Story Transcript
COMISION DE TRANSPORTE DIPUTADOS INTEGRANTES: JOSE VICTOR MARTINEZ OLIVARRIA GUILLERMO PEÑA ENRIQUEZ ENRIQUE PESQUEIRA PELLAT REYNALDO MILLAN COTA HONORABLE ASAMBLEA: A los diputados integrantes de la Comisión de Transporte de esta Legislatura, previo acuerdo del Pleno, nos fueron remitidos escritos suscritos por los ciudadanos Héctor Bueno Guerra, representante legal de “TUGESA S. A. de C. V.”; Eduardo González Gaxiola, Representante Legal de “Transporte Especializado de Guaymas, S. A. de C. V.”; Luis Armando Rodríguez Freaner, representante legal de “Transportes de la Costa de Hermosillo, S. A. de C. V.”; Martha G. Díaz Morales, Gabriel Holguín Castillo, Francisco G. Olguín Quintana, Victoria Rentería Zavala, Guadalupe Carlota Martínez Galáz y Liliana Lizeth León Martínez, concesionarios del servicio público de transporte público suburbano de Hermosillo y, por último, de los concesionarios del servicio público de transporte en la modalidad de pasaje del sistema foráneo, Francisco Armenta Moroyoqui y Julio Teodoro Armenta Cota, concesionarios de las rutas Bayajorit-Navojoa y Nachuquis- Navojoa, Sonora, mediante los cuales se propone que esta Soberanía actualice las tarifas del servicio público de transporte en la modalidad de pasaje en los sistemas suburbano y foráneo, estimando al efecto que en los últimos años se han incrementado los costos de operación y no así los montos de las tarifas por los servicios que prestan a la ciudadanía. En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 92, 94, fracciones I y IV, 97 y 98 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Sonora, presentamos para su discusión y aprobación, en su caso, el presente dictamen al tenor de la siguiente:
PARTE EXPOSITIVA: Mediante el acuerdo número 27, de fecha 07 de noviembre de 2006, 65 y 66, del 12 de abril y 123, del 18 de octubre todos del año 2007, así como el diverso acuerdo número 164, del 22 de abril del 2008 aprobados por este Congreso del Estado, nos fueron turnados a los integrantes de esta Comisión, escritos presentados por los ciudadanos anteriormente mencionados, mediante los cuales solicitan a esta Soberanía se actualicen las tarifas para el servicio público del transporte en la modalidad de pasaje en los sistemas suburbano y foráneo. Para tal efecto, esta Comisión de Transporte solicitó, por los conductos legales, a la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano que, mediante la unidad administrativa correspondiente, realizara los estudios técnicos previstos por la Ley de Transporte para que el Congreso del Estado, dentro de sus facultades, pueda decidir en consecuencia respecto de la solicitud de actualización de las tarifas objeto de este dictamen. Cumplido lo solicitado por la autoridad de transporte, esta Comisión analiza y resuelve la solicitud bajo las siguientes:
CONSIDERACIONES: PRIMERA.- Es competencia de esta Comisión ordinaria realizar las funciones de estudio, análisis y dictamen, de iniciativas de ley, decreto, acuerdo y solicitudes que les sean turnadas en materia de transporte, según lo dispuesto por los artículos 82, 92 y quinto transitorio de la Ley
