DOCUMENTOS DE TRABAJO 15

DOCUMENTOS DE TRABAJO 15 AÑO 2013 ISSN 0719-4056 CHILE A SECAS: VULNERABILIDAD CHILENA FRENTE A LA SEQUÍA Y DÉFICIT HÍDRICO EXTREMO DESDE LA INTERFA
Author:  Rocío Gil Díaz

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DOCUMENTOS DE TRABAJO 15 AÑO 2013

ISSN 0719-4056

CHILE A SECAS: VULNERABILIDAD CHILENA FRENTE A LA SEQUÍA Y DÉFICIT HÍDRICO EXTREMO DESDE LA INTERFAZ CIENCIA-POLÍTICA Jorge Núñez

Universidad de Concepción

Diego Rivera

Universidad de Concepción

Ricardo Oyarzún

Universidad de La Serena

José Luis Arumí

Universidad de Concepción

www.politicaspublicas.udp.cl

Chile a Secas: Vulnerabilidad chilena frente a la sequía y déficit hídrico extremo desde la interfaz ciencia-política1 Jorge Núñez2 Diego Rivera3 Ricardo Oyarzún4 José Luis Arumí5 Resumen El presente trabajo analiza los factores climáticos e hidrológicos que explicarían de manera plausible el déficit hídrico extremo que ha afectado la región centro-norte de Chile durante la última década. La evidencia indica que la disminución significativa de la oferta hídrica responde fundamentalmente a cambios bruscos del clima, asociados a la Oscilación Decadal del Pacífico. De este modo, la condición actual sería incompatible con el concepto de sequía y el término aridización, asociado a una reducción brusca, estructural y significativa de la oferta hídrica, resultaría ser más apropiado. Si a ello se suma el incremento exponencial de la demanda de agua en las últimas décadas, se configura el surgimiento, desde 2000 en adelante, de una significativa condición de escasez hídrica. Se analiza las limitantes de la normativa actual para la Declaración de Escasez Hídrica frente a esta condición, en el contexto del paisaje institucional de la sequía en Chile.

Abstract This paper analyzes the climatic and hydrological factors that plausibly explain the extreme water deficit that has affected the central-northern Chile during the last decade. The evidence indicates that significant reduction of water supply responds primarily to abrupt climate changes associated with the Pacific Decadal Oscillation. Thus, the current condition would be incompatible with the concept of drought being the concept "aridity", associated with an abrupt reduction, structural and significant of the water supply, more appropriate. If this is coupled with the exponential increase in the demand for water in recent decades configures the emergence, from 2000 onwards, of a significant water shortage condition. We analyze the limitations of current legislation for Water Scarcity Declaration under this condition in the context of the institutional landscape of drought in Chile.

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El presente trabajo corresponde a parte de la tesis doctoral en recursos hídricos, del primer autor y su contenido es de responsabilidad del mismo y de los asociados co-autores. 2 Centro del Agua para Zonas Aridas y Semiáridas de América Latina y el Caribe-CAZALAC. Programa Doctorado Recursos Hídricos, Universidad de Concepción, e-mail: [email protected], +56-51-2334812 3 Departamento Recursos Hídricos, Universidad de Concepción, e-mail: [email protected], +56-42-2208804 4 Depto. Ing. Minas, Universidad de La Serena. CEAZA, e-mail: [email protected], +56-51-2204378 5 Departamento de Recursos Hídricos, Universidad de Concepción, e-mail: [email protected], +56-42-2208797

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1. Introducción Chile, particularmente su región centro-norte, de acuerdo con el discurso público-privado y vinculado a una sistemática difusión a través de los medios de comunicación, se encuentra enfrentando la que algunos denominan, la peor sequía de los últimos 100 años. El actual déficit hídrico ha gatillado una serie de mecanismos institucionales y normativos como declaraciones reiteradas de Zonas de Emergencia por Sequía5, Zonas de Escasez Hídrica6 y movilización de recursos públicos a las zonas afectadas, así como la formación de comisiones asesoras presidenciales y otras, como la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía, radicadas en el Congreso Nacional. Al mismo tiempo, para referirse a esta condición, ha proliferado el uso de expresiones como sequía estructural, sequía prolongada, crisis, catástrofe y escasez hídrica, entre otras, algunas de las cuales son usadas indistintamente, a pesar de que, conceptualmente, pueden referirse a condiciones diferentes o incluso, ser contradictorias en su significado. Al igual que gran parte del mundo, Chile no ha estado libre del impacto de los eventos de sequía y ha sufrido las consecuencias de su ocurrencia a lo largo de toda la historia documentada, con importantes efectos sociales, económicos y ambientales (Aldunce y González, 2009). Particularmente la región centro-norte del país, entre las regiones de 5

El detalle de las mismas, desde 2008 a 2013 se presenta en Anexo 1. Sin embargo, la normativa chilena asociada a la Declaración de Zona de Emergencia, no explicita una definición de Emergencia Agrícola. Este concepto no es definido ni en el Decreto 81 de 2009 del Ministerio de Agricultura que crea la Comisión Nacional de Emergencias Agrícolas y Gestión del Riesgo Climático, ni en el Ordinario 85 de 2009 del Ministerio de Agricultura, que establece el Procedimiento para Declaración de Emergencias Agrícolas. Más aún, no se especifican criterios objetivos en términos de índices o indicadores ni tampoco valores umbrales de los mismos que gatillen de manera cuantitativa la Declaración. 6 Según Riestra (2011) y MOP (2013), desde 2008 a 2013, se constituyeron 6, 1, 4, 19, 4 y 9 Declaraciones de Escasez Hídrica por parte del Ministerio de Obras Públicas. El detalle de las mismas se presenta en Anexo 2. Sin embargo, y al igual que en el caso anterior, ni el Código de Aguas ni la Resolución DGA 1674 establecen de manera explícita definiciones para los términos sequía o escasez hídrica. Esto dista bastante de las recomendaciones internacionales para elaboración de planes de gestión de sequías, que incluyen como componente importante un glosario de definiciones de los términos pertinentes. A modo de ejemplo, revisar la Guía de Gestión de la Sequía, del proyecto Planeación de la Mitigación y Preparación de la Sequía Mediterránea, de la Comisión Europea. (http://www.iamz.ciheam.org/medroplan/guidelines/archivos/guidelines_spanish.pdf)

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Atacama y O'Higgins, cuya recurrencia de sequías meteorológicas extremas se incrementa de sur a norte (Núñez et al., 2011), se ha visto hasta ahora como la más seriamente afectada. Esto, tal como lo reportan los informes7 emitidos por la Dirección General de Aguas (D.G.A.) del Ministerio de Obras Públicas, entidad que administra el registro hidrológico oficial. Los costos en que se ha incurrido para hacer frente a esta prolongada situación se cifran en decenas de miles de millones de pesos, así como los anuncios de nuevos recursos para el año 2014 (Ministerio del Interior, 2013). El presente trabajo analiza, desde la mirada de la interfaz ciencia-política, las evidencias que, de manera plausible, explicarían el fenómeno hidroclimático que afecta actualmente gran parte de la región centro-norte de Chile. También se describen los mecanismos institucionales y normativos con que cuenta el Estado de Chile para enfrentar esta situación, y se analizan las limitantes que las definiciones, sean éstas conceptuales o político-normativas, imponen en la capacidad de respuesta institucional frente al déficit hídrico extremo. Finalmente, se discute cómo los hallazgos presentados interactúan con la potencial formulación e implementación de una Política Nacional de Sequías de Chile, en el contexto de la reciente Reunión de Alto Nivel de Políticas Nacionales Sobre la Sequías realizada en Ginebra, en marzo de 2013.

