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Especial Seguimiento a los resultados de la política pública
de Seguridad Vial en Colombia Consideraciones en la implementación de la Política Pública y actores responsables:
Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional
(Avance 1)
Informe No. 6
Septiembre 17 de 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA Contraloría General de la República Sandra Morelli Rico Contralora General de la República Carlos Felipe Córdoba Larrarte Vicecontralor General de la República Carlos Mario Zuluaga Pardo Contralor Delegado para la Participación Ciudadana Daniel Humberto Restrepo Mira Director Promoción y Desarrollo Elaboración de este documento: Yolanda Gutiérrez Solano Sandra Velásquez Zapata Nydia Marisol García Garnica Martha Consuelo Bautista Pedraza Participación especial en este informe de la Contraloría Delegada del Sector Defensa, Justicia y Seguridad Blanca María González Aldana Juan Alejandro Morales Sierra Diseño y diagramación Ana Kelly Rojas Cubillos Mapas Carlos Jesús González Afanador Fotos Nidia Marisol Garcia Garnica Internet
Contenido
Introducción
5
Consideraciones en la implementación de la política
7
Normatividad Institucionalidad Planes estrategicos Medidas concretas
7 7 7 8
Marco normativo
10
Aspectos presupuestales de la ditra
15
Superávit por simit
20
Programas de prevención de Dirección de Transito
22
Constitución nacional Código nacional de tránsito Decreto 4222 de 2006 Resolución 0202 del 26 de enero de 2010 Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 – Ley 1450 De 2011
10 10 11 12 13
Identificación alta accidentalidad e irrespeto a las normas de tránsito 26 Comparendos
31
Observaciones
34
Referencias bibliografícas Abreviaturas
36 38
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Introducción En el especial seguimiento a la política pública de seguridad vial, en la parte inicial de este sexto informe exprés, se consolidan los principales aspectos a ser tenidos en cuenta en la gestión y logros de la política. Con el marco general presentado en los informes anteriores, a partir de este documento, se presentarán las entidades competentes en la gestión de dicha política a nivel nacional. La primera entidad abordada, es la Policía Nacional - Dirección de Tránsito y Transporte –DITRA-, en este documento se analiza su competencia, marco normativo, presupuestal y de gestión en las vigencias 2008 hasta junio de 2012. Como un primer avance se refiere esta información que servirá de punto de partida para ahondar en la gestión de la entidad posteriormente y el impacto de sus acciones en los diferentes niveles territoriales.
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Consideraciones en la implementación de la política Normatividad En Colombia existe un marco normativo y reglamentario amplio asociado a la gestión de la seguridad vial de manera directa e indirecta, el cual rige y condiciona el actuar de todos los niveles del Estado. Este extensa normatividad puede generar limitaciones en su aplicación por parte de los entes competentes. Un reto y oportunidad que en materia normativa tiene el país para actualizar, consolidar y responder a las necesidades de seguridad vial es la actual Reforma al Código de Tránsito que cursa en el Congreso de la República a través del proyecto de Ley 153. Frente a este panorama no es ajena la implementación del Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2016, es así como, de sus 29 perfiles de medidas y acciones (componentes de las cinco líneas estratégicas: - Aspectos Institucionales, Comportamiento Humano, Vehículos y Equipos Seguros, Infraestructura Vial y Sistema de Atención a Víctimas), veintidós (22) de ellas requieren la expedición de algún tipo de normatividad del orden nacional.
Institucionalidad En relación con el marco institucional para la ejecución de la Política de Seguridad Vial, es imperativo el fortalecimiento de una entidad líder en aspectos como el financiamiento sustentable, con recursos técnicos, estructura organizacional y capacidad de gestión y coordinación de primer nivel con los Ministerios involucrados, otras ramas del poder, entidades, gremios y sociedad civil en general, que permita dar respuesta sostenible y guíe los esfuerzos tendientes a la soluciones de la problemática de la Seguridad Vial en Colombia.
Planes Estrategicos El Ministerio de Transporte en cumplimiento de la política pública de seguridad vial generó un PNSV 2011-2016, del análisis realizado en el especial seguimiento se evidencia que desde la etapa de formulación presenta debilidades que pueden llevar a dificultades en su implementación, como las siguientes: 1. La participación limitada de los actores competentes para la etapa de ejecución del plan resaltando entre estos los diferentes entes territoriales y el Ministerio de Salud y Protección Social, máxime considerando que la morbimortalidad asociada a la inseguridad vial fue definida por la Organización Mundial de la Salud como un problema de salud pública. 2. Un débil diagnóstico en el análisis intersectorial de las variables poblacionales, territoriales, de infraestructura, vehículos, estadísticas en salud, víctimas fatales y no fatales, grupos de edad, género, tipología de usuario, tipología de vehículo, tipología de vía, tipología del accidente, hipótesis causal, temporalidad, entre otras; que permitieran evidenciar la problemática del país y generar una línea base para la toma de decisiones. Contraloría General de la República .. Despacho Vicecontralor
3. Falta de claridad y coherencia en la definición de las acciones contenidas en las cinco líneas estratégicas en aspectos como objetivos, recursos, responsables, indicadores de gestión e indicadores de resultados. 4. La etapa de implementación, evaluación, seguimiento, control y retroalimentación del PNSV 2011-2016 es reducida y se dificulta, sin la existencia de un cronograma, unos mecanismos definidos sumados a la falta de claridad y coherencias expresados en el punto anterior.
Medidas concretas La puesta en marcha, articulación y coordinación de esfuerzos y recursos a nivel nacional en el logro del indicador de disminución del 50% de las víctimas por accidentes de tránsito, se pueden ver afectadas por las consideraciones normativas, institucionales y de planeación estratégica previamente analizados.
