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ADMINSTRATlVO DE LA PRESIDENCIA REPUBLICA
DE LA
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS A MAYO 31 DE 2015
1. NOTAS DE CARACTER GENERAL 1. NATURALEZA
JURIDICA Y FUNCIONES DE COMETIDO ESTATAL
1.1 Naturaleza Jurídica El Departamento Administrativo de Presidencia de la República fue creado mediante la Ley 3a. de 1898 y reestructurada por los decretos: 133 de 1956, 146 de 1976, 631 de 1978, 146 de 1983, Ley 10 de 1983, Decretos 2220,2496,3448 de 1983,3435 de 1986, Ley 46 de 1988, Decretos 188 de 1989, 919 Y 2406 de 1989, Ley 55 de 1990, Decretos 1680 de 1991, 2133 de 1992, 2243 de 1994, 2719 de 2000, Decreto 127, 955,1298,2163,2440 de 2001, Decretos 519, 2107 de 2003, los Decretos 100, 1247 de 2004, el Decreto 3443 del 17 de septiembre de 2010, el Decreto 0394 de 2012 y el Decreto 1649 de 2014. En virtud de lo dispuesto en el articulo 2 del Decreto 3443 de 2010, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República tendrá naturaleza especial y en consecuencia, una estructura y una nomenclatura de sus dependencias y empleos acordes con ella, de conformidad con lo establecido en la Ley 55 de 1990 Durante el año 2008 la Entidad implementó el Sistema Integrado de Gestión de Calidad denominado SIGEPRE, en el cual se caracterizó el proceso de Gestión Financiera. Obteniendo la certificación MECI 1000; 2005 Y NTC 1000; 2004, por parte deIICONTEC, durante los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 Y 2014.
1.2 Funciones
de Cometido
Estatal
Objeto: De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Decreto 1649 de 2014 el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República tiene por objeto asistir al Presidente de la República en su calidad de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y prestarle el apoyo administrativo necesario para dicho fin. El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica tendrá como denominación abreviada la de "Presidencia de la Republica".
DEPARTAMENTO
Estructura
Organizativa
Funciones
Generales
ADMINSTRATlVO DE LA PRESIDENCIA REPUBLlCA
DE LA
y Funciones:
El Departamento Administrativo siguientes funciones generales:
de la Presidencia
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de la República,
tiene las
Asistir al Presidente de la Republica, en su condición de Jefe del Estado, en su labor de velar porque los diferentes órganos del Estado se colaboren armónicamente para la realización de sus fines. 2 Organizar, dirigir, coordinar y realizar directamente si fuere el caso, las actividades necesarias que demande el Presidente del a República, para el ejercicio de las facultades constitucionales que le corresponde ejercer, en relación con los órganos del Estado que integran las ramas del poder público y los demás órganos estatales, autónomos e independientes. 3 Colaborarle al Presidente de la Republica en su deber de garantizar los derechos y las libertades de todos los colombianos. 4 Organizar, asistir y coordinar las actividades necesarias que demande el Presidente de la República, para el ejercicio de las facultades constitucionales que le corresponde ejercer como Jefe del Estado y suprema autoridad administrativa, y disponer lo necesario, según sus instrucciones, para la eficiente y armónica acción del Gobierno, representándolo, cuando asi lo demande, en la orientación y coordinación de la administración pública y de sus inmediatos colaboradores en la acción del Gobierno. 5 Asistir al Presidente de la Republica en el cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales. 6 Coordinar las relaciones entre el Presidente de la República con los entes territoriales, el sector privado y las organizaciones sociales. 7 Hacer las veces de Secretario Ejecutivo en los Consejos, Comités o demás organismos de consulta, asesoría, coordinación o apoyo que dependa directamente del Despacho del Presidente de la Republica 8 Divulgar los actos del Gobierno Nacional y coordinar lo referente a una adecuada difusión de la gestión gubernamental. 9 Apoyar al Presidente de la República en los diagnósticos, estudios, análisis y demás actividades que contribuyan a la formación de criterios, conceptos o formulaciones que éste desee definir. 10 Propender por la evaluación del impacto de las políticas de Gobierno frente a los objetivos estratégicos de cada área y sugerir los arreglos institucionales que correspondan, verticales o transversales, encaminados a fortalecer la capacidad de las entidades del Gobierno Nacional para formular y ejecutar las políticas públicas de sectores estratégicos. 11 Asesorar al Presidente de la República en el estudio de la constitucionalidad, legalidad y conveniencia de los distintos proyectos de Ley, Decretos y actos administrativos de competencia del primer mandatario.
