DIRECTORIO PROVINCIAL

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M MU UN NIIC CIIP PA AL LIID DA AD DP PR RO OV VIIN NC CIIA AL LD DE E U UT TC CU UB BA AM MB BA A Utcubamba, Junio de 2008 Directorio Provincial I

D.PUBLICO PROVINCIAL
D.PUBLICO PROVINCIAL CONCEPTO: es la rama del derecho constitucional que tien por objeto estudiar comparativamente las constituciones provinciales, la

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ASOCIACIÓN DE SALESIANOS COOPERADORES Provincia María Auxiliadora Consejo provincial www.cooperadores-sevllla.com

DIRECTORIO PROVINCIAL "Que cada uno, con el don que ha recibido, se ponga al servicio de los demás como buenos administradores de la múltiple gracia de Dios" (1 P 4,10)

1

Preámbulo Previa información al Congreso de Salesianos Cooperadores de la Provincia "María Auxiliadora", con sede en Sevilla, celebrado el 9 de mayo de 2015 coincidiendo con el 139 aniversario de la constitución de nuestra Asociación el Consejo provincial, en sesión de 10 de mayo de 2015, ha aprobado por unanimidad el siguiente Directorio provincial que viene a derogar y sustituir el hasta ahora vigente. Igualmente, y conforme a lo establecido en el art. 40 del Estatuto del Proyecto de Vida Apostólica, acordó elevarlo al Consejo mundial de la Asociación de Salesianos Cooperadores para su ratificación.

2

Introducción

2.1

Definición de la Provincia y composición La Provincia María Auxiliadora de la Asociación de Salesianos Cooperadores comprende los Centros canónicamente erigidos y en formación de Andalucía, Canarias y Extremadura. Esta Provincia está inserta en la Región Ibérica que comprende, a su vez, las provincias establecidas en España y Portugal. Para mejorar la animación y la eficacia organizativa, la Provincia se divide en zonas.

2.2

Objeto del Directorio El objeto del presente Directorio es adaptar el Estatuto y el Reglamento del Proyecto de Vida Apostólica de la Asociación de Salesianos Cooperadores –en adelante EPVA y RPVA- a la realidad concreta de la Provincia María Auxiliadora conforme dispone el artículo 40 del EPVA y el 35 del RPVA.

3

El Consejo provincial

3.1

Naturaleza

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1



El Consejo provincial de la Asociación de Salesianos Cooperadores (CP) es el órgano de animación y gobierno, coordinación, formación, organización y administración en el ámbito provincial, conforme dispone el art. 25 del RPVA.



La creación, elección y acciones del CP se ajustan a lo indicado en el PVA, en la normativa eclesial y en este Directorio.



En el desempeño de sus funciones, el CP corresponsabilidad, subsidiariedad y colegialidad.

3.2

sigue

los

principios

de

Composición El CP está compuesto por: Un número conveniente de consejeros - de cuatro a doce - Salesianos Cooperadores. El Delegado provincial SDB y la Delegada provincial FMA. •

De entre los miembros laicos el CP elige: Un Un Un Un



Coordinador (este a su vez puede elegir un Vicecoordinador). Administrador. Secretario. Responsable de la Formación.

Además, puede elegirse a responsables para los diferentes ámbitos, entre otros: Promoción Vocacional Espiritualidad Información y Comunicación Pastoral Juvenil Pastoral Familiar y Hogares Don Bosco (HDB) Solidaridad y Cooperación Salesiana para los Jóvenes del Mundo (CSJM) Familia Salesiana



Conforme a las necesidades concretas, el CP podrá unificar algunos de estos ámbitos de actuación.



El CP designará de entre sus consejeros laicos tantos vocales como zonas en que se estructura la Provincia, a fin de garantizar la consecución de los objetivos de animación y eficacia organizativa de los Centros que integran cada zona. Estos consejeros serán los Vocales de zona.



Con esta finalidad, cuando se proceda a la elección del Consejo provincial, los Centros asegurarán la presencia de hermanos de sus respectivas zonas para que puedan prestar este servicio concreto de animación.

3.3

Funciones del Consejo provincial Para asegurar el funcionamiento de la Asociación en orden a sus fines apostólicos, las competencias principales del Consejo provincial, en comunión con el Consejo mundial, son las que establecen los artículos 25 y 27.1 del RPVA. También la de elaborar documentos marco, de orientación o formación o de cualquier otro tipo en temas de interés para los Centros, y siempre dentro de su competencia.

3.4

Funciones de los Consejeros

3.4.1

El Coordinador provincial

2

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El Coordinador provincial asume todas las funciones que le asigna el artículo 26.1 del RPVA.

3.4.2



Además, recibe, en nombre de la Asociación, la Promesa del aspirante (RPVA art 13).



Firma, en nombre del CP, previo consentimiento del Inspector SDB o de la Inspectora FMA, el decreto de erección, fusión o supresión de un Centro local.



Envía una carta mensual a los Coordinadores locales con el objeto de informar sobre las acciones asociativas y de animar en las líneas que determina el CP.



Resuelve el cambio de Centro de un SC, comunicándolo oportunamente a todas las partes implicadas, según lo establecido en el art. 8.2 de este Directorio.



Expresa al Inspector SDB e Inspectora FMA su parecer sobre la designación de los delegados y delegadas provinciales y locales.

El Vicecoordinador Si lo hubiera, el Vicecoordinador desempeñará las funciones propias del coordinador, ya sea por razón de ausencia de este, ya sea por razón de las delegaciones o atribuciones concretas que se le pudieran encomendar con carácter permanente o singular.

3.4.3

El Administrador El Administrador asume todas las funciones que le asigna el artículo 26.2 del RPVA.

3.4.4

El Secretario El Secretario asume todas las funciones que le asigna el artículo 26.3 del RPVA.

3.4.5

El Responsable de la Formación El Consejero responsable de la Formación asume todas las funciones que le asigna el artículo 26.4 del RPVA.

3.4.6



Además, tendrá en cuenta el plan de formación que pueda elaborarse en el ámbito nacional o regional.



Especialmente y si así lo acordara el CP, procurará y pondrá a disposición de los Centros locales materiales de formación comunes con el fin de que estos los incorporen a su plan de formación de la manera que estimen más idónea.

Área de Promoción Vocacional Al Consejero responsable de esta área le corresponde: •

Promocionar y fomentar los encuentros de aspirantes como momentos imprescindibles en la formación inicial.



Establecer y animar formas de comunicación y formación entre los formadores de grupos de aspirantes en colaboración con el Encargado de formación.



Conocer las diversas realidades pastorales salesianas favorables al anuncio de la vocación del Cooperador y contactar con ellas.



Mantener contacto y reflexionar con los distintos Centros sobre la propuesta vocacional, el modo de su difusión y presentación y el ámbito en q ue se presenta.

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3.4.7



Elaborar materiales y subsidios.



Coordinar y revisar el seguimiento del Plan inicial de formación.

Área de Espiritualidad Al Consejero responsable de esa área le corresponde:

3.4.8



Buscar, crear y proponer medios y momentos para profundizar en nuestro encuentro personal con el Señor y crecer en espiritualidad salesiana.



Preparar con esmero los momentos y espacios comunes de oración y Eucaristías en las reuniones del CP y en momentos comunitarios.



Preparar y/o animar los momentos concretos relacionados con la espiritualidad en Asambleas, Encuentros de aspirantes, de formadores, etc.



Preparar material para el retiro de los aspirantes previo a la promesa.



Coordinar, animar y seguir la participación y calidad de los ejercicios espirituales.



Aportar y/o elaborar los temas de espiritualidad al Plan de formación permanente.



Crear un apartado concreto en la web, con ayuda del área de comunicación, con recursos que ayuden a cuidar la dimensión espiritual del cooperador y aspirante salesianos.

Área de Información y Comunicación Al Consejero responsable de esta área le corresponde:

3.4.9



Animar la comunicación entre los Centros de la Provincia y enviar noticias a la web regional, el Boletín de la Asociación y el Boletín Salesiano.



Cuidar en el ámbito provincial que se faciliten cauces de conocimiento de las necesidades, las inquietudes y la vida de los Centros.



Mantener la página web provincial.



Garantizar la presencia de la Provincia en las redes sociales.

Área de Pastoral Juvenil Al Consejero responsable de esta área le corresponde:

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Sensibilizar, animar e impulsar la acción apostólica de los Centros locales, de manera que se viva y actúe en armonía con el capítulo segundo del PVA.



Fomentar las ocasiones para compartir las experiencias apostólicas de los Centros locales en los encuentros asociativos provinciales.



Animar la presencia de hermanos Cooperadores en las diferentes estructuras de animación juvenil de las presencias salesianas.



Elaborar materiales y subsidios.



Promover la existencia de Vocales de Pastoral Juvenil en todos los Centros de la Provincia.



Mantener colaboración con los Delegados de Pastoral Juvenil de las Inspectorías SDB y FMA.

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Analizar la realidad de los Centros locales en lo que a pastoral juvenil se refiere.

3.4.10 Área de Solidaridad y CSJM Al Consejero responsable de esta área le corresponde: •

Informar y sensibilizar sobre proyectos, iniciativas, campañas, etc. relacionados con la promoción social y la solidaridad con el tercer mundo.



Sensibilizar en la solidaridad y la promoción de la juventud necesitada y en riesgo social de nuestras ciudades.



Participar en la Comisión nacional de Cooperación Salesiana para los Jóvenes del Mundo.



Promocionar la solidaridad económica hacia proyectos y necesidades concretas que se puedan detectar.



Mantener comunicación periódica y fluida con las distintas entidades con las que la Asociación mantiene colaboración, especialmente con el CP de la Asociación de SS.CC. de la Provincia de África francófona occidental (AFO), en virtud del Convenio de hermanamiento que tenemos suscrito con ellos y que se adjunta como Anexo I.

3.4.11 Área de Pastoral Familiar y Hogares Don Bosco Al Consejero responsable de esta área le corresponde: •

Mantener contacto continuo con la Comisión coordinadora de HDB, para lo cual el CP designará y enviará al Consejero junto con su cónyuge, en su caso, para prestar su servicio en dicha Comisión.



Informar y promover el movimiento de HDB entre los SS.CC.



Sensibilizar a los Centros sobre la problemática familiar, ofreciendo y orientando sobre materiales y subsidios que fomenten la misión en este campo.

3.4.12 Área de Familia Salesiana Al Consejero responsable de esta área le corresponde: •

Fomentar la unión, el conocimiento y comunicación con los demás grupos de Familia Salesiana con presencia en el territorio de nuestra Provincia.



Promover actividades conjuntas de celebración, formación y convivencia con los demás grupos de Familia Salesiana, o con alguno de ellos.



Detectar necesidades de servicio en los distintos grupos de Familia Salesiana que puedan ser atendidos por los Salesianos Cooperadores.



Sensibilizar y formar a los Salesianos Cooperadores para el servicio de los grupos de Familia Salesiana.



Garantizar la presencia de los Salesianos Cooperadores en todos los Consejos locales de la Familia Salesiana y de las comunidades educativopastorales de las casas.

3.4.13 Vocal de zona El Vocal de zona representa ordinariamente al CP en su respectiva zona y hace las veces del Coordinador provincial en aquellas funciones que puedan ser delegables. Y en concreto: Directorio provincial Asociación de Salesianos Cooperadores

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Garantizar, de acuerdo con el Consejo provincial, el funcionamiento de los Centros pertenecientes a la zona.



Atender de una manera especial la animación del Centro (o Centros) en crisis que pudiera haber en su zona.



Visitar periódicamente los Centros locales de su zona.



Informar a los Centros acerca de la vida y actividades de la Asociación de Cooperadores en los ámbitos provincial, regional y mundial, de acuerdo con el Consejo provincial.



Coordinar una Comisión intercentros que se encargue de la convocatoria y organización de los Encuentros de zona y otros momentos de encuentro de los Salesianos Cooperadores y aspirantes de la zona, como por ejemplo los ejercicios espirituales.



Coordinar y asegurar la representación de la Asociación de Salesianos Cooperadores en los organismos salesianos, laicales y eclesiales de la zona.