2. ¿Se puede definir el actual déficit de la oferta hídrica como una sequía? Aunque es reconocido que no existe una definición universal, existen algunos elementos esenciales de los más de 150 conceptos propuestos por los especialistas en torno al término sequía. Estos indican que sequía corresponde a un déficit natural, de carácter temporal –por tanto, no permanente-, en la 7

magnitud de una variable hidrológica

La información está contenida en los Boletines mensuales de Información Pluviométrica, Fluviométrica, Estado de Embalses y Aguas Subterráneas, disponibles en: http://www.dga.cl/productosyservicios/informacionhidrologica/Paginas/default.aspx

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relevante (si es la precipitación, se habla de sequía meteorológica; si es el caudal de un río, se refiere a sequía hidrológica, por ejemplo), respecto de lo que se considera como la condición normal o promedio. Estos cuatro elementos, déficit, origen natural, temporalidad y normalidad, contribuyen a distinguir lo que se entiende por sequía de otros conceptos comúnmente asociados una baja oferta hídrica. Por ejemplo, el concepto de aridez, que se relaciona a una condición permanente o de largo plazo de pluviometría reducida respecto a la demanda evaporativa de agua por la atmósfera, y el concepto de escasez hídrica, que incorpora a la oferta de agua

y establece un balance entre ésta y las

necesidades de la sociedad por el recurso hídrico. En las zonas de régimen árido en Chile, que caracterizan el 52% del territorio continental (UNESCO, 2010), la aridez, sequía y escasez hídrica se presentan, en general, de manera combinada, lo que hace bastante complejo el distinguir su naturaleza individual, a menos que se cuente con registros de extensa longitud para caracterizar estos componentes de forma separada. Basado en este enfoque, una interrogante de interés se refiere a si es adecuado usar el término sequía respecto a la condición actual (última década, hasta el año actual, 2013) que afecta a la región centro-norte del país, o si existe evidencia empírica que sugiera la ocurrencia de otro tipo de fenómeno y, por lo tanto, el uso de una definición más apropiada. Con el propósito de abordar estas interrogantes, y basado en un estudio reciente de Núñez et al (2013) sobre la influencia de la variabilidad climática multidecadal en los cambios temporales de la precipitación y caudales de deshielo en la región centro-norte de Chile, la Figura 1 presenta una gráfica que puede contribuir a precisar una definición. La gráfica puede ser entendida en términos simples, como una "carretera de normalidad climática" para los caudales de 4 ríos representativos de la región de estudio. La zona coloreada define los límites de esta "carretera", dentro de los cuales fluctúa, en el tiempo, 4

la variabilidad de los caudales históricos (1914-2006) de esta zona del país. La línea celeste gruesa, representa la evolución, en el tiempo, del patrón de normalidad de un registro artificial - o sintético8 - creado al repetir consecutivamente los caudales mensuales registrados entre 1980 y 2000, de la estación de control río Maipo en el sector de La Obra. Esta serie corresponde a una idealización de lo que, para muchos, definiría la expresión hidrológica de un clima normal de la época de los 80' al 2000, con presencia de años con caudales abundantes (1984), otros normales (1992) y otros significativamente secos (1997), que se hace repetir secuencialmente a lo largo de todo el periodo de análisis. De hecho, se aprecia que esta serie sintética se mantiene dentro del carril de normalidad climática (zona achurada) en todo momento, coherente con la idea de un régimen hídrico estable.

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Una serie de tiempo sintética una secuencia artificial de datos ordenados en el tiempo y generada, por lo general, a partir de un modelo matemático/estadístico en los que se definen el tipo de modelo y se especifican sus parámetros.

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Figura 1. Proceso de fluctuación empírica de caudales mensuales en estaciones de control, índice Niño 3.4, Oscilación Decadal del Pacífico y Serie Sintética, en el periodo 1914-2006.

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Si se analiza, en cambio, la evolución de los caudales reales, medidos en estaciones de control (líneas delgadas de color), todas las estaciones presentan una evolución que se aparta de la zona achurada en alguna medida, incluida la estación río Maipo en La Obra, ésta vez, construida con la totalidad de su registro histórico. Más aún, a medida que la estación de control se ubica más al norte (Ej. Estación Río Turbio en Varillar), mayor es el desvío respecto a esta "carretera de estabilidad climática". Una explicación plausible a este comportamiento resulta de incluir en el análisis, registros históricos de dos índices océano-climáticos que son reconocidos por su influencia en la variabilidad climática interanual y decadal de Chile central y centro-norte (Quintana y Aceituno, 2012, Núñez et al., 2013).

Estos son a) el Indice de la Anomalía de la

Temperatura Superficial del Mar frente a las costas de Ecuador (línea gruesa negra), en la ubicación conocida como Niño 3.4, cuya expresión en Chile es ampliamente conocida como condición EL Niño/La Niña; y b) el índice de la Temperatura Superficial del Mar frente a las costas de Estados Unidos (línea gruesa gris), conocido, desde hace poco más de una década, como Oscilación Decadal del Pacífico (PDO). En la gráfica se observa cómo la evolución de la PDO se asemeja bastante al de las estaciones de control, especialmente aquellas ubicadas más al norte, mientras que la serie correspondiente a la estación río Maipo en La Obra presenta una evolución intermedia entre la PDO y la de Niño 3.4, aunque su semejanza es mayor con esta última. Estos resultados se pueden interpretar, entonces, como la ausencia, en el largo plazo en esta zona del país, de una condición de estabilidad o "normalidad climática" de los caudales de origen nival, requisito para un uso apropiado del concepto de sequía. En consecuencia, en el largo plazo, los caudales históricos de ríos representativos en la región centro-norte de Chile transitan por cambios estructurales – entendidos como cambios en las propiedades estadísticas esenciales de la serie de tiempo – en el régimen 7

