Cuáles son los argumentos del Secretario de la OEA para invocar la Carta Democrática?

1 Prodavinci #Venezuela / ¿Cuáles son los argumentos del Secretario de la OEA para invocar la Carta Democrática? #MonitorProDaVinci · Tuesday, May 3

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#Venezuela / ¿Cuáles son los argumentos del Secretario de la OEA para invocar la Carta Democrática? #MonitorProDaVinci · Tuesday, May 31st, 2016

El martes 31 de mayo de 2016, el Secretario General de la OEA convocó una sesión del Consejo Permanente de esa organización con el fin de activar la Carta Democrática Interamericana para atender la “alteración del orden constitucional” en Venezuela. Un breve repaso histórico de las ocasiones en las cuales se ha activado este mecanismo sirve para definir lo que la organización considera un sistema democrático. Amparado en el Artículo 3 y el Artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana, Almagro argumenta que los elementos esenciales de una democracia son (pero no se limitan a) respeto a los derechos humanos, sujeción al estado de derecho, elecciones periódicas, libres y justas, la separación e independencia de los poderes públicos, transparencia, la probidad, la libre expresión y de prensa. Luego de recordar esto, el Secretario General de la OEA se dedica a esbozar los Prodavinci

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argumentos según los cuales cree que en Venezuela se ha alterado el orden democrático. 1. Ética en la política Almagro realiza una breve reflexión sobre la función de la política, que define como: “una cuestión de representatividad y quien haya sido electo como representante está obligado/a (a) asumir la misma, pues él/ella constituye el instrumento del ciudadano para canalizar las soluciones que necesita en el ámbito de los poderes con que cuenta un Estado para ejercer el gobierno, tanto desde el ejecutivo como desde el legislativo. Esta representatividad es esencial, así como también es esencial tener claro siempre que la democracia reside en el pueblo, en la ciudadanía. Toda solución de crisis institucional se resuelve en la legitimidad que otorga el pueblo. Toda polarización de la dirigencia política, que induzca a una crisis, hace necesario consultar a la gente” En este punto, Almagro se refiere a la “crítica situación de Venezuela”, donde considera que:

“se perdió la finalidad de la política. Se olvidó defender el bien mayor y colectivo a largo plazo sobre el bien individual a corto plazo. Un gobernante debe basar su acción en una visión de Estado, una visión de largo plazo” 2. Situación humanitaria En su argumentaciónm, Luis Almagro relaciona el funcionamiento del sistema democrático con la capacidad política de atender a la crisis venezolana. Ya firma que: “Apartarse de los mismos ha significado potenciar las condiciones de crisis y de vulnerabilidad de la población, afectando fuertemente derechos de orden público como acceso a la salud y alimentación”. También explica la visión que tiene desde su informe sobre situación del sistema de salud, la situación alimentaria y nutricional, así como del acceso a servicios públicos básicos como agua potable y electricidad y la seguridad ciudadana. 2.1. Salud. Almagro señala “la crisis por falta de acceso a medicinas”, a la cual se refiere como “difícil de cuantificar. Tanto la patronal de fármacos como el sindicato de farmacéuticos y el BCV, coinciden en que la escasez de medicinas es alarmante”, vinculándola con el funcionamiento del sistema cambiario, el sistema de aduanas y puertos, y las empresas beneficiadas por contratos del Estado. Es necesario acotar que Almagro se refiere a la situación económica de Prodavinci