Canalizar en la propia zona las iniciativas de las restantes vocalías.

3.4.14 Delegado y Delegada El Delegado y Delegada provinciales asumen todas las funciones que les asigna el artículo 23 del RPVA.

3.5

Principios generales de funcionamiento del Consejo provincial •

El Consejo provincial es un órgano colegiado y todos los que lo forman son responsables del proyecto común que pueda aprobar con la duración temporal que establezca, preferiblemente trienal, una vez se produzca su constitución tras su elección. En cuanto órgano colegiado, todo el Consejo es a la vez responsable del proyecto que pueda establecer cada área de animación, impulsando y velando por su cumplimiento.



Cada Consejero es responsable inmediato de las actividades del ámbito de su competencia, según el principio de autonomía e iniciativa personal, informando al CP de aquellas iniciativas que puedan ser más relevantes para su adecuado conocimiento y seguimiento.



Además de las funciones enunciadas, cualquier Consejero puede recibir un encargo extraordinario para atender a las necesidades urgentes, a j uicio del Consejo.



Los consejeros provinciales tienen la obligación de estar en contacto con sus homólogos, cuando los hubiere, o con aquel que asuma las funciones propias de su área en los Centros locales y en la Secretaría Ejecutiva Regional.



Los distintos consejeros contarán con un equipo de trabajo si fuese necesario.



El CP se reúne a ser posible con periodicidad mensual, previa convocatoria con el orden del día, que también se publicará en la página web una semana antes de la reunión.



Corresponderá al Coordinador provincial la convocatoria de la sesión del Consejo, la fijación del orden del día previa consulta con el resto de miembros del Consejo y la determinación de su modo de celebración, presencial o por videoconferencia .

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Será precisa la participación, presencial o por videoconferencia, de la mitad más uno de los miembros del Consejo para quedar válidamente constituido. En cualquier caso, de las sesiones que se celebren por videoconferencia se levantará acta que se aprobará en la siguiente sesión presencial del CP. •

El CP como signo visible de fraternidad y corresponsabilidad buscará el consenso en todos los acuerdos. Si no fuese posible lo anterior, y de ser necesario, el acuerdo a adoptar se someterá a votación. Para ser aprobado en primera votación requerirá mayoría absoluta de los votos emitidos. De no obtenerse dicha mayoría, se someterá a una segunda votación en la que el acuerdo será adoptado por mayoría simple de los votos emitidos, siempre y cuando los votos favorables no sean inferiores a un tercio de los miembros del CP. En caso de empate, el voto del Coordinador será decisorio.



Los acuerdos adoptados se reseñarán al final de cada acta de sesión y se revisarán en la reunión siguiente.



Cuando el acuerdo adoptado afecte particularmente a un Centro, el Coordinador provincial, o el Consejero responsable de llevar a término el acuerdo, se lo comunicará por correo electrónico al Coordinador local. Si el acuerdo se refiere a todos los Centros, se comunicará a través de la carta que el Coordinador provincial dirige mensualmente a todos los Coordinadores locales.

3.6.

Constitución del CP tras su elección por el Congreso provincial



Una vez elegidos los miembros del CP por el Congreso provincial, y hasta la constitución del nuevo Consejo, el saliente seguirá ejerciendo las funciones y competencias que tiene atribuidas por el PVA y este Directorio, si bien procurará resolver y atender tan solo aquellas cuestiones que sean de mero trámite.



La constitución del nuevo CP se producirá en el plazo máximo de tres meses desde su elección por el Congreso provincial.



La sesión constitutiva del nuevo CP será convocada por el Coordinador provincial saliente, fijando lugar y hora para su celebración previa consulta con los consejeros electos. En dicha sesión, y hasta la elección de los nuevos Coordinador y Secretario provinciales, ejercerán las funciones de moderación y secretaría respectivamente los consejeros de mayor y menor antigüedad en la Asociación.



En la sesión constitutiva deberá acordarse, en todo caso, los consejeros que a partir de la constitución del CP vayan a figurar como titulares de las cuentas bancarias abiertas a nombre del mismo.



Igualmente en el plazo máximo de un mes se procederá a la entrega de la documentación administrativa y contable por los secretarios y administradores salientes a los elegidos por el nuevo Consejo.



De la sesión constitutiva del CP se levantará acta por el secretario de la sesión con el visto bueno del Coordinador provincial.

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El Congreso provincial

4.1

Naturaleza, composición y funciones El Congreso provincial está formado por el Consejo provincial y por los Consejos de los Centros locales canónicamente erigidos. Asimismo, podrán participar con voz y sin voto los Coordinadores de los Centros en formación.

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Sus tareas principales son: dar orientaciones e indicaciones concretas para el Consejo provincial en el campo de la formación, de la misión, de la organización en el ámbito provincial y de la consecución de objetivos para que sean tenidos en cuenta por el Consejo provincial al tiempo de elaborar su proyecto anual o trienal; revisar la vida de la Asociación a nivel provincial desde el último Congreso; elegir el Consejo provincial.



Será convocado, al menos, una vez cada tres años con motivo de la renovación del Consejo provincial.



Igualmente será convocado anualmente para la programación y la verificación de la Provincia, si bien dadas las características del proyecto provincial existente en cada momento, podrá bastar a tal efecto con la celebración anual de la tradicional Asamblea provincial.

4.2

Quórum, votaciones y publicidad de acuerdos •

Para que el Congreso pueda llegar a un acuerdo vinculante es preciso que esté presente, al menos, la mitad más uno de los Centros convocados, considerándose la presencia del CP como un Centro a efectos de cómputo.



Para la válida constitución del Congreso será necesaria la presencia de la mayoría absoluta de los Centros erigidos de la Provincia.



Para que una cuestión sea sometida a votación, resultará preciso que estén presentes la mayoría absoluta de los Centros erigidos que participen en el Congreso.



Alcanzado el quórum preciso para la adopción del acuerdo, este habrá de ser aprobado por la mayoría absoluta de los congresistas presentes al tiempo en que se produzca la votación.



Los acuerdos a los que se llegue en el Congreso quedarán recogidos en las a ctas del Congreso y se les dará publicidad a través de la página web. Dichos acuerdos se revisarán en el siguiente Congreso provincial.

4.3

Convocatoria •

El Congreso provincial será convocado por el Coordinador provincial quien enviará una carta a cada Coordinador local al menos tres meses antes de su celebración, con indicación de la fecha y lugar de celebración, horario y orden del día .



Los Centros en formación están también convocados en la persona del Coordinador local, que tendrá voz, pero no voto.



Al Congreso provincial serán invitados también el Inspector SDB y la Inspectora FMA de que ejerzan como tales en el ámbito territorial de la Provincia Mª Auxiliadora de SS.CC.; el Consejero mundial de la Asociación de Salesianos Cooperado res para la Región Ibérica; los representantes de los demás grupos de la Familia Salesiana presentes en el territorio de nuestra Provincia; y los coordinadores provinciales de la provincias de SS.CC. insertas en el ámbito territorial de la Inspectoría SDB de la que forme parte nuestra Provincia.

4.4

Reglamento electoral El Reglamento electoral será elaborado por el CP antes de cada Congreso y aprobado por el propio Congreso en la primera sesión de trabajo.

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Otros órganos de coordinación provincial

5.1

Reuniones del Consejo provincial con los coordinadores locales •

Los años en que no haya Congreso el CP podrá convocar a los Coordinadores locales y, en su caso y de ser preciso por razón de la temática a tratar, a los vocales convenientes de los Consejos locales para examinar y consultar asuntos de interés común de todos los Centros de la Provincia.



Se convocará en el último trimestre del curso escolar para poder hacer un balance del curso.

5.2

Reuniones del Vocal de zona con los Coordinadores locales Los Coordinadores de los Centros locales que integran cada una de las zonas en que se estructura nuestra Provincia se reúnen con el Vocal de zona y forman la Comisión intercentros, que se encarga de la convocatoria y organización de los Encuentros de zona y otros momentos de encuentro de los Salesianos Cooperadores (SS.CC.) y aspirantes de la zona, muy especialmente la/s tandas de ejercicios espirituales que se puedan organizar en cada una de ellas.

5.3

Reuniones sectoriales o por áreas Las distintas vocalías del Consejo provincial pueden crear equipos de trabajo con sus homólogos locales.

5.4

Encuentro del Consejo provincial con los Consejos locales •

A principio de curso se reunirá el Consejo provincial con los Consejos locales de la península en el marco del encuentro que convoca el Inspector para los Consejos locales de la Familia Salesiana.



En Canarias, también se reunirán al inicio de curso los Consejos locales con algún Consejero provincial.



En esta reunión se pondrán en común las prioridades para el curso, el calendario, así como otras cuestiones de interés general para la Asociación.

6

Encuentros provinciales La Asociación a nivel provincial asegura la planificación, desarrollo y evaluación de los siguientes momentos de encuentro:

6.1

Asamblea provincial •

La Asamblea provincial es la reunión de todos los cooperadores de la Provincia. Asisten de pleno derecho los Salesianos Cooperadores y los Delegados/as y se invita a todos los aspirantes. Tiene lugar anualmente, en fecha cercana al final de curso, con la duración que fije el Consejo provincial, preferiblemente la de un fin de semana. Se procurará que al menos una vez en cada sexenio su celebración tenga lugar en las Islas Canarias.



Los objetivos de la Asamblea son la convivencia, la información mutua y la celebración de la fe.



Es el momento privilegiado por la Asociación para la realización de las promesas a nivel provincial.

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6.2

Se invita también a los representantes provinciales de los restantes grupos de la Familia Salesiana.

Ejercicios espirituales •

Los ejercicios espirituales son una oferta formativa y de interiorización para todos los Salesianos Cooperadores de la Provincia. Están convocados a ellos todos los Salesianos Cooperadores y aspirantes de la Provincia. Se puede completar el número de plazas con la presencia de miembros de la Familia Salesiana. Tienen lugar anualmente, preferentemente en Cuaresma, con una duración mínima de un fin de semana, preferiblemente en régimen interno.



Los objetivos de los ejercicios espirituales son la revisión de la propia vida a la luz del Evangelio. Su organización corresponde a los vocales de zona en colaboración con los Centros implicados y la Vocalía de Espiritualidad. La asistencia a los mismos no está limitada a los Salesianos Cooperadores y aspirantes de la zona sino que se conciben como una oferta provincial.

6.3

Encuentros de zona •

Los Encuentros de zona son la reunión de todos los Salesianos Cooperadores, aspirantes y Delegados/as de cada una de las zonas establecidas en este Directorio.



Tienen lugar anualmente, entre el primer y segundo trimestre del curso, con una duración de un día. En Canarias, debido a las distancias, podrá tener una duración de dos días. Los objetivos del Encuentro de zona son la convivencia, la información mutua, la celebración de la fe y la formación.

6.4

Encuentro de formadores El Encuentro de formadores es una oferta formativa para todos los formadores de aspirantes de la Provincia. Están convocados a participar los formadores de aspirantes y los Consejos locales pueden invitar a Salesianos Cooperadores o SDB/FMA que colaboren o puedan colaborar en tareas de formación inicial. Tiene lugar cada dos años con una duración de un fin de semana. Los objetivos del Curso/Encuentro de formadores son la formación, el intercambio de experiencias y la celebración de la fe.

6.5

Encuentro de aspirantes •

El Encuentro de aspirantes es un momento formativo de singular importancia dentro del itinerario de discernimiento vocacional de los aspirantes de nuestra Provincia.



Están convocados a participar en él todos los aspirantes de la Provincia que se encuentren dentro de los dos primeros años de formación inicial.



Tiene lugar anualmente con una duración mínima de un fin de semana.



Los objetivos del Encuentro de aspirantes son la formación, el intercambio de experiencias, la celebración de la fe y la vivencia de la dimensión asociativa de la vocación del salesiano/a cooperador/a.



Explícitamente en este encuentro se hará referencia a los rasgos esenciales de la vocación del Salesiano Cooperador, profundizándose en aquellos elementos que definen y cualifican la figura del salesiano/a cooperador/a.

