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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO EL DIA 20 DE ENERO DE 2012/01 ALCALDE PRESIDENTE D. Antonio Gutiérrez Limones CONCEJALES GRUPO SOCIALISTA Dª Miriam Burgos Rodríguez D. Rafael Chacón Sánchez Dª María José Borge Montero D. Salvador Escudero Hidalgo Dª Ana Belén González Pérez Dª Gloria Marín Gil Dª María Dolores Gutiérrez Peral D. José Manuel Rodríguez Martín Dª Laura Ballesteros Núñez D. Clemente Jesús Olivero Mejías D. José Antonio Montero Romero GRUPO POPULAR Dª Mª del Carmen Rodríguez Hornillo Dª Mª del Águila Gutiérrez López D. Francisco Bautista Fernández Dª Sandra González García D. Luciano Borrego Borrego Dª Rosalía Fdez.-Llebrez Arriaga Dª. Rosario Ordóñez Pardo Dª Elena Ballesteros Marín GRUPO ANDALUCISTA Dª María Dolores Aquino Trigo D. Ramón Ramos Gandul GRUPO DE IULV-CA D. Alberto Jesús Miranda Oliva
En la ciudad de Alcalá de Guadaíra, y en la sala de plenos de su palacio municipal, siendo las doce horas y cinco minutos del día veinte de enero de dos mil doce, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, don Antonio Gutiérrez Limones, se reúnen los señores al margen expresados, miembros de la Corporación Municipal, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno, convocada por la presidencia, y para la que han sido debidamente citados.
Dejaron de asistir, excusando su ausencia, los señores concejales don Enrique Pavón Benítez (PSOE) y don Miguel Ángel Castillo Jiménez (PP).
Declarada abierta y pública la sesión por la presidencia a la hora indicada y previa comprobación por el secretario de la Corporación del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada la sesión, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día:
INTERVENTOR D. Francisco Sánchez-Nieves Martínez SECRETARIO GENERAL D. Fernando Manuel Gómez Rincón
1º APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR
CELEBRADA EL DÍA 23 DE DICIEMBRE DE 2011.- Por el señor presidente se pregunta si algún miembro de los asistentes tiene que formular alguna observación al acta de la sesión anterior celebrada con carácter extraordinario el día 23 de diciembre de 2011. No produciéndose ninguna observación ni rectificación es aprobada por unanimidad.
2º CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES DE ALCALDÍA Y CONCEJALES DELEGADOS.- El Ayuntamiento Pleno quedó debidamente enterado de las resoluciones de la Alcaldía y de los señores concejales-delegados que a continuación se indican: -
Resoluciones de la Alcaldía números 675 al 709, correspondientes al mes de diciembre de 2011; y números 1 al 20, correspondientes al mes de enero de 2012.
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Resoluciones del presidente de la Gerencia Municipal de Servicios Urbanos números 740 al 786, correspondientes al mes de diciembre de 2011; y número 1 al 9, correspondientes al mes de enero de 2012.
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Resoluciones de la señora concejal-delegada del Área de Políticas Estratégicas, números 107 al 170, correspondientes al mes de diciembre de 2011.
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Resoluciones de la señora concejal-delegada del Área de Gobernanza y Evaluación números 1.057 al 1.295, correspondientes al mes de diciembre de 2011; y número 1 al 67, correspondientes al mes de enero de 2012..
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Resoluciones del señor concejal-delegado del Área de Territorio y Personas números 738 al 926, correspondientes al mes de diciembre de 2011; y número 1 al 20, correspondientes al mes de enero de 2012.
3º PROPUESTA SOBRE NOMBRAMIENTO DE VOCALES EN EL CONSEJO RECTOR DEL CONSORCIO DE LA UNIDAD TERRITORIAL DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL Y TECNOLÓGICO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA.- Examinado el expediente que se tramita para nombrar vocales en el Consejo Rector del Consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alcalá de Guadaíra, y resultando: 1º De conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 de los estatutos del consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y
Tecnológico de Alcalá de Guadaíra, el Consejo Rector de dicho consorcio está integrado, entre otros, por cuatro vocales designados por este Ayuntamiento. 2º Habiéndose realizado por esta Alcaldía tras las últimas elecciones locales una modificación tanto en la estructura de la organización municipal, como en la distribución de las competencias delegadas en los distintos concejalesdelegados, es necesario sustituir a los actuales vocales que este Ayuntamiento tiene designados en el referido órgano colegiado. En consecuencia con lo anterior, y conforme a lo preceptuado en el artículo 38.c del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, relativo al nombramiento de representantes de la Corporación en órganos colegiados, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y con los doce votos a favor de los señores concejales del grupo municipal Socialista (12), los nueve votos en contra de los señores concejales de los grupos municipales Popular (8: doña Mª del Carmen Rodríguez Hornillo, doña Mª del Águila Gutiérrez López, don Francisco Bautista Fernández, doña Sandra González García, don Luciano Borrego Borrego, doña Rosalía Fernández.-Llebrez Arriaga, doña Rosario Ordóñez Pardo y doña Elena Ballesteros Marín) y de IULV-CA (1: don Alberto Jesús Miranda Oliva), y la abstención de los señores concejales del grupo municipal Andalucista (2), por mayoría absoluta, acuerda: Primero.- Nombrar vocales, en representación de este Ayuntamiento, en el Consejo Rector del consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alcalá de Guadaíra a los siguientes concejales de esta Corporación: Doña María José Borge Montero Doña Miriam Burgos Salgado. Don Salvador Escudero Hidalgo Doña Ana Belén González Pérez. Segundo.- Notificar este acuerdo al consorcio de la Unidad Territorial de Empleo y Desarrollo Local y Tecnológico de Alcalá de Guadaíra para su conocimiento y efectos oportunos.
