uno de fecha veintiocho de enero de dos mil dieciséis, donde se CONFIERE TRASLADO a los sujetos procesales de la presente investigación por el plazo de TRES DIAS HABILES para que se pronuncien respecto a la solicitud formulada por el Procurador Publico de la Superintendencia Nacional de Educacion Superior Universitaria SUNEDU quien solicita ser constituido como ACTOR CIVIL en la presente investigación preparatoria y cumplido esto se resolverá conforme a ley.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 7601-2014-94-1708-JR-PE seguida contra Moises Elias Montenegro López y otros, por el delito de Usurpación de Funciones, en agravio del Estado - Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo de Lambayeque. DRA. CORINA SILVA ZELADA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 5107-2015-14-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz NATIVO CHAPOÑAN TUÑOQUE, domiciliado en caserío Yencala Boggiano en esta ciudad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 de esta

CRÓNICA

localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 65107-2015-14 que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de JULIO SANTOS CHAPOÑAN SANTISTEBAN. Lambayeque, 08 de abril del 2016 KARINA ROSSANA VELÁSQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 5872-2015-67-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JOSE JIMMY SIESQUEN SANDOVAL domiciliado en Avenida Cristo Rey N° 35 en el caserío Casablanca en el distrito de Morrope, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 5872-2015-67 que se le sigue por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Lambayeque, 11 de abril del 2016 KARINA ROSSANA VELÁSQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 5628-2014-34-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JEAN CARLOS GARCIA MEONO domiciliado en calle Angel Gonzales Castro 780 o en 780-A del Centra Poblado Toribia Castro en esta ciudad para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 5628-2014-34 que se le sigue por el delito de HURTO AGRAVADO en agravio de EDWIN ALEXANDER CORDOVA CONTRERAS. Lambayeque, 08 de abril del 2016 KARINA ROSSANA VELÁSQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 2178-2015-58-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz RAFAEL DURAND MANAYAY, domiciliado en caserío Laquipampa en Incahuasi, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 2178-2015-58 que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de KAREN DURAND LLAUCE. Lambayeque, 05 de abril del 2016 KARINA ROSSANA VELÁSQUEZ CAMPOS JUEZ

JUDICIAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 7478-2015-78-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JUAN CARLOS CHERO HERNANDEZ, domiciliado en calle Paul Harrias 577 del Pueblo Joven San Martin en esta ciudad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 7478-2015-78 que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de JOAQUIN ABEL CHERO GUTIERREZ. Lambayeque, 14 de abril del 2016 KARINA ROSSANA VELÁSQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 7338-2015-53-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz CESAR AUGUSTO TUNOQUE INONAN, domiciliado en caserío Lagunas en el distrito de Morrope, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Victor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 7338-2015-53 que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de SILVIA YANET TUÑOQUE TEJADA. Lambayeque, 13 de abril del 2016 KARINA ROSSANA VELÁSQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL OF. 04987-1999- 2° JPLTCH/CILF SEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO CHICLAYO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: DOROTHY OROZCO SIGUEÑAS ESPECIALISTA: SEGUNDO ROBINSON LOZANO SERRANO CITA y EMPLAZA, al procesado SEGUNDO RODRIGO ROBLES RUIZ; a fin de notificarse con el tenor de la resolucion VEINTICUATRO fecha 01 de ABRIL del dos mil dieciséis, que contiene el auto que RESUELVE 1) declarar de oficio FUNDADA LA EXCEPCION DE PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL en la instrucción que se sigue contra SEGUNDO RODRIGO ROBLES RUIZ como autor del delito CONTRA LA FE PUBLICA en su figura de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, en agravio de la NOTARIA BARTUREN; DEL ESTADO Y BANCO DE LA NACION 2) consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolucion ANULESE sus antecedentes policiales y judiciales que se generaron en la presente Instrucción. Y 3) ARCHIVESE Y REMITASE el expediente al ARCHIVO CENTRAL. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 04987-1999, que se sigue en contra de SEGUNDO RODRIGO

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ROBLES RUIZ por el delito contra FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio de EL ESTADO Y OTROS. Chiclayo, 14 de abril del 2016 DOROTTY OROZCO SIGUEÑAS JUEZ 2° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 2348-2012-53-1706JR-PE. JUZGADO: Juzgado Colegiado Penal Permanente de Chiclayo JUEZ: RONALD RUIZ VASQUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL: Blanca Seclen Calle Se NOTIFICA al acusado: JOSE MANUEL ENRIQUE COORONADO, con la resolución número QUINCE de fecha treinta y uno de marzo, mediante la cual se ha RESUELTO: I .- CITAR Y EMPLAZAR al REO CONTUMAZ JOSE MANUEL ENRIQUE COORONADO; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Proceso Penal N° 2348-2012-53-1706-JR-PE., que se le sigue en su contra por el delito de ROBO AGRAVADO en grado de tentativa, tipificado en el artículo 188 y 189 inciso 4 concordante con el artículo 16 del Código penal, en agravio de MARCO ANTONIO VILLARREAL RUBIO, encontrándose en calidad de REO CONTUMAZ al no haber asistido a la audiencia de JUICIO ORAL programada en autos. Por haberse dispuesto así el proceso N° 2348-2012-53-1706-JR-PE., seguido en su contra por el delito ROBO AGRAVADO en grado de tentativa. RONALD ERIK RUIZ VÁSQUEZ JUEZ JUZGADO COLEGIADO PJ-NCPP-CSJLAMB 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXP.: N° 4099-2015-0-1706-JR-PE-04 IMPUTADO: TATIANA CARRANZA CAMPOS AGRAVIADO: EMPRESA LA POSITIVA Y OTROS DELITO: ESTAFA AGRAVADA Y FALSIFICACION DE DOCUMENTOS JUEZ: CECILIA GRANDEZ ROJAS ESPECIALISTA: HUMBERTO RUIZ RUIZ Por el presente Edicto, el Juez del Cuarto Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA a la imputada TATIANA CARRANZA CAMPOS, la resolucion CUATRO la misma que dispone TENER POR PRORROGADA LA INVESTIGACION COMPLEJA conforme lo dispuesto en el artículo 342° inciso 2) del Código Procesal Penal; así mismo tener por ampliada la investigación preparatoria. CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 26, 27, 28 Abril EDICTO La Primera Sala Laboral Permanente de Chiclayo que despacha el Dr. Enrique Rodas Ramírez en su condición de Presidente, y la Secretaria de Sala Dra. Delia Coico Palma, en el Expediente N° 01587-2012-0-1706-JR-LA-06, seguido por Barbadillo Chumacero Jorge Alberto, contra el Gobierno Regional de Lambayeque, sobre Acción Contenciosa Administrativa, ha dispuesto lo siguiente: NOTIFICAR la resolucion numero dieciocho de fecha seis de abril del año dos mil dieciséis POR EDICTOS a los SUCESORES UNIVERSALES DEL EXTINTO DEMANDANTE JORGE ALBERTO BARBADILLO CHUMACERO, el cual señala: (....) a fin de que en el plazo de treinta días, en el presente proceso se apersonen al Expediente antes citado, BAJO APERCIBIMIENTO