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6.6

Dada la singular importancia que se da a este encuentro, la asistencia por parte de cualquier aspirante será requisito a valorar por el CP en el momento en que formule su solicitud de ingreso en la Asociación mediante la realización de la promesa.

Ejercicios espirituales de discernimiento vocacional Los ejercicios espirituales de discernimiento vocacional son un momento formativo y de interiorización para todos los aspirantes a salesianos/as cooperadores/as de la Provincia. •

Están convocados a participar todos los aspirantes que se encuentren en momento próximo a solicitar el ingreso en la Asociación mediante la formulación de la correspondiente carta de admisión. En todo caso, los aspirantes habrán de haber estudiado el PVA o estar realizándolo en el momento en que participen en dichos EE.EE.



El CP fijará el momento de celebración de dichos EE.EE. procurando garantizar que anualmente se celebren cuanto menos una tanda.



Su duración mínima será de un fin de semana, comenzando a ser posible el viernes por la tarde en el momento que se determine.

7

El Centro local (o la realidad local). Relaciones con el Consejo provincial

7.1

El Centro local El Centro local es el núcleo fundamental de la realidad asociativa y en cuanto tal será privilegiado por los Salesianos Cooperadores que lo forman para la vivencia fraterna y corresponsable de su fe. Conforme al PVA está constituido por la unión de los Salesianos Cooperadores que, en número mínimo de seis, actúan en una misma población o comarca, se encuentra erigido canónicamente y cuenta con la adecuada organización y vida comunitaria. •

En la Provincia salesiana "María Auxiliadora" están canónicamente erigidos los siguientes: Provincia de Cádiz: Algeciras, Jerez, Cádiz María Auxiliadora y Cádiz San Ignacio. Provincia de Córdoba: Córdoba, Montilla y Pozoblanco. Comunidad Autónoma de Extremadura: Badajoz y Mérida. Isla de Gran Canaria: Las Palmas Árbol Bonito, Las Palmas Guanarteme, Las Palmas Sagrado Corazón Barranquillo y Telde. Granada Huelva Provincia de Jaén: Jaén y Úbeda. Provincia de Málaga: Málaga y Ronda. Provincia de Sevilla: Sevilla Nervión, Sevilla San Vicente, Sevilla Triana, Sevilla Trinidad y Utrera. Isla de Tenerife: Hogar Escuela, La Cuesta y La Orotava.

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Por lo extenso y rico de esta Provincia se reconocen diversas modalidades de organización en el ámbito local. Para su regulación conforme al Proyecto de Vida Apostólica, y como manera de compartir la organización con el resto de la Asociación, los Consejos locales podrán aprobar los correspondientes Directorios locales conforme establecen las disposiciones finales del PVA. Para este fin, el Consejo provincial elaborará un documento marco de referencia y ayuda.



Todos los Centros locales reconocen la importancia de llevar una vida asociativa lo más plena posible, de acuerdo con las actividades y organización contenidas en el Proyecto de Vida Apostólica y este Directorio, y se comprometen a mantener una comunicación constante y fluida entre el Consejo local y el Consejo provincial, transmitiendo puntualmente proyectos, revisiones, iniciativas y experiencias, en bien de toda la Asociación.



Asimismo, cada Centro llevará la administración conforme a las indicaciones y orientaciones marcadas por el Consejo provincial.

7.2

El Centro en formación En aquellos lugares donde no exista el número mínimo de Cooperadores necesario para erigir un Centro local o, aunque se alcance ese número, no exista un Centro canónicamente erigido, los Salesianos Cooperadores se agruparán llevando una vida comunitaria lo más semejante posible a la de un Centro, con iniciativas formativas y espirituales comunes en la medida de sus posibilidades. •

Cuando esta situación se mantenga durante un periodo suficiente, el Consejo provincial lo considerará como "Centro en formación" y lo animará con el fin de que se den las circunstancias precisas para su erección canónica.



Los Cooperadores del Centro en formación elegirán de entre ellos cada tres años un hermano/a que hará las funciones de Coordinador, responsable de su animación y cauce de comunicación con el Consejo provincial.



Los Centros en formación de la Provincia son: Alcalá de Guadaíra y Sanlúcar la Mayor en Sevilla; Rota y San José del Valle en Cádiz; Linares en Jaén; Marbella en Málaga; y Palma del Río en Córdoba.

7.3

Erección canónica del Centro en formación Cuando un Centro en formación esté funcionando regularmente durante un tiempo suficiente y, a juicio del CP, se hayan alcanzado los criterios fijados, a petición de los SS.CC. del Centro se podrá erigir con la aprobación del Consejo provincial, según se establece en el documento “Criterios para la erección canónica de un Centro” aprobado por el CP, que como Anexo II acompaña a este Directorio, y previo consentimiento del Inspector SDB, la Inspectora FMA, o el Obispo diocesano (si se trata de un Centro local fuera de obras salesianas). Dicha erección se realizará mediante decret o firmado por el Coordinador provincial, que se entregará solemnemente al nuevo Centro en el marco de una Eucaristía festiva presidida por el Inspector o por el Delegado provincial, con la máxima presencia posible de miembros del Consejo provincial y a la que se invitará a todos los Centros de la Provincia.

7.4

12

El Centro en crisis

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Si durante un año se constatara en un Centro una paralización real de la vida asociativa, una falta de asistencia a reuniones y encuentros provinciales y de comunicación con el Consejo provincial, este podrá considerarlo como un "Centro en crisis". El CP deberá realizar cuantos esfuerzos de animación estén en su mano para reactivar el mismo, de acuerdo con los Centros y Delegados respectivos, dándose un plazo máximo de tres años para este plan de reactivación. Si transcurrido el plazo de tiempo previsto para la reactivación de la vida asociativa del Centro esto no se hubiere conseguido, el Consejo provincial se planteará la conveniencia de suprimirlo, para lo cual deberá comunicarlo por escrito a los Cooperadores del Centro en crisis, dándoles un plazo suficiente para que de común acuerdo y en espíritu de fraternidad se puedan superar las dificultades. Si transcurrido el mismo no se constatara una recuperación real de la vida comunitaria, el Consejo provincial podrá suprimir el Centro mediante decreto firmado por el Coordinador provincial, previo consentimiento del Inspector SDB o de la Inspectora FMA. Este decreto deberá ser comunicado a todos los Cooperadores del Centro suprimido, indicándoles el Centro al que quedarán vinculados por proximidad, a menos que alguno de ellos manifieste su preferencia de quedar unido a otro por mayor facilidad de presencia y comunicación.

7.5

7.6

Relación entre el Consejo provincial y el Consejo local •

El Vocal de zona constituirá el vínculo personal más próximo entre el Consejo provincial y los Consejos locales de los Centros, manteniendo una comunicación muy frecuente entre ambos órganos de animación. Procurará visitar todos los años los Centros erigidos y los Centros en formación de la Provincia insertos en su zona, con la finalidad de conocer la realidad local, transmitir orientaciones e indicaciones y, en definitiva, personalizar la tarea de animación propia del Consejo provincial.



En los Consejos locales se procurará que existan vocales con las mismas funciones que las vocalías existentes en el Consejo provincial, aunque tengan que estar agrupadas algunas de ellas en un solo vocal. Los vocales homólogos de los Consejos locales y del Consejo provincial procurarán mantener una comunicación fluida y directa en lo referente a sus funciones, sin perjuicio de la comunicación entre coordinadores.



Los Consejos locales remitirán anualmente los proyectos de sus Centros al Consejo provincial, y procurarán responder a las peticiones que se les formulen desde el Consejo provincial en la forma y plazos que se les soliciten.

Las zonas Dada la amplitud geográfica de la Provincia Salesiana "María Auxiliadora", para una mejor coordinación y relación entre los Centros más próximos y entre los Consejos locales y el Consejo provincial, los Centros se agruparán en las siguientes zonas: Cádiz, Gran Canaria, Tenerife, Córdoba, Extremadura, Granada-Málaga, Jaén y Sevilla-Huelva, o en otras zonas que determine el Consejo provincial. Los Centros integrados en cada zona procurarán mantener una relación cercana y una comunicación fluida entre sus Consejos locales e impulsarán iniciativas comunes, como los Encuentros de zona, ejercicios espirituales, momentos formativos o lúdicos conjuntos o incluso iniciativas pastorales que puedan ser necesarias o útiles en su ámbito territorial.

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Pertenencia a la Asociación y formación

8.1

Criterios de pertenencia La pertenencia a la Asociación se adquiere por la emisión pública de la promesa de SS.CC. (Artículo 27.3 Estatuto). •

La participación en la Asociación de Salesianos Cooperadores implica, todos y cada uno de los siguientes compromisos: a. Participación en los actos y reuniones que organiza la Asociación a nivel local, zonal y provincial. b. Compromiso en el sostenimiento económico de la Asociación. c. Renovación de la Promesa, al menos una vez cada tres años. Esta renovación se podrá celebrar comunitariamente por todos los Salesianos Cooperadores que forman el Centro, o individualmente. Preferentemente se llevará a cabo coincidiendo con momentos celebrativos de la Familia Salesiana de la localidad en que radique el Centro.



La renovación de la promesa se podrá celebrar conforme el documento aprobado por el CP que se adjunta como Anexo III.

8.2

Vinculación con un Centro y cambio de Centro Como norma general todos los SS.CC. de la Provincia se encuentran vinculados a un Centro, en el que figuran inscritos como activos con las condiciones establecidas en el punto 8.1. •

Solo en casos excepcionales, tal y como establece el artículo 18.6 del RPVA, podrán los SS.CC. solicitar al Consejo provincial su adscripción directamente al mismo.



El cambio de Centro ha de solicitarlo el SC interesado, mediante escrito dirigido al Coordinador provincial, quien lo pondrá en conocimiento de los Coordinadores locales de los dos Centros afectados (el Centro origen y el Centro destino), para que expresen en un plazo de quince días su parecer al cambio de adscripción. Transcurrido dicho plazo, el Coordinador provincial resolverá el cambio de Centro, comunicándolo oportunamente a todas las partes implicadas.

8.3

Formación inicial

8.3.1

Criterios



Como norma general, la formación inicial se realiza en grupos.



Con carácter previo a la integración de un aspirante en un grupo de formación , se le habrán presentado los rasgos esenciales y el perfil de la vocación del Salesiano Cooperador.



La presentación de la vocación en este momento inicial de la integración de un aspirante a un grupo de formación se hará usualmente a nivel local, organizada por el Consejo local de la manera que se considere más conveniente conforme a sus destinatarios.



A este momento inicial de presentación de la vocación se invitará a todas las personas que el Consejo local, por su propia iniciativa o a propuesta de algún miembro del Centro, entienda que se encuentran cercanos al carisma y a la misión salesiana y puedan estar interesados en iniciar el camino de discernimiento vocacional que supone un grupo de aspirantes.

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Los grupos de aspirantes estarán animados por un SDB, FMA o SC designado por el Consejo local. En caso de que la animación sea asumida por un SDB o FMA, el Consejo local procurará que un SC del Centro acompañe también al grupo como asistente del formador.



El formador SC de aspirantes deberá contar con, al menos, 3 años de pertenencia a la Asociación, participar de manera habitual en la vida asociativa y ser testimonio de una rica vida sacramental.



Desde el principio del itinerario de formación inicial se invitará a los aspirantes a procurarse un acompañamiento personal y espiritual en la persona que ellos determinen.



Excepcionalmente podrá realizarse una formación individualizada por decisión razonada del Consejo local, comunicada al Consejo provincial.



Como norma general, la formación inicial dura entre tres y cinco años, adaptando el ritmo a las peculiaridades personales y familiares de los aspirantes y a su bagaje formativo y experiencial previo a la entrada en el grupo.

8.3.2

Etapas Se establecen tres etapas en la formación inicial, según el Plan de Formación Inicial: Iniciación, Profundización y Opción. Al finalizar cada etapa, el formador, siguiendo las pautas que facilite el CP, informará al Consejo local sobre el grado de consecución de los objetivos establecidos para cada etapa y la participación activa de cada aspirante en la vida del Centro y de la Asociación. Los Consejos locales programarán un momento celebrativo especial en la vida del Centro local que signifique el cambio de etapa de formación de los aspirantes, particularmente al tiempo en que se les haga entrega del PVA para que comiencen su estudio y reflexión.

