M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SER

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE: “MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL” A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS INDICE CAPÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES Cláusula 1. Régimen jurídico. ....................................................................................... 3 Cláusula 2. Objeto del contrato. .................................................................................... 3 Cláusula 3. Presupuesto base de licitación y precio del contrato. ................................ 3 Cláusula 4. Perfil de contratante. .................................................................................. 4 CAPÍTULO II - LICITACIÓN Cláusula 5. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas........... 4 Cláusula 6. Procedimiento de adjudicación................................................................... 4 Cláusula 7. Criterios objetivos de adjudicación ............................................................. 4 Cláusula 8 Garantía provisional. ................................................................................... 5 Cláusula 9 Presentación de proposiciones. .................................................................. 5 Cláusula 10 Forma y contenido de las proposiciones. .................................................. 5 CAPÍTULO III - ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN Cláusula 11 Apertura de proposiciones........................................................................ 11 Cláusula 12 Adjudicación. ............................................................................................. 11 Cláusula 13 Garantía definitiva. .................................................................................... 13 Cláusula 14 Formalización. ........................................................................................... 13

CAPÍTULO IV - EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 15. Principio de riesgo y ventura. ................................................................... 14 Cláusula 16. Programa de trabajo................................................................................. 14 Cláusula 17. Responsable del contrato......................................................................... 14 Cláusula 18. Dirección de los trabajos. ......................................................................... 14 Cláusula 19. Duración del contrato. .............................................................................. 15 Cláusula 20. Prórroga del contrato................................................................................ 15 Cláusula 21. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales............... 15 Cláusula 22. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios............................ 15 Cláusula 23. Modificación del contrato.......................................................................... 16 Cláusula 24. Suspensión del contrato. .......................................................................... 16

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL Cláusula 25. Cesión del contrato. ................................................................................. 16 Cláusula 26. Subcontratación. ...................................................................................... 16 CAPÍTULO V - DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Cláusula 27. Abonos y relaciones valoradas................................................................. 17 Cláusula 28. Revisión de precios. ................................................................................. 17 Cláusula 29. Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista........................ 17 Cláusula 30. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales. ............................ 17 CAPÍTULO VI - EXTINCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 31. Cumplimiento del contrato y recepción del servicio.................................. 18 Cláusula 32. Liquidación del contrato............................................................................ 18 Cláusula 33. Propiedad de los trabajos y protección de datos de carácter personal. ... 18 Cláusula 34. Plazo de garantía. .................................................................................... 19 Cláusula 35 Vicios o defectos durante el plazo de garantía.......................................... 19 Cláusula 36. Devolución y cancelación de la garantía definitiva. .................................. 19 Cláusula 37. Resolución del contrato. ........................................................................... 20 Cláusula 38. Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes.................................................................................................................. 20 ANEXO I. Pliego Técnico .............................................................................................. 21 ANEXO II. Modelo de proposición económica .............................................................. 41 ANEXO III. Modelo de aval ........................................................................................... 41 ANEXO IV. Modelo de certificado de seguro de caución ............................................. 42 ANEXO V. Modelo de declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no tener deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. ........................................................................................................................ 44 ANEXO VI. Modelo de declaración responsable de vigencia de los datos anotados en el Registro de Licitadores......................................................................................... 45

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE: “MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y SISTEMAS DE PTOTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL ESCORIAL” A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES Cláusula 1. Régimen jurídico. El presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Para lo no previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos públicos: por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre (RGLCAP). Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de derecho privado. Cláusula 2. Objeto del contrato. El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es la ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo y conservación de las instalaciones, equipos y sistemas de protección contra incendios (PCI) de este Ayuntamiento, descritos y definidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares, en el que se especifican las necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato y los factores de todo orden a tener en cuenta. Se une al presente pliego como Anexo I. Tanto el pliego de prescripciones técnicas particulares como el pliego de prescripciones administrativas particulares revisten carácter contractual, por lo que deberán ser firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario, en el mismo acto de formalización del contrato. Al contrato le corresponde, según la CPV el código: 50000000 Cláusula 3. Presupuesto base de licitación y precio del contrato. El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad DIEZ MIL EUROS ANUALES (10.000€/año), IVA no incluido. A la cantidad anterior habrá de añadirse el IVA correspondiente calculado al 18%. (1.800€), siendo en consecuencia, el precio estimado del contrato el de 40.000€, IVA no incluido. Su cálculo incluye todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, que figura como partida independiente.

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Las proposiciones expresarán también el Impuesto sobre el Valor Añadido en partida independiente. Aquellas cuyo importe sin IVA supere la base imponible del presupuesto base de licitación, serán desechadas. El precio del contrato será aquél al que ascienda la adjudicación, que en ningún caso superará el presupuesto base de licitación. La baja que pueda obtenerse como resultado de la adjudicación, dará lugar, en su caso, a una baja proporcional de los importes de cada una de las anualidades previstas. La ejecución del contrato está amparada por los créditos que se indican en el Capírtulo II Gastos de Bienes Corrientes y Servicios, en concreto en el Concepto Económico 212 denominada "Reparación, Matenimiento y Conservaciòn de Edificios y Construcciones “. Cláusula 4. Perfil de contratante. El acceso al perfil de contratante del órgano de contratación se efectuará a través de la Plataforma de Contratación del Estado CAPÍTULO II- LICITACIÓN Cláusula 5. Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas. Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, requisito éste último que será sustituido por la correspondiente clasificación. Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cláusula 6. Procedimiento de adjudicación. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto y pluralidad de criterios, en aplicación del artículo 138 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal. Cláusula 7. Criterios objetivos de adjudicación.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los establecidos, con su correspondiente ponderación en el apartado 24 del anexo I. Cláusula 8. Garantía provisional. No se exige garantía provisional. Cláusula 9. Presentación de proposiciones. Las proposiciones se presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento, de 9 a 14 horas, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Asimismo podrán enviarse por correo dentro dicho plazo. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (91.890.79.07) o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Los licitadores podrán solicitar información adicional sobre los pliegos y sobre la documentación complementaria hasta la fecha límite fijada para la recepción de ofertas. Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas. La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego y del de prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna. En lo que concierne a las variantes o mejoras, se estará a lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas que se une al presente como anexo I. Cláusula 10. Forma y contenido de las proposiciones. Las proposiciones y la documentación que las acompaña se presentarán redactadas en lengua castellana, o traducidas oficialmente a esta lengua, y constarán de TRES (3) SOBRES, cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos el número de referencia y la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF. En su interior se

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma: A) SOBRE A "DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA" preceptivamente, los siguientes documentos: 1.-

que

incluirá,

Capacidad de obrar. 1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial, así como el Código de Identificación Fiscal (NIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición. 1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. 1.3.- Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, la capacidad de obrar se acreditará mediante su inscripción en un registro profesional o comercial, cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo, o la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP, para los contratos de servicios. Tendrán capacidad para contratar con el sector público las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la prestación de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. 1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente de España o del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del R.D.L. 3/2011, de 24 de noviembre. 2.-

Bastanteo de poderes. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar también poder acreditativo de su representación declarado bastante por un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, todo ello en original o copia compulsada. Igualmente deberán presentar fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona a cuyo favor se otorgó el apoderamiento o representación. Si el documento acreditativo de la representación contuviese delegación permanente de facultades, deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Se significa que la solicitud de bastanteo se encuentra sujeta a tasa, debiendo autoliquidarse por el interesado en el momento de su formulación, requisito sin el cual no se iniciará la actuación administrativa.