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Marco normativo de la DITRA Constitución Nacional En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 24 de la Constitución Política, toda persona tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional. Este derecho fundamental no es absoluto; se encuentra sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para garantía de la seguridad y comodidad de todos los habitantes del territorio nacional, principalmente de los peatones y de los discapacitados físicos y mentales. Este derecho debe ponderarse igualmente frente a derechos de gran importancia como el derecho a un ambiente sano y la protección del uso común del espacio público. En efecto este derecho fundamental tiene límites. La Corte Constitucional se ha referido al tema: “Es claro que si no existiera una regulación adecuada de la circulación de personas y vehículos sobre las vías públicas, los derechos de los particulares, así como el interés colectivo, se verían gravemente afectados: la descoordinación de las fuerzas físicas que actúan en el escenario del tránsito vehicular y peatonal provocaría la accidentalidad constante de sus elementos y el medio ambiente no resistiría la ausencia de una normatividad que reglamentare la emisión de gases tóxicos por parte de los automotores, para poner sólo los ejemplos más evidentes. Fines tan esenciales al Estado como la prosperidad general y la convivencia pacífica (Art. 2º C.P.) serían irrealizables si no se impusieran normas de conducta claras y precisas para el ejercicio del derecho de circulación.”1 En relación con el derecho a la libre locomoción la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional se encarga de dirigir el servicio de Policía de Tránsito y Transporte a nivel Nacional en áreas urbanas y rurales de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito y Transporte. De acuerdo con el artículo 218 de la Constitución Nacional: “La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz….” Corresponde a la Policía Nacional como cuerpo armado de naturaleza civil, el mantenimiento del orden público, con el fin de garantizar las condiciones para que los habitantes del territorio nacional ejerzan sus derechos.
Código Nacional de Tránsito La Ley 769 de 2002 reformada mediante la Ley 1383 de 20102 establece que el Ministerio de Transporte –MIT- es la autoridad suprema de tránsito, corresponde a esta entidad: definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito. Así mismo, corresponde al MIT la vigilancia e inspección de la Política Pública. Dispone la norma, que las autoridades de tránsito promoverán la difusión y el conocimiento de la misma. El Código de Tránsito tiene como principios rectores: seguridad de los usuarios, movilidad, calidad, oportunidad, cubrimiento, libertad de acceso, plena identificación, libre circulación, educación y descentralización. 1. Sentencia 799 de 2003
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De igual manera, establece que la Policía Nacional es autoridad de tránsito en sus cuerpos especializados de policía de tránsito urbano y policía de carreteras, y le corresponde el control de las normas de tránsito y la aplicación de este Código, en todas las carreteras nacionales por fuera del perímetro urbano de los municipios y distritos. De otra parte, dispone que la facultad de Autoridad de Tránsito otorgada a los cuerpos especializados de la Policía Nacional se ejercerá como una competencia a prevención. En consecuencia, de conformidad con el Código de Tránsito, ésta debe velar por la seguridad de las personas y las cosas en la vía pública, o en las vías privadas abiertas al público. Sus funciones son de carácter regulatorio y sancionatorio, sus acciones deben ser orientadas a la prevención, asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías. Para el cumplimiento del régimen normativo, según el artículo séptimo, parágrafo 4 del citado Código: “Los organismos de tránsito podrán celebrar contratos y/o convenios con los cuerpos especializados de policía urbana de tránsito mediante contrato especial pagado por los distritos, municipios y departamentos y celebrado con la Dirección General de la Policía. Estos contratos podrán ser temporales o permanentes, con la facultad para la policía de cambiar a sus integrantes por las causales establecidas en el reglamento interno de la institución policial.” En relación con la ejecución de las sanciones, según lo determina el Artículo 159 en su parágrafo segundo: “Las multas serán de propiedad exclusiva de los organismos de tránsito donde se cometió la infracción de acuerdo con su jurisdicción. El monto de aquellas multas que sean impuestas sobre las vías nacionales, por parte del personal de la Policía Nacional adscrito a la Policía de carreteras, se distribuirá el 50% para el municipio donde se entregue el correspondiente comparendo y el 50% para apoyar la capacitación del personal de la policía de carreteras y los planes de educación y seguridad vial que adelanta esta Especialidad a lo largo de la Red Vial Nacional”.
Decreto 4222 de 2006 Dentro de la estructura de la Policía Nacional se encuentra la Dirección de Tránsito y Transporte3 - DITRA-. De acuerdo con el decreto 4222 de 2006 corresponde a esta Dirección dirigir el servicio de Policía de Tránsito y Transporte a nivel Nacional, en áreas urbanas y rurales, de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito. Esta Dirección puede suscribir convenios de cooperación, con entidades públicas y privadas, dirigidos a fortalecer las relaciones Policía –Autoridades de Tránsito– gremios del sector y comunidad en general. En relación con la seguridad vial, la DITRA debe diseñar y poner en marcha programas preventivos de seguridad vial, dirigidos a sensibilizar y concientizar a conductores, pasajeros y peatones que permitan la reducción de la accidentalidad. Igualmente, le corresponde desarrollar las políticas del Gobierno Nacional en materia de seguridad vial, así como asesorar a la Dirección General de la Policía Nacional en la definición y desarrollo de estrategias, programas y proyectos relacionados con la seguridad vial urbana y rural.
2. Tiene 28 artículos. Reforma los artículos 1,3,5, 17,19,22,26,28, capítulo VIII del título II artículo 50,51,52,53,54, 76,91,93,102,122,131,135. Capítulo IV del título sanciones y procedimientos: artículo 136, 152,159. Contiene un artículo transitorio, mediante el cual faculta a los Gobernadores y Alcaldes municipales y distritales, hasta el 31 de diciembre de 2009, para decretar amnistías a los infractores de tránsito y para adoptar medidas para el saneamiento de cartera de infracciones que no haya sido objeto de notificación del mandamiento de pago por vía ejecutiva y no supere los cinco años de ocurridos los hechos que dieron lugar a la actuación. 3. El artículo primero fue modificado por el decreto 216 de 2010.