Orgánica del Poder Legislativo y el Acuerdo número 02 de fecha 19 de septiembre de 2006 aprobado por este Pleno. SEGUNDA.- Las tarifas de transporte y sus reglas de aplicación se determinarán procurando que respondan siempre a un criterio técnico uniforme, igual para casos similares y diversificados de acuerdo con la zona o región donde habrán de prestarse los servicios, por la diferenciación de la situación económica y las condiciones de comodidad, seguridad e higiene en que se presta el servicio en los lugares respectivos, para lo cual, el Congreso del Estado autorizará y revisará las tarifas que correspondan al servicio público de transporte, cada vez que varíen sustancialmente las condiciones socioeconómicas que le dieron origen, conforme lo establecido en los artículos 87, 88 y 90 de la Ley de Transporte para el Estado Sonora. TERCERA.- Es importante señalar que para determinar las tarifas del servicio público de transporte, en la modalidad de pasaje suburbano y foráneo, la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano debe realizar los estudios técnicos necesarios, debiendo tomar como base para el cálculo: el tipo de servicio, el salario mínimo general vigente en la región, el precio unitario del energético que se utilice y los costos directos e indirectos que incidan en la prestación del servicio; asimismo, deberán tomarse en cuenta los estudios relativos de los concesionarios, si los hubiere, así como la opinión del Consejo Consultivo Estatal de Transporte, lo cual fue cumplido por la Dirección General de Transporte de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, como consta en el estudio respectivo que queda agregado al presente dictamen, en atención a lo dispuesto por el artículo 89 de la ley de la materia. Es así que en los cálculos para determinar la actualización de las tarifas se estableció, en primer lugar, analizar los porcentajes acumulados de los incrementos que han sufrido las principales variables desde la última actualización de la tarifa hasta la fecha, correspondiente al periodo del año 2002 al 2008, lo cual da el siguiente resultado:
Análisis General de las Variables Variables Combustible Salario mínimo Inflación Promedio
Porcentaje de aumento 44.73% 27.03% 31.29% 34.35%
De lo anterior se desprende que, en forma general, los costos horarios para operar el servicio de transporte público en las modalidades de pasaje suburbano y foráneo, se han incrementado en un rango del 35.63% como mínimo y hasta un 46.09% como máximo, considerado como la inversión en una nueva unidad. Por lo que técnicamente se establece que se requiere un incremento mínimo del 35.63% para compensar el incremento en los costos fijos, variables e indirectos. Aunado a lo anterior, en atención al oficio número 3135-I/08 mediante el cual esta Comisión le solicitó a la Dirección General de Transporte de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, la relación de las rutas que existen en nuestro Estado en el servició público de transporte en su modalidad de pasaje, en los sistemas suburbano y foráneo, especificando su origen y destino; además, la propuesta para el establecimiento de una tarifa especial conforme a lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley de Transporte, dicha dependencia del Gobierno del Estado remitió la siguiente información:
2
Tarifa que cobran actualmente Municipio
Ruta
Normal
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA – BASERAC
130.00
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA - BAVISPE
125.00
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA - COL. MORELOS
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA - SAN MIGUEL
ALAMOS
ALAMOS - CAZANATE
36.00
ALAMOS
ALAMOS - GUIROCOBA
35.00
ALAMOS
ALAMOS - LOS ALGODONES
45.00
ALAMOS
ALAMOS - LOS TANQUES
15.00
ALAMOS
ALAMOS - MONIHUASA
25.00
ALAMOS
ALAMOS - SAN BERNARDO
23.00
CABORCA
CABORCA – DESEMBOQUE
45.00
CABORCA
CABORCA - EJIDO EL DIAMANTE
30.00
CABORCA
CABORCA - EL SASABE
