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DIRECTRICES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA PARA LA ELABORACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO (TFG) EN EL GRADO EN SOCIOLOGÍA Aprobadas en Junta de Centro, sesión de 27 de mayo de 2013 y modificadas en sesión de Junta de Centro, de 17 de diciembre de 2014 1. Normativa que regula los Trabajos de Fin de Grado (TFG) Los TFG se encuentran regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En su artículo 12, se indica que estas enseñanzas incluirán la elaboración y defensa de un TFG, de entre 6 y 30 créditos, que deberá realizarse en la fase final del plan de estudios y estar orientado a la evaluación de competencias asociadas al título. Por otro lado, el punto 8 del anexo I, establece que las Universidades aprobarán un procedimiento general para valorar el progreso y los resultados de aprendizaje de los estudiantes, entre los que se citan los TFG. Asimismo, el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, confirma la realización de un TFG para la conclusión de las enseñanzas de Grado. En virtud de dichos Decretos, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada (UGR) aprobó, en su sesión de 4 de marzo de 2013, las “Directrices de la Universidad de Granada sobre el Desarrollo de la materia ‘Trabajo de Fin de Grado’ de sus Títulos de Grado’. La Disposición Adicional II de las Directrices sobre los TFG de la UGR, señala que “Cada Centro podrá elaborar directrices complementarias para adaptar las de este documento a las peculiaridades de sus títulos de Grado y, en concreto, a los diferentes aspectos reflejados para la asignatura TFG en la memoria de verificación del Título”. Con este motivo, la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología ha adaptado y complementado las directrices de la UGR para su aplicación concreta en el Grado en Sociología. 2. Ámbito de aplicación Las presentes directrices son de aplicación a los TFG del Título de Grado en Sociología.
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3. Características del TFG 1. El TFG tiene carácter obligatorio. Se encuentra ubicado en cuarto curso, en el segundo semestre, del Plan de Estudios y se corresponde con 12 créditos ECTS del Grado en Sociología. 2. Para matricularse en el TFG, el estudiante deberá cumplir los requisitos establecidos en el punto 5 de esta normativa. 3. El TFG consiste en un trabajo individual y original. Debe corresponderse con alguna de las líneas temáticas aprobadas por la Comisión de Ordenación Académica (COA) del Centro. Estas directrices se harán públicas al inicio de cada curso académico y estarán disponibles en la Web del Título y en la Web del Centro. El TFG permite a cada estudiante mostrar de forma integrada los contenidos formativos y la adquisición de las competencias generales asociadas a la titulación. El TFG se presentará y defenderá ante una comisión evaluadora, en las condiciones que se indican en el apartado 9 de esta normativa. 4. Tipología de los TFG El TFG podrá ajustarse a los siguientes tipos: -
Elaboración de un informe de investigación social aplicada.
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Elaboración de un proyecto de investigación social aplicada.
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Simulación de un encargo profesional.
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Trabajos derivados de la experiencia desarrollada en prácticas externas, siempre que no coincida con el material presentado para evaluar las prácticas externas.
5. Procedimiento de matriculación y gestión académica 1. Para matricularse de la materia TFG, el estudiante habrá de cumplir los siguientes requisitos establecidos en el punto 3 de las Directrices relativas al TFG de la UGR y en la memoria de verificación del Título de Grado en Sociología: -
No podrá matricular el TFG hasta el último curso.
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Haber superado, al menos, el 60% de los créditos de la titulación (lo que supone un mínimo de 144 créditos), entre los que se incluirán 120 créditos entre básicos y obligatorios ofertados en los 3 primeros cursos de la titulación, incluyendo la totalidad de las materias básicas y de primer curso, y 18 créditos de materias optativas.
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Estar matriculado del total de los créditos que le falten para finalizar el Grado.
2. Al igual que en el resto de asignaturas, la matriculación dará derecho a dos convocatorias de evaluación coincidentes con los períodos oficiales.
