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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA VICERRECTORADO ACADÉMICO COORDINACIÓN GENERAL DE PREGRADO COORDINACIÓN DEL PROGRAMA DE PASANTÍAS PROYECTO DE CARRERA: ADMINISTRACIÓN
CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES FORMALES ESTABLECIDOS EN LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LA EMPRESA DE CAPACITACIÓN SHIPPING AND PORT TRAINING, C.A.
Trabajo Especial de Pasantía presentado como Requisito parcial para optar al Título de Licenciado en Administración de Empresas.
Ciudad Guayana, Septiembre 2009
CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES FORMALES ESTABLECIDOS EN LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LA EMPRESA DE CAPACITACIÓN SHIPPING AND PORT TRAINING, C.A.
Autora: Nelida Salazar García. Tutor: Lcdo. Dario Zapata
Ciudad Guayana, Septiembre 2009
CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES FORMALES ESTABLECIDOS EN LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LA EMPRESA DE CAPACITACIÓN SHIPPING AND PORT TRAINING, C.A.
Por:
NELIDA JOSEFINA SALAZAR GARCÍA
Trabajo Especial de Pasantía aprobado
Lcdo. Dario Zapata Tutor Académico
Lcdo. Justo Palacios Tutor Industrial
Lcda. Solangel Oliveros Jurado
Ciudad Guayana, Septiembre 2009
DEDICATORIA
A quien siempre ha simbolizado mi mejor motivo, mi razón de ser y mi ilusión de vivir, por cada segundo, minutos y horas que compartimos mientras estuviste físicamente a mi lado, logrando hacerlas mágicas y maravillosas. Nunca olvido, aquellas palabras que dejaste escritas para los que te amamos: “Aunque lejos, me encuentre de ustedes, no es preciso llorar, porque el llorar para mi es reír”.
A ti, papá (Lino Salazar Ramos) Te amo hasta el infinito.
AGRADECIMIENTO
A DIOS, por darle a mi vida ese matiz de alegría y fortalecer día a día mi espíritu con esa radiante energía que es el “Amor”. A mis padres: Nelly García y Lino Salazar. Por haberme encaminado hacia la encrucijada de mi vida. A mis hermanos: Nury, Américo, Yssbely, Yajaira, Lennis, Jaccelina y Gessler. Reconozco su valor e importancia, fruto de la distancia. A mi Universidad. Gracias, porque de ti, me llevo una parte proporcional de la vida, etapa que nos adentro en un ámbito de responsabilidad y lucha por una sociedad más pura. A mis profesores: Edmee Perroni, Justo Palacios, Dario Zapata, Emilio Ugas, Edgar Flores. Gracias por brindarme sus experiencias y conocimientos. Inexorables catedráticos que pugnan por una sociedad universitaria más fértil y próspera. A mis amigos y a todas aquellas personas que de algún modo colaboraron conmigo a lo largo de esta labor. A mi cielo bello (flaco), por iluminar y darle sentido a mi vida. Te amaré por siempre.
ÍNDICE GENERAL Pág. DEDICATORIA AGRADECIMIENTO ÍNDICE GENERAL ................................................................................................ v RESUMEN............................................................................................................. vii INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 08
CAPÍTULO I EL PROBLEMA Planteamiento del Problema .................................................................................. 10 Definición del Problema ......................................................................................... 12 Alcance de la Investigación ................................................................................... 13 Justificación e Importancia del Problema ............................................................... 13 Objetivos de la Investigación ................................................................................. 14 CAPÍTULO II MARCO TEÓRICO Generalidades de la Empresa................................................................................ 16 Antecedentes de la Investigación .......................................................................... 19 Bases Teóricas ...................................................................................................... 22 Bases Legales ....................................................................................................... 27 Sistema de Variables ............................................................................................. 37 CAPÍTULO III MARCO METODOLÓGICO Tipo de Investigación ............................................................................................. 39 Diseño de la Investigación ..................................................................................... 39 Población ............................................................................................................... 40 Técnicas e Instrumentos de Recolección de información....................................... 40 Validación del Instrumento..................................................................................... 43 Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos .................................................... 44 Procedimiento de la Investigación ......................................................................... 45
CAPÍTULO IV LOS RESULTADOS Análisis y Presentación de los Resultados ............................................................ 46
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CAPÍTULO V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Conclusiones ......................................................................................................... 49 Recomendaciones ................................................................................................. 51 REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ....................................................................... 53 ANEXOS A. Cuestionario del cumplimiento de los deberes formales del I.V.A. ............. 58 B. Validez del contenido de cuestionario ........................................................ 61
LISTA DE CUADROS Cuadro N° 1. Identificación y Conceptualización de Variables ......................................... 38
LISTA DE FIGURAS Figura N° 1. Organigrama de la empresa Shipping and Port Training, C.A. ................... 18
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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universidad Nacional Experimental de Guayana
CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES FORMALES ESTABLECIDOS EN LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LA EMPRESA DE CAPACITACIÓN SHIPPING AND PORT TRAINING, C.A. Autora: Nelida Salazar García. Año: 2009 RESUMEN
El propósito de la investigación consistió en evaluar el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la ley del Impuesto al Valor Agregado en la empresa de capacitación Shipping and Port Training, C.A. La metodología utilizada fue la investigación documental, y de campo con carácter descriptivo. La población estuvo conformada por la totalidad de las personas que laboran en la empresa en estudio obteniendo todos los datos de primera fuente, es decir, de la realidad de la empresa, a través de la observación de las actividades relacionadas con el área tributaria, datos de primera mano tales como libros de ventas, libros de compras, declaraciones de I.V.A., entre otros. Asimismo se obtuvieron datos de segunda mano como resultado de consultas realizadas a otras investigaciones, bibliografías especializadas, leyes tributarias, artículos de prensas. Como técnicas e instrumentos de recolección de datos, con el fin de recabar la información relacionada al tema, se empleó la observación directa, la recopilación documental, la entrevista no estructurada y se diseño un cuestionario, del cual se obtuvo información relevante a la investigación. Todos estos datos fueron clasificados, ordenados, los cuales se sometieron a un análisis de confrontación o contraste. Una vez realizada la investigación se determinó que la empresa objeto de estudio, cumple primordialmente con los deberes formales de la obligación tributaria. En tal sentido, la presente investigación pretende contribuir a facilitar una serena reflexión acerca del cumplimiento de los deberes formales en materia de I.V.A. por parte de los contribuyentes y proveer la información necesaria para que hoy más que nunca se consolide una actitud armoniosa entre el sujeto activo y pasivo de la obligación tributaria. Descriptores: Obligación Tributaria, Impuesto al Valor Agregado, Deberes Formales.
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INTRODUCCIÓN
El Sistema Tributario Venezolano ha sufrido transformaciones durante los últimos años, por lo cual los contribuyentes de los impuestos directos e indirectos, requieren conocer en detalle el alcance de los deberes formales establecidos en cada una de las leyes especiales que regulan la materia según el tributo a pagar las cuales se fundamentan en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (C.R.B.V.), conforme a la cual toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la Ley (Artículo N° 133 C.R.B.V.).
En tal sentido, es obligación de la Administración Tributaria velar por el cumplimiento de los deberes formales, como el establecido en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), a los fines de lograr una eficiente recaudación de los tributos, destinados al cumplimiento de los fines del Estado (seguridad, salud, educación, etc.).
Shipping and Port Training, C.A. (SPT), es una de las empresas obligadas a cumplir con la obligación tributaria de los deberes formales en materia de I.V.A. En este sentido, la presente investigación tuvo como objetivo primordial evaluar el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la ley del I.V.A. en la empresa de capacitación SPT, C.A.
El estudio está sustentado metodológicamente en una investigación documental, y de campo con carácter descriptivo. La población estuvo conformada por la totalidad de las personas que laboran en la empresa en estudio, obteniendo todos los datos de primera fuente, es decir, de la realidad de la empresa. Como técnicas e instrumentos de recolección de datos, con el fin de recabar la información relacionada al tema, se empleó la observación directa, la recopilación documental, la entrevista no estructurada y se diseño un cuestionario para la recolección de la información inherente a la investigación. La observación estuvo relacionada con el
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área de tributos, de donde se obtuvieron datos de primera mano como son los libros de ventas, libros de compras, declaraciones de I.V.A., entre otros. Asimismo, se obtuvieron datos de segunda mano como resultado de consultas realizadas a otras investigaciones bibliografías especializadas, leyes tributarias y artículos de prensa. Todos estos datos fueron clasificados, ordenados, los cuales se sometieron a un análisis de confrontación o contraste. Una vez realizada la investigación se determinó que la empresa objeto de estudio, cumple primordialmente con los deberes formales de la obligación tributaria.