4º EXPEDIENTE C-2011/25 DE CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE VEHÍCULOS EN RÉGIMEN DE RENTING PARA DIVERSOS SERVICIOS MUNICIPALES: DECLARACIÓN DE DESIERTO.- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Gobernanza y Evaluación, de fecha 16 de enero de 2012, sobre expediente que se
tramita para aprobar la declaración de desierto del procedimiento de adjudicación convocado para la contratación del suministro de vehículos en régimen de renting para diversos servicios municipales. Visto lo anterior, toma la palabra el señor concejal del grupo municipal Andalucista, don Ramón Ramos Gandul, quien, entre otras cosas, dice: Desde el Partido Andalucista queríamos que se tomara una valoración más profunda sobre este tipo de contrato, el cual ha quedado desierto. Y no es la primera vez que queda desierto este tipo de contratos. Ante la problemática que existe en todas las empresas, creemos que habría que valorar el hecho de que este Ayuntamiento sea un cliente potencial y los proveedores no quieran participar. Dejo una pregunta sobre la mesa, que si estamos perdiendo la credibilidad ante los proveedores. Tras la deliberación anterior, y resultando: 1º. El Pleno de la Corporación, en la sesión celebrada el día 21 de octubre de 2011, aprobó el expediente de contratación C-2011/029 incoado para adjudicar por tramitación anticipada, mediante procedimiento abierto, el suministro de vehículos en régimen de renting para diversos servicios municipales. El plazo de duración del contrato era de 60 meses. 2º. El correspondiente anuncio de licitación se publicó en el DOUE número 2011/S 210-342444 de fecha 2 de noviembre de 2.011, y el BOE 297 de 10 de diciembre de 2.011, finalizando el plazo de presentación de ofertas el 27 de diciembre de 2.011. Durante el plazo hábil abierto no se presentó ninguna proposición. En consecuencia con lo anterior, y visto lo dispuesto en el art. 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de, Contratos del Sector Público, aplicable a la presente contratación, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda: Primero.- Declarar desierto el procedimiento de adjudicación convocado para la contratación del suministro de vehículos en régimen de renting para diversos servicios municipales. Segundo.- Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal, a la Oficina Municipal Presupuestaria, a Recursos Humanos, al Servicio de Contratación, y al responsable municipal del contrato.
5º PROPUESTA SOBRE APROBACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA DENOMINACIÓN Y
ROTULACIÓN DE VÍAS PÚBLICAS Y NUMERACIÓN DE EDIFICIOS EN EL MUNICIPIO DE ALCALÁ DE GUADAÍRA: APROBACIÓN INICIAL.- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Gobernanza y Evaluación, de fecha 16 de enero de 2012 sobre el expediente que se tramita para aprobar inicialmente la Ordenanza Municipal reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías Públicas y Numeración de Edificios. Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:08 h.) por este orden: doña María Dolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista, don Salvador Escudero Hidalgo del grupo municipal Socialista (2), y doña María del Carmen Rodríguez Hornillo del grupo municipal Popular. Tras la deliberación de los señores concejales, y resultando: 1º. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, los Ayuntamientos mantendrán actualizada la nomenclatura y rotulación de las vías públicas, y la numeración de los edificios, informando de ello a todas las Administraciones Públicas interesadas. 2º. Deberán también mantener la correspondiente cartografía o, en su defecto referencia precisa de las direcciones postales con la cartografía elaborada por la Administración competente. 3º. Por lo tanto, conforme a la Resolución de 1 de abril de 1997, conjunta del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal (Boletín Oficial del Estado, de 11 de abril de 1997, mediante Resolución de 9 de abril de 1997, de la Subsecretaría de la Presidencia del Gobierno), se ha elaborado la Ordenanza Municipal reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías Públicas y Numeración de Edificios, la cual se estima conforme, por lo que de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local es procedente someterla a su aprobación con arreglo al siguiente procedimiento: a) Aprobación inicial por el Pleno. b) Información pública y audiencia a los interesados por plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional”. 4º. De conformidad con el art. 22.2.d) de la citada Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local el órgano competente para la adopción del acuerdo es el Pleno Corporativo y según el art. 47.1 de la misma ley, el quórum de aprobación es de mayoría simple del número de miembros presentes. Por todo lo anterior, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda: Primero.- Aprobar inicialmente la referida Ordenanza Municipal reguladora de la Denominación y Rotulación de Vías Públicas y Numeración de Edificios, en los términos cuyo texto consta en el expediente de su razón. Segundo.- Someter este acuerdo a información pública y audiencia de los interesados mediante la inserción de anuncios en el Boletín Oficial de la provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias que serán resueltas por el Pleno. En el supuesto de que no se presenten reclamaciones durante el indicado plazo, este acuerdo se entenderá definitivamente adoptado.
