Story Transcript
CSJ 201/2013 (49-I)/CS1 R.O. Instituto de Asistencia Social de la Provincia del Chubut el AFIP - DGI si contencioso administrativo.
Buenos Aires, Vistos Provincia
los
autos:
del Chubut
"Instituto
c/ AFIP
de
Asistencia
Social
- DGI s! contencioso
de
la
administrati-
va". Considerando: 1°) Que Ri vadavia
la Cámara
confirmó,
instancia
por
que hizo
de Asistencia
Social
recaudador
puesto por
del
aquéllos,
283/288
668/74,
por el Instituto
del Chubut
los actos por los cuales
el orga-
y concursos
de la actora deportivos
-establecido
las respectivas
de reconsideración
la
citada
resolucio~ interpuestos
la inconstitucionalidad de
en el im-
del ley
arto
(conf.
2° fs.
Y 355/361) .
de alzada
aceptable
recurrir
naturaleza,
Chubutense"
no estaba
y similares)"
no
juegos
incluido
que en materia
o de reserva
indicado,
el tri-
tributaria
rige el
de la ley,
para
señaló
de esa
en que el juego de azar denominado
"Tele-
se encontraba
y concursos entre
alcanzado
deportivos
los "juegos
consideró
interpretar
que no es
normas
a que se refiere
legislativa
en el sentido
a la analogía
y concluyó
los premios,
decidir
tuvo en cuenta
de legalidad
técnica
anterior
la AFIP-
reglamentario
principio
bingo
la
contra
los recursos y declaró
de Comodoro
de
entablada
así también,
2°) Que para bunal
sentencia
la obligación
juegos
como
rechazaron
decreto
revocó
determinó
la ley 20.630-
contra
la
de la Provincia
a los premios,
nes que
mayoría,
de Apelaciones
lugar a la demanda
DGI y, en consecuencia, nismo
Federal
por
pues,
de sorteos
el impuesto
en su concepto, (loterías,
el arto 1° de la ley 20.630, deficiente.
-1-
a
rifas cuya
3°) recurso
ordinario
concedido contra
por
una
es parte, sorios, ap.
Que
contra
de apelación
el a qua
sentencia
(fs. 396/396
el mínimo
decreto-ley
esta Corte.
El memorial
establecido
de agravios
para
sujetos
establecido
de
párrafo
sorteo
la resolución
zados por ese tributo
de la entidad
organizadora".
y similares)".
de juego
Cabe
aclarar
del impuesto",
o entidad
contarlo
del
efectivo
su pago,
el monto del
respectivo
premio
acreditación
de premios
del impuesto".
juego. a supeditar
en
en especie,
dé quiniela
y aqueen poder
que el arto
2° esta-
momento
a su ingre-
en
juego o
"deberá que
"exigirá
del
des-
hiciere
al beneficiario"
premio
en
queden
A tal fin la ley faculta del
ganados
En el segundo
én efectivo,
el
quedan
del respectivo
o entrega
el pago
que
y obligado
organizadora
que, en los casos de premios
supuestos
y su con-
que no están alcan-
beneficiario,
concurso"
los
de
establece,
de este pleito,
se establece
de tercéro
que el "responsable
so, es "la persona
rifas
"los premios
ausencia
ley 20:630
por ~lla "los premios
artículo
llos que, por
blece
6° ,
inc.
1360/1991
obra a fs. 404/423
la decisión
(loterías,
del mencionado
24,
a fs. 431/443 vta.
en lo que interesa
juegos
la Nación
sin sus acce-
el art.