El trabajo investigativo en su estructura formal, consta de cinco capítulos. El primer capítulo, esta compuesto por el planteamiento del problema, la definición del problema, el alcance de la investigación, la justificación y los objetivos de estudios. El segundo, está referido al marco teórico el cual contiene las generalidades de la empresa, los antecedentes de la investigación, las bases teóricas, bases legales y sistema de variables. El tercer capítulo, basado en el marco metodológico, está compuesto por el tipo de investigación, diseño de la investigación, población, técnicas e instrumentos de recolección de la información, validación del instrumento, las técnicas de procedimientos para el análisis de datos, y procedimientos de la investigación. El cuarto capítulo se refiere al análisis de los resultados propiamente dichos. El quinto capítulo describe las conclusiones y recomendaciones generales sobre los resultados obtenidos de la investigación. Por último, se completa el trabajo con la bibliografía consultada y los anexos inherentes al estudio.
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CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento de la Investigación
En los últimos años el desarrollo de la actividad tributaria ha sido muy violento y las autoridades no han tomado en cuenta la cultura que sobre esta materia tiene el contribuyente venezolano, el cual le falta orientación sobre el tema, dejando de lado políticas de educación y orientación al contribuyente e inclinándose hacia políticas coercitivas.
En la actualidad ha cobrado gran importancia entre los contribuyentes de impuestos nacionales el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), por las actuaciones explícitas que impone la Administración Tributaria, con base en las disposiciones establecidas en el Código Orgánico Tributario (C.O.T.), demás leyes y reglamentos de la República Bolivariana de Venezuela.
Entre los años 1999 y 2009, se han dictado muchos instrumentos legales en materia tributaria con sus respectivas reformas, entre las cuales se encuentran el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado, lo cual produce una permanente actualización en materia tributaria, siendo las empresas las más afectadas en la acentuación de la presión fiscal y el perfeccionamiento de las leyes fiscales.
En este sentido, el sistema tributario Venezolano ha crecido significativamente haciéndose más complejo y afectando a toda población, por lo cual el conocimiento de las leyes que regulan y gravan las actividades empresariales es materia obligada para toda empresa que no quiera incurrir en el incumplimiento y ser afectada económicamente como consecuencia de ésta.
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Lamentablemente, las leyes tributarias en nuestro país se han dictado adoleciendo de falta de técnica jurídica y con finalidades estrictamente recaudatorias. De allí que corresponde a los contribuyentes del impuesto al valor agregado (I.V.A.), buscar las salidas y mecanismos lícitos, que le conducirían a no incurrir involuntariamente en el incumplimiento de los deberes formales.
Shipping and Port Training, C.A. (SPT), se agrupa en un universo de empresas que están obligadas a cumplir con la obligación tributaria de los deberes formales en materia de IVA. Es una empresa de adiestramiento que nace en octubre de 2002 atendiendo inicialmente necesidades propias del sector portuario, naviero y en general del Comercio Internacional. En virtud de la globalización, la empresa expande su área de entrenamiento hacia otros sectores esenciales de la economía nacional.
La empresa Shipping and Port Training, C.A., visto el volumen de documentos necesarios exigidos por la administración tributaria para el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la norma impositiva vigente del I.V.A., y las diferentes reformas de las leyes que han traído consigo cambios en los sistemas computarizados, manuales, libros, que al quedar obsoletos, necesitan ser actualizados, inciden en sus costos, pero que ve necesario realizar para mantenerse informada y al día con sus obligaciones ante el fisco.
Asimismo, cuenta la preparación del personal a cargo del área de tributo y el cumplimiento de la Providencia Administrativa N° 0257, que establece las normas generales de emisión de facturas y otros documentos.
Todos esta problemática incide negativamente en el buen funcionamiento de la empresa, por los efectos financieros y administrativos que les acarrea estar al día con esta norma y por el control de las fuerzas fiscales impuesta por la Administración Tributaria, ya que el incumplimiento de los deberes formales podría
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acarrearle sanciones que van desde multas, cierres y penas privativas de libertad, que podrían llevar al cierre total de la empresa.
Por lo que se hace necesario, determinar el conocimiento tributario que posee este tipo de empresa para establecer los procedimientos más acertados para reducir los costos y evitar sanciones por incumplimientos de los deberes formales conocidos en la actualidad como ilícitos formales según al Artículo N° 99 del Código Orgánico Tributario.
Asimismo, se dirige un llamado a la Administración Tributaria para divulgar o publicitar esta normativa, planteando recomendaciones básicas, aunado a una campaña que lleve a los contribuyentes a formularse interrogantes en esta materia y elevar el número de consultas que motiven a cumplir con las obligaciones referentes a esta normativa.
Definición del Problema
En base a lo anterior, se puede concluir que el problema consiste en los costos administrativos y contables por la imposición de la normativa vigente del impuesto al valor agregado (I.V.A.) que establece las disposiciones de los deberes formales a los cuales la empresa esta sujeta. Lo anterior genera desestimulo a la empresa en estudio, al pago del tributo, debido a que se enfrenta con una serie de formularios, declaraciones y documentos, que son dificultosos de manejar. Además de presentarse cambios frecuentes en la normativa tributaria de la Ley de I.V.A., introduciendo un elevado grado de incertidumbre en los contribuyentes.
Igualmente han surgido interrogantes y dudas sobre a quien corresponde la preparación de los documentos, libros, auxiliares y demás informes requeridos por la administración tributaria a los administrados.
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Por ultimo y que es lo que al parecer ha generado más incertidumbre, es el cómo se debe realizar y cuando
presentar las obligaciones, generando en resumen tres
interrogantes sobre el cumplimiento de los deberes formales: ¿Qué es lo que debo hacer? ¿Quién debe hacerlo? ¿Cómo debo hacerlo, enterarlo si es el caso y cuándo presentarlo?
Debido a que generalmente las disposiciones tributarias generan una carga fiscal a las empresas calificadas como contribuyentes, resulta interesante conocer acerca de los deberes formales establecidos en el impuesto al valor agregado, lo cual permitiría proyectar una reflexión acerca del tema que permitan la creación de una planificación fiscal para garantizar un adecuado cumplimiento de todas las normas impositivas vigentes, para poder responder satisfactoriamente a los procesos de fiscalización efectuados por el SENIAT y evitar posibles sanciones.
Alcance de la Investigación
La investigación se realizó en la empresa Shipping and Port Training, C.A., específicamente en el Departamento de Administración y en la Unidad de Tributos, sobre la cual se verificó el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
El alcance de la investigación tiene como propósito el estudio de las normativas tributarias contenidas en los deberes formales del Código Orgánico Tributario y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A). Justificación e Importancia
La presente investigación es para beneficiar a la empresa objeto de estudio y al resto de los contribuyentes que están obligados al cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A.
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La investigación busca evaluar los deberes formales en la empresa Shipping and Port Training, C.A., la cual debe recurrir a los cursos especializados lo que genera costos y gastos importantes, pero que esta dispuesta a sufragar, para evitar ser sancionada por la Administración Tributaria, lo cual refleja que quiere estar al día con el cumplimiento de los deberes formales.
Esta investigación procura dar a conocer a todos los contribuyentes, la manera de fortalecer el cumplimiento de los deberes formales en materia del I.V.A., y proveer el conocimiento de la normativa vigente en el impuesto al valor agregado, que afecta a las empresas por las políticas que en materia de tributos ha establecido el Estado Venezolano, contribuyendo de esta manera a fomentar la cultura tributaria.
De igual modo, el estudio adquiere importancia en el área tributaria debido a que contribuye a que las empresas, instituciones y personas que conforman los sujetos pasivos y activos de la obligación tributaria con respecto al I.V.A. tengan a su alcance un material bibliográfico con información clara y precisa que le servirá de consulta.
Asimismo, el trabajo de investigación tiene connotaciones pedagógicas por servir de material bibliográfico para estudiantes de pre y postgrado de Tributos y Contaduría Pública, docentes e investigadores que puedan mostrarse en el tema y que a su vez brinda un aporte valioso para futuras investigaciones con objetivos similares a la presente.
Objetivos
Objetivo General Evaluar el cumplimiento de los deberes formales contenidos en la Ley del Impuesto al Valor Agregado en la empresa de capacitación Shipping and Port Training, C.A.
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Objetivos Específicos
1. Diagnosticar el conocimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A. por parte de la empresa Shipping and Port Training, C.A. según el Código Orgánico Tributario.
2. Analizar las obligaciones (deberes formales) del contribuyente establecidas en la Ley del I.V.A.
3. Examinar las disposiciones legales relacionadas con el I.V.A., en cuanto al cumplimiento de los deberes formales a los que la empresa esta sujeta, a fin de identificarlas.