3.-

Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de que no existen deudas en período ejecutivo con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. Declaración responsable, conforme al modelo fijado en el anexo V al presente pliego, de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

4.- Seguro de responsabilidad civil. Deberán presentar justificante de la suscripción de un responsabilidad civil de cuantía mínima de 1.000.000€.

seguro de

5.-Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL Los empresarios españoles y los extranjeros no comunitarios deberán acreditar: a) Tener la siguiente clasificación: Grupo: P Subgrupo: 5 Categoría: D b) Certificado de Empresa Mantenedora Autorizada de Instalaciones de Protección Contra Incendios en la CM. c) Certificado de calidad como empresa mantenedora de Instalaciones de Protección contra incendios. d) Certificado de calidad ISO 9001. Los empresarios que no tengan obligación de estar clasificados, acreditarán su solvencia técnica y profesional, a través de los siguientes medios: La solvencia económica se acreditará mediante la presentación: a) Cuentas anuales e informes de gestión, y declaraciones del Impuesto de Sociedades, correspondientes a los tres últimos ejercicios cerrados, entendiéndose por tales aquellos respecto de los que haya finalizado el plazo de depósito de cuentas en el Registro Mercantil. Cuando la Sociedad licitadora estuviere obligada a la verificación de cuentas anuales, se aportará también el informe del auditor. A dicha documentación deberá acompañarse declaración jurada en que se indicará que la documentación aportada es copia fiel de la que figura depositada en el Registro Mercantil y, de no aportarse auditoria de cuentas, se acompañará declaración jurada indicando la causa. b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. La solvencia técnica y profesional, se acreditará a través de los siguientes medios: a) Certificación acreditativa de los principales servicios de estas características, realizados en los tres últimos años. Los certificados incluirán el importe, fechas de realización y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el 8

M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea una entidad privada, mediante un certificado expedido por éste o declaración del mismo. b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. c) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa, y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. d) Declaración sobre la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos de prestaciones a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. e) Certificado de Empresa Mantenedora Autorizada de Instalaciones de Protección Contra Incendios en la CM. f) Certificado de calidad como empresa mantenedora de Instalaciones de Protección contra incendios. g) Certificado de calidad ISO 9001.

Para acreditar la solvencia, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios. El órgano de contratación respetará en todo caso el carácter confidencial de los datos facilitados por los empresarios. 5.- Uniones temporales de empresarios. Para que en la fase previa a la adjudicación sea eficaz la unión temporal frente a la Administración deberán presentar, todos y cada uno de los empresarios, los documentos exigidos en la presente cláusula, además de un escrito de compromiso solidario en el que se indicarán: los nombres y circunstancias de los que la constituyan; la participación de cada uno de ellos; la asunción del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en los artículos 51 y 52 del RGLCAP. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación como contratistas de servicios y los últimos, su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el NIF asignado a dicha unión antes de la formalización del contrato. La duración de la unión será coincidente con la del contrato, hasta su extinción. 6.-

Jurisdicción de empresas extranjeras. Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

7.-

Garantía provisional. No se exige garantía provisional.

B) SOBRE B. “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”. En este sobre se incluirá la documentación técnica que se refiera a los criterios de puntuación mediante juicio de valor señalados en la cláusula 24 puntos B) y C)del Pliego de prescripciones técnicas. Anexo I. No se incluirá en este sobre la oferta económica. C) SOBRE C "PROPOSICIÓN ECONÓMICA”. Este sobre contendrá la proposición económica, que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.

CAPÍTULO III - ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN Cláusula 11.- Apertura de Plicas Concluido el plazo de presentación de proposiciones, se procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres A presentados por los licitadores, y si se observasen defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndosele un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Una vez calificada la documentación del sobre A y realizadas las subsanaciones y, en su caso, aportadas las aclaraciones o documentos complementarios requeridos, o transcurrido el plazo que se hubiere conferido al efecto, realizará en acto público, la apertura de los sobres B de los licitadores admitidos, conteniendo la documentación de las proposiciones relativas a los criterios de adjudicación no evaluables mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de formulas establecidas en los pliegos. En primer lugar, el Presidente dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres A, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones. A continuación, el Secretario procederá a la apertura de los sobres B de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación a que se refiere el citado sobre.

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Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el Órgano de Contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles. A continuación, se dará por concluido el acto público celebrado, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. Realizada la evaluación de los criterios acreditados en el sobre B, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que se estimen oportunos, se notificará por fax, telegrama o correo electrónico a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del sobre C conteniendo la oferta económica. La convocatoria deberá realizarse con una antelación mínima de tres días, debiendo publicarse asimismo, con la misma antelación, en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento (www.aytosanlorenzo.org). Reunidos en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta. A continuación, el Secretario procederá a la apertura de los sobres C de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa. La Mesa de Contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, y teniendo en cuenta los criterios de adjudicación contenidos en el Pliego, elevará al Órgano de Contratación la valoración de las ofertas. Cláusula 12.- Adjudicación. A la vista de la valoración efectuada por la Mesa de contratación, el órgano de contratación clasificará por orden decreciente, de las proposiciones presentadas y requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de disponer de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, y de haber constituido la garantía definitiva. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del RGLCAP: La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social así como con la agencia tributaria se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Cláusula 13. Garantía definitiva.. El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa estará obligado a constituir, a disposición del órgano de contratación, una garantía definitiva. Su cuantía será igual al 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, I.V.A. no incluido. La garantía definitiva se constituirá de conformidad con lo preceptuado en los artículos 95 a 102 del Real decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, si se presentara mediante aval bancario éste se ajustará al modelo señalado en el anexo III. Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución. Cláusula 14. Formalización del contrato. La Administración y el contratista deberán formalizar este contrato en documento administrativo dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación. Cuando por causas imputables al contratista no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial podrá acordar la resolución del mismo. En este supuesto procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar a la Administración una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización. Una vez adjudicado el contrato, se devolverán a los interesados, cuyas ofertas no hubiesen sido admitidas la documentación que haya acompañado a su proposición previo recibí de los mismos. CAPÍTULO IV - EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 15. Principio de riesgo y ventura. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo dispuesto por el artículo 215 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cláusula 16. Programa de trabajo. En cuanto a la obligación de presentación del programa de trabajo, se estará a lo que determina el Pliego de prescripciones técnicas. Cláusula 17.- Responsable del contrato. Será responsable del contrato el titular del puesto de Ingeniero Técnico Municipal. Cláusula 18. Dirección de los trabajos. La dirección de los trabajos corresponde al responsable del contrato o, en su defecto, al representante que designe el órgano de contratación. Son funciones del responsable del contrato o del representante del órgano de contratación: a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales. b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la ejecución del contrato en cada una de sus fases. c) Dar las órdenes oportunas para lograr los objetivos del contrato. d) Proponer las modificaciones que convenga introducir. e) Expedir, en su caso, las certificaciones parciales y conformar las facturas correspondientes a los trabajos realizados según los plazos de ejecución y abono que se hayan acordado.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo del contrato. g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los trabajos y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del contrato. Cláusula 19. Duración del contrato. El plazo de vigencia del contrato será de dos años, contados a partir de la fecha de formalización del mismo. Cláusula 20. Prórroga del contrato. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, el contrato podrá prorrogarse año a año, de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización, sin que la duración total del contrato (contrato inicial más prórrogas), superen los 4 años. La garantía definitiva constituida inicialmente se podrá aplicar al período de prórroga sin que sea necesario reajustar su cuantía, salvo que junto con la prórroga se acuerde la modificación del contrato. Cláusula 21. Penalidades por incumplimiento de obligaciones contractuales. Si los trabajos sufriesen un retraso en su ejecución y siempre que el mismo no fuere imputable al contratista, si éste ofreciera cumplir sus compromisos se concederá por el órgano de contratación un plazo que será por lo menos igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor. Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en demora o infracción de sus obligaciones, se estará a lo dispuesto en el apartado 20 del Pliego de prescripciones técnicas. La aplicación y el pago de las penalidades no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista. Cláusula 22. Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios. El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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Igualmente, el contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros por errores u omisiones o métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Cláusula 23. Modificación del contrato. El órgano de contratación podrá acordar, una vez perfeccionado el contrato y por razones de interés público, modificaciones en el en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 219 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo se estará a lo dispuesto en el artículo 306 del mismo texto legal. Cláusula 24. Suspensión del contrato. La Administración podrá acordar por razones de interés público la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, podrá proceder la suspensión del cumplimiento del contrato por el contratista si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, en su relación con la disposición Transitoria Sexta del mismo texto. Los efectos de la suspensión del contrato se regirán por lo dispuesto en el artículo 220 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre así como en los preceptos concordantes del RGLCAP. Cláusula 25. Cesión del contrato. Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 226 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre. Cláusula 26. Subcontratación. Los derechos y obligaciones dimanantes del presente contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario a un tercero siempre que se cumplan los supuestos y los requisitos establecidos en el artículo 227 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, quedando obligado al cumplimiento de los requisitos y obligaciones establecidos en el artículo 228 del mismo texto legal. En todo caso, el contratista asumirá la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la Administración. CAPÍTULO V - DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Cláusula 27. Abonos y relaciones valoradas. El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute con sujeción al contrato, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la Administración, a través del

