Districto Unificado Escalon de la Escuela

Districto Unificado Escalon de la Escuela Manual de Parent ~ Student 2010-2011 FECHAS IMPORTANTES ~ ~ ~ 2010-2011 Primer día de la clases – Agosto

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Districto Unificado Escalon de la Escuela

Manual de Parent ~ Student 2010-2011

FECHAS IMPORTANTES ~ ~ ~ 2010-2011 Primer día de la clases – Agosto 16, 2010

El último diá de clases – mayo 27, 2011

Días de fiesta del Distrito Escolar

Septiembre 6, 2010 - Labor Day Noviembre 11, 2010 - Veterans Day Noviembre 22, 23, 24, 25, 26, 2010 - Thanksgiving Break Diciembre 20, 2010 / Diciembre 31, 2010 – Winter Break Enero 17, 2011 - Martin Luther King Day Febrero 14, 2011 - Lincoln’s Birthday Febrero 14-18, 2011– Non-teaching days Febrero 18, 2011 - President’s Birthday Abril 225-29, 2011 – Spring Break

Días Mínimos

Septiembre 13, 2010 Octubre 11, 2010 Octubre 15, 2010 (Homecoming) Noviembre 15, 16, 17, 18, 2010 Conferencias Del Padre Enero 10, 2011 Marzo 7, 8, 9, 2011 Conferencias Del Padre Marzo 14, 2011

Registracion de kindergarten

Marzo 17 & 18, 2011

District Negotiated Furlough Days

Noviembre 12, 2010 Mayo 31, 2011, Junio 1, 2, 3, 4, 2011

Fechas De Prueba propuestas

CAT 6 & California Standards –Abril 2011 AP – Sera determinado en el futuro Calif. Standards Writing, Grades 4 & 7 Marzo, 2011

Escalon High School

Escalon High School

Comienzo del 1r semester – Agosto 16, 2010 Termina del 1r semester – Diciembre, 2010

Comienzo del 2do semester – Enero 3, 2011 Termina del 2do semester – Mayo 27, 2011

Elementary and Middle School K-8

Principio de Trimestre I – Agosto 16, 2010 --------------- Final de Trimestre I – Noviembre 5, 2010 Principio de Trimestre II – Noviembre 8, 2010 ------------ Final de Trimestre II – Febrero 25, 2011 Principio de Trimestre III – Febrero 28, 2011 ---------- Final de Trimestre III – Mayo 27, 2011

Contactos De Districto Oficina De Districto

209 838-3591 209 462-2346 209 838-6703 (fax)

Servicios De Negocio Servicios Alimenticios Transporte Mantenimiento

838-3170 838-3165 838-6172

Servicios Educativos Oficina Del Plan de estudios Bienestar y asistencia del niño Servicios medicos Educación Especial

838-8910 838-3591 838-8910 838-8910

Planteles Escolares Collegeville Elementary Dent Primary Dent Elementary El Portal Middle School Escalon High School Farmington Elementary Sierra View (Estudios Independientes) Van Allen Elementary Vista High School

941-2008 838-7038 838-7031 838-7095 838-7073 886-5344 838-1450 838-2931 838-1450

Distrito Unificado de Escalon Fechas y Horario para las reuniones de la mesa directiva 2010-2011 Localización

Fecha

Tiempo

Board Room

julio 20, 2010

7:00 PM

Board Room

agosto 17, 2010

7:00 PM

Van Allen

septiembre 7, 2010

7:00 PM

Collegeville

septiembre 21, 2010

7:00 PM

Dent

octubre 5, 2010

7:00 PM

El Portal

octubre 19, 2010

7:00 PM

Escalon High

noviembre 2, 2010

7:00 PM

Farmington

diciembre 7, 2010

7:00 PM

Board Room

enero 18, 2011

7:00 PM

Board Room

febrero 8, 2011

7:00 PM

Board Room

marzo 1, 2011

7:00 PM

Board Room

marzo 15, 2011

7:00 PM

Board Room

abril 5, 2011

7:00 PM

Board Room

abril 19, 2011

7:00 PM

Board Room

mayo 3, 2011

7:00 PM

Board Room

mayo 17, 2011

7:00 PM

Board Room

junio 7, 2011

7:00 PM

Board Room

junio 21, 2011

7:00 PM

Por favor note: llega a ser de vez en cuando necesario cancelar o cambiar la hora de una reunión del Consejo. Cuando ocurre esto hacemos cada esfuerzo de fijar un horario revisado en el Web site del districto en www.escalonusd.org. Usted puede también llamar 209 838-3591 para confirmar una fecha de la reunión del Consejo.

DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO DE ESCALON GUÍAS DE ASISTENCIA ESCOLAR PROBLEMA

LLEGAR TARDE ESCUELA

A

LA

TARDANZAS INJUSTIFICABLES

FALTAS EXCESIVAS CON EXCUSA O EXCUSA VALIDA

SIN

Menos de 30 Minutos

En Exceso de 30 Minutos

DISPUTA

Un estudiante que frecuentemente llega tarde a la escuela crea una disrupción al programa escolar. Los estudiantes que llegan tarde se pierden de actividades escolares importantes. Los maestros tienen que reexplicar las asignaturas y a resultado de esto se pierde tiempo de aprendizaje valioso no solo por este estudiante si no por los demas estudiantes tambien. La escuela y los padres necesitan trabajar juntos para resolver los problemas en esta area.

Se espera que los estudiantes mantengan una asistencia regular a la escuela. Cuando un estudiante llega tarde a la escuela sin excusa valida y con exceso de 30 minutos, el/ella no solo tiene una tardanza injustificable pero probablemente se atrasara de los demas en su clase si se permite que este problema continue.

Faltas excesivas se define como más de cinco faltas con excusa en un mes escolar, mas de diez faltas con excusa o tres faltas sin excusa en un año. Faltas excesivas más de o por encima de lo normal de enfermedades de niñez, acidentes, y operaciones, impiden que un estudiante reciba los beneficios completos de un programa educacional. El director de la escuela tiene la flexibilidad para determinar cuando un patron de faltas requiere comunicación más cercana entre la escuela y el hogar para resolver el problema.

ACCIONES A TOMAR Primera Carta

Si un estudiante llega tarde, menos de 30 minutos, mas de tres veces sin excusa valida en un mes de asistencia o seises tardanzas sin excusa en un año escolar. Se le manda la primera carta. Se hace contacto directo con los padres.

Si un estudiante con tardanzas injustificables por más de 30 minutos en tres o más ocasiones. Se manda la primera carta. Se hace contacto directo con los padres.

Si un estudiante tiene seis dias de faltas con excusa valida o una falta con excusa invalida. Se manda la primera carta. Se hace contacto con los padres.

Si un estudiante tiene tres llegadas tarde a la escuela sin excusa valida en un segundo mes escolar o ocho llegadas tarde a la escuela en un año escolar. Se manda la segunda carta. Se hace una conferencia con los padres y estudiante.

Si un estudiante llega tarde más de 30 minutos cuatro o más veces en un año. Se manda la segunda carta. Se hace una conferencia con los padres y estudiante.

Si un estudiante tiene nueve faltas con excusa valida o un segundo día de falta sin excusa valida. Se manda la segunda carta. Se hace contacto directo con los padres. Se puede pedir una carta de un doctor si hay faltas adicionales.

Si un estudiante tiene una tercera ocasión de tres o más llegadas tarde sin excusa valida en un mes escolar o diez llegadas tarde sin excusa valida en un año escolar. Se manda la tercera carta. Se declara que el estudiante tiene faltas injustificables. Se refiere al Consejo de SARB.

Si un estudiante llega tarde más de 30 minutos sin excusa valida seises o más veces en un año escolar. Se manda la tercera carta. Se refiere al Consejo de SARB.

Si un estudiante tiene 15 dias de faltas con excusa valida o un tercer día de faltas sin excusa valida. Se manda la tercera carta. Se declara que el estudiante tiene faltas injustificables. Se refiere al Consejo de SARB.

Segunda Carta

Tercera Carta Se Declara Que Tiene Faltas Injustificables

ASISTENCIA La asistencia y puntualidad son esenciales para que un estudiante pueda sobrasalir en la escuela. Todas sus ausencias tienen que ser verificadas. Por favor mande una nota con su hijo(a) cuando el/ella regrese a clases en la cual indica la o las fechas y la razon de la ausencia. Notifique a la oficina sí su estudiante estara ausente por mas de dos dias. Tambien se les pide a los padres que llamen por telefono a la escuela para avisarle a la secretaria de asistencia o secretaria de la falta de su hijo(a). Una emergencia de familia no es una ausencia justificable basado en la ley estatal. Veer seccion 12 del aviso de derechos y responsabilidades para ver la lista de ausencias con excusa. Llegar Tarde - Los estudiantes que llegan tarde a la escuela tiene que reportase directamente a la oficina. Por favor mande una nota con su hijo(a) indicando la razon por su tardanza. Salida Del Plantel Escolar - Los estudiantes tienen que tomar su autobus regular a la hora de la salida de clases. Si un nino(a) tiene que quedarse despues de clases, se requiere una nota de los padres. Las escuelas primarias del Distrito Escolar Unificado de Escalon tienen planteles cerrados. No se le permite a los estudiantes irse de la escuela a ninguna hora ya habiendo llegado a la escuela sin el permiso del director. No se le permite a los estudiantes irse de la escuela durante los horarios de clases por ninguna razon sin que los padres sepan y den su consentimiento del maestro y oficina. El permiso para salirse de la escuela solo sé dara al recibir por escrito un peticion de los padres para el/la estudiante. Los estudiantes que tienen que salirse de la escuela antes de la hora de salida tienen que tener a un padre o guardian que firme por su salida en la oficina de la escuela. Para llevarse a su hijo(a) de la escuela por una cita, por favor escriba una nota y pidale a su hijo(a) que la entregue en la oficina antes de que empiezen las clases. Se requiere que los padres o guardianes entren a la oficina de la escuela a firmar por su salida. Ausencias Excesivas o Tardanzas - Problemas continuos con ausencias excesivas o tardanzas pueden resultar en que les manden a la Mesa directiva de Asistencia del Distrito Escolar Unificado de Escalon. CODIGO DE VESTIMENTA – Grado K-5 Las siguientes guias se usaran para mantener un ambiente de aprendizaje apropiado. A los padres se les hara responsables de que sus hijos usen estas guias de vestimenta: 1. Todos los estudiantes vendran a la escuela bien vestidos y limpios. 2. Pueden usar pantalones cortos, si el tiempo lo permite. Los pantalones cortos no pueden ser mas cortos que el dedo de en medio de la mano del estudiante cuando este este parado derechito con las manos a sus lados. 3. Zapatos o sandalias con correas en el talon (no chanquetlas de metedera) tienen que ser usados a todas horas. 4. La ropa (incluyendo zapatos) con lemas o anuncios inapropiados no seran permitidos. Los estudiantes generalmente sé comportan en la manera parecida a la que usan para vestirse o asearse. Cualquier tipo de vestimenta o aseo que sea disruptivo no sera permitido. Los estudiantes y padres necesitan estar al tanto de la importancia de un buen aseo y sus efectos causados en un ambiente de aprendizaje. Es la responsabilidad de los padres el estar al tanto de que su aseo sea apropiado para la escuela. Los siguientes requisitos de aseo y vestimenta tienen que ser usados por todos los estudiantes:  No se usaran blusas amarradas al cuello o a medio torso. Esto incluye a la ropa masculina que no son apropiadas.  El cabello tiene que estar limpio y bien peinado.  Sombreros o cachuchas no se usaran dentro de la area de instrucción.  No se usaran atuendos que puedan causar disrupciones en la operación diaria escolar. Esto incluye joyeria o palabras inapropiadas y dibujos o fotos en la ropa. PERROS DE DETECCION Para asegura que el alcohol, drogas o otros articulos que puedar ser un peligro para los estudiantes no sea introducido en el plantel escolar, sé haran muchas revisiones sin previo aviso para los estudiantes entre los grados 6 y 12 durante el ano escolar usando perros entrenados especialmente para esto. Si uno de estos perros alerta en la mochila de un estudiante, su vehiculo, o otras posesiones, sus padres seran notificados. CITIO DE LA RED DEL DISTRITO El citio oficial de EUSD esta localizado en www.escalonusd.org. Los estudiantes, padres, maestros y miembros de la comunidad encontraran una pletora de informacion sobre pruebas de estudiantes, Tarjeta de Clificaciones de Responsabilidad Escolar SARC, reportes de las juntas mensuales de cada escuela, las fechas de las juntas para la mesa directiva y minutas de las juntas, oportunidades de empleo, y mucho más. Exploren nuetro citio en la red, diganos como vamos, y compartan sus ideas. DIAS DE NEBLINA Las mananas con extema neblina, el horario de los autobuses puede correr una hora o más tarde de lo usual. Por favor esperen a que el autobus llegue por su hijo(a), o hagan arreglos alternativos de transportacion. Informacion referente a los horarios puede ser escuchada llamando al 838-7090 despues de las 6:45 a.m. SERVICIOS DE SALUD Se requiere por ley que los estudiantes en ciertos grados recivan revisiones de salud de la vision, auditivos, escoliosis, etc. No se daran primeros auxilios en la escuela por ninguna condicion a menos que esto pase en la escuela. Es necesario que cada padre provea a la escuela con numeros de telefono y contactos de emergencia al corriente. Si un padre o contacto de emergencia no

puede ser localizado por telefono desde la escuela, todos los casos de lastimaduras serias seran transportados de inmediato por ambulancia a un hospital local. El costo relacionado a esto estara bajo la responsabilidad de los padres del estudiante. ASEGURANZA El distrito escolar no provee aseguranza para cubrir el tratamiento de los estudiantes que se lastiman en la escuela. Hay aseguranza disponible para los estudiantes a un costo nomino. Los detalles se les mandaran a casa. Les urgimos que tengan aseguranza ya que el distrito no tiene aseguranza que cubra estudiantes individualmente. Los padres son responsables en proveer aseguranza para sus hijos. Las familias que son elegibles para Healthy Families pueden tener un costo minimo por mes para tener cobertura comprensiva de salud, dental, y de la vista. (Vean la otra información en este libro). INFORMACION MEDICA De acuerdo con el Codigo de Educacion de California Seccion 48423, no se le permite a los estudiantes traer medicina a la escuela (incluyendo medicina sin receta). Todas la medicinas tienen que ser entregadas a la oficina y acompanadas de una forma de autorizacion medica. El personal de la escuela no puede darle medicamentos a ningun estudiante sin que esta forma haya sido entregada. Cuando sea posible, la medicina deberia ser tomada en la casa. Ocasionalmente los estudiantes tiene que tomar medicina durante los horarios escolares. La medicina deberia ser entrega a la escuela por un padre en la botella original de la receta y con la etiqueta de la farmacia. Se requiere que los estudiantes pasen a la oficina durante su tiempo predeterminado para recibir su medicamento. Por favor traigan el equipo y medicamento necesario para administrar o hacerse pruebas. Los padres pueden pasar a la oficina a administrar los medicamentos que no esten cubiertos con una orden medica. EXAMENES MEDICOS A menos que sea sometido anualmente un pedido por escrito al director por parte de los padres o guardianes pidiendo un exempcion de examenes de salud, los ninos estaran sujetos pruebas de rutina en la escuela. Se le pedira a los que procuren examenes medicos para sus hijos en areas especificadas a menos que el padre hayan entregado su peticion para una exencion, de acuerdo con el Codigo de Educacion y Codigo de Salud y Seguridad. Estas areas incluyen lo siguiente:  

Entrada al Kindergarten No mas de 18 meses antes de entrar al primer grado

REQUISITOS DE VACUNAS Ninguna persona sera admitida como estudiante en este distrito sin antes el/ella no ha recibido sus vacuas completas encontra de dipteria, pertusis(tosferina), tetano, poliomelitis, sarampion, paperas, rubeola, hepatitis B, y varicela. (Vean la lista de las vacunas). SERVICIOS DE LA NUTRICIÓN Las comidas nutritivas están disponibles para los estudiantes cada día de la escuela incluyendo días mínimos. Todas las comidas servidas deben resolver los estándares alimenticios terminantes establecidos por el departamento del estado de la educación. Pre-ventas - Animamos fuertemente a padres que participen en el programa pagado por adelantado de la comida. Es una manera conveniente pagar las comidas de su niño por adelantado y ayuda al almuerzo para alinear movimiento más rápidamente en la cafetería.