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CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
Generalidades de la empresa
Ubicación Geográfica y Reseña Histórica
Shipping and Port Training, C.A (SPT), es una empresa de capacitación y consultoría gerencial
que nace en octubre 2002 atendiendo inicialmente
necesidades propias del sector portuario, naviero y en general del Comercio Internacional. La consultoría gerencial de la empresa esta integrada por un equipo multidisciplinario especializado en las áreas de: a) Recursos Humanos: En la aplicación y análisis de Clima Organizacional, Elaboración de Manuales Descriptivos de Cargos, Valoración de Cargos, Estructuras salariales, Reclutamiento y selección de Personal, Sistemas de Evaluación de personal; Seguridad e Higiene Industrial, En Organización de Empresas, Asesoría en la implantación de una plataforma de indicadores de desempeño, Análisis, diseño y sistematización de formularios ajustados a los estándares de calidad ISO 9001- 2000, Documentación de políticas y procedimientos. b) Comercio Exterior, Aduanas y Puertos. Su norte es brindar al cliente el apoyo más adecuado y oportuno en la toma de decisiones, poniendo al alcance de su mano los medios más eficientes para lograr una sólida y exitosa gestión del negocio. Esta afirmación garantizará la optimización de los recursos y la organización de su empresa.
En virtud de la globalización, la empresa expande su área de entrenamiento hacia otros sectores esenciales de la economía nacional. Entre sus clientes se cuentan: C.V.G. Alcasa, C.V.G. Bauxilum, C.V.G. Carbonorca, C.V.G. Ferrominera Orinoco, C.V.G. Venalum, Corporación Venezolana de Guayana, Aluminios Pianmeca, Corinoco, Venezuelan Heavy Industries (Vhicoa), entre otras. Actualmente la empresa estudia la posibilidad de asociarse estratégicamente con otras empresas
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nacionales e internacionales a fin de cubrir todas las expectativas de cursos requeridos por las empresas. SPT se encuentra ubicada en Puerto Ordaz, Estado Bolívar.
Visión
Ser una empresa exitosa y modelo de consultoría gerencial, de capacitación y de especialización del recurso humano en el proceso de desarrollo integral del personal productivo de la región y del país.
Misión
Somos una empresa privada, orientada al desarrollo del recurso humano a través de la consultoría gerencial, la capacitación, el adiestramiento y la especialización, mediante la aplicación de programas ajustados a las necesidades del participante y con la participación activa de profesionales de reconocido prestigio a nivel nacional e internacional.
Estructura Organizativa de Shipping and Port Training, C.A.
La empresa Shipping and Port Training, C.A, presenta la relación lineal en su estructura, dividido en niveles jerárquicos en forma vertical, iniciándose con la Junta Directiva y finalizando con el Departamento de Administración y la Unidad de Tributos.
Para el cumplimiento de la misión, visión, objetivos y funciones, Shipping and Port Training, C.A. delega autoridad y establece responsabilidades, actividades y deberes, según las normas que implanta la gerencia y organización. A continuación se hace una breve descripción de estas unidades:
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La Junta Directiva: conformada por dos directores, y fundadores de la empresa de consultoría gerencial, dedicados a la orientación y capacitación de profesionales del sector portuario, naviero y en general del Comercio Internacional.
La Secretaria, conformada por una persona, a cargo del manejo de información de los dos directores principales de la empresa SPT, C.A.
El Departamento de Administración el cual consta de una sola persona, quien lleva la administración y finanzas en general de la empresa. Aplica técnicas para el establecimiento de controles, que permitan evaluar y desarrollar los recursos financieros de la organización.
Y por último, la Unidad de Tributos a cargo de una sola persona, quién procesa la parte contable: libros de compras, libros de ventas, declaraciones de I.V.A., I.S.L.R., inscripciones, registros, solvencias, entre otras.
Figura N° 1. Organigrama General de Shipping and Port Training, C.A (SPT)
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Antecedentes de la Investigación
A continuación se presentan los antecedentes de la investigación, comprendidos por los diferentes estudios realizados, que de una u otra forma aportan los datos de mayor importancia en cuanto al cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A.
Viera (1997), en su trabajo de grado titulado Relación entre la Asistencia Tributaria suministrada por la División de Asistencia al Contribuyente de la Gerencia Regional de Tributos Internos Región Centro Occidental Barquisimeto y el Conocimiento de las Obligaciones Tributarias por parte de los contribuyentes, concluyó que “los contribuyentes conocen la oficina de asistencia, han solicitado consultas verbales y están informados sobre las obligaciones tributarias, mientras que consideran que el SENIAT no les informa oportunamente y que las reformas introducidas recientemente no han mejorado sustancialmente la asistencia e información al contribuyente”
A pesar de todos los esfuerzos realizados por el SENIAT, realmente no se ha llegado a lograr la eficiencia de la información hacia los contribuyentes, factor este, que puede incidir negativamente en la recaudación de los tributos y por ende en el cumplimiento de los deberes formales, variable de estudio del presente trabajo de investigación.
En la investigación realizada por Mendoza, L. (1998) sobre la Fiscalización del SENIAT y el cumplimiento de los deberes formales por los contribuyentes, la investigación de tipo documental tuvo como objetivo analizar el cumplimiento de los deberes formales a través de los resultados del operativo de fiscalización SENIAT IV fase I durante un semestre (Enero-Junio 1998). La población la conformó 2193 contribuyentes y los resultados obtenidos determinaron que los contribuyentes sometidos al operativo de fiscalización, el 52% cumple con todos los deberes formales investigados; sin embargo, existe una amplia brecha representada por un
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48% que incumple, cuyas sanciones corresponden en mayor cuantía a multas (Miles de Bs.F. 1.096.525,00), por la presentación extemporánea de la declaración del Impuesto sobre la Renta, Impuesto a los Activos Empresariales, Registro de Activos Revaluados y el Impuesto al consumidor y Venta al Mayor, este último con un 31% del total (38%), mientras que la menor se ubica en la inscripción en el Registro de Identificación Fiscal (RIF).
En tal sentido, se recomienda aumentar la frecuencia de los operativos de fiscalización con el objetivo de incrementar la recaudación de los tributos de manera eficiente y efectiva, exhortando a los contribuyentes al cumplimiento de los deberes formales.
En relación con el conocimiento de la investigación de Jiménez B y otros (2000) en trabajo titulado “Diagnóstico de la conducta tributaria y su incidencia en el cumplimiento de las obligaciones del empresario afiliado a la Cámara Industriales del Estado Lara” nos señala la necesidad de: Implementar programas de educación y formación ciudadana, de ser posible desde temprana edad, que permita desarrollar una conciencia tributaria cónsona con las necesidades de nuestro país lo cual viene a ser una tarea de carácter permanente y sistemática ya que el desconocimiento es una forma de incentivar a la evasión de las responsabilidades. El cumplimiento de las obligaciones se verán facilitados en la medida en que la administración se acerque al ciudadano de forma tal que no perciba mayores dificultades al momento de cumplir cualquiera de sus deberes (p. 77). De acuerdo a la investigadora, es necesaria la implementación de talleres, charlas de concientización que debe cumplir el SENIAT, para impulsar a los contribuyentes al cumplimiento de los deberes formales en materia de I.V.A. y aparte de la educación tributaria que debe impartir el SENIAT, es imprescindible tener presente las labores de fiscalización para verificar el cumplimiento de los deberes formales, pero bajo el criterio de la legalidad.
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Con respecto a las PYMES Rodríguez, Maribel (2002) en su trabajo especial de grado “Obligaciones tributarias de la Pequeña y Mediana Empresas” (PYMES) adscrita al centro de Nuevas empresas de la función Tecnoparque de Barquisimeto en el año 2002, con relación al I.S.L.R., I.V.A. y a los activos empresariales cuyo objetivo fue evaluar la situación actual de las empresas PYMES con relación a sus obligaciones tributarias nacionales demuestran que: La empresa por muy pequeña que sea, contrae obligaciones para el fisco desde su constitución. Es importante querer promocionar y ayudar a las PYMES en aspectos financieros, tecnológicos y sobre todo tributarios, entre otros. Las ayudas financieras, por ejemplo, solucionan un grave problema a estas empresas pero al estar en situación de morosidad con el fisco, la empresa se limita en crecimiento, y puede llegar hasta el cierre de la misma. (p. 102) Se evidencia en las investigaciones analizadas, la necesidad de implementar programas que incentiven a los contribuyentes al pago de los tributos y cumplimientos de los deberes formales, ya que la falta de conciencia tributaria, el bajo nivel de la educación de la población, el desconocimiento del destino útil del dinero originado de los impuestos, y constantes cambios en la legislación tributaria son causas que influyen en el incumplimiento de las obligaciones tributarias.