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Chiclayo, Miércoles 27 de abril del 2016

DE CONTINUAR DICHO PROCESO, CON CURADOR PROCESAL.-PUBLIQUESE dicho EDICTOS por el plazo de TRES DIAS hábiles.Chiclayo, a los doce días del mes de abril de dos mil dieciséis. DR. ENRIQUE RODAS RAMÍREZ PRESIDENTE DELIA COICO PALMA SECRETARIA DE SALA 26, 27, 28 Abril EDICTO La Primera Sala Laboral Permanente de Chiclayo que despacha el Dr. Enrique Rodas Ramírez en su condición de Presidente, y la Secretaria de Sala Dra. Delia Coico Palma, en el Expediente N° 05022-2011-0-1706-JR-LA-03, seguido por Tuesta Rojas Nelson, contra la Oficina de Normalizacion Previsional, sobre Acción Contenciosa Administrativa, ha dispuesto lo siguiente: Por resolución numero veinticuatro: Se ha ordenado notificar POR EDICTOS el contenido esencial de la resolución veinte del quince de setiembre del dos mil quince a los SUCESORES UNIVERSALES DE LA EXTINTO DEMANDANTE NELSON TUESTA ROJAS, el cual señala: (....) a fin de que en el plazo de treinta días, en el presente proceso se apersonen al Expediente antes citado, BAJO APERCIBIMIENTO DE CONTINUAR DICHO PROCESO, CON CURADOR PROCESAL.- PUBLIQUESE dicho EDICTOS por el plazo de TRES DIAS hábiles.Chiclayo, a los doce días del mes de abril de dos mil dieciséis. DR. ENRIQUE RODAS RAMÍREZ PRESIDENTE DELIA COICO PALMA SECRETARIA DE SALA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXP. N° 1094-2015-0-1706-JR-PE-05 IMPUTADO: ZAMORA DIAZ CARLOS EDUARDO AGRAVIADO: ZAMORA CASTILLO MAYRA Y OTRA DELITO: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR JUEZ: SERGIO CHIMPEN ASENJO ESPECIALISTA: HUMBERTO RUIZ RUIZ Por el presente Edicto, el Juez del Quinto Juzgado de investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado ZAMORA DIAZ CARLOS EDUARDO para que tome conocimiento de la resolución numero uno de fecha 09 de marzo de 2015, emitida en el expediente 1094-2015-0-1706-JRPE-05, la misma que ordena: I] CONFERIR TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. SERGIO R. CHIMPEN ASENJO JUEZ TITULAR 5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO 4° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED

CRÓNICA EXPEDIENTE: 00795-2014-34-1706JR-PE-04 JUEZ: CECILIA MARGARITA GRANDEZ ROJAS ESPECIALISTA: ANGELA MESTANZA GABRIEL MINIST. PUBLICO: GLADYS VALLEJOS CORTEZ IMPUTADO: AGIP SANCHEZ, WALTER DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN AGRAVIADO: LA SOCIEDAD Por el presente se le notifica al sentenciado AGIP SANCHEZ WALTER con la resolución número 11 que resolvió: REQUIERASE AL SENTENCIADO QUE EN EL PLAZO DE CUARENTA Y OCHO SE APERSONE al Establecimiento de Asistencia Post-Penitenciaria y Ejecución de medidas limitativas de derechos de Lambayeque para el cumplimiento de sus jornadas de prestación de servicios; BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO que en caso de no cumplir la pena convertida se le revocara la conversión y cumplirá pena efectiva: debiendo en dicho plazo comunicar a este juzgado. CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 26, 27, 28 Abril EDICTO EL NOVENO JUZGADO DE PAZ LETRADO ESPECIALIZADO EN FALTAS DE CHICLAYO. JUEZ: DR. HUGO SANTACRUZPARCO. CITA YEMPLAZA a JENNY SHASHENKA GAMONET BERRIOS a efecto de que se apersone al local del juzgado por haberse ordenado su UBICACION Y CAPTURA A NIVEL NACIONAL; debiendo concurrir al local del juzgado sito en Av. Sesquicentenario N° 404 Urb. Santa Victoria (Ref. frente a Hipermercados METRO) - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en la instrucción N” 03738-2014-9°JPLEF-CH, seguido en agravio de NICANOR HUMBERTO EFFIO CRUZ, por Faltas contra la persona en la lesiones dolosas. HUGO SANTA CRUZ PARCO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FALTAS PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO La Primera Sala Especializada Civil de Lambayeque, Juez Superior CARRILLO MENDOZA, Secretaria DAVILA GARCIA, en el Expediente Número 06091-2009-0-1706-JR-CI-02, seguido por Heraclides Antonio Arenas Delgado, contra Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, sobre Indemnización, ha ordenado lo siguiente: Chiclayo, once de Marzo del dos mil dieciséis. Resolución Numero: Cincuenta.-Dispusieron: Suspender la tramitación de la presente, a fin de que se apersonen al proceso los sucesores del demandante don Jimy Javier Diaz Rázuri, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; Ordenaron notificar POR EDICTOS a los herederos legales del demandante, Heraclides Antonio Arenas Delgado, para que dentro de VEINTICINCO DIAS HABILES, cumplan con adjuntar la documentación respectiva donde se acredite el vínculo sucesor y por ende su vocación hereditaria, esto es, el documento de la Declaratoria de herederos o Testamento correspondiente, así como su respectiva inscripción en los Registros Públicos; bajo apercibimiento de NOMBRARSELES CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. PROCEDASE a la publicación de los EDICTOS por el plazo de TRES DIAS hábiles en el diario El Peruano y “La Republica”.- En Chiclayo, a los Doce días del mes de Abril del ario dos mil dieciséis.