hidrológico, que pueden entenderse como diferentes "estados de normalidad climática". Estos hallazgos, junto con los de estudios relacionados (Masiokas et al., 2006) y las evidencias que indica la ocurrencia de una nueva fase de la PDO a partir de 1998 (NOAA, 2013), sugieren que la reducción en la oferta hídrica que ha evolucionado en intensidad en la región centro-norte de Chile, desde el 2000 en adelante, es poco consistente con la definición convencional de sequía, y correspondería, más apropiadamente, a un cambio de régimen, de tipo brusco, estructural y significativo hacia un patrón general de menor oferta hídrica. En el pasado reciente, una condición similar, conocida como fase fría de la PDO, se manifestó en nuestro país entre los años 1944 y 1976 y su ocurrencia coincidió, por ejemplo, con la ampliamente conocida Gran Sequía de 1968, que afectó desde Copiapó hasta Punta Arenas, con un costo aproximado de 1000 millones de dólares de la época (Aldunce y González, 2009). Durante ese periodo, de poco más de tres décadas, hubo, a modo de ejemplo, una reducción en la cobertura nival y los caudales medios de largo plazo, de hasta un 30% (50%) en estaciones de control en la cuenca del río Elqui (Huasco) (Masiokas et al., 2006Núñez et al., 2013). Desde el punto de vista de la temporalidad, por tratarse de condiciones que se reconocen como de periodos decadales, una definición más apropiada para la actual condición podría corresponder al término aridización, compatible, por ejemplo, con la categorización propuesta recientemente por la Política de Sequías y Escasez Hídrica de la Unión Europea. Un aspecto que contribuye al impacto que la reducción brusca en la oferta hídrica está teniendo actualmente en región centro-norte, es que, a diferencia de la Gran Sequía de 1968, la demanda de agua ha experimentado un fuerte crecimiento en las últimas décadas. El aumento en la demanda ha estado asociado al incremento del consumo humano de agua potable, consumo de agua de los sectores minero e industrial, así como

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también, un incremento en la demanda neta del sector agrícola, producto del recambio hacia una mayor superficie de cultivos permanentes, tales como frutales, viñas y parronales. Los censos agropecuarios entre 1997 y 2007 indican aumentos de hasta un 38% en la superficie agrícola de la Región de Valparaiso al Norte (IIC, 2011). A modo ilustrativo, la Figura 2 presenta una reconstrucción de la evolución del consumo de agua potable y minero en la Región de Coquimbo, cuyo patrón es posible asimilar a gran parte del Norte Chico. Se aprecia cómo el consumo creció, desde valores marginales, de 200 L/s (20 L/s) para agua potable (minería), respectivamente, a inicio de la década de los 60', hasta cifras cercanas a los 1600 L/s (1250 L/s), respectivamente, en 2011. Este crecimiento en el consumo, junto con el aumento de la superficie de cultivos permanentes, a expensas de los cereales y chacras que predominaban en la época de los 60', da cuenta del incremento exponencial en la demanda de agua y el incremento de la vulnerabilidad9 frente al déficit hídrico en la última década. Esta última, entendida como la susceptibilidad al daño provocada por la interrupción de la oferta hídrica, que es mayor a medida que se incrementa la dependencia por el recurso agua. De manera combinada, una reducción brusca de la oferta hídrica, sumado al aumento exponencial de la demanda, habrían contribuido a potenciar una condición significativa, brusca y estructural de escasez hídrica en la región centro-norte de Chile durante la última década, comparativamente distinta a la de fines de los 60'. Para la sequía de 1968, los consumos de agua potable, industrial o minero eran mínimos comparados con los actuales y el sector agrícola era el mayor consumidor de agua en las cuencas. Sin embargo, el patrón de cultivos de la época estaba dominado por aquellos de tipo anual, como cereales, chacras o papa, entre otros. Frente al extremo déficit hídrico de fines de 9

La estrategia Internacional para la Reducción de Desastres de las Naciones Unidas (UNISDR) define vulnerabilidad como "las características y las circunstancias de una comunidad, sistema o bien, que los hace susceptibles a los efectos dañinos de una amenaza".

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los 60', la demanda de agua del sector agrícola se vio obligada a ajustarse fuertemente a la oferta existente, mediante una reducción significativa (40%) de la superficie de riego (Aldunce y González, 2009).

Figura 2. Consumo histórico estimado de agua, de los sectores Agua Potable y Minería, en la Región de Coquimbo para el periodo 1960-2011. Elaboración propia con datos de SISS, Memoria Aguas del Valle, Anuarios Estadísticas del Cobre y otros Minerales y un coeficiente unitario de consumo de agua de 58 m3/ton Cu fino Región de Coquimbo (COCHILCO, 2012).

En la situación actual, en cambio, condicionada por una gran superficie destinada a cultivos permanentes (frutales como palto, cítricos, parronales y viñas) de exportación, así como demandas crecientes de agua por los nodos urbanos del centro-norte de Chile y las necesidades del económicamente relevante sector minero, resulta poco plausible el supuesto de que los consumos de agua asociados se ajusten a la baja en condiciones de muy baja oferta hídrica. La única alternativa viable para los usuarios, cuando tienen la 10

posibilidad, es la búsqueda de fuentes de agua alternativa. Por ejemplo, las aguas subterráneas, casi inexplotadas en la década del 60', son y serán cada vez más requeridas para hacer frente a la condición de escasez. Frente a esto, la casi inexistente experiencia chilena para la explotación y gestión formal, coordinada y organizada de fuentes de agua subterránea, en comparación con la extensa tradición, usos y costumbres de su contraparte superficial, puede ocasionar efectos adversos que ya han sido reconocidos por distintos estudios (Banco Mundial, 2011, I.I.C., 2011). Otras fuentes de agua, como las aguas desaladas o residuales originadas del consumo humano, pueden considerarse emergentes en la región centro-norte y con destino preferente al sector minero o industrial, debido a que, en cantidad, son relativamente marginales respecto a las necesidades mayoritarias de agua del sector agrícola. En este último caso, quienes no tengan la posibilidad de acceder a nuevas fuentes de agua, seguramente deberán ajustar su demanda, con menor o mayor resistencia, a la oferta existente. El arranque y corte de un gran número de hectáreas de palto, por ejemplo, en las regiones de Coquimbo y Valparaiso, producto del déficit actual, la decisión de no plantar cerca de 2800 hectáreas de hortalizas de primavera-verano en la Región de Coquimbo y la estimación de pérdidas de hasta un 35% en productividad de uva pisquera (SAN, 2013), son antecedentes que no hacen más que constatar el ajuste a la oferta, mencionado.