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL responsable del contrato, en su caso, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el apartado 22 del anexo I. Cláusula 28. Revisión de precios. En la revisión de precios se estará a lo especificado en el apartado 19 del anexo I, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre. Cláusula 29. Obligaciones, gastos, impuestos y responsabilidades exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser éstos repercutidos como partida independiente. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, como, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado o en otros medios de difusión, se establece en 600€ El contratista deberá respetar el carácter confidencial de la información a que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato, estando sometido a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Cláusula 30. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales. El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales vigentes en la Comunidad de Madrid en:

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Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, C/ Ventura Rodríguez,7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 900 71 31 23 y 91 420 58 15, fax 91 420 57 79. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos). CAPÍTULO VI - EXTINCIÓN DEL CONTRATO Cláusula 31. Cumplimiento del contrato y recepción del servicio. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración la totalidad de su objeto. Si la prestación del contratista no reuniere las condiciones necesarias para proceder a la finalización del contrato, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que subsane los defectos observados y cumpla sus obligaciones en el plazo que para ello se fije, no procediendo el reconocimiento del cumplimiento del contrato hasta que dichas instrucciones hayan sido cumplimentadas, levantándose entonces el acta correspondiente. El incumplimiento de las instrucciones sin motivo justificado será causa de resolución, con los efectos que legalmente procedan. Si los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, el órgano de contratación podrá rechazar la misma, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Cláusula 32. Liquidación del contrato. Dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del contrato la Administración deberá acordar y notificar al contratista la liquidación del contrato y abonarle, en su caso, el saldo resultante. Si se produjese demora en el pago del saldo de liquidación, el contratista tendrá derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Cláusula 33. Propiedad de los trabajos y protección de datos de carácter personal. Todos los estudios y documentos elaborados en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. El contratista, como encargado del tratamiento, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley, especialmente en lo indicado en sus artículos 9, 10, 12, y en el Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid. Cláusula 34. Plazo de garantía. El plazo de garantía comenzará a contar desde la fecha de finalización del contrato y se establece en doce meses. Durante dicho plazo la garantía definitiva responderá del concepto señalado en el artículo 100 y en especial en la letra d) del mismo, del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Cláusula 35. Vicios o defectos durante el plazo de garantía. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los servicios prestados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del servicio. Cláusula 36. Devolución y cancelación de la garantía definitiva. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos de los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Cláusula 37. Resolución del contrato. Son causas de resolución del contrato las recogidas en los artículos 223 y 308 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, así como las siguientes:

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- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración. - El incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación, sin perjuicio de las penalidades que, en su caso, se pudieran imponer, conforme a lo establecido en la cláusula 21 del Pliego de prescripciones técnicas. - La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración. - El incumplimiento de la obligación del contratista de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la forma reglamentariamente establecida por el artículo 109 del RGLCAP. En los casos de resolución por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva sobre la garantía, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada. Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 224 del Real Decreto Ley 3/2011, de 14 de noviembre y 110 del RGLCAP, y para sus efectos a lo dispuesto en los artículos 223 y 308 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre. Cláusula 38. Prerrogativas de la Administración, revisión de decisiones y Tribunales competentes. De acuerdo con lo establecido en la cláusula primera del pliego, este contrato tiene carácter administrativo. El órgano de contratación tiene la facultad de resolver cuantas cuestiones se susciten durante la vigencia del mismo sobre su interpretación, modificación, efectos y extinción, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en la ley.

Los actos del órgano de contratación serán inmediatamente ejecutivos, poniendo fin a la vía administrativa. Contra estas resoluciones podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución o ser impugnado directamente ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL FECHA Y FIRMA

ANEXO I PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES, EQUIPOS Y SISTEMAS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS (PCI) DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL (MADRID) 1.- OBJETO El objeto de este Pliego es la contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo y conservación de las Instalaciones, Equipos y Sistemas de Protección Contra Incendios (PCI) de los edificios municipales dependientes del M.I. Ayto. de San Lorenzo de El Escorial que se relacionan en el anexo A; así como en las nuevas dependencias municipales que pudieran entrar en funcionamiento durante la vigencia del contrato o las modificaciones que se produzcan durante la vigencia del mismo como consecuencia de reformas en las dependencias existentes. 2.- AMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación del contrato se extenderá a todas las instalaciones, equipos y sistemas de protección contra incendios existentes en cada uno de los Centros o Dependencias Municipales, relacionados en el Anexo A del presente pliego, así como a las posibles modificaciones de los mismos durante la vigencia del contrato y a las nuevas dependencias municipales que pudieran entrar en funcionamiento durante la vigencia del contrato, previa comunicación al adjudicatario. A todos los efectos se considerarán instalaciones de protección contra incendios los siguientes sistemas con sus correspondientes componentes: • Detección y alarma • Pulsadores de alarma • Extintores de incendios • Bocas de incendio equipadas • Hidrantes • Columnas secas • Extinción automática • Señalización • Abastecimiento de agua (red, válvulas, depósitos, bombas principales y auxiliares) 3.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS Realizar las revisiones de los distintos equipos y sistemas de protección contra incendios existentes en los Centros o Dependencias Municipales relacionados en el 21