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

DR. DANIEL CARRILLO MENDOZA PRESIDENTE MARILU ANNE DÁVILA GARCÍA SECRETARIA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01647-2014-0-1706JR-PE-06 JUEZ: MARÍA YOLANDA GIL LUDEÑA IMPUTADO: CARLOS JONATHAN ALVAREZ CEDEÑO AGRAVIADO: SIALER GUTIÉRREZ SALVADOR ALBERTO MINIST. PUBLICO: 3° FPCCCH DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO ESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRES SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA al imputado CARLOS JONATHAN ALVAREZ CEDEÑO para que se ponga a derecho en el proceso N° 01647-2014-0-1706-JR-PE-06JIPCHICLAYO. RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS Con la disposición Fiscal Nº Cuatro de fecha cinco de enero del año dos mil quince, emitida por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, donde dispone: conclusión de la investigación preparatoria; y con el requerimiento Fiscal remitido por la Señora Fiscal, donde formula ACUSACIÓN contra CARLOS JONATHAN ALVAREZ CEDEÑO, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio Calificado, en agravio de Sialer Gutiérrez Salvador Alberto. SE RESUELVE: 3.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acusación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación.RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS REPROGRAMAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN con reo libre, para el día TREINTA DE MAYO del año dos mil dieciséis, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias Nº Trece del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 85°.1 del Código Procesal Penal modificada por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal. PRECÍSESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. SE INFORMA a las partes procesales que la fecha programada es en razón del cronograma de audiencias, progra-

madas con antelación en el sistema integral de justicia, asimismo a fin que se realice las publicaciones de los edictos en Ecuador contra el acusado. NOTIFIQUESE con el requerimiento acusatorio fiscal, y la presente resolución al acusado JONATHAN ALVAREZ CEDEÑO, de nacionalidad ecuatoriana, identificado con Pasaporte N° 0925019713, a través de Exhorto Consular para que se le notifique mediante publicación en el diario oficial de Guayaquil – Ecuador, exhorto que será tramitado por intermedio de la Corte superior de Justicia de Lambayeque; debiendo el asistente judicial, cumplir con la elaboración y tramitación respectiva, bajo responsabilidad funcional. NOTIFICAR al acusado JONATHAN ALVAREZ CEDEÑO, a través de Edictos en el diario “La República”, con el traslado del requerimiento acusatorio y la presente resolución; debiendo el asistente judicial, cumplir con adjuntar las publicaciones en forma oportuna; a las partes procesales conforme autos.ESPECIALISTA LEGAL: GIULIANA AGUILAR TORRES 26, 27, 28 Abril EDICTO EXPEDIENTE N°: 03-2015-1TIP-T JUEZ: MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO ESP. DE JUZGADO: NIDYA PRETELL ALEJANDRIA SE HACE SABER A: SALAZAR FLORES ELVIS FERNANDO La Señora Jueza del Primer Juzgado de investigación Preparatoria de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO SALAZAR FLORES ELVIS FERNANDO, con la Resolucion N° ONCE de fecha seis de abril del dos mil dieciséis; QUE RESUELVE : DECLARAR infundada por ahora la revocatoria de la condicionalidad de la pena, solicitado por el Ministerio público, y se concede TREINTA DIAS A ELVIS FERNANDO SALAZAR FLORES, para que cumpla con hacer efectivo el pago de la reparación civil, bajo apercibimiento de revocársele la condicionalidad de la pena, previo requerimiento fiscal, y teniendo en cuenta que las constancias de notificación que se realiza al Caserío Agua Blanca, han sido devueltas señalando que no reside en dicho lugar, sin embargo en las incidencias en Juicio Oral, el propio sentenciado señalo que domicilia en Agua Blanca distrito de Tabaconas provincia de San Ignacio, por lo tanto se DISPONE que la presente resolucion sea notificado a través DE EDICTOS que serán publicados en el Diario Oficial y a través de RADIO MARAÑON para que el imputado a partir de la publicación del Edicto tiene treinta días para que cumpla con cancelar la reparación civil, caso contrario se procederá conforme a lo señalado precedentemente; asimismo se insista en la notificación al caserío Agua Blanca. Jaen, 19 de abril del 2016. MARÍA ELIZABETH CAMPOS IDROGO JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ) Exp. 1286-2014-3-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizara en ACTO PUBLICO el día 02 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias N° TRES, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflec-

