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MINISTERIO DEL INTERIOR OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION OFICINA DE INFRAESTRUCTURA
BASES ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA N° 0002-2005-OINFRA-OGA-MI OBRA:
“CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
COMITÉ ESPECIAL 2005
Adjudicación Directa Pública N° 0002-2005-OINFRA-OGA-MI
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MINISTERIO DEL INTERIOR
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN RUC Nº 20131366966 AV. CANAVAL Y MOREYRA, PLAZA 30 DE AGOSTO Nº 150 URB. CÓRPAC - SAN ISIDRO - LIMA PRIMERA CONVOCATORIA ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA N° 0002-2005-OINFRA-OGA-MI I
OBJETO DEL PROCESO: Seleccionar al Postor con la propuesta más conveniente para la ejecución de la obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”.
II
DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL OBJETO DEL PROCESO Contratación para la Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
III IV
CODIGO CIIU DEL OBJETO DEL PROCESO
452005
VALOR REFERENCIAL: S/.623,907.86 (SEISCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS SIETE Y 86/100 NUEVOS SOLES), incluido el IGV (19%), seguros, transporte, inspecciones, pruebas, todos los costos laborales y otros de acuerdo a ley hasta la Liquidación Final del Contrato, con precios al mes de MAYO 2005
V
SISTEMA DE CONTRATACIÓN El sistema de Contratación es a Suma Alzada
VI
FUENTE DE FINANCIAMIENTO Y SISTEMA DE CONTRATACION: Recursos Ordinarios del Ministerio del Interior – Año Fiscal 2005.
VII UBICACIÓN DE LA OBRA La obra se ejecutará en la calle 28 de Julio Nº 800, Distrito de Cascas, Provincia de Gran Chimú y Departamento de la Libertad. VIII DERECHO DE PARTICIPACIÓN: 1. LUGAR Y PAGO DE PARTICIPACIÓN Oficina de Tesorería de la Sede Central del Ministerio del Interior, ubicada en la Av. Canaval y Moreyra-Plaza 30 de Agosto No. 150 – distrito de San Isidro – Lima. 2. COSTO DEL DERECHO DE PARTICIPACIÓN S/. 25.00 (VEINTICINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES, archivos en CD. 3. REGISTRO DE PARTICIPANTES Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior, sito en la Av. Canaval y Moreyra-Plaza 30 de Agosto No. 150 – distrito de San Isidro – Lima. 4. HORARIO Desde las 08:15 hasta las 16:15 horas IX CALENDARIO • Convocatoria : 27-julio-2005 • Registro de Participantes : del 01-Agosto-2005 al 09-Agosto-2005 • Presentación de Consultas y Formulación de Observaciones : del 01-Agosto-2005 al 03-Agosto-2005 • Absolución de Consultas, Aclaración a las Bases e Integración de Bases : hasta el 08-Agosto-2005-2005 • Presentación de Propuestas, Evaluación de Propuesta y Otorgamiento de la Buena Pro : 15-Agosto-2005 a las 10:00 am Las Consultas y Observaciones, serán presentadas en la Mesa de Partes de la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración, en el horario establecido. El acto público de presentación de Propuestas y Otorgamiento de Buena Pro, se efectuará en la Sala de Reuniones del Ministerio del Interior , ubicado en el 6º piso de la Sede Central del Ministerio del Interior a las 10:00 am., sin tolerancia. Lima, Julio de 2005 EL COMITÉ ESPECIAL
Adjudicación Directa Pública N° 0002-2005-OINFRA-OGA-MI
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ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI.
BASES ADMINISTRATIVAS “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD” 1.0
GENERALIDADES 1.1
ALCANCES DE LAS BASES Cuando en las presentes Bases se menciona la palabra “LA LEY”, se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y la mención al “EL REGLAMENTO”, se entenderá al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.
1.2
OBJETO DEL PROCESO Seleccionar al Postor que presente la propuesta más conveniente para la ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”.
1.3
ENTIDAD QUE CONVOCA El Ministerio del Interior – Oficina General de Administración – Oficina de Infraestructura, con domicilio en la Av. Canaval y Moreyra, Plaza 30 de Agosto Nº 150 Urbanización Córpac, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima, con RUC Nº 20131366966, Telefax 475-7267
1.4
VALOR REFERENCIAL S/. 623,907.86 (SEISCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS SIETE Y 86/100 NUEVOS SOLES), incluido el IGV (19%), seguros, transporte, inspecciones, pruebas, todos los costos laborales y otros de acuerdo a ley hasta la Liquidación Final del Contrato, con precios al mes de MAYO 2005 Valor Referencial
S/. 623,907.86
SEISCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS SIETE Y 86/100 NUEVOS SOLES
Valor Máximo
110%
S/. 686,298.64
SEISCIENTOS OCHENTISEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTIOCHO Y 64/100 NUEVOS SOLES
Valor Mínimo
90%
S/. 561,517.08
QUINIENTOS SESENTIUN MIL QUINIENTOS DIECISIETE Y 08/100 NUEVOS SOLES
1.5
PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo es de CIENTO CUARENTA (140) DÍAS CALENDARIOS y regirá a partir del día siguiente de que se cumplan las condiciones señaladas en el Artículo 240º del “EL REGLAMENTO”.
1.6
SISTEMA DE CONTRATACIÓN El sistema de Contratación es a Suma Alzada.
1.7
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN Con financiamiento de la Entidad
1.8
FUENTE DE FINANCIAMIENTO La Obra será financiada con cargo a los Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001-Oficina General de Administración, Asignación 6.5.11.50 Servicios Terceros - Obras por Contrata del Presupuesto Fiscal 2005; del Pliego 007: Ministerio del Interior.
1.9
UBICACIÓN DE LA OBRA El mencionado proyecto esta ubicado en la calle 28 de Julio Nº 800, Distrito de Cascas, Provincia de Gran Chimú y Departamento de la Libertad.
1.10 CRONOGRAMA DE PROCESO DE SELECCIÓN • Convocatoria • Registro de Participantes • Presentación de Consultas y Formulación de Observaciones • Absolución de Consultas, Aclaración a las Bases e Integración de Bases
Adjudicación Directa Pública N° 0002-2005-OINFRA-OGA-MI
: :
27-julio-2005 del 01-Agosto-2005 al 09-Agosto-2005
:
del 01-Agosto-2005 al 03-Agosto-2005
:
hasta el 08-Agosto-2005-2005
3
• Presentación de Propuestas, Evaluación de Propuesta y Otorgamiento de la Buena Pro :
15-Agosto-2005 a las 10:00 am
1.11 REQUISITOS PARA SER POSTOR 1.- Registrarse en la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración (OGA) del Ministerio del Interior, pagando un derecho en conformidad al Articulo 61º de “EL REGLAMENTO” 2.- Estar inscritos en el Capítulo de Ejecutores de Obra del Registro Nacional de Proveedores (RNP), que administra el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y contar con la capacidad de contratación igual o mayor al Valor Referencial del presente proceso. 3.- No estar incluidos en el Capítulo de inhabilitados para contratar con el Estado del RNP. 4.- No estar comprendido en ninguno de los impedimentos señalados en el Artículo 9º de “LA LEY”. 5.- Podrán presentarse como postores, las personas naturales o jurídicas debidamente constituidas de acuerdo a la normatividad legal vigente sobre la materia e inscritas en los registros correspondientes. 6.- Podrán participar asimismo, postores en Consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente, designando un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta su liquidación; para ello, será necesario acreditar las existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionará luego del otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato, de conformidad a lo dispuesto por la Directiva N° 003-2002-CONSUCODE/PRE. 2.0
BASE LEGAL. • • • • • • • • • •
• • •
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 0842004-PCM. Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005. Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía. Decreto Legislativo Nº295, Código Civil Resolución Ministerial Nº 0144-2005-IN/0501 que aprueba el “Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio del Interior para el AF-2005”. Resolución Ministerial Nº 0365-2005-IN/0501, del 23 de Febrero del 2005, que delega en el Director General de la Oficina General de Administración, la de aprobar la realización de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas, asi como aprobar el Expediente de la Contratación de dichos procesos y designar a los Comités Especiales. Resolución Directoral Nº 402-2005-IN/0507 del 19-JUL-2005, que aprueba el Expediente Técnico para la ejecución de la Obra del presente proceso. Resolución Directoral Nº 405-2005-IN/0507 del 22-JUL-2005, que aprueba la realización y designa los miembros del Comité Especial para conducir el presente proceso. Reglamentos, Directivas, Acuerdos y Comunicados del CONSUCODE y Contraloría General de la República.
3.0
PROCESO DE SELECCIÓN Se establece como Requerimiento Técnico Mínimo, en el siguiente proceso, el Plazo de Ejecución de la Obra materia de la presente adjudicación, el cual se ha establecido en el Expediente Técnico en CIENTO CUARENTA (140) DIAS NATURALES en concordancia con el Art. 63 de EL REGLAMENTO. La aceptación de dicho plazo como requerimiento técnico de obligatorio cumplimiento, se hará constar mediante una Declaración Jurada en el FORMATO Nº 8.
4.0
PROCESO DE SELECCIÓN 4.1 CONVOCATORIA La convocatoria a un proceso de Adjudicación Directa Pública se realiza a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), de conformidad al Artículo 104º de “EL REGLAMENTO”. 4.2
REGISTRO DE PARTICIPANTES 4.2.1 Todo proveedor que desee participar en el presente Proceso de Selección deberá registrarse en la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración (OGA)
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4.2.2 4.2.3 4.2.4
del Ministerio del Interior, pagando el derecho de participación de S/. 25.00 en la Oficina de Tesorería de la OGA. en conformidad al Articulo 61º de “EL REGLAMENTO”. El postor que se registra como participante se adhiere al Proceso de Selección en el estado en que se encuentra. En el caso de propuestas presentadas en consorcio, bastará que se registre uno de los integrantes, conformidad al Artículo 107º. El participante que solicite ser notificado electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, de conformidad al Artículo 108º de “EL REGLAMENTO”.
4.3
RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES 4.3.1 Todos los actos realizados dentro de los procesos de selección se entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE. 4.3.2 A solicitud del participante, se le notificará personalmente en la sede de la Entidad o a la dirección de correo electrónico que consigne al momento de registrarse como participante. 4.3.3 Es responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE y de la revisión de su correo electrónico.
4.4
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS POSTORES. 4.4.1 Los postores revisarán cuidadosamente los documentos del Expediente Técnico. Es responsabilidad exclusiva del Postor conocer el lugar y zonas adyacentes donde se llevará a cabo la obra, accesos a la zona de trabajo, las facilidades para la entrega y manejo de los materiales, a efectos de formular sus propuestas sobre la base de un adecuado conocimiento de las condiciones topográficas, climatológicas, de accesibilidad, de recursos humanos, logística y normativas. 4.4.2 La información suministrada por los postores deberá ser refrendada por el representante legal y tiene el carácter de Declaración Jurada.
4.5
CONSULTAS Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS 4.5.1 A través de las consultas, los participantes podrán solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de las Bases o plantear solicitudes respecto de ellas en conformidad del Artículo 109° de “EL REGLAMENTO”. 4.5.2 Las consultas se formularán por escrito, dirigidas al Comité Especial; la presentación será en la mesa de partes de la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración, en la Av. Canaval y Moreyra, Plaza 30 de Agosto Nº 150, Urb. Corpac San Isidro; en el plazo fijado en el Calendario del proceso en el horario de 9:00 a.m. a 16:00 p.m. 4.5.3 Los miembros del Comité Especial absolverán las consultas, y se pronunciara mediante Pliego Absolutorio Único debidamente sustentado y fundamentado que se hará de conocimiento de los postores en la fecha indica en el calendario del proceso, mediante la publicación a través del SEACE y los correos electrónicos de los participantes de ser el caso; siendo considerados desde ya como parte integrante de las Bases y el contrato.
