GRANDES POTENCIAS. a. Inglaterra

GRANDES POTENCIAS a. Inglaterra "Examinad nuestra situación, considerad la ventaja que Dios y la naturaleza nos han dado, y el destino que se nos prom
Author:  Julia Soto Parra

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GRANDES POTENCIAS a. Inglaterra "Examinad nuestra situación, considerad la ventaja que Dios y la naturaleza nos han dado, y el destino que se nos promete. Nos encontramos en los confines de la Europa occidental, en el principal punto de unión entre el viejo y el nuevo mundo. Los descubrimientos de la ciencia, los progresos de la navegación, nos han colocado a menos de diez días de Nueva York. En relación a nuestra población y a la superficie de nuestro país, tenemos una extensión de costas superior a las de cualquier otra nación, lo cual nos asegura la hegemonía y la superioridad en el mar. El hierro y el carbón, esos nervios de la producción, nos proporcionan en la gran competición de la industria una ventaja sobre nuestros rivales. Nuestro capital sobrepasa en mucho al que ellos disponen (...) Nuestro carácter nacional, las instituciones libres que nos administran, nuestra libertad de pensamiento y de acción, una prensa sin cortapisas que difunde todos los descubrimientos y todos los avances de la ciencia, se combinan con nuestras ventajas naturales y físicas para colocarnos a la cabeza de las naciones que se benefician del libre intercambio de sus productos. ¿Es entonces éste el país que se sustraerá de la competencia?" Discurso de Sir Robert Peel al Parlamento, 16 de febrero de 1846.

La constitución política es estable y no corre el riesgo, como la nuestra, de ser violentamente derogada y mal reformada cada veinte años. Es liberal e invita a los particulares a participar como actores y partícipes en los asuntos públicos y no a verlos como simples curiosos. Da la línea a seguir a la clase superior, que es la más capaz para gobernar el país y que encuentra en esta labor su empleo natural, en lugar de languidecer o de perderse por falta de objetivos como pasa en nuestro país. Se la somete sin grandes problemas a mejoras continuas, y acaba produciendo el buen gobierno, el que respeta más la iniciativa de los individuos y coloca el poder en las manos de los más dignos. Los ciudadanos hablan y se asocian como les place, no hay en el mundo una prensa tan bien informada, ni asambleas tan competentes. HIPPOLYTE TAINE, Notas sobre Inglaterra 1871

Es la primera vez, en nuestra historia parlamentaria, que la voz de Irlanda se expresa con autenticidad y que la escuchamos con atención *…+. Ahora podemos comprender este país, nos hallamos en situación de conocer realmente sus aspiraciones y su voluntad ¿Cómo se presenta hoy el problema? ¿Mis honorables colegas soñaron que iban a entrar en conflicto con una nación? ¿Qué obstáculo puede detener la reivindicación de una nación, cuando no es excesiva ni peligrosa? y hay, lo sé, millones y millones de personas que consideran que la reivindicación no es excesiva ni peligrosa. Desde nuestro punto de vista, solo puede objetarse una cuestión la de saber en qué momento y en qué circunstancias debe darse esa respuesta satisfactoria. Porque se dará esa respuesta positiva, estamos seguros de ello. Darla libremente y de forma digna, recibiendo testimonios de gratitud y de reconocimiento o bien darla bajo la amenaza o el resentimiento *…+ Hay en esto, desde nuestro punto de vista, una diferencia fundamental, y esa es la razón esencial por la que hoy actuamos así. Hemos dado a Irlanda una voz. Todos, nosotros también, debemos prestar atención a este momento. Todos, nosotros también, debemos escucharla, en ambos lados, divididos en esta cuestión, divididos, creo, por un abismo infranqueable *…+ Discurso de Gladstone en el Parlamento británico, 7 de junio de 1886. Debate sobre Home Rule