CABORCA
CABORCA - PUERTO PEÑASCO
80.00
CABORCA
CABORCA - SANTO TOMAS
40.00
CABORCA
CABORCA – SARIC
60.00
CABORCA
CABORCA - ZARAGOZA
CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - PUEBLO MAYO CD. OBREGON - ANTONIO ROSALES
70.00 120.00
150.00
5.00 25.00 11.50
CAJEME
CD. OBREGON – BACAME
25.00
CAJEME
CD. OBREGON - BACUM
11.00
CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - BAHIA DE LOBOS CD. OBREGON - BUENA VISTA
30.00 22.00
CAJEME
CD. OBREGON - CAMP 104
16.00
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 16
16.00
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 30
9.50
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 5
7.50
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 60
12.00
3
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 77
13.00
CAJEME
CD. OBREGON - CEDROS
50.00
CAJEME
CD. OBREGON – COCORIT
7.50
CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON – COL. JECOPACO CD. OBREGON - COLONIA MILITAR CD. OBREGON - EJIDO TERAS CD. OBREGON - ENRIQUE LANDA CD. OBREGON – ESPERANZA CD. OBREGON - ESTACION CORRAL
17.00 15.00 16.00 18.00 7.00 10.00
CAJEME
CD. OBREGON – GUAYPARIN
15.00
CAJEME
CD. OBREGON – HENEQUEN
10.00
CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON – HUATABAMPO CD. OBREGON – ALTOS DE JECOPACO CD. OBREGON - LEANDRO VALLE CD. OBREGON – MAYOJUSALIT
30.00 15.00 7.00 20.00
CAJEME
CD. OBREGON – MEDANOS
22.00
CAJEME
CD. OBREGON - MORELOS 2
16.00
CAJEME
CD. OBREGON – NAVOJOA
30.00
CAJEME
CD. OBREGON - OVIACHI
22.00
CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - PANTEON NUEVO CD. OBREGON - PAREDON COLORADO CD. OBREGON – PAREDONCITO
10.00 20.00 20.00
CAJEME
CD. OBREGON – POLVORON
16.00
CAJEME
CD. OBREGON - POTAM
25.00
CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON – PROVIDENCIA CD. OBREGON - PUEBLO YAQUI CD. OBREGON QUECHEHUECA CD. OBREGON QUETCHEHUECA CD. OBREGON – QUIRIEGO
4
4.00 12.00 13.00 13.00 45.00
CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - ROSARIO DE TESOPACO CD. OBREGON - SAN JOSE DE BACUM CD. OBREGON - SANTA ANA CD. OBREGON - SANTA MARIA DEL BUARAJE CD. OBREGON - SANTA TERESA DE BACUM
45.00 12.00 100.00 20.00 7.50
CAJEME
CD. OBREGON – SAHUARIPA
CAJEME
CD. OBREGON - TEPOCA
90.00
CAJEME
CD. OBREGON – TESOPOBAMPO
10.00
CAJEME
CD. OBREGON – TOBARITO
CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - VILLA BONITA CD. OBREGON - VILLA JUAREZ
128.00
9.50 5.00 20.00
CAJEME
CD. OBREGON - YECORA
CAJEME
PUEBLO YAQUI - CAMPO 16
CANANEA
CANANEA - ACONCHI
110.00
CANANEA
CANANEA - AGUA PRIETA
100.00
CANANEA
CANANEA - BACUACHI
CANANEA
CANANEA - BANAMICHI
CANANEA
CANANEA - GINAPAS
60.00
CANANEA
CANANEA – MUTUTICASI
40.00
CANANEA
CANANEA – NACO
70.00
CANANEA
CANANEA - SINOQUIPE
85.00
CANANEA
CANANEA – URES
150.00
CUMPAS
CUMPAS - AGUA PRIETA
100.00
ETCHOJOA
ETCHOJOA - CAMPO ESPAÑA
ETCHOJOA
HUIRACHACA – BACOBAMPO
6.00
ETCHOJOA
HUITCHACA – HUATABAMPO
9.50
ETCHOJOA
MOCORUA – HUIRACHACA
15.00
GUAYMAS
EMPALME - EL YAQUI
23.00
GUAYMAS GUAYMAS GUAYMAS
EMPALME - FRANCISCO MARQUEZ EMPALME - GUADALUPE VICTORIA EMPALME - LA MISA
5
120.00 7.00
50.00 100.00
14.00
18.00 23.00 32.00
GUAYMAS
EMPALME - MEZQUITE
18.00
GUAYMAS
EMPALME – ORTIZ
18.00
GUAYMAS
EMPALME - PUNTA DE AGUA
36.00
GUAYMAS
EMPALME - URSULO GALVAN
15.00
GUAYMAS
GUAYMAS - EMPALME
GUAYMAS
GUAYMAS - LAS GUASIMAS
20.00
GUAYMAS
GUAYMAS- POBLADO MIGUEL ALEMAN
80.00
GUAYMAS
GUAYMAS - PUERTO LOBOS
55.00
GUAYMAS
GUAYMAS - SAN JOSE
7.00
GUAYMAS
GUAYMAS -SAN CARLOS
9.00
HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO
CALLE 12 IMSS - LOS ARRIEROS HERMOSILLO - 26 SUR CRUCERO CON CALLE 4 HERMOSILLO - 28 SUR CRUCERO CON CALLE 26 HERMOSILLO - 36 NORTE FINAL EN EL KM 128 DE LA CARRETERA A PUERTO LIBERTAD EN EL CAMPO PAÑUELO
6.00
60.00 38.00 48.00
54.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - AGUA PRIETA
220.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO – ARIVECHI
140.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - ARIZPE
130.00
HERMOSILLO - BAHIA DE KINO HERMOSILLO - CAJON DE ONAPA HERMOSILLO - CAMPO NUEVO
150.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO – CANANEA
165.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - CARBO
HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO - CERRO PELON HERMOSILLO – POBLADO MIGUEL ALEMAN EN LA COSTA DE HERMOSILLO
60.00
53.00
40.00 33.00 26.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - CUMPAS
120.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO DIVISADEROS
130.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - EL TAZAJAL
7.50
HERMOSILLO
HERMOSILLO - EL ZACATON
10.00
6
HERMOSILLO
HERMOSILLO - MERECICHE
95.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - MINERAL DE LAMPAZOS
130.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - MOCTEZUMA
110.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - NACORI CHICO
160.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - NACOZARI
155.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - OPODEPE
95.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - PESQUEIRA
20.00
HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO - PUERTO LIBERTAD HERMOSILLO - SAN JOSE DE BAVIACORA HERMOSILLO - SAN JUAN HERMOSILLO - SAN LUIS RIO COLORADO HERMOSILLO - SAN MIGUEL DE HORCASITAS HERMOSILLO - SAN PEDRO DE LA CUEVA HERMOSILLO - SAN PEDRO DE URES
100.00 95.00 15.00 318.00 40.00 120.00 45.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - SANTA ROSA
30.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - SUAQUI GRANDE
80.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - TEPACHE
130.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - TOPAHUE
17.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO – URES
45.00
HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO - VALLE DE TACUPETO HERMOSILLO - VILLA HIDALGO
150.00 140.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - YECORA
155.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - ZAMORA
10.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO BACOBAMPO
11.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - BUIDBORES
12.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - CAZANATE
40.00
HUATABAMPO HUATABAMPO
HUATABAMPO ETCHOROPO HUATABAMPO – HUATABAMPITO
HUATABAMPO
HUATABAMPO - LA UNION
HUATABAMPO
HUATABAMPO - LAS MILPAS
7
7.00 10.00 4.00 12.00
HUATABAMPO HUATABAMPO HUATABAMPO HUATABAMPO
HUATABAMPO - MASIACA HUATABAMPO - POZO DULCE HUATABAMPO - PUEBLO VIEJO HUATABAMPO - PUERTO YAVAROS
20.00 12.00 9.00 10.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - SAHUARAL
10.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - SEBAMPO
10.00
HUATABAMPO MOCTEZUMA
HUATABAMPO - VILLA JUAREZ MOCTEZUMA - VILLA HIDALGO
20.00 60.00
Nacozari
NACOZARI DE GARCIA
Nacozari
NACOZARI DE GARCIA VILLA HIDALGO
70.00
NAVOJOA
NAVOJOA - AGIABAMPO
40.00
NAVOJOA
NAVOJOA - ALAMOS
20.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BACABACHI
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BACAME
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BACOBAMPO
13.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BAHUISES
5.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BARRIO DE CANTUA