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12 Prestar el apoyo logistico y administrativo que se demande, para el ejercicio de las facultades y funciones presidenciales.
Integración
del Sector Administrativo
El sector administrativo de la Presidencia de la República está integrado por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, entidades adscritas la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, la Unidad para la Gestión del Riesgo de Desastres y la Agencia de Cooperación Internacional de Colombia - APC COLOMBIA y la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano, Virgilio Barco Vargas como entidad vinculada. Órgano de Vigilancia
y Control
La Entidad está sujeta al control fiscal que ejerce la Contraloria General de la República y al Examen de la razonabilidad de los Estados Financieros. Obligaciones
Tributarias:
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República se identifica con el NIT 899.999.083-0. De acuerdo con las normas tributarias vigentes la Presidencia de la República no es contribuyente de impuestos nacionales ni distritales, en relación con las actividades propias de su objeto social, no obstante se debe cumplir con la obligación tributaria de presentar declaraciones de retención en la fuente y la presentación de información exógena con destino a la DIAN y a la Secretaria de Hacienda Distrital. A partir del año 2014, la clasificación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, pasó de ser gran contribuyente a Régimen Común, para todos los efectos tributarios. La Entidad es responsable de impuestos a las ventas. Con la expedición de la Ley 1697 de 2013 es responsable del recaudo de la Contribución Parafiscal "Estampilla Pro- Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales" el cual se debe transferir semestralmente al Ministerio de Educación. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 399 de 2011, la entidad es responsable del recaudo de la Contribución Especial por Contratos de Obra Pública, la cual se les practica a todas las personas naturales o jurídicas que suscriban contratos de obra pública con la Presidencia de la República, esta es equivalente al cinco por ciento 5% del valor total del contrato
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2. POLITICAS y PRÁCTICAS CONTABLES 2.1 Aplicación
del Régimen de Contabilidad
Pública
Para el proceso de identificación, clasificación, registro, preparación, transmisión y revelación de sus Estados Contables, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República está aplicando el Régimen de Contabilidad Pública expedido por la Contaduría General de la Nación con Resolución 222 de julio 5 de 2006, a nivel de documento fuente. 2.2 Aplicación
del Marco Conceptual
del Plan General de Contabilidad
Pública
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República aplica los criterios de causación para sus operaciones contables de acuerdo con el Plan General de Cuentas definido por la Contaduría General de la Nación. Los Estados Financieros están compuestos por el Balance General, el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental, el Estado de Cambios en el Patrimonio y las Notas a los Estados Financieros. Son publicados mensualmente en la página web de la Presidencia de la República y en la cartelera de ingreso a la Entidad ubicada en la calle 7 6 54, situada a la vista del Público en general. La información contable del primer trimestre de 2015 se reportó oportunamente de acuerdo con los plazos establecidos en las Resoluciones 375 de 2007 y 035 de 5 de febrero de 2015 emitidas por la Contaduria General de la Nación. 2.3 Politicas
Contables
A través del Sistema Integrado de Gestión de la Presidencia de la República SIGEPRE, la Entidad estableció politicas contables, las cuales aplica el Área Financiera. 2.4 Libros de Contabilidad,
Comprobantes
y Soportes
Contables
La Entidad aplica las normas y procedimientos establecidos por la Contaduria General de la Nación en materia de registro oficial de los libros y preparación de los documentos soporte, es asi que dispone de los libros oficiales Diario y Mayor y Balance debidamente actualizados y registrados de acuerdo con Acta de Apertura del 2 de julio de 1996 Para el registro de las operaciones en los libros de contabilidad, se encuentran autorizados 40.000 folios para el Libro Diario y 10.000 para el Mayor y Balance, mediante Acta de Registro de fecha 19 de septiembre de 2014. 4
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El archivo, conservación y custodia de los libros se encuentra a cargo de los Grupo de Gestión Documental y Contabilidad de la Entidad y se realizan de acuerdo con las normas establecidas por el Archivo General de la Nación en la Ley 594 de 2000. Con respecto a los libros auxiliares estos se encuentran en el aplicativo SIIF Los comprobantes de diario son elaborados en el aplicativo SIIF, estos cuentan con la documentación soporte que respalda las operaciones realizadas.