“Puede concluirse que la Revolución Industrial Inglesa no tuvo un paralelo concreto entre los países continentales. En ninguna otra parte asumió el proceso de industrialización el mismo carácter autónomo u orgánico; en ninguna otra parte fue tan completo —como fenómeno nacional— ni tuvo tanto éxito a la hora de cambiar toda la estructura

social. Es más, en el contexto europeo este término tiende a adoptar un significado distinto. Con él se cubre todo el proceso con el que se crean las condiciones sociales y legales para el pleno desarrollo del capitalismo frente a la resistencia de los beneficiarios del antiguo orden agrario e industrial, proceso que en Inglaterra había empezado un siglo o más antes de la industrialización. Incluso en los casos en que, como en Alemania, se produjo un crecimiento muy rápido de la industria —de tal modo que lo que en Inglaterra había durado un siglo aproximadamente se condensó allí en un par de décadas—, el impacto pleno de la transición estuvo restringido a ciertas regiones y, a pesar de toda su rapidez, fue menos completo. El peso sustancial del sector agrario, las supervivencias preindustriales en la sociedad y la persistencia de regiones atrasadas dan testimonio de ello. Durante el siglo xix la industrialización europea tendió a ser un fenómeno principalmente regional y la transformación de las economías globales como unidad siguió siendo menos completa que en Inglaterra. Incluso Bélgica, el más pequeño de los países industriales, tenía su región agraria atrasada. Alemania, el éxito industrial sobresaliente entre las grandes potencias, siguió manteniendo un gran sector agrícola y algunas de las características de una economía dual. Aunque también en Francia se habían sentado las bases de una economía moderna entre los años de 1880 y 1914, la transformación fue aún menos completa. En Rusia, los prometedores interregnos de rápido crecimiento industrial tendían a la imposición de un tope o a la intensificación de las tensiones y debilidades internas, debido a la influencia coercitiva de las viejas estructuras heredadas. Italia arrostraba el hándicap de la falta de recursos naturales y del fracaso del capitalismo por llevar a cabo una transformación completa del sector agrario y disminuir su peso en la economía o de resolver la cuestión sur. En todas las demás partes, la industrialización fue simplemente un fenómeno regional, y la creación de economías nacionales modernas, aunque estaba en curso, distaba mucho de ser completa. En cierto sentido, pues, lo que cabe destacar al hablar del continente, es lo inacabado y la dispersión geográfica de su transformación industrial, si se la compara con Inglaterra. Por comparación con el resto del mundo, sin embargo, Europa fue el área par excellence del capitalismo avanzado." Tom Kemp. La revolución industrial en la Europa del siglo XIX.

Acordar con Irlanda su independencia legislativa no sólo es romper la unidad del imperio, sino que es atentar contra su propia seguridad. El estado político de un imperio depende esencialmente de su condición geográfica. [...] La condición de Irlanda respecto de Inglaterra difiere esencialmente, desde el punto de vista del Reino Unido, de la condición de las colonias británicas: si en lugar de estar tan próxima a Inglaterra, se encontrara más alejada, el Home Rule de Irlanda no supondría peligro para el imperio y su pueblo tendría desde hace ya tiempo la autonomía. Sin embargo, nuestros dos países viven en contacto inmediato y sus intereses se confunden. ¿No es entonces necesario que ambos participen juntos en la misma vida política? La naturaleza misma parece haberlo querido. [...] Por una pendiente necesaria y fatal, la lucha encarnizada entre nuestros dos pueblos no puede sino tener un término, la separación, y, para alcanzar ese objetivo el Home Rule no es más que una etapa. Una vez traspasada, los acontecimientos se precipitarán, de manera que el día en que Irlanda conquistara esta autonomía parcial no sufriría más la dependencia de Gran Bretaña; todas las trabas aportadas para su soberanía se convertirían en gérmenes de discordia. Debate sobre Home Rule

b. Francia “(...) Cansado por teorías absurdas, el pueblo se ha convencido de que los pretendidos reformadores no eran más que soñadores (…). Hoy, Francia me rodea con simpatía porque no pertenezco a la familia de los ideólogos (…). La guerra no se hace por placer, se hace por necesidad, y en estas épocas de transición en las que por todas partes, al lado de tantos elementos de prosperidad, germinan tantas causas de muerte, se puede decir que desgraciado el primero que iniciara en Europa una lucha cuyas consecuencias serían incalculables (…). Tenemos inmensos

territorios incultos que roturar, rutas que ensanchar, puertos que abrir, ríos que hacer navegables, canales que terminar, red de ferrocarriles que completar (…).” Napoleón III: Discurso de Burdeos (1852)