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Le compete también, diseñar y elaborar planes y proyectos de inversión y desarrollo tecnológico, que permitan dar respuesta a las necesidades operativas y administrativas de esa Dirección. En el mismo sentido le corresponde desarrollar actividades de recolección, registro, evaluación y difusión de la información obtenida a través del Centro de Información Estratégica Vial “CIEV”. Debe evaluar y revisar periódicamente la pertinencia, oportunidad y efectividad de las políticas y estrategias del servicio de Policía de Tránsito y Transporte trazada por la Dirección General de la Policía Nacional y ejecutada por las Metropolitanas y Departamentos de Policía.
Resolución 0202 del 26 de enero de 2010 A nivel reglamentario esta resolución define la estructura orgánica interna y determina las funciones de la Dirección de Tránsito y Transporte en particular. Dispone que la DITRA es un cuerpo de policía especializado en transporte y tránsito cuya misión es contribuir con la movilidad, aplicación de las normas de tránsito, prevención de la accidentalidad de los usuarios en las vías y terminales en todos los modos de transporte, orientado a garantizar una cultura de la seguridad vial y propiciar conciencia colectiva de solidaridad, autorregulación y disciplina social. La DITRA en su estructura orgánica cuenta con una Subdirección, y algunas áreas: tránsito y trasporte urbano, tránsito y transporte rural, transporte multimodal, seguridad vial, operativa especializada, administrativa y financiera y las unidades desconcentradas (Comando Especial Aeropuerto el Dorado y las Seccionales de Tránsito y Transporte). La DITRA de conformidad con esta Resolución dirige el servicio de Policía de Tránsito en áreas urbanas y rurales de acuerdo con el Código de Tránsito. En materia de seguridad vial como se dijo, diseña y pone en marcha programas preventivos dirigidos a sensibilizar y concientizar a conductores, pasajeros, peatones y peatones que permitan la reducción de la accidentalidad. Adicionalmente y en concordancia con la Ley desarrollar las políticas del Gobierno Nacional en materia de seguridad vial. Igualmente dentro del área de seguridad vial responsable de coordinar y orientar la investigación técnica de accidentes de tránsito, se encuentra un Grupo de prevención vial que es el encargado entre otras funciones de la proyección de planes, programas y campañas dirigidos a la prevención de accidentalidad vial en la red vial nacional. En este sentido brinda asesoramiento técnico en materia de prevención de accidentalidad a las estaciones, grupos y unidades de tránsito y transporte, adscritas a las policías metropolitanas y departamentos de policía donde se preste el servicio. También diseña, orienta, lidera y evalúa a las Secciones de Tránsito y transporte, en cuanto a la acción, coordinación e implementación de programas y campañas para prevenir la accidentalidad vial.
Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 – Ley 1450 De 2011 De conformidad con el artículo 85 de la Ley del Plan se autoriza al Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas para estructurar y poner en funcionamiento el Centro Inteligente de Control de Tránsito y Transporte -CICTT, cuya operación corresponderá a la DITRA en coordinación permanente y continua con la Superintendencia de Puertos y Transporte con el propósito de contribuir a la seguridad vial y al control en cumplimiento de las normas de tránsito y transporte. Especial Seguimiento a los resultados de la Política Pública de Seguridad Vial en Colombia
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En las Bases del PND 2010-2014, en el aparte de Seguridad Vial, Infraestructura para proteger a los usuarios señala que el CICTT se estructurará como una plataforma tecnológica robusta de administración y gestión cuyo propósito es el de contribuir a la seguridad vial y al control en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte. Para la estructuración del CICTT el Ministerio de Transporte celebró el Convenio Especial de Cooperación N 181 de Diciembre 28 de 2011 con Colciencias y el Fondo Nacional de Financiamiento para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, Francisco José de Caldas, cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para realizar actividades de tecnología e innovación para el desarrollo de sistemas inteligentes de transporte, en el marco de lo dispuesto en el PND 2010-2014, a través de los esfuerzos conjuntos del Ministerio de Transporte y de COLCIENCIAS, en las siguientes líneas de trabajo: a) Investigación y desarrollo de nuevas tecnologías para la implementación de políticas dirigidas al control y la seguridad en sector tránsito y transporte; b) Investigación y asistencia técnica y tecnológica para la implementación, seguimiento y evaluación de la seguridad informática del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT); c) Investigación, diseño y desarrollo de aplicativos para la recolección, depuración, organización, captura y procesamiento de información: presentación de reportes y consultas de la operación autorizada de vehículos y movilización en el transporte de pasajes.” El Alcance del Objeto es: a) Diseño y dimensionamiento del Centro Inteligente de Control de Tránsito y Transporte y tecnologías que permitan la implementación de políticas de movilidad urbana sostenible. El valor del Convenio es por la suma de cinco mil quinientos millones de pesos ($5.500.000.000, 00). El plazo de ejecución del Convenio es de veinticuatro meses (24) meses contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
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Aspectos presupuestales de la DITRA Las fuentes de recursos para Seguridad Vial identificadas hasta el momento, en el especial seguimiento adelantado, que ingresan a la Dirección de Tránsito y Transporte, para garantizar el cumplimiento de sus funciones provienen de las siguientes fuentes:
Tabla 1.1 Fuentes de recursos de seguridad vial Fuente
Concepto
Convenio Federación Colombiana de Municipios – SIMIT
Multas por infracciones de tránsito en carreteras en la cuantía establecida por la Ley.
Convenio Ministerio de Transporte
Recursos transferidos por el Ministerio de Transporte por el convenio suscrito cada año para el funcionamiento de la entidad.