4°) Que el arto 1° de la citada
al gravamen
se dirige
en que
término,
por
dedujo
que fue bien
en tanto
causa
en último
y
vta.),
vta.),
en una
1285/1958
por la actora
la AFIP-DGI
(fs. 364/364
disputado
a, del
testación
decidido,
definitiva,
y el valor
supera
lo. así
y, en
beneficiario
al organizador
"a la percepción
del
monto debido por aquel concepto". 5 0) examine
radica
Que
la cuestión
én determinar
central
que
se debate
si el "Telebingo
-2-
en el sub
Chubutense"
orga-
CSJ 201/2013 (49-I)/CS1 R.O. Instituto de Asistencia Social de la Provincia del Chubut e/ AFIP - DGI s/ contencioso administrativo.
nizado
por
la entidad
se refiere mios
el arto
abonados
cuentran
actora,
tiene
1° de la ley citada
a los
alcanzados
concursantes
que
por el gravamen
6°) Que el "Reglamento tense"
-aprobado
Asistencia fs. 151/157 tivas-
por
Social del
participación
cuerpo
de cada partida quince
y unidad,
de
cartones
números
podrán
números
y
del Chubut,
y/o cupones,
sorteo, las
cuya
copia
de
adquirir todos
con
bolas
obra
a
con la
dieciocho
años
antes del inicio
ellos
distintos,
los premios
por
que serie
dispuestos,
coincidencias
si
entre
ta-
extraigan
en
con las previsiones
de
numeradas
de acuerdo
de
administra-
los que identificados
existieran
del sorteador,
Instituto
se articula
mayores
Chubu-
del
de las actuaciones
deben
agraciados
de
477/2004
personas
se en-
por aquella.
del Telebingo
que
a que
si los pre-
ganadores
establecido
de azar
cada uno,
ser
los
forma aleatoria
juego
de apostadores,
en su correspondiente les
"un
voluntaria
resulten
resolución
principal
como
que, en carácter
tienen
la
en los juegos
y, por ende,
del Juego
de la Provincia
lo define
cabida
que
se
este reglamento". 7°) Que de la norma ley 20.630) men
recae
mención tiene
surge sobre
que
un sentido
"y similares"
haber
"los
luego
gos comprendidos
sido
claramente
meramente
ganados
texto
en esa norma,
adoptado,
entre
exhaustiva
que el grava- . de
sorteo".
"loterías"
o ilustrativo resulta'de
efecto,
y detallada
el
de los juela expresión
legislador
el objeto
de todas
La
y "rifas"
la frase que, por lo demás,
para definir
-3-
juegos
de
tal como
paréntesis .En
como técnica
(art. 1° de la
interesa-
en
legal
aclaratorio
con la que concluye
colocada
la enumeración
el
transcripta
-en lo que
premios
hace
antes
ha
pudo
del tributo,
y cada una de las
distintas tendía
modalidades
establecer
término
de juegos
un tributo
más genérico,
ficación
premios
de
del
los
o bien,
comprensivo
que desp,eje dudas
indicación
como
del sentido
excluidos,
de quiniela
lo hizo,
del conjunto,
acerca
supuestos
jue90
de azar sobre cuyos premios
(conf. segundo
utilizar
un
con una ejemplide aquél
tal,
pre-
por
y con la
ejemplo,
párrafo
los
del citado
arto l° de le ley 20.630). 8°) Que la redacción te la exigencia los
de prescribir
contribuyentes
conductas otros).
les para gislador,
tales
en materia
Al respecto
.analogía
312: 912,
puedan
ni
disposiciones
6°, deban
el propósito una
307:871;
314:745,
juegos
números, ellos las
otros),
2° del decreto
donde
bonos,
no
la
por el le310:290;
significa
entenderse
con
el
que al-
sino en forma tal que
de acuerdo
con los principios
interpretación
(Fallos:
668/74,
citada
un
comprensión, en cuanto
se considerarán
conjunto
179: 337;
elementos suerte,
al azar
o por
se les atribuyen
premios
previamente
del
texto
legal,
-4-
pues
no se advierte
dispone
que a los
de sórteo
de
etc.)
previsiones
entre
materia-
(Fallos:
ello
necesariamente
con la indicada
fines de la ley antes llos
tributarias
obligación
entre
discreta
255:360,
entre otros).
