Story Transcript
EL
REGIMEN
JURIDICO DE PLATAFORMA
LOS HIDROCARBUROS CONTINENTAL
EN
LA
'
Dr.
Juan
Antonio
Travieso
Introducción
l.
El
técnico trae utilización de
progreso la para
sarios social
aparejado sus
un
beneficios.
desarrollo de conceptos neceEl derecho como técnica fundamentan que aquel es posterior a la sociedad. al derecho. de la técnica a hace cien que campos
las cuestiones específica debe regular del derecho postulado en el que la existencia Hoy un nuevo postulado anticipa la existencia La norma jurídica, de esta forma, se extiende años
no
imaginaban.
se
En la Tierra se prolongan los ámbitos regulados; con terrestre también llega a la acción del hombre “el hombre, técnico" en una medida creciente es un ser
el
en
ultra-
espacio
derecho.
su
Es
que
(1).
René Valin,
de la sobede extensión en 1870 comienza la idea la plataforma en en las tierras ríbereño sumergidas, nueva ha hecho más de 100 años irrupción una poco de Las figuras de la técnica. institución del progreso jurídica de la mano en nuestra Suárez se Storni y José León proyectan Argentina desde las la a la luz de actuales del siglo XX y se hacen décadas primeras Conde la III Conferencra vención de 1958 y de los esfuerzos de Ginebra la fecha. 1973 hasta reunida desde sobre Derechos del Mar
Desde ranía del
Estado En
continental.
En
chos
el
en
EE.UU., regional americano, mientras continental, plantaforma sus constituciones pretensionES
marco
su
incorporan
en
lombia,
Costa Panamá
gua,
La
y
Rica, El Salvador, Venezuela).
Argentina
sobre
“el
(Ley
14.708/46);
sobre tes
desde sobre
“la y el
(Decreto sobre
plataforma
su
terminológica
reivindica derede America Estados Coel area (Brasfl: Nicara-
1945
Mexnco,
1386/43) “el
extiende zócalo continental
submarina"
de las subsuelo 'lecho de] mar Por territorio... (Ley 17.094/67). ‘de someter la intención es clara soberanía argentina. el
a
1943
epicentinental";
mar
desde «tros sobre
Honduras,
Guatemala,
zonas enCJma
la
su
soberama
argentmo
(Ley_14.773/58)y submarinas adyacende
esa
plataforma
diversxclad1
continenta
la horizontes los extiende técnico que Ese hombre eminentemente de base de la energía como necesita el derecho sus que utiliza que da Vida al la energía es la sangre El que “en 1a era industrial ¡a mun la demanda económico” (2), y así en la década del setenta
a
_
y
proyetctos. Ient-ia 31.5
energía
casi
se
duplicó. _95__
e
una el petróleo tiene fundamende ideas, orden importancia En ese el 50% del consumo enerhidrocarburo este En EE.UU. representa el 60% y en Japón el 70%. Esa circunsgético; en Europa Occidental un es “el petróleo no Occidente a afirmar lleva lujo para tancia que industrial de Occidente “la economía en su una necesidad", sino y que del también totalidad petróleo” (’). Recordemos depende actualmente de los precios del petróde 1964 producida mundial la crisis por el alza sus políticas y económicas. leo, con repercusiones
tal.
Por nales
las sobre
están
la
expuestas
razones
conformación
de
las
normas
internacio-
en buena están medida continental vinculadas plataforma sino también el militar petróleo pues no sólo el poderío económico a este combustible. el mundo contemporáneo supeditados
el
con
en
En la Argentina, según el “Programa Energético 1980/2000" de la de Energía, la energía proveniente de los hidrocarde Estado Secretaría el 82,5% del buros flujo energético total. (gas y petróleo) representa la energía hidroeléctrica un En las mismas estadisticas, 10,19% representa un 1,26% del flujo energético total. y la nuclear se el “Programa” citado 1980 y el año 2000 la prevé que entre del ser del petróleo en la producción de energía deberá hidroelectricidad. el resto con e cubriéndose energía nuclear gas, con las perspectivas de agotamiento en cuyo plan está de acuerdo tener también la energa debemos solar presente que integrará el de los proceSOS industriales del siglo XXI. combustible
En
participación 40%, Este caso
II.
