REPÚBLICA DE COLOMBIA LIBERTAD Y ORDEN GOBERNACIÓN DEL ATLANTICO INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO

REPÚBLICA DE COLOMBIA LIBERTAD Y ORDEN GOBERNACIÓN DEL ATLANTICO INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS LICITACIÓN P
Author:  David Cuenca Parra

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REPÚBLICA DE COLOMBIA LIBERTAD Y ORDEN

GOBERNACIÓN DEL ATLANTICO INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO

PLIEGOS DE CONDICIONES DEFINITIVOS LICITACIÓN PÚBLICA No.01 DE 2014 1

NIT: 800115102 – 1

OBJETO : CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES.

BARRANQUILLA, FEBRERO 2014

Pliegos Definitivos Licitación No.01 de 2014. CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES.

I.

Introducción

El INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO pone a disposición de los interesados el proyecto de pliego de condiciones para la selección del contratista encargado de ejecutar el contrato de obra pública para CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES.

El objeto del contrato es CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES. La Entidad Contratante adelanta este proceso con base en el certificado de disponibilidad presupuestal vigencia 2014 Capitulo 230103 Inversión, Ítem Señalización y Demarcación por valor de $2.340.000.000. El proyecto de pliego de condiciones y el pliego de condiciones definitivo, así como cualquiera de sus anexos están a disposición del público en general en el Sistema Electrónico de Contratación Pública–SECOP– http://www.colombiacompra.gov.co/sistema-electronico-de-contratacion-publica. Los interesados pueden presentar observaciones al presente documento en la oportunidad establecida para el efecto en el Cronograma contenido de la sección XV. La Entidad Contratante es competente para la celebración de este contrato, y la modalidad de selección para esta convocatoria es la LICITACIÓN PÚBLICA, de acuerdo con lo establecido en la Ley1150 de 2007.

II.

Aspectos Generales

A. Invitación a las veedurías ciudadanas En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 la Entidad Contratante invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al contrato objeto del presente proceso, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el SECOP. De acuerdo con la ley 850 del 2003, las veedurías pueden conformar los diferentes comités (técnicos, financieros y sociales entre otros) para poder ejercer su función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley, desarrollarán su actividad en comunicación con la interventoría del proyecto. B. Compromiso anticorrupción Los Proponentes deben suscribir el Compromiso Anticorrupción contenido en el Anexo 1 en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales. Página 2

Pliegos Definitivos Licitación No.01 de 2014. CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES.

C. Costos derivados de participar en el Proceso de Contratación Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el proceso de selección estará a cargo de los interesados y Proponentes. D. Comunicaciones Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito por medio físico o electrónico. La correspondencia física debe ser entregada en la siguiente dirección de la Entidad INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º. Piso de la ciudad de Barranquilla, de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. La correspondencia electrónica debe ser enviada a la dirección electrónica [email protected] La comunicación debe contener: (a) el número del Proceso de Contratación _________; (b) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (c) identificación de los anexos presentados con la comunicación. Las reglas aplicables a la presentación de las Ofertas están en la sección VIII del presente documento. Las comunicaciones y solicitudes enviadas a la Entidad Contratante por canales distintos a los mencionados solamente serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda. La Entidad Contratante responderá las comunicaciones recibidas por escrito enviado a la dirección física o electrónica señalada en la comunicación que responde. E. Idioma Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes de que trata la sección VII que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille o consularización. F. Legalización de documentos otorgados en el Exterior (i) Consularización. De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.

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(ii) Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. (iii) Apostilla. Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en el literal (a) anterior, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. (iv) Legalizaciones a. Los Proponentes provenientes de países signatarios de la Convención de La Haya citada en el literal (b) anterior podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, por la consularización descrita en el numeral (a) anterior o la Apostilla descrita en el numeral (b) anterior. b. Los Anexos al presente pliego deben completar los Interesados, no deberán contar con el procedimiento descrito en los literales (a) o (b) anteriores. c. La consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en original o copia auténtica so pena de tenerse como no presentada. G. Potestad de verificación La Entidad se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, Entidades Estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación. H. Cuadro de información CONTRATO

OBJETO

CONTRATANTE PLAZO PROCESO DE SELECCIÓN VALOR

III.

ESTATAL DE OBRA CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO 10 MESES LICITACIÓN PÚBLICA $2.340.000.000,oo

Definiciones

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Pliegos Definitivos Licitación No.01 de 2014. CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES.

Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural según lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. Definiciones

Adenda

Adjudicación Adjudicatario

Anexo Aportes Parafiscales

Contratista Contrato

Día(s) Calendario Día(s) Hábil(es)

Día(s) No Hábil(es) Documentos del Proceso

Dólares de los Estados Unidos de América, o Dólares, o US$

Es el documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de condiciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011. Es la decisión emanada de la entidad en cabeza del proyecto por medio de un acto administrativo, que determina el Adjudicatario del presente proceso. Es el Proponente a quien se le adjudica el proceso, por haber presentado una Propuesta que cumple con lo requerido en el Pliego de Condiciones y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección. Es el conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo. Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable. Es el adjudicatario que suscribe el Contrato derivado del presente proceso. Es el negocio jurídico que se suscribirá entre la Entidad y el Adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones recíprocas y se le conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación contractual que se busca establecer a través del presente proceso. Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No hábil. Es cualquier día comprendido entre los lunes y los viernes de cada semana, excluyendo los días feriados determinados por ley en la República de Colombia. Se entenderán de conformidad con el Código de Régimen Político y Municipal. Son (a) los estudios y documentos previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condiciones o la invitación; (d) las Adendas; (e) las observaciones y sus respuestas; (f) la oferta; (g) el informe de evaluación; (h) el contrato; y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación. Es la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella, según la tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen. Página 5

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Especificaciones

Estimación del Riesgo Etapas del Contrato

Garantía de Seriedad de la oferta

Interesados

Proceso de Selección

Período Contractual

Pesos Colombianos, Pesos o $ Pliego de Condiciones

Primer orden de elegibilidad

Proceso de Contratación

Proponente

Propuesta

Riesgo

Son los procesos y procedimientos técnicos generales o particulares, según el caso a los que se debe ceñir el Contratista durante la ejecución de las obras, para obtener los resultados objeto del contrato. Es la valoración del Riesgo en términos monetarios o porcentuales. Son las fases en las que se divide la ejecución del contrato, teniendo en cuenta las actividades propias de cada una de ellas las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad para estructurar las garantías del contrato. Es el medio utilizado para asegurar la seriedad de la oferta a favor de Entidades Estatales con ocasión de la presentación de la propuesta, de conformidad con la ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y el pliego de condiciones. Podrá consistir en cualquiera de las clases de garantías a que se refiere el artículo 111 del decreto 1510 del 2013. Son las personas naturales o jurídicas o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o cualquier otro tipo de asociación que actúan en el Proceso de Contratación previamente a la presentación de ofertas. Es el proceso de selección objetiva que se reglamenta en el Pliego de Condiciones con el propósito de seleccionar la Propuesta que, conforme a los términos establecidos en este Pliego, resulte más favorable a los intereses de la Entidad Estatal para la celebración del Contrato de obra, en consonancia con las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios. Es cada una de las fracciones temporales en las que se divide la ejecución del Contrato, las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad Estatal para estructurar las garantías del contrato. Es la moneda de curso legal en la República de Colombia. Es el conjunto de normas que rigen el Proceso de Selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el Proceso de Selección del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso de selección. Es la posición que ocupa el proponente que habiendo obtenido calificación definitiva de “ADMISIBLE” en todos los criterios de habilidad, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la calificación de los criterios de ponderación, previstos en el pliego de condiciones. Es el conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde. Es la persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o cualquier otro tipo de asociación que presenta una Propuesta para participar en el Proceso de Contratación. Es la oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones; debidamente suscrita por quien tiene la capacidad de representar al proponente, la cual debe estar acompañada de la garantía de seriedad. Es el evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Página 6

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RUP

Servicios Nacionales

Secop SMMLV Mipyme

Contrato. Es el registro único de proponentes que llevan las cámaras de comercio y en el cual los interesados en participar en Procesos de Contratación deben estar inscritos. Son servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana. Es el Sistema Electrónico para la Contratación Pública al que se refiere el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007. Es el salario mínimo mensual legal vigente en la República de Colombia. Es una micro, pequeña y mediana empresa medida de acuerdo con la ley vigente aplicable.

IV. Descripción de la obra objeto del contrato

A. Objeto a contratar: La obra a desarrollar es CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES y tiene como especificaciones técnicas mínimas descritas en el anexo No. 7 ( capítulo 20 de los estudios previos) Los detalles del objeto del presente proceso de selección se encuentran descritos en el Anexo Técnico No. 7 y en los documentos correspondientes a los estudios y documentos previos, adjuntos al Pliego de Condiciones. La información, que soporta los documentos y estudios previos, fueron preparados, elaborados, revisados, unificados y ajustados por ITA. Está previsto que la ejecución del presente contrato tenga un plazo de DIEZ (10) meses. B. Clasificación UNSPSC La obra objeto del contrato está codificada en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC, hasta el (tercero o cuarto) nivel, como se indica en la Tabla 1: Tabla 1 – Codificación de la obra en el sistema UNSPSC: Clasificación UNSPSC 46161504 72141002

Descripción Señales de tráfico Servicio de construcción y reparación de barandas de seguridad y señales de calles y carreteras

Teniendo en cuenta el Artículo No. 8 del decreto 1510 de 2013 en donde se estipula: Artículo 8°. Inscripción, renovación, actualización y cancelación del RUP. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar Página 7

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en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley. La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP. La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento. Por lo anterior y como no se ha vencido el plazo para la actualización correspondiente, el ITA considera que quienes deseen participar en la presente Licitación deberán cumplir con las siguientes clasificaciones, así:

Sección: F “Construcción” División: 42 “Obras de Ingeniería Civil” Grupo: 421 Clase: 4210 “Construcción de carreteras y vías de Ferrocarril”, y Sección C, “Industrias manufactureras” División: 25 Fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo Grupo: 259 Clase: 2599 “Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.” En caso de Consorcio o Unión Temporal, el requisito de inscripción de las especialidades en el RUP, podrán ser acreditas mediante la sumatoria de los códigos de sus integrantes, sin embargo cada uno de los integrantes deberá estar clasificado en al menos una de las actividades y/o códigos, exigidos.

C. Valor Estimado del Contrato El valor estimado del contrato es de DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES ($2.340.000.000,oo), el cual es el valor estimado previamente en los estudios de mercado.

El valor del contrato se determina por precio unitario de cada ítem a ejecutar más el A.I.U. El valor total del contrato se hace con base a los estudios técnicos y análisis de precios unitarios, precios de mercado adelantados por el Profesional Especializado del Grupo Operativo y la Dirección del Instituto. Para el análisis del precios unitarios el Profesional Especializado del Grupo Operativo tuvo en cuenta todos y cada de las actividades y/o ítems que conforman los Costos Directos, tales como: materiales, transportes, Mano de Obra, equipos y herramientas necesarias para la fabricación e Instalación de los elementos solicitados, así como también los costos Indirectos tales como : LA ADMINISTRACIÓN (todos los gastos administrativos precontractual y durante la etapa de ejecución del contrato, impuestos y/o contribuciones locales, departamentales y/ o nacionales que se encuentren vigentes a cargo del contratista, gastos de administración, contribuciones, gestión socio-ambiental, entre otros), LOS IMPREVISTOS (Reserva para cubrir gastos de circunstancias Página 8

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que no se pueden prever pero que pueden presentarse, por ejemplo: Gastos que no sean susceptibles de reclamo, alzas de precios que no sean cubiertas por los sistemas de reajustes previstos, etc) y LA UTILIDAD esperada del contratista y el IVA sobre la utilidad.

El Instituto ha realizado la apropiación presupuestal necesaria para respaldar el compromiso que resulte de este proceso de Licitación, para lo cual cuenta con el certificado de Disponibilidad Presupuestal correspondiente a los rubros de inversiones vigencia 2014 capitulo 2030103 señalización y demarcación

D. Forma de pago La Entidad pagará el contrato celebrado con el adjudicatario por la modalidad de Precios Unitarios, así: (iii) Con pagos parciales, dependiendo la cantidad ejecutada del objeto de la obra, los ítems de obra desarrollados y el presupuesto disponible. E. Plazo de ejecución del contrato El plazo de ejecución del contrato es de DIEZ MESES (10) F. Lugar de ejecución del contrato El lugar de ejecución del contrato será en Todo el Departamento del atlántico. G. Modalidad de selección El presente proceso de selección se tramitará por medio de una LICITACIÓN PÚBLICA, acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.

de

H. Cantidades y Sitios de las Obras a Ejecutar

MUNICIPIOSCORREGIMIENTO O VIA

SEÑALES SEÑALES SEÑALES REDUCTORES VERTICALES DEMARCACION DEMARCACION TACHAS DEFENSAS VERTICALES VERTICALES DE TIPO SI-05 ML M2 REFLECTIVAS METALICAS SENCILLAS DOBLES ALUMINIOS (1,2 X 2,4)

SANTO TOMAS

66

12

120

2000

SABANAGRANDE

55

10

68

2500

SUAN REPELON MANATI

25 48 39

5 18 6

42 62

1200 1500

CANDELARIA

76

12

45

2100

CAMPO DE LA CRUZ

27

8

40

1150

BARANOA

69

19

85

2810

POLONUEVO

36

19

64

1600

PALMAR DE VARELA

25

4

500

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PONEDERA

35

8

65

1200

SANTA LUCIA

15

3

LURUACO PIOJO USIACURI

75 28 32

21 11 16

84 54 35

3100 1250 1800

LA RETIRADA (Corregimiento de Ponedera)

10

4

25

800

SANTA VERONICA (Corregimiento de Juan de Acosta)

16

6

32

600

ARROYO DE PIEDRA (Corregimiento de Luruaco)

8

2

CAMPECHE (Corregimiento de Baranoa)

26

9

20

720

ISABEL LOPEZ (Corregimiento de Sabanalarga)

11

5

CASCAJAL (Corregimiento de Sabanalarga)

23

8

VIA TUBARACUATRO BOCAS 9KM

72

32

VIA CALAMAR SANTA LUCIA - 9 KM

63

29

CANDELARIALEÑA-CASCAJAL 21 KM

147

63

VIA VUELTA DE LEÑA-ORIENTAL 5.2 KM

37

18

VIA SABANALARGA MANATI 24 KM

168

72

VIA SABANALARGACASCAJAL - 9.4 KM

66

31

520

41

540

27000

180

28200

1880

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CORDIALIDADCOLOMBIA -LA PEÑA 9 KM

71

30

VIA CORDIALIDADISABEL LOPEZUSIACURI 18 KM

126

54

27000

1800

VIA CORDIALIDADROTINET

303

Cordialidad PALMAR DE CANDELARIA

85

IDENTIFICACIÓN DE LOS MUNICIPIOS Y CORREGIMIENTOS

141

Señales en Stock para atender emergencias

120

30

CANTIDADES TOTALES

1615

565

141

30000

300

2000

800

5148

112200

1182

5860

1188

31038

V. Requisitos Habilitantes ITA debe verificar con los documentos e información que entreguen los Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes. Esta verificación se hará de acuerdo con el Manual Para La Determinación Y Verificación De Requisitos Habilitantes En Procesos De Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente y por los exigidos por el ITA para la presente convocatoria. A. Capacidad Jurídica En el presente proceso de selección pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; consorcios, uniones temporales, promesas de sociedad futura o cualquier otro tipo de asociación; cuyo objeto social esté directamente relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos la duración total del contrato, más el término previsto en la garantía de estabilidad de la obra y un año más. EL ITA también revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas. Conformación de Consorcios o Uniones Temporales. En caso de consorcios o uniones temporales se regirán por lo establecido en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993y cumplir con los siguientes requisitos: 

Anexar el documento que acredite la conformación del consorcio o la unión temporal.



Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión temporal, y en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación de cada uno en Página 11

Pliegos Definitivos Licitación No.01 de 2014. CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES.

la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del ITA. 

Los miembros del consorcio o unión temporal deberán señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad será solidaria frente al ITA, de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato.



Designarán el representante del consorcio o de la unión temporal, acompañado del documento que lo constituya como tal, con la firma autorizada de cada una de las partes.



Las personas jurídicas integrantes de los consorcios o las uniones temporales deberán presentar certificado de existencia y representación legal en forma independiente.



Cuando a los integrantes de unión temporal, se les apliquen sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, se impondrán de acuerdo con su participación en la ejecución.



Autorización para presentar la propuesta y suscribir el contrato: Si el representante legal del oferente o de alguno de los integrantes de un Consorcio o Unión Temporal, requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir el contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la cual será previa a la presentación de la oferta.



En caso que el valor de la propuesta supere el monto de autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, mínimo, por el valor propuesto.



La experiencia habilitante para consorcios y uniones temporales será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan, de manera proporcional a su participación en el mismo

Adicionalmente los proponentes deberán estar inscritos en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC, hasta el (tercero o cuarto) nivel, como se indica en la Tabla 1: Tabla 1 – Codificación de la obra en el sistema UNSPSC: Clasificación UNSPSC 46161504 72141002

Descripción Señales de tráfico Servicio de construcción y reparación de barandas de seguridad y señales de calles y carreteras

Teniendo en cuenta el Artículo No. 8 del decreto 1510 de 2013 en donde se estipula: Artículo 8°. Inscripción, renovación, actualización y cancelación del RUP. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley.

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La persona inscrita en el RUP debe presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de abril de cada año. De lo contrario cesan los efectos del RUP. La persona inscrita en el RUP puede actualizar la información registrada relativa a su experiencia y capacidad jurídica en cualquier momento. Por lo anterior y como no se ha vencido el plazo para la actualización correspondiente, el ITA considera que quienes deseen participar en la presente Licitación deberán cumplir con las siguientes clasificaciones, así: Sección: F “Construcción” División: 42 “Obras de Ingeniería Civil” Grupo: 421 Clase: 4210 “Construcción de carreteras y vías de Ferrocarril”, y Sección C, “Industrias manufactureras” División: 25 Fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo Grupo: 259 Clase: 2599 “Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.” En caso de Consorcio o Unión Temporal, el requisito de inscripción de las especialidades en el RUP, podrán ser acreditas mediante la sumatoria de los códigos de sus integrantes, sin embargo cada uno de los integrantes deberá estar clasificado en al menos una de las actividades y/o códigos, exigidos.

