FEDERACIÓN CENTRO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERÚ Inscrita en el Tomo 7 del Registro de Asociaciones, Asiento 1, Fojas 341 de los Registros Públicos de Lima de fecha 21 de Junio de 1963 y Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Registro N° 51501-06-DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS, fundado el 08 de Agosto de 1945 A filia d o a:
U N IO N N E T W O R K IN T E R N A T IO N A L
IN T E R N A C IO N A L O E S E R V IC IO S P U B L IC O S
DIRECTIVA N° 003-CPN-FEP-CUT-ESSALUD-2016 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS QUE PARTICIPARAN EN EL VI CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DE LA FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD-ESSALUD DEL PERU
I.- OBJETIVO Que, el VI Congreso Nacional Ordinario de la FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD -ESSALUD DEL PERU, (FED-CUT ESSALUD DEL PERU) sea participativo y representativo, observando las normas estatutarias de la correspondiente Organización sindical y de la FED-CUT-ESSALUD DEL PERU. II.- FINALIDAD Lograr que el Proceso Eleccionario sea una fiesta democrática de unidad, fraternidad y camaradería, asegurando la participación de todos los afiliados hábiles permitiéndoles y dándoles facilidades para elegir y ser elegidos. III.- BASE LEGAL El VI Congreso Nacional Ordinario se desenvolverá, dentro del marco de las siguientes normas: Estatuto de la Federación CUT-ESSALUD del Perú. ✓ Directiva N° 003-CDN-FED-CUT-ESSALUD-2016, "Reglamento de Elección de Delegados que participaran en el VI Congreso Nacional Ordinario de la Federación Centro Unión de Trabajadores del Seguro Social de Salud del Perú (FED CUT ESSALUD del Perú)". s
IV.- RESPONSABILIDAD Son Responsables de velar por el fiel cumplimiento de lo normado en el presente Reglamento: s -/ s
Secretaria de Organización del CDN de la FED-CUT EsSalud del Perú. Secretarios Generales de los Sindicatos afiliados a la FED-CUT EsSalud del Perú. Todo afiliado perteneciente a la FED-CUT.
&M . ¿a, vendad na o^ettde tt i teme :.org
FEDERACIÓN CENTRO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERÚ Inscrita en el Tomo 7 del Registro de Asociaciones, Asiento 1, Fojas 341 de los Registros Públicos de Lima de fecha 21 de Junio de 1963 y Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Registro N° 51501-06-DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS, fundado el 08 de Agosto de 1945 IN T E R N A C IO N A L D E S E R V IC IO S P U B L IC O S
U N IO N N E T W O R K IN T E R N A T IO N A L
V.- DESIGNACION DE DELEGADOS 5.1.- De conformidad al artículo 31° de los Estatutos de la FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERU, (FED CUT ESSALUD DEL PERU) participaran en el VI Congreso los Delegados Plenos y los Delegados de Base y/o Comités Sindicales electos en un proceso electoral por votación secreta, e indelegable de sus afiliados.
i r
%
i
/)
y
id i ° */ ’.Ï h îv -1 « y t S
y
i
5.2.- Los Sindicatos y/o Comités Sindicales designaran a sus Delegados de Base observando sus propias normas estatutarias, requiriendo además que los delegados cumplan obligatoriamente entre otros con: d Acreditar aportación de sus cuotas sindicales durante cinco (05) años en forma ininterrumpida. Elegir el número de delegados de acuerdo a la proporción señalada en el Artículo 31° del Estatuto de la FED CUT. Organizaciones que tengan hasta 50 afiliados, el Secretario General será el Delegado Pleno. d Por cada 50 afiliados adicionales, se acreditara un (01) delegado más, elegidos por la base. d No se acreditaran delegados elegidos a mano alzada; la Secretaria de Organización estará a cargo de la verificación de los actos electorales. VI.