2.5 Estructura del Área Contable Con el artículo 45 del Decreto 1649 de 2014 se incorporan las funciones del Área Financiera de conformidad con las directrices señaladas por el Subdirector de Operaciones y está pendiente la Resolución que reglamente las funciones de los grupos de trabajo, entre los cuales se encuentra la Coordinación de Contabilidad 2.6 Plan de Contingencia De acuerdo con lo establecido en el numeral 6.17 del Instructivo de Cierre Nro. 003 de 2014, emitido por la Contaduria General de la Nación, la Entidad creó un Plan de contingencia en el cual se establecieron las actividades a desarrollar con el fin de restablecer la información contable cuando el sistema SIIF no permita el acceso a la información del macroproceso contable, el cual se encuentra documentado en el SIGEPRE. 3.
EFECTOS Y CONTABLE
SOSTENIBILlDAD
CAMBIOS
SIGNIFICATIVOS
EN
LA
INFORMACION
CONTABLE
En desarrollo de las normas vigentes sobre sostenibilidad contable, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República continuó con el proceso de depuración contable efectuando el seguimiento puntual de los temas objeto de estudio a través de los Comités de Seguimiento de la Subdirección de Operaciones, saneamiento contable y baja de bienes, a través de los cuales la subdirección de operaciones establece las medidas que se deben seguir con el fin de que los Estados Financieros reflejen la realidad económica de la Entidad.
El Comité Técnico de Sostenibilidad Contable operó bajo la Resolución 2880 de 2010 hasta el8 de octubre de 2014, porque esta fue derogada con Resolución 5042 de 2014, lo anterior teniendo en cuenta que mediante Decreto 1649 del 2 de septiembre de 2014, fue modificada la estructura de la Entidad, Por lo cual bajo la nueva normatividad se creó nuevamente el Comité Técnico de Sostenibilidad 5
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Contable, con Resolución 5042 de 2014 y se incluyó un nuevo integrante; la secretaría técnica del comité fue modificada el 15 de diciembre de 2014 con Resolución 5564. Actualmente el comité está conformado por los funcionarios que desempeñan los siguientes cargos: El Subdirector de Operaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado, quien lo preside. Un asesor del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, quien lo preside en ausencia del Subdirector de Operaciones. El Jefe del Área Financiera El Jefe de la Oficina de Planeación El Coordinador del Grupo de Contabilidad, quien es el Secretario Técnico
NORMAS INTERNACIONALES A partir de la expedición de las leyes 1314 de 2009 y 1450 de 2011, la convergencia de la regulación contable colombiana con estándares internacionales de información financiera se convierte en una actividad prioritaria en la gestión. El gobierno nacional estableció como responsables de la implementación de las NIIF en la empresa privada al Consejo Técnico de Contaduría y para el sector Público al Contador General de la Nación. Los Decretos 2706 y 2784 de 2012 y el 3022 de 2013 establecieron los requisitos para pertenecer a los Grupos 1, 1I Y 111 de conformidad con lo establecido en el Direccionarniento