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV tivos). Debiendo el acusado ENRIQUE ALBERTO BRICENO VALDIVIA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, en agravio de EL ESTADO GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA. Suscribe el señor Juez: SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA, y la especialista judicial: MARGOT CHAVEZ. SANTOS LUIS VASQUEZ PLACENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA 26, 27, 28 Abril EDICTO AGRAVIADA: SANCHEZ GARCIA DIANA CRISTINA. DEMAMDADO: GUEVARA CALDERON YANINA. MATERIA: MALTRATOS En el EXP N° 00354-2015 -0-1703JP-PE-01: Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaen, que despacha la doctora JESUS AAARIELA RODRIGUEZ RAMIREZ; Secretaria judicial ANA MELVA VERGARA HERRERA, se ha dispuesto notificar mediante edicto a la agraviada DIANA CRISTINA SANCHEZ GARCIA con la resolucion UNO que resuelve: CITAR A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en la presente causa, seguida contra GUEVARA CALDERON YANINA, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en su modalidad de LESIONES, en agravio de SANCHEZ GARCIA DIANA CRISTINA, la misma que se llevará a cabo el día 02 de mayo del 2016 a horas 12:00 a.m., en el Despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de Jaen. AL DENUNCIADO.bajo apercibimiento de ser conducido por la fuerza público, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 485.2 del Código Procesal Penal. A la AGRAVIADA: bajo apercibimiento de considerarse su conducta como un desistimiento tácito del proceso si no concurre a la misma, de conformidad con el artículo 110 del Código Procesal Penal. Publíquese por tres días en el Diario Oficial La Republica. Jaen, 13 de abril del 2016 ANA MELVA VERGARA HERRERA SECRETARIA JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL Inst. No. 12-2016 ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACION. EL SENIOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los imputados EVERTH DIAZ PEREZ; CON UN EXTRACTO DE LA ACUSACION FISCAL; HECHOS: Fluye del acta de intervención policial que, aproximadamente a las .19:40 horas del día 19 de octubre de 2015, en circunstancias que personal policial del Grupo SEINCRI de la CPNP Atusparia efectuaba patinllaje por diferentes puntos críticos de la jurisdicción, con la finalidad de prevenir y neutralizar e! accionar delictivo, a la altura de la intersección de las avenidas Agricultura y México en el PJ Atusparia - JLO, diviso a un sujeto masculino en actitud sospechosa procediendo a su intervención, el que responde al nombre’ de EVERTH DIAZ PEREZ, a quien al efectuársele el registro personal in siiu. se le encontró en el bolsillo delantero lado derecho de su pantalones jeanscolor celeste, marca uroe, noventa y nueve envoltorios tipo “ketes” hechos

CRÓNICA

de recortes de papel de cuaderno rayado, en el interior de una bd(si!a plástica transparente de polietileno anudado en su extremo libre conteniendo cad^ uno de ellos una sustancia blanco pardusca pulverulenta con olor y características a pasta básica de cocaína. Motivo por el cual fue puesto a disposición de la CPNP de Atusparia para las diligencias de ley. EL ARTICULO DE LA LEY PENAL QUE TIPIFIQUE QUE EL HECHO, ASÍ COMO LA CUANTÍA DE LA PENA QUE SE SOLICITE El hecho se subsume en el delito El delito de TRAFICO ILICÍTO DE DROGAS;; modalidad de MICROCOMERCIALIZACION, previsto en el Art. 298 del Código Penal, se configura en su aspecto objetivo, cuando para el caso, contemplado en; el numeral uno del primer párrafo: “La cantidad de droga fabricada extractada, preparada, comercializada o poseída por el agente no sobrepase los cincuenta gramos de pasta básica de cocaína y derivados ilícitos, veinticinco gramos de clorhidrato de cocaína, cinco gramos de látex de opio o un gramo de sus derivados, cien gramos de marihuana o diez gramos, de sus derivados o dos gramos de éxtasis, conteniendo metilendioxianfelamina – MDA, Metilendioximetanfetamina - MDMA, Metanfetamina o sustancias análogas” La pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de siete años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días-multa. El que debe comprenderse con el Art. 299 del Código Penal, que señala “No es punible |la posesión de droga para el propio e inmediato consumo, en cantidad que no exceda de cinco gramos de pasta básica de cocaína En este caso la droga consistente en pasta básica de cocaína comisada a EVERT DIAZ PEREZ ha excedido dicho límite. POR LO EXPUESTO: ACUSA a EVERTH DIAZ PEREZ como AUTOR DIRECTO del delito contra la Salud Publica, en su modalidad de Tráfico ilícito de Droga MICROCOMERCIALIZACION, en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Publico del Ministerio del Interior y solicita se le imponga TRES AÑOS DE PENAPRIVATIVA DE LIBERTAD CON CIENTO OCHENTA DJAS-MULTA y, asimismo pague por concepto de reparación civil la suma de UN MIL NUEVOS SOLES (S/.IOOO.OO) a favor del Estado agraviado. EXTRACTO DEL ACTA DE AUDIENCIA: DECLARA FRUSTRADA LA AUDIENCIA y la REPROGRAMA - DECLARAR FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA Y REPROGRAMARLA PARA EL DIA DOS DE MAYO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA., quedando notificadas la señora defensora publica, y Ei señor fiscal concurrentes.- Por haberse dispuesto así en la instrucción No 12-2016 que se sigue por el delito de MICROCOMERCIALIZACION DE DROGA. José Leonardo Ortiz, 23 de marzo del 2016 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MÓDULO BÁSICO DE JUSITICIA – JLO 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXP-N°-00288- 2006 El SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE CHICLAYO DR. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA LEGAL: JOSE FERNANDO CHAMAYA VILCHEZ. Por intermedio de la presente, cito, llamo y emplazo a PEDRO SIMPERTEGUI PAZ para que se apersone al local de este Juzgado Penal Liquidador sito en San Jose 1052, con el fin de