B. Experiencia El proponente debe acreditar una experiencia específica en la ejecución de contratos similares con entidades Estatales que contengan ítems relacionados específicamente con: Demarcación en carreteras y/o calles con pintura de tráfico; Fabricación e Instalación o Suministro e Instalación de señales verticales, Fabricación e Instalación o Suministro e Instalación de defensas metálicas; Fabricación e Instalación o Suministro e Instalación de Reductores de Velocidad con espigo, Fabricación e Instalación o Suministro e Instalación de tachas reflectivas. Se debe demostrar experiencia, con máximo TRES (3) contratos que sumados se ostente una experiencia superior al 100% de las cantidades solicitadas de cada ítem, para el caso de la demarcación en metros cuadrados se aceptará la experiencia exigida demostrada en demarcación en metros lineales, realizando la respectiva conversión y para las señales verticales Sencillas, Dobles o tipo SI-05 se podrá demostrar la experiencia con todas o cualquiera de las solicitadas y sin importar las dimensiones de las mismas; además la sumatoria de los valores ejecutados deberá ser mayor al 100% Presupuesto Oficial Total, expresados en SMMLV. Esta información quedará consignada en el Anexo 4, suministrando toda la información que allí se exige. El proponente informará sobre la celebración de contratos ejecutados de trabajos similares, celebrado directamente o por alguno de sus miembros, durante los últimos CINCO (5) años anteriores a la fecha de cierre de la presente Licitación. Se deberá acompañar las respectivas certificaciones de las empresas contratantes certificando la experiencia del proponente. Los valores deben expresarse en SMMLV de acuerdo al año de ejecución, según lo solicitado en el Anexo 4. Para efectos de la experiencia, solamente se tendrá en cuenta los valores facturados por estos ítems. En caso de uniones temporales o consorcio, el proponente (Unión Temporal o Consorcio) deberá cumplir en conjunto este requisito, de acuerdo a los porcentajes de participación de cada integrante. En cuanto a las certificaciones de experiencia de contratos ejecutados bajo la Página 13

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modalidad de Consorcio o Unión Temporal, se tendrá en cuenta de acuerdo con el Porcentaje de participación del Proponente.

En caso de proponentes extranjeros, Para la acreditación de experiencia a través de contratos ejecutados en el Extranjero, la misma solo será válida para efectos del proceso cuando se haya ejecutado para entidades estatales del País donde se ejecutó el contrato. Para lo cual deberá adjuntar copia del contrato con su respectiva acta de Finalización y/o Liquidación y/o Recibo a Satisfacción, y la respectiva Certificación. Todos los documentos deben ser apostillados. Los documentos en otro idioma distinto al español, se deberá realizar la traducción por parte de las entidades autorizadas para tal fin

En caso que los contratos que acreditan la experiencia tengan algún tipo de multa o sanción, no serán tenidos en cuenta por parte de esta Entidad Estatal.

C. Capacidad Financiera Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores financieros, con base en la información contenida en el certificado del RUP. Tabla 2 – Indicadores de capacidad financiera Indicador Índice de Liquidez (activo corriente/pasivo corriente) Índice de Endeudamiento (pasivo total/activo total) Razón de cobertura de intereses (utilidad antes de intereses e impuestos/intereses)

Índice requerido Mayor o igual a UNO PUNTO CINCO (1.5) Menor o igual al SESENTA POR CIENTO (60%)

Mayor o igual a UNO PUNTO CINCO (1.5)

Si el Proponente es un consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o está organizado en cualquier forma de asociación debe acreditar su capacidad financiera de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación. Los Proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el Proponente cumple el indicador, salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses. Si el Proponente es plural debe acreditar este indicador de la misma forma prevista en el literal (ii) del párrafo anterior, a menos que uno de sus miembros tenga gastos de intereses igual a cero (0) por lo cual no se puede hacer la ponderación del indicador. En este caso se debe utilizar la siguiente fórmula para calcular el índice requerido, donde n es el número de miembros del Proponente plural.

D. Capacidad Organizacional Página 14

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Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores, con base en la información contenida en el certificado del RUP. Tabla 3 – Indicadores de capacidad organizacional Indicador Rentabilidad sobre patrimonio (utilidad neta/patrimonio) Rentabilidad sobre activos (utilidad neta/activos totales)

Índice requerido Mayor o igual a DIEZ POR CIENTO (10%) Mayor o igual a CUATRO POR CIENTO (4.0%)

Si el Proponente es un consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o está organizado en cualquier forma de asociación, debe acreditar su capacidad organizacional de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación.

E. Capacidad Residual El Proponente debe acreditar una capacidad residual igual o superior a QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M.L. ($585.000.000 COP). Para calcular la Capacidad Residual exigida en el presente pliego de condiciones, se utilizó la metodología definida por Colombia Compra Eficiente (ver a continuación el cálculo realizado). En caso que el Proponente tenga una capacidad residual inferior, la Oferta será rechazada. En caso de Consorcios, Uniones Temporales, promesas de sociedad futura o cualquier forma de asociación cada uno de los integrantes, deberá relacionar los documentos mencionados en la primera parte de este capítulo. Para la determinación de la Capacidad Residual de contratación de obras de los Consorcios, Uniones Temporales se (sumarán o ponderarán) las capacidades de contratación residual de obras de sus integrantes. 0 Información del Proceso Contractual

Objeto

Fecha de presentación la oferta (mm-aaaa) Valor estimado del contrato (COP) Anticipo (% del valor del contrato) % Recursos propios (Rc): (10%-30%) Plazo (# Meses)

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Periodo

1

Capacidad Residual requerida para el contrato

$ 585.000.000

F. Capacidad Administrativa Organigrama: El proponente deberá presentar un organigrama de su empresa a fin de verificar su aspecto organizacional, y deberá contemplar como mínimo los siguientes niveles: 1) Gerente, 2) Recursos Humanos, 3) Aspectos Contables y Financieros 4) Área Operativa. La empresa debe contar mínimo con el siguiente personal Profesional para la ejecución de los trabajos: Personas para la Ejecución del Contrato

Director de Proyecto (Dedicación 50%)

Residente de Obra

Profesional de Calidad

Número de Personas

Experiencia Mínima Formación Profesional (Años)

Ingeniero Civil o Ingeniero de Transportes y Vías; con Especialización, Maestría o Doctorado en las Áreas de Transporte, Tránsito o Vías.

Ocho (8) Años de Ejercicio Profesional de los cuales mínimo Cinco (5) deben estar certificados como Director o Residente de Obra o de Proyectos de Vías y/o Señalización

1

Ingeniero Civil o Ingeniero de Transporte y Vías con Tarjeta Profesional Vigente

Cinco (5) Años de Ejercicio Profesional Certificado. Mínimo 3 años de experiencia en señalización vial.

1

Ingeniero Civil, Industrial o Cualquier otra profesión con estudios de (Maestrias y/o especialización, en temas afines a la calidad o auditorias de calidad, en las versiones actuales de las normas

1

Cinco (5) años en el ejercicio de la profesión, y temas relacionados con el control y el aseguramiento de la calidad

Para certificar a los profesionales de la ingeniería Civil solicitados se anexará copia de la tarjeta profesional y certificación del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura COPNIA o de Transporte y Vías, según aplique; Copia del diploma en el caso del Profesional de Ingeniería Industrial o de la Profesión Ofrecida, Copias de los Diplomas o Actas de Grado de las Especializaciones, Maestrías, Diplomados y Doctorados solicitados, certificación de su experiencia profesional de cada uno de los trabajos realizados y/o cargos desempeñados.

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G. Metodología. Dada la magnitud del presente proyecto para el ITA, es de suma importancia la metodología a utilizar por los proponentes para la ejecución de los trabajos, por ello el mismo, deberá suministrar la información sobre los métodos propuestos para el logro de los objetivos. El proponente describirá de manera detallada la metodología a utilizar para el desarrollo del contrato abarcando todos los aspectos del mismo. Deberá contener lo siguiente: 1. Un Plan de Trabajo con una programación detallada, describiendo de una forma concisa y coherente el desarrollo de las actividades a realizar. 2. Sus relaciones con los insumos requeridos (personal, equipo y su rendimiento.) y los productos a ser obtenidos como resultado de las mismas. 3. Se requiere una programación de barras que muestre el desarrollo cronológico de la obra. 4. Una programación de recursos donde se establezcan las dedicaciones del personal profesional y de apoyo y la participación que tendrá dentro de cada una de las actividades relacionadas.

La Metodología debe ser coherente en todas y cada una de las actividades a realizar. Se tendrá en cuenta que los procedimientos, rendimientos, asignación de trabajos, duración de cada actividad, dedicación del personal propuesto, entre otros; esté acorde al desarrollo proyectado en el Plan de trabajo propuesto H. Plan de Calidad. El proponente deberá entregar con su propuesta, el Plan de Calidad según lo requerido en el Numeral 6.2 del presente pliego de condiciones. En ningún caso se aceptarán CERTIFICACIONES de sistemas de gestión de calidad, de acuerdo a lo establecido en el parágrafo 2º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007. I. Equipo Mínimo Requerido El proponente favorecido deberá tener disponible durante la ejecución del contrato como mínimo los siguientes equipos:

Item

Cant Mínima

1

2

Equipo

Capacidad Mínima 5 galones

Maquinas demarcadora Manuales 2

2

2 toneladas Vehículo Transportador

3

3

1 kva. Plantas Eléctricas

4

3

5

2

Taladros Rotopercutores Máquinas de Soldar Página 17

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6

2

7

1

Cortadoras de Angulo - Tronzadoras

8

1

Compresor de Pintura Vehículo Demarcador Autopropulsado (EL EQUIPO deberán cumplir con lo especificado en la norma NTC 4744, en lo referente a este particular y en cada uno de sus puntos) Modelo mínimo Exigido del 2002 en adelante

100 galones – 3 pistolas

El contratista está en obligación de suministrar oportunamente los equipos adicionales necesarios para cumplir con los programas, plazos y especificaciones técnicas de la obra, a solicitud de la interventoría. El oferente deberá presentar Certificado de compromiso en su propuesta, que en caso de ser Adjudicatario del presente proceso, dispondrá de manera inmediata de los equipos mínimos requeridos; relación que deberá entregar al ITA dentro de los Cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato, so pena de aplicar la póliza de seriedad de la oferta y/o la póliza de cumplimiento (la que aplique y/o se encuentre vigente).

VI. Criterios de Evaluación El ITA evaluará las ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección V y los requisitos de que trata la sección VII. En la evaluación de las Ofertas el ITA ponderará el factor económico y el técnico de acuerdo con los porcentajes indicados en la Tabla 4. Los Ofertas deberán presentarse en los formatos Anexos establecidos en el presente pliego de condiciones. Tabla 4 – Puntaje por criterios de evaluación Criterio de Evaluación

Puntaje

6.1

Factor Económico

6.1.1

Media Geométrica

250

6.1.2

Ítems Representativos

450

6.2

Factor de Calidad

200

6.3

Incentivo a la Industria Nacional

100

TOTAL

1000

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En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, el IT escogerá el Proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013 o la norma que los modifique, complemente o reemplace. 6.1 FACTOR ECONÓMICO (700 PUNTOS) 6.1.1 Media Geométrica (250 PUNTOS) Se calcula la media geométrica (MG) con los valores totales corregidos de todas las propuestas hábiles, incluyendo el presupuesto oficial una vez. n+1________________________ MG = V Y1 x Y2 x Y3 x ............x Yn x PO Dónde: MG= Media Geométrica n = Numero de propuestas Yn = Valor de cada una de las propuestas hábiles PO = Presupuesto Oficial Se calculará la diferencia (Dn) entre el valor de cada una de las propuestas y la Media Geométrica (MG). Dn = Diferencia entre MG y Yn Dn = MG – Yn Se asignarán doscientos cincuenta (250) puntos a la propuesta que cumpliendo con todos los requerimientos mínimos establecidos, tenga el valor más cercano a la Media Geométrica (MG), en Valor Absoluto. Las demás propuestas se ordenarán de menor a mayor distancia, en valor absoluto, respecto al valor de la Media Geométrica (MG), teniendo en cuenta que todas las propuestas hábiles, su Dn en valor absoluto sea el más cercano a la media, y se le irán restando sucesivamente 10 puntos a cada una de ellas a medida que se alejan.

6.1.2 Valor ítems representativos (450 PUNTOS) El puntaje máximo de 450 puntos se dividirá entre el número de ítems representativos del presupuesto, y se le asignará el puntaje a cada ítem como se describe a continuación: Vi = 450/Nr Dónde: Vi = Valor máximo asignado a cada ítem Nr = Número de ítems representativos del presupuesto oficial Se tomará de cada propuesta el ítem que corresponda a los representativos del presupuesto oficial y se le asignará el máximo puntaje al ítem que esté más cercano al correspondiente del presupuesto oficial, a los ítems de las demás propuestas se les asignará el puntaje en forma proporcional de acuerdo a la siguiente fórmula. Página 19

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Vp = (Ip * Vi) / Io Dónde: Vp = Puntaje ítem de la propuesta Io = Valor del ítem del presupuesto oficial Ip = Valor corregido del ítem de la oferta examinada. Los ítems representativos a evaluar son: ITEM REPRESENTATIVO 1: A (ADMINISTRACION) ITEM REPRESENTATIVO 2: U (UTILIDAD) ITEM REPRESENTATIVO 3: I (IMPREVISTO) Si los proponentes exceden el valor de los ítems representativos a evaluar, se le asignará un puntaje de cero (0) puntos en el ítem que exceda ese valor.

6.2 PLAN DE CALIDAD (200 PUNTOS) EL OFERENTE debe presentar la documentación bajo la cual se obtendrá la calidad de la obra. Se asignaran 200 puntos a los oferentes que cumplan con los siguientes requisitos: DESCRIPCION Si el plan de calidad contiene la totalidad de los componentes descritos en el numeral 6.2.1 con sus respectivas descripciones. Si el plan de calidad no contiene la totalidad de los componentes descritos en el numeral 6.2.1 con sus respectivas descripciones: a) Por describir correctamente cuales son los procesos que aseguran la planificación, ejecución y control eficaz de la obra y la secuencia de los mismos veinte (20) puntos, en caso contrario cero (0) puntos. b) Por la descripción correcta de todos los procesos cuarenta (40) puntos, en su defecto se evaluará proporcionalmente según el número de procesos descritos. c) Por los seis procedimientos correctamente documentados sesenta (60) puntos o diez (10) puntos por cada procedimiento correctamente documentado. d) Plan de la calidad con la completa descripción de los requisitos sesenta (60) puntos, en caso contrario cero (0) puntos. e) Por la explicación concreta de las exclusiones que apliquen o no apliquen a su sistema de aseguramiento de la calidad según el objeto del presente pliego veinte (20) puntos, en caso contrario cero (0) puntos PUNTOS MAXIMO TOTAL FACTOR

PUNTOS 200 Puntos

200 PUNTOS

6.2.1. El plan de aseguramiento de calidad de la obra debe tener los siguientes componentes

a) El proponente deberá describir cuales son los procesos que aseguran la planificación, ejecución y control eficaz de la obra, así como la secuencia de los mismos que permita demostrar el concepto de sistema de calidad de la obra.

b) Para cada uno de los procesos, el proponente deberá describir claramente los siguientes cuatro (4) requisitos: Página 20

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El objeto y alcance. Los recursos, documentos y registros. Los métodos, frecuencias y responsables del seguimiento y medición. Los proveedores, entradas, actividades, salidas y clientes, de tal forma que se demuestre la correcta interacción entre procesos.

c) El proponente deberá anexar los siguientes seis (6) procedimientos completos a implementar durante la obra: Procedimiento para la planificación de obras. Procedimiento para la ejecución de obras. Procedimiento para compras y contratación de servicios. Procedimiento para la gestión de personal. Procedimiento producto y/o servicio no conforme Procedimiento de control de documentos y registro. Estos procedimientos deberán tener objeto, alcance, responsables, descripción, y con los respectivos formatos a utilizar.

d) El proponente deberá presentar el plan de calidad de la obra, el cual debe contener los siguientes requisitos: Alcance, Definiciones, Política de calidad, Estructura organizacional del proyecto, Responsabilidades y autoridades del personal en obra, Auditorías internas de Calidad, Control de documentos, registros en obra , Plan de inspección y medición de la obra, Gestión de Recursos, Comunicación con el cliente, Dispositivos y equipos de seguimiento y medición, Seguridad en obra y formatos a utilizar en el plan.

e) El proponente deberá presentar en su plan de calidad las exclusiones que apliquen a su sistema de aseguramiento de la calidad según el objeto del presente pliego y con su respectiva justificación. En el caso de no tener exclusión deberá también presentar su justificación.

6.3 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS) El proponente que ofrezca vincular personal, en cuanto a la procedencia (país de origen), para la ejecución de las obras, obtendrá la siguiente puntuación: Si oferta la ejecución del contrato con el 100% de personal nacional. 100 puntos. Si oferta la ejecución del contrato con el personal nacional y personal extranjero. 50 puntos. Si oferta la ejecución del contrato con el 100% de personal extranjero. 0 Punto.

VII. Oferta A. Presentación

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Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito, en 1 Original y 1 Copia, con los formatos contenidos en los Anexos, en la fecha establecida en el Cronograma al que se refiere la sección XV, y acompañadas de los documentos solicitados en esta sección, así como de la garantía de seriedad de la oferta a la que se refiere la sección XII A del presente documento.