8.4

Solicitud de entrada en la Asociación

8.4.1

Petición de promesa Cuando el aspirante ha concluido su proceso formativo formula su petición de admisión en la ASC. Dicha petición se entrega al Coordinador local por carta original manuscrita o firmada en la que ha de expresarse, con total claridad, que se solicita la admisión en la ASC de manera libre, consciente y voluntaria.

8.4.2

Documentación necesaria •

Fase local: Para la admisión a promesa por parte del Consejo local, han de presentarse en reunión ordinaria del mismo, las cartas originales de solicitud de promesa junto con el informe por escrito de valoración del formador. Sería, además, conveniente y aconsejable que se invite expresamente al formador del aspirante (si no pertenece al Consejo) a que asista a dicha reunión, aunque no participe en las votaciones. El Consejo valora las solicitudes individualmente y procede a su votación individual, de la que deja constancia el Secretario en el acta oficial del Centro. Todo este proceso se recoge en la Carpeta de acompañamiento del aspirante.

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Al tiempo de examinar la solicitud de admisión de un aspirante el Consejo local la valorará conforme a los criterios establecidos por el CP en el protocolo que se adjunta como Anexo IV; especialmente vida sacramental y espiritual, su integración en la vida del Centro durante su periodo de formación, su participación en encuentros de zona y, en su caso, provinciales, así como en el encuentro de aspirantes y en los ejercicios espirituales de discernimiento vocacional. •

Fase provincial: Una vez completado el proceso anterior, el Coordinador local remite al Coordinador provincial el original de las cartas de solicitud de promesa, el informe de valoración del formador y la certificación original del acta del Consejo local, firmada por el Secretario con el visto bueno del Coordinador local, en la que se recoja el sentido íntegro de los acuerdos adoptados en relación a las solicitudes de los aspirantes, el recuento de votos y las posibles objeciones o votos particulares que existan. Dicha documentación se presentará en reunión ordinaria del Consejo provincial mediante informe elaborado por el Vocal de la zona a la que pertenezca el Centro en el que el aspirante esté integrado. El CP valorará las solicitudes una por una y procederá a su votación individual, de la cual deja constancia el Secretario en el acta oficial del Consejo provincial.

8.4.3

Criterios de admisión En atención a una adecuada valoración del proceso de discernimiento personal de cada aspirante, el CP considerará, en su decisión sobre la solicitud de admisión, los siguientes criterios: Los definidos en el Plan de formación inicial. La constatación de una Integración y participación asidua en la vida de Centro y de la Asociación. La asistencia al Encuentro provincial de aspirantes y a los Ejercicios espirituales de discernimiento vocacional. Estos requisitos podrán ser convalidados por el Consejo provincial atendiendo a circunstancias excepcionales.

8.4.4

Celebración de la promesa La celebración de la promesa se realizará en el marco de un encuentro asociativo provincial, ya sea la Asamblea, como momento privilegiado para ello, o en el de los Encuentros de zona. Corresponde al Centro local que presenta a los aspirantes proponer y consensuar con el Consejo provincial uno de estos dos marcos para celebrar la promesa, correspondiendo en última instancia al CP decidir el momento de dicha celebración.



La promesa se celebrará siguiendo el guion aprobado por el Consejo provincial y que se adjunta como Anexo IV.



La Eucaristía en la que se enmarca la emisión de las promesas será de carácter sencillo, así como el posterior ágape o invitación, procurándose de modo especial vivir el espíritu de familia tan propio del carisma salesiano



El Coordinador provincial, o Salesiano Cooperador en quien delegue, recibe la promesa del aspirante.

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8.5

El CP, a través de su Coordinador, informará al Inspector e Inspectora de la celebración de las promesas, indicándoles el lugar y hora previstos e invitándoles a hacerse presentes en cuanto signo especial de cercanía y vivencia fraterna del carisma salesiano.

Acompañamiento personal •

El acompañamiento personal permanente de cada Salesiano Cooperador por su Centro local constituye un medio idóneo para fortalecer la fidelidad vocacional. A tal fin, valorando las experiencias compartidas en el ámbito de la Provincia, cada Centro es invitado a establecer un modo adecuado de acompañamiento individualizado para cada Salesiano Cooperador, y de manera especial al menos durante el tiempo siguiente a la realización de la Promesa.



Tal y como establece el Artículo 14.3 del RPVA, el Consejo local tiene la obligación de acercarse fraternalmente a los Salesianos Cooperadores que se han alejado de la Asociación, según los criterios del art. 8.1 del presente Directorio, para clarificar su situación. Para ello, se invita a cada Centro local a diseñar un protocolo de seguimiento y acompañamiento de los Cooperadores alejados, que será aprobado por la Asamblea del Centro, en el que se identifiquen los criterios de alejamiento, las etapas y las actuaciones a realizar por cada una de las partes implicadas.

8.6

Salida de la Asociación en caso de alejamiento •

En atención a la competencia atribuida al Consejo provincial en el art. 31.2 EPVA, resulta oportuno establecer que la desaparición del sentido de pertenencia a la Asociación en un Salesiano Cooperador, entendida como el cese de toda participación en la vida asociativa y concretada en la ausencia simultánea y prolongada en el tiempo de los signos visibles expresados en el art. 8.1 del presente Directorio, puede constituir un estilo de vida no coherente con el deber fundamental de vivencia comunitaria de la vocación en el seno de la propia Asociación establecido en el PVA.



Si, tras el correspondiente acompañamiento personal de un hermano alejado, el Consejo local de su Centro discerniese, de acuerdo con lo anterior y siguiendo lo dispuesto en el PVA, que la desaparición del sentido de pertenencia en dicho hermano es irreversible, dicho Consejo local podrá pedir al Consejo provincial que tome la decisión de dar de baja de la Asociación al hermano alejado. Tal petición será motivada e irá acompañada de un informe suficientemente detallado del acompañamiento personal realizado y del periodo de tiempo de alejamiento tenido en cuenta. En caso de que el Consejo provincial declarase la situación de baja de un miembro de la Asociación, corresponde al Consejo local peticionario comunicar dicha decisión al interesado.

9

Administración de la Asociación

9.1

Administración La administración de los bienes de la Asociación se realiza a tenor de lo expuesto en el Código de Derecho Canónico (art. 319,1279-1289), el Proyecto de Vida Apostólica de la Asociación, el presente Directorio y los acuerdos que el Consejo provincial lleve a cabo en el ámbito de la Consulta regional (Manual sobre preparación y llevanza de la contabilidad en la ASC).

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A nivel provincial es competencia del Consejo provincial, que ejerce, ordinariamente, a través de su Administrador.

9.2

Presupuestos y balances anuales •

El Consejo provincial elabora un presupuesto y un balance económico por años naturales. El presupuesto será aprobado antes del 31 de diciembre de cada año.



Dicho presupuesto y balance deberán ser presentados, tras su aprobación por el Consejo provincial, tanto a los Consejos locales como al Consejo mundial, para su información



El balance del Consejo provincial junto con los balances de los Centros se enviarán a la Secretaría Ejecutiva Regional.

9.3

Aportaciones económicas de los Centros al Consejo provincial: fechas, criterios de cuantificación... •

Todos los Centros canónicamente erigidos o en formación realizan aportaciones económicas anuales al Consejo provincial para su gestión ordinaria, organización de encuentros, abono de aportaciones al Consejo mundial, mantenimiento de fondos de solidaridad o cualquier otra tarea que tenga encomendada.



El importe total de las aportaciones de los Centros quedará recogido en el presupuesto anual elaborado por el Consejo provincial.



Los Consejos locales comunicarán al Secretario provincial, antes del 15 de septiembre de cada año, el listado de miembros a tener en cuenta para el cálculo de la aportación a realizar a la SER en el siguiente ejercicio. Asimismo, comunicarán regularmente a la Secretaría provincial las variaciones que se produzcan en el censo local, para que sean tenidas en cuenta a nivel provincial en el trimestre siguiente.



La Secretaría provincial comunicará estas variaciones a la Administración provincial a los efectos oportunos.



Respondiendo al principio de solidaridad, el Consejo provincial aprueba para cada año la aportación de cada Salesiano Cooperador para contribuir a los desplazamientos de los hermanos canarios a Congresos y Asambleas provinciales. Igualmente aprobará la aportación de cada miembro destinada a contribuir a los gastos de funcionamiento del Consejo provincial AFO, asumidos en virtud del Convenio de hermanamiento suscrito con dicha Provincia (Anexo I).

9.4

Aportaciones del Consejo provincial a la Consulta regional El Consejo provincial realiza aportaciones anuales a la Consulta regional, según los presupuestos aprobados por la propia Consulta. Dichas aportaciones incluirán las que la Provincia tuviera que realizar al Consejo mundial.

9.5

Relaciones con las Administraciones Públicas La Asociación de Salesianos Cooperadores es una persona jurídica pública de la Iglesia Católica, por ello goza, a nivel civil, de los derechos y deberes consecuencia de los acuerdos Iglesia-Estado. En España, está inscrita como ONG-D y tiene, por tanto, los deberes y derechos que corresponden según la ley.

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Por acuerdo entre los Consejos provinciales de las Provincias de España, la Asociación de Salesianos Cooperadores tiene personalidad jurídica propia. El reconocimiento civil de la Asociación pertenece exclusivamente al ámbito del Estado español, y las acciones oportunas derivadas de dicho reconocimiento civil se realizan a través de la Secretaría ejecutiva regional. Como consecuencias del acuerdo citado en el párrafo anterior, podemos indicar las siguientes: la Asociación de Salesianos Cooperadores tiene un único C.I.F. para todos los Centros y Provincias de España. La inscripción en el Registro de entidades religiosas se realiza sólo a nivel de la Consulta regional. En el ámbito de la Consulta regional, la Secretaría Ejecutiva Regional se encarga de marcar las directrices que puedan tener implicaciones fiscales tales como: apertura de cuentas, solicitud de deducción fiscal por las aportaciones efectuadas... Cualquier acto que se tuviera que realizar ante una administración pública será competencia de la Consulta regional, en particular en la persona de su Coordinador y Administrador (ver apartado 9.6).

9.6

Bienes de la Asociación •

Para la administración de los bienes de la Asociación se considerará especialmente lo indicado en los artículos 5 y 34 del RPVA de la Asociación. Teniendo en cuenta el actual reconocimiento civil de la Asociación, para cualquier acto se actuará de acuerdo con la Consulta regional y bajo la supervisión de la Secretaría Ejecutiva Regional.



Las cuentas bancarias de titularidad de la Asociación para la gestión del CP se abrirán con la firma, al menos, del Coordinador, el Administrador y el Secretario provinciales. Los actos de disposición de las mismas corresponderán de ordinario al Administrador, salvo los que excedan de mil euros, en los que será precisa la autorización de dos cualesquiera de los consejeros con firma autorizada.



Los ingresos, gastos y bienes de los Centros en formación corresponden patrimonialmente al ámbito de gestión del CP. A tal efecto, los Centros en formación remitirán anualmente al Administrador provincial, con la suficiente antelación, la previsión de ingresos y gastos del ejercicio para su inclusión separada en el presupuesto provincial; asimismo, remitirán el libro diario y el balance de cada ejercicio para su inclusión separada en el balance provincial.



Cuando fuese preciso para la gestión ordinaria de un Centro en formación, el CP podrá autorizar la apertura de una cuenta bancaria destinada a tal fin. La titularidad de dichas cuentas corresponderá en todo caso al CP, con la firma del Administrador provincial y el Coordinador local, o el Administrador local si lo hubiere, del respectivo Centro. El Administrador provincial deberá ser informado periódicamente de los actos de disposición de fondos de dichas cuentas.