“La antítesis directa del Imperio era la Comuna. El grito de república social… Por eso, el primer decreto de la Comuna fue para suprimir el ejército permanente y sustituirlo por el pueblo armado. La Comuna estaba formada por los consejeros municipales elegidos por sufragio universal en los diversos distritos de la ciudad. Eran responsables y revocables en todo momento… Lo mismo se hizo con los funcionarios de las demás ramas de la administración. Desde los miembros de la Comuna para abajo, todos los que desempeñaban cargos públicos debían desempeñarlos con salarios de obreros… Nada podía ser más ajeno al espíritu de la Comuna que sustituir el sufragio universal por una investidura jerárquica… El viejo mundo se retorció en convulsiones de rabia ante el espectáculo de la Bandera Roja” Karl Marx, Manifiesto del Consejo General de la AIT sobre la guerra civil en Francia

Artículo 1. El poder legislativo será ejercido por dos Asambleas: la Cámara de Diputados y el Senado. La Cámara de Diputados será elegida por sufragio universal, en las condiciones determinadas por la ley electoral. La composición, forma de nombramiento y atribuciones Senado se regularán por medio de una ley especial. Artículo 2. El Presidente de la República será elegido, por mayoría absoluta de sufragios, por el Senado y por la Cámara de Diputados reunidos en Asamblea Nacional. Su nombramiento durará siete años y podrá ser reelegido. Artículo 3. El Presidente de la República tendrá la iniciativa de las leyes, en concurrencia con los miembros de ambas Cámaras. Promulgará las leyes una vez que hayan sido votadas por ambas Cámaras, y vigilará y asegurará la ejecución de las mismas. Tendrá el derecho de gracia, pero las amnistías sólo serán concedidas por ley. Mandará sobre la fuerza armada. Nombrará todos los empleos, civiles y militares. Presidirá las solemnidades nacionales, y los enviados y embajadores de las potencias extranjeras estarán acreditados ante él. Cada uno de los actos del Presidente deberá ser refrendado por un ministro. Artículo 5. El Presidente de la República, previa conformidad del Senado, puede disolver la Cámara de Diputados antes de la expiración de su mandato. En este caso, los colegios electorales serán convocados para nuevas elecciones en el plazo de tres meses. Artículo 6. Los ministros son solidariamente responsables ante las Cámaras de la política general del Gobierno, e individualmente de sus actos personales. El Presidente de la República sólo es responsable en caso de alta traición. Constitución Francesa de 1875

Yo acuso al teniente coronel Paty de Clam como laborante --quiero suponer inconsciente-- del error judicial, y por haber defendido su obra nefasta tres años después con maquinaciones descabelladas y culpables. Acuso al general Mercier por haberse hecho cómplice, al menos por debilidad, de una de las mayores iniquidades del siglo. Acuso al general Billot de haber tenido en sus manos las pruebas de la inocencia de Dreyfus, y no haberlas utilizado, haciéndose por lo tanto culpable del crimen de lesa humanidad y de lesa justicia con un fin político y para salvar al Estado Mayor comprometido.