Legislación
Nacional Continental
Plataforma Con
el
sobre
indicado
encuadre
Hidrocarburos
podemos
ahora
en
la
iniciar
el
examen
noma-
relativo a esta En el plano legislativo nacional, cuestión. argentino en la ley 14.773/58 se establece vez que “los yacimientos de por primera de en existentes el territorio hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosas la República Argentina son bienes submarina y los de su platafomu: e Nacional" inalienables del Estado exclusivos, (art. 1). imprescriptibles tivo
bien
Si
la
en
ley no se define el significado de la plataforma, su las normas dictadas anteriormente (Ley del área a la soberanía Asimisnacional. 1° la ley 17.094 cuya 2° coincide con el art. art. de Ginebra de 1958 sobre Plataforma Continental que ha ratificado. En la Ley 17.094, con precisión terminode las la soberanía al “lecho del mar y al subsuelo
de concepto puede extraerse 14.708/46) dado el sometimiento 1967 se mo, en de la Convención
promulgó
la Argentina ]og'ica se extiende no
submarinas
zonas
200 metros o más aguas suprayacentes dichas zonas. Allí tabilidad.
En
ese
mismo
adyacentes allá
de
ese
permita se
combina
-a su una territorio hasta profundidad de limite de las hasta la profundidad donde de la explotación de los recursos naturales el criterio con batimétricó el de la explo-
'
año, coheren'temen'te
promulga la Ley de Hidrocarburos erpone el objetivo de “eficiente
se
de
hidrocarburos
taforma
continental".
se con la ley antes comentada, normas En el mensaje de esas de los yacimientos aprovechamiento República y en su pla-
17.319.
ubicados en el territorio de la En el art. 1° de'la ley citada
se
prescribe
que
“Los
yacimientos de hidrocarburos líquidos y gaseosas rio de y en su plataforma la Republica Argentina e al
mahenable
patrimonio Se
habla forma
puede advertir de "plataforma continental".
El
imprescriptible
el adelanto submarina"
del
situados en el territocontinental pertenecen Estado Nacional”.
terminológica.
materia
en como
la Ley
en
14.773, sino
Ya de
no
se
“plata-
normativo en se extiende el art. 10 de la Ley 17.319 cuando se indica “A los fines de la exploración y explotación de hidroque: del territorio carburos de la República y de su plataforma continental las siguientes quedan establecidas categorías de zonas". TambiénI el art. 14 establece civilmente que “cualquier persona capaz puede hacer recoen nocimientos busca de hidrocarburos en el territorio de superficiales la República, incluyendo su continental ese desometiendo plataforma recho a la autorización de la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Estado de Energía y Mineria Art. es necesario mencio97). También nar el art. 23 que regla 10s plazos de permisos de exploración, en cuyo en caso la plataforma de continental cada uno “para las exploraciones en un año". los períodos del plazo básico podrán incrementarse
concepto
-
Algunos autores de su plataforma
y
mediante mientos quen el mar
la cual se de nuestro favorables no favorezca
como
observan
que
continental,
“la
Ley cierta
con
a someter la en las condiciones nuestra aún cuando la medida necesaria en
persigue mar,
del país habla del territorio imprecisión terminológica, los yacijurisdicción nacional
que
las
legislación
circunstancias de soberanía del
Las pretensiones
'indisobre Poder
(‘).
Ejecutivo"
a la luz de la Ley Estimo no sería procedente la observación que a la soberanía está sometida 17.094 continental dado la plataforma que nacional (5). Por otra parteI lo dispuesto en la Ley 17.094 no hace otra de de Ginebra cosa el concepto que repetir previsto en la Convención en la platafor1958. A mayor el ejercicio de jurisdicciones abundamiento, ma continental dentro específicamente a los de la Ley 17.319 se entiende efectos de la exploración y explotación, lo que implica un_ enfoque disen que tinto en materia de ejercicio jurisdiccional. Es preciso observar los regiconfunden en muchos se el plano legislativo y doctrinario casos los de sus con continental menes suprayacentes. aguas de la plataforma un balance general de nos se puede afirmar ocupa, están continental plataforma la ley no es auto-suficiente que
Haciendo tema en
que
la
puesto
plataforma
prevé
su
es ello continental, pero (criterio posible extensión
esta
Ley
que
los
de Hidrocarburos de 1a Argentina derechos
en_el
susuficientemente¡normadosuPor de la la extensron
pues
no
razonable batimétrico
preve dada y
la de
Ley
11.994que
explotabilidad).