ELEMENTARY K-5 Desayuno PAGADO 10 days/20 days Desayuno REDUCIDO 10 days/20 days El Almuerzo PAGÓ 10 days/20 days El Almuerzo REDUCIDO 10 days/20 days

COST $1.50/$15.00/$30.00 .30/$3.00/$6.00 $1.85/$18.50/$37.00 .40/$4.00/$8.00

EHS/EL PORTAL EHS y El Portal Desayuno PAGADO 10 days/20 days EHS y El Portal Desayuno REDUCIDO 10 days/20 days El Portal El Almuerzo PAGÓ 10 days/20 days El Portal Almuerzo REDUCIDO 10 days/20 days EHS COUGAR LUNCH – Build-a-Meal

COST $1.50/$15.00/$30.00 .30/$3.00/$6.00 $2.00/$20.00/$40.00 .40/$4.00/$8.00 $2.25

REGISTRACION Para que un estudiante permancesca oficalmente registrado en la escuela, se requiere que los padres le provean a la escuela una direccion al corriente y por lo menos un numero de telefono de contacto. Si esta informacion llegara a cambiar, es la responsabilidad de los padres el notificar a la escuela y dar la informacion correcta dentro de veinticuatro horas. ASISTENCIA DE LOS PADRES A menos que se le indique de otra manera por el personal a cargo, los estudiantes se tienen que sentar con y ser supervisados por sus padres o guardianes en todos los eventos durante eventos en la tarde y/o fuera de nuestras escuelas.

Esto incluye: concierto del coro, concierto de banda, show de talento, juegos deportivos, y ceremonias de graduacion. SEGURIDAD ESCOLAR Se le urge a todos los estudiantes que observen todas las precauciones de seguridad en su camino a y de la escuela y mientras esten en la escuela. Los estudiantes tienen que reportar cualquier accidente a su maestro o al maestro a cargo. VISITAS EN EL PLANTEL Por favor comuniquese con el maestro de su hijo(a) para su visita al salon. Cuando usted llegue a la escuela, por favor reportese en la oficina primero. Por favor haga arreglos para recoger tarea cuando este no interrumpa el tiempo de estudio. Los ninos no pueden ir a visitar a otros ninos en otras escuelas. TELEFONOS El telefono de la escuela es un telefono de negocios; los estudiantes lo pueden usar para hacer llamadas de emergencia solamente. ARTICULOS PROHIBIDOS Por la seguridad de todos, algunos articulos son prohibidos por ley estatal de estar en un plantel escolar: cohetes, navajas, cerillos, armas de fuego de cualquier tipo, etc. Esto incluye armas de juquete, tales como pistolas de aire, rifles y pistolas de balines. La posesion de estos articulos tiene consecuencias muy serias que podrian llegar a una accion disciplinaria de la escuela, hasta y incluyendo la expulsion de las escuelas de distrito. Los estudiantes no deberian traer a la escuela juguetes, radios, juegos o equipo de deportes para ser usado durante el recreo. Los articulos que traigan para compartir en el salon se quedaran en el salon a todas horas. La escuela no puede ser responsable si se les pierden o danan sus articulos. Si hay descuerdo sobre quien es el dueno de un articulo este sera confiscado por el director, y sera la responsabilidad de los padres de estos estudiantes el determinar quien es el dueno de dicho articulo. Se require permiso por escrito de los padres para que un estudiante pueda ir y venir a la escuela en bicicleta. Por favor llame a la oficina de la escuela para recibir las guias y forma de permiso. SERVICIOS ESPECIALES DE LA ESCUELA 1. Una enfermera de la escuela esta disponible con cita. 2. Una psicologa escolar para educacion especila es proveida por el distrito para hacer pruebas y conferencias con los padres despues de que se le refiere por un maestro. 3. Las clases de educacion especial y el programa de GATE (para estudiantes dotados) son ofrecidos a los estudiantes que califican. Se requiere que los padres tomen parte al poner a sus hijos en estos programas. 4. Terapia del habla se provee por el distrito. Se le dara prioridad alta a los casos con inpedimentos de lenguaje y habla serios. 5. Tenemos un programa de consejeria excelente disponible para los maestros, estudaintes y padres. CONDUCTA DE LOS ESTUDIANTES Los estudiantes se tiene que comportar en un forma ordenada. Esto incluye en su ida y venida a la escuela. Se espera que los estudiantes tengan una conducta apropiada en su contacto con todas las personas. Se espera tengan respeto hacia los padres, maestros y companeros de clases. Se espera que los atletas tengan respeto y buena conducta hacia los espectadores, y esten aseados y limpios en su vestimenta y apariencia, lenguaje y conducta ya que todo refleja en los estudiantes. EQUIPO DE ESTUDIO ESTUDIANTIL (SST) El SST reune a padres, maestros, administradores, y personal de apoyo para apoyar y resolver problemas que ayudan a los estudiantes que tienen dificultades en la escuela. Los estudiantes pueden ser referidos por un padre/guardian, maestro, o agencia de la comunidad para que un equipo de SST trate con estrategias el resolver los problemas para ayudar al estudiante con sus necesidades individuales. Si usted tiene preguntas refentes a este proceso, por favor comuniquese con el maestro de su hijo(a) o el administrador de la escuela. TRANSFERENCIAS Si usted planea ir a vivir a otro lado, por favor avise a la secretaria de la escuela por adelantado si le es posible. Se tiene que llenar una forma de cambio de escuela antes de que su hijo se vaya de la escuela y tiene que entregar todos sus libros de la biblioteca, libros de texto, y demas materiales que pertenecen a la escuela.

PÓLIZA DE TAREA Revised: 10-4-05 Filosofía y Razonamiento La tarea es una actividad de aprendizaje planeada por el/la maestro, el cual toma lugar fuera del horario escolar regular del estudiante. Como tal la tarea debería reforzar el aprendizaje del salón, y expandir sobre la experiencia escolar del estudiante. La tarea se considera ser una parte importante del programa instruccional, por que cuando se implementa apropiadamente los estudiantes podrán: 1. Recibir tareas que son específicas y relacionadas a los objetivos del salón. Las necesidades y habilidades de los estudiantes serán una consideración al planear las tareas. 2. Desarrollar hábitos de estudio y auto-disciplina, básicos al estudio efectivo y la habilidad para trabajar independientemente. 3. Aprenderá hacer uso de su tiempo más efectivamente y desarrollaran una actitud de responsabilidad. 4. Beneficiarse de la extensión de este tiempo de aprendizaje. 5. Entraran en contacto con recursos y experiencias fuera de la escuela.

Guías para los Estudiantes La tarea es una oportunidad para que los estudiantes puedan desarrollar responsabilidades y hábitos de estudio efectivos. estudiante debería: 1. Estar seguro de entender las asignaturas y las fechas en que se entregaran. 2. Harán uso de su tiempo sabiamente para que todas sus tareas estén terminadas para cuando se tengan que entregar. 3. Tener un lugar y tiempo definido para su estudio, libre de interrupciones. 4. Hacer su propia tarea.

El

Guías para los Padres Cuando hay una asignatura especifica, la mejor manera para que los padres puedan ayudar a su hijo(a) es ofreciendo su apoyo y expresando interés en su trabajo y actividades escolares. Los padres deberían: 1. Mantener contacto con el programa escolar con llamadas, visitas, y participación en los comités de la escuela. 2. Demostrar interés y animar a los estudiantes con sus tareas asignadas. 3. Animar al estudiante y insistir que el/la estudiante haga su propia tarea. 4. Proveer un lugar apropiado para estudiar. 5. Ver que las tareas asignadas están terminadas y que las lecciones diarias han sido revisadas. 6. Asistir para hacer un balance entre otras actividades y el trabajo escolar. 7. 8. 9.

Hablar con los maestros y/o directores si es que las tareas están causando a los estudiantes problemas continuos. Animar a los estudiantes a repasar sus lecciones diarias y estudiar para los exámenes además de hacer sus trabajos escritos. Cuando se vean con la necesidad de sacar al estudiante de la escuela por un periodo extendido, tomar la responsabilidad de comunicarse con la escuela con tiempo para que a los estudiantes se les puedan proveer materiales y asignaturas para hacer. 10. Compartir pensamientos e ideas con sus hijos sobre muchos temas de interés al estudiante y los padres.

Guías para el/la Maestro(a) Trabajar dentro de las pólizas y regulaciones del distrito, los maestros juzgaran la cantidad y tipo de tarea para asignar. Ellos tienen la responsabilidad de ayudar a los estudiantes a entender no solo lo que hay que hacer, pero también el por que y como se debería hacer. Comentarios y/o correcciones son métodos de enseñanza valiosos y deberían ser un método efectivo de comunicación entre maestro y estudiantes. Los maestros deberían: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Dar asignaturas durante el periodo de la clase, asegurándose de que los materiales se cubren y los objetivos han sido completamente explicados. Desarrollar un sistema para proveer asignaturas a los estudiantes que están ausentes o de otra manera faltan a clase. Se debería usar discreción al asignar tareas para reponerse después de las faltas con excusa valida. Los maestros individualmente proveerán un plan de tareas por escrito a los estudiantes y sus padres delineando el proceso de tarea y trabajo para reponerse en su clase. Asegurarse de que las tareas sean admitidas y evaluadas. Considerar las obligaciones de los estudiantes en casa, la comunidad, y otras actividades escolares y no escolares. La tarea no debería ser punitiva. (El trabajo escrito que pertiene a la disciplina no se considera tarea.) Las asignaturas de tarea deberían ser de una naturaleza variada.

Tarea para Primaria K – 5 1. Tareas asignadas para los grados K- 3 será de 2-4 veces en la semana, lunes a jueves. Las tareas asignadas par los grados 45 será 4 veces en la semana, lunes a jueves. 2. El tiempo máximo recomendado para todas las tareas debería ser: K-PRE 1 1/2 3 4 5

3. 4. 5. 6. 7. 8.

-15 minutos al día -20 minutos al día -30 minutos al día -45 minutos al día -60 minutos al día

Esta entendido de que ocasionalmente algunas asignaturas podrán requerir más tiempo del que esta indicado arriba. También clases como banda, arte y coro puede requerir más. Las asignaturas de tarea para Kindergarten-PRE 1˚ debería estimular a los estudiantes a hablar a seguido con sus padres, animar a los padres a leerle a sus hijos. Las asignaturas de tarea para los grados 1-3 debería promover el desarrollo de destrezas. Ellos debería animar la participación familiar. Las asignaturas de tarea para los grados 4˚-5˚ deberían continuar reforzando el desarrollo de las destrezas, animar la participación familiar y puede incluir proyectos especiales ocasionalmente. Las asignaturas de tarea no deberían requerir el uso de materiales especializados en la casa con excepción de a largo plazo. Las asignaturas de tarea deberían ayudar a desarrollar buenos hábitos de tarea personales y auto disciplina. Los estudiantes en busca de un programa educacional alternativo debería tener tarea asignada para cumplir con sus necesidades específicas, habilidades, y programa de estudio.

Tarea para los grados 6-8 1. Los maestros de materias académicas proveerán actividades de tarea regulares apropiadas para promover el desarrollo de las destrezas y proveerá a los estudiantes la oportunidad para crecer académicamente. 2. Los maestros coordinaran regularmente sobre la tarea asignada y las fechas de entregar proyectos a largo plazo para prevenir sobrecargar a los estudiantes. 3. La tarea se asignara regularmente en las áreas de Inglés, Matemática, Ciencias Sociales, y Ciencia. La tarea para los grados 6˚-8˚ ser 4 veces a la semana, lunes a jueves y ocasionalmente el viernes. 4. El máximo de tiempo recomendado para todas las asignaturas de tarea deberá ser: 6th -75 minutos diarios 7th -8th -90 minutos diarios 5. Los maestros van a monitorear y asignar una cantidad razonable de tarea. Se mantendrá una comunicación abierta entre la casa del estudiante y ajustes en cantidad se harán cuando sea determinado por el maestro y director. 6. Cada maestro desarrollara un sistema para proveer asignaturas a los estudiantes que estén ausentes o de otra manera faltan a clase. Los estudiantes tendrán que reponer todas las asignaturas como les sea indicado por el maestro. El/la maestro cuando sea necesario puede dar asignaturas alternativas. 7. Los estudiantes en busca de un programa educacional alternativo deberían tener tareas asignadas para cumplir con sus necesidades específicas, habilidades, y programa de estudio. Tarea para los grados 9/12 1. Se espera que los estudiantes estudien en su casa para las pruebas y exámenes de todas las clases además de hacer específicamente todas sus tareas asignadas. La tarea tiene que ser asignada regularmente en las áreas académicas de Inglés, Matemática, Ciencias Sociales, Ciencia e Idioma Extranjero. Clases vocacionales asignaran tareas apropiadas con las lecciones que se están presentando. Las clases de actividades asignaran tarea cuando sea apropiado con la lección. 2. Los estudiantes podrán tener tarea cinco noches a la semana. 3. Cada maestro desarrollara un sistema para proveer tareas asignadas para estudiantes ausentes o quienes faltan a clase. Los alumnos deben cumplir con las tareas asignadas por el maestro. Cuando sea necesario el maestro puede asignar tareas alternativas. 4. Cuando un alumno falta a la escuela por ausencia legal, el estudiante puede pedir que se le asigne su tarea. Cuando un alumno falta hacer su tarea por cualquier otra razón no la puede reponer sin un arreglo previo a su ausencia o sin otro arreglo. El maestro establecerá el día y la hora para completar esta tarea y presentar exámenes. 5. Los estudiantes en busca de un programa educacional alternativo deberían tener tareas asignadas para cumplir con sus necesidades específicas, habilidades, y programa de estudio.