Estratégico emitido por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública para la empresa privada La política de regulación en el ámbito de la contabilidad pública, a cargo del Contador General de la Nación, reconoce corno referentes válidos para orientar el Régimen de Contabilidad Pública en esa perspectiva internacional, la realidad del entorno económico, jurídico y social en el que operan las empresas de propiedad estatal así como de las entidades de gobierno; los avances en las normativas internacionales emitidas por el Consejo de Estándares Internacionales de Contabilidad (IASB por su siglas en inglés) y de la Federación Internacional de Contadores (IFAC por su siglas en inglés); y las prácticas de regulación seguidas en otras economias del mundo. 6
DEPARTAMENTO ADMINSTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA Asi las cosas la Contaduria General de la Nación, establecido tres Grupos: 1. Empresas cotizantes, las cuales están reguladas por Resolución 743 de 2013 expedida por la CGN 2. Empresas No cotizantes reguladas con la Resolución 414 de 2014 expedida por la CGN 3. Sector gobierno (Municipios, Departamentos, Nación, Departamentos Administrativos, etc.): para este todavia no se ha expedido el marco normativo De acuerdo con el plan de trabajo establecido por la CGN en el año 2015 se publicará el marco normativo y se socializara el proyecto de norma, en el año 2016 se realizara la capacitación de la norma definitiva para todas la Entidades públicas que hacen parte del gobierno general y en el año 2017 es la aplicación por primera vez del marco normativo de convergencia con NIIFP NICSP (Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público) El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República está clasificado en el sector gobierno por tanto estamos a la espera de que se expida la normatividad para iniciar dentro de la Entidad el proceso de estructuración bajo normas internacionales. la Presidencia de la República ha participado activamente en las capacitaciones impartida por la Contaduria General de la Nación sobre de Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF Y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público NICSP, que constituyen un estándar internacional APLICACiÓN DE LAS NORMAS DE DEPRECIACIONES Como resultado de la aplicación de las normas de depreciación de propiedad, planta y equipo de la Entidad, se han disminuido los activos a mayo 31 de 2015 en la cuenta 1685 en $53.044.632.741.99 y el patrimonio cuenta 312804 ha disminuido en la suma de $3.470.827.478.81
RESTRICCIONES
DE USO CASA DE LA EQUIDAD DE LA MUJER
Actualmente la entidad se encuentra realizando los trámites administrativos para iniciar las obras de reforzamiento estructural del inmueble denominado "Casa Equidad de la Mujer", ubicada en la Cl 10 No 1-15 Y KR 1 No 9A-31. Esta gestión se inició desde el año 2012, el 17 de abril de 2013 el Instituto Distrital del Patrimonio Cultural expide la Resolución número 184 con los planos debidamente sellados, por tanto la Entidad acudió a la Curaduria Nro. 3, para preliminares de presentación del proyecto.