hidrocarburos ha 21.778]
se loración la ex También ara y explotación de la Ley mediante de riesgo" "contratos los el mensaje en este trabajo. En examinar 73.18 que interesa para de “el descubrimiento y desarrollo la importancia de la ley se remarca connuestra plataforma de los yacimientos que probablemente esconde un "se nos presenta como tinental” que esa situación y se aclara ver comprometido desafio al cual debemos responder, si no queremos el futuro seriamente energético del país".
legislado
sabréDlamadïs
efecto,
verdadero
se
A pesar insiste
del en
el
objetivo concepto
del
mensaje: de
en
plataforma _g7_
el
articulado
continental,
no
la.Ley'21.778 a deinstitucmn que
tiene bases distintas cientificas, de las geomorfo. apreciaciones pesar Así entonces, en el art. 6° de lógicas, jurídicas, políticas y económicas. contratistas se indila norma citada, en las obligaciones de las empresas en el mr..., las empresas “En las operaciones que se cumplan necesarios evitar la condeberán para adoptar los recaudos (inciso f). de las aguas adyacentes" y de las costas
ca que: contratistas
taminación
la
bien
Si
tarea
cumple
se
el
en
mar
y
las
consecuencias
de
la
acti-
es la exploración y el objeto se marítimo, vidad producen en el medio Una prolongación del territorio. explotación de la plataforma continental, más feliz debía considerar que se cumque en las operaciones la contaminación deberá evitar de continental se la plataforma en
redacción
plen
aguas suprayacentes.
sus
La observación con corroborara
si no de intrascendente apuntada podría ser tildada idea el art. en la repetición de la misma 9°, inc. c) y este ('Los plazos modo, el .art. 9°, inc. c) prescribe que: no de exploración... de las tareas podrán excederse .” y el inciso deban cuando e) del mismo cumplirse en el mar. a “en el de refiere el Supuesto producirse que hallazgo de artículo ..". un yacimiento de gas en el mar. se
e) de la Ley. De la para de 7 años
ejecución
.
se
vehículo
el lugar y objeto (el mar) con continental. Cabe plataforma agrela extensión imprecisiones también se conspira contra gar que con estas la de 1a Argentina sobre su continental, plataforma pues del derecho una autolimitación las 200 a"sólo palabra “mar” se podría interpretar Nuevamente
millas de la
II].
del
confunde
se
específico de
las
tareas
es
la
situación
territorial.
mar
el
que
todas
a
luces
arbitraria
ante
el art.
2°
Ley 17.094.
la situación
Reflexionessobre
en
el Derecho
Internacional
Corresponde ahora un breve análisis sobre el derecho internacional atinente. En ese aspecto, creo interactual de las normas que en el estado del Estado ribereño la exploración y explosobre nacionales, los derechos tación de los recursos en la plataforma continental son incontrovertibles. Las normas de la Convención de Ginebra de 1958 sobre Plataforma Continental en casi 25 años se han en encima extendido el mundo, por de sus ratificaciones. Esos normas de Ginebra. desde 1973 hasta la fecha reviestán siendo de la Tercera Conferencia por medio sobre Derecho del Mar, la con fecha 30 de abril de 1982 adoptó un texto sobre el _que se prevé del 12 de julio a1 20 de agosto de trabajo del Comité de Redacción 1982 (según Working Paper N9 1 del 7-6-82). El texto fue adoptado por 130 votos a favor, 4 en contra contra en Votaron y 17 abstenciones.
sadas que en
Venezuela,Turquía vaquian ca,
R.
camino
_Esdifícil
votos en
Reino
y Países
por
prever recorrer
contra.
naClonaleS.