JUDICIAL llevarse a cabo la reprogramación de la lectura de sentencia en acto público el DOS DE MAYO del presente año a horas ONCE DE LA MAÑANA, Dr. Jose Luis Chaname Parraguez- JuezEspecialista Legal - Dr. Jose Fernando Chamaya Vilchez. Chiclayo, 28 de marzo del 2016 JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL Expediente N° 3067-2015-0-706-1706JR-PE-01 Juzgado: Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria Jose Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: Cesar Augusto Salazar Piscoya. Imputado: MIGUEL ANGEL CARHUALLO NUÑEZ Delito: ROBO Agraviado: ERLITA GUEVARA ARTEAGA SE NOTIFICA A: MIGUEL ANGEL NUNEZ CARHUAYO, con domicilio en calle Santa Magdalena Mz “N” Lote 55 PJ San Miguel - Jose L Ortiz, y ERLITA GUEVARA ARTEAGA con domicilio en calle Santa Beatriz Mz “Y” Lote 03 PJ San Miguel. A fin de que concurra el 02-05-16 a horas 10:00 am para la realización de la audiencia de control de acusación, la misma que se realizara en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigacion Preparatoria de Jose Leonardo Ortiz. Por haberse ordenado así en el Exp. N° 3067-2015-0-1706. En los autos que se le sigue contra Miguel Angel Carhuallo Nuñez por el delito de Robo en agravio de Erlita Guevara Arteaga. José L. Ortiz, 01 Abril 2016 CÉSAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 4707-2013-111707-JR-PE-01 JUZGADO: CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: HIROKO SANDRA TERESA HIYANE RAMIREZ ESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA I. PISCOYA PISCOYA Se notifica a RONALD ANGEL CAPACYACHI AQUINO, con la resolución número dos de fecha 07 de Marzo del 2016 mediante la cual se ha RESUELTO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA A JUICIO ORAL para el día TRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS a horas NUEVE DE LA MAÑANA en la SALA de audiencia número DIEZ de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el tercer piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Avenida Jose Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, y se ordene se giren las ordenes de ubicación v capturas a nivel nacional, en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 4707-2013-111707-JR-PE-01, que se sigue contra RONALD ANGEL CAPACYACHI AQUINO por el delito contra la Familia, modalidad de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en su figura de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de RONALD ANGEL JUNIOR CAPACYACHI VELASQUEZ. Chiclayo, 07 de marzo del 2016 HIROKO SANDRA T. HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLAMB 26, 27, 28 Abril

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EDICTO EXPEDIENTE N°: 00788-2015-0-1703JR-PE-02 JUEZ: DR. ORLANDO PARI GONZALES ESP. DE JUZGADO: ABOG. VIOLETA CORONADO NUÑEZ SE HACE SABER A: WILMER SACUEDO PEREZ El Señor Juez Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaen, mediante el presente EDICTO NOTIFICAR AL IMPUTADO: WILMER SAUCEDO PEREZ con el requerimiento de acusación con el siguiente tenor: en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 159° inciso 5 de la carta magna, en los artículos 1°,5° y 11° de la ley orgánica del Ministerio Publico, y en uso de la facultad procesal conferida por el artículo 349° del código Procesal Penal, formulo REQUERIMIENTO DE ACUSACION seguido contra WILMER SAUCEDO PEREZ, por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de SANTOS ABEL GARCIA DIAZ con la RES N° 07 de fecha 05 de abril del año dos mil dieciséis, en la que se ha resuelto lo siguiente: SE RESUELVE: 1.NOTIFICAR a los imputados WILMER SAUCEDO PEREZ para que concurra a la audiencia de control de acusación para el día 03 DE MAYO DEL ANO DOS MIL PIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, HORA EXACTA: Diligencia que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaen. Por haberse ordenado así en el Expediente Me dirijo a Usted, remitiendo el EDICTO derivado del Expediente 00788-2015-0-1703-JR-PE-02, seguido contra WILMER SAUCEDO PEREZ, por el delito de LESIONES CULPOSAS en agravio de SANTOS ABEL GARCIA DÍAZ. Jaen, 08 de abril del 2016 DR. ORLANDO GERMÁN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAÉN L. VIOLETA CORONADO NUÑEZ ESPECIALISTA JUDICIAL PJIP-JAEN 26, 27, 28 Abril EDICTO AGRAVIADA: SANCHEZ GOICOCHEA CLARA ROSA. DEMAMDADO: DELGADO DELGADO ELSER. MATERIA: MALTRATOS En el EXP N° 00382-2015-0- 1703JP-PE-01: Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaen, que despacha la doctora JESUS MARIELA RODRIGUEZ RAMIREZ; Secretaria judicial ANA MELVA VERGARA HERRERA, se ha dispuesto notificar mediante edicto a la agraviada SANCHEZ GOICOCHEA CLARA ROSA y al imputado DELGADO DELGADO ELSER con la resolucion UNO que resuelve: CITAR A LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en la presente causa, seguida contra DELGADO DELGADO ELSER, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en su modalidad de LESIONES, en agravio de SANCHEZ GOICOCHEA CLARA ROSA, la misma que se llevará a cabo el día 03 de mayo del 2016 a horas 9:00 a.m., en el Despacho del Primer Juzgado de Paz Letrado de Jaen. AL DENUNCIADO.bajo apercibimiento de ser conducido por la fuerza público, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 485.2 del Código Procesa! Penal. A la AGRAVIADA: bajo apercibimiento de considerarse su conducta como un desistimiento tácito del proceso si no concurre a la misma, de conformidad con el artículo 110 del Código Procesal Penal. Publíquese por tres días en el Diario Oficial La Republica. Jaen, 13 de abril del 2016 ANA MELVA VERGARA HERRERA

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SECRETARIA JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 04692-2014-721706-JR-PE-02 JUZGADO: Octavo Juzgado Penal Unipersonal Chiclayo JUEZ: Dr. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA JUDICIAL: Karina Elizabeth Fernández Ramírez Se NOTIFICA a: WILDER CERDAN MACHUCA, con la resolución número SEIS de fecha 23 de marzo del 2016, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS NUMERO DECIMA SEXTA de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el SEGUNDO PISO de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle Jose Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N° 04692-2014-72-1706-JR-PE-02 en el proceso seguido contra el acusado WILDER CERDAN MACHUCA como presunto autor del delito contra La Familia, en su figura de Omisión de Asistencia Familiar, modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, ilícito previsto en el Primer Párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de JOSSELIN CERDAN GARCIA Y OTROS; este Juzgado es competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28° numeral 2 de la norma acotada 2. La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. Chiclayo, 23 de marzo del 2016 JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 8° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 26, 27, 28 Abril EDICTO PENAL EXP. N°: 6460-2015-0-1706-PE-05 IMPUTADO: REYES RUIZ REYNER AGRAVIADO: LA SOCIEDAD DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD JUEZ: SERGIO CHIMPEN ASENJO ESPECIALISTA: HUMBERTO RUIZ RUIZ Por el presente edicto, el Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado REYNER REYES RUIZ para que tome conocimiento de la resolución número tres de fecha 11 de abril de 2016, emitida con el expediente 6460-2015-0-1706-JR-PE-05, la misma que ordena: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS a horas OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, manteniendo los mismos apercibimientos decretados en autos. SERGIO R. CHIMPEN ASENJO JUEZ TITULAR 5° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 26, 27, 28 Abril