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Venezuela partiendo de que el Banco Central de Venezuela no publica cifras de escasez desde 2013. También en relación con la salud, Almagro señala que “la situación en esta área es crítica”. En su informe, entre otros datos, indica que se estima que “desde 1998 a 2014 la importación de medicinas aumentó en 1345%”, un aumento que según Almagro “refleja la disminución de producción nacional” y que “el problema no se limita únicamente a la falta de medicamentos, el sistema de salud en general está colapsado debido a la situación económica y la falta de inversión”. 2.2. Alimentación y nutrición. Con respecto a este punto, Almagro en su informe especifica que 165 productos tienen precios controlados por el Ejecutivo Nacional y que desde 2007 “la brecha entre costos de producción y el precio fijado aumentó y llevó a muchas empresas al cierre o la quiebra”. Además, cita la intervención a empresas agroalimentarias como Agroisleña y Lácteos Los Andes, y destaca que los niveles de desabastecimiento varían entre 38,7% y 80% de acuerdo a la red de distribución y comercialización. Afirma el informe que el índice global de escasez de alimentos fue de 82,8% en enero de 2016: “Esta escasez que se origina en la distorsión de precios, producto de la existencia de varias tasas cambiarias, de un subsidio estatal que no guarda relación con los precios reales del mercado, más el acaparamiento de algunas empresas y el consecuente florecimiento del negocio conocido como ‘bachaqueo’” Sostiene que esta situación repercute en el ausentismo escolar y la malnutrición, especialmente en adolescentes. También menciona las largas colas para conseguir productos a precios subsidiados y la violencia que en ellas se genera: “Esto obviamente deviene en problemas de seguridad pública también dado que las fuerzas de seguridad suelen vigilar estos lugares para evitar disturbios que no en pocos casos terminan en intentos de saqueos de negocios o la materialización de los mismos” Tras estas afirmaciones, proporciona cifras del número de saqueos e intentos de saqueos a establecimientos y transportes de alimentos o bebidas entre enero y febrero de 2016: 64, siendo 41 reportados en el mes de febrero “el número más alto en los últimos doce meses”. 2.3. Servicios básicos: agua y electricidad. Almagro se refiere a los cortes programados en el suministro de agua y electricidad que “se han vuelto muy habituales en los últimos seis meses” y que el gobierno comunica como consecuencias de la sequía producida por el fenómeno climatológico El Niño, “afectando la única represa hidroeléctrica del país” en referencia a El Guri. Por otro lado, relaciona los cortes en el suministro de agua con la falta de químicos y de repuestos para la reparación y funcionamiento de los sistemas Prodavinci

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de tratamiento. 2.4. Seguridad: Como cierre a esta sección del informe, Almagro califica la inseguridad como el factor “de mayor impacto y preocupación en la población”. Tras reconocer que la problemática de seguridad ciudadana es antigua, destaca que durante “los últimos 3 años esto se ha incrementado a niveles alarmantes”. Para argumentar su punto, Luis Almagro cita la cifra de homicidios de 2015, que varía entre 17.778 y 27.875, al cruzar cifras del Ministerio Público y del Observatorio Venezolano de la Violencia, respectivamente. Agrega el “incremento del impacto de las grandes bandas delictivas que ejercen control territorial con la impunidad que esto conlleva”, citando un “paro armado” en el estado Aragua, decretado por las bandas. Con respecto a los operativos conocidos como Operación Libertad del Pueblo, Almagro reconoce un “impacto favorable en la opinión pública”, aunque recuerda que se han hecho denuncias por ejecuciones sumarias. 3. Indicadores sobre corrupción En su diagnóstico sobre lo que sucede en Venezuela, el Secretario General de la OEA considera que “los indicadores internacionales de corrupción colocan al país en el fondo y demuestra un estado endémico de la misma”. Se basa en datos proporcionados por la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Nacional, además del Índice de la Percepción de la Corrupción 2015, el Informe para el Segundo Ciclo del Examen Periódico Universal de Venezuela del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas y la Encuesta de Percepción sobre Corrupción en Venezuela. Según los documentos referidos, Venezuela es el país con peor percepción de corrupción del continente y no se ha adoptado ningún programa de planificación anticorrupción sino que, por el contrario, las limitaciones impuestas al acceso a la información pública y contraloría social promueve ese delito. Tras aclarar que no existen datos oficiales, Almagro cita del informe de la Comisión Permanente de Contraloría de la Asamblea Internacional que la corrupción se estima por un monto aproximado de 69 mil millones de dólares. También se concluye que existe una erosión en la confianza de los ciudadanos en el gobierno: el 75% de los venezolanos consideran que la corrupción es un problema que se ha extendido en el gobierno de Nicolás Maduro. 4. Contradicción entre democracia y existencia de presos políticos Almagro sentencia que “la democracia no es compatible con las detenciones de personas por sus ideas” y especifica que el derecho de reunión y la libertad de Prodavinci