Política de seguridad y la disciplina del AUTOBÚS

REGLAS DE SEGURIDAD PARA EL AUTOBÚS El privilegio de la transportatción en autobús se le ofrece a todos los estudiantes que viven fuera de una distancia razonable de la escuela. Las reglas y regulaciones relacionadas a esta transportación están diseñadas para laseguridad de los estudiantes. El fallar a obedecer estas reglas puede resultar en la perdida de sus privilegios a esta transportación. Esta forma tiene que ser llenada, firmada y regresada a el/la chofer del autobús.

RECUERDEN: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15.

El/la chofer del autobús esta completamente a cargo de el autobús y puede asignar asientos si el chofer lo cree necesario. Aborden y bajen el autobús en una manera ordenada y solamente cuando el autobús ha dejado de moverse por completo. Permanescan en su asiento todo el tiempo qaue el autobús este en movimiento. No se aventaran objetos hacia adentro o afuera del autobús. No se pueden negar a compartir el asiento con otro estudiante. Guestiones obscenas y lenguaje obsceno y fuerte no se permite en el autobús, No se permiten armas, pleitos o juegar rudo. No extiendan ninguna parte de su cuerpo, incluyendo su cabello, fuera del autobús o a su pasillo. El chofer parara para subir o bajar pasajeros solamente en las paradas designadas. No se permite que coman, tomen, o mastiquen chicle ocualquier otra materia en el autobús. Excluyendo a los humanos, no se permiten criaturas vivas. No adulteren (dañen) los aparatos del autobús: repórtenle al chofer cualquier daño que observen. El encender cerillos, encendedores, cohetes, o fumar en el autobús es prohibido. Permanescan en su asiento y callados en todos los cruces de las vías de ferrocarril No se permiten reipients or objectos de vidrio en el autobús a ninguna hora.

Esta no es una lista completa, pero más bien una guía de las expectaciones del chofer. Por favor recuerden, la transportacion enel autobús es un privilegio y ¡NO UN DERECHO!

PÓLIZA DE DISCIPLINA DEL AUTOBÚS Primera Ofensa - Aviso verbal del chofer Segunda Ofensa - El chofer asigna un asiento al estudiante por el resto del día. Tercera Ofensa - El chofer inicia una envio y la entrega a la escuela para tomarse acción por el director o su designado. Dentro de dos dias el administrador debera 1) notificar a los padres; 2) reunirse con el estudiante; 3) enviar la envio completa Lead Bus Driver. El estudiante tendra un asiento asignado por un mínimo de cinco dias de clases. Cuarta Ofensa - El chofer inicia una envio y la entrega a la escuela para tomarse acción por el director o su designado. Dentro de dos dias el administrador debera 1) reunirse con el estudiante; 2) comunicarse con los padres y acordar una cita dentro de dos dias entre los padres, administrador, estudiante y chofer del autobús; 3) notificar a los padres de las consecuencias de ofensas subsecuentes; 4) se suspende al estudiante del autobús por un día; 5) enviar la envio completa Lead Bus Driver. El estudiante sera suspendido del autobús por un día y ademas tendra un asiento asignado por un mínimo de diez dias de clase. Quinta Ofensa o Primera Disrupción Severa* El chofer inicia una envio y la entrega a la escuela para tomarse acción por el director o su designado. Dentro de dos dias el administrador debera 1) reunirse con el estudiante; 2) comunicarse con los padres y acordar una cita dentro de dos dias entre los padres, administrador, estudiante y chofer del autobús; 3) suspender al estudiante del autobús por un mínimo de tres dias escolares; 4) ponerse en contacto con las agencias de coacción de la ley cuando sea apropiado; 5) enviar la envio completa al coordinador de transportación. El estudiante sera suspendido del autobus por un mínimo de tres dias y ademas tendra un asiento asignado por un mínimo de diez dias de clase. Sexta Ofensa o Segunda Disrupción Severa* El chofer inicia una envio y la entrega a la escuela para tomarse acción por el director o su designado. Dentro de dos dias el administrador debera 1) reunirse con el estudiante; 2) comunicarse con los padres y acordar una cita dentro de dos dias entre los padres, administrador, estudiante y chofer del autobús; 3) suspender al estudiante del autobús por el resto del año escolar; 4) ponerse en contacto con las agencias de coacción de la ley cuando sea apropiado; 5) enviar la envio completa al Lead Bus Driver. En el evento de circunstacias especiales o inusuales su designado puede otorgarle a un administrador el permiso para desviarse de las proviciones de esta póliza. *Una disrupción severa se define como una conducta que amenaza la seguridad de los estudiantes o los demas. Tal conducta incluye acciones que aparecen en el codigo de educación seccion 48900, vandalismo, subirse o bajarse del autobús en un lugar que sea diferente de la parada designada sin la autorización de la oficina, interfirendo con la operación del autobús o sus accesorios. Procedimientos de Suspensión - Un estudiante violando las reglas de la escuela o autobús, incluyendo las mencionadas en esta póliza, le pueden ser suspendidos sus privilegios de ir en autobús, por un administrador escolar, en donde las circunstancias de la violación de tal disciplina lo amerite. Ademas, cualquier estudiante puede recibir la maxima suspención y/o puede negarsele la transportación si es que es determinado que el/ella presenta un peligro persistente a la seguridad en el autobús. Procedimiento de Pre-suspensión - La suspensión por el administrador escolar del estudiante sera proseguida por una conferencia informal entre el administrador, el estudiante, y cuando sea possible, el empleado que refirio al estudiante por esta violación de las reglas antes mencionadas. Durante esta conferencia, el estudiante sera informado de la razón de su suspensión y la evidencia que hay en su contra y tambien se le dara la oportunidad de presentar su lado de como pasaron las cosas. El administrador escolar, de la escuela del estudiante hara un esfuerzo razonable para notificar a los padres de esta conferencia, la conferencia no se necesita hacer si es que los padres no estan disponibles. El su designado puede suspender a un estudiante de la transportación de autobuses sin haberle dado a el/ella una conferencia presuspensión si su designado determina que existe una emergencia. Una emergencia se define como una condición, que presenta

peligro a las vidas, seguridad o salud de los estudiantes o el personal de la escuela. Si no se hace una conferencia pre-suspensión, el estudiante y sus padres seran notificados de su derecho a una conferencia con su designado que tendra que ser dentro de tres (3) dias despues de que ha empezado la suspensión. Procedimiento de Post-suspensión - El administrador escolar o el su designado, quien sea el que inicio la suspensión, notificara a los padres, la escuela a la que el estudiante asiste, y a el chofer del autobús, por escrito de cualquier suspensión y la razón por la cual se hizo. El aviso se le entregara a los padres en persona o por correo de primera clase. Tal aviso debera informar a los padres que tienen el derecho a una audencia ante el Superintendente o su designado para apelar la suspensión si es que hacen su petición por escrito dentro de cinco (5) dias despues de haber recibido el aviso de la suspensión. Este aviso tambien le informara a los padres que tienen derecho a revisar y tener copias de todo el material escrito sobre el cual se baso la suspensión. La audencia tendra lugar dentro de cinco (5) dias de haber recibido el superintendente o su designado la petición. El superintendente o su designado determinara si hubo suficiente evidencia para encontrar que la violación alegada ocurrio y si es que la suspensión impuesta fue apropiada. Despues de la apelación, 1) El superintendente o su designado repasara todos los documentos escritos sobre el caso. 2) El estudiante y los padres del estudiante, guardian, y representante pueden hablar con el superintendente o su designado sobre la evidencia y lo apropiado de la penalidad. El superintendente o su designado debera rendir una decisión dentro de dos dias escolares. Si el superintendente o su desginado determina que no hubo violación, todos los archivos y documentación sobre la suspensión deberan ser inmediatamente sellados y nada de la información relacionada a la audencia sera puesta en el archivo permanente del estudiante o comunicado a ninguna persona que no este directamente involucrada en el proceso. Si el superintendente o su designado determina que la suspension fue inapropiada para la violación, la suspensión sera corregida para indicar apropiadamente por el superintendente o su designado. En vez de, ademas de una audencia ante el superintendente o su designado, los padres pueden entregar por escrito una protesta sobre la suspensión que sera considerada antes de entregar la decision final. La decisión de el superintendente o su designado sera final y conclusive. ~ Una copia de esta póliza se le entregara a los padres junto con su aviso de la suspensión ~ Reglas Generales de Coducta en las Zonas de Abordar Autobuses Escolares  Siempre llegar a la parada del autobús temprano.  Estar en una manera ordenada.  Respetar la Propiedad Privada. (No pisar en el pasto o flores, o trepar por entre los carros o arboles)  No empujar o aventar.  Siempre ver hacia el autobús cuando esta llegando.  Nunca correr hacia o del autobús.  Escuchar las intrucciones del chofer. Caminando Hacia y De la Parada del Autobús  Darse suficiente tiempo para llegar a la parada del autobús ileso.  Mantenerse en la banqueta, o lo más alejado del camino que les sea possible.  Cruzar las calles despues de ver que no vienen carros y que sea seguro, manteniendose en las areas designadas para cruzar, si es que son proveidas.  Respetar la Propiedad Privada. (No pisar en el pasto o flores, o trepar por entre los carros o arboles)  Caminar hacia y del autobús en una manera ordenada. Instrucciones para Cruce de Luz Roja (para los estudiantes que tienen que cruzar la calle en su parada)*  En la mañana, los estudiantes deben reunirse en su parada asignada y esperar a que llegue el autobús.  El chofer apagara el autobús, activara las luces rojas y caminara a la mitad de la calle para que crucen los estudiantes, si es necesario.  Los estudiantes tienen que mantenerse en su lugar hasta que el chofer indique que es seguro cruzar.  Los estudiantes tienen que cruzar la calle entre el chofer y el autobus.  Los estudiantes caminaran al autobús en una manera ordenada.  El chofer sera la última persona en abordar el autobús. Paradas de la Tarde (para los estudiantes que tienen que cruzar la calle en la parada del autobús)*  Los estudiantes tienen que mantenerse sentados hasta que el autobús pare por completo.  El chofer apagara el autobús, activara las luces rojas y abrira la puerta.  El chofer sera el primero en bajarse, seguido por los estudiantes. Los estudiantes esperaran al lado del camino hasta que el chofer les indique que esta seguro, se pare en medio de la calle y les indica que pueden cruzar. Zonas de Peligro del Autobús Escolar  Cualquier lugar alrededor del autobús puede ser peligroso.  Esta seguro asumir que si no pueden ver al chofer, el chofer no los puede ver.  Nunca jueguen alrededor del autobús.  No corran enfrente de o detras de el autobús.  Nunca se metan debajo del autobús. *Los choferes haciendo cruce con la luz roja estan en control de la calle en la que estan parados ¡solamente! El trafico que cruza o el trafico en las demas calles por las que tiene que cruzar el estudiante para llegar o alejarse del autobús no puede ser controlado por el chofer.

NOTIFICACIÓN DEL PADRE - PEDICULOSIS (PIOJOS PRINCIPALES) Pediculosis, o los piojos principales, es un problema de continuación a través de la comunidad. Ha habido casos recientes en nuestras escuelas y es importante que trabajamos juntos para controlar y para eliminar este problema. Usted puede ayudar comprobando el tratamiento semanal y que busca del pelo de su niño cuanto antes. Exclusion de la escuela Si piojos o liendres son detectados en el cabello de los ninos, ellos seran excluidos de la escuela y del uso del autobus escolar. Readmision a la escuela 1. Todos los ninos excluidos de la escuela a causa de los piojos deben de ser examinados y readmitidos por la persona designada por la escuela. 2. Todos los piojos deben de ser quitados del pelo. Abajo tiene Ud. informacion especifica sobre los piojos. Le agradecemos su cooperacion e interes en el trato de este problema. 3. Los ninos excluidos de la escuela por tener piojos tampoco podran usar los autobuses escolares hasta que hayan sido examinados por personal de la escuela. 4. Para que el nino sea readmitido a la escuela, debe de ser acompanado por un adulto. Informacion sobre los piojos Los piojos son pequenos parasitos que chupan sangre y viven en el cuero cabelludo humano. Normalmente se propagan de una persona infestada a otra por contacto directo con el pelo. Los piojos encontrados en la cabellera humana no son los mismos encontrados en deferentes animales. Tambien se puede difundir indirectamente al repartir articulos personales tales como peines, cepillos, sombreros, chaquetas, lazos, toallas, y ropa de cama. Los piojos ni saltan ni vuelan. Los piojos se multiplican rapidamente. El adulto vive unos 30 dias y pone de 6 a 10 huevecillos (liendres) cada dia. Tardan aproximadamente 10 dias en encubarse (salir del huevo), y otros 10 dias en llegar a la madurez para empezar a reproducirce. Senas y sintomas 1. Rascarce la cabeza con frecuencia, posiblemente con llagas o un brote en el cuero cabelludo. 2. Pequenos huevecillos ovalados, blancos o amarillos, (liendres) adheridos al pelo cerca del cuero cabelludo. Las liendres no se pueden quitar facilmente como escamitas o caspa. Se adhieren al pelo con una sustancia como cemento. Normalmente se encuentran las liendres en el pelo alrededor de las orejas, en la nuca, o debajo del fleguillo. Tratamiento 1. Se puede obtener un especial champu medicinal con una receta del medico, o una medicina sin receta que se puede obtener en cualquier formacia. Siga las indicaciones con cuidado. Con receta medica solamente – OVACIDE Sin receta medica (contiene “pyrethrins” - una insecticida) NIX RID TRIPLE X R & C SHAMPOO A-200 PYRINATE. 2. 3. 4.

