Degradación n del Litoral Alicantino: Puerto Amor. Soluciones

Degradación del Litoral Alicantino: “Puerto Amor”. Soluciones. PLAYA SAN JUAN ALBUFERETA PLAYA POSTIGUET 1.- Antecedentes • El origen de “Puerto
Author:  Irene Venegas Ruiz

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Degradación n del Litoral Alicantino: Cabo de las Huertas. Soluciones
Degradación del Litoral Alicantino: “Cabo de las Huertas”. Soluciones 1.- Antecedentes • En los últimos tiempos, se está provocando una degradación

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Degradación del Litoral Alicantino: “Puerto Amor”. Soluciones.

PLAYA SAN JUAN ALBUFERETA

PLAYA POSTIGUET

1.- Antecedentes • El origen de “Puerto Amor” se remonta al año 1973 en el que la

empresa “Roca y Mar, S.A.”, de Carlos Pradel, obtiene la concesión por 20 años para un nuevo puerto deportivo junto a la Playa de la Almadraba. Posteriormente el proyecto del puerto deportivo es aprobado por consejo de ministros de la UCD en 1979.

• Tras sucesivas paralizaciones y recursos judiciales, el Tribunal Supremo desestima en el año 2003 el último recurso de la Generalitat y da luz verde a las obras.

• En octubre de 2006 la Promotora “Puertos Deportivos, S.A.”,

propone un nuevo proyecto modificado y la intención de inicar las obras de forma inminente.

PLAYA DE LA ALBUFERETA PUERTO DEPORTIVO PLAYA DE LA ALMADRABA EMISARIO AGUAS RESIDUALES

Una playa rellenada con escombros, un entorno degradado e insalubre, más el abandono y la desidia por parte de las autoridades municipales y autonómicas, son responsables de la situación de lo que un día fue una hermosa playa de Alicante.

2.- Situación legal • Prescripciones y condiciones de interés aprobadas por Orden del Consejo de Ministros el día 26 de octubre de 1979, que regulan la autorización y explotación del puerto deportivo Puerto Amor:

Condición 2ª: La Concesión de los terrenos y derechos es por un plazo de 50 años Condición 5ª y 7ª: Se dan 6 meses para el inicio de las obras, y 3 años para su

finalización, a contar a partir de la notificación de la presente Orden. Transcurrido el plazo, si el puerto no está terminado, y si no se ha concedido prórroga, potestativa de la administración, se declara la caducidad de la autorización y los derechos.

Prescripción B1: Los terrenos ganados al mar (24.100 m2), pasarían a ser propiedad del

peticionario , pero cuando finalicen las obras y se levante acta de ello.

Prescripción F: El titular de la autorización será responsable de los daños que puedan causar las obras, en las costas o playas próximas. Prescripción I: Como mínimo un 25 % de los puestos de amarre construidos deben ser para uso público.

3.- Análisis del nuevo proyecto de puerto deportivo presentado por la sociedad “Puertos Deportivos, S.A.,” Principales propuestas de la promotora:

a) b) c) d) e)

La concesión ocupa 207.863 m2 de terreno en el litoral, sin variar el proyecto original Regeneración de 1,3 kms de la playa Albufereta-Almadraba Desaparición de los 24.100 m2 ganados al mar para incrementar la superficie de atraque a flote, pasando de 25.593 a 51.989 m2 Renuncia al derecho a construir 180 apartamentos. Cambio en el número de amarres: Puerto antiguo

Proyecto nuevo

Número de amarres a flote

- 689 ud - 9-15 m de eslora

- 584 ud - 6-60 m de eslora

Número de amarres en dique seco

- 306 ud - Máximo 7 m eslora

- 420 ud - Máximo 10 m eslora

Superficie atraque a flote

25.593 m2

51.589 m2

Superficie atraque en tierra

4.998 m2

13.860 m2

PROYECTO ANTIGUO (1979)

PROYECTO NUEVO (2006)

4.- Conclusiones sobre la situación legal • En el año 2003 el tribunal supremo dio vía libre para la construcción del puerto, con un plazo de finaliza en enero del 2007.

• En este plazo no se ha construido el puerto posiblemente por su dudosa rentabilidad, al recoger embarques de sólo 15 m de eslora máxima, frente a los 60 m propuestos. Por ello, la idea de proponer un nuevo proyecto, mucho más agresivo ambientalmente, pero rentable.

• Como el puerto no estará ejecutado en fecha, el promotor pierde la propiedad de los terrenos ganados al mar y los derechos de la concesión.

• Se pueden exigir daños y perjuicios por el grave deterioro de la playa de la Almadraba.