Convenio Instituto Nacional de Vías
Recursos transferidos por el Instituto Nacional de Vías en virtud de convenio suscrito anualmente para el fortalecimiento de la red de cooperante viales y las actividades de inteligencia e investigación criminal
Fondos Internos – Recurso 16
Recursos percibidos por concepto de constancias, certificaciones, fotocopias, entre otros, los cuales son recaudados por ventanilla
Fuente: Dirección de Tránsito de la Policía Nacional Oficio No. S-2012/ DITRA – ARAFI 29
Tabla 1.2 Recursos percibidos por la Dirección de Transito de la Policía Nacional
Vigencias 2008-2012* Cifras en millones de pesos
Concepto
2008
2009
Convenio SIMIT
13.175.185.619,77
14.580.192.018,55
19.545.723.261,36
27.124.655.821,27
13.505.032.696,91
784.000.000,00
1.920.000.000,00
1.996.000.000,00
2.056.700.000,00
0
1.260.000.000,00
1.800.000.000,00
1.872.000.000,00
1.946.880.000,00
0
920.000,00
1.249.200,00
1.048.600,00
1.016.960,00
489.400,00
15.220.105.619,77
18.301.441.318,55
23.415.571.861,36
31.129.252.780,33
13.505.522.096,61
Convenio
2010
2011
2012*
Mintransporte Convenio Invias Fondos Internos Total
Fuente : Dirección de Transito de la Policía Nacional Oficio No. S-2012/ DITRA – ARAFI. 29 *La información de la vigencia 2012 está con corte a junio 30
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Tabla 1.3 Egresos Anuales – Fondos Especial - Dirección de Transito de la Policía Nacional
Concepto Recursos ejecutados
Vigencias 2008-2012* Cifras en millones de pesos 2009
2010
2011
9.251.129.311,14
2008
13.327.874.456,58
15.948.390.381,61
15.625.751.973,35
7.331.723.410,83
2012*
0
0
8.999.834.384,00
0
0
presupuesto funcionamiento Recursos ejecutados presupuesto inversión Recursos Transferidos Total
2.476.701.550,00
4.217.702.259,00
6.160.851.400,00
7.708.190.900,00
3.982.859.750,00
11.727.830.861,14
17.545.576.715,58
31.109.076.165,61
23.333.942.873,35
11.314.583.160,83
Fuente : Dirección de Transito de la Policía Nacional Oficio No. S-2012/ DITRA – ARAFI. 29 *La información de la vigencia 2012 está con corte a junio 30
Es importante precisar que para la operacionalización de la estrategia institucional de seguridad vial en la actualidad la DITRA cuenta con recursos humanos, físicos y tecnológicos y sus fuentes de financiación están aseguradas a través de varias fuentes como son4: • Programa. seguridad en carreteras (financiación a través de un porcentaje del valor del peaje) • Convenios con las concesiones (recursos soportados en parque automotor, tecnología y medios logísticos. • Ministerio de Transporte • Policía Nacional (recursos representados en equipo y tecnología y funcionamiento de las diferentes seccionales adscritas a la Dirección de Tránsito y Transporte). De otra parte, la DITRA suscribe convenios entre las autoridades departamentales y/o municipales para asignación de policías de tránsito a nivel nacional, que ascienden a la suma de 38.504.162.988 y comprenden vigencias 2011-2013, acorde con el cuadro anexo suministrado por la DITRA mediante Oficio No. S-2012 / DITRA – PLANE – 60.8.
4. Policía Nacional Dirección de Tránsito y Transporte. Estrategia Institucional de Seguridad Vial.
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Tabla 1.4 Convenios de tránsito vigentes, suscritos entre autoridades departamentales y/o municipales y la Dirección General de la Policía Nacional Depto MEBAR MEBOG MEBUC MEVAL
DEANT
Nº Convenio 0159-2012-000002
$ 4.200.000.000
Nº Policias 300
23-abr-12
31-dic-12
$ 1.000.000.000
50
25-may-12
25-nov-13
$ 24.000.000.000
1300
Sin Número
Alcaldía Municipal De Bucaramanga
11-may-12
11-may-13
$ 500.000.000
50
Sin Número
Alcaldía Municipal De San Juan Giron
Sin Número
Alcaldía Municipal De Copacabana
14-5-30007-12
Alcaldía Municipal De Amagá
14-5-300__-12
Alcaldía Municipal De Andes
14-5-30034-11
Alcaldía Municipal De El Peñol
14-5-30032-11
Alcaldía Municipal De Fredonia
08-dic-11
14-5-30003-12
Alcaldía Municipal De Gómez Plata
13-mar-12
14-5-30051-11
Alcaldía Municipal De Guarne
08-nov-11
14-5-30050-11
Alcaldía Municipal De Heliconia
08-nov-11
14-5-30004-12
Alcaldía Municipal De San Carlos
14-5-30005-12 14-5-30006-12 14-5-30001-12 14-5-30002-12
31-dic-12
$ 645.741.042
20
01-abr-12
31-dic-12
$ 299.971.238
15
03-may-12
03-may-13
$ 39.000.000
3
08-jun-12
08-jun-13
$ 39.000.000
3
08-dic-11
12-dic-12
$ 8.000.000
1
12-dic-12
$ 8.000.000
1
13-mar-13
$ 13.000.000
1
08-nov-12
$ 24.000.000
2
08-nov-12
$ 12.000.000
1
29-feb-12
29-feb-13
$ 13.000.000
1
Alcaldía Municipal De San Jerónimo
16-mar-12
16-mar-13
$ 13.000.000
1
Alcaldía Municipal De Santa Rosa De Osos
16-mar-12
16-mar-13
$ 26.000.000
2
Alcaldía Municipal De Santuario
28-feb-12
28-feb-13
$ 36.000.000
3
Alcaldía Municipal De Yolombó
28-feb-12
28-feb-13
$ 24.000.000
2
22-may-12
31-dic-12
$ 85.000.000
15
25-may-12
31-dic-12
$ 23.000.000
4
Instituto De Tránsito Y Transporte Departamento De Arauca Ittdar Instituto De Movilidad Y Transporte De Tame Arauca
Cin-20120002
Alcaldía Municipal De Duitama
24-feb-12
24-ago-12
$ 125.000.000
20
1
Alcaldía Municipal De Garagoa
02-may-12
02-feb-13
$ 30.000.000
2
1