Todos los miembros de su hogar deben desometerse al tratamiento a la vez. Todos los liendres deben de estar quitados del pelo. Se recomienda una segunda applicacion del champu l0 dias despues del primer tratamiento.

Tratamiento De la Ambiente familiar 1. se peina y los cepillos se deben empapar en cualquier agua caliente y secar en el ajuste más alto de la temperatura (140F) por 20 minutos. 2. Toda la ropa, toallas, y lecho lavables se deben lavar en agua caliente y secar en el ajuste más alto de la temperatura (140F) por 20 minutos. 3. los artículos No-lavables tales como almohadillas, mantas, casquillos, y chaquetas deben ser haber limpiado seca, o sellado en los bolsos plásticos por 20 días, o colocado en el secador en la temperatura más alta que fija por 20 minutos. 4. Las alfombras, la tapicería, y los colchones se deben limpiar con la aspiradora a fondo.

AVISO A LOS PADRES DE SUS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES La ley del estado requiere que los padres reciban aviso sobre sus derechos y responsabilidades sobre ciertos asuntos relacionados con la educación de sus hijos. 1. Ausencia para participar en ejercicios y en instrucción religiosa: Los alumnos pueden, con el permiso por escrito de su padre o guardián, participar en ejercicios religiosos o para recibir instrucción de la moral y religión, fuera de la propiedad de la escuela. Cada alumno que reciba tal permiso tienen que asistir a la escuela el tiempo suficiente para constituir un mínimo día escolar. (Código de Educación (C. de Ed.) sec. 46014). 2. La Educación comprensiva sobre la salud sexual y la prevención del VIH/SIDA: Los padres pueden pedir por escrito que su hija/o no reciba la educación comprensiva sobre la salud sexual y la prevención del VIH/SIDA. Los padres pueden revisar las materias educacionales escritas y audiovisuales sobre la salud sexual y la educación sobre la prevención del VIH/SIDA. Los padres tienen el derecho de pedir que el Distrito les provean una copia de la sección 51938 del Código de Educación. Cada padre recibirá aviso antes del comienzo de la educación sobre la salud sexual comprensiva y la prevención del VIH/SIDA referente a la fecha de tal instrucción y si la instrucción será enseñada por el personal del Distrito o por consultantes contratados. Si consultantes contratados son utilizados, el nombre de cada una de sus organizaciones será identificada. Los padres tienen el derecho de pedir que el Distrito les provea una copia de las secciones 51933 y 51934 del Código de Educación. 3. Excusa para no recibir instrucción sobre la salud: Por medio de petición escrita de un padre, un alumno puede ser excusado de cualquier parte de la instrucción sobre la salud que esté en conflicto con las enseñanzas o creencias religiosas de los padres (inclusive las convicciones morales) (C. de Ed. sec. 51240). 4. Administración de medicación: Medicación con receta de médico para un estudiante puede ser administrada durante el día escolar por una enfermera registrada u otro personal de la escuela así designado o auto-inyectado por el estudiante si la medicación es epinefrina con receta y es auto-inyectable, o es medicación aspirada recetada para el asma, pero solamente si el padre da su consentimiento por escrito y provee las instrucciones escritas y detalladas de un médico. Los formularios para autorizar la administración de medicación se pueden obtener con la secretaria de la escuela. (C. de Ed. secs. 49423, 49423.1, 49423.5 y 49480). 5. Estudiantes bajo medicación: Los padres deben de dar aviso al director o directora de la escuela si su hija/o continúa bajo un régimen de medicación. Este aviso debe de incluir el, nombre de la medicación recetada, la dosis, y el nombre del médico que supervisa la administración. Con el consentimiento del padre, el director/a, o la enfermera/o de la escuela pueden hablar con el médico sobre los posibles efectos de la droga, incluso sobre los síntomas de efectos secundarios desfavorables, omisión o sobredosis y podrán consultar con personal de la escuela cuando se determine necesario. (C. de Ed. sec. 49480). 6. Inmunizaciones: El distrito excluirá de la escuela a cualquier alumno que no haya sido propiamente inmunizado. Conforme con la sección 120325 del Código de Salud y Seguridad, un padre o guardián puede dar su consentimiento por escrito para que un médico, cirujano, o enfermera/o registrada/o actuando bajo la instrucción y supervisión de un médico o cirujano, pueda administrarle una inmunización para enfermedades comunicables al alumno en la escuela. (C. de Ed. secs. 48216, 48980(a), y 49403). 7. Exámenes físicos: Se le requiere al Distrito dar ciertos exámenes físicos y exámenes de visión y oído y de escoliosis al alumno, a menos que exista en el expediente del alumno una oposición corriente y por escrito a tales sometido por el padre. Sin embargo, el estudiante puede ser mandado a casa si se cree que el o ella sufre de una enfermedad contagiosa. (C. de Ed. secs. 49451, 49452, 49452.5 y 49455; C. de Salud y Seguridad sec. 124085). 8. Servicios médicos confidenciales: Para estudiantes de grados siete (7) al doce (12), el Distrito puede permitir que los estudiantes salgan de la escuela para obtener servicios médicos confidenciales, sin antes haber obtenido el permiso de su padre o guardián. (C. de Ed. sec. 46010.1). 9. Seguros médicos para lesiones: Los servicios médicos y de hospital para estudiantes lesionados en la escuela, durante una actividad promovida por la escuela, o durante su transporte, pueden ser asegurados por la cuenta de los padres. Ningún estudiante será obligado a aceptar tales servicios sin su consentimiento, o si el estudiante es menor de edad, sin el consentimiento de su padre o guardián. (C. de Ed. sec. 49472) 10. Servicios médicos y de hospital no proveídos: El Distrito no provee servicios médicos y de hospital para estudiantes lesionados durante su participación en actividades atléticas. Sin embargo, todos los miembros de equipos atléticos escolares deben tener aseguranza para lesiones accidentales que cubra los gastos médicos y de hospital. (C. de Ed. secs. 32221.5 y 49471). 11. Servicios para estudiantes con necesidades excepcionales o una incapacidad: Las leyes estatales y federales requieren que se le ofrezca una educación pública, gratuita, y apropiada (reconocida como “FAPE”) en el ambiente menos restrictivo a los alumnos calificados con incapacidades de las edades de 3 hasta 21 años. Los estudiantes clasificados como individuos con necesidades excepcionales para quienes no existe colocación para educación especial o para quienes tal colocación no sea apropiada, pueden recibir servicios en una escuela privada y no sectaria. Para más información específica, favor de comunicarse con el director local de educación especial local. (C. de Ed. secs. 56040 y subsiguientes) Además, servicios para estudiantes incapacitados con una invalidez que interfiere con su acceso igual a las oportunidades de educación son disponibles.

(Sección 504 del Acto de Rehabilitación de 1973; Titulo 34 del Código Federal de Regulaciones sección 104.32 (Tit. 34 del C. Fed. de Regs. sec. 104.32)) El funcionario del Distrito responsable por responder a las solicitudes bajo la sección 504 y con quien se puede comunicar en la siguiente dirección y el numero de teléfono, es: Lisa Cheney Coordinator of Special Education 1195 Stanislaus St Escalon CA 95320 12. No hay pena académica para las ausencias con permiso: Ningún alumno puede recibir notas reducidas ni perder mérito académico por alguna ausencia o ausencias que sean excusadas por las siguientes razones, cuando hay tareas, trabajos o exámenes que puedan entregarse o ser cumplidos satisfactoriamente y en un tiempo razonable. (C. de Ed. secs. 48205 y 48980(j)) Se le excusará a un alumno su falta de asistencia a la escuela en caso de: Su enfermedad.

  

Cuarentena bajo la dirección de un oficial del condado o de la ciudad. Que reciba servicios médicos, dentales, optometritos, o quiroprácticos.

Su asistencia a servicios fúnebres de un miembro inmediato de su familia, con tal que la ausencia no dure más que un día si los servicios son en California y no más que tres días si los servicios son fuera de California.

 

Servir de jurado de acuerdo con la ley. Enfermedad o cita médica, durante las horas escolares, del hijo del alumno, mientras el alumno sea el padre con custodia legal del hijo.

 Razones personales justificables, incluso pero no solamente, comparecencia en corte, asistir a servicios fúnebres, asistencia a celebraciones o participación en un día festivo o ceremonia de su religión, asistencia a un retiro religioso, o asistencia a una conferencia de empleo, o asistencia a una conferencia educacional patrocinada por una organización no lucrativa sobre termas del proceso legislativo o jurídico, cuando la ausencia del alumno fue bajo solicitud escrita por el padre o el guardián y fue aprobada por el director o un representante autorizado bajo las reglas uniformes establecidas por la junta de educación.  Para servir como miembro a la Junta Directiva de Elecciones locales establecida por el Código de Elecciones, sección 12302. Se le permitirá a un alumno que falte a la escuela bajo esta sección, que cumpla con sus tareas y exámenes que no haya tomado o entregado durante su ausencia, si se le pueden proveer razonablemente, y que los pueda completar satisfactoriamente dentro de un tiempo razonable, y se le dará todo mérito por ellos. El maestro de la clase de la cual el alumno sea ausente, determinará cuales exámenes y tareas serán razonablemente iguales, pero no necesariamente idénticos a los exámenes y tareas que haya faltado el alumno durante su ausencia. Para el propósito de esta sección, el asistir a un retiro religioso no deberá exceder cuatro horas por semestre. “Familia inmediata,” como se usa en esta sección, se refiere a la madre, el padre, abuela(o), o nieta(o) del alumno o de su esposa(o), esposa(o), hija(o), yerno, nuera, hermana(o) del alumno, u otro pariente viviendo con el alumno en la misma casa. (C. de Ed. sec. 48205) 13. Oportunidad igual: Oportunidades iguales para ambos sexos en todos programas y actividades educacionales del Distrito es un compromiso hecho por el Distrito a todos sus estudiantes. (Título IX de las Enmiendas Educacionales de 1972.) Se pueden hacer preguntas sobre todos asuntos, incluso someter quejas, sobre el cumplimiento del Distrito con el Título IX, escribiendo o llamándole al siguiente oficial del Distrito: Ron Costa, Superintendent 1520 Yosemite Ave Escalon CA 95320 14. Quejas (Educación Especial): Los padres pueden quejarse de violaciones de las leyes o regulaciones federales o estatales sobre los servicios relacionados con la educación especial. Para someter una queja, prepare por escrito una descripción de la manera en que el padre cree que los programas de educación especial para minusválidos no cumplen con leyes o regulaciones federales o estatales y preséntela al siguiente oficial del Distrito o llámele para más información: Lisa Cheney Coordinator of Special Education 1195 Stanislaus St Escalon CA 95320 (Titulo 5 del Código Estatal de Regulaciones secs. 4630 (Tit. 5 del C. Est. de Regs. sec. 4630)). 15. Revelación de información estudiantil: El Distrito no dará información o archivos referentes de cualquier estudiante, a alguna organización sin interés educacional o a individuos, sin el consentimiento del padre, a menos que el pedido de tal información sea por orden de corte, al recibir una citación lícita, o cuando sea permitido por ley. Las siguientes categorías de información de directorio se puede dar a varias personas, agencias, e instituciones, a menos que el padre o el guardián le avise al Distrito por escrito que no desea que tal información sea entregada: Nombre y apellido, dirección, teléfono, fecha y lugar de nacimiento, área principal de estudios, horario de clases, lista de clases, fotografías, participación en actividades y deportes oficialmente reconocidos, peso y estatura de miembros de equipos atléticos, fechas de asistencia, diplomas y premios recibidos, y la institución educacional mas reciente asistido antes. (C. de Ed. secs. 49060 y subsiguientes, 49073; Titulo 20 del Código de los Estados Unidos. sección 1232g (Tit. 20 del C. de los E.U. sec. 1232g); Tit. 34 del C. Fed. de Regs. sec. 997.