10

Secretaría de la Asociación

10.1

Tareas de la Secretaría La normativa civil, eclesial y de la Asociación obliga a la misma a la realización de diversas tareas administrativas, entre ellas: actas de los órganos de gobierno, archivo y censo de asociados.

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10.2

Actas El Consejo provincial es el órgano encargado de la elaboración y custodia de las actas de sus reuniones así como las de los Congresos provinciales. Las actas deben contener, al menos, la relación de asistentes, el orden del día y los acuerdos adoptados. Las actas del Consejo provincial se aprueban en la siguiente sesión del Consejo. Las del Congreso, en el momento de la clausura del mismo Congreso. Una vez aprobadas, las actas quedarán archivadas en la sede del Consejo provincial. Los acuerdos adoptados en el Consejo provincial se publicarán en los medios ordinarios de la Asociación: Boletín Unión y página web. Estos acuerdos se comunicarán según lo indicado en el punto 3.5 del presente Directorio.

10.3

Archivo El Consejo provincial velará por que en la sede provincial haya un archivo con la documentación necesaria a efectos civiles y canónicos, así como cualquier otro con carácter interno. El archivo provincial debe contener, obligatoriamente, los siguientes documentos (en papel o en soporte informático): Documento original del Decreto de erección de la Provincia o, en su defecto, copia con indicativo de la localización del original. Documento original del Decreto de erección, o de supresión, o de traspaso, o de fusión, de los Centros de la Provincia. Documento original del consentimiento del Inspector, Inspectora y/o Obispo diocesano para la erección, supresión, traspaso o fusión de un Centro local. Documentos originales para la admisión en la Asociación: Solicitud de admisión. Informe del formador. Acta de aprobación del Consejo local. Declaración de la Promesa. Copia de la carta de baja en la Asociación de un asociado. Solicitud/Informe del Consejo local de baja de un asociado. Censo de la Asociación en la Provincia, revisado anualmente. Elencos provinciales. Presupuestos y balances económicos del Consejo provincial. Actas del Consejo provincial. Actas del Congreso provincial. Proyecto del Consejo provincial. Comunicaciones sobre actos jurídicos con la Iglesia y/o la sociedad civil. Plan de formación de aspirantes. Programas de Formación Permanente. Balance económico de los Centros. Comunicaciones de modificaciones de datos de los Centros. Informes de cambios de etapa de los aspirantes, realizados por el Consejo local. Directorios de los Centros. Proyectos anuales de los Centros. Informaciones de los Centros sobre la vida y actividades de los mismos. Comunicaciones de la Consulta regional o el Consejo mundial.

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10.4

El censo y el elenco El censo es el documento que contiene la relación de asociados legalmente inscritos en la Asociación y que no han formalizado su renuncia ni han sido dados de baja por el Consejo provincial. Para la elaboración del censo, el Consejo provincial tendrá en cuenta la legislación civil, especialmente la Ley de Asociaciones y la de Protección de Datos. Existe un único censo de los Salesianos Cooperadores de todas las provincias de España, que custodia la Secretaría Ejecutiva Regional. Es un derecho de los asociados la rectificación, actualización o cancelación de los datos personales que constan en el censo. Cualquier consecuencia de la no realización de dicho deber será responsabilidad del asociado. Anualmente, el Consejo provincial actualiza el elenco de la Asociación en la Provincia, que contiene los asociados, legalmente censados, agrupados por Centros, que mantienen la vinculación con la Asociación en sus aspectos económicos y de participación en la vida local y provincial. Periódicamente el Consejo provincial comunica al Consejo mundial la actualización de datos de la Provincia.

11

Comunión y comunicación Para hacer efectivas las competencias y funciones del Consejo provincial y, especialmente, para acrecentar el sentido de pertenencia a la Asociación, el Consejo provincial desarrollará cuantos medios sean necesarios y faciliten el contacto con los Consejos locales y los asociados. Todos sus miembros, y particularmente el Coordinador, los utilizarán para hacer llegar sus comunicaciones periódicas. Entre estos medios, estará la página web, con contenidos formativos, comunicación de las actividades organizadas por la Asociación en cualquiera de sus niveles y la posibilidad de acceso restringido para la comunicación de datos personales. Incorporará enlaces a los distintos blogs y sitios web de los Centros locales.

12

Relación con los demás grupos de la Familia Salesiana y obras salesianas

12.1

Relación con los demás grupos de la Familia Salesiana



Los Cooperadores, como portadores de la vocación salesiana y estando especialmente unidos a los Salesianos e Hijas de María Auxiliadora, son corresponsables de la vitalidad del proyecto de Don Bosco dentro de la Familia Salesiana.



Tanto el Consejo provincial como los Centros locales en sus respectivos ámbitos tendrán como prioridad cuidar la comunión fraterna y la colaboración con los demás grupos y miembros de la Familia Salesiana, con todos los medios a su alcance, participando en todas las estructuras e iniciativas comunes que fomenten la unión de cuantos están implicados en la obra salesiana.



Se garantizará la presencia y participación en los Consejos locales de la Familia Salesiana y en el Consejo inspectorial de Familia Salesiana.

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12.2

Muy especialmente cuidarán los vínculos con Hogares Don Bosco, tanto por la historia que unió a ambas asociaciones como por la común misión a favor de la familia.

Implicación en Cooperación Salesiana para los Jóvenes del mundo



Cooperación Salesiana para los Jóvenes del Mundo es un sector de actividad dentro de la propia de la Asociación de Salesianos Cooperadores, y realiza una fundamental labor de promoción económica y social de los niños y jóvenes más necesitados del mundo.



Los Cooperadores reconocen la gran labor que realiza CS JM por lo que la Asociación, en sus distintos ámbitos, dará a conocer sus proyectos, los apoyará y animará a sus miembros a que se impliquen en su misión.



El Consejo provincial participa en la gestión de CSJM en la forma establecida en sus Estatutos.

12.3

Corresponsables de la Fundación Proyecto Don Bosco



La Asociación de Salesianos Cooperadores en la Inspectoría Salesiana "María Auxiliadora" es corresponsable de la vitalidad de la Fundación Proyecto Don Bosco, como obra común de la Familia Salesiana a favor de los jóvenes más necesitados en nuestro territorio. En tal condición forma parte de su Patronato, mediante el Coordinador provincial.



Los cooperadores reconocen la gran labor social que realiza la Fundación Proyecto Don Bosco, y la Asociación en sus distintos ámbitos procurará dar a conocer sus proyectos, apoyarlos y animar a sus miembros a que se impliquen en su misión.

13

Vigencia y modificaciones de este Directorio Las modificaciones del Directorio están sometidas a la valoración del Consejo provincial, que aceptará, bien a propuesta de un Consejero o de un Centro local, por mayoría absoluta cualquier modificación que se estime conveniente para adaptar el Directorio a la realidad de la Provincia. Este Directorio y sus sucesivas modificaciones entrarán en vigor tras su aprobación por el Consejo mundial.

DISPOSICIONES ADICIONALES •

En cuanto documentos aprobados por el CP en el ejercicio de su competencia de gobierno y animación de la Provincia, los anexos que acompañan al presente Directorio podrán ser modificados por el propio Consejo sin necesidad de ser refrendados por el Congreso provincial, al que no obstante se informará en la siguiente reunión del mismo. Se procederá de igual manera con documentos aprobados por el CP que este decidiera adjuntar como anexos del presente Directorio en el futuro.



En las referencias genéricas a los miembros de la Asociación, q ue incluyen hombres y mujeres, se ha utilizado la denominación masculina para ambos géneros, según el uso inclusivo tradicional, por razones de concisión y brevedad.

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ANEXO I

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ANEXO II

CRITERIOS PARA LA ERECCIÓN CANÓNICA Aprobado por el Consejo provincial el 15 de diciembre de 2007

INTRODUCCIÓN: JUSTIFICACIÓN DE ESTOS CRITERIOS PARA LA ERECCIÓN CANÓNICA DE UN CENTRO DE SS. CC. Art. 27. Funciones específicas del Consejo provincial §1. Es competencia del Consejo provincial erigir, fusionar y suprimir Centros locales mediante decreto firmado por el Coordinador provincial, previo consentimiento del Inspector SDB o de la Inspectora FMA. §3. El Consejo provincial determina las maneras de erigir Centros de Salesianos Cooperadores donde la misión salesiana lo requiera. Art. 33. Razones de la organización Los Salesianos Cooperadores, en cuanto llamados a vivir su vocación, sienten necesidad de tener una adecuada estructura organizativa. Se organizan como Asociación entendida a modo de instrumento que les ayuda a vivir su Proyecto de vida apostólica en espíritu de unidad, según la invitación de Don Bosco.

El CP, ha elaborado unos criterios para la erección Canónica de un Centro de SS. CC. Para evaluar si se ha alcanzado esa condición, desarrolla unos criterios objetivos; con el fin de facilitar la consecución de dichos criterios sugerimos algunos posibles, que permitan al Centro en formación contrastar su propia realidad y plantearse los objetivos necesarios de cara a alcanzar dichos criterios. Los criterios y posibles son los siguientes: Atendiendo a la estructura que deben seguir los Proyectos de Centros locales, estos criterios se estructuran en las 5 dimensiones que éste debe contemplar:

Dimensión Asociativa: Art. 18. Centros locales y coordinación de los mismos en el ámbito provincial §1. Los Centros locales agrupan, de ordinario, un número mínimo de seis asociados que viven y actúan en un territorio determinado. Se organizan en el ámbito provincial, tan pronto como sea posible, con un número adecuado de al menos tres Centros. Como primer criterio, y más importante, la existencia del PROYECTO DE VIDA APOSTÓLICO de la Asociación en el Centro: Número suficiente de cooperadores y signos de fecundidad vocacional Que haga posible la vida autónoma Responsabilizarse plenamente del acompañamiento vocacional de los aspirantes. Vida de Centro intensa. Participación en encuentros de zona. Participación en la elaboración del proyecto de Centro. Corresponsabilidad en la elección del equipo animador Fluidez con la Familia Salesiana a nivel local Contacto y colaboración con la Iglesia local y Estructuras civiles. Participación en la vida asociativa a nivel provincial: Directorio provincial Asociación de Salesianos Cooperadores

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Participación en encuentros provinciales Participación del equipo animador en actividades formativas, de reflexión, de coordinación programadas a nivel provincial. Comunicación fluida del Centro hacia el resto de la Asociación en todos sus niveles organizativos. Disponibilidad para asumir responsabilidades de servicio a la Asociación (local, provincial, nacional)

Dimensión Espiritual. Art. 19. Valiosa herencia Guiado por el Espíritu Santo, Don Bosco vivió y transmitió a los miembros de su Familia un estilo peculiar de vida y acción: el espíritu salesiano. Dicho espíritu es una típica experiencia evangélica que tiene su fuente en el corazón mismo de Cristo y anima en la Iglesia y en el mundo la presencia y la acción de cuantos lo viven. Se alimenta con el compromiso apostólico y la oración, y marca toda la vida haciendo de ella un testimonio de amor. Vida espiritual intensa. Organización de momentos celebrativos de Centro, con una periodicidad al menos mensual Participación en los momentos celebrativos organizados por la Asociación: EE. EE., retiros… Participación en los momentos celebrativos organizados por la Obra Salesiana en la que están inmersos. Participación en los momentos celebrativos organizados por la FS. Participación en los momentos celebrativos organizados por la Iglesia local.

Dimensión Formativa Art. 29. Responsabilidad e iniciativas para la formación § 1. Los Salesianos Cooperadores son los primeros responsables de la propia formación humana, cristiana, salesiana y profesional. § 2. La Asociación promueve y sostiene la formación personal y en grupo, mediante la acción de Salesianos Cooperadores cualificados, de Delegados y Delegadas y de otros miembros de la Familia Salesiana. Elaboración de un plan de formación, incluido en el Proyecto de Centro, dentro del objetivo y de las líneas de acción propuestas por el C. P. Participación activa en los momentos formativos organizados por el Centro. Participación activa en los momentos formativos organizados por el C. P. Redactar y desarrollar un plan de promoción vocacional, analizar sus resultados. Existencia de formadores que acompañen a los aspirantes.

