DEONTOLOGÍA PARA EL TALENTO HUMANO EN SALUD: EL CASO DE LA ODONTOLOGÍA

DEONTOLOGÍA PARA EL TALENTO HUMANO EN SALUD: EL CASO DE LA ODONTOLOGÍA POR: JOSÉ PABLO VELÁSQUEZ ESCOBAR ODONTÓLOGO/ABOGADO ESPECIALISTA EN DERECHO D

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DEONTOLOGÍA PARA EL TALENTO HUMANO EN SALUD: EL CASO DE LA ODONTOLOGÍA

POR: JOSÉ PABLO VELÁSQUEZ ESCOBAR ODONTÓLOGO/ABOGADO ESPECIALISTA EN DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL MAGISTER EN DERECHO, SALUD PROFESOR E INVESTIGADOR UNIVERSITARIO

“Las asociaciones científicas deben alentar a los profesionales a adoptar conductas éticas para mayor beneficio de sus pacientes”. (Ley 1438 de 2011, art. 104)

TEMARIO  DEONTOLOGÍA  PRINCIPIOS, VALORES Y VIRTUDES Y DERECHOS DEL TALENTO HUMANO EN SALUD  LA ODONTOLOGÍA Y LOS DERECHOS DEL PACIENTE  PAUTAS DE CONDUCTA MORAL ENTRE ODONTÓLOGO Y PERSONAL AUXILIAR  DE LA RELACIÓN ENTRE COLEGAS  DE LA RELACIÓN CON OTRAS INSTITUCIONES  DE LOS DEBERES FRENTE AL AMBIENTE  CONCLUSIONES

RESPONSABILIDAD Obligación de asumir las consecuencias derivadas de toda conducta (acción u omisión) con trascendencia biológica, psicológica, económica y socio-jurídica.

MANIFESTACIONES DE LA RESPONSABILIDAD •MORAL, ÉTICO/DEONTOLÓGICA, SOCIAL

PENAL

CONTRACTUAL

CIVIL EXTRACONTRACTUAL

•JURÍDICA

    

ADMINISTRATIVA FISCAL (TRIBUTARIA)

LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL AMBIENTAL

Hecho propio Hecho de terceros Hecho de las cosas Actividades peligrosas Actividades Normales

DEONTOLOGÍA Es el estudio de lo debido que se traduce en la construcción de códigos de conducta moral para las profesiones, artes u oficios.

P R I N C I P I O S B I O É T I C O S

VERACIDAD IGUALDAD AUTONOMÍA BENEFICENCIA MAL MENOR NO MALEFICENCIA TOTALIDAD CAUSA DOBLE EFECTO

HUMANIDAD DIGNIDAD

RESPONSABILIDAD PRUDENCIA SECRETO-CONFIDENCIALIDAD

OTROS RESPETO FIDELIDAD A LA PROMESA ABNEGACIÓN HUMILDAD INTELECTUAL COMPASIÓN MAGNANIMIDAD PERICIA (CONOCIMIENTOS, HABILIDADES, DESTREZAS, EQUIPAMIENTO) AMABILIDAD FRANQUEZA/HONESTIDAD URBANIDAD PUDOR

JUSTICIA

VALORES Y VIRTUDES

• • • • • •

OBJECIÓN DE CONCIENCIA PROTECCIÓN LABORAL BUEN NOMBRE COMPROMISO ÉTICO EJERCICIO COMPETENTE RESPETO DE SU AUTONOMÍA SIN CONSTREÑIMIENTO

• PROTECCIÓN DE LOS LAZOS AFECTIVOS DEL PACIENTE. • PROMOCIÓN DE UNA CULTURA ÉTICA. • RESERVA CON TECNOLOGÍAS EN SALUD DESCONOCIDAS. • FORMACIÓN DE APRENDICES. • APLICAR ÉTICA Y BIOÉTICA EN SALUD. • AUTORREGULACIÓN

“Las profesiones del área de la salud están dirigidas a brindar atención integral en salud… en los procesos de promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y paliación.” (Ley 1164 de 2007, artículo 17)

“Ninguna persona podrá realizar actividades de atención en salud o ejercer competencias para las cuales no está autorizada”. (Ley 1164 de 2007, artículo 22)

El personal auxiliar en salud oral es un grupo cualificado de personas hacen parte del talento humano en salud con énfasis en el área de la salud bucal, con una vocación de servicio que se hace manifiesta a través del cuidado de sí (autoestima), del otro (profesionales, colegas, pacientes, personal administrativo, proveedores, autoridades) y de lo otro (el ambiente).

DEBERES DEL THSO CONSIGO MISMO

RELACIONES CON AUTORIDADES

DEBERES CON EL PACIENTE

DEONTOLOGÍA DE LA ODONTOLOGÍA RELACIONES ENTRE PROFESIONALES PERSONAL AUXILIAR

RELACIONES CON PROVEEDORES

RELACIONES CON COLEGAS

“No debemos permitir que alguien se aleje de nuestra presencia sin sentirse mejor y más feliz”. (Teresa de Calcuta)

¡MUCHAS GRACIAS!

DEBERES DEL THSO CONSIGO MISMO CRECIMIENTO PERSONAL HOLÍSITICO AUTOESTIMA RESPETO Y CUIDADO DE SÍ ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL PERMANENTE

CULTIVO DE LA VIDA SOCIAL

DEBERES CON EL PACIENTE 1.

Brindar atención integral, oportuna y de alta calidad a los pacientes

2.

Atender de manera oportuna a toda persona que tenga una urgencia “sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno”.

3.

Mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con los pacientes.

4.

Dar información clara, apropiada y suficiente a los pacientes con respecto a su situación de salud y a los riesgos de los procedimientos.

5.

A prestar servicios de salud en las condiciones y términos de ley.

DEBERES CON EL PACIENTE 6.

Tratar dignamente al paciente respetando sus creencias, costumbres y opiniones personales sobre los procedimientos.

7.

A que la información, del paciente, en especial la signada en la historia clínica sea manejada de manera confidencial.

8.

Brindar una asistencia de calidad desde la idoneidad científico-técnica y jurídica del THS.

9.

Prestar servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y la intimidad de los pacientes.

10. Informar a los pacientes sobre los canales formales que posibiliten su participación social en salud y dar respuestas por escrito.

DEBERES CON EL PACIENTE 11. Dar explicaciones o rendición de cuentas por los tratamientos prestados. 12. Aceptar su voluntad sobre aceptación o no de donar órganos. 13. No ser sometido en ningún caso a tratos crueles o inhumanos que afecten la dignidad, ni obligarlos a soportar sufrimiento evitable, ni a padecer enfermedades que pueden recibir tratamiento. 14. No trasladar cargas administrativas y burocráticas al paciente que les corresponde asumir a los encargados o intervinientes en la prestación del servicio. 15. Brindar al paciente todas las posibilidades de tratamiento para la superación de su enfermedad.

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