13.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BUENA VISTA
NAVOJOA
NAVOJOA - CHINOTAHUECA
10.00
NAVOJOA
NAVOJOA - EL CHINAL
46.00
NAVOJOA
NAVOJOA - EL MEZQUITAL
NAVOJOA
NAVOJOA - EL SANEAL
NAVOJOA
NAVOJOA - EL TASTE
NAVOJOA
NAVOJOA - ETCHOJOA
10.00
NAVOJOA
NAVOJOA - HUATABAMPO
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - HUEBAMPO
18.00
NAVOJOA
NAVOJOA - LAS AGUILAS
28.00
NAVOJOA
NAVOJOA - MASIACA
20.00
NAVOJOA
NAVOJOA - MAYO FUERTE
32.00
NAVOJOA
NAVOJOA - MOCUZARI
14.00
NAVOJOA
NAVOJOA - NACHUQUIS
11.00
8
155.00
6.50
7.50 13.00 7.50
NAVOJOA NAVOJOA NAVOJOA
NAVOJOA - NOVOLATO NAVOJOA - PRESA EL VERANITO NAVOJOA - PUENTE DE ROSALES
11.00 30.00 7.50
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN BERNARDO
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN IGNACIO
6.00
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN IGNACIO COHUIRIMPO
6.00
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN PEDRO
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - TEPAHUI
40.00
NAVOJOA
NAVOJOA - TIERRA BLANCA
NAVOJOA
NAVOJOA - TRES HERMANOS
15.00
NAVOJOA
NAVOJOA - VILLA JUAREZ
20.00
NOGALES
NOGALES - CANANEA
NOGALES
NOGALES – CIBUTA
PLUTARCO ELIAS CALLES PLUTARCO ELIAS CALLES SAN LUIS RIO COLORADO SAN LUIS RIO COLORADO VILLA JUAREZ YECORA
43.00
9.00
125.00 10.00
PEC - DIVISION DEL NORTE
110.00
PEC - EJIDO NARIZ
100.00
SAN LUIS KM 57 - SAN LUIS GOLFO DE SANTA CLARA SAN LUIS RIO COLORADO GOLFO DE SANTA CLARA VILLA JUAREZ PAREDONCITO YECORA - PUERTO YAVAROS
30.00 60.00 10.00 155.00
De igual forma, en relación con la tarifa especial solicitada, la propuesta de la Dirección General de Transporte señala que lo pertinente sería una reducción del 40% sobre las tarifas que llegara a aprobar esta Soberanía. CUARTA.- En la especie, para resolver las solicitudes de mérito, esta Comisión toma como base el estudio realizado por la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano y valora las conclusiones del Consejo Consultivo de Transporte del Estado de Sonora anexadas al presente dictamen, tomando en cuenta que la autoridad administrativa únicamente realiza las operaciones matemáticas para calcular la actualización de las tarifas establecidas con anterioridad al hecho imponible. No obstante lo anterior, esta Comisión considera procedente que el porcentaje de actualización, propuesto por la autoridad técnica-administrativa de transporte en el Estado, no sea del 35.63%, sino que se disminuya al 30%, lo cual tiene como finalidad equilibrar las condiciones tanto para el prestador como para quien hace uso de los servicios de los mismos, incluso podría considerarse que con la medida tomada se buscaría evitar, en la medida de lo posible, el decremento en el flujo de usuarios que se movilizan a través de dichos sistemas de servicio público de transporte, en su modalidad de pasaje.
9
Otra medida adoptada para el resolutivo del presente dictamen consiste en que al momento de determinar las tarifas de transporte de pasaje en las modalidades suburbana y foránea, se decidió realizar el redondeo al entero superior cuando el número fraccional resultante al aplicar el porcentaje de aumento señalado, rebase los 50 centavos y, en el mismo sentido, se procedió a realizar la reducción al entero inferior, cuando el número fraccional resultante sea inferior a 50 centavos. Lo anterior, con el objeto de no generar confusiones y adecuarnos a los tipos de monedas que ordinariamente circulan en el Estado. Por su parte, en relación al establecimiento de la tarifa especial propuesta para estas