Dimensión Compromiso Art. 8. Compromiso apostólico §1. Los Salesianos Cooperadores realizan su apostolado, primordialmente, a través de las actividades diarias. Siguen a Jesucristo, Hombre perfecto, enviado por el Padre a servir a los hombres en el mundo. Para ello se comprometen a realizar el ideal evangélico del amor a Dios y al prójimo, en las situaciones ordinarias de la vida.

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Existencia de los compromisos apostólicos de cada SS.CC., reflejados en el Proyecto de Centro. Posible existencia de un compromiso apostólico de Centro Implicación en la Pastoral Juvenil de la Obra en la que se haya el Centro. Implicación la labor de animación en la Familia Salesiana local. Dimensión Económica Art. 8. Solidaridad económica §1. El sentido de pertenencia y corresponsabilidad abarca también el aspecto económico de la Asociación. Para su funcionamiento y realización de la misión en el ámbito local, provincial, regional y mundial, los Salesianos Cooperadores la sostienen con aportaciones anuales. Solidaridad económica entre los miembros del Centro y entre éste y el resto de la Asociación Existencia de un presupuesto local Estar al día en las cuotas al Consejo provincial Existencia de presupuesto de solidaridad Existencia de balance económico PROTOCOLO DE ACTUACIÓN Pasos a seguir en caso de solicitar la erección canónica de un Centro en Formación al C. P.: 1. Análisis de la realidad del Centro en formación, desde las capacidades y criterios arriba expuestos. El Centro en formación se examina sobre cada punto, detallando con datos los aspectos que ya tiene conseguidos y las carencias que debe cubrir. 2. Informe al C. P., de acuerdo con este análisis. 3. Estudio del informe por parte del C. P. 4. Reunión conjunta en la que se acuerden los objetivos a alcanzar en un tiempo determinado, a partir de los indicadores oportunos. 5. Reuniones periódicas de seguimiento entre el C. P. (no necesariamente en pleno). y el equipo animador. 6. Una vez alcanzadas suficientemente las capacidades pretendidas, los SS. CC. del Centro cursarán una solicitud al C. P. solicitando la erección del Centro. 7. El C. P. acuerda la erección del Centro y solicita el consentimiento del Inspector /a. 8. El Coordinador provincial firma el Decreto de erección.

ANEXO III RECOMENDACIONES DEL CONSEJO PROVINCIAL DE SS.CC. PARA EL ACTO DE LA RENOVACIÓN DE LA PROMESA El Reglamento de nuestro PVA al respecto dice: Art. 14. Sentido de pertenencia §1. Para desarrollar el sentido de pertenencia a la Asociación y alimentar constantemente la propia vocación, el Consejo de cada Centro local proveerá todos los años a que los Salesianos Cooperadores tengan la posibilidad de renovar la Promesa, preferiblemente con ocasión de alguna festividad salesiana. §2. El hecho de que, sin un motivo válido, no se renueve la promesa durante un período de tres años y, al mismo tiempo, se dé una situación de alejamiento de la vida de la Asociación, pondrá al Consejo local en la necesidad de verificar la situación de desarraigo de la vida del Centro. Directorio provincial Asociación de Salesianos Cooperadores

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1. Significado del acto Para destacar y afianzar el sentido de pertenencia a la Asociación, nuestro PVA propone que cada año, los Centro locales, organicen el acto de la renovación de la promesa para los hermanos que lo deseen. Este acto supone un volver a decir “si” a la vocación a la que hemos sido llamados; supone una renovación de nuestra vocación; supone, una vez más, el afianzamiento de nuestro compromiso con D. Bosco, con los más jóvenes y los más desfavorecidos, con la Iglesia, en suma. Es verdad que toda nuestra vida, nuestro quehacer diario, está impregnado de esta vocación; es verdad, que en cada momento de nuestra vida familiar, laboral, pastoral, social, estamos diciendo una vez más “si”. Pero también es verdad que es necesario de vez en cuando pararse, “templar”, echar el freno y preguntarse, repito, una vez más, pero de forma pausada, relajada, y en presencia de Dios, cuál es el sentido de nuestra vocación. Corremos el peligro de caer en la rutina, corremos el peligro de hacer cosas, muchas cosas, celebraciones, jornadas de formación, actividades de pastoral, reuniones, etc., y perder de vista, o cuando menos, desviarnos de lo que un día dijimos ante la comunidad de hermanos nuestros en nuestra promesa. Es por eso, que nuestro PVA propone esta renovación de la promesa, como una forma más de alimentar, de hacer crecer nuestra vocación, más allá de la retroalimentación que en cada momento de nuestras vidas se está produciendo. No deja de ser un símbolo, es verdad, pero cargado de significado: - En presencia de Dios - Ante nuestros hermanos, amigos y familiares en su caso - De forma libre y consciente - De forma expresa y contundente. - Después de un tiempo de formación. - Después de un proceso de discernimiento alimentado por una Oración sincera y profunda. - Una vez más De ahí que debamos cuidar este momento como uno de los más importantes en la vida de nuestros Centros locales. De ahí que el C. P. de SS.CC. proponga a todos los Centros unas pautas para llevar a cabo esta renovación de la Promesa, y unificar, respetando la idiosincrasia de cada centro, criterios y formas.

2. Momento y lugar Nuestro PVA nos sugiere el momento: “preferiblemente con ocasión de alguna festividad salesiana.” Son muchas las festividades salesianas y muchos los momentos celebrativos en la vida de la Asociación en los que se puede llevar a cabo, y cada centro en función de sus peculiaridades decidirá el momento. Qué duda cabe, que el lugar, siempre digno para este acto, también debe ser elegido por el Consejo local de cada Centro.

3. Algunas reflexiones: Debe ser en la Asamblea local de comienzo de curso, el momento en el que los hermanos que deseen realizar la Renovación de la Promesa, lo expresen de forma clara, libre y voluntaria. Es el momento de organizar y programar todas las actividades del Centro local, y entre estas actividades debe tener un lugar importante este acto. La elección de la fecha y el lugar, se decidirá por el Consejo local, oída la Asamblea. Es en este momento, en la Asamblea de comienzo de curso,

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cuando los hermanos que así lo manifiesten deben expresar de forma libre y voluntaria su intención de realizar la renovación de la promesa. Será el Consejo local, el que, de alguna manera, recoja por escrito, por ejemplo en el Acta de la Asamblea, quienes desean hacerla. Será también el Consejo local, el que una vez conozca las peticiones de los hermanos que desean realizar la renovación de la promesa, el que decida su conveniencia, o en caso contrario posponerla para otro momento, en función de que se den diversas circunstancias en las personas que lo soliciten. Si lo que se pretende, según nuestro PVA es “desarrollar el sentido de pertenencia a la Asociación y alimentar constantemente la propia vocación”, deben de darse unas condiciones previas al acto de renovación de la promesa. La dimensión asociativa, la vida de Centro, la participación en el Centro, debe ser una condición importante a valorar por el Consejo local a la hora de organizar la Renovación de la Promesa. No basta con “pertenecer” al Centro; ha de ser una pertenencia activa, consciente, participativa y constructiva. La dimensión espiritual, ha de ser otro elemento a valorar por el Consejo local a la hora de organizar la Renovación de la Promesa. La participación activa en los momentos celebrativos a nivel local y/o provincial (EE. EE., retiros, celebraciones…) también ha de tenerse en cuenta. La dimensión formativa, pilar importante de nuestra vocación, ha de ser otro elemento a tener en cuenta. La participación de forma activa, en función de la disponibilidad de cada hermano, debe ser un requisito importante. Siempre en función de las circunstancias personales, el Consejo local, valorará la dimensión pastoral de cada uno de los hermanos que hayan solicitado la Renovación de la Promesa, como otro elemento más a considerar. Por último, también es importante la dimensión económica. La solidaridad económica con los hermanos del Centro y con la Asociación, debe ser valorada por el Consejo local a la hora de llevar adelante este acto. Será el Consejo local, el que valore las circunstancias de cada hermano, en función de estos criterios, y el que decida. Si en algún caso, se ve la conveniencia de que algún hermano deba posponerla para otro momento, en fraternal diálogo debe razonarse los motivos, y en su caso dar las indicaciones necesarias para que se den las condiciones en un futuro para que pueda realizar la Renovación de la Promesa.

4. Preparación para la Promesa El Centro local, organizará una formación específica para preparar a los hermanos que deseen realizar la Renovación de la Promesa. Esta formación, puede o no, formar parte de la programación de los momentos formativos que organice el Centro para todos los hermanos, pero en cualquier caso se aconseja que al menos se traten en profundidad algunos de los siguientes temas formativos: -

PVA en general, y en particular los capítulos III y IV del Reglamento y Estatuto

-

Algún tema específico de salesianidad

-

Algún tema específico de espiritualidad

-

Algún tema de Iglesia

También, y ya en un momento cercano a la celebración de la Promesa, el Centro local, en función de sus posibilidades, organizará un breve retiro específico para este acto, en el que los hermanos, acompañados por el Delegado, y delante de Dios, en oración y comunión con todos los hermanos del Centro, se preparen espiritualmente para ello.

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5. Celebración de la renovación de la promesa La celebración debe llevarse a cabo durante la Eucaristía, en el momento y lugar que previamente se haya decidido. Asimismo, debe emplearse la fórmula de la promesa que figura en nuestro PVA. Sería un buen momento para ello, alguna celebración conjunta con todos los miembros de la FS de la Casa, dando así testimonio de nuestra vocación.

6. Después del acto: Posteriormente al acto, se enviará, por parte del Consejo local, la relación de los hermanos que han renovado la promesa, al Consejo provincial. También el Consejo local, llevará la periodicidad de las renovaciones de las promesas que se hayan celebrado en su Centro, con el fin de respetar los tres años que, como tope, nos indica nuestro PVA.

7. Consideraciones finales: El C.P. de los SS. CC., con el fin de dar cierta unidad al acto de Renovación de la Promesa, vemos necesaria la implicación de los Consejos locales, verdadero motor de la Asociación. Es por ello la razón de estas recomendaciones, siempre dentro de la autonomía de los Centros locales. Volviendo a los artículos de nuestro PVA del comienzo, si de verdad queremos desarrollar nuestro sentido de pertenencia, y alimentar nuestra vocación, este es un buen momento para ello; de ahí parte estas reflexiones. Por ello, consideramos importante que se valoren las cinco dimensiones sobre las que se sostiene nuestra vocación: la dimensión espiritual, la formativa, la asociativa, la pastoral y la económica, a la hora de llevar adelante la Renovación de la Promesa. Por último, destacar la importancia del retiro previo a este acto.

ANEXO IV PROTOCOLO SOBRE EL PROCESO DE ADMISIÓN EN LA ASOCIACIÓN 1. OBJETIVOS -

Adaptar y difundir las herramientas y materiales tradicionalmente utilizados como orientación en la preparación del proceso de admisión, conforme al PVA y el Directorio Provincial (DP).

-

Actualizar el conocimiento de los criterios de admisión por parte de todos los agentes implicados en el proceso: aspirante, formador, Consejo local y Consejo provincial.

-

Unificar criterios para la preparación de la documentación relativa a la admisión (solicitud, informe del formador, informe del Consejo local).

-

Ofrecer modelos que ayuden a cada uno a realizar más certeramente su tarea, según la respectiva responsabilidad en el proceso.

2. ANTECEDENTES De una manera sencilla y sintetizada vamos a exponer los hitos que han marcado la evolución del material de referencia sobre el proceso de admisión, remontándonos a nuestras fuentes más próximas en el tiempo, y sirviéndonos de todo cuanto nuestra actual Provincia ha recibido en esta materia de las diversas instancias de la Asociación: 1. Inicialmente, el material de referencia fue, naturalmente, el Reglamento de Vida Apostólica (1986), con su regulación básica y estatutaria sobre el ingreso en la Asociación, ampliado y clarificado en el Comentario Oficial.