M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL Anexo A, realizando las operaciones de mantenimiento preventivo correspondientes y con la frecuencia indicada en el RD 1942/1993 de 5 de noviembre, Apéndice 2, Tabla II, así como en la Tabla II de la Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo del RD anteriormente citado. A continuación, y dado el carácter general de las operaciones de mantenimiento relacionadas en el Real Decreto anteriormente mencionado, se detallan las operaciones mínimas que son necesarias realizar para dar cumplimiento a las mismas, que a su vez, vendrán detalladas también en las fichas de trabajo que serán facilitadas por el adjudicatario en soporte informático y deberán ser debidamente cumplimentadas y entregadas en el mismo formato. 4.- OPERACIONES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Las empresas licitadoras presentarán un plan de trabajo o programa de mantenimiento en el que se indique la metodología y sistemática a seguir. Dicho plan será uno de los puntos de valoración de ofertas. Las operaciones a realizar por la empresa adjudicataria del presente concurso, serán las contempladas en el Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios; las cuales a continuación se detallan: SISTEMA MANUAL DE ALARMA DE INCENDIOS PERIODICIDAD ACTUACIONES ANUAL • Verificación integral de la instalación • Limpieza de sus componentes • Verificación del estado de carga (peso, presión) y en el caso de extintores de polvo con botellín de impulsión, estado del agente extintor • Comprobación de la presión de impulsión del agente extintor • Estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mécanicas CADA CINCO AÑOS • A partir de la fecha de timbrado del extintor (y por tres veces) se retimbrará el extintor de acuerdo con la ITC-MIE AP.5 del Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS PERIODICIDAD ACTUACIONES ANUALMENTE • Desmontaje de la manguera y ensayo de ésta en lugar adecuado • Comprobación del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y del sistema de cierre • Comprobación de la estanqueidad de los racores, manguera y estado de las juntas • Comprobación de la indicación del manómetro con otro de referencia (patrón) acoplado en el racor de conexión de la manguera CADA CINCO AÑOS • La manguera debe ser sometida a una presión de prueba de 15 kg/cm2

EXTINTORES DE INCENDIO PERIODICIDAD ACTUACIONES ANUALMENTE • Comprobación del peso y presión en su caso • En el caso de extintores de polvo con botellín de gas de impulsión se comprobará el buen estado del agente extintor y el peso y aspecto externo del botellín • Inspección ocular del estado de la manguera, boquilla o lanza, válvulas y partes mecánicas Nota: En esta revisión anual no será necesaria la apertura de los extintores portátiles de polvo con presión permanente, salvo que en las comprobaciones que se citan se hayan o observado anomalías que lo justifique. En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situará en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado

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CADA CINCO AÑOS

la revisión interior del aparato. Como ejemplo de sistema indicativo de que se ha realizado la apertura y revisión interior del extintor, se puede utilizar una etiqueta indeleble, en forma de anillo, que se coloca en el cuello de la botella antes del cierre del extintor y que no pueda ser retirada sin que se produzca la destrucción o deterioro de la misma. • A partir de la fecha del timbrado del extintor (y por tres veces) se procederá al retimbrado del mismo de acuerdo con la ITCMIE-AP5 del Reglamento de aparatos a presión sobre extintores de incendios. (BOE nº 149, de 23 de Junio de 1982 y BOE nº 101, de 28 de abril de 1998) • Rechazo: se rechazarán aquellos extintores que, a juicio de la empresa mantenedora, presenten defectos que pongan en duda el correcto funcionamiento y la seguridad del extintor o bien aquellos para los que no existan piezas originales que garanticen el mantenimiento de las condiciones de fabricación

SISTEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN ROCIADORES DE AGUA, AGUA PULVERIZADA, POLVO, ESPUMA Y AGENTES EXTINTORES GASEOSOS PERIODICIDAD ACTUACIONES ANUALMENTE • Comprobación integral de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador, incluyendo en todo caso la verificación de los componentes del sistema, especialmente los dispositivos de disparo y alarma 24

M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL • Comprobación de la carga de agente extintor y del indicador de la misma (medida alternativa del peso o presión) • Comprobación del estado del agente extintor • Prueba de instalación en las condiciones de su recpeción ABASTECIMIENTO DE AGUA PERIODICIDAD ACTUACIONES ANUALMENTE • Gama de mantenimiento anual de motores y bombas de acuerdo con las instrucciones del fabricante • Limpieza de filtros y elementos de retención de suciedad en alimentación de agua • Prueba del estado de carga de baterías y electrolito de acuerdo con las instrucciones del fabricante • Prueba, en las condiciones de su recepción, con realización de curvas del abastecimiento con cada fuente de agua y energía

Queda expresamente incluido en el contrato la elaboración de informes, auditorias o asesoramientos que soliciten los Servicios Técnicos Municipales. Las revisiones reglamentarias quedarán anotadas en las correspondientes etiquetas que llevará cada elemento, aparte del informe que se debe emitir en conjunto y por centro y que se entregará al Departamento de Mantenimiento al finalizar las revisiones. Así mismo, se presentará un inventario de los extintores con que se cuenta, indicando el último retimbrado realizado. En el caso de apertura del extintor, la empresa mantenedora situará en el exterior del mismo un sistema indicativo que acredite que se ha realizado la revisión interior del aparato. Como ejemplo de sistema indicativo de que se ha realizado la apertura y revisión interior del extintor, se podrá utilizar una etiqueta indeleble, en forma de anillo, que se colocará en el cuello de la botella antes del cierre del extintor y que no pueda ser retirada sin que se produzca la destrucción o deterioro de la misma.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL Quedan expresamente incluidos en el contrato además, gastos tales como desplazamientos, mano de obra, pequeños materiales y cualquier otro material accesorio. 5.- ASISTENCIA COMPRENDIDA El Contratista adjudicatario se compromete por el presente Pliego de Prescripciones Técnicas a prestar los siguientes servicios: a) Mantenimiento Preventivo Efectuar las operaciones y verificaciones de Mantenimiento Preventivo que se detallan en el Punto 4 de Operaciones de Mantenimiento Preventivo, mediante visitas de técnicos y oficiales de mantenimiento debidamente acreditados, con todas las herramientas, material fungible y consumible y equipos de medida necesarios para dicho mantenimiento. Todas las visitas se realizarán en el horario de apertura al publico de cada dependencia o instalación. En relación a las Operaciones de Mantenimiento Preventivo del Punto 4, éstas suponen tan solo, una guía sobre la cual el Contratista elaborará el Programa de Mantenimiento Preventivo consensuado con el representante del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. b) Certificados y revisiones periódicas reglamentarios El Contratista estará obligado a realizar las revisiones periódicas obligatorias especificadas en la normativa vigente y entregará anualmente un acta o certificado de inspección de los sistemas de protección contra incendios. Este acta o certificado contendrá sello y número de registro de la Comunidad de Madrid, de la empresa de mantenimiento y firma de técnico competente. Si aparecieran defectos (no debidos a una mala ejecución de mantenimiento preventivo), a raíz de revisiones o inspecciones, en los que sea necesario emplear material de repuesto, el Contratista elaborará un presupuesto para corregir las anomalías detectadas y se actuará según lo indicado en el apartado Mantenimiento Correctivo de esta Cláusula. En caso contrario las acciones correctivas oportunas se entenderán de mala ejecución de las labores de mantenimiento preventivo y serán por cuenta del Contratista y además será penalizado según se describe en la cláusula correspondiente. c) Mantenimiento Correctivo En las inspecciones correspondientes a la realización del mantenimiento preventivo, Punto 4 de Operaciones de Mantenimiento Preventivo, podrá surgir la necesidad de un mantenimiento correctivo, como por ejemplo la renovación de un extintor, una manguera, etc. Se establecen dos tipos de Mantenimiento Correctivo, uno sin presupuesto previo y otro con presupuesto previo:

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c.1) Mantenimiento Correctivo sin presupuesto previo En este mantenimiento se incluyen todas las recargas de extintores que sean necesarias por caducidad o por uso en caso de incendio, a realizar en el mantenimiento preventivo, así como la resolución de incidencias en las que no se empleen materiales de repuesto y, tan solo, se empleen materiales fungibles o consumibles (precintos de extintores, anillas, etc.). Estos trabajos no supondrán coste adicional para el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. Para este tipo de mantenimiento correctivo se establece un plazo de resolución de la incidencia de tres días como máximo. c.2) Mantenimiento Correctivo con presupuesto previo Se refiere al mantenimiento correctivo en el cual sea necesario emplear material de repuesto, realizar obra civil o modificar la instalación. El mantenimiento correctivo con presupuesto previo se realizará en base a un presupuesto previo, que será realizado, si es posible, con unidades de la base de precios del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Guadalajara (base Precios Centro) con la baja ofertada. En el presupuesto previo se especificará la descripción de los trabajos, la mano de obra, el material de repuesto, el plazo de ejecución, la cantidad, precio unitario y total. Cuando el cuadro de precios de la base de Precios Centro no contenga el material o trabajos necesarios a realizar, el precio del material de repuesto estará fijado por las tarifas de venta al público (P.V.P.) de la casa o distribuidor comercial que lo suministre. Una vez revisado el presupuesto por el representante del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, podrá ser aceptado entregándose copia compulsada al Contratista o se solicitarán cambios en el mismo. Los trabajos de mantenimiento correctivo se deberán realizar en el plazo acordado, en caso de retraso sin causas justificadas, el Contratista será penalizado. d) Gestión de Mantenimiento El Contratista se encargará de la gestión del mantenimiento de las instalaciones de Protección Contra Incendios del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, realizando: - Se entregará con la frecuencia que indiquen los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial y con la información y formato que estos señalen, la relación de los trabajos realizados (partes de trabajo indicando fechas, tareas realizadas, material, tiempo empleado, lugar, etc.) - Histórico de las instalaciones. - Las gestiones con la Delegación de Industria de la CM u O.C.A. para los certificados de revisión de las Instalaciones de Protección de Incendios y

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL cualquier otra gestión de obligado cumplimiento con el organismo competente. Por otro lado, el supervisor del mantenimiento por parte del Contratista se reunirá con el representante del Ayuntamiento al menos una vez concluida la revisión general reglamentaria a fin de procurar la continua mejora en la calidad de la prestación del servicio. 6.- OBLIGACIONES El contratista se compromete a: a) Dejar todos los extintores y Bocas de Incendio Equipadas y del resto de instalaciones –si hubieran sido corregidas las incidencias con presupuesto- del M.I. Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial en perfecto estado de conservación y funcionamiento al finalizar el contrato. b) Designar a una persona, encargada de la supervisión de los trabajos de mantenimiento, y que se responsabilice de la correcta ejecución de los trabajos y a la que en primera instancia se pueda dirigir el representante del Ayuntamiento. c) Realizar todo lo indicado en la cláusula de asistencia comprendida del presente pliego de prescripciones técnicas. d) La mano de obra a emplear por el Contratista será siempre de la más alta calificación requerida para cada trabajo, con experiencia y formación específica en instalaciones de protección contra incendios, así como seleccionar y manejar herramienta, equipos de medida y material de repuesto. e) Que su personal respete, en general, las normas de régimen interior vigentes en el recinto donde se encuentren las instalaciones. f) Llevar un control de la vida de funcionamiento de cada equipo, informando al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial de la conveniencia de su sustitución cuando esta sea necesaria. g) Disponer de los equipos necesarios para la ejecución de los trabajos, tales como herramientas manuales, aparatos de medida, equipos de soldadura, etc. h) Mantener los equipos de medida conforme ISO 9001. 7.- MEDIOS COMPRENDIDOS A los efectos del presente Pliego, los materiales se clasifican como: a) Materiales fungibles b) Materiales consumibles c) Materiales de repuesto a) Materiales fungibles Se entenderá por materiales fungibles todos aquellos que se caracterizan por poseer una duración de vida corta, bien de forma normal o aleatoria. El suministro de los materiales fungibles correrá a cargo del Contratista. Entre los materiales fungibles consideramos, de forma no exhaustiva, los siguientes: - Juntas de estanqueidad para equipos de protección contra incendios.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL - Pernos, precintos, clip o anilla de seguridad, tornillos ordinarios, clavos, abrazaderas, tacos, etc. - Fusibles, pilotos. - Cinta aislante, clemas de unión, terminales, pegatinas, etiquetas revisión, etc. - Otros materiales fungibles. b) Materiales consumibles Se entenderá por productos consumibles todos aquellos que se utilizan en los procesos de funcionamiento o mantenimiento de las instalaciones y se consumen de forma continua. El suministro de productos consumibles correrá a cargo del Contratista a excepción de los suministros de energía corrientes contratados por el Ayuntamiento tales como gasóleo, energía eléctrica, etc. Entre los materiales consumibles consideramos de forma no exhaustiva, los siguientes: - Productos de recarga de extintores. - Polvo polivalente de extintores de eficacia según normativa y características del extintor instalado. - Baterías de centrales de detección. - Productos de limpieza de piezas y elementos de reparación. - Productos anticorrosión y desincrustante. - Trapos de limpieza de piezas y equipos. - Otros materiales consumibles. c) Materiales de repuesto Se entenderá como repuesto todo material y (o) equipo no contemplado en los apartados anteriores. Los materiales de repuesto, renovación o sustitución serán facturados aparte por el Contratista. Los repuestos serán suministrados e instalados por el Contratista según los siguientes requisitos: - Serán de alta calidad y ultimo diseño de fabricante cualificado. Los materiales que realicen funciones similares deberán proceder del mismo fabricante a fin de reducir el trabajo de mantenimiento. - Serán nuevos y tendrán el marcado CE, no admitiéndose materiales sin el certificado actualizado de aseguramiento de la calidad de la norma que le corresponda y, si es obligatorio, llevarán estampados o grabados en una placa las características y marca del fabricante. - Serán inspeccionados y revisados por el Contratista cuando le sean entregados. Para ello eliminará las fijaciones, conexiones y posible suciedad, cerciorándose de que llegan en perfectas condiciones de servicio.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL - Estarán adecuadamente protegidos desde su recepción hasta el momento del montaje. Se tomarán disposiciones para prevenir daños en cualquier equipo o elemento en razón o condiciones meteorológicas adversas, corrosión, humedad, suciedad, daños físicos u otras condiciones adversas que pueden presentarse en su almacenamiento. - El manejo, instalación y pruebas de todos los materiales y equipos se efectuarán de estricto acuerdo con las recomendaciones del fabricante y las prácticas de ingeniería reconocidas como buenas. - Los materiales, equipos defectuosos o que resulten averiados en el transcurso de un año, serán sustituidos o reparados a efectos de la garantía. 8.- INVENTARIO E INFORMES En el primer trimestre de vigencia del contrato la empresa adjudicataria realizará un inventario de las instalaciones y un informe sobre los sistemas de detección y extinción de incendios instalados en cada centro, especificando su estado general, adecuación o no a la normativa vigente, propuestas de mejora o de subsanación de defectos. Las instalaciones de PCI descritas en el Anexo A para cada dependencia tienen única y exclusivamente carácter informativo, corriendo por cuenta de la empresa concursante el realizar visita a las instalaciones y determinar el tipo y número de unidades correcto de las instalaciones existentes en cada dependencia. En el primer mes de la segunda o posteriores anualidades la empresa adjudicataria realizará el mismo tipo de inventario e informe. Esta información será entregada en soporte papel y formato digital a especificar e indicar por los Servicios Técnicos del M.I. Ayto de San Lorenzo de El Escorial. 9.- AVISOS Los avisos serán dados por el Departamento de Mantenimiento Municipal en el fax que la empresa debe poner a su disposición, debiendo ser atendidos como máximo dentro de las 72 horas siguientes contabilizadas a partir de recibir la notificación. Para atender avisos excepcionales la empresa adjudicataria deberá proporcionar un teléfono de recepción de avisos durante las 24 horas los 365 días del año. 10.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO La empresa adjudicataria deberá aportar el certificado como empresa mantenedora de instalaciones de protección contra-incendios en todos los campos de actuación que recoge este Pliego. Sin este documento no se podrá considerar la oferta correspondiente. 11.- DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de vigencia del contrato será de dos años contados a partir de la formalización del mismo. Dicho contrato podrá prorrogarse tácitamente año a año por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización (máximo un total de cuatro años).