Alcaldía Municipal De Paipa
14-may-12
14-feb-13
$ 70.000.000
4
24-feb-12
24-feb-13
$ 200.000.000
10
Instituto De Tránsito Y Transporte Sogamoso (Intrasog)
Sin Número
Alcaldía Municipal De Aguadas
03-may-12
03-may-13
$ 12.000.000
1
Sin Número
Alcaldía Municipal De Aranzazu
15-mar-12
15-ene-13
$ 11.928.950
1
Sin Número
Alcaldía Municipal De Chinchina
31-dic-12
$ 20.500.000
Sin Número
Alcaldía Municipal De La Dorada
02-may-12
02-mar-13
$ 68.379.000
7
025-2012
Alcaldía Municipal De Manzanares
02-may-12
02-may-13
$ 16.000.000
1
Sin Número
Alcaldía Municipal De Villamaría
02-may-12
02-may-13
$ 32.000.000
2
Sin Número
Alcaldía Municipal De Viterbo
07-jun-12
07-dic-12
$ 6.000.000
1
4
Alcaldía Municipal De Florencia
13-mar-12
31-dic-12
$ 460.000.000
30
Sin Número
Alcaldía Municipal De Aguachica
04-jun-12
04-feb-13
$ 80.000.000
8
158
Alcaldía Municipal De Valledupar
20-abr-12
04-ene-13
$ 320.103.789
30
08-jun-12
08-jun-13
$ 60.000.000
24
02-mar-12
31-dic-12
$ 400.000.000
20
09-dic-10
09-dic-15
$ 2.500.000.000
150
DECHO
Sin Número
DECOR
001-2012 Stm – 09/10
DECUN
Valor Convenio
Alcaldía Municipal De Soledad
001-2012
DECES
Vigencia 31-dic-12
Secretaria Distrital De Movilidad
Sin Número
DECAQ
16-feb-12
2
Sin Número
DECAL
Fecha de Firma
Sin Número
DEARA
DEBOY
Autoridad Distrito De Barranquilla
Gobernación del Choco en (09 Municipios y 01 Terminal) Alcaldía Municipal De Montería Gobernación Departametal (En 110 Municipios)
Sin Número
Alcaldía Municipal De Funza
24-may-12
24-may-13
$ 265.225.000
5
01/06/2012
Alcaldía Municipal De Fusagasuga
24-may-12
24-may-13
$ 204.454.000
10
Sin Número
Alcaldía Municipal De Ubaté
23-may-12
23-nov-12
$ 55.859.969
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DENAR
DENOR
DEQUI
Sin Número
Distrito de Santa Marta y la Unidad Técnica de Tránsito Y Transporte Instituto de Tránsito y Transporte de Ciénaga (Intracienaga) Alcaldía Municipal de San Andrés de Tumaco
04-jun-12
20-ago-12
$ 620.000.000
40
04-jun-12
31-dic-12
$ 45.000.000
5
13-oct-08
13-oct-13
$ 200.000.000
30
Sin Número
Alcaldía Municipal de Ocaña
17-abr-12
17-abr-13
$ 120.000.000
20
Sin Número
Alcaldía Municipal de Pamplona
20-abr-12
31-dic-12
$ 50.000.000
8
004-2012
Alcaldía Municipal de Quimbaya
07-jun-12
07-may-13
$ 57.000.000
2
002-2012
Alcaldía Municipal de La Tebaida
02-may-12
02-may-13
$ 50.000.000
3
08-jun-12
08-jun-13
$ 45.000.000
2
Alcaldía Municipal de San Vicente de
DESAN
Sin Número
DESAP
31
Gobernación de San Andrés
29-jun-11
11-ago-12
$ 47.000.000
12
DESUC
Sin Número
Alcaldía Municipal de Sincelejo
08-jun-12
31-dic-12
$ 330.000.000
40
Sin Número
Alcaldía Municipal de Melgar
20-abr-12
20-feb-13
$ 130.000.000
6
001/11
Alcaldía Municipal de Espinal
28-jun-11
23-sep-12
$ 90.000.000
10
1
Alcaldía Municipal de El Cerrito
30-mar-12
30-ene-13
$ 76.000.000
8
Alcaldía Municipal de Guacarí
10-abr-12
10-dic-12
$ 82.000.000
4
125
Alcaldía Municipal de Palmira
28-mar-12
28-sep-12
$ 486.000.000
30
304
Alcaldía Municipal de Puerto Carreño
01-sep-11
01-sep-12
$ 130.000.000
5
DETOL
DEVAL
DEVIC
100.011.003003-2012
Chucuri
Tabla 1.5 Convenio interadministrativo suscrito entre la Federacion Colombiana de Municipios y la Dirección General de la Policía Nacional
Nº Convenio
Autoridad
01-5-30001/2004
Federacion colombiana de municipios
Fecha de firma 10-Mar-04
Vigencia 12 Años
Valor Convenio % Establecido ley 769/2002, para la PONAL 45% recaudo total de comparendos
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Superávit por SIMIT De acuerdo con la entidad los recursos de Superávit generados por SIMIT son invertidos en títulos, de conformidad con el artículo primero del decreto 1525 de 2008, que regula lo relacionado con la inversión de los recursos de las entidades estatales. Esta norma establece que para el cumplimiento de lo establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto, los establecimientos públicos del orden nacional y las entidades estatales del orden nacional a las cuales se les apliquen las disposiciones de orden presupuestal de aquellos, deben invertir sus excedentes de liquidez originados en sus recursos propios, administrados, y los de los Fondos Especiales administrados por ellos, en Títulos de Tesorería TES, Clase “B” del mercado primario adquiridos directamente en la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En consecuencia por concepto de multas por infracciones al tránsito en las vías nacionales que no son incorporados a l presupuesto de la unidad, han sido invertidos en Titulo de Tesorería, dichos recursos se encuentran en proceso de verificación en el SIIF.
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Programas de Prevención de Dirección de Tránsito En relación con la competencia de la Dirección de Tránsito y Transporte en materia de prevención de la accidentalidad vial. De acuerdo con la entidad los programas y campañas se refirieron al cuidado de la vida en la vía, el respeto a las normas y señales de tránsito. Se dirigieron a los actores de la vía: motociclistas, peatones, pasajeros, conductores, estudiantes; en cada una de las seccionales de Tránsito y Transporte de la DITRA.