- DEL COMITÉ ELECTORAL 6.1. Los Sindicatos de Base afiliados a la Federación mediante una Asamblea General Extraordinaria, elegirán al Comité Electoral, cuya responsabilidad será iniciar y finalizar el Proceso Eleccionario para la Elección de los Delegados que participarán en el VI Congreso Nacional de la FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERU, (FED CUT ESSALUD DEL PERU). La Asamblea General Extraordinaria deberá tener carácter público, difundida en todos los estamentos de la Organización Sindical con el propósito de no impedir el derecho de elegir y ser elegidos de sus afiliados. 6.2. En la Asamblea General Extraordinaria se elegirá el Comité Electoral constituido por tres miembros: Presidente, Secretario y Vocal. 6.3. El Comité Electoral elaborará un Reglamento Eleccionario y su cronograma electoral, que debe ser aprobado en una Asamblea General Extraordinaria. La Junta Directiva de Base proporcionará al Comité Electoral, en un plazo no mayor de 48 horas contados desde su elección, el padrón de afiliados, así como el material y medios económicos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
(fa t id vendad tte ojeada ni teme Pasaje Miguel de los Ríos N° 149 3er. Piso - La Victoria - Lima - Perú
Teléfono: 433-1249 Telefax: 330-3862 www.fedcut.org
E-mail:
[email protected]
FEDERACIÓN CENTRO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERÚ Inscrita en el Tomo 7 del Registro de Asociaciones, Asiento 1, Fojas 341 de los Registros Públicos de Urna de fecha 21 de Junio de 1963 y Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Registro N° 51501-06-DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS, fundado el 08 de Agosto de 1945 A filia d o a:
U N IO N N E T W O R K I N T E R N A T IO N A L
Jfj
IN T E R N A C IO N A L D E S E R V IC IO S P U B L IC O S
_______________________ ____________ _ __________ a fir !_______ _____________
6.4 El Comité Electoral deberá difundir ampliamente el procedimiento electoral, la relación de candidatos inscritos y el número de cupos que corresponde. VII.- DE LOS CANDIDATOS A DELEGADOS 7.1 Podrán ser candidatos para participar como Delegados de Base ante el VI Congreso Nacional de la FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD -ESSALUD DEL PERU, (FED CUT ESSALUD DEL PERU), los afiliados que a la fecha de convocatoria acrediten cinco años de aportación en forma ininterrumpida. 7.2 No podrán ser candidatos los miembros del Comité Electoral. 7.3 Los candidatos se inscribirán en forma individual ante el Comité Electoral, acreditando el respaldo del 10% de las firmas del total de los afiliados de su Base CUT. 7.4 Un afiliado podrá respaldar a tantos postulantes como le corresponda ser representado por su Base Sindical, observando el artículo 31° del Estatuto de la FED CUT. 7.5 El Comité Electoral entregará los modelos de las solicitudes de Inscripción y de respaldo de firmas de afiliados que deseen ser candidatos (anexo N° 1) 7.6 Cada candidato si cree conveniente podrá acreditar a un personero ante el Comité y/o Mesa Electoral respectivamente para fiscalizar el acto de sufragio en la fecha señalada en el numeral anterior. VIII.- PROCEDIMIENTO ELECTORAL 8.1 Cerrada la inscripción de candidatos. El Comité Electoral invitará a todos los candidatos hábiles y sus personeros para proceder al sorteo con el propósito de asignarle el número identificativo para la competencia. 8.2 Una vez asignada la numeración a cada candidato, el Comité Electoral publicará dentro de las 24 horas siguientes, la lista de los candidatos inscritos hábiles. IX. DE LAS IMPUGNACIONES 9.1 Pueden presentarse tachas a los candidatos sólo en los casos siguientes: 1) Por no reunir los requisitos señalados en los numerales 7.1; 7.2; 7.3; 7,4; 7.5 del presente Reglamento.