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12.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL El Contratista deberá tener suscrita una póliza de responsabilidad civil acerca de terceros hasta un límite de UN MILLON DE EUROS (1.000.000 €) por siniestro. 13.- TIPO DE LICITACION El precio máximo de licitación para el primer año del contrato asciende a un total de 10.000 euros (DIEZ MIL EUROS) excluido el IVA vigente en la actualidad correspondiente al 18%, con una base imponible de 10.000 euros y 1.800 euros correspondientes al 18% de IVA (total 11.800 euros IVA incluido). A todos los efectos se entenderá que el precio comprende todos los gastos que la empresa debe realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, tales como mano de obra, desplazamientos, etc; así como toda clase de tributos e impuestos que sean de aplicación (Gastos Generales, Beneficio Industrial, IVA, etc.). 14.- CLASIFICACIÓN Y REQUISITOS EN LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Para que las ofertas sean consideradas válidas el Contratista deberá presentar la siguiente documentación: • Certificado de Empresa Mantenedora Autorizada de Instalaciones de Protección Contra Incendios en la CM. • Certificado de calidad como empresa mantenedora de Instalaciones de Protección Contra Incendios. • Certificado de calidad ISO 9001 • Clasificación: o Grupo P. Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones. o Subgrupo 5. Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones de seguridad contra incendios. o Categoría D 15. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES La empresa adjudicataria cumplirá las disposiciones de la Normativa General y Autonómica, sobre RIESGOS LABORALES. De forma especial asumirá los compromisos siguientes: 1º.- En el plazo máximo de 3 meses, procederá a la EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS que pudieran afectar a sus operarios en las dependencias municipales, en el desempeño de las funciones propias del servicio contratado y en las condiciones concretas que se dan en las instalaciones o dependencias del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. 2º.- Del mismo modo procederán, respecto a los posibles riesgos que afecten al personal del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, como consecuencia de las operaciones o trabajos que haya de realizar su personal en nuestras dependencias. 31

M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL 3º.- Los trabajadores de la empresa adjudicataria que presten servicios en las dependencias del Ayuntamiento tendrán la formación necesaria en la prevención de riesgos a que se refieren los dos apartados anteriores. Todo ello, independientemente de que hallan de entregársele por escrito las "Instrucciones preventivas del puesto". 4º.- La empresa adjudicataria dispondrá de los equipos de protección colectiva y dotará a sus operarios de los equipos de protección individual (EPIS), debidamente homologados, exigidos o recomendados para cada puesto de trabajo. 5º.- Los trabajadores en cuestión, mientras permanezcan en los recintos o lugares en que desarrollan su actividad y en el caso de que alguna causa, cualquiera que fuese su origen, motivase una emergencia, colaborarán con los equipos de intervención propios del Ayuntamiento en las funciones que se les asigne. 6º.- La empresa adjudicataria estará facultada y homologada para emitir las certificaciones e informes relativos a Salud e Higiene Laboral que sean requeridos por los organismos públicos o que solicite el Ayuntamiento, sobre el estado de las instalaciones o equipos, objeto del mantenimiento. 7º.- El cumplimiento de cuanto se detalla en los apartados anteriores, se documentará ante el Ayuntamiento, en el referido plazo de 3 meses. 16. NORMATIVA APLICABLE El contrato se ejecutará de acuerdo con la normativa vigente en la materia y la que pudiera entrar en vigor durante la vigencia del contrato, en la actualidad está compuesta fundamentalmente por: • Real Decreto 1942/1993, por el que se aprueba el Reglamento de protección contraincendios, complementado por el RD 786/2001, de 6 julio, y desarrollado por la Orden de 16 de abril de 1998 y por la Orden de 27 de mayo de 2009. • Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. • Normas UNE de aplicación para los sistemas de detección de incendios y alarma. • Código Técnico de la Edificación, RD 314/2006, de 17 de marzo (con sus posteriores modificaciones). • Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. • Real Decreto 842/2002 del 2 de agosto de 2002, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico de baja tensión. • Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 17.- CLÁUSULAS PARTICULARES La oferta deberá reflejar el coste unitario por Centro, así como el coste total, incluido el IVA, en ambos casos. 32