4.6
OBSERVACIÓN A LAS BASES Y ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES 4.6.1 Las Observaciones a las Bases se sujetarán a lo señalado en el artículo 28º de “LA LEY” y a los artículos 113º y artículo 115º de “EL REGLAMENTO”, así como a la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 114-2001CONSUCODE/PRE. 4.6.2 La formulación de Observaciones deberá estar al Comité Especial; la presentación será en la mesa de partes de la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración, en la Av. Canaval y Moreyra, Plaza 30 de Agosto Nº 150, Urb. Corpac San Isidro; en el plazo fijado en el Calendario del proceso en el horario de 9:00 a.m. a 16:00 p.m. 4.6.3 Los miembros del Comité Especial evaluarán las observaciones que se formulen, y de considerarlo pertinente las acogerá, en cuyo caso lo publicará a través del SEACE y los correos electrónicos de los participantes de ser el caso; siendo considerados desde ya como parte integrante de las Bases. 4.6.4 Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término para absolverlas, al haberlas considerado que el acogimiento declarado por el comité continua siendo contrario a lo dispuesto por el Articulo 25º de “LA LEY”, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En el pliego de absolución de observaciones estará incluido el requerimiento del pago de la tasa por concepto de remisión de actuados, en conformidad al Artículo 116º de “EL REGLAMENTO”. 4.6.5 En el caso de que el postor observante no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo dentro del plazo señalado en la absolución de observaciones el Presidente del
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Comité Especial aplicará lo prescrito en el Artículo 64º de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, teniendo por no presentadas. 4.7
INTEGRACION DE LAS BASES 4.7.1 Una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado; las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad administrativa de la Entidad según sea el caso. 4.7.2 En los casos en que no hubiere elevado al CONSUCODE el expediente respectivo, corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integras las Bases conforme a lo dispuesto en la Convocatoria, debiendo notificarle mediante la publicación en el SEACE, de acuerdo al Artículo 118º de “EL REGLAMENTO”, de lo contrario, el proceso de Selección resultará inválido.
4.8
DEL ACTO PUBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 4.8.1 El acto de presentación de propuestas, apertura de sobres y otorgamiento de la Buena Pro, será PÚBLICO, y se realizara en el auditorio “Mariano De los Santos”, ubicado en el 6º piso de la Sede Central del MININTER, sito en la Avenida Córpac Plaza 30 de Agosto Nº 150, San Isidro, Lima, en presencia de los miembros del Comité Especial y con la participación de un Notario Público y el Veedor del Órgano de Control Interno de "EL MINISTERIO". 4.8.2 El acto público de la presentación de las propuestas, se hará de acuerdo al artículo 123º de “EL REGLAMENTO”, en el día y hora fijada en el Calendario del Proceso (sin tolerancia). 4.8.3 El acto público se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los postores, en el orden en que se registraron para participar en el presente Proceso de Selección, para que entreguen los sobres conteniendo las Propuestas Técnicas y Económicas. Los postores concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple. 4.8.4 Si el Postor no se encuentra presente en el momento de ser llamado, se le tendrá por desistido de participar en el Proceso. Si alguno es omitido, podrá acreditar su participación con la presentación del comprobante de pago por derecho de participación. 4.8.5 El Comité Especial procederá a la apertura de los sobres Nº 1 Propuesta Técnica, verificando que los documentos presentados por cada Postor sean los solicitados en las Bases. De no ser así, el Comité Especial devolverá los sobres teniéndolas por no presentadas, salvo que éste exprese su disconformidad en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario Público autenticará una copia de la propuesta la cual mantendrá en su poder, de acuerdo al procedimiento establecido en el Artículo 123º de “EL REGLAMENTO”. 4.8.6 Si durante el Proceso de apertura de sobres, los postores formularan observaciones respecto a una decisión de los miembros del Comité Especial, éstas se harán constar en el acta y no motivará debates. 4.8.7 Antes de la apertura del Sobre Nº 2 “Propuesta Económica”, en presencia de Notario Público y de los postores presentes, el Presidente del Comité Especial dará lectura de los postores que califican para proceder a abrir y dar lectura del contenido del Sobre Nº 02 Propuesta Económica, verificando la correcta presentación de los documentos solicitados. 4.8.8 El Comité Especial anunciará la propuesta ganadora, indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través de un cuadro comparativo. 4.8.9 El Comité Especial, otorgará la Buena Pro en mesa a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.
4.9
REQUERIMIENTO TECNICO MINIMO 4.9.1 Los Requerimientos Técnicos Mínimos son las características técnicas, normas reglamentarias y cualquier otro requisito establecido como tal en las Bases y en las disposiciones legales que regulan, de acuerdo al Artículo 62º de “EL REGLAMENTO”. 4.9.2 En cumplimiento del Articulo 63º de “EL REGLAMENTO”, se fija como plazo único para la ejecución de la obra el indicado en el Expediente Técnico, correspondiente a Ciento Cuarenta (140) días naturales; contados a partir del siguiente en que se cumplan las condiciones establecidas en el Articulo 240º de “EL REGLAMENTO”. 4.9.3 Los requerimientos técnicos de la ejecución de la obra se detallan en el Expediente Técnico que forman parte de las presentes Bases. De existir discrepancias entre lo que expresan lo diversos documentos del Expediente Técnico, se establece que los planos, especificaciones técnicas, memoria descriptiva y presupuesto de obra que forman parte del Expediente Técnico, prevalecen en ese orden de prelación; considerándose que el sistema de contratación es a suma alzada, en conformidad al Articulo 56º de “EL REGLAMENTO”.
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4.9.4
Las propuestas técnicas y económicas tendrán una vigencia de por lo menos hasta la suscripción del Contrato de Obra.
4.10 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS 4.10.1 Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas en un proceso de selección se presentarán en idioma castellano y serán presentadas al Comité Especial, en la fecha, hora y lugar indicados en el Calendario del Proceso. 4.10.2 Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica, en original y dos (2) copias simples, las propuestas se presenten en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos; llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. El original se presentará, sin enmendaduras, borrones y/o corrección alguna, sellado y rubricadas en todas sus páginas, la última página será firmada y sellada por el Representante Legal del Postor, en anillado o con fasterner debidamente ordenados. Las hojas en blanco no serán foliadas y/o rubricadas, el original debe presentarse marcado como: “ORIGINAL”. La falta de algún folio ya sea en original o copias se considerará como falta de documento no sujeto a subsanación. 4.10.3 Las propuestas que contienen formularios o formatos, podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. 4.10.4 Las propuestas se presentarán con la denominación que se indica a continuación: MINISTERIO DEL INTERIOR OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN OFICINA DE INFRAESTRUCTURA ADJUDICACIÓN DIRECTA PUBLICA Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI OBRA
:
“CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
POSTOR
:
(RAZÓN SOCIAL COMPLETA)
SOBRE Nº ………
PROPUESTA ………………………
4.10.5 La información que proporcione el Postor en su propuesta deberá ajustarse a la verdad, reservándose “EL MINISTERIO” el derecho de revisar y verificar dicha documentación de acuerdo al Principio de Privilegio de Controles Posteriores. Cualquier incumplimiento sobre esta obligación acarreará la descalificación inmediata del Postor, sin perjuicio de iniciar acciones legales de carácter administrativo civil y penal que se puedan promover. 4.10.6 Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos. Las propuestas que no estén formuladas de acuerdo a las presentes Bases y formalidades exigidas por “LA LEY” y “EL REGLAMENTO”, se tendrán por no presentadas. 4.10.7 Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. 4.10.8 Los Postores deberán concurrir personalmente, o a través de su representante a los Actos Públicos de Presentación, Recepción y Apertura, debidamente acreditados ante el Comité Especial mediante carta poder simple. Las personas jurídicas concurren por medio de su representante legal o apoderado acreditado por carta poder simple, acorde con el Articulo 122º de “EL REGLAMENTO” (Formato 1) 4.10.9 En el Acto Público, el postor entregará sus propuestas con la carta de presentación de sus propuestas (FORMATO Nº 02 2) 4.11 CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 – PROPUESTA TÉCNICA. a) Declaración Jurada – Identificación del Postor (FORMATO Nº 03), señalando el nombre o razón social del Postor, Nº RUC, domicilio, Teléfono, Fax, e-mail, inscripción en los Registros Públicos, nombre del Representante Legal e indicación del Documento Nacional de Identidad. b) Declaración Jurada de No estar sancionado o impedido para contratar con el Estado (FORMATO 04) c) Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de PROVEEDORES como Ejecutor de Obras.
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d) e)
f) g) h)
Promesa de Consorcio, de ser el caso, En este caso se incluirá los certificados de inscripción vigente en el Registro Nacional de PROVEEDORES de cada uno de los asociados, (FORMATO Nº 05). Declaración Jurada de acuerdo a lo que establece el Artículo 76º de “EL REGLAMENTO” (FORMATO Nº 06). En el caso de Consorcio la Declaración será por cada integrante: Que, no tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 9º de “LA LEY” Que, conoce, acepta y se someta a las Bases, condiciones y procedimientos del Proceso de Selección. Que, es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para los efectos del Proceso. Que, se compromete a mantener su oferta durante el Proceso de Selección y a suscribir el Contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y Que, conoce las sanciones contenidas en “LA LEY” y “EL REGLAMENTO”, así como en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Declaración Jurada de ser una Pequeña o Microempresa, de ser el caso (FORMATO Nº 07) Declaración Jurada de Plazo de Ejecución (FORMATO Nº 08). Pacto de Integridad (FORMATO Nº 10).
