PROCESO DE NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PARA UNIVERSIDADES REDU. Marzo, 2016

PROCESO DE NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PARA UNIVERSIDADES REDU Marzo, 2016 MARCO LEGAL • Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones

11 downloads 129 Views 1MB Size

Recommend Stories


Universidades Aliadas en el Proceso
Universidades Aliadas en el Proceso Pontificia Universidad Javeriana, Cali Universidad de Caldas, Manizales Universidad del Norte, Barranquilla Univer

FINANCIERA Marzo de 2016
Marzo de 2016 REPORTE DE ESTABILIDAD FINANCIERA Marzo de 2016 Banco de la República Bogotá, D. C., Colombia ISSN - 1692 - 4029 2 Contenido Re

Story Transcript

PROCESO DE NACIONALIZACION DE MERCANCIAS PARA UNIVERSIDADES REDU

Marzo, 2016

MARCO LEGAL • Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Registro Oficial Nº 351 -- Miércoles 29 de Diciembre del 2010

• Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Registro Oficial Nº 452 -- Jueves 19 de Mayo del 2011

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Capítulo III - De las Exenciones ART. 125.• Exenciones.- Están exentas del pago de todos los tributos al comercio exterior, excepto las tasas por servicios aduaneros, las importaciones a consumo de las siguientes mercancías: d) Las que importe el Estado, las instituciones, empresas y organismos del sector público, incluidos los gobiernos autónomos descentralizados, las sociedades cuyo capital pertenezca al menos en el 50% a alguna institución pública, la Junta de Beneficencia de Guayaquil y la Sociedad de Lucha Contra el Cáncer (SOLCA). Las importaciones de las empresas de economía mixta estarán exentas en el porcentaje que corresponda a la participación del sector público.

SECCION VI MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL Art. 14.- Definición.- Se denomina muestras sin valor comercial a cualquier mercancía importada o exportada, que su valor en aduana no supere los cuatrocientos dólares, o las tres unidades por ítem o por presentación comercial, tomando en cuenta la unidad de medida de la subpartida específica del Arancel Nacional de Importaciones que corresponda; que no esté destinada a la venta y que cumpla con las siguientes condiciones: a) Que sea claramente identificada como muestra sin valor comercial o que se demuestre que la mercancía no será destinada para la venta; y, b) Con el objeto de ser utilizada en estudios de mercado, investigación, desarrollo, pruebas de laboratorio, ensayos, u obtención de documentos de control previo u otros requisitos similares. Art. 15.- Procedimiento.- El importador deberá presentar la Declaración Aduanera única junto con los documentos de soporte y de acompañamiento que correspondan según las normas legales vigentes. Si como resultado del Control Aduanero se determinare que las mercancías no cumplieren con las características mencionadas en el artículo anterior, se procederá a efectuar la reliquidación por aquellos tributos que se dejaron de declarar en su momento, sin perjuicio de las sanciones respectivas a que hubiere lugar.

SECCION VI DESADUANAMIENTO DIRECTO Art. 94.- Desaduanamiento Directo.- Previa solicitud del consignante, consignatario o del agente de aduana, el sistema informático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador permitirá el desaduanamiento directo de las siguientes mercancías para la importación: a) Medicinas y alimentos que requieran de condiciones ambientales especiales para su conservación o mantenimiento; b) Vacunas para uso humano o animal, solas o con sus dispositivos de aplicación; c) Semen congelado para inseminación artificial; d) Animales vivos; e) Plantas y esquejes vivos y mercancías perecibles; f) Huevos fértiles; g) Explosivos, municiones y materiales inflamables; h) Materiales radioactivos y reactivos para laboratorio; l) Otras mercancías que sean de peligro o riesgo inminente para la seguridad o salud de las personas que serán calificadas por la Autoridad Aduanera; y,

REQUISITOS PARA IMPORTAR  Contar con tu dispositivo de certificado digital.  Estar registrado en el portal de ECUAPASS.  Contar con los servicios de un Agente Afianzado de Aduana

EcuaPass: A un clic de la Aduana ¿QUÉ ES? Es el nuevo sistema informático aduanero ecuatoriano que permite a los operadores de comercio exterior facilitar todas sus operaciones, reduciendo tiempos asociados al cumplimiento de formalidades aduaneras.

BENEFICIOS Uso de firma electrónica – cero papeles. Integración de todas las operaciones de comercio exterior. Alta seguridad en transacciones. Consulta del estado de trámites. Mayor funcionalidad.

El sistema EcuaPass inicia sus operaciones el 22 de octubre de 2012. Fue desarrollado por KCingle-Cupia como parte de un convenio con la Aduana de Corea del Sur

Ventanilla Única Ecuatoriana: A un clic del comercio exterior ¿QUÉ ES? Es una herramienta electrónica por medio de la cual todos los usuarios u Operadores de Comercio Exterior, presentan los requisitos para la obtención de los documentos vinculados a una importación o exportación.

BENEFICIOS Reducir significativamente el tiempo y los costos de transacción en la realización de actividades de comercio exterior. Facilitar la tramitación de autorizaciones y certificaciones en un sólo punto de acceso vía internet. Brindar a los Operadores de Comercio Exterior información sobre los requisitos vigentes y el estado de los trámites en curso.