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pensamiento y de expresión están planteados de forma clara en la Carta Democrática Interamericana. Con respecto a Venezuela afirma que “el gobierno ha cerrado los canales de diálogo naturales de una democracia” y critica que “la criminalización de las protestas, el acoso y el encarcelamiento de opositores son prácticas propias de un Estado opresor. Estas personas están presas en la conciencia del gobierno venezolano”. Y luego argumenta: “Acusar a personas que no coinciden con un tipo determinado de régimen y equipararlos con traidores a la patria o a la revolución chavista, es en su esencia como diría Noam Chomsky ‘uno de los mecanismos más comunes de regímenes totalitarios’” Basándose en datos proporcionados por el Foro Penal, el Secretario General de la OEA cuantifica 96 presos políticos y añade que desde 2014 van 3.932 detenciones, con 1.882 que tienen procesos judiciales pendientes. Especifica que entre los encarcelados hay estudiantes, profesionales y militares “detenidos por manifestar, por el uso de redes sociales, acusados de rebelión militar y civil, entre otras causas”. 5. Separación e independencia de los Poderes Públicos del Estado Almagro advierte en su informe que en este punto se analizan “en detalle las situaciones comprobadas de vulneración” de la separación de poderes en Venezuela. Tras referirse al estado de las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional y rechazadas por el Tribunal Supremo de Justicia, más la desincorporación de tres diputados de Amazonas de la Asamblea Nacional junto a los decretos de Estado de Excepción y de Emergencia Económica, la Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, la posible Enmienda Constitucional para acortar los períodos de los cargos de elección pública y la decisión del TSJ sobre la nulidad en relación con la Reforma Parcial del Reglamento de Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, el Secretario cierra este punto con un apartado titulado “Erosión de la democracia y de la independencia de Poderes por actores políticos”. Y en un punto de ese apartado indica que “en Venezuela existe una alteración del orden constitucional democrático, derivado de una gradual, sostenida y sistemática erosión de la democracia”, una afirmación que hace a partir de siete factores: 1. “la utilización del poder público para interrumpir la libre asociación y las actividades de grupos opositores y de medios de comunicación” 2. “la violación de los frenos y contrapesos propios de la separación e independencia de los poderes del Estado” 3. “el nombramiento arbitrario de miembros del Poder Judicial con el fin de validar las acciones inconstitucionales de sus benefactores” 4. “el uso injustificado de los estados de emergencia” 5. “la interferencia arbitraria, inconstitucional o ilegal en las deliberaciones del Poder Judicial o Poder Electoral” 6. “la terminación arbitraria, inconstitucional o ilegal del mandato de Prodavinci

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funcionarios democráticos electos” 7. “el permanente acoso y decisiones arbitrarias que afectan a poderes del Estado o integrantes del sistema político” Luego, Almagro indica que “se hacen constar” distintas intervenciones de los actores políticos tanto de la oposición como del oficialismo, que son “claramente sintomáticas de un sistema político resquebrajado y un estado terminal de erosión democrática”. Entre los actores, menciona dirctamente a Nicolás Maduro, Diosdado Cabello, Tibisay Lucena, Vladimir Padrino López, Clíver Alcalá Cordones, Miguel Rodríguez Torres, Henry Ramos Allup, y Henrique Capriles Radonski. 6. Democracia y Poder Judicial Según Almagro, uno de los casos más claros de la falta de separación y de los Poderes Públicos en Venezuela es la “cooptación del Poder Judicial por el Poder Ejecutivo”. Para argumentar esta aseveración remite a los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en los cuales se han denunciado irregularidades en la designación de jueces y fiscales. Al respecto, asegura que: “La Comisión ha observado que las normas de designación, destitución y suspensión de los magistrados contenidas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia carecen de previsiones adecuadas para evitar que otros poderes del Estado puedan afectar la independencia del tribunal” Almagro critica que la designación de magistrados es realizada por mayoría simple de la Asamblea Nacional, lo que “elimina el requisito del amplio consenso para la elección de magistrados”. En esta materia se extiende en explicar la designación de los magistrados en diciembre de 2015, justo antes de la toma de posesión de la nueva Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre. Destaca la habilitación de la Sala Constitucional del TSJ para que la Asamblea convocara sesiones extraordinarias. Cita ejemplos donde, según Almagro, se evidencia que se han designado magistrados con criterios políticos. Cuantifica que: “al menos cinco de los trece magistrados juramentados serían activistas políticos partidistas y ocuparon cargos dentro del Gobierno Nacional: César Sanguinetti, Lourdes Suárez Anderson, Juan Luis Ibarra y Calixto Ortega” Con respecto a casos específicos, se refiere al caso presentado por Alan Brewer Carías ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por el procedimiento penal en su contra por los sucesos de abril de 2002 y la “problemática de la provisionalidad de los jueces y fiscales” en Venezuela. Sobre el caso seguido contra Leopoldo López, Almagro afirma que “fueron evidentes los esfuerzos que se desplegaron por inculparlo por parte de los funcionarios de su enjuiciamiento” y cita los pronunciamientos de la CIDH al respecto, al considerar que Prodavinci