Acuso al general Boisdeffre y al general Gonse por haberse hecho cómplices del mismo crimen, el uno por fanatismo clerical, el otro por espíritu de cuerpo, que hace de las oficinas de Guerra un arca santa, inatacable. Acuso al general Pellieux y al comandante Ravary por haber hecho una información infame, una información parcialmente monstruosa, en la cual el segundo ha labrado el imperecedero monumento de su torpe audacia. Acuso a los tres peritos calígrafos, los señores Belhomme, Varinard y Couard por sus informes engañadores y fraudulentos, a menos que un examen facultativo los declare víctimas de una ceguera de los ojos y del juicio. Acuso a las oficinas de Guerra por haber hecho en la prensa, particularmente en L'Éclair y en L'Echo de París una campaña abominable para cubrir su falta, extraviando a la opinión pública. Y por último: acuso al primer Consejo de Guerra, por haber condenado a un acusado, fundándose en un documento secreto, y al segundo Consejo de Guerra, por haber cubierto esta ilegalidad, cometiendo el crimen jurídico de absolver conscientemente a un culpable. No ignoro que, al formular estas acusaciones, arrojo sobre mí los artículos 30 y 31 de la Ley de Prensa del 29 de julio de 1881, que se refieren a los delitos de difamación. Y voluntariamente me pongo a disposición de los Tribunales. En cuanto a las personas a quienes acuso, debo decir que ni las conozco ni las he visto nunca, ni siento particularmente por ellas rencor ni odio. Las considero como entidades, como espíritus de maleficencia social. Y el acto que realizo aquí, no es más que un medio revolucionario de activar la explosión de la verdad y de la justicia. Sólo un sentimiento me mueve, sólo deseo que la luz se haga, y lo imploro en nombre de la humanidad, que ha sufrido tanto y que tiene derecho a ser feliz. Mi ardiente protesta no es más que un grito de mi alma. Que se atrevan a llevarme a los Tribunales y que me juzguen públicamente. Así lo espero. Yo acuso, de Émile Zola París, 13 de enero de 1898

c. Alemania Artículo 1: En las escuelas de Schleswig septentrional, la enseñanza debe impartirse en lengua alemana en todas las materias a excepción de la religión; sin embargo, el maestro queda autorizado para el uso de la lengua danesa durante los primeros años en el tiempo y medida que sean necesarios para que le comprendan aquellos alumnos que, desde su ingreso en la escuela, no han recibido instrucción alguna de la lengua alemana. Artículo 3: En las escuelas en las que la enseñanza de la religión se lleva a cabo en danés, el número de estas clases queda fijado en seis por semana; sin embargo, las dos clases suplementarias concedidas a esta enseñanza, deben impartirse en alemán en las clases medias y superiores… Artículo 4: (…) Los tres primeros meses de enseñanza de la lengua en las clases inferiores, se dedicarán a ejercicios de conversación con ayuda de objetos diversos y, más adelante, de carteles murales; la enseñanza de la lectura no debe empezar hasta el cuarto mes, empleando para ello carteles murales alemanes que representen el abecedario y escenas dibujadas. Los ejercicios de conversación tendrán lugar al mismo tiempo. Artículo 5: Los inspectores de las escuelas y los maestros quedan obligados a usar la lengua alemana en sus relaciones con los niños. Deberán velar también para que lo mismo ocurra en las relaciones que los niños mantienen entre ellos. Ordenanza de 18 de diciembre de 1888, regulando la lengua de enseñanza en las escuelas de Schleswig.

S. M. Guillermo I dijo: «Ya en febrero de este año hemos manifestado nuestra convicción de que la curación del malestar social no puede ser realizada exclusivamente a través de la represión de los excesos de los socialdemócratas, sino ciertamente mediante una promoción efectiva del bienestar de los trabajadores». De acuerdo con esto, lo primero de todo fue aprobar una Ley de seguros de accidentes [...]. [...] Nos hemos impuesto mejorar la posición del trabajador en tres direcciones. En primer lugar, dando los pasos necesarios para proteger el trabajo en su propio país frente a la competencia; en otras palabras, hemos introducido tarifas proteccionistas para defender el trabajo nacional. Un segundo plan, que está ya en el pensamiento del gobierno, es la mejora de los impuestos. El tercer plan de reformas [...] contiene un apoyo directo a los trabajadores [...]. El problema real de los trabajadores es la inseguridad de su vida; no está seguro de tener siempre trabajo; ni lo está de estar siempre sano; y prevé que algún día será viejo e incapaz de trabajar. Pero incluso si cae en la pobreza como resultado de una larga enfermedad, estará completamente desasistido con sus propias fuerzas [...]. Pero el auxilio social deja mucho que desear, especialmente en las grandes ciudades [...]. Desde el lado progresista, podéis llamarla «legislación socialista»; yo prefiero el término «cristiana». Discurso de Bismarck en el Reichstag, 10 de marzo de 1884.