4.11.1 Si existieran defectos de forma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la Propuesta Técnica, el Presidente del Comité comunicará al Postor para que en un plazo máximo de dos (2) días hábiles los subsane, en cuyo caso la Propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto. 4.12 CONTENIDO DEL SOBRE Nº 02 – PROPUESTA ECONÓMICA. a) Monto total de la propuesta, (en letras y números), firmada por el Postor o su Representante Legal. (FORMATO Nº 09). Se deberá adjuntar, como parte de la propuesta, el presupuesto detallado por partidas indicando los gastos generales fijos, gastos generales variables, y la utilidad, en porcentaje y monto. NOTAS: 1. Los montos deberán presentarse con dos (2) decimales, estos deberán ser redondeados, en el caso del límite mínimo hacia el segundo decimal inmediato superior, y en el caso del límite máximo hacia el segundo decimal inmediato inferior. 2. La propuesta económica será en moneda nacional y deberá incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio u obra a adquirir o contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. 3. Cuando haya discrepancia entre los montos indicados en números y palabras en la carta propuesta, y/o tenga borrón, enmendadura, corrección, información presentada incompleta, la propuesta quedará eliminada. 4. En las propuestas económicas, en el caso de omisiones ó errores, no cabe lugar a subsanación alguna. 5. De conformidad al artículo 33º de “LA LEY”, las propuestas que excedan en más del 10% y las propuestas menores al 90% del Valor Referencial, serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas. 4.13 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 4.13.1 La evaluación Técnica.- No se considerará puntaje para la propuesta técnica, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 68º de “EL REGLAMENTO”, sólo se requiere la presentación obligatoria de los documento detallados en el numeral 4.11 de las presentes Bases y que la misma sea técnicamente razonable y debidamente sustentado. 4.13.2 La evaluación económica consiste en asignar el puntaje máximo (100 puntos) a la Oferta Económica de menor costo. Al resto de las propuestas, se les asignará puntaje según la siguiente función (Articulo 69º de “EL REGLAMENTO”): PEi
=
Donde: PEi Oi Om PMPE
Om x PMPE Oi
= = = =
Puntaje de la Oferta económica i Propuesta Económica i Propuesta Económica de monto o precio mas bajo. Puntaje máximo de la Propuesta Económica
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4.13.3 En él supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 133º de “EL REGLAMENTO”. 4.13 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 4.13.1 El otorgamiento de la Buena Pro se realizará en acto PÚBLICO, con presencia de Notario Público. 4.13.2 En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando estrictamente el siguiente orden: 1) Con preferencia a favor de las micro y pequeñas empresas ganadoras en adjudicaciones directas y de menor cuantía, alcanzando este beneficio a los consorcios siempre y cuando estén conformados íntegramente por micro y pequeñas empresas; o 2) A favor del postor que haya obtenido el mejor puntaje económico; o 3) A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que el objeto de la contratación sea divisible y aquellos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato; o 4) A través de sorteo en el mismo acto 4.13.3 El otorgamiento de la buena pro realizado en acto público se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta y el cuadro comparativo detallando los resultados en cada factor de evaluación, sin perjuicio de que se publiquen en el SEACE. Dicha presunción no admite prueba en contrario. 4.13.4 El consentimiento de la buena pro se producirá a los cinco (05) días hábiles de su notificación, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. 4.13.5 La publicación del consentimiento de la Buena Pro se realizará dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro, el cual será publicado en el SEACE. 4.13.6 Para otorgar la Buena Pro a la propuesta que supere el Valor Referencial, se deberá contar con asignación suficiente de recursos y la aprobación del Titular del Pliego. (Artículo 33º de la Ley). 4.13.7 Para el caso de postores que presentaron promesa de Consorcio, ésta se perfeccionará luego del otorgamiento de la Buena Pro, mediante documento privado (Escritura Pública del Convenio) con firmas legalizadas de cada uno de los representantes legales, ante Notario Público, designando en dicho documento al Representante o Apoderado Común y el Domicilio Legal del Consorcio con el RUC correspondiente. 4.14 DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 4.14.1 La interposición de un recurso de apelación y, en su caso, el recurso de revisión suspende el proceso de selección en la etapa en que se encuentre. 4.14.2 Las Bases administrativas no son impugnables. 4.14.3 Mediante el recurso de apelación se impugnan los actos administrativos dictados dentro del desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos realizados antes del acto de celebración del contrato. El recurso de apelación se presentará ante el órgano que emitió el acto impugnado, el que lo elevará al funcionario competente para resolver en conformidad al Artículo 151º de "EL REGLAMENTO". 4.14.4 No son impugnables mediante recurso de apelación, las resoluciones que resuelven recursos de apelación, las resoluciones suscritas por el Titular o la máxima autoridad administrativa de "EL MINISTERIO". 4.14.5 Las apelaciones deben interponerse dentro de los plazos señalados en el Artículo 153º de "EL REGLAMENTO". 4.14.6 Los requisitos de admisibilidad de Recurso de Apelación son previstos en el Artículo 155º de "EL REGLAMENTO". 4.14.7 Los causales de improcedencia del Recurso de Apelación son señalados en el Artículo 157º de "EL REGLAMENTO". 4.14.8 Los recursos de apelación deben ser presentados ante el Comité Especial, encargado de este proceso, que declara como domicilio legal y procesal la Avenida Canaval y Moreyra Plaza 30 de Agosto N° 150 Urb. Córpac, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima (Sede Central del Ministerio del Interior) en la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración del Ministerio del Interior. 4.14.9 Mediante el recurso de revisión de una Adjudicación Directa Pública se impugnan: • La denegatoria ficta recaída sobre el recurso de apelación; y • Las resoluciones emitidas por el Titular o la máxima autoridad administrativa, distintas de aquellas que resuelven recursos de apelación. 5.0
PROCESO DE SELECCIÓN DESIERTO El Comité Especial declarará desierto el presente Proceso, cuando hayan sido declaradas no válidas todas las propuestas, acorde a lo previsto por el Artículo 32º de la “LA LEY”, y serán notificadas
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mediante la publicación en el SEACE, dentro de los dos (02) días de producida, o cuando no se hayan presentado propuestas. 6.0
CANCELACIÓN DEL PROCESO En cualquier etapa del proceso, hasta antes del Otorgamiento de la Buena Pro, “EL MINISTERIO” puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de ejecutar la obra o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente bajo su exclusiva responsabilidad. En este caso, “EL MINISTERIO” reintegrará el costo de las presentes Bases a quienes las hayan adquirido, según el Artículo 34º de “LA LEY”. La formalización de la Cancelación del Proceso se realizará mediante Resolución o acuerdo debidamente sustentada, del mismo o superior nivel, de aquél que dio inicio al expediente. La resolución cancelatoria se registrará en el SEACE dentro del día siguiente de su emisión y al correo electrónico que hayan consignado al registrarse como participantes.
7.0
DEL CONTRATO 7.1
DISPOSICIONES GENERALES DEL CONTRATO 7.1.1 Una vez que la buena pro ha quedado consentida o administrativamente firme, el postor ganador está obligado a suscribir el contrato respectivo. 7.1.2 En caso que el postor ganador de la buena pro se nieguen a suscribir el contrato, serán pasibles de sanción, salvo imposibilidad física o jurídica sobrevenida al otorgamiento del la buena pro que no le es atribuible, declarada por el Tribunal. 7.1.3 El contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases integradas y la oferta ganadora, así como los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente señalados en el contrato. 7.1.4 El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el contratista, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, en conformidad al artículo 198º de "EL REGLAMENTO".
7.2
DOCUMENTOS PARA FIRMA DE CONTRATO Para suscribir el contrato, el postor ganador de la buena pro deberá presentar los siguientes documentos de conformidad al Artículo 239º de “EL REGLAMENTO”: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado expedida por el REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES. b) Original y copia simple vigente de la Constancia DE CAPACIDAD Libre de contratación, expedida por el REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES. c) En caso de persona Jurídica: • RUC de la empresa (Copia Legalizada), • Testimonio de la Escritura Pública (Copia Legalizada) • Poder del Representante Legal, inscrito en la Partida del Registro de Personas Jurídicas (Copia Legalizada) d) D.N.I. vigente del Representante Legal (Copia Legalizada). e) Original de la Declaración Jurada de Domicilio Legal en la Ciudad de Lima, de “EL CONTRATISTA”. f) Garantía (Carta Fianza o Póliza de Caución) de Fiel Cumplimiento (Original y copia simple), La garantía será por el 10% del monto contratado y tendrá vigencia hasta la aprobación de la Liquidación Final, la que tendrá carácter de solidaria irrevocable, incondicional, de realización automática y sin beneficio de excusión, emitida por cualquiera de las entidades contempladas en el anexo de la Directiva Nº 006-2000-CONSUCODE/PRE. g) Entregar el calendario de avance de obra valorizado en concordancia con el cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo, la misma que deberá ser presentada. h) Entregar el calendario de adquisición de materiales e insumos necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado i) En caso que el ganador de la Buena Pro sea un Consorcio, deberá acompañar la copia legalizada del Contrato suscrito entre los consorciados, (en el cual se designe al representante legal ó apoderado común). j) Bases integradas con absolución de consultas y aclaración a las Bases que incluye el Expediente Técnico de obra completo, debidamente sellado y firmado en todas sus páginas por el contratista o representante legal. k) Declaración de Compromiso del Profesional Residente de Obra, su Curriculum Vitae documentado con no menos de cinco (05) años de ejercicio profesional, y experiencia como
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l) 7.3
8.0
9.0
residente de obra, con su Certificado de Habilidad de Residente de Obra para firma de contrato de Obras Públicas expedido por el Colegio Profesional correspondiente. Plan de Trabajo
VIGENCIA Y PLAZOS 7.3.1 El Postor ganador de la Buena Pro suscribirá el respectivo contrato dentro de los diez (10) hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha en que quedó consentida la adjudicación. Para tal efecto, “EL MINISTERIO” comunicará al Postor favorecido dentro de los cinco (05) días hábiles del consentimiento de la Buena Pro. 7.3.2 En caso que el postor favorecido no se presenta a suscribir el Contrato, “EL MINISTERIO” tomará las acciones del caso, llamará al Postor que ocupó el segundo lugar a efectos de suscribir el Contrato, el cual deberá presentar las garantías establecidas en las Bases y cumplir con los demás requisitos establecidos para el postor ganador. Si el Postor que ocupó el segundo lugar en el Proceso de Selección no suscribe el Contrato en el plazo establecido, el Proceso de Selección será declarado desierto, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable a los postores. 7.3.3 La vigencia del contrato es partir de la suscripción del contrato hasta el consentimiento de la Liquidación. 7.3.4 En el caso de que el postor favorecido fuera un consorcio se aplicará lo estipulado en el Artículo 207º de “EL REGLAMENTO”.
DE LAS GARANTÍAS 8.1
REQUISITO DE LAS GARANTIAS Los únicos medios de garantía que debe presentar el contratista son la carta fianza o la póliza de caución, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros.
8.2
CLASES DE GARANTÍAS Las garantías que el contratista está obligado a presentar son: 8.2.1 Garantía de Fiel Cumplimiento.- El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por cien (10%) del monto del contrato por una vigencia mínima de tres (03) meses y mantenerla en vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final. 8.2.2 Garantía por Adelantos.- La Entidad entregará Adelanto Directo y Adelanto por Materiales siempre que el contratista lo solicite, contra la presentación de una garantía emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortización total del adelanto otorgado. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.
8.3
EJECUCIÓN DE GARANTÍA Las garantías sólo se ejecutarán en los siguientes casos: 8.3.1 Cuando el contratista no la hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. Contra esta ejecución, el contratista no tiene derecho a interponer reclamo alguno. 8.3.2 La garantía de fiel cumplimiento se ejecutará, en su totalidad, sólo cuando la resolución por la cual “EL MINISTERIO”, resuelve el contrato por causa imputable al contratista 8.3.3 La garantía de fiel cumplimiento se ejecutarán cuando transcurridos tres (3) días de haber sido requerido por la Entidad, el contratista no hubiera cumplido con pagar el saldo a su cargo establecido en la liquidación final del contrato debidamente consentida o ejecutoriada. Esta ejecución será solicitada por un monto equivalente al citado saldo a cargo del contratista.
DE LOS ADELANTOS “EL MINISTERIO”, a solicitud escrita de “EL CONTRATISTA”, entregará adelantos de acuerdo a lo establecido en el Artículo 39º de “LA LEY” y los Artículos 243º, 244º, 245º y 246º de “EL REGLAMENTO”. 9.1
Adelanto Directo. “EL MINISTERIO”, podrá otorgar hasta el veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato, previa entrega de una garantía, por idéntico, monto con las características de solidaria, incondicional, irrevocable, de realización automática y sin beneficio de excusión, la misma que deberá estar vigente por un plazo mínimo de Noventa (90) días calendarios y renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortización, hasta la amortización total del adelanto.
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9.1.1 9.1.2 9.1.3
9.1.4 9.2
El plazo para solicitarlo es dentro del plazo de Quince días (15) días naturales, contados a partir del día siguiente de firmado el Contrato. “EL CONTRATISTA”, presentará su solicitud adjuntando la Garantía en Original y la Factura correspondiente al Adelanto Solicitado. El plazo que la Entidad entregará el Adelanto Directo, será de Siete (07) días de haber recibido la solicitud conjuntamente con la Garantía y la Factura correspondiente, de presentarse errores en la garantía o en la Factura, el plazo se contará desde la presentación de la garantía corregida. La amortización del Adelanto Directo será descontada proporcionalmente al avance de obra en cada valorización.
Adelanto para materiales. “EL MINISTERIO”, podrá otorgar un adelanto para la adquisición de materiales hasta por el cuarenta por ciento (40%) del Monto Contratado, siendo requisito la presentación de la garantía correspondiente por el monto del adelanto solicitado y el Sustento Técnico correspondiente. La garantía deberá tener vigencia hasta la amortización total de los adelantos, renovable trimestralmente por los saldos pendientes de amortización. 9.2.1 “EL CONTRATISTA”, presentará la solicitud; adjuntando la Garantía en Original y copia simple, además de indicar el material y monto, orden de compra, Cotización y/o Proforma del proveedor, copia del Calendario de Adquisición de Materiales. 9.2.2 Se otorgará exclusivamente para la adquisición de los materiales, insumos y componentes de construcción que se requiera para la Ejecución de la Obra, y no se entregará adelanto de materiales e insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales. 9.2.3 La amortización de los adelantos de materiales e insumos se realizarán de acuerdo a lo dispuesto en el D.S.Nº 011–79–VC y sus modificatorias, ampliaciones y complementarios.