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2. En un segundo momento, surge el Plan de Formación Inicial de 1992, consistente en las sobradamente conocidas 8 carpetas (de colores), la primera de las cuales contenía la metodología a seguir durante el proceso de formación. 3. Poco después apareció el Manual de dirigentes de 1993, verdadero instrumento de aprendizaje para el funcionamiento global de la Asociación, que también dedicaba uno de sus capítulos al ingreso en la Asociación. 4. Más adelante emanaron de la Consulta Mundial unas Directrices para la formación en 1996, que venían a actualizar y reorientar la metodología del Plan de 1992, a la que pretendieron dar vocación de universalidad. 5. Posteriormente, en la Inspectoría de Córdoba se creó la Carpeta de acompañamiento del aspirante, aprobada “ad experimentum” en la Asamblea de Ronda de 2002, pensada como instrumento ágil y didáctico (en formato de fichas) en manos del formador para evaluar al aspirante, etapa por etapa; para ayudar al propio aspirante a elaborar su proyecto de vida y a evaluarse a sí mismo; y también, simultáneamente, para perfeccionar la tarea de asistencia del formador al Consejo local en su compleja misión de valorar la petición de ingreso de un aspirante. 6. Tras el proceso de revisión del RVA iniciado en 2003 surge el actual Proyecto de Vida Apostólica, y junto con él, apareció su correlativo Comentario Oficial. 7. El complemento al PVA en los diversos niveles de organización de la Asociación se materializa a través de los Directorios. Y de este modo, en nuestro I Congreso Provincial, celebrado en Sanlúcar la Mayor en 2009, se aprueba nuestro primer Directorio provincial, sustituido por el vigente aprobado en el III Congreso, celebrado igualmente en Sanlúcar la Mayor en 2015, que introduce también, en nuestro ámbito, matices importantes sobre el proceso de admisión. 8. Finalmente, en el curso 2010/2011, la Consulta Regional Ibérica aprobó el nuevo Plan de Formación Inicial, dirigido a todas las Provincias de nuestra Región y que recopila y condensa todos los materiales que durante estos casi 30 años se han ido elaborando y que han quedado citados. Esta breve reseña nos permite advertir: -

que la formación de nuestros aspirantes de cara a su ingreso en la Asociación ha sido materia de constante preocupación y atención en las distintas instancias de nuestra Asociación; lo cual, aun pareciendo una obviedad, pone de manifiesto la extraordinaria importancia del papel que corresponde a todos cuantos intervienen en el proceso de admisión.

-

que, junto con nuestras reglas estatutarias (inicialmente el RVA, actualmente el PVA junto con el DP), existe un trabajo exquisito y concienzudo de elaboración de materiales al alcance de quienes tienen alguna participación en el proceso de admisión de un aspirante;

-

que es indispensable un ejercicio responsable de dicha tarea por todos cuantos tienen encomendada una función en dicho proceso, manejando estos instrumentos con frecuencia, conociéndolos y difundiéndolos.

-

que, final y fundamentalmente, se aprecia una línea continua, un hilo conductor mantenido de manera prácticamente inmutable durante estos últimos 20 años, que vertebra todas y cada una de estas herramientas: la definición de los criterios de admisión en la Asociación.

Por esta razón, se hace preciso, en primer lugar y ante todo, repasar estos criterios, en su versión más completa y actualizada (esto es, en la redacción del Plan de 2011 junto con las previsiones del DP), y a los que, por la tradición y el arraigo que han venido teniendo en el funcionamiento de la Asociación en esta materia, podemos considerar que representan una orientación idónea y una interpretación auténtica de la regulación en el PVA. Posteriormente propondremos quiénes y en qué momentos han de tenerlos presentes. Directorio provincial Asociación de Salesianos Cooperadores

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3. CRITERIOS DE ENTRADA EN LA ASOCIACIÓN DE SALESIANOS COOPERADORES 1.- Sentido y valor de los criterios de admisión Son un instrumento que se ofrece a quienes solicitan entrar en la Asociación, al Grupo o Centro que los acompaña en su camino formativo, y a los Consejos locales y provinciales, a quienes incumbe la responsabilidad de pronunciarse sobre la admisión, a fin de ayudarles a contrastar, discernir y valorar la idoneidad de los candidatos. Su interpretación y aplicación serán amplias y flexibles, teniendo siempre en cuenta las características y exigencias de la Asociación. Se trata de orientaciones generales para crear, en esta importante cuestión, lazos de identidad y comunión entre todas las provincias. Son unas pistas que sugieren elementos para una adecuada maduración personal y grupal. Son propuestas que, a partir de las experiencias locales, se irán concretando o ampliando.

2.- Criterios prioritarios 2.1. Acerca de la vocación: - Todos los responsables de la admisión han de discernir, en primer lugar, si existe en el candidato verdadera Vocación (llamada-respuesta) a este tipo de vida y de compromiso. - No basta que el candidato sea "buena persona", o cristiano ferviente y apostólico. Ha de conocer a Don Bosco, su vida y su espíritu, el sentido de vivir comprometidos como "Salesianos externos", en el mundo y en la Iglesia, siendo consciente de "ser llamado" y estando dispuesto a vivir este camino en grupo (Centro), en su calidad de "comunidad cristiana de referencia". 2.2.- Acerca del camino realizado: - Haber seguido y asumido el Plan de Formación (el que se desarrolla en los contenidos de la formación inicial) o, en su caso, un plan similar, que asegure los mismos objetivos, sobre todo, la asimilación del PVA. - Haber vivido la experiencia de grupo, vinculado a un Centro, participando en su vida y misión. Mostrar sentido de corresponsabilidad y pertenencia a la Asociación, y no sólo al Centro local. - Conciencia clara de formar parte de la Familia Salesiana, expresada en el interés por ella y participando en sus actividades. - Haber recorrido el camino formativo con el seguimiento y la orientación de los responsables de su formación y de los del Centro. - Equilibrio de carácter, madurez humana y afectiva para el desempeño de las responsabilidades familiares, profesionales y civiles. Maduración en la fe y en la caridad, manifestada en la vida de oración, personal y comunitaria, en la práctica sacramental, la unión con Dios y el celo apostólico. En esta maduración influirá decisivamente la dirección espiritual, libremente buscada por el futuro Cooperador. - Vivir y dar testimonio de los rasgos característicos del espíritu salesiano, especialmente: o el amor a los jóvenes y a los destinatarios preferidos por este espíritu; o suficiente caridad apostólica, educativa y pedagógica; o motivación en la caridad pastoral; o trato afable y cordial; talante optimista y alegre; o conocimiento y práctica del Sistema Preventivo; o actitudes y capacidad para el trabajo en equipo.

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-

Estar cristianamente comprometido en su profesión, en su familia y en ta-reas de apostolado.

2.3.- Acerca de las motivaciones: Constancia de que hace la petición: - por motivos personales y personalizados; - por libre elección y decisión; - por motivos coherentes, a la luz de la vocación salesiana; - por motivos madurados y contrastados, bajo la acción del Espíritu, por medio del discernimiento personal y de grupo o Centro.

3.- Otros criterios Otros criterios que se han de tener en cuenta atendiendo a las circunstancias de cada persona: - Conocimientos teológicos, pastorales, educativos y salesianos proporcionados y suficientes, para desempeñar dignamente la misión del Cooperador y participar responsablemente en la vida de la Iglesia; - Estudio y asimilación del PVA; - Conocimiento del magisterio eclesial sobre los temas más importantes: familia, trabajo, doctrina moral y social, etc.; - Experiencia de Iglesia local y de relación positiva con otros movimientos, asociaciones y grupos; - Participación en encuentros, jornadas, retiros, ejercicios espirituales, etc., para Cooperadores y Familia Salesiana. - Asistencia al menos a un Encuentro de Aspirantes en algún momento del proceso formativo, como requisito a valorar por el Consejo provincial (art. 6.5 DP). - Asistencia a los Ejercicios espirituales de discernimiento vocacional en momento próximo a solicitar el ingreso en la Asociación (art. 6.6 DP).

4. EVALUACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ENTRADA A la vista de la regulación contenida en el PVA y en el resto de documentación referida anteriormente, tienen protagonismo en el proceso de admisión: -

El aspirante, que solicita el ingreso (Etapa 1: Petición).

-

El formador, que ha acompañado al aspirante y es quien en mejores condiciones se encuentra para verificar ante el Consejo local la consistencia del proceso formativo (Etapa 2: Informe).

-

El Consejo local, a quien le corresponde realizar una primera valoración y emitir su propuesta al Consejo provincial (Etapa 3: Valoración).

-

El Consejo provincial, a quien le corresponde de modo único y definitivo acordar o no el ingreso del aspirante en la Asociación (Etapa 4: Admisión).

Pues bien, dada la riqueza y amplitud del elenco de criterios que antes hemos transcrito, parece conveniente proponer a todos que en cada momento en que les corresponda intervenir evalúen uno por uno dichos criterios, ya que será el modo más objetivo y acertado de realizar el proceso, en la medida en que: -

Permitirá valorar en cada uno de los cuatro momentos el grado de satisfacción o insatisfacción respecto de cada criterio, tomando conciencia inicial de los logros conseguidos y de los no conseguidos mediante un proceso de autoevaluación (el aspirante, sobre sí mismo; el formador, sobre su acompañamiento...), sin dejar la valoración a expensas del “buen trato” o la “buena opinión” de quien intervenga a continuación en el proceso. Directorio provincial Asociación de Salesianos Cooperadores

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-

Facilitará a quien le corresponda intervenir en el siguiente momento del proceso (el formador facilitará al Consejo local; y éste al provincial) una evaluación objetiva, certera y global, que permita eludir los subjetivismos, y que podrá ser contrastada con la petición de ingreso.

-

Posibilitará al formador y a ambos consejos hacer recomendaciones sobre aquellos aspectos en los que se vea más necesario incidir o crecer, aun sin que ello llegue a impedir la admisión en la Asociación.

No hay que olvidar que, para el Consejo provincial, que es la instancia a quien en definitiva corresponde decidir la admisión de un aspirante en la Asociación, y dada la amplitud de nuestra Provincia, no suele ser fácil conocer suficientemente las diversas dimensiones de una persona; tampoco olvidemos que se decide sobre una vocación. Por esta razón es conveniente facilitar cuanta información objetiva sea posible. Concretando: -

Petición: el aspirante deberá contrastarse con los criterios de admisión, y reflejar en su carta de solicitud el nivel alcanzado en cada uno de ellos y dando razón de aquellos aspectos que resulten mejorables.

-

Informe: el formador deberá contrastar, según su propia perspectiva, su percepción sobre la satisfacción o no de los criterios de admisión, evaluándolos uno por uno y dando razón de cada punto.

-

Valoración: el Consejo local deberá valorar la petición que se le presenta una vez haya verificado que tanto la propia petición como el informe del formador resultan lo más completos posibles.

-

Admisión: el Consejo provincial esperará recibir una propuesta completa; sólo podrá decidir acerca de la petición que se le presenta si, además de la propuesta en sí, dispone de una visión global que le permita corroborar la identidad vocacional del aspirante.

Ha de advertirse que hasta ahora sólo hemos hablado del fondo de la petición, que es lo que realmente tiene trascendencia. Además de ello, existen algunos aspectos formales que es necesario observar y a los que nos referiremos a continuación.

5. ASPECTOS FORMALES IMPORTANTES No es cuestión de detallar de manera pormenorizada todo el proceso, por resultar sobradamente conocido, pero sí insistiremos en algunos aspectos importantes que tienen más importancia de la que parece y que con frecuencia no se cumplimentan convenientemente. Seguiremos el mismo esquema por etapas: PETICIÓN. Al final del proceso de formación, una vez que el aspirante ha realizado su discernimiento vocacional y está decidido a vivir su fe como Salesiano cooperador, debe solicitar su ingreso en la Asociación. Esta solicitud se realiza mediante una carta personal que debe tener los siguientes contenidos mínimos: 1. Presentarse personalmente y ofrecer referentes del proceso de formación (formador y duración). 2. Expresar la vivencia y personalización tanto del proceso de fe que ha seguido la persona en su conjunto como del proceso formativo y de discernimiento vocacional. 3. Solicitar el ingreso en la Asociación por motivos personales y personalizados, expresando cuáles son estos motivos. 4. Manifestar que se solicita el ingreso en la Asociación por libre elección y decisión y por motivos coherentes, a la luz de la vocación salesiana, madurados y contrastados bajo la acción del Espíritu por medio del discernimiento personal y de grupo o centro.