"Ley represora de las actuación es de la socialdemocracia que resultan peligrosas para el orden público. Decreto de 21 de octubre de 1878. Nos, Guillermo (...), decretamos lo que sigue: Artículo 1º: Son sujeto de prohibición las asociaciones que por medio de actuaciones socialdemócratas, socialistas o comunistas, se propongan la subversión de la autoridad del Estado o del orden social establecido. La misma disposición es aplicable a las asociaciones en las que se manifiesten actuaciones dirigidas a la subversión de la autoridad del Estado o del orden social establecido de una manera peligrosa para la paz pública y en particular para la concordia entre las clases de la población.” Ley represora contra socialistas. Publicado en el boletín de Leyes del Reich en Berlín, el 22 de octubre de 1878

“Debemos atenuar el descontento provocado por el hecho de que nos hemos convertido en una gran potencia, haciendo sentir al mundo el peso de estas fuerzas, lealmente y con un espíritu pacífico bien entendido. Debemos convencerle de esta forma de que una hegemonía alemana en Europa es más útil, más desinteresada y menos perjudicial para la libertad ajena que una hegemonía francesa, rusa o inglesa. El respeto a los derechos inherentes a otros países, que Francia en especial no admitió durante el tiempo de su preponderancia y que Inglaterra sólo reconoce según sus intereses, será más fácilmente observado por Alemania por dos razones: por un lado, a causa del carácter alemán, esencialmente objetivo; por otro lado, y ello sin mérito alguno de nuestra parte, porque no tenemos ninguna necesidad perentoria de ampliar nuestro territorio. (...) La política alemana (...) sólo tiene un deseo: mostrarse justa y pacífica.” Testamento político de Bismarck.

La ventaja que supone para la política alemana su libertad de acción cara a las cuestiones relacionadas directamente con Oriente, tiene una perjudicial contrapartida en la situación central del Imperio, sumamente expuesta, y cuyos frentes defensivos se extienden y ramifican por todos los lados. (…)Nuestro interés nos obliga a mantener la Paz, mientras nuestros vecinos del Continente, sin excepción alguna, alimentan deseos secretos o confesados que sólo una guerra puede satisfacer(...) Determinemos, pues, nuestra actuación política según ello: en otras palabras,

esforcémonos todo lo que podamos para impedir, o al menos, para limitar la guerra(...) debemos atenuar el descontento provocado por el hecho de que nos hemos convertido en una gran potencia, haciendo sentir al mundo el peso de estas fuerzas, lealmente y con un espíritu pacífico bien entendido. Debemos convencerle de esta forma de que una hegemonía alemana en Europa es más útil, más desinteresada y menos perjudicial para la libertad ajena que una hegemonía francesa, rusa o inglesa. Le testament politique de Bismarck. En: Paul GUILLEN. El Imperio alemán 1871-1918, Vicens-Vives, Barcelona, 1973

“En el curso de una sola generación, Alemania pasó de ser una colección de estados económicamente atrasados que formaban un conglomerado político en el centro de Europa, a constituir un imperio unificado de rápido avance gracias a una industria en acelerada expansión y fundada sobre una adelantada base tecnológica. Esta transformación, al estar acompañada por un recurso deliberado a la fuerza militar como instrumento de política nacional y por un nacionalismo exacerbado, representó un acontecimiento de importancia histórica capital (...). Las circunstancias dominantes antes y a lo largo del proceso de surgimiento industrial alemán confirieron al capitalismo de este país sus rasgos específicos. Estos incluían, hablando someramente, una alta concentración del poder económico en las industrias avanzadas, una asociación estrecha entre industria y bancos, así como la combinación de una estructura institucional tradicional y arcaica con las formas políticas separadas, con sus propios sistemas legales, monetarios, de pesos y medidas, y con sus propias fronteras aduaneras.” T. Kemp. La revolución industrial en la Europa del siglo XIX.

d. Japón “Por su población y su posición geográfica, el Japón constituye una excepción en la historia del desarrollo económico del siglo XIX, una serie de características diferencian a este país del resto del Tercer Mundo. En primer lugar hay que recordar que el Japón de mediados del siglo XIX no formaba parte en absoluto de las sociedades llamadas primitivas cuyo débil nivel técnico anulaba las esperanzas de una transmisión rápida y espontánea de los progresos. La sociedad japonesa formaba parte de ese conjunto de centros evolucionados conscientes de la existencia de una diferencia significativa entre ellos y las sociedades europeas tradicionales del siglo XVIII. Bajo este aspecto nada se oponía a una transmisión de la nueva tecnología al Japón.” P. Bairoch. La agricultura y la revolución industrial, 1700-1914.