10.0 DEL INICIO DEL PLAZO CONTRACTUAL 10.1 Se efectuará en conformidad al Articulo 240º de “EL REGLAMENTO”. El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones: a) Que se designe al inspector o al supervisor, según corresponda; b) Que la Entidad haya hecho entrega del Expediente Técnico de obra completo; c) Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra; y, d) Que se haya entregado el adelanto directo al contratista, de haber sido solicitado por éste en el plazo indicado en el ítem 9.1.1 de las presentes bases. 10.2 Las condiciones a que se refieren los literales precedentes, deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso de que el contratista solicite la entrega del adelanto directo, la solicitud y entrega de la garantía y la factura deberá formalizarse dentro del indicado plazo. 11.0 RESIDENTE DE OBRA 11.1 El Contratista designará, como Residente de Obra, a un Ingeniero Civil, ó Arquitecto colegiado, especializado y habilitado para el ejercicio profesional, quien tendrá a su cargo la dirección técnica y la responsabilidad por la ejecución de los trabajos contratados. 11.2 El Residente de Obra debe de tener no menos de Cinco (05) años de ejercicio profesional y experiencia como residente de obra, que se acredita con los principales trabajos en Residencia de Obras en edificación, sustentados obligatoriamente con copias simples de los certificados, constancias o contratos que acrediten fehacientemente la función realizada; esta documentación podrá ser verificada posteriormente por el Ministerio y de detectarse que se ha suministrado información falsa, se informará a la Procuraduría para las acciones legales correspondientes. 11.3 Sus atribuciones se sujetan a lo señalado en el Artículo 242º de “EL REGLAMENTO”. 11.4 Para su reemplazo, el Contratista deberá contar primero con la aceptación escrita de “EL MINISTERIO”, y deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado. 12.0 CONTROL DE OBRA 12.1 INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA “EL MINISTERIO”, designará a un Ingeniero Civil o Arquitecto, colegiados, como Supervisor ó Inspector de Obra, quien velará por la correcta Ejecución de la Obra y el cumplimiento de los compromisos contractuales.
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Las funciones del Supervisor ó Inspector de Obra, se sujetan a lo señalado en el Artículo 250º de “EL REGLAMENTO. 12.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN CASO DE ATRASO DE OBRA En caso de atraso en la finalización de la obra por causas imputables al Contratista, con respecto a la fecha consignada en el calendario de avance de obra vigente, y considerando que dicho atraso producirá una extensión de los servicios de la inspección o supervisión, lo que genera un mayor costo, el Contratista del contrato de ejecución de obra asumirá el pago del monto equivalente al de los servicios indicados, lo que se hará efectivo deduciendo dicho monto de la liquidación de la obra. 13.0 CUADERNO DE OBRA 13.1 Las ocurrencias de la Obra serán anotadas en el Cuaderno de Obra que será aperturado al momento de la Entrega del Terreno y contará con todas las características establecidas en el Artículo 253º de “EL REGLAMENTO”. El Contratista suministra él(los) Cuaderno(s) de Obra. Es de aplicación directa en el manejo del Cuaderno de Obra, lo prescrito por el artículo 254º de “EL REGLAMENTO”. El Original del Cuaderno de Obra será entregado a “El Ministerio” al término definitivo de la Obra. Las copias desglosables pertenecen al Residente, Supervisor ó Inspector de la obra y al Ministerio, respectivamente. 14.0 VALORIZACIONES Y PAGOS 14.1 Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta. Las valorizaciones serán mensuales para todo concepto y se harán de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 255º de “EL REGLAMENTO”. 14.2 Los reajustes por variación de precios, se aplicarán a las valorizaciones o en la Liquidación Final sin reconocimiento de interés, los coeficientes de reajuste obtenido de aplicar los Índices Unificados de precios aprobados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en la(s) Fórmula(s) Polinómicas (s) establecida(s) en el Expediente Técnico y según lo indicado en el Artículo 256º de “EL REGLAMENTO”. 14.3 (SE ANULA ESTE NUMERAL). 14.4 La cancelación de los pagos será a través de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración de “EL MINISTERIO”, de acuerdo a la fuente de financiamiento prevista para la presente Adjudicación Directa Pública. El presupuesto para la contratación de la obra está garantizado por encontrarse en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio del Interior para el Año Fiscal 2005, con cargo al Presupuesto Institucional del Sector, en la Genérica de Gastos 5: Inversiones, Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración, Código Presupuestal de Proyecto 2.18127; por lo que no existirá problemas para el pago de adelantos y de valorizaciones; salvo imprevistos de fuerza mayor de la Fuente de Financiamiento. 15.0 AMPLIACIÓN DE PLAZO. 15.1 Las ampliaciones de plazo por causas ajenas al contratista se ajustarán a lo normado en el Artículo 42º de la “LA LEY” y los artículos 259º, 260º, 261º, 262º de “EL REGLAMENTO”. 15.2 Las prórrogas concedidas por las causales señaladas en el párrafo anterior y de acuerdo con el artículo 260º de “EL REGLAMENTO”, darán lugar al pago de gastos generales iguales al número de días correspondientes a la ampliación, salvo en los casos de las prestaciones adicionales que cuenten con presupuesto especifico. 15.3 El Gasto General diario se calcula dividiendo los gastos generales variables del Contrato entre el número de días del plazo contractual, afectado por el cociente de reajuste “ p/ o”, en donde “ p” es el índice de precios (39) aprobado por el INEI correspondiente al mes calendario en que se ejecutan los días de ampliación del plazo contractual e ” o” es el mismo índice de precios correspondiente al mes del presupuesto de referencia. 15.4 En él supuesto que las reducciones de prestaciones afecten el plazo contractual, los gastos generales sé recalcularán conforme a lo establecido en los párrafos precedentes. 15.5 De otorgarse ampliaciones de plazo, “EL CONTRATISTA”, presentará en un plazo que no exceda de diez (10) días de aprobada aquélla, un calendario de avance actualizado al Supervisor y éste a su vez lo elevará a “EL MINISTERIO” junto con un informe en el que exprese su opinión. 16.0 DE LOS ADICIONALES Y REDUCCIONES 16.1 Sólo procederá la ejecución de obras adicionales cuando previamente se cuente con disponibilidad presupuestal y resolución de la máxima autoridad administrativa de “EL MINISTERIO”, y en los casos en que sus montos, por si solos o restándole los presupuestos
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16.2
16.3 16.4
16.5
deductivos vinculados, sean iguales o no superen el Diez por cien (10%) del monto del contrato original, en conformidad del Articulo 265º de “EL REGLAMENTO”. Por ser el contrato de obra a Suma Alzada, de acuerdo con la definición de la modalidad de contratación, “EL CONTRATISTA”, tiene la obligación de ejecutar la obra conforme a los planos y especificaciones técnicas, por lo tanto no se reconocerán como trabajos adicionales aquellos que estando definidos en los Planos, Especificaciones Técnicas, no están contenidos en el Presupuesto de Obra. Sólo en casos de producirse modificaciones en los Planos y Especificaciones Técnicas, puede generarse un Presupuesto Adicional, siempre que sea necesario para cumplir la meta prevista. El concepto, trámite y pago de las obras adicionales está normado en los “Lineamientos para cautelar el adecuado procedimiento para el control previo al pago de Presupuestos Adicionales de Obras Públicas”, Directiva Nº 012-2000-CG/OATJ-PRO aprobado por Resolución de Contraloría Nº 260-2000-CG/OATJ-PRO y su modificatoria aprobada con Resolución de Contraloría Nº 0922003-CG. Los montos mayores al 10% del monto del Contrato original deberán contar con la autorización previa de la Contraloría General de la República. En todos los demás casos, “EL CONTRATISTA” está obligado a ejecutar los adicionales una vez aprobados por “EL MINISTERIO”; de acuerdo al Artículo 42º de “LA LEY” y Artículos 266º de “EL REGLAMENTO” y la Ley Nº 28411, “Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto”.
17.0 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE OBRA 17.1 La Resolución del Contrato se aplicará de conformidad con lo establecido en el inciso c) del Artículo 41º y Artículo 45º de “LA LEY” y concordante con el artículo 267º de “EL REGLAMENTO”. 18.0 DE LA RECEPCIÓN DE LA OBRA 18.1 La recepción se realizará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 268º de“ EL REGLAMENTO”. 18.2 Con la solicitud de Recepción “EL CONTRATISTA”, y para que proceda su solicitud, deberá adjuntar: 1. Planos de Replanteo de la Obra o Planos de Post-Construcción, dos (02) juegos ploteados en papel bond de 90 gr/m2, firmados por el Residente de Obra y por el Representante Legal. 2. Un CD-ROM, conteniendo todos los planos de post-construcción, en archivo electrónico con extensión DWG. 19.0 LIQUIDACIÓN DE CONTRATO 19.1 La Liquidación del Contrato se ajustará a lo estipulado en el Artículo 269º de “EL REGLAMENTO”. 19.2 Una vez que la Liquidación haya quedado consentida, no cabrá ninguna impugnación ni sometimiento a arbitraje sobre cualquier controversia derivada de la ejecución o interpretación del Contrato, a excepción de la responsabilidad del Contratista por destrucción, vicios o ruina sobreviniente establecida en el Artículo 1784º del Código Civil. 19.3 Toda discrepancia respecto a la liquidación se resuelve según las disposiciones previstas para la solución de controversias contempladas en “LA LEY”, “EL REGLAMENTO” y sus modificatorias. 19.4 Con la Liquidación “EL CONTRATISTA”, deberá entregar a “EL MINISTERIO”, la Declaratoria de Fabrica ó Memoria Descriptiva Valorizada, según corresponda. 20.0 INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 20.1 PENALIDADES POR MORA En caso de retraso injustificado en el plazo de ejecución de la obra se aplicará a “EL CONTRATISTA”, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 222º de “EL REGLAMENTO”.
La penalidad diaria se calculará en base de: Penalidad diaria =
0.10 x Monto del Contrato 0.15 x Plazo en días
20.2 Cuando se llegue a cubrir el monto máximo equivalente al 10% del monto contractual, “EL MINISTERIO” podrá resolver el Contrato por incumplimiento en cumplimiento al Articulo 224º de “EL REGLAMENTO” y procediendo de acuerdo al Articulo 226º de “EL REGLAMENTO”. 20.3 La penalidad será deducida de los pagos a cuenta, de las valorizaciones, o de la liquidación final. 20.4 El CONSUCODE, es el ente que impondrá a los contratistas las sanciones correspondientes conforme al Articulo 294º y 296º de “EL REGLAMENTO”. 21.0 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
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21.1 Las controversias presentadas sobre la ejecución o interpretación de éste deberá solucionarse por arbitraje de derecho y estar enmarcadas en el Artículo 53º de "LA LEY" y desde el Artículo 273º al 292º de “EL REGLAMENTO”. 21.2 Arbitraje.- El Cualquiera de las partes tiene el derecho de dar inicio al arbitraje dentro del plazo de caducidad previsto en el Artículo 53° de la Ley, en armonía con lo previsto en los 202º, 227º, 232º, 257º, 259º, 265º, 267º, 268º y 269º de "EL REGLAMENTO". Para iniciar el arbitraje, las partes deben recurrir a una institución arbitral, en el caso de arbitraje institucional, o remitir la solicitud de arbitraje a que se refiere este Reglamento, en el caso de arbitraje ad hoc. Las controversias relativas al consentimiento de la liquidación final del contrato de la ejecución de la Obra serán resueltas mediante arbitraje. El arbitraje se aplicará según lo establecido del Artículo 273º al 290º de “EL REGLAMENTO”. 22.0 OBLIGACION DE CONTRATAR POLIZAS DE SEGURO 22.1 En aplicación con el segundo párrafo del Art. 212 de EL REGLAMENTO, corresponde al contratista la contratación de todos los seguros necesarios para resguardar la integridad de los bienes, los recursos que se utilizan y los terceros eventualmente afectados, de acuerdo con lo que establezcan las bases. 22.2 Las presentes bases establecen que el contratista, antes del trámite de la primera valorización, deberá presentar las siguientes pólizas de seguro. 1 Póliza de Seguro contra accidentes de trabajo: A contratar para cada trabajador por un monto equivalente a cien (100) veces su sueldo o salario Mensual. 2 Póliza de seguro contra todo riesgo (CAR): A contratar por un monto equivalente al valor referencial. 23.0 OTRAS OBLIGACIONES. 23.1 En la etapa de evaluación de propuestas u otra etapa del proceso hasta que quede consentida la Buena Pro, se podrá descalificar al Postor que haya presentado información que no se ajuste a la verdad (documentación falsificada y/o adulterada), sin perjuicio de las acciones legales y/o penales a que hubiere lugar. 23.2 En las etapas posteriores al consentimiento de la Buena Pro; la Entidad efectuará las acciones a que hubiera lugar, si encontrara que la documentación proporcionada por el contratista es falsa o se encuentra adulterada. 23.3 “EL MINISTERIO”, no aceptará reclamo alguno de los postores respecto a los gastos en que pudieran haber incurrido como consecuencia de la preparación y presentación de sus ofertas; de la emisión de cartas fianzas; o de cualquier otro concepto vinculado con este Proceso de Selección, en el caso que “EL MINISTERIO” decidiera dejarlo sin efecto o en el caso que el Postor no hubiera resultado adjudicado con la Buena Pro. 23.4 En caso de elevarse el Contrato a Escritura Pública, el Contratista entregará a “EL MINISTERIO” un Testimonio y dos copias simples del mismo. 23.5 El Costo de todas las pruebas y ensayos que fuesen necesarios ejecutar para precisar la calidad de las diversas partidas, elementos e instalaciones de la obra correrán por cuenta del Contratista. ***********
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FORMATOS
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FORMATO Nº 01 PRESENTACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL POSTOR AL ACTO PÚBLICO Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
:
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Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
De nuestra consideración: Es
grato
dirigirnos
a
ustedes,
para
presentar
y
señor____________________________________________
acreditar identificado
ante con
vuestra
representada,
Documento
Nacional
al de
Identidad Nº (__________), como nuestro representante al Acto de Apertura , Evaluación, Calificación de Propuestas y Otorgamiento de Buena Pro, en el Proceso de Selección de la Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI-Primera Convocatoria. Asimismo, se le otorga la facultad para subsanar algún defecto de forma y/o error material que se pudieran presentar en los documentos que forman parte de la propuesta técnica.