La VUE inicia sus operaciones en noviembre de 2012. En la actualidad 19 instituciones manejan sus certificados previos a la importación a través de la misma.

Entidades incluidas en VUE

Resultados de la implementación de EcuaPass / VUE Más de 28,000 Usuarios registrados desde la implementación de EcuaPass

1.7 millones de declaraciones aduaneras procesadas.

Reducción de tiempos de despacho y aduana

Incremento de pago electrónico del 3% al 40% de las declaraciones aduaneras. 19 Entidades integradas a VUE Disminución en uso de papel: 68 millones de hojas.

Reconocimiento Internacional: 1er lugar Innovación Tecnológica

UNIVERSIDADES BASES LEGALES LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR Art. 38.- Exoneración de derechos aduaneros.- Las instituciones de educación superior gozan de exoneración de derechos aduaneros y adicionales en la importación de artículos y materiales, siempre que justifiquen su utilidad directa para la investigación o actividades académicas. La Secretaría Nacional de Educación Superior. Ciencia, Tecnología e Innovación velará el correcto cumplimiento de esta norma.

UNIVERSIDADES BASES LEGALES CODIGOS LIBERATORIOS A USAR EN LA DECLARACION DE ADUANA EN IMPORTACION • 0656 (Se libera de todos los impuestos Art. 38 LOES, Universidades Privadas). • 0413 (Se libera de todos los impuestos Art. 38 LOES, necesita el SERCOP) TODAS LAS UNIVERSIDADES DEBEN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS PARA EL TIPO DE MERCANCIA, POR EJEMPLO, REGISTROS SANITARIOS (MSP), DOCUMENTO DE DESTINACION ADUANERA DDA, FITOS Y ZOOSANITARIOS (AGROCALIDAD), CONSEP (Antes del Embarque), SUBSECRETARIA DE CONTROL Y APLICACIONES NUCLEARES (Antes del embarque), Documento de la SECRETARIA NACIONAL DE EDUACION SUPERIOR, CIENCIA , TECNOLOGIA E INNOVACION (utilidad directa para la investigación o fines académicos), etc..

PROCESO DE IMPORTACION CON ECUAPASS

INCOTERMS

PREGUNTAS 1. QUE BIENES Y SERVICIOS SE PUEDEN IMPORTAR? Todos los bienes se pueden importar excepto los de prohíbida importación, como por ejemplo, autos usados, repuestos de autos usados, prendas de vestir usadas, productos que contengan CFC. Respecto a los servicios, es competencia del SRI. (depende de como llega el servicio) 2. TERMINOS INTERNACIONES INCOTERMS? Visto en la presentación 3. SE PUEDE ENDOSAR BIENES IMPORTADOS? Se puede endosar el documento de transporte (antes de realizar la DAI); esto implica el endoso de los demás documentos de soporte (como factura) el documento de transporte indica la propiedad de la carga, los documentos de acompañamiento de carácter personal no son endosables como el Comando Conjunto

PREGUNTAS 4. COSTOS INVOLUCRADOS, TIEMPOR MINIMOS Y MAXIMOS? Dentro de los costos cuando la mercancía ingresa al Ecuador tenemos: * Dependiendo del INCOTERM (gastos de documentos) * Agente de aduanas * Bodegaje * Tributos al comercio exterior * Transporte interno El COPCI y su Reglamento establecen 30, días calendario desde arribada la carga caso contrario se convierte en abandono tácito, para levantar el abandono se paga una multa de 50%SBU; si no se subsana el abandono tácito se cuentan 25 días hábiles adicionales y se convierte en abandono definitivo, se lo levanta con una carta, se pide el desbloqueo del documento de transporte se paga una multa del 50% del SBU, siempre y cuando no se haya iniciado proceso de adjudicación gratuita, venta directa, subasta.

PREGUNTAS 5. COSTO DE BODEGAJE Ver archivo excel 6. LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR (IES), PUEDEN CONTAR CON UN AGENTE DE ADUANA Y EN EL CASO DE NO TENERLOS QUE DEBERÍAN HACER LAS IES? En el caso de importaciones es obligatorio el uso de Agentes Afianzados de Aduana 7. QUE FUNCIONES TENDRIA EL AGENTE DE ADUANA?

La función por la cuál están autorizados ante la SENAE es ayudar al usuario a transmitir la declaración aduanera. 8. REQUISITOS PARA LA IMPORTACION DE MUESTRAS BIOLÓGICAS, PLANTAS Y ANIMALES Ya se lo revisó en la presentación

CONSIDERACION GENERAL El Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador remitió el Oficio No. SENAE-DGN-2015-0014-OF, de fecha 09 de Enero de 2015 a todas las autoridades estatales (Ministros Coordinadores y Ministros de Estado) referente a las consideraciones básicas para la importación de mercancías por parte de entidades del Estado.

¡Muchas gracias por su atención! Marcelo Flores Romero Jefe de Procesos Aduaneros Regímenes Especiales Servicio Nacional de Aduana del Ecuador Web Site: www.aduana.gob.ec Quito – Ecuador

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.