16. Inspección de archivos de estudiante: La ley del Estado requiere que el Distrito le avise a los padres de los siguientes derechos pertenecientes a los archivos de estudiantes. (C. de Ed. secs. 49063, 49069; Tit. 34 del C. Fed. de Regs. sec. 997) a. Un padre o un guardián tiene el derecho de revisar los archivos escolares relacionados directamente a su hijo durante las horas escolares, o puede obtener una copia de tales archivos dentro de cinco (5) días laborales de una solicitud por escrito. b. Un padre que quiera revisar los tipos de archivos de estudiante y la información contenida en ellos, puede hacerlo al ponerse en contacto con el director de la escuela de su hijo. El director de cada escuela es últimamente responsable por el mantenimiento de los archivos de estudiantes. c. Un padre con el cargo lícito de su hijo tiene el derecho de disputar información contenida en los archivos de su hijo. La decisión de borrar el archivo de un estudiante se puede hacer después de que el archivo sea revisado por administradores y empleados certificados del Distrito. Después de tal inspección y repaso de archivos de estudiante, el padre puede disputar el contenido del archivo. El derecho de disputar será a únicamente el derecho del estudiante cuando el estudiante tenga la edad de dieciocho (18) años. El padre puede solicitarle al Superintendente del Distrito por escrito que borre cualquier información contenida en los archivos del estudiante que se alegue ser o estar: (1) Inexacta. (2) Una conclusión personal o inferencia no comprobada. (3) Una conclusión o inferencia fuera del área de competencia del observador. (4) No basada en la observación de una persona nombrada con el tiempo y lugar de la observación. (5) Engañosa. (6) En violación de la privacidad o de otros derechos del estudiante. Dentro de treinta (30) días, el Superintendente tendrá una junta con el padre/guardián y el empleado certificado quién haya grabado la información, si hay, y si la persona todavía tiene empleo con el Distrito, quien admitirá o negará las alegaciones son admitidas, el Superintendente ordenará que se corrija, borre, o destruya la información. Si el Superintendente rechaza las alegaciones, el padre o guardián puede apelar la decisión a la Junta de Educación dentro de treinta (30) días. La Junta de Educación sostendrá o negará las alegaciones. Si la Junta sostiene las alegaciones, la misma mandará al Superintendente que corrija, borre, o destruya tal información de los archivos inmediatamente. (C. de Ed. sec. 49070) Si la decisión final de la Junta de Educación es adversa a los padres, o si el padre acepta una decisión adversa del Superintendente del Distrito, el padre tendrá el derecho de poner una declaración escrita con su oposición al contenido de la información. La declaración será parte del archivo escolar del estudiante hasta tal tiempo que se borre tal información que este bajo oposición. El Superintendente y la Junta de Educación tienen la opción de elegir un panel para dar a los padres una audiencia conforme con el Código de Educación, secciones 49070-49071, para asistir con la decisión sobre el contenido de los archivos. La decisión sobre la necesidad de elegir un panel es a la discreción del Superintendente o de la Junta de Educación y no a la discreción, sugerencia o insistencia del partido adverso. d. Se mantiene un Registro de Archivos de Estudiante para cada estudiante. El Registro de Archivos de Estudiante tiene una lista de personas, agencias u organizaciones que pidan y/o reciban información de los archivos en la manera requerida por la ley. Los Registros de Archivos de Estudiante están localizados en cada escuela y pueden ser revisados por los padres o guardianes. (C. de Ed. sec. 49064) e. Oficiales escolares o empleados que tienen un legítimo interés educacional pueden tener acceso a los archivos de estudiantes sin primero haber obtenido el permiso de los padres del estudiante. “Oficiales escolares y empleados” son personas que tienen empleo con el Distrito como administrador, supervisor, instructor, o miembro de personal de apoyo (incluso personal de salud o médico y personal empleado por el Distrito como agente de policía,) un miembro de la Junta de Educación, una persona o compañía con la cual el Distrito ha contratado para proveer un servicio especial (como un abogado, contador, consultante médico, o psicólogo o psiquiatra) o un padre o estudiante que sirve en un comité oficial, como un comité de disciplina o de queja, o para ayudar a otro oficial escolar a cumplir con sus trabajos. Un oficial escolar o empleado tiene un “interés educacional legítimo” si por sus obligaciones y responsabilidades cree que existe una necesidad razonable para su acceso a los archivos. (C. de Ed. secs. 49063(d) y 49076) f. Padres y guardianes tienen el derecho de autorizar el acceso a los archivos de estudiantes de su hijo a si mismo. Solamente los padres y guardianes con custodia lícita pueden autorizar el acceso a los archivos de estudiantes de sus hijos a otras personas. g. Se le cobrará a los padres y guardianes centavos (.10) por la reproducción de cada página de archivos de estudiante. h. Los padres tienen el derecho de someter sus quejas al Departamento de Educación de los Estados Unidos, para alegar que el Distrito ha violado los derechos de padres relacionados con los archivos de estudiantes. (Tit. 20 del C. de los E.U. sec. 1232g) i. Los padres pueden obtener una copia de la política completa del Distrito sobre los archivos de estudiantes por medio del Superintendente del Distrito. 17. Acto de derechos y privacidad educacionales de familia (Family Educational Rights and Privacy Act: “FERPA”): Los padres tienen ciertos derechos adicionales referentes a la información y los archivos de estudiantes bajo la ley federal. Un volante que da aviso a los padres de estos derechos, se incluye con la presente. 18. Disciplina de estudiantes: Las reglas del Distrito y escuela sobre la disciplina de estudiantes pueden ser obtenidas por los padres y guardianes en la oficina principal de cada escuela. (C. de Ed. sec. 35291) 19. Disección de animales: Si algún alumno tiene objeción moral a disecar (o por otra parte dañar o destruir) animales, o una parte de un animal, el alumno tiene que avisarle al maestro de su objeción, que será substanciada por medio de una nota de su padre o guardián. Si el alumno elige no participar en tal proyecto o examen, y si el maestro cree que exista otro proyecto o examen alternativo que sea educativo, adecuado, y posible de realizar, el maestro y el alumno juntos pueden ponerse de acuerdo y

desarrollar un proyecto o examen alternativo para que el alumno tenga otra manera de obtener el conocimiento, la información, o la experiencia requerida por el curso de estudios. (C. de Ed. secs. 32255-32255.6) 20. Incapacidad temporal: Una incapacidad temporal que hace imposible o imprudente que un alumno asista a las clases, podrá resultar en que se le conceda al alumno poder recibir instrucción individualizada. Es la responsabilidad del padre o guardián del alumno avisar al distrito escolar en que el alumno tiene residencia que el alumno necesita instrucción individualizada. Un alumno con incapacidad temporal que este en un hospital u otra facilidad de salud residencial, a parte de un hospital del estado, que se encuentre fuera del distrito escolar de residencia del alumno cumplirá con los requisitos de residencia del distrito escolar en donde el hospital esté localizado. (C. de Ed. secs. 48206.3, 48207, 48208, 48980(b)). 21. Residencia del estudiante: Un alumno puede inscribirse como estudiante en un distrito escolar si (1) los padres, guardián, u otra persona bajo el control de quien el estudiante esté cargado, vive en el distrito escolar (C. de Ed. sec. 48200); (2) el estudiante es asignado a una institución regular establecida para niños, casa de crianza licenciada, u hogar familiar dentro del distrito escolar; (3) el estudiante es un estudiante emancipado que vive dentro del distrito escolar; (4) el estudiante vive en el hogar de un adulto que ha presentado una declaración jurada de persona quien cuida al estudiante, un “caregiver affidavit,” dentro del distrito escolar; o (5) el estudiante reside en un hospital del estado dentro del distrito escolar. (C. de Ed. sec. 48204). La ley permite, pero no requiere, a un distrito aceptar a un estudiante para matriculación cuando uno o ambos padres del estudiante o el guardián este físicamente empleado dentro de las fronteras del distrito. (C. de Ed. sec. 48204) 22. Opciones para la asistencia: Todos los distritos, al principio del año escolar, deben avisarle a los padres como registrar a sus hijos en una escuela dentro del distrito distinta a la que sean asignados. A lo largo de esta notificación, se les refiere a los estudiantes que asisten a escuelas no asignadas por el distrito como "estudiantes trasladados." Hay un proceso para escoger una escuela dentro del distrito en cual residen los padres (traslado dentro del distrito), y tres procesos distintos para escoger escuelas en otros distritos (traslados entre distritos). (C. de Ed. sec. 48980(h)). Adjunto está una copia de la Política del Distrito Sobre Traslados Dentro del Destrito y Entre Distritos. Los padres interesados en estos traslados deben contactar a Escalon Unified School District Por lo general los requisitos y limitaciones de cada proceso están subscritas. a. Elegir Una Escuela Dentro Del Distrito Donde Viven Los Padres/Guardianes: El Código de Educación, sección 35160.5(b) requiere que la junta de educación de cada distrito establezca una política que permita a los padres escoger las escuelas a donde asistan sus hijos, sin tomar en cuenta donde viven los padres dentro del distrito. Los requisitos en general y sus limitaciones están siguientemente descritos.

 Estudiantes que viven en el área de asistencia de una escuela tienen que tener preferencia para asistir a esa escuela sobre aquellos estudiantes que no viven en esa área de asistencia.

 En casos donde hayan más solicitudes para asistir a una escuela que lugares disponibles, el proceso de seleccionar tiene que ser sin preferencia o favorecimiento, que por lo general significa que los estudiantes tienen que ser seleccionados por un proceso de lotería, en vez de ser basado en quienes sometieron las primeras solicitudes. Un distrito no puede utilizar el desempeño académico o atlético de un estudiante como razón para aceptar o rechazar el traslado.  Cada distrito tiene que determinar el número de lugares en cada escuela que se puedan llenar con estudiantes trasladados. Cada distrito también tiene la autoridad de mantener balances raciales e étnicos entre sus estudiantes, significando que un distrito puede rechazar una solicitud de traslado si cambiaría este balance o resultaría en que el distrito ya no cumpla con un programa de desegregación voluntario o bajo orden judicial.

 Un distrito no tiene obligación de dar asistencia de transporte a un estudiante que se traslade a otra escuela en el distrito bajo estas reglas.

 Si una solicitud para traslado es rechazada, el padre no tiene derecho automático de apelar la decisión. Un distrito puede, sin embargo, decidir voluntariamente poner en lugar un proceso para que los padres apelen tal decisión. b. Elegir Una Escuela Fuera Del Distrito Donde Viven Los Padres: Los padres tienen tres opciones distintas para elegir una escuela fuera del distrito en que viven. Las tres opciones son los siguientes: 1. Distritos de Elección (C. de Ed. secs. 48300-48315) La ley permite, pero no requiere, que cada distrito escolar sea un “distrito de elección”—o sea un distrito que acepta estudiantes trasladados que vienen de fuera del distrito bajo las reglas de estas secciones del Código de Educación. La junta de educación de un distrito que decide ser un "distrito de elección" tiene que determinar el número de estudiantes que desea aceptar en esta categoría cada a o y asegurar que los estudiantes estén seleccionados por un proceso sin preferencia al azar, que prohíbe que las inscripciones de estudiantes y que las comunicaciones del distrito acerca de las inscripciones sean basadas sobre el desempeño académico o atlético actual o percibido, o cualquier otra característica personal. Si el número de aplicaciones para traslados sobrepasa el número de estudiantes que la junta de educación esta dispuesta a aceptar, la selección debe tomarse acabo por un sorteo al azar público durante una junta regular de la junta de educación. Si el distrito elige no ser un “distrito de elección,” el padre no podrá pedir un traslado por medio de este proceso. Otros requisitos de la opción de un “distrito de elección” incluyen:  Ya sea el distrito que recibe al estudiante trasladado o el distrito que lo traslada, puede rechazar el traslado del estudiante si el traslado tendría un efecto negativo al balance racial y étnico del distrito, o a un programa para terminar con la segregación voluntario o bajo orden de un tribunal. El distrito de donde viene el estudiante también puede limitar el número total de estudiantes que se trasladen cada año a un por medio de un porcentaje específico, de la suma de la matricula total dependiendo en el tamaño del distrito.  Ningún estudiante quien al presente asiste a una escuela o vive dentro del área de asistencia de una escuela puede ser forzado fuera de tal escuela para hacer lugar para un estudiante trasladado bajo estas reglas. 

Hermanos de estudiantes que ya asisten a una escuela en un "distrito elegido" tendrán preferencia en sus traslados a esa misma escuela.

 Un padre puede pedir asistencia de transporte dentro de los límites del "distrito elegido." El distrito tiene que proveer transporte solamente de forma en que ya lo haga. 2. Otros traslados entre distritos (C. de Ed. secs. 46601.5-46611) La ley permite que dos o más distritos hagan un acuerdo para el traslado de uno o más estudiantes para un plazo de tiempo de no más de cinco años. Nuevos acuerdos por plazos de hasta cinco años cada uno se pueden formar. El acuerdo tiene que especificar los detalles en que se permitirán los traslados. No hay límites legislativos sobre los detalles o requisitos que los distritos impongan sobre los traslados. La ley sobre traslados entre distritos también requiere lo siguiente:  Ambos distritos escolares, el de donde un padre quiere el traslado y el de donde se quiere trasladar, deben tener consideración de las necesidades del cuidado del estudiante. Si se aprueba el traslado a base de las necesidades del cuidado del estudiante, el estudiante se podrá quedar en el nuevo distrito o en el distrito de escuela secundaría que recibe a los estudiantes hasta el grado 12, bajo ciertas condiciones.

 Si alguno de los dos distritos rechaza una solicitud de traslado, el padre puede apelar la decisión a la junta de educación del condado. Por ley hay límites de tiempo específicos para someter una apelación y para que la junta de educación del condado tome una decisión. 3. Traslados “Allen Bill.” (C. de Ed. sec. 42804(b)): La ley permite, pero no requiere, que cada distrito escolar adopte una política donde el estudiante puede ser considerado un residente del distrito escolar en que sus padres o guardián(es) trabajen físicamente si es diferente al distrito escolar en que viva el estudiante. Ésta sección del Código no requiere que un distrito escolar acepte automáticamente a un estudiante que pida traslado por esta razón, pero un estudiante no puede ser rechazado basado en su raza/etnicidad, sexo, ingresos de sus padres, registro académico, o cualquier otra razón arbitraria. Otras reglas de la sección 48204(b) del Código de Educación incluyen:  Ya sea el distrito en que vive el padre (o el guardián) o el distrito en que el padre (o el guardián) trabaja físicamente puede prohibir el traslado si determina que habrá un impacto negativo sobre el plan de desegregación del distrito.  El distrito en que trabaja físicamente el padre (o el guardián) puede rechazar el traslado si determina que el gasto para educar al estudiante sería más que la cantidad de fondos que recibe del estado para la educación del estudiante. 

Hay unos límites predeterminados (basados en la matrícula total) de la cantidad neta de estudiantes que pueden trasladarse fuera de un distrito bajo esta ley, a menos que el distrito apruebe una suma mayor de traslados.