Las Ofertas estarán vigentes por el término de sesenta (60) días calendario, contados desde la fecha de presentación de Ofertas establecida en el Cronograma. El contenido de cada uno de los sobres (original y copia) de que trata esta sección debe estar foliado de forma consecutiva y la numeración de los documentos contenidos en cada sobre debe iniciar en el número uno (1). Los Proponentes deben presentar la oferta y los anexos en los formatos indicados en medio físico, y adicionalmente los APU y Oferta Económica en medio magnético. La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad en el pliego de condiciones y sus adendas. En cada sobre se hará constar el nombre del oferente y su dirección comercial, y se dirigirá en la siguiente forma: INSTITUTO DE TRANSITO DEL ATLANTICO Barranquilla Licitación Pública No. 01 de 2014: OBJETO: CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES. En la hora siguiente al vencimiento del plazo para presentar Ofertas, el ITA abrirá en el lugar indicado para la presentación física de las Ofertas y frente a los Proponentes que se encuentren presentes, y se levantará y publicará el acta cierre, suscrita por el personal designado por el ITA y las personas que intervengan. Dicha acta contendrá: a) Nombre o razón social del proponente. b) Hora de Recibo de la Propuesta.

B. Requisitos habilitantes El Proponente debe incluir los siguientes documentos para acreditar los requisitos habilitantes: (a) Capacidad jurídica (i) Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio del domicilio del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o cualquier otra forma de asociación, si el Proponente es plural. (ii) Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural. Página 22

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(iii) Copia del acuerdo para conformar el consorcio, unión temporal o sociedad si el Proponente es plural, en el cual debe constar la participación de cada uno de los miembros del Proponente plural, la distribución de actividades a realizar (en el caso de Uniones Temporales), la representación legal del Proponente plural o el poder otorgado a quien suscribe los documentos en nombre del Proponente plural. (iv) Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado. (v) Copia de las autorizaciones de los órganos sociales, cuando corresponda. En caso que existan limitaciones estatutarias frente a las facultades del representante legal, las respectivas autorizaciones para desarrollar el presente proceso de selección, el contrato y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente. (vi) Carta de presentación, presentada de acuerdo al modelos del Anexo No.2 (b) Experiencia Certificaciones de Experiencia del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o cualquier otra forma de asociación, si el Proponente es plural. (c) Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural.

(d) Capacidad Residual Deberá diligenciar el anexo No. 6 “Contratos en ejecución” y adjuntar los estados financieros como a continuación se indica: Balance General comparativo 2012 – 2011 Estado de Resultados comparativo 2012 – 2011 Notas aclaratorias ( que incluya Depreciación y la Amortización, de cada periodo) Declaración de Renta Certificación del representante legal y contador público Dictamen del revisor fiscal u opinión del contador público. Certificado de vigencia de inscripción y de carencia de antecedentes disciplinarios del contador que certificó los estados financieros y del revisor fiscal o contador público independiente que los dictaminó o emitió su opinión, según el caso. El ITA realizará el análisis de la capacidad residual de cada proponente, establecido por Colombia Compra Eficiente.

de acuerdo a lo

(e) Capacidad Administrativa. Deberá presentar el Organigrama y los Profesionales exigidos, con las respectivas certificaciones de experiencia de los mismos. (f) Metodología. Deberá presentar la Metodología de acuerdo a lo exigido en el literal “G” del capítulo V (g) Plan de Calidad. Página 23

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Deberá presentar el Plan de Calidad de acuerdo a lo exigido en el literal “H” del capítulo V (h) Equipos Mínimos Requeridos Deberá presentar certificación de disponer de los equipos mínimos exigidos de acuerdo exigido en el literal “I” del capítulo V.

a lo

C. Oferta económica El proponente deberá diligenciar la totalidad del respectivo Anexo 3, colocando los Costos directos unitarios de cada ítem, subtotales, Costos Indirectos (en porcentajes y en valor) y el valor total de la propuesta. Anexar CD con los análisis de precios unitarios en archivo de Excel con fórmulas activas. El Análisis de Precios Unitario APU es indispensable para la comparación Objetiva de las propuestas y constituye factor HABILITANTE para la participación en el proceso de selección; deberá diligenciar el Anexo 4 y su presentación no deberá omitir ningún ítem, no se podrá omitir ni modificar alguna cantidad, la omisión de algún precio y la modificación u omisión de cualquier unidad, dará lugar a ser declarada INHABILITADA la propuesta. Los precios unitarios deben cubrir los costos de los materiales, mano de obra, prestaciones sociales, herramientas, maquinaria y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato, inclusive los imprevistos, gastos de administración, todos los impuestos y contribuciones legalmente a cargo del contratista y utilidades del mismo. Los precios propuestos no estarán sujetos a reajustes de ningún tipo durante la ejecución del contrato. Los errores u omisiones serán responsabilidad exclusiva del proponente. La presentación del análisis unitario no implica que la entidad acepte el análisis unitario ya que se reserva el derecho de: Revisar los precios para establecer que los ofrecidos no excedan los del mercado y que los precios unitarios sean coherentes y estén de acuerdo con los precios del mercado. Aceptarlos cuando los precios unitarios de los ítems incluyan todos los costos para su aceptación por parte de la entidad. Solicitar explicación escrita por parte del proponente, cuando se encuentre en estos, alguna situación que a juicio de la Entidad impida la evaluación objetiva de los precios. Aceptar o rechazar las explicaciones escritas del proponente.

Una vez efectuada las anteriores verificaciones se procederá a revisar las operaciones aritméticas de acuerdo con las cantidades establecidas en el pliego y con los precios unitarios ofrecidos por el proponente en los APU. Se corregirán los errores aritméticos que se presenten y se recalculará el valor de la oferta. Este valor corregido, será el que se utilizará para la evaluación económica de las ofertas y en la determinación de la oferta que se estima más favorable, así como para la adjudicación y suscripción del contrato. Si una vez corregido el valor total de la propuesta, este resulta superior al 100% del presupuesto Oficial, será INHABILITADA dicha propuesta.

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Los errores u omisiones en el análisis de los precios unitarios, serán responsabilidad exclusiva del proponente.

D. Ofertas alternativas No se aceptará propuestas Alternativas ni Parciales. E. Apoyo a la industria nacional En seguimiento a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003 para apoyar la industria nacional, a través del sistema de compras y contratación pública en la evaluación de las ofertas: El proponente que ofrezca vincular personal, en cuanto a la procedencia (país de origen), para la ejecución de las obras, obtendrá la siguiente puntuación: Si oferta la ejecución del contrato con el 100% de personal nacional. 100 puntos. Si oferta la ejecución del contrato con el personal nacional y personal extranjero. 50 puntos. Si oferta la ejecución del contrato con el 100% de personal extranjero. 0 Punto. F. Verificación de los requisitos habilitantes y de requisitos técnicos El ITA verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes de que trata la sección V del presente documento. Los Proponentes pueden subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes en cualquier momento antes de la adjudicación. G. Evaluación de las Ofertas Los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección V, y las Ofertas que hayan cumplido con los mínimos establecidos en la sección VI, serán evaluados por el ITA, de acuerdo con lo establecido en la sección VII. El ITA publicará el informe de evaluación de Ofertas en la oportunidad señalada en el Cronograma de que trata la sección XV. I. Declaratoria de Desierta El ITA declarará desierto el presente proceso de selección cuando: (a) no se presenten Ofertas; (b) ninguna de las ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el pliego de condiciones; (c) existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; (d) el Representante Legal de la Entidad o su Delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y (e) se presenten los demás casos contemplados en la Ley. J. Retiro de la propuesta Los Proponentes que opten por entregar su oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección y apertura de las Ofertas, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada Página 25

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mediante escrito, sea recibida por la entidad contratante antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso. Cuando se trate de retiro definitivo, la Oferta le será devuelta al Proponente sin abrir, previa expedición de un recibo firmado por el solicitante. K. Devolución de las Ofertas Una vez finalizado el proceso de selección los Proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y la copia del Sobre No. 1, en el Grupo de Licitaciones y Concursos, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acta de adjudicación, prevista en la cronología del proceso; de lo contrario, la entidad procederá al archivo de la propuesta original y la destrucción de sus copia. L. Rechazo En adición a otras causas previstas por la ley, la Entidad Contratante rechazará las Ofertas presentadas por los Proponentes que: (a) no cumplan con los requisitos habilitantes de que trata la sección V; o(b) no cumplan con los requisitos técnicos de que trata la sección VI; o (c) las presentadas después de vencido el plazo establecido para el efecto en el Cronograma; o (d) las presentadas por Proponentes que no hayan suscrito el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo 1 o que no lo hayan cumplido durante el Proceso de Contratación. IX. Acuerdos Comerciales El Proceso de Contratación estará sujeto a los diferentes Acuerdos Comerciales, de tal forma que las Ofertas presentadas por Proponentes extranjeros de países con los cuales Colombia tiene Acuerdos Comerciales que cubren el presente Proceso de Contratación, serán tratadas como Ofertas de nacionales colombianos y tendrán derecho al puntaje para estimular la industria nacional de que trata la sección VII.E X. Orden de Elegibilidad y Adjudicación El contrato se adjudicará, en audiencia pública, según el orden de elegibilidad establecido en el informe de evaluación. La Directora del ITA, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará el proceso, módulo o módulos al Proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones o procederá a la declaratoria de desierta del proceso. La audiencia pública se celebrará en la fecha y hora establecida en el Cronograma de que trata la sección XV. De las circunstancias ocurridas en su desarrollo se dejará constancia en acta. En el evento que la Directora del ITA o su Delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierta.

XI. Riesgos De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, a continuación se identifican los riesgos del Proceso de Contratación desde su planeación hasta su liquidación. ESTIMACION Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES Página 26

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ANÁLISIS DE LOS RIESGOS Atendiendo a lo previsto por el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 y EL Decreto 1510 de 2013, y lo pretendido por las partes es suscribir un contrato de OBRA, se observa que los riesgos que se pueden presentar en la ejecución del contrato producto del presente proceso licitatorio, pueden llegar a presentarse causas previsibles que afectan la carga económica o financiera de las partes Para efectos de la presente licitación y ejecución de su contrato, se efectúa las siguientes definiciones: RIESGO PREVISIBLE: Son los posibles eventos, hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de las actividades a ejecutar es factible su ocurrencia. TIPIFICACIÓN DEL RIESGO: Es la materialización o manifestación que se hace en el pliego de condiciones, de aquellos eventos, hechos o circunstancias previsibles de ocurrencia. ESTIMACIÓN DEL RIESGO: Es la valoración en términos monetarios o porcentuales respecto del valor del contrato, que se hace del riesgo previsible. ASIGNACIÓN DEL RIESGO: Es el señalamiento que se hace de la parte contractual que debe asumir el riesgo. RIESGO IMPREVISIBLE: Son aquellos eventos, hechos o circunstancias donde no es factible su previsión; es decir, no se visualiza su ocurrencia. Estos riesgos deberán estar considerados como costo del contrato en el ítem de gastos contingentes o imprevistos. Para efectos de este proceso de selección se tipifican los siguientes riesgos: POLÍTICOS: -

Orden público.

ECONÓMICOS: -

Inestabilidad de la obra. Incumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato. No pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones. Mala calidad de los bienes y equipos ofrecidos. No tener provisión de materiales. Daño emergente y lucro cesante. Indemnidad frente a demandas presentadas por terceros contra el contratista por razón o con ocasión del contrato. Pago de multas y cláusula penal pecuniaria si se pacta en el contrato. Responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros. Daños a bienes públicos. Garantías de vida y seguridad para trabajadores al servicio del contratista por razones de orden público o realizaciones de actividades de alto riesgo. Volatilidad de precios. Mala calidad de materiales. Página 27

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-

Retraso en los pagos por parte del transito del atlántico. No pago de la seguridad social a los trabajadores. Sobrecostos por indebido control técnico, administrativo o financiero por parte del contratista. Errónea interpretación de los diseños, y planos de la obra. Variaciones en la legislación tributaria.

SOCIALES: -

Motines, huelgas, sabotajes o paros. Incendio, inundaciones, terremotos, contaminación, error humano. Inseguridad, vandalismo, hurto, apropiación indebida de información, penetración ilegal.

GENERALES: -

Retiro de la propuesta por parte del proponente. La falta de contestación del proponente a la solicitud de información formulada por transito del atlántico durante el proceso contractual. La información inexacta presentada en la propuesta o ante requerimientos de el transito del atlántico. La presentación de la oferta existiendo causales de inhabilidad o incompatibilidad en el oferente. La falta de suscripción del contrato por parte del proponente seleccionado. Indebida ejecución de Cálculos. Errores en general.

ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS. Los riesgos tipificados en el presente pliego de condiciones se asignarán al proponente y al contratista, con excepción de los siguientes a cargo del Tránsito del Atlántico: -

Orden público. Retraso en los pagos por parte del instituto. SOCIALES: Inseguridad, vandalismo, hurto, apropiación indebida de información, penetración ilegal.

RIESGOS DEL REGIMEN DE CONTRATACION ESTATAL. Se enumeran los siguientes riesgos: a. Riesgo por cambio del régimen de contratación que afecte el contrato y las condiciones pactadas en él.

Tipificación: Todo norma de obligatorio cumplimiento que modifique las condiciones pactadas en el contrato, sobre todo en cuanto a las cláusulas que contienen OBLIGACIONES DEL

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CONTRATISTA, serán introducidas al contrato sin que medie negociación alguna con el CONTRATISTA, Asignación: Este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el CONTRATISTA. Medidas Cautelares: se llevará a cabo una permanente vigilancia de los cambios normativos que afecten la ejecución de los contratos y se aplicarán las medidas obligatorias a que haya lugar. b. Riesgo por cambio del régimen de contratación que afecte la ejecución del contrato. Tipificación: Toda norma de obligatorio cumplimiento para transito del atlántico, que afecte la ejecución del contrato en perjuicio del CONTRATISTA o del CONTRATANTE será incluida en el contrato, sin que medie negociación alguna con el CONTRATISTA, toda vez que transito del atlántico, no tiene la facultad de negociar apartes normativos de obligatorio cumplimiento. Asignación: Si el hecho afecta al CONTRATISTA, este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el CONTRATISTA. En el caso de que afecte el equilibrio económico de contrato, serán objeto de modificación de las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el porcentaje de IMPREVISTOS incluido en la oferta económica. La carga de la prueba le corresponde, en este caso en particular, al CONTRATISTA, por ser la parte afectada. Si el afectado es el transito del atlántico, como CONTRATANTE proyectará las modificaciones que sean necesarias al contrato, sin que por ello se deje de reconocer cualquier variación al equilibrio económico pactado en el contrato. Medidas Cautelares: Se llevará a cabo una permanente vigilancia de los cambios normativos que afecten la ejecución de los contratos suscritos por transito del atlántico y, se aplicarán las medidas obligatorias a que haya lugar. Para el análisis del valor del desequilibrio económico, la Entidad podrá contratar los peritos que considere necesarios y que informen con exactitud el valor real de tal desequilibrio. ETAPA CONTRACTUAL RIESGOS DE SUPENSION DEL CONTRATO: Tipificación: Cuando el contrato deba ser suspendido por causas ajenas a la voluntad de el transito del atlántico se informará al CONTRATISTA y se le notificará del acto administrativo que suspende el contrato, el cual deberá indicar con claridad las causas exógenos y la fecha de reanudación del mismo. Asignación: Será responsabilidad total del tránsito del Atlántico los perjuicios que se pudieran causar al CONTRATISTA por la suspensión del contrato si en ella no mediante justas causas no imputables a la Entidad. De lo contrario el transito del Atlántico, no será responsable por la suspensión del contrato ni por los perjuicios que se causen por ello. RIESGO POR INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO.

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Tipificación: Cuando se produce incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones pactadas en el contrato. Asignación: Será responsabilidad total del contratista cumplir con las obligaciones a su cargo suscritas en el contrato con excepción de situaciones de fuerza mayor y/o caso fortuito o en todas aquellas donde el contratista demuestre que no tuvo responsabilidad, Medidas Cautelares: El contratista suscribirá la garantía amparando el cumplimiento del contrato por cuantía del 30% del mismo, por un periodo de tiempo igual al plazo del contrato la cual se compromete a modificar en el caso de que se prorrogue por un plazo igual al de la prórroga. ETAPA POSCONTRACTUAL: FALTA DE ACUERDO CON EL CONTRATISTA PARA CELEBRAR LA LIQUIDACION DEL CONTRATO. Tipificación: Cuando hecha la pre liquidación del contrato por parte de El transito del atlántico, el CONTRATISTA y/o el INTERVENTOR no se encuentre conforme con tal y no se pueda llegar a un acuerdo mutuo para liquidar el contrato. Asignación: Será responsabilidad del tránsito del Atlántico y la INTERVENTORIA, hacer la pre liquidación del contrato y ponerla a consideración del CONTRATISTA. Si éste no se encuentra conforme con ella, la Entidad, de conformidad con la normatividad vigente, procederá a la liquidación unilateral del contrato y a la cancelación de las sumas que resulten de ella. Esto sin perjuicio de las acciones legales que pueda llevar a cabo el contratista. RIESGOS DE CARÁCTER JURIDICOS. Las condiciones jurídicas del contrato se encuentran regidas fundamentalmente por tres (3) áreas: -

Régimen de la Contratación Estatal. Régimen Laboral. Régimen de Impuestos.