modalidades de transporte de pasaje, esta Comisión se manifiesta de acuerdo con la propuesta de la autoridad técnica - administrativa en materia de transporte. Por lo tanto, con las modificaciones planteadas por esta Comisión y en atención a que se han cumplido los requisitos establecidos en la Ley de Transporte, así como con fundamento en el hecho de que no se incrementan desde el año 2002 las citadas tarifas y a que ha quedado demostrada la variación sustancial de las condiciones que prevalecieron al establecer la tarifa actual, esta Comisión propone al Pleno del Congreso aprobar la actualización de la tarifas para el servicio público del transporte en las modalidades de suburbano y foráneo en el sistema de pasaje. En consecuencia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Sonora, sometemos a consideración del Pleno el siguiente proyecto de:
LEY QUE ACTUALIZA LAS TARIFAS DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE EN LA MODALIDAD DE PASAJE EN LOS SISTEMAS SUBURBANO Y FORANEO EN EL ESTADO DE SONORA. Artículo 1.- Las tarifas para el servicio público del transporte en la modalidad de pasaje en los sistemas suburbano y foráneo se actualizan con un incremento del treinta porciento, así como una reducción del cuarenta porciento en la tarifa especial, quedando de la siguiente manera: Tarifa que cobran actualmente Municipio
Ruta
Normal
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA – BASERAC
130.00
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA - BAVISPE
125.00
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA - COL. MORELOS
AGUA PRIETA
AGUA PRIETA - SAN MIGUEL
ALAMOS
ALAMOS - CAZANATE
36.00
ALAMOS
ALAMOS - GUIROCOBA
35.00
ALAMOS
ALAMOS - LOS ALGODONES
45.00
ALAMOS
ALAMOS - LOS TANQUES
15.00
ALAMOS
ALAMOS - MONIHUASA
25.00
ALAMOS
ALAMOS - SAN BERNARDO
23.00
10
70.00 120.00
CABORCA
CABORCA – DESEMBOQUE
45.00
CABORCA
CABORCA - EJIDO EL DIAMANTE
30.00
CABORCA
CABORCA - EL SASABE
CABORCA
CABORCA - PUERTO PEÑASCO
80.00
CABORCA
CABORCA - SANTO TOMAS
40.00
CABORCA
CABORCA – SARIC
60.00
CABORCA
CABORCA - ZARAGOZA
CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - PUEBLO MAYO CD. OBREGON - ANTONIO ROSALES
150.00
5.00 25.00 11.50
CAJEME
CD. OBREGON – BACAME
25.00
CAJEME
CD. OBREGON - BACUM
11.00
CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - BAHIA DE LOBOS CD. OBREGON - BUENA VISTA
30.00 22.00
CAJEME
CD. OBREGON - CAMP 104
16.00
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 16
16.00
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 30
9.50
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 5
7.50
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 60
12.00
CAJEME
CD. OBREGON - CAMPO 77
13.00
CAJEME
CD. OBREGON - CEDROS
50.00
CAJEME
CD. OBREGON – COCORIT
7.50
CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON – COL. JECOPACO CD. OBREGON - COLONIA MILITAR CD. OBREGON - EJIDO TERAS CD. OBREGON - ENRIQUE LANDA CD. OBREGON – ESPERANZA CD. OBREGON - ESTACION CORRAL
17.00 15.00 16.00 18.00 7.00 10.00
CAJEME
CD. OBREGON – GUAYPARIN
15.00
CAJEME
CD. OBREGON – HENEQUEN
10.00
CAJEME
CD. OBREGON – HUATABAMPO
30.00
11
CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON – ALTOS DE JECOPACO CD. OBREGON - LEANDRO VALLE CD. OBREGON – MAYOJUSALIT
15.00 7.00 20.00
CAJEME
CD. OBREGON – MEDANOS
22.00
CAJEME
CD. OBREGON - MORELOS 2
16.00
CAJEME
CD. OBREGON – NAVOJOA
30.00
CAJEME
CD. OBREGON - OVIACHI
22.00
CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - PANTEON NUEVO CD. OBREGON - PAREDON COLORADO CD. OBREGON – PAREDONCITO
10.00 20.00 20.00
CAJEME