Sobre el cumplimiento de los deberes formales en el I.V.A. León Nancy (2002) en un estudio de la Evaluación de la influencia de la alícuota del impuesto al valor agregado sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños comerciantes ubicados en la avenida 20 entre calles 20 y 25 entre el año 1997 y el año 2001 Barquisimeto, Estado Lara entre sus conclusiones señala: …el incumplimiento de deberes formales como por ejemplo, la presentación fuera de lapso reglamentario y no llevar libros al día, esto debido al desconocimiento de lo que contiene la ley de impuesto al valor agregado y su reglamento. En los últimos años el desarrollo de la actividad tributaria ha sido muy violento y las autoridades no han tomado en cuenta la cultura que sobre esta materia tiene el contribuyente venezolano, al contribuyente le falta orientación sobre el tema, dejando de lado políticas de educación y orientación al contribuyente e inclinándose hacia políticas coercitivas. (p. 57)
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De acuerdo a la investigadora, el desconocimiento y el incumplimiento de los deberes formales podrían generar fuertes sanciones al contribuyente, por lo que es necesario afianzar políticas de información tributaria, incentivarlos a la aplicación y fiel cumplimiento de la normativa legal del impuesto, lo que contribuye a enriquecer la cultura tributaria que beneficie tanto al Estado Venezolano como de los propios contribuyentes. Cabe destacar que todos los antecedentes señalados, guardan una relación importante con la investigación desarrollada, ya que estos denotan la base fundamental para su ejecución. Bases Teóricas
A continuación se describen las bases teóricas, que permiten definir algunos conceptos involucrados con el tema de estudio, los cuales convergen en la presente investigación: Sistema Tributario
Fariñas (1992) establece que: El sistema tributario de un país determinado esta constituido por el conjunto de tributos vigentes en ese país, en una determinada época, fundamentalmente el conjunto de impuestos, pero también las tasas y demás tributos especiales y su estudio tiene por objeto examinar ese conjunto unitario de conocimiento, más que analizar de forma separada los distintos gravámenes que lo constituyen. (p.59) Ahora bien, dentro del conjunto de tributos, se encuentra el impuesto al valor agregado (I.V.A.), impuesto al cual esta referido la presente investigación. Obligación Tributaria Sobre la obligación tributaria Moya (2000) la define como “una obligación de dar (pagar el tributo) y de hacer (declaraciones con los impuestos, cumplir con los deberes formales), de soportar (aceptar inspecciones, fiscalizaciones de los
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funcionarios competentes) y por último, es una prestación accesoria (pagar las multas, intereses)”. (p.88).
Así mismo, el autor se refiere a la obligación tributaria como relación jurídica terminante de las obligaciones del individuo sometido al poder de imposición que da lugar, por una parte, a una prestación jurídica patrimonial (relación de deuda tributaria) y por otra, a un determinado proceso para que se origine la fijación del impuesto (relación de determinación), con el cual queda establecido el carácter de ambos deberes.
De lo anteriormente señalado, se deduce que la obligación tributaria enlaza tanto al sujeto activo como al sujeto pasivo en sus correlativos, derechos y obligaciones. Tributos
Cabe destacar que, los tributos son fuentes de ingresos que el Estado tiene para sufragar las cargas públicas de su poder de imperio, tiene la facultad para establecer un sistema tributario adecuado a su estructura económica y a la idiosincrasia de cada país.
Por tal razón, las leyes tributarias dan origen a la obligación de pagar un tributo y el cumplimiento de los deberes inherentes a la misma. Cada ley contiene elementos básicos necesarios para hacer efectivo el tributo, como son el hecho y base imponible, el sujeto pasivo, la determinación tributaria, forma y lugar de pago y demás deberes formales necesarios para hacerlo efectivo. Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) Villegas, H (1999) afirma que “el I.V.A. es una derivación o una nueva modalidad, de los impuestos a las ventas. Será entonces la carga fiscal sobre el consumo que
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afecta a toda transacción durante el proceso de producción, distribución y venta final al consumidor”. Marmolejo Oña (1998) expresa que: “la generalización del impuesto al valor agregado en el mundo ha marcado un hito en la modernización de los sistemas tributarios y en la necesidad de establecer las bases para una nueva concepción de las finanzas públicas. (p.67). En base a lo expuesto, el impuesto al valor agregado constituye una pieza fundamental en la estructura impositiva. Sin lugar a dudas contribuye a la modernización del Sistema tributario, ya que lo hace más racional, lo que logra un aumento del ingreso fiscal mensual. Su productividad esta en relación con la situación económica del país.
En el transcurso de los últimos 40 años cada vez más países han modernizado sus sistemas impositivos mediante la instrumentación de este tributo y ninguno lo ha derogado posteriormente. La estructura del I.V.A. en todos los países que se ha implementado, es una sola; lo único que varía es la tasa impositiva y esto de acuerdo a las condiciones económicas de cada país.
Deberes Formales Al respecto Marrero Ortiz (1995) define a los deberes como “el conjunto de normas reguladoras de los procedimientos que la Administración tributaria utiliza, para que el tributo legislativamente creado se transforme en tributo finalmente percibido”
Este concepto enmarca todas las reglas destinadas a precisar los sujetos tributarios y el importe de los tributos que están obligados a pagar, en otras palabras, se trata de la aplicación de los casos concretos de todos los procedimientos que la Ley ha previsto para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
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Para obtener este resultado, la Administración Tributaria da una serie de facultades regladas contenidas en el Código Orgánico Tributario, las cuales son: la facultad de fiscalización, determinación, recaudación y sancionatoria. El ejercicio de cualquiera de estas facultades que la Administración proyecta hacia los administrados afectará de manera ineludible al contribuyente, al responsable o al tercero con deberes formales que obligatoriamente deberán cumplir a riesgo de ser sancionados.
Deberes Formales de los Contribuyentes, Responsables y Terceros.
Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir con los deberes formales relativos a las tareas de determinación, fiscalización e investigación que realice la Administración Tributaria, conforme a la Ley, y en especial deben: 1. Llevar en forma debida y oportuna los libros y registros especiales a actividades y operaciones que se vinculen a la tributación y mantenerlos en el domicilio del contribuyente. 2. Inscribirse en los registros pertinentes, a los que aportarán los datos necesarios y comunicarán oportunamente sus modificaciones. 3. Colocar el número de inscripción de los documentos y en las actuaciones ante la Administración Tributaria o en los demás casos en que se exija hacerlo; 4. Solicitar a la autoridad que corresponda permisos previos o de habilitaciones de locales; 5. Presentar, dentro del plazo fijado, las declaraciones que correspondan; 6. Emitir los documentos exigidos por las leyes tributarias especiales, cumpliendo con los requisitos y formalidades en ellas requeridos; 7. Exhibir y conservar en forma ordenada mientras el tributo no esté prescrito, los libros de comercio, los libros y registros especiales, los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos gravados; 8. Facilitar a los funcionarios fiscales autorizados las inspecciones o verificaciones en cualquier lugar, establecimientos comerciales o industriales, oficinas,
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depósitos, buques, aeronaves y otros medios de transportes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo N° 112 del C.O.T.; 9. Exhibir en las oficinas o ante los funcionarios autorizados las declaraciones, informes, documentos o comprobantes de legítima procedencia de mercancías, relacionadas con hechos generadores de las obligaciones o aclaraciones que les fueron solicitadas; 10. Comunicar cualquier cambio en la situación que pueda dar lugar a la alteración de su responsabilidad tributaria, especialmente cuando se trate del inicio o termino de las actividades del contribuyente; 11. Comparecer a las oficinas fiscales cuando su presencia sea requerida; y 12. Dar cumplimiento a las resoluciones, órdenes, providencias y demás decisiones dictadas por los órganos y autoridades tributarias, debidamente notificadas. Contribuyente
Villegas (ob. cit) lo define como el destinatario legal del tributo, o sea, el deudor por deuda propia, que deben por disposición de la Ley, cumplir las obligaciones tributarias.
El término contribuyente guarda relación con la investigación, debido a que la empresa es sujeto pasivo de la obligación tributaria, sea en calidad de contribuyente o de responsable, a la cual la Ley le ha encargado el pago del I.V.A. y por tanto el cumplimiento de los deberes formales establecidos en las leyes tributarias
Los términos referidos en esta investigación, hacen referencia a los objetivos planteados y permitirá una visión completa de las formulaciones teóricas sobre las cuales ha de fundamentarse el conocimiento científico propuesto en la fase de observación, descripción y explicación, a través del análisis del cumplimiento de los deberes formales en materia de I.V.A.
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Bases Legales
Esta investigación se sustenta en las bases legales siguientes: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Código Orgánico Tributario y Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento. En este compendio de leyes se establecen obligaciones tributarias y deberes formales que debe cumplir todo contribuyente, y que fue sometido al análisis por parte del autor, a fin de identificar los plazos legales de presentación (datos) y deberes formales (registros, exhibición e información) con el objeto de desarrollar una revisión y evaluar del cumplimiento de los aspectos tributarios con el I.V.A. en la empresa Shipping and Port Trainning, C.A. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Toda obligación tributaria tiene su fundamento básico en el Principio de la generalidad previsto en la Constitución Bolivariana de Venezuela en su Artículo N° 133 en el cual se destaca el deber que tiene toda persona de coadyuvar a los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la Ley.