5. CRÓNICAS JUDICIALES CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE AL MES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE DE LA SEGUNDA SALA

CRÓNICA ESPECIALIZADA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE CRONICA JUDICIAL DEL DIA TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE Con los señores Silva Muñoz, Cervera Davila y Conteña Vizcarra vieron y votaron: 03873-2013-0-1706-JR-CI-06, Julia Emilia Cabrera Villegas/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N” 29625Fonavi. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha catorce de enero del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01220-2014-0-1706-JR-CI-06, Carlos Antonio Sanchez Saldaña/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625- Fonavi. Proceso de Cumplimiento CONFIRMARON la sentencia que declara IMPROCEDENTE la demanda. 05688-2004-12-1706-JR-CI-03, Segundo Deciderio Delgado Mena/ Oficina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON la resolucion numero setenta de fecha seis de abril del dos mil quince que impone multa de cinco unidades de referencia procesal a la demandada. CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC - CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZ RELATORA SSEC - CSJLA HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC - CSJLA CRONICA JUDICIAL DEL DIA CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE Con los señores Silva Muñoz, Cervera Davila y Conteña Vizcarra vieron v votaron: 04878-2013-0-1706-JR-CI-06, Julio Raúl Guerrero Guerrero/ Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha catorce de enero del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda. 03167-2006-49-1706-JR-CI-01, Augusta Yarleque de Bocanegra/ Oficina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON el auto de fecha veintiséis de marzo del dos mil quince que resuelve hacer efectivo el apercibimiento decretado en la resolucion numero veintiocho. CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC - CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZ RELATORA SSEC - CSJLA HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC – CSJLA CRONICA JUDICIAL DEL DIA SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE Con los señores Zamora Pedemonte. Silva Muñoz. Conteña Vizcarra vieron y votaron: 01895-2014-0-1706-JR-CI-06, Cristobal Chero Nizama/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de marzo del año dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda.

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

3198-2013-0-1706-JR-CI-06, Pedro Pablo Aldana Sandoval/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución siete, de fecha doce de enero del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01254-2014-0-1706-JR-CI-05, Teobaldo Aguilar Tacure/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintiséis de noviembre del dos mil catorce, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda. 04814-2013-0-1706-JR-CI-06, Ricardo Castañeda Espino/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625-FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CCONFIRMARON la sentencia de fecha nueve de marzo del dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda. 1304-2014-0-1706-JR-CI-06, Segundo Máximo Diaz Delgado/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625 FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha nueve de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 02818-2014-0-1706-JR-CI-Ol, Cesar Romeo Noriega Quiroz/ Empresa Agropucala S.A.A. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha tres de marzo del dos mil quince, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda. 01046-2011-0-1706-JR-CI-01, Gregorio Humberto Leon Oliden/ Sucesión de Elia Arsenia Camacho Portilla. Otorgamiento de Escritura Pública. APROBARON la sentencia de fecha treinta de junio del dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. 00497-2012-0-1707-JM-CI-01, Jose Jesús Alvarado Salazar/ Fermín Ancajima Ipanaque. Desalojo por ocupación precaria. Declararon NULO el auto de fecha veinticinco de enero del dos mil trece, que declara la nulidad del acta de audiencia única en el extremo que se fijó como tercer punto controvertido; así como NULO todo lo actuado con posterioridad. 03126-2014-0-1706-JR-CI-07, Melva Luzlinda Montenegro de Perez y otro/ Verónica Rosana Pita Gastelumendi. Desalojo. CONFIRMARON la sentencia de fecha catorce de mayo del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. 02739-2014-0-1706-JR-CI-04, Maria Fidelina Cabrera Larreategui/ Ministerio de Educacion y otro. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de marzo del año dos mil catorce, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01836-2014-0-1706-JR-CI-05, Jose Manuel Riojas Cisneros/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintisiete de noviembre del año dos mil catorce, que declara INFUNDADA la demanda. 00394-2014-0-1706-JR-CI-01, María Magdalena Santa Maria Chimbor/ Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625- FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON el auto de fecha tres de octubre del dos mil catorce, que resuelve tener por apersonado al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economía y Finanzas y CONFIRMARON la sentencia de fecha veinte de enero del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda.

1912-2014-0-1706-JR-CI-05, Enrique Ramos Bances/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución de seis de fecha treinta y uno de octubre del año dos mil catorce que declara INFUNDADA la demanda. 01542-2014-0-1706-JR-CI-01, Maria del Carmen Lumbre viuda de Tafur/ Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 0328-2014-0-1714-JM-CI-01, Rosa Elena Contreras López/ Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha dieciséis de enero del año dos mil catorce, que declaro FUNDADA la demanda. 03499-2011-0-1706-JR-CI-03, Ivan Demetrio Medianero Enriquez/ COFOPRI. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia apelada contenida en la resolucion número siete de fecha dieciséis de enero del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda; REFORMANDOSE declararon IMPROCEDENTE la indicada demanda. 00178-2013-0-1714-JM-CI-01, Lindsay Guerrero Rojas/ Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martin y otros. Proceso Constitucional de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha veinticuatro de noviembre del año dos mil catorce, que declara FUNDADA la demanda y REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE la demanda. 01265-201-0-1706-JR-CI-06, Domingo Pascual Bias Reyes/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintitrés de marzo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01595-2014-0-1706-JR-CI-06, Mercedes Paico Vilchez/ Comisión Ad Hoc creada por Ley 29625. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha treinta de marzo del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 00962-2014-0-1706-JR-CI-06, Manuel Sosa Acedo/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625-FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha nueve de marzo del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 03822-2013-0-1706-JR-CI-06, German López Aguilar/ Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625-FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha dieciséis de marzo del dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 4977-2013-0-1706-JR-CI-06, Tomasa Bernal Castro / Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625.Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha once de marzo del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01763-2012-0-1706-JR-CI-01, Mariza Flores Vasquez/ SUTRAN. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha cinco de marzo del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda. CONFIRMARON la resolucion número cuatro, que declara INFUNDADAS las excepciones de incompetencia por materia y de falta de agotamiento de la via administrativa. 01501-2011-54-1706-JR-FC-04, Epi-