El día estipulado en el Cronograma (Capitulo XV) se llevara a cabo la audiencia a la que se refieren el artículo 30 de la ley 80 de 1993, artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el artículo 220 del Decreto Ley 019 de 2012, y el artículo 39 del Decreto 1510 de 2013. Como consecuencia de las observaciones realizadas por los interesados, el ITA, se pronunciará sobre la pertinencia o no de las mismas y establecerá la estimación, tipificación y asignación definitiva de los riesgos involucrados en la contratación. Vencido el plazo para discutir y revisar los riesgos previsibles identificados, si se presentare alguna observación adicional, la misma solo será estudiada y tenida en cuenta por parte del ITA, únicamente si diere lugar a modificar el pliego de condiciones mediante adenda. XII. Garantías. Suficiencia y vigencia de las garantías Página 30

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Las garantías se formalizarán por: un Contrato de seguro contenido en una póliza y/o un Patrimonio autónomo y/o Garantía Bancaria, constituida por la contratista a favor del ITA, debidamente establecida en Colombia y serán regulada en el presente proceso por lo establecido en los artículos 110 al 128 del decreto 1510 de 2013

A. Garantía de seriedad de la propuesta. A favor del Instituto Departamental de Transportes y Tránsito del Atlántico, equivalente al 10% del presupuesto oficial estimado y su vigencia se extenderá desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual (Art 118 D. 1510/2013), el ITA ha estimado que la duración de la garantía debe ser al menos 70 días calendarios. En caso de prorrogarse el plazo de la Licitación, el proponente deberá mantener vigente todos los plazos y condiciones originales de su propuesta y ampliar la validez de la garantía por el término adicional que señale el ITA.

Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal. Consorcio o Promesa de Sociedad Futura, la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. B. CUMPLIMIENTO. Equivalente al 10% del valor total del contrato con una vigencia igual al plazo del contrato más cuatro meses por el término de liquidación del contrato (Art. 121 del decreto 1510 de 2013) C. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES. Equivalente al 5% del valor total del contrato con un tiempo igual al plazo del contrato y tres años más (Art. 122 del decreto 1510 de 2013) D. ESTABILIDAD Y CALIDAD DE LA OBRA Equivalente al 10% del valor del contrato y por un tiempo de (1) un año para la demarcación y los reductores de velocidad, resolución 2818 del 5 de julio-2005 y 8256 del 23 de diciembre de 1997 y de (5) cinco años para defensas viales y señales verticales y las señales tipo Bandera. Su vigencia se iniciara a partir del recibo a satisfacción de la obra. (Art. 123 del decreto 1510 de 2013) E. RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. . Equivalente 400 SMMLV y por un tiempo igual al del contrato (Art. 126 del decreto 1510 de 2013)

XIII. Interventoría La entidad ejercerá el control y la vigilancia de la ejecución de los trabajos a través del Profesional Especializado Grupo Operativo y por la Interventoría. El interventor, debe ejercer un control integral sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito, y con copia a la Entidad, el interventor. No obstante, si el contratista no estuviese de acuerdo con las mismas debe Página 31

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manifestarlo por escrito al interventor, con copia a la Entidad, antes de proceder a ejecutar las órdenes. En caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para la Entidad. Si el contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del interventor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de 8 días hábiles, el Interventor comunicará dicha situación a la Entidad para que este tome las medidas que considere necesarias. El Interventor o quien haga sus veces, deberá documentar las causas o motivos del incumplimiento de indicadores que llegaren a presentarse, como es el caso de atención de emergencias, derrumbes, hundimientos de bancas, interrupción del tránsito, entre otros, incumpliendo así el desarrollo normal de las actividades programadas. El interventor debe verificar que los equipos, maquinaria y herramientas que el contratista suministre para la realización de las labores de mantenimiento rutinario, estén en perfecto estado de operación, sean adecuados y que sean suficientes para las características y la magnitud del trabajo por ejecutar.

XIV. Contrato A. Partes Las partes del Contrato serán el Proponente que haya resultado adjudicatario del presente proceso de selección y el ITA que publica los presentes pliegos.

B. Objeto del contrato El objeto será CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES C. Firma y perfeccionamiento Dentro de los tres (3) días hábiles la siguiente, a partir de la notificación de la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato, el Proponente favorecido o su representante legal, con el fin de la elaboración, revisión y registro presupuestal del contrato deberán presentar, la siguiente documentación: (i) Rut del consorcio y de cada uno de los integrantes, igualmente para persona natural. (Copias legibles). (ii) Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y de cada uno de los integrantes (Copias legibles). (iii) Certificación (paz y salvo) de pagos de seguridad social y aportes parafiscales a la fecha de la adjudicación. (iv) Formulario IVA para personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales. Página 32

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(v) Certificación ORIGINAL bancaria a nombre del Proponente, de la cuenta en la que la entidad le consignará el valor de las Actas parciales. (La certificación bancaria para el Anticipo se solicitará una vez se numere el contrato y se determine Interventor). (vi) Copia de la Resolución de facturación DIAN vigente. D. Valor y forma de pago. Debido a que el presente contrato no cuenta con Anticipo, el ITA, pagará al contratista el valor del contrato mediante la suscripción de Actas parciales de avance de obra, certificadas por la Interventoría del proyecto, hasta un máximo del 95% del valor total del contrato. El saldo del 5% se cancelará se cancelará dentro de los 10 días siguientes a la fecha de vencimiento del contrato y/o suscripción del acta de Recibo Final, previo recibo a satisfacción por parte de la Interventoría, en la cual, la interventorìa deberá presentar un informe final de los trabajos realizados. Este informe deberá presentarse en medio Físico y medio Magnético.

XV. Cronograma El siguiente es el cronograma del proceso de selección ACTIVIDAD

FECHA - HORA

LUGAR

Publicación Aviso de Convocatoria (artículo 30 de la Ley 80 de 1993) Publicación Aviso Convocatoria Pública Publicación Estudios y Documentos Previos Publicación Proyecto de Pliego Plazo para presentar observaciones al proyecto de pliego de condiciones

Enero 21 de 2014

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Enero 21 de 2014, Feb. 7 de 2014 Enero 21 de 2014

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Enero 21 de 2014 Del 21 al 3 de Febrero de 2014. hasta las 4:00 pm

Portal Único de Contratación, Web ITA I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

Respuesta a observaciones y sugerencias al proyecto de pliego de condiciones Expedición acto administrativo de apertura del proceso de selección Publicación pliego de condiciones definitivo Audiencia de asignación de riesgos y aclaración de pliegos Presentación de observaciones al pliego de condiciones

Febrero 6 de 2014

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Febrero 7 de 2014

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Febrero 7 de 2014

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Febrero 10 de 2014 a las 9:00 am. Febrero 10 de 2014 a las 12: 00 m.

I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

Respuesta observaciones al pliego de condiciones Expedición de adendas Presentación de ofertas

Febrero 10 de 2014

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Febrero 10 de 2014 Del 7 de Febrero al 14 de febrero de 2014. Hasta las 8:00 a.m

Portal Único de Contratación, Web ITA I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

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Piso o al correo electrónico:

[email protected]

Piso I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

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Piso

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Informe de presentación de ofertas

Febrero 14 de 2014 Una vez terminada y firmada el acta de cierre Del 18 al 24 de Febrero de 2014.

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Presentación de observaciones al informe de evaluación de las ofertas

Del 18 al 24 de Febrero de 2014. Hasta las 4:00 pm

I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

Audiencia de Adjudicación

26 de Febrero de 2014. a las 10:00 pm 26 de Febrero de 2014. Una vez terminada y firmada el acta de adjudicación o declaratoria de desierto Hasta el 28 de Febrero de 2014 Hasta el 11 de Marzo de 2014 Hasta el 11 de Marzo de 2014

Publicación del informe de evaluación de las ofertas

Publicación acto administrativo de adjudicación o declaratoria de desierto

Firma del contrato Entrega de garantías Aprobación de garantías

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Piso o al correo electrónico: [email protected]; I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º. Piso Portal Único de Contratación, Web ITA

I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

Piso I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

Piso I.T.A, Calle 40 Carrera 45 Esquina, 2º.

Piso

Las fechas y plazos antes indicados podrán variar de acuerdo con la ley y con las condiciones previstas en el presente Pliego de Condiciones. XVI. CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA. El ITA podrá rechazar cualquiera o todas las propuestas al momento de la verificación, en los siguientes casos: 16.1 Cuando el proponente no allegue las aclaraciones solicitadas por el Comité Evaluador mediante correo electrónico o comunicación escrita, dentro del plazo establecido que para tal fin le otorgue la Entidad o eventualmente hasta el momento previo a la adjudicación del proceso. 16.2 Cuando EL ITA, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la propuesta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiere permitido al proponente cumplir con uno o varios de los requisitos habilitantes o de la oferta de precio. 16.3 Cuando la propuesta inicial sea presenta luego de la fecha y hora exacta señalada para su presentación. 16.4 Cuando la propuesta sea alternativa o parcial de acuerdo con lo establecido para el presente proceso o cuando en ella se formulen condiciones contractuales diferentes a las establecidas en el presente pliego de condiciones. Página 34

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16.5 Cuando presentada la propuesta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de propuesta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de propuestas, se modifique el porcentaje de participación o uno a varios de sus integrantes, o uno a algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.

16.6 La no presentación de la garantía de seriedad establecida en el presente pliego de condiciones.

16.7 Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica, administrativa, técnica y/o financiera suficiente para la presentación de la propuesta.

16.8 Cuando el proponente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales. 16.9 Cuando una persona natural o jurídica participe directamente en más de una propuesta, bien sea como proponente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las propuestas que incurran en la situación descrita. 16.10

Cuando no se presente la oferta inicial de precio impresa,

16.11

Cuando a la oferta inicial de precio se presente algún valor en moneda extranjera.

16.12 Cuando en la oferta inicial de precio no se diligencie o se consigne cero pesos ($0) en alguna de las casillas correspondientes al valor unitario por ítem. 16.13 Cuando en la oferta inicial de precio o en la resultante de la verificación aritmética, el proponente presente un valor mayor al presupuestado oficial asignado para esta Licitación.

16.14 Cuando la propuesta no cumpla con las especificaciones técnicas y requisitos exigidos en el pliego de condiciones.

XVII. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES. La aplicación de las facultades de terminación, modificación, caducidad e interpretación unilateral del contrato se realizará de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993.

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XVIII. CESIONES Y SUBCONTRATOS.

El contrato no se podrá ceder ni subcontratar con persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin previo consentimiento por escrito por parte del ITA.

ORIGINAL FIRMADO ________________________ MONICA ROSALES DIRECTORA GENERAL ________________________ Elías Torres Barona Jefe Of. Adtiva y Financiera

________________________ Ar. Dalmiro Garcia Prof. Esp. Grupo Operativo

________________________ Jairo Aparicio Castillo Líder de Programa

________________________ Mabel Moscote M. Prof. Esp. Grupo Jurídico

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ANEXO No. 1 Compromiso Anticorrupción

Proceso de Contratación __________ [Nombre del representante legal del Proponente] , identificado como aparece al pie de mi firma, en mi calidad de representante legal de [nombre del Proponente] , manifiesto en mi nombre y en nombre de [nombre del Proponente] que: 1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de la Entidad Contratante para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública. 2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación ______. 3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero. 4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación __________. 5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación _____ nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia. 6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores. 7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción. En constancia de lo anterior firmo este documento a los días [dia] del mes de [mes] de 2014. ______________________ Firma representante legal del Proponente Nombre: Cargo: Documento de Identidad: Los representantes de los integrantes del Proponente plural deben suscribir el presente documento.

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ANEXO

2

Ciudad y fecha:___________________________________ Señores: INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO DEL ATLÁNTICO Carrera 45 Calle 40 Esquina Unidad Administrativa Referencia: LICITACIÓN PÚBLICA No.01 DE 2014. Nosotros los suscritos ________________________________, identificados con la CC__________________ de ______________ actuando en representación de ___________________________, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones, hacemos la siguiente propuesta para la Pública en referencia y cuyo objeto es:___________________________, y en caso de que nos sea aceptada y adjudicada por esa Entidad, nos comprometemos a firmar el contrato correspondiente. Declaramos así mismo:

1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta. 2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tienen interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive. 3. Que conocemos la información general y demás documentos del pliego de condiciones y aceptamos los requisitos en ellos contenidos. 4. Que hemos recibido las siguientes adendas al Pliego de condiciones ( Indicar el número y la fecha de cada uno ) y aceptamos su contenido. 5. Así mismo, declaramos bajo la gravedad del juramento: 5.1 Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la Constitución y en las Leyes. (se recuerda al proponente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección de contratistas y debe abstenerse de formular propuesta). 5.2 Que no hemos sido sancionados mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna Entidad Oficial dentro de los últimos CINCO (5 ) años anteriores a la fecha de entrega de las propuestas. (NOTA: si el proponente ha sido objeto durante dicho período de sanciones contractuales (multa y/o cláusula penal) por parte de cualquier entidad estatal, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso. 6. Que nos comprometemos a ejecutar el objeto del contrato en un plazo de _______________________ días calendario contados a partir de la fecha del Acta de iniciación, con posterioridad al perfeccionamiento del contrato, la aprobación de su garantía y demás requisitos de orden contractual. 7. Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a suscribir el mismo, a constituir su garantía única y anexos de responsabilidad civil y Extracontractual, y así mismo a pagar los impuestos a que haya lugar dentro de los términos señalados para ello. 8. Que los precios unitarios formulados en nuestra Oferta corresponde con la realidad de los precios del mercado. 9. Que por lo dispuesto en el numeral 7º de la Carta de Presentación nuestra Oferta no excederá el valor del Presupuesto oficial.

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10. Que el original de la propuesta consta de _________ folios, debidamente numerados. Atentamente, __________________________________ FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL Nombre: Dirección

De

Profesión CC No.

DATOS DEL PROPONENTE Nombre

Nit:

Dirección Ciudad

Teléfono

Fax

ABONO DE LA PROPUESTA En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 842 de 2003, en los procesos de contratación cuyo objeto implique el desarrollo de las actividades catalogadas como ejercicio de la ingeniería, se deberá incluir dentro de su oferta el aval de un profesional en la respectiva rama de la ingeniería, Yo, _____________________ como Ingeniero Civil o Ingeniero de Vías y Transportes identificado con la CC. No._____________ de ____________y tarjeta Profesional No._________________ del Consejo Profesional Nacional de Ingeniería COPNIA, Abono esta propuesta presentada ante el ITA por la Empresa ___________________ con Nit. _______________, en el desarrollo de la Licitación Pública _______ de ________

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ANEXO 3 - PROPUESTA ECONÓMICA

ITEM

CANT.

Fabricación e Instalación a todo costo de Señales Verticales tipo SR, SP y SI de 60 cms, Pedestal en ángulo de 2"x2"x1/4"; Tablero en lámina galvanizada Calibre 16 y lámina reflectiva TIPO I - Grado Ingeniería

1615

Fabricación e Instalación a todo costo de Señales Verticales DOBLES tipo SR, SP y SI de 60 cms, Pedestal en ángulo de 2"x2"x1/4"; Tablero en lámina galvanizada Calibre 16 y lámina reflectiva TIPO I - Grado Ingeniería

565

Fabricación e Instalación a todo costo de Señales Verticales tipo SI-05, Soporte Tipo "H" en ángulo de 2"x2"x1/4"; Tablero en lámina galvanizada Calibre 16 dimiensión 1,2 x 2,4 mts y lámina reflectiva TIPO I Fondo Color Verde y textos en blanco

141

Demarcación con pintura acrílica y microesferas de vidrio tipo Drop-On, ancho de 12 cms.

112.200

Demarcación con pintura acrílica y microesferas de vidrio tipo Drop-On, Metro cuadrado

1.182

Suministro e Instalación a todo costo de Tachas reflectivas según anexo técnico ( Incluye limpieza y premarcado )

5.860

Suministro e Instalación a todo costo de Defensas Metálicas

1.188

Fabricación e Instalación a todo costo de Reductores (estoperol) de aluminio con espigo, según anexo técnico

31.038

VALOR UNITARIO COSTOS DIRECTOS

VALOR PARCIAL COSTOS DIRECTOS

GRANSUBTOTAL COSTOS DIRECTOS COSTO INDIRECTOS ADMINISTRACIÓN IMPREVISTOS UTILIDAD IVA SOBRE UTILIDAD

16%

GRANSUBTOTAL COSTOS INDIRECTOS TOTAL

NOTA: El valor unitario dado para cada Ítem cubre las actividades de Suministro, transporte e instalación y las demás actividades correlacionadas, necesarias para la total ejecución del objeto contratado. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL: __________________________________ Página 40

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ANEXO

4

ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS NOMBRE DEL ITEM I. EQUIPO Descripción

Tipo

Tarifa/hora

Rendimiento

Valor-unit

Unidad

Precio-unit.

Cantidad

Valor-unit.

M3-Km

Tarifa

Valor-unit

Rendimiento

Valor-Unit

Porcentaje

Valor Total

Sub-total II. MATERIALES EN OBRA Descripción

Sub-total III. TRANSPORTES Material

Vol-peso cantidad

ó Distancia

Sub-total

IV. MANO DE OBRA Trabajador

Jornal

Prestaciones Jornal Total

Sub-total Total Costo Directo V. COSTOS INDIRECTOS Descripción ADMINISTRACIÓN IMPREVISTOS UTILIDADES IVA SOBRE UTILIDAD Sub-total VALOR UNITARIO ITEM

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL:

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ANEXO

5

CONTRATISTA:

CONTRATOS EN LOS QUE HA INTERVENIDO LA FIRMA VALOR EN LOS ULTIMOS TRES (3) AÑOS

FECHA

VALOR

VALOR PRESENTE En SMMLV

No. CONTRATO

OBJETO CONTRATO

DEL

CONTRATANTE

CONTRATADO INICIACIÓN

TERMINACIÓN

Valor en Señalización de los ítem solicitado

NOTA: Se deben adjuntar las certificaciones emitidas por la Entidad Contratante, para cada uno de los contratos incluidos en el presente anexo. Su no presentación es causal de INHABILIDAD de la propuesta.

FIRMA REPRESENTANTE LEGAL:

___________________________

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ANEXO

6.