Esta norma constitucional consagra el deber de contribuir con los gastos públicos mediante el aporte tributario, que se traducen en el principio de generalidad, este principio del tributo de contribuir con las cargas públicas, constituye un requisito indispensable y necesario de la tributación, en aras de asegurar una correcta recaudación y provecho de los ingresos públicos. Asimismo, la citada Ley en su artículo N° 317 establece que “no podrá cobrarse impuesto, tasa ni contribución alguna que no estén establecido en la Ley ni concederse exenciones y rebajas, ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por la ley que crea el tributo correspondiente”.
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Código Orgánico Tributario
La obligación tributaria se encuentra regulada por el nuevo Código Orgánico Tributario (C.O.T.), publicado según gaceta oficial N° 37.305 del 17 de Octubre de 2001, en el artículo N° 13, que señala “la obligación tributaria surge entre el Estado, en las distintas expresiones del poder publico y los sujetos pasivos, en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la ley”, así como en su artículo N° 19, indica “es sujeto pasivo el obligado al cumplimiento de prestaciones tributarias, sea en calidad de contribuyente o responsable”.
En otras palabras, los artículos relacionan los sujetos que dan lugar a la configuración de una obligación tributaria, señalando al Estado u otra autoridad como sujeto activo o acreedor del tributo y por otra parte la contribuyente, como sujeto pasivo o deudor del impuesto. Es importante mencionar que los contribuyentes son los directamente obligados por su propia situación ante el Fisco y los responsables son aquellas personas que por su situación de presidentes y administradores de compañías, tutores de menores de edad, etc., tiene obligaciones que cumplir con el fisco en nombre de los propios contribuyentes quienes representan.
Ahora bien, la lista de deberes formales del Artículo N° 145 del C.O.T. no es exhaustiva, pues el encabezamiento del artículo ya dice que los contribuyentes deberán cumplir especialmente con los deberes referidos a la declaración del contribuyente, declaración para corregir otra, ilícitos o reincidencia.
Igualmente la referida ley en su artículo N° 146, extiende la obligación de cumplir los deberes
formales
a
los
administradores,
tutores,
mandatarios
y
demás
representantes de los contribuyentes, así como a cualquier interesado en que se cumplan dichos deberes por suponerle un posible perjuicio ante el Fisco.
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Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento Deberes Formales De la Declaración y Pago del Impuesto. Según el artículo N° 1, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.): “Se crea un impuesto al valor agregado, que grava la enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes, según se específica en esta Ley, aplicable en todo el territorio nacional, que deberán pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades, las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y demás entes jurídicos o económicos, públicos o privados, que en su condición de importadores
de
bienes,
habituales
o
no,
de
fabricantes,
productores,
ensambladores, comerciantes y prestadores de servicios independientes, realicen las actividades definidas como hechos imponibles en esta Ley”.
Con relación a la declaración y pago del impuesto al valor agregado (I.V.A.), cabe destacar que la Ley del I.V.A. en sus artículos N° 47, 48, 49 y 50 y su Reglamento, señala que los contribuyentes de este impuesto y sus responsables, “…deberán presentar declaración jurada por las operaciones gravadas y exentas, realizadas de cada periodo mensual de imposición, dejando constancia de la suma de débitos y créditos fiscales. Asimismo, dicha declaración y pago deberá efectuarse en el formulario de la declaración y pago, medios y sistemas autorizados por el Ministro de Finanzas, y presentarse dentro de los quince (15) días continuos siguientes al periodo de imposición…” como lo establece el Artículo N° 60 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (R.L.I.V.A.).
En este orden de ideas, en los anteriores artículos se establecen los Deberes Formales a cumplir como contribuyente del I.V.A. Dichos deberes formales, que en definitiva se traducen en la creación de mecanismos de control, están básicamente orientados a dos aspectos: El Registro de Contribuyentes y la Emisión de Documentos y Registros Contables.
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De acuerdo a la investigación, es deber formal de presentar declaración y el pago del impuesto, en los períodos de imposición, aún cuando no haya surgido o hubiera lugar al pago de dicho impuesto, sea porque no se haya generado ninguna venta gravada (debito fiscal), o que las compras o adquisiciones gravadas (crédito fiscal), sea superior a éste o también que el contribuyente ordinario no hubiere realizado operaciones gravadas en uno o mas períodos tributarios, salvo que haya cesado en sus actividades y comunicado a la Administración Tributaria. De igual forma, el Ministerio de Finanzas, establece los medios y formularios y sistemas a ser utilizados para cumplir con el tributo y para el pago dentro de los quince (15) días continuos del período de imposición. Del Registro de Contribuyente
La Ley del I.V.A. en sus artículos N° 51, 52 y 53 y su Reglamento establece que la Administración
Tributaria
dictará
las
normas
aplicables
al
Registro
de
Contribuyentes para los fines establecidos en la Ley. A tal efecto se establece en el reglamento que: “…Los contribuyentes deberán proporcionar a la Administración Tributaria para su inscripción en el Registro de Contribuyentes, las informaciones que ella establezca por Resolución, para el mejor control, fiscalización y recaudación del impuesto…”
Cuando sean necesario, deberán presentar copias de los documentos pertinentes, tales como: 1. El Contrato social, poderes y otros elementos. 2. Respecto de personas naturales. 3. Nombres y apellidos completos. 4. Cedula de Identidad. 5. Sexo. 6. Nacionalidad. 7. Domicilio fiscal y estado civil.
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Respecto de personas jurídicas, deberán: 1. Razón social. Siglas o nombre comercial, y si tuvieren: 2. Documento o contrato de constitución, indicación si es sociedad o entidad privada, estatal o mixta. 3. Tipo de sociedad e individualización de los socios gerentes o de los que integran el directorio, si se trata de sociedades anónimas o en comandita por acciones.
Deberá constar en dicho Registro: 1. La dirección del establecimiento y números telefónicos. 2. Fecha de iniciación de las actividades. 3. Fecha del cierre del ejercicio fiscal del impuesto sobre la renta. 4. Número y fecha de inscripción en el Registro Mercantil. 5. Cantidad de establecimientos o sucursales y direcciones de estos últimos 6. Actividades o giro económico principal y secundario domicilio fiscal. 7. Nombre y apellidos completos. 8. Domicilio del representante legal o apoderado del contribuyente. 9. Número de inscripción en el Registro de Contribuyente, tanto del propio contribuyente, como de los socios y representantes legales de las personas jurídicas.
La Ley del I.V.A. establece que los contribuyentes deberán comunicar a la Administración Tributaria, dentro del plazo que se establezca, todo cambio en los datos proporcionados al registro y, en especial, el referente al cese de sus actividades. Emisión de los Documentos y Registros Contables
La Ley del I.V.A. en sus Artículos N° 54, 55, 56, 57 y 58, conjuntamente con su Reglamento establece que los contribuyentes deberán emitir facturas por sus ventas, por la prestación de servicios y por las demás operaciones gravadas y llevar
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en forma debida y oportuna los libros y registros especialmente de acuerdo a las normas legales y a los principios de contabilidad generalmente aceptados.
Igualmente las operaciones gravadas con distintas alícuotas, deberán indicarse separadamente, agrupándose por cada una de las alícuotas. Los referidos resúmenes deberán coincidir con los datos que se indicaran en el formulario de declaración y pago, medios y sistemas autorizados por el Ministerio de Finanzas para la declaración y pago mensual del impuesto.
Igualmente la Administración Tributaria podrá autorizar el uso como documento equivalente a facturas, los comprobantes generados por sistemas, equipos o maquinas fiscales, siempre y cuando reflejen las características, requisitos y especificaciones que los mismos deberán cumplir.
De la misma forma, la Administración Tributaria podrá simplificar los requisitos exigidos en la impresión y emisión de las facturas y comprobantes de venta de bienes y prestación de servicio, tomando en consideración las características de los contribuyentes y de las operaciones que realicen con los adquirientes de bienes y servicios, siempre que no se afecte el correcto control, la fiscalización y la recaudación de impuesto.
Los contribuyentes del impuesto además de los libros exigidos por el Código de Comercio, deben llevar los libros, registros y archivos adicionales que sean necesarios y abrir las cuentas especiales del caso para el control del cumplimiento de las disposiciones de la Ley del I.V.A. y sus normas reglamentarias.
Se debe conservar copias de facturas y documentos emitidos, mientras no esté prescrito el impuesto.
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Llevar en forma debida y oportuna los libros y registros especiales a actividades y operaciones que se vinculen a la tributación y mantenerlos en el domicilio del contribuyente.