6º APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN DEL SUO 22 “SUNP R5” (EXP. 1/2012-URPS).- Dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Territorio y Personas, de fecha 17 de enero de 2012 sobre el expediente que se tramita para aprobar inicialmente una modificación puntual del Plan de Sectorización del SUO 22 SUNP R5. Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:10 h.) por este orden: doña María del Carmen Rodríguez Hornillo del grupo municipal Popular, doña María Dolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista, y don Rafael Chacón Sánchez del grupo municipal Socialista. Tras la deliberación de los señores concejales, y resultando:
1º. El Plan General de Ordenación Urbana (en adelante PGOU) vigente en Alcalá de Guadaíra delimita el sector de Suelo Urbanizable No Sectorizado SUNPR5 “Carretilla-Pirotecnia”, con una superficie total de 79 Has., con el objetivo de posibilitar el desarrollo ordenado de una zona limítrofe con el suelo urbano y ocupado en parte por la parcelación “La Pirotecnia. 2º. El Plan de Sectorización del Sector SUNP R5 (Expte. 2/2005-URPS) fue aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 24 de noviembre de 2006. Posteriormente, al Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 22 de febrero de 2007 aprobó un Texto Refundido del citado Plan actualmente vigente. 3º. El Plan de Sectorización delimita dos sectores (S1 y S2), ordenando pormenorizadamente el Sector 1 -coincidente en principio con una única unidad de ejecución- y estableciendo como sistema de actuación el de compensación. Respecto del Sector 2, remite su ordenación al correspondiente Plan Parcial. 4º. Con fecha 16 de julio de 2009 el Ayuntamiento Pleno aprobó el documento de Adaptación Parcial del PGOU a la LOUA, en virtud de la cual el Sector 1 del SUNP R5 pasa a denominarse SUO-22 (Suelo Urbanizable Ordenado) "S1/SUNP R5" incluido en el Área de Reparto nº 14. Consta igualmente aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno con fecha 3 de diciembre de 2009 el documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Alcalá de Guadaíra, así como el Estudio de Impacto Ambiental, redactado a iniciativa de este Ayuntamiento por la entidad Territorio y Ciudad S.L., en los términos que consta en el expediente nº 02/2009-URMP. 5º. Por lo que respecta a la ejecución del planeamiento del Sector 1 (SUO22 conforme a la Adaptación Parcial), consta constituida la Junta de Compensación con fecha 21 de diciembre de 2007 (Expte. 4/2006 URJC) y aprobado el Proyecto de Urbanización con fecha 11 de abril de 2008 (Expte. 2/2006 URPU). Por su parte, el Proyecto de Reparcelación fue aprobado por Asamblea de la Junta de Compensación de fecha 18 de diciembre de 2008, constado informe de deficiencias emitido por los Servicios Técnicos municipales de fecha 17 de diciembre de 2008 (Expte. 11/2008-URPR), sin que conste la ratificación municipal del mismo. 6º. A consecuencia de la paralización de las obras de urbanización por la Junta de Compensación, mediante Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2009, se aprueba la propuesta relativa a la ejecución independiente, por el Ayuntamiento o sociedad instrumental que éste designe, de las obras de urbanización de la Parcelación La Pirotecnia, sufragándose por las aportaciones pendientes de abonar por los parcelistas y por el importe total de
los costes de urbanización correspondientes al Ayuntamiento en el Sector completo, que serán adelantados a tal fin. 7º. En cumplimiento de dicho acuerdo, la Junta de Gobierno Local con fecha 27 de noviembre de 2009 aprobó el Proyecto de Redelimitación de Unidades de Ejecución en el SUO 22 "S1/SUNPR5", que divide el Sector 1 en dos Unidades de Ejecución, fijándose como límite de una de ellas (UE 1) el de la parcelación, salvo ajustes precisos para la efectiva redelimitación, de forma que quedan incluidas las fincas titularidad de los parcelistas en una de las Unidades de Ejecución delimitadas, a fin de satisfacer los compromisos asumidos en los convenios suscritos respecto a la ejecución prioritaria de la urbanización de dicha parcelación. Para tal unidad de ejecución se estableció como sistema de actuación el de cooperación, manteniéndose el de compensación para la UE 2. El procedimiento de redelimitación de unidades de ejecución fue tramitado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 106 de la LOUA, en base a la remisión efectuada en tal sentido por los artículos 36.1.in fine y 18.1 de la LOUA. 8º. El Proyecto de Reparcelación de la UE 1 del SUO 22 "S1/SUNPR5”, tramitado conforme al procedimiento establecido al efecto por el sistema de cooperación, ha sido aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Local con fecha 26 de noviembre de 2010. 9º. Presentado a inscripción el Proyecto de Reparcelación, fue calificado negativamente por el Registrador interino del Registro de la Propiedad nº 2 de Alcalá de Guadaíra el 15 de junio de 2011, advirtiendo determinados defectos tanto de contenido como de tramitación procedimental. 10º. Sometido el proyecto a calificación sustitutoria, ésta es emitida por el Registrador de la Propiedad 01-I y Mercantil de Bienes Muebles de Sevilla con fecha 22 de julio de 2011, acordando suspender el despacho del título (Proyecto de Reparcelación), solo por el defecto procedimental inicialmente advertido, referido éste al procedimiento para la aprobación de la redelimitación de unidades de ejecución. Dicho defecto, en síntesis, pone de manifiesto la inidoneidad del procedimiento llevado a cabo por este Ayuntamiento, considerando tanto el Registrador sustituido como el sustituto que el procedimiento por el que el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra ha redelimitado la única unidad de ejecución del sector en dos unidades de ejecución, no se ajusta a la normativa aplicable por cuanto que la competencia para ello correspondería al mismo órgano que aprobó el planeamiento pormenorizado y delimitó la única Unidad de Ejecución del Sector 1, ésto es, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo que aprobó el Plan de Sectorización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.1 de la LOUA y la doctrina jurisprudencial referida. Incluso en el supuesto de que se estime como procedimiento adecuado el establecido en el artículo 106 debe la LOUA, consideran que tampoco se da cumplimiento a la normativa