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Se recibe por parte de la Curaduria Nro. 3 el boletín de radicación con número 133-0970 para el trámite de la licencia de construcción. El 14 de agosto de 2013 se radican planos ante el Ministerio de Cultura. La entidad suscribió el contrato de Obra número 245-13 con la firma Constructora y Consultora DAVINCI SAS por valor de $ 28.953.600 Incluido IVA para realizar el diagnóstico, análisis de vulnerabilidad sismica, cálculo y diseño estructural para el reforzamiento sismo resistente del inmueble. EI19 de noviembre de 2.013 se envió oficio al FOPAE con número de radicado 2013 ER24532 para solicitar concepto técnico de remoción en masa. En el año 2014, El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural entregó los planos de diseño estructural mediante Resolución 754 firmados por la Arquitecta Johana Mardini, por tanto la Entidad procedió a radicar los planos estructurales en el Ministerio de Cultura, el Departamento de Ingenieria de este Ministerio, realizó observaciones, por tanto la Entidad procedió a efectuar las correcciones y radicará nuevamente los planos estructurales ante el IDPC, con las observaciones solicitadas por el Ministerio de Cultura ya corregidas, para su aprobación. CASA ANEXA A LA VICEPRESIDENCIA
DE LA REPUBLlCA
Se encuentra ubicada en la Carrera 9 No. 7-24 de la ciudad de Bogotá, fue adquirida mediante Escritura Pública No. 4958 del 31 de agosto de 1995, de la Notaria Segunda del Circulo de Bogotá, por compra efectuada a las señoras LEONOR CALLEJAS DE BOTERO Y BEATRIZ ADELAIDA CALLEJAS MARIÑO, por valor de $25 millones. El mencionado inmueble es una casa de habitación, junto con el lote de terreno sobre el cual se halla construida, con extensión superficiaria de trescientos veinte metros cuadrados (320 mts2) y Registro Catastral 7-8-15. Consta de tres (3) locales comerciales, cuatro habitaciones, dos plantas, cocina, y área social. En el numeral 4° de la Escritura Pública de compra del bien en mención se deja constancia de que la casa se encontraba ocupada por "invasores", que se recibe el inmueble habitado y se exonera a las vendedoras de entablar las acciones policivas, civiles o penales que se desprendan directa o indirectamente de la ocupación del inmueble. Teniendo en cuenta lo anterior, El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, firmó el Contrato de Transacción No. 001-12, cuyo objeto era el siguiente: "... terminar extrajudicialmente un litigio pendiente y a precaver un litigio eventual. El señor GONZALO ROJAS RIOS y el DAPRE, se obligan a terminar un proceso reivindicatorio radicado bajo el número de expediente 2005-525 que correspondió por reparto al juzgado 37 Civil del Circuito de Bogotá, el cual, mediante Auto del diecinueve (19) de abril de dos mil doce (2.012), remitió al juzgado 20 Civil 8
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del Circuito de Descongestión de Bogotá. Los señores GUILLERMO ANTONIO CALDERON, HECTOR ALVARO TORRES JIMENEZ y RICARDO CELlS GUZMAN se obligan a no demandar al DAPRE por conceptos relacionados con la tenencia del bien inmueble ubicado en la ciudad de Bogotá con la nomenclatura urbana (dirección principal) Carrera Novena (9") número Siete - Veinticuatro (7-24) con dirección secundaria y/o incluye: Kr 9 No. 7-30, kr 9 No. 7-28 y Kr 9 No. 7-22, cuya matricula inmobiliaria es 50C-382788, el cual es de propiedad de la NaciónDepartamento Administrativo de la Presidencia de la Republica o cualquier proceso relacionado con la tenencia o posesión sobre el mismo". El pago se hará una vez se reciba el predio. En el mes de marzo de 2013, la Entidad recibió el inmueble y se efectuaron los desembolsos, asi: No. desembolso 0913 0914 0915 Resol 633-227
Fecha
Beneficiario
26 marzo 2013 26 marzo 2013 26 marzo 2013 8 Abril 2013
Roias Ríos Gonzalo Celis Guzmán Ricardo
Torres Jiménez Héctor Alvaro DIAN - Impuestos Sr. Guillermo
1383 VALOR TOTAL
14 mavo 2013
Valor
Antonio
adeudados
del
$160.910.000 $15.000.000 $15.000.000 $1.492.000
Calderón.