3. Medios de respuesta institucional y normativa frente a la sequía Los eventos de sequía que han tenido impacto significativo en Chile en las últimas cuatro décadas han sido enfrentados, desde la institucionalidad, a través de la figura de la Comisión Asesora, cuyos objetivos son establecidos mediante los correspondientes Decretos Supremos. Las Comisiones Asesoras relacionadas a los eventos de sequía, han tenido una función fundamentalmente propositiva y su periodo de actuación,

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habitualmente, se ha extinguido una vez cumplido el propósito que motivó su creación. Esta figura fue utilizada, por ejemplo, por el Presidente Eduardo Frei Montalva a través de la creación de la Comisión Nacional de Sequía, para enfrentar la Gran Sequía de 1968. Con fecha muy posterior, y obedeciendo a la extrema sequía de los años 1994-1997, a través del D.S. N° 18 de 1994 del Ministerio de Agricultura, se creó la Comisión Asesora y Coordinadora para la Sequía de las Regiones III y IV. Debido a la gravedad de la situación y a la necesidad de contar con la opinión de las más altas autoridades del Estado, por Decreto Supremo N° 306 de 1997, se creó la Comisión Asesora del Presidente de la República para la Sequía, radicada en la Unidad de Emergencias Agrícolas del Ministerio de Agricultura y presidida por el Ministro del ramo. Casi 10 años después, en el contexto de la sequía de 2006 y a través del D.S. N° 81 de 2008, se creó la Comisión Asesora Nacional de Emergencias Agrícolas y Gestión del Riesgo Agroclimático, también dependiente del Ministerio de Agricultura. Un año después, a través de la Resolución Exenta N° 54 de 2009 del Ministerio de Agricultura, se detalló el rol de La Unidad Nacional de Emergencias Agrícolas y Gestión del Riesgo Agroclimático, en calidad de Secretaría Ejecutiva de la mencionada Comisión. En los últimos años, a consecuencia de la actual situación de "sequía" que afecta a gran parte de la zona centro-norte de Chile, se derogó el D.S. N° 306 de 1997 y se promulgó el D.S. N° 941 del Ministerio del Interior, el cual creó la Comisión Asesora del Presidente de la República para la Sequía. Frente a la evidencia indicada, respecto de los mecanismos institucionales de respuesta frente a la sequía, y el incremento sostenido de las escasez hídrica en la región centronorte, resulta relevante cuestionarse si la Comisión Asesora, como figura institucional, cuenta con las facultades suficientes para hacer frente a una condición de estructural más 12

permanente. Si la respuesta es negativa, y sus funciones debiesen delegarse a una institución permanente del Estado, lo ideal es que la actuación de esta institución permanente estuviese respaldada por una Política Nacional de Sequías o, al menos, por Planes de Gestión de Sequías debidamente formulados, tal como ha sido reconocido internacionalmente y promovido a través de la previamente mencionada Reunión de Alto Nivel de Políticas Nacionales Sobre la Sequía10. Desde el punto de vista normativo, por su parte, existen dos instrumentos legales ampliamente recurridos bajo condiciones de sequía, que permiten la intervención del Estado para iniciar acciones de respuesta específicas: El primero corresponde al Código de Aguas, específicamente los incisos 1 y 2 del artículo 31411. Estos establecen que, en épocas de extraordinaria sequía, el Presidente de la República, a petición o con informe de la Dirección General de Aguas, puede declarar zonas de escasez por períodos máximos de seis meses, no prorrogables. Cabe destacar, en este punto, que el concepto utilizado en la Declaración es el de escasez hídrica, mientras que los criterios a los que recurre la DGA para apoyar esta Declaración se asocian a los Indices de Sequía, lo que muestra inconsistencia al usar de manera equivalente conceptos que aluden a fenómenos distintos. Para hacer técnicamente posible la Declaración de Escasez, la Dirección General de Aguas calificará, previamente, y mediante resolución, las épocas de sequía que revistan el carácter de extraordinarias. Declarada esta condición, la D.G.A. está facultada para intervenir en la distribución de las aguas superficiales, cuando se estime necesario (lo que en condiciones normales es de competencia del sector privado, a través de las organizaciones de usuarios de agua), o autorizar la extracción de recursos superficiales y subterráneos sin necesidad de constitución legal, entre otras medidas.

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Chile, como país, no estuvo representado en ésta Reunión, de acuerdo con César Morales, quién estuvo presente en la Reunión en representación de CEPAL. 11 El art. 314 del Código de Aguas se reproduce de manera íntegra en Anexo 3.

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Hasta el año 2012, la resolución que permitía a la D.G.A. calificar las épocas de sequía extraordinaria correspondió a la Resolución DGA N° 39, de febrero de 1984, la cual quedó sin efecto y fue reemplazada recientemente por la Resolución DGA N° 1674 de 2012. El segundo instrumento legal corresponde al Ordinario N° 8512 que establece el Procedimiento General para la Declaración de Emergencias Agrícolas, en conformidad con el D.S. N° 81 de 2008 del Ministerio de Agricultura. La solicitud de Declaración deberá hacerse por las Secretarías Regionales Ministeriales de Agricultura respectivas. Es a través de la presentación de esta solicitud al Intendente Regional correspondiente, y, por medio de éste, al Ministro de Agricultura, que la Declaración es evaluada y considerada para la decisión final de declarar o no Zona de Emergencia Agrícola, la que en caso de ser aceptada, se oficializa a través de una Resolución Exenta. Lo que caracteriza a ambos instrumentos normativos, es que constituyen mecanismos de respuestas inconexos y utilizan criterios diferentes para hacer frente a un mismo fenómeno. Mientras en el caso del Código de Aguas y Resolución D.G.A. 1674 los criterios están definidos de manera explícita en términos de los denominados Indices Estandarizados de Sequía, el Ordinario N° 85 no especifica el uso de criterios objetivos con la misma precisión.

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Copia del ORD 85 se presenta en Anexo 4.

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Esta independencia entre ambas normativas puede llevar a la contradicción de que una zona sea declarada en situación de Emergencia Agrícola por Sequía, mientras que no necesariamente sea declarada en condición de Extraordinaria Escasez Hídrica13. El primer caso se asocia, principalmente, a la movilización de recursos económicos desde el Estado a los afectados, mientras que el segundo se vincula a atribuciones especiales de la D.G.A. respecto a la administración del recurso hídrico en las zonas afectadas. A modo de resumen de la respuesta normativa-institucional actual frente a la ocurrencia de los eventos de sequía, se presenta en la Figura 3 el paisaje institucional de la sequía y la ubicación de los instrumentos normativos en cada eje de actuación. La única instancia que tiene una mirada global para responder al fenómeno es la mencionada Comisión Asesora del Presidente de la República en Materia de Sequías. Sin embargo, sus funciones o atribuciones ejecutivas se ven restringidas a identificar, estudiar, sugerir, proponer o fortalecer los programas ya existentes e implementados en los ministerios y servicios públicos con competencia asociada a la sequía. No se incluye en este esquema la recientemente creada Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía de la Cámara de Diputados, por no tener competencias respecto de los mecanismos de respuesta vigentes, aun cuando puede tener un rol relevante en cuanto a proponer modificaciones a la normativa actual.