aplicable por cuanto la modificación de la unidad de ejecución no derivaría de la aceptación de alegaciones durante los trámites de información pública y audiencia. 11º. Considerando este Ayuntamiento errónea la interpretación del Registrador, elevó consulta a la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda con fecha 4 de agosto de 2011, siendo contestada con fecha 10 de agosto en los siguientes términos: “En este sentido, para la redelimitación de la unidad de ejecución propuesta no es necesario acudir al procedimiento de innovación del instrumento de planeamiento, sino que puede realizarse mediante el procedimiento previsto en el artículo 106 de la LOUA, siendo de competencia municipal su aprobación, precisando para su plena eficacia la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. 12º. Y tal ha sido el procedimiento llevado a cabo por este Ayuntamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la LOUA con los siguientes trámites: aprobación inicial del expediente de redelimitación de unidades de ejecución mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 26 de junio de 2009, sometimiento a información pública mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 206 de 5 de septiembre de 2009 y en el diario El Correo de Andalucía de 7 de septiembre y audiencia a los propietarios afectados por plazo común de veinte días, acuerdo de aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de noviembre de 2009, notificación a los propietarios afectados y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 31 de 8 de febrero de 2010. 13º. En todo caso, con fecha 9 de agosto de 2011 el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra interpuso recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado contra la calificación negativa del Proyecto de Reparcelación en cuanto al defecto confirmado por la nota de calificación del Registrador sustituto referido al procedimiento de redelimitación de unidades de ejecución. Expresamente en el recurso se justifica la legalidad del procedimiento llevado a cabo por este Ayuntamiento en base a lo dispuesto en los artículos 36.1, 18.1 y 106 de la LOUA, en los mismos términos que se pronuncia la Dirección General de Urbanismo en la contestación a la consulta evacuada. 14º. Dicho recurso ha sido desestimado de manera expresa con fecha 8 de noviembre de 2011, aun cuando notificado de manera extemporánea a este Ayuntamiento y sin que en sus Fundamentos de Derecho se haya analizado lo dispuesto en el artículo 36.1. in fine de la LOUA -invocado por este Ayuntamiento en su recurso- que prevé expresamente la modificación de la delimitación de unidades de ejecución contenida en el instrumento de planeamiento por el procedimiento del artículo 106.
15º. No obstante no ser firme la desestimación del recurso interpuesto por cuanto cabe recurso ante la jurisdicción civil, es intención municipal proceder a la subsanación del vicio advertido por Registrador de la Propiedad en su nota de calificación del proyecto de reparcelación de la UE1 del SUO 22 "S1/SUNPR5” incluyendo en el instrumento de planeamiento aplicable (Plan de Sectorización) la redelimitación de unidades de ejecución ya aprobadas. Visto todo lo anterior y en base al documento redactado por la Arquitecta Municipal, Jefa de Servicio de fecha 12 de enero de 2012, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria, por unanimidad, y, por tanto, con el quórum leglamente exigido, acuerda: Primero.- Aprobar inicialmente la referida modificación puntual del Plan de Sectorización del SUO 22 “SUNP R5” al objeto de recoger documentalmente la redelimitación de unidades de ejecución del sector aprobada por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 27 de noviembre de 2009, conforme al documento elaborado por la Arquitecta Municipal, Jefa de Servicio de fecha 12 de enero de 2012. Segundo.- Someter este acuerdo a un periodo de información pública de UN MES en el B.O.P. de Sevilla, en uno de los diarios de mayor difusión de la misma y en el tablón de edictos de la Corporación, de conformidad con lo establecido en los artículos 32.1, 36 y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
7º RECURSO DE REPOSICIÓN INTERPUESTO POR D. *** CONTRA LA RESOLUCIÓN EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA ADOPTADO POR EL PLENO MUNICIPAL EL 15 DE JULIO DE 2011 SOBRE EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LEGALIDAD (EXPDTE 17/2011-URPL).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácter personal objeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, se expone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mes desde su aprobación por el Pleno de la Corporación.
8º RATIFICACIÓN DE CONVENIOS URBANÍSTICOS PARA EL DESARROLLO DE LOS CONCIERTOS DE COLABORACIÓN SUSCRITOS PARA FACILITAR LA FORMULACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA REVISIÓN DEL PGOU DE ALCALÁ DE GUADAÍRA (EXPTE.3/2011-URCU).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácter personal
objeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, se expone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mes desde su aprobación por el Pleno de la Corporación.
9º EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA POR ACTUACIONES SIN CONTAR CON LA PRECEPTIVA LICENCIA EN TERRENOS SITUADOS JUNTO A LA CARRETERA ***, CUYA REFERENCIA CATASTRAL ES ***, CORRESPONDIENTE CON LA FINCA REGISTRAL *** (EXPDTE. 65/2011-URPL).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácter personal objeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, se expone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mes desde su aprobación por el Pleno de la Corporación.