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV fanio Linares Diaz/ Rosalina Muñoz Mejia. Variación de Tenencia. CONFIRMARON la resolucion numero cuarenta y nueve de fecha diecinueve de marzo del año dos mil quince que declara INFUNDADA la devolución de la cedula de notificación N° 368-2015. 06053-2004-0-1706-JR-CI-01, Angelina Mejia viuda de Perez/ Oficina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. Declararon NULO el auto de fecha nueve de marzo del dos mil quince, que da por concluida la causa. 00793-2015-59-1706-JR-LA-04, Nicolas Hadwah Baishara/ Intendente Regional de Aduanas de Tacna y otros. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON el auto de fecha diez de junio del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la medida cautelar. 0680-2014-0-1706-JR-CI-03, Amador Hernandez Vasquez/ Jueces Superiores de la Primera Sala Civil de Lambayeque. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolucion numero uno de fecha veinticuatro de marzo del dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda. 05187-2007-29-1706-JR-CI-02, Oswaldo Viton Barboza/ Municipalidad Provincial de Chiclayo. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON la resolucion numero sesenta de fecha veintiocho de abril del año dos mil quince, que impone a la demandada multa de una unidad de referencia procesal. 04214-2013-26-1706-JR-FC-03, Rosa Pelez Mesia/ Manuel Hipólito Castillo Chumacero. Divorcio por causal. CONFIRMARON el auto de fecha treinta de abril del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la solicitud de admisión de medios probatorios extemporáneos. 00608-2015-0-1706-JR-CI-01, Jose Leon Casiano Vega/ Oscar Maximiliano Risco Zuñe. Desalojo por ocupación precaria. Declararon NULO el auto de fecha uno de abril del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda. 00049-2015-0-1708-JM-CI-01, Eduardo Alejandro Serquen Santamaría/ Municipalidad Provincial de Lambayeque. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha veintitrés de marzo del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda. 01061-2015-23-1706-JR-CI-02, María Celia Guillermo Parraguez/ Unidad de Gestion Educativa de Ferreñafe y otros. Proceso de Amparo. REVOCARON el auto de fecha veintiséis de mayo del dos mil quince que declara INFUNDADA la solicitud de medida cautelar y REFROMANDOLA declararon IMPROCEDENTE. 06793-2007-0-1706-jr-ci-06, Oscar Manuel Martínez Mejia/ Oficina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON el auto de fecha dieciséis de marzo del dos mil quince que declara INFUNDADA la observación deducida por el demandante. 01957-2009-13-1706-JR-CI-07, Banco de Crédito del Perú/ Segundo Bustamante Carhuajulca. Ejecución de Garantías. CONFIRMARON la resolucion setenta y uno de fecha doce de enero del año dos mil quince que requiere al Banco de Crédito del Perú cumpla con devolver a los ejecutados el monto de US $8,500.00 dólares americano. 03078-2013-0-1706-JR-CI-03, Segundo Eliseo Aguilar Ugaz/ Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y otros. Proceso Constitu-

CRÓNICA

cional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha dos de febrero del año dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda. 00392-2014-0-1706-JR-CI-02, Adolfo Guevara Lozada/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolucion número quince de fecha cuatro de mayo del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE lo solicitado por el demandante. 03003-2014-0-1706-JR-CI-05, MBN Exportaciones Lambayeque CIA S.R.L./ Magistrados de la Sala de Derecho Constitucional de Lambayeque. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha cinco de noviembre del año dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda. 00679-2015-0-1706-JR-CI-02, Damaso Juarz Nima/Oficina de Normalizacion Previsional. Habeas Data. COONFIRMARON el auto de fecha veinte de marzo del dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda. 05322-2006-40-1706-JR-CI-02, Maria Nelida Vidaurre Chero/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha veinticinco de marzo del año dos mil quince en el extremo que declara IMPROCEDENTE el pedido de autorización de descuento que fuera formulada por Oficina de Normalizacion Previsional. 03865-2014-0-1706-JR-CI-02, Lidia Inoñan Siesquen/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolucion numero uno de fecha veintitrés de octubre del año dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda. 03090-2012-53-1706-JR-CI-03, Diana Carolina Coronel Salazar/ Empresa de Transportes Chiclayo S.A. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha trece de abril del año dos mil quince que impone multa de dos unidades de referencia procesal a la demandada. 00110-2014-0-1706-JR-CO-08, Banco de Crédito del Perú/ Secundirno Asalde Monje y otros. Ejecución de garantía real. REVOCARON el auto de fecha ocho de enero del año dos mil quince que declara INFUNDADA la contradicción y ordena sacar a remate el inmueble otorgado en garantía, REFORMANDOLA se declara FUNDADA. 00418-2015-91-1706-JR-CI.03, Gina Paola Gamonal Vega/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha diecisiete de marzo del año dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar. 0627-2015-0-1706-JUR-CI-02, Zoila Orrego viuda de Diaz/ Juan Lara Contreras y otros. Proceso de Amparo. CONFIRMARON la resolución número dos de fecha siete de abril del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 05034-2013-0-1706-JR-CI-03, Tomas Carranza Carrasco/ Ministerio de Educacion y otros. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda. Con los señores Lara Contreras. Carrillo Mendoza v Zamora Pedemonte vieron y votaron: 03326-2014-0-1706-JR-CI-05, Alvaro Ronaldo Zelada Goicochea/ Blanca Elizaida Goicochea Palacios y otros. Nulidad de Título de propiedad y

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Chiclayo, Miércoles 27 de Abril del 2016

otros. REVOCARON el auto de fecha cinco de setiembre del dos mil catorce que declara IMPROCEDENTE la demanda, REFORMANDOLA disponen que se admita a trámite. CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC - CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZ RELATORA SSEC - CSJLA HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC – CSJLA

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Municipal de Ahorro y Crédito de Piura/ Carmen Rosa Fernandez Vasquez y otros. Obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON el auto de fecha diez de diciembre del año dos mil catorce que resuelve llevar adelante la ejecución. 0457-2015-50-1706-JR-FT-02, Karla Fiorella Maza Maza y otro. Luis Alberto Arica Villalobos. Violencia Familiar. Declararon NULO el auto de fecha trece de mayo del año dos mil catorce que resuelve declarar rebelde a don Luis Alberto Arica Villalobos.