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A modo de ejemplo, las 15 comunas de la región de Coquimbo fueron declaradas en Zona de Emergencia Agrícola por Sequía, mediante Resolución Exenta, en conformidad con el ORD 85, en 2012 y prorrogado en 2013. En el mismo periodo, no se realizó ninguna declaración de Zona de Escasez Hídrica en 2012 y en 2013 únicamente el Estero Pupío y el río Quilimarí, ambos en Choapa, recibieron Declaración de Escasez. En el caso de la región de Atacama, por otro lado, se ha declarado Zona de Escasez para la cuenca y comuna de Copiapó en 2012 y 2013. Sin embargo, la declaración de Zonas de Emergencia Agrícola por Sequía sólo fue emitida en 2013 y no fue prorrogada en 2013. En tanto, mientras en 2012, 37 de las 38 comunas de la región de Valparaiso fueron consideradas para la declaración de Zona de Emergencia por Sequía, sólo 3 comunas de la región fueron contempladas por la Declaración de Zona de Escasez Hídrica.

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Figura 3. Paisaje institucional de la sequía en Chile. Elaboración propia.

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4. Implicancias de la evidencia científica sobre los aspectos normativos de la sequía. El caso de la Resolución DGA 1674 Uno de los aspectos que han sido promovidos por la reciente Reunión de Alto Nivel de Política Nacionales Sobre la Sequía, realizada en Ginebra en marzo de 2013, dentro del proceso de formulación de estas políticas, consiste en integrar la ciencia con las cuestiones normativas de la gestión de la sequía. Bajo este marco y a modo de ejemplo, se analiza la recientemente promulgada Resolución D.G.A. 167414 (Resolución) que establece los criterios para la Declaración de Épocas de Extraordinaria Escasez (art. 314 Cód. Aguas). Para las regiones entre Atacama y Los Lagos, desde el punto de vista de los caudales de los ríos, la calificación de sequía extraordinaria, según la Resolución, depende de que "Los caudales medios mensuales acumulados en los últimos 3 meses consecutivos, tengan un indicador de sequía (ICE) igual o menor a -0.84". El ICE (Índice de Caudal Estandarizado), forma

parte de la familia de Indices de Sequía

Estandarizados, recomendados en 2012 por la Organización Meteorológica Mundial. Este expresa qué tan extremo o anómalo es el déficit (Indice0) del caudal analizado en un determinado mes, meses o año(s), respecto de la condición histórica del periodo analizado. Si bien el ICE, así como el Indice de Precipitación Estandarizada (IPE) también incluido en la Resolución, son catalogados como los más adecuados para el monitoreo de sequías, se reconocen, por sus mismos promotores, algunas limitaciones de aplicación, especialmente en zonas áridas. Lo relevante, en el contexto del presente trabajo, es que este índice es muy sensible a las condiciones de variabilidad climática multidecadal, como la que estaría afectando actualmente a la región centro-norte del país. La Tabla 1, por ejemplo, muestra el porcentaje del tiempo en que el ICE se encontraría en el rango de declaración, según la 14

Copia de la Resolución DGA 1674 se presenta en Anexo.

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Resolución, en función de distintos Periodos de Referencia usados para calcularlo, comparando condiciones de PDO-fría (1944-1976) y PDO-caliente (1977-2000) en distintas estaciones de control. Tabla 1. Porcentaje [%] del tiempo en que ICE (calculado usando como Periodo de Referencia 1977-2000) indica Declaración de Sequía, según Periodo de Comparación. Periodo Comparación

Est. Río Turbio en Varillar

Est. Río Claro en Rivadavia

Est. Río Elqui en Almendral

Est. Río Hurtado Angostura Pangue

Est. Río Maipo en La Obra

1944-1976 (PDO-fría)

46

40

49

33

37

20

21

16

19

19

1977-2000 (PDOcaliente)

Los resultados indican que cuando se usa el periodo bajo condiciones de PDO caliente, años en los que se concentra la mayor proporción de los registros de la D.G.A. utilizados en el estudio que dio soporte a la Resolución, y se compara con el periodo equivalente (método convencional), el porcentaje del tiempo en que se declararía una condición de escasez está en torno al 20% en la mayoría de las estaciones de control, correspondiente a un evento cada 5 años que fue lo recomendado como adecuado con propósitos administrativos. Sin embargo, cuando se utiliza como Periodo de Referencia el intervalo 1977-2000 para calcular el ICE y se estima la recurrencia de declaración sobre registros que son propios de un régimen asociado a una PDO fría, como la actualmente prevaleciente, el índice presenta una recurrencia de declaración en torno a un 41% e incluso un 49% en el caso de la estación Río Elqui en Almendral. Esto es, un evento cada 2,1 años, en promedio.

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Esta alta recurrencia es lo que algunos, inapropiadamente, califican como sequía estructural15, qué, como hemos visto, es inconsistente con la definición conceptual de sequía. Lo significativo de esto, es que el criterio de Declaración se encontraría activo con una recurrencia que define una potencialidad casi permanente para que la D.G.A., con base a sus atribuciones, pueda "autorizar extracciones,...,desde cualquier punto sin necesidad de constituir derechos de aprovechamiento de aguas", con las implicancias que esto pueda tener en una gestión racional y sustentable del agua en zonas de escasez hídrica. Este efecto no se reduce con el sólo hecho de disponer de una base de datos de extensa longitud de registro para el cálculo de los índices que sustentan la Declaración de Zona de Escasez. Resulta recomendable, por lo tanto, que de mantener un enfoque de respuesta institucional frente a la sequía del tipo conocido como índice-gatillador, la autoridad: a) considere los efectos de la variabilidad climática multidecadal dentro del procedimiento del cálculo del ICE (o del IPE, en el caso de las precipitaciones); b) extraiga el efecto de ésta variabilidad previo al cálculo del ICE (IPE); o c) complemente estos índices con un conjunto de otros índices relacionados, de menor naturaleza probabilística, para crear un indicador integral de sequía, haciendo más robusto el protocolo de declaración frente a la variabilidad climática multidecadal. Aunque no analizado, estas recomendaciones son extensivas, sin duda, a los criterios utilizados en el eje de Declaración de Zona de Emergencia Agrícola, cuya utilización recae en el Instituto de Investigaciones Agropecuarias (Ordinario N° 85) o a las plataformas de información agroclimática del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y Emergencias Agrícolas que se encuentran actualmente en desarrollo16.