Tabla 1.6 Actividades en materia de prevención Año
Actividades
Presupuesto en millones pesos
Personal asignado grupos de prevención
2008
Sensibilización a los actores de la vía, mediante impresos y publicidad.
633.704.104
70
2009
Sensibilización a los actores de la vía, mediante impresos y publicidad.
668.434.580
100
2010
Sensibilización a los actores de la vía, mediante impresos y publicidad5
92.656.509
120
2011
Sensibilización a los actores de la vía, mediante impresos y publicidad.
475.000.000.
140
2012
Sensibilización a los actores de la vía mediante impresos y publicidad.
720.000.000
150
Total
Sensibilización a los actores de la vía.
2.114.795.193
580
Fuente Dirección de Tránsito y Transporte –Oficio No. S-2012- 013803 /DITRA-ARSEV.29
En relación con las campañas de prevención vial realizadas por la Dirección de Tránsito y Transporte, realizó tres campañas en las vigencias estudiadas la vida no es un juego, Por la vida en la vía, que la muerte no sea tu pasajero, No vayas en Contravida. Referidas a la prevención de la accidentalidad vial.
5. Aportes en elementos publicitarios de la Empresa Suzuki motor de Colombia S.A, por un valor de $ 100.000.000 millones de pesos.
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Tabla 1.7 Campañas de prevención 2008-2012 Año
Campañas
Medición de impacto mediante encuesta-informe de autoevaluación y número de personas sensibilizadas
Presupuesto en millones de pesos
2008
La vida no es un juego
88% efectividad en recordación de las imágenes. 98% recordación de mensajes emitidos. 98% invitación a reflexionar.
633.704.104
2009
La vida no es un juego
88% recordación de las imágenes. 98% recordación de mensajes emitidos. 98% invitación a reflexionar
668.434.580
2010
Informe de Autoevaluación: Por la vida en la vía, que Cumplimiento 93,4% índice de oportunidad en la muerte no sea tu cuanto a en campañas preventivas y un 99%, en pasajero. cuanto a Índice de campañas desarrolladas para la prevención de la accidentalidad vial.
92.656.5096
2011
No vayas en Contravida
92% de recordación. 90% comprensión. 84%, recordación de la frase de la campaña 98%, intención de modificar la conducta.
2012
No vayas en Contravida
Sensibilización de 232.716 comunidad en general. 275.888 motociclistas 44.035 estudiantes7
Total
475.000.000
720.000.000
2.589.795.193
En materia de campañas de prevención la entidad invirtió 2.589 millones de pesos en las vigencias estudiadas. En los tres últimos años la DITRA efectuó campañas, a través de la invitación a medios de comunicación para su difusión, entre otras: accidentes por distracción con celulares al momento de conducir; Cuidado con el Hueco, mediante la cual se buscaba la identificación de los huecos que pueden llegar a constituirse en un peligro para los usuarios viales, Use la cabeza para manejar y no para aterrizar, para generar consciencia en los motociclistas en la ciudad de Bogotá, “No vayas en contravida”, sensibilización a peatones, campaña dirigida a motociclistas, otra referida al uso del cinturón de seguridad en menores de edad en el centro comercial BIMA.
6. Igualmente por parte de Suzuki motor de Colombia S.A en elementos publicitarios se donaron $100.000.000. 7. Se determina un aumento de 80.402 usuarios viales sensibilizados, en comparación con el año anterior.
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Campañas de sensibilización y prevención de la accidentalidad Cali, Tulua, Palmira, Buga y Cartago
Instituciones Educativas
Intervención Terminales de Transporte Centro Localidades Total personal vinculadas a la actividad
Colegio Almirante Colón Palmira
423
Colegio Saleciano
259
Conductores Terminal Cali
323
Conductores Terminal Tulua
108
Parque Bolivar Palmira
359
Parque Boyacá Tulúa
367
1839
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Identificación alta accidentalidad e irrespeto a las normas de tránsito8 Operación centros de enseñanza automovilistica Los altos índices de accidentalidad tienen como causa entre otras, las fallas humanas entre las que se encuentra la impericia en la conducción como consecuencia de la exigua formación y la expedición de certificados de conducción en las distintas categorías sin el cumplimiento de requisitos legales. Es así como personas sin la debida pericia y sin el cumplimiento de las exigencias legales conducen vehículos provocando graves accidentes. La Policía Nacional cuenta con un Grupo de Investigación Criminal quienes han realizado diferentes operativos. A través de la realización de diligencias de allanamiento y registro a diferentes inmuebles ubicados en el municipio de Soacha y en Bogotá la Policía Nacional realizó en junio de 2010 la Operación Legalidad por la que se desarticula una organización criminal denominada Banda los Gasca responsable de delitos de falsedad en documento público y estafa en el ámbito regional, nacional e internacional. Este tipo de acciones afectan los facilitan las acciones de organizaciones criminales.
Resultados Operativos Tabla 1.8 Resultados operativos Item Capturas por orden judicial Captura en flagrancia Vehículos inmovilizados Licencias de conducción incautadas Licencias de transito incautadas
Cantidad 7 12 2 397 19
Equipos de computo
3
Impresora
1
Celulares
8
Documentos varios
141
Plastificadora
1
Máquina de escribir
1
Guillotina
1
Sello
1
Fuente Oficio No. S-2012 DITRA - AROES 38.10
8. Fuente: Fuente es el Oficio No. S-2012 DITRA – AROES 38.10
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La Operación Atenas realizada por la Policía Nacional en coordinación con laa Superintendencia de Puertos y Transporte en el departamento del Valle del Cauca y las ciudades de Santiago de Cali y Popayán, intervino los Centros de Enseñanza Automovilística con el fin de efectuar verificaciones al cumplimiento de las resoluciones establecidas por el Ministerio de Transporte y contrarrestar los delitos de Falsedad Ideológica en documento Público y la Falsedad Material.