e. EEUU La frontera es la línea de americanización más rápida y efectiva. La tierra virgen domina al colono. Este llega vestido a la europea, viaja a la europea y europeas son sus maneras de pensar y las herramientas que utiliza. La tierra virgen lo saca del coche de ferrocarril y lo mete en la canoa de abedul. Le quita los vestidos de la civilización y le hace ponerse la zamarra del cazador y los mocasines. Le hace vivir en la cabaña de troncos de los cherokees y los iroqueses y construir en torno a ella una empalizada india. No pasa mucho tiempo sin que el colono siembre maíz y sin que labre la tierra con un palo aguzado; lanza el grito de guerra y arranca el cuello cabelludo en el más puro y ortodoxo estilo indio. En una palabra, el medio ambiente de la frontera resulta al principio demasiado duro para el hombre blanco. Este debe aceptar las condiciones que le impone si no quiere perecer y, por tanto, se instala en los calveros indios y sigue las pistas indias. Poco a poco va transformando la tierra salvaje, pero el resultado no es la vieja Europa, ni sencillamente el desarrollo del germen germánico ni un caso de reversión a la antigua marca germánica. El hecho es que surge un nuevo producto, que es americano

F. J. Turner, La frontera en la historia de América (1893)

Setenta y dos años hace que tomó posesión el primer presidente bajo nuestra Constitución nacional; durante este período, quince presidentes distintos, todos ciudadanos tan distinguidos como ilustres, han representado al poder ejecutivo del Gobierno a través de muchos peligros, pero siempre con feliz éxito(…)Haré uso del poder que se me confiere para conservar y defender los bienes y propiedades pertenecientes al Gobierno, así como también para recaudar los derechos impuestos (…)Que haya personas en un punto u otro que tratan de disolver la Unión a toda costa y que buscan un pretexto para hacerlo, es cosa que ni afirmo ni niego; si existen en realidad esas personas, no es necesario que yo les dirija la palabra. Discurso de toma de posesión de Abraham Lincoln

SISTEMAS BISMARCKIANOS Sus majestades el Emperador de Austria, rey de Hungría, y el Emperador de Alemania, prometiéndose solemnemente no conferir a su acuerdo, puramente defensivo, tendencias agresivas en sentido alguno, han decidido concluir una alianza de paz y de defensa recíproca (...) Art.1-Si contra la esperanza y contra el sincero deseo de las dos Altas Partes contratantes, uno de los dos Imperios fuese atacado por Rusia, las dos Altas Partes contratantes se comprometen a prestarse ayuda con todas las fuerzas militares de sus Imperios, y a no concluir la paz sino en común acuerdo. Art.2-Si una de las Altas Partes contratantes fuese atacada por otra potencia, la otra parte contratante se compromete, no solamente a no ayudar al agresor contra su aliada, sino a observar, por lo menos, una actitud de neutralidad benévola hacia el otro contratante. Si en el caso indicado la Potencia agresora fuese ayudada por Rusia, bien en forma de cooperación activa o a través de medidas militares que amenazasen a la Potencia atacada, entrará inmediatamente en vigor la obligación de ayuda recíproca con todas las fuerzas armadas estipulada en el artículo primero del presente tratado(...) Art.4-Este tratado, de acuerdo con su carácter pacífico y con objeto de evitar toda falsa interpretación, será mantenido secreto... Tratado de Alianza entre Austria-Hungría y el Imperio Aleman, Viena, 7 de octubre de 1879