9°) Que, que el arto
una
que su texto. admita,
y
respectivas
allá de lo previsto
de la ley se cumpla
razonable
sus
para que
que si bien no es aceptable
más
imponer
considerando
ajustar
de las normas
el derecho
razonablemen-
los gravámenes
(Fallos: 253:332;
cabe precisar
cance más restringido
de
fácilmente
tributaria
para
satisface
claramente
en la interpretación extender
empleada
dados a uno
"a aque(billetes,
o alguno
establecidos", la
norma
de
exceda
reglamentaria
CSJ 201/2013 (49-I)/CS1 R.O. Insti tuto de Asistencia Social de la Provincia del Chubut el AFIP - DGI si contencioso administrativo.
transcripta alcances
se presenta
premios
Que,
del juego
a las
por
explicitación
ley, pues
dicho
con
por
juego
el
tanto,
"Telebingo
alcanzados
acuerdo
lo
características
cuentran
según
una
que el
y
corresponde
Chubutense" resultan impuesto
tiene
sentido
lo expresado
cabida
ge del aludido en
Bingo",
que
sea
el
de
"Telebingo
las
emitido
transmitir
televisiva
asimismo premio zación, dos
forma
Oficiales. directa del
fin" que
podrán según
(arto 14, inco los
cartones
presentarse
al
de
para
la
se
a través
Está
juego
a todos
su "canje,
(arto 10) o
-5-
que
"Sala
los
el
el
de
sorteo
obj eto
apostadores
del público
donde
de que
un plazo
establece
obtenido
conversión de quince del
lá señal
contratadas
reglamento hayan
en todo
llegue
repetidoras
que
finalización
parti-
de los "Permisio-
"con
por parte
de
para
sur-
(a la "Sala de Bingo")"
del Chubut,
hasta
según
a la
previsto
televisión
cupones
de
atribuirle
que,
limita
c). El citado
o
corresponda",
posteriores
no
7 TV y/o
citada
que anteceden
d~ concurrir
de la Provincia
de Lo U o90 Canal
corresponde
por
su observación
la
de los cartones
realizarse
en condiciones
y "para
el territorio
tal
también
la resolución
(art. 2°),
la venta
por
se en-
1° de aquélla,
cabe señalar
Chubutense"
Agencias
en
no se hallen
para
reglamento,
los
a éste confor-
establecido
alcances
que
de su reglamento-
en los considerandos
pues puede
narios
de los
concluir
-tomando
en el arto
11) Que, por otra parte,
cipar
razonable
de aquél. 10)
me
como
algún
o efectivi-. días
pertinente
corrisorteo
Tales
características
se" -en esencia, personas
la participación
posterioridad-
"juegos
ca, treinta
por
por casinos
establecido
inoficioso
por
detenerse
la ley
en la sala
reclamar
el premio
claramente
de
(ruleta, punto
que segón
no deben
de
los
y salas de juego oficia-
competente
668/74
Chubuten-
indeterminado
estar presentes
diferenciarlo
etcétera)",
1° del decreto
"Telebingo
y que pueden
por autoridad
y cuarenta
el impuesto
sultaría
permiten
de azar habilitados
les o autorizados
del arto
el sorteo
juego
de un nómero
que no deben. necesariamente
en la que se realiza con
del
el segundo
considerarse 20 0630, por
y banpárrafo
alcanzados lo cual
en ,el examen de la citada
re-
disposi-
ción reglamentaria. Por ello, se revoca se
rechaza
Procesal
la
Civil
la decisión
demanda o Con y Comercial
costas
apelada (arts.
y, en consecuencia, 68 y 279
de la Nación) o Notifíquese
vaseo
~~4' CARLOS So FAYT
-6-
del
Código
y devuél-
CSJ 201/2013 (49-I)/CS1 R.O. Instituto de Asistencia Social de la del Chubut e/ AFIP - DGI s/ contencioso trativo.
Provincia adminis-
Recurso ordinario de apelación interpuesto por la AFIP - DGI, representada por la Dra. Silvia Patricia del Carmen Bandini, con el patrocinio letrado de los Ores. Mauricio Sebastián Britapaja y Julián Pablo Coronel. Traslado contestado por Eduardo R. Fernández. Tribunal
de origen:
Tribunal que de Rawson.
la Provincia
Cámara
intervino
con
Federal
del Chubut,
representada
de Apelaciones
de Comodoro
anterioridad:
-7-
Juzgado Federal
de
por
el Dr.
Jorge
Rivadavia. Primera
Instancia