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3. La calificación del TFG no se podrá incorporar al expediente académico del estudiante hasta que éste no haya aprobado el resto de los créditos de la titulación. 6. Coordinación Académica del TFG. 1.- El Coordinador del título será el responsable de coordinar los aspectos académicos y procedimentales relacionados con la asignatura. 2.- El Coordinador del TFG será un profesor doctor que imparta docencia en el Grado y, en colaboración con el Coordinador del Grado, desempeñará las mismas funciones que cualquier coordinador de módulo. El Coordinador del TFG tendrá asignada el acta de la asignatura y será el encargado de presentar la guía docente de la misma. 7. Tutorización de los TFG 1. Cada estudiante tendrá asignado un tutor, cuyas funciones son las de orientar teórica y metodológicamente en la elaboración del TFG, observar que se cumplen los aspectos formales y académicos y preparar el correspondiente informe motivado previo a su presentación. 2. El tutor deberá ser un profesor doctor o investigador con responsabilidad docente en la titulación, según lo establecido en el Plan de Ordenación Docente en cada curso académico, adscrito a un ámbito de conocimiento que imparta docencia en el Grado en cuestión. En función de las características del trabajo, se contempla la posibilidad de dos cotutores. En el caso de que el TFG se derive de prácticas externas, uno de los cotutores puede proceder de la empresa u organismo en el que se desarrollaron dichas prácticas. Pueden ser cotutores miembros de instituciones con las que la Universidad haya firmado convenio para tal fin. 3. El estudiante tendrá 15 horas de actividades presenciales: 4 horas de seminarios teórico-prácticos (organizados por el centro), 10 horas de tutorías especializadas individuales (realizadas con el tutor) y 1 hora de evaluación (por parte de la Comisión Evaluadora). 8. Oferta, procedimiento de solicitud y de asignación de TFG 1. Antes del comienzo del curso académico, el Centro, previa aprobación en la COA, hará pública una resolución sobre los TFG que incluirá: -
La oferta de TFG, que incluirá tema, tipo y tutor. Esta oferta incluirá al menos un 10% más de trabajos que de estudiantes previstos para su matrícula. Se tendrá en cuenta la distribución porcentual de la carga docente que cada Departamento tenga dentro de la Titulación.
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Los tutores responsables de cada uno de los TFG ofertados.
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El procedimiento para la elección y asignación de los trabajos de los TFG y de los tutores. 3
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Las actividades presenciales (individuales y/o grupales) y no presenciales a desarrollar por el estudiante.
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Los criterios de evaluación de los TFG y las plantillas de evaluación a utilizar.
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Los procedimientos a seguir para la asignación de la calificación de “Matrícula de Honor” a los TFG que reúnan los requisitos necesarios.
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Las recomendaciones que se consideren oportunas sobre los aspectos formales de la memoria a presentar (contenidos mínimos, extensión, formato, número de ejemplares, plazo para depósito, etc.).
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Los requisitos específicos para la matriculación de los TFG, según lo indicado en el punto 5.1. de esta normativa.
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Los plazos para solicitud, asignación y reclamación de los TFG.
2. En el plazo establecido por el POD de la Universidad de Granada, el Centro solicitará a los Departamentos el listado de líneas o temas propuestos para la realización del TFG, teniendo en cuenta la carga docente que cada Departamento tenga dentro de la titulación. La Comisión de Ordenación Académica aprobará y publicará las propuestas presentadas por los Departamentos y abrirá un plazo para que los estudiantes elijan alguna de ellas o bien propongan nuevo tema de TFG. En ambos casos, deberán contar con el visto bueno del profesor, ya que la adjudicación será automática. Aquellos estudiantes que no se acojan a lo previsto en el párrafo anterior, podrán solicitar el tema del TFG de entre las propuestas no adjudicadas previamente, señalando tres opciones, en orden de preferencia. La asignación se realizará, en los casos de solicitudes coincidentes, teniendo en cuenta el expediente académico del estudiante. 3. Se establecerá un período de reclamaciones para estudiantes y profesores de 10 días desde la publicación de la resolución, tras el cual se aprobará la asignación definitiva de trabajos y tutores, que será publicada a través de la Web del Grado en http://grados.ugr.es y en la Web del Centro. Cualquier modificación posterior tendrá que ser de común acuerdo entre el alumnado y el profesorado afectado y, en todo caso, siempre que la COA lo autorice y publique. 9. Presentación de los TFG 1. El estudiante ha de presentar una memoria final que recoja los aspectos más relevantes del trabajo realizado, teniendo en cuenta las orientaciones que se señalan a continuación: -
Cubierta: nombre y apellidos del estudiante, titulación a la que pertenece, nombre y apellidos de su tutor, curso académico y convocatoria de la presentación del TFG.