Atentamente,
………………….…………………………………………………….. (Sello y Firma del Postor o Representante Legal)
Nota.- Esta carta de presentación será entregada al Comité Especial al momento de presentar los Sobres Nº 01 y 02, debiendo mostrar el representante su documento de identidad vigente. La no vigencia del DNI será causal para no aceptar la propuesta.
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FORMATO N° 02 CARTA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
:
Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI.
Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
En concordancia con las Bases del Proceso de la referencia, presentamos nuestras propuestas: SOBRE 1.
Propuesta Técnica, Incluye.............................. (..........) folios.
SOBRE 2.
Propuesta Económica, Incluye.................................... (..........) folios.
Atentamente,
…………………………………………………….. (Sello y Firma del Postor o Representante Legal)
Nota.- Esta carta de presentación será entregada al Comité Especial al momento de presentar los Sobres Nº 01 y 02, debiendo mostrar el representante su documento de identidad vigente. La no vigencia del DNI será causal para no aceptar la propuesta.
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FORMATO Nº 03 DECLARACIÓN JURADA – IDENTIFICACIÓN DEL POSTOR Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
:
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Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
Por medio de la presente le informamos que estamos participando en el presente Proceso de Selección para la ejecución de la Obra de la referencia, y DECLARO BAJO JURAMENTO los siguientes datos: 1.
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
:
2.
RUC. Nº
:
3.
Nº DE REGISTRO NACIONAL PROVEEDORESEJECUTOR DE OBRAS
:
4.
DOMICILIO LEGAL
:
5.
TELÉFONOS
:
6.
FAX
: :
7.
Email
8.
REGISTRO DE INSCRIPCIÓN EN LOS RR.PP :
9.
REPRESENTANTE LEGAS
10. DOCUMENTO DE IDENTIDAD (DNI)
: :
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FORMATO Nº 04 DECLARACIÓN JURADA DE NO ESTAR SANCIONADO O INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
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Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
El postor........................................................., debidamente representado(a) por ............................................... identificado con D.N.I. Nº……………, DECLARO BAJO JURAMENTO que no me encuentro sancionado administrativamente ni inhabilitado para contratar con el estado, teniendo pleno conocimiento de las sanciones administrativas y penales en caso que lo declarado no corresponde a la verdad.: Atentamente,
……………………………………………………….. (Sello y Firma del Postor o Representante Legal)
Nota. En caso de consorcio el presente formato será presentado por separado por cada integrante.
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FORMATO Nº 05 PROMESA DE CONSORCIO Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL - MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
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Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI.
Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
Yo, ................................................................................................,con RUC. Nº..........................con domicilio en...................................................................., inscrito en el Registro Nacional de Proveedores – Ejecutor de Obras Nº……… debidamente representado (a) por ................................................................. identificado con D.N.I.
Nº.........,
y
con
RUC.
Nº
..............con
domicilio
en
………………………………………......................................; Yo, ........................................................................................., con RUC. Nº ........................... con domicilio en......................................................................., inscrito en el Registro Nacional de Proveedores – Ejecutor de Obras Nº……… debidamente representado (a) por ................................................................. identificado con D.N.I.
Nº.........,
y
con
RUC.
Nº
..............con
domicilio
en
……………………………….................................………..; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 37º del D.S. 084-2004-PCM, DECLARAMOS lo siguiente: De ser favorecidos con el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2005OINFRA-OGA-MI;
nuestras
representadas
constituirán
un
CONSORCIO
en
el
que
se
denominará…………….................................………, el cual quedará formalizado previamente a la suscripción del Contrato, para cuyo efecto hemos designado al señor ………................................…………………, identificado
con
D.N.I.
Nº
………………
………………………………………..;
como
y
con
nuestro
RUC. único
Nº
……………
representante,
con
quien
domicilio
asumirá
en
nuestra
representación para todos los efectos legales y/o contractuales. Así mismo, declaramos bajo juramento por medio de este documento, que el Domicilio Legal que asumirá el CONSORCIO para efectos del Proceso Selectivo y/o Contrato, es el siguiente:---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Atentamente,
……………………………………………………
......................……………………………………
(Sello y Firma del Representante Legal 01) Razón Social 01 R.U.C Nº Domicilio Legal Representante Legal D.N.I. Nº
: : : : :
(Sello y Firma del Representante Legal 02) Razón Social 02 R.U.C Nº Domicilio Legal Representante Legal D.N.I. Nº :
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: : : :
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FORMATO Nº 06 DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
:
Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI.
Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
Yo, ....................................................................................................................., con RUC. Nº ........................... con domicilio en....................................................., inscrito en el Registro Nacional de Proveedores – Ejecutor de Obras Nº……… debidamente representado (a) por ................................... identificado con D.N.I. Nº........., y con RUC. Nº ..............con domicilio en ………………………………………..; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 76º del D.S. 084-2004-PCM, DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada: 1.
No tiene impedimento para participar en el presente Proceso de Selección ni para contratar con el Estado conforme a lo dispuesto por el Artículo 9º de “LA LEY”.
2.
Conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del presente proceso de selección;
3.
Es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del presente Proceso de Selección;
4.
Se compromete a mantener su oferta durante el presente Proceso de Selección y a suscribir el Contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro y;
5.
Que, conoce las sanciones contenidas en “LA LEY” y “EL REGLAMENTO”, así como en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Atentamente,
................................................................................ (Sello y Firma del Postor o Representante Legal)
Nota. En caso de consorcio el presente formato será presentado por separado por cada integrante
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FORMATO Nº 07 DECLARACIÓN JURADA DE SER PEQUEÑA O MICROEMPRESARIO Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
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Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
De nuestra consideración: El que suscribe ........................................................., identificado con D.N.I. Nº .....……………, en mi calidad de representante legal de la empresa ................................................................., con RUC N° ........................., DECLARO BAJO JURAMENTO que mi representada reúne las características establecidas en los Artículos 2° y 3° de la Ley N° 28015 – Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa. Por tanto, de acuerdo con lo señalado enel Artículo 5° concordante con el Artículo 20° del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2003-TR del 9 de Octubre del 2003, deberá tenerse acreditada la condición de ................................................................ (indicar micro o pequeña empresa, según correponda) de mi representada Asimismo, declaro conocer las implicancias o consecuencias por la presentación de documentación o información falsa o que difiera de lo entregado o declarado, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Quedo de ustedes muy atentamente.
……………………………………………………………………………… (Sello y Firma del Postor o Representante Legal) Razón Social R.U.C Nº Domicilio Legal Registro Nacional de Proveedores-Ejecutor de Obras Nº Representante Legal D.N.I. Nº
: : : : : :
Nota. En caso de consorcio el presente formato será presentado por separado por cada integrante
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FORMATO Nº 08 REQUERIMIENTO TÉCNICO PLAZO DE EJECUCIÓN Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
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Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
El postor que suscribe, ha revisado cuidadosamente todos los documentos que conforman las Bases del Proceso de la referencia según lo cual nos comprometemos ejecutar la Obra " “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD” en el siguiente Plazo indicado en el Expediente Técnico, el mismo que constituye un requerimiento técnico de obligatorio cumplimiento:: Plazo de Ejecución
CIENTO CUARENTA (140) días naturales
Declaro haber tomado conocimiento de todas las condiciones establecidas en los documentos del presente Proceso, a las cuales me someto en su integridad. Atentamente,
………………………………………………………………………………… (Firma y sello del Representante Legal del Postor) Razón Social R.U.C Nº Domicilio Legal Registro Nacional de Proveedores-Ejecutor de Obras Nº Representante Legal D.N.I. Nº
: : : : :
NOTA: La Oferta de Plazo debe ser la misma indicada en las Bases, siendo el mismo un requisito Técnico Mínimo. El no hacerlo así será motivo para no aceptar la propuesta.
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FORMATO Nº 09 PROPUESTA ECONÓMICA Lima, .....de ........................... del 2005. Señores: COMITÉ ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Ref.
:
Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI.
Objeto
:
Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD”
El postor que suscribe, ha revisado cuidadosamente todos los documentos que conforman las Bases de la Obra: "CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD", según lo cual nuestra Propuesta Económica a Suma Alzada asciende a la cantidad de: ...........(en números y letras) .............................................. .................. ...................................
..................
..................................................................................................................................................... .(*)
Este monto incluye el 19% del I.G.V., y comprende implícitamente los gastos de mano de obra, adquisición de materiales, equipos y herramientas de trabajo, empleo de maquinaria, transporte y fletes; administración, leyes sociales, tributos, seguros, gastos generales, dirección técnica, guardianía, utilidades, pruebas y ensayos; tasas por licencias y permisos, las conexiones y contratación del suministro de los servicios públicos; así como cualquier otro gasto que sea necesario para la buena y correcta ejecución y presentación total de los trabajos contratados, incluyendo además el costo de la elaboración de la Declaratoria de Fábrica o Memoria Descriptiva Valorizada, los Planos de Post – Construcción . Declaramos conocer el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. N° 083-2004-PCM y su reglamento aprobado por D.S. N °084–2004–PCM, así como sus modificatorias y ampliatorias vigentes, las Bases del proceso de selección y condiciones en que se ejecutarán los trabajos. Atentamente, ……………………………………………………………………. (Sello y Firma del postor o representante Legal) Razón Social R.U.C Nº Domicilio Legal Registro Nacional de Proveedores-Ejecutor de Obras Nº Representante Legal D.N.I. Nº
: : : : : :
(*) INDICAR SI INCLUYE IGV (19%), EN CASO DE CORRESPONDER. Nota: Será causal de eliminación si el presente documento contiene tachaduras, enmendaduras o borrones.
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FORMATO Nº 10 PACTO DE INTEGRIDAD Ref. : Objeto :
Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI. Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCION, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS - LA LIBERTAD ”
Por el presente documento que se comprometen, el Postor ....................................................................., con RUC Nº ..............., inscrito en el Registro Nacional de Proveedores-Ejecutor de Obras Nº ..................., debidamente representado (a) por ................................................................., identificado con DNI. Nº .................., (EL POSTOR); y, el representante del Ministerio del Interior (EL MINISTERIO); suscriben el presente PACTO DE INTEGRIDAD, de conformidad al Numeral 700-06 de las Normas Técnicas de Control Interno, aprobadas mediante Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG de fecha 23JUN2000, acordando y estableciendo lo siguiente: 1.- Ambas partes reconocen y se obligan al cumplimiento de los Principios que rigen a las contrataciones y adquisiciones establecidos en el Art. 3º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y modificatorias aplicables al caso. 2.- EL POSTOR confirma que no ha ofrecido u otorgado, ni ofrecerá u otorgará, ya sea directa o indirectamente, o a través de terceros, ningún pago o beneficio indebido o cualquier otra ventaja, a funcionario público alguno, o a sus familiares o socios comerciales, a fin de obtener o mantener el contrato objeto de la presente adjudicación. 3.- EL POSTOR declara no haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos, entre los postores o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia. 4.- EL MINISTERIO, se compromete a evitar la extorsión y la aceptación de sobornos por parte de los servidores y/o sus funcionarios, y a través de cualquier tercero ligado a este. 5.- El incumplimiento del presente Pacto de Integridad generará: a)
Para EL POSTOR, inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de la responsabilidad, administrativa, civil y/o penal de ser el caso.
b)
Para los funcionarios y/o servidores de EL MINISTERIO, las sanciones derivadas de su régimen laboral, y acciones legales que resulten viables.