No existe requisito para un proceso de apelación para un traslado que sea rechazado. Sin embargo, el distrito que niega matricular al estudiante tiene que proveer una explicación escrita al padre de las razones específicas por haber rechazado el traslado. 23. Política sobre el acoso sexual: Cada estudiante recibirá una copia escrita de la política del Distrito sobre el acoso sexual. El propósito de esta política es dar aviso de la prohibición contra el acoso sexual como forma de discriminación sexual y para dar aviso de los remedios que existen. Una copia de la política del Distrito contra el acoso sexual esta incluida con la presente. (C. de Ed. secs. 231.5 y 48980(g)) 24. Aviso sobre escuelas alternativas: La ley de California autoriza a todos los distritos escolares tener “escuelas alternativas.” La sección 58500 del Código de Educación define una “escuela alternativa” como una escuela o grupo de clases separados dentro de una escuela, que se opera en una manera diseñada para: c. Dar la máxima oportunidad a los estudiantes para que desarrollen los valores positivos de ser auto-suficiente, tener iniciativa, tener bondad, ser espontáneo, ser ingenioso, tener valor, creatividad, responsabilidad, y alegría. d. Reconocer que el aprendizaje mejor resulta cuando el mismo estudiante aprende por razón de su propio deseo de aprender. e. Mantener una situación de aprendizaje que mantenga la auto-motivación del estudiante a lo máximo y que estimule al estudiante en su tiempo libre a seguir sus propios intereses educacionales. Estos intereses pueden ser creados por el mismo alumno totalmente e independientemente o pueden resultar completamente o en parte de una presentación de sus maestros sobre las opciones de proyectos para el aprendizaje. f. Dar la máxima oportunidad a los maestros, padres, y estudiantes para que desarrollen juntos los temas y el proceso de aprendizaje. Esta oportunidad y proceso será permanente y continuo. g. Dar la máxima oportunidad a los estudiantes, maestros, y padres para que continuamente reaccionen a los cambios mundiales, incluso y sin limitación a los cambios de la comunidad en la que se localiza la escuela. En caso que cualquier padre, estudiante, o maestro esté interesado en más información sobre las escuelas alternativas, el Superintendente del Condado, la oficina administrativa del Distrito y la oficina principal en cada unidad de asistencia, tienen copias de la ley con información disponible para los padres. En particular esta ley autoriza a las personas interesadas pedirle a la Junta de Educación del Distrito que establezca un programa de escuelas alternativas en cada distrito. (C. de Ed. sec. 58501) 25. Programa de nutrición: El Departamento de Educación del Estado ha establecido un programa estatal para proveer comidas nutritivas y leche en las esuelas para estudiantes y proveer comidas gratuitas a los niños más necesitados. En algunos casos, mínimos gastos en efectivo serán necesarios. (C. de Ed. secs. 49510 y subsiguientes). 26. Salir de la propiedad de la escuela: Por medio de la sección 44808.5 del Código de Educación, La Junta de Educación del Distrito Escolar Escalon, ha decidido permitir que los alumnos inscritos en la(s) escuela(s) Escalon High School, salgan de la propiedad de la escuela durante la hora de almuerzo. La sección 44808.5 también dice: "Ni el distrito escolar ni ningún oficial o empleado del distrito será responsable o perjudicado por el comportamiento o la seguridad de cualquier alumno durante tal tiempo en que el alumno haya salido de la propiedad de la escuela." (C. de Ed. sec. 44808.5) 27. Programas del Departamento de Educación de los Estados Unidos: Lo siguiente es aplicable solamente a los programas patrocinados directamente por el Departamento de Educación de los Estados Unidos:

Toda materia de instrucción, incluso manuales, películas, cintas, u otra materia suplementaria que será usada en conexión con un examen, análisis, o evaluación, deben estar disponibles para su inspección por los padres o guardianes de los estudiantes. No se le exigirá a ningún estudiante que se someta a un examen, análisis, o a una evaluación, como parte de algún programa patrocinado por el Departamento de Educación de los Estados Unidos, que revele información referente a su o sus: h. afiliaciones políticas; i. problemas mentales y psicológicos que pueden avergonzar al estudiante o su familia; j. comportamiento y actitudes sexuales; k. comportamiento ilegal, anti-social, que lo incrimine o lo avergüence; l. valuaciones críticas de otros individuos con los cuales tenga relaciones familiares cercanas; m. relaciones reconocidas privilegiadas bajo la ley o relaciones análogas, como las relaciones con abogados, médicos, o clérigos; n. actividades religiosas, afiliación, o creencias del estudiante o padres del estudiante; o o. ingresos (aparte de lo que requiere la ley para determinar la elegibilidad para participar en programa o para recibir asistencia financiera bajo tal programa), sin el consentimiento anterior del estudiante (si el estudiante es mayor o un emancipado), o en caso de un alumno no emancipado, sin el consentimiento anterior y por escrito del padre o guardián. (Tit. 20 del C. de los E.U. sec. 1232h) 28. Programas de huellas digitales: Con el consentimiento por escrito del padre o guardián, alumnos del jardín de infancia (kindergarten) o nuevos estudiantes matriculados pueden dejar que les tomen sus huellas digitales. El Distrito no podrá quedarse con el documento de huellas digitales, sino tendrá que entregárselo al padre o guardián. Se le cobrara una tarifa al padre o guardián para reembolsarle al Distrito el costo de las huellas. (C. de Ed. sec. 32390 y 48980(f)). 29. Proceso uniforme para quejas: Quejas que alegan discriminación: La ley federal y estatal prohíbe la discriminación en programas y actividades de educación. La ley estatal requiere que los distritos escolares proporcionen a todos estudiantes igualdad de derechos y oportunidades educacionales, sin importar la incapacidad (mental o física), género (incluye identidad de género y el aspecto y comportamiento relacionado al género aunque o no sea asociado con el género asignado de nacimiento de la persona), nacionalidad (incluye la ciudadanía, el país de origen y el origen nacional, la raza o la etnicidad (incluye su ascendencia, color, identificación de grupo étnico, y procedencia étnica), la religión (incluye todo aspecto de creencia religiosa, observación y practica, incluyendo el agnosticismo, ye el ateísmo), la orientación sexual (heterosexualidad, homosexualidad, o bisexualidad), o la percepción de una o más de tales características. (C. de Ed. secs. 210-214, 220 y subsiguientes; Tit. 5 del C. Est. de Regs. secs. 6626066269; C. de Ed. secs. 4900 y subsiguientes; Tit. 20 del C. de los E.U. secs. 1681 y subsiguientes; Tit. 29 del C. de los E.U. sec. 794; Tit. 42 del C. de los E.U. secs. 2000d y subsiguientes; Tit. 42 del C. de los E.U. secs. 12101 y subsiguientes; Tit. 34 del C. Fed. de Regs. sec. 106.9). El Distrito tiene un proceso escrito para quejas que se puede usar cuando individuos han sufrido casos de discriminación basados en su sexo real o percibido, orientación sexual real o percibida, su identificación de grupo étnico, raza, ascendencia, origen nacional, religión, edad, género, color, o incapacidad física o mental. (Tit. 5 del C. Est. de Regs. secs. 4610, 4630 y 4650) a. Cualquier individuo, agencia pública, u organización tiene el derecho de quejarse por escrito alegando que ha sufrido personalmente de discriminación ilegal o que un individuo o clase específica de individuos ha o han sido sometidos a discriminación ilegal. (Tit. 5 del C. Est. de Regs. sec. 4630(b)(1)) b. Típicamente la queja se le entregará al Superintendente del Distrito o al representante de la Agencia Local de Educación o “local educational agency,” (“LEA”).” Sin embargo, en los casos siguientes la queja puede ser dirigida directamente al Superintendente de Instrucción Pública del Estado: (Tit. 5 del C. Est. de Regs. secs. 4630(a) y 4650) 1. Quejas que alegan que el Distrito no cumplió con su proceso de quejas aquí mencionado. 2. Quejas que alegan datos que indican que la persona que puso la queja perderá inmediatamente un beneficio como empleo o educación. 3. Quejas que piden anonimato, pero solo cuando la persona que puso la queja también provee evidencia clara y probativa que ella estaría en peligro de represalias si sometiera la queja al nivel del Distrito. 4. Quejas que alegan que el Distrito no siguió o se negó a cumplir con una decisión final sobre una queja sometida originalmente con el Distrito. 5. Quejas que alegan que el Distrito no tomó acción dentro de sesenta (60) días sobre una queja sometida originalmente con el Distrito. 6. Quejas que el Distrito se niega a responder al Superintendente del Estado referente a una solicitud para información sobre una queja que originalmente fue entregada al Distrito. Las quejas deben someterse dentro de seis (6) meses de la fecha en que la discriminación alegada ocurrió, o dentro de seis (6) meses de la fecha en que la persona tuvo conocimiento de los datos de la discriminación alegada. Dentro de esos seis (6) meses, la persona que someta la queja puede someter una solicitud por escrito con el Superintendente de Instrucción Pública del Estado, para obtener una extensión de tiempo, hasta no más de noventa (90) días, para poder someter la queja. Extensiones de tiempo no se autorizarán automáticamente, y se concederán en casos donde exista buena causa. (Tit. 5 del C. Est. de Regs. sec. 4630(b)) Quejas aparte de las de discriminación: El Distrito tiene un proceso por escrito para recibir quejas que se puede usar en casos donde un individuo, agencia pública u organización, alega violaciones de leyes estatales o federales, aparte de alegaciones relacionadas con la discriminación. a. Se pueden someter quejas por escrito sobre los siguientes temas. 1. La educación básica para adultos; 2. Los programas de asistencia de categoría consolidadas (Consolidated Categorical Aid Programs); 3. La educación para inmigrantes; 4. La educación vocacional (formación profesional); 5. El cuidado y desarrollo de niños; 6. El alimentación de niños; 7. La educación especial; (Tit. 5 del C. Est. de Regs. secs. 4610(b) y 4630))

b.

Típicamente las quejas se dirigen al Superintendente del Distrito o al representante de la agencia local de educación, (“LEA”). Sin embargo las quejas pueden ser presentadas directamente al Superintendente de Instrucción Pública del Estado en los casos siguientes: 8. Quejas que alegan que el Distrito no cumplió con los procesos de queja mencionados aquí. 9. Quejas sobre programas de desarrollo y alimentación de niños que no supervise el Distrito. (“Child Development and Child Nutrition”) 10. Quejas que piden anonimato, pero solo cuando la persona que somete la queja también provee evidencia clara y probativa que estará en peligro de represalias si sometiera la queja al nivel del Distrito. 11. Quejas que alegan que el Distrito no siguió o se negó a cumplir con una decisión final sobre una queja sometida originalmente con el Distrito. 12. Quejas que alegan que el Distrito no tomó acción dentro de sesenta (60) días sobre una queja sometida originalmente con el Distrito. 13. Quejas referentes a la Educación Especial, (“Special Education”) pero sólo si: (a) El Distrito se niega, ilegalmente, a proveer una educación pública gratuita y adecuada a estudiantes incapacitados; o (b) El Distrito se niega a cumplir con los procesos debidos al estudiante o se niega a cumplir con una orden de tribunal de proceso debido; o (c) Niños pueden estar inmediatamente en peligro físico, o su salud, seguridad, o bienestar están amenazados; o (d) Un alumno incapacitado no recibe los servicios especificados en su Programa Individúo de Educación (“Individual Educational Program (“IEP”); o (e) La queja alega una violación de ley federal. 14. El Distrito se niega a responderle al Superintendente del Estado referente a una solicitud para información sobre una queja que originalmente fue entregada al Distrito. (Tit. 5 del C. Est. de Regs. secs. 4630 y 4650) c. Quejas Williams: Se pueden hacer quejas, incluso quejas anónimas, que serán correspondidas bajo un tiempo más corto referente a los siguientes temas : (C. de Ed. sec. 35186) (1) Los libros y materias son insuficientes para la instrucción: (2) Las condiciones urgentes o de emergencia de las comodidades de escuela amenazan a la salud o la seguridad de los alumnos; (3) Existen puestos de maestro vacantes o algún maestro no ha sido propiamente asignado según sus credenciales; o (4) La provisión de instrucción intensiva y servicios para alumnos que no han pasado el examen de salida de la escuela secundaria para el fin del grado 12. Un reclamante que no este satisfecho con la resolución de una queja Williams tiene derechos adicionales bajo la Sección 35186 del Código de Educación. El oficial del Distrito responsable por procesar las quejas está siguientemente identificado en esta Oficial responsable: dirección: Ron Costa, Superintendent 1520 E. Yosemite Ave Escalon CA 95320 Apelación: a. Con la excepción de quejas Williams, si el Distrito rechaza alguna queja, en parte o totalmente la persona que sometió la queja puede apelar la decisión al Departamento de Educación del Estado de California (C. de Ed. sec. 262.3(a); Tit. 5 del C. Est. de Regs. sec. 4632) (1) La apelación debe ser sometida dentro de quince (15) días después de haber recibido la decisión del Distrito. Dentro de esos quince (15) días, la persona puede someter una solicitud por escrito para obtener más tiempo para apelar la decisión. Extensiones de tiempo no se autorizarán automáticamente, y se concederán en casos donde exista buena causa. (2) Las apelaciones tienen que ser por escrito. (3) Las apelaciones tienen que identificar los detalles de los razones para la apelación de la decisión del Distrito. (4) Las apelaciones tienen que incluir una copia de la queja original y una copia de la decisión del Distrito. b. Si el Departamento de Educación rechaza alguna queja totalmente o en parte, la persona que la sometió puede pedir que el Superintendente de Instrucción Pública del Estado reconsidere el caso. (Tit. 5 del C. Est. de Regs. sec. 4665) (1) La reconsideración se debe pedir dentro de treinta y cinco (35) días después de haber recibido el reporte del Departamento de Educación. (2) La decisión original rechazando la queja, mantendrá su efecto y será válida hasta que el Superintendente de Instrucción Pública del Estado modifique su decisión. Remedios bajo el derecho civil: Aparte del proceso de quejas ya mencionados, o a la conclusión de ese proceso, es posible que las personas que someten quejas tengan remedios bajo sus derechos civiles. Estos remedios pueden incluir, pero no son limitados a, interdictos y ordenes de impedimento de un tribunal. Estos remedios son dictados por un tribunal de ley y se pueden usar, en parte, para prevenir que el Distrito actué de manera ilegal. El no perseguir los remedios de derecho civil frente a un tribunal de ley con tiempo puede resultar en la perdida de derechos a tal remedio. Preguntas sobre remedios de derecho civil deben ser dirigidas a un abogado. (C. de Ed. sec. 262.3(b); Tit. 5 del C. Est. de Regs. sec. 4622)