CONTRATOS VIGENTES O ADJUDICADOS SIN INICIAR

CONTRATISTA:

OBJETO CONTRATO

DEL NUMERO DEL CONTRATANTE CONTRATO

VALOR CONTRATO

FECHAS INICIACION

FIRMA REPRESENTANTE LEGAL: ____________________________

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TERMINACIÓN

VALOR FACTURADO

SALDO POR FACTURAR

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ANEXO 7 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS VER ESTUDIOS PREVIOS CAPITULO 20 DONDE SE ESTIPULA: Para el desarrollo del contrato se tendrá como base las Especificaciones Técnicas contempladas en los artículos 730 y 740 de INVIAS, la norma AASHTO M-180 y las normas “NTC 5636: Barreras Metálicas de seguridad para contención de vehículos. Viga de doble onda. Materiales, Geometría, Dimensiones y ensayos” y la “NTC 5638: Barreras metálicas de seguridad. Elementos accesorios de las barreras metálicas. Materiales, dimensiones, formas de fabricación y ensayos”, las del Manual de Señalización de 2.004 del Ministerio de Transporte, y las que a continuación se describen:

20.1 DEMARCACION CON PINTURA ACRILICA Y MICROESFERAS DE VIDRIO. 20.1.1 DESCRIPCIÓN Este trabajo consiste en el suministro, almacenamiento, transporte y aplicación de pintura de tráfico o resina termoplástica de aplicación en caliente, reflectorizada con microesferas de vidrio para líneas y marcas viales sobre un pavimento, de acuerdo con las dimensiones y colores que indiquen los planos del proyecto o establezca el Interventor. 20.1.2 MATERIALES Se podrán utilizar pinturas de aplicación en frío, base Agua o Base solvente, las cuales deben cumplir los requerimientos establecidos en estas especificaciones y en el "Manual de Señalización Vial" publicado por el Ministerio de Transporte de Colombia en el año 2004. 20.1.2.1 Pintura de aplicación en frío Se considerará que la pintura se clasifica en dos grupos: (i) de base de agua y (ii) de base de solventes. El agua utilizada para la disolución de la pintura, deberá poseer la condiciones mínimas especificadas por el fabricante; los solventes utilizados en pinturas deberán cumplir con la cantidad máxima indicada en la NTC 1102 de benceno, metanol, y compuestos organoclorados. Todo envase de pintura deberá estar rotulado según los requerimientos mínimos de la norma NTC 1360-1. 20.1.2.1.1 Características de la pintura líquida a. Color y estabilidad Blanco o amarillo, que cumplan con los requerimientos de color y patrones indicados en la norma NTC 1360-1 o la Tabla 6.1. Página 44

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Tabla 6.1

El cambio de color debe cumplir para pinturas blancas que 8E ≤ 6, y para pinturas amarillas que 8E≤ 10, cuando el tiempo de ensayo sea de 300 horas para ambos casos. La medición del color debe ser efectuada de acuerdo a la norma ASTM D 1535, la determinación de la estabilidad del color después de realizar el ensayo de acuerdo a la norma ASTM G 53, y se calcula la diferencia de color de acuerdo con la norma ASTM D 2244. b. Composición - Pigmento: entre cincuenta y sesenta por ciento (50% - 60%), en masa. - Agentes de unión: entre cuarenta y cincuenta por ciento (40% - 50%), en masa. - Ligante: copolímero acrílico de bajo peso molecular y liberación rápida de solventes. Se podrán emplear otras composiciones, siempre y cuando las pinturas acabadas cumplan las exigencias de la presente especificación. c. Tiempo de secado - Al tráfico: máximo treinta (30) minutos, sin transferencia de pintura a ninguna de las llantas de un vehículo. - No "pick up": tiempo menor o igual a quince (15) minutos para capas de treinta y ocho centésimas de milímetro (0.38 mm) (15 mils), a una temperatura de veinte más o menos dos grados Celsius (20 oC ± 2oC) y una humedad relativa de sesenta más o menos cinco por ciento (60%± 5%).

Se considera tiempo de secado no "pick up" cuando una película de pintura ha llegado a una fase donde no se adhiere a la cubierta de un neumático que pase sobre ella; el ensayo se hace de acuerdo con el método de la norma ASTM D-711. d. Viscosidad

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Deberá estar comprendida entre setenta y cinco y noventa y cinco (70 y 95) unidades Krebs, a una temperatura de veinticinco grados Celsius (25 oC). Esta determinación se hará según la norma NTC 559. e. Contenido de agua Para pinturas en base de solventes diferente al agua, no mayor del medio por ciento (0.5%) en masa, para pinturas en disolución. f. Masa unitaria La masa unitaria de la pintura a una temperatura de veinticinco grados Celsius (25 ºC) deberá corresponder a la indicada por el fabricante, no podrá variar en más de 0.05 g/ml de la especificada. El ensayo se realizará de acuerdo con la norma NTC 561. g. Conservación en el envase. La pintura seleccionada para homologación, al cabo de seis (6) meses de la fecha de fabricación, habiendo permanecido al interior y con temperatura entre cinco y treinta y cinco grados Celsius (5 ºC y 35 ºC), no mostrará sedimentación excesiva en envase lleno y recientemente abierto. Se deberá poder redispersar a un estado homogéneo por agitación con espátula, después de lo cual no presentará coágulos, natas, depósitos duros, ni separación de color. En todo cuñete o envase de pintura deberá aparecer la marca del fabricante y la fecha de producción. Nunca se aplicarán pinturas con más de un año de elaboración o sin etiqueta de fecha de producción. h. Estabilidad en envase lleno La pintura no aumentará su consistencia o viscosidad en más de diez (10) unidades Krebs para pinturas en base en agua y en más de cinco (5) unidades Krebs para pinturas en base en solventes. El ensayo que se utilizará para evaluar esta variación, será el indicado en la norma NTC 845. i. Estabilidad a la dilución La pintura permanecerá estable y homogénea no originándose coagulaciones ni precipitados, cuando se diluya una muestra de ochenta y cinco centímetros cúbicos (85 cm3) de la misma con quince centímetros cúbicos (15 cm3) de toluol o del disolvente indicado por el fabricante, si explícitamente éste así lo indica. Los ensayos de estabilidad se realizarán según la norma MELC 12.77 j. Propiedades de aplicación La pintura será formulada y procesada específicamente para ser usada como ligante de microesferas, en tal forma que se produzca el máximo de adhesión, refracción y reflexión.

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Cualquier acción capilar de la pintura deberá ser lo suficientemente pequeña para no producir cubrimiento total de las esferas de mayor tamaño. La pintura deberá ser de aplicación fácil y uniforme mediante equipos mecánicos de demarcación y deberá tener excelentes propiedades de cubrimiento, según la norma MELC 12.03. k. Finura La pintura deberá ser bien mezclada durante el período de manufactura y los pigmentos que se incorporen serán adecuadamente pulverizados, con una finura de dispersión en unidades Hegman de tres (3), de acuerdo a la norma NTC 557. l. Contenido de dióxido de titanio La pintura de color blanco deberá tener, como mínimo, un diez por ciento (10%) de contenido en masa de pigmento de dióxido de titanio, determinado según la norma NTC 1323. El porcentaje en masa de dióxido de titanio no diferirá en más de dos por ciento (±2%) del valor indicado por el fabricante. m. Contenido en sólidos. (Materia no volátil) El porcentaje en volumen o masa de materia no volátil no podrá ser menor de lo indicado en la Tabla 6.2. La determinación se realizará de acuerdo con las normas NTC 1786 y NTC 1227, respectivamente.

El porcentaje en masa de materia no volátil no diferirá en más de dos por ciento (±2%) del valor indicado por el fabricante. n. Contenido en ligante. Realizado el ensayo según la norma UNE 48-238, el porcentaje en masa de ligante no diferirá en más de dos por ciento (±2%) del valor indicado por el fabricante. 20.1.2.1.2 Características de la pintura seca a. Aspecto

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Después de aplicada la pintura en una lámina de vidrio y dejándola secar durante veinticuatro (24) horas a veinte más o menos dos grados Celsius (20ºC ± 2ºC) y sesenta más o menos cinco por ciento (60% ± 5%) de humedad relativa, tendrá aspecto uniforme, sin granos, ni desigualdades en el tono del color y con brillo satinado (cáscara de huevo). b. Color Al secarse sobre la superficie de un pavimento, la pintura no deberá oscurecerse con la acción del sol, ni presentar decoloración apreciable con el tiempo. Una película delgada de pintura esparcida en una placa de vidrio y dejada secar completamente, no deberá oscurecerse, ni tampoco decolorarse cuando se la someta a la acción de los rayos ultravioletas por un período de sesenta (60) minutos. c. Flexibilidad La pintura aplicada en espesor de ocho centésimas de milímetro (0.08 mm), no deberá presentar desprendimiento ni agrietamiento al doblar la muestra sobre un eje de nueve y medio milímetros. (9.5 mm) de diámetro, veinticuatro horas (24 h) después de aplicada y mantenida en este lapso de manera horizontal a una temperatura de veinticinco grados Celsius (25 ºC) y una humedad relativa de cincuenta por ciento (50%). d. Adherencia Al secarse sobre el pavimento de una vía, cuarenta y ocho (48) horas después de aplicada, la pintura deberá constituir una capa con fuerte adherencia, sin desprenderse cuando se trate de levantar con la uña. e. Sangrado La relación de contraste será mínimo de 0.9, y el ensayo se hará de acuerdo con las normas ASTM D 868 y D 969. f. Resistencia a la inmersión en agua Al preparar una muestra de pintura de acuerdo con las normas NTC 1114, ASTM D 870 y ASTM D1647, y después de veinticuatro (24) horas de inmersión a temperatura ambiente, ésta no deberá presentar ningún cuarteamiento, desprendimiento, hinchazón, decoloración o arrugas. g. Resistencia a los álcalis Al aplicar la pintura con un espesor de película seca de quince centésimas de milímetro (0.15 mm), sobre una placa de vidrio preparada adecuadamente para tal efecto, dejándola secar durante setenta y dos (72) horas a una temperatura de veinte más o menos dos grados Celsius (20 ºC ± 2 ºC), y sesenta más o menos cinco por ciento de humedad relativa (60% ± 5%), colocándola luego en una solución saturada de hidróxido de calcio y después de dieciocho (18) horas de inmersión a temperatura ambiente y de dos (2) horas de recuperación fuera de ésta, no deberá presentar Página 48

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cuarteamiento, ampollamiento, perforaciones diminutas (punta de alfiler), desprendimientos, arrugas, ni decoloración. h. Resistencia a la abrasión Una capa de pintura húmeda de seis décimas de milímetro (0.6 mm.), al secarse, deberá resistir, como mínimo, la caída libre de cien decímetros cúbicos (100 dm3) para pinturas en base de agua u ochenta decímetros cúbicos (80 dm3) para pinturas en base de solventes del abrasivo dióxido de aluminio, desde una altura de noventa y un centímetros con cuarentas y cuatro centésimas (91.44 cm) sin que se produzca en ella una zona desgastada de forma elíptica de cuatro milímetros (4 mm) de diámetro o mayor. El ensayo se realiza de acuerdo con la norma IRAM 1221.

20.1.2.2 Microesfera de vidrio 20.1.2.2.1 Características

a. Naturaleza La microesfera de vidrio deberá ser de tal naturaleza, que permita su incorporación a la pintura inmediatamente después de aplicada, de modo que su superficie se pueda adherir firmemente a la película de pintura y su retrorreflexión sea satisfactoria para las líneas y demás marcas viales. b. Microesferas defectuosas Las microesferas deberán ser transparentes e incoloras, libres de defectos y de material extraño, no deberán tener ninguna lechosidad, ni contener nubes ni burbujas de aire que puedan afectar su funcionamiento; un máximo de tres por ciento (3%) podrán estar rayadas, quebradas o con partículas de vidrio angulares, en una muestra de diez gramos (10 g) al ser extendida formando una capa delgada sobre un papel bond blanco y tomando tres (3) muestras de cien (100) microesferas al azar, examinadas con un microscopio con aumento 20X, provisto de un analizador de luz polarizada. El porcentaje de microesferas defectuosas se calculará a partir del promedio de los resultados de tres (3) ensayos. La cantidad máxima de microesferas de vidrio defectuosas (ovoides, deformadas, con bolsas gaseosas, con germinados) deberá ser del veinticinco por ciento (25%). La determinación se hará de acuerdo con la norma UNE 135-282-94. c. Composición Las microesferas de vidrio deberán contener un mínimo de sesenta y cinco por ciento (65%) de sílice y estar libres de plomo, excepto como impureza no superior a tres por ciento (3%), en masa, de la cantidad total. d. Índice de refracción Página 49

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El índice de refracción de las microesferas de vidrio se determina usando el método de inmersión en líquido con una fuente de luz blanca, a una temperatura de veinticinco grados Celsius (25ºC). Las microesferas deberán tener un índice de refracción mínimo de uno y medio (1.50). La medición se hará de acuerdo con la norma MELC 12.31 e. Densidad La densidad de las microesferas de vidrio estará en el rango entre dos gramos con tres décimas y dos gramos con seis décimas por centímetro cúbico (2.3 a 2.6 g/cm3). f. Granulometría La granulometría de las microesferas de vidrio deberá estar dentro de los límites dados en las Tablas 6.3.

Tabla 6.3

Si los documentos del proyecto lo consideran o si el Constructor propone una granulometría particular para obtener los valores de reflectividad exigidos, se puede emplear una granulometría diferente, con la autorización del Interventor, previos los análisis de resultados de pruebas de campo y laboratorio. g. Resistencia a la fractura La microesfera de vidrio deberá presentar una resistencia mínima a la fractura así: - Para las microesferas de vidrio retenidas en el tamiz de 600 Sm (No.30), ciento setenta y ocho Newton (178.0 N).

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- Para las microesferas que pasen el tamiz de 600 Sm (No.30) y queden retenidas en el tamiz de 425 Sm (No.40): ciento treinta y tres Newton y cinco décimas (133.5 N). h. Resistencia a la humedad Las microesferas deberán fluir libremente al ser ensayadas con el siguiente procedimiento: En una probeta de cincuenta centímetros cúbicos (50 cm3) se colocan cien gramos (100 g) de microesferas y luego se vierte cuidadosamente agua destilada hasta cubrirlas con una lámina de dos y medio centímetros (2.50 cm), dejando reposar el sistema durante cinco (5) minutos. Luego, se vierten las microesferas en un embudo de cristal de doce centímetros y siete décimas (12.7 cm) de diámetro, con un cañón de diez centímetros (10 cm) de longitud, orificios de entrada y salida de once centímetros y una décima (11.1 cm) de diámetro. Puede ser necesario golpear levemente el embudo para iniciar el flujo de las microesferas.

i. Embalaje e identificación La microesfera de vidrio se deberá empacar en bolsas plásticas o de papel. Cada saco contendrá veinticinco kilogramos (25 kg). Cada saco deberá contener en la parte externa la siguiente información: - Tipo de microesfera de vidrio - Nombre y dirección del fabricante - Fecha de fabricación - Identificación de fabricación (Número de lote) - Indicación de los tratamientos químicos especiales en caso de tenerlos - Cantidad contenida en el saco en kilogramos - Recomendaciones sobre bodegaje y arrume máximo 20.1.2.2.2 Propiedades de aplicación Cuando se apliquen las microesferas de vidrio sobre la pintura, para convertirla en reflexiva por el sistema de postmezclado, con dosificaciones aproximadas de trescientos setenta gramos por metro cuadrado (370 g/m2) de microesferas y seiscientos sesenta gramos por metro cuadrado (660 g/m2) de pintura, las microesferas de vidrio fluirán libremente de la máquina dosificadora y la retrorreflexión deberá ser satisfactoria para la señalización, de acuerdo al numeral 6.1.8.2.3 de estas especificaciones. 20.1.3 EQUIPO

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La pintura de líneas y la realización de marcas viales se deberán realizar con un equipo que cumpla con lo especificado en la norma NTC 4744, en lo referente a este particular y en cada uno de sus puntos.

Se deberá disponer, además, de un camión con capacidad igual o superior a Dos (2) toneladas, adecuado para el transporte de los materiales hasta los frentes de trabajo, lo mismo que las señales verticales de tránsito, conos y barricadas necesarias para informar a los usuarios sobre el cierre de la vía o para restringir la velocidad de circulación cuando se pinta con vía abierta.

20.1.4 EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 20.1.4.1 Selección del material de demarcación por utilizar Se utilizarán resinas termoplásticas o materiales prefabricados de larga duración o plásticos de dos componentes de aplicación en frío, en la demarcación de carreteras con superficie de calzada en buen estado y tránsito promedio diario superior a cinco mil vehículos (>5000 veh). Igualmente, se deberán utilizar estos materiales en las líneas centrales, en carreteras de tipo montañoso en buen estado, con tránsito promedio diario superior a dos mil quinientos vehículos (>2500 veh). Las demás demarcaciones se harán con pinturas de aplicación en frío. 20.1.4.2 Preparación de la superficie La superficie que va a recibir el material de demarcación deberá estar seca y libre de polvo, grasa, aceite y otras sustancias extrañas que afecten la adherencia del recubrimiento. La limpieza se efectuará por cualquier procedimiento que resulte aceptable para el Interventor. Si la superficie presenta defectos o huecos notables, se corregirán los primeros y se rellenarán los segundos con materiales de la misma naturaleza que los de aquella, antes de proceder a la aplicación de la pintura. Cuando las líneas o marcas viales vayan a ser realizadas sobre un pavimento de concreto hidráulico, se deberán eliminar de la zona de colocación todos aquellos materiales utilizados en el proceso de curado del concreto, que aún se encuentren sobre la superficie. El material de demarcación se aplicará sobre superficies rugosas que faciliten su adherencia; por lo tanto, aquellas superficies excesivamente lisas de morteros o concretos se tratarán previamente mediante chorros de arena, frotamiento en seco con piedra abrasiva de arenilla gruesa o solución de ácido clorhídrico al cinco por ciento (5%), seguida de posterior lavado con agua. Las superficies de morteros o concretos hidráulicos que presenten eflorescencias, se humedecerán con agua aplicando a continuación, con una brocha, una solución de ácido clorhídrico al veinte por ciento (20%) y frotando, pasados cinco (5) minutos, con un cepillo de cerdas de acero, lavando a continuación con bastante agua para remover el ácido.