Estando ambas partes de acuerdo con el contenido del presente Pacto de Integridad, se suscribe en la ciudad de Lima, a los ....... días de ..........................de 2005.
---------------------------------------------------Nombres y apellidos y firma Representante de EL MINISTERIO
----------------------------------------------------------Nombres y apellidos y firma Representante Legal de EL POSTOR
Nota : Para el caso de postores que participen en consorcio, cada una de las empresas que integran el consorcio deberá presentar el Pacto de Integridad.
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PROFORMA DE CONTRATO
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ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 0002-2005-OINFRA-OGA-MI.
PROFORMA DE CONTRATO DE OBRA “CONSTRUCCIÓN, EQUIPAMIENTO Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LA COMISARIA PNP CASCAS – LA LIBERTAD” Conste por el presente documento, el Contrato de Obra a Suma Alzada que celebran, de una parte el MINISTERIO DEL INTERIOR, a quien en lo sucesivo se le denominará “EL MINISTERIO", debidamente representado por ..........................................................................................; Directora de la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administración, designada por Resolución Ministerial Nº ......................................., del ................................, autorizado para suscribir Contratos por Resolución Ministerial Nº 0365-2005-IN, de 23 de febrero de 2005, identificado con D.N.I. Nº .............................. con domicilio legal en la Avenida Canaval y Moreyra Plaza 30 de Agosto N°150, Urbanización Córpac, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima; y por la otra parte, la firma Contratista de Obras Públicas ..............................………………………................, con Registro Único de Contribuyente (R.U.C.) N°. ..................., Registro Nacional de Proveedores-Ejecutor de Obras (R.N.C.) N°. ...........; con domicilio legal para estos efectos en ........................ ................................................... , debidamente representado por ..................................................... identificado con Documento Nacional de Identidad Nº ...................................... autorizado según Poder inscrito en la Partida Nº ....................... del Registro de Personas Jurídicas ......................................, a quien en adelante se le denominará "EL CONTRATISTA", en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES 1.1.
1.2.
Mediante Resolución Ministerial Nº ................................................ “EL MINISTERIO” aprueba el Expediente Técnico de la Obra denominada: “........................................................................................” con el Valor Referencial de S/....................., incluido el IGV., con precios vigentes a ....................................... Como resultado de la Adjudicación ...........................Nº .........-2005-OINFRA-OGA-MI, se otorgó la Buena Pro a “EL CONTRATISTA”, para la Ejecución de la Obra antes mencionada por el monto total de su propuesta económica ascendente a S/........................................ incluido el IGV. con precios vigentes a ..........................
CLÁUSULA SEGUNDA: BASE LEGAL Y REFERENCIAS 2.1.
2.2.
Cuando en el presente Contrato de Construcción se mencione la palabra "LEY", se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Bajo el mismo concepto cuando se menciona la palabra "REGLAMENTO", se entenderá referida al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Asimismo, la mención al término “Bases”, hace referencia directa a las Bases Integradas del proceso de selección del presente contrato. De otro lado, la mención a las siglas CONSUCODE están referida al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Finalmente la “LEY” y el “REGLAMENTO” prevalecen sobre las Normas Generales de Procedimientos Administrativos y sobre aquellas de derecho común que fueran aplicables, en todo aquello que sea contradictorio, según lo establece el artículo 4º de la “LEY”.
CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO 3.1.
Es materia del presente Contrato la Ejecución de la Obra denominada: “..............................................................................................................................................”, ubicada en ................................................................................................
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CLÁUSULA CUARTA: DEL CONTRATO 4.1. 4.2. 4.3.
Por el presente documento el CONTRATISTA se obliga a ejecutar para “EL MINISTERIO” la Obra en su totalidad de acuerdo a los documentos integrantes del Expediente Técnico, las Bases Integradas y los que se incorporan como parte integrante de este contrato. Para lo no expresamente considerado en el Expediente Técnico y documentos complementarios, regirán las especificaciones del Reglamento Nacional de Construcciones y demás dispositivos y Reglamentos oficiales vigentes. El presente contrato se regula por las normas de los capítulos I, III y IV del Titulo V de “EL REGLAMENTO”. En todo caso, son de aplicación supletoria las normas del Código Civil.
CLÁUSULA QUINTA: FINANCIAMIENTO 5.1.
La obra será financiada con cargo a los Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001Oficina General de Administración, Asignación 6.5.11.50 Servicios Terceros - Obras por Contrata del Presupuesto Fiscal 2005; del Pliego 007: Ministerio del Interior.
CLÁUSULA SEXTA: MONTO DEL CONTRATO 6.1.
El Monto del Contrato es el monto ofertado a Suma Alzada por “EL CONTRATISTA” que asciende a, S/. …………. (……………………………. Y …/100 NUEVOS SOLES), con precios al mes de ABRIL-2005; suma que ..... incluye/no incluye el 19% del I.G.V., y comprende implícitamente los gastos de mano de obra, adquisición de materiales, equipos y herramientas de trabajo, empleo de maquinaria, transporte y fletes; administración, leyes sociales, tributos, seguros, gastos generales, dirección técnica, guardianía, utilidades, pruebas y ensayos; tasas por licencias y permisos, las conexiones y contratación del suministro de los servicios públicos; así como cualquier otro gasto que sea necesario para la buena y correcta ejecución y presentación total de los trabajos contratados, incluyendo además el costo de la elaboración de la Declaratoria de Fábrica o Memoria Descriptiva Valorizada, los Planos de Post – Construcción .
CLÁUSULA SETIMA: VIGENCIA Y PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO. 7.1.
7.2.
7.3. 7.4. 7.5.
“EL CONTRATISTA” se obliga a entregar la Obra objeto del presente Contrato, totalmente concluida y a plena satisfacción de “EL MINISTERIO”, en el plazo establecido en el Expediente Técnico de CIENTO CUARENTA (140) días naturales; el que regirá a partir del cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 240º del “REGLAMENTO” y las BASES; hasta el consentimiento de la liquidación. Si “EL CONTRATISTA” dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, solicita formalmente la entrega del adelanto adjuntando a su solicitud la garantía correspondiente, y “EL MINISTERIO” entregara parcialmente el adelanto directo, se considerará que la condición establecida en el inciso cinco del Artículo 240º del Reglamento y en las Bases se dará por cumplida con la entrega del primer desembolso. En caso que “EL CONTRATISTA” no haya solicitado la entrega del adelanto directo dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, el plazo se inicia con la entrega del terreno En los casos establecidos en el artículo 42º de la “LEY”, las ampliaciones de plazo que solicite “EL CONTRATISTA” se regirán a lo establecido en los artículos 258º, 259º, 260º, 261º y 262º de “EL REGLAMENTO” y en las Bases. En caso de retraso injustificado se aplicará lo establecido en el artículo 263º del “REGLAMENTO” y en las Bases.
CLÁUSULA OCTAVA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 8.1. 8.2.
Iniciar los trabajos inmediatamente iniciado el plazo de ejecución. Ejecutar la Obra objeto del presente Contrato, dando cumplimiento cabal a los alcances del Proyecto Integral, a las Especificaciones Técnicas, normas y procedimientos por la
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8.3. 8.4. 8.5. 8.6. 8.7. 8.8. 8.9. 8.10. 8.11. 8.12.
8.13. 8.14. 8.15. 8.16. 8.17. 8.18. 8.19. 8.20.
8.21. 8.22. 8.23. 8.24.
“LEY” y el “REGLAMENTO”, así como de los demás documentos técnicos y administrativos que, debidamente aprobados por “EL MINISTERIO” y aceptados por “EL CONTRATISTA”, componen el Expediente Técnico y forman parte del presente Contrato de Construcción. Ejecutar la Obra objeto del presente Contrato, en estricta observancia y cumplimiento a las normas y procedimientos técnicos y constructivos establecidos en el Expediente Técnico y en concordancia del Reglamento Nacional de Construcciones. Cumplir con la ejecución total de la obra por el monto de su Propuesta Económica a plena satisfacción de “EL MINISTERIO”, dentro del plazo establecido en el presente Contrato de Construcción. De observar errores en el Expediente Técnico deberá comunicarlo a “EL MINISTERIO” de inmediato, en concordancia con el artículo 210º del “REGLAMENTO” . Proveerse oportuna y permanentemente, de todos los materiales, insumos, componentes, herramientas y equipos que requiera para la ejecución de los trabajos. Suministrar y emplear materiales e insumos de construcción de calidad reconocida; los que deben cumplir las Especificaciones Técnicas del Proyecto en concordancia con el Reglamento Nacional de Construcciones. Proveerse oportuna y permanentemente de los recursos humanos, equipos y materiales en concordancia a su programación de obra y Plan de trabajo. Cumplir con los avances establecidos en el Calendario de Avance de Obra concordado con la fecha de Inicio de Obra y la programación PERT-CPM, en caso de retraso injustificado se regirá a lo establecido en el artículo 263º del “REGLAMENTO”. A efectos de los pagos a cuenta, formular las valorizaciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 255º y 256º del “REGLAMENTO” y las Bases. Garantizar que los trabajos se ejecutarán bajo la estricta y permanente dirección técnica del Residente que ha designado y que “EL MINISTERIO” ha aceptado. Efectuar la contratación del Personal de Construcción Civil calificado para el tipo de trabajo contratado, en concordancia con la cantidad y oportunidad de los recursos de mano de obra establecidos en su Plan de Trabajo y en la Hoja de Recursos de la Programación PERT-CPM. Mantener al día el pago de los tributos, aportaciones, impuestos y demás obligaciones que le correspondan en su calidad de Empleador y Contratista del Estado. Cumplir con todo lo que ha ofrecido en su Propuesta Técnica, con la cual se adjudicó la Buena Pro para la ejecución de la Obra. Formular a través del Cuaderno de Obra, las consultas técnicas que requiera, así como las autorizaciones, confirmaciones y precisiones que sean necesarias para la Ejecución de la Obra, Gestionar ante las Entidades competentes las licencias, autorizaciones y permisos que se requieran durante la construcción. Tramitar y cumplir con las autorizaciones, ordenanzas, reglamentos, licencias y demás requerimientos oficiales que establezcan las autoridades municipales de la localidad donde se Ejecutará la Obra. Tramitar ante la Municipalidad correspondiente, los permisos para hacer uso temporal de la vía pública para el almacenamiento de materiales y equipos. Asumir y responder exclusivamente por las remuneraciones, indemnizaciones, seguros y demás beneficios que le corresponda a su personal. Responsabilizarse exclusiva y solidariamente por los daños y perjuicios que por acción, actos, omisión, error, negligencia, pérdidas, sustracciones que pueda ocasionar él, sus trabajadores ó subcontratista, a la propiedad de terceros o de “EL MINISTERIO”, reponiendo la propiedad afectada o indemnizando a su propietario. Asumir la responsabilidad exclusiva por la veracidad y validez de los documentos técnicos y administrativos, así como por las garantías bancarias, que presente a “EL MINISTERIO”. Atender oportuna y convenientemente las instrucciones, observaciones o disposiciones técnicas que le formule el Supervisor o Inspector de la Obra, brindándole asimismo las facilidades correspondientes para el desarrollo de sus funciones. Acatar las instrucciones o disposiciones que le formule directamente “EL MINISTERIO”. Presentar la Liquidación Final del Contrato, con la documentación técnica y administrativa correspondiente, dentro del plazo que le otorgan el “REGLAMENTO” y el Contrato.
