CUADRO COMPARATIVO REFORMA LABORAL DEL GOBIERNO VERSUS INDICACIONES

1 CUADRO COMPARATIVO REFORMA LABORAL DEL GOBIERNO VERSUS INDICACIONES TEMA TEXTO REF LABORAL ORIGINAL TITULARIDAD Sólo los sindicatos SINDICAL neg

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CUADRO COMPARATIVO REFORMA LABORAL DEL GOBIERNO VERSUS INDICACIONES

TEMA

TEXTO REF LABORAL ORIGINAL

TITULARIDAD Sólo los sindicatos SINDICAL negocian colectivamente. Se acaban los “grupos negociadores” salvo que no existan sindicatos

REEMPLAZO EN HUELGA

Se prohíbe el reemplazo de los puestos de trabajo de los trabajadores en huelga.

PROPUESTA REFORMA LA REFORMA Que los sindicatos sean los únicos que negocien colectivamente sólo cuando tienen más del 50% de los trabajadores de la empresa afiliados. Cuando eso no ocurre, los trabajadores pueden hacerlo a través de Grupos negociadores. Huelga sí, paralización no. Huelga más costosa para la empresa, pero que no perjudique a

PROPUESTA DE INI TECNICOS Y MAYORIA SENADORES DC Los sindicatos tendrán el derecho exclusivo a negociar cuando representen al 50% o más de los trabajadores de la empresa. Donde este principio no se cumpla, pueden negociar tanto los sindicatos como los grupos negociadores.

Prohíbe reemplazo de trabajadores en Huelga. Permite sustitución interna de trabajadores. Es decir que aquellos

INDICACIONES

Los sindicatos son los únicos que negocian y desde la publicación de la ley

No se permitirá el reemplazo interno en caso de huelga, pero se buscará una fórmula alternativa que permita la reasignación

CONSECUENCIAS

un sindicato que represente al 10% de los trabajadores puede ser el único que pueda negociar y, entonces, deje sin negociación a la mayoría de los trabajadores.

La Huelgas abundarán. Paralizarán servicios básicos afectando a ciudadanos o trabajadores que no son parte de la huelga ni de la negociación. Si

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terceros, como los ciudadanos. Permitir reemplazo de trabajadores con más costos para la empresa. (Hoy se paga 100 mil pesos al sindicato por trabajador reemplazado. Aumentar el costo ) EXTENSIÓN DE BENEFICIOS DE NEG. COLECTIVA AL RESTO

La Reforma Laboral exige el acuerdo del Sindicato para extender ;es decir, entregar los beneficios a los empleados no sindicalizados

Necesitamos una Ley laboral inclusiva. Que tanto el empleador como el sindicato pueden extender beneficios a empleados .

que no adhieran a la huelga puedan voluntariamente desempeñar sus funciones u otras pactadas.

Que la extensión de beneficios sea una de las materias a tratar en la negociación colectiva, y no facultad exclusiva del sindicato. Si no hay acuerdo entre empleador y sindicato los beneficios irán solo a los trabajadores

limitada de algunas funciones. Los trabajadores que no están en huelga tienen derecho a continuar trabajando en sus distintas funciones. Con esto, se busca que la paralización sea total, aun cuando pueda afectar la vida útil de los productos de la empresa, por ejemplo, si son perecibles. Los beneficios negociados solo podrán extenderse a los trabajadores no sindicalizados con la venia de los dirigentes sindicales. Una vez iniciada la huelga, la instancia encargada de aceptar o rechazar las ofertas que realice la empresa será la asamblea de

el sindicato de choferes de METRO se va a huelga, y no hay reemplazo de trabajadores, 2,5 millones de ciudadanos quedarán parados. Si una huelga paraliza los celulares, nos quedamos sin servicio Además las PYMES no tienen espaldas para resistir una huelga sin reemplazo No es justo que por ejemplo dos cajeros de bancos, uno tenga dos días de vacaciones y su compañero no, sólo porque el primero está en el sindicato. Más beneficios para todos.

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sindicalizados si estos representan al menos el 30% del total de la empresa. Si el contrato afecta a más del 50% de los trabajadores, los “beneficios se extenderán automáticamente al resto de los trabajadores de la empresa o establecimiento. Si todo lo anterior no se cumple, el empleador podrá extender total o parcialmente los beneficios a todos los trabajadores. En todos los casos los beneficiados deberán pagar el 100% de la cuota.

trabajadores y no sólo la dirigencia del sindicato. Si un trabajador suscribe un acuerdo colectivo bajo el alero de un grupo negociador y luego se afilia a un sindicato, este trabajador deberá esperar que la vigencia de ese primer acuerdo colectivo venza antes de poder acceder a los beneficios que le ofrezca el sindicato. Los beneficios pactados en la negociación colectiva solo pueden ser extendidos a terceros en acuerdo entre las partes, o a los trabajadores que se afilian al sindicato.