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Antes de iniciar las operaciones de demarcación, el Constructor efectuará un cuidadoso replanteo que garantice, con los medios de demarcación de que disponga, una perfecta terminación. En caso de no tener un mejor sistema de referencia, se deberá crear una guía de referencia con puntos de 30 mm de diámetro espaciados preferiblemente cada 0.50 metros y máximo entre 5 y 10 metros, en curva y recta respectivamente, los cuales se realizarán con la misma pintura con la que se ejecutará el trabajo. Cuando la demarcación vaya a ser aplicada sobre superficies previamente pintadas o demarcadas, el Constructor propondrá el tipo de tratamiento que ejecutará sobre ellas para garantizar la adherencia con el material nuevo, el cual se deberá someter a estudio y aceptación por parte del Interventor. Si es necesario retirar la pintura o cualquier otro material antiguo, éste deberá ser raspado o fresado por un medio aprobado por el Interventor, barriéndose a continuación el material desprendido. En el caso de los pavimentos de concreto si el factor de luminancia del pavimento fuese superior a quince centésimas (0.15), evaluado de acuerdo con la norma UNE-E-1436, se deberá rebordear la línea por aplicar con un material apropiado de color negro, a ambos lados y con un ancho aproximadamente igual a la mitad (1/2) del correspondiente a la línea de demarcación. 20.1.4.3 Dosificación 20.1.4.3.1 Pintura de aplicación en frío De acuerdo a la experiencia del ITA, La dosificación de la pintura se deberá aplicar longitudinalmente a lo largo de la vía, en un ancho de doce centímetros (12 cm), empleándose entre cincuenta y tres y cincuenta y seis (53 y 56) litros de pintura por kilómetro de línea efectiva aplicada, obteniéndose un espesor húmedo de treinta y ocho centésimas de milímetro (0.38 mm) (15 mils) y la microesfera a razón de ochocientos cuarenta gramos por litro (840 g/l) de pintura; y para metro cuadrado se deberá aplicar porcentualmente lo que corresponde teniendo en cuenta la anterior dosificación.

El Constructor someterá a estudio y aprobación del Interventor, el sistema de aplicación de la microesfera de vidrio; ésta se puede aplicar a presión o por gravedad, teniéndose en cuenta que la contracción que se presenta en el ancho de la lámina de la microesfera, cuando se aplica de la segunda forma, no sea menor que el ancho de la línea a demarcar, que la cantidad de microesfera sea homogénea en todo el ancho de la línea, que en ningún momento debe haber deficiencia en los extremos, ni exceso en la parte central de la línea y que cuando se aplica línea intermitente, caiga microesfera en toda la longitud de ella. Cuando la microesfera se aplica a presión, se deberá regular la fuerza del compresor de manera tal, que se permita la mayor cantidad de este producto atrapada sobre la pintura húmeda.

20.1.4.4 Cierre de la vía al tránsito Página 53

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El Constructor, en coordinación con la Policía de Carreteras, llevará a cabo los cierres de la vía que sean necesarios, para garantizar la seguridad de las operaciones de aplicación y el tiempo de secado de la pintura, efectuando la señalización temporal requerida, de manera aceptable para el Interventor. Cuando el volumen de tráfico es superior a mil vehículos por día (>1000 vehículos por día) y se va a restringir la circulación, se deberán programar, en coordinación con la Oficina de Comunicaciones del Instituto Nacional de Vías, cierres máximos de dos (2) horas con intermedios de una (1) hora de circulación normal e informar por medios de comunicación hablados y escritos sobre esta situación, tres (3) días hábiles antes de iniciar las labores.

20.1.4.5 Aplicación de los materiales

20.1.4.5.1 Pintura de aplicación en frío La pintura y las microesferas de vidrio se deberán suministrar ya preparadas y listas para su empleo y no se les deberá agregar ni quitar ningún componente en el sitio de los trabajos. Únicamente podrán ser usados los tipos de disolventes especificados por el fabricante de la pintura de tráfico. Es admisible un máximo de tres por ciento (3%) en volumen, para permitir un fácil fluido de la pintura por las pistolas, y nunca se entenderá como un rendidor de ella. La pintura deberá aplicarse de manera homogénea y de tal manera, que no haya exceso ni deficiencias en ningún punto y formando una película uniforme sin arrugas, ampollas, ni bolsas de aire. La microesfera se deberá dispersar uniformemente en la película de pintura fresca, la cual deberá ligarla de manera de lograr la máxima adhesión y agarre de las esferas, pero sin afectar los grados de refracción y reflexión de éstas.

20.1.4.5.2 Consideraciones adicionales Toda demarcación que no resulte satisfactoria para el Interventor en cuanto a acabado, alineamiento longitudinal y reflectividad deberá ser corregida o removida por el Constructor mediante fresado o algún otro procedimiento apropiado, sin costo para el ITA.

En ningún evento se deberá utilizar pintura negra de tráfico. Igual tratamiento se deberá dar a toda la demarcación colocada en forma diferente a los planos o las instrucciones del Interventor y que, a juicio de éste, pueda generar confusión o inseguridad a los usuarios de la vía. El Constructor deberá remover, a su costa, toda pintura, resina termoplástica o cualquier otro material utilizado que presente problemas de adherencia con la superficie. Página 54

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20.1.5 LIMITACIONES EN LA EJECUCIÓN No se permitirá la aplicación de pintura en instantes de lluvia, ni cuando la temperatura ambiente, a la sombra, sea inferior a cinco grados Celsius (5ºC). Tampoco se podrán aplicar elementos de demarcación cuando, a juicio del Interventor, el viento sea muy fuerte, igual o superior a 25 kilómetros por hora (≥ 25 Km/h), a menos que el Constructor utilice barreras u otros dispositivos que disminuyan la velocidad del viento en la zona de aplicación, y, en el caso de la pintura cuando la temperatura de la superficie a demarcar sea superior a cuarenta grados Celsius (> 40 ºC), a no ser que el fabricante de la pintura recomiende su aplicación a estas temperaturas. No se permitirá la colocación de las líneas de demarcación o de marcas viales en áreas agrietadas de pavimento, con desplazamientos o donde existan fallas del material de la base subyacente.

20.1.6 APERTURA AL TRÁNSITO Las superficies demarcadas deberán ser protegidas contra cualquier tipo de tránsito, hasta el instante en que el recubrimiento se encuentre perfectamente seco. Dicho instante será definido por el Interventor.

20.1.7 MANEJO AMBIENTAL Todas las labores de ejecución de líneas de demarcación y marcas viales se realizarán teniendo en cuenta lo establecido en los estudios o evaluaciones ambientales del proyecto y las disposiciones vigentes sobre la conservación del medio ambiente y los recursos naturales.

20.1.8 CONDICIONES PARA EL RECIBO DE LOS TRABAJOS 20.1.8.1 Controles Durante la ejecución de los trabajos, el Interventor adelantará los siguientes controles principales: - Verificar el estado y funcionamiento de todo el equipo empleado por el Constructor. - Verificar la instalación de la señalización temporal para informar del cierre parcial de la vía o restricción de la velocidad de circulación, cuando la demarcación se hace con vía abierta. - Comprobar que los materiales cumplan con los requisitos de calidad exigidos en el numeral 6.1.2. - Comprobar que los materiales se apliquen uniformemente y en los sitios previstos. Página 55

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- Verificar la adhesión, acabado y reflectividad de la pintura colocada. - Verificar como mínimo: (i) el alineamiento de las marcas viales cada dos kilómetros; (ii) el ancho de la línea cada kilómetro, y (iii) la separación entre líneas y ancho de carriles cada cinco kilómetros; o en los sitios que lo considere pertinente el Interventor. - Verificar el cumplimiento sobre las distancias de prohibido adelantamiento, en curvas verticales y horizontales y en zonas con esta restricción en tramo recto, donde la distancia de visibilidad de adelantamiento sea mayor que la distancia de visibilidad del sector. Para ello, se le deberán indicar claramente al Constructor, las velocidades de operación en cada uno de los sectores, para poder hacer estas mediciones, de acuerdo con lo expresado en el "Manual de Señalización Vial" publicado por el Ministerio de Transporte de Colombia en el año 2004. - Medir, para efectos de pago, las líneas y marcas ejecutadas correctamente, en un todo de acuerdo a esta especificación.

20.1.8.2 Condiciones específicas para el recibo y tolerancias 20.1.8.2.1 Acabado 20.1.8.2.1.1 Pintura de aplicación en frío Las líneas serán razonablemente uniformes y libres de irregularidades. La uniformidad se determinará tomando muestras sobre láminas galvanizadas rectangulares de calibre No.16 de diez centímetros (10 cm) por quince centímetros (15 cm), las cuales se colocarán cada quinientos metros (500 m). Cuando se hace la toma de la muestra, se interrumpe la pistola de aplicación de microesfera. Inmediatamente, estando húmeda la pintura, con una galga (micrómetro para medir espesores húmedos de pintura) se medirá el espesor aplicado. Las cantidades de pintura y microesfera aplicada se determinarán tomando muestras sobre láminas galvanizadas rectangulares de calibre No. 16 de quince centímetros (15cm) por veinticinco centímetros (25 cm), las cuales se colocarán cada cinco mil metros (5000 m). La muestra de pintura con microesfera seca se colocará dentro de un disolvente que deshaga la pintura. Al tamizar el material disuelto en el tamiz de setenta y cinco micras (75μm), queda atrapada la microesfera aplicada. Conociendo la masa de la lámina galvanizada, la masa total de ésta con pintura y microesfera, la densidad, el contenido de sólidos y el área de pintura en la lámina, se determinará la cantidad real de pintura y microesfera aplicada al realizar las líneas o marcas viales. La toma de la muestra se realizará cuando el vehículo esté aplicando pintura y microesfera de vidrio a la vez. En seguida, se tomará una muestra de medio litro (0.5 l) de la pintura que está saliendo por la pistola. De la muestra de pintura líquida se determinarán en el laboratorio la densidad y el contenido de sólidos.

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20.1.8.2.2 Dimensiones y tolerancias - Las franjas que correspondan a las denominadas marcas longitudinales en el "Manual de señalización vial" publicado por el Ministerio de Transporte de Colombia en el año 2004 deberán tener un ancho mínimo de doce centímetros (12 cm). - Las demás marcas deberán tener las dimensiones y separaciones que se indiquen en los planos del proyecto, las cuales deberán estar de acuerdo con lo que reglamente el "Manual de señalización vial" publicado por el Ministerio de Transporte de Colombia en el año 2004. - El espesor mínimo de película húmeda de pintura será de 0.38 mm (15 mils). - Las longitudes de segmentos y espacios tendrán una relación de longitudes de 3 a 5. Serán de cuatro metros y medio (4.5 m) y siete metros y medio (7.5 m) respectivamente, en zona rural y de tres metros (3.0 m) y cinco metros (5.0 m) en zona urbana. - La desviación máxima permitida (flecha), en cualquier tramo en línea recta, será de cinco centímetros (5 cm), en una distancia de cincuenta metros (50 m). - Se atenderán las demás disposiciones del "Manual de señalización vial", publicado por el Ministerio de Transporte de Colombia en el año 2004 y las de la norma NTC 4744.

20.1.8.2.3 Reflectividad A las líneas y marcas con pintura o termoplástico, una vez aplicadas, se les medirá la reflectividad y se deben obtener valores mayores o iguales a doscientos (200) milicandelas/m2/lux para pintura amarilla y doscientos cincuenta (250) milicandelas/m2/lux para pintura blanca en cualquier sitio de la vía demarcada. Estos valores son aplicables para vías con tránsito promedio diario menor o igual a 3000 vehículos (TPD=80) milicandelas/m2/lux para pintura amarilla y cien (>=100) milicandelas/m2/lux para pintura blanca en cualquier sitio de la vía demarcada. La toma de datos se realizará por cada kilómetro de obra ejecutada en tres sitios y por cada línea. Un dato obtenido será el promedio de tres medidas realizadas en la misma línea dentro de una distancia de tres metros (3m), éstas deberán estar dentro del diez por ciento (10%) del promedio de las mismas o de lo contrario se deberán tomar dos o más lecturas adicionales para promediarse y verificar si el promedio está o no dentro de los rangos especificados.

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Todas las medidas se tomarán en superficies limpias y secas, y de acuerdo a las recomendaciones del fabricante del equipo con que se realizan las mediciones, el cual suministrará los datos directamente en las unidades anotadas anteriormente. En el caso que se obtengan valores por debajo del mínimo especificado se harán mediciones cada doscientos metros (200m) para identificar la zona no conforme, para que el Constructor tome las acciones correctivas que correrán a su costa. Todas las deficiencias que excedan las tolerancias mencionadas, deberán ser corregidas por el Constructor, a su costa, a plena satisfacción del Interventor.

20.1.9 MEDIDA 20.1.9.1 Líneas de demarcación La unidad de medida de las líneas de demarcación será el metro lineal (m) aproximado al decímetro, de línea de demarcación continua o discontinua efectivamente aplicada sobre la superficie, de acuerdo con los planos del proyecto y esta especificación, a plena satisfacción del Interventor. Si al medir las líneas de demarcación se obtiene una longitud con una fracción igual o superior a medio decímetro (≥0.5 dm), la aproximación se realizará al decímetro superior; en caso contrario, se aproximará al decímetro inferior.

20.1.9.2 Marcas viales La unidad de medida para las demás marcas viales será el metro cuadrado (m2), aproximado a la centésima de metro cuadrado, de superficie realmente pintada, medida en el sitio o terreno y aceptada por el Interventor. No se medirá ninguna línea de demarcación o marca vial colocada por fuera de los límites autorizados por el Interventor.

20.1.10 FORMA DE PAGO El pago de las líneas de demarcación y demás marcas viales se hará al respectivo precio unitario del contrato, por todo trabajo ejecutado de acuerdo con esta especificación y aceptado a satisfacción por el Interventor. El precio unitario deberá cubrir todos los costos de suministro, transporte, almacenamiento, desperdicios y aplicación de la pintura en frío o resina termoplástico y la microesfera reflectiva u Página 58

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otros que haya lugar; todos los trabajos e insumos necesarios para preparar las superficies donde se aplicará el material de demarcación utilizado, incluyendo el imprimante si éste fuese necesario; la señalización preventiva de la vía y el control del tránsito durante la ejecución de los trabajos y el lapso posterior que fije el Interventor para la apertura al tránsito y, en general, todo costo relacionado con la correcta ejecución del trabajo especificado. El precio unitario deberá cubrir, también, los costos de administración, imprevistos y la utilidad del Constructor.

20.2 FABRICACIÓN E INSTALACION DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS , DOBLES TIPO SR, SP Y SI DE 60 CM Y LAS TIPO SI; PEDESTAL EN ANGULO DE 2”X2”X1/4”; TALBERO EN LAMINA GALVANIZADA CALIBRE 16 Y LAMINA REFLECTIVA TIPO I. PARA LAS SEÑALS SENCILLAS DE 60 CMS LA ALTURA DEL SOPORTE SERÁ DE 3 MTS PARA LAS SEÑALS DOBLES DE 60 CMS LA ALTURA DEL SOPORTE SERÁ DE 3,5 MTS PARA LAS SEÑALS TIPO SI-05 EL FONDO SERÁ DE COLOR VERDE Y LOS TEXTOS EN COLOR BLANCO , AMBAS REFLECTIVAS MÍNIMO TIPO I. LAS DIMENSIONES DEL TABLERO SON DE 1,2 x 2,4 MTS. EL SOPORTE SERÁ TIPO “H” A UNA ALTURA DE 3 MTS 20.2.1 DESCRIPCION Este trabajo consiste en el suministro, almacenamiento, transporte e instalación de señales verticales de tránsito, conforme lo establezcan los planos del proyecto o lo indique el Interventor. El diseño de las señales verticales, los mensajes y los colores, deberán estar de acuerdo con lo estipulado en MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia y demás normas complementarias. 20.2.2 MATERIALES 20.2.2.1 Material reflectivo El material reflectivo para las señales verticales, delineadores y demás dispositivos citados en el documento, deberán cumplir con las especificaciones contenidas en la Norma Técnica Colombiana NTC- 4739. Las entidades contratantes deberán exigir a los fabricantes de las señales las certificaciones de cumplimiento de dicha norma, la cual deberá ser expedida por el proveedor del material. Las señales verticales contenidas en este documento deberán elaborarse en lámina reflectiva Tipo I o de características superiores. 20.2.2.2 Lámina de acero galvanizado

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a. Material Lámina de acero galvanizado calibre diez y seis (16), revestida por ambas caras con una capa de zinc, aplicada por inmersión en caliente o por electrólisis. b. Material base Lámina de acero laminado en frío .c. Espesor De uno y cinco décimas de milímetro (1.5 mm), con una tolerancia de más o menos quince centésimas de milímetro (0.15 mm). La medida se podrá efectuar en cualquier parte de la lámina, a una distancia no menor de diez milímetros (10 mm) del borde. d. Resistencia al doblez 710 - 7 Una probeta cuadrada de cinco centímetros (5 cm) de lado, no sometida a tratamientos térmicos previos, no deberá presentar desprendimiento de zinc, cuando se dobla girando ciento ochenta grados (180o), con una luz igual al espesor de la lámina .e. Tratamiento cara frontal Previamente a la aplicación del material reflectivo, la lámina galvanizada deberá ser limpiada y desengrasada; además, estar libre de óxido blanco. El galvanizado deberá tener una superficie de terminado producida con abrasivo grado cien (100) o más fino. f. Tratamiento cara posterior Una vez cortada y pulida la lámina, se deberá limpiar y desengrasar, aplicándose seguidamente una pintura electrostática color blanco.

20.2.2.3 Material para postes y brazos.

20.2.2.3.1 Material de los postes Deberán ser elaborados en perfil en ángulo de hierro de dos pulgadas (2 pg) por dos pulgadas (2 pg) por un cuarto de pulgada (1/4 pg), con límite de fluencia mínimo de veinticinco kilogramos por milímetro cuadrado (25 kg/mm2) en todos los tipos de señales, el cual será de primera clase, no permitiéndose hormigueo en ninguna parte de su longitud. No se aceptan añadiduras ni traslapos en postes y brazos. Se deberá garantizar la rigidez de las láminas de los tableros correspondientes a las señales preventivas (SP), reglamentarias (SR), de información general (SI) y delineandores de curva horizontal, fijándolas a la cruceta fomada entre el poste y sus brazos, los cuales deberán formar un Página 60

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perfecto plano de apoyo que en todo momento estará en contacto con la lámina. La soldadura del brazo deberá ser con piquete o suplemento. En señales dobles, la rigidez se deberá garantizar con dos (2) crucetas del mismo tipo citado anteriormente, debidamente soldadas.