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8.25. Entregar junto con la Liquidación, los documentos de Declaratoria de Fábrica o la Memoria Descriptiva Valorizada, caso contrario su elaboración estará a cargo de la Entidad, y su costo se determinará por los precios de mercado o según cotización que la Entidad solicite, siendo notificado al Contratista mediante carta notarial. Este monto será cargado al Contratista en la Liquidación Final de Contrato. 8.26. Asumir la responsabilidad absoluta por los hechos que puedan suscitarse en la Obra por acción, omisión, error o negligencia mientras ésta se encuentre bajo su control, salvo hechos de naturaleza fortuita y/o fuerza mayor debidamente comprobados. 8.27. Cumplir con las obligaciones, requisitos, procedimientos y plazos que establecen la “LEY”, el “REGLAMENTO”, las Bases Generales y el presente Contrato. 8.28. Contar oportunamente con las garantías bancarias que le permitan efectuar el cobro de los adelantos que haya solicitado; remitiendo asimismo, en forma oportuna, la documentación que sustente la inversión de dichos adelantos. 8.29. Renovar, al término de su vigencia, las garantías que haya presentado, bajo su responsabilidad. 8.30. Solicitar a “EL MINISTERIO”, la autorización escrita correspondiente para subcontratar la ejecución de trabajos especializados en la Obra. 8.31. No ejecutar trabajos o partidas adicionales al presupuesto contratado sin contar con la autorización escrita de “EL MINISTERIO”. 8.32. Realizar, bajo su propio peculio, las pruebas y ensayos que disponga la Supervisión o Inspección de la Obra para verificar el adecuado cumplimiento de los trabajos, materiales y dosificaciones. 8.33. Ejecutar, bajo su propio peculio, las pruebas y ensayos que disponga el Comité de Recepción de Obra para verificar el adecuado cumplimiento de los trabajos contratados. 8.34. Comunicar de inmediato a “EL MINISTERIO”, cualquier situación que le impida cumplir con las obligaciones contractuales asumidas, describiendo en forma objetiva las causales que lo originan, las implicancias que pudieran derivarse de dicho hecho, y las acciones o sugerencias que correspondan para superar tal situación. 8.35. Comunicar en forma inmediata a “EL MINISTERIO”, cualquier contradicción u omisión que detecte en los documentos del Expediente Técnico de la Obra que le impida cumplir con las obligaciones contractuales asumidas, describiéndolas en forma objetiva, las implicancias que pudieran derivarse de tal hecho y las acciones sugeridas que correspondan para superar tal situación. 8.36. Comunicar de inmediato y por escrito a “EL MINISTERIO”, solicitando el pronunciamiento correspondiente, sobre cualquier especificación, solución técnica o diseño que vulnere las normas contempladas en el Reglamento Nacional de Construcciones. 8.37. Asumir total y directamente los reclamos y demandas que pudieran presentar sus trabajadores, proveedores o subcontratistas. 8.38. Responsabilizarse por las pérdidas, sustracciones, actos u omisiones en las que puedan incurrir sus trabajadores o subcontratistas en perjuicio de “EL MINISTERIO” o de terceros. 8.39. Suministrar a sus trabajadores el equipo y herramientas que les permita efectuar su labor; así como proveer los implementos y las medidas de protección y seguridad personal que correspondan, en salvaguarda de su integridad física de acuerdo con el Reglamento Nacional de Construcción, Norma E.120. 8.40. El suministro de la energía eléctrica en baja tensión, así como el abastecimiento del agua que sea necesaria para la Ejecución de la Obra, será obtenido y financiado bajo su cuenta y responsabilidad. 8.41. Asumir la responsabilidad de cumplir estrictamente el marco legal del ordenamiento laboral que cautela los derechos de sus trabajadores de Construcción Civil, según lo dispone el Decreto Supremo Nro. 001-98-TR de fecha 20 de enero de 1998. 8.42. Deberá construir provisionalmente ambientes para la oficina, guardianía, almacén, depósito para herramientas, SS.HH. para el personal obrero, etc.; así como un ambiente para el Supervisor o Inspector de la Obra. 8.43. También deberá mantener permanentemente abastecido un botiquín de primeros auxilios. 8.44. Presentar inmediatamente a “EL MINISTERIO” o a la Supervisión copia de cualquier comparendo, citación, notificación y cualquier otro documento, con relación al a ejecución de la obra.
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8.45. Con referencia al artículo 259º del “REGLAMENTO”, presentar al inspector o supervisor el calendario de avance de obra actualizado y la programación PERT-CPM correspondiente, considerando para ello sólo las partidas que se han visto afectadas y en armonía con la ampliación de plazo concedida, en un plazo que no excederá de diez (10) días contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación al contratista de la resolución que aprueba la ampliación de plazo. 8.46. En caso de atraso en la finalización de la obra por causas imputables a “EL CONTRATISTA”, con respecto a la fecha consignada en el calendario de avance de obra vigente, y considerando que dicho atraso producirá una extensión de los servicios de la inspección o supervisión, lo que genera un mayor costo, “EL CONTRATISTA” asumirá el pago del monto equivalente al de los servicios indicados, lo que se hará efectivo deduciendo dicho monto de la liquidación de la obra. “EL CONTRATISTA” deberá cumplir asimismo, con todas y cada una de las obligaciones, responsabilidades y compromisos específicos que le corresponden y que se detallan en el presente Contrato de Construcción, en las Bases y en los Términos de Referencia. CLÁUSULA NOVENA: OBLIGACIONES DEL MINISTERIO 9.1. Designar al Supervisor o Inspector, Entregar el Expediente Técnico de obra completo y el terreno dentro de los quince (15) días útiles contados a partir del día siguiente de la firma del Contrato, de acuerdo a lo indicado en el Artículo 240º del “REGLAMENTO”. 9.2. Abonar, previa aprobación, las Valorizaciones periódicas mensuales, presentadas por el Ingeniero Supervisor de acuerdo al procedimiento indicado en los Artículos 255º, 256º y 257º del “REGLAMENTO” y en las Bases. 9.3. Recepcionar la Obra totalmente concluida, suscribiendo el Acta correspondiente. 9.4. Dar conformidad a la Liquidación Final de Obra. CLÁUSULA DÉCIMO: ADELANTOS 10.1. A solicitud escrita de “EL CONTRATISTA”, y según lo previsto en las Bases, “EL MINISTERIO”, podrá otorgar adelantos en los casos, montos y condiciones señalados en el artículo 39º de la “LEY” y los artículos 243º, 219º, 244º, 245º y 246º del “REGLAMENTO” y en las Bases. 10.2. El Adelanto Directo; hasta un máximo del ............... por ciento ( %) del monto del contrato. Se otorgará íntegramente o por partes previa Carta de Solicitud de parte del CONTRATISTA a la cual se debe adjuntar la Garantia Bancaria (Carta Fianza o Póliza de Caución) y la Factura correspondiente, documentos necesarios para su trámite. 10.3. El Adelanto para Adquisición de Materiales; hasta un máximo del ................... por ciento (........%) del Monto del contrato de acuerdo a lo establecido en las Bases. Para tal efecto “EL CONTRATISTA” adjuntará a su solicitud la Garantía correspondiente y el sustento técnico del Adelanto solicitado. 10.4. Los adelantos serán empleados exclusivamente por “EL CONTRATISTA” para los fines para los que le fueron entregados; ello en virtud del compromiso formal que asume ante “EL MINISTERIO”, a través del presente Contrato de Construcción sin perjuicio de las acciones administrativas civiles y penales pertinentes que pueda aplicársele por incumplimiento o derivación de dichos recursos hacia otros fines. CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA: VALORIZACIONES Y REAJUSTE 11.1. Las Valorizaciones por concepto de contrato principal, reajustes, adicionales, mayores gastos generales y en general por todo concepto, serán mensuales, y tendrán el carácter de pagos a cuenta, siendo elaboradas de acuerdo a lo señalado en las Bases y en los artículos 255º, 256º y 257º del “REGLAMENTO”. 11.2. Durante la ejecución de la obra, las valorizaciones se formularán en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del Valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad del valor referencial. El subtotal así obtenido se multiplicará por el factor de relación, calculado hasta la quinta cifra decimal; a este monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas. Se valorizará hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.
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11.3. Los metrados de obra ejecutados serán formulados y valorizados conjuntamente por el contratista y el inspector o supervisor, y presentados a la Entidad dentro de los cinco (5) días, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva. 11.4. Las valorizaciones por todo concepto serán elaboradas el último día de cada mes y serán presentadas ante “EL MINISTERIO” dentro de los cinco (5) días contados del primer día hábil del mes siguiente. 11.5. Las valorizaciones por todo concepto serán canceladas en fecha no posterior al último día del mes siguiente al de la valorización respectiva, siempre y cuando “EL CONTRATISTA” presente las facturas correspondientes, sin errores. 11.6. Las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones serán ajustadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 256º del REGLAMENTO y en las Bases. CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA: OBRAS ADICIONALES Y/O REDUCCIÓN DE PARTIDAS 12.1. “EL MINISTERIO”, podrá disponer la ejecución de obras adicionales de acuerdo a lo indicado en el Artículo 42º de la “LEY” y los artículos 265º y 266º de el “REGLAMENTO” y las Bases; y en concordancia a la Quinta Disposición Final de la Ley 28411 y a la Directiva Nº 012-2000-CG/OATJ-PRO. 12.2. Si resultara indispensable la realización de obras adicionales mayores al 10% del monto total del Contrato original, “EL MINISTERIO” podrá resolver el contrato según lo señalado en el artículo 42º de la “LEY”. 12.3. “EL MINISTERIO” podrá reducir obras por el 10% del monto total del contrato original de acuerdo a lo indicado en el artículo 42º de la “LEY”. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: TRANSFERENCIA Y SUB-CONTRATO 13.1. “EL CONTRATISTA”, no podrá ceder ni transferir total ni parcialmente este Contrato de Construcción. Sin embargo, podrá subcontratar parte de la Ejecución de ésta Obra que requiera especialización, previa autorización escrita de “EL MINISTERIO”, en estos casos es aplicable lo indicado en el artículo 38º de la “LEY” y en el artículo 208º del “REGLAMENTO”. 13.2. “EL MINISTERIO” no asume responsabilidad alguna con el Subcontratista por ningún compromiso que eventualmente incumpla con éste “EL CONTRATISTA”. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: PENALIDADES 14.1. En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, además de otros conceptos, “EL MINISTERIO” le aplicará a “EL CONTRATISTA” la penalidad establecida en el artículo 222º y 223º del “REGLAMENTO” y en las Bases. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE LA OBRA: 15.1. “EL MINISTERIO” podrá, de oficio o a solicitud expresa de “EL CONTRATISTA”, Intervenir Económicamente la Obra rigiéndose a lo establecido en el artículo 264º del “REGLAMENTO” y en la Directiva 001-2003-CONSUCODE/PRE. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RECEPCIÓN DE OBRA 16.1. Para la Recepción de Obra se aplicará lo establecido en el artículo 268º del “REGLAMENTO” y en las Bases. CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA 17.1. La liquidación del contrato de obra se regirá a lo establecido en el artículo 43º de la “LEY” y en los artículos 269º, 270º y 271º del “REGLAMENTO” y en las Bases. 17.2. Si el Contratista no presenta los Planos de Replanteo y/o la Declaratoria de Fabrica, el costo que resulte su Preparación será descontado al Contratista. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 18.1. La resolución del contrato se regirá a lo establecido en los artículos 41º y 45º de la “LEY” y en los artículos 224º, 225º, 226º, 227º y 267º del “REGLAMENTO”, así como el Código Civil en lo que resulte pertinente supletoriamente.