Exhibir y conservar en forma ordenada, mientras el tributo no este prescrito, los libros de comercio y registros especiales, los documentos y antecedentes de las operaciones o sustituciones que constituyan hechos gravados.
En los libros se hará un resumen del respectivo período de imposición, indicando el monto de la base imponible y del impuesto, ajustada con las adiciones y deducciones correspondientes; el debito y el crédito fiscal, así como el resumen de las ventas de bienes y prestaciones de servicios exentas, exoneradas y no sujetas al impuesto y del monto de las exportaciones de bienes y servicios.
Asimismo la administración tributaria podrá establecer un modelo único, así como los medios y sistemas en que deben llevarse los libros de compras y de ventas.
También la Administración Tributaria establece las normas referentes a la impresión y emisión de facturas y otros documentos. La misma señala que deberá contener la denominación de: 1. Factura. 2. Documento equivalente de Factura. 3. Nota de debito, nota de crédito. 4. Soporte o comprobante. 5. Orden de Entrega o guía de despacho.
En todo caso, la factura o documento de que se trate debe contener como mínimo requisitos, formalidades y especificaciones conforme a lo previsto en la Ley del I.V.A., a saber:
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1. Numeración consecutiva, número de control consecutivo y único, por cada documento impreso, que se inicie con la numeración de control. El orden de los documentos deberá comenzar con el número de control 01, el total de los números de control asignados y expresado de la siguiente manera “desde el N°… hasta el N°…”
2. Con respecto a las facturas y demás documentos de que se trate, deberán emitirse por duplicado, salvo las Órdenes de entrega o Guías de despacho que se emitirán por triplicado, con el nombre completo y domiciliado fiscal del vendedor o prestador de servicio.
3. En caso de ser persona natural, nombre completo y domicilio fiscal del emisor y si por el contrario se trata de una persona jurídica o comunidad, sociedad de hecho o irregular, consorcio u otro ente jurídico o económico, publico o privado, denominación razón social del emisor, domicilio fiscal y su número de R.I.F., con el número de resolución de autorización otorgada y la región a la cual pertenecen, entre otras cosas.
Sobre la base de la normativa anteriormente expuesta, se evalúa el cumplimiento de los deberes formales y demás disposiciones del Código Orgánico vigente en materia de I.V.A., a la empresa Shipping and Port Training, C.A., por lo que es de suma importancia el estricto apego y entendimiento para cumplir con los objetivos previstos en esta investigación.
Finalmente se considera necesario para el tema de investigación nombrar algunas multas tipificadas en nuestro Código Orgánico Tributario (2001) en sus artículos Nro. 99 al 107.
Declaración del Impuesto: El artículo N° 103 del C.O.T., por no presentar las declaraciones tendrá una multa de 10 U.T. a 50 U.T.
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Registro de Contribuyentes: En su artículo N° 100 del C.O.T. que estipula la inscripción en los registros de contribuyentes será penado con una multa de 50 U.T. a 200 U.T. En cuanto al caso específico del I.V.A. 2002 esta contemplado en los artículos Nro. 51, 52 y 53.
Registros Contables: En el Código Orgánico Tributario su artículo N° 102, establece que todo contribuyente que omitiere llevar los libros y registros especiales exigidos por la Ley y su Reglamento o no los conserve en el plazo previstos será penado con una multa de 50 U.T. a 250 U.T. Se puede analizar en forma precisa para el caso que nos concierne que para el I.V.A. 2002 lo estipula en su artículo N° 56. En el C.O.T. (2001) estipula que en caso de impuestos la reiteración de la presente infracción acarreará, además de la sanción pecuniaria, la clausura del establecimiento o sucursal por un máximo de tres (3) días continuos.
Emisión de Facturas: En su artículo N° 1 el C.O.T. estipula que el contribuyente que omita la entrega de facturas a que esta obligado por las leyes especiales, será penado con una multa de una (1 U.T.) por cada factura omitida hasta un máximo de (200 U.T.) si excede en un mismo período, el infractor será sancionado además con clausura de uno (1) hasta cinco (5) días continuos de la oficina local o establecimientos en que se hubiere cometido el ilícito.
Intereses Moratorios: En el caso de los intereses moratorios tipificados en el artículo N° 67 del C.O.T. establece, la falta de pago de la obligación tributaria, sanciones y accesorias dentro del término establecido para ello, para surgir, sin necesidad de requerimiento previo de la Administración Tributaria, la obligación de pagar intereses de mora desde la fecha de sus exigibilidad hasta la extensión total de la deuda, equivalente a la tasa máxima activa, bancaria incrementada en uno punto dos veces aplicables
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respectivamente, aplicables en cada uno de los períodos en que dichas tasas estuvieron vigentes.
Con relación al incumplimiento de los deberes formales, nuestro Código Orgánico Tributario lo tipifica en su artículo N° 103: “Es toda acción u omisión de sujetos pasivos o terceros, que violen las disposiciones que establecen tales deberes contenidas en este código, en las leyes especiales sus reglamentos o en disposiciones generales de sus organismos administrativos competentes”.
En tal sentido, constituyen ilícitos formales todos los relacionados con la obligación de
presentar
declaraciones,
pagos,
comunicaciones,
entre
otros;
dichas
disposiciones legales están establecidas tanto en el Código Orgánico Tributario, como en la Ley del Impuesto al Valor Agregado y en su reglamento. También constituye esta infracción la realización de actos tendientes a obstaculizar o impedir las tareas de determinación, fiscalización o investigación de la administración tributaria.
Uno de los riesgos de mayor importancia que tienen las empresas en Venezuela son las sanciones, tanto pecuniarias como administrativas, por haber incumplido deberes formales impuestos por las leyes tributarias, y en este caso no escapan a ello los deberes formales que son establecidos por la Ley de Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), los cuales de no ser cumplidos por los administradores, conllevan a la imposición de sanciones por parte de la Administración Tributaria.
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Sistema de Variables Tamayo y Tamaño (1995) señala que “variable es un aspecto o dimensión de un fenómeno que tiene como característica la capacidad de asumir distintos valores, ya sea cuantitativa o cualitativamente. Es la relación causa – efecto que se da entre uno o más fenómenos estudiados”. (p.84).
La validez de una variable depende sistemáticamente del marco teórico que sustenta. Las variables que se manipularon en este estudio, están referidas a evaluar el cumplimiento de los deberes formales establecidos en el ley del I.V.A. en la empresa Shipping and Port Training, C.A. De igual manera, la Universidad Santa María (2001) señala que: “las variables representan a los elementos, factores o términos que pueden asumir diferentes valores cada vez que son examinados, o que reflejan diferentes manifestaciones según sea el contexto en que se va a representar.” (p.17).
En los trabajos de investigación las variables se presentan incorporadas a los objetivos planteados. Una vez identificadas, cada una debe ser definida conceptualmente.
En este sentido, la definición conceptual de la variable constituye la expresión del significado que el investigador le atribuye y con ese sentido debe entenderse durante todo el trabajo.
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Cuadro 1: Identificación y Conceptualización de las Variables Título
Objetivo General y específicos
Variables
Cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley de Impuesto al Valor Agregado en la empresa de capacitación Shipping and Port Training, C.A.
*General: Evaluar el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley de Impuesto al Valor Agregado en la empresa de capacitación Shipping and Port Training, C.A.
Obligaciones Tributarias
Definición
Fuente de
Conceptual
Investigación
La obligación tributaria surge entre el Estado, en las distintas expresiones del Poder Público, y los sujetos pasivos, en cuanto ocurra el presupuesto de hecho previsto en la Ley.
*Específicos: 1. Diagnosticar el conocimiento de los deberes formales establecidos en la Ley de Impuesto al Valor Agregado en la empresa Shipping and Port Training, C.A. según el Código Orgánico Tributario.
2. Analizar las obligaciones (deberes formales) del contribuyente establecidas en la Ley del I.V.A.
Impuesto Valor Agregado (I.V.A.)
Deberes Formales
3. Examinar las disposiciones legales relacionadas con el I.V.A. en cuanto al cumplimiento de los deberes formales a los que la empresa esta sujeta, a fin de identificarlas.
Fuente: Salazar Nelida (2009)
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al
Impuesto que por Ley el sujeto pasivo de la obligación tributaria esta obligado a pagar y cumplir con los deberes formales que de él se genere.
Conjunto de normas y procedimientos que la Ley ha previsto para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tales como presentar declaraciones, llevar los libros comunicar cambios de dirección.