30. Horario de días de desarrollo de empleados sin alumnos y días mínimos: Una copia del calendario del Distrito para días de desarrollo de empleados sin alumnos y el horario de días mínimos esta incluido con la presente. El padre o guardián de un estudiante será notificado durante el año de cualquier otros días de desarrollo o días mínimos, no menos de un mes antes de la fecha actual. (C. de Ed. sec. 48980(c)) 31. Repaso de cursos: Hay un prospecto de cursos, incluyendo títulos, descripciones, y objetos de instrucción sobre cada curso ofrecido en cada escuela pública, y puede pedirle a la escuela y es disponible para inspección por los padres. Se puede solicitar una copia y la puede obtener al pagar una cuota razonable que no sea más del gasto para la duplicación. (C. de Ed. secs. 49063 y 49091.14) 32. Examen de salida de la escuela secundaria: Se le requiere a cada alumno completando el duodécimo año (grado 12), como condición para poder graduarse satisfactoriamente, que tome el examen de salida de la escuela secundaria mandado por ley de California. Los alumnos podrán tomar el examen antes de comenzar su duodécimo a o. Para satisfacer los requisitos del examen, se requiere que el alumno demuestre una maestría de normas estatales de contenido académico riguroso en lenguaje, arte, y matemáticas. Todo alumno que no pase satisfactoriamente este examen, no recibirá un diploma. Los alumnos, incluyendo los que están aprendiendo el ingles, que no han pasado una o ambas partes del examen de salida de la escuela secundaria al fin del grado 12 deben ser proveídos con la oportunidad de recibir instrucción intensa y servicios por dos años escolares consecutivos después de completar el grado 12. (C. de Ed. secs.37254(d)(4)-(5), 48980(e) y 60850) 33. Sistema de Encontrar a Niño ("Child Find System"); Políticas y Normas: Cualquier padre que sospeche que un niño tenga necesidades excepcionales (deshabilitado) puede solicitar una prueba que determine la elegibilidad para los servicios de la educación especial por medio del principal de la escuela. La política del distrito y la práctica incluyen el aviso por escrito a todos los padres de sus derechos bajo el Código de Educación sección 56300 y subsiguientes. (C. de Ed. sec. 56301; Tit. 34 del C. Fed. de Regs. sec. 104.32(b)) 34. Reporte de la Responsabilidad Escolar: Los padres/guardianes pueden pedir una copia en papel del reporte de la responsabilidad escolar que se hace cada año para cada escuela en el distrito. (C. de Ed. sec. 35256) 35. Plan de Manejo de Asbestos: Se puede pedir en la oficina del distrito un plan revisado para el manejo de materia en los edificios de las escuelas que contienen asbestos. (Tit. 40 del C. Fed. de Regs. sec. 763.93) 36. Fondos Para Becas del Estado para los Gastos de exámenes de Colocación Avanzada: Los distritos escolares pueden solicitar al Departamento de Educación del Estado fondos para beca para ayudar a los estudiantes con una desventaja económica para pagar sus gastos de exámenes de colocación avanzada (“Advanced Placement” (“AP”)). Los distritos escolares que solicitan estos fondos tienen que nombrar el personal específico del distrito escolar a quien los alumnos pueden dirigirles las solicitudes para becas y tienen que empezar un plan para avisarles a los alumnos de que está disponible la asistencia económica. Una copia del aviso del distrito referente a los fondos de becas, si se requiere, esta incluida con la presente. (C. de Ed. secs. 48980(k) y 52244) 37. Acto de Ninguna Criatura Dejada Atrás del 2001 (“No Child Left Behind (“NCLB”)”): Bajo el Acto NCLB, los padres tienen los derechos siguientes: Información referente a las calificaciones profesionales de los profesores, paraprofesionales, y asistentes: Por  medio de petición, los padres tienen un derecho a la información referente a las calificaciones profesionales de los maestros, paraprofesionales, y asistentes de las clases de su estudiante. Esto incluye información sobre si el maestro satisface las calificaciones y los criterios de licenciatura para los grados y temas que el enseñe, si el maestro instruye bajo permiso de urgencia u otra condición provisional bajo circunstancias especiales, la concentración de estudios del maestro, si tiene títulos avanzados y el tema de estos títulos, y si asistentes o paraprofesionales proveen servicios para los hijos de los padres y, en ese caso, sus calificaciones. Los distritos también deben de avisarles a los padres si su niño es asignado a un maestro, o si ha sido instruido por 4 semanas consecutivas o más por un maestro, que no tenga alta calificación.  Información referente reportes sobre exámenes y asesoramientos estatales de los estudiantes individuales: Por medio de una solicitud, los padres tienen el derecho a la información sobre el nivel de éxito de su estudiante en todos los exámenes estatales y sobre el asesoramiento académico administrada al estudiante.  Estudiantes de habilidad limitada en inglés: El Acto requiere aviso en avance para los padres de estudiantes de habilidad limitada en inglés con respeto a programas de habilidad en inglés, incluso las razones para la identificación del estudiante como limitado en habilidad en inglés, la necesidad de colocación en un programa de instrucción educacional del idioma, el nivel de habilidad con inglés del estudiante, el modo de valoración de ese nivel, el estado del éxito académico del estudiante, los modos de la instrucción empleados en los programas que hay, como el programa recomendado satisface las necesidades del estudiante, el éxito del programa, las opciones para los padres de quitar el estudiante del programa y/o rehusar la matriculación inicial, y el tiempo anticipado de transición a las clases no diseñadas para servir los estudiantes de habilidad limitada en inglés.  Escuelas bajo un programa de mejoramiento (“Program Improvement Schools”): Los padres van a recibir un aviso si la escuela de su niño esta identificada como una escuela de “un programa de mejoramiento” y sobre las oportunidades para escoger las escuelas y recibir instrucción suplementaria. Se puede pedir la información antedicha por medio de una petición a la escuela de su niño o a la oficina del Distrito. Los avisos adicionales que requiera el Acto de Ninguna Criatura Dejada Atrás serán mandados por separado. (Tit. 20 del C. de los E.U. secs. 6301 y subsiguientes)

38. Información Para Reclutadores Militares: El Acto de Ninguna Criatura Dejada Atrás del 2001 y la sección 49073.5 del Código de la Educación requieren que los distritos escolares divulguen a reclutadores militares solicitantes, los nombres, las direcciones, y los números de teléfono de los estudiantes de "high school," a menos que los padres pidan que esta información no sea repartida sin antes dar su consentimiento. Los padres tienen la opción de pedir esto. Si los padres no desean que esta información sea proveída a los reclutadores militares, por favor notifíquele a la oficina del Distrito su deseo por escrito. Deben someter su petición por escrito dirigida al oficial del Distrito indicado aquí abajo a la siguiente dirección: Ron Costa, Superintendent 1520 E. Yosemite Ave Escalon CA 95320 39. Niños en Circunstancias Sin Hogar. Cada Distrito local tiene que nombrar un enlace para los niños sin hogares que va a asegurar que se entregue notificación de los derechos de los estudiantes en circunstancias sin hogar. (Tit. 42 del C. de los E.U. secs. 11432(g)(1)(J)(ii) y (g)(6)) 40. La Igualdad de los Sexos en Planificación de Carrera. Los padres recibirán aviso en avance de consejos sobre la carrera y la selección de las clases comenzando con la selección de clases en el grado 7 para promover la igualdad entre los sexos y permitir que los padres participen en las discusiones de consejos y en las decisiones. (C. de Ed. sec. 221.5(d)) 41. Productos con Pesticidas. Se les requiere a todas las escuelas que proveen a los padres o guardianes notificación anual por escrito de los pesticidas esperados usarse en la escuela. La lista atada contiene el nombre de cada producto de pesticida, el ingrediente activo y dirección de Internet para obtener más información. Los padres o guardianes pueden pedir notificación por avanzado de las administraciones de pesticidas en la escuela. Si el padre o guardián desea ser notificado cada vez que se administrará un pesticida, el o ella debe completar el formulario adjunto y regresarlo a la escuela de su hijo/a. (C. de Ed. secs. 48980.3 y 17612)

AVISO DE DERECHOS BAJO FERPA PARA INSTITUCIONES PRIMARIAS Y SECUNDARIAS El Acto de Derechos de Familia de Educación e Intimidad (reconocido como "FERPA") le da a los padres e estudiantes que tienen más de 18 años de edad (o sea "estudiantes eligibles") ciertos derechos referentes a los archivos de educación del estudiante. Estos derechos son: (1) El derecho de ver y revisar los archivos de educación del estudiante dentro de 45 días después de que la Escuela reciba su solicitud para revisar los archivos por escrito. Los padres o estudiantes elegibles deben dirigirle al director de la escuela [u otro oficial escolar apropiado] la solicitud escrita que identifica los archivos que quieren revisar. El oficial de la Escuela hará un plan de acceso y le avisará al padre o estudiante elegible de la hora y el lugar en que se puede presentar para revisar los archivos. (2) El derecho de pedir corrección de los archivos de educación del estudiante que el padre o estudiante elegible crea que no sean exactos o que sean engañosos. Los padres o estudiantes elegibles pueden pedirle a la Escuela que corrija un archivo que crean que no sea exacto o que engañosos. Ellos deben de escribirle al director(a) de la escuela para identificar claramente la parte del archivo que quieren corregir, y explicar específicamente la razón por cual el archivo no es exacto o sea engañosos Si la Escuela decide no corregir el archivo como pide el padre o estudiante elegible, la Escuela le avisará al padre o estudiante elegible de la decisión y les avisará de su derecho a una audiencia sobre la solicitud para corregir el archivo. Más información sobre los procesos de audiencia será proveída al padre o estudiante elegible cuando reciba su aviso del derecho a una audiencia. (3) El derecho de dar consentimiento a la revelación de información personal de identidad contenida en los archivos educacionales del estudiante, con la excepción que FERPA autoriza ciertas revelaciones sin necesidad de consentimiento. Una excepción que FERPA permite es la revelación de información sin consentimiento a oficiales escolares con intereses educacionales legítimos. Un oficial escolar es una persona empleada por el Distrito como administrador, supervisor, instructor, o miembro de personal de apoyo (incluso personal o de salud y personal de agencia jurídica); una persona que sirve como miembro de la junta ia con la cual el Distrito tiene contrato de educación; una persona o compa para hacer una obra especial (como abogado, interventor, consultante médico, o terapeuta); o un padre o estudiante que sirve en un comité oficial, como un comité disciplinario o de queja, o que ayude a otro oficial escolar en hacer sus trabajos. Un oficial escolar tiene un interés legítimo de educación si el oficial tiene que examinar el archivo para cumplir con su propia responsabilidad profesional. La Escuela hará un esfuerzo razonable para avisarle al padre o al estudiante elegible que sus archivos han sido pedido por los oficiales de otro distrito escolar en que el estudiante quiere o intenta matricularse. (4) El derecho de quejarse con el Departamento de Educación de los Estados Unidos tocante a alegaciones que la Escuela se ha negado cumplir con los requisitos de FERPA. El nombre y la dirección de la oficina que administra los requisitos de FERPA son: Family Policy Compliance Office U.S. Department of Education 600 Independence Avenue, SW Washington, D.C. 20202-4605

BP 5116.1 ATENCIÓN DE INTRADISTRICT - INSCRIPCIÓN ABIERTA

- El tablero que gobierna desea proporcionar las opciones de la inscripción que resuelven las necesidades y los intereses diversos de los estudiantes del districto. El superintendente o el designee establecerá los procedimientos para la selección y la transferencia de estudiantes entre escuelas del districto de acuerdo con ley, la política del tablero y regulaciones administrativas. El parents/guardians de cualquier estudiante que resida dentro de límites del districto puede aplicarse para alistar a su niño en cualquier escuela del districto, sin importar la localización de la residencia dentro del districto. (código 35160.5 de la educación) el tablero repasará anualmente esta política. (Código 35106.5, 48980 De la Educación) Prioridades de Inscripción La prioridad para la asistencia fuera del área de asistencia de un estudiante será dada como sigue: 1. Si proporcionarán a una escuela de distrito la recepción del Título que financio es identificada para mejora de programa, acción correctiva, o reestructuración, todos los estudiantes matriculados en aquella escuela tendrán una opción para trasladarse a otra escuela de distrito o fletar la escuela. (20 USC 6316) 2. Si mientras en la escuela un estudiante se hace la víctima de una ofensa criminal violenta, proporcionarán a él/ella una opción para trasladarse a otra escuela de distrito o fletar la escuela. (20 USC 7912) 3. Si un estudiante asiste a una escuela designada por el Departamento de California de la Educación como "continuamente peligrosa," proporcionarán él/ella una opción para trasladarse a otra escuela de distrito o fletar la escuela. (20 USC 7912; 5 CCR 11992) 4. El Superintendente o la persona designada pueden aprobar la transferencia de un estudiante a una escuela de distrito que está en la capacidad y por otra parte cerrada a transferencias para encontrar que las circunstancias especiales existen lo que podría ser dañoso o peligroso al estudiante en el área de asistencia corriente, incluso, pero no limitó con, amenazas de daños corporales o amenazas para la estabilidad emocional del estudiante. Para conceder la prioridad en estas circunstancias, el Superintendente o la persona designada deben haber recibido algun: (el Código 35160.5 de Educación) a. Una declaración escrita de un representante de una agencia estatal o local apropiada, como un policía, trabajador social, o un profesional correctamente autorizado o registrado, como un psiquiatra, psicólogo, o matrimonio y terapeuta de familia b. Una orden judicial, incluso un interdicto temporal y prescripción 5.

La prioridad puede ser dada a hermanos de estudiantes ya en la asistencia en aquella escuela.

6. La prioridad puede ser dada a cualquier estudiante cuyo padre/guarda es adjudicado a aquella escuela como su/su lugar primario del empleo. Para todas otras aplicaciones para la inscripción desde fuera del área de asistencia de una escuela, el Superintendente o la persona designada usarán un proceso de selección arbitrario, imparcial para determinar quién será admitido siempre que la escuela reciba peticiones de admisión que son superior a la capacidad de la escuela. La capacidad de una escuela será calculada en una manera no arbitraria usando la inscripción de estudiante y el espacio disponible. (El Código 35160.5 de Educación) Las decisiones de inscripción no estarán basadas en la interpretación académica o atlética de un estudiante, salvo que los criterios de entrada existentes para escuelas especializadas o los programas pueden ser usados a condición de que los criterios sean uniformemente aplicados a todos los candidatos. La interpretación académica puede ser usada para determinar la elegibilidad para, o colocación en, programas para estudiantes dotados y talentosos. (El Código 35160.5 de Educación) Ningún estudiante que actualmente reside dentro del área de asistencia de una escuela será desplazado por otro estudiante que se traslada desde fuera del área de asistencia. (El Código 35160.5 de Educación) Transporte Excepto como requerido por 20 USC 6316 para transferencias del programa del Título I escuelas de mejora, no se obligará que el distrito proporcione el transporte para estudiantes que asisten a la escuela fuera de su área de asistencia. Sin embargo, sobre la petición, el Superintendente o la persona designada pueden autorizar el contingente de transporte sobre espacio disponible y fondos.