ue>icUuL m
a¿ te*m
FEDERACIÓN CENTRO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERÚ Inscrita en el Tomo 7 del Registro de Asociaciones, Asiento 1, Fojas 341 de los Registros Públicos de Lima de fecha 21 de Junio de 1963 y Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Registro N° 51501-06-DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS, fundado el 08 de Agosto de 1945 U N IO N N E T W O R K I N T E R N A T IO N A L
IN T E R N A C IO N A L D E S E R V IC IO S P U B L IC O S
2) Por cometer falta grave prevista en los incisos a), b), c), d), del artículo 17 del Estatuto de la FEDCUT - ESSALUD 9.2 La impugnación deberá ser debidamente fundamentada por escrito presentada dentro de las 48 horas siguientes de la publicación de la lista a que se refiere el numeral 8.2. 9.3 El Comité Electora! resolverá a la brevedad y hará pública su Resolución dentro de las 24 horas. Su decisión será inapelable. X. LA CÉDULA DE SUFRAGIO 10.1 El Comité Electoral elaborará la Cédula de sufragio en la que indicará tantos recuadros como postulantes presentados- (anexo N° 2). XI. DEL SUFRAGIO 11.1 La elección de los delegados participantes al VI CONGRESO NACIONAL se realizará en un solo acto, de acuerdo al Cronograma aprobado en la base. 11.2. En las Bases de los centros asistenciales, se adecuará el horario de votación con la finalidad de facilitar la participación de los afiliados que laboran por turnos. 11.3 La Junta Directiva de cada Base gestionará ante la entidad empleadora, las facilidades necesarias para la participación de la totalidad de sus afiliados en el acto de sufragio, en cumplimiento a lo que dispone la Resolución N° 4751 Reglamento de Licencias Sindicales del CUT. 11.4 El día de las elecciones el Comité Electoral pondrá en un lugar visible, dentro de la cámara secreta una sola lista con la relación de todos los candidatos con su respectivo número de orden ascendente. 11.5 En el momento de la votación, el afiliado se identificará con su Documento Nacional de Identificación o fotochek y se le entregará una cédula de sufragio firmada por el Presidente de Mesa, indicándole que en cada recuadro de la misma debe poner el número del candidato de su preferencia. 11.6 El afiliado puede votar hasta por el número de delegados que le corresponda a la Base. 11.7 Una vez que el afiliado haya anotado el número de los candidatos de su preferencia, debe doblar la cédula y depositarla en el ánfora que debe estar sobre la mesa electoral.
(fa t id uenaUid na agenda n¿ tema
FEDERACIÓN CENTRO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERÚ Inscrita en el Tomo 7 del Registro de Asociaciones, Asiento 1, Fojas 341 de los Registros Públicos de Lima de fecha 21 de Junio de 1963 y Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción de! Empleo mediante Registro N° 51501-06-DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS, fundado el 08 de Agosto de 1945 U N IO N N E T W O R K IN T E R N A T IO N A L
[Ull
IN T E R N A C IO N A L D E S E R V IC IO S P U B L IC O S
11.8 Depositado el voto, el afiliado debe firmar el padrón respectivo, devolviéndosele luego el documento que acredita su identidad. XII. DEL ESCRUTINIO 12.1 Vencido el horario de votación se procederá a colocar en el padrón eleccionario la palabra NO VOTO, al costado de los afiliados ausentes al sufragio y se procederá a contar las firmas de los votantes asistentes al sufragio. 12.2 Se abrirá el ánfora contándose el número de cédulas de sufragio que deberá coincidir con el número de votantes. Si existen cédulas demás se sacará al azar el número de ellas, las que serán anuladas y destruidas. 12.3 Luego se procederá a contar en la mesa los votos que tenga cada uno de los candidatos, para cuyo efecto deberá usarse un modelo de planilla que facilite esta operación. 12.4 Se considera voto en blanco cuando la cédula no tiene ningún tipo de inscripción. 12.5 Se considera voto viciado cuando tiene otras inscripciones diferentes a los números que correspondan a cada uno de los candidatos. 12.6 Cuando en una cédula de sufragio se aprecie, el signo del votante fuera del recuadro, se anulara el voto, solo para el postulante inmerso en el error, más no lo restante que figuren en los demás casilleros. 12.7 Cuando en un mismo casillero se coloque más de un número se viciará más no los restantes que figuren correctamente en los demás casilleros. 12.8 Si un afiliado hubiera colocado en su cédula de sufragio el mismo número más de una vez, se considerará por válido. 12.9 Sí existiera discrepancia en la determinación de la validez o nulidad de un voto o subsistiera cualquier incidente respecto a la modalidad de sufragio, será el Comité Electoral quien resuelva en forma inmediata debiendo acatar los personeros la decisión adoptada. 12.10 Concluido el conteo de los votos en las mesas electorales, se levantará un Acta en la que señalarán hora de inicio y cierre de votación, el nombre de los personeros presentes, secuencia ocurrida si fuera necesario, número de afiliados hábiles, número de votantes, numero de ausentes, numero de votos viciados y número de votos en blanco.