15

Consultar http://www.lasegunda.com/Noticias/Economia/2012/08/775648/declaran-sequia-estructuralen-la-provincia-de-petorca-pese-a-las-ultimas-lluvias 16 Ver www.climatedatalibrary.cl

19

5. El problema de las

indefiniciones/definiciones y mal definiciones como

coadyuvantes de la vulnerabilidad Tal vez, tan importante como el efecto de la reducción de la oferta hídrica en el impacto de la situación actual, es la indefinición o mal definición de la esfera normativoinstitucional respecto a la conceptualización de la sequía. El problema de la indefinición o mal definición, a modo de ejemplo, forma parte del principal cuerpo legal asociado a la gestión del agua en Chile, como es el Código de Aguas. El mismo establece (art.314) que "El Presidente de la República, a petición o con informe de la Dirección General de Aguas, podrá, en épocas de extraordinaria sequía, declarar zonas de escasez...", confundiendo así los términos sequía y escasez hídrica, a pesar de ser conceptualmente diferentes, como es reconocido, entre otros, por la Política de Sequías y Escasez Hídrica de la Unión Europea. También se encuentra este tipo de indefinición, por ejemplo, entre el Código de Aguas y la Estrategia Nacional de Recursos Hídricos17. Esta última indica que la gestión eficiente y sustentable, generará ahorros a través del aumento de la eficiencia en el uso del agua, derivada de la tecnificación del riego agrícola, que podrán ser destinados a la recuperación de caudales ecológicos. El Código de Aguas, en cambio, refiriéndose a la Declaración de Zonas de Escasez (art. 314), establece que "…la Dirección General de Aguas podrá autorizar extracciones de aguas superficiales o subterráneas…","… sin la limitación del caudal ecológico mínimo…". Adicionalmente, y desde una mirada más genérica, lo que contribuye a sostener una condición de vulnerabilidad frente a la sequía, es la ausencia de una definición explícita del bien y el objetivo público que se pretende cautelar, así como del rol que le compete al Estado respecto del privado en la construcción de capacidades de adaptación ante la 17

Ver Estrategia Nacional de Recursos Hídricos: 2012-2025, Ministerio de Obras Públicas de Chile. http://www.mop.cl/Documents/ENRH_2013_OK.pdf

20

ocurrencia de estos

eventos. Considérese el siguiente ejemplo: Por una parte, el

mecanismo de actuación en el eje de la Declaración de Escasez asociado a la DGA se apoya en la Res. 1674, la cual se sostiene, a su vez, en los denominados Indices Estandarizados de Sequía (Figura.3). Este enfoque está en línea con la corriente norteamericana, máximo exponente mundial en el uso de estos índices para el monitoreo de sequías como apoyo a la intervención y movilización de recursos públicos. Por otra parte, en el eje de actuación de la Declaración de Zonas de Emergencia, sus componentes fundamentales son la Comisión Asesora Nacional de Emergencias Agrícolas y su Secretaría Ejecutiva, la Unidad de Emergencias Agrícolas y Gestión del Riesgo Climático. Este enfoque, basado en el concepto de gestión del riesgo, está más en línea con la corriente australiana, único país del mundo que ha formulado, aplicado y reevaluado una política nacional de sequías, cuyos expertos han asesorado en varias oportunidades al Ministerio de Agricultura de Chile18. La indefinición que se genera es que los enfoques norteamericano y australiano, siendo ambos de relevancia mundial, pertenecen a dos corrientes diametralmente opuestas como modelos de conceptualizar el rol del Estado frente a la sequía (Botterill y Hayes, 2012). Mientras el enfoque norteamericano se sostiene fuertemente en el uso de indicadores, como el ICE, para gatillar respuestas y movilizar recursos públicos para hacer frente a la sequía, el modelo australiano ha promovido una transferencia total de la gestión del riesgo de sequía, desde el Estado a los privados, consistente con su modelo económico abierto y fuertemente exportador. Este último enfoque es compartido por el Ministerio de Agricultura de Chile, cuando indica que una de las finalidades de la Comisión Asesora Nacional de Emergencias Agrícolas es la de "2.b. Promover mediante 18

Ver por ejemplo: http://asiapacifico.bcn.cl/noticias/sequia-chile-australia http://diario.latercera.com/2012/02/21/01/contenido/pais/31-101252-9-expertos-viajaran-a-australia-parabuscar-soluciones-por-sequia.shtml

21

instrumentos de corto, mediano y largo plazo, la incorporación del riesgo agroclimático a la gestión responsable de los agronegocios". La indefinición respecto de cuál de las dos corrientes es y será la dominante de la respuesta normativo-institucional de Chile es, justamente, una limitante para la construcción de capacidades estructurales, adaptativas y de largo plazo para reducir la vulnerabilidad de la sociedad y los sectores productivos frente a la sequía y escasez hídrica. De este modo, algunas preguntas relevantes que en estas materias permitirían orientar las respuestas del sector público a los eventos de sequía y condición de escasez hídrica son: ¿qué entiende la normativa chilena por sequía y escasez hídrica?. De ocurrir éstas, ¿cuál es el bien y objetivo público que justifica la actuación del Estado?. ¿Frente a la ocurrencia de eventos de sequía, es el Estado, el privado o una instancia mixta la que asume ese riesgo y su gestión? ¿Y en qué proporción?. Si el objetivo público es reducir la vulnerabilidad de la sociedad y sectores productivos ante nuevas ocurrencia de sequía, ¿cuáles son los medios que permiten cumplir este objetivo?. Finalmente, ¿cuál es la contribución de la evidencia científica para orientar la formulación de instrumentos normativos que faciliten el encontrar respuestas a estas preguntas?. Aunque una Política Nacional de Sequías en Chile contribuiría significativamente a dar respuesta a éstas y muchas otras interrogantes, existe un último elemento de juicio que permite establecer la cercanía o lejanía del país frente a tan ambicioso objetivo. La principal conclusión a la que llegó el reporte norteamericano para la gestión del agua durante sequías (Werick y Whipple, 1994), surgido a raíz de la extrema sequía de mediados de los 90' en ese país, es que "los intentos para comprender y abordar las fallas de la gestión del agua durante los eventos de sequía no tendrán éxito a menos que las deficiencias, en un contexto más amplio de gestión del agua, también sean comprendidas y enfrentadas". Chile se encuentra, justamente debatiendo esto último (I.I.C, 2011;