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Estructura: índice, introducción, marco teórico, metodología, resultados, conclusiones, referencias bibliográficas y anexos (si los hubiere).
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Formato: letra Times New Roman 12, interlineado 1,5, mínimo de 12.000 y máximo de 15.000 palabras (incluidas notas a pie de página, tablas y figuras; excluyendo referencias bibliográficas y anexos).
2. El TFG deberá ser depositado en la Secretaría de la Facultad, en la fecha publicada para tal fin por la COA. El estudiante deberá presentar una copia impresa y una en soporte digital. La copia en soporte digital quedará depositada en la Secretaría de la Facultad. 3. El depósito del TFG deberá ir acompañado de la autorización firmada del tutor o tutores para su defensa (anexo III) y la declaración de originalidad del trabajo a que se refiere el apartado 11.3 de esta normativa (anexo IV). 10. Evaluación de los TFG 1. Para la evaluación pública del TFG se constituirán comisiones evaluadoras compuestas por tres profesores a propuesta de la COA, entre profesores que en ese momento se encuentren tutelando otros TFG. El tutor no podrá formar parte de la comisión evaluadora del trabajo que tutele. Uno de los miembros de la comisión evaluadora actuará como presidente y otro ejercerá de secretario de la comisión. El presidente será el de mayor rango académico y, en caso de igualdad, el de mayor antigüedad. El secretario será el de menor rango académico y, en caso de igualdad, el de menor antigüedad. La composición de las comisiones se hará pública a través de la Web del Grado y la Web del Centro. 2. Los TFG deberán ser sometidos a una defensa pública durante un tiempo máximo de 20 minutos, que podrá estar seguido por un período máximo de 20 minutos de debate entre el estudiante y los miembros dela comisión. 3. Cada miembro de la comisión evaluadora calificará el TFG teniendo en cuenta la rúbrica de evaluación de competencias (anexo V). La comisión deliberará sobre la calificación media de los tres informes (70% de la evaluación) y teniendo en cuenta la rúbrica de evaluación del tutor (30% de la evaluación) (anexo VI). Como criterios de evaluación se deberá tener en cuenta la adquisición de competencias que se citan en el punto 3.2. del anexo I del RD 861/2010: -
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Poseer y comprender conocimientos en un área de estudio que parte de la base de la educación secundaria general, y se suele encontrar a un nivel que, si bien se apoya en libros de texto avanzados, incluye también algunos aspectos que implican conocimientos procedentes de la vanguardia de su campo de estudio. Aplicar sus conocimientos a su trabajo o vocación de una forma profesional y poseer las competencias que suelen demostrarse por medio de la elaboración y defensa de argumentos y la resolución de problemas dentro de su área de estudio.
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Tener la capacidad de reunir e interpretar datos relevantes (normalmente dentro de su área de estudio) para emitir juicios que incluyan una reflexión sobre temas relevantes de índole social, científica o ética. Transmitir información, ideas, problemas y soluciones a un público tanto especializado como no especializado. Haber desarrollado aquellas habilidades de aprendizaje necesarias para emprender estudios posteriores con un alto grado de autonomía.