Personal comprometido Tabla 1.9 Personal comprometido Área Operativa Especializada
32
Unir Valle del Cauca
20
Unir Cauca
20
Total
72
Personal Superintendencia de Puertos y Transporte
10
Fuente Oficio No. S-2012 DITRA - AROES 38.10
Mayores items de afectación Tabla 1.10 Mayores items de afectación Item evaluado
Nivel de incumplimiento
Dispone de programas de formación de instructores
82,9%
Cuenta con un área para la realización de las clases practicas
52,6%
La palabra ENSEÑANZA se encuentra en un lugar visible, en pintura reflectiva de color verde
50,0%
Ayudas didácticas para dictar clases de mecánica
46,0%
La dirección donde se ubica el CEA corresponde a la registrada en la Resolución de Habilitación
40,4%
Posee aula(s) acondicionada(s) exclusiva(s) para impartir clases teóricas
31,6%
Copia Resolución de Habilitación Ministerio de Transporte
31,6%
Cuenta con licencia de Funcionamiento emitida por la Secretaria de Educación
25,0%
Fuente Oficio No. S-2012 DITRA - AROES 38.10
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Georeferenciación de la intervención 05
Buga
04
Tulua
04
Palmira
03
Cartago
03
Caicedonia
03
Jamundi
02
Yumbo
02
Candelaria
02
B/ventura
01
Andalucia
01
El cerrito
01
Sevilla
01
Zarzal
01
La union
01
Florida
01
Roldanillo
Resultados: Intervención de 76 Centros de Enseñanza Automovilística, así 35
Valle del Cauca
35
Santiago de Cali
06
Popayan
Fuente Oficio No. S-2012 DITRA - AROES 38.10
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Vehiculos de enseñanza, instalaciones y documentos De acuerdo con la DITRA en algunos vehículos de enseñanza los logos se encuentran en adhesivos imantados, para utilizar el vehículo en doble función, una vez terminan la práctica se quitan para movilizarse en otros centros de enseñanza. Los vehículos no tienen las adaptaciones exigidas: dobles espejos exteriores, doble comando de pitos y pedales. Tienen llantas en mal estado, documentación vencida (SOAT – Tarjeta de Operaciones – Resolución de Habilitación – Revisión tecno mecánica), certificaciones en vehículos fuera de servicio, vehículos matriculados en dos escuelas de conducción, No tienen tarjetas de control y las planillas de certificación de alumnos se encuentran sin firmas, escuelas ilegales, no habilitadas por Ministerio de Transporte y/o Secretaria de Educación, algunas escuelas se encuentran registradas en direcciones en donde funcionan establecimientos comerciales, aulas en mal estado sin cumplir con los requerimientos mínimos exigidos o en obra negra, algunas de las certificaciones de los instructores se encuentran sin fecha de vencimiento.
Centros de diagnostico En mayo de este año se la Policía Nacional realizó la Operación Axelia en contra la organización delincuencial denominada Los Ingenieros el área operativa especializada de la Policía Nacional mediante labores de investigación criminal e inteligencia junto con la Fiscalía, estableció el vínculo de algunos centros de diagnóstico automotriz en donde al parecer se cometían los delitos: concierto para delinquir y falsedad en documento público. En los departamentos de Cundinamarca, Meta y Magdalena, se realizó la captura de veintitrés personas, incautación de quinientos setenta y ocho 578 certificados de revisión técnico-mecánica, sesenta 60 desprendibles en original de certificados de revisión técnicomecánica, entre otros elementos probatorios.
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Comparendos Según la Auditoría realizada por la Contraloría General de la República a la DITRA, arrojó como resultado que algunos Organismos de Tránsito a nivel territorial y municipal responsables del proceso contravencional no realizan en forma oportuna, eficiente y efectiva el recaudo y distribución de los recursos resultado de los comparendos impuestos. Como se refleja en los siguientes cuadros para las vigencias 2009, 2010 y 2011 (agosto), la entidad impuso 1.334.009 comparendos por un valor de $449.318 millones, de los cuales 67.469 por $23.050 millones fueron exonerados, 165.887 por $46.570 millones pertenecen a comparendos sin resolución, 602.474 por $218.766 millones, resoluciones sin pago y 145.287 por $69.619 millones, en estado cartera con resoluciones de cobro coactivo.
Tabla 1.11 Comparendos impuesto y situación Vigencia
Comparendos Impuestos No.
$ Mlls
Exoneraciones No.
$ Mlls
Resolución Sin Pago
Sin Resolución No.
$ Mlls
No.
$ Mlls
Cartera No.