Israel;
e
DÏAlemania,
Italia, España,
Alemania,
muy
el
futuro,
para se a
incluye pesar
se
abstuvieron
U.R.S.S.,
Hungría, Bulgaria, Bielorrusia, Thailandia, Luxemburgo, La Argentina votó a favor.
Unido
Bajos.
su un
de
Ucrania.
Checoslo-
Polonia,
Mongolia,
BélgiR.
F.
que aún queda largo y vigor. Entre las abstenciones intersector de gran peso en las relaciones los 130 votos a favor. Si esta situación se
pero entrada
es
._98_
lógico
en
inferir
presenta
el
en
dificultades
prOCeso
aumentaran
Pero,
como
del
parse
una
futuro,
adopción del los próximos
de en
fácil
texto
es
pasos
para
características del interés revisar
de las consndero
su
suponer entrada
hombre
de
la
es
someramente
que
las
vigor.
en
de preocula cuestión.
Es difícil el derecho del Estado hoy negar ribereño sobre su plataforma la cuestión continental. estriba en su pero extensión especialmenconsiderando del patrimonio común que la institución de la humanidad los fondos marinos fuera de la jusdicción nacional, y oceánicos presiona consolidar sus derechos sobre para e hidrominerales, “sustancias carburos (art. 133, inc. i). Es necesario abarespecificar que la zona que ca esa institución fascinante se extiende más allá de la Play novedosa taforma Continental de las jurisdicciones nacionales y fuera (°).
te
en
al art. recurrimos 76 (W. P. N9 l) que combina la geomorcon la distancia la definición de 1a plataforma continental: para el borde exterior del margen o bien hasta una discontinental; de 200 millas marinas... en los casos en el borde exterior del que no continental llegue a esa distancia".
Entonces,
fologia "hasta tancia
margen En tinental
rior,
mismo
ese
y
fijan
se
distintas
con
artículo del texto las condiciones para alternativas (ver art.
el
se define establecimiento
76,
inc.
adoptado
el margen del borde
3, 4 a), i, ii, b
y
con-
exte-
5).
a esta Conviene de la Guaraltura recordar lo expresado por Ernesto fórdia en lo que respecta a nuestro interés nacional: “Esta complicada mula (combinación del criterio y profungeomorfológico con distancias hace lo que didades de reconocer arbitrarias) por produce el resultado máxima de 1a Plataforma a la Argentina la totalidad de la extensión es decir llevada hasta el borde exterior del margen continental, duplila dado convencional cando la extensión demarcada el límite .por por isobata de 200 metros” (7).
de nuesla realidad con este punto de vista al contemplarse en los hese esta situación continental, contrapone pero 82 del texto el art. la concesión se realiza en adoptado: que cona la explotación de la plataforma contribuciones respecto se Es decir marinas. allá de las 200 millas contempla que marinas, las 200 millas hasta interés luego pues y realidad, pero un distancia comienza régimen de coparticipación que luego del de explotación va del 1% del producido incrementandose cada duodeel 7% luego del ano en manteniéndose
Coincido tra
plataforma
chos
con
“Pagos tinental nuestro
y
más
de esa 6° año año en igual porcentaje y cimo (art. 82, inc. 2). Cabe agregar tina se pues prevé que los Estados al pago netos no estarán sujetos De
todos
tales
condiciones, de
dueños
que
entre
como
la
autoabastecimiento
nuestro
dos
de en
las
vigor
tecnologías el
un
en
detalle importante para la Argendesarrollo que sean importadores "una lo que muy constituye
futuro
está
las
participaciones explotación más allá de
el pago
modos,
indicado,
(").
salvaguardia"
importante
de
hidrocarburos,
en
más tratado
y
_99_
la
que
se produzcan que que hasta de la Ley 17.094 gentina tiene las normas son continental copia textual plataforma ha cristalizado de 1958 que verdaderamente
Estimo
y
lo
avanzadas
sujeto a muchas logro 200'millas;losel Esta-
las ademas
situaciones que en el de la
las
en
que
acepten, loy por supuesto
Argentina
ratifique.
anotadas.