"Francia y Rusia, animadas de un mismo deseo de conservar la paz, y no teniendo otro fin que atender las necesidades de una guerra defensiva, provocada por un ataque de las fuerzas de la Triple Alianza contra una u otra de ellas, han convenido las disposiciones siguientes: Primera. Si Francia es atacada por Alemania, o bien por Italia sostenida por Alemania, Rusia empleará todas las fuerzas disponibles para atacar a Alemania. Si Rusia es atacada por Alemania, o bien por Austria sostenida por Alemania, Francia empleará todas sus fuerzas disponibles para combatir a Alemania. Segunda. En el caso de que las fuerzas de la Triple Alianza, o una de las potencias de que forman parte, se movilizaran, Francia y Rusia, ante la primera noticia del hecho, y sin que sea necesario acuerdo previo, movilizarán inmediata y simultáneamente la totalidad de sus fuerzas y las trasladará lo más cerca posible de sus fronteras. Tercera. (...) Estas fuerzas se emplearán a fondo, con toda diligencia, de manera que Alemania tenga que luchar a la vez en el Este y en el Oeste.

Sexta. La presente convención tendrá la misma duración que la Triple Alianza." Convención militar del 18 de agosto de 1892.

“Pero la competencia entre exportadores alemanes e ingleses era muy dura en casi todos los mercados europeos (...) En 1898, las compras efectuadas por Francia en Alemania llegaban apenas a los tres quintos de las que eran efectuadas por ella en Gran Bretaña; en 1913, las importaciones alemanas e inglesas se encontraban casi al mismo nivel. En Bélgica, donde, en 1898, eran más importantes las importaciones inglesas que las alemanas, ahora las alemanas sobrepasaban en 200 millones de francos belgas a las inglesas. Los holandeses compraron, en 1913, 1.051 millones de florines de mercancías alemanas, y solamente 356 millones de mercancías inglesas. En Italia, donde el comercio inglés (...) había conservado clara preponderancia hasta finales del siglo XIX, la situación se había invertido; las importaciones alemanas (626 millones de liras) sobrepasaron en 50 millones de liras en 1912 a las importaciones inglesas. En Rusia, las importaciones alemanas (...) llegaban al cuádruplo de las importaciones inglesas. Por último, las supremacía del comercio alemán sobre el inglés, desde 1890 en Rumanía y desde 1901 en Serbia, se extendió en 1911 a Bulgaria.” Pierre Renuevan. Historia de las relaciones internacionales.

Sus Majestades, el Emperador de Austria, Rey de Bohemia, Rey apostólico de Hungría, el Emperador de Alemania, Rey de Prusia, y el Rey de Italia, animados por el deseo de aumentar las garantías de la paz general, de fortificar el principio monárquico y de asegurar con ello mismo el mantenimiento intacto del orden social y político en sus Estados respectivos, han acordado concluir un tratado que, en virtud de su naturaleza esencialmente conservadora y defensiva, no persigue otro objetivo que el de precaverles contra los peligros que pudieran amenazar la seguridad de sus Estados y la tranquilidad de Europa. (…) han convenido los artículos siguientes: Artículo 1. Las Altas Partes contratantes se prometen recíprocamente paz y amistad, y no entraran en alianza o compromiso alguno dirigido contra cualquiera de sus Estados. Se comprometen a proceder a un intercambio de ideas acerca de las cuestiones políticas y económicas de carácter general que pudieran sobrevenir, prometiéndose además apoyo mutuo dentro del límite de sus propios intereses. Artículo 2. En el caso de que Italia, sin mediar provocación directa por su parte, fuese atacada por Francia por cualquier motivo que fuera, las otras dos Partes contratantes estarán obligadas a prestar a la Parte atacada socorro y ayuda con todas sus fuerzas. La misma obligación incumbirá a Italia en caso de una agresión no directamente provocada de Francia contra Alemania. (…) Artículo 4. En el caso de que una gran Potencia no firmante del presente Tratado amenazase la seguridad de los Estados de una de las Altas Partes contratantes y, en razón de ello, la parte amenazada se viese forzada a hacerle la guerra, las otras dos se obligan a observar respecto a su ahijada una neutralidad benévola. Cada una se reserva, en tal supuesto, la facultad de tomar parte en la guerra, si lo estimase oportuno, para hacer causa común con su aliada. Hecho en Viena el día veinte del mes de Mayo del año mil ochocientos ochenta y dos.

Tratado de la Triple Alianza 1882

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