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No constituye práctica antisindical los mejoramientos individuales que puedan realizarse sobre la base de criterios objetivos como capacidad, calificación o productividad del trabajador.

DESCUELGUE

Elimina el Derecho a descuelgue de los trabajadores en huelga. Esto es el derecho a volver a trabajar después de los 15 días de huelga

Reponer legítimo derecho a volver a trabajar si quiere o lo necesita después de 15 días de huelga.

En el día 15 de la huelga, el empleador puede entregar al sindicato una nueva oferta -que deberá incluir un reajuste al 100% de la variación del IPC y el sindicato tiene la obligación de votarla dentro de 48 horas. Si ésta es aceptada, termina la huelga. Si es rechazada, los trabajadores pueden reintegrarse de forma individual.

Si hay indicación aún no la conocemos.

Se trata que los trabajadores ganen derechos con la reforma laboral, no los pierden .

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HUELGA PACÍFICA

ADAPTABILI DAD LABORAL

SINDICATO INTER

La Cámara eliminó la propuesta original del gobierno que exigía que las huelgas fueran pacíficas

Reponer proyecto original de Reforma Laboral que especificaba el hecho que sea “pacífica”.

Sólo los sindicatos podrán negociar jornadas y horarios especiales. Aquellas empresas que no tengan sindicatos con más de 30% de afiliación no podrán acceder a la adaptabilidad laboral.

Que todos los trabajadores y todas las empresas tengan adaptabilidad laboral, incluso las PYMES. La Reforma no incorpora a las PYMES

Una pyme o cualquier empresa se verá obligada

Que la negociación Interempresa sea

La propuesta no se refiere a este punto específico.

Mantener la legislación vigente

Se eliminará el término "huelga pacífica" del proyecto y se van reconsiderar las sanciones que estipula el proyecto a los dirigentes sindicales, como, por ejemplo, en caso de violencia física o moral durante una huelga.

Debemos desterrar la violencia de toda la sociedad chilena

Los pactos de adaptabilidad se podrán abordar fuera del proceso de negociación colectiva, siempre y cuando la tasa de sindicalización en la empresa sea de 30%. Crean una nueva fórmula de jornada semanal que consiste en 4 días de trabajo y 3 de descanso.

Por ejemplo, vendedores del comercio pueden querer trabajar más horas la semana antes de Navidad para vender más y ganar más comisiones, y trabajar menos en enero. A la empresa le conviene lo mismo. Confiemos en que los trabajadores saben qué les conviene.

No se conoce definición sobre este tema

Este punto golpea a las pymes

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EMPRESA

SERVICIOS MÍNIMOS

a negociar con un sindicato interempresa , que puede ser mucho más grande que ella, y no con sus trabajadores. El sindicato debe garantizar el funcionamiento de servicios mínimos de utilidad pública- a través de equipos de emergencia- en situaciones de salud, y la prevención de daños ambientales o sanitarios. Los servicios mínimos se acuerdan entre el sindicato y el empleador. Si no hay acuerdo, dirime la Dirección del Trabajo y las partes pueden recurrir a los jueces

voluntaria. sobre negociación Trabajadores y interempresa ; es empleador tienen decir, voluntaria. que estar de acuerdo. Mal sistema. Llevará a muchos juicios y ¿qué puede saber la Dirección del Trabajo o cada juez de todos y cada una de las actividades y procesos productivos? Por ejemplo ¿Los trabajadores del Metro no podrán tener huelga porque el servicio mínimo exigirá operar al 100%? Mucho más práctico es un buen mecanismo de reemplazo

La definición de los servicios mínimos debe acordarse antes de iniciada la negociación colectiva y quedó más limitada. Deben garantizar un equipo de emergencia.

La definición de los servicios mínimos debe hacerse 6 meses antes de la negociación colectiva. De no haber acuerdo entre empleador y sindicato sobre esta materia, la Dirección del Trabajo dirime el asunto con la asesoría de agencias técnicas, como Sernageomin en la minería o la SBIF en el sector financiero.

Por ejemplo. El servicio mínimo del Metro solo puede ser el 100% del servicio. Si no, habría caos en la ciudad Entonces ¿Los trabajadores del Metro no podrán tener huelga porque el servicio mínimo exigirá operar al 100%?

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