la
Ar-
conceptodegeneral de Ginebra Convencion multilainstrumento
un
teral
consolidado se han de normas serie que todas.las aún, cumpliendose de 1945 ("). Más la Argentina quedaría con el 93% de su un a fines de] 7% se afecta que constituyen al nuevo informar deben de solidaridad que
desde
la Proclama condiciones antes
una
Truman
señaladas,
centaje cipios
producido y
ejercimo derecho
el
por-
de los prin. internacio-
nal.
reflexión sobre una los procesos de ideas, corresponde orden en las el Derecho en Internacional, cambios especialmente de profundos de los Estados sin litoral, diversos los intereses instituciones que presionan, los desarrollados y los subdesarrollalos geográficamente desventajados, ha de verificarse en forma “ese proceso con dos. Estoy de acuerdo que: través de negociaciones serán a sin evolutiva revolucionaria, que y no a una duda comprensión recíprolongadas pero que habrán de conducir de cada En otras de las necesidades una. y problemas proca y creciente con el derehabrá de desarrollarse de conformidad pálabras, ese proceso ordenamiento todo como cho internacional, jurídico está destinado que en el cambio en el cambio el orden" orden a ("’). y asegurar En
ese
preservar\el
IV.
Bases
la acción
para
en el cambio el cambio en el el “orden y asegurar preservar en la pladerechos debe precisar en su legislación sus continental. Tratándose de una terminología internacionalmena valor los térmitécnica, es preciso conceder y de índole la confusión cita Danz (“) de aquella que nos empleados. Recordemos en casosólo los que biblioteca, cuyo persona que a su bodega la llamaba accedían el de la
Para
orden",
Argentina
taforma
te
uniíicada.
semántica
esa
podían
alcanCe
conocer
es la tarea preciso combinar estudios necesarios prospectivos del país. De esos análisis, el cambios que exige el futuro.
ASirnismo, medio
de
planes
y
las
proyectos los
encarar
Además se debe coordinar la teoría y coordina Leonardo: "La teria
acción
con con
la
el
jurista
político que
práctica.
é il capitan
maestro
palabra.
economistas que por las necesidades, estudian debe nutrirse para
con
e
es
el
Recordamos la prattica
la que domina lo que decía el sono i soldati".
Allí entonces no debe al jurista con su labor encontrarem0s que demoler sino construir coordinando continuidad pautas con y paciencia, el interés nacional con lo que el internacional. De evitará esa forma sucedió "cuando en el Sinaí el pueblo hebreo no la ley quiso esperar
divina,
construyó
en
de
suerte
se
esta
que
su
un vellocino impaciencia pedazos las Tablas de
hicieran
de la
oro,
consiguiendo
Ley" (u)-
CITAS
_
(‘)_ Ortega y Gasset. “El mito del hombre -'Colección 'El Arquero 1974.
cidente
allende
la técnica".
Revista
de
Oc-
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Num"
na.
1-(920
R-
M.
"La
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R.
M.
Ibidern
verdadera
guerra...",
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pág. 1112/110. -—100—
pág.
B7.
Edit.
Planeta.
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dos
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Eduardo ADLA
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Internacional y el Derecho
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los
hidrocarburos
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pág.
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actuales d l D 1932. Ver “El derecho en del de Cultura 275; Fondo
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Córdoba. del
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Ernesto.
de Derecho Argentina lil-1da. por compilado evplución.... MéXico.
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Mar Econó-
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Travieso, Juan
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común de
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la Guardia, del Centro la
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y la Conferencia 728. pág. 241.
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Revista
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Ibídem.
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DanzI
sobre
Argentina
Naval
de Jiménez Aréchaga. “Contribución (1°) Eduardo Los en Simposio Internacional Contemporáneo" Derecho Bonn Club Ibero Enero 1980. Latinoamericana.
(fl)
el de
en
-
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Ruda. José M. "Convenciones N9 21-22, pag. 153. Ensayos
(¡1) Savig'ny. del derecho”.
humanidad la Ciudad de
la
Abogados,
II.
vocación
de
Valparaíso,
de
los
negocios
nuestro
pág. 122,
—101—
jurídicos",
la para año 1978.
siglo
1964.
Madrid.
legislación
y
la
cien-