(fa i ía vendad na ofatda n i tema
FEDERACIÓN CEN TRO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL SEG U R O SO C IAL DE SALU D • ESSALUD DEL PERÚ Inscrita en el Tomo 7 del Registro de Asociaciones, Asiento 1, Fojas 341 de los Registros Públicos de Urna de fecha 21 de Junio de 1963 y Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Registro N° 51501-06-DRTPEtC/DPSC/SDRG/DRS, fundado el 08 de Agosto de 1945
12.11 Terminado el escrutinio, se separan los votos escrutados correctamente, y los votos en blanco y viciados serán destruidos.
12.12 El Comité Electoral realizará el conteo final. Concluido el conteo se levantará un Acta Final en la que se señalará la votación alcanzada por cada candidato y se proclamara como ganadores a los que hubieran alcanzado los primeros lugares cubriendo el número de delegados asignados a su correspondiente Base. 12.13 El Comité Electoral entregará al día siguiente el original del Acta al Secretario General de la Base CUT, con copia a la Federación CUT. 12.14 Los Secretarios Generales de los Sindicatos CUT de toda la República remitirán hasta el 20 de Enero del 2017 a la Secretaria de Organización del Consejo Directivo Nacional de la FED-CUT con domicilio procesal en Pasaje Miguel de Los Ríos N° 149 - Altura Ira. Cdra. Av. Grau -Lima, los siguientes documentos: a) b) c) d)
El Acta Final del Proceso Eleccionario. La Nómina del Padrón Electoral. La nomina de los Delegados Electos y La constancia del reconocimiento de su Organización Sindical e Inscripción de su Junta Directiva Vigente ambos expedidos por la autoridad Administrativa de Trabajo.
12.15 La Comisión Organizadora del VI Congreso Nacional de la FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD -ESSALUD DEL PERU, (FED CUT ESSALUD DEL PERU) entregara las correspondientes Credenciales de sus delegados en el día y lugar que se dará inicio el VI Congreso Nacional Ordinario. XIII. DISPOSICIONES FINALES 13.1 El Comité Electoral deberá difundir ampliamente el procedimiento electoral y la relación de candidatos inscritos con el número que le corresponde. 13.2 El Comité Electoral concluirá su función; publicando los resultados en lugares visibles para conocimiento de todos los afiliados difundiendo el resultado del acto electoral realizado.
(fa t id vendad vta ofenda
Ampliar la lista hasta el número de delegados de acuerdo a la proporción señalada en el artículo 31° del Estatuto de la FEDCUT Se procede a destruir los votos emitidos de conformidad a la Directiva N° 001CDN-FED-CUT-ESSALUD-2016, “REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE DELEGADOS QUE PARTICIPARAN EN EL VI CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DE LA FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD-ESSALUD DEL PERU” Siendo las ........... horas del presente, se da por concluido el proceso electoral, firmando el acta los presentes.
PRESIDENTE Comité Electoral
SECRETARIO Comité Electoral
VOCAL Comité Electoral
Personero
Personero
Personero
ía vencUut na agenda n¿ tema oria - Lima - Perú
Teléfono: 433-1249 Telefax: 330-3862 www.fedcut.orq
E-mail:
[email protected]
FEDERACIÓN CENTRO UNIÓN DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD DEL PERÚ Inscrita en el Tomo 7 del Registro de Asociaciones, Asiento 1, Fojas 341 de los Registros Públicos de Lima de fecha 21 de Junio de 1963 y Registrado ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Registro N° 51501-06-DRTPELC/DPSC/SDRG/DRS, fundado el 08 de Agosto de 1945 A filia d o a:
U N IO N N E T W O R K I N T E R N A T IO N A L
TO IB j j
IN T E R N A C IO N A L D E S E R V IC IO S P U B L IC O S
ANEXO N° 05 Nómina de Delegados al VI Congreso Nacional de la FEDERACION CENTRO UNION DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD- ESSALUD DEL PERU, (FED CUT ESSALUD DEL PERU). Representantes del Sindicato CUT .................................................................................................................
N°
APELLIDOS Y NOMBRES
Ampliar la lista hasta el número de delegados de acuerdo a la proporción señalada en el artículo 31° del Estatuto de la FEDCUT
PRESIDENTE Comité Electoral
SECRETARIO Comité Electoral
VOCAL Comité Electoral