-Leyes -Códigos -Normas -Textos -Asesores -Académicos Tributarios
CAPÍTULO III
MARCO METODOLÓGICO
Tipo de Investigación
La naturaleza de la investigación es de tipo documental. Es de naturaleza documental por la necesidad de análisis, interpretación de las normas que regula la materia del impuesto al valor agregado, así como también la consulta y revisión de artículos, textos e investigaciones referidos al tema de análisis y de documentos internos de la empresa. Sabino (1992) plantea: “Los estudios documentales son aquellos realizados en base a datos secundarios, es decir obtenidos por otros y que llegan al investigador elaborados y procesados; generalmente de documentos escritos, informes científicos que deben analizar, sistematizar o reinterpretar” (p.89). Diseño de la Investigación
La investigación es de campo con carácter descriptivo. Es de campo, por cuanto el autor obtendrá datos de manera directa en la propia empresa, a través de la observación directa de las actividades llevadas a cabo por parte del personal relacionado con el departamento de administración y la unidad de tributos, lo cual permitió analizar la naturaleza y factores que constituyen la investigación planteada en el propio ambiente donde se desarrollan los acontecimientos y obtener datos e informaciones originales y de primera mano. Así mismo, Sabino (1992) señala que: “los diseños de campos son los que se refieren a los métodos a emplear cuando los datos de interés se recogen en forma directa de la realidad, mediante el trabajo correcto del investigador y su equipo” (p.93).
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Es descriptiva, ya que busca identificar características particulares de la situación planteada y describir la información obtenida y la situación general de la empresa investigada, estableciendo como criterio para el estudio una base que permite estudiar la naturaleza y factores constituyentes del cumplimiento de los deberes formales por parte de la empresa Shipping and Por Training, C.A. Para Munch y Ángeles (1993), la investigación descriptiva “es aquella que explica las características más importante del fenómeno que se va estudiar en lo que respecta a su aparición, frecuencia y desarrollo”. (p. 30). La Población
La población constituye el objeto de la investigación, y de ella se extraerá la información requerida para su respectivo estudio. Para efectos de esta investigación, la población esta constituida por la totalidad de las personas que laboran para la empresa Shipping and Por Training, C.A., por estar vinculados con los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A.
La empresa ha sido previamente clasificada por la Administración Tributaria, bajo el criterio de ser un contribuyente ordinario que aporta ingresos en materia de I.V.A. al Estado Venezolano. En este sentido, Tamayo (1995) afirma que: “la población es una colección de todos los elementos que se están estudiando y acerca de los cuales se intenta extraer conclusiones” (p.114). Técnicas e Instrumentos para Recolectar la Información
Las técnicas e instrumentos de recolección de información son herramientas de las cuales se vale el investigador para medir y diagnosticar la situación actual y extraer de ellos la información.
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El sistema de recolección de datos en un contexto natural, Hurtado (1998), define: Es un procedimiento propio de los diseños llamados de campo cuyos propósitos pueden ser describir, analizar, comprar, explicar, entre otros, ciertos eventos por medio de datos de fuentes directas, por lo cual la estrategia de recolección de datos esta dirigida a ubicar el evento en su ambiente natural y determinar la viabilidad de la observación directa. (p.162) Para el desarrollo de esta investigación las técnicas e instrumentos para recopilar la información necesaria, fueron las siguientes: 1. Investigación documental: a) De fuente primaria: se revisaron libros contables, libros de compras, libros de ventas, declaraciones de impuesto al valor agregado y b) De fuente secundaria: se revisaron leyes, textos y revistas especializadas, informes.
2. Técnica de observación directa, la cual es aquella en que el investigador puede observar y recoger datos, a fin de recopilar y levantar información necesaria y de importancia mediante su propia observación. Para esta investigación la información obtenida fue través de los libros contables y declaraciones de I.V.A., facturas, comprobantes, registros, entre otros.
Padua (1989) señala que: …la observación directa puede ser no participe, la cual es aquella en la que el investigador hace uso de la observación directa sin ocupar un determinado status o función dentro de la organización en donde se hace la investigación” (p.55) 3. La entrevista no estructurada. En esta investigación se aplicó un cuestionario no estructurado para la entrevista, considerándose el instrumento de recolección de datos más idóneo, por cuanto a través de la misma y dado los objetivos de la investigación que se pretende alcanzar, se requirió suficiente información que solo podía ser suministrada por informantes claves del área de tributo y administración de la empresa en estudio, quienes por medio de la misma respondieron sobre los objetivos planteados.
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Las entrevistas se efectuaron al Departamento de Administración y a la Unidad de Tributos. Bavaresco (1994) define el cuestionario como “instrumento, herramienta o medio que recoge información (directa por el encuestador e indirecta por correo)” (p.104).
En este sentido, se diseñó un cuestionario de diez (10) preguntas las cuales permitieron evaluar el grado de cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
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Validación del Instrumento
La validez se refiere al grado en que un instrumento realmente mide la variable que pretende medir.
La variable de contenido se determina antes de la aplicación del instrumento sometiendo el mismo a juicio del experto. En este caso, se efectuó la validación del instrumento por tres (03) especialistas: dos en tributaria y uno metodológico, para verificar el contenido y las coherencias de los mismos.
El grupo de expertos coincidió en que el instrumento puede medir confiablemente las variables.
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Técnicas de Procesamiento y Análisis de Datos
La información recabada para el análisis de los deberes formales establecidos en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en la empresa Shipping and Port Training, CA., se clasificó y se organizó de tal manera que permitiera un manejo sencillo de la información, con el fin de evaluar cumplimiento de los deberes formales en materia de I.V.A., llevado a cabo por la empresa. El criterio o técnicas de análisis utilizado en el proceso, fue el análisis de confrontación o contraste, el cual consiste en analizar y confrontar la información a través de las entrevistas no estructuradas, el cuestionario, la observación directa y la revisión documental; lo que permitió hacer una evaluación ordenada, coherente, lógica y analítica del tema investigado, y determinar en forma objetiva y sistemática la jerarquía de los aspectos desarrollados que se plasmó de acuerdo al esquema conceptual expuesto en las bases teóricas, con el fin de dar respuesta a los objetivos planteados.
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Procedimiento de la Investigación
Para llevar a cabo esta investigación se ejecutaron los siguientes procedimientos:
1. Solicitud a la Unidad de Tributos para llevar a cabo la investigación. Se seleccionó el tema de acuerdo a la situación en estudio y se establecieron los objetivos a desarrollar durante la investigación.
2. Investigación y recopilación de las referencias teóricas que comprenden la fundamentación de la investigación, además de la búsqueda de los antecedentes relevantes para el estudio y la conceptualización con las variables.
3. Definición de la metodología a seguir, se diseñaron las técnicas e instrumentos de recolección de la información con el fin de recabar la información relacionada con la investigación, mediante la observación directa, la recopilación documental, la entrevista no estructurada y el cuestionario del cual se obtuvo información relevante para el estudio.
4. Finalmente, luego de aplicada las técnicas e instrumentos de la investigación, se obtuvieron los resultados, presentando un análisis general de las mismas, mostrando las conclusiones y proponiendo las recomendaciones que apoyan la resolución del la problemática planteada.
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CAPÍTULO IV
LOS RESULTADOS
Análisis e Interpretación de los Resultados
EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES FORMALES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
A continuación se muestran los resultados obtenidos de la investigación que se recolectó de los procedimientos seleccionados en el capítulo III (Marco Metodológico) para la consecución del objetivo general y específicos, luego de haber aplicado las técnicas e instrumentos: investigación documental, la observación directa, la entrevista y el cuestionario.
En primer lugar, se realizó una recopilación documental y bibliográfica para el levantamiento de la información con la finalidad de dar secuencia lógica a la investigación realizada. Luego se clasificó y organizó de tal manera que permitiera un manejo sencillo de la información con el fin de evaluar el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la ley del I.V.A., llevados a cabo por la empresa en estudio. La información recopilada fue confrontada a través de la observación directa, la entrevista y el cuestionario;
éste último fue aplicado a las personas
involucradas con el área de tributos, lo que permitió una evaluación ordenada, coherente, lógica y analítica, y dar respuesta a los objetivos planteados en la investigación. Con respecto al objetivo N° 1, Diagnosticar el conocimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A. por parte de la empresa Shipping and Port Training, C.A según el Código Orgánico Tributario.
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Se observa que la empresa se preocupa por estar informada y al día con sus obligaciones fiscales, recurriendo ya sea a su recurso humano o a firmas o asesores privados, lo cual les brinda más seguridad y garantiza el cumplimiento de sus obligaciones con el fisco, específicamente en lo referente a materia de I.V.A. Aún cuando no puede pagar un especialista tributario debido a los altos costos que acarrearía en su nómina, ve necesario la contratación de uno externo, que le permita proveer el conocimiento y la importancia sobre determinada norma, a fin de documentarse sobre la misma y poder así cumplir con sus obligaciones tributarias. Atendiendo a lo señalado en el objetivo N° 2, Analizar las obligaciones (deberes formales) del contribuyente establecidas en la Ley del I.V.A.