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“el fallo puso en manos de interpretaciones judiciales muy subjetivas la evaluación del contenido de los discursos políticos opositores y de la asociación que significa la constitución de los movimientos políticos”. Citando textualmente el informe de 2015 de la CIDH, dice Almagro: “Como consecuencia de todo lo anterior, la CIDH incluyó a Venezuela en el Capítulo 4 de su informe 2015 ante una ‘violación grave de los elementos fundamentales y las instituciones de la democracia representativa previstos en la Carta Democrática Interamericana, que son medios esenciales para la realización de los derechos humanos, entre ellos: i. si hubiera acceso discriminatorio o un ejercicio abusivo del poder que socave o contraríe el Estado de Derecho, tales como la infracción sistemática de la independencia del Poder Judicial o la falta de subordinación de las instituciones del Estado a la autoridad civil legalmente constituida” 7. Celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo: el referéndum revocatorio En este punto, Almagro hace mención de las variables de integridad electoral, las características y los antecedentes de las Elecciones Legislativas de 2015, así como del marco jurídico y el procedimiento del recurso de referendo revocatorio. Entre las críticas a las Elecciones Legislativas de 2015 mencionadas en la convocatoria de la Carta Democrática, la Secretaría General de la OEA resalta el uso de los recursos del Estado, la inequidad en el acceso a los medios de comunicación y la falta de regulación en el financiamiento político-electoral. También destacan las preocupaciones que la Secretaría General de la OEA hizo saber en una carta al Consejo Nacional Electoral donde figuran puntos como inhabilitaciones arbitrarias, denuncias de prisión de liderazgos políticos opositores, implementación de un sistema para inducir la confusión de los votantes en cuanto a nombres y colores de las boletas de votación, intervención de Partidos Políticos opositores por parte del poder judicial, entre otras. En cuanto al proceso del Referendo Revocatorio, Almagro resalta que el hecho de llamar a un proceso revocatorio está amparado en la Constitución: en Venezuela todos los cargos y magistraturas son revocables. En el Artículo 72 de la Constitución se estipula que se puede realizar un referendo revocatorio “transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria”. Almagro advierte que han ocurrido numerosos reclamos por parte de los promotores del Referendo Revocatorio denunciando una aparente intención de demorar el proceso de convocatoria del proceso. En relación a esto, hace referencia a una entrevista realizada al Rector Principal del Consejo Nacional Electoral, Luis Emilio Rondón, quien dijo que en el CNE no existe consenso respecto a los plazos y presentan interpretaciones distintas sobre lo estipulado en el reglamento. Otro punto que se resalta en la sección dedicada al Referendo Revocatorio es que Prodavinci