10º EXPEDIENTE DE PROTECCIÓN DE LEGALIDAD URBANÍSTICA EN TERRENOS SITUADOS JUNTO A LA CARRETERA ***, CORRESPONDIENTE CON PARTE DE LA PARCELA *** CUYA REFERENCIA CATASTRAL ES ***, POR ACTUACIONES SIN CONTAR CON LA PRECEPTIVA LICENCIA (EXPDTE. 57/2011-URPL).- NOTA: Este acuerdo contiene datos de carácter personal objeto de protección, por lo que su contenido se omite en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. El acta íntegra, con reproducción de dicho acuerdo, aquí omitido, se expone en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento hasta un mes desde su aprobación por el Pleno de la Corporación. 11º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR SOBRE ORDENANZAS REGULADORAS DEL SERVICIO DE TAXIS.- Llegado a este punto, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, a propuesta del grupo municipal Popular, y por unanimidad, acuerda retirar este asunto del orden del día.
12º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL IULV-CA CONTRA LOS DESAHUCIOS POR MOTIVOS ECONÓMICOS.- Dada cuenta de la propuesta a que se refiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión
Informativa de Territorio y Personas, de fecha 17 de enero de 2012 que copiada literalmente, dice como sigue: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS establece en su artículo 25 que “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica...” y el PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, recoge en su artículo 11 que “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados”. En el marco constitucional español, el derecho a la vivienda se configura como un principio rector de la política social y económica, obligando a los poderes públicos no sólo a respetar el propio derecho, sino también a dotarlo de un contenido prestacional que lo garantice, alzándose como uno de los límites que legítimamente han de acotar la función social de la propiedad privada, garantizada por el artículo 33 de la CARTA MAGNA. Asimismo, el ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA DE 2007 reconoce en su artículo 25, entre el resto de derechos sociales, “la obligación de los poderes públicos de favorecer el acceso en condiciones de igualdad a una vivienda digna y adecuada, estableciendo las medidas necesarias a tal fin”. Más recientemente, el Parlamento de esta Comunidad Autónoma ha aprobado una Ley reguladora del Derecho a la Vivienda, cuyo artículo 2 se expresa en los siguientes términos: “Son titulares del derecho a una vivienda digna y adecuada las personas físicas con vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía en las condiciones establecidas en esta Ley, sin que en el ejercicio de tal derecho puedan sufrir discriminación de ningún tipo, debiendo favorecerse este ejercicio en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Este derecho comporta la satisfacción de las necesidades habitacionales de sus titulares y de quienes con ellos convivan, de forma que se posibilite una vida independiente y autónoma y se favorezca el ejercicio de los derechos fundamentales”. Sin embargo, la vigencia de tales normas parece no escapar del papel. La actuación de las Administraciones no ha sido suficiente para dotar de contenido el carácter prestacional del derecho a la vivienda. Pero más grave aún es la inexistente reacción de los poderes públicos para proteger a los titulares del mismo, forzado a convertirse en un derecho vacío y sin contenido frente al de la propiedad privada, para cuya efectividad se articulan los desequilibrados mecanismos de la ejecución hipotecaria.
II. Con el estallido de la crisis y el aumento del paro, centenares de miles de familias han llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus necesidades más básicas. La legislación vigente, que permite que las entidades financieras se adjudiquen las viviendas por el 50% del valor de tasación, no sólo es anómala y no tiene comparación con las legislaciones de otros países de nuestro entorno, sino que además era desconocida por las familias cuando firmaron los contratos hipotecarios. Hecho que se suma a la publicidad engañosa con la que se comercializaron la mayoría de esas hipotecas, a la sobrevaloración en las tasaciones y al lenguaje de difícil comprensión utilizado en los contratos que ahora se descubre que en muchos casos escondía todo tipo de cláusulas abusivas, como es el caso de las cláusulas suelo. Consideramos inadmisible y totalmente injusto que en un Estado social y democrático de Derecho, todas las consecuencias de la crisis recaigan sobre la parte más vulnerable del contrato hipotecario y en cambio las entidades financieras, en buena medida responsables de la actual situación económica, reciban ayudas millonarias que salen de los impuestos, sin tener que asumir ninguna responsabilidad, al mismo tiempo que siguen generando miles de millones de beneficios anuales. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, sólo entre 2007 y 2010 en el Estado Español se habrán producido cerca de 300.000 ejecuciones hipotecarias, y que las previsiones dicen que entre 2011 y 2012 se podría llegar a la cifra de 500.000. Cuando esto sucede, las familias no sólo se enfrentan a la pérdida de su vivienda sino también a una condena financiera de por vida: la entidad bancaria interpone una demanda y se inicia el proceso de ejecución hipotecaria que finaliza con la subasta del inmueble. Si la subasta queda desierta (cosa que en el actual contexto de crisis sucede en más del 90% de los casos), con la ley vigente la entidad bancaria se adjudica la vivienda por el 50% del valor de tasación y sigue reclamando el pago de la deuda restante más los intereses y costas judiciales, a las personas en situación de insolvencia, mediante el embargo de nóminas, cuentas, etc., así como embargos a los avalistas. Es decir, además de perder la vivienda, miles de familias se enfrentan a una condena financiera de por vida que se traduce en una condena a la exclusión social y la economía sumergida. III. Todo lo aquí expuesto depende de una normativa de alcance estatal, pero cuyos efectos dramáticos se concretan en el ámbito municipal, puesto que es a los ayuntamientos a donde se dirigen mayoritariamente las personas y familias afectadas en busca de ayuda. Así, los ayuntamientos se convierten en doblemente perjudicados: en primer lugar porque se vulneran los derechos fundamentales de sus ciudadanos; en segundo lugar, porque en pleno contexto de crisis, cuando los recursos son más escasos que nunca, reciben todas las peticiones de ayuda de las personas y familias empobrecidas.