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En las actas de las revisiones deberá figurar el nombre, sello y número de registro correspondiente. Tanto las actas como las fichas de mantenimiento y el Certificado de mantenimiento, deberán estar en el Centro correspondiente debidamente cumplimentadas y selladas y a disposición de los servicios de inspección en materia de prevención de incendios al menos durante cinco años a partir de la fecha de expedición. Deberá remitirse una copia de las actas, fichas y Certificado, en soporte informático, preferiblemente en CD al Departamento de Mantenimiento Municipal. Todas las revisiones se deberán realizar en los horarios de apertura al publico específicos de cada dependencia. Los trabajos se realizarán coincidiendo con el segundo trimestre. Todas las revisiones tendrán que haber finalizado con anterioridad al cumplimiento del segundo trimestre natural correspondiente, y deberán de ir acompañadas documentalmente de las fichas de trabajo y del acta y certificado correspondiente. La documentación referida deberá estar entregada tal como se indica en apartados anteriores con anterioridad a 15 días posteriores al vencimiento del segundo trimestre natural. De los informes, se remitirá copia al Departamento de Mantenimiento, así como original del presupuesto correspondiente, … para subsanar las anomalías y deficiencias detectadas, detallando precios unitarios, al objeto de cumplir con la normativa vigente relacionada en el presente pliego. Los detectores iónicos que por cualquier circunstancia no tuvieran reparación y tuvieran que ser sustituidos, la empresa adjudicataria se comprometerá a retirarlos siguiendo las pautas que la normativa vigente contemple. Los aparatos, equipos, sistemas y componentes objeto del presente servicio de mantenimiento, se someterán a operaciones de revisión después de haber funcionado por causa de incendio y en cualquier caso, anualmente. En el caso de tener que retirar un extintor o BIE por cualquier causa, se dejará otro en su lugar de iguales características o superiores, hasta que se instale de nuevo el elemento retirado. Se incluirá la cesión, por parte de la empresa contratada, de extintores con los diferentes tipos de agente extintor existentes en cada Centro para usar en cursos internos de formación práctica del personal. En cualquier caso la cesión no será superior en número al 5% de los extintores existentes en cada Centro y se facturarían aparte las recargas de los extintores empleados.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL La empresa mantenk8iedora garantizará la gestión informatizada del servicio prestado, así como la actualización y gestión de la relación de equipos y sistemas de protección contra incendios existentes en cada una de las revisiones, al objeto de garantizar la atención inmediata de solicitud de información de los citados equipos y sistemas, así como la presentación de la misma. 18.- RECARGAS Y RETIMBRADOS Las operaciones de recarga, retimbrado y revisión, quedarán reflejadas en los extintores mediante etiqueta reglamentaria donde figurará el número de registro industrial del recargador y mantenedor de los extintores, especificando la fecha correspondiente y la firma del técnico cualificado que ha efectuado la operación. En los supuestos de recarga, retimbrados y reparaciones, cuando haya que retirar algún extintor o manguera de BIE, la empresa adjudicataria sustituirá los elementos retirados de su ubicación habitual por otros de similares características, que deberán de la misma manera ser retirados cuando se repongan los de propiedad del Ayuntamiento. 19.- REVISIÓN DE PRECIOS El 1 de enero de cada año durante la duración del contrato, se revisarán los precios del mismo, siendo la cuantía de la revisión del 85% de la variación que sufra el índice de Precios al Consumo emitido por el Instituto Nacional de Estadística referido a los doce meses anteriores. En el primer año no habrá posibilidad de revisión de precios. 20.- INFRACCIONES Las Infracciones que cometa el adjudicatario en la ejecución de los servicios, se clasificarán en muy graves, graves y leves: A) Se considerarán Infracciones Muy Graves: 1.- La prestación manifiestamente defectuosa o irregular de los servicios, con incumplimiento de las condiciones establecidas. 2.- Retraso sistemático en la reparación de averías o en la realización de las inspecciones periódicas, fraudes en las formas de prestación, no utilización de los medios mecánicos exigidos o mal estado de conservación o decoro de los mismos. 3.- Cesión, subarriendo o traspaso total o parcial de los servicios, sin autorización expresa del Ayuntamiento. B) Tendrán la consideración de Infracciones Graves: 1.- El retraso reiterado en la reparación de averías. 2.- Irregularidades inadmisibles en la prestación de los servicios, con arreglo a las condiciones fijadas en el presente Pliego. 3.- La reiteración en la Comisión de tres faltas leves anuales.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL C) Se considerarán Infracciones Leves todas las demás no previstas anteriormente y que conculquen de algún modo las condiciones establecidas en este Pliego de Condiciones en perjuicio leve de los servicios. 21.- SANCIONES Las sanciones que podrá imponer la Corporación al Contratista serán las siguientes: A) Por la comisión de infracciones muy graves: multas de 1.050 a 3.000 euros. La comisión de dos infracciones muy graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, incautación de la Garantía o indemnización por daños y perjuicios. B) Las infracciones graves podrán ser sancionadas con multas de 550 a 1.000 euros. La comisión de cinco infracciones graves podrá ser sancionada con la rescisión del contrato, incautación de la garantía o indemnización por daños y perjuicios. C) Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas de 100 a 500 euros. La imposición de sanciones requerirá la incoación del oportuno expediente sumario actuando de Instructor el Alcalde o Concejal en quien delegue y Secretario, el de la Corporación. En dicho Expediente se dará audiencia al Adjudicatario, se practicará la información y pruebas necesarias a la justificación de los hechos y se observarán las garantías jurídico-administrativas prescritas por las disposiciones vigentes. En la Resolución del expediente será competente: a.- El Alcalde cuando se trate de sancionar infracciones calificadas de leves y graves. b.- La Junta de Gobierno Local, las infracciones calificadas como muy graves. El importe de las sanciones económicas podrá ser descontado por el Ayuntamiento a la empresa adjudicataria al percibir el importe periódico de los servicios que presta o bien podrá cargarse sobre la garantía constituida, debiendo en este último caso el contratista reponer el importe de la garantía en su totalidad a requerimiento del Alcalde de San Lorenzo de El Escorial y en el plazo que se determine. 22.-FORMA DE PAGO Los trabajos se abonarán en un único pago anual, una vez presentados los informes anuales y fichas técnicas de operaciones de mantenimiento realizadas en ese período. Las facturaciones motivadas o como consecuencia del Mantenimiento Correctivo con Presupuesto o a resultas de nuevas actuaciones (recambios y/o reparaciones no incluidos en las operaciones de mantenimiento) se presentarán al cobro

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL independientemente, debiendo de presentarse facturas independientes por cada centro en los que se hallan ejecutado. 23.- OFERTAS 1. Las empresas licitadoras deberán presentar oferta económica para la Reparación, Mantenimiento y Conservación. 2. Deberán presentar precios unitarios por cada instalación o Dependencia Municipal. Las instalaciones de PCI descritas en el Anexo A para cada dependencia tienen única y exclusivamente carácter informativo, corriendo por cuenta de la empresa concursante el realizar visita a las instalaciones y determinar el tipo y número de unidades correcto de las instalaciones existentes en cada dependencia. 3. Deberán presentar copia de un seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos que pudieran producirse, mediante póliza por una cuantía mínima de 1.000.000 euros que se actualizará anualmente. 4. Será obligatorio que todas las empresas ofertantes realicen una visita a todas las instalaciones. 5. Para reformas y obras nuevas, se acompañará en la oferta una baja en tanto por ciento (%) propuesta sobre los precios fijados por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Guadalajara. 6. La oferta deberá incluir las mejoras al plan previsto en las revisiones periódicas del apartado 4. 24.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Los criterios, por orden decreciente de importancia y con la puntuación que se atribuye, que servirán de base para la adjudicación del contrato, serán los siguientes: A) MEJOR OFERTA ECONÓMICA: Hasta 70 Puntos a.1) Se valorará con un máximo de 50 puntos la oferta económica relativa al servicio de mantenimiento sin presupuesto previo que suponga menor coste económico. Se considerarán con cero puntos las ofertas sin baja. Las ofertas cuya baja esté comprendida entre 0 % y 10 % el resultado de interpolar linealmente entre 0 y 40 puntos, correspondiendo 0 puntos a la oferta sin baja y 40 puntos a la oferta con una baja del 10 %. Las ofertas cuya baja esté comprendida entre 10 % y 20 % el resultado de interpolar linealmente entre 40 y 50 puntos, correspondiendo 40 puntos a la oferta con baja del 10 % y 50 puntos a la oferta con una baja del 20 %. A las ofertas con baja superior al 20 % se les asignarán 50 puntos. a.2) Se valorará con un máximo de 20 puntos la oferta económica relativa al servicio de mantenimiento con presupuesto previo o nuevas actuaciones que suponga menor coste económico sobre el cuadro precios COATGU vigente. Se considerarán con cero puntos las ofertas sin baja. Las ofertas cuya baja esté comprendida entre 0 % y 10 % el resultado de interpolar

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL linealmente entre 0 y 10 puntos, correspondiendo 0 puntos a la oferta sin baja y 10 puntos a la oferta con una baja del 10 %. Las ofertas cuya baja esté comprendida entre 10 % y 20 % el resultado de interpolar linealmente entre 10 y 20 puntos, correspondiendo 10 puntos a la oferta con baja del 10 % y 20 puntos a la oferta con una baja del 20 %. A las ofertas con baja superior al 20 % se les asignarán 20 puntos. B) VALORACIÓN TÉCNICO-ECONÓMICA DE LAS PRESTACIONES: Hasta 20 puntos Se valorará cada oferta atendiendo a los siguientes parámetros: - Programa mantenimiento de las instalaciones PCI. Hasta un máximo de 10 puntos. - Valoración programa obras mejora y renovación de las instalaciones. Hasta un máximo de 10 puntos. C) MEJORAS SOBRE LAS PRESTACIONES OBLIGATORIAS: Hasta 10 puntos - Se entienden por MEJORAS las prestaciones que oferten los licitadores que, no estando incluidas entre las prestaciones obligatorias que se derivan del presente Pliego y del objeto del contrato, reúnan además los siguientes requisitos: a) Indicar claramente sus contenidos técnicos y valoración económica pormenorizada, que serán a cargo enteramente del adjudicatario. b) Tener interés objetivo para el Ayuntamiento, bien por significar una clara mejora en la calidad del servicio, bien por conllevar una mejora de las instalaciones, equipos o bienes propiedad de dicha Administración.