Calderón Guillermo Antonio
$20.208.000 $212.610.000
El acta suscrita para la Entrega del inmueble se protocolizó en la escritura No. 2069 de 15 de noviembre de 2013, de la Notaria 22 del Circuito de Bogotá. Teniendo en cuenta el estado actual de la casa esta no está habitada, por tanto la Entidad manifestó a la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS, que deseaba aportar en el marco del literal b) del articulo 2 del decreto 727 de 2013, este inmueble, con el fin de adquirir derechos de participación patrimonial en el proyecto denominado los "Ministerios" que adelanta EBV SAS, a lo cual la EBV SAS acepto este ofrecimiento, por tanto se procedió a efectuar un avalúo comercial del inmueble y se estaban adelantando los trámites administrativos para efectuar la entrega de este inmueble y recibir los derechos de participación patrimonial. Con la expedición de la Ley 1753 de 2015, la cual en su articulo 245, transformó la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS en la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgílio Barco Vargas y a su vez el parágrafo 1 de dicho articulo establece. "Parágrafo JO. Se jaculfa a las enfidade.\' públicas del orden nacional para trml.\jerir a título gratuito los inmuebles ubicados en las áreas de los pro.veclus que desarrolle la Agencia"
Asi las cosas la Entidad está revisando la nueva normatividad con el fin de establecer el procedimiento a seguir para entregar este inmueble a la Agencia. 9
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4. LIMITACIONES QUE INCIDEN EN EL SISTEMA CONTABLE El Decreto 2674 de 2012, determina el marco para la administración, implantación, operatividad y aplicabilidad del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF. Este sistema presenta las siguientes insuficiencias en el campo contable: -No está desarrollado el módulo de almacén e inventarios por lo cual todos los registros efectuados en estas dependencias deben elaborarse en forma manual. Igualmente sucede con las depreciaciones, provisiones, amortizaciones y nómina, para suplir estas carencias la Entidad cuenta con los siguientes sistemas complementarios: Aladino: en el cual se registra el movimiento de almacén e inventarios y se efectúan las depreciaciones (a bienes muebles de todas las cuantías, que estén al servicio de la Entidad o en Comodato con una Entidad del Sector Central) y amortizaciones a todos los bienes incluidos en los contratos de Comodato con empresas o entidades de sectores diferentes al nivel Central. Hominis: en este aplicativo se liquida la nómina. Sistema de Gestión Financiera: este aplicativo fue desarrollado por la Entidad para la elaboración de las cuentas de pago Adicionalmente el SIIF presenta otra insuficiencia, en el momento de generar la orden bancaria para contabilizar los recursos situados a las cuentas bancarias de la Entidad el sistema no permite digitar el valor real a girar, lo cual genera ajustes manuales. LIMITACIONES SUPERADAS EN EL SIIF 11 Desde último trimestre de 2013 se puede generar el informe de Operaciones Reciprocas. A partir del mes de noviembre de 2013, las legalizaciones de las cajas menores están cargando en línea a contabilidad. Durante el año 2014 los comprobantes automáticos y manuales traen el concepto que permite identificar los registros. El sistema genera los estados financieros comparativos El Reporte auxiliar detallado por PCI, ya trae el concepto por el cual se registraron los hechos.
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DEFICIENCIAS DEL APLICATIVO
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CHIP:
La información debe transmitirse a la Contaduría General de la Nación a través del aplicativo CHIP. el cual debe reportarse en miles de pesos, lo que genera demora porque hay que formular nuevamente todo el catálogo de cuentas y aproximarlo. presentando diferencias de pesos, lo cual no es eficiente para las entidades que hacen parte del ámbito SIIF. porque éste ya cuenta con toda la información pero se debe procesar nuevamente de acuerdo con los protocolos establecidos en el sistema CHIP para poderlo transmitir. 5. CONSOLlDACION
DE LA INFORMACION CONTABLE
Los saldos reflejados en los Estados Financieros corresponden a la información del DAP.R.E .• consolidada con el Fondo de Programas Especiales para la Paz y el Proyecto de Fortalecimiento de Acción contra Minas en Colombia. El Fondo de Programas Especiales para la Paz cuenta con un Contador Público que genera, controla y responde por la información reportada a través de Unidades Ejecutoras en la Posición de Catalogo Institucional- PCI en el SIIF 11. Los PCI. que se relacionan generan la información a consolidar: • •
•
PCI 000: Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. PCI 002: Proyecto Fortalecimiento de la Acción contra Minas en Colombia, creado mediante el Convenio DCI-ALA/2010/22250 de agosto de 2011 y Addendum No. 1 de 2012. PCI 005: Fondo de Programas Especiales para la Paz fue creado mediante Ley 368 de 1997. Decreto 716 de 1994 y Decretos 1225 y 2429 de 1997.