• Si se pretende un nuevo proyecto de puerto, no existen derechos adquiridos, iniciándose un nuevo expediente con las autorizaciones necesarias de la. administraciones competentes.

5.- Propuesta de regeneración de 1,3 kms de las playas Albufereta y Almadraba • Se considera inviable esta propuesta de “maquillaje” con arena de esta zona del litoral alicantino por los siguientes motivos:

1.- Ambas playas se ubican dentro de la zona más cerrada de la bahía de Alicante, al resguardo de las corrientes del mar que renuevan y purifican sus aguas. El puerto con sus espigones, y la contaminación que originan sus barcos, incrementarán aún más este problema. 2.- Tampoco nos podemos olvidar de la contaminación de la calas próximas usadas para el baño, situadas en el Cabo de las Huertas, como la “Cala de los Judios” o “Cala Cantalar”. 3.- Por lo tanto, no tiene sentido regenerar unas playas que se asentarían sobre aguas contaminadas, posiblemente no aptas para el baño. Incluso este hecho puede afectar a la cercana playa del Postiguet, en una situación actual muy frágil.

6.- Propuesta de eliminación de 24.100 m2 de terreno ganado al mar mediante el extendido de escombros Se rechaza la forma de realizar esta actuación por los siguientes motivos:

• Se trata de una actuación que tiene su interés en incrementar la superficie • • •

destinada a amarres, teniendo en cuenta que buena parte de estos amarres son para embarcaciones de lujo de gran eslora (hasta 60 m) y calado, por lo que necesitan una gran profundidad. Por lo tanto, no sólo va a suponer la retirada de los escombros acumulados si no profundizar por debajo del nivel del mar considerablemente. Este enorme movimiento de tierras va ha originar molestias en la ciudad por ruidos y tránsito de camiones. Al mismo tiempo, originará sedimentos y lodos que se acumularán en la bahía de Alicante, principalmente la Albufereta y playa de la Almadraba, por lo que el riesgo, ya comentado, de que acaben siendo “cloacas” se incrementa.

7.- Instalación de 584 atraques a flote de 6 a 60 m de eslora en 51.598 m2 8.- Instalación de 420 atraques en marina seca de 10 m máximo de eslora en 13.680 m2 Se rechaza esta idea y el puerto en sí por los siguientes motivos:

• Se da la posibilidad de amarres para embarcaciones de lujo de hasta 60 m, por lo que los 584 atraques hay que valorarlos no sólo como una mera cantidad, si no como la longitud que ocupan, a los cuales hay que unir 420 amarres en tierra. La carga de barcos por lo tanto es mucho mayor.

• Se trata de un puerto de considerables dimensiones, frente a la fragilidad que presenta esta zona de litoral, incapaz de asumir el impacto que se generará.

• Con la construcción de este puerto se está anteponiendo un interés

económico y privado frente al disfrute por parte de la sociedad de un patrimonio natural que es de todos: playa Albufereta y Almadraba, Calas del Cabo y Playa Postiguet.

8.- Conclusiones desde el punto de vista del interés social • Con la construcción de un nuevo puerto deportivo se corre el riesgo de que la playa de la Almadraba selle su degradación definitiva, la Albufereta deje de ser útil para el baño, y la playa del Postiguet junto a las calas del Cabo corran un grave riesgo.

• Con este hecho se priva al ciudadano de uno de los valores de la ciudad, frente a un interés meramente privado y especulativo.

• La posible degradación de estas playas de Alicante, afecta a la imagen de la propia ciudad, y por lo tanto a su economía, a medio plazo.

• Por todo ello, el grupo socialista rechaza de pleno la construcción del puerto deportivo “Puerto Amor”.

9.- Soluciones 1.- Rescate de la concesión Es la opción más rápida, pero costosa. Valorada en 42 millones de euros por el promotor. Una cantidad negociable, ya que los derechos de indemnización expiran en breve. Sería necesario implicar las 3 administraciones, hecho que debería haber sido organizado por el grupo de gobierno municipal, impasible y ajeno al problema durante todo este tiempo. 2.- Expropiación forzosa por interés general Con la correspondiente indemnización o justiprecio que dictamine un juez, con la justificación de recuperar una nueva playa para uso público. 3.- Recuperación paisajística de la zona de Puerto Amor: Retirada de escombros, naturalización del entorno, acondicionamiento vegetal y regeneración de la playa. Todo ello siguiendo como modelo el estado que presentaba este entorno en los años 70, antes de ser degradado. 4.- Un plan de ordenación del litoral alicantino, Incluir esta zona, junto al resto el litoral alicantino, en un plan que permita fijar el modelo de litoral que se quiere desde el punto de vista paisajístico y ambiental, además de las actuaciones y medios para lograr año a año dicho objetivo.

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