IV. Considerando que los ayuntamientos tienen la obligación de mantener la seguridad y el orden en el conjunto del territorio municipal así como velar por el bienestar del conjunto de la ciudadanía local, el grupo municipal de IU Alcalá de Guadaíra propone al pleno de esta Corporación la adopción de los siguientes ACUERDOS 1.- Solicitar al Gobierno que apruebe una modificación de la regulación hipotecaria que incluya la figura de la dación en pago, de manera que, en los casos de residencia habitual, si el banco ejecuta la hipoteca y se queda con la vivienda, la totalidad de la deuda (principal, más intereses y costas judiciales) quede liquidada, tal y como sucede en otros países de la UE o en EEUU. 2.- Instar al mismo Gobierno a aprobar una moratoria o implementar las medidas necesarias para paralizar los desahucios de las familias en situación de insolvencia sobrevenida e involuntaria. Para los miles de desahucios ya producidos, que se aprueben con carácter de urgencia medidas destinadas a que los miles de pisos vacíos que están acumulando las entidades financieras como consecuencia de esos embargos sean puestos inmediatamente a disposición de las familias desahuciadas y sin recursos en régimen de alquiler social, no superando nunca el 30% de la renta familiar disponible. 3.- Más allá de las medidas de competencia estatal, estudiar las medidas a emprender a nivel municipal para paralizar los desahucios, creando una comisión especial mixta en la que participen representantes del pleno municipal y de las asociaciones de afectados y vecinales. El objetivo principal de dicha comisión será buscar alternativas que eviten los desahucios por motivos económicos. En los casos que no sea posible, garantizar el realojo digno de las familias afectadas. 4.- Dar traslado de estos acuerdos al Consejo de Ministros, y en especial al Ministerio de Economía y al Ministerio de Justicia, así como a los grupos parlamentarios del Congreso y el Senado, al Parlamento Autonómico y a las asociaciones vecinales del municipio.” Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:25 h.) por este orden: don Alberto Jesús Miranda Oliva del grupo municipal de IULV-CA (2), doña María Dolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista (2), doña María del Carmen Rodríguez Hornillo del grupo municipal Popular (2), y don Rafael Chacón Sánchez del grupo muicipal Socialista (2). Durante el debate del presente asunto, por la señora concejal del grupo municipal Andalucista, doña María Dolores Aquino Trigo, se propuso
modificar la parte dispositiva de la referida propuesta, que fue aceptada por el grupo municipal de IULV-CA, añadiendo un nuevo punto en los siguientes términos: Implantación de un sistema de mediación previa al inicio del procedimiento judicial, que contemple un sistema de pagos extraordinario para familias insolventes y minimicen los embargos y desahucios. Igualmente, durante el citado debate, por el señor concejal del grupo municipal Socialista, don Rafael Chacón Sánchez, se propuso modificar la parte dispositiva de la referida propuesta, que fue aceptada por el grupo municipal de IULV-CA, en los siguientes términos: 1.- No varía. 2.- Instar al Gobierno de la Nación para que acuerde con las entidades financieras fórmulas que permitan la moratoria en los pagos, y la refinanciación de la deuda, que eviten futuros desahucios de familias en situación de insolvencia sobrevenida e involuntarias. 3.- Promover en los planes de vivienda estatales y autonómicos la puesta a disposición de parte de las viviendas en stocks propiedad de las entidades financieras, para su uso en régimen de alquiler por las familias desahuciadas en situación de insolvencia, y de las que por su situación económica así lo requiriesen, fijándose el precio del alquiler en función de los ingresos familiares, no superando éste el 30% de los mismos. 4.- Dar cuenta a la Comisión Informativa de Territorio y Personas, de los casos de desahucio que hayan acudido a la Delegación de vivienda, salvaguardando la identidad de estas familias. 5.- Dar traslado de estos acuerdos al Gobierno de la Nación, y al Gobierno Andaluz, así como a la Delegación de Vivienda de este Ayuntamiento. Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda: Primero.- Solicitar al Gobierno que apruebe una modificación de la regulación hipotecaria que incluya la figura de la dación en pago, de manera que, en los casos de residencia habitual, si el banco ejecuta la hipoteca y se queda con la vivienda, la totalidad de la deuda (principal, más intereses y costas judiciales) quede liquidada, tal y como sucede en otros países de la UE o en EEUU.
Segundo.- Instar al Gobierno de la Nación para que acuerde con las entidades financieras fórmulas que permitan la moratoria en los pagos, y la refinanciación de la deuda, que eviten futuros desahucios de familias en situación de insolvencia sobrevenida e involuntarias. Tercero.- Solicitar la implantación de un sistema de mediación previa al inicio del procedimiento judicial, que contemple un sistema de pagos extraordinario para familias insolventes y minimicen los embargos y desahucios. Cuarto.- Promover en los planes de vivienda estatales y autonómicos la puesta a disposición de parte de las viviendas en stocks propiedad de las entidades financieras, para su uso en régimen de alquiler por las familias desahuciadas en situación de insolvencia, y de las que por su situación económica así lo requiriesen, fijándose el precio del alquiler en función de los ingresos familiares, no superando éste el 30% de los mismos. Quinto.- Dar cuenta a la Comisión Informativa de Territorio y Personas, de los casos de desahucio que hayan acudido a la Delegación de vivienda, salvaguardando la identidad de estas familias. Sexto.- Dar traslado de estos acuerdos al gobierno de la nación, y al gobierno andaluz, así como a la Delegación de Vivienda de este Ayuntamiento.