2. NOTAS DE CARACTER ESPECíFICO CONSISTENCIA
Y RAZONABILIDAD
RELATIVAS A SITUACIONES SUBCUENTAS (1) CAJA
PARTICULARES
DE LOS GRUPOS, CLASES Y
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República maneja cinco (5) cajas menores para la vigencia 2015. esta cuenta a 31 de mayo de 2015 presenta un saldo de $1.613.100.000. de la constitución de las cajas menores, estos recursos son manejados a través de cuentas bancarias corrientes, asi: Pesos
1I
DEPARTAMENTO
CAJA
ADMINSTRATlVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REI'UBLlCA CUENTA
MENOR
CORRIENTE
31 DEMAYO
31 DEMAYOCE2015
S
DE 2014
1.Despacho del Señor Presidente
050-25283-2
S 44700000
2.Area Adnmustratrva
050-00134-6
S
3Viátlcos
y Gastos de viaje al intenor
050-00 109-8
S 340600000
S 369.100
4ViátlcoS
y Gastos
050-25290-7
S 650.000.000
S 607.500000
de vICIJe al exterior
S.Gasa de Huéspedes Ilustres
O
230-002321
S 500.000000
026-00141-2
6.Fondo Paz TOTA
CUENTA
L
S
77.800.000
S 1_613_100_000
1105
88 000 000
152200000
S
000
10400000
S 500.000 000 S 1_727 _200.000
(2) DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS: Esta cuenta, a 31 de mayo de 2015 tiene un saldo de $72_183.657,80, que corresponde a la consignación efectuada por Ministerio de Defensa- Fuerzas Militares en desarrollo del Convenio 001-15 suscrito con el Departamento Administrativo de la Presidencia - Fondo Paz por valor de $66.893.850, adicionalmente está el valor consignado por fotocopias y la venta de material reciclaje a favor de la entidad, como se indica en el siguiente cuadro: Pesos SALOOCE.BHCOSAL
I
31 CE MAYO
ce
2015
PROVEEOOR
CONCEPTO
IREOaAJE FAC1URo\S 169 y 170
f¥;fUES
IFAC1URo\S FOTOCOAAS 168
SAllY
El 1UNAL SA S ANCREA MAI-EOtA
ISALOOS FC>RAFROXJI.1AOCX'-ES PAGO DE RElENClO.£S
SALOO S 233 427,00 S 40000,00 S 4 380,80 $ 271.807.80
TOTAL BANCO G8'JERALES
I I
IACRfH)()Al;SVA"OS
- FOMlOPAZ-
OOSA HUBERDE JESUS
TOTAL BANCO ACREEDORES
S 5012 000,00 S 5.012.000,00
I iTRAS>FERENOAS Fomo
OO'JVENIO 001-15 CO'J LA FUERZAS MUTARES
f¥;Z
TOTAL BANCO 1RANSFEReJeIA S TOTAL BAN:OS
72.183.657.80
S 66 893 850.00 S 66.893.850,00 S 72,183,857,80
Las cuentas bancarias corrientes relacionadas en el cuadro anexo se encuentran debidamente conciliadas al cierre y no presentan partidas pendientes de depurar. 12
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-
a.,.;o
-
-
~
-
-
OESC~PCla.l
lDemACACION
DE LA
31 CEMAYOCE2015
~
-
31 CE MA YO
ce 2014
CTA ere No ¡BANCOPCPU.ARS
GASTOS rrnsOfll\lES
A.
SO.OO
110- 040-00075-4
CTA CIENo ISANCOPC:F'UARS
GASTOS GElffiAlES
A
S 34
S 277 807,80
475,45
110-050-00094.2
I
CTA CTENo BANCOOAVtvIEN[)\
SA
T1WISfEffilOAS
S 66 893 850 00
0000 '8992677
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CTA CTEUo
I
CTA CTENo
S 0,00
A CREBXlRES VA R1CG
BANCO PCPU.A R
S 2506 000.00
"0.050.00'28.8 A ffiEEOORES VARlOS
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30070.000583-2
BANCOOAvrJ'ENC>'I R8J ¡BANCAFE
CTA CTENo
~.