22

Donoso y Fuster, 2013). El surgimiento de experiencias recientes de Mesas de Agua, tanto regionales como comunales; el Directorio del Agua de la Región de Coquimbo, la Federación de Juntas de Vigilancia en la Sexta Región, así como propuestas recientes para configurar los

denominados Consejos de Recursos Hídricos junto a anuncios

respecto a una nueva institucionalidad del agua en Chile - ninguna de ellas contemplada en el actual Código de Aguas-, viene a constatar la búsqueda de nuevos arreglos institucionales de autoorganización y autogestión en torno al recurso hídrico. La creación de la Comunidad de Aguas Subterráneas de Copiapó-Piedra Colgada-Desembocadura (CASUB) en 2004 era una manifestación anticipada de que, ante la escasez hídrica extrema, los arreglos cooperativos buscan superar sus propias barreras de entrada e intentan abrirse paso para la construcción conjunta de una gestión hídrica que, en palabras del Instituto de Ingenieros de Chile (I.I.C., 2011), sea ambientalmente sustentable, económicamente eficiente y

socialmente armónica. Mientras el país se

define respecto a la consolidación de estos nuevos arreglos, una Política Nacional de Sequías para Chile, que nos haga menos vulnerables a la ocurrencia de estos eventos de déficit hídrico extremo, muy posiblemente tendrá que mantenerse en espera.

Referencias Aldunce, P., González, M., 2009. Desastres asociados al clima en la agricultura y medio rural en Chile. Departamento de Ciencias Ambientales y Recursos Naturales Renovables, Facultad de Ciencias Agronómicas, Universidad de Chile BancoMundial., 2011. Chile. Diagnóstico de la gestión de los recursos hídricos. Documento del Banco Mundial. 92 pp Botterill, L., Hayes, M., 2012. Drought triggers and declarations: science and policy considerations for drought risk management. Natural Hazards, October 2012, Volume 64, Issue 1, pp 139-151 COCHILCO., 2012. Consumo de agua en la minería del Cobre 2011. Comisión Chilena del Cobre. Dirección de Estudios y Políticas Públicas.36 pp. 23

Donoso, F., Fuster, R., 2009. La premura de los desafíos actuales y las oportunidades para la Sustentabilidad. Pronunciamientos 2013. Iniciativa Aguas y Medio Ambiente. Interior., 2013. Gobierno da a conocer Plan de Acción para enfrentar sequía en zonas afectadas de la Región de Valparaíso. Ministerio del Interior y Seguridad Pública. En línea [25-07/2013]: http://www.interior.gob.cl/n7984_26-07-2013.html I.I.C., 2011. Temas Prioritarios para una Política Nacional de Recursos Hídricos. Instituto de Ingenieros de Chile. Masiokas, M.H., Villalba, R., Luckman, B.H, Le Quesne, C., Aravena, J.C., 2006. Snowpack variations in the central Andes of Argentina and Chile, 1951-2005: Large scale atmospheric influences and implications for water resources in the region. Journal of Climate, 19:6334-6352. NOAA., 2013. Pacific Decadal Oscillation. Northwestt Fisheries Science Center. National Oceanic and Atmospheric Administration. USA. En línea [30-08-2013]: http://www.nwfsc.noaa.gov/research/divisions/fe/estuarine/oeip/ca-pdo.cfm Nuñez, J., Verbist, K., Wallis, J., Schaefer, M., Morales, L., Cornelis, W., 2011. Regional frequency analysis for mapping drought events in north-central Chile. J. Hydrol. 405 (3–4), 352–366. Núñez ,J., Rivera, D., Oyarzún, R., Arumí, J.L., 2013. Influence of Pacific Ocean multidecadal variability on the distributional properties of hydrological variables in north-central Chile. Journal of Hydrology. Quintana, J.M., Aceituno, P., 2012. Changes in the rainfall regime along the extratropical west coast of South America (Chile): 30–43_S. Atmósfera 25 (1), 1–22. SAN, 2013. Carta a S.E. Sebastián Piñera Echeñique. Sociedad Agrícola del Norte A.G. La Serena, 17 de Abril de 2013. UNESCO., 2011. Atlas de Zonas Aridas de América Latina y el Caribe. CAZALAC. Documentos Técnicos del PHI-LAC. N° 26. Werick, W., Whipple, W., 1994. National Study of Water Management during drought. Managing water for drought. IWR Report 94-NDS-8.

24

Anexo

A.1. Estadística de declaración de Zona de Emergencia Agrícola por Sequía. Región 2008 2010 2011 2012 2013 Total Región de Atacama 7 2 9 Región de Coquimbo 15 15 15 16 15 76 Región de La Araucanía 32 11 43 Región de Los Lagos 30 30 Región de Los Ríos 12 12 Región de Valparaíso 27 23 36 17 103 Región del Biobío 46 46 Región del General Carlos Ibañez del Campo 7 7 Región del Libertador General Bernardo O'Higgins 16 25 3 44 Región del Maule 21 17 13 51 Región Metropolitana de Santiago 4 9 3 16 Total general 217 15 55 112 38 437 Fuente: Antonio Yaksik, Jefe Unidad Nacional de Emergencias y Gestión del Riesgo Agroclimático, Ministerio de Agricultura.

25

A.2. Detalle evolución de Declaraciones de Escasez Hídrica por Dirección General de Aguas entre 2008 y 2013. Región

Año

N° Decreto

Coquimbo

2013

204

Coquimbo

2013

158

Atacama

2013

156

Valparaiso

2013

362

Maule

2013

339

Valparaiso

2013

331

Valparaiso

2013

330

Atacama

2013

286

Coquimbo

2013

262

Valparaiso

2012

225

Metropolitana

2012

178

Atacama

2012

154

Metropolitana

2012

29

Coquimbo

2011

415

Valparaiso Valparaiso

2011 2011

416 409

Detalle Fecha Declara zona de escasez a la cuenca del estero Pupío, ubicada en la comuna de Los Vilos, provincia de Choapa, región de Coquimbo 24-06-2013 Declara zona de escasez a la cuenca del río Quilimarí, comuna de Los Vilos, provincia de Choapa, Región de Coquimbo 16-05-2013 Declara zona de escasez a las comunas de Tierra Amarilla y Copiapó, provincia de Copiapó, Región de Atacama 26-04-2013 Declara zona de escasez a la provincia de Petorca, Región de Valparaíso 10-01-2013 Declara zona de escasez a la comuna de Vichuquén, provincia de Curicó, Región del Maule 10-01-2013 Declara zona de escasez a las comunas de San Antonio y Santo Domingo, ubicadas en la Región de Valparaíso 10-01-2013 Declara zona de escasez a la cuenca del río Aconcagua, ubicada en la Región de Valparaíso 10-01-2013 Declara zona de escasez a la cuenca del río Copiapó, Región de Atacama 10-01-2013 Declara zona de escasez a la comuna de Los Vilos, provincia de Choapa, Región de Coquimbo 10-01-2013 Declara zona de escasez a las comunas de La Ligua, Petorca y Cabildo, provincia de Petorca, Región de Valparaíso 09-08-2012 Declara zona de escasez a la comuna de Til Til, de la Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana 10-05-2012 Declara zona de escasez a las zonas baja y media de la cuenca del río Copiapó y quebrada de Paipote, correspondientes a subcuencas de la cuenca del río Copiapó, Región de Atacama 12-04-2012 Declara zona de escasez a la provincia de Melipilla, Región Metropolitana 06-02-2012 Declara zona de escasez a la cuenca del río Quilimarí ubicada en la región de Coquimbo 30-12-2011 Declara zona de escasez a las cuencas de los ríos Ligua y Petorca, a las cuencas costeras Quilimarí-Petorca y Ligua-Aconcagua, y a la comuna de Quilpué, región de Valparaíso 30-12-2011 Declara zona de escasez a la cuenca del río 19-12-2011 26