$ Mlls
2009
403,090
132,987
19,782
6,218
58,587
18,026 160,096
64,272
76,389
37,589
2010
559,131
189,127
31,294
11,021
51,556
14,816 266,741
94,254
48,914
23,142
2011
371,788
127,204
16,393
5,811
55,744
13,728 175,637
60,240
19,984
8,888
1,334,009
449,318
67,469
23,050
165,887
46,570 602,474
218,766
145,287
69,619
Total
Fuente SIMIT Oficio DNS: 2011-02-888, Cálculos: Informe de Auditoría DITRA 2011- DVF- CGR
Tabla 1.12 Comparendos pagados Vigencia
Número
$ Mlls
2009
88.779
$29.709
2010
152.284
40.713
2011
101.296
23.495
Total
342.359
93.917
Fuente SIMIT , Cálculos: Informe de Auditoría DITRA 2011- DVF- CGR
Es decir, que sólo 342.359 comparendos, el 21%, fueron efectivamente cobrados con una valor de $93.917 millones. De estos recursos, la DITRA recibió $52.253 millones que representan el 56% del recaudo, lo anterior debido a deficiencias en el seguimiento y evaluación de los controles. Esto constituye un alto riesgo para la entidad por el impacto que puede tener en el cubrimiento esperado en programas de prevención de la accidentalidad y la reducción de los delitos y contravenciones en el transporte. Así mismo, afecta la inversión orientada a garantizar el cumplimiento de la normatividad, propiciar conciencia colectiva de la solidaridad, autorregulación y disciplina social. En total, 600.461 resoluciones de sanción, acuerdos de pago y cobros coactivos se encuentran pendientes de pago en el sistema. Algunos datan del 2002, por un valor de $193.842 millones y para la fecha se encuentran prescritas de acuerdo con lo reglado por el Código Civil Colombiano. Además, otros 234.756 comparendos por valor de $62.223 millones superan 6 meses de su expedición y no registran reporte de haberse proferido resolución ni haberse realizado audiencia de acuerdo con el artículo 161 de la Ley 769 de 2002. Contraloría General de la República .. Despacho Vicecontralor
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Tabla 1.13 Comparendos caducados y prescritos Caducados Año
No. de Comparendos
Prescritos
Valor (Mlls)
Año
No. de Resoluciones
1998
29
4.5
1999
5
0.4
0
0
0
2000
1
0.1
2002
1.294
387
2001
884
134
2003
21.304
6.389
2002
1.552
249
2004
46.530
13.316
2003
16.738
3.176
2005
123.923
38.324
2004
26.399
5.755
2006
142.826
43.994
2005
34.494
7.844
2007
133.569
44.473
2006
29.007
6.864
2008
131.015
46.959
2007
25.051
6.706
Prescritos
600.461
193.842
2008
21.942
6.559
2009
178.039
72.110
2009
34.285
10.505
2010
280.880
97.532
2010
44.369
14.427
2011
129.921
44.811
234.756
62.219
Totales
1.189.301
408.295
Totales
0
0
Valor (Mlls) 0
Fuente SIMIT , Cálculos: Informe de Auditoría DITRA 2011- DVF- CGR
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Observaciones 1. En relación con los recursos asignados por Ley a la DITRA dos situaciones afectan el ingreso de los mismos: a. Algunos Organismos de Tránsito a nivel territorial y municipal responsables del proceso contravencional no realizan en forma oportuna, eficiente y efectiva el recaudo y distribución de los recursos resultado de los comparendos impuestos, cuyo porcentaje establecido para la DITRA de acuerdo a la Ley no ingresa a dicha entidad. b. El incumplimiento de algunas entidades territoriales en los pagos que deben realizar a la DITRA por concepto de los convenios interadministrativos.
La anterior situación afecta la operatividad de la política pública, dado que no se genera un adecuado cumplimiento a los fines del Estado al no hacerse la oportuna inversión de recursos en materia de seguridad vial lo que impacta necesariamente los derechos ciudadanos.
En este sentido el Grupo de Especial Seguimiento a la Política Pública de Seguridad Vial, dará trámite al Grupo de Vigilancia Fiscal para que el tema sea manejado desde el control micro a través del Sistema Nacional de Control Fiscal – SINACOF.
2. Otro aspecto evidenciado por el Grupo de Especial Seguimiento es que la Dirección de Tránsito y Trasporte de la Policía Nacional, cuenta con un superávit importante durante las vigencias 2008-2012, por lo se profundizará en el análisis del tratamiento de dichos recursos dado que los mismos son fundamentales para dar cumplimiento a los objetivos misionales de la DITRA entre los cuales se encuentra la seguridad vial. 3. En relación con el Centro Inteligente de Control de tránsito y transporte -CICTT, cuya operación corresponderá a la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional en coordinación permanente y continua con la Superintendencia de Puertos y Transporte, se evidencia que las entidades vinculadas a dicho proyecto no están llevando a cabo gestiones de coordinación y flujo de información que permitan contribuir desde la especialidad de cada una de las entidades para la estructuración del mismo. 4. En materia de prevención vial se requiere la participación activa del Ministerio de Educación Nacional ya que pese a que entidades como la DITRA realizan campañas de prevención y concientización, resultan insuficientes para fomentar una cultura ciudadana desde el inicio de la educación preescolar que permita el cambio de conductas que propician la alta accidentalidad.
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Referencias bibliografícas - Constitución Política de Colombia 1991. - Ley 105 de 1.993 “por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones”. - Ley 769 de 2002 (Agosto 6). Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones. - Ley 1383 de 2010 (Marzo 16). Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones - Resolución 3027 de 2010 (Julio 26). Por la cual se actualiza la codificación de las infracciones de tránsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de 2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras disposiciones. - Ley 1450 de 2011 (Junio 16). Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014. - Ministerio de Transporte, Decreto 087 de 17 de enero de 2011 “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se determinan las funciones de sus dependencias” - MINISTERIO DE TRANSPORTE, Resolución 1282 de 30 de Marzo de 2012 “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad vial 2011-2016”. - MINISTERIO DE TRANSPORTE, Resolución 1283 de 30 de Marzo de 2012 del Ministerio de Transporte. “Por la cual se crea el Comité de Seguimiento y Evaluación de la implementación del Programa Internacional de Evaluación de Carreteras en Colombia (Proyecto IRAP – Colombia), en virtud del Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica, suscrito por la Corporación Civil para la Administración del Fondo de Prevención Vial y el International Road Assessment Programme (IRAP)” - POLICÍA NACIONAL. DIRECCIÓN DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE. Estrategia Institucional de Seguridad Vial. - Decreto 4222 de 2006. - Resolución 0202 del 26 de enero de 2010. - Informe de Auditoría DITRA 2011- DVF- CGR - Respuestas dadas por la entidad en oficios: oficio: No. S-2012/ DITRA – ARAFI .29, No. S-2012/ DITRA – arafi .29 *la información de la vigencia 2012 está con corte a junio 30, No. S-2012- 013803 /ditra-arsev.29. Especial Seguimiento a los resultados de la Política Pública de Seguridad Vial en Colombia
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Abreviaturas CGR
Contraloría General de la República
CICTT
Centro Inteligente de Control de Tránsito y Transporte
IRAP
International Road Assessment Program (Programa Internacional de Evaluación de Carreteras)
MIT
Ministerio de Transporte
PND
Plan Nacional de Desarrollo
PNSV
Plan Nacional de Seguridad Vial
RUNT
Registro Único Nacional de Tránsito
SIMIT
Sistema Integrado de Información de Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito
Especial Seguimiento a los resultados de la Política Pública de Seguridad Vial en Colombia
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