20.2.2.3.1 Material para los brazos de los postes En todos los casos, las crucetas deberán ser en ángulo de hierro de dos pulgadas (2 pg) por dos pulgadas (2 pg) por un octavo de pulgada (1/8 pg), con límite de fluencia mínimo de veinticinco kilogramos por milímetro cuadrado (25 kg/mm2).

20.2.2.4 Anclaje a la fundación Los postes deberán diseñarse con un anclaje en la parte inferior, soldado en forma de T, con ángulo de hierro de dos pulgadas (2 pg) por dos pulgadas (2 pg) por un octavo de pulgada (1/8 pg), con un límite de fluencia mínimo de veinticinco kilogramos por milímetro cuadrado (25 kg/mm2). 20.2.2.5 Recubrimiento de los postes

Los postes, crucetas y anclajes deberán ser recubiertos con una aplicación de Galvanizado en frío, dos aplicaciones de pintura epoxica (dos componentes) y una aplicación de acabado en pintura esmalte para exteriores color Blanco.

20.2.2.6 Soldadura La soldadura utilizada deberá tener una resistencia mayor al veinticinco por ciento (25%) de la resistencia del acero.

20.2.2.7 Dimensiones de los tableros a. Señales Preventivas (SP) Cuadrado de sesenta centímetros (60 cm) de lado con esquinas redondeadas, excepto las señales SP-40, SP-41 y SP-54. Las señales preventivas SP-40 y SP-41 serán un rectángulo de setenta y cinco centímetros (75 cm) de base y altura de veinticinco centímetros (25 cm), con esquinas redondeadas. La señal preventiva SP-54 tendrá las dimensiones máximas indicadas en el " MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia " vigente. Página 61

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b. Señales Reglamentarias (SR) Círculo de sesenta centímetros (60 cm) de diámetro, excepto las señales SR-01 y SR-02. La señal reglamentaria SR-01 será un octágono con altura de sesenta centímetros (60 cm). La señal reglamentaria SR-02 será un triángulo equilátero de setenta y cinco centímetros (75 cm) de lado. c. Señales Informativas (SI) Rectángulo de cincuenta centímetros (50 cm) de base y sesenta centímetros (60 cm) de altura, con esquinas redondeadas, excepto las señales SI-01 a SI-06 inclusive y las señales SI-26, SI-27 y SI28. Las informativas SI-01, SI-02 y SI-03 serán escudos de sesenta centímetros (60 cm) de altura y sesenta centímetros (60 cm) de ancho. Las informativas SI-04 no forman parte del presente documento. Las señales informativas SI-05, SI-06, SI-27 y SI-28 serán rectángulos con anchuras que dependen del texto, alfabeto empleado, separación entre letras, separación entre palabras, obtenidas al emplear el 2.6 “Alfabetos y Mensajes” y el Anexo D “ Alfabetos para señalización Vertical”, del “MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia”, con esquinas redondeadas. Se empleará alfabeto serie D y altura de letras quince centímetros (15 cm) para velocidades de sesenta o setenta kilómetros por hora (60 km/h o 70 km/h) o veinte centímetros (20 cm) para velocidades de ochenta o noventa kilómetros por hora (80 km/h o 90 km/h). Las señales tendrán las siguientes alturas: - De un (1) renglón, cuarenta y cinco centímetros (45 cm), o sesenta centímetros (60 cm), respectivamente. - De dos (2) renglones, setenta y cinco centímetros (75 cm), o noventa y dos centímetros (92 cm), respectivamente. - De tres (3) renglones, noventa centímetros (90 cm), o ciento trece centímetros (113 cm), respectivamente. d. Delineadores de curva horizontal Rectángulo de sesenta centímetros (60 cm) de base y setenta y cinco centímetros (75 cm) de altura, con esquinas redondeadas. Se ampliarán proporcionalmente las dimensiones del delineador de curva horizontal de tamaño cuarenta centímetros por cincuenta centímetros (40 cm x 50 cm) que aparece en el “MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia.”

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20.2.2.8 Dimensiones de los postes Las dimensiones de los postes serán las consignadas en la tabla y gráfica siguientes, tomadas del MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia, vigente.

Fuente: MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia

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Fuente: MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia

20.2.2.9 Material para el anclaje Las señales se instalarán en el piso en un anclaje de concreto simple cuya resistencia a a compresión a veintiocho (28) días sea, como mínimo, ciento cuarenta kilogramos por centímetro cuadrado (140 kg/cm2). Dentro del anclaje se acepta la inclusión de dos (2) capas de cantos de diez centímetros (10 cm) de tamaño máximo, una superior y otra inferior de diez centímetros (10 cm) cada una, con el fin de dar rigidez a la señal instalada, mientras fragua el concreto.

20.2.3. EQUIPO Se deberá disponer de los equipos necesarios para la correcta ejecución de los trabajos, incluyendo los siguientes: Hoyadoras agrícolas, barras de acero y palas Llaves fijas o de expansión para tornillos Remachadora 20.2.4. EJECUCION DE LOS TRABAJOS 20.2.4.1 Ubicación de las señales Las señales se instalarán en los sitios que indiquen los planos del proyecto o defina el Interventor. Su colocación se hará al lado derecho de la vía, teniendo en cuenta el sentido de circulación del tránsito, de tal forma que el plano de la señal forme con el eje de la vía un ángulo comprendido entre ochenta y cinco grados (85°) y noventa grados (90°), a una distancia de dos metros con veinticinco centímetros (2.25 m) del borde de la calzada en zona rural, con excepción de la señal SP-40, la cual puede ser colocada al lado izquierdo de la vía en el vértice de algunas curvas, de acuerdo con indicaciones del Interventor. Las señales preventivas se deberán colocar antes del riesgo que traten de advertir, a las siguientes distancias, las cuales deberán ser medidas con comisión de topografía en el terreno: Velocidad de operación Distancia De cuarenta a setenta kilómetros por hora (40 km/h -60 km/h) 50m- 90 m De sesenta a ochenta kilómetros por hora (60 km/h -80 km/h) 90m-120 m De ochenta a cien kilómetros por hora (80 km/h -100 km/h) 120m-150 m Más de cien kilómetros por hora (>100 km/h) no menos de 200 m Página 65

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La ubicación de la señal reglamentaria SR-26 (Prohibido adelantar), tanto para curva horizontal como vertical, se debe realizar aplicando lo expresado en la figura cinco (Demarcación de zonas de prohibido adelantamiento) del “MANUAL DE SEÑALIZACIÓN Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia”, haciendo mediciones sobre los planos del proyecto o directamente en el terreno utilizando cuerdas de longitudes iguales a la distancia mínima de visibilidad de adelantamiento necesaria para la velocidad de la vía, encontrándose de esta manera el sitio preciso de los inicios de la prohibición de esta maniobra. Existe una correspondencia entre la demarcación horizontal y la señalización vertical y el inicio de la línea continua, deberá corresponder con la señal SR-26 de prohibido adelantar. La separación mínima entre señales verticales de tránsito a lo largo de la vía será de cincuenta metros (50 m). Cuando sea necesario instalar varios dispositivos en un sector y no exista suficiente longitud para cumplir con esta separación mínima, se utilizarán señales dobles. Lateralmente, se colocarán en la forma indicada en el "Manual sobre Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras" vigente. La altura libre mínima de la señal, medida desde su extremo inferior hasta la cota del borde del pavimento, será de un metro con ochenta centímetros (1.80 m) con excepción de los delineadores de curva horizontal, que quedarán a un metro con cincuenta centímetros (1.50m).

20.2.4.2 Excavación El Constructor efectuará una excavación cilíndrica de treinta centímetros (30 cm) de diámetro y sesenta centímetros (60 cm) de profundidad, para el anclaje de la señal. Con el fin de evitar que la señal quede a una altura menor a la especificada cuando se instale en zonas donde la carretera transcurre en terraplén, en este caso la excavación sólo se realizará en una profundidad de treinta centímetros (30 cm) pero el Constructor deberá, además, instalar una formaleta de la altura necesaria para que al vaciar el concreto, la señal quede correctamente anclada y presente la altura especificada.

20.2.4.3 Anclaje de la señal El anclaje se realizará rellenando la excavación con un concreto que presente las características indicadas en el aparte 6.2.2.9. También, se acepta la inclusión de los cantos a que hace referencia el mismo aparte.

20.2.4.4 Instalación de la señal El Constructor instalará la señal de manera que el poste presente absoluta verticalidad y que se obtenga la altura libre mínima indicada en el aparte 6.2.4.5. Página 66

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El tablero deberá fijarse al poste mediante tornillos de dimensiones mínimas de cinco dieciseisavos de pulgada (5/16 pg) por una pulgada (1 pg), rosca ordinaria, arandelas y tuercas, todo en acero Inoxidable, a los cuales se les deberá dar golpes para dañar su rosca y evitar que puedan ser retirados fácilmente.

20.2.4.5 Limitaciones en la ejecución No se permitirá la instalación de señales de tránsito en instantes de lluvia, ni cuando haya agua retenida en la excavación o el fondo de ésta se encuentre muy húmedo, a juicio del Interventor. Toda el agua retenida deberá ser removida antes de efectuar el anclaje e instalar la señal.

CONDICIONES PARA EL RECIBO DE LOS TRABAJOS

20.2.5.1 Controles Durante la ejecución de los trabajos, el Interventor adelantará los siguientes controles principales: - Verificar el estado y funcionamiento de todo el equipo empleado por el Constructor. - Comprobar que todos los materiales cumplan los requisitos exigidos en el numeral 6.2.2 - Efectuar mediciones de reflectividad con un retrorreflectómetro tipo ART920 o aparato similar que mida directamente los valores en las unidades candela/candela-pie/pie2 indicadas en la Norma Técnica Colombiana NTC- 4739. - Comprobar la correcta instalación de las señales. - Contar, para efectos de pago, las señales correctamente elaboradas e instaladas.

20.2.5.2 Condiciones específicas para el recibo y tolerancias

20.2.5.2.1 Calidad de los materiales No se admiten tolerancias en relación con los requisitos establecidos en el numeral 6.2.2 para los diversos materiales que conforman las señales y su anclaje.

20.2.5.2.2 Excavación La excavación no podrá tener dimensiones inferiores a las establecidas en el aparte 6.2.4.2. Página 67

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20.2.5.2.3 Inspección previa Previo al recibo de las señales, el Interventor hará una inspección en horas nocturnas, con la ayuda de una linterna apoyada en la frente, con la cual, se iluminará la señal percibiéndose su calidad y detectándose zonas que no reflectan.

20.2.5.2.4 Instalación Las señales verticales de tránsito sólo se aceptarán si su instalación está en un todo de acuerdo con las indicaciones de los planos y de la presente especificación. Todas las deficiencias que excedan las tolerancias mencionadas deberán ser subsanadas por el Constructor, a plena satisfacción del Interventor.

20.2.6 MEDIDA Las señales verticales de tránsito se medirán por unidad (u), suministrada e instalada de acuerdo con los documentos del proyecto y esta especificación, a satisfacción del Interventor.

20.2.7 FORMA DE PAGO El pago de las señales verticales de tránsito se hará al respectivo precio unitario del contrato, para todo trabajo ejecutado de acuerdo con esta especificación y aceptado a satisfacción por el Interventor. El precio unitario deberá cubrir los costos de todos los materiales que conforman la señal, su fabricación, desperdicios, almacenamiento y transporte hasta el sitio de instalación; la excavación, el transporte y disposición en los sitios que defina el Interventor de los materiales excavados; los cantos, el concreto y las formaletas que eventualmente se requieran para el anclaje, así como todo costo necesario para el correcto cumplimiento de ésta especificación.

INSTALACION A TODO COSTO DE DEFENSAS METÁLICAS

20.3.1 DESCRIPCIÓN Este trabajo consiste en el suministro, almacenamiento, transporte e instalación de defensas metálicas a lo largo de los bordes de la vía, en los tramos indicados en los planos del proyecto o los establecidos por el Interventor.

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20.3.2 MATERIALES 20.3.2.1 Lámina Las barandas de las defensas metálicas serán de lámina de acero corrugado obtenidas por los sistemas de crisol abierto, horno eléctrico o convertidores básicos de oxígeno. Las láminas deberán ser galvanizadas por inmersión en zinc en estado de fusión o por vía electrolítica, con una cantidad de zinc mínima de quinientos cincuenta gramos por metro cuadrado (550 g/m2), incluyendo ambas caras. El zinc utilizado deberá cumplir las exigencias de la especificación AASHTO M-120 y deberá ser, por lo menos, igual al grado denominado "Prime Western". Todos los elementos deberán ser galvanizados en caliente según normas NTC 2076, 3320 y ASTM A123. Los espesores de las láminas con las cuales se fabricarán las defensas, serán los de defensa clase A, de calibre 12 (2.67 mm). Salvo que los documentos del proyecto o las especificaciones particulares determinen lo contrario, la lámina deberá cumplir todos los requisitos de calidad establecidos en la especificación M-180 de la AASHTO, en especial los de la Tabla siguiente.

20.3.2.2 Características de la defensa La forma de la defensa será curvada del tipo doble onda (perfil W) y sus dimensiones deberán estar de acuerdo con lo indicado en la especificación AASHTO M-180, excepto si los planos del proyecto establecen formas y valores diferentes.

Las defensas que deban instalarse con un radio de curvatura de cuarenta y cinco metros (45 m) o menor, deberán adquirirse con la curvatura aproximada de instalación. Página 69

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La defensa no necesita ningún revestimiento adicional (pintura o anticorrosivo). Para la visualización de las defensas en horas nocturnas, en cada poste se adosará un captafaro, el cual debe cumplir con lo expresado en el Artículo 740 de las especificaciones de construcción de carreteras del INVIAS.

20.3.2.3 Postes de fijación Podrán ser perfiles estructurales de acero en un todo de acuerdo con las dimensiones y pesos indicados en los planos y respondiendo a las características mecánicas indicadas en ellos, o perfiles de lámina de acero en U o en I, conformada en frío o en caliente, que permita sujetar la baranda por medio de tornillos sin que los agujeros dejen secciones debilitadas, que cumplan con las normas ASTM A36 o A588 y cuyos módulos resistentes cumplan las siguientes condiciones:

Los postes de fijación deberán ser galvanizados por inmersión en zinc en estado de fusión o por vía electrolítica, con una cantidad de zinc no menor a quinientos cincuenta gramos por metro cuadrado (550 g/m2). Su longitud deberá ser de un metro con ochenta centímetros (1.80 m), salvo que los documentos del proyecto establezcan un valor diferente.

20.3.2.4 Elementos de fijación Se proveerán tornillos de dos tipos, los cuales presentarán una resistencia mínima a la rotura por tracción de 490 MPa (49 kg/mm2). Los tornillos para empalme de tramos sucesivos de defensa serán de dieciséis milímetros (16 mm) de diámetro y treinta y dos milímetros (32 mm) de longitud, con cabeza redonda, plana y cuello ovalado, con peso aproximado de ocho punto seis kilogramos (8.6 Kg) por cada cien (100) unidades. Los tornillos de unión de la lámina al poste serán de dieciséis milímetros (16 mm) de diámetro y longitud apropiada según el poste por utilizar. Estos tornillos se instalarán con arandelas de acero, de espesor no inferior a cuatro milímetros y ocho décimas (4.8 mm) con agujero alargado, las cuales irán colocadas entre la cabeza del tornillo y la baranda.

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Tanto los tornillos como las tuercas y las arandelas deberán ser galvanizados conforme se indica en la especificación AASHTO M-232. Los tornillos y las tuercas deberán igualar o exceder los requerimientos de la especificación ASTM A-307. 20.3.3 EQUIPO Se deberá disponer del equipo necesario para la correcta y oportuna ejecución de los trabajos especificados, incluyendo barras de acero, palas, llaves fijas o de expansión y pisones manuales. 20.3.4 EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 20.3.4.1 Localización Si los planos o el Interventor no lo indican de otra manera, los postes deberán ser colocados a una distancia mínima de noventa centímetros (90 cm) del borde de la capa de rodadura o del borde considerado en vías sin pavimentar y su separación centro a centro no excederá de tres metros y ochenta centímetros (3.80 m). Los postes se deberán enterrar bajo la superficie aproximadamente un metro con veinte centímetros (1.20 m). En el caso que la fundación de los postes se efectúe sobre roca se aceptará, de acuerdo a los planos del proyecto o por autorización del interventor, la instalación de los postes con una placa de base adosada a la roca. Para esto, se conformará en la roca una superficie horizontal para que le dé cabida a la placa, se efectúen las perforaciones correspondientes en la roca, se afiancen los pernos a ésta con adhesivos epóxicos, para finalmente colocar los postes con sus placas y proceder a su atornillado, tal que se garanticé un comportamiento similar al de los postes enterrados. La defensa se fijará a los postes de manera que su línea central quede entre cuarenta y cinco centímetros (45 cm) y cincuenta y cinco centímetros (55 cm), por encima de la superficie de la calzada. La longitud mínima de los tramos de defensa deberá ser de treinta metros (30 m).

20.3.4.2 Excavación En los sitios escogidos para enterrar los postes se efectuarán excavaciones de sección transversal ligeramente mayor que la del poste, las cuales se llevarán hasta la profundidad señalada en el numeral anterior.