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durante 17 años no se ha dictado una Ley de Referendo, lo que ocasiona que este procedimiento se conduzca bajo la normativa N° 070906-2770 del Poder Electoral. La normativa exige un nuevo requisito que consiste en que recabar un 1% de manifestaciones de voluntad en planillas emitidas por el Poder Electoral para iniciar el proceso revocatorio. Según el numeral 5 del Artículo 10 de la normativa se indica que, una vez entregadas las manifestaciones de voluntad, el Poder Electoral debe constatar “en un lapso no mayor de cinco días continuos” si “el número de manifestaciones de voluntad cumple con el mínimo exigido”. Luis Almagro sostiene que los requisitos del proceso de verificación detallada de las firmas no están previstos en el reglamento, el cual sólo contempla un simple conteo que debe verificarse en una segunda fase cuando el ciudadano ratifica su manifestación de voluntad. Se reafirma que la digitalización de las firmas, la creación de una comisión de verificación, la transcripción y auditoría de las planillas no están previstas en el reglamento. 8. Situación de derechos civiles y políticos. Libertad de expresión y prensa Según Almagro, la “disfuncionalidad” en garantizar el goce y ejercicio de los derechos civiles y políticos se suma a la crisis humanitaria para “poner en jaque el respeto y cumplimiento de los derechos humanos económicos, sociales y culturales”. Sobre la libertad de expresión y prensa, el informe diagnostica una “violación flagrante” los procesos penales y administrativos contra periodistas, medios de prensa, además de “la censura indirecta, situaciones de hostigamiento y discurso estigmatizador, represión y criminalización de la protesta social y violaciones de acceso a la información pública”, subrayando que todo esto sucede en desconocimiento de las recomendaciones hechas por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH). Además, en el informe cada uno de estos elementos es analizado con casos específicos. Con respecto a la detención de manifestantes, Almagro cita denuncias del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB), según las cuales se habría practicado: “la incomunicación de detenidos que resultaron heridos en los lugares de detención y en hospitales militares, donde se mantenía hermetismo sobre su salud y se obstaculizaba el acceso a familiares; presiones a víctimas de violaciones al derecho a la integridad física, quienes fueron obligados a firmar actas y declaraciones en las que negaban haber sido sometidos a malos tratos; impedimento de entrevistas privadas entre detenidos y abogados; el uso de la Defensa Pública como mecanismo para impedir que, en las audiencias de presentación las víctimas expusieran las circunstancias en que se produjeron sus lesiones; la presentación en audiencia de personas visiblemente lesionadas o en condiciones de salud precarias, sin que los jueces dejaran constancia de los hechos en las actas de audiencia; la falta de consignación de informes médico forenses en los expedientes; la pretensión de transformar a víctimas en victimarios, alegando que las lesiones que Prodavinci

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presentaban se produjeron en respuesta a supuestas lesiones ocasionadas por éstas a funcionarios; y la consignación en expedientes de informes médicos no independientes realizados por profesionales de salud adscritos al órgano de detención” Dentro de las causas estructurales que afectan los derechos humanos, este documento reitera la fragilidad del Poder Judicial y su falta de independencia frente al poder político, afirmando que esto ha permitido el uso del poder punitivo del Estado para “hostigar y estigmatizar a los defensores de los derechos humanos, y periodistas, y perseguir penalmente a disidentes políticos e inhabilitar a varios de sus dirigentes”. Almagro destaca como otro tema de “extrema preocupación” para la CIDH y la Relatoría Especial la publicación de las “normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control de orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones”, regulación que “autoriza expresamente el uso de armas de fuego en el control de reuniones públicas y manifestaciones pacíficas”. Al respecto, Almagro recuerda que el uso de armas de fuego para control de manifestaciones pacíficas está prohibido en la Constitución. También califica como un elemento de “máxima preocupación” el fallo del TSJ donde se prohíbe manifestar en las inmediaciones del Consejo Nacional Electoral. El documento también destaca casos que, en su criterio, muestran violaciones al derecho de acceso a la información pública en casos sobre presuntos derrames petroleros por parte de PDVSA, planes de prevención y atención de violencia contra la mujer, información sobre la inversión en publicidad oficial, información sobre la importación, conservación y distribución de medicinas, tasas de criminalidad, información sobre bloqueos y restricciones comunicacionales durante 2014 y el índice de inflación 2015. Aparte, se muestra preocupado por decretos que imponen restricciones indebidas al derecho de acceso a la información con la creación del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (Cesppa). En este apartado, el Secretario General de la OEA también critica el incumplimiento por parte del gobierno de Venezuela de las decisiones y recomendaciones de la CIDH, bajo el argumento de que contravienen la soberanía nacional. 9. Acerca de la intervención de la Sra. Ministra del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, Delcy Rodríguez Gómez El documento incluye un resumen de la ponencia realizada por la Ministra Delcy Rodríguez en el Consejo Permanente, realizado el 5 de mayo de 2016, considerando que es de “fundamental importancia en el análisis de este documento tener especialmente en cuenta las consideraciones formuladas por la Ministra Delcy Rodríguez”. Puede verse en la página 119 del documento. ♦

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