0000.1899-268-5
S 50'2000.00
S 0.00
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S 2.540.475.45
$ 72.183.657.80
TOTAL Ct..eJTA 1110
Desde el año 2006/a entidad efectúa /a cancelación a los proveedores con abono en cuenta a través del SI/F.
(3) INVERSIONES PATRIMONIALES
EN ENTIDADES CONTROLADAS
El saldo de esta cuenta corresponde a la inversión efectuada por la Entidad en la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS, con la adquisición en el año 2013 de 440 acciones nominativas por un valor unitario de cincuenta millones de pesos ($50.000.000), para un total de veintidós mil millones de pesos ($22.000.000.000) de acuerdo con el titulo Nro. 7 expedido por la empresa, durante el año 2014 se efectúo una nueva capitalización por veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000), correspondiente a 400 acciones por un valor nominal de cincuenta millones ($50.000.000) cada una, de acuerdo con el titulo Nro. 10, de fecha 20 de agosto de 2014 para un total de 840 acciones por $42.000.000.000, Adicionalmente en esta cuenta se contabiliza la utilidad obtenida por el resultado del ejercicio de esta empresa, asi VALOR NOMINAL
$
ACCIONES
VALOR CORRESPONDIENTE
A LA PARTICIPACiÓN
DE LA UTILIDAD
A LA PARTICIPACiÓN
DE LA UTILIDAD
$
2013 VALOR CORRESPONDIENTE
$
2014 VALOR CORRESPONDIENTE
A LA PARTICIPACiÓN
DE LA UTILIDAD
$
13
10.038.795,10 281.045.772,96
A
$
ABRIL 2015
42.000.000.000,00
98.895.893,64 42.389.980.461,70
DEPARTAMENTO
ADMINSTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCA
Pesos
I
31 CE p.,\AYOCE 2015
DESCRlFOCtl
: e.lFRESA
t.IA(X)ltAL DE RENOJAOOU y U~NO VIRGlUO BARCO TOTAL
S22012J10300.38
S 42 389980.t61.70
I CESARROLLO
~
31 C'Ef.IAYOCE201J
S 22.012.410.390,38
$ 42.389.980.4&',70
CUENTA 1208
El artículo 245 de la Ley 1753 de 2015, transformó la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS en la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas con personeria juridica, domiciliada en la ciudad de Bogotá, D. C., con autonomia administrativa y financiera, y adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, de igual forma estableció que el patrimonio de la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas estará constituido por: bienes y recursos públicos provenientes del Presupuesto General de la Nación, los provenientes del desarrollo de su actividad y del giro ordinario de sus negocios, los bienes que adquiera a cualquier titulo, gratuito u oneroso, y los productos y rendimientos de ellos, asi como los bienes que posea al momento de su transformación. Teniendo en cuenta esta nueva normatividad se solicitó a la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS, indicar que operación se debe efectuar y cuál es el soporte legal para transferir la participación patrimonial que tienen la Presidencia de la República a la Agencia Nacional Inmobiliaria Virgilio Barco Vargas (4) PROVISiÓN PARA PROTECCiÓN DE INVERSIONES (CR) El saldo en esta cuenta corresponde a la provisión efectuada a la inversión realizada por la Entidad en la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano Virgilio Barco Vargas SAS, teniendo en cuenta el valor intrinseco de la acción a abril de 2015 certificado por la empresa por $ 40.712.617.390.00 El cálculo se efectúo de acuerdo con el procedimiento establecido por la Contaduria General de la Nación, para la valoración de inversiones en entidades controladas. -
I
APClRlES
DECAATAL
-
31 ce"''AYO
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