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5. Expresar el deseo de hacer Promesa según el Proyecto de Vida Apostólica. Al ser personal, esta carta no puede tener ningún formato o modelo, así que se deja a la libre expresión del aspirante tanto el concreto contenido como su forma. Sin despersonalizar la carta ni reducirla a un formulismo, sí es conveniente ir a lo concreto y sustancial. No tiene que ser necesariamente manuscrita, pero sí debe ir, al menos, firmada. De lo contrario no queda constancia de la autenticidad de la voluntad que se expresa y no es válida. Obviamente, la carta debe ser entregada en ejemplar original. El receptor de la carta de solicitud de admisión debe ser el Coordinador local. En cualquier caso, al final debe añadirse el siguiente párrafo en donde se exprese “con total claridad, que se solicita la admisión en la ASC de manera libre, consciente y voluntaria.” (Directorio provincial 8.4.1.) Por todo ello, yo _______________________________ solicito, de manera libre, consciente y voluntaria, ser admitido/a en la Asociación de Salesianos Cooperadores. INFORME. Conforme al DP, corresponde al formador emitir un informe sobre el aspirante con ocasión de la petición de ingreso (art. 8.3.2 DP). Ya nos hemos referido anteriormente al fondo. En cuanto a la forma, junto con este informe es preciso acompañar: -

Una valoración del formador sobre la evolución del grupo de formación: duración, contenidos, ritmo de reuniones, dimensión celebrativa, etc.

-

Una presentación completa de la persona del aspirante a cuya solicitud acompaña (ficha de la carpeta de acompañamiento del aspirante), con la mayor información identificativa posible: nombre completo, fecha de nacimiento, estado civil, domicilio, teléfono, email, titulación académica, ocupación, etc. Es muy recomendable adjuntar fotografía.

VALORACIÓN. Sin perjuicio de lo indicado en el DP (art. 8.4.2), es oportuno precisar la intervención del Consejo local sobre la petición de admisión de un aspirante: Alcance: al Consejo local no le corresponde acordar la admisión; solo valorar de manera favorable o desfavorable la petición que recibe. Y en consecuencia, el contenido de su acuerdo debe ser en ese sentido. Documentación: La decisión sobre la petición de ingreso se toma en reunión ordinaria, tras haberse presentado y dado lectura a la carta o cartas originales junto con el informe del formador. Es conveniente y aconsejable la invitación expresa al formador, que no tiene derecho de voto. Votación: en caso de valoración de más de una carta de solicitud en una misma reunión de Consejo local, la votación debe realizarse de manera individualizada respecto de cada solicitante. El secretario dejará constancia en el acta de la reunión del resultado de cada votación. Tramitación: una vez valorada la petición de un aspirante, y en caso de resultar favorable el parecer del Consejo local, debe remitirse al Consejo provincial: -

Carta original de solicitud.

-

Informe original del formador, con la información adicional sobre el grupo y los datos identificativos del aspirante.

-

Extracto o certificación del acta, en todo caso original, expedida por el secretario con el Vº Bº del Coordinador (no es preciso enviar el acta completa).

Algunas precisiones:

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-

El Consejo provincial únicamente celebrará anualmente dos sesiones para admisión de solicitudes, en los meses de noviembre y febrero de cada curso. Por tanto, la documentación podrá ir facilitándose a lo largo del año, bien entendido que una solicitud solo será sometida a estudio si llega con suficiente antelación a una de dichas reuniones. En el caso de aspirantes que procedan de centros radicados en las Islas Canarias y presenten su solicitud de admisión con vistas a hacer su promesa en el Encuentro canario que se celebrase en el mes de noviembre, el Consejo provincial, en su sesión de septiembre, examinará y tomará su decisión sobre estas solicitudes de admisión.

-

Le corresponde al Coordinador local remitir al Coordinador provincial la documentación, y deberá entregarse con al menos dos semanas de antelación a la fecha prevista para la reunión del Consejo provincial. Si se adelantase por copia o correo electrónico, en todo caso, no se podrá someter a decisión una petición cuya documentación no esté completa y en original al momento de la propia reunión de Consejo provincial.

ADMISIÓN. Conviene recordar lo dispuesto en el DP (art. 8.4.2 y 8.4.3): La documentación remitida por el Coordinador local “se presentará en reunión ordinaria del Consejo provincial mediante informe elaborado por el Vocal de la zona a la que pertenezca el Centro en el que el aspirante esté integrado. El Consejo provincial valorará las solicitudes una por una y procederá a su votación individual, de la cual deja constancia el Secretario en el acta oficial del Consejo provincial”. Por tanto, es fundamental que el Vocal de la zona verifique con la antelación suficiente que la solicitud de admisión, la valoración del Consejo local y el informe del formador responden a las indicaciones del DP y de este Protocolo, a fin de poder realizar las subsanaciones que fuesen oportunas. Tras la decisión del Consejo provincial, dicha documentación quedará en el archivo del propio Consejo. Una vez tomada su decisión, el Consejo provincial, a través de su Coordinador, la comunicará al Coordinador local del Centro que hubiere presentado al aspirante, así como, a ser posible, y de contar con una dirección personal en donde poder hacerlo, al aspirante.

MODELO DE INFORME DEL FORMADOR/A PARA LA ADMISIÓN DE ASPIRANTES EN LA ASOCIACIÓN DE SALESIANOS COOPERADORES (Foto reciente) DATOS PERSONALES -

Nombre:

-

Fecha de nacimiento: Estado civil:

-

Situación sacramental (bautismo, confirmación, matrimonio): Dirección postal: Teléfonos: Dirección de correo electrónico:

-

Profesión y/o estudios:

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TRAYECTORIA PASTORAL DEL ASPIRANTE En orden cronológico, indicando campos de misión y fechas aproximadas. TRAYECTORIA DEL GRUPO Con referencia a las tres etapas del proceso de formación (Iniciación, Profundización, Opción): - Duración del proceso de formación. - Formadores durante el proceso. - Frecuencia de las reuniones. -

Metodología seguida durante la formación.

-

Contenidos formativos estudiados. Cohesión del grupo y evolución de sus integrantes (incorporaciones, renuncias).

-

Integración en la vida de Centro.

VALORACIÓN DEL FORMADOR Constatación de los objetivos alcanzados por el aspirante en los aspectos esenciales que se indican: Madurez cristiana: - Oración –personal y comunitaria-, vida sacramental, ejercicios espirituales, Palabra de Dios. - Clarificación de temas básicos de la vida cristiana (Jesucristo, Biblia, Iglesia…). -

Existencia de acompañamiento personal. Inquietud personal de formación permanente. Coherencia fe-vida.

Madurez salesiana: - Conocimiento de Don Bosco. - Identificación personal con la espiritualidad salesiana. - Constatación de la llamada de Dios a la vocación salesiana. - Conocimiento de los grupos de la Familia Salesiana. Maduración apostólica: - Testimonio en el anuncio del Evangelio. -

Preferencia pastoral por los jóvenes.

-

Sensibilidad misionera y sentido del envío. Sentido de Iglesia en el compromiso apostólico.

Dimensión asociativa: - Conocimiento de la Asociación y del PVA. -

Asunción personal del PVA.

-

Participación en la vida del grupo, del Centro local y de la Provincia. Vivencia de las relaciones fraternas.

-

Pronóstico del sentido de pertenencia a la Asociación. Asistencia al Encuentro provincial de Aspirantes (art. 6.5. DP).

-

Asistencia a los Ejercicios Espirituales de discernimiento vocacional (art. 6.6 DP).

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ÍNDICE GENERAL 1. Preámbulo .......................................................................................................... 1 2. Introducción ....................................................................................................... 1 3. El Consejo provincial .......................................................................................... 1 3.1 Naturaleza ......................................................................................................... 2 3.2 Composición ..................................................................................................... 2 3.3 Funciones del Consejo provincial ....................................................................... 2 3.4 Funciones de los Consejeros ............................................................................. 2 3.5 3.6

Principios generales de funcionamiento del Consejo provincial .......................... 6 Constitución del Consejo provincial tras su elección por el Congreso provincial . 7

4. El Congreso provincial ........................................................................................ 7 4.1 Naturaleza, composición y funciones ................................................................. 7 4.2 Quórum, votaciones y publicidad de los acuerdos .............................................. 8 4.3 Convocatoria ..................................................................................................... 8 4.4 Reglamento electoral ......................................................................................... 8 5. Otros órganos de coordinación provincial ........................................................... 9 5.1 Reuniones del Consejo provincial con los coordinadores locales ....................... 9 5.2 Reuniones del Vocal de zona con los Coordinadores locales ............................. 9 5.3 Reuniones sectoriales o por áreas ..................................................................... 9 5.4 Encuentro del Consejo provincial con los Consejos locales ................................ 9 6. Encuentros provinciales ...................................................................................... 9 6.1 Asamblea provincial .......................................................................................... 9 6.2 Ejercicios espirituales ...................................................................................... 10 6.3 Encuentros de zona ......................................................................................... 10 6.4 Encuentro de formadores ................................................................................ 10 6.5 Encuentro de aspirantes .................................................................................. 10 6.6 Ejercicios espirituales de discernimiento vocacional. ........................................ 11 7. El Centro local (o la realidad local). Relaciones con el Consejo provincial ......... 11 7.1 El Centro local ................................................................................................. 11 7.2 El Centro en formación .................................................................................... 12 7.3 Erección canónica del Centro en formación ..................................................... 12 7.4 El Centro en crisis ........................................................................................... 12 7.5 Relación entre el Consejo provincial y el Consejo local .................................... 13 7.6 Las zonas ........................................................................................................ 13 8. Pertenencia a la Asociación y formación ........................................................... 14 8.1 Criterios de pertenencia ................................................................................... 14 8.2 Vinculación con un Centro y cambio de Centro ................................................ 14 8.3 Formación inicial ............................................................................................. 14 8.4 Solicitud de entrada en la Asociación............................................................... 15 8.5 Acompañamiento personal .............................................................................. 17 8.6 Salida de la Asociación en caso de alejamiento ............................................... 17

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9. Administración de la Asociación ....................................................................... 17 9.1 Administración ................................................................................................. 17 9.2 Presupuestos y balances anuales .................................................................... 18 9.3 Aportaciones económicas de los Centros al Consejo provincial: fechas, criterios de cuantificación... ................................................................. 18 9.4 Aportaciones del Consejo provincial a la Consulta regional .............................. 18 9.5 Relaciones con las Administraciones Públicas ................................................. 18 9.6 Bienes de la Asociación ................................................................................... 19 10. Secretaría de la Asociación .............................................................................. 19 10.1 Tareas de la Secretaría ................................................................................... 19 10.2 Actas ............................................................................................................... 20 10.3 Archivo ............................................................................................................ 20 10.4 El censo y el elenco ......................................................................................... 21 11. Comunión y comunicación ................................................................................ 21 12. Relación con los demás grupos de la Familia Salesiana y obras salesianas ...... 21 12.1 Relación con los demás grupos de la Familia Salesiana .................................. 21 12.2 Implicación en Cooperación Salesiana para los Jóvenes del mundo ................ 22 12.3 Corresponsables de la Fundación Proyecto Don Bosco ................................... 22 13. Vigencia y modificación de este Directorio ........................................................ 22 Disposiciones adicionales ............................................................................................... 22 Anexo I: Convenio de hermanamiento entre la Provincia María Auxiliadora de Sevilla y la Provincia Notre Dame de la Paix (AFO) .................................................................... 23 Anexo II: Criterios para la erección canónica ................................................................... 25 Anexo III: Renovación de la promesa .............................................................................. 27 Anexo IV: Protocolo sobre el proceso de admisión en la Asociación ................................ 30 -

Modelo de informe del formador para la admisión de aspirantes en la ASC ............... 36

Índice general ................................................................................................................. 38

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