ANEXO A INSTALACIONES

Unidades 26 1

1. CASA CONSISTORIAL Plaza Constitución 3 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos Sistemas detección incendios

Unidades 40

2. POLICIA MUNICIPAL Plaza Constitución 3 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 8

3. CENTRO ACTIVIDADES SOCIALES Y MUJER C./ Juan de Toledo 27 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

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Unidades 45 4 3

4. CASA CULTURA C./ Floridablanca 3 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos Bocas Incendios Equipadas Sistemas detección incendios

5. BIBLIOTECA MUNICIPAL “PEDRO ANTONIO DE ALARCÓN” Y ESCUELA MÚSICA C./ Vista Bella 5 Unidades Equipos e Instalaciones 24 Extintores diversos tipos 2 Bocas Incendios Equipadas 2 Sistemas detección incendios 1 Sistema abastecimiento agua

Unidades 48 17 3

6. POLIDEPORTIVO ZABURDÓN C./ Las Pozas 183 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos Bocas Incendios Equipadas Sistemas detección y alarma incendios

Unidades 35

7. CASA JUVENTUD-EDUCACIÓN C./ Presilla 11 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 28 7 1 1

8. DEPENDENCIAS BRIGADA MUNICIPAL C./ Paseo Miguel de Unamuno Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos Bocas Incendios Equipadas Sistemas detección incendios Abastecimiento agua, grupo de presión

Unidades 24 6

9. COLEGIO PUBLICO SAN LORENZO C./ Rey 43 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos Bocas Incendios Equipadas

Unidades 5

10. GIMNASIO C.P. SAN LORENZO C./ Juan de Toledo Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos 11. COLEGIO PUBLICO ANTONIORROBLES

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL Unidades 30 10 1 3

C./ Monte Fraile 6 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos Bocas Incendios Equipadas Abastecimiento agua, grupo de presión Sistema detección incendios

Unidades 1

12. OFICINA DE TURISMO C./ Grimaldi 4 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 8

13. EDUCACIÓN Tercera Planta Mercado C./ Francisco Muñoz 2 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

14. CENTRO EDUCACIÓN MEDIOAMBIENTAL “LOS LLANILLOS” Carretera Monte Abantos Unidades Equipos e Instalaciones 4 Extintores diversos tipos 1 Sistemas detección incendios

Unidades 8

15. CAMPO DE FUTBOL “LA HERRERIA” C./ Calleja Larga 30 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 1

16. VESTUARIOS POLICIA MUNICIPAL C./ Francisco Muñoz 10 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 1

17. CENTRO DIFUSIÓN TECNOLOGICA C./ Calvario 38 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 2

18. PABELLON OCRE Parque Terreros C./ Infantes 4 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 1

19. DEPENDENCIAS AJEDREZ Pabellón Parque Terreros C./ Infantes 4 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL 20. DEPENDENCIAS MUNICIPALES URB. FELIPE II ATENCIÓN CIUDADANO C./ Francisco Goya s/n Unidades Equipos e Instalaciones 1 Extintores diversos tipos

Unidades 4

21. DEPENDENCIAS ANEXAS SERVICIOS SOCIALES C./ Juan de Toledo 27 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 2

22. CEMENTERIO MUNICIPAL Carretera M-600 Km 0,10 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 4

23. ESCUELA TALLER MONTE ABANTOS C./ Vista Bella 2 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 12 6 1 1

24. MUSEO HERRERIANO C./ Pozas 3 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos Bocas Incendios Equipadas Sistema detección incendios Abastecimiento agua, grupo de presión

Unidades 2

25. SALA EXPOSICIONES FLORIDABLANCA C./ Floridablanca 3 Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 2

26. ALMACEN C./ San Juan 7 (La Pielera) Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 1

27. ALMACEN Plaza Jacinto Benavente Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

Unidades 2

28. ALMACEN PARKING PLAZA CONSTITUCIÓN Acceso Parking Plaza Constitución Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

Unidades 2

29. PUNTO LIMPIO C./ Panaderos s/n Equipos e Instalaciones Extintores diversos tipos

ANEXO II MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA: Incluirá los siguientes documentos: Doc. 1. “D./Dª.............................................................................................., con DNI número .................................... en nombre (propio) o actuando en representación de (empresa que representa)................................................................................. con NIF.............................con domicilio en ..................................................................................................................... calle ……........................................................................., número.................. enterado de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente, y de las obligaciones sobre protección del empleo, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y sobre protección del medio ambiente, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en las siguientes condiciones: Base imponible: IVA: Importe total de la oferta:

euros anuales euros euros anuales

Para reforma y obras nuevas se ofrece una baja del….. % sobre los precios fijados por el Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Guadalajara. Doc. 2. Desglose de coste unitario por Centro. (Adjuntar cuadro con precio por centro). Fecha y firma del licitador.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL ANEXO III MODELO DE AVAL La entidad…………….………………..(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF…………………….., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………....….., en la calle/plaza/avenida……………………...…………, CP…………….., y en su nombre (nombre y apellidos de los apoderados)…………………., …................................................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento, AVALA A (nombre y apellidos o razón social del avalado)……………………..…………………….., NIF ……………………….., en virtud de lo dispuesto por (norma/s y artículos/s que impone/n la constitución de esta garantía)…………………………para responder de las obligaciones siguientes (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato)……………, ante (órgano administrativo, Organismo Autónomo, o Ente Público) ….…………………… ………………por importe de (en letra y en cifra)………………………............……….euros. La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria. El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con número…………………….. ………………………….(Lugar y fecha) …….………(Razón social de la entidad) ...……………(Firma de los apoderados)

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

ANEXO IV MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN Certificado número………………………….. La entidad aseguradora (1)………………………....…………..en adelante asegurador, con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ………………., calle……..………………, y NIF…………………debidamente representado por D. (2)…………………..........................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación de la parte inferior de este documento ASEGURA A (3) ………………………..………………......, NIF ………...………………, en concepto de tomador de seguro, ante (4)………….…………………………………………………………….…………, en adelante asegurado, hasta el importe de (5)………………...…………………………………, (en cifra y letra)……………..Euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6)……………………., en concepto de garantía (7)…………………………., para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado. El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el art. 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, en los términos establecidos en el Real Decreto Ley 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Ley 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria. En………………………., a……………………de……………….de……….. Firma: Asegurador Instrucciones para la cumplimentación del modelo: (1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora. (2) Nombre y apellidos del apoderado/s (3) Nombre y apellidos/razón social del tomador del seguro. (4) Órgano de contratación. (5) Importe por el que se constituye el seguro. (6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase,…..) el contrato en virtud del cual se presta la caución, con indicación de las posibles prórrogas previstas en el contrato. (7) Expresar la modalidad de seguro de que se trata: provisional, definitiva, etc. Caución. (8) Autoridad a cuya disposición se constituye la garantía. ANEXO V MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO TENER DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL. D./Dña ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..……… en nombre propio o en representación de la empresa ……………………..…………………, con NIF nº ….……………, en calidad de ………………………...…………………....……… DECLARA: I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL de la Ley de Contratos del Sector Público. II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial y, si las tiene, están garantizadas. En ……………………………………, a …….. de …………………….. de …. Fdo.:

ANEXO VI MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES D./D.ª .................................................................... en calidad de .......................................... con DNI / NIE n.º: ..........................................., en nombre propio o en representación de la empresa ................................................................., con C.I.F:.........................., inscrita en el Registro de Licitadores de ……………………….……………….………, con el n.º ......., al objeto de participar en la contratación denominada …......................……………………. …………………………………………. convocada por el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, bajo su personal responsabilidad, DECLARA: A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro. B) Que de los datos de esta empresa anotados en el Registro de Licitadores han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro. Datos que han sufrido variación:

Documentación justificativa que se adjunta:

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M. I. AYUNTAMIENTO DEL REAL SITIO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

En ................................., a ....... de .......................... de 200... Fdo:

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