BP 5117 IMPLANTACIÓN O ÍNTERDISTRITO DEL DISTRICTO -

La mesa directiva reconoce que los estudiantes que residen en un distrito pueden escoger el asistir a otra escuela en otro distrito y que estas decisiones se hacen por una variedad de razones. La mesa directiva decea comunicarse con los padres/guardianes y estudiantes referente a los programas educacionales y servicios que estan disponibles en el distrito. El superintendente o su desginado pueden aprobar los acuerdos de asistencia de interdistrito basado en caso por caso para cumplir con las necesidades individuales de cada estudiante. El acuerdo de asistencia de interdistrito no excedera un termino de cinco anos y estipulara los terminos y condiciones bajo culales se permitira o negara asistencia de interdistrito. (Codigo de Educación 46600)

BP 5145.7 HOSTIGAMIENTO SEXUAL COMO SE RELACIONA CON LOS ESTUDIANTE -

La mesa directiva escolar está confiada en mantener un ambiente de escuela que esté libre del hostigamiento. La mesa directiva escolar prohíbe el hostigamiento sexual de cualquier estudiante de otro estudiante, del empleado o de la otra persona, en la escuela o en una actividad escolar patrocinada o relacionada con escuela. La mesa directiva escolar también prohíbe comportamiento o la acción vengativo contra cualquier persona que se queje, atestigüe, les ayude o participe de otra manera en el proceso de la queja establecido de acuerdo con esta poliza. Instrucción/Información - El superintendente o su designado se asegurará de que todos los estudiantes del districto reciban la instrucción y la información edad-apropiadas sobre el hostigamiento sexual. Tal instrucción e información incluirán: 1. Qué acto y el comportamiento constituye el hostigamiento sexual, incluyendo el hecho de que el hostigamiento sexual podría ocurrir entre la gente del mismo género. 2. Un mensaje claro que los estudiantes no tienen que aguantar el hostigamiento sexual. Animase a los estudiantes deben que divulguen casos observados del hostigamiento sexual, incluso donde no se ha quejado la víctima del hostigamiento. 3. Animar a que se reporte el acoso sexual, aunque la victima del acoso no se haya quejado. 4. Información sobre la persona(s) a el cual un informe del hostigamiento sexual debe ser hecho. Proceso de Quejas - Cualquier estudiante que se sienta que está siendo el/ella o ha sido sujeto al hostigamiento sexual entrará en contacto inmediatamente con un empleado de la escuela. Un empleado de la escuela a quien se hace una queja , en el plazo de 24 horas de su conseguir la queja, divulgarla al principal o su designado. Cualquier empleado de la escuela que observe cualquier incidente del hostigamiento sexual en cualquier estudiante divulgará semejantemente su observación al principal o su designado, si o no la víctima hace una queja. Si el hostigador alegado es el director o su designado, el empleado puede divulgar la queja o su observación del incidente al superintendente o su designado que investigarán la queja. El director o el designee a quienes una queja del hostigamiento sexual se divulga investigara inmediatamente la queja. Donde el director o el designee encuentra que ocurrio el hostigamiento sexual, he/she tomara la accion pronto, apropiada para terminar el hostigamiento y para tratar sus efectos sobre la vitima. El director o el designee tambien aconsejara a victima de cualquier otro remedio que puedo estar disponible. El principal o el designee archivara un informe con el superintendente o el designee y referira la materia a las autoridades de la aplication de ley, cuando sea necesario. Medidas de Disciplina - Cualquier estudiante que tome parte en hostigamiento sexual de cualquier persona en la escuela o en una actividad escolar patrocinada o relacionada con escuela está en la violación de esta políza y estará conforme a la acción disciplinaria. Para los estudiantes en los grados 4 a 12, la acción disciplinaria puede incluir la suspensión y/o la expulsión, a condición de que en la imposición de tal disciplina las circunstancias enteras del incidente(s) considerado.

Mantenimiento de Archivos - El superintendente o su designado mantendrá un expediente de todos los casos divulgados del hostigamiento sexual para permitir al distrito supervisar, tratar y prevenir comportamiento que acosa repetidor en sus escuelas. Todas las quejas y alegaciones de acoso sexual se mantendran confidenciales excepto cuando sea necesario para llevar acabo la investigación o tomar las acciones necesarias. (5 CCR 496

NOTIFICACIÓN EJEMPLAR DE LOS DERECHOS BAJO LA ENMIENDA DE PROTECCIÓN DE DERECHOS DE ALUMNO La Enmienda “PPRA” provee a los padres ciertos derechos sobre nuestra conducta de encuestas, colección y uso de información para el uso de mercadotecnia, y la administración de ciertos exámenes físicos. Estos incluyen el derecho a:  Dar el consentimiento antes de que los estudiantes tengan que someterse a alguna encuesta tocante a una o más de las siguientes áreas protegidas (“encuestas de información protegidas) si la encuesta es financiada completamente o en parte por un programa del Departamento de Educación de los Estados Unidos (“DE”). 1. Afiliaciones políticas o creencias del estudiante o de su(s) padre(s); 2. Problemas mentales o psicológicos del estudiante o de su familia; 3. Comportamiento o actitudes sexuales; 4. Comportamiento ilegal, anti-social, auto-incriminante, o malo; 5. Valorización crítica de otros con quien el respondiente tiene una relación familiar cercana; 6. Relaciones legalmente reconocidas como privilegiadas tal como con abogados, doctores, o ministros; 7. Practicas, afiliaciones, o creencias religiosas del estudiante o su(s) padre(s); o 8. Ingresos, menos lo que sea requerido por la ley para determinar elegibilidad para programas.  Recibir notificación y la oportunidad de optar que el estudiante quede fuera de— 1. Cualquier otra encuesta de información protegida, sin importar como sea financiada; 2. Cualquier examen físico o invasivo o revisión médica que no sea de emergencia, requerido como condición para asistir a la escuela, administrado por la escuela o su agente, y no necesario para la protección inmediata de un estudiante, menos revisiones de oído, visión, o escoliosis, o cualquier otro examen físico o revisión permitida bajo la ley del Estado; y 3. Actividades consistiendo de la colección, revelación, o uso de información personal obtenida de los estudiantes para el uso de mercadotecnia o para vender o de otra manera distribuir a otros.  Revisar, en cuanto peticione y antes de la administración o el uso de-1. Las encuestas de información protegidas dirigidas a los estudiantes; 2. Los instrumentos utilizados para colectar información de los estudiantes para cualquier de los antedichos usos-mercadotecnia, ventas, u otros propósitos de distribución; y El Distrito Escalor Unificado de Escalon de la escuela se ha convertido y las políticas adoptadas, pólizas, en consultación con los padres, tocante estos derechos, y al igual a los arreglos para proteger la privacidad de los estudiantes en la administración de encuestas protegidas y la colección, revelación, o uso de información personal para la mercadotecnia, las ventas, u otros propósitos de distribución. El Distrito Escolar de Escalon también le dará notificación directa, por ejemplo por medio del correo o el “correo electrónico”, a los padres de los estudiantes que estén matriculados para participar en las siguientes actividades o encuestas especificadas y designadas y les dará a los padres una oportunidad para optar que su hijo no participe en tal actividad o encuesta. El Distrito Escola Escalon les dará esta notificación a los padres al principio del año escolar si el Distrito entonces haya identificado las fechas exactas o aproximadas de las actividades o encuestas. Para encuestas y actividades planeadas después del comienzo del año escolar, los padres recibirán notificación razonable de las anticipadas actividades y encuestas, siguientes alistadas y tendrán la oportunidad para optar que su hijo no participe en tales actividades o encuestas. Los padres también tendrán la oportunidad de revisar las encuestas pertenecientes. La siguiente es una lista de las actividades y encuestas cubiertas bajo este requisito:  La colección, revelación, o el uso de información personal para la mercadotecnia, las ventas, u otras distribuciones.  Administración de cualquier encuesta de información no protegida que no sea financiada completamente o en parte por el Departamento de Educación.  Cualquier examen físico o revisión médica que no sea de emergencia, como ante descrita. Los Padres y estudiantes elegibles que piensen que sus derechos han sido violados pueden registrar una queja con la Oficina de Conformidad de Pólizas Familiares (“Family Compliance Office”): Family Policy Compliance Office U.S. Department of Education 400 Maryland Avenue, SW Washington, D.C. 20202-4605

Escalon Unified School District

Un Mensaje Importante Referente a La Aseguranza Para Estudianes El Distrito Unificado de Escalon no tiene aseguranza para accidentes individual para los estudiantes que estan inscritos en sus escuelas. Pero, hemos hecho arreglos, con la Federación Nacional de Asociaciones Escolares del Estado, para tener disponible el mismo tipo de cobertura para los padres igual como ha sido en los años anteriores, a un costo nomino. Deberian de estar al tanto de que la aseguranza del Distrito no cubre a los estudiantes en caso de un accidente. Su niño traerá a hogar de la escuela un folleto de Myers-Stevens que ofrezca tiempo de la escuela o la protección de 24 horas. Lea por favor esta información cuidadosamente. Si usted está interesado en comprar esta protección para su niño, provea por favor la información necesaria, inserte un cheque en la cantidad apropiada, y vuelva el uso a la oficina de la escuela en el sobre proporcionado. POR FAVOR TOMEN NOTA DE QUE ESTA ASEGURANSA ES TIPO EXCESO. Si el estudiante o los padres tienen otro tipo de aseguranza, los cobros se tendran que entregar a la otra aseguranza primero. El cobro, menos lo que ya les cubrio su otra aseguranza es lo que ustedes estarian mandando a Myers-Stevens. Los estudiantes que participan en deportes interescolares (grados 9 al 12) tienen de requisito que si estan cubiertos por esta aseguranza los cubra el Plan Premier Plus de esta aseguranza y que sea el unico plan que tomen de esta aseguranza. Estamos contentos de poder ofrecerles esta protección. Por favor regresen esta aplicación dentro de una semana si es que decean participar. Atentamente, Ron Costa Superintendente del Distrito

HELPFUL RESOURCES If you continue to have questions about the law or need advice and assistance, the following organizations are helpful resources: THE NATIONAL LAW CENTER ON HOMELESSNESS & POVERTY (202) 638-2535………………www.nlchp.org

THE NATIONAL ASSOCIATION FOR THE EDUCATION OF HOMELESS CHILDREN & YOUTH (202) 364-7392………………www.naehcy.org

THE NATIONAL CENTER FOR HOMELESS EDUCATION 1-800-308-2145 ……………..www.serve.org/nche Additional helpful resources for Special Education include:

TECHNICAL ASSISTANCE ALLIANCE FOR PARENT CENTERS 1-888-248-0822………………www.taalliance.org

COUNCIL FOR EXCEPTIONAL CHILDREN 1-866-915-5000………………www.ced.sped.org The following groups have information for and about unaccompanied youth:

THE NATIONAL NETWORK FOR YOUTH (202) 783-7949……………….www.nn4youth.org

COVENANT HOUSE (Crisis hotline for Teens) 1-800-999-9999……..……….www.covenanthouse.org

Read the law…….. The McKinney-Vento Act (42 U.S.C. 11431) and related guidance can be found on the website of the U.S. Department of Education: www.ed.gov/programs/homeless/legislation.html CALIFORNIA STATE COORDINATOR: Leanne Wheeler; 1-916-319-0383 For assistance with any issues related to the education of a homeless student, contact your school district and ask to speak to the homeless liaison (Lisa Cheney 209-838-8910).

Escalon High School 1528 Yosemite Avenue Escalon, CA 95320 (209) 838-7073 Fax (209) 838-6127 Febrero 15, 2010 Estimados Padres de estudiantes de colocación avanzada, El propósito de esta carta es de proveer les información sobre el programa de examen A.P. y los beneficios para los estudiantes que tomen el examen de A.P. Cada ano los estudiantes apuntados en clases A.P. tienen la oportunidad de tomar un examen y obtener unidades para el colegio. La oportunidad de obtener unidades puede ahorrarles a las familias gran cantidad de dinero y permite a los estudiantes tomar más cursos en el colegio. La escuela de Escalon High estará ordenando exámenes de A.P. a fines de la semana del 12 de marzo. Le cobran a la escuela $86 por cada examen. Estamos colectando $86 por cada examen, de cada estudiante por ordenar y hacer una reservación para poder tomar un examen de A.P. El estado y el gobierno federal han asignado fondos para asistir a los estudiantes con familias de bajos recursos. Las familias que tienen “el lonche gratis o reducido” califican como también las familias con ingresos menos que 185% de “Bajos Recursos Nivel Anual”. Atrás de esta carta encontraran una grafica de “Bajos Recursos Nivel Anual”. Si su familia califica por favor llame me al 838-7073 ext.# 413 para una aplicación o que a su hijo/a recoja una en la oficina de la High School. Si su aplicación para un pago reducido es aprobada, cada examen costara $5.00. La aplicación para un pago reducido tiene que ser entregado a más tardar el 19 de marzo. Los estudiantes deven pagar $86 de reservación para ordenar o $5.00, si su aplicación para un pago reducido es aprobada, a la consejeria con la Sra. Lori Lippincott antes del viernes 12 de marzo del 2010. La Sra. Lippincott esta disponible antes de escuela de 7:00-8:15 y durante lonche todos los dias del 15 de febrero al 19 de marzo. Los cheques deben ir a nombre de Escalon H.S. Si tiene alguna pregunta sobre el examen A.P. por favor llame me al numero que ya mencione. Sinceramente, David Lattig Sub Director

Requisitos Para Ingreso a la Universidad e Información Sobre la Educación Superior Requisitos Mínimos de Ingreso a la Universidad de California (UC)/Universidad Estatal de California (CSU):

Cursos “A-G” A B C

Materia

Requisitos CSU/UC

Historia/Ciencia Social Ingles Matemáticas

2 años requeridos 4 años requeridos 3 años requeridos (Álgebra, Geometría y Álgebra Intermedio), 4 años recomendados 2 años requeridos (Biología y Química), 3 años recomendados 2 años requeridos, 3 años recomendados 1 año requerido 1 año requerido

D

Ciencias de Laboratorio

E F G

Idioma otro que Ingles Artes Visuales y Escénicas (V P A) Cursos Electivos Preparatorios para la Universidad

Para aprender más sobre los requisitos de ingreso a la universidad, y para una lista de los cursos del distrito que han sido certificados por la Universidad de California que cumplen con los requisitos de ingreso al UC y al CSU, refiérase por favor al: http://www.ucop.edu/doorways/ Educación Técnica De Carrera (CTE): La CTE se ofrece por el distrito como preparación profesional y de mano de obra para los estudiantes de secundaria (“high school”), como preparación para el entrenamiento avanzado, y para aumentar las habilidades ya existentes. La CTE provee a los estudiantes de secundaria de 16 años de edad o más con una valiosa educación técnica de carrera para que los estudiantes puedan (1) entrar a la fuerza laboral con habilidades y capacidades para prosperar; (2) seguir el entrenamiento avanzado en instituciones educativas superiores; o (3) mejorar sus habilidades y conocimientos existentes. Para aprender más sobre las clases de educación técnica de carrera del distrito, visite por favor el sitio Web del distrito en: www.escalonusd.org. Animamos a los estudiantes que se reúnan con sus consejeros de escuela para ayudarles a elegir cursos que satisfacen los requisitos de ingreso de la universidad o para matricularse en cursos de educación técnica de carrera, o ambos. Por favor contacte 209 838-7082.

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