20.3.4.3 Colocación del poste El poste se colocará verticalmente dentro del orificio y el espacio entre él y las paredes de la excavación se rellenará con parte del mismo suelo excavado, en capas delgadas, cada una de las Página 71

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cuales se compactará cuidadosamente con pisones, de modo que al completar el relleno, el poste quede vertical y firmemente empotrado. Se deberá nivelar la parte superior o sobresaliente de los postes, para que sus superficies superiores queden alineadas de manera que al adosar los tramos de defensa no se presenten altibajos en ésta. 20.3.4.4 Instalación de la defensa La defensa deberá ensamblarse de acuerdo con los detalles de los planos y las instrucciones del fabricante de la lámina, cuidando que quede ubicada a la altura sobre el suelo establecida en el numeral 21.4.4.1. 20.3.4.5 Empalmes Los empalmes de los diversos tramos de defensa deberán efectuarse de manera que brinden la suficiente rigidez estructural y que los traslapos queden en la dirección del movimiento del tránsito del carril adyacente. La unión de las láminas se realizará con tornillos de las dimensiones fijadas en el numeral 6.4.2.4, teniendo la precaución de que su cabeza redonda se coloque en la cara de la defensa que enfrenta el tránsito. 20.3.4.6 Secciones final y de tope En los extremos de las defensas metálicas se colocarán secciones terminales, las cuales serán tramos de tope (parachoques) en forma de U. Estas secciones se instalarán en defensas paralelas cuando finalizan en dos tramos y en defensas simples cuando se trata de tramos finales. 20.3.4.7 Limitaciones en la ejecución No se permitirá efectuar excavaciones ni instalar defensas metálicas en instantes de lluvia.

20.3.4.8 Manejo ambiental Todas las determinaciones referentes a los trabajos de defensas metálicas deberán ser tomadas considerando la protección del medio ambiente y las disposiciones vigentes sobre el particular.

CONDICIONES PARA EL RECIBO DE LOS TRABAJOS

20.3.5.1 Controles Durante la ejecución de los trabajos el Interventor adelantará los siguientes controles principales: - Verificar el estado y el funcionamiento del equipo empleado por el Constructor. Página 72

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- Comprobar que los materiales utilizados cumplan las exigencias de la presente especificación. - Verificar que la excavación sea correcta y que la defensa se instale de acuerdo con los planos y las instrucciones del fabricante de la lámina. - Medir para efectos de pago, las cantidades de obra correctamente ejecutadas.

20.3.5.2 Condiciones específicas para el recibo y tolerancias

20.3.5.2.1 Calidad de los materiales - El Interventor se abstendrá de aceptar materiales que incumplan las exigencias del numeral 6.4.2 de esta especificación y las de las especificaciones ICONTEC, AASHTO y ASTM mencionadas en él. - El terminado de la lámina galvanizada deberá ser de óptima calidad y razonablemente lisa y estará exenta de imperfecciones claramente apreciables a simple vista que puedan influir sobre la resistencia a la corrosión de la misma. Por tanto, no se aceptarán secciones con defectos tales como ampollas, cenizas, rebabas o acumulaciones de zinc que puedan interferir con el empleo específico del material galvanizado. Se admitirá el retoque de los defectos e imperfecciones del recubrimiento y la restauración de las zonas que hayan podido quedar sin cubrir durante la galvanización, siempre que estas zonas, consideradas individualmente, no tengan una superficie superior a los 10 cm2, ni afecten, en su conjunto, a más del 0,5% de la superficie total del recubrimiento de cada elemento. Los bordes no cubiertos que resulten de corte o punzonado no se consideran objetables. - El aspecto gris oscuro mate de la totalidad o de parte del recubrimiento de los elementos, así como las manchas que no sean eliminables por limpieza con un paño seco, será motivo de rechazo. - El Interventor rechazará defensas alabeadas o deformadas.

20.3.5.2.2 Tolerancias - No se admitirán láminas cuyo espesor sea inferior en más de veinticinco centésimas demilímetro (0.25 mm), en relación con los especificado para las defensas. - No se admitirán tolerancias en relación con la altura a la cual debe quedar la línea central de la defensa, según se establece en el numeral 730.4.1 de esta especificación. - Los postes no deberán desviarse de la vertical en más de 10 mm.

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- En relación con otras dimensiones, tales como la separación entre postes y la distancia de la defensa al borde del pavimento, queda a criterio del Interventor aceptar o no tolerancias. Todas las deficiencias que excedan las tolerancias mencionadas deberán ser corregidas por el Constructor, a su costa, y a plena satisfacción del Interventor.

MEDIDA

20.3.6.1 Defensas metálicas La unidad de medida para las defensas metálicas instaladas será el metro lineal (m), aproximado al decímetro (dm), de acuerdo con los planos, con esta especificación y recibidas a satisfacción por el Interventor. Cuando la fracción centesimal sea igual o superior a cinco centésimas (≥ 0.05) la aproximación se realizará al decímetro superior y si es menor, se realizará al decímetro inferior. La medida se efectuará a lo largo de la línea central de la defensa entre los centros de los postes de fijación extremos. Cuando se indique en los planos del proyecto el uso de amortiguadores de impacto, tenedores o aditamentos especiales, la medida y pago se incluirá dentro del valor del metro lineal de defensa metálica de acuerdo a los planos del proyecto o las indicaciones dadas por el Interventor. 730.6.2 Secciones final y de tope Las secciones final y de tope se medirán por unidad (u), para cada clase especificada e instalada. No se medirán defensas ni secciones final o de tope que se hayan instalado por fuera de los límites autorizados por el Interventor.

20.3.7 FORMA DE PAGO El pago se hará al respectivo precio unitario del contrato, por toda defensa metálica suministrada e instalada a satisfacción del Interventor. El precio unitario deberá cubrir todos los costos de suministro, transporte, manejo, almacenamiento, desperdicios e instalación de los postes, láminas, secciones terminales y de amortiguación, y demás accesorios requeridos. Igualmente deberá considerar la excavación, el relleno, el cargue, el transporte y la disposición de los materiales sobrantes de ella. También se considerará la señalización preventiva de la vía y, en general, todo costo adicional relacionado con la correcta ejecución de los trabajos especificados. Además, deberá incluir la administración, los imprevistos y la utilidad del Constructor.

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FABRICACIÓN O SUMINISTRO E INSTALACION REDUCTORES DE VELOCIDAD EN ALUMINIO

20.4.1 DESCRIPCION Este trabajo consiste en el suministro, almacenamiento, transporte y colocación de Reductores de velocidad en aluminio en la superficie del pavimento, utilizando adhesivos adecuados para que resistan el tránsito automotor sin desprenderse, de acuerdo con esta especificación, los planos del proyecto y las instrucciones del Interventor.

20.4.2 MATERIALES

20.4.2.1 Estoperol y/o Reductor LOS Estoperoles y/o reductor estarán elaborados en aluminio mono elemento de alta resistencia Los Estoperoles y/o reductor deberán cumplir, además, los siguientes requisitos generales: a. Dimensiones Su altura máxima será de tres centímetros (3 cm) y su diámetro de 13 cms. Y el espigo deberá ser de mínimo 6 cms. a. Color El color será de color aluminio natural 20.4.2 Adhesivo

El material destinado a adherir el Estoperol tipo reductor con el pavimento, deberá presentar unas características generales garantizadas por el fabricante. Este, además, deberá indicar la dosificación con la cual ha de aplicarse el producto. Se podrá emplear material bituminoso o pegante epóxico de dos (2) o más componentes. El adhesivo no se podrá emplear sin el visto bueno del Interventor

20.4.3 EQUIPO Se deberá disponer del equipo necesario para, el transporte de los insumos y personal, la limpieza de la superficie, perforación de la vía e instalación del reductor, así como para la limpieza de la superficie luego de terminados los trabajos.

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Pliegos Definitivos Licitación No.01 de 2014. CONTRATAR LA SEÑALIZACION DE ALGUNAS VIAS Y MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO, MEDIANTE LA DEMARCACIÓN CON PINTURA DE TRAFÍCO, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE SEÑALES VERTICALES SENCILLAS, DOBLES Y TIPO SI-05, FABRICACIÓN E INSTALACIÓN DE REDUCTORES DE VELOCIDAD, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TACHAS REFLECTIVAS Y DEFENSAS VIALES.

20.4.4 EJECUCION DE LOS TRABAJOS 20.4.4.1 Localización El Constructor deberá localizar las marcas sobre el pavimento de acuerdo con los planos y las instrucciones del Interventor. 20.4.4.2 Preparación de la superficie Los sitios elegidos para la colocación de los Estoperoles y/o reductor se deberán limpiar de polvo, barro, suciedad y cualquier otro elemento extraño cuya presencia atente contra la correcta adhesión del Estoperoles y/o reductor al pavimento. Para ello, se podrá emplear cualquier procedimiento que resulte satisfactorio para el Interventor. 20.4.4.3 Colocación de los Estoperoles tipo reductor Se colocaran tapetes de Cuatro (4) líneas por el ancho de la calzada y con una separación entre cada línea y entre cada elemento de 30 cms contados del punto del eje de los mismos en forma escalonada. Las Estoperoles tipo reductor se colocarán en los sitios previamente localizados haciendo una perforación con taladro percutor y fijándolas con el adhesivo indicado en el aparte 20.4.2. 20.4.4.4 Control del tránsito Será responsabilidad del Constructor la colocación de toda la señalización preventiva requerida para la ejecución segura de los trabajos, así como el ordenamiento del tránsito automotor durante el tiempo requerido. 20.4.4.5 Limpieza final Una vez colocadas los Estoperoles tipo reductor, el Constructor deberá retirar del sitio de los trabajos todos los equipos, señales y materiales sobrantes, disponiéndolos en lugares que resulten aceptables para el Interventor. 20.4.4.6 Limitaciones en la ejecución No se permitirá la colocación de los Estoperoles tipo reductor en instantes de lluvia. Además, deberán atenderse todas las limitaciones atmosféricas adicionales que establezcan los fabricantes del adhesivo. CONDICIONES PARA EL RECIBO DE LOS TRABAJOS

20.4.5.1 Controles Durante la ejecución de los trabajos, el Interventor adelantará los siguientes controles principales: - Verificar el estado y funcionamiento del equipo empleado por el Constructor.

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- Comprobar que todos los materiales cumplan con los requisitos indicados en el numeral 6.5.2. - Impedir que los Estoperoles tipo reductor se coloquen con anterioridad a la aplicación de las líneas de demarcación. - Verificar que los Estoperoles tipo reductor queden correctamente colocados y contarlos para efectos de pago. 20.4.6 MEDIDA Los Estoperoles y/o reductor se medirán por unidad (u) instalada de acuerdo con los documentos del proyecto y la presente especificación, debidamente aceptadas por el Interventor. 20.4.7 FORMA DE PAGO El pago se hará al respectivo precio unitario del contrato por todos los Estoperoles tipo reductor colocados a satisfacción del Interventor. El precio unitario deberá cubrir todos los costos inherentes al suministro de materiales y equipos, preparación de los sitios de colocación de las tachas; transportes, almacenamiento y colocación del adhesivo y las tachas; señalización temporal y ordenamiento del tránsito; limpieza, remoción, transporte y disposición de desperdicios y, en general, todo costo adicional requerido para la correcta ejecución del trabajo especificado.

20.5 FABRICACIÓN O SUMINISTRO E INSTALACION DE TACHAS REFLECTIVAS 20.5.1 DESCRIPCION Este trabajo consiste en el suministro, almacenamiento, transporte y colocación de tachas reflectivas en la superficie del pavimento, utilizando adhesivos adecuados para que resistan el tránsito automotor sin desprenderse, de acuerdo con esta especificación, los planos del proyecto y las instrucciones del Interventor.

20.5.2 MATERIALES 20.5.2.1 Tachas Las tachas estarán elaboradas con materiales metálicos, plásticos o similares de alta resistencia y el material reflectivo deberá ser acrílico, de forma prismática. Las tachas deberán cumplir, además, los siguientes requisitos generales: a. Dimensiones Su altura máxima será de dos centímetros y medio (2.5 cm). b. Resistencia a la compresión Página 77

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Se determinará sobre tachas con una dimensión de base menor a diez centímetros (10 cm). La tacha probada deberá resistir una carga de dos mil setecientos veintisiete kilogramos (2727 kg), sin romperse o tener una deformación superior a tres milímetros con tres décimas (3.3 mm), al ser probada de la siguiente manera: En la máquina de compresión, sobre una placa de acero de un milímetro con tres décimas (1.3 mm) de espesor y del tamaño del dispositivo, se coloca la tacha con la base hacia abajo. Encima de ésta se coloca un cojín de hule de nueve y medio milímetros de espesor (9.5 mm) y dimensiones mayores que la tacha. Posteriormente, encima del cojín de hule se coloca una placa de acero plana de dimensiones mayores que las de la tacha y de espesor un milímetro con tres décimas (1.3 mm), aplicando la carga a razón de dos con cinco milímetros por minuto (2.5 mm/min). c. Resistencia a la flexión Se determinará sobre tachas con longitud y ancho mayores de diez centímetros (10 cm). Una tacha deberá soportar una carga de novecientos nueve kilogramos (909 kg), sin romperse o presentar una deformación mayor de tres milímetros con tres décimas (3.3 mm), al ser probada de la siguiente manera: En la máquina de compresión se coloca un cilindro metálico hueco de dos y medio centímetros (2.5 cm) de altura, posicionado verticalmente, con diámetro interno de setenta y seis milímetros (76 mm) y espesor de paredes de seis milímetros con cuatro décimas (6.4 mm). Encima de éste y centrada, se coloca la tacha a ensayar. Sobre ella y de manera centrada, se coloca un cilindro macizo de dos y medio centímetros (2.5 cm) de diámetro y altura mayor o igual a dos centímetros (>=2 cm) y se aplica carga a razón de cinco milímetros con una décima por minuto (5.1 mm/min).

d. Color Las tachas podrán ser de color blanco o amarillo. Los documentos del proyecto indicarán el color por emplear, el cual deberá ser el mismo de la línea de demarcación. e. Reflectividad La tacha deberá ofrecer reflectividad o brillantez óptima por ambas caras, con valores mínimos establecidos en la Tabla siguiente, los cuales están relacionados en unidades de milicandelas por lux (mcd/lx)

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20.5.2 Adhesivo El material destinado a adherir la tacha con el pavimento, deberá presentar unas características generales garantizadas por el fabricante. Este, además, deberá indicar la dosificación con la cual ha de aplicarse el producto. Se podrá emplear material bituminoso o pegante epóxico de dos (2) o más componentes. El adhesivo no se podrá emplear sin el visto bueno del Interventor 20.5.3 EQUIPO Se deberá disponer del equipo necesario para preparar la superficie del pavimento y para el transporte y colocación de las tachas, así como para la limpieza de la superficie luego de terminados los trabajos. 20.5.4 EJECUCION DE LOS TRABAJOS 20.5.4.1 Localización El Constructor deberá localizar las marcas sobre el pavimento de acuerdo con los planos y las instrucciones del Interventor. 20.5.4.2 Preparación de la superficie Los sitios elegidos para la colocación de las tachas se deberán limpiar de polvo, barro, suciedad y cualquier otro elemento extraño cuya presencia atente contra la correcta adhesión de la tacha al pavimento. Para ello, se podrá emplear cualquier procedimiento que resulte satisfactorio para el Interventor. 20.5.4.3 Colocación de las tachas Las tachas se colocarán en los sitios previamente localizados fijándolas con el adhesivo indicado en el aparte 6.3.2.2, a las siguientes distancias longitudinales: En recta, cada seis metros (6 m), tanto en el eje como lateralmente. En curvas, dependiendo del radio de ellas, tanto en el eje como lateralmente, así: Página 79

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RADIO DE LA CURVA

DISTANCIA ENTRE TACHAS

VEINTE METROS O MENOS ( 200 m)

Siempre se deberá tomar la precaución de que una de sus caras reflectivas quede enfrentada a la dirección del tránsito en cada carril de circulación. Tanto en las líneas centrales como laterales se deberán emplear tachas con doble cara reflectiva. 20.5.4.4 Control del tránsito Será responsabilidad del Constructor la colocación de toda la señalización preventiva requerida para la ejecución segura de los trabajos, así como el ordenamiento del tránsito automotor durante el tiempo requerido.

20.5.4.5 Limpieza final Una vez colocadas las tachas, el Constructor deberá retirar del sitio de los trabajos todos los equipos, señales y materiales sobrantes, disponiéndolos en lugares que resulten aceptables para el Interventor. 20.5.4.6 Limitaciones en la ejecución No se permitirá la colocación de tachas en instantes de lluvia. Además, deberán atenderse todas las limitaciones atmosféricas adicionales que establezcan los fabricantes del adhesivo y de las tachas. 20.5.5 CONDICIONES PARA EL RECIBO DE LOS TRABAJOS 20.5.5.1 Controles Durante la ejecución de los trabajos, el Interventor adelantará los siguientes controles principales: - Verificar el estado y funcionamiento del equipo empleado por el Constructor. - Comprobar que todos los materiales cumplan con los requisitos indicados en el numeral 6.3.2. - Impedir que las tachas se coloquen con anterioridad a la aplicación de las líneas de demarcación. - Verificar que las tachas queden correctamente colocadas y contarlas para efectos de pago.

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20.5.5.2 Condiciones específicas para el recibo y tolerancias a. Calidad de los materiales No se admitirán materiales que incumplan las exigencias del numeral 6.3.2 de esta especificación. b. Instalación de las tachas El Interventor sólo aceptará el trabajo, si las tachas han sido colocadas de acuerdo con los planos, la presente especificación y sus instrucciones. Todas las deficiencias que presenten los trabajos deberán ser corregidas por el Constructor, a su costa, y a plena satisfacción del Interventor. 20.5.6 MEDIDA Las tachas reflectivas se medirán por unidad (u) instalada de acuerdo con los documentos del proyecto y la presente especificación, debidamente aceptadas por el Interventor.

20.5.7 FORMA DE PAGO El pago se hará al respectivo precio unitario del contrato por toda tacha reflectiva colocada a satisfacción del Interventor. El precio unitario deberá cubrir todos los costos inherentes al suministro de materiales y equipos, preparación de los sitios de colocación de las tachas; transportes, almacenamiento y colocación del adhesivo y las tachas; señalización temporal y ordenamiento del tránsito; limpieza, remoción, transporte y disposición de desperdicios y, en general, todo costo adicional requerido para la correcta ejecución del trabajo especificado

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