Además, se tendrán en cuenta las competencias establecidas en la memoria de verificación del Grado en Sociología: Cognitivas: - Conocer las habilidades del trabajo científico. - Conocimiento de la metodología de las ciencias sociales y de sus técnicas de investigación social. Instrumentales: - Capacidad de redactar trabajos sociológicos. - Saber buscar, obtener y gestionar información relevante para realizar trabajos sociológicos. - Habilidades para plantear y desarrollar una investigación aplicada en las diferentes áreas de la sociedad. - Habilidades en gestión y organización de las personas y de las redes sociales que participan en proyectos colectivos. - Capacidad para ajustar la investigación en función de las técnicas más adecuadas a la naturaleza del problema, los recursos, los materiales y los tiempos disponibles. - Capacidad para construir argumentos científicos y utilizarlos para reforzar los planteamientos de la investigación. - Saber desarrollar capacidades de comunicación de los resultados y dominar los instrumentos informáticos de presentación. - Capacidad para utilizar de forma rigurosa los métodos y técnicas de investigación social. - Capacidad para identificar problemas sociológicos y para plantear su análisis en función de las herramientas intelectuales de la disciplina. - Capacidad de elaboración, utilización e interpretación de indicadores sociales e instrumentos de medición social. - Saber trasmitir información. - Capacidad para relacionar los conocimientos de la Sociología y los de otras disciplinas afines. Actitudinales: - Actitud crítica frente a las doctrinas y las prácticas sociales. - Actitud de compromiso frente a los problemas sociales y culturales. Genéricas: - Capacidad para comunicar resultados y conocimientos. - Capacidad para reconocer la complejidad de los fenómenos sociales. - Habilidades en las relaciones interpersonales. 6
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Reconocimiento a la diversidad y la multiculturalidad. Compromiso ético. Capacidades para el aprendizaje autónomo. Adaptación a nuevas situaciones. Sensibilidad hacia los temas ambientales. Motivación por la calidad. Capacidades para desarrollar trabajos creativos.
4. La Comisión Evaluadora realizará una evaluación numérica en una escala de 0 a 10 con expresión de un decimal, a la que tendrá que añadirse su correspondiente calificación cualitativa: 0-4.9: Suspenso 5.0-6.9: Aprobado 7.0-8.9: Notable 9.0-10: Sobresaliente o Matrícula de Honor. 5. El secretario de la Comisión Evaluadora será el encargado de recoger en el acta (anexo VII), la calificación final y entregarla a la Secretaría de la Facultad al finalizar la lectura. 6. De acuerdo a la normativa vigente de la UGR, la mención de “Matrícula de Honor” podrá ser otorgada a estudiantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9.0 puntos. Su número no podrá exceder del cinco por ciento de los matriculados, salvo que el número de estudiantes matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola “Matrícula de Honor”. 7.- Para regular el derecho a la revisión de los TFG, cada Centro, para cada Titulación, establecerá anualmente un Tribunal de Reclamaciones, compuesto por miembros distintos a los que realizaron la primera evaluación, a quien los estudiantes podrán dirigirse, en los plazos previstos, cuando no consideren adecuada su calificación, tras haber conocido los detalles de la misma por parte del Presidente de la Comisión Evaluadora. Dicho Tribunal de Reclamaciones atenderá la reclamación, y oído al estudiante y al Presidente de la Comisión Evaluadora, y habiendo examinado el material disponible sobre la evaluación del TFG, procederá, en su caso, a su recalificación. Dado que la defensa del TFG se realizará en una prueba de evaluación oral, siempre que haya acuerdo entre el estudiante y la Comisión Evaluadora, podrá establecerse un sistema de grabación de la defensa que, en caso de reclamación, será tenida en cuenta por el Tribunal de Reclamaciones. 11. Autoría y originalidad del TFG 1. Los TFG estarán sometidos a los correspondientes derechos de autor así como de la propiedad intelectual o industrial que dictamine la legislación vigente, tanto de los estudiantes y de los tutores como de las empresas u organismos que pudieran estar involucrados en su elaboración.
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2. El plagio, entendido como la presentación de un trabajo u obra hecho por otra persona como propio o la copia de textos sin citar su procedencia y dándolos como de elaboración propia, conllevará automáticamente la calificación numérica de cero. Esta consecuencia debe entenderse sin perjuicio de las responsabilidades disciplinarias en las que pudieran incurrir los estudiantes que plagien. 3. Las memorias entregadas por parte de los estudiantes tendrán que ir firmadas sobre una declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no ha utilizado fuentes sin citarlas debidamente. Disposición Adicional Primera Todas las denominaciones de órganos unipersonales contenidas en estas Directrices se entenderán realizadas y se utilizarán indistintamente en género masculino o femenino.
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Anexos I. Propuesta de TFG y autorización del tutor II. Solicitud de asignación de TFG III. Autorización del tutor o tutores para la defensa del TFG IV. Declaración de originalidad del TFG V. Rúbrica de evaluación de competencias por parte de la comisión VI. Rúbrica de evaluación del tutor VII.
Acta de la comisión de evaluación
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