Se puede observar que la empresa Shipping and Port Training, C.A., presenta las declaraciones correspondientes y emiten los documentos exigidos por las leyes tributarias especiales. De igual manera, exhiben y conservan libros de comercio, libros y registros especiales, documentos y antecedentes de las operaciones que constituyen hechos gravados y además facilitan las inspecciones a los funcionarios fiscales autorizados. Se constata que en la empresa antes citada se llevan los libros y registros especiales vinculados a la tributación, estando inscritos en los registros pertinentes. De lo señalado se infiere que la empresa antes citada ubicada en Puerto Ordaz, Estado Bolívar, cumple con los deberes formales estipulados en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.)
Para el objetivo N° 3. Examinar las disposiciones legales relacionadas con el I.V.A., en cuanto al cumplimiento de los deberes formales a los que la empresa esta sujeta, a fin de identificarlos.
Análisis formal: consiste en recabar, clasificar, organizar y sintetizar la información obtenida en la revisión, así como de las disposiciones legales pertinentes al tema de estudio. En este aspecto, en la presente investigación, se procedió de la siguiente manera:
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1. Revisión de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y su Reglamento. 2. Revisión del Código Orgánico Tributario. 3. Revisión de las distintas declaraciones relacionada con el tributo sujeto a estudio, así como de los borradores, soportes preparados para su cálculo y elaboración y demás documentación relacionada con el área tributaria.
Análisis de Contraste: La información obtenida a través de cuestionario, la observación directa y el conocimiento previamente adquirido por el autor al desempeñarse como investigador, para identificar los deberes formales que la empresa cumple actualmente, fue confrontada con la información obtenida de la revisión y análisis de las disposiciones legales relativas a la materia del I.V.A.
Lo anterior, conjuntamente con las indagaciones directas y la aplicación del cuestionario al personal clave relacionado con el área impositiva dentro de la empresa, permitió identificar los deberes formales que la empresa está obligada a cumplir.
Se observa el cumplimiento de los deberes formales establecidos en el artículo N° 145 del C.O.T., con relación a la disposición del Registro de Información Fiscal, libros legales, facturación, libros de compras y ventas. En cuanto al objetivo general, al evaluar el cumplimiento de los deberes formales contenidos en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), es favorable.
Para dar esta respuesta se consideró un análisis de los resultados obtenidos del conocimiento de la materia del I.V.A., del cumplimiento de deberes formales y de la asesoría tributaria de la empresa.
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CAPÍTULO V
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones
Una vez finalizado el proceso de estudio mediante la aplicación de las técnicas e instrumentos elaborados y el análisis posterior de la información obtenida de la empresa caso de estudio, se diagnosticaron una serie de conclusiones que permitieron el cumplimiento de los objetivos planteados en esta investigación. En cuanto al Objetivo N° 1, Se determinó que conocen la existencia de los deberes formales, resaltando que a pesar del desinterés de la Administración Tributaria en publicitar o divulgar esta normativa, proceden a contratar agentes externos mediante recursos y firmas externas de auditoria que les permite adquirir el conocimiento en materia de I.V.A. y evitar ser sancionados por el ente recaudador, tratando en lo permisible y de acuerdo a sus posibilidades, el adiestramiento de su personal interno. Con respecto al Objetivo N° 2, en lo que atañe a las obligaciones del contribuyente establecidas en la Ley del I.V.A., cumplen con los deberes formales relativos a las tareas de fiscalización
llevados a cabo la Administración Tributaria, sobre todo
aquellos relativos a la forma como deben ser llevados los libros y registros especiales de acuerdo a las normas legales y a los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como enterar los impuestos en la fecha en que corresponda. En referencia al objetivo N° 3, se identificaron los principales deberes formales con relación a las disposiciones del R.I.F., libros de compras, libros de ventas, facturación, libros legales, declaraciones de I.V.A., y demás documentos en materia de I.V.A. EL cumplimiento de los primordiales deberes formales en su mayoría se
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cumple debido a la exigencia de requisitos por parte de la Oficina Central de Información (O.C.E.I.) y organismos del sector público para lo cual solicitan todo lo relativo a los deberes formales con la administración tributaria. En cuanto al objetivo General, se determinó que el cumplimiento de los deberes formales en materia de I.V.A. en la empresa de capacitación Shipping and Port Training, CA es favorable.
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Recomendaciones
De acuerdo a la información captada a la aplicación de las técnicas e instrumentos de recolección de datos, se recomienda lo siguiente:
Para el Objetivo N° 1: Dada la inminente necesidad de contratar asesores externos en materia tributaria, estos deben ser especialistas en el área tributaria. Así mismo, el asesor debe brindar una atención especializada al cliente a fin de evitar posibles sanciones por incumplimiento de los deberes formales. Para el Objetivo N° 2: Seguir cumpliendo con los primordiales deberes formales básicos relativos a las tareas de fiscalización y recaudación que lleva a cabo la Administración Tributaria, para evitar sanciones por incumplimiento de una de ellas.
Para el Objetivo N° 3: Cumplir con las disposiciones de los deberes formales, es decir, con los requisitos, formalidades y especificaciones que cada uno de ellos deben contener a fin de cumplir con la ley que regula las normas y sus regulaciones. Respecto al Objetivo General: Seguir manteniendo la eficiencia en el cumplimiento de los aspectos tributarios relacionados con el I.V.A.,
determinar las contingencias fiscales que podrían
generar algún incumplimiento, permitiendo de esta manera la regularización de cualquier situación anormal por parte de la gerencia de la empresa y evitar ser sancionada.
Y se recomienda a la Administración Tributaria realizar con mayor frecuencia campañas de divulgación, con el fin de ofrecer una guía informativa a los contribuyentes y así disminuir el grado de desconocimiento y de inactividad en
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materia del I.V.A. y por consiguiente lograr a través de la aplicación de la normativa del I.V.A., un control sobre el cumplimiento de los deberes formales como órgano contralor de este tipo de actividades.
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por
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Región
Centro
Occidental
Barquisimeto
y
el
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ANEXOS
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ANEXO A CUESTIONARIO DEL CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES FORMALES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.)
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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Educación Superior Universidad Nacional Experimental de Guayana
Señores: SHIPPING AND PORT TRAINING, C.A. Ciudad.-
El presente cuestionario consta de diez (10) preguntas abiertas, el cual está dirigido a las personas involucradas con el área de tributos.
El propósito de dicho instrumento es evaluar el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A.
A continuación se formulan una serie de preguntas, las cuales se agradece responder con la mayor sinceridad y claridad posible. Su información es de gran ayuda y podrá contribuir con las metas para alcanzar mejores niveles de desempeño en la organización.
Escriba en lo posible en letra molde, en lápiz gráfico, evite las enmiendas y tómese el tiempo que considere necesario para dar sus respuestas.
Gracias por su atención y colaboración,
Nelida Salazar García Autora
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CUESTIONARIO
1. ¿Describa los deberes formales establecidos en la Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), que realiza la empresa?
2. ¿Diga si se le incentiva permanentemente al cumplimiento de los deberes formales en materia de I.V.A.?
3. ¿Diga si recibe charlas de orientación tributaria a través del SENIAT en materia de los deberes formales en el I.V.A.?
4. ¿Diga si la empresa dispone de un asesoramiento interno o externo en materia tributaria?
5. ¿Diga si ha sido sancionado por la administración tributaria por incumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A.?
6. ¿Describa si cumple con un manual de deberes formales del I.V.A.?
7. ¿Diga si conserva los libros y documentos mientras no estén prescritos?
8. ¿Diga si notifica a la administración tributaria de cualquier cambio que sea alteración de su responsabilidad tributaria?
9. ¿Diga si coloca el N° R.I.F. en la factura y en los demás documentos exigidos por las leyes tributarias especiales en materia de I.V.A.?
10. ¿Diga si cumple con los plazos establecidos en la declaración y pago del I.V.A.?
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ANEXO B VALIDEZ DEL CONTENIDO DEL CUESTIONARIO
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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior Universidad Nacional Experimental de Guayana
Validación del Instrumento
Nos dirigimos a usted con la finalidad de realizar por medio de este formato la validación del instrumento de recolección de datos, el cual será un cuestionario conformado por diez (10) preguntas abiertas, y que está dirigido a las personas involucradas en el área de tributos, con el propósito de evaluar el cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A.
ASPECTOS A EVALUAR 1. 2. 3. 4.
SI
NO
Redacción y coherencia Pertinencia del instrumento Cumplimiento de los objetivos Vinculación con las variables
Esta información será presentada en el Trabajo Especial de Pasantía titulado: “Cumplimiento de los deberes formales establecidos en la Ley del I.V.A., en la empresa de capacitación Shipping and Port Training, C.A.”
Sin otro particular a que hacer referencia, esperando de su colaboración se despide, atentamente la autora Nelida Salazar García.
Fecha:
Firma:
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