Valparaiso

2011

411

Atacama

2011

281

Valparaiso

2011

223

Coquimbo

2011

222

O'Higgins

2011

198

Maule

2011

187

Metropolitana

2011

186

Maule

2011

162

Maule

2011

161

Metropolitana

2011

157

Coquimbo

2011

133

Valparaiso

2011

124

Valparaiso

2011

403

Coquimbo

2011

405

Coquimbo

2011

404

Valparaiso * * *

2011 2010 2010 2010

402 405 404 403

Aconcagua, ubicada en la región de Valparaíso Declara zona de escasez a las comunas de San Antonio y Santo Domingo, provincia de San Antonio, región de Valparaíso Declara zona de escasez a la cuenca del río Copiapó, ubicada en la Región de Atacama Declara zona de escasez a la provincia de Petorca y la comuna de Quilpué, ubicadas en la Región de Valparaíso Declara zona de escasez a la comuna de Los Vilos, de la Región de Coquimbo Declara zona de escasez a la cuenca del río claro, ubicada en la comuna de Rengo, provincia de Cachapoal, en la Región de O'Higgins Declara zona de escasez a la cuenca del río Purapel, en la Región del Maule Declara zona de escasez a la comuna de Til Til, de la provincia de Chacabuco, ubicada en la Región Metropolitana Declara zona de escasez a la comuna de San Javier de la provincia de Linares y la provincia de Cauquenes, ubicadas en la Región del Maule Declara zona de escasez a la cuenca del río Mataquito, ubicada en la Región del Maule Declara zona de escasez a la comuna de Melipilla, ubicada en la Provincia de Melipilla, Región Metropolitana Declara zona de escasez a las comunas de Illapel y Salamanca, ubicadas en la Provincia de Choapa, Región de Coquimbo Declara zona de escasez a las comunas de San Antonio y Santo Domingo, ubicadas en la Región de Valparaíso Declara zona de escasez a las cuencas de los ríos Petorca, Ligua y Aconcagua, ubicadas en la Región de Valparaíso Declara zona de escasez a las cuencas de los ríos Guatulame - Cogotí, ubicadas en la Región de Coquimbo Declara zona de escasez a las comunas de Canela y Los Vilos, ubicadas en la Región de Coquimbo Declara zona de escasez a la comuna de Quilpué, ubicada en la Región de Valparaíso IV IV V 27

19-12-2011 18-10-2011

29-07-2011 29-07-2011

20-05-2011 20-05-2011

20-05-2011

16-03-2011 16-03-2011

16-03-2011

08-03-2011

08-03-2011

07-01-2011

05-01-2011

05-01-2011 05-01-2011 24-11-2010 24-11-2010 24-11-2010

* * * * * * * *

2010 2009 2008 2008 2008 2008 2008 2008

402 110 287 227 167 153 134 125

V VII V XI III IV, V,Metropolitana, VI y VIII IV y VII IV, V,Metropolitana, VI y VIII

24-11-2010 04-02-2009 21-04-2008 24-03-2008 22-02-2008 15-02-2008 05-02-2008 29-01-2008

*Fuente: Periodo 2011-2013: Gobierno de Chile. http://transparencia.mop.cl/marco/diariooficial.html Riestra, F. 2011. Experiencia Dirección General de Aguas en la Gestión de Sequías en Chile. Dirección General de Aguas. Taller EUROCLIMA. Santiago, Chile, 6 y 7 de Abril de 2011. http://www.cazalac.org/documentos/taller_euroclima/PP15_Presentacion%20DGA-ChileFranciscoRiestra.pdf

28

A.3. Artículo 314 del Código de Aguas de Chile Art. 314. El Presidente de la República, a petición o con informe de la Dirección General de Aguas, podrá, en épocas de extraordinaria sequía, declarar zonas de escasez por períodos máximos de seis meses, no prorrogables. La Dirección General de Aguas calificará, previamente, mediante resolución, las épocas de sequía que revistan el carácter de extraordinarias. Declarada la zona de escasez, y no habiendo acuerdo de los usuarios para redistribuir las aguas, la Dirección General de Aguas podrá hacerlo respecto de las disponibles en las fuentes naturales, para reducir al mínimo los daños generales derivados de la sequía. Podrá, para ello, suspender las atribuciones de las Juntas de Vigilancia, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez. Una vez declarada la zona de escasez y por el mismo período señalado en el inciso primero de este artículo, la Dirección General de Aguas podrá autorizar extracciones de aguas superficiales o subterráneas desde cualquier punto sin necesidad de constituir derechos de aprovechamiento de aguas y sin la limitación del caudal ecológico mínimo establecido en el artículo 129 bis 1. También podrá otorgar cualquiera de las autorizaciones señaladas en el Título I del Libro Segundo de este Código. Para los efectos señalados en los incisos anteriores, y lo dispuesto en el artículo siguiente, la Dirección General de Aguas adoptará las medidas sin sujeción a las normas establecidas en el Título I del Libro Segundo de este Código. Los decretos supremos y las resoluciones de la Dirección General de Aguas que se dicten en virtud de las facultades conferidas en los incisos anteriores, se cumplirán de inmediato, sin perjuicio de la posterior toma de razón por la Contraloría General de la República. Todo aquel titular de derechos que reciba menor proporción de aguas que la que le correspondería de conformidad a las disponibilidades existentes, tendrá derecho a ser indemnizado por el Fisco. Esta declaración de zona de escasez no será aplicable a las aguas acumuladas en embalses particulares.

Fuente: Código de Aguas. http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=5605

29

A.4. Ordinario 85 del Ministerio de Agricultura que establece el Procedimiento para la Declaración de Emergencias Agrícolas

30

A.5. Copia Resolución DGA 1674 de 2012

31

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