13º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR SOBRE PRESUPUESTO MUNICIPAL 2012.- Dada cuenta de la propuesta a que se refiere este punto, que ha sido dictaminada por la Comisión Informativa de Gobernanza y Evaluación, de fecha 16 de enero de 2012, que copiada literalmente, dice como sigue: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El presupuesto municipal es un arma política que marca los objetivos y las metas de un Gobierno para su ciudad, en él vienen reflejados los ingresos que se esperan conseguir y los gastos que como máximo se van a realizar durante el ejercicio en proyectos, equipamientos, infraestructuras y obras públicas. De esa manera se va moldeando la ciudad, se van resolviendo sus carencias paliando déficit estructurales, económicos, culturales y sociales debe servir para promocionar sus potencialidades propiciando y patrimonializando las oportunidades de desarrollo convirtiéndola en el proyecto de ciudad que todos sus ciudadanos desean. Es siempre el reflejo también de una gestión de gobierno, de su eficacia, de su apuesta por el bien de los ciudadanos y del cumplimiento de sus obligaciones.
La ley de Haciendas Locales obliga a las corporaciones locales a presentar antes del 31 de Diciembre los presupuestos del año siguiente, así como el avance de la liquidación del año que termina. El Gobierno Municipal de Gutiérrez Limones a fecha de hoy todavía no ha presentado el presupuesto del año 2012, incumpliendo la ley y perjudicando de manera clara a los ciudadanos alcalareños, justificando de esta manera la falta de eficacia, la mala gestión de sus deberes públicos. Con un gobierno municipal con mayoría absoluta, concejales liberados y con plena dedicación y un buen numero de asesores de confianza con unos salarios muy por encima de lo que el buen sentido y la oportunidad de una situación económico-financiera aconsejan, no tiene este gobierno municipal ninguna justificación para no presentar los presupuestos de forma inmediata. Por todo ello, es por lo que presentamos al pleno de la corporación la siguiente, PROPUESTA 1.- Instar al Sr. Alcalde a la presentación del presupuesto 2012 del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra de forma urgente. 2.- Se proceda a los demás trámites que con relación a la propuesta sean pertinentes.” Promovido debate sobre este asunto, las intervenciones de los señores concejales, ordenadas por el Sr. Alcalde-Presidente y que constan en el soporte informático que se une como anexo al acta de la sesión, se producen ( 12:40 h.) por este orden: doña Elena Ballesteros Marín del grupo municipal Popular (2), don Alberto Jesús Miranda Oliva del grupo municipal de IULV-CA, doña María Dolores Aquino Trigo del grupo municipal Andalucista (2), y doña Gloria Marín Gil del grupo municipal Socialista. Visto lo anterior, tras la deliberación de los señores concejales, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y con los nueve votos a favor de los señores concejales de los grupos municipales Popular (8) y de IULV-CA (1), y los catorce votos en contra de los señores concejales de los grupos municipales Socialista (12) y Andalucista (2), por mayoría absoluta, acuerda no aprobar la citada propuesta.
14º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL IULV-CA SOBRE LOS CERCADILLOS.- Llegado este punto, el Pleno del Ayuntamiento con la
asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, a propuesta del grupo municipal de IULV-CA y por unanimidad, acuerda retirar este asunto del orden del día.
15º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR SOBRE LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE ANDALUCÍA.- Llegado este punto, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, a propuesta del grupo municipal Popular y por unanimiadad, acuerda retirar este asunto del orden del día para ser tratado en esta sesión, previa declaración de urgencia y antes de pasar al turnos de ruego de ruegos y preguntas, como moción conjunta de todos los grupos municipales.
16º PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL IULV-CA SOBRE DEMOCRACIA PARTICIPATIVA.- Llegado este punto, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, a propuesta del grupo municipal de IULV-CA y por unanimidad, acuerda retirar este asunto del orden del día.
17º ASUNTOS URGENTES.- Conforme a lo establecido en el artículo 91.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, ( ROF) una vez concluido el examen de los asuntos no comprendidos en el orden del día que acompañaba a la convocatoria y antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria, por unanimidad, y, por tanto, con el voto favorable de la mayoría prevista en el artículo 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, acuerda, previa especial declaración de urgencia, conocer del siguiente asunto no comprendido en la convocatoria: 17º1 PROPUESTA CONJUNTA DE LOS GRUPOS MUNICIPALES SOCIALISTA, POPULAR, ANDALUCISTA E IULVCA SOBRE EL DÍA DE ANDALUCÍA.- Por la señora concejal del grupo municipal Popular, doña María del Carmen Rodríguez Hornillo, se da cuenta de la propuesta a que se refiere este punto, que copiada literalmente, dice como sigue: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El 28 de febrero se celebra el Día de Andalucía, una fecha muy importante para todos los ciudadanos que vivimos y sentimos la comunidad andaluza. Dicha jornada, se celebra en cada ciudad tanto por instituciones públicas como por colectivos privados.