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18.2. “EL MINISTERIO” podrá resolver el contrato en caso de incumplimiento por parte de “EL CONTRATISTA” de alguna de sus obligaciones y en los casos establecidos en el artículo 225º del “REGLAMENTO” 18.3. La ejecución del presente contrato, queda condicionada a la asignación de recursos financieros que se autoricen en las Leyes Anuales de Presupuesto, “EL MINISTERIO” podrá resolver el presente contrato por razones de índole presupuestal. CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DEL RESIDENTE 19.1. El Contratista designará, como Residente de Obra, a un Ingeniero Civil, ó Arquitecto colegiado, especializado y habilitado para el ejercicio profesional, quien tendrá a su cargo la dirección técnica y la responsabilidad por la ejecución de los trabajos contratados. 19.2. El Residente de Obra debe de tener no menos de Cinco (05) años de ejercicio profesional y experiencia como residente de obra, que se acredita con los principales trabajos en Residencia de Obras en edificación, sustentados obligatoriamente con copias simples de los certificados, constancias o contratos que acrediten fehacientemente la función realizada; esta documentación podrá ser verificada posteriormente por el Ministerio y de detectarse que se ha suministrado información falsa, se informará a la Procuraduría para las acciones legales correspondientes. 19.3. Sus atribuciones se sujetan a lo señalado en el Artículo 242º de “EL REGLAMENTO”. 19.4. Para su reemplazo, el Contratista deberá contar primero con la aceptación escrita de “EL MINISTERIO”, y deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado. CLAUSULA VIGESIMA: DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL 20.1. INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA “EL MINISTERIO”, designará a un Ingeniero Civil o Arquitecto, colegiados, como Supervisor ó Inspector de Obra, quien velará por la correcta Ejecución de la Obra y el cumplimiento de los compromisos contractuales. Las funciones del Supervisor ó Inspector de Obra, se sujetan a lo señalado en el Artículo 250º de “EL REGLAMENTO. 20.2. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN CASO DE ATRASO DE OBRA En caso de atraso en la finalización de la obra por causas imputables al Contratista, con respecto a la fecha consignada en el calendario de avance de obra vigente, y considerando que dicho atraso producirá una extensión de los servicios de la inspección o supervisión, lo que genera un mayor costo, el Contratista del contrato de ejecución de obra asumirá el pago del monto equivalente al de los servicios indicados, lo que se hará efectivo deduciendo dicho monto de la liquidación de la obra. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: OTROS COMPROMISOS, OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 21.1. Son de cargo de “EL CONTRATISTA” todos los tributos y gravámenes que le correspondan de acuerdo a Ley así como toda responsabilidad de carácter laboral y pago de aportaciones sociales. Asimismo, le corresponde la contratación de todos los seguros necesarios para resguardar la integridad de la prestación, de los recursos materiales y humanos utilizados y de los terceros que eventualmente resultasen afectados. 21.2. Asimismo, no se dará trámite a pago alguno si “EL CONTRATISTA” no cumple previamente con presentar oportunamente los documentos señalados en las Bases y en el presente Contrato de Construcción. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: DAÑOS A LA PROPIEDAD DEL MINISTERIO Y TERCEROS 22.1. “EL CONTRATISTA”, será responsable por los daños y perjuicios que se ocasionen, directa o indirectamente, como consecuencia de la Ejecución de la Obra y del presente Contrato de Construcción, no pudiendo tampoco transferir esa responsabilidad a “EL MINISTERIO”. Los daños y perjuicios a que se contrae esta cláusula, son aquellos que pueden causarse a bienes de propiedad de “EL MINISTERIO” o de terceros.
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CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: ENTREGA DE LOS BIENES PROPIEDAD DEL MINISTERIO 23.1. Sí durante el Proceso de Ejecución de la Obra se hace necesario retirar, desmontar o remover cualquier tipo de bien material que exista en el inmueble donde se ejecutarán los trabajos contratados, “EL CONTRATISTA” hará entrega de la totalidad de ellos al funcionario de más alto nivel de la unidad usuaria del local objeto del Contrato de Construcción. 23.2. Dicha entrega se oficializará mediante la suscripción de un Acta de Entrega de Bienes, la que será suscrita por el Residente de Obra y el funcionario correspondiente, y visada por el Supervisor o Inspector de la obra en calidad de testigo, señalándose el estado de conservación de cada bien. Están exceptuados de dicha entrega los bienes que deban ser necesariamente demolidos o que hayan resultado destruidos durante su remoción. 23.3. Dicha entrega es de carácter obligatorio por tratarse de bienes de propiedad de “EL MINISTERIO”. El incumplimiento de dicha obligación conllevará al reclamo formal de “EL MINISTERIO” por los daños y perjuicios que se determinen, y a la retribución económica por parte de “EL CONTRATISTA”. CLÁUSULA VIGÉSIMO CUARTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 24.1. Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la suscripción del contrato, sobre su ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez, será resuelta mediante Arbitraje de derecho, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado; con excepción de aquellas referidas en el articulo 23º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Controlaría General de la República Ley Nº 27785 y demás que por su naturaleza sean exclusivas por Ley. 24.2. Dicha disposición no resulta aplicable a las controversias surgidas en la ejecución de adicionales de obra, metrados no previstos contractualmente y mayores prestaciones de supervisión, respecto de las cuales la Contraloría General, ejerce el control previo y serán resueltas por ésta de acuerdo a los procedimientos establecidos por el indicado Organismo Supervisor de Control para el efecto. 24.3. El Arbitraje será resuelto por tres árbitros, según lo dispuesto en el Artículo 278° del “REGLAMENTO”. 24.4. El Laudo Arbitral es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA VIGÉSIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD POR LA CALIDAD DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS 25.1. De conformidad al artículo 51º de la “LEY”, “EL CONTRATISTA” asume la responsabilidad exclusiva por la calidad de los materiales de construcción utilizados, por la técnica de construcción y por los vicios ocultos que pudieran existir en los trabajos que le entregue a “EL MINISTERIO”, para lo cual reconoce y acepta libremente el período mínimo de garantía sobre la Obra materia del presente Contrato, el cual se computa a partir de la recepción de la misma y por un plazo no menor de siete (07) años. 25.2. Es de aplicación al presente Contrato, el contenido de los artículos Nro. 1774, Nro. 1782, Nro. 1783, Nro. 1784, Nro. 1785, Nro. 1788 y Nro. 1789 del Código Civil vigente, en cuanto no se opongan a los alcances de la “LEY” y/o de el “REGLAMENTO”. CLÁUSULA VIGÉSIMO SEXTA: CARÁCTER DE RESERVADO DE LA OBRA 26.1. En consideración al carácter de Reservado que presenta la Obra materia del presente Contrato, por ser destinada al Ministerio del Interior; “EL CONTRATISTA” se compromete expresamente a mantener la documentación técnica y administrativa que haya recepcionado y/o se recepcione de “EL MINISTERIO”, debidamente archivada, a efectos de garantizar que dichos documentos no puedan ser utilizados por terceras personas en eventuales actos subversivos, vandálicos o delincuenciales de cualquier tipo que ponga en riesgo la integridad del establecimiento, del personal que labore en él, o del público que lo frecuente.
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CLÁUSULA VIGÉSIMO SEPTIMA: OBLIGACIONES CUMPLIDAS A LA FIRMA DE PRESENTE CONTRATO 27.1. Se deja constancia que a la firma del presente Contrato, “EL CONTRATISTA” de acuerdo a lo establecido en el artículo 200º y 239º del “REGLAMENTO” y en las Bases; ha cumplido con entregar a “EL MINISTERIO”, los siguientes documentos: (según el caso). a). Original vigente de la Constancia de No Inhabilitación para Contratar con el Estado, emitida por el Registro Nacional de Proveedores. b). Original vigente de la Constancia de Capacidad Libre de contratación, emitida por el Registro Nacional de Proveedores. c). Original del Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso d). Copia Certificada de su Registro Único de Contribuyente – RUC. e). Copia Certificada de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa, de ser el caso. f). Copia Certificada del Poder que autoriza al Representante Legal de “EL CONTRATISTA”, para suscribir contratos en su representación. g). Copia Certificada del Documento de Identidad del Representante Legal de “EL CONTRATISTA”. h). Original de la Declaración Jurada de Domicilio Legal en la ciudad de Lima de “EL CONTRATISTA”. i). Original de ………………………. por la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, por la suma de S/. ........... Nuevos Soles, con las condiciones de solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática y sin beneficio de excusión. j). Calendario de Avance de Obra Valorizado, en concordancia con el cronograma de desembolsos establecidos y sustentado en la programación de obra PERT-CPM concordante con el plazo, adjuntando los análisis de precios ofertados (original y dos copias). k). Diagrama PERT-CPM y Diagrama de Barras Gantt, en concordancia con el plazo de ejecución contractual, y con las partidas del Presupuesto Referencial. (Original y dos copias). l). Calendario de Adquisición de Materiales e Insumos necesarios para la ejecución de obra en concordancia con el calendario de obra valorizado (Original y dos copias). m). Carta de designación del Residente de Obra, adjuntando Certificado de Habilidad para Contrato de Obras, Carta de Compromiso del Residente de Obra y su Curriculum Vitae documentado. n). Plan de trabajo. (Original y dos copias) CLÁUSULA VIGÉSIMO OCTAVA: DISPOSICIONES FINALES 28.1. Se establece que si el plazo de ejecución del presente contrato supera el presente Año Fiscal 2005, la ejecución del mismo está sujeta a la disponibilidad presupuestaria y financiera del pliego del Ministerio del Interior, en el marco de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos correspondientes. 28.2. Cualquier punto no considerado en las Cláusulas precedentes y en las partes integrantes del presente contrato se ceñirá a lo que se establece en la “LEY”, el “REGLAMENTO” y sus modificatorias y en disposiciones legales vigentes, según sea el caso. 28.3. El presente Contrato, debidamente suscrito por las partes, tiene carácter definitivo, pero cualquiera de ellas podrá elevarlo a Escritura Pública, siendo de su cuenta los gastos consiguientes. 28.4. “EL MINISTERIO” delega en “EL CONTRATISTA” la responsabilidad de gestionar y tramitar la Licencia de Construcción ante la Municipalidad correspondiente. Queda acordado que el pago por concepto de las tasas y/o derechos que demanden dichos trámites serán asumidos por “EL CONTRATISTA”. 28.5. “EL MINISTERIO” delega asimismo en “EL CONTRATISTA” la responsabilidad de gestionar y tramitar ante cualquier Órgano o Entidad competente; las licencias, autorizaciones, permisos, o visados que guarden relación directa con la Obra materia del presente Contrato de Construcción y que sean de trámite necesario para permitir su ejecución. Queda acordado que el pago por concepto de las tasas y/o derechos que demanden dichos trámites serán asumidos por “EL CONTRATISTA”.
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CLÁUSULA VIGÉSIMO NOVENA: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. 29.1. “EL CONTRATISTA” señala como domicilio legal en la ciudad de Lima .................................................................................................................................................. .......... En el caso de variar su dirección deberá comunicarlo mediante Carta Notarial. 29.2. En caso se cuestionen las decisiones adoptadas por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a lo dispuesto por los artículos 53º de la “LEY” y 184º del “REGLAMENTO”, concordante con el artículo 9 de la Ley Nº 27584 – Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo; las partes renuncian al fuero de sus domicilios y se someten a los Jueces y Tribunales de Lima. 29.3. Forman parte del presente contrato los siguientes Anexos: Anexo Nº 1
:
Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la Empresa donde conste el nombre del representante legal y Testimonio de la Escritura Publica del Poder del Representante Legal. (indicar número de folios)
Anexo Nº 2
:
Resolución Ministerial Nº........................... aprobatoria del Expediente Técnico (indicar número de folios)
Anexo Nº 3
:
Bases Integradas, Absolución de Consultas y Expediente Técnico de la Obra suscrito por El Contratista (indicar número de anillados y láminas de planos).
Anexo Nº 4
:
Propuesta Técnica y Económica del Contratista (indicar folios).
Anexo Nº 5
:
Copia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato (indicar número de folio).
Anexo Nº 6
:
Copia de Certificado del Registro Nacional de Contratistas (indicar folio)
Anexo Nº 7
:
Constancia vigente de no estar Inhabilitado para contratar con el Estado (indicar folio)
Anexo Nº 8
:
Constancia vigente de capacidad libre de contratación (indicar folio)
número
de
En señal de conocimiento pleno, entendimiento y aceptación libre y voluntaria de todas y cada una de las Cláusulas y anexos del presente Contrato, las partes contratantes lo suscriben en la Ciudad de Lima, el .............................................................................2005 “EL MINISTERIO”
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“EL CONTRATISTA”
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