CD. OBREGON – POLVORON
16.00
CAJEME
CD. OBREGON - POTAM
25.00
CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON – PROVIDENCIA CD. OBREGON - PUEBLO YAQUI CD. OBREGON QUECHEHUECA CD. OBREGON QUETCHEHUECA CD. OBREGON – QUIRIEGO CD. OBREGON - ROSARIO DE TESOPACO CD. OBREGON - SAN JOSE DE BACUM CD. OBREGON - SANTA ANA CD. OBREGON - SANTA MARIA DEL BUARAJE CD. OBREGON - SANTA TERESA DE BACUM
4.00 12.00 13.00 13.00 45.00 45.00 12.00 100.00 20.00 7.50
CAJEME
CD. OBREGON – SAHUARIPA
CAJEME
CD. OBREGON - TEPOCA
90.00
CAJEME
CD. OBREGON – TESOPOBAMPO
10.00
CAJEME
CD. OBREGON – TOBARITO
CAJEME CAJEME CAJEME
CD. OBREGON - VILLA BONITA CD. OBREGON - VILLA JUAREZ CD. OBREGON - YECORA
12
128.00
9.50 5.00 20.00 120.00
CAJEME
PUEBLO YAQUI - CAMPO 16
CANANEA
CANANEA - ACONCHI
110.00
CANANEA
CANANEA - AGUA PRIETA
100.00
CANANEA
CANANEA - BACUACHI
CANANEA
CANANEA - BANAMICHI
CANANEA
CANANEA - GINAPAS
60.00
CANANEA
CANANEA – MUTUTICASI
40.00
CANANEA
CANANEA – NACO
70.00
CANANEA
CANANEA - SINOQUIPE
85.00
CANANEA
CANANEA – URES
150.00
CUMPAS
CUMPAS - AGUA PRIETA
100.00
ETCHOJOA
ETCHOJOA - CAMPO ESPAÑA
ETCHOJOA
HUIRACHACA – BACOBAMPO
6.00
ETCHOJOA
HUITCHACA – HUATABAMPO
9.50
ETCHOJOA
MOCORUA – HUIRACHACA
15.00
GUAYMAS
EMPALME - EL YAQUI
23.00
GUAYMAS GUAYMAS
EMPALME - FRANCISCO MARQUEZ EMPALME - GUADALUPE VICTORIA
7.00
50.00 100.00
14.00
18.00 23.00
GUAYMAS
EMPALME - LA MISA
32.00
GUAYMAS
EMPALME - MEZQUITE
18.00
GUAYMAS
EMPALME – ORTIZ
18.00
GUAYMAS
EMPALME - PUNTA DE AGUA
36.00
GUAYMAS
EMPALME - URSULO GALVAN
15.00
GUAYMAS
GUAYMAS - EMPALME
GUAYMAS
GUAYMAS - LAS GUASIMAS
20.00
GUAYMAS
GUAYMAS- POBLADO MIGUEL ALEMAN
80.00
GUAYMAS
GUAYMAS - PUERTO LOBOS
55.00
GUAYMAS
GUAYMAS - SAN JOSE
7.00
GUAYMAS
GUAYMAS -SAN CARLOS
9.00
HERMOSILLO HERMOSILLO
CALLE 12 IMSS - LOS ARRIEROS HERMOSILLO - 26 SUR CRUCERO CON CALLE 4
13
6.00
60.00 38.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO
HERMOSILLO - 28 SUR CRUCERO CON CALLE 26 HERMOSILLO - 36 NORTE FINAL EN EL KM 128 DE LA CARRETERA A PUERTO LIBERTAD EN EL CAMPO PAÑUELO
48.00
54.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - AGUA PRIETA
220.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO – ARIVECHI
140.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - ARIZPE
130.00
HERMOSILLO - BAHIA DE KINO HERMOSILLO - CAJON DE ONAPA HERMOSILLO - CAMPO NUEVO
150.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO – CANANEA
165.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - CARBO
HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO - CERRO PELON HERMOSILLO – POBLADO MIGUEL ALEMAN EN LA COSTA DE HERMOSILLO
60.00
53.00
40.00 33.00 26.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - CUMPAS
120.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO DIVISADEROS
130.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - EL TAZAJAL
7.50
HERMOSILLO
HERMOSILLO - EL ZACATON
10.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - MERECICHE
95.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - MINERAL DE LAMPAZOS
130.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - MOCTEZUMA
110.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - NACORI CHICO
160.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - NACOZARI
155.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - OPODEPE
95.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - PESQUEIRA
20.00
HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO - PUERTO LIBERTAD HERMOSILLO - SAN JOSE DE BAVIACORA
HERMOSILLO
HERMOSILLO - SAN JUAN
HERMOSILLO
HERMOSILLO - SAN LUIS RIO COLORADO
14