Todos y cada uno de estos, tienen una forma particular y diferente de conmemorar esta jornada, fomentando en todos los casos la participación de la ciudadanía y resaltando la historia y los valores de la Comunidad Andaluza. En Alcalá de Guadaíra, también se viene celebrando el Día de Andalucía con actos itinerantes por los barrios y con participación distinta e incluso en alguna ocasión se ha tenido que suspender por inclemencias meteorológicas y la finalidad es justamente lo contrario, alentar la participación ciudadana. Debido a la opinión unánime de todos los grupos que constituyen esta Corporación que entendemos la importancia de este día y en aras de mejorar lo existente hasta ahora, creemos que es el momento de plantear esta propuesta. Por todo ello, elevamos al Pleno la siguiente,
PROPUESTA 1.- Constituir una Comisión integrada por todos los grupos políticos con representación en el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra para estudiar y acordar la celebración institucional de los actos conmemorativos del Día de Andalucía. 2.- Se proceda a los demás trámites que con relación a la propuesta sean pertinentes.” Visto lo anterior, toma la palabra la señora concejal portavoz del grupo municipal Andalucista, doña María Dolores Aquino Trigo, quien, entre otras cosas, dice: Es una propuesta conjunta, pero quería manifestar que para nosotros el Día de Andalucía, el día nacional, es el 4 de diciembre, y lo seguiremos así reclamando y celebrando anualmente, más allá de que consideramos oportuna la propuesta y así, por tanto, la firmamos conjuntamente. Tras la deliberación anterior, el Pleno del Ayuntamiento con la asistencia de veintitrés de sus veinticinco miembros de derecho, en votación ordinaria y por unanimidad, acuerda aprobar la citada propuesta en los términos que ha quedado redactada.
18º. RUEGOS Y PREGUNTAS.- Por los señores concejales que a continuación se indican se procede a formular los ruegos y preguntas siguientes: El señor concejal portavoz del grupo municipal de IULV-CA, don Alberto Jesús Miranda Oliva, quien, entre otras cosas, dice: Primero. Izquierda Unida traía hoy al pleno una moción por una problemática en la barriada Los Cercadillos, en la que
planteábamos que se diera solución al defectuoso cerramiento de una nave en la calle Alcalá de Júcar con su cruce en Alcalá la Real y Alcalá del Río. Y dado que el procedimiento de subsanación de esta cuestión ya estaba iniciado, Izquierda Unida retira su moción al respecto y pregunta para ser contestado a la mayor brevedad posible: ¿cuándo estima el equipo de gobierno que comenzará la intervención en dicha nave, poniendo solución a los graves problemas de seguridad que padecen los vecinos?
Segundo. Los trabajadores de Owen Illinois han alcanzado un preacuerdo con la empresa en relación a los despidos que la misma planteaba hace tan solo unos meses. El Comité de Empresa que ha liderado las conversaciones ha conseguido reducir de 120 despidos a tan solo 75, además las condiciones son las mejores posibles dentro de lo que cabía para los trabajadores. Se ha aprobado la propuesta de indemnización de 45 días por año trabajado, además de contemplar indemnizaciones por despido de 10.000 euros para los que lleven poco tiempo y tengan que salir de la empresa. La empresa se compromete además a ofertar vacantes en otras plantas del grupo en Europa, que están en la República Checa, Italia, Gran Bretaña, Alemania y Francia, 53, 13, 11, 8 y 5, y posibilidad de algunos en la planta de Barcelona. Se ha establecido además un convenio especial con la Seguridad Social para los prejubilados a partir de los 57 años de edad hasta los 65 años y para los mayores de 55 años. Además la empresa se compromete a abrir una bolsa de trabajo para ocupar las vacantes, si así se produjera, además de cursos de formación. Esta propuesta ha sido conseguida por el Comité de Empresa y aprobada por 200 de 230 trabajadores, es decir, tiene el apoyo mayoritario de los obreros de la fábrica, con lo que, en cierta medida, se da solución al planteamiento. Por todo ello, Izquierda Unida quiere felicitar desde aquí al comité de empresa, consiguiendo de lo malo, lo menos malo, y en una época en la que los sindicatos reciben tantas críticas, romper una lanza en su favor en una cuestión de tanta importancia para los ciudadanos de Alcalá de Guadaíra y desde aquí pedimos que esta felicitación se haga extensiva desde el propio Consistorio. La señora concejal portavoz del grupo municipal Andalucista, doña María Dolores Aquino Trigo, quien, entre otras cosas, dice: Nos unimos a esa felicitación. Tres preguntas sobre infraestructuras y equipamiento de la ciudad. Harinera del Guadaíra: ¿cuándo se abrirá a la ciudad de Alcalá de Guadaíra? Igual, el Centro de Interpretación del Castillo. Y, en tercer lugar, ¿qué actividad se está desarrollando en el Centro de Interpretación de Turismo Sostenible de nuestra ciudad ?. El señor concejal del grupo municipal Andalucista, don Ramón Ramos Gandul, quien, entre otras cosas, dice: El grupo Andalucista ha tenido conocimiento de que existen problemas en las instalaciones eléctricas en la zona de La Nocla. Esos problemas se agudizan en momentos puntuales, tanto cuando hace mucho frío como cuando hace mucho calor. Rogamos que el delegado competente medie entre la
empresa suministradora, Endesa, y los propios vecinos, para intentar solventar ese problema lo antes posible. La señora concejal portavoz del grupo municipal Popular, doña María del Carmen Rodríguez Hornillo, quien, entre otras cosas, dice: Hoy se celebra el Día Mundial del Cáncer. Es oportuno que desde esta Corporación nos unamos a este día y nos solidaricemos con los enfermos que lo padecen. Y no habiendo más asuntos de que tratar se levanta la sesión por la presidencia a las trece horas del día de la fecha, redactándose esta acta para constancia de todo lo acordado, que firma la presidencia, conmigo, el secretario, que doy fe. Vº Bº EL ALCALDE