Con los señores Zamora Pedemonte, Silva Muñoz Y Aguilar Gaitan vieron v votaron:

00128-2015-0-1708-JM-CI-01, Guido Antonio Tesen Chicoma/ Unidad de Gestion Educativa de Lambayeque. Proceso Constitucional de Amparo. REMITIR los actuados al Juzgado Mixto Permanente de Lambayeque para que continúe conociendo el proceso.

03276-2014-0-1706-JR-CI-07, Luis Alberto Taboada Mechan/ Empresa Agroindustrial Tuman S.A.A. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha dieciséis de diciembre del año dos mil catorce, que resuelve declarar FUNDADA en parte la demanda.

00466-2014-0-1706-JR-CO-08, Scotiabank Perú S.A.A./ Conversión Racho S.A.C. Obligación de dar suma de dinero. CONFIRMARON el auto de fecha veinte de enero del dos mil quince que ordena llevar adelante la ejecución hasta que los ejecutados cumplen con pagar a la ejecutante.

CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC - CSJLA

Con los señores Zamora Pedemonte, Silva Muñoz, Conteña Vizcarra vieron y votaron:

MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZ RELATORA SSEC - CSJLA

02629-2014-0-1706-JR-CI-04, Anita Maria Córdova Guevara/ Junta de Usuarios Chancay Lambayeque. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha dieciséis de enero del año dos mil quince, que declara FUNDADA la demanda. CONFIRMARON el auto que declara INFUNDADA la excepción de incompetencia por razón de materia.

CRONICA JUDICIAL DEL DIA SIETE DEAGOSTO DEL DOS MIL QUINCE

HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC – CSJLA CRONICA JUDICIAL DEL DIA DIEZ DEAGOSTO DEL DOS MIL QUINCE Con los señores Silva Muñoz, Cervera Davila y Conteña Vizcarra vieron v votaron: 01879-2013-0-1706-JR-FC-01, Rosa Diaz de Tapia/ Hector Alberto Diaz Cabrejo y otra. Interdicto. DESAPROBARON la sentencia de fecha veinticuatro de marzo del año dos mil quince, la misma que declara interdicto a Hector Alberto Diaz Cabrejo. 0092-2014-0-1706, JR-CI-04, Oscar Raúl Delgado Zapata/ Oficina de Normalizacion Previsional. Proceso de Amparo. REVOCARON la sentencia de fecha diez de marzo del año dos mil quince, que declaro INFUNDADA la demanda; REFORMANDOSE dicha sentencia declararon IMPROCEDENTE la indicada demanda. 03620-2013-0-1706-JR-CI-06, Maria Victoria Siaden de Racchumin/Comisión Ad Hoc creada por Ley N° 29625FONAVI. Proceso de Cumplimiento. CONFIRMARON la sentencia de fecha veintinueve de enero del año dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE la demanda. 06194-2007-47-1706-JR-CI-01, Manuel Edilberto Rojas Mera/Oficina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON el auto de fecha diecisiete de abril del dos mil quince, que resuelve declarar FUNDADA la observación. 01628-2013-64-1706-JR-CI-02, Jose Antonio Arosemena Iturria/ Carmen Sofía Cobeñas Bardales. Nulidad de Acto Jurídico. CONFIRMARON el auto de fecha dieciséis de marzo del año dos mil quince. 02118-2006-55-1706-JR-CI.06, Maria Teresa Burga de Ruiz/ Oficina de Normalizacion Previsional. Impugnacion de Resolucion Administrativa. CONFIRMARON el auto de fecha tres de marzo del dos mil quince que declara INFUNDADA la observación. 0254-2014-0-1706-JR-CO-08,

Caja

00009-2010-0-1714-JM-CI-01, Betty del Carmen Sanchez Fernández/ Manuel Palacios Paiva y otros. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON la sentencia de fecha diecisiete de febrero del año dos mil quince, que declara INFUNDADA la demanda. 04520-2008-0-1706-JR-CI-ll, Victoria Mejía Delgado/ ESSALUD. Impugnacion de Resolucion Administrativa. REVOCARON la sentencia de fecha veintisiete de marzo del año dos mil doce, que declara FUNDADA la demanda, REFORMANDOLA declararon INFUNDADA en todos sus extremos. 00126-2015-0-1706-JR-CI-07, Karina Melvi Velásquez Guevara/ Consejo Nacional de la Magistratura. Proceso Constitucional de Amparo. Declararon NULO el auto de fecha diez de febrero del año dos mil quince que declara IMPROCEDENTE la demanda. CARLOS ENRIQUE CASTILLO RUIZ RELATOR SSEC - CSJLA MARIBEL EMILIA SAMILLÁN RUIZ RELATORA SSEC - CSJLA HECTOR CONTEÑA VIZCARRA JUEZ SUPERIOR SSEC – CSJLA CRONICA JUDICIAL DEL DIA DOCE DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE Con los señores Zamora Pedemonte, Silva Muñoz Y Armaza Caldos vieron y votaron: 04074-2011-0-1706-JR-CI-04, Marco Antonio Ruiz Fonseca/ Magistrados de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de la Republica y otros. Proceso Constitucional de Amparo. CONFIRMARON el auto de fecha doce de octubre del dos mil once que declara IMPROCEDENTE la demanda.

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PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

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