100.00 95.00 15.00 318.00
HERMOSILLO - SAN MIGUEL DE HORCASITAS HERMOSILLO - SAN PEDRO DE LA CUEVA HERMOSILLO - SAN PEDRO DE URES
120.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - SANTA ROSA
30.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - SUAQUI GRANDE
80.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - TEPACHE
130.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - TOPAHUE
17.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO – URES
45.00
HERMOSILLO HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO HERMOSILLO
HERMOSILLO - VALLE DE TACUPETO HERMOSILLO - VILLA HIDALGO
40.00
45.00
150.00 140.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - YECORA
155.00
HERMOSILLO
HERMOSILLO - ZAMORA
10.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO BACOBAMPO
11.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - BUIDBORES
12.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - CAZANATE
40.00
HUATABAMPO HUATABAMPO
HUATABAMPO ETCHOROPO HUATABAMPO – HUATABAMPITO
7.00 10.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - LA UNION
HUATABAMPO
HUATABAMPO - LAS MILPAS
12.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - MASIACA
20.00
HUATABAMPO HUATABAMPO HUATABAMPO
HUATABAMPO - POZO DULCE HUATABAMPO - PUEBLO VIEJO HUATABAMPO - PUERTO YAVAROS
4.00
12.00 9.00 10.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - SAHUARAL
10.00
HUATABAMPO
HUATABAMPO - SEBAMPO
10.00
HUATABAMPO MOCTEZUMA
HUATABAMPO - VILLA JUAREZ MOCTEZUMA - VILLA HIDALGO
Nacozari
NACOZARI DE GARCIA
Nacozari
NACOZARI DE GARCIA VILLA HIDALGO
15
20.00 60.00 155.00 70.00
NAVOJOA
NAVOJOA - AGIABAMPO
40.00
NAVOJOA
NAVOJOA - ALAMOS
20.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BACABACHI
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BACAME
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BACOBAMPO
13.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BAHUISES
5.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BARRIO DE CANTUA
13.00
NAVOJOA
NAVOJOA - BUENA VISTA
NAVOJOA
NAVOJOA - CHINOTAHUECA
10.00
NAVOJOA
NAVOJOA - EL CHINAL
46.00
NAVOJOA
NAVOJOA - EL MEZQUITAL
NAVOJOA
NAVOJOA - EL SANEAL
NAVOJOA
NAVOJOA - EL TASTE
NAVOJOA
NAVOJOA - ETCHOJOA
10.00
NAVOJOA
NAVOJOA - HUATABAMPO
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - HUEBAMPO
18.00
NAVOJOA
NAVOJOA - LAS AGUILAS
28.00
NAVOJOA
NAVOJOA - MASIACA
20.00
NAVOJOA
NAVOJOA - MAYO FUERTE
32.00
NAVOJOA
NAVOJOA - MOCUZARI
14.00
NAVOJOA
NAVOJOA - NACHUQUIS
11.00
NAVOJOA
NAVOJOA - NOVOLATO
11.00
NAVOJOA NAVOJOA
NAVOJOA - PRESA EL VERANITO NAVOJOA - PUENTE DE ROSALES
6.50
7.50 13.00 7.50
30.00 7.50
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN BERNARDO
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN IGNACIO
6.00
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN IGNACIO COHUIRIMPO
6.00
NAVOJOA
NAVOJOA - SAN PEDRO
12.00
NAVOJOA
NAVOJOA - TEPAHUI
40.00
NAVOJOA
NAVOJOA - TIERRA BLANCA
NAVOJOA
NAVOJOA - TRES HERMANOS
15.00
NAVOJOA
NAVOJOA - VILLA JUAREZ
20.00
16
43.00
9.00
NOGALES
NOGALES - CANANEA
NOGALES
NOGALES – CIBUTA
PLUTARCO ELIAS CALLES PLUTARCO ELIAS CALLES SAN LUIS RIO COLORADO SAN LUIS RIO COLORADO VILLA JUAREZ YECORA
125.00 10.00
PEC - DIVISION DEL NORTE
110.00
PEC - EJIDO NARIZ
100.00
SAN LUIS KM 57 - SAN LUIS GOLFO DE SANTA CLARA SAN LUIS RIO COLORADO GOLFO DE SANTA CLARA VILLA JUAREZ PAREDONCITO YECORA - PUERTO YAVAROS
30.00 60.00 10.00 155.00
TRANSITORIO Artículo Único.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.
APENDICE Ley 175; B. O. No. 45 Sección III, de fecha 4 de diciembre de 2008.
17